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ANEXO 12.2 SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA HOJA Nº _1_ DE _1_ N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3: CUENTA DE MAYOR: CENTRO DE COSTEO: 90520000 CONVOCATORIA N° __________________________ ANEXO “A” RELACION DE PLANOS DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA. No. DE PLANOS O DIBUJOS D E S C R I P C I O N D.P.I.O. 2431 REV. 3 PLANO GENERAL DEL C.P.G. POZA RICA. GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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ANEXO 12.2

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº _1_ DE _1_

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “A”

RELACION DE PLANOS

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

No. DE PLANOS O DIBUJOS

D E S C R I P C I O N

D.P.I.O. 2431 REV. 3

PLANO GENERAL DEL C.P.G. POZA RICA.

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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ANEXO 12.3

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº 2 DE 27

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “B”

ESPECIFICACIONES GENERALES

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

Motivo del servicio:

Cumplimiento en el manejo integral de residuos peligrosos y de manejo especial durante las actividades de reparación y mantenimiento del CPG Poza Rica; la disposición de los residuos corresponde a lo establecido en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos y su Reglamento, así como a la normatividad ambiental vigente (NOM-052-SEMARNAT/1993, NOM-053-SEMARNAT/1993, NOM-054-SEMARNAT/199), así como lo estipulado en la norma NOM-006-CNA-1997 y al cumplimiento de los estándares de orden y limpieza del centro de trabajo.

LOCALIZACION: El servicio se realizara en las instalaciones del Complejo Procesador de Gas Poza Rica. DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS:

1. “PEMEX GAS” a través de sus representantes que para tal efecto designe, tendrá facultad de vigilar

y Supervisar en cualquier momento que los servicios se realicen conforme a lo pactado con el Contrato.

2. Durante toda la ejecución del Contrato, el Proveedor está obligado a mantener un representante

dentro de las instalaciones del CPG Poza Rica a efecto de supervisar las actividades y/o resolver cualquier asunto administrativo ó técnico motivo de este Contrato; dicho representante será evaluado y aprobado por el Supervisor de “PEMEX GAS”.

3. El “LICITANTE” deberá demostrar la experiencia en trabajos similares a los solicitados en este

Contrato tanto de la compañía, como de su personal técnico. 4. El Supervisor de “PEMEX GAS”, podrá realizar el número de visitas que considere necesarias a las

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instalaciones del “PROVEEDOR” y/o empresas responsables del tratamiento o disposición final de los residuos que intervengan en este servicio contratado, ya que PGPB requiere lograr la trazabilidad del destino final de sus residuos con el fin de cumplir con lo establecido en el Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

5. “PEMEX GAS” a través de su representante que para tal fin designe por escrito al inicio de la

vigencia del contrato, durante cualquier día hábil del período de vigencia del contrato, elaborará la Orden de Servicio para la ejecución de los trabajos. En el supuesto de no presentarse en el sitio y fecha con el personal acordado en la Orden de Servicio, se le cobrara al prestador del servicio penas convencionales por cada día de atraso, la pena convencional será aplicada sobre la orden de servicio no realizada o realizada después de la fecha acordada y de acuerdo al porcentaje que marque las políticas de PGPB.

6. “PEMEX GAS” expedirá a “EL PROVEEDOR” de acuerdo con sus necesidades y por conducto de

sus representantes, las ordenes de servicio para que efectúen las actividades correspondientes. 7. En el ejercicio de tales actividades, la persona que en su caso designe “PEMEX GAS”, tendrá todas

las facultades de decisión y representación correspondiente, frente al representante de “EL PROVEEDOR”.

8. Si a juicio de “PEMEX GAS” cualquier representante de “EL PROVEEDOR” no desempeña sus

funciones a satisfacción de “PEMEX GAS”, este solicitará por escrito a “EL PROVEEDOR” que se corrijan las anomalías en que haya incurrido su representante y en el caso de que dichas anomalías no sean corregidas a satisfacción de “PEMEX GAS”, “EL PROVEEDOR” se obliga a cambiar a su representante por otro que sea aceptable para “PEMEX GAS”.

9. Será obligación de “EL PROVEEDOR” notificar al representante de “PEMEX GAS” cualquier

modificación o alteración de los trabajos de forma anticipada (mínimo una semana), que a su juicio deban hacerse para que sea autorizado por el representante; con esto se aclara que por ningún motivo deberán alterarse o modificarse los trabajos sin la autorización de “PEMEX GAS”.

10. “EL PROVEEDOR” deberá sujetarse a las Normas de Seguridad que “PEMEX GAS” tiene

establecidas en sus Centros de Trabajo, tal como se establece en el anexo “B-2” (Instrucciones genéricas y reglamentos de seguridad industrial de aplicación obligatoria) y “B- 3” (Especificaciones mínimas de Seguridad) de las bases de Concurso.

11. Para la realización de los servicios, “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar por su cuenta, el

mantenimiento oportuno y adecuado a sus unidades y equipos de trabajo. “EL PROVEEDOR” proporcionará y mantendrá sus unidades y equipos de trabajo, en condiciones óptimas de operación. “PEMEX GAS” tiene las facultades para verificar su estado de operación, en cualquier momento y en el lugar que estime conveniente, los combustibles, lubricantes, mantenimiento, refacciones, accesorios y herramientas necesarias para su operación, serán por cuenta de “EL PROVEEDOR”..

12. “PEMEX GAS” podrá rechazar el uso de cualquier unidad o equipo de trabajo que no reúna las

condiciones indispensables para la realización de los servicios de manera segura, eficiente y satisfactoria, en cualquier tiempo durante la vigencia del contrato, y “EL PROVEEDOR” se obliga a contar con los relevos necesarios para sustituir en forma inmediata la unidad o equipo rechazado. Asimismo, el representante de Pemex Gas exigirá que el transporte de residuos peligrosos sea efectuado por personal que cuente con la Licencia Federal Tipo “E” expedida por la SCT vigente, para conducir vehículos con materiales y residuos peligrosos, de lo contrario, se solicitara el cambio del conductor, siendo esto último una causa imputable al Proveedor.

13. “PEMEX GAS” requiere que se realicen los trabajos de recuperación, envasado, manejo, transporte,

destrucción térmica y/o disposición final de residuos peligrosos y/o de manejo especial, apegándose estrictamente a lo establecido en la Normatividad Ambiental Vigente.

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14. “EL PROVEEDOR" deberá presentar en su propuesta técnica su plan de contingencias (tanto en el Complejo como durante el transporte hasta su destino final) y el equipo necesario para atender cualquier emergencia ocasionada por fugas, derrames o accidentes el cual deberá ser acorde al tipo de residuos a transportar. Lo anterior, se acuerdo a lo indicado en el Art. 85, fracción II del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

15. “EL PROVEEDOR", deberá presentar sus procedimientos con los cuales hará las actividades de

manejo, recolección, pesaje, transporte, etiquetado, embalaje y almacenamiento temporal dentro del Complejo y la disposición de los residuos tanto peligrosos como de manejo especial, indicando el tratamiento y/o el lugar de disposición final, según sea el caso, también deberá presentar los permisos perfectamente avalados por las autoridades ambientales correspondientes a los lugares de disposición y/o tratamiento a que se refiera en este procedimiento. “PEMEX GAS” requiere que “EL PROVEEDOR” dentro de su procedimiento de transporte de residuos peligrosos y de manejo especial.

16. “EL PROVEEDOR” deberá presentar realizar actividades de transporte de residuos así como de

tratamiento, co-procesamiento y/o disposición final. Siendo necesario presentar en la Propuesta Técnica como copia simple de los permisos vigentes correspondientes, (vigentes durante el período que dure el servicio), que lo autorizan para la realización de los trabajos especificados en el motivo del servicio, por parte de las autoridades correspondientes. Para fines de este contrato, se interpretara el Co-procesamiento como destrucción térmica, que sirve, como insumo a otro proceso productivo.

17. Tanto “EL PROVEEDOR”, como a quien subcontrate, deberán contar entre ambos con las siguientes

Autorizaciones y/o permisos Federales (para los Residuos Peligrosos y de residuos de manejo especial) correspondientes a su propuesta, estando vigentes éstos durante la ejecución del contrato y anexando copia simple de los mismos en la propuesta técnica.

Ámbito federal (residuos peligrosos y de manejo especial) Autorización para la recolección y transporte de Residuos Peligrosos emitida por la SEMARNAT,

la cual deberá estar vigente.

Autorización para la disposición final de residuos peligrosos emitida por la SEMARNAT, vigente.

Permiso para el servicio de autotransporte federal de carga en la especialidad de materiales y Residuos Peligrosos y de manejo especial en caminos de jurisdicción federal otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y SEMARNAT.

Autorización para el Manejo de Residuos Peligrosos y de manejo especial que pretenda su Reuso, Reciclaje (Co-procesamiento), Tratamiento o Incineración emitida por la SEMARNAT.

18. “PEMEX GAS” requiere que “EL PROVEEDOR” que resulte ganador deberá presentar las autorizaciones y permisos originales para ser cotejados con los que se hallan presentado en la propuesta técnica, previo a la firma del contrato; y en caso de no presentarlos se tomará como un incumplimiento y no se formalizara el contrato, considerándose una causa imputable al Proveedor.

19. No se aceptan el transporte a estaciones de transferencia, almacenes temporales o centros de

acopio temporal. 20. “PEMEX GAS” requiere que la empresa transportista de residuos peligrosos, presente un seguro que

ampare daños que puedan ocasionarse a terceros en sus bienes y personas, ambiente, vías generales de comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por la carga en caso de accidente.

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21. “EL PROVEEDOR” que resulte ganador esta obligado a mantener vigentes sus autorizaciones y permisos durante toda la vigencia del contrato.

22. El Proveedor deberá contar con maquinaria y/o equipo necesario para realizar las maniobras de

carga y descarga a las unidades autorizadas para el transporte de Residuos. Tal como se establece en el anexo “E-1”

23. “PEMEX GAS” requiere que los “manifiestos de entrega, transporte y recepción de residuos

peligrosos” que se generen con motivo de la disposición final de los residuos peligrosos y de manejo especial, le sean devueltos debidamente autorizados, sellados y firmados por la empresa destinataria, en un plazo no mayor al último día del plazo contractual.

24. En el supuesto de existir retraso en la entrega del o los manifiestos después de la fecha acordada, se le cobrara al prestador del servicio penas convencionales por cada día de atraso, la pena convencional será aplicada sobre la orden de servicio no realizada y de acuerdo al porcentaje que marque las políticas de PGPB.

25. En el supuesto de que el prestador del servicio no entregue en el plazo acordado con el supervisor

de PEMEX el manifiesto debidamente firmado y sellado, se hará acreedor a la aplicación de la penalización correspondiente, de acuerdo al punto anterior.

26. Toda infracción ambiental cometida por “EL PROVEEDOR” al que se le asigne el contrato, será sancionada de acuerdo a lo estipulado en el Título vigésimo quinto del Código Penal Federal para “Delitos contra el ambiente y la gestión ambiental”. Además de la realización de las acciones necesarias para restablecer las condiciones naturales de los ecosistemas dañados; así como la suspensión por, modificación o demolición de las construcciones, obras o actividades según correspondan, por mala maniobra o instrucción equivocada.

27. “EL PROVEEDOR” al que se le asigne el contrato, será responsable de los daños en general que se

llegaran a ocasionar a las instalaciones existentes, como consecuencia de las maniobras mal planeadas o mal ejecutadas, por descuidos, por secuelas de contaminación derivadas de los procesos empleados, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones dadas en forma verbal o por escrito por la supervisión de “PEMEX GAS“, y por la violación a las leyes y reglamentos en vigor, federal, estatal, y municipal vigentes.

28. “Pemex Gas” requiere que “EL PROVEEDOR” documente y soporte cada una de sus actividades

con fotografías digitales. 29. En caso de que “EL PROVEEDOR” no incluya en su propuesta técnica, alguno de los requisitos

establecidos en los puntos anteriores, será causa de descalificación de su propuesta. 30. “PEMEX GAS” en coordinación con el representante del Proveedor podrá programar visitas a las

instalaciones de la Empresa Receptora de residuos, para verificar la adecuada disposición final de los Residuos que se retiren del Centro de Trabajo.

31. “EL PROVEEDOR” deberá presentarse a solicitud de “PEMEX GAS” a realizar trabajos de

recolección de Residuos Peligrosos ó de Manejo Especial en áreas específicas del CPG Poza Rica, utilizando el equipo y material señalando en el anexo E-1, debiendo etiquetar, tapar, flejar y cargar desde estas áreas, los residuos hacia los camiones con permiso para el transporte federal de residuos peligrosos.

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Está estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y fumar dentro de las instalaciones del CPG Poza Rica. El proveedor deberá de utilizar las rutas de tránsito que le sean indicadas por el supervisor de “PEMEX GAS”. En caso de emergencia, “EL PROVEEDOR” deberá de utilizar las rutas de evacuación que se encuentran señaladas dentro del Centro de Trabajo, trasladándose a los puntos de reunión. El proveedor acepta que cualquier duda sobre la interpretación de las especificaciones antes mencionadas, será consultada con el supervisor de “PEMEX GAS” y resuelta de acuerdo con las instrucciones de este ultimo. Durante y al final de cada jornada se debe mantener el área de los servicios con orden y limpieza.

RESIDUOS PELIGROSOS DEL CPG POZA RICA

Tipo de Residuo Tratamiento Propuesto por CPG PR Solución acuosa de amina gastada o contaminada

Tratamiento fisicoquímico/Co-procesamiento

Asbesto Reciclaje/ Co-procesamiento Fibras minerales contaminadas Co-procesamiento Prod. químicos caducos o F/E Reciclaje y/o Tratamiento fisicoquímico

Lodos del separador API y cárcamos Co-procesamiento

Carbón activado contaminado Co-procesamiento

Sólidos impregnados de hidrocarburos Co-procesamiento

Solvente gastado no halogenado Tratamiento fisicoquímico

Baterías zinc carbón Reciclaje*

Rebaba o viruta contaminada Co-procesamiento

Catalizador de alúmina contaminada Co-procesamiento

Envases y/o tambores vacíos contaminados Co-procesamiento

Elementos filtrantes contaminados Co-procesamiento

Lámparas de vapor de mercurio Co-procesamiento, Reciclaje

Lámparas fluorescentes Co-procesamiento, Reciclaje

Lámparas de vapor de sodio Co-procesamiento, Reciclaje

Solvente gastado no halogenado Tratamiento fisicoquímico/ Co-procesamiento

Baterías Níquel Cadmio/Metal Hidruro Reciclaje*

Poliuretano contaminado Co-procesamiento

Lodos de fosas sépticas Co-procesamiento

Sólidos impregnados de no Hidrocarburos Co-procesamiento

Catalizador de alúmina contaminada Co-procesamiento

Otro (de acuerdo a resultado positivo en análisis CRIT)

Co-procesamiento u otro

RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL DEL CPG POZA RICA

Tipo de Residuo Tratamiento Propuesto por CPG PR

Malla Molecular Co-procesamiento

Perlita Expandida Co-procesamiento

Catalizador de alúmina Co-procesamiento

Resina Catiónica Co-procesamiento

Resina Aniónica Co-procesamiento

Carbón Activado Agotado Co-procesamiento

Otro (de acuerdo a resultados negativos en análisis CRIT)

Co-procesamiento

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ANEXO 12.4

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº 7 DE 27

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “B-1” ESPECIFICACIONES PARTICULARES

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

A continuación se establecen las actividades que deberá realizar el proveedor en el presente contrato.

01 Etiquetado

, tapado, flejado, carga, transporte, tratamiento, coprocesamiento y/o disposición final de Residuos de Manejo Especial.

Durante la realización de los trabajos se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. El Representante de Pemex Gas informará previamente al Proveedor sobre las

actividades a realizar. Posteriormente, el proveedor realizará una visita al área de trabajo, para evaluar los requerimientos, como son: personal, equipo de seguridad, maquinaria a utilizar, cantidad de residuos de manejo especial a retirar, estrategia del trabajo, entre otros.

2. El Proveedor entregará al Representante de Pemex Gas el procedimiento con

el cual se realizará el trabajo, mínimo con tres días de anticipación, para que se realicen todas las actividades previas. Este procedimiento indicará la secuencia de los trabajos, el tiempo de ejecución, el equipo y las herramientas que se utilizarán, así como el personal que ejecutará las actividades y otros requerimientos que establezca el Representante de Pemex Gas. Esta información será revisada por el Representante de Pemex Gas y estará sujeta a cambios si es necesario, las cuales serán realizadas por el Proveedor.

3. El proveedor proporcionará el equipo de seguridad (casco, lentes de seguridad,

cubre bocas, mascarillas de doble cartuchos para polvos, ropa de algodón, botas con casquillo, overall, guantes, entre otros) materiales (tapas, flejes, etiquetas, tarimas, entre otros), herramientas (escobas, palas, flejadora, entre otros) y el personal manual necesario para llevar a cabo esta actividad, de acuerdo al procedimiento establecido inicialmente.

4. Cabe mencionar, que el Representante de Pemex Gas informará al Proveedor

cualquier cambio de último momento en los trabajos programados.

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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5. Antes del inicio de los trabajos, el Representante de Pemex Gas y el

Proveedor realizarán una inspección física de los equipos que se utilizarán, del personal que efectuará los trabajos, de la maquinaria y lo que establezca Representante de Pemex Gas. Asimismo, en esta etapa se realizará la revisión física del vehiculo, de tal manera que los datos del camión coincidan con los permisos correspondientes. En caso que no cumpla con lo solicitado será rechazado y el Proveedor deberá sustituir el equipo y/o transporte.

El Proveedor esta obligado a realizar los cambios que indique el Representante de Pemex Gas.

6. Una vez aceptado el vehiculo se procederá al pesaje inicial, el cual se realizará

en la báscula de la Central de Abastos de la ciudad de Poza Rica .El servicio de pesaje lo pagará el Proveedor, el ticket del pesaje servirá de referencia para efectuar la tara y generar el cálculo de residuo de manejo especial generado en el CPG Poza Rica.

7. Una vez obtenido el peso inicial del vehiculo, se procederá a dar inicio los

trabajos. Los residuos que se retiraran son: Malla Molecular, Perlita Expandida Catalizador de alúmina, Resina Catiónica, Resina Aniónica, Carbón Activado Agotado y otros.

Se requiere el retiro del RME Malla Molecular, Perlita Expandida, Catalizador de alúmina, Resina Catiónica, Resina Aniónica, Carbón Activado Agotado u otros a granel en vehículos tipo góndola, volteo u otro autorizado por SEMARNAT, para lo cual El proveedor proporcionará el personal necesario para el vaciado de los tambores a dichos vehículos. El RME carbón activado agotado será enviado al sitio de tratamiento, coprocesamiento y/o disposición final que este debidamente autorizado por las autoridades correspondientes; la cual fue indicada en la propuesta técnica. El Proveedor una vez concluida la actividad de cargas deberá enviar los tambores en mal estado al área que indique el Representante de PEMEX Gas. Una vez concluida la actividad, el Proveedor realizará la limpieza del sitio de trabajo.

Es importante mencionar, que estos residuos se generan por el mantenimiento en las plantas criogénicas, planta Recuperadora de Azufre y plantas de Servicios Auxiliares, además durante el tratamiento al agua de tipo industrial, no obstante, su cantidad de generación es variable. 8. Una vez concluido el cargado del residuo al vehiculo, se pesara finalmente, para

que por diferencia se obtenga el peso. Es importante mencionar, que en la báscula donde se realice el pesaje inicial se efectuará la final; no se podrá pesar en lugares distintos. Lo anterior, se definirá con el representante de Pemex Gas en la visita previa al área de trabajo.

9. Una vez obtenido el peso del residuo se procede a la elaboración de los pases

de salida y manifiestos, los cuales son documentos necesarios para la salida del vehiculo. Asimismo, el desarrollo del procedimiento para el transporte, se efectuara de acuerdo al Art. 86 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

10. Los trabajos deberán realizarse cumpliendo con los lineamientos de las Normas

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Oficiales Mexicanas aplicables o en su defecto por estándares de la Environmental Protection Agency (EPA) de U.S.A. de acuerdo a los Programas y necesidades de los equipos de área del Complejo Procesador de Gas Poza Rica.

11. El Proveedor entregará al Representante de Pemex Gas por cada embarque

de residuos de manejo especial que realice, un reporte de las actividades ejecutadas, la cual deberá incluir lo siguiente: 1) hoja de campo, 2) talón de pesaje, 3) permisos de vehículos y otra información que solicite el Representante de Pemex Gas.

12. El proveedor deberá entregar los manifiestos de entrega, transporte y recepción

de residuos de Manejo Especial de acuerdo a lo establecido por las autoridades correspondientes, en un plazo no mayor al último día del plazo contractual. Este manifiesto deberá estar firmado y sellado por la compañía que realizará el tratamiento y/o disposición final, lo anterior, es indispensable para la elaboración de la estimación y pago correspondiente.

Es indispensable que un representante del Proveedor (supervisor) con los conocimientos sobre los trabajos a realizar, se encuentre presente durante la realización de los trabajos, para solucionar problemas técnicos, realizar trámites, elaborar el reporte correspondiente, organizar los trabajos y lo que se requiera durante la realización de los trabajos.

02 Etiquetado, tapado, flejado, carga, transporte, tratamiento, coprocesamiento y/o disposición final de residuos peligrosos.

Durante la realización de los trabajos se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. El Representante de Pemex Gas informará previamente al Proveedor sobre las

actividades a realizar. Posteriormente, el proveedor realizará una visita al área de trabajo para evaluar los requerimientos, como son: personal, equipo de seguridad, cantidad de residuos peligrosos a retirar, estrategia del trabajo, entre otros.

2. El Proveedor entregará al Representante de Pemex Gas el procedimiento con el

cual realizará el trabajo, mínimo con tres días de anticipación, para que se realicen todas las actividades previas. Este procedimiento indicará la secuencia de los trabajos, el tiempo de ejecución, el equipo y las herramientas que se utilizarán, así como el personal que ejecutará las actividades y otros requerimientos que establezca el Representante de Pemex Gas. Esta información será revisada por el Representante de Pemex Gas y estará sujeta a cambios si es necesario, las cuales serán realizadas por el Proveedor.

3. Asimismo, el Proveedor incluirá toda la información referente a los vehículos

con los que se realizará el transporte de Residuos Peligroso y debe anexar copias de los siguientes documentos:

Licencia tipo E “Permiso para conducir vehículos del servicio de transporte federal de carga en general, materiales y residuos peligroso” del conductor emitida por la Secretaria de Comunicaciones y Transporte. La cual deberá esta vigente hasta el término del presente contrato.

Autorización vigente para la recolección y transporte de residuos peligrosos otorgado por la SEMARNAT, el cual deberá coincidir tanto en el número de placas como el número de serie con el vehículo que realizará el retiro de los residuos peligrosos.

Permiso vigente para el servicio de autotransporte federal de carga en

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especialidad de materiales y residuos peligrosos en caminos de jurisdicción federal emitido por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT).

Tarjeta de circulación emitida por Secretaria de Comunicaciones y Transporte.

Póliza de seguro del vehiculo actualizada.

Permiso para la disposición final del residuos peligrosos o Co procesamiento.

El proveedor proporcionará el equipo de seguridad (casco, lentes de seguridad, cubre bocas, ropa de algodón, botas con casquillo, overall, guantes, entre otros) materiales (tapas, flejes, etiquetas, tarimas, entre otros), herramientas (escobas, palas, flejadora, entre otros), y el personal manual necesario para llevar a cabo esta actividad, de acuerdo al procedimiento establecido inicialmente. El proveedor deberá contemplar para las partidas 1 y 2 el material para embalaje (super sacos, tambores metálicos color café y negros de 200 lt nuevos con tapa y zincho, bolsas de polietileno, tambores de plástico con tapa, diques de captación de residuos peligrosos líquidos, cubrecoladeras, entre otros). Para mayor referencia del equipo que debe estar disponible en las instalaciones del CPG durante la vigencia del contrato, verificar el Anexo “E-1”, así como las etiquetas autoadheribles plastificadas (calcamonia), cuyo modelo será entregado por “PEMEX GAS”, para la identificación de los residuos en sus contenedores, asi como la carga de los residuos en las unidades de transporte,cuya cantidad serán de acuerdo a la cantidad de residuos a retirar. 4. Cabe mencionar, que el Representante de Pemex Gas informara al Proveedor

cualquier cambio de último momento en los trabajos acordados. Antes del inicio de los trabajos, el Representante de Pemex Gas y el Proveedor realizarán una inspección física a los equipos que se utilizarán, del personal que efectuará los trabajos y lo que establezca Representante de Pemex Gas. Asimismo, en esta etapa se realizará la revisión física del vehiculo, de tal manera que los datos del camión coincidan con los permisos correspondientes. El Proveedor esta obligado a realizar los cambios que indique el Representante de Pemex Gas. 5. Una vez aceptado el vehiculo se procederá al pesaje inicial, el cual se realizará

en la báscula de la Central de Abastos de la ciudad de Poza Rica .El servicio de pesaje lo pagará el Proveedor, el ticket del pesaje servirá de referencia para efectuar la tara y generar el cálculo de residuo peligroso generado en el CPG Poza Rica.

6. Una vez obtenido el peso inicial del vehiculo, se procederá a dar inicio los

trabajos. Para ello es importante mencionar, que algunos residuos se encuentran en tambores metálicos de 200 lt, otros en bolsas de plástico como las fibras minerales contaminadas y las baterías Ni-Cd se encuentran por piezas, por lo que es necesario efectuar el empaquetado de las mismas.

7. Los Residuos Peligrosos que pueden existir en el almacén temporal de residuos

peligrosos se enuncian en la tabla 1 de este Anexo B-1 y se podrán generar otros que puedan identificarse en el transcurso de este contrato.

8. Cabe mencionar, que la cantidad de estos residuos puede variar debido a los

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trabajos de mantenimiento en las diferentes plantas de proceso, servicios auxiliares y talleres de mantenimiento. Asimismo, se pueden generar otros residuos peligrosos que requieran disposición final o tratamiento.

9. Una vez concluido el cargado de los residuos, el vehículo se pesara finalmente

para que por diferencia se obtenga del peso de los residuos. Es importante mencionar, que en la báscula donde se realice el pesaje inicial se realizará la final.

10. El Proveedor deberá sujetar adecuadamente los tambores con residuos

peligrosos, de tal manera que durante su transporte al sitio de tratamiento, Co procesamiento y/o disposición final, no presenten problemas de posibles caídas o escurrimiento.

11. Una vez obtenido el peso del residuo se procede a la elaboración de los pases

de salida y manifiestos, los cuales son documentos necesarios para la salida del vehiculo.

12. Los trabajos deberán realizarse cumpliendo con los lineamientos de las Normas

Oficiales Mexicanas aplicables de acuerdo a los Programas y necesidades de los equipos de área del Complejo Procesador de Gas Poza Rica.

13. El tratamiento, Co procesamiento y/o disposición final de los residuos peligrosos,

deberá efectuarse con compañía que deberá contar con la autorización vigente de SEMARNAT y esta podrá estar instalada en cualquier parte de la Republica Mexicana. Es importante mencionar, que se requiere que los residuos sean enviados a tratamiento, Co procesamiento y/o disposición final una vez que se retiran del almacén temporal del Centro de Trabajo, no se considerará como opción el almacenamiento temporal para su posterior envió, aun cuando esta última cuente con la autorización de la SEMARNAT.

14. Es importante mencionar que el vehículo que transporte los residuos deberá

contar con los siguientes requisitos físicos previo al pesaje de la unidad: llanta de refacción, extintor con carga y en buenas condiciones, escape con matachispa en buenas condiciones, cabina libre de cigarrillos y luces en buen estado.

15. El proveedor deberá entregar los manifiestos de entrega, transporte y recepción

de residuos peligrosos de acuerdo a lo establecido por la SEMARNAT en el REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Art. 86, Fracción IV, en un plazo no mayor al último día del plazo contractual.

16. Toda infracción ambiental cometida por el Proveedor al que se le asigne el contrato, será sancionada de acuerdo a lo estipulado en el título vigésimo quinto del Código Penal Federal para “Delitos contra el ambiente y la gestión ambiental”. Además de la realización de las acciones necesarias para restablecer las condiciones naturales de los ecosistemas dañados; así como la suspensión por modificación o demolición de las construcciones, obras o actividades según correspondan, por mala maniobra o instrucción equivocada.

17. “El Proveedor” al que se le asigne el contrato, será responsable de los daños en

general que se llegaran a ocasionar a las instalaciones existentes, como consecuencia de las maniobras mal planeadas o mal ejecutadas, por descuidos, por secuelas de contaminación derivadas de los procesos empleados, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones dadas en forma verbal o por escrito por la supervisión de “Pemex Gas”, y por la

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violación a las leyes y reglamentos en vigor, federal, estatal, y municipal vigentes. Además, todos los trámites, gastos y otras actividades resultantes de la reparación de daños al medio ambiente o propiedades, será responsabilidad del Proveedor.

18. El Proveedor entregará al Representante de Pemex Gas por cada embarque de

residuos peligrosos que realice, un reporte de las actividades ejecutadas, la cual deberá incluir lo siguiente: 1) hoja de campo 2) talón de pesaje, 3) permisos de vehículos y la información que solicite el Representante de Pemex Gas.

Es indispensable que un representante del Proveedor (supervisor) con los conocimientos sobre los trabajos a realizar, se encuentre presente durante la realización de los trabajos, para solucionar problemas técnicos, realizar trámites, elaborar el reporte correspondiente, organizar los trabajos y lo que se requiera durante la realización de los trabajos.

03 Limpieza y mantenimiento de Fosas sépticas

PEMEX GAS requiere que el Proveedor cumpla con los permisos necesarios para realizar el servicio de limpieza y mantenimiento de Fosas sépticas en sus instalaciones en el Complejo Procesador de Gas Poza Rica. Para ello, el Proveedor debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. “PEMEX GAS” requiere que el Proveedor entregue copia de los permisos por parte del Municipio y la Secretaria de Salubridad para el transporte y disposición de aguas residuales a través de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) para realizar la disposición final del agua generada de la limpieza de las fosas sépticas. Además, deberá entregar la evidencia de cada lote entregado a la PTAR de su recepción y entregarlas a PEMEX GAS” para su verificación e incorporación al expediente del CPG Poza Rica.

2. “PEMEX GAS” requiere que se realice el servicio de limpieza de las fosas sépticas del Complejo Procesador de Gas Poza Rica; el Proveedor dispondrá adecuadamente el residuo recolectado en un lugar debidamente autorizado por la SEMARNAT acorde a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) y a su Reglamento. También la transportación de los mismos deberá estar acorde a lo requerido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). El Proveedor podrá realizar análisis de parámetros al agua de las fosas para evidenciar las condiciones antes y después de la limpieza.

3. PEMEX GAS requiere que el Proveedor realice inspección visual a las fosas sépticas, con el fin de establecer un Reporte al final de sus actividades, las condiciones actuales de presencia de grietas o cualquier otra anomalía que pudieran ocasionar infiltraciones del material contenido en las fosas sépticas al suelo. Lo anterior deberá ser avalado por evidencia fotográfica.

4. Para las actividades realizadas de limpieza en fosas sépticas, se deberá abrir el registro y esperar por lo menos 30 minutos, para evitar respirar los gases del interior acumulados.

04

Limpieza y mantenimiento de registros y

PEMEX GAS requiere que el Proveedor cumpla con los permisos necesarios para realizar el servicio de limpieza y mantenimiento de registros y drenajes en sus instalaciones en el Complejo Procesador de Gas Poza Rica. Para ello, el Proveedor debe cumplir con los siguientes requisitos:

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drenajes 1. “PEMEX GAS” requiere que el Proveedor entregue copia de los permisos por parte del Municipio y la Secretaria de Salubridad para el transporte y disposición de aguas residuales a través de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) para realizar la disposición final del agua generada de la limpieza de los registros y drenajes. Además, deberá entregar la evidencia de cada lote entregado a la PTAR de su recepción y entregarlas a PEMEX GAS” para su verificación e incorporación al expediente del CPG Poza Rica.

2.En la limpieza de los drenajes tipo industrial, los residuos generados durante las actividades de limpieza, deberán disponerse como residuo peligroso en los sitios autorizados por la SEMARNAT acorde a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) y su Reglamento.

3. “PEMEX GAS“ requiere que “EL PROVEEDOR” realice inspección visual a los drenajes, con el fin de establecer un Reporte al final de sus actividades, las condiciones actuales de presencia de grietas o cualquier otra anomalía que pudieran ocasionar infiltraciones del material contenido en los drenajes al suelo. Lo anterior deberá ser avalado por evidencia fotográfica.

4.Durante la duración de todo el período de ejecución del contrato “EL PROVEEDOR” deberá contar con un Supervisor de Seguridad en el Centro de Trabajo en el momento de realizar todos los servicios requeridos por “PEMEX GAS” con quien se establecerán los acuerdos de las actividades a realizar y las difusiones de los procedimientos de seguridad y de otros temas que apliquen a la óptima ejecución de los trabajos y eviten la ocurrencia de incidentes o accidentes.

5.“PEMEX GAS” entregará lista y plano de ubicación de las fosas sépticas existentes en el Complejo Procesador de Gas Poza Rica para la ejecución de los trabajos. 6.Para las actividades realizadas de limpieza en drenajes y registros, se deberá abrir y esperar por lo menos 30 minutos, para evitar respirar los gases del interior acumulados.

7.El supervisor de seguridad por parte de el Proveedor deberá notificar diariamente a la persona que designe “PEMEX GAS” como supervisor, el avance de las actividades.

8. El desazolve de los registros industriales y pluviales consistirá en el retiro del material, limpieza de los registros (maleza, sedimento, basura, material contaminado, etc.); se deberá realizar toma de fotografías antes y después del desazolve de los registros, mismos que deberán incluirse en su reporte de actividades.

9.Para los trabajos de desazolve de registros industriales y pluviales en los cuales no se pueda ingresar el equipo de succión, “EL PROVEEDOR” deberá realizar los trabajos con herramienta menor para realizar la actividad. El material aceitoso recuperado del desazolve de drenaje industrial, será dispuesto por “PEMEX GAS”. Si lo que se genera es residuo peligroso sólido, éste será dispuesto por “EL PROVEEDOR”. En caso de generarse material contaminado, se dispondrá de acuerdo a lo manifestado en la partida

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número 2.

10.El desazolve de la tubería de drenajes industriales y pluviales consistirá en el retiro del material, limpieza de los registros (maleza, sedimento, basura, etc.) a base de turbinación de agua a presión; se deberá realizar toma de fotografías antes y después del desazolve en los registros que interconecta la tubería, mismas que deberán incluirse el reporte de los trabajos.

Tabla 1. LISTA DE RESIDUOS PELIGROSOS

Solución acuosa de amina gastada o contaminada

Asbesto

Fibras minerales contaminadas

Prod. químicos caducos o F/E

Lodos del separador API y cárcamos

Carbón activado contaminado

Sólidos impregnados de hidrocarburos

Solvente gastado no halogenado

Baterías zinc carbón

Rebaba o viruta contaminada

Catalizador de alúmina contaminada

Envases y/o tambores vacíos contaminados

Elementos filtrantes contaminados

Lámparas de vapor de mercurio

Lámparas fluorescentes

Lámparas de vapor de sodio

Solvente gastado no halogenado

Baterías Níquel Cadmio/Metal Hidruro

Poliuretano contaminado

Lodos de fosas sépticas

Sólidos impregnados de no Hidrocarburos

Catalizador de alúmina contaminada

NORMAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

No. Norma y/o Especificación

Técnica Descripción

1 L.G.E.E.P.A. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Capitulo V.- Materiales y Residuos Peligrosos).

2 Ley de Protección Ambiental del

Estado de Veracruz Ley de Protección Ambiental del Estado de Veracruz.

3 R.L.G.E.E.P.A. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de residuos peligrosos.

5 L.G.P.G.I.R. y su Reglamento Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (federal)

6 L.G.P.G.I.R. del Estado de

Veracruz Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Veracruz.

7 NOM-052-SEMARNAT-2005 Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.

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8 NOM-053-SEMARNAT-1993 Que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

9 NOM-054-SEMARNAT-1993 Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993.

10 NOM-083-SEMARNAT-2003 Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

11 Secretaría de Comunicaciones y

Transportes Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

12 NOM-002-SCT2-2003 Listado de las sustancias y materiales peligrosos más usualmente transportados.

13 NOM-003-SCT-2000 Características de las etiquetas de envases y embalajes destinadas al transporte de sustancias, materiales y residuos peligrosos.

14 NOM-004-SCT/2000 Sistema de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

15 NOM-005-SCT-2000 Información de emergencia para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

16 NOM-007-SCT2-2002 Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de substancias y residuos peligrosos.

17 NOM-010-SCT2-2003 Disposiciones de compatibilidad y segregación, para el almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

17 NOM-011-SCT2-1994 Condiciones para el transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas.

18

NOM-019-SCT2/2004

Disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de substancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos. NOM-019-SCT2/2004.

19 NOM-043-SCT2-2003 Documento de embarque de substancias, materiales y residuos peligrosos.

20 NOM-006-CNA-1997 Fosas sépticas prefabricadas- especificaciones y métodos de pruebas

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ANEXO 12.5

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº __1_ DE __1__

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “B-2”

INSTRUCCIONES GENÉRICAS Y REGLAMENTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL DE APLICACIÓN OBLIGATORIA

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

N° DE INSTRUCCIÓN O REGLAMENTO DESCRIPCIÓN

SP-PE-110 ADMINISTRACION DE SEGURIDAD DE LOS CONTRATISTAS, SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE LOS PROCESOS.

PR-IG-503 RUTAS DE TRANSITO DEL COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

SP-PC-050 EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL ESPECIFICO

DERECHOS RESERVADOS MÉXICO 1997. TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS. IMPRESO EN MÉXICO, DE ESTAS INSTRUCCIONES GENÉRICAS O DOCUMENTOS CONTENIDOS EN ESTE ANEXO, NO PUEDEN SER COPIADOS, REPRODUCIDOS TOTAL O PARCIALMENTE, TRANSFERIDA O PUBLICADA EN NINGUNA FORMA, INCLUYENDO MEDIOS MAGNÉTICOS, SIN EL CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE LA MÁXIMA AUTORIDAD DEL COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA.

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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ANEXO 12.6

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

ANEXO “B-3”

ESPECIFICACIONES MINIMAS DE SEGURIDAD:

C L A U S U L A S

De acuerdo con el Capítulo XXI Artículo I, del Reglamento de Seguridad e Higiene de Pemex Gas y Petroquímica Básica debe cumplirse con las disposiciones de Seguridad e Higiene que se establezcan. El siguiente clausulado será de observancia obligatoria para todo el personal que labore con el contratista de este centro de trabajo. 1.- Es obligación del patrón de la compañía contratista o prestadora de servicios proporcionar

a sus trabajadores la ropa de seguridad industrial adecuada, calzado de seguridad industrial, así como el equipo de protección personal que se requiera, de acuerdo a las actividades a realizar.

2.- Todo el personal que labore en las instalaciones del COMPLEJO PROCESADOR DE

GAS-POZA RICA, deberá vestir en buenas condiciones ropa de algodón 100% (camisa manga larga, pantalón u overol) usarán zapatos o botas para uso industrial tipo borceguí (con casquillo de acero y suela antiderrapante a prueba de aceite y químicos de 6” de altura, para soldadores y paileros de 12” de altura, conforme ANSI Z41 PT 83M 1/75 C/75), casco industrial protector dieléctrico (conforme ANSI 289.1-1986), guantes de cuero o carnaza (resistentes a cortes, raspaduras y abrasión), protectores industriales auditivos (tapones auditivos tipo inserto, conforme ANSI S3.19-1974 Y ANSI S12.6-1984), lentes de seguridad industrial transparentes de alto impacto(con protección ocular superior y lateral, de policarbonato endurecido contra impactos, resistente a las ralladuras, que proteja contra rayos infrarrojos, que absorban el 99 % de los rayos ultravioleta y que no distorsionen la visión, conforme ANSI Z87.1-1989, CSA Z94.3 M88, BSI.2092.2).

3.- Para el acceso a las instalaciones, de la Subdirección de Producción de Pemex Gas y

Petroquímica Básica el personal de la compañía contratista deberá portar en un lugar visible el gafete o credencial de identificación que le sea proporcionado, para permitir el acceso a las instalaciones y evitar su retiro, manteniendo el tiempo que permanezca en el interior de las instalaciones.

4.- Queda estrictamente prohibido fumar, encender fósforos y tomar bebidas embriagantes

dentro de las instalaciones del centro de trabajo, independientemente de que existan o no

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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letreros indicando la prohibición. 5.- Para el acceso vehicular, estos, deberán contar con el pase local correspondiente

autorizado y vigente. Los vehículos que ingresen a las instalaciones deben estar en condiciones óptimas de seguridad en todos sus sistemas como son (frenos, llantas, eléctricas, mecánicas escape, etc.) y deberá respetarse la velocidad vehículos máxima permitida de 20 km/h.

6.- En trabajos que se requiera bloquear accesos a plantas de proceso y calles de tránsito

vehicular, siempre deberá ser con autorización de la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental.

7.- Todo el material empleado por el contratista deberá conservarse bien estibado, ordenado,

identificado y almacenado dentro de las áreas asignadas por el supervisor de Pemex Gas y Petroquímica Básica.

8.- Invariablemente para la realización de trabajos, se elaborarán las correspondientes

solicitudes de trabajo, tramitadas por el ingeniero supervisor de la obra de Pemex Gas y Petroquímica Básica. Todas las recomendaciones que se establezcan deberán ser cumplidas.

9.- Cuando por las características del trabajo, se requiera protección contraincendio

invariablemente deberán esperar al personal contraincendio para dar inicio, siempre con la correspondiente solicitud de trabajo autorizada.

10.- Cuando en las solicitudes de trabajos se indique el uso de equipo de seguridad especial,

será el personal de la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental, quien supervise el uso correcto de los mismos.

11.- En trabajos que se requiera el uso de agua de la red contraincendio, siempre deberá ser

con la autorización de la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental. 12.- En trabajos de altura que se requieran andamios, éstos deberán estar bien armados

soportados en terreno firme y tendrán la verticalidad correcta. Emplearán plataformas cerradas con madera maciza de primera con rodapié, sin nudos, bien asegurada así como el aseguramiento lateral por medio de contravientos con cable manila de diámetro adecuado dependiendo de la altura de dicho andamio.

13.- En trabajos de altura, invariablemente deberán utilizar cinturón de seguridad tipo

paracaidista, sujetados con cable de vida de nylon con ganchos bandoleros en los extremos.

14.- En trabajos de limpieza mecánica a tuberías y recipientes por medio de arena impulsada

con presión de aire (sand-blast), deberán utilizar la capucha protectora de impactos, requerida para esta actividad.

15.- En trabajos de limpieza mecánica a tuberías por medio de arena impulsada con presión de

aire (sand-blast), deberán cubrir con lona los drenajes para evitar azolvamientos y delimitar el área mediante lonas para que el polvo y la arena no se trasladen a otras áreas (la instalación de estas lonas deberá ser de conformidad con el ingeniero de operación del área y de Seguridad y protección ambiental.

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16.- En trabajos que por las características del mismo, provoquen salpicaduras o proyección de

partículas, deberán usar gafas, googles o protección facial industrial dependiendo de la actividad.

17.- Todo trabajo que se efectúe en los sistemas de drenajes deberá contar con la autorización

respectiva, todas las pruebas previas necesarias por el ingeniero de operación del área y de Seguridad y protección ambiental. En la realización de excavación de zanjas profundas por personal manual, éstas deberán estar soportadas por cimbras de madera apuntaladas para evitar derrumbes o deslaves.

18.- Cuando se requieran hacer excavaciones profundas dentro de las instalaciones deberán

colocar señalamientos en ambos lados, mediante señalización y barricadas en el día y luces o pintura reflejante durante la noche, con objeto e evitar accidentes personales.

19.- En trabajos de aislamiento de tuberías y equipos, pintura, etc., utilizarán siempre andamios

adecuados o escaleras para evitar apoyarse en tuberías de instrumentación, conduits de conducción de cables eléctricos y tuberías de diámetros pequeños o instrumentos de control y medición.

20.- Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en

operación, deberá ser aprobada previamente por el personal responsable de la operación. 21.- Queda prohibido estrictamente el accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones,

instrumentos y controles de la instalaciones del COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA, sin la autorización previa por escrito del Departamento de Operación, responsable del área de trabajo.

22.- Queda prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías. Soportes,

válvulas o equipos. 23.- Queda prohibido el uso de parrillas eléctricas, extensiones eléctricas, radios, televisores,

teléfonos celulares y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosividad en el interior de las instalaciones del COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA.

24.- Queda prohibido el uso de cámaras fotográficas, cine o video dentro de las instalaciones

sin la autorización por escrito de la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental. 25.- En la realización de obras que haya necesidad de contar con bodegas de materiales y

herramientas, éstas deberán instalarse en los lugares asignados para tal fin por el supervisor de obra de Pemex Gas y Petroquímica Básica, de acuerdo con la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental.

26.- En trabajo de toma de radiografías se deberá:

a).- Retirar al personal que se encuentre cerca del área donde se realiza el trabajo.

b).- Cuando no se esté utilizando el material radiactivo, se debe mantener almacenado

dentro de sus contenedores.

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c).- La toma de aire libre de radiografías debe efectuarse en áreas previamente delimitada, de dimensiones apropiadas, la cual debe ser acordonada instalando letreros con el símbolo de la radiación (trébol rojo sobre fondo amarillo), que indique peligro altos niveles de radiación.

d).- Deberán los técnicos tener los equipos de medición de radiación necesarios (contador geiger), para delimitar el área de seguridad.

27.- La operación de máquinas de soldar, compresores, revolvedoras, vibradores o cualquier

otro equipo de combustión interna, deberá quedar establecido en la solicitud de trabajo y sujeto al análisis y autorización del Departamento de Operación y Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

28.- Se prohíbe hacer fuego y/o soldar y cortar en áreas del centro de trabajo sin la

correspondiente solicitud de trabajo debidamente autorizada. 29.- En caso de ocurrir un accidente al personal contratista deberá reportarse inmediatamente

al supervisor residente de la compañía y éste al supervisor del centro de trabajo asignado a la obra y a la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental, turnándolo al servicio médico local para su atención inmediata del trabajador lesionado.

30.- En las actividades que por su naturaleza pueden provocar daños al medio ambiente o

afectar los parámetros establecidos por SEMARNAT para las descargas residuales del centro de trabajo, deberán notificarse a la Superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental, quien definirá las medidas preventivas que deban cumplirse por parte del contratista.

31.- Queda estrictamente prohibido descargar a los drenajes pluviales, desechos como aceites,

solventes, pinturas, polvo, estopas, etc. 32.- El contratista deberá aplicar las disposiciones de orden y limpieza al efectuar trabajos y/o

concluir los mismos, en todo momento con objeto de mantener en óptimas condiciones el lugar de trabajo.

33.- El horario de labores establecido previamente en las bases concursales deberá ser

respetada invariablemente entre el contratista y el supervisor del COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

34.- El consumo de alimentos deberá hacerse en el área destinada a tal fin, depositando los

desechos y la basura en general en recipientes clasificados como basura orgánica e inorgánica, dichos colectores están instalados en lugares estratégicos.

35.- Se prohíbe el consumo de bebidas naturales o refrescos en bolsas de plástico con el

propósito de evitar azolvamientos en los sistemas de drenajes. 36.- El contratista deberá proporcionar letrinas sanitarias, con tratamiento de residuos, en

cantidad suficiente al personal que realice los trabajos. 37.- Se prohíbe la realización de trabajos en áreas verdes y jardines y en caso necesario se

solicitará la autorización de la superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental y el Departamento de Mantenimiento Civil.

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38.- Todas las herramientas eléctricas deben estar conectadas a tierra y el suministro eléctrico

con cable uso rudo sin empates, asimismo, las conexiones a tierra de las máquinas para soldar no deben conectarse a tuberías o recipientes de proceso, y sus cable eléctricos deben contar con los conectores apropiados.

39.- Deben instalarse tableros eléctricos de campo, y los cables de suministro de corriente

eléctrica deben ser de uso rudo y del calibre apropiado, además de estar protegidos contra golpes mecánicos.

40.- Es obligatorio para la compañía contratista, capacitar a su personal en materia de seguridad e higiene industrial, conforme lo marca la ley federal del trabajo en el título cuarto, capítulo 3-bis.

41.- El personal de la compañía contratista, previo al inicio de la obra, deberá capacitar a su

personal en materia de seguridad e higiene industrial con objeto de prevenir posibles incidentes y/o accidentes, y deberá de presentar los registros correspondientes ante el Departamento de Supervisión de Contratos del C.P.G.- POZA RICA.

42.- La compañía contratista debe contar con un supervisor de seguridad que se responsabilice

de la seguridad y la conducta del personal de la compañía dentro de las instalaciones industriales de Pemex Gas y Petroquímica Básica.

43.- La compañía contratista obligatoriamente deberá contar con botiquines de primeros

auxilios, tanto en su bodega como en las área de trabajo, con objeto de tratas lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal.

44.- Cualquier otro tipo de protección será especificado en la solicitud de trabajo. 45.- La superintendencia de Seguridad y Protección Ambiental efectuará cuando lo estime

pertinente, revisiones tendientes a verificar la aplicación de este reglamento. 46.- En general todas las disposiciones del Reglamento de Seguridad e Higiene de Pemex Gas

y Petroquímica Básica son aplicables, este clausulado es un resumen de las más importantes, de tal forma que cualquier otra indicación del personal de Pemex Gas y Petroquímica Básica en el aspecto de seguridad no contenida en éste, deberá cumplirse por el contratista con objeto de preservar la integridad física tanto del personal como de las instalaciones. De no cumplir por parte del personal de la compañía contratista se hará acreedor de las siguientes sanciones:

a).-Paro inmediato de la actividad que se esté ejecutando, hasta cumplir con todos los

requisitos establecidos en el permiso de trabajo correspondiente y a las ordenes verbales dadas por el supervisor del COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA.

b).-Cancelación del pase de entrada del vehículo por faltar a los lineamientos del

reglamento de transito interior. c).-Cancelación parcial o total del contrato por actitudes y/o actividades que pongan el

riesgo la integridad física de los trabajadores, así como de las instalaciones del COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA, siendo imputables los daños a la

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compañía contratista. 47.- La negligencia o negativa del cumplimiento de estos ordenamientos, será motivo suficiente

para suspender trabajos e inclusive la cancelación parcial o total del contrato. 48.- El supervisor de seguridad de la compañía contratista, será el responsable directo de hacer

cumplir todas y cada una de las recomendaciones de seguridad determinadas por el supervisor de obra, Operación y Seguridad y Protección Ambiental del COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA, en caso de no acatar estas disposiciones será motivo suficiente para la suspensión de los trabajos, con la responsabilidad para la compañía contratista.

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ANEXO 12.10

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº 23 DE 27

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “E”

EQUIPO QUE PROPORCIONARA PGPB

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

NUMERO

DE UNIDAD

D E S C R I P C I O N

PERIODO DE UTILIZACION

PEMEX NO PROPORCIONA

NINGÚN EQUIPO

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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ANEXO 12.11

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº 24 DE 27

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “E-1”

RELACIÓN DE EQUIPO MINIMO QUE DEBERÁ PROPORCIONAR EL PROVEEDOR

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

NUMERO

DE UNIDAD

D E S C R I P C I O N

PERIODO DE UTILIZACION

PARTIDA DONDE SE

UTILIZARA EL EQUIPO

1

MONTACARGAS

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1,2

1

RETROEXCAVADORA DE CAPACIDAD 1 YARDA

CUBICA.

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1,2

2

TRANSPORTE PARA RESIDUOS PELIGROSOS Y DE

MANEJO ESPECIAL .CON CAPACIDAD DE 30 M3.

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1,2

1 CAMIONETA PICK UP DE 1 TON DE BATEA.

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1,2

3

SUPER SACOS.

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO.

PARTIDA 2

10 TAMBORES METÁLICOS CAFES Y NEGROS DE 200 LT NUEVOS

CON TAPA Y ZINCHO.

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1,2

100 BOLSAS DE POLIETILENO.

DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 2

10 TAMBORES DE PLÁSTICO CON TAPA. DURANTE EL PERIODO DE

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1

HERRAMIENTA MENOR DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 1,2,3,4

1 Equipo de succión tipo VAKTOR de minimo 8 m3 DURANTE EL PERIODO DE

EJECUCIÓN DEL SERVICIO

PARTIDA 3,4

DIQUES DE CONTENCIÓN.

DIQUES DE CONTENCIÓN de peso ligero para llevarla a cualquier parte y prevenir derrames que

puedan ocurrir. Se dobla para fácil almacenaje y transportación. Su único sistema con varillas de

refuerzo brindan gran resistencia a sus paredes cuando está abierta.

CUBRECOLADERAS

CUBRECOLADERAS: cubierta ideal para cualquier drenaje, resumidero o área para derrame

abierto. Resistente a la perforación. Reutilizable.

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ANEXO 12.13

SUBDIRECCION DE PRODUCCIÓN

COMPLEJO PROCESADOR DE GAS POZA RICA

HOJA Nº 26 DE 27

N° DE SOLICITUD DE PEDIDO SEGÚN SAP R3:

CUENTA DE MAYOR:

CENTRO DE COSTEO: 90520000

CONVOCATORIA N° __________________________

ANEXO “F”

MATERIALES O REFACCIONES QUE PROPORCIONARA PEMEX GAS Y PETROQUIMICA BASICA

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Y PELIGROSOS DERIVADOS DE TRABAJOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO A PLANTAS EN EL CPG POZA RICA.

CONCEPTO

No.

DESCRIPCION DEL CONCEPTO

CANTIDAD

UNIDAD

P. G. P. B. NO PROPORCIONARA

NINGUN MATERIAL

GAS Y PETROQUIMICA BASICA

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