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La nómina 4 vamos a conocer... 1. El salario 2. Recibo de salarios 3. Devengos 4. Determinación de las bases de cotización 5. Base sujeta a retención del IRPF 6. Deducciones 7. Confección de una nómina PRÁCTICA PROFESIONAL Elaboración de las nóminas de Almacenes Eléctricos Sacri EL MUNDO LABORAL EN EL CINE El salario del miedo ACTUALIDAD LABORAL Plus de penosidad por ruido de máquinas y al finalizar esta unidad... Conocerás qué es el salario y sus tipos. Aplicarás en tu vida laboral aquellos aspectos más relevantes sobre el salario: su pago, el SMI y medidas de protección. Identificarás una nómina y los distintos conceptos que figuran en la misma. Sabrás qué ingresos cotizan a la Seguridad Social y cuáles no lo hacen. Interpretarás y diferenciarás las distintas deducciones que se aplican al salario. Cumplimentarás nóminas sencillas.

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La nómina4vamos a conocer...

1. El salario

2. Recibo de salarios

3. Devengos

4. Determinación de las bases de cotización

5. Base sujeta a retención del IRPF

6. Deducciones

7. Confección de una nómina

PRÁCTICA PROFESIONAL Elaboración de las nóminas de AlmacenesEléctricos Sacri

EL MUNDO LABORAL EN EL CINEEl salario del miedo

ACTUALIDAD LABORAL Plus de penosidad por ruido de máquinas

y al finalizar esta unidad...

Conocerás qué es el salario y sus tipos.

Aplicarás en tu vida laboral aquellos aspectosmás relevantes sobre el salario: su pago, el SMI y medidas de protección.

Identificarás una nómina y los distintosconceptos que figuran en la misma.

Sabrás qué ingresos cotizan a la SeguridadSocial y cuáles no lo hacen.

Interpretarás y diferenciarás las distintasdeducciones que se aplican al salario.

Cumplimentarás nóminas sencillas.

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situación de partida

Ana trabaja como oficial administrativo desde el 10 de diciembre en

TARLEX, S.A.

En su contrato de trabajo Ana tiene reconocido el salario que fija el

convenio colectivo de TARLEX, S.A. para su categoría profesional.

Recibirá 930 ¤ al mes como salario base, además de un plus de asis-

tencia y puntualidad de 30 ¤/mes, un plus de convenio de 40 ¤/mes

y un plus de transporte de 25 ¤ mensuales.

Tiene derecho a tres pagas extraordinarias de salario base más plus

de convenio que se cobran en marzo, junio y diciembre. El deven-

go de pagas es semestral.

El 30 de diciembre, antes de acabar la jornada laboral, la llaman del

Departamento de Recursos Humanos para que pase a cobrar su pri-

mer sueldo.

Pedro, encargado de personal, le da el cheque de su salario. Ade-

más, le presenta su nómina para que la firme.

Después de observar detenidamente el documento, Ana no entien-

de casi nada del recibo de salario; es su primer trabajo y nunca antes

había visto uno.

Lo primero que le llama la atención es que le han pagado ya una

paga extraordinaria llevando tan solo 22 días en la empresa. «¡Qué

sorpresa! Seguro que se han equivocado», piensa Ana.

Las cifras bailan en su cabeza, que si el salario base, que si el líquido

total a percibir, que si la base de cotización…. No entiende nada.

Está muy confusa.

Pero, sin lugar a dudas, lo que más le llama la atención es que le qui-

tan mucho dinero de su salario. Ella pensaba que su salario era «lim-

pio».

Por todo esto, le pide a Pedro que le explique su nómina.

Este empieza diciéndole de dónde salen las cantidades que cobra,

qué es la cotización a la Seguridad Social y la retención del IRPF.

estudio del casoAntes de empezar a leer esta unidad de trabajo puedes contestar estas cuestiones. Después, analiza cada punto del temapara poder comparar la respuesta que has dado con lo estudiado.

• Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, artícu-los 26 a 29.

• Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social.

• Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

• Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Estos textos se pueden encontrar en la página web del Ministerio de Trabajo e Inmigración <www.mtin.es> y en la de la Agencia Tri-butaria <www.agenciatributaria.es>

1. ¿Debe firmar siempre Ana la nómina cuando recibe elsalario?

2. ¿Puede la empresa pagar menos del salario mínimo in-terprofesional?

3. Clasifica los distintos conceptos que cobra Ana comopercepciones salariales y percepciones no salariales.

4. ¿Qué tipo de remuneración tiene Ana, mensual o dia-ria? ¿Por qué?

5. ¿Debe la empresa deducir de los ingresos las cuotaspara la Seguridad Social? ¿Es legal practicar la reten-ción por IRPF?

CASO PRÁCTICO INICIAL

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62 Unidad 4

1. El salarioMediante acuerdo entre la empresa y el trabajador se fija el salario a percibir queen todo caso será, como mínimo, igual al salario mínimo interprofesional o al quese señale en el convenio colectivo. En el contrato de trabajo s e pueden mejorarlas cantidades anteriores.

1.1. Concepto de salarioEl salario es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajado res, endinero o en especie, recibidas como contraprestación por los se rvicios laboralespor cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo o los períodos de descanso com-putables como de trabajo.

• El salario en dinero es aquel que se percibe en moneda de curso legal (en eu-ros). El salario puede pagarse en efectivo (en mano) o mediante cheque u otramodalidad similar, como la transferencia bancaria, previo inform e a los dele-gados de personal o al comité de empresa.

• El salario en especie es la utilización, consumo y obtención para fines particu-lares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por p recio inferior alnormal de mercado, aunque no supongan un gasto real para quien los conce-da. No podrán superar el 30% de las percepciones salariales. Son retribucionesen especie las siguientes:

1.2. Pago del salarioEl salario debe pagarse en la fecha convenida, sin que el tiempo a que se refiereel abono pueda exceder de un mes, aunque se pueden percibir anticipos a cuen-ta del trabajo ya realizado.

La impuntualidad en el pago hace incurrir al empresario en mora , obligándole apagar un interés del 10% anual de lo adeudado.

Para la prestación de un trabajo de igual valor debe pagarse la misma retribución,sin que pueda producirse discriminación por razón de sexo, orig en racial, estadocivil, religión o convicciones, ideas políticas, adhesión o no a sindicatos y lenguadentro del Estado español.

Si los salarios realmente percibidos en conjunto y cómputo anual, son más favo-rables para los trabajadores que los fijados por el salario mínimo interprofesionalo el convenio colectivo, opera el principio de compensación y absorción entreellos, es decir, no se puede exigir un incremento proporcional a la subida de estos.

• Utilización de la vivienda.

• Uso y/o entrega de un vehículo.

• Préstamos al trabajador a un tipo de interés menor al legal del dinero.

• Prestaciones en concepto de manutención, hospedaje, viajes y similares.

• Primas de contrato de seguro o similar.

• Gastos de estudios y manutención del trabajador o parientes hasta el 4º grado.

• Aportaciones satisfechas a los promotores de los planes de pensiones, etc.

Periodos de descanso computables como de trabajo • El descanso semanal y los días

festivos.

• Las vacaciones anuales.

• El descanso en las jornadas con-tinuadas, si así se acuerda.

• Las ausencias justificadas al tra-bajo con derecho a retribución.

• Los salarios de tramitación endespidos declarados nulos oimprocedentes.

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El pago tiene que efectuarse den-tro de la jornada laboral o inme-diatamente después y en el lugarde trabajo.

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La nómina 63

1.3. Salario mínimo interprofesionalEl salario mínimo interprofesional (SMI) es la cantidad mínima que se debe re-cibir por el trabajo realizado por cuenta ajena a tiempo comple to, independien-temente de la profesión u oficio.

El SMI se fija anualmente por el Gobierno, previa consulta a lo s interlocutoressociales, teniendo en cuenta el índice de precios al consumo (IPC), la producti-vidad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo enla renta nacional o la coyuntura económica general. Puede revis arse semestral-mente si el IPC supera las previsiones.

El SMI es inembargable , salvo que sea para pagar las pensiones alimenticias delos hijos o del cónyuge, en las separaciones o divorcios.

1.4. Protección del salarioAdemás de la inembargibilidad del SMI, ante las situaciones de insolvencia delempresario, hay otras medidas de protección:

Salario mínimo interprofesionalPara el año 2010:

Salario diario 21,11 ¤Salario mensual 633,30 ¤Salario anual con pagas 8.866,20 ¤Salario anual sin pagas 7.599,60 ¤

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EJEMPLO

Jorge Sánchez tiene una deuda con su banco de 25.000 ¤. ¿Cuánto dinero le podrán embargar en su nó-mina si su salario líquido o neto es de 3.483,15 ¤ mensuales?

Las retenciones salariales que seansuperiores al SMI se efectúan de for-ma escalonada conforme a la escalaindicada en la tabla.

En atención a las cargas familiares delejecutado, el tribunal puede aplicaruna rebaja de un 10% a un 15% enlos porcentajes establecidos, salvopara el último.

Estas reglas no se aplican en las pen-siones alimenticias al cónyuge o a loshijos.

Percepciones Acumulable Tramos Cantidadesembargadas

Hasta 1 SMI 633,30 ¤ de los primeros 633,30 ¤ Inembargables

De 1 a 2 SMI 1.266,60 ¤ de los segundos 633,30 ¤ 30% 189,99 ¤

De 2 a 3 SMI 1.899,90 ¤ de los terceros 633,30 ¤ 50% 316,65 ¤

De 3 a 4 SMI 2.533,20 ¤ de los cuartos 633,30 ¤ 60% 379,98 ¤

De 4 a 5 SMI 3.166,50 ¤ de los quintos 633,30 ¤ 75% 474,98 ¤

Exceso 5 SMI 316,65 ¤ exceso 316,65 ¤ 90% 284,99 ¤

Total de dinero embargable al mes en la nómina 1.646,59 ¤

CRÉDITOS SALARIALES PREFERENTES

Los créditos salariales tienen preferencia sobre otros créditos:

• Por los últimos treinta días de trabajo, si no superan el doble del SMI.

• Respecto de los objetos elaborados por los trabajadores, mientras sean propiedad o esténen posesión del empresario.

• En otros créditos, salvo aquellos asegurados con un derecho real (hipoteca), en la cuantíaresultante de multiplicar el triple del SMI por el número de días de salario pendiente de pago.

FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA)

El Fondo de Garantía Salarial es un órgano autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo eInmigración que garantiza la percepción de los salarios pendientes de pago reconocidos enacta de conciliación o resolución judicial y las indemnizaciones por despido o extinción reco-nocidas por vía judicial o administrativa, siempre que haya insolvencia empresarial o procedi-miento concursal.

La cantidad máxima a abonar por el FOGASA es de 150 días por los salarios pendientesy una anualidad por las indemnizaciones, sin que en ningún caso se pueda superar eltriple del SMI diario, incluidas las pagas extras.

TARLEX, S.A. no puede pagar a Anauna cantidad inferior al SMI y tam-poco por debajo de lo fijado por elconvenio colectivo.

caso práctico inicial

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64 Unidad 4

2. Recibo de salarios Al liquidar y pagar el salario, hay que entregar un recibo individual justificativodel pago del mismo, que se ajuste al modelo establecido por el Ministerio de Tra-bajo e Inmigración o al que, en su sustitución, se determine por convenio colec-tivo o acuerdo, que contendrá, con la debida claridad y separaci ón, las percep-ciones devengadas y las deducciones aplicadas.

Las empresas deben archivar y conservar los recibos de salarios, junto con los bo-letines de cotización, durante al menos cuatro años.

Ana debe firmar la copia de lanómina que se queda TARLEX, S.A.para justificar el pago al contado.

caso práctico inicial

Encabezamiento: incluye los datosde la empresa y del trabajador.

Período de liquidación: indica lafecha y los días naturales liquidadosen el mes. Para la retribución men-sual el total de días es de 30. Si nose trabaja el mes completo, o enretribuciones diarias, se indicarán losdías realmente trabajados.

I. Devengos: son las cantidades per-cibidas por el trabajador. Pueden ser:1. Percepciones salariales.2. Percepciones no salariales.La suma de las percepciones sala-riales y no salariales es el salariobruto y se incluye en el apartado A.Total devengado.II. Deducciones aplicadas al salariodel trabajador por las aportacionesa la Seguridad Social y el impuestosobre la renta de las personas físi-cas. Incluye también anticipos y elvalor de los productos en especie ysu pago a cuenta.La suma de deducciones se pone enel apartado B. Total a deducir.El líquido total a per cibir es elsalario neto o cantidad que al finalrecibe el trabajador, donde: Total devengado (A)-Total a deducir (B)Salvo que se pague por transferen-cia bancaria, el trabajador firmará elrecibo de salarios para dar fe delpago, aunque ello no supone darconformidad a las cantidades liqui-dadas. En todo caso, hay que entre-gar una copia al trabajador.

Determinación de las bases decotización y conceptos de recau-dación conjunta y de retencióndel IRPF: cantidades utilizadas paracalcular las deducciones del aparta-do II, aplicando los tipos estableci-dos legalmente.

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3. Devengos Los devengos son las cantidades que percibe el trabajador y se dividen en per-cepciones salariales y percepciones no salariales.

3.1. Percepciones salarialesLas percepciones salariales son las retribuciones consideradas como salario y co-tizan a la Seguridad Social.

La estructura del salario se determina en el convenio colectivo o en el contrato,y comprende el salario base y, en su caso, los complementos salariales.

Salario base

El salario base es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra para ca dacategoría y grupos profesionales o niveles retributivos.

• El salario por unidad de tiempo se calcula según la duración del servicio, sinconsiderar la cantidad de obra realizada. Se abona por horas, días, semanas, me-ses o al año.

• El salario por unidad de obra o a destajo atiende a la cantidad o calidad de tra-bajo, independientemente del tiempo invertido.

Un sistema mixto de salario combina las modalidades anteriores.

El salario base se fija en el convenio colectivo o en el contra to. De no ser así,coincide con el SMI.

Complementos salariales

Los complementos salariales son retribuciones salariales que no forman parte delsalario base y se perciben en consideración a las condiciones p ersonales del tra-bajador, al trabajo realizado, por cantidad y calidad, o a la s ituación y resultadosde la empresa.

Los complementos vinculados al puesto de trabajo o a la situación y resultados dela empresa no tendrán carácter consolidable, salvo acuerdo en contrario.

Su importe se calcula según los criterios negociados en convenio colectivo o pac-to individual.

EJEMPLOS

• Salario por unidad de tiempo: Juan tiene una retribución de 1.200 € almes según su contrato de trabajo.

• Salario por unidad de obra: Carmen recibirá 1.200 € por confeccionar10 trajes.

• Salario mixto: Enrique percibirá 1.000 € mensuales más 200 € si vendedos coches.

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COMPLEMENTOS PERSONALES

Los complementos personales se derivan de la cualificación personal o profesional del tra-bajador, si no se han tenido en cuenta en su salario base. Son:

• Antigüedad: retribuye la duración de la relación laboral. Se puede calcular con módulostemporales (trienios, quiquenios), con porcentajes aplicados al salario base o fijando canti-dades alzadas. La tendencia en la negociación colectiva actual es reducir, e incluso suprimir,este complemento.

• Conocimientos específicos del trabajador como idiomas o títulos.

COMPLEMENTOS POR LA SITUACIÓN Y RESULTADOS DE LA EMPRESA

Los complementos por la situación o resultados de la empresa dan al trabajador unaparte de las ganancias empresariales para interesarles en su marcha económica e incrementarsu productividad.

• La participación en beneficios, siempre que sea una verdadera participación económicadel trabajador en los beneficios reales obtenidos por la empresa y no una tercera gratifica-ción extraordinaria. En la negociación colectiva se decide cuál de las acepciones de benefi-cios existentes es la elegida (STS 24/09/96).

• Las primas de productividad empresarial o bonos: vienen referidas a la productividadglobal de la empresa o unidad inferior.

COMPLEMENTOS DEL PUESTO DE TRABAJO

La percepción de los complementos del puesto de trabajo depende de la actividad que serealiza por sus peculiaridades inherentes al puesto o por la forma de realizar la activi-dad. Entre estos complementos, se pueden destacar:

• Plus de penosidad, toxicidad, peligrosidad: compensa las condiciones de peligrosidad oincomodidad de un trabajo, que por su naturaleza no pueden evitarse. Su pago no suponeque no se adopten medidas preventivas.

• Plus de nocturnidad: gratifica la actividad en horario nocturno, si el salario no se fijó aten-diendo a su naturaleza nocturna o no se compensa con descansos.

• Plus de turnicidad: retribuye la realización del trabajo a turnos rotativos.

Los tres pluses anteriores se abonan por los días efectivamente trabajados.

• Plus de responsabilidad al desempeñar un puesto con una mayor carga.

• Pluses de flexibilidad en la utilización de la mano de obra como el complemento de dis-ponibilidad horaria o funcional.

• Complemento de residencia: indemniza los inconvenientes derivados del lugar de residen-cia por motivos de trabajo.

Dentro de los complementos de puesto de trabajo se encuentran aquellos complementospor cantidad o calidad del trabajoque se perciben por realizar una mejor o una mayor pro-ducción de la considerada normal. Algunos son:

• Primas e incentivos: compensan un rendimiento superior al normal.

• Plus de productividad: intentan favorecer el mejor rendimiento del trabajador.

• Plus de asistencia y puntualidad: cantidad destinada a que el índice personal de absen-tismo no suba por encima del nivel marcado.

• Comisiones: retribución generada por el trabajador que ha intervenido en una operacióno transacción mercantil por cuenta del empresario. Se abona anualmente, aunque se pue-den percibir anticipos de las mismas a lo largo del año.

Algunos complementos muy habi-tuales en los convenios colectivosson el plus de convenio o lamejora voluntaria, cuya natura-leza es la que determine el conve-nio colectivo y que se utiliza enalgunas ocasiones para racionalizary simplificar la estructura salarial,englobando y sustituyendo a otroscomplementos.

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La nómina 67

Horas extraordinarias

Se refiere a las horas extraordinarias, sean o no por fuerza mayor, cuando se acuer-de que sean compensadas económicamente.

Complementos de vencimiento periódico superior al mes

Los complementos de vencimiento superior al mes o gratificaciones extraordi-narias son cantidades que se devengan día a día, aunque su pago sea en una fechadeterminada. Pueden ser:

• Pagas extraordinarias: el trabajador tiene derecho a dos pagas extraordinarias alaño, una en navidad y la otra en el mes acordado entre las part es. Su cuantía sefija en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo y su devengo puede sersemestral o anual. Puede acordarse que se prorrateen entre los doce meses del año.

• Participación en beneficios: se refiere a las pagas anuales de beneficios, de im-porte fijo y sin vinculación alguna con los resultados de la explotación; es unapaga extra más.

• Otras gratificaciones extraordinarias acordadas.

Salario en especie

La valoración económica del salario en especie se debe recoger en el recibo desalarios siguiendo los criterios recogidos en la normativa del impuesto sobre larenta de las personas físicas:

• Importe del alquiler o entre el 5% y el 10% del valor catastra l de la vivienda,dependiendo de si ha sido revisado (máx. 10% del salario).

• Uso o entrega de vehículos: si es entrega, se valora por el coste de adquisicióndel vehículo más tributos. En caso de uso, se imputa el 20% anu al del coste sies de propiedad de la empresa o el 20% del valor de mercado de un vehículonuevo, si no es de su propiedad. Si se usa y posteriormente se entrega, se com-putará el valor de mercado resultante del uso anterior.

• Diferencia entre el interés legal del dinero y el que se paga.

• Aportaciones hechas a los planes de pensiones.

• Coste para la empresa, incluidos los tributos, del resto de la s retribuciones enespecie.

EJEMPLO

José trabaja en SORPA, S.L. desde el 1 de agosto. Tiene dos pagas extras de 1.500 ¤ cada una que se pagan enjunio y navidad. ¿Qué cantidad le abonan de las pagas extraordinarias si su devengo es semestral? ¿Y si fue-ran de devengo anual?

Cuando el devengo de las gratificaciones extraordinarias es semestral, la paga de navidad se calcula, generalmente,en proporción al tiempo de trabajo desde el 1 de julio al 31 de diciembre. Como José solo ha trabajado 5 meses, nole corresponde la paga entera y debe hacerse el siguiente cálculo: (1.500 ¤ / 6) x 5 = 1.250 ¤. La paga de verano, alabonarse a finales de junio, se calcula en proporción a lo trabajado desde el 1 de enero al 30 de junio. Por este mo-tivo, cuando llegue el momento, el trabajador la cobrará entera.

Si el devengo de sus pagas fuera anual, la paga de navidad tiene en cuenta lo trabajado desde el 1 de enero al 31de diciembre del año correspondiente. Por ello, José cobraría (1.500 ¤ / 12) x 5= 625 ¤. La paga de verano se de-venga en función de lo trabajado desde el 1 de julio del año anterior al 30 de junio del presente año. José recibe:(1.500 ¤ / 12) x 11= 1.375 ¤

Salvo acuerdo entre las partes, laspagas extras no se devengarándurante el periodo de incapacidadtemporal, al sustituirse el salario poruna prestación, para cuyo cálculose computa la parte proporcionalde las pagas extras.

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68 Unidad 4

3.2. Percepciones no salarialesLas percepciones no salariales son cantidades no consideradas salario, al no seruna contraprestación por los servicios realizados.

No cotizan a la Seguridad Social y algunas de ellas no tributan por el IRPF, salvoque excedan los límites legales establecidos.

Indemnizaciones o suplidos

Las indemnizaciónes o suplidoscompensan los gastos que los trabajadores tienena consecuencia de su actividad laboral.

Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social

Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social incluyen el subsidiopor incapacidad temporal o desempleo parcial que son abonados por el empresa-rio mediante pago delegado.

Indicador público de rentade efectos múltiples(IPREM) para el año 2010:IPREM diario: 17,75 ¤IPREM mensual: 532,51 ¤IPREM/anual sin pagas: 6.390,13 ¤IPREM/anual con pagas: 7.455,14 ¤

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INDEMNIZACIONES O SUPLIDOSTOPE LEGAL

Cotización IRPF

Quebranto de moneda: cubre losdesajustes en el saldo de la caja.

Desgaste de útiles o herramientas,si pertenecen o son adquiridas por elempleado.

Prendas de trabajo, si las adquiere eltrabajador.

En conjunto,no superar el 20%IPREM mensual, sin pagas extras

Tributa en su totalidad

Plus de distancia: se cobra cuando elcentro de trabajo está a una determi-nada distancia del casco urbano de sulocalidad de residencia.

Plus de transporte urbano: compen-sación de los gastos de desplazamientodesde el domicilio al lugar habitual detrabajo y a la inversa.

En conjunto,no superar el 20%IPREM mensual, sin pagas extras

Tributa en su totalidad

Gastos de locomoción: compensanlos gastos ocasionados por los despla-zamientos de trabajo cuando se realizanpor orden de la empresa. Estos gastosse pueden abonar pagando el importedel billete del medio de transporte utili-zado o pagando los gastos si es elvehículo del empleado.

Gastos totales justificados con factura o0,19 ¤/km recorrido más gastos

de peaje y aparcamiento si se usa vehículo propio

Dietas: cantidad abonada al trabajadorsi tiene que pernoctar o efectuar suscomidas principales fuera de su domi-cilio, a consecuencia de desplazamien-tos realizados por necesidades de sutrabajo.

Los gastos de estancia justificados con facturaestán exentos. Los gastos de manutención nodeben superar las siguientes cantidades:

Con pernocta Sin pernoctaEspaña 53,34 ¤/día 26,67 ¤/díaExtranjero 91,35 ¤/día 48,08 ¤/día

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La nómina 69

Indemnizaciones por traslados, suspensiones y despidos

Las indemnizaciones por traslados, suspensiones y despidos no cotizan ni tri-butan por el IRPF, si están dentro de los límites legales.

• Por traslado: incluye la compensación de gastos en los traslados a una poblacióndistinta de la de su residencia habitual o la indemnización de 20 días de salario poraño de servicio con un máximo de 12 mensualidades si no se acepta el traslado.

• Por suspensión del contrato : generalmente no hay derecho a compensacióneconómica, pero si la empresa entrega determinadas cantidades, estas tienencarácter indemnizatorio y no salarial.

• Por despido o extinción del contrato las indemnizaciones son:

– 20 días de salario por año de servicio con el tope de 9 mensualidades, en mo-dificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

– 20 días de salario por año de servicio con el tope de 12 mensu alidades pordespido colectivo, por causas objetivas o por fuerza mayor.

– 45 días de salario por año de servicio, con el tope de 42 mensualidades si eldespido es improcedente o por incumplimiento grave del empresario.

– 33 días por año de servicio, con el tope de 24 mensualidades, si el despidoobjetivo ha sido declarado improcedente en los contratos de fomento.

– Por muerte, jubilación o incapacidad del trabajador o del empresario.

– Por fin de contrato en algunos contratos temporales o por falta de preaviso.

Otras percepciones no salariales

No forman parte del salario las cantidades recibidas por:

Ana recibe al mes las siguientespercepciones salariales:

Salario base: 930 ¤P. asistencia y puntualidad: 30 ¤P. de convenio: 40 ¤

Son también percepciones salaria-les las dos pagas extraordinarias.

Como percepción no salarial, queno cotiza a la Seguridad Social, reci-be un plus de transporte de 25 ¤ almes, aunque sí tributa.

caso práctico inicial

OTRAS PERCEPCIONES NO SALARIALES TOPE LEGAL

Ayudas por hijos en edad escolar y percepciones pormatrimonio o nacimiento de hijos.Asistencia social con fines formativos, culturales y depor-tivos. Entrega de productos a precios rebajados en cantinas ocomedores de empresa o economatos de caráctersocial.Mejoras de las prestaciones de la Seguridad Socialentregadas directamente por las empresas.Primas de seguro de accidente laboral o responsabili-dad civil.

No cotizan ni tributan

Fórmulas indirectas de servicios de comedor (vales otiques de restaurante).

No cotizan ni tributan si no superan 9 ¤ por día hábil.

Productos en especie concedidos voluntariamenteporla empresa, no reconocidos por norma, convenio colectivoo contrato (cesta de navidad o productos de la empresa).

No cotizan ni tributan hasta el 20% del IPREM

en su conjunto

Entrega gratuita o a un precio inferior de mercado deacciones o participaciones de la empresa o del mismogrupo.

No cotizan ni tributan hasta12.000 ¤/anuales, si se

mantienen tres años al menos

Primas de seguro para cubrir la enfermedad del trabaja-dor o sus familiares.

No cotizan ni tributan hasta 500 ¤/año por beneficiario

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70 Unidad 4

4. Determinación de las bases de cotización

Las aportaciones a la Seguridad Social y a los conceptos de recaudación conjun-ta se calculan con las bases de cotización.

4.1. Base de cotización por contingencias comunesLa base de cotización por contingencias comunes (BCCC) cubre las enfermeda-des comunes y los accidentes no laborales.

El grupo de cotización se asigna según la categoría profesional. Del grupo 1 al 7 laremuneración es mensual y del 8 al 11 es diaria.

La base de cotización por contingencias comunes se calcula así:

4.2. Base de cotización por contingencias profesionales La base de cotización por contingencias profesionales (BCCP) se utiliza en acci-dentes de trabajo y enfermedades profesionales y conceptos de recaudación con-junta (formación profesional, desempleo y FOGASA).

Se calcula añadiendo a la BCCC las horas extraordinarias. Por ello, si no se rea-lizan estas horas, ambas bases serán iguales

4.3. Base de cotización por horas extraordinariasLa base de cotización adicional por horas extraordinarias está formada por el im-porte total que se ha percibido por este concepto.

Base de cotización de contingencias comunes + Horas extraordinarias La BCCP debe estar entre estos to-pes máximo y mínimo, que se re-fieren a un mes de 30 días. En la re-muneración diaria se calculan lostopes en proporción a los días delmes.

Topes de cotización porcontingencias profesionales

Máximo 3.198,00 e/mes

Mínimo 738,90 e/mes

Ana, al ser auxiliar administrativo,pertenece al grupo de cotización 7,que es de remuneración mensual.

caso práctico inicial

Remuneración mensual

Percepciones salariales diarias sin horas extras+

Exceso legal de las percepciones no salariales

Percepciones salariales del mes sin horas extras+

Exceso legal de las percepciones no salariales

Importe anual gratificaciones extraordinarias————————————————————

365 ó 366

Importe anual gratificaciones extraordinarias————————————————————

12

+ +

Comprobar que la BCCC mensual está entre la basemáxima y mínima de su grupo de cotización. Paraesta remuneración, todos los meses tienen 30 días.

Remuneración diaria

La BCCC diaria debe estar entre la base máxima ymínima de su grupo de cotización y se multiplicapor el número de días del mes (30, 31, 28 ó 29).

Remuneración

Prorrata de pagas extra

BASES DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES

Grupos Categorías profesionalesBases mínimas

Bases máximasTiempo completo Tiempo parcial

REM

UN

ERA

CIÓ

N

MEN

SUA

L

1234567

Ingenieros y Licenciados Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes titulados Jefes administrativos y de taller Ayudantes no titulados Oficiales administrativos Subalternos Auxiliares administrativos

1.031,70 ¤/mes855,90 ¤/mes744,60 ¤/mes738,90 ¤/mes738,90 ¤/mes738,90 ¤/mes738,90 ¤/mes

6,22 ¤/hora5,16 ¤/hora4,49 ¤/hora4,45 ¤/hora4,45 ¤/hora4,45 ¤/hora4,45 ¤/hora

3.198,00 ¤/mes3.198,00 ¤/mes3.198,00 ¤/mes3.198,00 ¤/mes3.198,00 ¤/mes3.198,00 ¤/mes3.198,00 ¤/mes

DIA

RIA

891011

Oficiales de primera y segunda Oficiales de tercera y Especialistas Peones Menores de dieciocho años

24,63 ¤/día24,63 ¤/día24,63 ¤/día24,63 ¤/día

4,45 ¤/hora4,45 ¤/hora4,45 ¤/hora 4,45 ¤/hora

106,60 ¤/día106,60 ¤/día106,60 ¤/día106,60 ¤/día

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La nómina 71

5. Base sujeta a retención del IRPF En la nómina se deducen las retenciones a cuenta del impuesto sobre la rentade las personas físicas (IRPF). Para ello, hay que calcular la base sujeta a reten-ción, que es todo rendimiento derivado del trabajo personal (retribución) sin in-cluir la renta calificada como exenta o las dietas o gastos de viaje, siempre que es-tén dentro de los límites establecidos.

Si el trabajador, en función de su situación familiar y personal, no supera la retribu-ción anual para el periodo impositivo (año) recogida en la sigu iente tabla, no se leretiene nada.

ACTIVIDADES

1. Calcular las bases de cotización y la base sujeta a retención del IRPF del mes de octubre de Patricia y Juan:

• Juan Parejo Romero es ayudante titulado con un salario base de 1.200 ¤, un plus de nocturnidad de 15 ¤/hora noc-turna (20 horas realizadas) y un plus de distancia de 90 ¤/mes. Tiene derecho a dos pagas extras de salario base enjunio y navidad. Su contrato es de prácticas y ha comenzado hace 3 meses.

• Patricia Díaz Román es oficial de primera con un salario base de 41,54 ¤/día y un plus de transporte de 3 ¤ por díatrabajado (22 días laborales en el mes). Recibe cuatro pagas extraordinarias de 30 días de salario base en marzo, ju-nio, julio y navidad. Su contrato es indefinido a tiempo completo y tiene una retención del IRPF del 7%.

EJEMPLO

Calcular las bases de cotización y la base sujeta a retención del IRPF del mes de abril de Ana y Pedro:

• Ana es subalterna y recibe un salario base de 900 ¤, un plus de convenio de 110 ¤ y un plus de transporte de 30 ¤ almes. Ha realizado horas extras por fuerza no mayor por un importe de 50 ¤. Tiene derecho a dos pagas extras de sala-rio base más plus de convenio en junio y diciembre. Su contrato es indefinido. Su tipo de retención del IRPF es del 9,24%.

La remuneración mensual es de 900 + 110 = 1.010 ¤. En esta cantidad no se incluye el plus de transporte porque al seruna indemnización y suplido y no superar el 20% del IPREM, no cotiza a la Seguridad Social. A continuación, se calculala prorrata de pagas extras que es: [(900 + 110) x 2] / 12 = 168,33 ¤. La BCCC es 1.010 + 168,33 = 1.178,33 ¤, queestá entre las bases mínima y máxima del grupo 6 de cotización.

Para calcular la BCCP de Ana hay que sumar a las BCCC el importe de horas extraordinarias, así 1.178,33 + 50 = 1.228,33¤, cantidad que se encuentra entre las bases mínima y máxima por contingencias profesionales.

La base adicional por horas extraordinarias es de 50 ¤, que es el importe total que percibe Ana.

La base sujeta a retención es: 900 + 110 + 30 + 50 =1.090 ¤, que coincide con el total devengado.

• Pedro es especialista y recibe 40,48 ¤/día de salario base más un plus de productividad de 10 ¤ por día trabajado. Percibetres pagas extraordinarias de salario base de 30 días. El mes tiene 21 laborales. Su contrato eventual finaliza el 31 de julio.

La remuneración mensual es de (40,48 ¤/día x 30 días) + (10 ¤/día x 21 días) = 1.424,40 ¤, que hay que dividir entre elnúmero de días del mes para conocer la remuneración diaria. Así, 1.424,40 ¤ / 30 días = 47,48 ¤/día. A continuación,se calcula la prorrata de pagas extras diaria que es: (40,48 x 3 x 30) / 365 = 9,98 ¤. La BCCC diaria es 47,48 + 9,98 =57,46 ¤, que está entre las bases mínima y máxima del grupo 9 de cotización. Seguidamente, se multiplica por el nú-mero de días del mes: 57,46 ¤/día x 30 días = 1.723,80 ¤

Al no realizar horas extraordinarias la BCCP es la misma que la BCCC.

La base sujeta a retención es de 1.424,40 ¤ que coincide con el total devengado.

Situación del contribuyente (trabajador)Nº de hijos y otros descendientes

0 1 2 o más

Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente — 13.662 ¤ 15.617 ¤

Cónyuge que no obtiene rentas superiores a 1.500 ¤/año 13.335 ¤ 14.774 ¤ 16.952 ¤Otras situaciones 11.162 ¤ 11.888 ¤ 12.519 ¤

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72 Unidad 4

6. DeduccionesLas deducciones siguientes son las cantidades que se restan al total devengado,convirtiendo la remuneración total bruta en neta o líquida.

6.1. Aportación del trabajador a las cotizaciones de la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta

Las aportaciones del trabajador a la Seguridad Social se realizan:

• Por contingencias comunes, utilizando para ello la BCCC.

• Por formación profesional y desempleo, usando la BCCP.

• Por horas extraordinarias por fuerza mayor y el resto, con la base de cotizacióncorrespondiente a este concepto.

A cada base de cotización se le aplica el tipo correspondiente (ver tabla al margen).

El resultado obtenido son las cuotas de la Seguridad Social, cuyo total aparece enel recibo de salarios en el apartado de total aportaciones.

Todas las aportaciones del trabajador son ingresadas por la empresa al mes si-guiente utilizando los boletines de cotización.

6.2. Impuesto sobre la renta de las personas físicasA la base del IRPF se le aplica una tipo de retención que se determina según losrendimientos íntegros de trabajo y las circunstancias personale s y familiares decada trabajador. Por ello, si su situación cambia se pro ducirá una regularización,calculando un nuevo tipo.

En los contratos de duración inferior al año el tipo de retención mínimo es del 2%.

La empresa debe ingresar en Hacienda las retenciones efectuadas a sus empleadosy debe expedir a su favor una certificación acreditativa de la retención practica-da para hacer la declaración de la renta.

6.3. AnticiposSe deben deducir en el apartado de anticipos las cantidades correspondiente a losanticipos a cuenta del trabajo ya realizado; los anticipos de estímulo por traba-jos aún no realizados que no excedan el salario base de 3 meses y se reembolsenen cantidades no superiores a un sexto del salario base mensual; las pensiones dealimentos a cónyuge e hijos en caso de separación o divorcio y los salarios abo-nados por períodos inferiores al mes.

6.4. Valor de los productos recibidos en especieSe deduce la cuantía de valoración de los productos en especie, incluida en losdevengos, y se le añade su ingreso a cuenta, si no ha repercutido su importe en labase sujeta a retención del IRPF.

6.5. Otras deduccionesSe reflejan deducciones como la cuota sindical de afiliados a un sindicato o la de-volución de los préstamos de la empresa a su empleado.

A Ana le van a deducir de la nómi-na sus aportaciones a la SeguridadSocial y a los conceptos de recau-dación conjunta, además de lasretenciones del IRPF.

caso práctico inicial

En la página <www.aeat.es> de laAgencia Tributaria se puede des-cargar un programa de ayuda paracalcular los tipos de retención decada trabajador (ver actividades enla sección Entra en internet).

saber más

En la tabla se incluyen solo los tiposde cotización que afectan a la nó-mina. Los tipos de cotización a laSeguridad Social del empresario setratan en la unidad 7.

Contingencias %

Comunes Para todos los con-tratos

4,70

FP 0,10

Desem-pleo

Contrato indefini-do, en prácticas,relevo, interinidad ydiscapacitados

1,55

Contrato temporala tiempo completo

1,60

Contrato temporala tiempo parcial

1,60

Horasextras

Por fuerza mayor 2,00

No fuerza mayor 4,70

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La nómina 73

7. Confección de una nóminaSe van a elaborar, a título de ejemplo, las nóminas del mes de mayo de dos em-pleados que TALLERES RODRÍGUEZ, S.L. tiene en la c/Mayor, s/n de Benavente. SuCIF es B00000000 y el CCC es 49/8888888/40.

PATRICIA PÉREZ GARCÍA

Contrato por obra o servicio

Fecha de alta: 1 de febrero de este año

NIF: 80675433-N

Nº S.S.: 49/44398766/15

Cat. Prof.: Auxiliar Administrativo

Grupo de Cotización: 7

Retribuciones:

Salario base: 750 ¤/mes

Horas extras no fuerza mayor: 56 ¤/mes

Plus de puntualidad: 25 ¤/mes

Percibe dos pagas extraordinarias detreinta días de salario base más antigüe-dad en junio y diciembre.

Tipo de retención del IRPF: 2%

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74 Unidad 4

JAVIER CORREA SÁNCHEZ

Contrato indefinido ordinario

Fecha de alta: 10/05/2005

NIF: 90666666-E

Nº S.S.: 49/11213321/16

Cat. Prof.: Oficial de Primera

Grupo de Cotización: 8

Retribuciones:

Salario base: 32 ¤/día

Antigüedad: 3,20 ¤/día

Plus de productividad: 1,50 ¤/día traba-jado

Durante el mes de mayo hay 20 días la-borales.

Percibe dos pagas extraordinarias detreinta días de salario base más antigüe-dad en junio y diciembre.

Tipo de retención del IRPF: 10%

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La nómina 75

TU SECTOR PROFESIONAL

6. Realiza un análisis de los conceptos salariales que para las posibles categorías profesionales de los alumnos delciclo formativo se reconocen en el convenio colectivo que ya se ha utilizado en las unidades anteriores.

• Señalar cuál es el salario base y los posibles complementos salariales y no salariales que puede recibir cadauna de las categorías profesionales.

• ¿Qué tipo de retribución tienen los trabajadores?

• Realiza la nómina de estas categorías profesionales del mes de agosto.

ACTIVIDADES

2. Con los datos de la actividad de la página 71 calcula las deducciones que se practican en las nóminas de Juany Patricia y elabora sus nóminas.

3. Pablo Soria Páez recibe como portero (subalterno; grupo 6 de cotización) una retribución igual al salario míni-mo interprofesional con dos pagas extraordinarias en verano y en navidad del mismo importe. Tiene un con-trato por obra y servicio determinado. Elabora su recibo de salarios del mes de enero.

4. Desde hace diez años, Roberto Sáenz Sol presta sus servicios a jornada completa como jefe de taller (grupo 3de cotización) en PORTILAR, S.A. Recibe las siguientes cantidades y por los siguientes conceptos:

• Salario base: 1.600 ¤

• Antigüedad: 2% de salario base por trienio y un 3% del salario base por quinquenio.

• Por utilizar el inglés en su trabajo diario: 60 ¤ mensuales.

• Por asistencia puntual al trabajo: 25 ¤/mes trabajado.

• Recibe dos pagas extraordinarias el 31 de julio y el 15 de diciembre más una participación en beneficios conla nómina de marzo percibida por toda la plantilla de la empresa, independientemente de los resultados con-tables obtenidos por dicha empresa, de salario base más antigüedad y plus de idioma.

El tipo de retención del IRPF es del 17%. Realiza el recibo de salario del mes de julio.

5. Sofía Peña Rojo trabaja como especialista desde hace cinco meses en PARTEL, S.L.N.E. con un contrato de inte-rinidad. Percibe como salario base 50,56 ¤/día, 10 ¤/día trabajado de plus de productividad, 4 ¤/día trabajadopor plus de peligrosidad y 45 ¤/mes de plus de transporte. En mayo y en navidad le pagan dos pagas extraor-dinarias de treinta días de salario base. Ha trabajado 21 días. Realiza la nómina del mes de febrero (año no bi-siesto).

EJEMPLO

A continuación se van a aplicar las deducciones a las nóminas de Ana y Pedro del ejemplo de la página 71.

Aportaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta

Concepto ANA PEDRO

Contingencias comunes 1.178,33 ¤ × 4,7% = 55,38 ¤ 1.723,80 ¤ × 4,7% = 81,02 ¤

Desempleo 1.228,33 ¤ × 1,55% = 19,04 ¤ 1.723,80 ¤ × 1,6% = 27,58 ¤

Formación Profesional 1.228,33 ¤ × 0,1% = 1,23 ¤ 1.723,80 ¤ × 0,1% = 1,72 ¤

HHEE por fuerza no mayor 50 ¤ × 4,7% = 2,35 ¤ No tiene

TOTAL APORTACIONES 78 ¤ 110,32 ¤

Retenciones del IRPF

IRPF 1.090 ¤ × 9,27% = 101,04 ¤ 1.424,40 ¤ × 2% = 28,49 ¤

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76 Unidad 4

1. Hugo Belmonte Páez trabaja como cajero en SUPERMERCADOS VALLE DE ORO, S.A. de Valladolid, desde el 4 de fe-brero de 2000. Recibe mensualmente un salario base de 1.000 ¤/mes, una antigüedad del 2% del salario basepor trienio y un quebranto de moneda de 30 ¤/mes. Su tipo de retención de IRPF es del 2,23%. Percibe dos pa-gas extraordinarias de salario base más antigüedad en junio y diciembre. Realizar la nómina del mes de enero.

2. Salvador Prado Dóniga, que es oficial administrativo con un contrato en prácticas de 6 meses, tiene un sa-lario base de 1.100 ¤. Recibe cuatro pagas extraordinarias del mismo importe que el salario base prorrate-adas. Elaborar su nómina del mes de febrero.

3. Juan Carlos Blanco Pasamar, con la categoría de auxiliar administrativo y un contrato indefinido, recibe enmarzo un salario base de 930,50 ¤/mes, 46,50 ¤/mes por antigüedad, un plus de asistencia de 21,04 ¤/mes yun plus de transporte de 42,50 ¤/mes. Por las horas extraordinarias por fuerza no mayor realizadas ha recibido90,15 ¤/mes. El trabajador tiene derecho a dos pagas extraordinarias de salario base más antigüedad cada unaen junio y en navidad. La empresa no le retiene nada en concepto de IRPF. Realizar el recibo de salarios.

4. Rafael Rodríguez Gómez presta servicios laborales en PUERTICOL, S.A. con la categoría profesional de direc-tor adjunto (grupo 1 de cotización) mediante un contrato de trabajo indefinido percibiendo, según conve-nio colectivo, las siguientes retribuciones:

• Salario base: 1.400 ¤/mes • HHEE por fuerza no mayor: 130 ¤• Mejora voluntaria: 600 ¤/mes • Percibe tres pagas extras prorrateadas de 2.250 ¤• Plus de responsabilidad: 250 ¤/mes • Utiliza un vehículo propiedad de la empresa valorado en• Plus de transporte: 50 ¤/mes 25.000 ¤ impuestos incluidos

Su tipo de retención de IRPF es de 21,34%. Realizar el recibo de salarios del mes de agosto y contestar alas siguientes preguntas:

• ¿Cómo se distribuyen estas cantidades en el recibo de salarios? ¿Son todas ellas consideradas salario?• ¿Dónde y cuándo se debe realizar el pago?

5. Antonio López López presta servicios como monitor de fitness (grupo 4 de cotización) con un contrato porobra o servicio determinado desde hace seis meses. Percibe, según convenio colectivo, un salario base de1.000 ¤/mes, un plus de convenio de 300 ¤/mes y dos pagas extraordinarias de 1.000 ¤/cada una el 30 dejunio y el 15 de diciembre, con un devengo anual. Realizar la nómina del mes de junio.

6. Irene Santos Rodríguez presta sus servicios como oficial de primera con un contrato indefinido. Percibe, se-gún convenio colectivo, un salario base de 40 ¤/día, un plus de actividad de 9,10 ¤ por día trabajado y unplus de transporte de 75 ¤/mes trabajado. Tiene derecho a tres pagas extraordinarias de treinta días de sala-rio base en marzo, julio y diciembre. El tipo de retención de IRPF es 12%. Realizar la nómina del mes de junio(21 días trabajados) y del mes de julio, sabiendo que durante todo ese mes va a estar de vacaciones.

7. Cristina Monje Ropero es auxiliar administrativo en TALLERES PRADO desde el 1 de abril de este año con un con-trato eventual a tiempo parcial de 6 meses de duración. Trabaja los lunes, miércoles y viernes durante 5 horascada día. Según el convenio colectivo, un auxiliar administrativo con jornada completa (40 horas semanales)debe percibir una retribución mensual de 986 ¤ más un plus de convenio de 60 ¤. Además, tiene derecho atres pagas extras de salario base en febrero, julio y diciembre. Se le practica una retención de IRPF de un 2%.Realiza la nómina del mes de junio (65 horas totales trabajadas y 3 días de descanso).

8. Calcula las retribuciones que, en concepto de complementos en especie, ha recibido Félix Aguilar Soto enel mes de abril si tiene un préstamo de la empresa de 6.000 ¤ a un interés del 1,5% anual.

ACTIVIDADES FINALES

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La nómina 77

9. Jaime García García trabaja como contable en la empresa RODESA, S.L. Tiene fijada una retribución brutaanual de 33.000 ¤. La empresa proporciona al empleado el uso de una vivienda de su propiedad que tieneun valor catastral sin actualizar de 60.000 ¤. ¿La retribución en especie está de acuerdo con lo establecidoen la ley?

10. Felipe cobra, por pintar un piso, 1.000 ¤. Indica si el salario está establecido por tiempo, obra o es una sa-lario mixto.

11. ¿A qué se destina la cotización por contingencias comunes?

12. Rodrigo recibe un salario mensual de 1.500 ¤. El día 10 de junio decide solicitar un anticipo. ¿Cuál será lacuantía máxima que podrá recibir?

entra en internet13. Entra en la página oficial de la Agencia Tributaria <www.agenciatributaria.es> y pincha en el apartado de

Descarga de programas de ayuda. Entra en la sección de Renta y Patrimonio. Busca el ejercicio delpresente año y descarga el Programa de ayuda para cálculo de retenciones IRPF. Seguidamente, utili-zando el programa descargado, busca el tipo de retención de los siguientes contribuyentes y realiza las nó-minas del mes de febrero (nadie cobra paga extraordinaria ese mes):

• Susana, Jefa de Taller, con NIF 45678888–Z y contrato indefinido ordinario. Está soltera y no tiene hijos.Año de nacimiento: 1965. Recibe las siguientes retribuciones:

Salario base: 1.600 ¤/mes. Plus de responsabilidad: 800 ¤/mes. Mejora voluntaria: 230 ¤/mes. Antigüedad: 250 ¤/mes. Prima seguro por AT: 1.000 ¤/año.Recibe cuatro pagas extras de salario base más antigüedad, mejora voluntaria y plus de responsabilidad

• Santiago, Oficial Administrativo, con NIF 03456654–F y contrato indefinido. Está casado, su cónyuge(NIF 16987856-X) no tiene rentas y tiene dos hijos de 11 y 8 años. Año de nacimiento: 1973. Sus retri-buciones son:

Salario base: 860,56 ¤/mes. Plus de transporte: 105,40 ¤/mes (11 meses).

Antigüedad: 86 ¤/mes. Mejora voluntaria: 389 ¤/mes

Recibe tres pagas extras de salario base más antigüedad y mejora voluntaria

• Antonio, Oficial de Segunda, con NIF 56777432–T, tiene un contrato por obra o servicio determinadodesde el 1 agosto del año pasado. Está casado, su cónyuge trabaja y tiene un hijo de un año. Año denacimiento: 1978. Sus retribuciones son:

Salario base: 57 ¤/día. Plus de peligrosidad: 5,40 ¤/día trabajado (255 días laborables en el año, de los cuales 21 corresponden a febrero). Incentivos: 10 ¤/día.

Recibe tres pagas extras de 30 días de salario base

• Juan Ramón, Subalterno, con NIF 87666556-D y un contrato indefinido. Está separado y tiene tres hijosde 10, 9 y 5 años. Año de nacimiento: 1972. Sus retribuciones son las siguientes:

Salario base: 1.100 ¤/mes. Plus de productividad: 120 ¤/mes.

Antigüedad: 220 ¤/mes. Quebranto de moneda: 30 ¤/mes (durante 11 meses)Recibe dos pagas extras de salario base más antigüedad

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78 Unidad 4

PRÁCTICA PROFESIONAL

Elaboración de las nóminas de Almacenes Eléctricos SacriLa empresa ALMACENES ELÉCTRICOS SACRI, S.A, situada en la c/ Flor, 3 de Sevilla, con CIF número A00000000 y CCC41/8765543/53, tiene los siguientes empleados:

1. Clasificar las distintas percepciones que reciben los trabajadores de ALMACENES ELÉCTRICOS SACRI distinguiendoentre salariales y no salariales. Señalar qué conceptos se incluyen en las bases de cotización y señalar si la retri-bución es mensual o diaria.

2. Determinar cuáles son las bases de cotización y las bases sujetas a retención de los empleados de ALMACENES

ELÉCTRICOS SACRI del mes de abril de este año.

3. Calcular el líquido total a percibir de los trabajadores de ALMACENES ELÉCTRICOS SACRI y confeccionar sus nómi-nas del mes de abril.

Actividades

Los empleados de ALMACENES ELÉCTRICOS SACRI perciben tres pagas extraordinarias de treinta días de salario base más an-tigüedad y plus de convenio en marzo, junio y diciembre.

MARINA FERNÁNDEZ GARCÍA NIF: 45663456-SNº S.S.: 41/44398766/15 Cat. Prof.: Dependiente; G.C.: 6Contrato eventual; Fecha de alta: 1/02Retribuciones:• Salario base: 720 ¤/mes• Plus de convenio: 60 ¤/mes • Incentivos: 90 ¤/mes• Quebranto de moneda: 25 ¤/mesTipo de retención de IRPF: 2%

RODRIGO PARRAL GARCÍA NIF: 23445555-ENº S.S.: 41/34112333/75 Cat. Prof.: Mozo de almacén; G.C.: 8 Contrato por obra o servicio; Fecha de alta: 05/01 Retribuciones:• Salario base: 32 ¤/día• Plus de convenio: 13 ¤/día• Plus de productividad: 1,50 ¤/día de trabajo (21 días laborales)Tipo de retención de IRPF: 2%

ENRIQUE SOLÉ RODRÍGUEZ NIF: 13455555-ANº S.S.: 41/98875432/57 Cat. Prof: Oficial administrativo; G.C.: 5Contrato indefinido; Fecha de alta: 1/09/2000Retribuciones:• Salario base: 1.035 ¤/mes• Antigüedad: 153 ¤/mes• Plus de convenio: 80 ¤/mes• Plus de transporte: 50 ¤/mesTipo de retención de IRPF: 7%

MANUELA SOTO SANTIESTEBAN NIF: 34555555-XNº S.S.:41/64455555/48 Cat. Prof.: Encargada de tienda; G.C.: 3 Contrato indefinido; Fecha de alta: 10/03/2000Retribuciones:• Salario base: 1.050 ¤/mes• Antigüedad: 160 ¤/mes• Plus de convenio: 100 ¤/mes • Incentivos: 120 ¤/mesTipo de retención de IRPF: 14%

DAVID RODRÍGUEZ SALMERÓN NIF: 76885588-SNº S.S.: 41/77745666/92 Cat. Prof: Repartidor; G.C.: 9Contrato eventual; Fecha de alta: 3/02 Retribuciones:• Salario base: 34 ¤/día• Plus de convenio: 11 ¤/días• Plus de peligrosidad: 1,5 ¤/día trabajado (21 días laborales)• Dieta por manutención sin pernocta: 20 ¤/día de trabajo Tipo de retención de IRPF: 2%

PAULA VERA ROJO NIF: 65434332-ENº S.S.: 41/98111444/41 Cat. Prof.: Gerente; G.C.: 1Contrato indefinido; Fecha de alta: 01/08/1998Retribuciones:• Salario base: 1.300 ¤/mes• Dietas por manutención con pernocta en España: 70 ¤/día (por 5 días)• Antigüedad: 215 ¤/mes• Plus de convenio: 190 ¤/mes • Incentivos: 600 ¤/mes• Uso del vehículo propiedad de la empresa, que tiene un coste total

de 25.300 ¤Tipo de retención de IRPF: 18%

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La nómina 79

EL MUNDO LABORAL EN EL CINE

El salario del miedo

SINOPSIS

En una pequeña ciudad de Suramérica, repleta de delincuentes y prófugos, se re-fugia un grupo de emigrantes a la espera de encontrar trabajo en una empresanorteamericana que explota un campo de pozos petrolíferos.

El incendio de uno de ellos obliga a la empresa a planear una operación destina-da a sofocar el incendio mediante la activación de una carga de nitroglicerina quemueva una masa suficiente de tierra para ahogar el fuego. El explosivo está dis-ponible en unos almacenes situados a gran distancia del lugar del siniestro. Pararealizar el transporte convocan a los voluntarios del lugar dispuestos a asumir losenormes riesgos de la misión. Entre los que se presentan, eligen a los cuatro quede modo más patente carecen de familia, amigos y relaciones. El viaje, lleno deincidencias (curvas impracticables, desprendimientos que bloquean la carretera,vertidos de petróleo que impiden el paso de vehículos...), se convierte en una odi-sea.

La conversación entre las dos parejas de conductores desvela progresivamente laprofundidad de las heridas personales, el miedo que soportan, la soledad que pa-decen, la tragedia de sus historias y la desesperación en la que viven.

CLAVES DE TRABAJO

ESCENA DE LA CONTRATACIÓN

Dentro de esta película se va a analizar, únicamente, la escena de la contrataciónde estos desarraigados por medio de una prueba de selección en la que se les pro-meten a cada uno dos mil dólares a la llegada como retribución.

FICHA TÉCNICA

Título original: Le Salaire de la Peur.

Dirección: Henri Georges Clouzot.

Producción: International Affiliates.

Guión: Henri Georges Clouzot y Je-rome Geromini.

Duración: 140 minutos.

Nacionalidad: Francia.

Año de producción:1953.

Reparto: Charles Vanel, Yves Mon-tand,m Peter Van Eyck, Folco Lulli,Vera Clouzot, William Tubos, DarioMoreno, Jo Dest.

Género: drama.

1. Analizar las circunstancias que motivan a los trabajadores a aceptar el tra-bajo. ¿Es justo tener que jugarse la vida por un salario?

2. ¿Consideras que la retribución tiene en cuenta la peligrosidad? En caso decobrar alguna cantidad por este concepto, ¿qué tipo de percepción es?

3. ¿Es justa la retribución, o el empleador se aprovecha de la demanda y lanecesidad de los trabajadores para bajar el salario?

Actividades

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80 Unidad 4

Se declara que la actividad desempeñada por los trabajadores de una empresa panificadora, en sus respectivospuestos de trabajo, tiene «carácter penoso» al desempeñarse con un nivel de ruidos entre los 85 y 90 decibe-lios, lo que supone un especial significado de riesgo laboral.

La sala les reconoce el derecho a percibir el plus de penosidad aunque la empresa cumpla con las disposicionesestablecidas legalmente al disponer de evaluaciones ambientales, realizar anualmente reconocimientos médi-cos de la función auditiva de los trabajadores y obligar a estos a usar orejeras y tapones homologados, ya quelo concluyente para generar penosidad en el trabajo es que el nivel de ruidos supere los 80 decibelios.

Plus de penosidad por ruido de máquinasSentencia del Tribunal de Justicia de Cataluña de 22 de noviembre de 2002

1. Analiza por qué en esta sentencia se debe reconocer el plus de penosidad a los trabajadores de la empresapanificadora.

2. ¿Estás de acuerdo con los razonamientos de la Sala?

Trabajo a realizar

ACTUALIDAD LABORAL

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La nómina 81

EN RESUMEN

1. Indica cuál de los siguientes no es un complementosalarial:

a) Nocturnidad.

b) Horas extras.

c) Salario mínimo interprofesional.

d) Participación en beneficios.

2. De la siguiente relación, indica cuál es una percep-ción salarial:

a) Plus de transporte.

b) Dietas de viaje.

c) Plus de toxicidad.

d) Quebranto de moneda.

3. ¿Cuándo se incluyen las horas extraordinarias en elrecibo de salarios?

a) Solo se incluyen las horas por fuerza mayor.

b) Se incluyen tanto las pagadas como las compensadascon tiempo libre.

c) Nunca se incluyen las horas extras en la nómina.

d) Solo las que se acuerde que se van a compensar eco-nómicamente.

4. Indica cuáles de las siguientes remuneraciones seconsideran retribución en especie:

a) Utilización de una vivienda propiedad de la em-presa.

b) Participación en beneficios.

c) Plus de residencia.

d) Plus de transporte.

5. Indica, de estos conceptos, cuáles se considerandeducciones a efectos de retribución:

a) Dietas de viaje.

b) Cotización por desempleo.

c) Retención por IRPF.

d) Son correctas b) y c).

EVALÚA TUS CONOCIMIENTOS

Percepciones salariales

• Salario base• Complementos salariales• Horas extraordinarias• Pagas extraordinarias• Salario en especie

Percepciones no salariales

• Indemnizaciones y suplidos• Prestaciones de la SS• Indemnización por traslado,

suspensión o extinción• Otras

• Cotizaciones a la SS• Retenciones del IRPF• Anticipos• Otras deducciones

EL SALARIO

RECIBO DE SALARIOS

Devengos Deducciones

Soluciones: 1. c); 2. c); 3. d); 4. a); 5. d).

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