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FORMATO PARA PRESENTACIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS PROPIOS Departamento de Educación Secretaría Regional Ministerial de Educación Región Metropolitana Documento de Apoyo Nº 1/2014

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FORMATO PARA

PRESENTACIÓN DE PLANES Y

PROGRAMAS PROPIOS

Departamento de Educación

Secretaría Regional Ministerial de Educación

Región Metropolitana

Documento de Apoyo Nº 1/2014

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Introducción

El DFL2 /2010 en su art. 31º, establece que los Establecimientos Educacionales tendrán

libertad para desarrollar Planes y Programas propios de estudio que consideren

adecuados para el cumplimiento de los objetivos generales definidos en las Bases

Curriculares y de los complementarios que cada uno de ellos fije, los que presentarán

para su aprobación a las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Educación.

Por otra parte, el Decreto Nº 220/1998 en sus artículos 5º y 6º y Decreto Nº 822/1996 en su

artículo 1º, otorgan facultades a las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación

para que, en nombre del Presidente de la República, aprueben los Planes y Programas

propios que presenten los Establecimientos Educacionales, mediante la dictación de una

Resolución Exenta.

Los Sostenedores, Directores y Jefes de UTP, de establecimientos educacionales que

presenten Planes y Programas propios de estudio, deberán considerar el contexto

normativo curricular que fundamenta la solicitud y la respuesta que esta Secretaría

Regional Ministerial de Educación, debe dar a la petición.

1. El Sistema Educacional en Chile se estructura y se organiza en torno a (y en función

de) un currículum nacional único e igual para todos.

i. En efecto, el contexto es el sistema educacional regulado, entre otras, por el DFL

Nº 2/2010 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº20.370,

General de Educación, con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de

Ley Nº 1, de 2005; y, por la Ley Nº 20529/2011, que establece Sistema Nacional de

Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su

fiscalización.

ii. El artículo 1º del DFL Nº 2/2010, que indica los propósitos de la norma, entre otros,

expresa:

“(…) fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles

de educación Parvularia, Básica y Media; y,

regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento (…)”

iii. En los artículos Nº 19 y Nº 20, el DFL Nº 2 define los niveles de educación básica y

media, establece la finalidad (o propósito fundamental) de cada uno de ellos; y el

medio para lograrla:

Art. 19.

La Educación Básica es el nivel educacional que se orienta hacia la formación

integral de los alumnos, en sus dimensiones física, afectiva, cognitiva, social,

cultural, moral y espiritual, desarrollando sus capacidades de acuerdo a los

conocimientos, habilidades y actitudes definidos en las bases curriculares que se

determinen en conformidad a esta ley, y que les permiten continuar el proceso

educativo formal.

Art. 20.

La Educación Media es el nivel educacional que atiende a la población escolar

que haya finalizado el nivel de Educación Básica y tiene por finalidad procurar que

cada alumno expanda y profundice su formación general y desarrolle los

conocimientos, habilidades y actitudes que le permitan ejercer una ciudadanía

activa e integrarse a la sociedad, los cuales son definidos por las bases curriculares

que se determinen en conformidad a esta ley.

Este nivel educativo ofrece una formación general común y formaciones

diferenciadas. Estas son la Humanístico-Científica, Técnico Profesional y Artística, u

otras que se podrán determinar a través de las referidas bases curriculares.

La formación diferenciada Humanístico-Científica, está orientada a la

profundización de áreas de la formación general de interés de los estudiantes. La

formación diferenciada Técnico-Profesional está orientada a la formación en

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especialidades definidas en términos de perfiles de egreso en diferentes sectores

económicos de interés de los alumnos. La formación diferenciada Artística está

orientada a la formación especializada definida en términos de perfiles de egreso

en las diferentes áreas artísticas de interés de los alumnos.

Dicha enseñanza habilita, por otra parte, al alumno, para continuar su proceso

educativo formal a través de la educación superior o incorporarse a la vida del

trabajo.

iv. Por su parte, la Ley Nº 20529/2011, que establece el Sistema Nacional de

Aseguramiento de la Calidad, expresa:

Artículo 2º

El Sistema actuará sobre la educación formal, de acuerdo a los objetivos

generales y sus respectivas bases curriculares señalados en la ley N° 20.370,

General de Educación, y operará mediante un conjunto de políticas, estándares,

indicadores, evaluaciones, información pública y mecanismos de apoyo y

fiscalización a los establecimientos, para lograr la mejora continua de los

aprendizajes de los alumnos, fomentando las capacidades de los establecimientos

y sus cuerpos directivos, docentes y asistentes de la educación.

Artículo 3º

El Sistema considerará:

a) Estándares de aprendizaje de los alumnos, referidos a los objetivos generales

señalados en la ley y sus respectivas bases curriculares; otros indicadores de

calidad educativa y estándares indicativos de desempeño de los establecimientos

educacionales y sus sostenedores.

POR LO TANTO,

Presentar Planes Y Programas Propios significa, entonces, que:

Los responsables de la organización y conducción, para el cumplimiento de los

objetivos educacionales y de aprendizaje, de los establecimientos educacionales que

presentan planes y programas propios, tienen meridianamente claro, sobre la base de

la normativa vigente, que es el currículum el que organiza a los establecimientos

educacionales en modalidades de educación e, interiormente, en niveles y cursos; así

como se puede inferir, hipotéticamente, que, el currículum, de carácter único, igual

para todos y universal, es el gran “constructor”, de un cierto nivel o peldaño, de

equidad en educación, en el aspecto “desarrollo humano”;

Sostenedores, Directivos, Conductores Técnicos, Docentes y Padres, Madres y

Apoderados de todo establecimiento educacional que cuente con Reconocimiento

Oficial, debe respetar esta norma, característica del sistema educacional vigente, no

sólo al presentar planes y programas propios para ser analizados sino también,

actualizando los planes y programas que estructuran su proceso de enseñar, según las

Bases Curriculares que el Ministerio formule.

En breve, los establecimientos que presenten sus Planes y Programas propios deben

presentar:

A. Objetivos de Aprendizaje/Objetivos de Aprendizaje Transversales, determinados

por las respectivas Bases Curriculares, en un orden diferente al señalado por el

Ministerio; y además,

B. Agregar Objetivos de Aprendizaje complementarios, que se orientan en el sentido

del P.E.I de cada Liceo, Colegio y/o Escuela.

En síntesis, los establecimientos deben analizar muy detenida y claramente la necesidad

efectiva de presentar planes y programas propios y, al hacerlo, deben evitar:

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parafrasear los objetivos presentados en las Bases,

dividirlos en dos o tres objetivos, y/o

separar: contenidos, habilidades.

En este contexto, se entrega a Sostenedores, Directores y Jefes UTP de los establecimientos

educacionales que cuentan con Reconocimiento Oficial, un formato que les permita

entregar información pertinente y relevante, que acompañe a la solicitud de aprobación

y a los programas y planes cuya aprobación se solicita.

Formato con antecedentes necesarios:

i. Antecedentes que identifican al establecimiento;

ii. Antecedentes atingentes del proceso de enseñar/aprender:

De carácter normativo: Resoluciones Exentas / Decretos;

De carácter pedagógico: plan de estudio actual/plan de estudio modificado,

uso de las TIC’s, formas pedagógicas de atención a la diversidad (inteligencias

múltiples, inmadurez afectiva, por ejemplo);

De carácter didáctico: descripción breve de los programas de estudio que

solicita aprobar, incorporando en los Objetivos de Aprendizaje las habilidades y

actitudes que se intenciona desarrollar.

(Descripción breve significa: explicitar --¿y explicar concisamente?-- la estructura del

programa apuntando a su valor/su dinámica para guiar/conducir con efectividad la

acción de enseñar/de incorporar los objetivos de aprendizaje)

La presentación debe considerar dos ejemplares: uno vuelve timbrado al establecimiento,

el otro va al archivo de la SECREDUC.

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FORMATO DE PRESENTACIÓN

I. ANTECEDENTES GENERALES:

1. ANTECEDENTES ESTABLECIMIENTO:

Nombre del E.E.:

RBD:

Nombre del Director:

Dirección EE:

Comuna:

DEPROV:

Mail:

Fono:

Celular:

Dependencia:

Nombre Entidad Sostenedora:

Nº de Semanas de clases:

Nivel Presentado:

2. ANTECEDENTES CURRICULARES.

1. Situación curricular:

[Registre y adjunte en su solicitud, los documentos normativos que sustentan el Plan y

los Programas que se desarrollan actualmente, (antes que entre en vigencia la

modificación), en el establecimiento].

Por ejemplo:

- Resolución Exenta Nº 11111/2040, que aprobó…….; o,

- Decreto Exento Nº 99999/2081, que aprobó……; o,

- Decreto Supremo Nº 71718/1814, que aprobó

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2. Propuesta del establecimiento.

- Plan de estudio actual (antes de la modificación solicitada)

- Exponer breve y claramente:

la modificación que solicita se autorice de (Plan de Estudio/Curso,

Programa de Asignatura/curso); o,

el Plan de Estudio, que solicita aprobar; y,

el o los Programa/s, señalando la asignatura y cursos.

[NOTA: ver separata adjunta con matrices para presentar los planes de estudio, acorde

a los Decretos Exentos Nº 2960/2012, Nº 1363/2011 modificado y Nº 1358/2011 modificado;

y, una sugerencia de estructura para presentar los Programas de estudio.]

3. Complemento de información:

- Exponer brevemente la fundamentación de lo que solicita.

- Exponer brevemente la importancia en relación al contexto de mejoramiento del

establecimiento; es decir, mejoramiento de los logros de aprendizaje, de las

prácticas de enseñanza y de planificación del cumplimiento del currículo en el

aula; de las prácticas acotadas de reforzamiento, y de evaluación).

- Declarar si tiene la calidad jurídica “con JEC” (Jornada Escolar Completa), Nº y

fecha de Resolución Exenta que le aprobó esa calidad y los cursos incluidos, y el

Nº de semanas de trabajo anual.

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II. ANTECEDENTES PARTICULARES

4. Plan de Estudio modificado:

- Presentar Plan(es) de Estudio con la modificación cuya aprobación se solicita,

correspondiente (s) al o a cada uno de los cursos involucrados. (usar la Matriz

correspondiente)

5. Programas de Estudio:

- Listar los Programas cuya aprobación se solicita y que se envían para ese

efecto, indicando los cursos involucrados en cada uno.

- Describir su estructura y su valor para la acción de enseñar/aprender.

(Ver Separata adjunta)

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SEPARATA

MATRICES PLAN DE ESTUDIO Y ESTRUCTURA DE PROGRAMA.

A. MATRICES PLAN DE ESTUDIO

PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER A CUARTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS

Horas Anuales MINEDUC

Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lenguaje y Comunicación 304

Idioma Extranjero: Inglés -

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

114

Ciencias Naturales 114

Artes Visuales 76

Música 76

Educación Física y Salud 152

Orientación 19

Tecnología 38

Religión (Optativo) 76

Libre disposición 247

TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1444

PLAN DE ESTUDIOS DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lenguaje y Comunicación 228

Idioma Extranjero: Inglés 114

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

152

Ciencias Naturales 152

Artes Visuales 57

Música 57

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Tecnología 38

Religión (Optativo) 76

Libre disposición 228

TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1444

PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER A CUARTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lenguaje y Comunicación 304

Idioma Extranjero: Inglés -

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

114

Ciencias Naturales 114

Artes Visuales 76

Música 76

Educación Física y Salud 114

Orientación 19

Tecnología 19

Religión (Optativo) 76

TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1140

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PLAN DE ESTUDIOS DE QUINTO Y SEXTO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto 2960 Exento de 2012. No adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lenguaje y Comunicación 228

Idioma Extranjero: Inglés 114

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

152

Ciencias Naturales 114

Artes Visuales 38

Música 38

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Tecnología 38

Religión (Optativo) 76

TOTAL TIEMPO ESCOLAR 1140

PLAN DE ESTUDIO DE 3° Y 4° AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto 27 Exento de 2011, y sus Modificaciones. Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

SUBSECTORES DE APRENDIZAJES Horas Semanales

MINEDUC Horas Semanales

Propuesta Establecimiento

FORMACIÓN GENERAL HUMANISTICO- CIENTÍFICA:

3 Lengua Castellana y Comunicación

Idioma Extranjero: Inglés 3

Matemática 3

Ciencias Naturales: Biología Física Química

4

Historia y Ciencias Sociales 4

Filosofía y Psicología 3

Educación Artística: Artes Visuales Artes Musicales

2

Educación Física 2

Consejo de Curso 1

Religión 2

TOTAL HORAS SEMANALES FORMACIÓN GENERAL 27

HORAS SEMANALES FORMACIÓN DIFERENCIADA: Electivo 1 Electivo 2 Electivo 3

9

Tiempo de Libre Disposición 6

TOTAL TIEMPO MINIMO DE TRABAJO SEMANAL 42

PLAN DE ESTUDIO DE 3° Y 4° AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto 27 Exento de 2011, y sus Modificaciones. No adscrito al Régimen de J.E.C.D.

SUBSECTORES DE APRENDIZAJES Horas Semanales

MINEDUC Horas Semanales

Propuesta Establecimiento

FORMACIÓN GENERAL HUMANISTICO- CIENTÍFICA:

3 Lengua Castellana y Comunicación

Idioma Extranjero: Inglés 3

Matemática 3

Ciencias Naturales: Biología Física Química

4

Historia y Ciencias Sociales 4

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Filosofía y Psicología 3

Educación Artística: Artes Visuales Artes Musicales

2

Educación Física 2

Consejo de Curso 1

Religión 2

TOTAL HORAS SEMANALES FORMACIÓN GENERAL 27

HORAS SEMANALES FORMACIÓN DIFERENCIADA: Electivo 1 Electivo 2 Electivo 3

9

TOTAL TIEMPO MINIMO DE TRABAJO SEMANAL 36

Vigencia a contar del Año Escolar 2015

PLAN DE ESTUDIOS DE SEPTIMO Y OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto Exento N° 1363/2011, Modificado 2014, No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lenguaje y Literatura 228

Idioma Extranjero: Inglés 114

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152

Ciencias Naturales 152

Educación Artística 76

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Educación Tecnológica 38

Religión 76

Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1178

Tiempo Libre Disposición 76

TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1254

PLAN DE ESTUDIOS DE SEPTIMO Y OCTAVO AÑO DE EDUCACIÓN BÁSICA Decreto Exento N° 1363/2011, Modificado 2014, Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lenguaje y Literatura 228

Idioma Extranjero: Inglés 114

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152

Ciencias Naturales 152

Educación Artística 114

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Educación Tecnológica 38

Religión 76

Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1216

Tiempo Libre Disposición 228

TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1444

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Vigentes a contar del Año Escolar 2016

PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lengua y Literatura 228

Idioma Extranjero: Inglés 114

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152

Ciencias Naturales 228

Artes Visuales o Artes Musicales 76

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Educación Tecnológica 38

Religión 76

Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1254

Tiempo Libre Disposición -

TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1254

PLAN DE ESTUDIOS DE PRIMER AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS Horas Anuales

MINEDUC Propuesta Establecimiento

Horas Anuales Horas semanales

Lengua y Literatura 228

Idioma Extranjero: Inglés 152

Matemática 266

Historia, Geografía y Ciencias Sociales 152

Ciencias Naturales 228

Artes Visuales o Artes Musicales 76

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Educación Tecnológica 76

Religión 76

Sub Total Tiempo Mínimo Anual 1368

Tiempo Libre Disposición 228

TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL 1596

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Vigentes a contar del Año Escolar 2017

PLAN DE ESTUDIOS DE SEGUNDO AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, No Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS

Horas Anuales MINEDUC

Propuesta Establecimiento Educacional

Horas Anuales Horas semanales

Lengua y Literatura 228

Idioma Extranjero: Inglés 114

Matemática 228

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

152

Ciencias Naturales 228

Artes Visuales o Artes Musicales 76

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Educación Tecnológica 38

Religión 76

Sub Total Tiempo Mínimo Anual

1254

Tiempo Libre Disposición -

TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL

1254

PLAN DE ESTUDIOS DE SEGUNDO AÑO DE EDUCACIÓN MEDIA Decreto Exento N1358/2011, Modificado 2014, Adscrito al Régimen de J.E.C.D.

ASIGNATURAS

Horas Anuales MINEDUC

Propuesta Establecimiento Educacional

Horas Anuales Horas semanales

Lengua y Literatura 228

Idioma Extranjero: Inglés 152

Matemática 266

Historia, Geografía y Ciencias Sociales

152

Ciencias Naturales 228

Artes Visuales o Artes Musicales 76

Educación Física y Salud 76

Orientación 38

Educación Tecnológica 76

Religión 76

Sub Total Tiempo Mínimo Anual

1368

Tiempo Libre Disposición 228

TOTAL TIEMPO MINIMO ANUAL

1596

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B. ESTRUCTURA DE PROGRAMA

[NOTA: Esta propuesta sólo tiene valor indicativo, no es normativa.]

El valor de un programa de estudio se percibe y se mide en cuanto ayuda a las/los

profesoras/es, a realizar clases efectivas. Es decir, puesto que el currículum chileno

actualmente vigente es uno “centrado en el aprendizaje, que declara explícitamente

cuál es el foco del quehacer educativo”, entonces las clases son un tiempo durante el

cual los estudiantes ejercitan y cumplen las habilidades que deben incorporar.

Entonces, el programa, como quiera que se construya, en unidades u otra forma, debe

mostrar la estructura básica del proceso:

1º la habilidad que el estudiante debe incorporar, aprender;

2º las oportunidades que el profesor ofrece para el desarrollo/incorporación de ella

3º la forma en que los estudiantes demuestran que incorporaron la habilidad

4º los reforzamientos preparados, de acuerdo a experiencias anteriores del Profesor

y de la Jefatura UTP, para los que no lograron incorporar la habilidad.

Así concebido, la construcción del programa es fundamentalmente una tarea de la UTP,

apoyada por el profesor. La responsabilidad del profesor es realizar en aula el programa:

ideando los desafíos que deberán desarrollar los aprendices para incorporar la habilidad,

ambientando, preparando material de apoyo y apoyando el esfuerzo del estudiante.

ESTRUCTURA

Objetivo/Habilidad Trabajos en aula Indicadores de

evaluación

¿Cómo refuerzo?