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    UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA

    FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

    FUSIN POR ABSORCIN DE UNA EMPRESA OPERADORA

    DE TELEVISIN POR CABLE

    TESIS

    PRESENTADA A LA JUNTA DIRECTIVA

    DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

    POR

    EDGAR GIOVANNI HERRERA DOMINGO

    PREVIO A CONFERRSELE EL TTULO DE

    CONTADOR PBLICO Y AUDITOR

    EN EL GRADO ACADMICO DE

    LICENCIADO

    GUATEMALA, OCTUBRE DE 2008

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    MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA

    FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS

    Decano Lic. Jos Rolando Secaida Morales

    Secretario Lic. Carlos Roberto Cabrera Morales

    Vocal Primero Lic. Albaro Joel Girn Barahona

    Vocal Segundo Lic. Mario Leonel Perdomo Salguero

    Vocal Tercero Lic. Juan Antonio Gmez MonterrosoVocal Cuarto S.B. Roselyn Janette Salgado Ico

    Vocal Quinto P.C. Jos Abraham Gonzlez Lemus

    PROFESIONALES QUE REALIZARON LOS EXMENES

    DE AREAS PRCTICAS BASICAS

    AREA MATEMTICA ESTADISTICA Lic. Jorge Mario Fuentes Batz

    AREA CONTABILIDAD Lic. Lus Alfredo Guzmn Maldonado

    AREA AUDITORA Lic. Mibzar Amos Castaon Orozco

    PROFESIONALES QUE REALIZARON EL EXAMEN PRIVADO DE TESIS

    PRESIDENTE Lic. Marco Antonio Oliva Orellana

    EXAMINADOR Lic. Edgar Adrin Archila Valdez

    EXAMINADOR Lic. Felipe Hernndez Sincal

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    DEDICATORIA

    A Dios Por sus bendiciones y permitirmealcanzar una meta ms

    A mis Padres Agradecimiento profundo por ayudarmea alcanzar esta meta. Con cario a mi

    madre por el apoyo que me ha brindado alo largo de mi v ida.

    A mi fami lia Por contr ibuir a alcanzar mis objetivos

    A mis compaeros Por brindarme su apoyo y amistad

    A mi asesor de Tesis Lic. Oscar Armando Prez y PrezCon agradecimiento por su comprensiny apoyo

    A mi supervisor Por transmiti rme sus conocimientos

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    NDICE

    Pagina

    CAPTULO I

    EMPRESAS OPERADORAS DE TELEVISIN POR CABLE

    1.1 Generalidades .................................................................................................. 1

    1.1.1 Empresas operadoras de televisin por cable .................................................. 5

    1.1.2 Finalidad de la empresa ................................................................................... 5

    1.1.3 Caractersticas .................................................................................................. 5

    1.2 Legislacin aplicable a las empresas operadoras de cable .............................. 7

    1.2.1 Leyes tributarias ............................................................................................... 7

    1.2.2 Ley especfica ................................................................................................. 15

    CAPTULO II

    FUSINDESOCIEDADESYSUCLASIFICACIN

    2.1 Definiciones de fusin ..................................................................................... 20

    2.1.1 Efectos de la fusin en el derecho mercantil guatemalteco ............................ 22

    2.2 Beneficios y ventajas de la fusin ................................................................... 24

    2.3 Formas de fusin ............................................................................................ 25

    2.3.1 Distintas combinaciones que pueden realizarse en una fusin ...................... 27

    2.4 Diferencias entre las formas de fusin............................................................ 28

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    CAPTULO III

    ESTUDIO OPERATIVO Y FINANCIERODE LAS EMPRESASOPERADORASDE

    TELEVISIN POR CABLE PREVIOA LA FUSIN PORABSORCIN

    3.1 Anlisis operativo ............................................................................................. 30

    3.2 Sistema contable .............................................................................................. 34

    3.3 Necesidades de la fusin por absorcin ............................................................ 39

    CAPTULO IV

    FUSINPORABSORCINDEEMPRESASOPERADORASDETELEVISIN

    PORCABLE

    4.1 Definicin .......................................................................................................... 43

    4.2 Aspectos legales de la fusin por absorcin ..44

    4.2.1 Constitucin poltica de la repblica de guatemala .......................................... 44

    4.2.2 Ley del impuesto sobre la renta ...................................................................... 45

    4.2.3 Ley del impuesto al valor agregado ................................................................. 47

    4.2.4 Cdigo de comercio......................................................................................... 47

    4.2.5 Cdigo tributario .............................................................................................. 51

    4.2.6 Normas internacionales de contabilidad .......................................................... 53

    4.3 Proceso de la fusin por absorcin ................................................................. 54

    4.3.1 Evaluacin organizacional, compatibilidad de los sistemas, mtodos y

    procedimientos ............................................................................................... 54

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    4.3.2 Evaluacin financiera y de riesgos en el proceso de fusin .......................... 57

    4.3.3 El proceso de fusin por absorcin............................................................... 63

    4.3.3.1 Proceso tcnico ............................................................................................ 63

    4.3.3.2 Proceso legal de la fusin por absorcin ...................................................... 68

    4.3.4 Presentacin formal de la fusin .................................................................. 71

    CAPTULO V

    FUSINPORABSORCINDEEMPRESASOPERADORASDETELEVISIN

    PORCABLE

    5.1 Descripcin del caso....................................................................................... 73

    5.2 Proceso legal .................................................................................................. 97

    5.3 Contabilizacin ............................................................................................... 98

    5.4 Evaluacin financiera .................................................................................... 102

    CONCLUSIONES................................................................................................... 108

    RECOMENDACIONES........................................................................................... 109

    BIBLIOGRAFA...................................................................................................... 110

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    INTRODUCCIN

    El constante crecimiento de la demanda del servicio de televisin por cable va

    satlite y el aumento de la competencia y ampliacin de mercados hacen que las

    empresas operadoras de televisin por cable estn obligadas a ampliar la gama de

    productos y servicios, llegando al segmento del mercado de menores ingresos para

    lo cual se hace necesario contar con un mayor capital y la experiencia de otras

    empresas del ramo y obtener de esa manera la solidez necesaria para lograr dichos

    objetivos. Estos cambios se logran a travs de unir e integrar empresas por medio de

    un proceso de fusin.

    La fusin por el mtodo de absorcin de las empresas operadoras de televisin por

    cable puede llegar a generar una mayor eficiencia en los costos, y de esta manera

    aumentar sus servicios. Por tal motivo el presente trabajo denominado:FUSIN

    POR ABSORCIN DE UNA EMPRESA OPERADORA DE TELEVISIN POR

    CABLE constituye un aporte para las empresas de cable y profesionales de

    Contadura Pblica y Auditora.

    El captulo I, Empresas Operadoras de Televisin por Cable, contiene las

    generalidades, caractersticas, legislacin general y especfica aplicable a las

    empresas operadoras de cable.

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    El captulo II, Fusin de Sociedades y su Clasificacin, contiene la definicin de

    fusin de sociedades, sus ventajas y beneficios, as como las formas de fusin y

    sus diferencias.

    El captulo III, Estudio Operativo y Financiero de las Empresas Operadoras de

    Televisin por Cable Previo a la Fusin por absorcin, detalla el anlisis operativo,

    sistema contable y necesidades de la fusin por absorcin.

    El captulo IV, Fusin por Absorcin de Empresas Operadoras de Televisin por

    Cable, define la fusin por absorcin, aspectos legales y contables del proceso de

    fusin por absorcin, evaluacin financiera y de riegos de la misma, y la

    presentacin formal de la fusin.

    El captulo V, Fusin por Absorcin de Empresas Operadoras de Televisin por

    Cable, desarrolla el caso de una fusin por absorcin, evaluacin financiera, proceso

    legal y contabilizacin de la misma.

    Por ltimo se presentan las conclusiones, recomendaciones, siendo este un modelo

    de consulta para todas aquellas personas que necesiten ampliar conocimiento sobre

    este tema.

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    CAPTULO I

    EMPRESAS OPERADORAS DE TELEVISIN POR CABLE

    1.1 GENERALIDADES

    Para podernos introducir en el tema especfico de las Empresas Operadoras de

    Televisin por Cable es necesario que le demos una mirada general a los principios

    generales de la telecomunicacin para que, conociendo su desarrollo a travs de la

    historia tecnolgica de los ltimos tiempos podamos entrar al contexto dentro del cual

    se utilizan los medios de transmisin a distancia principalmente por las ondas libres

    en la atmsfera, distribuida desde una seal lateral a los televisores, utilizando fibra

    ptica, cable coaxial de distribucin y accesorios radioelctricos, los elementos a

    conocer son:

    a) Televisin:

    La televisin en tanto que es un medio informativo, surge como producto de los

    inventos realizados a mediados del siglo pasado. Es la conquista ms moderna de la

    tecnologa, y constituye dentro del campo de los medios de comunicacin

    electrnica, lo que la invencin de la imprenta y los tipos mviles fueron para la

    prensa impresa. Todo empieza con un movimiento tan simple como lo es presionar

    un botn! Al instante el telespectador entra a formar parte de millones de seres

    humanos que presencian los acontecimientos que ocurrieron o casi estn ocurriendo

    a millares de kilmetros. La televisin se convierte as, en extensin de nuestros ojos

    y odos.(17:7)

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    b) Televisin Por Cable:

    En 1949 un comerciante de aparatos cansado de no ver bien la televisin debido a

    que las montaas prximas impedan la recepcin correcta de la seal, levanta una

    antena de suficiente altura y tiende, desde ella, un cable hasta las casas de sus

    clientes, los cuales le pagan una pequea suma por el servicio. Ha nacido la

    televisin por cable, una tecnologa que, treinta aos despus, va mucho ms all de

    la televisin convencional. (17:8)

    La televisin por cable enva la seal no al aire y de manera indiscriminada, sino a

    travs de una lnea de telecomunicacin, un cable que une al operador del sistema o

    emisora con el receptor. De este cambio en el enlace surge un diferenciado medio de

    comunicacin, transmisin de informacin y canal de nuevos servicios.

    Durante aos, se especul que la televisin por cable exista como forma

    complementaria de la televisin debido a los problemas de dbil recepcin que se

    presentaban, sin embargo en la actualidad esto ya no constituye un problema, sino

    se le ve al televisor por cable como una alternativa ms de comunicacin.

    En los aos setenta empieza a expandirse, primero por los Estados Unidos y

    despus por Canad, Holanda, Blgica, Japn, etc. Los primeros cables permitan

    hasta doce canales televisivos simultneamente. Los usuarios pueden as elegir

    entre varios programas.

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    Hoy en da las fibras pticas, los cables coaxiales y accesorios radioelctricos

    ayudan a ampliar la capacidad de transporte de la seal de canales y programas

    que operan los sistemas de televisin por cable.

    El usuario se suscribe al sistema generalmente, pagando cuotas que le factura el

    operador del mismo, lo que le da derecho a preprogramar lo que desea recibir en su

    receptor, o bien solicitar en cada momento lo que le interese, elegir as su propio

    programa entre los disponibles. (17:9)

    Algunas de las caractersticas de la televisin por cable son:

    1) Mayor fidelidad en la transmisin de imagen y sonido,

    2) Un nmero mayor de canales,

    3) Retransmisora de los programas de televisin por aire,

    4) Transmisiones va satlite,

    5) Interactividad de seales con la incersin de fibras pticas al sistema,

    6) Conexin con bancos de datos y computadoras,

    7) Un sistema de alarma contra robos, incendios y para emergencias mdicas.

    Sin embargo, las posibilidades tcnicas anteriormente expuestas no son utilizadas

    completamente, especialmente en los pases subdesarrollados, en los cuales la

    televisin por cable es un negocio privado que nicamente distribuye la

    programacin de las grandes cadenas de televisin, entre las que sobresalen las

    norteamericanas, mexicanas, espaolas, inglesas, venezolanas, y chilenas.

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    c) La Televisin por Cable en Guatemala:

    En la capital guatemalteca la comercializacin de la televisin por cable, data desde

    1983, regularmente, la instalacin se realiza subterrnea en la mayora de los casos

    y se podra decir que ha venido a desplazar los canales locales de televisin y

    presentan mayores alternativas en cuanto a la seleccin de canales y programas.

    (9:46)

    Una de las empresas que inici sus trmites en la municipalidad de Guatemala en

    enero de 1984 para que se le autorizara la instalacin cable subterrneo en varias

    zonas de la ciudad capital fue COMTECH, S.A. y la autorizacin se le extendi en

    abril 1984. (17:10)

    Este fue el primer caso que se conoce de una empresa que haya funcionado con

    autorizacin desde ese ao, pues la ausencia de leyes que regularan la distribucin

    del cable no exista hasta octubre 1986.

    Existen antecedentes de este servicio en Guatemala, gracias al entusiasmo de

    algunas personas particulares que, habiendo instalado una antena parablica sobre

    la terraza de su casa, podan disfrutar en su televisor de la primera programacin

    originada en otros pases, especialmente en Estados Unidos por medio de este

    sistema de captacin de las seales satelitales dispersas en el espacio magntico

    del cielo Guatemalteco.

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    Todo esto origin con profusin sobre los tejados citadinos, una buena cantidad de

    enormes platos parablicos, y por un tiempo se volvi una fiebre de inversin para

    esta nueva distribucin del televidente. Lo novedoso del uso domstico de esta seal

    hizo que naciera demanda del servicio de parte de los vecinos, distribuyndose

    entonces hacia las casas adyacentes por medio de un cable coaxial areo, que viene

    dispuesto a transportar seal de audio y video a la vez.

    1.1.1 Empresas Operadoras de Televisin por Cable

    Son las empresas o entidades que se dedican a la compra y distribucin de seales

    satelitales con el fin de proveer el servicio de televisin por cable.

    El total de empresas que se dedican a prestar el servicio de televisin por cable

    inscritas ante el Registro Mercantil hasta mayo del ao 2007es de 481 empresas.

    1.1.2 Finalidad de la Empresa

    Prestar el servicio de televisin por cable, la cual se transmite va satlite a nivel

    local, nacional, debiendo el usuario pagar una cuota mensual por dicho servicio.

    1.1.3 Caractersticas

    Una de las caractersticas que se marca en Guatemala es la posesin de estas

    empresas por parte de la iniciativa privada, y la difusin de contenidos extranjeros.

    Las empresas operadoras de televisin por cable en su mayora se encuentran

    constituidas como sociedades annimas.

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    Se encuentran regidas por La Ley reguladora del uso y captacin de seales va

    satlite y su distribucin por cable.

    1.1.4 Modelo de la Estructura Organizativa de una Empresa Operadora de

    Televisin por Cable

    Gerente General

    GerenteAdministrativo

    GerenteFinanciero

    Gerente deOperaciones

    ContadorGeneral

    VendedoresSecretaria

    deAdministracin

    CobradoresSecretaria deOperaciones

    Supervisor

    TcnicoInstalaciones

    Tcnicos deMantenimiento

    Tcnicos NuevosProyectos

    AuxiliarContable

    Tesorera

    CajaPersonal De

    Limpieza

    Gerente General

    GerenteAdministrativo

    GerenteFinanciero

    Gerente deOperaciones

    ContadorGeneral

    VendedoresSecretaria

    deAdministracin

    CobradoresSecretaria deOperaciones

    Supervisor

    TcnicoInstalaciones

    Tcnicos deMantenimiento

    Tcnicos NuevosProyectos

    AuxiliarContable

    Tesorera

    CajaPersonal De

    Limpieza

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    1.2 LEGISLACIN APLICABLE A LAS EMPRESAS OPERADORAS DE CABLE

    1.2.1 Leyes Tributarias

    Las empresas operadoras de cable deben regirse por la legislacin tributaria

    vigente en Guatemala, debiendo cumplir con las leyes y cdigos que se detallan a

    continuacin:

    Cdigo de Comercio

    a) Organizacin Legal:

    Esta actividad mercantil no est sujeta a una organizacin legal especfica, su

    organizacin puede ser como persona individual o como persona jurdica, ambas

    organizaciones se encuentran sujetas a cumplir con las leyes que norman las

    actividades profesionales, negocios jurdicos y mercantiles y todas aquellas

    actividades que tienden a establecer el intercambio de bienes y servicios.

    El artculo 2 del Cdigo de Comercio dice que son comerciantes quienes ejercen en

    nombre propio y con fines de lucro cualesquiera de las actividades para la

    produccin y venta de bienes o prestacin de servicios. El artculo 3 indica que las

    sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes

    cualesquiera que sea su objeto y posteriormente en el artculo 6 se afirma que

    ambas formas de organizacin mercantil tienen la capacidad para adquirir derechos y

    contraer obligaciones.

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    Para formalizar las sociedades y para que tenga validez cualquier cambio o

    modificacin en la escritura pblica es obligatoria realizar el trmite correspondiente

    ante el registro mercantil.

    Las principales caractersticas de las sociedades mercantiles son las siguientes:

    Poseen personalidad jurdica propia y distinta a la de los socios individuales.

    La constitucin de la sociedad, modificaciones, prrrogas y todas sus

    modificaciones al capital, cambios de razn social o denominacin deben

    hacerse en escritura pblica.

    Se rigen por lo estipulado en sus escrituras de constitucin y por las

    dispocisiones del Cdigo de Comercio.

    El testimonio de la escritura de constitucin y sus modificaciones deben ser

    presentados al Registro Mercantil General de la repblica.

    El plazo de la sociedad debe quedar registrada en la escritura de constitucin.

    La inscripcin de la sociedad en el Registro Mercantil le otorga el derecho al

    uso exclusivo de la razn social.

    Queda prohibida la distribucin de utilidades que no hayan sido realmente

    obtenidas.

    Sociedad Annima:

    En nuestro pas las empresas operadoras de televisin por cable en su mayora se

    encuentran constituidas como sociedades annimas, su capital est dividido y

    representado por ttulos llamados acciones que son indivisibles y que pueden ser

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    nominativas y al portador, la responsabilidad de los socios es hasta el monto de las

    acciones. El capital mnimo pagado deber ser de cinco mil quetzales (Q 5,000.00),

    adicionalmente a la denominacin social deber agregarse la leyenda Sociedad

    Annima, que se puede abreviar S. A.

    Esta sociedad es considerada un ser artificial, invisible, intangible y cuya existencia

    es puramente de ndole jurdica. No constituye un grupo de personas distintas, como

    sucede en el caso de una sociedad en nombre colectivo; Puede celebrar contratos a

    su nombre, puede demandar ser demandada, aun contra o por sus propios

    accionistas, y pueden tener bienes muebles e inmuebles.

    La sociedad annima solo puede disolverse por acuerdo de accionistas, por la

    prdida legal de su registro, por mandato judicial o por la expiracin del trmino de su

    vida social estipulada en escritura constitutiva, pero en caso de que su vida social se

    limite en la escritura de constitucin, por lo general puede obtenerse una renovacin.

    b) Inscripcin en el Registro Mercantil:

    El Registro Mercantil General de la Repblica de Guatemala es el rgano encargado

    de la inscripcin de todas las personas individuales jurdicas, para ello cuenta con

    todos los libros de comerciantes individuales y de sociedades mercantiles. La

    inscripcin deber hacerse dentro de un mes de haberse constituido como tal.

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    En el caso de comerciantes individuales se har mediante declaracin jurada del

    interesado, consignada en formulario con firma autenticada, el cual comprender la

    informacin siguiente:

    Nombres y Apellidos completos, edad, estado civil, profesin u oficio,

    nacionalidad, domicilio y direccin.

    Actividad a la que se dedica.

    Rgimen econmico del matrimonio, si es casado unido de hecho.

    Nombre de la empresa, sus establecimientos y direcciones.

    Fecha en la que haya dado principio a su actividad mercantil.

    Para efecto de hacer constar la calidad de comerciante el registrador razonar la

    cdula de vecindad del interesado. Para la inscripcin de la empresa

    establecimiento se har de la forma prevista en el prrafo anterior, la cual

    corresponder:

    Nombre de la empresa o establecimiento

    Nombre del propietario y nmero de registro como comerciante

    Direccin de la empresa establecimiento

    Objeto de la empresa.

    Nombres de los administradores o Factores.

    En el caso de sociedades mercantiles, la inscripcin se har mediante el testimonio

    respectivo, el cual comprender:

    Forma de organizacin

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    Denominacin o Razn Social y nombre comercial

    Domicilio y el de sus sucursales

    Objeto

    Plazo de duracin

    Capital Social

    Notario autorizante de la escritura de constitucin, lugar y fecha.

    rganos de administracin, facultades de los administradores.

    rganos de vigilancia si los tuviera.

    Cuando se trate de sociedades cuyo objeto requiere concesin o licencia estatal,

    ser indispensable adjuntar el acuerdo gubernativo autorizacin correspondiente y

    el trmino de inscripcin principiar a contar a partir de la fecha del acuerdo o

    autorizacin. Para acreditar la calidad de comerciante, empresas o establecimientoinscrito, el registrador expedir la patente de comercio, la cual deber colocarse en

    un lugar visible de la empresa o establecimiento.

    c) Inscripcin En El Registro Tributario Unificado:

    Segn regulaciones en el Cdigo de Comercio todos los comerciantes estn

    obligados a llevar contabilidad y para la realizacin de la misma debern obtener la

    autorizacin de los libros correspondientes en el Registro Mercantil y posteriormente

    la habilitacin de los mismos en la Superintendencia de Administracin Tributaria, as

    como todos aquellos documentos que son extendidos a los clientes, tales como

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    facturas, notas de dbito y crdito, como tambin otros documentos que las

    autoridades tributarias consideren oportunos.

    Previamente a que sean habilitados los libros de contabilidad, la empresa debe

    inscribirse en el Registro Tributario Unificado, donde se le asignar el nmero de

    identificacin tributaria (NIT). Para ello deber llenar el formulario respectivo con la

    siguiente informacin:

    Nombre, razn o denominacin social

    Nacionalidad

    Documento de identificacin (persona individual)

    Fecha de nacimiento (persona individual)

    Tipo de organizacin social

    Fecha de constitucin y de escritura

    Nombre del notario (si es sociedad)

    Nombre, NIT y fecha de nombramiento del representante legal

    Domicilio fiscal

    Actividad econmica principal

    Nombre, NIT y fecha de nombramiento del contador

    Tipo de contribuyente al rgimen del IVA

    Fecha de inicio de operaciones

    Nombre comercial de la empresa

    Direccin comercial de la empresa

    Periodo fiscal ordinario y extraordinario

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    Sistema de valorizacin de inventarios

    Sistema contable utilizado

    Tipo de contribuyente al rgimen del ISR.

    Toda esta informacin se presenta bajo juramento de decir la verdad y acompaada

    de la constancia de inscripcin provisional otorgada por el Registro Mercantil General

    de la Repblica de Guatemala, as como en el caso de las sociedades mercantiles

    debern acompaar copia autenticada del testimonio de constitucin. Posteriormente

    a esto podrn solicitar la autorizacin de todos aquellos documentos y libros que por

    su actividad sean necesarios.

    Ley Del Impuesto Sobre la Renta

    La inscripcin al Impuesto Sobre la Renta se efecta en el mismo momento de la

    inscripcin de toda empresa en el Registro Tributario Unificado, en el formulario para

    inscripcin, afiliacin y actualizacin de contribuyentes, debiendo consignar los

    siguientes datos:

    Tipo de contribuyente

    Forma de pago al rgimen del ISR

    Periodo de imposicin extraordinario

    Periodo de imposicin ordinario

    Sistema de valorizacin de inventarios

    Sistema contable.

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    Con relacin al sistema de contabilidad a utilizar, el artculo 47 (ISR) dice que los

    contribuyentes que estn obligados a llevar contabilidad completa, deben atribuir los

    resultados que obtengan en cada periodo de imposicin, de acuerdo al sistema

    contable de lo devengado, excepto en los casos especiales autorizados por la

    direccin. Los otros contribuyentes pueden optar entre el sistema contable

    mencionado el de lo percibido, pero una vez escogido uno de ellos, solamente

    puede ser cambiado con autorizacin expresa y previa de la autoridad tributaria

    correspondiente.

    El artculo 21 del reglamento de esta ley dice que para que sea autorizado un cambio

    de sistema contable, deber solicitarse por escrito, adjuntando la informacin

    siguiente:

    La actividad econmica principal a la que se dedica.

    Si el inventario es necesario para determinar la renta neta de la actividad

    econmica antes indicada.

    La razn por la cual solicita el cambio del sistema contable.

    Los ajustes que se harn para reflejar en la contabilidad el cambio de sistema,

    detallando las partidas contables que se consignarn y sus efectos fiscales.

    Cualquier otra informacin que sea considerada necesaria para evaluar el

    cambio.

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    1.2.2 Ley Especfi ca

    La ley que regula especficamente a las empresas operadoras de cable es la

    siguiente:

    Ley Reguladora Del Uso Y Captacin De Seales Va Satlite Y Su Distribucin

    Por Cable

    La Ley Reguladora del Uso y Captacin de Seales Va Satlite y su Distribucin por

    Cable, crea el registro de personas y empresas dedicadas a la actividad de

    captacin y distribucin de seales va cable, el cual ser administrado por la Unidad

    de Control y Supervisin de Seal de Televisin Va Satlite y su Distribucin por

    Cable u otro Sistema, el cual es una dependencia del Ministerio de Comunicaciones

    Transporte y Obras Pblicas.

    La unidad indicada tiene como funciones principales el administrar, controlar y

    supervisar todos los actos y procesos de la misma, imponer sanciones que le

    correspondan de acuerdo con esta ley, velar por el cumplimiento de la misma y

    dems disposiciones aplicables a esta rea econmica, adems el participar como

    rgano representativo del pas en la convenciones nacionales e internacionales,

    negociaciones, tratados, acuerdos y convenciones relacionadas con seales de

    televisin va satlite y su distribucin por cable u otros sistemas.

    Todas las personas que desarrollan alguna actividad comercial que tenga relacin

    con lo regulado por esta ley, tanto los programadores u operadores debern

    inscribirse en el Registro Mercantil, antes de iniciarla. Debern inscribirse todos los

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    actos, circunstancias o hechos que modifiquen la inscripcin original, la informacin

    contenida en el registro es pblica. Para que una persona individual o jurdica pueda

    instalar una estacin terrena de uso domiciliar comercial, deber solicitar la

    autorizacin del Ministerio de Comunicaciones, Transportes y Obras Pblicas,

    acreditando lo siguiente:

    Datos de identificacin del solicitante.

    Al tratarse de persona jurdica, deber presentar copia autenticada de la

    escritura constitutiva de la sociedad.

    Lugar para recibir notificaciones.

    Direccin del inmueble donde estar instalada la estacin terrena.

    El lugar donde se origina la red de distribucin por cable con indicacin clara

    de las reas zonas que cubrir dicha red.

    Horario de operacin y nmero de suscriptores a quienes se proyecta prestar

    el servicio.

    Caractersticas tcnicas de instalaciones y funcionamiento de la estacin

    terrena y de la red de distribucin de seal por cable.

    Documentos que acrediten la legtima propiedad de todos los equipos de

    recepcin, transmisin y distribucin.

    El nmero de canales o estaciones que operan u operar y que

    proporcionarn a sus suscriptores.

    Las instalaciones se harn de conformidad con las especificaciones del proyecto

    aprobado por el Ministerio de Comunicaciones, Transportes y Obras Pblicas los

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    concesionarios no podrn cambiar en todo o en parte la ubicacin de los sistemas, ni

    introducirles informacin alguna que altere la documentacin tcnica aprobada sin

    previa autorizacin.

    El artculo 5 de esta ley establece que la autorizacin para operar una estacin

    terrena comercial solo se podr otorgar a guatemaltecos o a las personas jurdicas

    que acrediten fehacientemente que sus socios accionistas, en un porcentaje no

    menor del 70% son guatemaltecos. En caso de sociedades mercantiles accionadas,

    las acciones debern ser nominativas. La autorizacin respectiva para operar tendr

    vigencia de quince aos.

    Los usuarios comerciales no podrn utilizar las vas pblicas para las instalaciones

    de cables o equipos de transmisin, sin contar previamente con la autorizacin de la

    municipalidad respectiva, la cual puede cobrar un arbitrio de dos quetzales (Q 2.00)

    mensuales por suscriptor, en la capital y cabeceras departamentales. En el resto de

    municipios se cobrar un quetzal (Q1.00) al mes.

    Adicionalmente los concesionarios de estaciones terrenas comercialmente tendrn

    diversas obligaciones, entre las que sobresalen las siguientes:

    Pagarn un impuesto especfico de un quetzal (Q1.00) al mes por cada suscriptor del

    servicio. Este impuesto deber hacerse efectivo en el mes siguiente del que se trate

    en la agencia de la Tesorera Nacional de la Direccin General de Radiodifusin.

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    Es obligacin del concesionario permitir el acceso del personal del Ministerio de

    Comunicaciones, Transportes y Obras Pblicas a las instalaciones de las estaciones

    terrenas, como a las redes de distribucin as como mostrar todo tipo de documento

    tcnico legal relacionado con la autorizacin, siempre que sea requerido.

    Los concesionarios debern demostrar la autenticidad y dominio de los derechos de

    exhibicin de las distintas estaciones y programas de televisin que transmite al

    pblico, entregndole copia del documento donde se realiz la negociacin de

    compraventa del programa que desee transmitir al Ministerio de Comunicaciones,

    Transportes y Obras Pblicas y a la Direccin de Espectculos Pblicos.

    Adicionalmente en el artculo 10 de esta ley se enumeran una serie de prohibiciones

    para los concesionarios de este servicio, sobresaliendo entre stas las siguientes:

    Instalar estaciones terrestres comerciales o domiciliares sin la autorizacin

    correspondiente.

    La cesin, venta, arrendamiento o cualquier otro tipo de enajenacin de una

    estacin terrena a favor de persona o personas extranjeras o a favor de

    sociedades que no cumplan con los requisitos y calidades que determina esta

    ley.

    Transmitir o retransmitir programas o eventos que atenten contra la moral y

    las buenas costumbres.

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    En el artculo 16 se enumera que los concesionarios de estaciones terrenas de uso

    comercial, pagarn un impuesto por autorizacin segn la siguiente tarifa:

    Suscriptores Quetzales

    75 a 100 500.00

    101 a 1,000 2,500.00

    1,001 a 10,000 5,000.00

    10,001 en adelante 10,000.00

    Este impuesto ser pagado una sola vez y deber hacerse efectivo en la agencia de

    la Tesorera Nacional de la Direccin General de Radiodifusin y Televisin Nacional.

    Esos fondos sern privativos del Ministerio de Comunicaciones, Transportes y Obras

    Pblicas.

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    CAPTULO II

    FUSIN DE SOCIEDADES Y SU CLASIFICACIN

    2.1 DEFINICIONES DE FUSIN

    La Norma Internacional de Contabilidad Nmero 22 (NIC 22), define las fusiones

    como una combinacin de negocios que puede estructurarse de diferentes formas,

    en funcin de razones econmicas, legales, fiscales u otras consideraciones

    relevantes. Adicionalmente indica que la combinacin de negocios puede suponer el

    establecimiento de una nueva empresa, que tome el control sobre las empresas

    combinadas. Agrega que otra forma de combinacin de negocios es la unificacin de

    empresas independientes en una entidad econmica nica, como resultado que una

    de las empresas independientes se une con la otra u otras obteniendo el control

    sobre los activos netos y las operaciones de la o de las empresas absorbidas.

    Kester, Roy B. define la fusin como la unin de dos o ms empresas, en la que

    cada compaa pierde su identidad, se disuelven y todos sus derechos y

    obligaciones pasan a una nueva compaa. Las acciones de las antiguas compaas

    se canjean por las de la nueva entidad en proporcin convenida. Kester dice que la

    fusin tambin se da cuando la compaa que absorbe a dos o ms entidades, sin

    constituirse ninguna nueva y que el derecho de propiedad sobre los activos,

    privilegios y concesiones, as como las obligaciones pasa a la compaa que absorbe

    a las otras.

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    La fusin de dos sociedades puede suceder que una de ellas subsista, absorbiendo

    a las dems, o bien todas contribuyan a la creacin de una nueva firma social.

    Las fusiones estn generalmente acompaadas de un intercambio de acciones de

    la compra de otra empresa y unirlas, aunque comnmente los trminos de Fusin o

    Adquisicin son utilizados con el mismo significado, pero en la realidad cada una

    tiene su propio concepto:

    Fusin: implica que dos empresas unan sus recursos con los accionistas de

    otra, intercambiando acciones de su empresa por acciones de la otra. Proceso

    de reorganizacin de las sociedades, en que por absorcin o consolidacin,

    distintas personas fsicas y jurdicas han de relacionarse a travs de una

    agregacin de sus patrimonios.

    Adquis ic in: Resulta cuando una compaa compra las acciones o todos los

    activos de la otra empresa.

    En el campo del derecho, Rene Arturo Villegas Lara, se refiere a la fusin de

    sociedades como un fenmeno de concentracin de recursos empresariales, en la

    que desaparece por lo menos una de las empresas concentradas, reconoce que

    existe tambin fusin de sociedades en la reunin de dos o mas sociedades cuando

    las mismas forman una nueva sociedad, con el propsito de crear entidades

    comerciales que permitan el control del mercado, la eliminacin de la competencia o

    bien la defensa de intereses comunes.

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    Arturo Martnez Glvez define la fusin como una forma especial de transformacin

    de la sociedad, que se deriva de la unin o compenetracin de dos o ms

    sociedades, sealando que la fusin sirve para concentrar capitales y que la

    participacin de cada socio en el patrimonio conjunto se determina en relacin con el

    valor real de las compaas. Martnez Glvez agrega que, en el derecho

    guatemalteco la fusin se realiza por la incorporacin en la que, la sociedad

    incorporada se extingue, o por fusin propiamente dicha, en la que es creada una

    nueva sociedad, resaltando que en el primer caso, la caracterstica fundamental es la

    disolucin de la sociedad incorporada y en el segundo, la de las sociedades que se

    fundan en una nueva.

    2.1.1 EFECTOS DE LA FUSIN EN EL DERECHO MERCANTIL

    GUATEMALTECO

    a) Efectos con respecto a las sociedades fusionadas:

    La fusin por consolidacin conlleva a la extincin de todas las sociedades que

    intervienen, todas pierden su personalidad jurdica, por lo que no pueden seguir

    usando su nombre comercial, razn o denominacin social, si no se da paso a una

    nueva sociedad distinta de las anteriores y con su propia personalidad jurdica, la

    cual adquiere los derechos y obligaciones de las sociedades disueltas.

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    En la fusin por absorcin la sociedad absorbente conserva su personalidad jurdica

    y las otras sociedades se disuelven, como no hay liquidacin el patrimonio de las

    sociedades absorbidas pasan a la sociedad absorbente.

    b) Efecto con respecto a los acreedores:

    El contrato de fusin plantea el problema de la situacin de su deudor, la ley le da la

    facultad a los acreedores de las sociedades de oponerse a la fusin si sta les

    perjudica, dicha facultad la podrn hacer efectiva dentro del trmino de dos meses.

    La oposicin suspender la fusin, pero el tribunal puede autorizar que la fusin

    tenga lugar y se otorgue la escritura respectiva, previa presentacin por parte de la

    sociedad de una garanta adecuada.

    c) Efecto de la fusin respecto a los socios:

    Al dejar de ser socios de las sociedades disueltas, pasan a ser socios de la nueva

    sociedad o de la sociedad absorbente que perdura, los socios quedan sometidos a

    las nuevas estipulaciones, estatutos y polticas de la sociedad que subsiste. Tienen

    derecho a seguir recibiendo los beneficios por su participacin social convenidas en

    el acuerdo de fusin.

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    2.2 BENEFICIOS Y VENTAJAS DE LA FUSIN

    En la actualidad las empresas buscan desenvolverse en un mercado competitivo

    aumentando las alianzas entre las mismas. La principal razn para la mayora de las

    fusiones consiste en incrementar el valor de la empresa combinada, junto con un

    incremento de las utilidades, siendo importante conocer algunos de los beneficios y

    ventajas ligadas al proceso de fusin, entre las cuales estn:

    Economa Operativa:

    Esta se origina por lo general en las reducciones de costos al momento de fusionarse

    las compaas. Esto se puede dar solo cuando estas producen el mismo tipo de bien

    o servicio.

    Economa Financiera:

    La fusin de las compaas producen una razn mas alta de precio y en utilidades,

    un costo de deudas mas bajo una mayor capacidad de adquisicin de deudas para

    lograr un mayor acceso a tecnologas modernas y altamente costosas.

    Eficiencia Administrativa:

    Esto implica que la administracin de una empresa es relativamente ineficiente, por

    lo tanto la rentabilidad de los activos adquiridos podran ser mejorados mediante la

    fusin. Adems de mejorar la capacidad de las instituciones para afrontar cambios

    en las leyes.

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    Incremento en el poder de Mercado:

    Con la fusin puede obtenerse un incremento en la participacin en el mercado, es

    decir cubrir ms usuarios y territorio, lo que no permitir un ingreso fcil de la

    competencia. Por ejemplo: Dos empresas pequeas pueden ponerse de acuerdo

    para restringir su produccin y aumentar los precios, lo que a su vez incrementar sus

    utilidades.

    2.3 FORMAS DE FUSIN

    La legislacin guatemalteca reconoce la unin entre empresas, garantizando la

    propiedad privada, clasificando la forma en que esta unin puede darse: Fusin por

    Consolidacin y Fusin por Absorcin.

    Fusin por Consolidacin:

    En esta forma se crea una nueva sociedad y se disuelven todas las que se integran

    en la nueva. (16:56)

    Tambin es conocida como fusin por concentracin y se da cuando dos o ms

    sociedades se unen para formar una organizacin diferente de las anteriores.

    Una fusin por consolidacin es la combinacin de dos empresas para formar una

    nueva compaa. Una fusin ocurre cuando una compaa transfiere sus activos a

    otra y ambas dejan de existir como entidades corporativas separadas.

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    En esta forma de fusin de dos o ms sociedades nace una nueva entidad, distinta a

    las que se fusionan, disolvindose las sociedades que se integran. A esta forma se le

    conoce tambin con el nombre de Fusin Perfectaya que la nueva sociedad pasa a

    tener una personalidad jurdica propia para la realizacin de sus fines. (12:33)

    Fusin por Absorcin:

    En esta forma una sociedad absorbe a otra u otras sociedades lo que produce la

    disolucin de las absorbidas. Tambin es conocida como fusin por incorporacin

    porque se produce cuando dos o mas entidades se incorporan a otra. (16:55)

    En este tipo de fusin una empresa adquiere bienes y derechos y contrae pasivos u

    obligaciones de otra u de otras sociedades, motivando un doble efecto; la entidad

    adquiere los bienes y derechos y asume los pasivos de las dems sociedades que

    van a fusionarse, mantiene su identidad o personalidad jurdica, mientras que las

    otras sociedades que se fusionan desparecen.

    En la fusin por absorcin la sociedad absorbente mantiene su personalidad Jurdica,

    no se extingue, incorpora a su estatus social el activo y pasivo, socios, derechos y

    obligaciones de una o ms sociedades que se disuelven por el acuerdo de fusin.

    (12:33)

    Tanto en la fusin por consolidacin como el fusin por absorcin los socios de la

    entidad que prevalezca seran los mismos de las empresas que se fusionan.

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    2.3.1 Distintas Combinaciones que pueden realizarse en una fusin

    Las fusiones suelen realizarse para evitar la quiebra de una compaa, reducir la

    competencia o para facilitar la diversificacin de productos y lograr un control

    monopolista del mercado, por lo que se pueden utilizar las siguientes combinaciones

    (12:35)

    Combinacin Horizontal:

    Son las fusiones de dos empresas que producen el mismo tipo de de bien o servicio.

    Combinacin Vertical:

    Son las fusiones entre una empresa y alguno de sus proveedores o clientes.

    Combinacin Congenericas:

    Son las fusiones que ocurren dentro de la misma industria general, pero para la cual

    no existe una relacin de cliente o proveedor.

    Operadora deCable

    Operadora deCable

    Operadora deCable

    Operadora deCable

    Empresa deTelecomunicaciones

    Proveedor deInternet

    Venta deRepuestos

    Empresa deTransportes

    Transporte

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    Combinacin de Conglomerados:

    Son las fusiones de compaas que ocurren en industrias totalmente diferentes.

    (15:1)

    2.4 DIFERENCIAS ENTRE LAS FORMAS DE FUSIN

    Es importante distinguir entre fusin por absorcin y fusin por consolidacin o

    creacin:

    El primer caso se da cuando una o ms sociedades se incorporan a otra ya

    existente, trasladando sus recursos; como resultado de ello una de las

    sociedades participantes contina existiendo bajo la misma denominacin

    y personalidad jurdica y la otra queda absorbida; es decir, en la absorcin

    una sociedad absorbe el patrimonio de las dems sociedades que

    intervienen, conservando la primera su personalidad jurdica y

    desapareciendo las dems. (25:3)

    Parque deDiversiones

    Parque deDiversiones

    Restaurante

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    Tambin existe dentro del proceso de fusin el mtodo denominado de

    consolidacin, mediante el cual dos o ms sociedades entregan su

    patrimonio para formar una nueva sociedad, la cual surge con personalidad

    jurdica distinta, disolvindose todas las empresas que participan en la

    fusin.

    En ambos casos, los socios de la entidad que prevalezca seran los mismos de las

    empresas que se fusionan.

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    CAPTULO III

    ESTUDIO OPERATIVO Y FINANCIERO DE LAS EMPRESAS

    OPERADORAS DE TELEVISIN POR CABLE PREVIO A LA FUSIN POR

    ABSORCIN

    Previo a realizar el proceso de fusin las empresas deben evaluar el nivel operativo

    as como los procesos contables y polticas de cada una, obteniendo de esta manera

    informacin til para la toma de decisiones.

    3.1 ANLISIS OPERATIVO

    El anlisis operativo de las empresas operadoras de televisin por cable comprende:

    a) Planeacin:

    Proceso para establecer metas y un curso de accin adecuado para alcanzarlas

    (21:11)

    Comprende claramente el establecimiento de la misin, los objetivos de la institucin,

    la naturaleza de los productos y servicios que respaldan esa misin.

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    Hoy en da en nuestro pas, las empresas operadoras de televisin por cable, estn

    desarrollando planes estratgicos basados en la administracin por objetivos,

    tomando en cuenta planes a corto, mediano y largo plazo, involucrando para ello las

    partes esenciales de cada una de las instituciones como por ejemplo los distintos

    tipos de fusiones que se estn llevando a cabo en algunas instituciones como

    producto de las alianzas estratgicas.

    b) Organizacin:

    La organizacin es el proceso para comprometer dos o mas personas para que

    trabajen juntas de manera estructurada, con el propsito de alcanzar una meta o una

    serie de metas especficas (21:12)

    Un aspecto a considerar previo a la fusin por absorcin es la nueva estructura

    organizacional que se crear, para esto es necesario conocer la forma en que se

    encuentran estructuradas las relaciones, funciones de los elementos humanos y

    materiales de las entidades a fusionarse para alcanzar los objetivos propuestos.

    c) Integracin:

    En el proceso de fusin por absorcin la integracin del personal debe de vincularse

    estrechamente con la funcin de organizacin, de esta forma ocupar y mantener

    ocupados los puestos de trabajo. (10:20)

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    Aqu se debe de prestar atencin en el caso de las fusiones, especialmente al

    proceso de la integracin cultural, a la desvinculacin del personal y a la capacitacin

    del personal que permanece en la institucin.

    En su mayora el proceso de seleccin est orientado al servicio. Para los puestos de

    servicio al cliente se debern requerir por parte del personal que est a cargo

    conductas especiales como lo son fluidez verbal, rapidez para enfrentar problemas,

    control emocional, facilidad de relaciones interpersonales, entre otras. En el caso de

    los jefes se deber tomar especial atencin en conductas referentes al aprendizaje

    de nuevos conocimientos, capacidad de atencin mltiple, toma de decisiones,

    iniciativa, control emocional, manejo de estrs, liderazgo, entre otras. (10:20)

    d) Direccin:

    En este proceso se trata de influir en las personas para que contribuyan al

    cumplimiento de las metas institucionales y grupales.

    La gestin de las personas en los procesos de fusin requiere de un fuerte

    compromiso y liderazgo por parte de la gerencia con el apoyo del departamento derecursos humanos, como comunicador y facilitador del desarrollo de los factores

    claves que determinan el xito o fracaso de la fusin por absorcin. (10:21)

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    33

    e) Control:

    El control es un proceso que se utiliza para asegurar que las actividades se ajustana las actividades planificadas (21:13)

    Sin planes ni objetivos, el control es imposible, dado que el desempeo debe

    medirse con base en ciertos criterios establecidos.

    La funcin del control es medir y corregir el desempeo con la finalidad de garantizar

    que se han cumplido los objetivos de la institucin.

    Existen diversos tipos de control, lo cuales deben aplicarse en la fusin por

    absorcin, dichos controles son (10:21):

    Control Administrativo:

    Incluye los planes organizacionales, procedimientos y registros relacionados con el

    proceso de decisin, que llevan a la autorizacin de transacciones. Constituye as

    mismo el punto de partida para el control contable.

    Control Contable:

    Consiste en el plan que tiene como propsito la salvaguarda de los activos y

    confiabilidad de la informacin financiera. Proporciona informacin para la

    elaboracin de estados financieros y la toma de decisiones.

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    Controles Fsicos:

    Se refieren a medidas y medios de seguridad para salvaguardar los activos, registros

    contables, uso de equipo de trabajo, ejecucin y registro de transacciones. Los

    medios de seguridad estn conformados por la salvaguarda del propio lugar, es decir

    limitar el acceso al personal en ciertas reas. Los controles fsicos tambin se

    refieren a la ejecucin de transacciones, como las de atencin al pblico.

    3.2 SISTEMA CONTABLE

    Dentro de una empresa, la contabilidad tiene como fin el lograr la representacin

    razonable del patrimonio, de la situacin financiera, los resultados de la empresa y el

    flujo de efectivo, y puesto que todas estas variables vienen dadas en unidades

    monetarias, si sta vara, la contabilidad indudablemente se ver afectada.

    Para el proceso de una fusin es muy importante evaluar con diligencia profesional la

    informacin financiera de las entidades, ya que de ello depende un sin numero de

    decisiones a tomar. Y en este caso en particular en las entidades que prestan el

    servicio de televisin por cable, la fase contable de mayor importancia puede ser:

    El proceso de facturacin y cobro

    Emisin de cheques y control de cuentas bancarias

    Existencia de inventario

    Existencia de activos fijos

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    Compras y cuentas por pagar y

    Cuenta corriente de usuarios.

    Ya que en esta actividad las empresas llegan a contar con varios miles de

    suscriptores, por lo que se hace necesario contar con un buen sistema de

    computacin como punto de apoyo para establecer el monto de efectivo que se

    posee, cunto adeudan los suscriptores, cunto se les adeuda a los proveedores

    todo esto para determinar si es necesario inyectar recursos financieros, para cumplir

    con las obligaciones que se tengan. Dicho sistema de computacin debe contar con

    un adecuado respaldo como copias de seguridad que garantice que la informacin

    no se pierda al presentarse alguna eventualidad en el sistema de la empresa.

    Como se mencion anteriormente el sistema contable juega un poderoso papel en el

    proceso de fusin, ya que en sta se registran las transacciones en distintas fases,

    libros, y registros de la cuenta corriente de clientes, segn ocurren y se presentan en

    un resumen a travs de los distintos reportes financieros. Debe considerarse que el

    sistema contable conlleva que el procesamiento de la informacin requiere la

    inversin de sistemas contables que puedan absorber las operaciones tanto de la

    entidad absorbente como la de la fusionada, proporcionando control, compatibilidad,

    flexibilidad y una relacin favorable de costo/beneficio.

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    Control:

    Los socios y administradores necesitan tener control sobre sus operaciones. Los

    controles internos son los mtodos y procedimientos utilizados para autorizar las

    operaciones y proteger los activos. Por ejemplo: Utilizacin de cdigos de accesos a

    los diferentes usuarios.

    Compatibilidad:

    Un sistema compatible es aquel que trabaja eficientemente con las operaciones, el

    personal y la estructura organizacional del negocio.

    Flexibilidad:

    Los cambios por la fusin sugieren a menudo cambios en el sistema contable. Un

    sistema bien diseado satisface las necesidades acomodndose a los cambios sin

    necesidad de un cambio radical.

    Relacin Costo/Beneficio:

    Alcanzar el control, compatibilidad y flexibilidad del sistema contable es costoso,

    estos costos reducen la utilidad o beneficios que genera la fusin por eso, esnecesario evaluar y determinar si el programa contable que se posee puede

    adaptarse a las necesidades del negocio con pequeos cambios que no sobrepasen

    el costo de un nuevo sistema.

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    Con carcter general y a la hora de plantearnos el proceso de cambio en la

    contabilidad se podran hacer en primer lugar las siguientes recomendaciones(25:6):

    Preparar lo antes posible los papeles de trabajo.

    Establecer mecanismos de informacin continua de las modificaciones

    normativas que afecten al mbito empresarial.

    Llevar un sistema de contabilidad para simplificar el proceso de cambio y

    mejorar as las relaciones con otras empresas que pueden funcionar.

    El cambio en la contabilidad, podr llevarse a cabo en cualquier momento dentro del

    periodo de transicin, si bien sera conveniente fijar una fecha significativa para ello,

    como por ejemplo en el mes de diciembre, ya que cualquier otra fecha estara dentro

    del curso de un ejercicio contable y supondra problemas. En cambio, las empresas

    cuyo ejercicio econmico no coincida con el ao natural, debern hacer la

    transformacin el primer da del nuevo ejercicio de que se trate.

    Es importante que la contabilidad refleje los efectos de la fusin, en relacin a la

    productividad, rentabilidad, entre otros.

    Los mayores ingresos o gastos que se produzcan como consecuencia de la fusin

    debern reflejarse en la cuenta de resultados, contabilizndose en cuentas

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    especficas del ejercicio en el que se devenguen, para que as cualquier analista

    pueda valorar su efecto a la vista de las cuentas anuales de la empresa.

    En la memoria de cuentas anuales del ejercicio que corresponda habrn de figurar:

    Los planes elaborados para sus plazos e importes.

    El importe de las prdidas o gastos ocasionados por la fusin.

    Las diferencias causadas por la fusin, en concreto en relacin con la cifra de

    capital y los efectos que en ella ha producido.

    La cuantificacin de las diferencias del cambio a consecuencia de la fusin.

    Si la empresa tuviera operaciones o contratos de tipo de cambio respecto a

    monedas extranjeras estas debern de figurar las operaciones ms

    importantes as como el tratamiento contable seguido incluyndose los

    importes de las diferencias y los plazos de vencimiento diferenciando entre las

    partidas a cobrar y pagar.

    Las cuentas anuales, individuales y consolidadas correspondientes a ejercicios, se

    podrn expresar en la moneda nacional del pas. En el primer caso, deben incorporar

    en el balance la cuenta de prdidas y ganancias, y en la memoria las cifras de los

    ejercicios anteriores, para que se pueda comparar la informacin. Si se opta por

    presentar las cuentas anuales, ha de seguirse haciendo de la misma manera durante

    todo el perodo transitorio.

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    3.3 NECESIDADES DE LA FUSIN POR ABSORCIN

    Las entidades deben de fusionar para obtener lo beneficios siguientes:

    Crecimiento:

    Las empresas que deseen un rpido crecimiento en tamao en la gama de sus

    productos o servicios, pueden lograr este objetivo en un periodo corto al fusionarse

    con otra entidad existente. (10:27)

    Los riesgos relacionados con el diseo, construccin y promocin de nuevos

    servicios o ampliacin de ellos, son eliminados si una empresa puede fusionarse a

    otra ya existente.

    Este crecimiento puede darse de forma horizontal, de forma vertical y de

    conglomerado. El crecimiento horizontal se da cuando las empresas son de la

    misma lnea de comercio. Se dice que es crecimiento vertical cuando la empresa

    crece al adquirir o fusionarse a proveedores de materia prima o compradores de

    producto terminado. El crecimiento conglomerado comprende la combinacin de

    empresas en negocios no relacionados.

    Captacin de Fondos:

    Muchas veces las instituciones se fusionan para ampliar su capacidad de captacin

    de fondos. Una empresa puede que no est en condiciones de obtener fondos para

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    la expansin interna pero si en condiciones para obtener fondos mediante

    combinaciones comerciales externas. (10:27)

    Frecuentemente, en el caso de los conglomerados, una empresa se fusiona con otra

    que tiene activos lquidos y bajos pasivos. Esta fusin provoca inmediatamente el

    poder de crdito de la compaa y reduce su riesgo financiero, lo cual le permite

    obtener fondos externos a tasas favorables.

    Mayores Habilidades Adminis trativas:

    En muchas oportunidades las empresas se fusionan con el propsito de obtener

    cierto personal administrativo clave. Una institucin puede tener potencial alto que le

    resulta muy difcil desarrollar completamente debido a deficiencias en ciertas reas

    de la administracin e informtica. Por lo que el mismo puede optar a contratar el

    personal que necesita para estas reas por medio de una subcontratacin

    (outsourcing).

    Efectos Sinergsticos:

    Estos se refieren a las economas a escala, resultantes de los gastos generales

    menores de la institucin. Las economas de escala que generalmente resultan de

    las fusiones son los gastos generales totales menores, aumentando las utilidades a

    un nivel mayor que la suma de utilidades como instituciones independientes. (10:28)

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    Estos efectos sinergsticos son ms obvios cuando las organizaciones crecen

    horizontalmente, porque muchas de las funciones resultan redundantes de la misma

    forma en que se prescinde de los empleados que no son necesarios.

    Mayor Liquidez:

    La fusin de dos organizaciones puede proporcionarle a los dueos de la o las

    mismas una mayor liquidez. En lugar de tener acciones en una sola institucin conuna cierta cobertura de mercado, los dueos recibirn acciones que son ms

    cotizadas. No solamente es de atractivo el hecho de poder convertir las acciones en

    dinero efectivo rpidamente sino que tambin poseer acciones de las cuales se

    dispone fcilmente de cotizaciones de mercado las cuales proporcionan a los dueos

    en mejor sentido del valor de lo que tienen. (22:1)

    Mayor Eficiencia:

    Los directivos de las instituciones deben promover un proceso que enfatice la

    efectividad, es muy importante que los empleados comprendan claramente la misin

    y los objetivos estratgicos de la organizacin y la naturaleza de los productos y

    servicios que brindan el respaldo de la misin. (10:29)

    Por lo cual es muy importante definir claramente estos servicios y productos para que

    todos estn involucrados en la misin de la entidad. Si hay diferencias de percepcin

    en cuanto a la razn de ser de la unidad y la ndole de los productos que se elaboran

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    o de los servicios que se prestan, la efectividad no significa nada y es imposible de

    alcanzar. Las mejoras significativas en la efectividad son precedidas en la orientacin

    hacia el cliente, identificacin del cliente interno, definicin de sus necesidades y

    refuerzo de la organizacin para satisfacer esas necesidades.

    Acceso a Tecnologa:

    El anlisis, diseo y desarrollo de sistemas de informacin en las organizaciones haestado motivado por diferentes objetivos y necesidades tanto de los usuarios de la

    informacin como del personal del rea de informtica. Para que los clientes puedan

    recibir los beneficios que se logran con la utilizacin de la tecnologa se deben de

    modernizar los canales de distribucin y sus estrategias. (10:29)

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    CAPTULO IV

    FUSIN POR ABSORCIN DE EMPRESAS OPERADORAS

    DE TELEVISIN POR CABLE

    Dada la necesidad de ampliar su mercado y enfrentar los retos de la competencia las

    empresas operadoras de televisin por cable, utilizan la fusin por absorcin como

    una alternativa para obtener crecimiento y expansin de sus activos e ingresos, as

    como la maximizacin en la utilizacin de sus recursos. El proceso de fusin implica

    un proceso tcnico en el cual se elabora un estudio previo de la situacin financiera,

    legal y tecnolgica de las empresas a fusionarse, un proceso legal en el cual se debe

    de cumplir con las normas y requerimientos que establece la normativa legal, y la

    presentacin formal de la misma en la cual se anuncia formalmente la fusin al

    personal, proveedores y pblico en general.

    4.1 DEFINICIN

    Se produce fusin por absorcin de empresas operadoras de televisin por cable,

    cuando una empresa operadora de televisin por cable adquiere bienes y derechos y

    contrae pasivos u obligaciones de otra o varias sociedades, motivando un doble

    efecto; la entidad adquiere los bienes y derechos y asume los pasivos de las dems

    sociedades que van a fusionarse, mantiene su identidad o personalidad jurdica,

    mientras que las otras sociedades que se fusionan desparecen.

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    4.2 ASPECTOS LEGALES DE LA FUSIN POR ABSORCIN

    En la fusin por absorcin se llevan a cabo una serie de actos y acuerdos especialesentre las sociedades a fusionarse, cada una de ellas desarrolla procesos

    preparatorios que sirven de base para la unificacin de los patrimonios. Despus de

    la evaluacin de activos y pasivos por parte de la Junta Directiva de ambas

    instituciones, se define el acuerdo de fusin en donde el objetivo principal debe ser,

    ampliar la gama de productos y servicios, debiendo existir integracin en los

    procesos de ambas entidades. Aun y cuando la teora nos presenta dicha situacin el

    trabajo de tesis contempla la fusin de dos empresas operadoras de televisin por

    cable, las cuales estn ubicadas en un mismo pas y utilizan una misma unidad

    monetaria.

    El proceso legal a seguir deber cumplir con las normas y requerimientos que

    establece la legislacin guatemalteca:

    4.2.1 Constitucin Pol tica de la Repblica de Guatemala

    Ar tculo 34.- Derecho de Asociac in. Se reconoce el derecho de libre

    asociacin

    Art cu lo 43.- Liber tad de indust ria, comercio y trabajo. Se reconoce la libertad

    de industria, de comercio y de trabajo, salvo las limitaciones que por motivos sociales

    o de inters nacional impongan las leyes.

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    4.2.2 Ley del Impuesto Sobre la Renta

    Ar tculo 6.- Rentas Exentas. Estn exentas del impuesto.... m) Los dividendos y

    participaciones de utilidades, siempre que los contribuyentes que distribuyan dichos

    dividendos y participaciones hayan pagado el total del impuesto que les corresponda.

    Ar tculo 12.- Apor te de Bienes En caso de disolucin de personas jurdicas y de

    los entes y patrimonios al efectuarse la distribucin de bienes a sus socios,

    accionistas o integrantes, constituye renta bruta para stos, la diferencia entre el

    valor residual que los mismos tengan para la empresa a la misma fecha

    Ar tculo 14.- Revaluacin de Activos Fijos.....e) Cuando se enajene cualesquiera

    de los bienes revaluados, se considerar ganancia de capital la diferencia entre el

    valor de la enajenacin del bien y el valor en libros del bien en la fecha de la

    enajenacin, ms los gastos establecidos.... El supervit por revaluacin no podr

    distribuirse como utilidad...

    Ar tculo 9 del Reglamento.- Revaluac in de Activos Fijos. ...El monto de la

    revaluacin y el impuesto pagado, se consignarn en la declaracin jurada del

    perodo de liquidacin definitivo anual, durante el cual se realiz la revaluacin, como

    renta no afecta

    Ar tculo 20.- Casos de Transferenc ia y Fus in. En el caso de Transferencia de

    Bienes a cualquier ttulo, incluso por fusin de personas jurdicas o incorporacin de

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    bienes que incrementen el capital de personas individuales o aportes a personas

    jurdicas que se constituyan o ya constituidas, la depreciacin y amortizacin se

    calcular sobre el valor de compra o adquisicin del bien depreciable por el

    contribuyente, o, en caso de fusin, sobre el saldo no depreciado del bien para la

    entidad fusionada

    Art cu lo 25.- Regla General La ganancia o prdida resultante de la transferencia,

    cesin, compra-venta, permuta u otra forma de negociacin de bienes o derechos,

    realizada por personas individuales o jurdicas, cuyo giro habitual no sea comerciar

    con dichos bienes o derechos, constituye ganancia o prdida de capital...

    Ar tculo 27.- Valor de Transferenc ia.El valor de operacin es el convenido por las

    partes el que debe ser igual al consignado en el instrumento que se otorgue y no

    podr ser menor al valor que corresponda a los bienes o derechos a la fecha de la

    misma

    Ar tculo 40.- Deducc in por Reinversin de Uti lidades provenientes de Rentas

    Gravadas, en Planta, Maquinaria y Equipo y en Capital Humano. ... d) la

    deduccin por reinversin de utilidades no podr, en ningn caso, ser consideradacomo prdida de operacin del perodo anual de imposicin, ni trasladarse a

    perodos posteriores.

    Ar tculo 55.- Declaracin Jurada Especial por Cese de Actividades. Debe

    presentarse una declaracin Jurada Especial y Extraordinaria, con las formalidades

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    exigidas... y pagarse el impuesto, dentro de los noventa (90) das hbiles siguientes

    a la fecha en que se produzca el cese total de actividades del contribuyente. Para el

    cese de actividades, la fecha ser el da en que se produzca tal hecho...

    4.2.3 Ley del Impuesto al Valor Agregado

    Ar tculo 7.- De las Exenciones Generales. ... 3. La transferencia de bienes

    muebles e inmuebles en los siguientes casos: a) Aportes a sociedades civiles y

    mercantiles. b) Fusiones de sociedades...

    4.2.4 Cdigo de Comercio

    Ar tculo 16.- Solemnidad de la Sociedad. La constitucin de la sociedad y todas

    sus modificaciones, incluyendo fusin, disolucin o cualquiera otras reformas o

    ampliaciones, se harn constar en escritura pblica

    Ar tculo 27.- Aportaciones no dinerarias. Los bienes que no consisten en dinero,

    aportados por los socios, pasarn al dominio de la sociedad, sin necesidad de

    tradicin y se detallarn y justipreciarn en la escritura constitutiva o en el inventario

    aceptado por los socios, el que deber protocolizarse

    Ar tculo 37.- La reserva legal podr capi tal izarse. La reserva legal no podr ser

    distribuida en forma alguna entre los socios, sino hasta la liquidacin de la sociedad

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    Ar tculo 105.- Derecho de los Accionistas. La accin confiere a su titular la

    condicin de accionista y le atribuye como mnimo, los siguientes derechos:

    1. El de participar en el reparto de las utilidades social y del patrimonio resultante de

    la liquidacin.

    2. El derecho preferente de suscripcin en la emisin de nuevas acciones

    3. El derecho de votar en Asambleas Generales

    Ar tculo 231.- Derecho de separacin en Sociedades Accionadas. En las

    sociedades por acciones los socios pueden obtener su separacin.... cuando la

    sociedad....se transforme o fusione. El derecho de separacin corresponde slo a los

    accionistas que votaren en contra de la resolucin

    Ar tculo 237.- Causa de Disoluc in. Las sociedades se disuelven totalmente por

    cualquiera de las causas siguientes: 3. Resolucin de los socios tomada en Junta

    General o Asamblea General Extraordinaria...

    Ar tculo 241.- Conservac in de Personal idad Jurd ica. Disuelta la sociedad

    entrar en liquidacin, pero conservar su personalidad jurdica hasta que aquella se

    concluya y durante ese tiempo deber aadir a su denominacin o razn social las

    palabras: En Liquidacin...

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    Ar tculo 248.- Orden de Pagos.En los pagos, los liquidadores observarn en todo

    caso el orden siguiente.

    1. Gastos de liquidacin.

    2. Deudas de la Sociedad.

    3. Aportes de los socios

    4. Utilidades.

    Ar tculo 251.- Dis tr ibuc in de Remanentes. En la liquidacin de las sociedades

    accionadas, los liquidadores procedern obligadamente a distribuir el remanente

    entre los socios con sujecin a las reglas siguientes: 1. En el Balance General

    final se indicar el haber social distribuible y el valor pagadero a cada accin

    Ar tculo 256.- Formas de Fus in.La fusin de varias sociedades puede llevarse a

    cabo en cualquiera de estas formas:

    1. Por la creacin de una nueva sociedad y la disolucin de todas las anteriores que

    se integran a la nueva.

    2. Por la absorcin de una nueva o de varias sociedades por otra, lo que produce la

    disolucin de aquellas.

    En todo caso, la nueva sociedad o aquella que ha absorbido a las otras, adquiere los

    derechos y obligaciones de las sociedades disueltas

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    Ar tculo 257.- Normas que Rigen . Cuando la fusin de varias sociedades haya de

    resultar una distinta, su creacin se sujetar a los principios que rigen la constitucin

    de la sociedad a cuyo gnero haya de pertenecer

    Ar tculo 258.- Responsabil idad que no cesa. La responsabilidad ilimitada y

    solidaria de los socios activos y de los comanditados, no cesa por la fusin, respecto

    de las obligaciones derivadas de actos anteriores a ella

    Ar tculo 259.- Resolucin e Inscr ipcin. La fusin deber ser resuelta por el

    rgano correspondiente de cada una de las sociedades en la forma y trminos que

    determina su escritura social.

    Los acuerdos de fusin deben inscribirse en el Registro Mercantil, siendo ttulo

    suficiente para ello, actas notariales en las que se transcriba lo acordado por cada

    sociedad.

    Hecho el registro, debern publicarse conjuntamente los acuerdos de fusin y el

    ltimo Balance General en el Diario Oficial y en otro de los de mayor circulacin en el

    pas por tres veces en el trmino de quince das

    Ar tculo 260.- Plazo para autor izar la Escri tura. La fusin no podr llevarse a

    cabo antes de transcurrido dos meses, contados desde la ltima publicacin de los

    acuerdos que mencionan el artculo anterior, y hasta entonces se podr otorgar la

    correspondiente Escritura Pblica, salvo que conste el consentimiento escrito de los

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    respectivos acreedores, o el pago directo por medio de depsito de las sumas

    correspondientes, en un banco del sistema a favor de los acreedores que no han

    dado su consentimiento. Todo lo cual se har constar en Escritura.

    En este ltimo caso citado las deudas a plazo se darn por vencidas el propio da del

    depsito.

    Dentro del trmino de dos meses los acreedores de las sociedades que han

    acordado fusionarse pueden oponerse a la fusin, oposicin que se tramitar en el

    juicio sumario ante juez de primera instancia de lo Civil. La oposicin suspender la

    fusin pero el Tribunal puede autorizar que la fusin tenga lugar y se otorgue la

    escritura respectiva, previa presentacin por parte de la sociedad de una garanta

    adecuada

    Ar tculo 261.- Responsabil idad del Inconforme.El socio que no est de acuerdo

    con la fusin puede separarse pero su aportacin y responsabilidad personal

    ilimitada, si se trata de un socio colectivo o comanditado, continuar garantizando el

    cumplimiento de las obligaciones contradas antes de tomarse el acuerdo de fusin

    4.2.5 Cdigo Tributario

    Ar tculo 27.- Responsabil idad so lidar ia de qu ienes adquieren bienes y

    derechos. Son solidariamente responsables con los anteriores propietarios, como

    sucesores a ttulo particular de bienes y derechos adquiridos, por el cumplimiento de

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    las obligaciones tributarias generadas por el dominio y transferencias de los

    respectivos bienes:... 3. Las personas individuales o jurdicas que adquieran

    empresas por fusin, transformacin o absorcin, respecto de los tributos que

    adeuden los propietarios de las fusionadas, transformadas o absorbidas...

    Ar tculo 62.- Exencin. ... Es la dispensa total o parcial del cumplimiento de la

    obligacin tributaria, que la ley concede a los sujetos pasivos de sta... Si concurren

    partes exentas en los actos o contratos la obligacin tributaria se cumplir

    nicamente en proporcin a la parte o partes que no gozan de exencin"

    Ar tculo 65.- Alcance de las Exenciones Tributar ias Las exenciones y beneficios

    tributarios que se otorguen sern aplicables, exclusivamente, a los contribuyentes

    que realicen en forma efectiva y directa, actividades, actos o contratos que sean

    materia u objeto especfico de tal exencin o beneficio mientras cumplan con los

    requisitos legales previstos en las leyes que los conceden. En ningn caso los

    beneficios obtenidos podrn transferirse a terceros por ningn titulo

    Ar tculo 120.- Inscr ipcin de Contr ibuyentes y Responsables Todos los

    contribuyentes y responsables estn obligados a inscribirse en la AdministracinTributaria antes de iniciar sus actividades afectas Toda modificacin de los datos

    de inscripcin deber de comunicarse a la Administracin Tributaria, dentro del plazo

    de treinta (30) das de ocurrida. Asimismo y dentro de igual plazo se avisar del cese

    definitivo de la actividad respectiva, para la cancelacin del registro que corresponda

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    4.2.6 Normas Internacionales De Contabilidad

    La Norma Internacional de Contabilidad (NIC) No. 22 hace referencia a lacombinacin de negocios en su prrafo 5 indica: una combinacin de negocios

    puede dar lugar a una fusin, de las contempladas por la ley. Aunque los requisitos

    para una fusin legal difieren segn pases, por lo general una fusin legal es una

    fusin entre dos sociedades en la cual:

    a) Los activos y pasivos de una sociedad se transfiere a otra, disolvindose la

    primera;

    Como la fusin por absorcin de sociedades implica la transferencia de propiedad,

    planta y equipo es importante conocer algunos aspectos relacionados a la forma de

    registrar el costo de los mismos:

    La Norma Internacional de Contabilidad (NIC) No. 16 Propiedades, Planta y Equipo

    indica que los activos fijos deben valuarse a su costo de adquisicin o construccin.

    El costo de adquisicin incluye el precio pagado de compra ms todos los gastos

    necesarios para tener el activo en lugar y condiciones que permitan su

    funcionamiento, como los derechos y gastos de importacin, fletes, seguros, gastos

    de instalacin o acondicionamiento necesario para que el activo comience a operar.

    Sin embargo la NIC 16 prrafo 3 expone lo siguiente: En algunos casos, las

    Normas Internacionales de Contabilidad permiten que la capitalizacin inicial del

    importe de los elementos de propiedad, planta y equipo, se determine utilizando un

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    mtodo diferente al exigido por esta norma. Este es el caso, por ejemplo, de la NIC

    22, que obliga, cuando aparezca plusvala minusvala comprada, a medir

    inicialmente las propiedades, planta y equipo procedentes de la combinacin a su

    valor razonable, aunque esta cantidad exceda el costo de tales activos

    El valor razonable se define en la NIC 16 como la cantidad por la cual puede ser

    intercambiado un activo entre un comprador y un vendedor debidamente informados,

    en una transaccin libre.

    4.3 PROCESO DE LA FUSIN POR ABSORCIN

    4.3.1 Evaluacin organizacional, compatibilidad de los sistemas, mtodos y

    procedimientos

    El proceso de fusin por absorcin de una institucin se define como una serie de

    actividades encaminadas a unir, combinar o integrar dos o mas entidades

    participantes, que tienen como objeto inmediato el crecimiento y la expansin de los

    activos, ingresos y participacin en el Mercado como parte de una estrategia

    motivada por factores internos, de instituciones que buscan crecer econmicamente;

    y la fusin motivada por factores externos, de instituciones que por no poder competir

    en el mercado que amenaza con la desaparicin de las mismas, buscan la fusin

    como medio de salida a sus problemas de liquidez y solvencia. (16:86)

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    Para realizar la evaluacin del proceso de fusin es necesario contar con equipo

    multidisciplinario conformado por profesionales de diversas ramas como, abogados,

    Administradores, Ingenieros Industriales, Ingenieros en Sistemas y por supuesto

    Contadores Pblicos y Auditores y Otras, dichos profesionales formaran un equipo

    de trabajo del proceso de fusin, siendo su objetivo primordial evaluar las

    disposiciones legales, reglamentarias y contables antes mencionadas,

    comportamiento de los clientes y de la competencia, actitud del personal,

    compatibilidad de la tecnologa y otras situaciones como problemas legales no

    previstos que se pueden traducir en perdidas provisionales o definitivas.

    El equipo de trabajo o equipo negociador deber proveer a los accionistas,

    potenciales inversionistas y al rgano Supervisor, seguridad razonable que los datos

    de las operaciones de las entidades fusionantes podrn ser adecuadamente

    migrados y procesados para producir informacin operacional, contable y de manejo

    de riesgos, confiable y oportuna. Dichos sistemas deben adecuarse a las

    necesidades de informacin de la entidad adquiriente proporcionando informacin

    sobre: operaciones de cuenta corriente de clientes, Pagos Anticipados, registros de

    Bienes Muebles e Inmuebles, Cuentas por Pagar, Provisiones, Impuestos y dems

    registros contables para producir informacin para administrar riesgo.

    Las reas que por lo general son asignadas al Contador Pblico y Auditor en su

    calidad de Auditor Interno o externo en el desarrollo de un proceso de fusin por

    absorcin son:

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    a) Estudio de preadquisicin:

    Con esta fase se comienza el proceso, la cual involucra un auto-examen de lacompaa y del gremio de empresas operadoras de televisin por cable, identificando

    el alcance de los beneficios colaterales o valor agregado (22:4)

    Entender la estructura de la industria y fortalecer al negocio principal

    Capitalizar en economas de escala

    Explotar la tecnologa o transferir habilidades

    Participacin geogrfica y mercado.

    Estos puntos pueden ser elaborados despus de haber valuado a la propia empresa,

    si se conocen las fortalezas y debilidades y si se entiende la estructura cambiante de

    su industria se pueden generar ideas que permitan identificar las mejores

    propuestas.

    b) Seleccin de candidatos a fusionarse o adquirir:

    Es necesario saber que la empresa que desea fusionarse tendr un criterio sobre las

    otras empresas, sabiendo que habrn empresas pequeas, medianas, grandes o

    que estn en negocios no relacionados, por lo tanto podrn decidir cuales pueden

    ser eliminadas y enfocarse a un listado de empresas con posibilidades mas

    realistas, evaluando a cada empresa, identificando una estrategia explicita para cada

    una. Dentro de los criterios que se toman en consideracin estn: (22:4)

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    Tipo de negocio

    Crecimiento de la rentabilidad de la empresa

    Retorno sobre capital (total de activos, capital invertido, etc.)

    Valor en libros a valor de mercado y precio de compra

    Ventas/Mercado

    Posicin geogrfica

    Relaciones laborales industriales y su criterio

    Caractersticas administrativas de la empresa

    Criterios de medicin (ventas/mercadeo, financiero, administrativo,

    geogrfico).

    4.3.2 Evaluacin financiera y de riesgos en el proceso de fusin

    Al contemplar la posibilidad de una fusin es importante hacer un anlisis financiero,

    as como de los riesgos que esto podra generar, por lo que se presentan algunos

    aspectos a considerar:

    a) Evaluacin financiera en el proceso de fusin:

    Uno de los pasos mas importantes en un proceso de fusin es el evaluar a la

    empresa, en cuanto a este caso en particular como es el servicio de televisin por

    cable, uno de los activos mas importantes es la cartera de clientes, por lo que se

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    convierte en un rubro que debe analizarse detenidamente ya que puede d