EXP Demanda de Divorcio

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EXP.: ESP. LEGAL: CUADERNO: PRINCIPAL ESCRITO: 01 SUMILLA: DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSALSEOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO MIXTO DE FAMILIA DE SAN JUAN DE LURIGANCHOALEJANDRO DE LA CRUZ YANASUPO, identificado con Carnet de Identificacin Policial N 30152228, con domicilio real en la Urb. Valle de Sharon Mz. 1, Lote.10- Canto Grande San Juan de Lurigancho, y asimismo sealando comoDOMICILIO PROCESALen la Urb. Los Alamos, Mz.E, Lote.13-Distrito de San Juan de Lurigancho(REF: ESTUDIO JURDICO AGUILAR ANICAMA), a Ud. digo:Que recurro ante su despacho con la finalidad de interponerDEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMN,dirigiendo la presente demanda contra mi cnyuge doaCARMEN ORTIZ SNCHEZ,a quien se le notificar en el Jr. Santa Martha Mz.A, Lote.22, AA.HH. Jos Glvez-Distrito de San Juan de Lurigancho-Provincia y Departamento de Lima, y tambin contra elMINISTERIO PBLICOconforme al Art.481 del Cdigo Procesal Civil, el mismo que deber ser notificado en su domicilio procesal sito en la Alt. Cuadra 38 de la Av. Prceres de la Independencia en el Mdulo Bsico de Justicia San Juan de Lurigancho.I.-PETITORIO:Que acudo ante vuestro Despacho a fin de interponer la presente demanda con las siguientes pretensiones:PRETENSIN PRINCIPALQue interpongoDEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL DE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMN,contra mi cnyuge doaCARMEN ORTIZ SNCHEZy tambin contra elMINISTERIO PBLICOconforme al Art.481 del Cdigo Procesal Civil, a fin de que el rgano Jurisdiccional declare la disolucin del vnculo matrimonial existente entre ambos.PRETENSIONES ACCESORIOS-TENENCIA Y CUSTODIA:SOLICITOse me conceda laTENENCIA Y CUSTODIA de mi menor hijo SURIEL ABDEL DE LA CRUZ ORTIZ(13)debiendo agregar para mayor ilustracina vuestro Despacho que tengo dos hijos ms con la demandada que son mayores de edad y son:ZAMIR ALEJANDRO DE LA CRUZ ORTIZ (18) y CARMEN ROCIO DE LA CRUZ ORTIZ (20).-ALIMENTOS:Respecto de la pensin de alimentos debo decir que esta fue fijada judicialmente en 44% por el Primer Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, correspondiendo el 16% para cada uno de mis hijos y el 12% a favor de la demandada y que en vista que vengo a demandar el divorcio por causalSOLICITO se me exonere de la prestacin alimenticia equivalente al 44% de mis haberes mensualesy que otorgaba a favor de la demandad toda vez que mi hijoZAMIR ALEJANDRO DE LA CRUZ ORTIZcon la presente demanda vengo a solicitar su tenencia y custodia por lo que de concedrsemela debo quedar exonerado de la prestacin alimenticia que vena otorgando a la demandante en su representacin y en su defecto deber permanecer en dicho porcentaje equivalente al 16% toda vez que ha sido objeto de una decisin judicial firme y finalmenteSOLICITOse me exonere de la prestacin alimenticia que le corresponde a la demandada equivalente al 12%, toda vez que es una mujer joven de 40 aos, sin incapacidad ni absoluta ni relativa, sin cargas familiares por lo que bien puede trabajar.-LIQUIDACIN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALESHabiendo adquirido durante el matrimonio, un bien inmueble ubicado en el AA.HH: Jos Glvez Mz. A, Lote.22-Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, Inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble con Cdigo de Predio N P02059985, por lo que SOLICITO que vuestro Despacho ordene oportunamente la divisin y particin de dicho bien inmueble declarando el 50% de derechos y acciones para cada uno y que deber tenerse en cuenta al momento que se declare la disolucin del vnculo matrimonial.-REPARACIN DEL DAO MORAL:SOLICITOque la demandante me pague la suma deS/. 20.000.00 (VEINTE MIL NUEVOS SOLES), por concepto de Reparacin Civil por el dao moral que me ha ocasionado esto de conformidad con el Art.351 del Cdigo Civil.III.- FUNDAMENTOS DE HECHO:RESPECTO A LA PRETENSIN PRINCIPAL.1.-Que, el demandante contrajo matrimonio con la demandante doaCARMEN ORTIZ SNCHEZel da 26 de Agosto de 1985 por ante la Municipalidad de Lima Metropolitana, producto de lo cual procreamos a nuestros hijos de nombres Carmen Roco de la Cruz Ortiz (20), Zamir Alejandro de la Cruz Ortiz (18) Suriel Abdel de la Cruz Ortiz (13).2.-Que desde los primeros aos de nuestra vida conyugal e incluso desde antes de casarnos la demandada no supo prodigarme cario y afecto sincero, por el contrario fue el recurrente el que siempre brind comprensin, cario y estimacin, persistiendo con la esperanza que un da cambiara y me llegara a querer, pues ya perciba sus desprecios, su desdn e indiferencia.3.-Con los aos la situacin empeor, las discusiones eran constantes, su actitud hosca para con mi persona, irritable, irascible provoco que las ofensas eran mutuas, llegando la demandada al extremo de mantener relaciones sexuales con un sujeto de nombreAUGUSTO MORALESel mismo en el que deposit mi confianza y apadrin a fin de que ingresara al cuerpo militar, por lo que confiado le permit el acercamiento con mi familia, mientras yo me dedicaba a trabajar en mi centro laboral, sin pensar que la demandada infiel aprovechaba mi ausencia para acostarse con el mencionado sujeto y cuando descubr dicha relacin por intermedio de otras personas allegadas y vecinos, la demandada no dud en aceptarlo aduciendo que jams me am y que adems yo era viejo y que slo se caso por necesidad conmigo.4.-Durante nuestra vida marital fueron varias las ocasiones en las que la demandada adopt conductas reprochables, tal es as que me agredi en varias oportunidades delante de mi familia y amigos, en los compromisos sociales a los que asistamos, y en los que siempre andaba disgustada por andar conmigo, su nivel cultural tal vez no le permita comprender que sus conductas eran inapropiadas, pues tan solo tiene secundaria incompleta.5.-Que entre el demandante y la demandada existe imposibilidad de hacer vida en comn, estos hechos se pueden resumir de la siguiente manera:....6.-Seor Juez, por lo expuesto tambin es de concluirse que este matrimonio es completamente ficticio y por lo tantoES IMPOSIBLE HACER VIDA EN COMNcon la demandada, dado a que en este matrimonio jams existi ni existirn los pilares fundamentales del matrimonio como son: el amor, la comprensin, el respeto mutuo y la cohabitacin, muy por el contrario al no haber existido respeto, dicho matrimonio jams tuvo un norte como institucin, convirtindose slo en una realidad sobre el papel, es decir es un matrimonio ficticio que slo genera problemas de diversa ndole comopsicolgicosen lo que respecta al desarrollo emocional de las personas,econmicospor la vigencia de la sociedad de gananciales en la prctica disfuncional, y a todas luces absurda; ysociales,porque distorsiona el concepto de familia. Es injusto que tenga que vivir bajo un mismo techo legal con alguien que nunca me quiso y que sin embargo debo mantenerme atado a ello por razones nobles y en contra de mi voluntad.7.-Asimismo, dada la forma como se celebr el matrimonio, las discrepancias surgidas, y el hecho de que jams funcion el matrimonio como institucin es una prueba de laIMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMN,pues queda claro que si bien como enamorados no funcion la relacin, sumado a la personalidad irascible de la demandada y sus sentimientos a mi persona, detestables y reprochables hace que seaIMPOSIBLE LA VIDA EN COMN.8.-Que por ltimo debo decir, que esta incompatibilidad de caracteres, es completamente manifiesta y permanente plasmado en todos los procesos judiciales y en cada uno de los actos que realiza la demandada lo cual nos lleva a concluir que definitivamente esIMPOSIBLE HACER VIDA COMN.RESPECTOS A LAS PRETENSIONES ACCESORIAS:-TENENCIA Y CUSTODIA:1.-Durante nuestra relacin matrimonial con la demandada procreamos tres hijos que son:CARMEN ROCO DE LA CRUZ ORTIZ (20), ZAMIR ALEJANDRO DE LA CRUZ ORTIZ (18) y SURIEL ABDEL DE LA CRUZ ORTIZ (13)siendo que este ltimo menor de edad de quien solicito la Tenencia y Custodia.2.-Que mi menor hijo siempre a sido muy ligado al demandante, y en todas las ocasiones que la demandada me atacaba con agresiones verbales o fsicas siempre sala en mi defensa, sufriendo en silencio cuando vea que su madre me impeda el ingreso a mi domicilio dejndome fuera y tratndome con insultos verbales y palabras soeces, situacin que luego de que la demandada interpusiera maliciosamente una demanda de Alimentos muy a pesar de que siempre cumpl con mi obligacin alimenticia- empeor y me alej de mi hijo menor con quin siempre estuvimos muy compenetrados y de quin siempre me preocup por cubrir sus necesidades bsicas y secundarias, pruebas de ello son las boletas y recibos firmados por la demandante y presentadas en el proceso de Alimentos entre las partes.ALIMENTOS:1.-Seor Juez, en el ao 2003, la demandada interpuso unaDEMANDA DE ALIMENTOS,la misma que se desarrollo en el Segundo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, Expediente: 618-2003, donde solicit el pago de alimentos para mis tres hijos.2.-Que en vista que vengo a demandar el divorcio por causalSOLICITOse me exonere de la prestacin alimenticia equivalente al 44% de mis haberes mensuales y que otorgaba a favor de la demandada toda vez que mi hijoZAMIR ALEJANDRO DE LA CRUZ ORTIZactualmente cuenta con mayora de edad, conforme la partida de nacimiento que anexo a la presente demanda y en relacin con mi menor hijoSURIEL ABDEL DE LA CRUZ ORTIZcon la presente demanda vengo a solicitar su tenencia y custodia por lo que de concedrsemela debo quedar exonerado de la prestacin que vena otorgando a la demandante en su representacin y en su defecto deber permanecer en dicho porcentaje equivalente al 16% toda vez que ha sido objeto de una decisin judicial firme y finalmente SOLICITO se me exonere de la prestacin alimenticia que le corresponde a la demandada equivalente al 12% toda vez que es una mujer joven de 40 aos, sin incapacidad ni absoluta ni relativa, sin cargas familiares por lo que bien puede trabajar.LIQUIDACIN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES:1.-Durante nuestro matrimonio hemos adquirido un bien inmueble ubicado en el AA.HH. Jos Glvez Mz. A, Lote.22- Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, Inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble con Cdigo de Predio N P02059985.2.-Estando a que vengo solicitando el Divorcio en el presente proceso es procedente que se lleve a cabo la Liquidacin de la Sociedad de Gananciales, poniendo fin a este rgimen, para cuyo efecto vuestro Despacho oportunamente ordenar la divisin y particin de dicho inmueble conforme a los solicitado.3.- REPARACIN DEL DAO MORAL:1.- Su despacho deber concederme como indemnizacin por daos la suma deS/ 20.000.00 (VEINTE MIL NUEVOS SOLES), dado a que he sido perjudicada por la demandada quin constantemente me agreda fsica y psicolgicamente destruyendo nuestro matrimonio, provocndome humillaciones pblicas que han deteriorado mi autoestima e imagen frente a mis familiares, amigos y conocidos, intent atentar contra mi vida y me alej de mis hijos forzadamente, expulsndome de mi hogar conyugal, por lo que actualmente vivo slo con mis ancianos padres.IV.- FUNDAMENTACIN JURDICA:Amparo la presente demanda en los siguientes artculos:CDIGO CIVIL:-Art.333 inc.11 del Cdigo Civil, que prescribe sobre la causal invocada que es de imposibilidad de hacer vida en comn es el presente proceso.-Art.334.- Que seala que la titularidad de la accin corresponde a los cnyuges.-Art. 350.- La misma que establece los efectos del matrimonio.-Art.442.- Que prescribe que el Juez seala en sentencia la pensin alimenticia que deber acudir el demandado a favor de nuestra menor hija, as como la pensin de alimentos que el demandado me acudir.-Art.348.- del Cdigo Civil, que prescribe que el divorcio por causal persigue la disolucin del vnculo matrimonial.-Art.349.- del Cdigo Civil que prescribe que pueden demandarse el divorcio por las causales sealadas en el Art.333 inciso del 1 al 12.CDIGO PROCESAL CIVIL:-Art.24 inc,2 del Cdigo Procesal Civil, sobre la competencia de su despacho.-Art.481 del Cdigo Procesal Civil, pues prescribe que en los procesos de divorcio, el Ministerio Pblico es parte.-Art.483.- La que prescribe: Salvo que hubiera decisin judicial firme, deben acumularse a la pretensin principal de Divorcio, las pretensiones de alimentos, tenencia, separacin de bienes gananciales y otros, agregando adems que las pretensiones accesorias que tuvieran decisin judicial consentida, pueden ser acumuladas proponiendo su variacin.CDIGO DE LOS NIOS Y ADOLESCENTESArts. 81, 84 y 85.- Las mismas que regulan la posibilidad del padre de solicitar laTENENCIA Y CUSTODIAde sus hijos, cuando se encuentre separado de su cnyuge.V.- MONTO DEL PETITORIO:El monto del petitorio por concepto de Reparacin del Dao Moral asciende a la suma deS/. 20.000.00 (VEINTE MIL NUEVOS SOLES)suma que deber pagar la demandada a favor de la recurrente.VI.- VA PROCEDIMENTAL:La presente accin se tramita en la Va deCONOCIMIENTOal amparo de lo dispuesto por el Art. 480 del Cdigo Procesal Civil modificado por la Ley. 27495.Debindose tener presente que la acumulacin de pretensiones planeada no impide que se conozca el presente proceso en la va de conocimiento, tal como lo seala el Art.483 del Texto Legal glosado.VII.- COMPETENCIA:Debido a que la presente demanda es una deDIVORCIOy conforme al Art.24 inc.2 del Cdigo Procesal Civil, que prescribe Adems del Juez del domicilio del demandado, tambin es competente, a eleccin del demandante el Juez del ltimo domicilio conyugal, en el presente caso vuestro despacho es competente tanto porque el domicilio de la demandada pertenece a vuestra competencia territorial as como tambin el ltimo domicilio conyugal pertenece a vuestra competencia territorial.VIII.- MEDIOS PROBATORIOS:IX.- ANEXOS DE LA DEMANDA:POR LO EXPUESTO:A Ud. Seor Juez, solicito se sirvaADMITIRla presente demanda y oportunamente declararlaFUNDADA.Fecha y Firma.

EXP.:ESP. LEGAL:ESCRITO:CUADERNO: PRINCIPALSUMILLA: INTERPONGO DEMANDA DE DESALOJOSEOR JUEZ JUZGADO MIXTO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO.TOMAS GALICIA CASTILLO, identificado con DNI N __________, y doaMARCELINA CCAHUANA DE GALICIAidentificada con DNI N____________ y ambos con Domicilio real Urb. _____________________ Distrito de San Juan de Lurigancho, y con domicilio procesal en el Urb. Los lamos Mz. E Lt. 13 - San Juan de Lurigancho, a Ud. digo:I.- PETITORIO:Que, recurro ante su despacho Sr. Juez, con la finalidad de interponer demanda deDESALOJO POR RESOLUCIN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR LA CAUSAL DE FALTA DE PAGO, contra El CENTRO DE EDUCACIN OCUPACIONAL NO ESTATAL CESCA, con RUC N ______________ representada por su Director General Lic. _________________________________, identificado con DNI N ________, y/o su Representante Legal a quien se le deber notificar en la Av. Gracilazo de la Vega N __________ Cercado de Lima, quien se encuentra con poder inscrito en la Partida Electrnica N _______________ de los Registros Pblicos de Lima; solicitando a vuestro despacho se sirva disponer que el demandado desocupe y me entregue la posesin del inmueble de mi propiedad ubicada en la direccin antes mencionada y asimismo como pretensin accesoria solicito el pago de la merced conductiva adeudada ascendente a $ 8 500 (OCHO MIL QUINIENTOS DLARES AMERICANOS)reservndonos el derecho de actualizar el pago de la merced conductiva hasta el da en que se produzca la desocupacin del bien; demanda que interpongo en atencin de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:II.- FUNDAMENTOS DE HECHO1.Que, en virtud del contrato de arrendamiento de fecha 27 das del mes de Diciembre del 2002, celebrado entre las partes, los demandantes arrendaron al demandado el inmueble de su propiedad ubicado enAV. PRCERES DE LA INDEPENDENCIA N 1715-A (SEGUNDO Y TERCER PISO)- EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, e inscrito con el Cdigo de Predio N p02130398 del Registro Predial Urbano de Lima, siendo la renta correspondiente de US$ 1,400.00 (UN MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 DLARES AMERICANOS) mensuales, la misma que, conforme lo seala la clusula segundade dicho contrato, debe ser pagada el primer da til de cada mes.2.Que, el respectivo contrato de arrendamiento se encuentra vigente a la fecha (venciendo el 14 de enero del 2008) y el demandado se encuentra actualmente en posesin del bien inmueble arrendado, en donde viene ejerciendo exclusivamente actividades educativas de acuerdo al objeto de su constitucin3.Que posteriormente se realiz unaADDENDA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTOen virtud de lo cual se le otorga a la demandada dos ambientes adicionales ubicados en la parte posterior del segundo piso del inmueble alquilado por el plazoque va del 1 de marzo del 2005 hasta el 14 de enero del 2008 por una renta mensual ascendente a $ 300 00 (TRESCIENTOS DLARES AMERICANOS) que sumados al contrato original hacen un total de$ 1 700 00 (MIL SETECIENTOS DLARES MENSUALES A PAGAR POR CONCEPTO DE MERCED CONDUCTIVAsin embargo desde enero del presente ao, mes en que debi cumplir con el pagomensual convenida en el contrato de arrendamiento, el demandado ha incumplido el pago de la rentas mensuales pactadas; habiendo dejado de pagar dicha contraprestacin por mucho ms de cinco meses consecutivos; as como prescribe en la clusula sexta, Inc. A) que dice: dejar de pagar la merced conductiva de dos meses y medio ; razn por la cual se ha configurado la causal deRESOLUCIN DEL CONTRATOpor falta de pago de rentas.4.Con fecha 01 de Febrero del 2006, remit al demandado una carta notarialrequirindole extrajudicialmente que, por incumplimiento de la clusula sexta, que se de por resuelto en contrato pactado entre ambas partes, y que con fecha 01 de junio del 2006, se invito al demando para conciliar, acto al cual hizo caso omiso, incumpliendo as su obligacin para conmigo volvindose a invitar para el da 12 de junio del presente ao fecha a la que tampoco concurri y en virtud de la cual se expidi el Acta de Conciliacin N 217 por inasistencia de una de las partes, demostrando con ello su clara intencin de no cumplir con sus obligaciones.5.- Por las razones expuestas, y reservndome el derecho de iniciar la actuacin correspondiente para cobrar lo que se me adeuda, recurro a su despacho, Sr. Juez, a fin de que base a las pruebas aportadas ordene Ud. que el demandado desocupe en la brevedad el inmueble de mi propiedad sub-litisIII.- FUNDAMENTACIN JURDICAFundamento mi petitorio en lo dispuesto en las siguientes normas legales:Art. 1697 del Cdigo Civil, cuyo Inc. 1) precepta que el contrato de arrendamiento puede resolverse si en arrendatario no ha pagado la renta del mes anterior y se vence otro mes y adems quince das.Art. 585 del Cdigo Procesal Civil, segn el cual la restitucin de un predio se tramita con arreglo a lo dispuesto para el proceso sumarsimo y las precisiones del Sub-Capitulo 4 (Desalojo) del Capitulo II (Disposiciones Especiales) del Titulo III (Procesos Sumarsimos)de la Seccin Quinta (Procesos Contenciosos), del indicado Cdigo Adjetivo.Art. 586 del Cdigo Procesal Civil, del cual se infiere que pueda demandarIV.- VA PROCEDIMENTAL Y COMPETENCIADe conformidad con lo establecido por el Inc. 4 del Art. 546 del Cdigo Procesal Civil, la va procedimental que corresponde en el presente caso es la del PROCESO SUMARSIMOAsimismo, conforme al tercer prrafo del Art. 547 del referido cdigo, su despacho es competente para conocer del presente proceso, oda vez que la renta pactada con el demandado no exceda las 5 Unidadesde referencia procesal.Por que la renta mensual del predio cuya restitucin se demanda es mayor de Cinco Unidades de Referenciales Procesal, concretamente es de$ 8 500DLARES AMERICANOS, y por desprenderse del tercer prrafo del Art. 547 del Cdigo Procesal Civil que en dicho caso son competentes los Jueces MixtosPor domiciliar la demanda dentro de la competencia territorial del Juzgado conforme a lo previsto en el Art. 14 primer prrafo del Cdigo Procesal Civil. (es de destacar que, adems de juez del domicilio de la demandada, tambin es competente, a eleccin del demandante, el Juez del lugar en que encuentre el bien; y, si la demanda versa sobre varios inmuebles situados en diversos lugares, ser competente el Juez de cualquiera de ellos: Art. 24 Inc. 1) del CPC).Dentro de la competencia territorial del Juzgado de San Juan de Lurigancho y establecerlo as el art. 560 del Cdigo Procesal Civilen lo referente a la competencia opcional en materia especfica de alimentos. Y al amparo del ttulo preliminar del Cdigo adjetivo y la normatividad vigente que favorezca mi pretensin.V.- MEDIOS PROBATORIOSOfrezco el mrito de los siguientes medios probatorios: 1.Original de la copia certificada del contrato de arrendamiento del local comercial ubicado en Av. Prceres de la independencia N 1715-A (segundo y tercer piso) San Juan de Lurigancho, de fecha 27 de diciembre del 2002, en virtud del cual pruebo las obligaciones de deba cumplir la arrendataria. 2.Original de la copia certificada de la Addenda al Contrato de Arrendamiento del Local Comercial, ubicado en Av. Prceres de la independencia N 1715-A (segundo y tercer piso) San Juan de Lurigancho, de fecha 01 de marzo del 2005, con lo que pruebo que se dio en arrendamientos ambientes adicionales. 3.Original de las Copias Certificadas de (3) Guas para Arrendamiento con sus respectivos (3) Bauchers de los meses de Enero, Febrero, Marzo del 2006, con loque pruebo el pago de tributos que hacia la recurrente. 4.Original de la Carta Notarial de fecha 01 de febrero del 2006, en virtud del cual estoy dando por rescindido el contrato de fecha 27 de DIC. Del 2002 y la ADENDA del 01 de MAR. 2005 firmado con el demandado, por incumplimiento de la Clusula Sexta, Inc.a)... 5.Original de la solicitud hacia la Sra. Directora del Centro de Conciliacin Paz, Justicia Social en el Nuevo Milenio, en virtud del cual solicito se invite al demandado para que realice el desalojo por falta de pago y el pago del arrendamiento y/o merced conductiva por la suma de US$ 8,000 (ocho mil y 00/100 dlares americanos); ms inters, costas y costos. 6.Original de las la Invitacin para Conciliar del centro de conciliacin Paz, Justicia Social en el Nuevo Milenio de fecha 01 de junio del 2006, con lo que pruebo que se nos invito conjuntamente con el demandado, para participar a una reunin de conciliacin extrajudicial.7- El Mrito del Acta de Conciliacin por inasistencia de una delas partesVI.- ANEXOS :1.A.- Copia simple de los DNI de los recurrentes1.B.- Original de la copia certificada del contrato de arrendamiento del local comercial ubicado en Av. Proceres de la independencia N 1715-A (segundo y tercer piso) San Juan de Lurigancho, de fecha 27 de diciembre del 2002.1.C.- Original de la copia certificada de la Addenda al Contrato de Arrendamiento del Local Comercial.1.D.- Original de las Copias Certificadas de (3) Guas para Arrendamiento con sus respectivos (3) Bauchers de los meses de Enero, Febrero, Marzo del 2006.1.E.- Original de la Carta Notarial de fecha 01 de febrero del 2006.1.F.- Original de la solicitud hacia la Sra. Directora del Centro de Conciliacin Paz, Justicia Social en el Nuevo Milenio.1.G.- Original de las la Invitacin para Conciliar del centro de conciliacin Paz, Justicia Social en el Nuevo Milenio de fecha 01 de junio del 2006.1.H.- Tasa Judicial por ofrecimiento de pruebas.1.I.- Acta de Conciliacin.POR LO EXPUESTO:A Ud. Seor Juez, solicito acceder a lo peticionado proveyndose conforme a Ley.PRIMER OTROSI DIGO:que de conformidad con el Art. 80 del Cdigo Procesal Civil, nombro como mi abogado defensor al letrado que autoriza el presente escrito, otorgndole las facultades generales de representacin contenidas en el Art. 74 del Cdigo acotado, manifestando la suscrita de estar instruida de dicha representacin y de sus alcances,SEGUNDO OTROSI DIGO:Que, reitero que mi domicilio PROCESAL es el precisado en la parte introductoria del presente escrito, al cual debern hacerme llegar las notificaciones y/o resoluciones que su Despacho expida en el curso del presente proceso.San Juan de Lurigancho, 12 de Junio del 2006._________________ ___________________