Expo No Domesticos Mvcs

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VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES (VMA) Y SU REGLAMENTO (D.S. Nº 021-2009-VIVIENDA Y D.S. Nº 003-2011-VIVIENDA) Dirección Nacional de Saneamiento JUNIO 2013 PERÚ Dirección Nacional de Saneamiento Viceministerio de Construcción y Saneamiento Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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  • VALORES MXIMOS ADMISIBLES (VMA) Y SU REGLAMENTO (D.S. N 021-2009-VIVIENDA Y

    D.S. N 003-2011-VIVIENDA)

    Direccin Nacional de Saneamiento

    JUNIO 2013

    PER

    Direccin

    Nacional de Saneamiento

    Viceministerio de Construccin y

    Saneamiento

    Ministerio de Vivienda, Construccin y

    Saneamiento

  • PER

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    ANTECEDENTES

    La Ley N 26338 (Ley General de Servicios de Saneamiento), establece que los usuarios tienen la obligacin de hacer uso adecuado de los servicios, no daar la infraestructura correspondiente a fin de evitar el deterioro y asegurar el funcionamiento de los sistemas de alcantarillado, cumpliendo con las normas que los reglamentos de las entidades prestadoras establezcan.

    El DS N 023-2005-VIVIENDA (TUO del Reglamento de la Ley

    General), establece como derecho de las EPS, suspender el servicio de alcantarillado sanitario cuando las caractersticas de los efluentes industriales que se vierten en l, no cumplan con los lmites mximos permisibles establecidos en las normas vigentes.

  • PER

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    arrojan

    arrojan

    Redes de Alcantarillado

    PROBLEMAS A RESOLVER

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    PROBLEMAS A RESOLVER

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    PROBLEMAS A RESOLVER

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    PROBLEMAS A RESOLVER

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    consecuencias PRESTADOR

    Usuarios

    PROBLEMAS A RESOLVER

  • DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

    PER

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    Nacional de Saneamiento

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    Regular mediante Valores Mximos Admisibles (VMA) las descargas de aguas residuales no domsticas en el sistema de alcantarillado sanitario a fin de evitar el deterioro de las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias, equipos y asegurar su adecuado funcionamiento, garantizando la sostenibilidad de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de las aguas residuales.

    Cul es su objetivo?

    A nivel nacional.

    Cul es el mbito de aplicacin?

    Todos los usuarios que efecten descargas de aguas residuales no domsticas en el alcantarillado sanitario.

    Quines la acatan?

    Todas las entidades prestadoras de servicio o las entidades que hagan sus veces.

    Quines la aplican?

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    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

    DEFINICIN

    Es aquel valor de la concentracin de elementos, sustancias o parmetros fsicos y/o qumicos, que caracterizan a un efluente no domstico que va a ser descargado a la red de alcantarillado sanitario, que al ser excedido causa dao inmediato o progresivo a las instalaciones, infraestructura sanitaria, maquinarias y equipos de los sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, y tiene influencias negativas en los procesos de tratamiento de aguas residuales.

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    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

    Anexo N 1 Parmetros sobre los cuales, se har EL PAGO ADICIONAL POR EXCESO DE CONCENTRACIN de los parmetros fijados en el Anexo N 1 del DS N 021-2009-VIVIENDA, segn la metodologa aprobada por SUNASS.

    PARAMETRO VMA UNIDAD

    DBO5 500.00 mg/l

    DQO 1,000.00 mg/l

    SOLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES 500.00 mg/l

    ACEITES Y GRASAS 100.00 mg/l

    Anexo N 1

  • PER

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    SITUACIONES GERENADAS

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    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

    ANEXO N 2 EN CASO DE SER SOBREPASADOS ESTOS PARMETROS, SE SUSPENDER EL SERVICIO DE

    ALCANTARILLADO SANITARIO DEL USUARIO NO DOMSTICO.

    Anexo N 2 PARAMETRO VMA UNIDAD

    ALUMINIO 10.00 mg/l

    ARSNICO 0.50 mg/l

    BORO 4.00 mg/l

    CADMIO 0.20 mg/l

    CIANURO 1.00 mg/l

    COBRE 3.00 mg/l

    CROMO HEXAVALENTE 0.50 mg/l

    CROMO TOTAL 10.00 mg/l

    MANGANESO 4.00 mg/l

    MERCURIO 0.02 mg/l

    PARAMETRO VMA UNIDAD

    NQUEL 4.00 mg/l

    PLOMO 0.50 mg/l

    SULFATOS 500.00 mg/l

    SULFUROS 5.00 mg/l

    ZINC 10.00 mg/l

    NITROGENO AMONIACAL (2) 80.00 mg/l

    pH 6 - 9

    SLIDOS SEDIMENTABLES (2) 8.50 mg/l

    TEMPERATURA (2) < 35 C

    (2) Muestras puntuales, los dems valores sern de muestras compuestas.

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    SITUACIONES GENERADAS

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    QU OCURRE SI ES QUE LOS USUARIOS NO DOMSTICOS SOBREPASAN LOS

    PARMETROS ESTABLECIDOS?

    Usuarios No Domsticos

    Cuyas descargas sobrepasen los valores

    contenidos

    ANEXO N 1

    ANEXO N 2

    Pagar la tarifa establecida por el Ente competence

    Suspensin del servicio de alcantarillado sanitario.

    Suspensin del servicio.

    Excepcin: caso fortuito.

  • Clasificacin Internacional Industrial Uniforme, referida a las actividades econmicas productivas, para facilitar un conjunto de categoras de actividad que pueda utilizarse para la elaboracin de estadsticas por actividades.

    CIIU

    Queda totalmente prohibido descargar a los sistemas de alcantarillado sanitario cualquier tipo de residuos slidos, lquidos o gaseosos, que puedan causar por s solo o por interaccin con otras descargas algn tipo de dao en las instalaciones del sistema de alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas residuales segn lo indicado en el reglamento.

    PROHIBICIONES

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    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

  • 1. DATOS GENERALES.-

    a) Razn Social. b) Actividad.

    c) Ubicacin oficina Administrativa. d) Ubicacin de la Planta

    e) Otra instalacin e) Representante Legal

    f) Nombre del Propietario y/o arrendatario del predio.

    h) Fecha de Inicio de Operacin. i) Numero de la CIIU.

    2. ACTIVIDAD QUE REALIZA.-

    a. Indicar los meses de mxima y mnima produccin. b. Materia(s) Primas Empleada(s) Principales. b1. Materia Prima

    b2. Producto

    5. DOCUMENTOS PRESENTADOS (Marque con una aspa los documentos que adjunta)

    a. Resultado de Anlisis de laboratorio acreditado por INDECOPI del Anexo N 1 y Anexo N 2 del DS N 021-2009-VIVIENDA.

    copia Legalizada de la licencia de funcionamiento vigente de la empresa.

    c. Copia legalizada de la vigencia de poder del representante legal. d. Ficha registro nico de contribuyente- acreditacin del inicio de actividades.

    e. Copia de la factibilidad de servicios otorgados por la EPS o autorizacin de conexin del servicio de agua y saneamiento emitido por un prestador distinto de la EPS.

    4. DESCARGA DE LAS AGUAS RESIDUALES NO DOMSTICAS.-

    a. Ubicacin de los puntos de descarga de las aguas residuales No Domesticas al sistema de alcantarillado sanitario. (*) Presentar un esquema general de la ubicacin de estas descargas. b. Descripcin del sistema de tratamiento de las aguas residuales No Domesticas (Indicar capacidad, insumos, tipo de proceso, eficiencias).

    c. Observaciones.

    3. ABASTECIMIENTO DE AGUA.- a. Tipo de Fuente

    b. Red Publica

    c. Pozo de Agua

    d. Otro (especificar) (*) Observaciones

    -Consumo durante los ltimos 12 meses en m3.

    DECLARACIN JURADA DE USUARIO NO DOMSTICO

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  • Distrito: Departamento:

    Distrito: Departamento:

    Distrito: Departamento:

    F. Nmero de CIUU Descripcion:

    Descripcion:

    Descripcion:

    Descripcion:

    2. CARACTERISTICAS DE LA TOMA DE MUESTRA

    Parmetro VMA N de muestras Tipo de

    muestra

    (DBO5) 500 mg/lt

    (DQO) 1000 mg/lt

    Slidos Suspendidos Totales 500 mg/lt

    Aceites y Grasas 100 mg/lt

    Parmetro VMA N de muestras Tipo de

    muestra

    Aluminio 10 mg/lt

    Arsnico 0.5 mg/lt

    Boro 4 mg/lt

    Cadmio 0.2 mg/lt

    Cianuro 1 mg/lt

    Cobre 3 mg/lt

    Cromo hexavalente 0.5 mg/lt

    Cromo total 10 mg/lt

    Manganeso 4 mg/lt

    Mercurio 0.02 mg/lt

    Nquel 4 mg/lt

    Plomo 0.5 mg/lt

    Sulfatos 500 mg/lt

    Sulfuros 5 mg7lt

    Zinc 10 mg/lt

    Nitrgeno Amoniacal (2) 80 mg/lt

    PH (2) 6-9

    Slidos Sedimentables (2) 8.5 ml/l/h

    Temperatura (2)

  • PER

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    ACTA DE TOMA DE MUESTRA INOPINADA

    1. DATOS GENERALES.- a. Razn Social b. Actividad

    c. Ubicacin de la oficina administrativa d. Ubicacin de Planta e. Otra instalacin

    f. Numero de la CIIU

    3. UBICACIN DEL DISPOSITIVO(S) PARA LA TOMA DE MUESTRA.-

    Anexo 01 Anexo 02

    2. CARACTERSTICA DE LA TOMA DE MUESTRA.-

    Nombre del Laboratorio Fecha

    Hora Responsable de toma de muestra

    4, DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA TOMA DE MUESTRA.-

  • PRESTADOR DE

    SERVICIO

    T= no mas de 10 dias habiles

    T= no mas de 10 dias habiles

    1era etapa

    REGISTRO

    Reglamento VMA vigente

    Solicita al UND la DJ Presenta DJ al prestador T= no mas de 30 dias habiles

    T= no mas de 15 dias habiles

    Revisin de documentacin

    Observacin Subsanacin

    Evala

    Pronunciamiento

    Registro

    USUARIO NO DOMSTICO

    Cd. usuario

    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA).

  • NO SUPERA LOS VMA

    T= no mas de 10 das hbiles para evaluar

    NO SUPERA LOS VMA

    T= no mas de 10 das hbiles para evaluar

    UND Usuario No Domestico

    DJ Declaracion Jurada VMA Valores Maximos Admisibles

    CIIU Clasificacion Internacional Industrial Uniforme

    2 da etapa

    MONITOREO Y/O

    EVALUACIN

    T= no mas de 10 das hbiles

    Evala los resultados

    Anexo N 1

    SI SUPERA LOS VMA

    Actualiza su Registro de Usuarios No Domsticos

    Realiza el cobro por el pago

    adicional por exceso Paga y adecua su

    Descargas

    Realiza los anlisis

    Comunica al prestador

    Suspende la emisin del recibo

    por el pago por exceso

    Evala los resultados Anexo N 2

    Dispone la reposicin Alc.

    el cobro correspondiente

    SI SUPERA LOS VMA

    Actualiza su Registro de

    Usuarios No Domsticos

    Cierre del servicio de alcantarillado

    Adecua su sist.

    Tratamiento

    Realiza los anlisis

    Comunica al prestador

    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA).

  • NO SUPERA LOS VMA

    T= no mas de 10 das hbiles para evaluar

    NO SUPERA LOS VMA

    T= no mas de 10 das hbiles para evaluar

    UND Usuario No Domestico

    DJ Declaracion Jurada

    VMA Valores Maximos Admisibles

    CIIU Clasificacion Internacional Industrial Uniforme

    3 era etapa

    MUESTRA

    INOPINADA

    Muestra inopinada

    T= no mas de 10 das hbiles Evala los resultados

    Anexo N 1

    SI SUPERA LOS VMA Actualiza su Registro de

    Usuarios No Domsticos

    Realiza el cobro del pago

    adicional por exceso y por los

    anlisis de los parmetros

    SI SUPERA LOS VMA

    Actualiza su registro de

    monitoreo

    Paga y adecua su sistema de

    tratamiento

    El prestador de servicios paga los anlisis

    Realiza los anlisis

    Comunica al prestador

    Suspende la emisin del recibo por el cobro por exceso

    Evala los resultados Anexo N 2

    Cierre del servicio de alcantarillado y el UND paga

    Adecua su sist. Tratamiento

    El prestador de servicios paga los anlisis

    Realiza los anlisis

    Comunica al prestador

    Reposicin del servicio de alcantarillado

    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA).

  • PER

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    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

    ENTRADA EN VIGENCIA Y MODIFICACIONES

    D.S. N 021-2009-VIVIENDA

    (20.11.2009)

    Con la aprobacin de su reglamento, a ser elaborado por el MVCS en un plazo de 365 das.

    D.S. N 014-2010-VIVIENDA (21.11.2010)

    Ampliacin del plazo establecido (D.S. N 021-2009-VIVIENDA) en 180 das.

    D.S. N 003-2011-VIVIENDA

    (22.05.2011)

    Aprobacin del Reglamento del D.S. N 021-2009-VIVIENDA (a los 30 das).

  • PER

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    23 de Junio de 2011 05 de Septiembre de 2013

    Usuarios No Domsticos antiguos

    Usuarios No Domsticos nuevos

  • En virtud de lo establecido en el Literal i) del Art. 5 del Reglamento del Decreto Supremo N 021-2009-VIVIENDA (VMA), se aprobaron 46 actividades y 23 parmetros que segn la CIIU sern de cumplimiento obligatorio por parte de los Usuarios No Domsticos.

    De acuerdo a las actividades que realice cada UND se deber efectuar el anlisis de los parmetros indicados en el Anexo.

    PER

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    RESOLUCIN MINISTERIAL N 116-2012-VIVIENDA

    DECRETO SUPREMO N 021-2009-VIVIENDA Y SU REGLAMENTO (VMA)

  • C OD IGO

    C IIUD ESC R IPC ION D B O 5 D QO SS A yG PH T SD A s C d C n C u C r C r

    +6 Hg N i N H 4 Pb SO4 S= 2 Zn B A l M n

    1010 ELABORACION Y CONSERVACION DE CARNE * * * * * * * *

    1020 ELABORACION Y CONSERVACION DE PESCADO, CRUSTACEOS Y M OLUSCOS * * * * * * * *

    1030 ELABORACION Y CONSERVACION DE FRUTAS, LEGUM BRES Y HORTALIZAS * * * * * * *

    1040 ELABORACION DE ACEITES Y GRASAS DE ORIGEN VEGETAL Y ANIM AL * * * * * * *

    1050 ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS * * * * * * *

    1062 ELABORACION DE ALM IDONES Y PRODUCTOS DERIVADOS DEL ALM IDON * * * * * * * *

    1071 ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERIA * * * * * * * * *

    1072 ELABORACION DE AZUCAR * * * * * * *

    1073 ELABORACION DE CACAO Y CHOCOLATE Y DE PRODUCTOS DE CONFITERIA * * * * * *

    1074 ELABORACION DE M ACARRONES, FIDEOS, ALCUZCUZ Y PRODUCTOS FARINACEOS SIM ILARES * * * * * * * *

    1079 ELABORACION DE OTROS PRODUCTOS ALIM ENTICIOS n.c.p * * * * * * * *

    1080 ELABORACION DE PIENSOS PREPARADOS PARA ANIM ALES * * * * *

    1101 DESTILACION , RECTIFICACION Y M EZCLA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS * * * * * *

    1103 ELABORACION DE BEBIDAS M ALTEADAS Y DE M ALTA * * * * * * *

    1104 ELABORACION DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS, PRODUCCION DE AGUAS M INERALES Y OTRAS AGUAS EM BOTELLADAS * * * * *

    1313 ACABADO DE PRODUCTOS TEXTILES * * * * * * * * * * * * * * * *

    1511 CURTIDO Y ADOBO DE CUEROS; ADOBO Y TEIDOS DE PIELES * * * * * * * * * * * *

    1610 ASERRADO Y ACEPILLADURA DE M ADERA * * * * *

    1701 FABRICACION DE PASTA DE M ADERA, PAPEL Y CARTON * * * * * * * * * * * * * * * * *

    1702 FABRICACION DE PAPEL Y CARTON ONDULADO Y DE ENVASES DE PAPEL Y CARTON * * * * * * * * * * * * * * *

    1811 IM PRESIN * * * * * * * * * *

    1812 ACTIVIDADES DE SERVICIOS RELACIONADAS CON LA IM PRESIN * * * * * * * * * * *

    1920 FABRICACION DE PRODUCTOS DE LA REFINACION DEL PETROLEO * * * * * * * * *

    2011 FABRICACION DE SUSTANCIAS QUIM ICAS BASICAS * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

    2012 FABRICACION DE ABONOS Y COM PUESTOS DE NITROGENO * * * * * * * * * * * * * * * * *

    2021 FABRICACION DE PLAGUICIDAS Y OTROS PRODUCTOS QUIM ICOS DE USO AGROPECUARIO * * * * * * * * * * * * * * * *

    2022 FABRICACION DE PINTURAS, BARNICES Y PRODUCTOS DE REVESTIM IENTO SIM ILARES, TINTAS DE IM PRENTA Y M ASILLAS * * * * * * * * * * *

    2023 FABRICACION DE JABONES Y DETERGENTES PREPARADOS PARA LIM PIAR Y PULIR, PERFUM ES Y PREPARADOS DE TOCADOR * * * * * * * *

    2029 FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS QUIM ICOS * * * * * * * * * * *

    2100 FABRICACION DE PRODUCTOS FARM ACEUTICOS, SUSTANCIAS QUIM ICAS M EDICINALES Y PRODUCTOS BOTANICOS DE USO FARM ACEUTICO* * * * * * * * *

    2310 FABRICACION DE VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO * * * * * * * * * * *

    2391 FABRICACION DE PRODUCTOS REFRACTARIOS * * * * *2420

    1

    FABRICACION DE PRODUCTOS PRIM ARIOS DE M ETALES PRECIOSOS Y OTROS M ETALES NO FERROSOS * * * * * * * * * * * * * *

    2520 FABRICACION DE ARM AS Y M UNICIONES * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

    2592 TRATAM IENTO Y REVESTIM IENTO DE M ETALES ; M AQUINADO * * * * * * * * * * * * * * * * * *

    2660 FABRICACION DE EQUIPO DE IRRADIACION Y EQUIPO ELECTRONICO DE USO M EDICO Y TERAPEUTICO * * * * * * * * * * * * * *

    2750 FABRICACION DE APARATOS DE USO DOM ESTICO * * * * * * * * * * * * * * * *

    2790 FABRICACION DE OTROS TIPOS DE EQUIPO ELECTRICO * * * * * * * * * * * * * *

    2811 FABRICACION DE M OTORES Y TURBINAS, EXCEPTO M OTORES PARA AERONAVES, VEHICULOS AUTOM OTORES Y M OTOCICLETAS * * * * * * * * * * * * * * *

    2910 FABRICACION DE VEHICULOS AUTOM OTORES * * * * * * * * * * * * * * * *

    3092 FABRICACION DE BICICLETAS Y DE SILLONES DE RUEDAS PARA INVALIDOS * * * * * * * * * * * * * * * *

    3250 FABRICACION DE INSTRUM ENTOS Y M ATERIALES M EDICOS Y ODONTOLOGICOS * * * * * * * * * * * * * *

    3510 GENERACION, TRANSM ISION Y DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA * * * * * *

    3520 FABRICACION DE GAS; DISTRIBUCION DE COM BUSTIBLES GASEOSOS POR TUBERIAS * * * * * * * *

    7420 ACTIVIDADES DE FOTOGRAFIA * * * * * *

    9601 LAVADO Y LIM PIEZA , INCLUIDA LA LIM PIEZA EN SECO , DE PRODUCTOS TEXTILES Y DE PIEL * * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

    (1) Si la empresa realiza procesos de galvanoplasta se incluyen los metales pesados como parmetros a analizar.

    ANEXO N 1

  • PER

    Direccin

    Nacional de Saneamiento

    Viceministerio de Construccin y

    Saneamiento

    Ministerio de Vivienda, Construccin y

    Saneamiento

    WWW.VIVIENDA.GOB.PE

  • [email protected]

    Telfono: 211 - 7930 Anexo: 3263

    MUCHAS GRACIAS

    PER

    Direccin

    Nacional de Saneamiento

    Viceministerio de Construccin y

    Saneamiento

    Ministerio de Vivienda, Construccin y

    Saneamiento