FP DUAL. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROGRAMA SON LAS SIGUIENTES: Alumnado entre 16 y 30 años...
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FP DUAL
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROGRAMA SON LAS SIGUIENTES:
Alumnado entre 16 y 30 años inscritos en Lanbide.
Contrato Laboral para la Formación y el
Aprendizaje.
El trabajo realizado por el alumno en la empresa debe estar estrechamente relacionado con el perfil profesional del ciclo formativo.
El alumnado que participe en el programa está
exento del módulo de FCT.
Los proyectos contemplan
generalmente un primer curso del
ciclo formativo en el propio centro educativo y un
segundo curso de formación en alternancia,
soportado en un contrato laboral de 1 año de duración.
La evaluación se comparte
entre el centro y la empresa.
ARTICULO .1 OBJETIVO
Resolución de 21 de enero de 2014, del vice-
consejero de Formación Profesional, por la que se
hacen públicos los procedimientos y plazos para la
presentación de proyectos de formación
profesional dual en régimen de alternancia por
parte de centros públicos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
2. FINALIDAD Y AMBITO DE APLICACIÓN
La finalidad del programa es posibilitar a los jovenes la
obtención de un titulo de Formación Profesional, a través de
un proceso de aprendizaje que se desarrolla de manera
compartida entre el centro de formación y en la empresa
Se dirige a centros que cuenten con jóvenes que están matriculados en las enseñanzas conducentes a la obtención de un titulo de Técnico o Técnico Superior de formación profesional, para que presenten proyectos que posibiliten que el alumnado realice su aprendizaje en régimen de alternancia entre el centro y una empresa.
3.MODALIDADES DEL PROGRAMA
Los programas de formación dual estarán basados
en la modalidad de contrato para la formación y el
aprendizaje.
4. CARACTERITICAS GENERALES
La actividad formativa inherente al programa será, la menos, la necesaria para la obtención de
un titulo de formación profesional de grado medio o
superior.
Deberá garantizarse que la duración total del programa
permita al alumnado alcanzar, al menos, los resultados de
aprendizaje contenidos en los diferentes módulos
profesionales del titulo, así como los aspectos de formacion
de especialización acordados con la empresa.
La formacion profesional dual en regimen de
alternancia se desarrollara mediante la coparticipación
de centro de formacion y empresas.
En el centro de formacion la actividad sera impartida
por profesorado de las especialidades o titulación
establecidas en la normativa correspondiente.
El trabajo realizado por el alumnado en la empresa debe
estar estrechamente relacionado con el perfil del
ciclo formativo y con las especializaciones
programadas.
Las actividades de enseñanza-aprendizaje en el centro deben adaptarse a la alternancia para permitir que la diversidad de aprendizaje en el empresa y en el centro
de formacion se integren adecuadamente .
Los procesos de enseñanza-aprendizaje
en régimen implica necesariamente un
seguimiento diferente al de la formacion
presencial convencional:
Se designara un tutor/a del centro que acompañara al
alumno/a y a la empresa para mantener el lazo entre la
experiencia profesional y el programa y su recorrido
formativo.
ARTICULO 5. CARACTERÍSTICAS PARTICULARES
El alumnado participante en este programa mantendrá
simultáneamente una relación con un centro de formacion
por su matriculación en un ciclo formativo y una relación
laboral con una empresa sustentada en un contrato de
trabajo para la formacion y el aprendizaje.
La actividad laboral de los y las estudiantes
que participen en el programa se sustenta en el
contrato para la formacion y el aprendizaje
regulado en el articulo 11.2 del texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995,
de 24 de marzo. Contaran con plenos derechos
laborales y de protección social.
Los aspectos concretos relativos a la identificación de alumnado y de
la empresa, los calendarios, jornadas y horarios en el centro y en la
empresa, se reflejan en el documento anexo al contrato de trabajo.
El alumnado que participe en un programa basado en el contrato de
formacion y el aprendizaje estará exento total o parcialmente del
modulo de Formacion en Centro de Trabajo( FCT)
ARTÍCULO 6: REQUISITOS DE LOS PROYECTOS
• Alumnos/ as matriculados en un ciclo formativo de FP en un centro publico de la Comunidad Autónoma Vasca.
• Edades comprendidas entre los 16 y 30 años en el momento de la suscripción del contrato.
Podrán ser propuestos para tomar
parte en este programa:
Para optar a bonificaciones de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social el alumnado participante deberá cumplir los requisitos exigidos por la normativa laboral que regula el contrato para la formacion y el aprendizaje.
Para optar a las ayudas de Lanbide – Servicio vasco de Empleo el alumno/a deberá estar inscrito en dicho servicio como demandante de empleo.
Para optar a la ayudas los centros de Producción deberán estar radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La vice consejería de Formacion Profesional podrá autorizar proyectos con centros ubicados fuera respetando en todo caso la previsión contemplada en el punto 1 de articulo 6 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de Diciembre,
Para el desarrollo del
programa de formacion en
régimen de alternancia, el
centro solicitante debe
garantizar la presencia y el
seguimiento del mismo por
parte de un tutor o tutora en
el centro docente y un tutor/a
en la empresa.
7. Características de los proyectos
Con carácter general, los proyectos contemplan un primer curso
del ciclo formativo y un segundo de formacion en régimen de
alternancia entre el centro y la empresa.
La duración de la formacion desarrollada en el centro deberá
respetar, al menos, las horas atribuidas cada módulo y no podrá
rebasar las horas atribuidas.
El alumno/a deberá compartir periodos de estancia en la empresa
con otros en el centro de formacion.
Podrán incluirse estancias de formacion en centros tecnológicos o
de I+D+I bajo la coordinación y dependencia de la empresa en
base al contrato firmado.
Los proyectos deberán finalizarse
dentro de las fechas reguladas por el
calendario escolar.
Para el desarrollo del programa de
formacion en régimen de alternancia, el
centro solicitante debe garantizar la
presencia y el seguimiento del mismo
por parte de un tutor o tutora en el
centro docente y un tutor/a en la
empresa.
ARTICULO 8. PRESENTACIÓN Y GESTIÓN DE LOS PROYECTOS.
Los centros de Formación Profesional podrán presentar sus proyectos en colaboración con empresas con capacidad de contratar en la ocupación(es) de referencia del titulo de formacion profesional para el cual se haya matriculado el alumno/a.
El responsable del centro debera asegurarse que la empresa cuenta con los medios necesarios para que se de un correcto proceso de aprendizaje.
Los directores/as de los centros deberán presentar los proyectos en las fechas fijadas.
ARTICULO 9. SELECCIÓN DEL ALUMNADO
La selección se realizara en base a unos criterios previamente establecidos.
Los alumnos/as mayores de edad, o es su caso, los tutores legales, tendran derecho a la adecuada información y orientación sobre los proyectos:
Finalidad.
Empresa, puesto y actividades a desempeñar.
Calendario y horarios.
Terminos de contratacion.
Normas internar de la empresa.
Para poder continuar en el programa, el alumnado deberá superar en la convocatoria establecida la totalidad de los módulos profesionales del ciclo formativo correspondientes al primer curso.
Por faltas de asistencia o de puntualidades injustificadas.
En caso de exclusión o abandono voluntario, el alumno/a deberá reintegrarse, si lo desea, a un grupo ordinario para la continuidad de sus estudios.
Otras
ARTICULO 11. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PROYECTOS
Los
dire
ctor
es/a
s de
l ce
ntro
:
Deberán presentar las solicitudes dentro de los plazos
establecidos y contener la siguiente información.
Identificación del:
Centro
Ciclo formativo
Empresa
Alumno/a
Horas anuales del contrato ( en caso de contratos de formación
y aprendizaje)
Junto con la solicitud deberá presentarse un documento proyecto con:
• Nombre del titulo de FP + perfil profesional + módulos profesionales y unidades que lo componen.
• Identificación del alumnado participantes y datos de las empresas • Identificación de los diferentes tutores ( centro + empresa)• Identificación del puesto de trabajo.• Duración horaria total. • Calendario y distribución horaria. • Programación para el alumnado acordado con la empresa. • Programación de la formacion especifica. • Plan detallado de atención al alumnado por parte de sus tutores. • Procedimiento de evaluación.• Previsión en caso de renuncia. • Compromiso escrito y firmado por el alumnado.
ARTICULO 12. TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
Todos los tramites se realizaran a través de :
https://educacion.hezkuntza.net/group/deialdiak
ARTICULO 14. PLAZOS Y LUGARES
Comienzo:
• Dia siguiente de publicación de la resolucion hasta 30/4/2014.
Instrucciones en:
• https://educacion.hezkuntza.net/group/deialdiak/alternanciafp/
Tramites posteriores en:
• https://educacion.hezkuntza.net/group/deialdiak
Cuando el proyecto de formacion en régimen de
alternancia abarque mas de un curso
académico, el alumno deberá superar todos los
módulos correspondiente al primer curso en el
momento previsto para la evaluación del grupo al
que pertenezca, para poder continuar cursando el
segundo curso en la modalidad de alternancia, de
acuerdo con lo indicado en el articulo 10 de esta
resolución .
ARTICULO 16. EVALUACIÓN DEL ALUMNADO
La evaluación del alumnado en los módulos realizados íntegramente en el centro educativo será realizada por el profesorado de dichos módulos.
La evaluación será responsabilidad tanto del profesorado correspondiente como del tutor/a de la empresa.
ARTICULO 17. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA
La dirección de Formacion y Aprendizaje realizara el seguimiento de
los proyectos aprobados.
Inspección educativa realizara el seguimiento del desarrollo de los
programas.
Al finalizar los proyectos se elaborará una memoria informativa por
parte de los centros.