GACETA OFICIAL - Procuraduría de la Administración...

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‘~ GACETA OFICIAL ANOXCVII PANAMÁ, RDEPANAMÁ VIERNES 31 DE AGOSTO DE 2fMl N” 24,378 CONTENIDO . CIRCULAR NQ 55-96 D.C. (De 3 de mayo de 1996) “MEDIDAS DE AHORRO EN EL GASTO PUBLICO.” . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . PAG. ll CIRCULAR Np 46-D.C. (De ll de abril da 1936) “SOLICITUD A LOS PROVEEDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL PARA QUE ENVIEN SUS COTIZACIONES A LA DIRECCION DEL ADMINISTkiACION Y FINANZAS.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . .. . PAG. 12 CIRCULAR Ns 45D.C. (De ll de abril de 1996) “SOLICITUD A LOS PROVEEDORES:iE LA CONTRALORIA GENERAL PARA QUE NOTIFIGUEN AL’CONTRALORY AL DIRECTOR DE ADMINISTRACIONY FINANZAS, SOBRE CUALOUIER DESVIACION QUE SE PRESENTE.” .. . . . . .. . . . . . .. . . . . .. . . . . . . . .. . . . . . .. . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG.13 CIRCULAR Ns 130-D.C. (De 21 de diciembre de 1995) “SOLICITUDES DE RESERVAS PRESUPUESTARIAS.” .. . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. PAG. 14 CIRCULAR Ne D.C. 114-95 (De 9 de noviembre de 1995) “FIANZAS.” . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . .. . . . . .. . . . . . .. . . . . .. . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . ................ PAG. 16 CIRCULAR N’ D.C. 91-95 (De 6 de octubre de 1995) “TRAMITE DE DOCUMENTOS EN FORMA ORIGINAL.” . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . . . PAG. 17 CIRCULAR N* 76-96 D.C. (De 20 de septiembre de 1996) “CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA. (DE CARACTER GENERAL).” .. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 16 CIRCUliAR N* 65-95 D.C. (De 20 de septiembre de 1995) “CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA, (ESPECIFICAMENTE PARA LOS ALCALDES DE LOS MUNICIPIOS CHIRIQUI Y BOCAS DELTORO).” . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . .. . . . .. PAG. 19 CIRCULAR Ns 72 D.C. “ BORRONESY ‘ALTERACION (De ll de agosto de 1995) EN DOCUMENTOS OFICIALES.” . . . .. . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . .. . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 20 CIRCULAR NP 65 D.C. (De 27 de julio de 1995) “VIABILIDAD ACREDITOS EXTRAORDINARIOS.” . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . . .. . . . . . . . . . PAG. 21 CIRCULAR N* 93 (De 16 da diciembre de 1994) “DEVOLUCION DE PORCENTAJE RETENIDO Y MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA DE OBRAS DE CONSTRUCCION.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . . .. . . . . .. . . . . . .. . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . .. PAG. 22 CIRCULAR NV 66.D.C.-D-94 (De 23 de noviembre de 1994) “,DISPOSICIONES SOBRE EL DECRETO EJECUTIVO NP 356 DE 29 DE AGOSTO DE 1994, POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA CONTRATACION DE LAS POLIZAS DE SEGUROS DE RIESGOS ESPECIALES EN EL SECTOR PUBLICO.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . .. . . . . .. . . .. . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . .I . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . ............... PAG. 23 (CONTINUA EN LA PAGINA W 2)

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‘~ GACETA OFICIAL ANOXCVII PANAMÁ, RDEPANAMÁ VIERNES 31 DE AGOSTO DE 2fMl N” 24,378

CONTENIDO .

CIRCULAR NQ 55-96 D.C. (De 3 de mayo de 1996)

“MEDIDAS DE AHORRO EN EL GASTO PUBLICO.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. ll

CIRCULAR Np 46-D.C. (De ll de abril da 1936)

“SOLICITUD A LOS PROVEEDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL PARA QUE ENVIEN SUS COTIZACIONES A LA DIRECCION DEL ADMINISTkiACION Y FINANZAS.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 12

CIRCULAR Ns 45D.C. (De ll de abril de 1996)

“SOLICITUD A LOS PROVEEDORES:iE LA CONTRALORIA GENERAL PARA QUE NOTIFIGUEN AL’CONTRALORY AL DIRECTOR DE ADMINISTRACIONY FINANZAS, SOBRE CUALOUIER DESVIACION QUE SE PRESENTE.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG.13

CIRCULAR Ns 130-D.C. (De 21 de diciembre de 1995)

“SOLICITUDES DE RESERVAS PRESUPUESTARIAS.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 14

CIRCULAR Ne D.C. 114-95 (De 9 de noviembre de 1995)

“FIANZAS.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ................ PAG. 16

CIRCULAR N’ D.C. 91-95 (De 6 de octubre de 1995)

“TRAMITE DE DOCUMENTOS EN FORMA ORIGINAL.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 17

CIRCULAR N* 76-96 D.C. (De 20 de septiembre de 1996)

“CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA. (DE CARACTER GENERAL).” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 16

CIRCUliAR N* 65-95 D.C. (De 20 de septiembre de 1995)

“CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA, (ESPECIFICAMENTE PARA LOS ALCALDES DE LOS MUNICIPIOS CHIRIQUI Y BOCAS DELTORO).” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 19

CIRCULAR Ns 72 D.C.

“ BORRONESY ‘ALTERACION (De ll de agosto de 1995)

EN DOCUMENTOS OFICIALES.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 20

CIRCULAR NP 65 D.C. (De 27 de julio de 1995)

“VIABILIDAD ACREDITOS EXTRAORDINARIOS.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 21

CIRCULAR N* 93 (De 16 da diciembre de 1994)

“DEVOLUCION DE PORCENTAJE RETENIDO Y MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA DE OBRAS DE CONSTRUCCION.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. PAG. 22

CIRCULAR NV 66.D.C.-D-94 (De 23 de noviembre de 1994)

“,DISPOSICIONES SOBRE EL DECRETO EJECUTIVO NP 356 DE 29 DE AGOSTO DE 1994, POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA CONTRATACION DE LAS POLIZAS DE SEGUROS DE RIESGOS ESPECIALES EN EL SECTOR PUBLICO.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . I . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ............... PAG. 23

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4 r

Gaceta OfjcM, viernes 31 de agosto de 2001

GACETA OFICIAL

N” 24,378

N

QRGANO,DEL ESTADO Fundada por el Decreto de Gabinete N” 10 del ll de noviembre de 1903

LICDO. JORGE SANIDAS Ay LICDA. YEXENIA 1. RUIZ DIRECTOR GENERAL SUBDIRECTORA

OFICINA Calle Quinta Este, Edificio Casa Alianza. entrada lateral IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES primer piso puerta 205, San Felipe Ciudad de Panamá. Mínimo 6 Meses en la República: B/. 18.00

TelLfono: 227-9833 -Fax: 228.8631 Un ario en la República B/.36.00 Apartado Postal 2 189 En el exterior 6 meses 81.18.00. más porte aéreo

Panamá. República de Panamá Un año en el exterior. B:.36.00_ más porte aéreo LEYES. AVISOS, EDICTOS Y OTRAS Todo pago adelantado.

PUBLICACIONES PRECIO: BI.2.60

% Imprcro C” lOS raIlcm dc EAdirora Dominical. S.A.

/ ,

CIRCULAR N* D.C.-067-94 (De 6 de septiembre de 1994)

“DISPOSICION ADMINISTRATIVA PARA EL TRAMITE DE AUTORIZACION DE FIRMAS Y MANEJO DE CUENTAS BANCARIAS DEL ESTADO.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1................. PAG. 24

CIRCULAR Ne 60 (De 26 de ullo de 1994)

“CONCEPTOS QUE DEBEN SER TOMADOS EN CU 2 NTA AL MOMENTO DE INICIARSE LOS TRAMITES DE CONTRATACION, IMPUTABLES A SERVICIOS PROFESIONALES.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAG. 25

CIRCULAR NQ D.C. ll-94 (De 24 de enero de 1994)

“INSTITUCION EN LA REMISION DE CONTRATOS PARA REFRENDO.” . PAG. 26

DIRECCION DE INVESTIGACIONES ESPECIALESY DIRECCION DE RESPONSABIUDAD PATRIMONIAL

RESOLUCION N” 204 (De 13 de julio de 1995)

“RESOLUCION POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES ESpPAEGCl;iES.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .................................

DIRECCION NACIONAL DE INFORMATICA CONVENIO INTERINSTITUCIONAL

(De 7 de julio de 2000) “CONVENIO INTERINSTITUCIONAL SOBRE LA ADMINISTRACION DEL SIAFPA.” . PAG. 31

MINISTERIO DE GOBIERNOY JUSTICIA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACION Y NATURALIZACION

RESOLUCION N” 140 (De 30 de julio de 2001)

“EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA A FAVOR DE YIN GUANO WEI WANG, CON NACIONAUDpAGCH;;A.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

RESOLUCION NQ 144 (De 6 de agosto de 2001)

“EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA A FAVOR DE MARIA TERESA ESPARZA ULLOA, CON NACIONALIDAD MEXICANA.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .............. PAG 50

RESOLUCION N” 145 (De 8 de agosto de 2001)

“EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA A FAVOR DE WANDA GISBERT GIMENEZ. COfd~~C~~NALlDAD ARGENTINA.” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,

RESOLUCION N” 146 (De 8 de agosto de 2001)

“EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA A FAVOR DE JORGE ALEXIS ANDRADE SOLORZANO, CON NACIONALIDAD ECUATORIANA.” . . . . . . . . . . . .._................................................................................................................. PAG 53

AVISOSY EDICTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. PAG. 54

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE FISCALIZAClON

Medidas de Ahorro en el Gasto~Público Solicitud a los Proveedores de la Contraloría General para que Envíen sus Cotizaciones a la Dirección de Administración y Finanzas Solicitud a los Proveedores~ de la Contraloría General para Notifiquen al Contralor ‘y al Director .de Administración y Finanzas, sobre cualquier Desviación que se presente en el Cumplimiento de los Procedimiento la Ley 56 de 27 de diciembre de 1995, y el Decreto Ejecutivo No.18 de 25 de enero de 1996

Solicitudes de Reservas~Presupuestarias

Fianzas

Trámite de Documentos en Forma Original Cumplimiento del Reglamento Es%ctural ,de Panamá.~(~& Carácter General) Cumplimiento del Reglamento Estructural de Panamá, [Específicamente para los Alcaldes de los Municipios khikquí y Bocas de¡ Toro)

Circular No.5596 D.C. izado

Circular No.46-D.C. -.

3 de mayo~de 1996

ll de abril de :1996

39

40

Circular No.45D.C. J ll de abril de 1996 41

Circular No.l30-D.C. ‘,-~

Circular No.D.C.l14-95,,

Circular No.D.C.91-95 L

%cular No.78-95 D.C. x.*’

Circular No.86-95 D.C,

!l de diciembre de 1995. 3 de noviembre dé 1995 ~.--- j de octubre de 1995

!O de septiembre de 1995 !O de septiembre de 1995

42

__. 43

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45

46

Disposiciones ~sobre el Decreto Ejecutivo agosto de 1994, por el cual se Reglamenta la Contratación de las Pólizas~ de Seguros de Riesgos Especiales èn el Sector Público

de Iniciarse los Trámites de Contratación, Servicios Profesionales ” Institución en la Remisión de Circular No.D.C.1 l-94 ~~, 24 de enero de 1994

N”

CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Dirección de Investigaciones Especiales y Dirección de Responsabilidad Patrimonial

DOCUMENTOS 1 OBSERVACIONES 1 MEDIANTE Resolución ,por medio de la cual se / 1 Resolución No.204 crea la Di&ci~n ‘de Investigaciones / 1. Especiales Decreto de Gabinete que crea la IYa en Gaceta Oficial 1 Decreto de Gabinett Dirección de Responsabilidad No.21.479 de 20 de No.36 Patrimonial y se adopta su febrero de 1990 procedimiento., Decreto por el cual se dicta el IYa en Gaceta Oficial/ Decreto No.65 Reglamenio de Determinación de No.21.513 de 10 de abril Responsabilidades. de 1990 Decreto por el cual se emiten las Ya en Gaceta Oficial Decreto No.247 Normas de Auditoria Gubernamental No.23,240 de 7 de para la República de Panamá marzo de 1997 Ley por la cual se aprueba lo dispuesto Ya en Gaceta Oficial Ley 42 en la Convención Interamericana No.23,581 de 8 de julio contra la Corrupción; Artículo VI, Actos de 1998 de Corruockin~

FECHA 13 de julio de 1995

10 de febrero de 1990

23 de marzo de 1990

13 de diciembre de 1996

1 de julio de 1996

N” 1

2

3

4

5

.--

CONTRALORíA GENERAL DE LA R~EPÚBLICA DE PANAMÁ Dirección Nacional de Informática

presente Convenio, con base en lo

Decreto Ejecutivo No.28 de 4 de febrero de 2000, por el cual se adopta,

Presúpuestaria del Estado Panameño, cuya Administración será del Ministerio de Economía y Finanias

MEDIANTE DECRETO N”

SIN 7 2

Y FECHA

de julio de 1000

N”

1

N” 24,318 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 1

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION

MINISTERIO DE HACIENDAY TESORO DECRETO EJECUTIVO N* 124 (De 27 de novlembre de 1996)

Wf 01 Cual 30 rOOl@nOnta OI Decr@to,do Gobinote No. 46 d, 24 do frbrrro de 1972’.

Cl PRUlDtNT8D8 U REPUBUCA en uso de sus facultades coiutltuciondo y logakr.

CONSlDrRANDo:

‘&O Dara OI m.jW USO dr los v8hidOS d@ PrOti.ddad dd btodo OS n~~rrui~ QW JO regtamento rl Dwnto de GaDlnrto No. 46 do 24 de trbfofo de 1972

Que de conformidad con rl Aftkt~k 6 deI C6dlgo Rtcd, h bionw dortlnador d UIO. 0 0 ia prrstaclón da un SIMCIO pWttCQ, quedan Su)titV@ 0 101 r~gk% normattva, y c% ~IrcaHración cw establezca eI Orgaro qewtlvo. _,.

.3@ de conformidad con ol Artkulo 34 do he Co~tltu1ón PoUtIca y loc &tfc~Io~ 046 ,,~ =&l. Código AdmInislrQtIVO Y 10 del CódQo fIlcaL todo wMdw pdbko es dlruto y

. $OtsOndmmtO rsrponsable de los actoJ wr9btw que rjocuto, Mv0 rn los supuortos taxotivamrnh dateminado 6n Is Co~litwión 0 on la loy,

Que de acurrda cm ta rdQkcida m oi Aftku& &7 del Códgo Admini~frativo, IOI ;oNiQom púbHco8 deb«bn rujotarw erttlclMntio Q lo8 rmmtor qw c#ctr rl Orgono Becuttvo 0 k autoddgd cornkwtrnk, r@n rt ~080. paro ti buen wfvicio ~1s las drpondwclol púbka&

CIU confoIm0 d AfWouk 862 dei Cbdgo AdrrdnlrttatfvO, ol Podr ~ocutho puedo cIlrpofiu b @m juzgw convwwento y eqrntativo en cuanto al er06odlmlmto de los rewldom @bRco, naclondíc y munlclpahs, ad como modlffca 0 rrtotmaf los , aobmrntor cuando lo crma jurto Y razonable.

¿2w de conlormidod con ol numorti 14 dol Mfcub 179 do la Cofutltucickr PoIRlca ~ompde d orgm0 qrcuthregbmmta 101 tyw qw b wquwn para su ,mw cumpllmirnto.

DC C RttA:

s lodo vehlc~lo prophdod dd &do deberá portar l n forma viriblw &JCU oficial vlgonte, lo euat OI intraWedbl~ Q otroc vrhkulor y llovw pintada o los lateralrr una frunnja amarilla con un Mho ã@ tiWmkur%tii ~üh0 1:; rxtlwda~ ae b identfflaue como woPlrdad del Estoda Y el loao do la InHtución corwtrpondlwtr. A lo8 vohiculor de color amorilo IO lo pintar& ‘bofdrs nWO8 paralelos sobro lo hanja amarilta.

8 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

Cuando so hago necoroflo r( tr&ito de un vehk~110 on&% dd hmo reau@ de Ia htlwõn a w ooftonoco~ mquw6 potiu un m000nduct0 pue autOriCO IU CirCulaci6n~ ew@cciRcendo b frcha, hora y lugaf do la mili6n; l 1 mirmo rw+i rdrmdOd0 pDf d olnctor Admini~trdlvo do dchq ln,tltu~l6n, Quea prot-dbk& b omodlci6n di ralv~onductoc CM dumcl6n indeffnido o sIn expera dwoc¡Ón cwllvgo.

s 108 W’ifcukr ~ro@rdad dd Modo ron dq uso rrtrktamento oflclal; poc lo tanto, quedo prohibIdo trasporta perso”g’ y *toa aj- Q !QI bborw propI d4 la Ifutffuci6n a que pwtrnocon.

IrmtpLa Las dlrporlcioner contenfdas rn 108 artfcuka titeftoror no re& . da apllcacbn poro loa vohfculor do propioQad doI btado do uso de loa ~Qulontes rwvidon~ gúbllcol l inrtifucioner:

MlniItrOl do Estado y VlC«ninMr&

Maghtrados do la CORO fuprwno d4 AMIela y dad TrIbunaI Elecfomt.

ContrUor Gon«u de la RepúblIca y Swbcont~dar.

ProJdonto de la &on?bloo LqWaWa y, Vfcrgnidwtra

Prowrorh bna&do k Nacibn’y di~b Adrnhlrtrocl6n

nlJa4adoba4níidaw aut6noina1 y ~d4rcentrdlwdar

PoacioNadonaL-

Pd&t&rtcokãcrd‘

cuerpo d4 8OmbwOS.

Ambubncios.

oif~~ti6n kwropolitana de Aseo.

Sewicio do Protecciim lfutitucio-

Consejo da s~gu~Wod Naciond

públicoc

N” 24,378 Gaceta Oficia& viernes 31 de agosto de 2001 9

0) Minl~tro~ do btado.

t>i Vkeministros de Estado.

i Olroctores y Subdlnclons do Entidad48 Aut6notms.

w Cu~~guii; ~mvidor púbko que utilco un vohí&lo dei Eitodo para un prop6rito que no 140 oflcid o que inhin@ dwo do lay normcu do ~194 Oeccreto. será sancionado con una multa do S/.~ioO.Oa la pfif’noia vez y en caso do ~eincidrncia. con la drstitución drl cargo, do confotidad CWI lo establecido en 49

Docrrto do Gabketo No. 46 do 24 do frbroro de 1972 indroond!rntrmentr do Ia rerponrabilldad civil y pend o dltci@lnon’a ostobleclda rn 41 Romonto Intrmo de

la lnstítuci&t,

vgtt: fj tmd0f púbh0 qw conduzca v4hkulo~ oficialu, w¿

nsponaablo de los daño8 ocasIonodos por occidintrr do trMW0. slemp<e au* s*u demosfrada su rrsponsabllldad do acuerdo a fallo del A42 do, TfhJtO 0 d* autoridad knpotente: independientrmonh do las rewonsabi~dados Civi94r Y

prndes que correspondan.

10 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

Si detrfminada IQ rOSpOnmMMad de un OCddOfh vehicubr. ol mismo I@ lo atrIbuyora al rwvlaof pVblíco 0 conductor dal vet~kulo, la insntuci6n le imputar6 al rwponrabb, los gortor iiicurridor y dwtvodo$ dei accidente; aQew7alentomonto d0 b rOw0W0iHQ9d CMI 0 QOIWI en euo IWlerOn ir%XmdO.

IAu)uw: Et eontwddo do loa Artfcubl~ Noveno y Dbcho w rln pofjulclo do lo rrapomab4Wod clvil wtracontractud 0Rglbk por loa octos u omi8brw~ propia8 d« conductor. det vehWo Dropbdad doi Estado 0 d8 hte, de conformidad con lo l rtobbcldo on bc Artkulor 1644 y 164 del Cbdgo CIVIL

ARKILO Cas rntidadrr eYbllca8 comunicar91 d Minlafrrfo de Hacienda y re1oro y Q la Contrciocia General dr la Rqktbk~ cuando un vri-icuk~ oflcid deje de prrrtar rwklo en lo Ihtituci6n por condcbm mecánicas inrparoblw o occidmtr de trdnaito que b hqo qado tuoro do rwvido pwmawnto. A b Contrabria Conoral de la Repúbka k ro& dovuetta b placo eonrrgondiontr d vrhicuio drrcart&o..

Presidente de la R

e tiacionda y Teroro

N” 24,378 Gaceta Oficial, viepes 31 de agnsto de 2001 ll

a’:.,,. 3 de mayo de 1996

CIRCULAR NUM. 55-% D.C.

PARA: MINISTROS DE ESTADO, DIRECTORES Y GERENTES GENERALES DE ENTIDADES PUBLICAS, RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES, TITULARES, DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

GE: ARI,STIDES ROMERO JR., Contralor General

ASUNTO: MEDIDAS DE AHORRO EN EL GASTO PUBLICO

De acuerdo a los resultados obtenidos de la Ejecución Presupuestaria del primer trimestre, los ingresos previstos del Sector Público son inferiores a lo presupuestado, de manera que en común acuerdo’con los Ministerios de Planificación y Política Económica y i-kcienda y Tesoro, le daremos cumplimiento a lo que señala la Ley 51 del ll de di;iehbre de 1995, de manera que a partir de la fecha, se congelarán los saldos resultantes de la ejecución del primer trimestre.

‘~ Esta medida permanecerá hasta tanto se evalúe el cornpottamiento de los ingresos eti el transcurso del segundo trimestre fiscal.

Atentamente,

c.f. Lic. Mario Yuil, Asistente del Contralor y Director de Investigaciones Especiales Dirección Nacional de Control Fiscal Dirección Nacional de Contabilidad

12 Gaceta Ofitiial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

/ 9 aw+=md 11 de abril de 1996

?25ihh& 2?5Led

CIRCULAR No.46-D.C.

PARA TODOS LOS PROVEEDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

De conformidad con los principios ‘de transparencia, economla, responsabilidad y equilibrio contractual, establecidos mediante Ley 56 de 27 de diciembre de 1995, que regula la Contratación Pública y reglamentada mediante Decreto Ejecutivo No.16 de 25 de enero ~$e 1996, le pedimos que toda cotizaciõn solicitada por el Departamento de Proveeduría y Compras de esta Institucibn, sea dirigida en sobre cerrado y de la forma siguiente:

Seflores ,’ Contralorla General de la República Dirección de Administracibn y Finanzas

Atenciõn: Departamento de Proveeduría y Compras

Agradecihdole su acogida a esta peticiõn.

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 13

9 .WMHU% ll de abril de 1996

CIRCULAR No.45-D.C.

PARA,TOOOS LOS PROVEEDORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPm-\

Es norma de esta Institucibn dar fiel cumplimiento a todo lo relativo a la Ley 56 de 27 de diciembre de 1995, por la cual se regula la Contratacidn Pública, De igual forma lo contenido en el Decreto Ejecutivo No.18 de 25 de enero de 1996 que reglamenta dicha Ley.

Somos creyentes de que todo Acto Público que se realice en la Contralor+ Gener,al de la República, deber& ejecutarse dentro de los principios que regulan esta ley que son: transparencia, economfa, responsabilidad y ‘equilibrio~contractual.

En virtud de lo anterior, le solicitamos encarecidamente que cualquier desviacibn que usted, como proveedor de este ente público, considere que exista, lo notifique de inmediato a los abajo firmantes, quienes nos aseguraremos de dar los coriectivos que el caso amerite.

Atentamente,

tración

Gaceta Otkial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

9’ -* 3: sJziOm4 CIRCULAR Ndm.l30-D.C.

PARA: MINISI’ROS DE ESTADO, DIRRCKIRES Y GERENTES GENERALES DE INSTITUCIONES AUTÓNOMAS Y EMPRESAS JWl.ATALES, JEFES DE DEPENDENCIAS PhLICAS Y ALCALDES DE DI-, -ES DEL ORGANO JUDICIAL Y DEL hlINISl’ERI0 PÚBLICO, JEFES DE AUDITORLAS DE LA CONTXALO Rh GENERAL EN Us INmc1oNEs PtiLICAs.

DE. CONTKUOR GENERAL, ARSITDES ROMERO.

ASUNTO: SOLICITUDES DE RESERVAS PRESUP~AMAS.

Está por concluir la presente vigencia fiscal y se estan recibiendo solicitudes de Reservas Presupuestarias para ejecutarse el próximo aiio, por lo que consideramos ,conveniente hacer las siguientes observaciones:

1. Mo se aceptadn las solicitudes de reservas que cumplan con lo que determina el patiágrafo del Ariícuio No.lsS de las Normas Generales de Administración Presupue$aria, aprobadas mediante le ley 32 de 30 de diciembre de 1994, y que a continuación se describe:

“PAGRAM): Et uso de las resenas para inversi6n creadas en las Entidades Descentralizadas, sedn autorizadas por las Juntas Directivas 6 Comiti Ejecutivo de cada entidad, previa presentación de los planos y especificaciones, presupuesto de la obra y el cronograma de realizaciones. Estas reservas deben mantenerse en una cuenta separada y restringida, la que se alimentad de los Ingresos ,que ‘obtenga la entidad, en el presupuesto de la actual vigencia.”

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 15

Respecto a lo anterlor, la Contralorfa General dar4 cumplimiento a esta norqa y no autorizar;l ninguna Reserva Presupuestaria a las Entidades Descentralizadas que no se enmarquen a lo establecldo en el Artfculo antes citado.

En cuanto a las Reservas Presupuestarlas sollcitadas’por los Minlsterlos y demk Organismos del Gobierno Central, el Organo Judicial, tl Leglslatlvo y otros, de tomad en consideración SI lo solicitado descansa sobre compromisos originados por Actos Piibllcos celebrados, su correspondiente adjudicaci6n y si se cuenta con fondos disponibles para efectuar de inmediato la reserva Rnanciera que garantice el cumplimiento contractual en ,la pr6xima vigencia fiscal.

Hemos tomado estas medidas, en vista de que en años anteriores se requieren reservas Presupuestarias sin contar con el respaldo financiero o bien se utilizan los fondos comprometidos y resewrdos, para propósitos distintos a lo inicialmente solicitado.

Aprovecho la oportunidad, para informar que el cierre del Ejercicio Fiscal 1995 set-6 el día 29 de diciembre del presente etío.

16 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

9 de noviembre de 1995

CIRCULAR No. D.C. 114-95

PARA: MINISTROS DE ESTADO, DIRECTORES Y GERENTES GENERALES DE ENTIDADES PUBLICAS, RECTORES DE LAS UNtVERSIDADES, TITULARES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.

DE:

ASUNTO:

ARISTIDES ROMERO JR., Contralor General

FIANZAS

El CMigo Fiscal en su articulo 44 dice lo siguiente:

“Las fianzas provlsionatea y las definitivas deberdn smitkse a favor del Ministerio o entidad pública de que se trate y da la Contraloria General de la Repcibllca y deporltane en esta última.’

Solictiamos impartan instrucciones a sus departamentos tegales para que al revisar contratos donde se exige este documento, las mismas vengan confeccionadas conforte al ctiado ar;lwlo.

La observacrón de lo anterior, evita& tener que devolver los documentos por la inidecuada presenfactin. y no se dilata6 la ejecu&n de proyectas por incumplimiento de las normas le:~lales

La Contralorla bene ta oblgecidn de hacer cumplir las disposiciones diI CWigo Fkuil y lamentamos la ;ncomodidad que se ocasiona el recharar documentos que vienen ermneamente confeccionados.

N" 24,378 tiacetaOIicial,viernes31 deagostode2001 17

REPUBLICA llt PANAM' . . . . . .

COHTRALORIA 6ENERAL O? LA REPUBLICA

Panamá. 6 de octubre de 1995 -

MEMORANDO

DE: CIRCULAR NUM. D.C. 91-95

PARA: MINISTROS DE ESTADO, DIRECTORES YGERENTES GENERALES DE ENTIDADES PUBLICAS, RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES, TITULARES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.

DE: ARISTIDES ROMERO JR.,Contralor General

ASUNTO: TRAMITE DE DOCUMENTOS EN FORMA ORIGINAL

De acuerdo con el contenido de los Articulos 1794 de/ Código Fiscal y ,820 de/ Gtidigo Ju@cia/, el Contralor General-no puede autorizar, refrendar o en ninguna forma dar tráknite a documentos que no estén en su forma ofiginal.

Cuando se trate de gestiones de extrema,urgencia pudieramos iniciarla atención ,de los niismos cuando son transmitidos por fax, pero no podrh ejecutarse, refrendarse o autorizarse Sino tenemos el original de/ documento en nuestras manos.

Atentamente, A

18 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,318

CIRCULAR NUM. 70-95 D.C.

PARA: Ministros de Estado; Directores y Gerentes Generales da Entidades Públicas, Rectores de las Universidades, Titulares de la Administración de Justicia y de la Asamblea Legislativa.

DE: ARISTIDES ROMERO JR. , Contralor General

ASUNTO: CUMPLIMIENTO ML “REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA”

Con creciente preocupación he venido observando, por parte de un número plural de entida,des del sector público, el desarrollo de proyectos de inversión consistentes en obras de construcción sin que, desde su etapa de diseño y luego como parte del respectivo acto para la contratación de su ejecucion con empresas prfvadas, en el calculo y dimensionamiento de las correspondientes estructuras se hayan aplicado los requisitos contenidos en el REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA, mejor conocido como REP-94, su mas reciente versión.

Lo anterior crea, según los expertos, una condicion de alto riesgo para la seguridad de los futuros usuarios, especialmente cuando las edificaciones están ubicadas en las Provincias de Chiriqui y Bocas del Toro que según el REP-94 deben ser diseñadas estructuralmente tomandc muy en cuenta la relativa alta sismicidad de ambas regiones, lo que en la práctica se traduce en el uso de elementos especiales tales como vigas antisisimicas, y el reforzamiento integral del resto de la estructura para dotarla de una mayor estabilidad lateral como protección indispensable contra esta clase de fenómenos telúricos.

Los insto a que en el diserio de sus futuros proyectos se aplique, como requisito “sine qua non” el uso del REP-94, independientemente de que ello sea exigido o no por las autoridades tecnicas o de Ingenieria del distrito involucrado, ante las cuales los planos deben ser registrados para la ,obtención del necesario permiso de construccion.

N” 2437378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 19

20 de septiembre de tgg5

CIRCULAR NUM.8&95 D.C.

PARA: ALCALDES DE LOS MUNICIPIOS DE CHIRIQUI Y BOCAS DEL TORO

DE: ARISTIDES ROMERO JR., Contralor General

ASUNTO: CUMPLIMIENTO DEL “REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA”

Con creciente preocupación he venido observando, por parte de un número plural de entidades del sector público, el desarrollo de pioyectos de inversión consistentes en obras de construcci6n sin que, desde su etapa de diseño y luego como parte del respectivo acto para la contratación de su ejecucibn con empresas prfvadas, en el cálculo y dimensionamiento de las correspondientes estructuras se hayan aplicado los requisitos contenidos en el REGLAMENTO ESTRUCTURAL DE PANAMA, mejor conocido como REP-94. su más reciente versión.

Lo anterior crea, segtin los expertos, una condición de alto riesgo para la seguridad de los futuros usuarios, especialmente cuando las edificaciones están ,ubicadas en las Provincias de Chiriqui y Bocas del Toro que sei@ el REP-94 deben ser diseñadas estructuralmente tomando muy en cuenta la relativa alta sismicidad de ambas regiones, lo que en la práctica se traduce en el uso de elementos especiales tale-s como vigas antisisimicas, y el reforzamiento integral del resto de la estructura para dotarla de una mayor estabilidad lateral como protección indispensable contra esta clase de fenómenos telirricos.

Los insto a que en el diseño de sus,futuros proyectos se aplique.,como requisito ‘sine qua non” ‘el uso del REP-94, independientemente de que ello sea exigido o no por las autoridades técnicas 0~ de Ingeniería del distrito involucrado, ante las cuales los planos deben ser registrados parti la obtención del necesario permiso de construcción.

20 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

i2?? 11 de agosto de 1995

&zdbh?e_,_/

J#&fz c1uctnlAu w. 71 D.C.

PAM8 WIUIETRO8 DI XBTADO, DfILlcTOlllS Y 0ERBMTZB DL ZHTIWKS PUBLXCM, RscToRzLIB Dt LM VwIVtRBIDADLS LBTATALSS, TITlJLhRM DE LA IIDMINISTRACIOZJ DE JUSTICIA Y DE W ABAMBLU LWISLATIVA, ooBLRmDoREB, ALCALDIB , R~P~IIBSUTAXITEB DE CORREQIYXt Y JSPtS~ DI CO$iTROL PIPCAL M IAB EuTfDADtB OuBLIL#uLBwTAtZB.

DZ: ARIBTIDBS ROXERO JX. - COU’TRALOR Q- DE OLA RlKP~LICA

A3#mr BOUROUSB Y ALTLBACIO# QJ DOCDMXUTOB OPICIALEB’,

Reiteradamente la ContralorIa General de la República, ha eeflaledo que 106 documentoe ofíciales que entren a trAmitee a keta no deben contener borronee, ni alteracioner de ~nínguna indole.

Solicitamos que ee imparta las inetruccíonas pertinentes en las diferentee inatancíao de EU entidad, con el objeto que se cumpla con esta dísposicíbn, debido a que he impartido inetruccionee Indicando la no tramitación de documentos que no cumplan con esta norma.

Recordamoe que la alteraciãn de documentos públicos podrla tipificar un delito contra la fe pdblica, la cual ce eeveramente caetigada en el C6digo Penal, el cual exprceamente en eu Artículo 265 eeflala:

” El que falsifique an todo o en parte una escritura o documento público o autentico de modo que pueda raeultar perjuicio. de 2 a 5 aRoa. .

aer6 sancionado con prieión

Si el hecho fuere cometido por un servidor público en el ejercicio de BUB funcionee, la eancibn eer.8 de 3 a 6 aRoe de prieibn.”

.+entamente, ., ..,. ._. . ,.. i

N"24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 21

27 de julio de 1995

9íu; s s2Ld CIRCIBAR No.65 D.C.

,PARA: MINISTROS DE GSTADO. DIRBCXMES Y m DE RhTIDADE6 PtiBLICA.5. REclDRlS DB L4S UNIVERSIDADES ESTATALES, TITULARES DE LA ADMINISTRACI&N DE JUSTIC.IA Y Dh- LA ASAMBLEA L5GISLATIVA

,DE: ARISTlDES [email protected] DBIA Rl&lBLICX

ASUNTV: VIABILIDADA CRBDIlXXRXTRAoDIMRIOS

La Contralotfa General de la República, para evitar demoras en el otorgamiento de la viabilidad a creditos extraordinarios previamente aprobados en el CENA y que van al Consejo de Gabinete para su aprobación final y que tienen como fuente de fondos Saldos en Bancos en cuentas bancarias, ha, tomado la siguientes medidas:

i) Inmediatamente aprobado el credito extraordinario por el Consejo Económico Nacional, instruir al Banco Nacional de PanamA para que se bloquee el acceso a los fondos comprostetidos en el creditopor la entidadsolicitante, en las respectivas cuentas bancaria’s.

ii) En el caso de que las obligaciones que se van a financiar con el credito extraordinario, se hagan a traves de la Cuenta 210 del Tesoro Nacional, se le ordenara al Banco Nacional de Panamá que trasf,iera inmediatamente de la cuenta originaria a la Cuenta 210~.

La Contralorfa General de fa República exhorta a los diferentes entes adtiinistrativos que se atienda lo señalado, puesto ,qve la responsabilidad de usos posteriores de los fondos que fueron previamente bloqueados, ser8 de exclusiva competencia legal y pat,rimonial de los administrativos que ~maneJan las respectivas cuentas bancarias.

22 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

mCULAR No.93

PARA:

DE: ING. LUIS BENJAMlN:ROSAS V., fXimlafMWA -_‘=’ -- 1 n -’ -

ASUNTO: DEVOLUCION DE PORCENTAJE RETENIDO Y MULTA POR ATRASO EN CA ENTREGA DE OBRAS DE CONSTRUCCION.

A partir de la fecha, cualquier multa que se aplique a los Contratistas por entrega tardia de la construcción de. una obra, debera ser impuesta por el Ingeniero Municipal respectivo, atendiendo a lo pactado en el correspondiente contrato, en aquellos Municipios en que lo hubiere y con el sello de Vio Bueno del Alcalde Municipal.

Igualmente, para la imposición de la Multa en mención, deberá tomarse en cuenta el valor total del Contrato incluyendo cualquier adición que pueda producirse en la construcción de, la obra

Además, es oportuno indicarles que las adiciones de obras que involucren aumento en la cuantía de los Contratos, deberán ser formalizadas a través de una Addenda, para así dar cumplimiento a las disposiciones que establece el código Fiscal y evitar Jos retrasos en la devolución del porcentaje que se le retiene a los que contratan con el Estado.

En cuanto a las prórrogas para el plazo de entrega de obras, las mismas deberán ser justificadas y tramitadas formalmente, en cumplimiento a las disposiciones del codigo Fiscal.

Por lo tanto, cualquier, modificación en cualquier concepto, a lo que expresa el contrato respectivo, deberá ser formalizado y refrendado por el Contralor General o por el funcionario en que delegue tal función.

Atentamente,

N" 24,378 Gaceta Oficial,viernes 31de agostode

9 d 23 de noviembre de 1994

9%$2 CIRCULAR No.S6-D.C.-D-94 PARA: MINISTRO DB GOBIERHO Y JUSTICIA, HINISTRO DE

QBRAS PUBLICAS, DIRECTORES DS: INSTITUTO DE RKCURSOS EIDRAULICOS Y INSTITUTO NACIONAL DE

ELKCTRIPICACION, TKLKCQHUNICACIOKKS,

AUTDRIDM PORTUARIA NACIONAL,, INSTITUTO DE ACUKDUCTOS Y ALCAUTARILLADOS NACIONALHS, WA DE SEGURO SOCIAL, AERONAUTICA CIVIL Y GBRXNTB GKNERAL DKL BANCO NACIONAL DE PANAUA.

DK: Ing. LUIS SENJAMIN ROSAS V., Contralor General

El 17 de noviembre del presente afro, se promulg6 el Decreto ,Ejecutivo Ro.358 de 29 de agosto de 1994, por ei cual se reglamenta la contratación de las pólizas de seguros en el sector público. En el caso particular de las põlizas de riesgos especiales, cuyas tarifas son establecidas oor el slercado Internacional de Reaseguro, el dec,reto es‘iablece pile dichas contrataciones se harán med<ante acto Público; ademas se establece que las ptlizas de riesgos especiales tendrán fecha de vencimiento al 30 de junio de cada ano.

Para las renovaciones de las pólizas de riesgos especiales, que ssten por expirar el 31 de diciembre de 1994 6 1 de eners de 1995, recomendamos a las entidades estatales, gue s_~,-an las siguientes medidas:

1 .- Prorrogar las pb?izas de riesgos especiales por un plazo mdximo de i-15 (6) meses; es decir, hasta el 30 de junio de 1995. La 2rbrroga se realizara siempre y cuando se puedan mantcr,er las mismas tarifas y condiciones expirantes. Las instituciones deberán preparar dentro de este período el Pliego de Cargos para contratar mediante acto público la põlizas de riesgos especiales.

t.- En el caso que no se puedan mantener las mismas tarifas y condiciones expirantes, las instituciones deberán solicitar cotizaciones a las empresas aseguradoras, sugerimos coordinar dicha actividad con los representantes de la Comisi6n de Seguros del Estado, para que ofrezcan su asistencia en el andlisis de riesgos y en la preparación de la información necesaria para que las compailías Interesadas puedan presentar sus propuestas.

Atentamente.

L2Lk!.&l Contralor General

24 Gaceta Oficial; viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

CIRCULAR No.D.C&67-94

PARA: MINRTROS DE ESTADO, DIRECTORESY GERENTES GENERALES DE ENTIDADES PUBUCAS,~ TITULARES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, GOBERNADORES, ALCALDES Y AUDITORES DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

DE: JOSE CHEN BARRIA - CONTRALOR GPNERAL DE LA ‘REPUBLICA

ASUNTO: DISPOSICION ADMINISTRATIVA PARA EL TRAMITE DE AUTORIZACION DE FIRMAS Y MANEJO DE CUENTAS BANCARIAS DEL ESTADO

De conformidad con lo establecldo en el artículo 15 de la Ley 32 ce 8 de noviembre de 1984, las Aperturas de Cuentas, Cambios de Firmas, Adictin de Firmas, Cambios de Nombre, Cierre y/o Transferencias de Cuentas Bancarias del Estado panameño, deben ‘ser objeto de autorizacih por parte del Contralor Genera: de la República, para lo cual ,se requlere, que los funcionarios autorizados hayan trlmado legalmente posesión del cargo.

Por lo antes expuesto, comunico 8 ustedes que las solicitudes para tales propósitos, deben ser enviadas y dirigidas al Contralor General de la República o al Sub- Contralor, por el funcionario de mayor jerarquía en la Institución. La nota debe ser refrendada por el Auditor de la Contratoría General asignado en la entidad que formula la solicitud.

Además, deben cumplir con el mandato legal contenido en el Capítulo IV, del artículo 1088 del migo Fiscal, que literalmente dispone:

N"24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 25

‘Para ser empleado o Agente de~ilanejo es preciso gozar de bue’&. reputacMn, nó haber sido conden&iFa pena corporal por delitas de falsedad o contra la propledad, no haber sido calificado por sentencia ejecutorlada como quebrado fraudulento o culpable y no ser deudor moroso del Tesoro.

Tampoco puede ser empleado o Agente de Matielo qulen, habl&ndolo sldo en otro tlempo, result6 alcanzado en sus cuentas, aun cuando los alcances hayan sldo condonados o delzlarados prescritos, o cuando no haya rendldo sus cuentas opwtunamente, ~aunque de esa responsabllldad hublera sldo exlmldo.

Los nombramlentos hechos en contravencl6n de este articulo son nulos y cualquier persona puede demandar su nulldab’.

Asinilsmo. debe suministrar en el lapso de sesenta (60) dfas, referencias personales, y un historial policivo, los que deben ser remitldos a esta Institución.

Atentamente,

7d.k. - -OSE CHEN BARRIA

Contralor General

CIRCULAR N- 60

PAM: MIN18TROS DB ESTADO, DIRBCTORBS X GBREWTBS DE ENTlDMBS DESCENTRALIZADAS, MAGISTRADOS PRESIDENTES DEL ORGANO JUDICIAL Y TRIBUNAL ELECTORAL, PROCvRADOR GENBRAL DE LA NACION, RECTORES DE UNIVERSIDADES OFICiALES, ALJXLDñS HVNLClPALES, CONTROLADORBS PlSCALES.

DEt LIC. JOSE CIIEN BARRIA, Contralor General de la R.&bliC#l

LOs funolonarios de Control .Fiscsl asignados a los tareas de cOl+~,l~,,preVio en lae Inetítuoionus del Gector Público, asI UgPg nllhstra Díreticfón de Asesoría Legal,~ han hdvertldo a ate Despacho, el aumento del volumen de contratos por s0KViCiO6 Profeoionaler (Honorarios) que vienen celebrando las di5tintas entidades públicas con persona:>

26 Gaceta Oficial, viernes 31de agosto de 2001 NI’ 24.378

riatur-¿%les en general; contratos que en nluckos cas"s, al 6er examinados áetallaùamentc, no iAS a~sposiciones ,legalee

contemplan y presupuestarias cjue 6Ob,rC esta

n.5t~crh-c rigen sn nuestra A&xinistraclón ?út,licì.

k iin de dejar claramente establecida nuestra poalci&i, reapecro al refrendo de entos documentos, me wanscriblrles algunos conceptos que aeben .qer

permito tomaúos en

cuenta al momento de iniciara& los trámitea oe oontrat*clón j.qwtables a Servicios Protesionalea (Honorarios).

1% LEY UD 32 DE 31 DE DIClBMBKE DE 1993, POR LA CUAL SE DICTA EL PRESUPUESTO GkXEI¿AL UBL B$.T~I~)o Pm& LA VIGENClA FISCA!, DE 1994.

=Art. 168 I s610 poorb. Imputaree a la partloõ de kionorarios, la remuneraci6n en concepto de contratos mII pereones naturales, nacionales 0 extranjeras,

Po= aenrfcios personalos prentadoe ooaslonalmente CONO profeeionalae indepandientea. UO patir6 cargar se a la referida partida, la contratacih de funcionarloo póblicos &Gn wando eetom obtengai? la lxencia sin sueldo en la instituci¿n donae laboran y que tiichoo servicios sean prestadon a una ~nstituclón di5tinra a la propia que coxede la liuancia.....

2. t&WW& DB CLASI~ICACIOHEB PRBfWPUXST~IAS DE& eAS4y) PUBLICO (IURXSTEIPIO DB PLAMS~ICACIOEI Y WLITICA EamoMIcA. DIJIKCCXON DX PFSGUPUBYTO DE LA NACION).

-GRllPo 0 - REEWXIDS PmsRm--

.cLmwA 020 - -0B: Son loe gastos por sarvicfoo pereonal8o praWdos ccaslonalments por profeaAonalea 0 tdcnfccm que no son funcionarios ptilicos, talee capá, investigaciones, exhnee y perltajea. Estos rervicioe ae prestardn en base a un contrato que no implica subordinación jerkrpuica'. '&~.j&&: - .@i2 _ BBpvIcI*' PspBcI "' .,: ~'

m: 'f3on la8 c~nclacione8 por aervicfos personales preaLado6 por profesionalen 0 técnicos que no son empleados púlrlicoea.

3. OPltdlOtJ DEL PfWCURADOR DE LA ADMIMfSTRACXOU. L~CE#C~ADD rml!U.TXM BALt8STEWB (COWSOLTA Ns 53 DXL 21 DE MARZO DE 1996, DMIIGIDA A LA LICENCIADA DfLLIA CWU>BWAS MINISTRA DE PLhHlPICACiObl Y POLITICA hTOWOt%ICA) .

-Clorrmente eriate en ía aenominación Ba servicios profes~onalae una aaxplitud que pndiera per=rlr al la anciusa¿h de tada aquel que siencío profesional, preste un 8ervicio al. mtaao. NO obstante,

tratbndose de servicios persoliales del fiBK¿WO,

hay tre5 Ltencmnaciones trnaicianalee W@ soti:

P!SWONAL PIJO,. pms011a TRM4wxwiO y PERSONAL CONTlNGENTI&” .

N” 24,378 GaeetaOfkisd,viernes31deagostode2001 27

l ch.adasyu~era de esta51 tres àenommacipea comprende personal que de tina u otra ,forma pasta un aervlcic

bajo suborUinsci¿xi del Botaüo y en razón, $e Una programacidn ciefinfda en 198~ Entidades Publicas. Se ha dado 6113 la prktica una confusión de los conceptos de Honorarios por Servicios Profeeionalos y el concepto de Ocroonal Contingente...'.

"Idos resulta entonces, áe mm importancia aclirar que cu6nuo el Bstado contrata personal' en raa& de 6u capacidad ticaíca para la roalieacíón de trabo jos a"Y erpecialos, por (1US conocimirn+os y la pericia ~6obre temea eapacíficos;, cabze ulse scrvicioa mediante 01 pago de honorario6...*.

Da las anoteciones anteriores, se üesprende claramente que la gartfda gen&r+ca 920 - &ionorarioa 0 e8peciffubmente, el objeto íisl gaeto 022- SeIvlczoe Especialea, no puede ser, utilizado por las Institucivnee Pbblicas para contratax pxronal que vaya n ejecutar tana6 de ín8018 rutinaria, en donde sáeuús, exzsta una suboxdimción jerdrquica.

La exiitencia de una partida aprobada en el respectivo pracrupuesto m6rrtuclonai, no indica eutori~o~r&n,,+xp~.,

'.'de 'SUBO'& la partfda"ai'&&ita no ti lleVa a crbo ‘cosiftiraa a Zaa dieyosiciones legalea pertinenteu, lo cual en'nuestra Adminratración Púnlíca se reconoue~ como el principio de wu6alídad Se1 gamo.

En ~considerac:i& a eatas disposiciones, debo informarlas que no6 alsten<iremos ti0 dar trinlte y menoa ah, refrando, a los ~contratO8 que celebren 188 ~entidade8 públicas con cargo a partida8 «* lionorarxo8 0 Gervlcios Especiaies, para la prestación ce oervicios personnles comunes oc la AdSinifztraei& Púulica. L)e igual manera, hemIo girado 1nstruccionca a nuebrros funcUmerios de Control fUxa1 para que in~~~~c!; ¿ie inmed1ato~, una verrficaci¿n de las tuncionss que llevan a cabo las personas que hauiendo al& contratadas X-j" cl concrpto~'de~ Holiorarlos 0 Servíclos Especiales, se' deitican a tare86 rutinrtritis c?~ nmnera regular en las änti&xes cxn-zntantes.

LIC. JOSB C3iBN BARRIA contralor General

23 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

L%?i-

CIRCULAR No.D.C.ll-94

24 de enero de 1994

E!Afl& MINISTROS ‘DE ESTADO, DIRECTORES Y GERENTES GENERALES DE ENTIDADES PUBLJCAS, RECTORES DE UNNERSIDADES NACIONALES, TITULARES DE IA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, Y AUDITORES DE IA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

I1E: JOSECHENBARRIA-CONTRALOR GENERAL

De ahora en adelante, los contratos ya listos para refrendo, deben venir en dos (2) volúmenes, a saber:

al

W

cl

d)

e)

Carta& Director de la Instituci6n solicitando el refrendo.

Contrato a refrendar.

Resolucibn de la Junta Directiva autorizando el contrato.

Glctamen de la Comisión Evaluadora.

Cualquier rearmo presentado en contra del contrato. que no haya sido resuello. Si ha sido resuelto, toda la documenfacibn relativa a esa resolucibn.

9 Documentacibn de la Contralorla General en que conste el visto bueno de la partida autorizada para el contrato, y que cumple ~con los reglslros del caso. ~

-2:

Todo el resto de la documentación que dl6 origen al contrato.

.;(.entamente.

SE CHEN BARRIA Contralor General

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 29

República de Panati CONTRALORfA GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLuCI6N No. 204 (De 13 de Julio de 1995)

. *Por el cual se crea la Direccibn Nacional de

Investigaciones Especiales”

‘EL COWLOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. ea uso de sus facultades constltuclonales y legales

CONSIDERANDO:’

Que la Ley No.32, del 8 de noviembre de 1984; por La cuaL se adopta*la Ley OrgBnica de la Contraloria General de la Reptiblica. sefiala en sus Artkulos 5 y 8 que la Contralorta podrg crear Alas Direcciones y Dependencias que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de su mlsián.

Que se hace necesarto ‘La creaclón de,una nueva Direcciõn que coadyuve con las otras existentes a combatir la corrupciõn en el maneJo. adminlstrací6n y cuidado de fondos y bienes públicos.

RESUELVE:

ARTfcuul PRn4ERo: Crease dentro de La estructura general de organizacibn de la Contraloria General de la

Reptibllca,. la g cuya linea directa de dependencia y reporte es hacia el Despacho del Contralor General rje la Repliblica.

~RTfclJu) s-: La Dlrecciba de ZnvestLgaclones Especiales tendrg cuando menos, la siguiente estructura:

un Director. persoaal colaborador del Director y personal de Secretaria.

AKrfm TERcEm: La Direcclõn de Investiractones Esneclales tendrg las siguientes funciones:

a) Reclbtr denuncias telefónicas. personales y escritas. sobre supues tas irregularidades el manejo. administración y uso de tondos 7 bienes p6blLcos.

cuidado.

b) Corroborar la veracidad de las irregularidades denunciadas medlante pruebas necesar tas, en coordlnac L6n con las Direcciones coriespondientes. amparadas en procedimientos de lnvest Lgaciones comunes a este t Lpo de angllsLs. incluyendo indagaciones, confirmaciones y constataciones de los hechos denunciados; as1 como todas aquellas dtLLgenclas que se consideren neceaarfas dk acuerdo a las circunstancias.

36 Gaceta Of,cial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

PreseMq lnrorme 61 Contralor General de las denuncias xec’i bidar , seleccionando mediante an~lIrís. aquellas qw taLlflcan para una Lnvestlgaclõn. que deber& culminar con IL:? fnfom que concrete o la recomendacih de que sea completade por otra Dtrecrión.

le sea sefia ,lada por e? CuaLesqulera otra atrlbucl6n que se Contralor General.

ARTfcuL4lcuhuTa: Esta ResoLucf6n empezar& a regir a partLr del 16 de julio de 1995.

1995. Dado en la ciudad de Panamg. a los 13 dlas del mes de julio de

CimmIQuBsB Y CUMPLASE

Secretario General

N” 24,318 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001

CONVENIO INTERINSTlTUCIONiL SOiRE LA ADMINISTRAClON DEL SIAFPA

’ LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y EL MINISTERIO ui ECONOMIA Y FINANZAS

CONVIENEN

EN CELEBRAR EL PRESENTE CONVENIO, CON BASE EN LO DISPUESTO EN LA LEY Núm.97 DE 1998 Y EL DECRETO EJECUTIVO No.28 DE 4 DE FEBRERO DE 2000, POR EL CUAL SE ADOPTA.EL SISTEMA OFICIAL DE REGISTRO DE LA INFORMACION FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA DEL ESTADO PANAMEÑO, CUYA ADMINISTRACIÓN SERA DEL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS.

En!re ios stiscritss, a saber: ALVIN WEEDEN GAMBOA, varbn, sanameno, mayor de edad, casado, con cédula de identidad personal No.8- 294-239. Abogado, en su calidad de Contralor General de la República, quien en ade!an?e se denominará LA CONTRALORIA y por la otra, VKTOR JULIA0 GELONC~H, var6n, panamefio, mayor DDE edad, casado, Ingeniero, con cédula Ce identidad personal No. S-101-586, en su calidad de Ministro de Economia y Finanzas, qtiien en adelante se denominará EL MINISTERIO, xdeidan suscribir el presente Convenio, conforme a lo siguiente:

AtiicUlo 1: OBJETO DEL CONVENIO: El presente Convenio tiene como .&je!i-o primordial efectuar, la transferencia ordenada y sistematizada por parte de LA CONTRALORIA GENERAL, entidad poseedora del registro de de:,xho de autcr del sis!ema SIAFPA, según consta en Resolución No.032- Ga?-93 del Ministerio de Educación y gestora del proceso de implantación del SIAFPA hacia EL MINISTERIO, para que a través de la Dirección del S&ema Integrado de Administración Financiera de Panamá, adscrita a EL

‘MINISTERIO, reciba, use y continúe con la administración y desarrollo del sistema informático, de conformidad con las normas establecidas por los

‘suscriptores de este Convenio de acuerdo a sus propias competenaas.

Articulo 2: CAPACITKION TECNICA: LA CONTRALORIA brindará a EL MINISTERIO la COW=-- r-l~ción y capacitacibn tknica en los campos que son objeto de este Convenio en base al Plan y los Acuerdos de Trabajo establecidos en cada etapa. e incorporados como ANEXOS, conforme se vaya ejecutando y alcanzando las metas establecidas para estos efectos, sin que ello represente traslado permanente de su personal hacia EL MINISTERIO, por lo que Bste deberá asegurar el recurso humano requerido para el cumplimiento de las funciones futuras, respecto al SIAFPA.

Artículo 3: FUNCION,AMIENTO DEL SISTEMA: Considerando que en la actualidad la gestión de la Administración Presupuestaria y Financiera del Gobierno depende de la operacibn del SIAFPA, es imprescindible asegurar el funcionamiento permanente en todas las instituciones que disponen o dispondrán del mismo o cualesquiera de sus componentes. Corresponderá a EL MINISTERIO a través de la Direccibn de Administración del SIAFPA continuar .con el desarrollo, fortalecimiento y evaluación permanente del Sistema Ii7formático con el propósito de garantizar la seguridad y el summistro de infonación veraz, oportuna y confiable a todos los usuarios.

32 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

En los casos que estas’ condiciones no puedan darse, LA CONTRALORIA como entidad de control hará saber los inconvenientes a EL MINISTERIO, para que este tome las acciones correspondientes a que diera lugar

Artículo 4: GARANTIA DEL FUNCIONAMIENTO, DISPONIBILIDAD Y ùERECH0 DE ACCESO : El Sistema Informático cuya administración se transfiere, deber6 estar disponible al usuario, independiente de la entidad que lo administre. De existir alguna interrupción en~el flujo de la información en cualesquiera de las instituciones adscritas al sistema en un rango que ponga en nesgo el registro presupuestario de la entidad y del Consolidado, LA CONTRALORIA y EL MINISTERIO en conjunto analizarán y estableceran la soluci6n de las situaciones para normalizar el buen funcionamiento del Sistema. La participación de LA CONTRALORIA en conjunto con EL MINISTERIO sera hasta verificar el restablecimiento del Sistema y su normal funcionamiento.

El administrador del Sistema deberá asegurara LA CONTRALOR¡A la disponibilidad permanente de los niveles de acceso al Sistema que le faciliten el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales de fiscalizaci6n, control y auditoría, que le corresponden. Para este propósito además, se hace necesario que cada institución que tenga instalado el SIAFPA conserve en funcionamiento continuo el Sistema y la infraestructura informática que lo sustenta.

Artículo 5: TRASPASO GRADUAL. LA CONTRALORíA se compromete a efectuar el traspaso a EL MINISTERIO, de las diferentes responsabilidades que conlleva la administracibn del SIAFPA acorde a las Etapas, Acuerdos y Planes de Trabajo ,definidos entre las partes para garantizar una transición organizada que minimice el riesgo de cada uno de sus componentes:

PRIMERA ETAPA: Trasladar la administración, el desarrollo, el proceso de implantación y el mantenimiento del Módulo Institucional a EL MINISTERIO incluyendo el componente denominado SIAFPA Registro.

l En esta etapa se considera que EL MINISTERIO debe asumir la responsabilidad sobre las implantaciones del SIAFPA Institucional en las entidades que restan por implantar.

l También se entregará el Diagnóstico Preliminar, para la implantación del SIAFPA Institucional en el Gobierno Central.

l Debido a la característica y a la situac,ión actual de este módulo las partes acuerdan:

l EL MINISTERIO realizará dos nuevas implantaciones acorde al plan de acción que tenga estipulado emprender. Una vez se cumpla con este proceso, LA CONTRALORIA traspasará a EL MINISTERIO el desarrollo, mantenimiento y et soporte de las Instituciones que a la fecha delConvenio tiene a su cargo.

V’ 24.378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 33

l Para oficializar el traspaso de estas Instituciones, se realizara un acta de Entrega-Recepción, en donde se incluirá un informe del

‘, estado del m6dulo y de las condiciones en la,que se traspasa su administraci6n.

SEGUNDA ETAPA: Trasladaré la administración, el desarrollo y el ma,ntenimiento del Módulo de Ingresos a EL MINISTERIO.

TERCERA ETAPA: ‘Trasladar la adminiatraci6n. el desarrollo y mantenimiento del Módulo, de Presupuesto a EL MINISTERIO.

CUARTA ETAPA: Trasladar la administraci6n el desarrollo y el mantenimien!o del Módulo de Tesorería a EL MINISTERIO. ,,

QUINTA ETAPA: Trasladar la administración, el desarrollo y el mantenimiento del Módulo de Deuda Pública a EL MINISTERIO.

SEXTA ETAPA: Trasladar ia administración, el desarrollo y mantenimiento del Módulo Consolidado a EL MINISTERIO.

En esta etapa se considera que EL MINISTERIO debe asumir la responsabilidad sobre la administración y mantenimiento del módulo Consolidado. Esta responsabilidad abarca toda la administraci6n de los

componentes ya entregados y establece unos requerimientos especificos- relacionados con la coordinaci6n sobre el mantenimiento del sistema dey registro presupuestario (SRPG) que continuará administrando LA CONTRALORIA hasta que el mismo sea reemplazado por el SIAFPA INSTITUCIONAL. En esta etapa se entregara ademas, la administraci6n de los componentes adicionales tales como: la administraci6n de la replicación y de otros componentes centra!izados de la red, estableciondose las conexiones finales desarrolladas entre ambas instituciones.

. En este caso especifico, se deber8 establecer un mecanismo que permita de manera coordinada mantener en correcto funcionamiento el módulo sin que afecte ni el funcionamiento del SIAFPA (ya a cargo de EL MINISTERIO) ni del SRPG (a cargo LA CONTRALORIA).

En cada una de las etapas se considera que EL MINISTERIO debe asumir la responsabilidad sobre la administración y mantenimiento del módulo trasladado. Esta responsabilidad es completa y le da a EL MINISTERIO la autoridad necesaria para que desarrolle y ejecute el proceso de acuerdo a sus recursos,disponibles y a las estrategias que este adopte.

LA CONTRALORIA entregara a EL MINISTERIO todos los documentos actualmente disponibles relacionados con cada módulo incluyendo tos programas fuentes y ejecutables. Asimismo, brindara capacitación sobre los documentos y sobre aspectos específicos de la aplicación; además, se inclwá un informe del estado de cada m6dulo y al final del proceso de traspaso se suscribirá por ambas partes un acta de entregakecepción.

Artículo 6: MANTENIMIENTO DEL SISTEMA: Durante la vigencia de este Convenio y hasta el cumplimiento de las metas propuestas en el Plan y conforme EL MINISTERIO asuma la administración de los módulos transferidos, senalados anteriormente, este deberá:

34 Gaceta Oticial,+iernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

. Mantener las condiciones institucionales que aseguren el funcionamiento continuo y eficiente del sistema.

l Actualizar y mejorar permanentemente sus componentes operativos y tecnol6gicos.

. Coordinar con LA CONTRALORIA, los cambios que considere necesarios, para que las aplicaciones a desarrollar respondan a las necesidades de la administraci6n presupuestaria y financiera gubernamental.

Artículo’ï: DE LOS RECURSOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS: A partir de la transferencia de los módulos especificados en el Articulo ‘5, ser8 responsabilidad de EL MINISTERIO asumir presupuestaria y financieramente, los contratos relacionados con la administracibn y funcionamiento del Sistema, entre otros:

i Mantenimiento de Licencias de Programas,

. fidquisici6n de equipos adicionales.

= Mantenimiento de los equipos de comunicaciones.

. ‘Operación de los enlaces digitales de todas las instituciones del Gobierno Central y Descentralizadas, usuarias del SIAFPA.

Artículo 8: OBLIGACIONES GENERALES: Las instituciones suscriptoras de este Convenio se garantizan recíprocamente el uso armonioso de la red de comunicación de datos, de acuerdo a las politicas de seguridad que establkzcan conjuntamente.

Articulo 9: EL MINISTERIO yo LA CONTRALORIA compartirán toda la información que genere el SIAFPA, a fin de que las mismas puedan cumplir satisfactoriamente con las funciones encomendadas por la Constitución y las Leyes.

Articulo 10: VIGENCIA: El presente Convenio rige a partir dexsu firma y esta-i vigente hasta el cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Traspaso.

Artículo ll: ANEXOS: Forman parte de este Convenio !odos los Anexos (Plan, Acuerdos) y cualesquiera otras modificaciones que conjuntamente se introduzcan posteriormente y que estén debidamente firmadas como aceptadas por las partes que celebran este Convenio.

En testimonio de lo cual se firma el presente Convenio en tres ejemplares originales, siendo ambos textos iguales y válidos.

Dado en la ciudad de PanamA, a los siete (7) dias del mes de julio del año dos mil.

N”24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 3.5

POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS,

le Ministro de Economía y Finanzas

POR LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA,

ALVIN WEEDEN GAMBOA Contralor General

CONVENIO PARA LA ADMINISTRACION DEL SIAFPA

INDICE DE ANEXOS:

ANEXO A - PiAN GENERAL DE IA TRANSICION

A.I<- CRONOGRAMA

A.2.- DETALLE

Al inicio de cada etapa se elaborará el plan específico con ias metas, las actividades de entrega recepcik de !os elementos componentes de cada etapa, el plan detallado de capacitación y sop0rt.e y los acuerdos de trabajo. Como marco de referencia para

I las subsiguientes etapas se ha establecido en este plan general lo siguiente:

A.2.1.- Metas A.2.2.- Elementos entregables A.2.3.- Capacitación y Soporte A2.4.- Modelo de Acta de EntregalRecepción A2.4.- Los acuerdos de trabajo específicos para cada etapa

ANEXO B - METAS, ELEMENTOS ENTREGABLES. CAPACITACIOti Y SOPORTE

ANEXO C - MODELO DE ACTA DE ENTREGA/RECEPCIóN

ANEXO D -ACUERDOS DE TRABAJO

A.l.- CRONOGRAMA

CONVENIO PARA LA ADMINISTRACION DEL SIAFPA ANEXO A - PLAN GENERAL DE LA TRANSICION

A.2.2.- Elementos ~nlregebbs A.2.3.- Cspadtad(m y Soporte A.2.4.- Modelo de Acta de En,rega/Recepck,n AJA- Los acuerdos de trabejo especificos para cada elapa

POR LA CONíRALORIA GENERAL CE LP, REPVBLICA POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 37

38 Gaceta OfIciaI, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

IV’ 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 39

-----.

-__--

--

CAPACJXACION Y SOPORTE

__-._

.--

I POR LA CONTYL DE LA REPUBLICA POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

42 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

CONVENIO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL SIAFPA

ANEXO C - MODELO DE ACTA DE ENTREGAIRECEPCIÓN

SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE PANAMA

ACTA DE TRANSFERENCIA DE COMPONENTES DEL SIAFPA DE LA CONTRALORtA GENERAL DE LA REPÚBLICA AL MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS

ACTA ä FECHA:

slmdo lao del dia de de 2WJD se reunieron los delegados de la Cabatis Gemiral y Ministerio de Economía y Finanzas para oficializar bs eamrdos de tranderenaa Midakados en la etapa No. -

Acorde a lo estabkido en dicha etapa se haca entrega formal de los siguientes elemmentos de la aplicad6n informática SlAFPA:

POR ti CONTRALORlA GENERAL DE LA REPUBLICA POR EL MINtSlERiO DE ECONOMtA Y FINANZAS

~,aceta utmal, viernes 31 de agosto de ZWl N” 24,378

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- T - - 3

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IPOR IA CONTRALORU\ POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONY NATURALIZAClON

RESOLUCION NP 140 (De 30 da julio dfz 2001)

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que, YIN GUANG WEI WANG, con nacionalidad CHINA, mediante apoderado legal, solicita al Organo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el Ordinal lo. del Articulo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980.

Que a la solicitud se acompañan los siguientes documentos:

a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Segundo del Primer Circuito Judicial de Panama, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de cinco años.

b) Certitkación expedida por la Dirección Nacional de Migración y N~aturalización, donde consta que el peticionario, obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, autorizado mediante Resuelto No. 15189 del 18 de septiembre de 1987.

c) Certificación expedida por la Dfrección Nacional de Cedulación, donde consta que el peticionario, obtuvo Cédula de Identidad Personal No.E-8-71222.

d) Certificación del Historial Poiicivo y Penal, expedido por el Director General de la Policía Técnica Judicial.

e) C,ertificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Mario V. Candanado A

f) Fotocopia autenticada del pasaporte, a nombre del peticionario, donde se acredita su nacionalidad.

g) Copia de la Resolución No.61 del 18 de febrero de 1999, expedida por el Tribunal Electoral.

h) Informe rendido por el Director de Migración, donde indica que el peticionario cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1960.

REF: YIN GUANG WEI WANG NAC: CHINA CED: E-8-71222

‘Y en virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia,

50 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001

RESUELVE

N” 24,371

EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de YIN GUANG WEI WANG.

REGISTRESE Y COMUNIQUESE

MIREYA MOSCOS0 WINSTON SPADAFORA F. Presidenta de la República Ministro de Gobierno y Justicia

RESOLUCION NP 144 (Oe 8 de agosto de 2001)

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que. MARIA TERESA ESPARZA ULLOA; con nacionalidad MEXICANA. mediante apoderado legal, solicita al Organo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno ! Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el Ordinal 20. del Articulo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980.

Que a la solicitud se acompañan los siguientes documentos:

a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el .luzgado Segundo del Circuito de Co&, Ramo Civil. donde establecen que conocen a la peticionaria y que ha residido en el país por más de tres años.

b) Certificación expedida por la Direcci¿mNacional dc MigaclOn, donde ~consta que !a peticionaria. obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, mediante Resuelto No~569 del 27 de agosto de 1997.

C) Certificación expedida por ola Subdirecci6n Nacional de Ccdulación, donde consta

que la peticionaria obtuvo, Cédula de Identidad Personal No. E-8-77458.

d) Certificación del Historial Policivo y Penal, expedido por el Director General de la Policia Técnica Judicial.

e) Certificado de Mawimonio en el extranjero, inscrito en el Tomo 1 1, Asiento 186, donde se comprueba el vínculq existente entre el panameño Abdiel Aquile Guevara Stanziola y la peticionaria.

0 Certificado de Nacimiento, inscrito en el Tomo 98, Asiento 956 de la Provincia de Cock, donde se comprueba la nacionalidad del cónyuge de la peticionaria.

g) Certificado de Buena Salud, expedido por la Dra. Martha E. Villa de C.

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 51

h) Fotocopia auknticada del pasaporte, a nombre de la petkionaria, donde se acredita su

nacionalidãd.

i) Copia de la Resolución No.285 del 22 de agosto dey 1999, expedida por el Tribunal Electoral. JOLi?

j) Informe rendido por el Director de Migración, donde indica que la peticionaria cumple

con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980

REF: MARIA TERESA ESPARZA ULLOA

NAC: MEXICANA CED: E-8-77458

Y en virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia.

RESUELVE

EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de MARIA TERESA ESPARZA ULLOA

REGiSTRESE Y COMUNIQUESE

MIREYA MOSCOS0 presidenta de la República

WINSTON SPADAFORA F. Ministro de Gobierno y Justicia

RESOLUCION NQ 145 (De 8 de agosto de 2001)

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que, WANDA GISBERT GIMENEZ . con @ionahdad ARGENTINA. mediante

apoderado legal, solicita al Organo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y .lusticia. que se le conceda CARTA DE NATURAIEZA, ,de conformidad con lo que

establece el Ordinal 20. del Artículo 10 de la ConstittiCióh P6lítica y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980.

Que a la solicitud se acompañan los siguientes documentos:

a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas antc el Juzgadn

I>ccim;)quinto del Primer Circuito Judicial de Panami, Ramo Civil. don& cstablcc~n que conocen a la peticionaria y que ha residido en el psis por más dc ircs años.

52 Gaceta Oficial, viernes 31 de agost6 de 2001 N” 24,378

b) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración, donde consta que la peticionaria, obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, mediante Resolución No.2790 del 3 de junio de 1996. ;

c) Certiticación expedida por la Subdirección Nacional de Cedulación, donde consta que la peticionaria obtuvo, Cédula de Identidad Personal No. E-8-74399.

d) Certificación del Historial Policivo y Penal, expedido por el Director General de la Policía Técnica Judicial.

e) Cettiticado de Nacimiento, inscrito ,en el Tomo 920, Asiento 1053, de la Provincia de Panamá, a fa vor de la menor Lucía de Los Angeles Laurencena Gisbert.

fj Certificación, inscrito en el Tomo 19, Asiento 358 de la Provincia de Panamá, a favor

de Diego Hernán Laurencena Roganti, donde se comprueba que obtuvo Carta de

Naturaleza.

g) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Oscar A. Castillo.

h) Fotocopia autenticada del pasaporte, a nombre de la peticionaria, donde se acredita su nacionalidad.

i) Copia de la ~Resolución No. 178 del 17 de agosto de 2000, expedida por el Tribunal Electoral.

j) Informe rendido por el Director de Migración, donde indica que la peticionaria cumple

con lo preceptuado en el Articulo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980

REF: WANDA GISBERT GIMENEZ NAC: ARGENTINA CED: E-8-74399

Y en virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que

rigen sobre la materia.

RESUELVE

EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de WANDA GlSBERT GlMENEZ.

REGISTRESE Y COMUNIQUESE

MIREYA MOSCOS0 Presidenta de la RepúblIca

WINSTON SPADAFORA F. Ministro de Gobierno y Justicia

N” 24,318 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001

RESOLUCION NP 146 (De 8 de agosto de 2601)

53

LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que, JORGE ALEXIS ~ANDRADE SOLORZANO, con nacionalidad ECUATORIANA,

mediante apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo,, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el Ordinal lo. del Articulo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 ,de marzo de 1980.

Que a la solicitud se acompañan,los siguientes documentos:

a) Cinco ,Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Primero del

~ Segundo Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de cinco años.

b) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que el peticionario, obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, autorizado

mediante Resolución No. 1793 del 30 de junio de 1983.

c) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que el

peticionario obtuvo, Cédula de Identidad Personal No. E-8-46454.

d) Certificación del Historial Policivo y Penal, expedido por el Director General de la

Policía Técnica Judicial.

c) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Rafael García

f) Fotocopia autenticada de~l pasaporte, a nombre del peticionario, donde se acredita la nacionalidad.

g) Copia de la Retiluc’ión No.035 del 13 de marzo del 2000, expedida por el Tribunal

Electoral.

h) Informe rendIdo pdr el Director de Migracióe,~ doride indica que el peticionario

cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de maru> de 1980.

REF: JORGE ALEXIS ANDRADE SOLORZANO

NAC: ECUATORIANA CED: E-8-46454

Y en virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia.

RESUELVE

54 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,318

EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de JORGE ALEXIS ANDRADE soI+oRzANo.

REGISTRESE Y COMUNIQUESE

HIREYA MOSCOS0 WINSTON SPADAFORA F. Pmidenta de la República Ministro de Gobierno y Justicia

Para AV’So’ dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 777, del Código de Comercio, aviso al público que he traspasado mi n.e g 0 c,i 0

denominado ‘SUPER CENTRO FRANCISCO”, ubicado en la Vía Panamericana, ciudad de Antón, distrito de Antón, provincia de Coclé, amparado con el Registro Comercial 2426, del 16 de marzo de 2000, expedida por la Dirección Pmvincial del MCI, de Coclé, aTERESA TSANG ZHANG, con cédula de identidad personal 8763- 668, quien es la nueva propietaria del negocio antes mencionado.

Fdo. Kam Chung Tsang Jau

‘PE- 9-l 326 L-475-766-02 Segunda publicación

AVISO Para dar cumplimiento a lo

que establece el Artículo 777, del Código de Comercio, aviso al público que he adquirido el establecimiento denominado ‘ABARROTERIA Y BODEGA BIENVENIDO, ubicado en la Barriada Crespo Carrasquilla, corregimiento de San Francisco, de propiedad del señor MARIO HOI KION LIN CHAN, con cédula’de identidad personal PE-8-2583, por medio de la Escritura Pública 230 1, expedida en la Notaría Duodécima del ll de abril de 2001.

Fdo. Man Kon Lam Law

Céd. PE-9-1629 L-475-766-l 0 Segunda publicación

AVISO yo, CELINDA BARTUANO DE SOTO mujer panameña mayor de edad con cédula de identidad personal N” 8-147-638, y con residencia en Bda. San gerardo

Mayela, calle Siin José, casa No 158, solicito cancelar la licencia comercial tipo “8” .con registro N” 8- 41 197, concedida mediante resolución ND 539, de 8 de febrero de 1,991, dedicada a la venta de artículos de tocador, zapatos, prendas de vestir en general Y novedades denominada “INVERSIONES CELINDA” ubicada en San Gerardo Mayela, calle San José, casa N” 158 corregimiento de Parque Lefevre. Panamá, 28 de agosto de 2001.

Celinda Bartuano de Soto

8-l 47-638 L-475-793-83 Primera publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 5 139 de 27 de julio de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha

Escritura Pública en la Ficha: 1831 34 Documento: 260080 de 10 de agosto de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada ABACO ASSETS CORP.” Panamá. 20 de agosto dé 2001. L-475-707-53 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública Na 4483 de 3 de julio de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 248679 Documento: 248276 de 6 de julio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada BRODEKIN INTERNATIONAL INC. Panamá, 9 de julio

de 2001. L-475-707-53 Utica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 3,998 de 13 de junio de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 31 1063 Documento: 245397 de 28 de junio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada BURRAY ARLEY AND ASSO- CIATES. Panamá, 3 de julio de 2001. L-475-707-53 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 3346 de 16 de mayo de 2001 extendida

N” 24,378 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 SS

ante la Notaría Cuarta del Circuito de P,ana,má, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha:, 1 72 150 Documento: 245008 de junio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada DEVON GROUP CORP. Panamá, 29 de junio de 2001. L-475-707-53 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 6,613 de 24 de mayo de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, nicrofilmada dicha Escritura Pública en a Ficha: 120173 3ocumento: 242931 de 21 de ,unio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ?a sido DISUELTA la sociedad anónima denominada ‘DUR,ATEN WERSEAS INC.” Janamá, 26 de junio

de 2001. L-475-707-53 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 3,293 de 15 de mayo de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 197967 Documento: 240547 de 13 de junio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada FEDERAL DYNAMICS INC. Panamá, 1 5 de junio de 2001. L-475-707-53 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este media se avisa al público que mediante Escritura Pública Na 3,996 de 13 de junio de 2001 extendida ante la Notaría ;Tita del Circuito

Panamá, microfilmada dicha

Escritura Pública en la Ficha: 317924 Documento: 245410 de 28 de junio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada ‘FERTY INVEST CORP.” Panamá, 3 de junio de 2001. L-475-707-53 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública No 4482 de 3 de julio de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 192362 Documento: 259454 de 9 de agosto de 2001, en

Sección kercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada FREGAL GROUP INC. Panamá, 10 de agosto de 2001. L-475-707-53

Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 3,997 de 13 de julio de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 300120 Documento: 243079 de 21 de junio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada “HANYS INVESTMENTS ING.” Panamá, 26 de junio de 2001. L-475-707-79 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública Na 3920 de 11 de junio de 2001 extendida ante la Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 140822 Documento:

247283 de 4 de julio de 2001, en la Sección (Mercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada “HUMBER ENTERPRIS-ES ING.” Panamá, 20 de agosto de 2001. L-475-707-79 Unica publicación

AVISO DE DISOLUCION

Por este medio se avisa al público que mediante Escritura Pública N” 10100 de 3 de agosto de 2001 extendida ante la Notaría Tercera del Circuito de Panamá, microfilmada dicha Escritura Pública en la Ficha: 319339 Documento: 260420 de 13 de agosto de 2001, en

iM Sección

ercantil) del Registro Público, ha sido DISUELTA la sociedad anónima denominada ‘J.A. CASTILLO (FERRO) S.A.” Panamá; 20 de agosto de 2001. L-475-707-79 Unica publicación

EDICTOS AGRARIOS

REPUBLICA DE REFORMA F u n ci o n a r i o Provincia de SERRACIN

PANAMA AGRARIA Sustanciador de la Chiriquí. GONZALEZ,

MINISTERIO DE REGION 1 Dirección Nacional vecino del

DESARROLLO CHIRIQUI de Reforma Agraria HACE SABER: Corregimiento de

AGROPECUARIO EDICTO NP 319- del Ministerio de San Pablo Viejo,

DIRECCION 2001 D e s a r r o I I o Que ej señor (a) Distrito de David, NACIONAL DE El Suscrito Agropecuario, en la C L E M E N T E portador de la

56 Gaceta Oficial, viernes 31 de agosto de 2001 N” 24,378

cédula de identidad personal NP 4-6% 488, ha solicitado a la Dirección Nacional de Reforma Agraria, mediante solicitud N” 4-1905-99, según plano aprobado N” 406- 10-16714, la adjudicación a título oneroso de una parcela de tierra Baldía Nacional adjudicable, con una superficie de 9 Has + 9355.74, ubicada en la localidad de Cola, Corregimiento de S’an Pablo Viejo, Distrito de David, Provincia de Chiriquí, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Mario Oscar De León, Susana Serracin. SUR: Camino. ESTE: Clemente Serracín. OESTE: Susana Serra&. Para los efectos legales se fija este Edicto en lugar visible de este despacho en la Alcaldía del Distriio de David o en la Corregiduria de San Pablo Viejo y copias del mismo se entregarán al interesado para que los haga publicar en IOS órganos de publicidad correspondientes. tal como lo ordena el articulo 108 del código Agrado. Este Edicto tendrá una vigencia de quince (15) ~dlas a partir de la última publicación. Dado en David a los

30 días del mes de mayo de 2001.

JOYCE SMITH V. Secretaria Ad-Hoc ING. SAMUEL E.

MORLAES M. Funcionario

Sustanciador ,L-473-237-82 Unica Publicación R

REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

DE DESARROLLO AGROPECUARIO

DIRECCION NACIONAL

DE REFORMA AGRARIA REGION 5

PANAMA OESTE EDICTO N’ 119-

DRA-2001 El suscrito Funcionario Sustanciador de la Direccibn Nacional de Reforma Agraria, en la Provincia de Panamá, al público.

HACE SABER: Que el señor (a) JOSEFA CAMPODONICO DE MARQUEZ, vecino (a) de Calle Venezuela, Corregimiento de Bella Vista, Distrito de Panamá, portador de la c6dula de identidad personal Ns 6-12- 490, ha solicitado a la Dirección Nacional de Reforma Agraria mediante solicitud NQ E-5-021 -2000. según plano aprobado NP 804- 02-15110, la adjudicación a titulo oneroso de una parcela de tierra Baldla Nacional adjudicable, con una superficie de 24 Has + 863.72 M2.,

de propiedad del Ministerio de Desarrollo Agropecuario. El terreno está ubicado en la localidad de La Lajita, Corre- gimiento de Bejuco, Distrito de Chame, Provincia de Panamá, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: F r e d e’s l i n d a Mont’enegro Quintero. Nikos CafB. SUR: Joseia Campodónico de MBrquez. ESTE: Josefa Camponónico de M&rquez. OESTE: Melquiades Riega, calle de asfalto de 30.00 mts. hacia Sorá y hacia la C.I.A. Para los efectos legales se tija este Edicto en lugar visible de este despacho en la Alcaldía del Distrito de Chame~ o, en la corregiduria de Bejuco y copia del mismo se entregaran al interesado para que los haga publicar en los órganos de p u b, l i c i d a d correspondientes, tal como lo ordena el artículo 108 del Códigp Agrario. Este Edicto tendrá una vigencia de quince (15) dias a partir de la última publicación. Dado en Capira a los 23 días del mes de mayo de 2001.

YAHIRA RIVERA M.

Secretaria Ad-Hoc ING. RICARDO

HALPHEN Funcionario

Sustanciador a.i. L-~474-322-46 Unica Publicación R

REPUBLICA DE PANAMA

MINISTERIO DE DESARROLLO

AGROPECUARIO REGION N” 2 VERAGUAS

EDICTO NP 160-01 El Suscrito Funcionario Sustanciador de la Reforma Agraria, en la Provincia de Veraguas, al público:

HACE SABER: Que el señor (a) DIOCESIS DE SANTIAGO - OSCAR MARIO BROWN JIMENEZ (R.L.), vecino de Santiago, Distrito de Santiago. portador de la cédula de identidad personal e-87-754. ha solicitado a la Reforma Agraria, mediante solicitud N” 9-0058, la adjudicaci6n a titulo oneroso de ? parcelas de terreno baldíos ubicado en San José, Corregimiento de San Juan, Distrito de San Francisco, de esta Provincia que se descrlbe a contwación: PARCELA N” 1: Demarcada en el plano NP 908.05- 11086 con una superficie de 1 Has + 6663.75. NORTE: Carretera de asfalto a Santa Fe a Santiago, área de uso comunal. SUR: Servidumbre de 3.00 ms. de ancho a otros lotes, Macario Aizprúa. ESTE: Carretera de

asfalto a Santa Fe a Santiago. OESTE: Servidumbre de 3.00 mts. de ancho a otros lotes, área de uso comunal. PARCELA N” 2: Demarcada en el plano N” 908-05- 11086 con una superficie de 1 Has + 4047.77. NORTE: Camino de tosca de 12.00 mts. de anchoa El Peñón, Sacarlas Rodríguez y Enriqueta Pinto. SUR: José De La Rosa Rodríguez M. ESTE: Evangelisto Pinto, camino real de 5.00 mts. de ancho. OESTE: Carretera de asfalto de 30.00 mts. de ancho a Santa Fe a Santiago. Para los efectos legales se fija este Edicto en lugar visible de este bespacho y en la Alcaldia Municipal del Distrito de San Francisco y copias del mismo se entregarán sl interesado para que los haga publicar en los órganos de publicidad correspondientes, tal como lo ordena el articulo 108 del Código Agrario. Este Edicto tendrá una viQen& de quince (15) dias a partir de la última publicación. Dado en Santiago a los 18 dias del mes de junio de 2001.

LILIAN M. REYES

GUERRERO Secretaria Ad-Hoc JUANA. JIMENEZ

Funcionario Sustanciador

L-475-833-58 Unica Publicaci6n