Excepciones Previas Sin Nombre

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Seor

JUEZ TREINTA Y DOS CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTe. s. d. REF.- Accin de Pertenencia de contra .. Y OTROS.- Exp. 2004 48.

PROPOSICIN DE EXCEPCIONES PREVIAS, mayor de edad, vecino de la ciudad de Bogot, identificado como aparece al pie de mi firma, abogado Inscrito portador de la Tarjeta Profesional No. 119.966 C.S.J., actuando en mi condicin de apoderado de los demandados .., por medio del presente escrito me permito PROPONER EXCEPIONES PREVIAS contra la demanda promovida por los seores .. en contra de mis representados, estando en trmino y conforme con lo dispuesto por el despacho mediante auto del da 28 de julio de 2006, notificado por estado el da 1 de agosto de los corrientes. La proposicin la hago, tal como dispuso el juzgado, a nombre del seor RODRIGO HERNAN MORA CARREO.

1. INEXISTENCIA DEL DEMANDADO: Conforme con lo dispuesto porel artculo 97 del Cdigo de Procedimiento Civil, en su numeral cuarto, constituye excepcin previa la inexistencia del demandado. Al tratarse de una persona natural, conforme lo dispone el artculo 94 del Cdigo Civil, la existencia de las personas termina con la muerte, y en el caso que nos ocupa, la demandada principal, as como otros demandados, han fallecido, con anterioridad a la proposicin de la demanda, tal como se resea a continuacin: a. La seora. el da primero de junio de 1987, y de tal hecho da fe el registro civil de defuncin que se acompaa. El seor .. falleci el da 3 de marzo de 1995, y tal hecho da fe el registro civil de defuncin que se acompaa. El seor .. falleci el da 27 de junio de 1977, y tal hecho da fe el registro civil de defuncin que se acompaa.

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d. El seor .. falleci el da 9 de octubre de 2004, y tal hecho da fe el registro civil de defuncin que se acompaa. Tal como se observa, por lo menos tres de los demandados relacionados en los literales anteriores fallecieron con mucha anticipacin a la presentacin de la demanda, y tales circunstancias eran de pleno conocimiento de los demandantes, toda vez que entre ellos y la familia . exista una relacin de cercana, en consideracin a los siguientes hechos:

1. La llegada del seor ., acompaado por su familia, al predio en cuestin, tuvo lugar en el ao 1969. El seor MURILLO vena procedente del municipio de Guatita, vereda Ochac, ubicado en el departamento de Boyac. Uno de los integrantes de la familia ., el seor ., tambin era oriundo de ese municipio, y conoca al seor MURILLO; as las cosas, en razn de la coterraneidad, y del hecho de se conocidos los unos con el otro y su familia, se opt por celebrar con el seor MURILLO un contrato de fabricacin de ladrillo, fechado el da 1 de febrero de 1969, del cual se aporta copia como prueba documental. 2. El seor . renda cuentas de su gestin a la seora , bien por conducto de sus hijos. Como prueba de lo anterior, aporto dos documentos, los cuales me permito transcribir:RECIB LA SUMA DE 5.000.OO CINCO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE DE CUENTA DE PABLO MURILLO. AGOSTO 6 DE 1980.

Firma de ..a.Bogot Marzo 2 de 1982. Murillo la cantidad de cinco mil pesos a buena cuenta de una deuda de arrendamiento para la Seora Guillermina de Mora persona que me ha autorizado para recibirlos. Esta cuenta pertenece a los meses de 1981 pues el suscrito no haba recibido ningn otro pago.

Firma de Germn Mora Carreo. 3. Al punto, es del caso tener en cuenta que para efectos de la rendicin de cuentas propia de la actividad de explotacin de la ladrillera, as como para el pago del arriendo, el seor . se desplazaba hasta la casa de habitacin de la seora .. (Q.E.P.D.), ubicada en la Carrera 20 No. 39 B - 65, barrio La Soledad, en la ciudad de Bogot. A esa direccin sola acudir, y no solo era conocido de la seora . (Q.E.P.D.), sino por toda la familia, y era tal el grado de familiaridad y de conocimiento que exista entre las partes ahora en litigio que se participaban situaciones como las que se traen a colacin: A finales de los aos ochenta, en un desafortunado accidente, falleci , hijo del seor .; ante el insuceso, la familia Carreo le ayud a solventar los gastos de la velacin y del entierro. La velacin se llev a cabo en la Funeraria La Capuchina, que en ese entonces tena sede en la Carrera 15 con calle 26, en la ciudad de Bogot. Un primo del seor es sacerdote, y en alguna oportunidad fue prroco de la Parroquia Santa Mara de Ligorio. Ante la primera misa que iba a oficiar este sacerdote, el seor MURILLO extendi invitacin a la seora . (Q.E.P.D.), a efectos de que asistiese. El seor . es mdico de profesin, y trabaja desde hace dieciocho aos aproximadamente en la Clnica San

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Pedro Claver, en la ciudad de Bogot. All tuvo ocasin de encontrarse en varias oportunidades con el seor .. y con sus familiares, a quienes conoca. De sus encuentros, researe dos: en el mes de julio del ao 2003, con ocasin de una ciruga que se la practicara a la seora ., el seor convers con el seor . y con la hija de ste, ; En el ao 2005, el seor . fue hospitalizado, y de nuevo convers con el seor ... 4. As las cosas, y ante el hecho evidente del fallecimiento de los demandados que se han relacionado, probado mediante la forma idnea para tales menesteres, se hace forzosa la procedencia de la excepcin invocada.

PRUEBASINTERROGATORIO DE PARTE.- Srvase, Seor Juez, citar a los seores .., para que absuelvan el interrrogatorio que practicar en audiencia pblica, dentro de los trmites ante el Despacho, con relaciona a los hechos que se exponen en el presente documento y que sustentan la procedencia de la declaratoria de la excepcin propuesta. DOCUMENTAL.- Respetuosamente solicito al Juzgado tener como pruebas los siguientes documentos: a. b. se sirva

Registros civiles de defuncin de los seores .. Copia del Contrato de de fabricacin de ladrillo, fechado el da 1 de febrero de 1969, cuyo original se acompaa con la contestacin de la demanda.

Sin otro particular, me suscribo. Un servidor,

. C.C. No. 79.794.738 de Bogot T.P. No. 119.966 C.S.J.