Fmc microempresa y la ley del artesano

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La Microempresa y la Ley del Artesano Dra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

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La Microempresa y la Ley del Artesano

Dra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

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QUÉ ES UNA MICROEMPRESADra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

Ley N° 28015 de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa (Julio de 2003):

“Unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente, que tiene como objeto desarrollar actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios”.

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CARACTERÍSTICAS DE UNA MYPEDra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

De acuerdo al D.L. 1086:

Microempresa:1 a 10 trabajadores y ventas anualeshasta por el monto de 150 UIT.

Pequeña empresa:10 a 100 trabajadores y ventas anualeshasta por 1700 UIT.

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MICROEMPRESAS EN PIURADra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

Aprox. 28.3% de la PEA ocupada en Piura trabaja en MYPEs.

La mayor participación en MYPEs se da de 25 a 44 años de edad, tanto para conductores como trabajadores. En las microempresas, existe una importante participación entre 14 y 24 años.

El nivel educativo de conductores de MYPEs es superior al promedio de la PEA ocupada. Entre los trabajadores, la mano de obra de la microempresa es menos calificada que la pequeña empresa.

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MICROEMPRESAS EN PIURADra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

La incorporación de la mujer en el mercado laboral se ha dado principalmente a través de MYPEs. No obstante, estas son dirigidas por hombres.

Los ingresos en MYPEs se diferencian según el tamaño. El ingreso promedio en una MYPE de 2 a 4 trabajadores se sitúa por debajo de la remuneración mínima vital (baja productividad).

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La Ley 29073 “Ley del Artesano y Desarrollo de la Actividad Artesanal” busca promover el desarrollo del artesano e integrarlo en el crecimiento económico del país.

Facilitar el acceso al financiamiento privado.

Mejorar la productividad, competitividad, rentabilidad y gestión en el mercado.

QUÉ BUSCA LA LEY DEL ARTESANODra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

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ROL PROMOTOR DEL ESTADODra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

Art. 9º: El Estado establece mecanismos para incentivar la inversión privada, producción, investigación, rescate, difusión cultural, acceso a mercados, etc.

Son COMPETENTES:1. MINCETUR: Promoción,

orientación y regulación.

2. Gobiernos Regionales.

3. Municipios provinciales y distritales.

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CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO ARTESANAL

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11 representantes:

1 de MINCETUR1 de PRODUCE1 de MINED1 de INC1 de instituciones privadas vinculadas al sector6 representantes de los artesanos peruanos, elegidos entre asociaciones de artesanos. Son mayoría.

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CONSEJO NACIONAL DE FOMENTOARTESANAL: FUNCIONES

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Art. 12º: Deberán crearse Consejos Regionales y Locales de fomento Artesanal.

Éste precisamente es el reto de los municipios, de los Gobiernos Regionales y de los propios artesanos:

1. Proponer la política y las normas y acciones de apoyo a dicha actividad.

2. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y sustentar las medidas necesarias para su eficaz aplicación.

3. Promover la organización de certámenes nacionales, y locales para la superación de los artesanos.

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ROL FORMALIZADOR DE LASENTIDADES DESCENTRALIZADAS

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Art. 15º: MINCETUR, junto a los Gobiernos Regionales y Locales, orienta a los artesanos en la formalización, constitución, organización y acceso al mercado nacional e internacional; es decir en hacer empresa para exportar y abrir nuevos mercados.

Art.17º: El Estado, a través de los Gobiernos Regionales y Locales, incentiva la comercialización directa de los artesanos productores en comunidades campesinas y nativas.

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RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULODra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

Del Reconocimiento a los artesanos:

El Estado a través del ente rector (MINCETUR) promueve concursos y certámenes con el objeto de valorar el talento y la creatividad del artesano peruano.

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RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULODra. Fabiola Morales Castillo | Congreso de la República

Día del Artesano: 19 de marzo de cada año.

El Estado a través de MINCETUR) promueve concursos y certámenes con el objeto de valorar el talento y la creatividad del artesano peruano.

En este marco, MINCETUR acude a una sesión de la Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de la República con el objeto de informar sobre el impacto de los planes y programas dirigidos a la promoción del artesano peruano.

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CERTIFCACIÓN Y PROTECCIÓNDE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Para que el artesano goce de beneficios, MINCETUR deberá otorgar Certificación Artesanal.

La certificación deberá ser otorgada a nivel regional y local por los gobiernos regionales y locales.

Registro: El MINCETUR en coordinación con los gobiernos regionales y locales, crea el Registro Nacional del Artesano.

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INDUSTRIAS CULTURALES,UNA OPORTUNIDAD

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Las manifestaciones culturales incluyen usos, costumbres y saberes ancestrales de una comunidad, formando parte de su identidad.

Si las transformamos en “productos culturales” que generen recursos económicos para el desarrollo de su comunidad, lograremos una variación conceptual.

“Industria Cultural” es la transformación de elementos culturales en productos culturales para la generación de recursos.

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EL ENFOQUE DE LASINDUSTRIAS CULTURALES

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Las formas innovadoras de entrelazar las líneas productivas de las Industrias Culturales nos llevan a definir las Industrias Creativas Inclusivas (ICI).

Industrias culturales

Artesanía

Productos orgánicos

Gastronomía

Turismo Rural Comunitario

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