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Estimadas Familias,
Al ingresar al año escolar 2018-2019, lo hacemos juntos, como Fundadores de las Escuelas Públicas Chárter de KIPP Texas. Su pequeño KIPPster es parte de una red estatal de Equipo y Familia compuesta de 52 escuelas públicas chárter, con más de 27,700 KIPPsters (estudiantes) en los grados pre-kinder - 12 y más de 3,000 Big KIPPsters (profesores y personal) que apoyan su viaje.
Operamos como siempre lo hemos hecho, con enfasis en valores, carácter, académicos y escuelas centradas en la comunidad. Las decisiones críticas se seguirán tomando a nivel escolar, y tenemos la flexibilidad para adaptar una educación KIPP a las necesidades de nuestros KIPPsters y familias.
Gracias a los recursos combinados de las escuelas KIPP en Austin, Dallas-Fort Worth, San Antonio, y Houston, KIPP Texas es mejor en conjunto, brindando instrucción más sólida para nuestros KIPPsters, más capacitación para nuestros maestros, mejor apoyo en el campus, y educación universitaria y orientación profesional para ex alumnos de KIPP a través de nuestro programa KIPP Through College y más.
En los últimos 24 años, hemos demostrado la diferencia que una educación de alta calidad puede aportar en el logro universitario y el éxito en la vida de nuestros KIPPsters, y estamos comprometidos a brindar aún más oportunidades para nuestros KIPPsters como KIPP Texas.
Nos sentimos honrados de asociarnos con usted para guiar a su KIPPster a lo largo de la universidad y llevar una vida llena de opciones. Cuando comencemos este año escolar, por favor continúe pidiendo a su estudiante que comparta con usted lo que está aprendiendo en la escuela, ayudarlos a leer en silencio y estudie el tiempo en casa, y manténgase en contacto con los maestros de sus hijos.¡Va a ser un fantástico año escolar!
Una canción,
Sehba Ali Chief Executive Officer KIPP Texas Public Schools
MANUAL DEL ESTUDIANTE Y LA FAMILIA - KIPP TEXAS
(Disposiciones aprobadas por la Junta) Julio de 2018
SECCIÓN A: BIENVENIDO
1. Información de utilidad
a. Calendario - Ver Anexo 1
b. Horario escolar: Ver Anexo 2. Consulte su anexo regional en este Manual del
Estudiante para mayor información
SECCION B: PROGRAMAS ACADÉMICOS
SECCIÓN C: PROCEDIMIENTOS Y SISTEMAS ESCOLARES
1. Política establecida por la Junta sobre el uso de armas
La ley de Texas prohíbe el porte de armas de fuego abiertas u ocultas y otro tipo de armas
prohibidas en las instalaciones de una escuela o institución educativa. La ley define el término
"instalaciones" como un edificio o una parte de un edificio. KIPP interpreta que esta definición
incluye todos los edificios y partes de edificios que posee o alquila KIPP. La ley de Texas
también prohíbe llevar armas de fuego abiertas u ocultas y otro tipo de armas prohibidas en
cualquier terreno o edificio en el que se lleve a cabo una actividad patrocinada por una escuela
o institución educativa. En general, KIPP interpreta los términos "terrenos" o "actividad
patrocinada por la escuela" para incluir la propiedad del distrito donde los estudiantes están
presentes regularmente durante y después del horario escolar, incluidos, entre otros:
• Patios de recreo
• Campos de práctica
• Las aceras y los patios utilizados por los estudiantes que conectan edificios
y residencias temporales en los planteles escolares
• Áreas al aire libre utilizadas para llevar a cabo actividades escolares
(recreo, almuerzo, educación física, etc.)
• Áreas al aire libre utilizadas para llevar a cabo actividades
extracurriculares que incluyen, entre otras, banda y atletismo
• Las áreas para dejar y recoger a los estudiantes, según lo determine cada
plantel, generalmente una hora antes del comienzo de clases, una hora
después del horario de salida, y en otros momentos cuando se producen
las dejadas y recogidas de niños.
2. Aranceles adeudados con la escuela
Los materiales que son parte del programa educativo básico se proporcionan con fondos estatales
y locales sin costo para el estudiante. Sin embargo, es posible que se exija a un estudiante que aporte
artículos y suministros personales o de consumo, entre ellos, lápices, papel, bolígrafos, borradores
y cuadernos, y se le puede exigir que pague otras matrículas o depósitos si un estudiante / familia
elige ciertos artículos o actividades, incluidos, pero no limitado a:
Matrículas por materiales que exceden los requisitos mínimos y se convierten en propiedad
personal del estudiante.
Membresía en clubes voluntarios u organizaciones estudiantiles y matrículas de admisión para
actividades extracurriculares.
Depósitos de garantía para la devolución de materiales, suministros o equipos, entre ellos el
equipo de tecnología. Si el artículo no se devuelve, el padre / tutor es responsable de pagar a
la escuela el costo de reemplazo del artículo. El depósito se incluirá en el costo para que el
padre / tutor pague la diferencia entre el costo total de reemplazo y lo que ya se depositó. Si
el artículo es devuelto pero no funciona correctamente, el padre / tutor es responsable de pagar
el costo de reparación. El costo será descontado del depósito. Si el costo de reparación es
menor que el depósito, se devolverá la diferencia. Si es mayor, el padre / tutor deberá pagar la
diferencia.
Uniforme y equipo personal de educación física. Sin embargo, el estudiante puede aportar su propio
equipo o vestimenta si cumple con los requisitos y estándares razonables relacionados con la salud
y la seguridad y las especificaciones del uniforme escolar establecidas por la escuela (por ejemplo,
color, estilo, logotipo, etc.). Esto será decidido por el personal escolar apropiado.
Uniformes escolares como se describe en la sección uniforme.
Matrículas para participar en lecciones de campo opcionales y viajes de fin de año (ver más abajo
para mayor información).
Fotos compradas voluntariamente, publicaciones, anillos de graduación, anuarios, anuncios de
graduación, etc.
Seguro de accidentes estudiantil adquirido voluntariamente que cubre accidentes en la escuela o
durante una actividad patrocinada por la escuela. No se trata de un seguro médico o de salud.
Alquiler de instrumentos musicales y mantenimiento de uniformes, cuando la escuela proporciona
los uniformes o instrumentos.
Vestimenta personal (por ejemplo, camisetas, camisas tipo polo con el logotipo del club) utilizada
en actividades extracurriculares que se convierte en propiedad del alumno (por ejemplo, club de
robótica después del horario escolar, club de jardinería después del horario escolar, Sociedad
Nacional de Honor).
Matrículas de estacionamiento y reemplazo de tarjetas de identificación de estudiantes.
Matrículas para cursos de capacitación para conductores, si la escuela los ofrece.
Matrículas para cursos opcionales ofrecidos para crédito que requieren el uso de instalaciones no
disponibles en los planteles KIPP o el empleo de un educador que no es parte del personal regular
de la escuela.
Matrículas para los cursos de verano ofrecidos por la escuela sin matrícula durante el año escolar
regular.
Una matrícula razonable, que no exceda $ 50, por costos asociados con un programa educativo
ofrecido fuera del horario escolar regular a través del cual un estudiante que estuvo ausente de la
clase recibe instrucción voluntariamente con el propósito de recuperar la instrucción perdida y
alcanzar el nivel de asistencia requerido según el Código de Educación de Texas (TEC) Sección
25.092F.
Matrículas por el uso de la biblioteca o libro de texto perdido o dañado. Si su hijo arruina o pierde
un libro proporcionado por la escuela, el mismo libro tiene que ser reemplazado. Esta matrícula
será el costo de reemplazo o reparación del libro cuando esta sea una opción.
Una matrícula de devolución de teléfono celular / dispositivo electrónico como se describe a
continuación. Esto puede ser de hasta $ 15 por incidente.
Una matrícula por un cheque devuelto por fondos insuficientes. Esto puede ser de hasta $ 15 por
cheque devuelto.
Matrículas por recoger a su hijo tarde, después de que la escuela está cerrada. Consulte la siguiente
sección para conocer la política y el cálculo.
Costo por daños a la propiedad de KIPP como se describe a continuación en la sección Vandalismo.
A menos que un artículo o servicio se comunique como una recaudación de fondos, KIPP no obtiene
ganancias en ninguno de sus artículos o servicios requeridos u opcionales. Todas las matrículas
enumeradas anteriormente se comunicarán por escrito (incluidas en este manual) y se cobrarán al
costo de la escuela o menos, según corresponda. Las tarifas opcionales ayudan a KIPP a ofrecer más
allá de las actividades y complementar el costo de los programas que se ofrecen. Clubes voluntarios,
organizaciones, excursiones, uniformes y otras actividades extracurriculares no generan ganancias.
Cualquier servicio o artículo que requieran una matrícula debe pagarse antes de la colaboración o la
recepción del artículo.
Para cualquier matrícula / costo requerido, si una familia está pasando por una situación difícil y no
puede pagar, la familia puede llegar a otros acuerdos, como planes de pago, mediante contacto con el
líder escolar. Además, no es necesaria la aplicación de cualquier matrícula o depósito requerido si el
estudiante y el padre / tutor no pueden pagar. Se debe realizar una solicitud formal llenando el
formulario de solicitud de asistencia financiera KIPP y entregándolo en la Oficina de la escuela o el
Gerente de Operaciones que revisará la solicitud junto con el líder escolar y se comunicará con la
familia dentro de 5 días hábiles para informar sobre la decisión o aclaración de la información
enviada. KIPP determina la asistencia financiera debido a las dificultades para hacer que las familias
proporcionen documentación que justifiquen sus dificultades. Esto puede incluir documentación de
personas sin hogar (McKinney-Vento); custodia del Departamento de Familia y Servicios de
Protección o Servicios de Protección Infantil; dificultad económica causada por circunstancias
imprevistas más allá del control del estudiante, como la pérdida de empleo de la familia, problemas
de salud o muerte de un miembro familiar; o cualquier otro problema suficiente para establecer una
dificultad financiera. El formulario de solicitud permite a la familia comunicar sus circunstancias
personales. Toda la información proporcionada tendrá carácter confidencial. La asistencia financiera
no solo se basa en la calificación del programa de almuerzo gratis o reducido.
Según el Código de Educación de Texas, un distrito escolar deberá adoptar procedimientos
razonables para renunciar al cobro de un depósito o matrícula si un estudiante o el padre o tutor del
alumno no puede pagarlo. Esta política se publica en una ubicación central en cada instalación
escolar, en el manual de políticas de la escuela y en el manual del estudiante. [TEC Sec. 11.158 (f)].
Clubes voluntarios u organizaciones estudiantiles
Para clubes, organizaciones y actividades extracurriculares, cualquier matrícula que se cobre por la
participación es opcional y voluntaria. Esta matrícula ayuda a complementar el costo de proporcionar
la actividad. Si su hijo no opta por participar, no tiene ningún costo. Si su hijo desea participar y se
requiere una matrícula, la misma debe pagarse antes de que comience el club o la organización. Una
vez que se efectúa el pago de una matrícula y el estudiante participa, dicha matrícula no será
reembolsada.
Celulares, dispositivos electrónicos y no electrónicos y artículos
Todos los artículos no educativos que se consideran una distracción para el proceso educativo pueden
confiscarse y devolverse al padre / tutor con el pago de hasta $ 15 por incidente, dependiendo de la
escuela. Esto incluye teléfonos celulares y otros dispositivos y artículos electrónicos y no electrónicos
según lo determine su líder escolar. La escuela no se hace responsable por un artículo, teléfono celular
o dispositivo electrónico perdido o robado. Cualquier multa cobrada se destinará a la cuenta de
actividades escolares para llevar a cabo actividades que representen un beneficio directo para todos
los estudiantes de la escuela.
Uniforme de educación física
Algunas escuelas pueden requerir una matrícula para el uniforme de educación física personal al
requerir que su hijo compre una camiseta de educación física para la escuela. Esta camiseta se venderá
al costo de la escuela y se convertirá en un artículo personal para su hijo. Sin embargo, puede
proporcionar su propia camiseta de educación física si cumple con las mismas especificaciones y
estándares establecidos por la escuela (por ejemplo, color, logotipo, etc.). Comuníquese con la oficina
o el administrador de su escuela para obtener más información.
Libros escolares y otros artículos y materiales educativos
Los libros escolares y otros materiales educativos aprobados por KIPP se proporcionan a los
estudiantes de forma gratuita para cada materia o clase. Según lo dirigido por el maestro, todos los
libros deben tratarse con cuidado. Los libros escolares electrónicos y el equipo tecnológico también
se pueden proporcionar a los estudiantes, dependiendo del curso y los objetivos del curso. Un
estudiante que recibe un artículo dañado debe informarlo inmediatamente al maestro. Cualquier
estudiante que no devuelva un artículo o que haya devuelto un artículo dañado más allá del uso
razonable (por ejemplo, portada y páginas arrancadas, daños excesivos por agua, etc.), puede perder
el derecho a obtener libros escolares y equipos tecnológicos gratuitos hasta que se devuelva el artículo
o el daño / reemplazo sea pagado por el padre / tutor. Si esto ocurre, se proporcionará al estudiante y
tendrá acceso a todos los libros escolares, recursos y equipos escolares necesarios para la escuela y
el uso requerido. El propósito de esta política es garantizar que los estudiantes sean responsables de
los materiales educativos que son propiedad de KIPP. Estos materiales deben devolverse en una
condición que permita a otros estudiantes obtener un valor total de aprendizaje del artículo. El
desgaste normal del artículo (daño que aún permite el aprendizaje completo) no se considera dañado
más allá de un uso razonable. Si no se devuelve un artículo, el padre / tutor o la familia es responsable
de pagar a la escuela el costo de reemplazo del artículo. Si el artículo es devuelto pero dañado más
allá del uso razonable, el padre / tutor es responsable de pagar el costo de reparación o reemplazo.
Vandalismo
Los contribuyentes de la comunidad han hecho un compromiso financiero sostenido para la
construcción y el mantenimiento de nuestras instalaciones. Además, KIPP ha recaudado fondos
privados para construir nuestras escuelas. Para garantizar que las instalaciones escolares puedan servir
a aquellos para quienes están destinadas, no se tolera este año y en los próximos años, desechos,
destrucción o daños a la propiedad de la escuela. Los padres / tutores de los estudiantes que vandalizan
KIPP o las propiedades KIPP tendrán que pagar los daños causados y los estudiantes estarán sujetos
a procedimientos penales, así como a consecuencias disciplinarias de acuerdo con el Código de
Conducta del Estudiante.
Seguro voluntario contra accidentes
La seguridad de nuestros estudiantes Kipp es primordial, sin embargo, los accidentes ocurren. KIPP
compra un seguro contra accidentes para que todos los estudiantes puedan estar cubiertos si ocurre
un accidente en el plantel o durante un evento patrocinado por KIPP. Este programa es un programa
de seguro secundario que ayuda a reducir los gastos varios que implican la búsqueda de atención
médica por un accidente. Puede existir una tarifa para utilizar esta cobertura. Los beneficios de la
póliza incluyen:
• Reembolso de gastos por costos no cubiertos por su proveedor de seguro primario; incluyendo
deducibles y copagos
• Reembolso por gastos varios cuando no exista un proveedor de seguro primario
• No existen deducibles ni costos adicionales para el programa
• No existe documento adicional a presentar a menos que ocurra un accidente
Si su hijo tiene un accidente en la escuela o durante un evento patrocinado por la escuela, solicite un
formulario de reclamo de su escuela, llene las secciones de padres / tutores y entregue una copia a la
escuela. KIPP luego enviará el formulario de reclamo a la compañía de seguros en su nombre. KIPP
no decide ni tiene influencia alguna en el proceso de reclamos. Una vez que se haya presentado el
reclamo, será su responsabilidad presentar cualquier información adicional requerida directamente a
la compañía de seguros. KIPP no aceptará ni procesará ninguna documentación médica o información
de reclamo relacionada. Esto es necesario para ayudar a mantener la confidencialidad de la
información médica del estudiante como lo exige la ley.
Uniformes
Es política de KIPP que todos los estudiantes usen el uniforme apropiado según los requisitos de su
escuela (consulte la oficina o administración de la escuela para obtener información específica). Para
su conveniencia, su escuela puede proporcionarle los artículos de uniforme requeridos que puede
comprar al costo de la escuela o la oficina o administración de su escuela le proporcionarán el nombre
de vendedor y la lista de precios que le permitirán comprar los artículos directamente al vendedor. Si
decide no comprar uniformes mediante una de estas opciones, puede elegir:
Contactar a los proveedores con los que KIPP tiene un acuerdo para averiguar si pueden
proporcionarle los artículos de uniforme requeridos a su precio. Consulte con su escuela para
obtener la información de contacto del proveedor.
Proporcione sus propios uniformes si cumplen con las mismas especificaciones y estándares
establecidos por la escuela (por ejemplo, color, logotipo, estilo, tipo, bordado, etc.).
Comuníquese con la oficina o administración de su escuela para obtener más información.
Si una familia está pasando por una situación difícil y no puede pagar, la familia puede llegar a otro
acuerdo, como planes de pago, contactando al líder escolar. Además, una familia necesitada puede
presentar una solicitud formal de exención de tarifas llenando el formulario de solicitud de asistencia
financiera de KIPP y entregándolo en la oficina o administración de la escuela donde se revisará la
solicitud junto con el líder escolar y se comunicará con la familia dentro de 5 días hábiles con una
decisión o para aclarar la información que se ha enviado. KIPP determina la asistencia financiera
debido a dificultades al hacer que las familias proporcionen documentación que justifique sus
dificultades. Esto puede incluir documentación de personas sin hogar (McKinney-Vento); custodia
del Departamento de Familia y Servicios de Protección o Servicios de Protección Infantil; dificultad
económica causada por circunstancias imprevistas más allá del control del estudiante, como la pérdida
de trabajo de un miembro de la familia, problemas de salud o muerte de un miembro familiar; o
cualquier otro problema que justifique una dificultad financiera. El formulario de solicitud permite a
una familia comunicar sus circunstancias personales. Toda la información proporcionada tendrá
carácter confidencial. La asistencia financiera no solo se basa en la calificación del programa de
almuerzo gratis o reducido. Según el Código de Educación de Texas, un distrito escolar deberá
adoptar procedimientos razonables para renunciar a un depósito o matrícula si un estudiante o el padre
o tutor del alumno no puede pagarlo. Esta política se publica en una ubicación central en cada plantel
escolar, en el manual de políticas de la escuela y en el manual del estudiante. [TEC Sec. 11.158 (f)].
Materiales para el aula
Algunas escuelas pueden exigir a los padres / tutores que proporcionen artículos y suministros para
el aula (por ejemplo, pegamento, marcadores, lápices de colores, carpetas, Kleenex). Para su
conveniencia, su escuela puede proporcionarle los suministros requeridos que puede comprar de la
escuela al costo de la escuela, y o su escuela puede proporcionarle el nombre del proveedor de
suministros y la lista de precios que le permitirá comprar los artículos directamente desde el proveedor
y / o su escuela pueden proporcionarle una lista de suministros para que compre los artículos usted
mismo.
Si una familia está pasando por una situación difícil y no puede pagar, la familia puede llegar a otro
acuerdo, como planes de pago, contactando al líder escolar. Además, una familia necesitada puede
presentar una solicitud formal de exención de tarifas llenando el formulario de solicitud de asistencia
financiera de KIPP y entregándolo en la oficina o administración de la escuela donde se revisará la
solicitud junto con el líder escolar y se comunicará con la familia dentro de 5 días hábiles con una
decisión o para aclarar la información que se ha enviado. KIPP determina la asistencia financiera
debido a dificultades al hacer que las familias proporcionen documentación que justifique sus
dificultades. Esto puede incluir documentación de personas sin hogar (McKinney-Vento); custodia
del Departamento de Familia y Servicios de Protección o Servicios de Protección Infantil; dificultad
económica causada por circunstancias imprevistas más allá del control del estudiante, como la pérdida
de trabajo de un miembro de la familia, problemas de salud o muerte de un miembro familiar; o
cualquier otro problema que justifique una dificultad financiera. El formulario de solicitud permite a
una familia comunicar sus circunstancias personales. Toda la información proporcionada tendrá
carácter confidencial. La asistencia financiera no solo se basa en la calificación del programa de
almuerzo gratis o reducido. Según el Código de Educación de Texas, un distrito escolar deberá
adoptar procedimientos razonables para renunciar a un depósito o matrícula si un estudiante o el padre
o tutor del alumno no puede pagarlo. Esta política se publica en una ubicación central en cada plantel
escolar, en el manual de políticas de la escuela y en el manual del estudiante. [TEC Sec. 11.158 (f)].
Matrícula por recoger tarde al estudiante
Si los padres / tutores demoran más de 15 minutos en recoger a su hijo, se aplicará un cargo de $ 5.00
por cada bloque de 15 minutos de retraso por parte de los padres / tutores. El costo se calcula en el
primer minuto de cada bloque y debe pagarse cuando se recoja al niño. Cualquier cargo cobrado se
destinará a la cuenta de actividades escolares para llevar a cabo actividades que representen un
beneficio directo para todos los estudiantes de la escuela.
Lecciones de campo locales opcionales
Todos los estudiantes tienen la oportunidad de participar en las lecciones de campo locales cuando
las ofrece su escuela. Los estudiantes deben cumplir con los requisitos específicos definidos por su
escuela, tales como calificaciones, asistencia y comportamiento para poder participar. Si desea que
su hijo participe, puede pagar una matrícula de hasta $ 10 por viaje para ayudar a complementar el
costo de transporte y, dependiendo del tipo de viaje, puede cubrir costos adicionales por artículos
tales como entradas, comidas, servicios extendidos. viajes, etc. Si su hijo no realiza el viaje, no hay
costo. Las matrículas por viajes de estudios se pagan a medida que se anuncian los viajes y se envían
las hojas de permiso a casa. Si una familia está pasando por una situación difícil y no puede pagar,
comuníquese con la oficina o administración de la escuela.
Viaje opcional de recompensa de fin de año
Su hijo puede tener la oportunidad de participar en un viaje de fin de año. Cada ubicación y duración
del viaje de nivel de grado variará. Los estudiantes deben demostrar un gran esfuerzo, tener una
asistencia excelente y cumplir con otros criterios definidos por su escuela para poder participar. Su
escuela determinará y comunicará si su hijo se ha ganado este viaje opcional.
Durante el año, su escuela tendrá sesiones de información para padres / tutores a las que puede asistir
para obtener más información y hacer preguntas. El costo del viaje variará según el tipo de viaje, la
duración de la estadía, la ubicación y la cantidad recaudada por usted y la escuela. El costo exacto se
comunicará en las sesiones de información para padres / tutores. Algunas escuelas tendrán planes de
pago y pago por objetivo cumplido en los que se deben hacer pagos parciales para que su hijo participe
en el viaje. Si falta un pago, es posible que su hijo no pueda continuar el viaje. Por favor, póngase en
contacto con su escuela para ver si pueden llegar a otros acuerdos de pago. La escuela no obtiene
ganancias por el viaje.
Si su hijo no realiza el viaje y usted ha pagado algunos de los gastos del viaje, se le puede reembolsar
a menos que haya comprometido a su hijo para ir al viaje y la escuela ya haya pagado los artículos no
reembolsables, como pasajes aéreos pagados, reservas de hotel, boletos para eventos, etc. Las escuelas
no reembolsarán a los padres / tutores los costos por las cuales la escuela no recibe un reembolso del
proveedor. Si una familia ha participado en todas las actividades de recaudación de fondos que la
escuela ha ofrecido y está en apuros y no puede pagar, comuníquese con su líder escolar para llegar
a otros acuerdos posibles.
Contribuciones voluntarias de KPA / KPO
El propósito de la Asociación de Padres KIPP (KPA) / Organización de Padres KIPP (KPO), que está
disponible en algunas escuelas, es ayudar al personal docente de KIPP a ir más allá en sus esfuerzos
por ayudar a todos los estudiantes a escalar la montaña hacia la universidad. Esta asistencia incluye
la coordinación de voluntarios, la recaudación de fondos, la defensa de la comunidad, la apreciación
de la facultad, las celebraciones de fin de año para los estudiantes y la organización de actividades
orientadas a la familia.
Cada año, el KPA / KPO recauda más que dólares para ayudar a su escuela a pagar las lecciones de
campo de fin de año y otras actividades y artículos especiales de KIPP. También dan la bienvenida a
nuevas familias con eventos escolares. El KPA / KPO responderá por las familias necesitadas,
especialmente durante las vacaciones, y ayudarán a cualquier miembro del Equipo y Familia KIPP a
enfrentar una crisis. Los padres KIPP han viajado a Austin en cada sesión legislativa para agradecer
a los legisladores de Texas por su apoyo y educarlos sobre nuestra misión colectiva.
Las cuotas voluntarias son de hasta $ 10 por estudiante para ayudar a cumplir el propósito y la misión.
Por favor, póngase en contacto con su escuela para más detalles. ¡KPA / KPO aprecia su apoyo!
Preescolar basado en matrícula (para aquellas escuelas que ofrecen programación de
preescolar)
Su escuela puede ofrecer programas de preescolar 3 de media jornada y / o de preescolar 4 de media
jornada o jornada completa basados en el cobro de una matrícula a los estudiantes que no cumplan
con los requisitos de elegibilidad para asistir al preescolar de forma gratuita. Para ser elegible para el
preescolar gratuito, su hijo debe cumplir y mostrar la documentación para uno de los siguientes
criterios según lo establecido por la Agencia de Educación de Texas (TEA):
• Estar sin hogar
• No poder hablar ni entender inglés
• Estar en desventaja económica
• Ser hijo de un miembro en servicio activo del ejército de los EE. UU. o de uno que haya sido
asesinado, herido o desaparecido en acción mientras estaba en servicio activo.
• Ser un niño que esté o haya estado bajo la tutela del Departamento de Familia y Servicios de
Protección después de una audiencia acusatoria celebrada según lo dispuesto en la Sección 262.201
del Código de Familia.
• Ser un niño que cumple con todos los criterios de elegibilidad para el Programa Preescolar Educativo
y Cultural, no solo aquellos que cumplen con los criterios de elegibilidad de bajos ingresos para el
Programa Preescolar Educativo y Cultural.
• Ser hijo de una persona elegible para el Premio Star of Texas como oficial de paz según se define
en la Sección 3106.002, un bombero como se define en la Sección 3106.003, o un primer respondedor
médico de emergencia como se define en la Sección 3106.004.
Si su hijo no califica para el preescolar gratuito, la matrícula para el preescolar de media jornada es
de $ 3,260 anuales para el año escolar 2018-19 y de $ 6,519 para el preescolar de jornada completa.
Los planes de pago se pueden resolver con su escuela. La falta de pago dentro de los plazos
especificados dará como resultado la eliminación del alumno del programa. Consulte con su escuela
para más detalles y el proceso de inscripción.
Atletismo
Todos los estudiantes-atletas de secundaria, escuela media y primaria que deseen participar en un
deporte deberán pagar una matrícula de atletismo. La matrícula es de hasta $ 50 por deporte para
estudiantes-atletas (consulte con su escuela para conocer los costos y programas específicos). La
matrícula debe pagarse en su totalidad en la oficina o administración de la escuela antes del primer
juego o juego oficial para el estudiante. atleta para continuar participando en el programa de atletismo.
Todas las matrículas pagadas son definitivas. No hay reembolsos independientemente del tiempo de
juego, la elegibilidad, etc. Las personas que no pueden pagar deben llenar un Formulario de Asistencia
Financiera y enviar este formulario a la escuela. Se debe realizar una reunión con el Director de
Atletismo o el Designado correspondiente para analizar los pasos de acción y las posibles soluciones.
Esto debe cumplirse y aprobarse antes de la primera práctica de juego o juego oficial para que el
estudiante atleta continúe participando en el programa de atletismo. La negativa o incapacidad para
cumplir con los pasos de acción también podría resultar en la eliminación del estudiante del programa
de atletismo. Por favor, consulte el manual del estudiante atleta para mayor información. Los
requisitos específicos serán comunicados antes del comienzo de cada deporte.
Otros artículos y servicios opcionales
Su escuela puede ofrecer otros artículos y servicios opcionales. A menos que se anuncien como una
recaudación de fondos, se ofrecerán al costo de la escuela o menos. No hay obligación de comprar o
participar.
SECCION D: SALUD
1. Meningitis bacteriana
La ley estatal requiere que KIPP proporcione información sobre la meningitis bacteriana:
La meningitis es una inflamación de la cubierta del cerebro y la médula espinal. Puede ser
causada por virus, parásitos, hongos y bacterias. La meningitis viral es común y la mayoría de
las personas se recuperan por completo. La meningitis parasitaria y fúngica es muy rara. La
meningitis bacteriana es muy grave y puede implicar un complicado manejo médico, quirúrgico,
farmacéutico y de soporte vital.
Una persona con meningitis se enfermará gravemente. La enfermedad puede desarrollarse
durante uno o dos días, pero también puede progresar rápidamente en cuestión de horas. No todas
las personas con meningitis tendrán los mismos síntomas. Los niños (mayores de 2 años) y los
adultos con meningitis bacteriana comúnmente tienen un fuerte dolor de cabeza, fiebre alta y
rigidez en el cuello. Otros síntomas pueden incluir náuseas, vómitos, malestar al mirar a las luces
brillantes, confusión y somnolencia. Tanto en niños como en adultos, puede haber una erupción
de pequeñas manchas púrpuras rojas. Estos pueden aparecer en cualquier parte del cuerpo. El
diagnóstico de meningitis bacteriana se basa en una combinación de síntomas y resultados de
laboratorio.
Si se diagnostica a tiempo y se trata con prontitud, la mayoría de las personas se recupera
completamente. En algunos casos, puede ser fatal o una persona puede quedar con una
discapacidad permanente.
Afortunadamente, ninguna de las bacterias que causa la meningitis es tan contagiosa como las
enfermedades como el resfriado común o la gripe, y no se contagia por contacto casual o
simplemente por respirar el aire donde ha estado una persona con meningitis. Se propagan
cuando las personas intercambian secreciones respiratorias o de la garganta (como besarse, toser
o estornudar). El germen no causa meningitis en la mayoría de las personas. En cambio, la
mayoría de las personas se convierten en portadores del germen durante días, semanas o incluso
meses. Las bacterias rara vez superan el sistema inmune del cuerpo y causan meningitis u otra
enfermedad grave.
Mantener hábitos saludables, como descansar lo suficiente, puede ayudar a prevenir infecciones.
Usar buenas prácticas de salud, como cubrirse la boca y la nariz al toser y estornudar, y lavarse
las manos con frecuencia con agua y jabón también puede ayudar a detener la propagación de la
bacteria. Es una buena idea no compartir alimentos, bebidas, utensilios, cepillos de dientes o
cigarrillos. Limite el número de personas que besa. Hay vacunas disponibles para ofrecer
protección contra algunas de las bacterias que pueden causar meningitis bacteriana. Las vacunas
son seguras y efectivas (85-90 por ciento). Pueden causar efectos secundarios leves, como
enrojecimiento y dolor en el sitio de inyección que duran hasta dos días. La inmunidad se
desarrolla dentro de los siete a diez días posteriores a la administración de la vacuna y dura hasta
cinco años.
Debe buscar atención médica inmediata si cree que usted o un amigo pueden tener meningitis
bacteriana. La enfermera de su escuela, el médico de familia y el personal de la oficina del
departamento de salud local o regional son excelentes fuentes de información sobre todas las
enfermedades contagiosas. También puede llamar a su departamento de salud local o al
Departamento Regional de Servicios de Salud del Estado para preguntar sobre una vacuna contra
el meningococo. También se puede encontrar información adicional en los sitios web de los
Centros de Control y Prevención de Enfermedades y el Departamento de Servicios de Salud del
Estado.
2. Abuso infantil
Todo el personal de la escuela son informadores obligatorios de sospecha de abuso y / o negligencia.
Los informantes obligatorios deben denunciar el presunto maltrato infantil inmediatamente cuando
tengan "una causa razonable para creer que un menor de 17 años o menor y conocido por ellos en
calidad de profesional o funcionario ha sido perjudicado o está en peligro de ser abusado física, sexual
o por negligencia, y que un cuidador cometió el daño o debería haber tomado medidas para evitar
daños al niño".
Nadie en el lugar de trabajo, incluidos los supervisores, tiene permitido suprimir, cambiar o editar un
informe de abuso. Un informante obligatorio que intencionalmente no denuncia incidentes
sospechosos de abuso o negligencia infantil está sujeto a la suspensión o revocación de la licencia y
a posibles sanciones penales. La denuncia falsa es un delito menor.
3. Abuso sexual, tráfico sexual y otros tipos de maltrato
El distrito ha establecido un plan para abordar el abuso sexual infantil y otros tipos de maltrato
infantil, al que se puede tener acceso en este manual. Como padre, es importante que esté al tanto
de las señales de advertencia que podrían indicar que un niño puede haber sido o está siendo
víctima de abuso sexual. El abuso sexual en el Código Familiar de Texas se define como
cualquier conducta sexual dañina para el bienestar mental, emocional o físico de un niño, así
como la falta de un esfuerzo razonable para prevenir la conducta sexual con un niño. Una persona
que obliga o alienta a un niño a participar en una conducta sexual comete abuso. Es ilegal hacer
o poseer pornografía infantil o mostrar dicho material a un niño. Cualquier persona que sospeche
que un niño ha sido o puede ser víctima de abuso o negligencia tiene la responsabilidad legal
bajo la ley estatal de denunciar la sospecha de abuso o negligencia con la policía con los Servicios
de Protección Infantil (CPS).
Posibles señales de advertencia física de abuso sexual podrían ser dificultad para sentarse o
caminar, dolor en las áreas genitales y reclamos de dolor de estómago y dolores de cabeza. Los
indicadores conductuales pueden incluir referencias verbales o juegos fingidos de actividad
sexual entre adultos y niños, miedo a estar solo con adultos de un género en particular o
comportamiento sexualmente sugestivo. Las señales emocionales de advertencia a tener en
cuenta incluyen: abstinencia, depresión, trastornos de sueño y alimentación, y problemas en la
escuela.
Un niño que ha experimentado abuso sexual o cualquier otro tipo de abuso o negligencia debe
ser alentado a buscar un adulto de confianza. Tenga en cuenta que, como padre u otro adulto de
confianza, las divulgaciones de abuso sexual pueden ser más indirectas que las revelaciones de
abuso físico y negligencia, y es importante estar tranquilo y reconfortante si su hijo u otro niño
confía en usted. Asegúrele al niño que él o ella hizo lo correcto al decírselo.
Como padre, si su hijo es víctima de abuso sexual u otro tipo de maltrato, el consejero escolar o
el director le proporcionará información sobre las opciones de asesoramiento disponibles para
usted y su hijo en su área. El Departamento de Familia y Servicios de Protección de Texas
(TDFPS) también administra programas de asesoramiento de intervención temprana. [Para saber
qué servicios pueden estar disponibles en su condado, consulte el Departamento de familia y
servicios de protección de Texas y los Programas disponibles en su condado].
Los siguientes sitios web pueden ayudarlo a estar más al tanto del abuso y la negligencia infantil:
■ https://www.childwelfare.gov/pubs/factsheets/whatiscan.pdf Portal de Hoja de Datos de
Información de Bienestar Infantil
■ http://kidshealth.org/en/parents/child-abuse.html KidsHealth, Para Padres, Abuso
Infantil
■ http://taasa.org/resources-2/ Asociación de Texas Contra la Violencia Sexual, Recursos
■ https://www.texasattorneygeneral.gov/cvs/what-we-can-do-about-child- abuse-1 Fiscalía
General de Texas, Lo que podemos hacer sobre el abuso infantil Parte 1
■ https://www.texasattorneygeneral.gov/cvs/what-we-can-do-about-child- abuse-2 Fiscalía
General de Texas, Lo que podemos hacer sobre el abuso infantil parte 2
4. Política de distribución de medicamentos
Es la política de KIPP que los estudiantes no deben estar en posesión de ningún medicamento, ni
tomar ningún medicamento, durante la jornada escolar regular o en las instalaciones de la escuela por
su propia cuenta. El personal docente tampoco tiene permitido bajo ninguna circunstancia dar a un
alumno ningún medicamento (recetado, de venta libre o de otro tipo).
Aunque si existe la necesidad, un empleado designado de KIPP puede administrar
medicamentos (recetados y no recetados) a los estudiantes según las leyes y regulaciones
estatales siempre que:
a. En caso de que un estudiante deba tomar medicamentos durante el horario escolar, el padre / tutor
del alumno (y no el alumno ni el conductor del autobús) deben proporcionar y llevar a la escuela
todos los medicamentos recetados y sin receta (incluidos los medicamentos) y el padre / tutor
debe llenar un Formulario de Permiso para la Administración de Medicamentos firmado y
fechado por escrito. El consentimiento de los padres debe incluir la razón / el propósito del
medicamento, el nombre del medicamento y la dosis / hora exacta de administración. Este
formulario puede obtenerse y debe devolverse a la enfermera de la escuela / coordinador de la
clínica.
b. El medicamento debe ser actual y debe tener información de dosis indicada. La medicina recetada
debe estar en el envase original con una etiqueta de receta adjunta que incluya el nombre del
alumno, el nombre del medicamento, las instrucciones de dosificación y el calendario de
administración. La etiqueta también debe incluir el nombre y la dirección de la farmacia, el
nombre del médico que prescribe y la fecha en que se suministró la receta.
c. Todos los medicamentos deben ser ordenados por un médico / dentista con licencia para
ejercer en los Estados Unidos. La receta debe ser llenada por un farmacéutico con licencia
para ejercer en los Estados Unidos.
d. Se debe obtener una solicitud por escrito de un médico si es necesario administrar cualquier
medicamento recetado diariamente durante más de 10 días, consecutivamente (se puede
aceptar el fax).
e. Los medicamentos sin receta (incluidos, entre otros, ungüentos tópicos, analgésicos,
antiácidos, antipiréticos, antihistamínicos, descongestivos y preparados para el resfrío / la
tos) deben estar en el envase original indicando las instrucciones de dosificación apropiadas
para cada edad que el personal escolar seguirá estrictamente. Los medicamentos solo se
administrarán según la dosis y las instrucciones que figuran en el frasco de la receta. No se
pueden administrar otros medicamentos, como medicamentos extraños, remedios a base de
hierbas, suplementos dietéticos o medicamentos homeopáticos, a menos que sean de
conformidad con un Plan de Educación Individualizada (IEP) y estén sujetos a las
condiciones delineadas en este documento.
f. Los estudiantes con edad apropiada podrán llevar y autoadministrarse medicamento inhalado para
el asma cuando entreguen a la escuela una declaración firmada del médico indicando
instrucciones completas para el uso del inhalador y permiso para que el estudiante cargue
el inhalador. Se recomienda que se proporcione un inhalador adicional a la escuela. Si el
estudiante viola las políticas de seguridad del plantel, la escuela puede revocar este privilegio y
debe notificar al médico y al padre / tutor.
g. El padre / tutor u otro adulto responsable debe entregar y recoger el medicamento en la
escuela. Todos los medicamentos que se administren durante la jornada escolar permanecerán en
un área bloqueada designada de la escuela. Cualquier medicamento no usado que no se recoja al
final del año escolar será destruido por el personal de la escuela.
h. Todos los consentimientos por escrito de los médicos / dentistas, así como los padres son válidos
por un año escolar.
i. Los empleados designados de la escuela KIPP tienen el derecho de rechazar la administración de
medicamentos cuando el medicamento puede estar contraindicado para el estudiante. En caso de
que ocurra, el padre / tutor y el médico serán notificados.
5. Enfermedades médicas crónicas
Cualquier estudiante con una enfermedad médica crónica (es decir, diabetes, asma, anemia de
células falciformes, etc.) y / o alergia que pone en peligro su vida debe obtener, llenar y entregar
un formulario de Plan de Acción de Emergencia a la escuela. Una parte de este formulario debe
ser llenada por el médico de su hijo. El padre o tutor de un estudiante que buscará atención
médica para la diabetes mientras está en la escuela o durante actividades relacionadas con la
escuela debe presentar a la escuela un plan de manejo y tratamiento de la diabetes, desarrollado
con el médico del alumno. La escuela revisará el plan de manejo y tratamiento de la diabetes y
desarrollará un plan de salud individualizado de acuerdo con el Código de Salud y Seguridad de
Texas 168.001.
6. Enfermedades contagiosas
Una enfermedad contagiosa es aquella que puede transmitirse directa o indirectamente de una persona
a otra. El líder escolar deberá excluir de la asistencia a cualquier estudiante que padezca una
enfermedad contagiosa, según lo define el Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas
en 25 TAC 97.7, hasta que se cumplan los criterios de readmisión. Las condiciones por las cuales los
niños pueden ser excluidos incluyen, pero no se limitan a, hepatitis A, varicela, sarna, sarampión, tos
ferina, meningitis bacteriana y formas infecciosas de conjuntivitis (ojo rosado). Los estudiantes
excluidos debido a una enfermedad contagiosa deben ser readmitidos a través uno o más de los
siguientes métodos:
1. Autorización médica por escrito del médico del estudiante;
2. Permiso de readmisión de la autoridad de salud local; o
3. Después de que la enfermedad ya no sea contagiosa, según lo establecido por el
Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas.
7. Tratamiento médico de emergencia
En caso de que un estudiante tenga una emergencia médica en la escuela o en una actividad
relacionada con la escuela, la escuela hará el mayor esfuerzo posible para buscar servicios médicos
de emergencia según corresponda. Los padres deben mantener actualizada la información de atención
de emergencia (nombre del médico, números de teléfono de emergencia, alergias a los medicamentos,
etc.). Póngase en contacto con el personal escolar apropiado para actualizar cualquier información.
Si, en la opinión del administrador del plantel o la enfermera de la escuela, ocurre una emergencia
que pone en peligro la vida, se llamará al Servicio Médico de Emergencia (EMS).
8. Inmunización
La ley estatal requiere que todos los niños que asisten a la escuela se vacunen contra diversas
enfermedades. Durante el registro, se requiere una copia del registro de vacunas del estudiante. La
enfermera evaluará la vigencia de las vacunas del alumno y notificará a los padres de cualquier otra
inmunización requerida. Nuestra escuela está obligada a cumplir con la no-vacunas, sin requisitos
escolares. Estos requisitos pueden renunciarse solo si se firma y se envía a la escuela una declaración
jurada de exención debidamente firmada. Consulte 25 TAC 97.63 para obtener una lista de las
vacunas requeridas.
9. Piojos
Los piojos, aunque no son enfermedades, son muy comunes entre los niños y se propagan muy
fácilmente a través del contacto cabeza a cabeza durante el juego, los deportes o la hora de la
siesta y cuando los niños comparten objetos como peines, cepillos, sombreros y auriculares. Si
la observación cuidadosa indica que un estudiante tiene piojos, la escuela se pondrá en contacto
con los padres del alumno para determinar si será necesario recogerlo de la escuela y para discutir
un plan de tratamiento con champú medicinal o enjuague con crema aprobado por la
Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) que pueda ser comprado en cualquier
farmacia o tienda de comestibles. Después de que el estudiante haya recibido un tratamiento, el
padre debe verificar con la escuela para hablar sobre el tratamiento utilizado. La escuela puede
ofrecer recomendaciones adicionales, que incluyen tratamientos posteriores y la mejor manera
de deshacerse de los piojos y prevenir su regreso. KIPP deberá notificar por escrito o
electrónicamente al padre o tutor dentro de las 48 horas de haberse enterado de que un alumno
tiene piojos. KIPP notificará a los padres de los estudiantes en el mismo salón de clase dentro de
los cinco días de haberse dado cuenta de que un alumno tiene piojos.
SECCIÓN E: ADMISIÓN, ASISTENCIA Y RETIRO
1. Asistencia
KIPP tiene un horario estandarizado para que la asistencia se realice con fines de financiación
estatal. El horario de asistencia oficial para cada región / plantel se detalla a continuación. Si
bien este es el momento oficial para los fondos del estado, para estar en buenos términos con la
escuela, se espera que los estudiantes asistan a la escuela durante las horas de instrucción. Llegar
después de la hora de inicio escolar constituirá una impuntualidad.
Región de Houston: 10:00 a.m.
Región de Austin: segundo período
Región de Dallas: 10:00 a.m.
Región de San Antonio:
UP: 10:05 a.m. - 3er periodo
ASP: 10:00 a.m. - 3er periodo
CAM: 10:10 a.m. - 4 ° período
POD: 10:06 a.m.- 3er periodo
UM: 9:45 a.m.- 3er periodo
ESP: 9:45 a.m. - 5º período
Las leyes estatales de asistencia obligatoria indican:
● Se permite a los estudiantes hasta 3 ausencias injustificadas durante el año antes de
que el comité de promoción realice una revisión al final del año.
● La impuntualidad excesiva puede conducir a infracciones disciplinarias.
● Se permite a los estudiantes hasta 9 ausencias justificadas durante el año sin necesidad
de que el comité de promoción evalúe el progreso del estudiante al final del año.
● Si un alumno tiene 10 o más ausencias justificadas durante el año, el comité de
promoción revisará al alumno para determinar si está preparado para el éxito en el
siguiente nivel de grado. Si el comité de promoción determina que el alumno no está
preparado para el éxito en el siguiente nivel de grado, el alumno será retenido por
perder demasiado tiempo de instrucción.
La ley estatal establece si un estudiante se ausenta de la escuela injustificadamente en 10 o más días
o partes del día dentro de un período de seis meses en el mismo año escolar:
el padre del estudiante está sujeto a enjuiciamiento bajo la Sección 25.093 del Código
de Educación de Texas por contribuir a la no asistencia; y
el alumno está sujeto a una remisión a un tribunal de absentismo escolar por conducta
de absentismo escolar conforme a la Sección 65.003 (c) del Código de Familia.
KIPP puede retrasar la remisión al tribunal de absentismo escolar si está aplicando Medidas
de Prevención de Absentismo (TPM) y las Medidas de Prevención de Absentismo (TPM)
están siendo aplicadas, o no es en el mejor interés del estudiante remitir al alumno a un tribunal
de absentismo escolar. KIPP puede referir a un estudiante de 12-18 años al tribunal de
absentismo escolar.
a. Ausencias justificadas
Los estudiantes pueden ser justificados por ausencia temporal como resultado de:
● Enfermedad personal, muerte u otra tragedia familiar, actividades relacionadas con la
escuela o cualquier otra causa aceptable para el líder escolar y / o el Superintendente
Regional
● Celebrar días festivos religiosos cuando es un principio de su fe que los estudiantes
deben ausentarse de la escuela durante ese tiempo. Una solicitud escrita de los padres
para la ausencia debe enviarse a la escuela con anticipación.
● Citas con profesionales de la salud para el estudiante o el hijo del estudiante cuando
comienzan las clases o regresan a la escuela el mismo día de la cita. Se debe enviar
una nota escrita firmada por los padres o médicos
● Participar en una actividad que está aprobada por la Junta KIPP
● Programas tempranos y periódicos de detección, diagnóstico y tratamiento para niños
elegibles para Medicaid
● Interpretar "Taps" en un funeral militar celebrado en Texas en honor de un veterano
fallecido (grados 6-12)
● Comparecencia obligatoria ante un tribunal (no se aplica a reuniones con oficiales de
libertad condicional)
● Presentarse en una oficina gubernamental para cumplir con los trámites necesarios
para la solicitud de ciudadanía de los Estados Unidos.
● Participar en una ceremonia de juramentación de naturalización de los Estados Unidos
● Visitar una institución de educación superior acreditada por una organización de
acreditación generalmente reconocida para determinar el interés del estudiante en
asistir a la institución. El estudiante debe estar en su último año de la escuela
secundaria. No puede exceder dos (2) días por año.
● Cualquier otra ausencia justificada bajo TEC 25.087
● Sirviendo como un empleado de elecciones
● Si el alumno se encuentra en la tutela del Departamento de Familia y Servicios de
Protección, participando en una actividad, según lo determine y documente el
Departamento:
o ordenada por un tribunal bajo el Cap. 262 o 263 del Código de Familia,
siempre que no sea posible programar la participación fuera del horario
escolar; o
o requerida bajo un plan de servicio bajo la Sección B, Cap. 263 del Código de
familia
● Visitar al padre, padrastro o tutor del alumno que es un miembro activo de los servicios
uniformados y que ha sido llamado a trabajar, está de permiso o ha regresado
inmediatamente de un despliegue continuo de al menos cuatro meses fuera de la
localidad donde el padre, padrastro o tutor regularmente reside. Las ausencias por este
motivo no pueden exceder los cinco días en un año escolar y deben tomarse:
o no antes del 60º día antes de la fecha de despliegue; o
o a más tardar 30 días después de la fecha de regreso del despliegue
● Un estudiante de 17 años de edad o más que persigue el alistamiento en una rama de
los Servicios Armados de EE. UU. o la Guardia Nacional de Texas, siempre que la
ausencia no exceda cuatro días y el estudiante proporcione verificación a KIPP de
estas actividades.
b. Verificación de ausencia
Los padres deben llamar a la escuela antes de las 7:25 a.m. si los estudiantes van a estar ausentes.
Los padres que no notifiquen a la escuela serán contactados por la escuela. Si es necesario hacer
una cita con el médico, el dentista u otras citas, se espera que se haga todo lo posible para
programar citas el día de la salida temprana o las fechas de vacaciones escolares. Si esto no es
posible, el estudiante debe proporcionar una notificación dentro de 3 días de un médico / dentista
con licencia que valide la ausencia para que se disculpe. Para que una ausencia sea justificada,
los estudiantes deben proporcionar a su regreso a la escuela una nota que contenga lo siguiente:
● Fecha en que se escribe la nota
● Fechas de las ausencias
● Nombre completo del estudiante
● Nivel de grado del estudiante
● Motivo de la ausencia
● Firma del padre / tutor
c. Trabajo de recuperación
Los estudiantes con ausencias justificadas son responsables de recuperar las tareas perdidas en
un tiempo razonable según lo establecido por sus maestros.
2. Retiro
A cualquier estudiante que se retire de una escuela KIPP no se le garantiza la reinscripción en
KIPP. Los estudiantes que se retiren de KIPP deben volver a solicitar a través de sorteo y ser re-
seleccionados para un cupo en la escuela.
SECCIÓN F: CÓDIGO DE CONDUCTA ESTUDIANTIL
El objetivo de la política de disciplina de KIPP es ayudar al alumno a comprender comportamientos
o acciones inaceptables, aprender a responsabilizarse de las propias acciones e interiorizar
comportamientos o expresiones socialmente aceptables. Se deben cumplir las siguientes políticas y
directrices, teniendo en cuenta que los profesores deben utilizar con frecuencia su propio criterio para
el mejor interés del alumno. Se espera que los estudiantes cumplan con el Código de Conducta en los
planteles KIPP, en los eventos / actividades escolares, en el transporte KIPP y en las paradas de
autobús KIPP.
Cada escuela KIPP puede involucrar al estudiante, a los padres y al personal en un Compromiso con
la Excelencia. Este "Compromiso", si corresponde, enumera los estándares de disciplina y
rendimiento que se esperan de todos los estudiantes. El Código de Conducta de KIPP debe leerse
junto con las disposiciones de este Manual para comprender las expectativas de conducta.
Se espera que los estudiantes cumplan con el Compromiso con la Excelencia. Si en el uso de
Internet, la tecnología o las redes sociales fuera de la escuela, un estudiante se involucra en un
comportamiento que no cumple con el Compromiso con la Excelencia (CTE), y dicho
comportamiento causa una interrupción sustancial en la escuela o es previsible que cause una
interrupción sustancial en la escuela, un estudiante puede esperar consecuencias como si el
estudiante cometiera el comportamiento dentro de la escuela.
En caso de que un estudiante deba ser suspendido de la escuela o posiblemente expulsado, se llevará
a cabo una reunión con el alumno, el maestro, los padres y el líder escolar. En esta reunión se discutirá
el proceso de este tipo de acción disciplinaria. Si bien el Formulario de Compromiso con la Excelencia
sirve como el código de conducta de la escuela, esta sección contiene otra información pertinente e
importante.
1. Llegada / Salida
La seguridad de todos los estudiantes es una prioridad para KIPP. El cuidado y la seguridad de un
estudiante comienza en la parada del autobús y termina cuando un estudiante desembarca del autobús
todas las tardes. Cada campus toma precauciones especiales para asegurar que los estudiantes suban
al autobús correcto todas las tardes y que bajen en la parada de autobús correcta al final de su viaje.
Se espera que los estudiantes cumplan con un CTE aplicable, el Código de Conducta del Estudiante
de KIPP y reglas específicas del autobús en la parada del autobús y en el autobús escolar.
2. Deshonestidad académica
Debido a que KIPP tiene altas expectativas de excelencia académica, KIPP se esfuerza por inculcar
a sus estudiantes valores de honor y excelencia. Con estos objetivos en mente, KIPP no tolerará la
deshonestidad en el trabajo académico, incluyendo copiarse, plagio, cambiar o modificar
calificaciones o involucrarse en cualquier acto que demuestre falta de integridad en la búsqueda
académica de excelencia en una escuela KIPP.
Copiarse se define como dar o recibir y / o usar información no autorizada en un examen o tarea
académica, o enviar trabajos duplicados para trabajos individuales. El plagio consiste en representar
las ideas de otra persona o escribirlas como propias, incluso las ideas de un libro, la tarea de otro
estudiante, Internet u otra fuente. Cualquier estudiante que se haya involucrado en copias o plagio en
cualquier fase del trabajo académico puede perder todo el crédito por la tarea y se le pedirá que se
reúna con el padre, el maestro y el administrador de la escuela del alumno. Los casos repetidos de
deshonestidad académica podrían resultar en la expulsión de la escuela u otras medidas disciplinarias.
3. Actividad relacionada con pandillas
Una "pandilla" se define como cualquier grupo de dos o más personas cuyos propósitos pueden incluir
la comisión de actos ilegales. Para los fines de esta política, una "pandilla" es una fraternidad
prohibida o sociedad según lo define el Código de Educación de Texas, Artículo 37.121. KIPP
prohíbe la existencia de pandillas y actividades de pandillas. Se prohíbe a los estudiantes involucrarse
en pandillas o actividades de pandillas mientras están en la escuela, en cualquier instalación escolar,
en cualquier actividad patrocinada por la escuela o en un autobús escolar. Las actividades de pandillas
incluyen:
Usar, poseer, distribuir, exhibir o vender ropa, joyas, emblemas, insignias,
símbolos, letreros, grafiti / etiquetado, exhibición de colores de pandillas
identificados u otra afiliación en cualquier pandilla.
Cometer cualquier acto u omisión, o utilizar, cualquier discurso, ya sea verbal o
no verbal (etiquetado, gestos, apretones de manos, etc.), que muestre membresía
o afiliación en una pandilla.
Usar cualquier discurso o cometer cualquier acto u omisión para promover el
interés de cualquier pandilla o actividad de pandillas, que incluye pero no se
limita a:
o solicitar a otros ser miembros de cualquier pandilla.
o solicitar a cualquier persona que pague por protección o intimidar o
amenazar a otra persona.
o incitar a otros estudiantes a actuar con violencia física sobre cualquier
otra persona.
o involucrarse en complicidad con otros para intimidar, pelear, agredir o
amenazar con agredir a otros.
o cometer cualquier otro acto ilegal u otra violación de las políticas del
distrito escolar.
a. Violaciones de la Ley de Pandillas: una persona comete un delito si la persona:
● es miembro de, se compromete a convertirse en miembro, se une o solicita a otra
persona que se una o se comprometa a formar parte de una fraternidad,
hermandad, sociedad secreta o pandilla de una escuela pública; o
● no está inscrito en una escuela pública y solicita o coacciona a otra persona para
que asista a una reunión de una fraternidad, hermandad, sociedad secreta o
pandilla de una escuela pública o una reunión en la que se aliente a la membresía
en uno de esos grupos.
b. Los estudiantes que violen esta política relacionada con la actividad de pandillas estarán
sujetos a medidas disciplinarias que pueden incluir la suspensión o expulsión. Bajo esta
sección, una fraternidad de escuela pública, hermandad, sociedad secreta o pandilla
significa una organización compuesta en su totalidad o en parte por estudiantes de
escuelas públicas primarias o secundarias que busca perpetuarse tomando miembros
adicionales de los estudiantes matriculados en la escuela sobre la base de la decisión de
su membresía más que en la libre elección de un estudiante en la escuela que esté
calificado por las reglas de la escuela para cumplir con los objetivos especiales de la
organización. El término no incluye una agencia de bienestar público, entre ellas Boy
Scouts, Girl Scouts, Hi-Y, Girl Reserve, DeMolay, Rainbow Girls, Clubes
Panamericanos, sociedades de becas u otras organizaciones educativas similares
patrocinadas por autoridades educativas estatales o nacionales.
4. Ritos de iniciación
KIPP prohíbe todas las formas de ritos de iniciación. El Código de Educación de Texas §37.151
define "rito de iniciación" como cualquier acto intencional, con conocimiento o de forma imprudente,
que ocurre dentro o fuera del campus, llevado a cabo por una sola persona o en complicidad con otros,
dirigida contra un estudiante, que pone en peligro su salud mental o física o seguridad con el propósito
de comprometerse, iniciarse, afiliarse, ocupar un cargo o mantener la membresía en una organización.
El término incluye:
cualquier tipo de brutalidad física, como latigazos, golpes, marca, descarga electrónica,
colocación de una sustancia nociva en el cuerpo o actividad similar;
cualquier tipo de actividad física, como privación del sueño, exposición a los elementos,
confinamiento en un espacio pequeño, calistenia u otra actividad que someta al alumno a un
riesgo irrazonable de daño o que afecte negativamente su salud mental o física o seguridad;
cualquier actividad que implique un alimento, líquido, bebida alcohólica, licor, droga u otra
sustancia que someta al estudiante a un riesgo irrazonable de daño o que afecte adversamente
su salud mental o física o seguridad;
cualquier actividad que intimide o amenace al estudiante con ostracismo, que someta al
estudiante a estrés mental extremo, vergüenza o humillación, que afecte negativamente la
salud mental o la dignidad del estudiante o desaliente al estudiante de ingresar o permanecer
inscrito en una institución educativa o que razonablemente se espere que cause que un
estudiante abandone la organización o la institución en lugar de someterse a los actos
descritos en esta subdivisión; y
cualquier actividad que induzca, cause o requiera que el estudiante realice un deber o tarea
que involucre una violación al Código Penal.
Cualquier estudiante que se involucre en ritos de iniciación será disciplinado de acuerdo con el
Código de Conducta del Estudiante. Una persona comete un delito si la persona:
participa en ritos de iniciación;
solicita, alienta, dirije, ayuda o intenta ayudar a otra persona a participar en los ritos de
iniciación;
imprudentemente permite que se produzcan ritos de iniciación; o
tiene conocimiento de primera mano de la planificación de un incidente específico de rito de
iniciación que involucra a un estudiante en una institución educativa, o tiene conocimiento
de primera mano de que ha ocurrido un incidente específico de ritos de iniciación, y
conscientemente no lo informa por escrito al decano u otro funcionario de la institución.
5. Alcohol / drogas
Todas las escuelas KIPP están declaradas zonas libres de alcohol, tabaco y drogas. Estas sustancias
están prohibidas en las instalaciones y en los terrenos de la escuela (incluidos estacionamientos e
instalaciones deportivas). Los infractores están sujetos a sanciones penales.
Ningún estudiante deberá poseer, usar, transmitir o estar bajo la influencia de ninguna sustancia
prohibida, incluidos, entre otros, cigarrillos, cigarrillos electrónicos, dispositivos para picar,
estupefacientes, alucinógenos, anfetaminas, barbitúricos, marihuana, bebidas alcohólicas, sustancias
tóxicas, inhalantes, u otros estupefacientes (así como también aquellas sustancias definidas por la
ley), o medicamentos de venta libre, o medicamentos / remedios, tales como, productos
homeopáticos, vitaminas, hierbas, suplementos dietéticos, entre otros:
● En terrenos de la escuela durante cualquier período escolar
● Fuera de la propiedad de la escuela en una actividad escolar, función o evento
● A 300 pies de la propiedad KIPP
Esta política se aplicará en caso de que las píldoras u otras sustancias se simulen o representen como
cualquiera de las sustancias controladas anteriormente mencionadas o medicamentos de venta libre y
se aplicará a cualquier tipo de parafernalia de drogas.
No se considerará que un alumno que usa un medicamento autorizado por un médico con licencia a
través de una receta emitida específicamente para el uso del alumno ha violado esta regla, siempre y
cuando siga las pautas establecidas en el manual del estudiante con respecto a la distribución de
medicamentos. Los casilleros pueden ser revisados en caso de cualquier contrabando incluyendo
alcohol y drogas. Los estudiantes son responsables de cualquier artículo prohibido encontrado en su
casillero o en su persona y están sujetos a medidas disciplinarias.
La ley estatal prohíbe la posesión, compra, consumo o aceptación de un cigarrillo o producto de
tabaco por parte de un individuo menor de 18 años. Un delito bajo la ley estatal se castiga con una
multa que no excede los $ 250. Además, el estudiante enfrentará consecuencias disciplinarias. Los
estudiantes que violen cualquiera de estas políticas sobre el consumo de alcohol, tabaco y drogas
estarán sujetos a medidas disciplinarias que el administrador de la escuela considere apropiadas,
incluida la expulsión.
6. Política contra el bullying
Se necesita un ambiente seguro y civil para que los estudiantes aprendan y logren altos estándares
académicos y para promover relaciones humanas saludables. Cualquier acto de bullying, ya sea por
parte de un individuo o grupo de personas en la comunidad de KIPP, está expresamente prohibido en
la propiedad de KIPP o en funciones relacionadas con la escuela. Esta política se aplica no solo a las
personas que participan directamente en un acto de bullying, sino también a las personas que, por su
comportamiento indirecto, aprueban o respaldan el acto de intimidación de otra persona.
KIPP se compromete a proteger a sus estudiantes, empleados y solicitantes de ingreso del bullying,
acoso o discriminación por cualquier motivo y de cualquier tipo. KIPP cree que todos los estudiantes
y empleados tienen derecho a una experiencia escolar segura, equitativa y libre de acoso. La
intimidación, el acoso o la discriminación no serán tolerados y serán causa justa de acción
disciplinaria.
KIPP cree que los estándares para el comportamiento de los estudiantes se deben establecer
cooperativamente a través de la interacción entre los estudiantes, padres, tutores, personal y socios
comunitarios KIPP, produciendo una atmósfera que aliente a los estudiantes a crecer en autocontrol.
El desarrollo de esta atmósfera requiere respeto por uno mismo y los demás, así como por la propiedad
comunitaria por parte de los estudiantes, el personal y los miembros de la comunidad.
Los estándares de esta política constituyen un sistema de apoyo específico, enfocado, coordinado,
integrado y culturalmente sensible para todos los estudiantes, el personal, las familias y las agencias
comunitarias que mejorarán las relaciones dentro de cada escuela. Está diseñado para asegurar que
cada escuela tenga personal capacitado y apoyado en los esfuerzos de su escuela para proporcionar
conciencia, capacitación de intervención y estrategias de instrucción sobre prevención, incluida la
prevención de la violencia, a cada miembro del personal, padres y estudiantes para un seguimiento
seguro cuando se denuncian y / o ocurren incidentes.
Definiciones
"Bullying" se define en la Sección 37.0832 del Código de Educación como un solo acto significativo
o patrón de actos llevados a cabo por uno o más estudiantes dirigidos a otro estudiante que explota
un desequilibrio de poder e involucra la expresión escrita o verbal, expresión a través de medios
electrónicos, o conducta física que: (1) tiene el efecto o tendrá el efecto de dañar físicamente a un
estudiante, dañar la propiedad de un estudiante o poner a un estudiante en un temor razonable de daño
a la persona del estudiante o daño a la propiedad del estudiante; (2) es lo suficientemente severo,
persistente o dominante que dicha acción o amenaza crea un entorno educativo intimidante,
amenazante o abusivo para un estudiante; (3) materialmente y sustancialmente interrumpe el proceso
educativo o el funcionamiento ordenado de un aula o escuela, o (4) infringe los derechos de la víctima
en la escuela.
El bullying puede implicar, pero no se limita a:
● Abuso verbal: insultos, bromas, chismes, amenazas, rudeza o rumores dañinos.
● Abuso no verbal: postura, hacer señas con las pandillas, mirar con lascivia, acechar, destruir
propiedad, usar graffiti o imágenes gráficas, o exhibir gestos o acciones inapropiadas y / o
amenazantes.
● Abuso físico: golpear, empujar, patear, tropezar, estrangular, tirar del cabello, pelear, morder,
escupir o destruir propiedad.
● Abuso emocional o psicológico: Rechazar, aterrorizar, extorsionar, difamar, intimidar,
humillar, chantajear, manipular amistades, aislar, excluir, usar la presión de los compañeros,
calificar las características personales.
El ciberbullying está definido por la Sección 37.0832 del Código de Educación como intimidación
que se realiza mediante el uso de un teléfono celular u otro tipo de teléfono, una computadora, una
cámara, correo electrónico, mensajería instantánea, mensajes de texto, una aplicación de redes
sociales, un sitio web de Internet, o cualquier otra herramienta de comunicación basada en Internet.
Ciberstalking significa involucrarse en un curso de conducta para comunicarse, o para hacer que se
comuniquen, palabras, imágenes o lenguaje mediante el uso de correo electrónico o comunicación
electrónica, dirigida a una persona específica, causando una angustia emocional sustancial a esa
persona sin ningún propósito legítimo, cuando dicha conducta ocurre en la escuela o si dicha conducta
fuera del plantel resulta en una interrupción sustancial de las actividades escolares
El acoso incluye, pero no se limita al acoso oral, escrito, psicológico, físico (clima y contacto), y otras
acciones demostrativas con respecto a la raza, credo, origen étnico, preferencia religiosa, género,
discapacidad u orientación sexual indeseable.
El bullying, el ciberbullying y / o el acoso también incluyen:
● Represalias:
o Contra un alumno por otro alumno por afirmar o alegar un acto de intimidación,
acoso o discriminación.
o También incluye reportar un acto infundado de intimidación, acoso o discriminación
que no se hace de buena fe.
● Patrón de conducta enumerado en la definición de intimidación, acoso y / o discriminación
por parte de un individuo o grupo con la intención de degradar, deshumanizar, avergonzar o
causar daño emocional o físico a un estudiante mediante:
o Incitación o coacción;
o Acceso o, de forma consciente y voluntaria, causar o proporcionar acceso a datos o
software a través de una computadora, sistema informático o red informática dentro
del alcance de KIPP; o
o Actuar de una manera que tenga un efecto sustancialmente similar al efecto de la
intimidación, el acoso o la discriminación.
El bullying, el ciberbullying, el acoso y la discriminación (en lo sucesivo, acoso a los efectos de esta
política) también incluyen, entre otros, daños no deseados a un alumno en relación con su identidad
o expresión de género, real o percibida, raza, color, religión, creencias políticas, preferencia
lingüística, origen natural, edad, discapacidad (física, mental o educativa), antecedentes
socioeconómicos o ascendencia.
"Acusado" se define como cualquier estudiante, empleado, voluntario, contratista u otra persona
KIPP en la escuela o fuera de la escuela en eventos patrocinados por la escuela, en autobuses escolares
y en instalaciones de capacitación o programas de capacitación patrocinados por KIPP que es
señalado por haber cometido un acto de intimidación, ya sea formal o informal, verbal o por escrito.
"Querellante" se define como cualquier estudiante, empleado, voluntario, contratista u otra persona
KIPP que formal o informalmente presente un denuncia de intimidación, verbalmente o por escrito.
"Víctima" se define como cualquier estudiante, empleado, voluntario, contratista u otra persona KIPP
dentro o fuera de la escuela en un evento patrocinado por la escuela, en autobuses escolares, de quien
se denuncia como víctima de un acto de acoso escolar durante la jornada escolar o durante cualquier
programa o actividad educativa.
Es necesario que KIPP adopte políticas y procedimientos con respecto a:
1) Cualquier acto de bullying que se lleva a cabo en la propiedad de la escuela o sitio de una
actividad patrocinada o relacionada con la escuela dentro o fuera de la propiedad de la
escuela;
2) Cualquier acto de bullying que se lleva a cabo en un autobús o vehículo escolar de propiedad
pública o privada que se usa para el transporte de un estudiante hacia o desde la escuela o una
actividad patrocinada o relacionada con la escuela; y
3) Cualquier acto de ciberbullying que se lleva a cabo fuera de la propiedad escolar o fuera de
una actividad patrocinada o relacionada con la escuela si interfiere con las oportunidades
educativas del alumno o interrumpe sustancialmente el funcionamiento ordenado de un aula,
escuela o actividad patrocinada o relacionada con la escuela.
Denuncias Actos de Bullying
o En cada escuela, el director / designado es responsable de recibir quejas orales o escritas alegando
violaciones de esta política, mediante la documentación en formularios apropiados para el
cumplimiento e informando a los padres y tutores de las partes involucradas.
o Cualquier miembro de la comunidad escolar que tenga información fidedigna de que se ha llevado
a cabo un acto de intimidación puede presentar una Denuncia de incidente de intimidación, ya sea
una víctima o un testigo.
o Cualquier estudiante (y / o el padre en nombre del demandante si el demandante es un menor) que
cree que es víctima de intimidación se recomienda encarecidamente completar un Informe de
incidente de hostigamiento en la oficina principal de su escuela. Además, KIPP acepta denuncias de
intimidación anónimos. Los informes pueden enviarse electrónicamente utilizando el sistema
anónimo de notificación de incidentes de KIPP en el sitio web de KIPP, lo que permite a los
estudiantes o padres enviar rápidamente cualquier problema sensible o urgente a los funcionarios
escolares.
o Las quejas deben presentarse tan pronto como sea posible después del presunto incidente y anotadas
en la denuncia del incidente. Las quejas se deben presentar dentro de noventa (90) días académicos
después del presunto incidente para que la denuncia pueda ser investigada apropiadamente.
o La presentación de una queja de buena fe o una denuncia de intimidación no afectará el empleo, las
calificaciones, el aprendizaje o el entorno de trabajo del demandante o del informante, ni las
asignaciones de trabajo en KIPP.
Investigación de denuncias por actos de bullying
o El director o la persona designada para la investigación deberá documentar todas las quejas por
escrito en la Tabla de seguimiento e investigación de intimidación para garantizar que las alegaciones
se aborden de manera oportuna. Este proceso se debe seguir con todas las quejas anónimas también.
Aunque esta Política alienta a los estudiantes a usar la Denuncia de incidente de bullying escrito y
formal, las autoridades escolares deben investigar todas las quejas e informes de acoso,
independientemente de que la queja sea por escrito o no "según lo estipulado por la Oficina de
Derechos Civiles para Proteger a los Estudiantes del Acoso y Crimen de Odio: Una Guía para
Escuelas, Parte II (1999).
o Si la queja es sobre el director, se le pedirá al Departamento de Recursos Humanos de KIPP que
aborde la queja.
o El director formado / Designado para la Investigación tomará la determinación si un acto
denunciado de intimidación o acoso cae dentro del alcance de KIPP.
o Si se determina que la acción denunciada cae dentro del alcance de KIPP (si la conducta denunciada
ocurrió en la escuela o si la conducta fuera del plantel causó una interrupción sustancial en la escuela),
el director / investigador debe seguir los procedimientos para investigar la intimidación y / o acoso
como se describe a continuación.
o Si se determina que la acción denunciada está fuera del alcance de KIPP, y se determina un presunto
acto delictivo, el director / designado para la investigación remitirá a la policía correspondiente,
proporcionará las intervenciones pertinentes y documentará de acuerdo con esta política.
o Si se determina que la acción denunciada está fuera del alcance de KIPP y se determina que no es
un acto criminal, el director / investigador designado informará a los padres / tutores de todos los
estudiantes involucrados, proporcionará intervenciones apropiadas y documentará de acuerdo con
esta política.
Procedimientos de investigación para actos de bullying denunciados bajo esta política
o Los procedimientos para investigar los actos de bullying en la escuela deben incluir al director /
designado y / o la persona designada para la investigación, en el caso de la intimidación de un
estudiante a otro.
o El investigador puede no ser el acusado o la presunta víctima.
o El director / designado o el administrador apropiado de KIPP comenzará una investigación
exhaustiva con la presunta víctima y el acusado dentro de los dos (2) días académicos posteriores a
la recepción de la notificación de la queja. El director / designado / administrador debe notificar
inmediatamente a los padres / tutores tanto de la víctima como del presunto perpetrador de un acto de
bullying o acoso dentro de los dos (2) días académicos a partir de la presentación de una queja.
o Durante la investigación, el director / designado o el administrador apropiado puede tomar cualquier
acción necesaria para proteger al demandante, presunta víctima, otros estudiantes o empleados de
conformidad con los requisitos de las reglamentaciones y estatutos aplicables.
o Las entrevistas documentadas de la presunta víctima, el presunto perpetrador y los testigos se llevan
a cabo de forma privada, por separado y son confidenciales. Inicialmente, se entrevistará a cada
persona por separado y solo con el permiso de la víctima y la familia se entrevistará al presunto
perpetrador y a la víctima.
o En ningún momento durante la investigación, el investigador revelará el nombre del demandante
sin el permiso del demandante o de la familia del demandante o si la seguridad del demandante está
en peligro.
o En general, los estudiantes denunciantes y / o presuntas víctimas continuarán asistiendo a la misma
escuela y continuarán sus estudios según lo indicado mientras se lleva a cabo la investigación y la
resolución de la queja está pendiente. En caso de que una orden judicial válida entre en conflicto con
esta política, prevalecerá la orden de la corte.
o Durante la investigación donde se acusa a un empleado de KIPP, el director / designado /
administrador puede recomendar a Recursos Humanos cualquier acción necesaria para proteger al
demandante, a la presunta víctima u otros estudiantes o empleados. Ejemplos de esto podrían incluir:
sacar al alumno del aula, ausentarse mientras se está investigando, etc.
o Dentro de los diez (10) días académicos de la notificación en cuanto a la presentación de la queja,
el director / designado / administrador de la investigación tomará una decisión por escrito sobre la
Tabla de seguimiento e investigación de la intimidación.
Resolución de un acto de bullying
o Resolución informal: el administrador, junto con la presunta víctima y el acusado / alumno, puede
acordar someterse a una investigación informal sobre un presunto incidente de intimidación entre las
partes. Es posible que ya se haya presentado un formulario de denuncia de incidente de intimidación,
o las partes involucradas lo llenarán durante la investigación.
o Las entrevistas con la víctima, el presunto perpetrador y los testigos se llevan a cabo de forma
privada, por separado y son confidenciales.
o En principio, cada individuo (la víctima, el presunto responsable del abuso, los testigos) será
interrogado separadamente.
o Una reunión voluntaria para la mediación y resolución informal del conflicto podrá ser concertada
bajo el consentimiento de las partes. Cada una de las partes suscribirá una comunicación por escrito
ante el Bullying Tracking and Investigation Chart, organismo encargado de monitorear e investigar
casos de bullying.
o Si se llega a una resolución satisfactoria para todas las partes, tanto el incidente como los acuerdos
suscritos deberán ser documentados y registrados en el formulario de denuncia y el sistema de datos
correspondiente.
o Si no se alcanza una resolución consensuada, se deberá solicitar por escrito una petición de
resolución formal del conflicto, la cual deberá ser requerida en un periodo no mayor a cinco días
hábiles luego de haber sostenido el encuentro para la resolución informal del conflicto. Dicha
comunicación será dirigida al director del sistema escolar o al correspondiente supervisor designado
por KIPP.
o Resolución formal: la presunta víctima/denunciante/estudiante/padre (actuando en nombre de un
estudiante) puede presentar una denuncia por escrito ante el director del sistema escolar o un miembro
designado y autorizado por KIPP para tratar dichos casos, usando la planilla de incidencia de bullying
de KIPP (KIPP Bullying Incident Report) y los formularios del Bullying Tracking and Investigation
Chart.
o Según la gravedad de la infracción, los padres/tutores legales serán notificados oportunamente, en
un periodo no mayor a 2 días hábiles, sobre las acciones ejercidas para proteger a la víctima a través
de una notificación escrita, llamada telefónica o una reunión en persona. La frecuencia en las
notificaciones dependerá de la seriedad del incidente de bullying reportado.
o La víctima, el presunto responsable del abuso y los testigos serán sometidos a entrevistas
documentadas, las cuales se harán de manera individual, confidencial y privada. Dichas entrevistas
serán registradas en la planilla de incidencia de bullying de KIPP.
o En principio, cada individuo (la víctima, el presunto responsable del abuso, los testigos) será
interrogado separadamente.
o Una reunión voluntaria para la mediación y resolución del conflicto podrá ser concertada bajo el
consentimiento de las partes
o Si hay evidencias probadas de un acto de bullying: toda la evidencia será recolectada; la
documentación será registrada y archivada en el sistema de datos correspondientes del distrito escolar.
Las acciones disciplinarias serán implementadas por el administrador escolar o el personal/supervisor
correspondiente previamente autorizado por KIPP, quien determinará el gravedad de la sanción
considerando las circunstancias del caso.
o Si no hay evidencias de probadas de bullying: la documentación será resguardada y archivada. La
víctima y los denunciantes serán monitoreados y de ser necesario, se implementarán de medidas
adicionales de apoyo. La resolución final del conflicto será comunicada a las partes por escrito, haya
sido demostrado o no el acto de bullying. Las partes tienen absoluto derecho a apelar dicha resolución,
la cual será archivada junto con toda la documentación referida al incidente.
o Todo los documentos relacionados con el caso serán registrados en el Bullying Incident Folder
(archivo escolar de incidencias de bullying) y en los expedientes de los estudiantes.
Cualquier retaliación contra un estudiante que reporta un acto o incidente de bullying está prohibida.
Bajo la recomendación del administrador escolar, el consejo directivo de la escuela tendrá, como
respuesta inmediata ante un presunto caso de bullying, la potestad de transferir al estudiante,
sospechoso de haber perpetrado un acto de bullying, a otra aula del campus. En estricta consulta con
los padres del denunciado, si aplica, podrá ser transferido a otro campus. Los padres del estudiante,
identificado como víctima según los parámetros establecidos por KIPP, podrán requerir que su hijo
sea transferido a otra aula o campus, siempre que la medida sea aplicable.
7. Consecuencias derivadas de infracciones disciplinarias
a. Código de conducta
Se prohíbe a los estudiantes incurrir en acciones o conductas que violen los códigos de conducta
de la escuela. Ejemplos de dichas violaciones se señalan a continuación.
Los ítems marcados con un "*" son considerados infracciones severas que pueden
acarrear la suspensión o expulsión del estudiante, o su reasignación en otro recinto
escolar.
(1) Abandonar las instalaciones escolares o eventos auspiciados por la escuela sin
el consentimiento del correspondiente oficial escolar;
(2)* Insubordinación (ej. Incumplimiento de las normativas y órdenes dadas por el
personal escolar (esto incluye, si bien no es limitativo, el ítem “(1)” y lo
siguiente);
(3)* Asumir comportamientos que puedan entenderse como actos físicos o
conductas sexuales inapropiados;
(4)* Asumir comportamientos que puedan constituir acoso sexual, ya sea a través
de palabras, gestos, o cualquier otro tipo de conducta sexual: esto incluye pedir
favores sexuales, enviar mensajes vía texto o redes sociales o cualquier otro
tipo de plataforma virtual que pueda emplearse como medio para promover el
acoso o avances sexuales.
(5)* Poseer o usar fósforos o encendedores, a menos que forme parte de algún
programa instruccional.
(6)* Encender fuego en las instalaciones escolares o eventos auspiciados por la
escuela, a menos que forme parte de algún programa instruccional;
(7)* Poseer, usar o fumar productos derivados del tabaco, cigarrillos electrónicos,
cigarrillos, así como otras sustancias prohibidas, tanto en las inmediaciones de
la escuela, en actividades auspiciadas por la escuela o en las afueras del recinto
escolar.
(8)* Poseer, vender, distribuir o usar medicamentos, disponibles con o sin
prescripción médica, de una manera inconsistente con los usos prescritos y las
indicaciones sugeridas en la etiqueta del medicamento, y con las reglas de la
escuela que regulan el manejo de ese tipo de medicación.
(9)* Poseer, distribuir o vender ítems que puedan relacionarse erróneamente con
drogas o contrabando;
(10)* Poseer, distribuir o vender cualquier tipo de parafernalia relacionada con
drogas;
(11)* Poseer o distribuir material pornográfico o imágenes/ilustraciones lascivas en
las que menores de edad sean representados;
(12)* Poseer cuchillos, instrumentos cortantes, pistolas de aire, dispensadores
químicos, fuegos artificiales, réplicas de armas de fuego o bombas, armas
electro-paralizantes, así como otros ítems considerados peligrosos o
prohibidos, según las disposiciones del Código Penal de Texas en su sección
46.01. Esto incluye también artefactos explosivos improvisados;
(13)* Poseer un arma de fuego;
(14)* Poseer municiones o explosivos;
(15)* Descargar el contenido del extintor de incendios, a menos que se trate de una
emergencia.
(16) Violar el código de vestimenta y las normas de aseo personal.
(17) Violar los códigos de conducta exigidos tanto en el campus y en el aula de
clase, como en las actividades extracurriculares.
(18) Estar en instalaciones escolares designadas para el sexo opuesto cuando el
estudiante no se identifica con ese sexo. Esto incluye el área de los baños, la
zona en que se ubican los casilleros, las áreas de uso exclusivo para actividades
administrativas, servicios de limpieza y custodia;
(19)* Copiar el trabajo de otro compañero de clases o permitir que un compañero
copie el propio trabajo;
(20)* Lanzar objetos que puedan causar heridas corporales o daños a la propiedad
escolar;
(21)* Usar lenguaje profano, vulgar o gestos obscenos;
(22)* Pelear;
(23)* Promover novatadas o rituales de iniciación, bullying o cyberbullying
(24)* Participar en robos o asaltos;
(25)* Dañar o destruir las pertenencias de los demás;
(26)* Proferir insultos de naturaleza racial o étnica; hacer comentarios ofensivos o
despectivos que, desde la perspectiva de las autoridades escolares, puedan
perturbar la programación académica o incitar a la violencia;
(27)* Hacer un uso inapropiado de los sistemas de comunicación electrónica de la
escuela (esto incluye la internet);
(28) Falsificar registros o records académicos, pases, o cualquier otro documento
relacionado con la escuela.
(29)* Violar las leyes locales, estatales o federales;
(30)* Asumir de manera repetida actitudes y comportamientos que perturben el
ambiente escolar y los procesos educativos;
(31)* Agredir a otra persona;
(32)* Cometer una agresión que pueda terminar en un traumatismo o herida;
(33)* Hacer una amenaza terrorista, así como una falsa alarma o reporte. Esto
incluye amenazas de bomba, si bien no es limitativo.
(34)* Vender, distribuir o dar bebidas alcohólicas;
(35)* Poseer, usar o estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas;
(36)* Poseer, usar, estar bajo la influencia, distribuir, tratar de distribuir,
vender/comprar; tratar de vender/comprar drogas ilegales;
(37)* Usar pegamento o pintura de aerosol de manera inconsistente con las
instrucciones del fabricante. Estar bajo la influencia de estas sustancias;
(38)* Comportarse de una manera impropia, manifestando actitudes que lesionan la
decencia, según lo normado por el Código Penal de Texas;
(39)* Manifestar actitudes y comportamientos lascivos que ofendan la moral
pública, según lo normado por el Código Penal de Texas;
(40)* Tomar represalias contra un empleado de la escuela;
(41)* Comportarse de una manera muy inapropiada en el aula. La presencia continua
de un estudiante en el aula amenaza la seguridad de sus compañeros; va en
detrimento de los normales procesos educativos, así como de los intereses y
derechos de estudiantes y maestros;
(42)* Involucrarse en actividades promovidas por pandillas. Esto incluye lo siguiente:
participar en las pandillas como miembro o aspirante; solicitar a otras personas
ser miembros o aspirantes de una pandilla y usar cualquier tipo de imágenes,
signos o símbolos asociados a pandillas.
(43)* Usar o exhibir cuchillos ilegales, así definidos en el Código Penal de Texas;
(44)* Provocar un incendio;
(45)* Incurrir en acciones ilícitas -de las que se tiene evidencia verificable- que
puedan conllevar a cargos criminales imputables por faltas graves cometidas
en el campus o en las inmediaciones del recinto. Las consecuencias de dichas
acciones pueden generar uno o varios de los siguientes efectos:
(a)* Perturbar el ambiente de aprendizaje;
(b) Dar un ejemplo negativo a los otros estudiantes; o
(c)* Crear un ambiente peligroso e inseguro para los estudiantes y el personal
de la escuela.
(46)* Mientras los estudiantes se encuentren en el recinto escolar o en las áreas
adyacentes del campus -un perímetro equivalente a 90 metros (300 pies)
medidos desde cualquiera de las líneas que delimitan el área del campus- o
mientras se encuentren realizando actividades extracurriculares dentro o fuera
de la escuela, les está prohibido incurrir en ciertas conductas, faltas y ofensas
tipificadas en el título 37 del Código Educativo de Texas, las cuales se refieren
a continuación:
(a) Incurrir en acciones que involucren el delito de porte ilegal de armas de
fuego tipificado en la sección 46.02 del Código Penal, o acciones
relacionadas con el uso de armas prohibidas, delito tipificado en la
sección 46.05 del Código Penal;
(b) Incurrir en acciones relacionadas con los siguientes delitos:
• agresión agravada, delito tipificado en la sección 22.02 del
Código Penal; agresión sexual, delito tipificado en la
sección 22.011 del Código Penal; agresión sexual
agravada, delito tipificado en la sección 22.021 del Código
Penal;
• incendio provocado, delito tipificado en la sección 28.02
del Código Penal;
• homicidio, delito tipificado en la sección 19.02 del Código
Penal; homicidio capital o en primer grado, delito tipificado
en la sección 19.03 del Código Penal; intento de homicidio
u homicidio capital; delitos tipificados en la sección 15.01
del Código Penal;
• indecencia con un niño, delito tipificado en la sección 21.11
del Código Penal;
• secuestro agravado, delito tipificado en la sección 20.04 del
Código Penal;
• robo agravado, delito tipificado en la sección 29.03 del
Código Penal;
• homicidio involuntario, delito tipificado en la sección
19.04 del Código Penal; u
• homicidio culposo, delito tipificado en la sección 19.05 del
Código Penal; o
• abuso sexual continuado de un menor, delito tipificado en
la sección 21.02 del Código Penal; o
(c)* Incurrir en conductas o acciones penadas en las sección 37.006 (a)(2)(C)
o (D) del Código Educativo de Texas, siempre que las mismas sean
consideradas delitos objeto de sanción;
(d)* Vender, distribuir, dar a otra persona, poseer, o estar bajo la influencia de
una de las siguientes sustancias:
● marihuana o sustancias controladas, así definidas en el título
481 del Código de Salud y Seguridad y en el título 21 del
Código de los Estados Unidos ( U.S.C. por sus siglas en
inglés) en la sección 801 y siguientes;
● drogas peligrosas, así definidas en el título 483 del Código de
Salud y Seguridad; o
● bebidas alcohólicas, así definidas en la sección 1.04, del
Código de Bebidas Alcohólicas;
(e)* incurrir en acciones que involucren el uso criminal de sustancias
químicas explosivas, delito tipificado en las secciones 485.031-485-034
del Código de Salud y Seguridad.
(f)* incurrir en alguna acción o conducta tipificada como delito en la
subsección (B)(1) o (3) –previamente descrita- o cometer el delito de
robo agravado, tipificado en la sección 29.03 del Código Penal, contra
otro estudiante. No es relevante si el delito ocurre dentro o fuera de la
escuela, en las inmediaciones del recinto escolar o en actividades
extracurriculares y eventos auspiciados por la escuela;
(g)* cometer alguno de los siguientes delitos: falsa alarma o reporte contra
una escuela pública, acción criminal tipificada en la sección 42.06 del Código
Penal, amenaza terrorista, delito tipificado en la sección 22.07 del Código
Penal. No es relevante si el delito ocurre dentro o fuera de la escuela, en las
inmediaciones del recinto escolar o en actividades extracurriculares y eventos
auspiciados por la escuela;
(h)* incurrir en alguno de los siguientes delitos: agresión, acción tipificada en
la sección 22.01 (a) (1) del Código Penal; agresión directa contra el personal
de la escuela o voluntarios, delito tipificado en la sección 22.053 del Código
Educativo de Texas; retaliación contra algún empleado de la escuela o persona
relacionada con la institución. No es relevante si el delito ocurre dentro o fuera
de la escuela, en las inmediaciones del recinto escolar o en actividades
extracurriculares y eventos auspiciados por la escuela;
(i) incurrir en acciones o conductas que ponen en riesgo la vida de otras
personas; la “conducta mortal” está tipificada en la sección 22.05 del
Código Penal; o
(j)* poseer una arma de fuego, reglamentado en el título 18 del U.S.C.,
sección 921.
(47)* Se considerarán faltas de absoluta gravedad las disposiciones descritas en este
título: independientemente de la fecha y el lugar del incidente, el estatus de
matriculación del estudiante en el momento del incidente, e incluso, que se
hayan cumplido todas las disposiciones y requerimientos emanados por un
tribunal y que el caso haya sido resuelto. Esto incluye a los estudiantes (a):
● que hayan sido objeto de enjuiciamiento diferido, beneficio
otorgado según lo establecido en la sección 53.03 del Código
de Familia, por causa de una conducta o acción considerada
delito en el título 5 del Código Penal, o haya sido acusado de
robo agravado, delito tipificado en la sección 29.03 del
Código Penal;
● que hayan sido encontrado culpables, por un tribunal o un
jurado, de haber incurrido en alguna de las siguientes
acciones criminales: conducta criminal, así definida en la
sección 54.03 del Código de Familia; conducta considerada
delito, así definida en el título 5 del Código Penal; robo
agravado, delito tipificado en la sección 29.03 del Código
Penal;
● que hayan sido acusados de haber cometido algún delito
tipificado en el título 5 del Código Penal, o ha sido acusado
de robo agravado, delito tipificado en la sección 29.03 del
Código Penal;
● que hayan sido referidos a una corte juvenil por haber
incurrido presuntamente en algo de los siguientes delitos:
conducta criminal, así definida en la sección 54.03 del
Código de Familia; conducta considerada delito, así definida
en el título 5 del Código Penal; robo agravado, delito
tipificado en la sección 29.03 del Código Penal;
● que hayan recibido libertad condicional o un fallo diferido
por haber cometido algún delito tipificado en el título 5 del
Código Penal, o haber incurrido en el delito de robo
agravado, tipificado en la sección 29.03 del Código Penal;
● que hayan sido condenados por haber cometido algún delito
tipificado en el título 5 del Código Penal, o haber incurrido
en el delito de robo agravado, tipificado en la sección 29.03
del Código Penal; o
● que hayan sido arrestados por haber cometido algún delito
tipificado en el título 5 del Código Penal, o haber incurrido
en el delito de robo agravado, tipificado en la sección 29.03
del Código Penal;
(b) El consejo directivo de la escuela o un funcionario designado por la
institución puede decidir lo siguiente: determinar que la presencia del
estudiante en el aula de clases amenaza la seguridad de otros estudiantes o
maestros; va en detrimento de los normales procesos educativos y no
responde al interés superior de los estudiantes de KIPP.
b. Sanciones disciplinarios
En principio, son los maestros y el personal de la escuela los encargados de resolver los problemas
de disciplina en el entorno del aula escolar, así como de establecer el rango de las sanciones
disciplinarias que van desde una simple advertencia hasta la expulsión del aula. Las siguientes
estrategias y técnicas disciplinarias podrán ser implementadas tanto por los maestros como el personal
de la escuela, de manera individual o conjunta, si es necesario. La disciplina se aplicará
progresivamente, siguiendo algunas de las sanciones –sin ningún orden específico- que se señalan a
continuación:
(1) Corrección oral.
(2) Documentar las infracciones en el informe enviado semanalmente a los padres.
(3) Periodo de reflexión o tiempo fuera.
(4) Llamadas telefónicas a los padres/tutores legales.
(5) Cambio de asiento en el aula y en el comedor.
(6) Asesoría por parte de los maestros, consejeros y administradores escolares.
(7) Participar en prácticas de justicia restauradora.
(8) Pedir disculpas públicamente a los compañeros de clase.
(9) Escribir una carta de disculpa a los compañeros de clases o al personal de la escuela.
(10) Reuniones entre padres y maestros.
(11) Reuniones entre los padres y el administrador escolar.
(12) Confiscación temporal de ítems que perturbar los normales procesos educativos.
(13) Reducción de las calificaciones por violaciones académicas tales como copiar, permitir
que otros copien o cometer plagio.
(14) Recompensas y sanciones.
(15) Contratos de comportamiento.
(16) Enviar al estudiante al aula de suspensión, a la oficina del administrador escolar o
alguna otra área designada.
(17) Retención escolar, durante la jornada escolar o luego de haber concluido el tiempo
reglamentario.
(18) Evaluación escolar y periodo de prueba.
(19) Remisión a una agencia externa o a las autoridades judiciales con la intención de iniciar
un proceso penal. Este procedimiento se complementará con las medidas disciplinarias
impuestas por la escuela.
(20) Otras medidas y técnicas disciplinarias que los maestros o administradores escolares
consideren apropiadas.
(21) Suspensión (tanto dentro como fuera del recinto escolar)
(22) Reubicación en un programa educativo alternativo que el personal de la escuela juzgue
como apropiado.
(23) Expulsión
* La Ley Federal para la Promoción de Escuelas Seguras y Libres de Armas de Fuego de 1994 (The
Federal Gun-Free Schools Act), que aplica a las escuelas públicas, establece que si un estudiante lleva
consigo un arma a la escuela, debe ser expulsado al menos por un año escolar. Los administradores
escolares tienen la potestad de modificar los términos de la expulsión sobre la base específica de cada
uno de los casos presentados. Las armas a las que se refiere esta ley son las “armas de fuegos”,
definidas y descritas en el título 18 del U.S.C. §3214 (3) (d).
c. Castigo corporal
Ninguna forma de castigo corporal, ya sea promovida por los padres o ejercida por algún
miembro del personal de la escuela, será consentida bajo ninguna circunstancia. Se prohíben los
golpes, bofetadas, latigazos, azotes, nalgadas, o cualquier otra forma de castigo físico. Está
terminantemente prohibido que los padres apliquen castigos corporales dentro de un campus
KIPP.
d. Suspensión, reubicación alternativa o expulsión. Sanción motivada por mala
conducta (severa y/o constante)
Los estudiantes que cursen desde el tercer al duodécimo grado pueden ser suspendidos o
reubicados en programas educativos alternativos, pueden ser expulsados si cometen alguna
infracción severa. Los estudiantes del PK (pre-kindergarten) hasta el segundo grado no pueden
ser suspendidos en ningún periodo escolar. Las infracciones severas incluyen todas las acciones
y conductas prohibidas, identificadas previamente con un “*” en el apartado anterior. Toda
acción considerada una mala conducta que resulte en una violación del código de conducta del
estudiante no constituye necesariamente una causal de expulsión; sin embargo, podría
convertirse en una infracción severa que podría resultar en una expulsión, suspensión o
reubicación alternativa cuando la mala conducta es persistente y afecta de manera significativa
los normales procesos de aprendizaje. La decisión de proceder a la expulsión de un estudiante o
su reubicación en un ambiente escolar alternativo será tomada con base en la evaluación de los
hechos y circunstancias correspondientes a cada caso. Los factores que inciden en la evaluación,
sin ningún orden de prioridad, son la severidad de la mala conducta, la edad del estudiante, el
grado que cursa, el historial previo, razones de salud y seguridad, los efectos negativos que esta
conducta causa en los normales procesos educativos (esta lista no es limitativa).
i. Procesos de suspensión
Adicionalmente a la lista de violaciones del código de conducta, descrita previamente, el líder
escolar o el funcionario designado tiene la potestad de suspender a un estudiante –el cual no
podrá asistir a la escuela- por un máximo de tres días escolares (no hay límites para las
suspensiones dentro de la escuela), por alguna de las siguientes razones adicionales:
La necesidad de investigar ampliamente un incidente.
La recomendación de expulsar o reubicar al estudiante en otro ambiente; o
Una emergencia que constituye un peligro que puede afectar la salud y la seguridad de
los miembros de la escuela.
Prerrequisitos para la suspensión:
Como paso previo a la suspensión de un estudiante, el líder escolar o funcionario designado
deberá tener una reunión informal con el estudiante para:
(1) Notificarle sobre las acusaciones en su contra;
(2) Permitir que el estudiante relate oralmente su propia versión del
incidente o presente sus alegatos por escrito;
(3) Determinar si la conducta del estudiante justifica la suspensión.
Notificación a los padres/tutores legales
Si el líder escolar o un funcionario designado considera que la conducta del estudiante justifica
su inmediata suspensión, deberá notificar a los padres/tutores legales sobre la suspensión antes
de que el estudiante sea enviado a casa. El líder escolar o funcionario designado deberá notificar
a los padres/tutores legales sobre el periodo de la suspensión, los motivos de la misma, así como
una posible fecha en la que pueda concertarse una reunión entre los padres y el líder escolar. Los
padres o tutores legales deberán firmar el expediente disciplinario por suspensión, antes de que
el estudiante abandone el campus.
Créditos académicos durante el periodo de suspensión
Un estudiante suspendido podrá recibir créditos académicos por los trabajos no entregados
durante el periodo de suspensión, siempre que los entregue en un número de días que no exceda
el periodo en que estuvo ausente por suspensión.
Las ausencias motivadas por la suspensión son injustificadas,
ii. Proceso de audiencia disciplinaria (expulsión/reubicación
alternativa)
Notificación
Cuando el líder escolar juzgue que la conducta de un estudiante justifica su expulsión o
reubicación alternativa, el estudiante deberá someterse a un proceso de audiencia disciplinaria.
Antes de tomar cualquier decisión referida al caso, el líder escolar deberá entregar una
notificación dirigida a las siguientes personas: los padres/tutores legales, el director del sistema
escolar y el superintendente regional. En dicha notificación explicará lo siguiente:
(1) Las razones que motivan la expulsión o reubicación alternativa;
(2) La fecha y lugar en la que se realizará la audiencia con el director del sistema
escolar, proceso que debe llevarse a cabo dentro de los cinco días hábiles
posteriores a la suspensión.
La notificación deberá confirmar que, durante la audiencia, el estudiante podrá:
(1) estar presente;
(2) presentar evidencias;
(3) ser informado sobre las evidencias y alegaciones de la escuela;
(4) estar acompañado por sus padres/tutores legales;
(5) ser representado legalmente.
Audiencia ante el director del sistema escolar
La escuela hará el mayor de los esfuerzos para informar al estudiante y a sus padres/tutores
legales sobre la hora y el lugar en los que se realizará la audiencia. El proceso de audiencia se
llevará a cabo independientemente de que el estudiante, sus padres/tutores legales, o cualquier
otro adulto que represente al estudiante esté presente. El director del sistema escolar dispondrá
que la audiencia sea grabada. El estudiante podrá ser representado legalmente y podrá hacer
preguntas y cuestionamientos a los representantes de la escuela en el proceso disciplinario.
Luego de la audiencia (sobre expulsión o reubicación alternativa), el director del sistema escolar
notificará su decisión por escrito al estudiante y a sus padres/tutores legales. El fallo deberá
especificar lo siguiente:
(1) La duración de la expulsión o reubicación alternativa, si fuere el caso;
(2) Si la expulsión no es permanente, debe precisar cuáles son los procedimientos de
readmisión una vez que termine el periodo de expulsión;
(3) El derecho de apelar la decisión del director del sistema escolar ante el superintendente
regional.
La notificación debe aclarar que la petición de audiencia de apelación debe realizarse en un tiempo
prudencial. De no hacerlo, se constituye en una renuncia tácita al goce de este derecho. La expulsión
tendrá efecto inmediato, independientemente de cualquier proceso de apelación.
Apelación ante el superintendente regional
Luego de la audiencia, el estudiante expulsado podrá pedir al superintendente regional que revise
la decisión tomada por el director del sistema escolar. En los tres días posteriores a la recepción
formal del fallo emitido por el director del sistema escolar, el estudiante -o sus padres/tutores
legales- podrá enviar una comunicación formal dirigida al superintendente regional en la que
notificarán su desacuerdo con el fallo. El superintendente regional enviará una notificación
escrita al estudiante o a sus padres/tutores legales en la que fijará la fecha, hora y lugar en los
que se revisará la decisión. La apelación se limitará a las evidencias y a los hechos examinados
durante la audiencia ante el director del sistema escolar. No se aceptará nueva evidencia.
Luego de la revisión, el Superintendente Regional notificará por escrito al estudiante o a sus
padres/tutores legales cuál fue su decisión en torno a la apelación. Las sanciones derivadas de la
expulsión no serán diferidas hasta conocer los resultados de la apelación.
Apelación ante el director ejecutivo de las escuelas públicas KIPP del estado de Texas
Luego de haber apelado ante el Superintendente Regional, el estudiante expulsado podrá pedir
al director ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP que revise la decisión. En los tres días
posteriores a la recepción formal del fallo emitido por el Superintendente Regional, el estudiante
-o sus padres/tutores legales- podrá enviar una comunicación formal dirigida al director ejecutivo
de las escuelas públicas de KIPP en la que notificarán su desacuerdo con el fallo. El director
ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP enviará una notificación escrita al estudiante o a sus
padres/tutores legales en la que fijará la fecha, hora y lugar en los que se revisará la decisión.
La apelación se limitará a las evidencias y a los hechos examinados durante la audiencia ante el
director del sistema escolar. No se aceptará nueva evidencia.
Luego de la revisión, el director ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP notificará por escrito
al estudiante o a sus padres/tutores legales cuál fue su decisión en torno a la apelación. Las
sanciones derivadas de la expulsión no serán diferidas hasta conocer los resultados de la
apelación.
Apelación ante el Consejo Directivo de las escuelas públicas KIPP del estado de Texas
El estudiante podrá apelar la decisión tomada por el director ejecutivo de las escuelas públicas
de KIPP notificándole por escrito en un periodo que no exceda los tres días siguientes a la
comunicación, por escrito, de su decisión. El Consejo Directivo de las Escuelas Públicas KIPP
del estado de Texas revisará todo el proceso (la audiencia ante el director del sistema escolar y
los fallos en las audiencias de apelación) en la próxima reunión programada del Consejo
Directivo. Podrá ser convocada una audiencia especial para discutir el caso si así lo considera
oportuno el Consejo Directivo. El estudiante podrá asistir a la audiencia, tendrá el derecho de
exponer los hechos del caso o presentar una declaración por escrito, que se limite estrictamente
a los hechos del caso. La audiencia será considerada una audiencia de apelación. El director
ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP informará al estudiante o a sus padres/tutores legales
sobre la decisión tomada por el Consejo Directivo en un periodo que no exceda los tres días
posteriores a la celebración de la audiencia.
Las sanciones disciplinarias no serán diferidas hasta que el Consejo Directivo emita su fallo.
Hasta que el Consejo directivo no emita un fallo definitivo sobre la expulsión, el estudiante no
podrá ser readmitido por KIPP.
Pérdida de créditos académicos
A menos que lo requiera la ley, los estudiantes no obtendrán créditos académicos durante el
periodo de expulsión.
e. Alcance del código de conducta de KIPP
Las reglas del código de conducta de KIPP no sólo aplican en la actividades específicas dentro de la
escuela, sino que deben ser respetadas cuando los estudiantes a)viajan con la escuela, realizan
actividades escolares o retornan de un viaje, b) participan en una actividad auspiciada por la escuela
o relacionada con ella, c) llevan el uniforme de KIPP o una camiseta alusiva a la escuela (dado que
representan a KIPP en un cierto sentido), d) incurren en alguna actividad que involucre el uso de
armas contra otro estudiante/empleado/voluntario de KIPP independientemente de dónde ocurra el
incidente, y e) incurre en ninguna actividad criminal o ilegal, independientemente de dónde ocurra.
8. Búsquedas/Interrogaciones
Los administradores, maestros, y otros miembros del personal podrán objetar el comportamiento del
estudiante y las conductas que asume ante otras personas. En el contexto de la disciplina escolar, los
estudiantes no podrán apelar a su derecho de no incriminarse.
Los estudiantes deberán proveer toda la información relativa a violaciones consideradas actos de mala
conducta cometidos por ellos u otros estudiantes. Los administradores escolares no deberán contactar
previamente a los padres/tutores legales para entrevistar a los estudiantes. Funcionarios de la escuela
podrán inspeccionar al estudiante, así como revisar su escritorio, casillero, celular, mochila,
monedero, cartera, vehículo o cualquier otro ítem que contenga efectos personales del estudiante,
siempre que cuenten con elementos de sospecha razonable, o tengan el consentimiento voluntario del
estudiante. La escuela se reserva el derecho de revisar el contenido digital dentro del celular,
confiscarlo por causa de una infracción o violación a una norma de la escuela, o por causa de una
sospecha razonable de parte de algún empleado de la escuela. Los estudiantes que se encuentren en
un área no autorizada durante la jornada escolar serán sujetos a una revisión de rutina.
Cada estudiante es responsable del vehículo que ha estacionado en la propiedad escolar, así como de
su contenido. Los estudiantes deben asegurarse que su vehículo ha sido cerrado debidamente como
garantía de seguridad. A menos que lo consienta la ley, solo los ítems debidamente permitidos en el
campus podrán estar dentro de los vehículos que se encuentren en la propiedad escolar. Si se requiere
a un estudiante abrir su vehículo y se niega a hacerlo, los padres/tutores legales podrán ser
contactados. Si los padres/tutores legales se rehúsan a consentir la revisión, podrá ser contactada la
policía.
KIPP se reserva el derecho de usar perros anti-drogas, detectores de metales y cacheos aleatorios de
estudiantes para asegurar la seguridad del campus y mantener la efectiva operatividad de la escuela.
Otras búsquedas podrán ser efectuadas si los funcionarios escolares observan causas razonables. Los
estudiantes no podrán ser cacheados o registrados por los funcionarios escolares si no hay causas
razonables. Los funcionarios escolares podrán revisar la vestimenta exterior del estudiante, los
bolsillos, si hay causas razonables, o con el consentimiento voluntario del estudiante. Actos de
coerción, implícitos o expresos, como amenazas de contactar a los padres o a la policía, invalidan el
consentimiento voluntario, tal como reza la enmienda 4 de la Constitución de los Estados Unidos: New Jersey v. T.L.O., 105 S. Ct. 73 (1985); Jones v. Latexo ISD, 499 F. Sup. 223 (1980). Los
estudiantes serán responsables por los ítems prohibidos encontrados en su casillero o bajo su posesión
en la propiedad escolar o en actividades auspiciadas o relacionadas con la escuela. Casilleros y
escritorios son propiedad de KIPP, por lo que están sujetos a inspección/registro. Las autoridades
escolares podrán efectuar inspecciones, en cualquier momento, de los casilleros y escritorios sin
previo aviso y sin el consentimiento de los estudiantes. El registro no debe ser justificado.
Debe notificarse a los padres/tutores legales si algún artículo o material prohibido se halla en el
casillero del estudiante o en su vehículo o bajo su posesión, como resultado de una búsqueda
efectuada bajo los parámetros de la política de búsquedas e interrogaciones de la escuela.
SECCIÓN G: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Y LOS PADRES
1. Política de uso aceptable
KIPP cree en el valor educativo de los servicios electrónicos y reconoce, igualmente, el potencial
que los mismos tienen para fortalecer el aprendizaje y complementar el currículo escolar a través
de la difusión de recursos educativos, la innovación, la colaboración y la comunicación.
El acceso a la red facilita que los estudiantes puedan explorar el contenido de un sinnúmero de
bibliotecas, bases de datos, museos y otros repositorios de información. El uso de internet es
fundamental para el aprendizaje y la enseñanza. Es fundamental que los estudiantes sepan cómo
y dónde buscar contenidos relativos a sus necesidades. Los estudiantes deben desarrollar una
serie de destrezas que les permitan construir, usar y comunicar, de manera colaborativa, el
conocimiento. Las familias deben ser conscientes que algunos materiales disponibles vía internet
pueden contener ítems considerados inapropiados, inexactos o potencialmente ofensivos.
Siempre que los propósitos de la escuela se centren en el uso de las redes para alcanzar objetivos
educacionales basados en el constructivismo, los estudiantes podrán buscar la manera de acceder
a otros materiales. KIPP cree que los beneficios de acceder a los servicios electrónicos y a los
recursos y oportunidades que ofrece la red a los estudiantes para construir colaborativamente
conocimiento son mucho mayores que las desventajas. Sin embargo, serán los padres/tutores
legales de los menores los responsables de establecer y convenir los estándares que sus hijos
deberán seguir cada vez que usen estos medios. Por lo tanto, KIPP respeta el derecho de cada
familia de negar a un estudiante el acceso a los servicios electrónicos. Si usted desea que su hijo
pueda acceder a nuestros servicios electrónicos, debe firmar, al igual que su hijo, el formulario
de autorización (Electronic Services Permission Form) que se encuentra en las últimas páginas
de este manual. Debe enviar con su hijo este formulario debidamente firmado.
De acuerdo con la Ley de protección de la infancia en internet (CIPA, por sus siglas en inglés),
KIPP ha implementado un software de filtrado/bloqueo que restringe el acceso a sitios que
contengan pornografía, imágenes obscenas, u otro material ofensivo o inapropiado para menores
de dieciocho años de edad. Además, un software que filtra spam y contenidos será aplicado a
todos los correos externos enviados al sistema electrónico de KIPP. Sin embargo, ningún
software es de 100% eficaz, por lo que persiste algún mínimo riesgo que algún usuario pueda
estar expuesto o recibir un mensaje que contenga contenido inapropiado. Un estudiante que
accidentalmente se conecte a un sitio prohibido o reciba un mensaje inapropiado debe
desconectarse inmediatamente y notificar enseguida a un maestro o supervisor. Si un estudiante
observa a otro accediendo a contenido inapropiado o incurriendo en algún tipo de comunicación
prohibido, debe notificarlo inmediatamente a un maestro o supervisor. Desde una perspectiva
práctica, serán tomados los pasos para promover la seguridad de los usuarios de las redes
electrónicas de KIPP cuando usen correos electrónicos, salas de chat, mensajería instantánea, o
cualquier otra forma de comunicación electrónica directa. Específicamente, en atención a los
requerimientos de CIPA, las normas de prevención contra el uso inapropiado de internet incluyen
lo siguiente: (a) acceso no autorizado, incluye casos de “hacking” y otras actividades ilegales, y
(b) la divulgación no autorizada, el uso y la difusión de información personal que involucre a
menores.
La “Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar” (FERPA, por sus siglas en inglés) es
una ley federal que protege la privacidad de los registros educativos de los estudiantes. Bajo
FERPA, los padres y estudiantes elegibles tienen la potestad de inspeccionar y revisar los
registros educativos custodiados por la escuela. Estos registros serán resguardados a través de
todos los medios posibles; el acceso será restringido a los padres/tutores legales y al estudiante
a través del uso de nombres de usuarios y contraseñas cuando la escuela consienta divulgar las
calificaciones obtenidas por el estudiante o cualquier otra información referida al mismo.
Los estudiantes son responsables por su comportamiento y el uso adecuado del sistema
electrónico de la escuela, tal como lo son en el aula de clases o en el patio escolar. Las
comunicaciones en la red son de naturaleza pública, por lo que aplican las reglas generales de la
escuela en esta materia. Se espera que los usuarios cumplan con los parámetros establecidos por
KIPP, ya descritos previamente. Cada estudiante será responsable por las acciones y conductas
asumidas cada vez que accede y usa los recursos electrónicos de la escuela. Se recomienda a los
estudiantes no acceder, enviar, o conservar contenidos que sus padres o maestros puedan
considerar inapropiado.
La ciudadanía digital se define a partir de una serie de normas que regulan el comportamiento
apropiado y responsable del uso de la tecnología. Al aceptar la tecnología, los estudiantes tienen
la responsabilidad de modelar su propia identidad digital. Aunque la siguiente lista ofrece un
amplio catálogo de lo que debería ser una correcta ciudadanía digital, de ninguna manera se
considerará una clasificación exhaustiva. Si usted tiene alguna duda sobre la
admisibilidad/aceptabilidad de alguna actividad contemplada, pregunte a su maestro.
Privacidad—el espacio de almacenamiento en la red será administrado y regulado como los
casilleros escolares. Los administradores del sistema podrán revisar algunos mensajes en aras
de mantener y asegurar la integridad del sistema, así como para cerciorarse que los estudiantes
utilizan el sistema electrónico escolar responsablemente. El director de tecnología de la
escuela determinará qué se considera uso inapropiado y su decisión será definitiva. Los
administradores del sistema podrán cerrar una cuenta/correo electrónico cuando sea requerido.
La administración, los consejeros escolares y el personal de KIPP podrán requerir a los
administradores del sistema que nieguen, revoquen, o suspendan las cuentas específicas de un
estudiante.
Capacidad de almacenamiento— Los usuarios no podrá exceder el límite de
almacenamiento que les ha sido asignado, por lo que deberán borrar los archivos que han
descargado (esto incluye videos, fotos, música y las búsquedas realizadas) una vez que hayan
terminado de usar las computadoras de la escuela. Es un modo de ahorrar espacio para el
disfrute de otros estudiantes.
Copia ilegal—los estudiantes no deberán descargar o instalar software, shareware o freeware
en el unidad de red o en el disco de red, a menos que se cuente con la autorización escrita del
director de tecnología. Los estudiantes no podrán copiar el trabajo de otros o revisar los
archivos personales de otros miembros de la escuela.
Geolocalización/Caching Software (tales como Pokémon Go, Kik e Ingress) – KIPP no
consiente el uso de aplicaciones de geolocalización, juegos, o software similares que deban
ser descargados en dispositivos tecnológicos propiedad de KIPP tales como tabletas, laptops
y ordenadores. Cualquier estudiante que descargue o use uno de estos programas estará sujeto
a las disposiciones de la política de uso aceptable y el código de conducta de la escuela. Si un
estudiante encuentra uno de esos programas en alguno de los dispositivos de KIPP, debe
notificarlo inmediatamente a sus maestros.
Algunas escuelas consienten que sus estudiantes lleven al campus dispositivos personales
como teléfonos inteligentes y otros aparatos electrónicos. Es política de KIPP que los
programas o aplicaciones de geolocalización no sean usados, bajo ningún concepto, dentro del
campus durante la jornada escolar (o luego de su conclusión). Lo mismo aplica para las
actividades o eventos fuera de la escuela auspiciados por KIPP. Cualquier estudiante que
incumpla esta norma estará sujeto a las disposiciones de la política de uso aceptable y el código
de conducta de la escuela. Si un estudiante observa que alguno de sus compañeros está usando
alguno de estos programas o aplicaciones, debe notificarlo inmediatamente a sus maestros.
KIPP ha hecho su mejor esfuerzo para impedir que sus escuelas se conviertan en poképaradas.
Dado que KIPP no puede controlar este tipo de actividades, mantiene una política que prohíbe
que los recintos escolares, áreas del campus u otras instalaciones se conviertan en poképaradas
o sean objeto de otras actividades similares de geolocalización.
Huella digital – la huella digital, también conocida como digital shadow, se refiere a toda
aquella información permanente que un estudiante registra en la web, normalmente a través
de las redes sociales; puede ser rastreable y puede ser copiada y usada por otros en cualquier
lugar. Ejemplos de huella digital son el blog, las fotos, comentarios, gráficos, etc. que se
limitan a las actividades que un estudiante realiza en la web. Para disminuir los riesgos
derivados de la huella digital, se requiere a los estudiantes que no ingresen informaciones
personales en sitios webs y que no acepten cookies o tokens provenientes de terceras personas
o de páginas web consideradas no seguras. Estas actividades, junto con la identidad digital,
crean una reputación o perfil web. Los estudiantes deben considerar que todo aquello que se
postea en línea, permanecerá con ellos por siempre y podrá tener consecuencias devastadoras
sobre sí mismos.
Auto imagen e identidad digital- la identidad digital se refiere a los elementos que un
estudiante usa para representarse e identificarse cuando utiliza las redes sociales. Ejemplos de
estos elementos son las direcciones de correo electrónico, la dirección personal, el número de
teléfono, la fecha de cumpleaños, el número de seguridad social, la edad, el género, los rasgos
étnicos, la estatura, etc. Estos elementos, junto con la huella digital, crean una reputación o
perfil web. Los estudiantes debe representarse adecuadamente mientras estén en línea y deben
participar solo en actividades que resguarden su reputación. Los estudiantes no deben
compartir información personal o financiera en páginas webs poco confiables mientras estén
utilizando la red de KIPP.
Cyberbullying – los estudiantes no deben incurrir en actividades ligadas al cyberbullying.
Los estudiantes deberán reportar cualquier sospecha de cyberbullying de manera inmediata a
su maestro o a un administrador escolar. Algunas actividades ligadas al cyberbullying serán
descritas a continuación. Esta lista no es exhaustiva:
● Mensajes o correos crueles.
● Rumores enviados por correo o posteados en las redes sociales.
● Enviar o postear imágenes o videos bochornosos a través de mensajes de texto, correos
o páginas webs.
● Crear perfiles falsos de estudiantes o adultos.
● Usar lenguaje profano, amenazador, descortés, vulgar u obsceno.
Relaciones personales y comunicación – los estudiantes deben asumir una ética digital
durante sus interacciones en línea. Esto incluye:
● Usar lenguaje apropiado cuando se envían mensajes de texto o correos electrónicos, o
cuando se interactúa en blogs y foros en línea.
● No enviar correos que pueden ser considerados SPAM
● Llenar siempre la línea en la que se indica el tema o asunto del correo.
● No reenviar correos en cadena.
● No revelar información personal o de contacto a extraños o personas que no se
conocen bien.
● Reportar inmediatamente al maestro sobre materiales inapropiados encontrados
accidentalmente.
Un lenguaje de tipo amenazador, obsceno, profano, vulgar no será admitido ya que no es
cónsono con las reglas de comportamiento y las políticas de la escuela.
Créditos, copyright, alfabetización digital- los estudiantes deben siempre citar sus fuentes
adecuadamente. Está prohibido el plagio y el auto-plagio, los estudiantes deben seguir
estrictamente las normas que regulan el copyright y uso razonable. Los estudiantes deben
evaluar la calidad, la credibilidad y validez de los sitios web que visitan; los contenidos
extraídos de esos sitios deben citarse siguiendo las técnicas correspondientes. Si hay dudas,
consultar al maestro.
Materiales o lenguaje inapropiado—Ningún lenguaje profane, amenazador o descortés será
admitido, tampoco se permitirá acceder a materiales que no estén en línea con las reglas de
comportamiento y las políticas de la escuela. Una buena regla que cumplir sería la siguiente:
nunca ver, enviar o acceder a un material que no desearías que tus maestros o tus padres vean.
Si los estudiantes encontraran dichos materiales accidentalmente, deben comunicarlo
inmediatamente a sus maestros.
Estas son algunas reglas que deben cumplirse para no perder los privilegios que implica usar
la red de KIPP.
● No use la computadora para dañar a otras personas o el trabajo que otros han realizado.
● No provoque daños en los dispositivos o en el sistema electrónico de la escuela.
● No interfiera con el normal desempeño de la red, instalando softwares, sharewares o
freewares ilegales.
● No viole los derechos de copyright. .
● No vea, envíe o muestre imágenes o mensajes ofensivos.
● No comparta su contraseña con otra persona; tampoco ofrezca acceso a otra persona a
través de su cuenta.
● No revele su dirección personal o número de teléfono, así como la dirección o número
de teléfono de otros compañeros o estudiantes.
● No desperdicie recursos limitados como la capacidad de almacenamiento e impresión.
● No ingrese en las carpetas, archivos y trabajos de otras personas.
● Notifique inmediatamente si accidentalmente encuentra algún material que viole las
reglas de uso apropiado.
● ESTÉ PREPARADO para asumir las consecuencias derivadas de sus acciones que
podrían implicar la pérdida de este privilegio si las reglas de uso apropiado son
violadas. Cualquier violación podrá resultar en una suspensión o revocatoria de la
cuenta electrónica KIPP emitida a nombre del estudiante, así como el uso de la red e
instrumentos tecnológicos de KIPP. Igualmente, los estudiantes podría ser
sancionados de acuerdo con las medidas disciplinarias establecidas en el código de
conducta.
2. Código de vestimenta/Política del uniforme escolar
Es política de KIPP que los estudiantes usen apropiadamente el uniforme escolar según los
requerimientos de sus escuelas. Las exigencias específicas de cada escuela serán informadas
oportunamente a los padres tutores legales. Para mayor facilidad, la escuela podría ofrecer los
ítems que componen el uniforme escolar, los cuales podrán ser obtenidos a los precios fijados
por la escuela. El gerente de la oficina escolar podrá facilitar el nombre de algún proveedor
de uniformes y su lista de precios, a fin de que los padres puedan adquirir los ítems
directamente con el vendedor. Si usted escoge comprar los ítems que componen el uniforme
escolar a través de otras opciones, usted debería hacer lo siguiente:
Contactar a los proveedores de uniformes de KIPP y preguntarles si pueden venderle
los ítems que usted requiere a los precios que ofrecen a sus diferentes clientes.
Proveer sus propios uniformes, siempre que los ítems cumplan con las especificaciones y
estándares exigidos por la escuela (ej. color, logo, estilo, tipo, bordados, etc.). Se sugiere
contactar al gerente de la oficina escolar para más información.
2. Recursos para estudiantes en condición de desamparo/indigencia
Si una familia o un estudiante que pertenece al sistema KIPP está afrontando un momento de
desamparo o dificultad económica extrema, puede contactar a la escuela y solicitar los recursos y
ayudas disponibles.
3. Derechos humanos
KIPP está compuesto por un grupo diverso de profesores y maestro. Su principio base es el
respecto y la consideración de todos los individuos en las diferentes actividades escolares. KIPP
quiere poner el acento en que es responsabilidad de todos sus miembros promover y luchar por
la afirmación del principio de igualdad de oportunidades, el cual afecta a los estudiantes y
maestros por igual en todos los aspectos de la vida escolar. Es responsabilidad de todos los
miembros de la comunidad KIPP la promoción de un comportamiento laboral apropiado.
Cualquier forma de coerción o acoso que lesione la dignidad de otros o impida su libertad de
trabajo no podrá ser tolerada. Tal forma de coerción o acoso resultará en una sanción disciplinaria
que puede acarrear la expulsión.
a. Acoso/Discriminación
KIPP prohíbe toda forma de discriminación o acoso basada en raza, color, credo, sexo, género,
estatus marital, edad, origen nacional, estado físico, discapacidad mental, condición médica,
ascendencia, religión, orientación sexual, o cualquier otra condición considerada ilegal por las
leyes federales, locales o regionales, así como ordenanzas y regulaciones. La política anti-acoso
de KIPP aplica a todas las personas (estudiantes y maestros) involucradas en las operaciones de
KIPP, prohíbe ejercer cualquier forma de acoso a todos los empleados de KIPP, así como a los
estudiantes, padres o personas que hagan negocios con o para KIPP. Las formas de
discriminación y acoso prohibidas incluyen, si bien no es limitativo, las siguientes conductas:
● Conducta verbal como epítetos, chistes crueles, comentarios humillantes, insultos,
avances sexuales e invitaciones;
● Conducta visual: correos electrónicos humillantes o de naturaleza sexual, posters,
fotografías, dibujos animados, ilustraciones o gestos;
● Acoso sexual: esto incluye, si bien no es limitativo, conductas inapropiadas cuyo
propósito tiene el efecto de (1) crear un ambiente laboral, o de aprendizaje,
intimidante, ofensivo y hostil; (2) interferir irrazonablemente con el desempeño
laboral de un empleado o la experiencia educativa de un estudiante; y (3) afectar las
oportunidades educativas individuales.
● Conducta física: se refiere a agresiones, contactos no deseados, bloqueo del
movimiento, interferencias en el trabajo por causa de sexo, raza u otra condición
amparada bajo la ley; y
● Actos de retaliación por haber reportado o amenazado con reportar un acto de acoso.
Si un estudiante o sus padres representantes legales considera que ha sido víctima de cualquier
forma de discriminación o acoso, se requiere que como demandante denuncie el/los incidente(s)
ante el líder escolar, el Superintendente Regional o un funcionario designado por él. KIPP
iniciará inmediatamente una investigación basada en las alegaciones de acoso e intentará resolver
la situación.
Si KIPP determina que la acción ilegal de acoso o discriminación ha ocurrido, se tomarán
acciones disciplinarias sobre la base de los hechos específicos del caso. Cualquier persona
responsable de haber cometido acoso o discriminación será sujeta a sanciones disciplinarias, que
incluyen, en el caso de los trabajadores, la terminación del contrato, y en el caso de los
estudiantes, la expulsión. Si se considera apropiado, se informará al estudiante, trabajador, o
padre/tutor legal que presentó la denuncia cuáles fueron las sanciones disciplinarias ejercidas
contra el acosador o discriminador. KIPP no ejercerá ningún tipo de retaliación contra el
demandante o contra las personas que han participado en la investigación. No se tolerará que
ningún miembro de KIPP ejerza o permita un acto de retaliación. KIPP se esforzará por mantener
la confidencialidad durante todo el proceso de investigación, siempre que esta medida pueda ser
aplicada y sea oportuna según la naturaleza del caso.
KIPP alienta a los estudiantes, al igual que sus padres/tutores legales, a que reporten todos los
incidentes de acoso o discriminación, prohibidos por esta política, inmediatamente, de modo que
dichas denuncias puedan ser resueltas efectivamente. Si un estudiante, al igual que los
padres/tutores legales, piensa que ha sido acosado, discriminado, o cree que es víctima de
retaliación por haberse opuesto al acoso o haber denunciado, debe interponer una demanda ante
la agencia correspondiente.
4. “Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar” (“FERPA”)--NOTIFICACIÓN
ANUAL DE DERECHOS BAJO FERPA PARA LAS ESCUELAS PRIMARIAS Y
SECUNDARIAS
FERPA es una ley federal que concede a los padres y estudiantes –elegibles- ciertos derechos
que conciernen los registros y expedientes académicos de los estudiantes. Estos derechos son:
1. El derecho de inspeccionar y revisar los registros educativos de un estudiante dentro
de los 45 días a la petición de acceso debidamente formulada ante las autoridades de
KIPP. Los padres o estudiantes elegibles deben enviar una petición escrita al director
de la escuela en la que indicará cuál es el record académico que quiere revisar. Un
funcionar escolar hará los arreglos necesarios para conceder el acceso y notificará a
los padres o al estudiante elegible la fecha y lugar en los que los récords podrán ser
revisados.
2. Los padres o estudiantes elegibles tienen derecho a requerir una modificación en los
records académicos por considerarlos incorrectos, confusos, o porque lesionan los
derechos de privacidad del estudiante tutelados por FERPA. Los padres que deseen
requerir a KIPP una modificación de los récords académicos, deberán remitir una
petición escrita al director de la escuela [o al funcionario escolar designado] en la
que se especifique y explique claramente cuál es el ítem/elemento del récord que
debe ser enmendado. Si la escuela decide no proceder con la modificación requerida,
deberá notificar su decisión a los padres o al estudiante elegible; deberá igualmente
informar sobre la posibilidad de convenir una audiencia en la que se tratará la
enmienda. Información adicional sobre los procedimientos de audiencia serán
ofrecidos a los padres o al estudiante elegible una vez que sean notificados sobre su
derecho a la audiencia.
3. Otorgar una autorización por escrito ante las autoridades de la escuela para que se
pueda divulgar información personalmente identificable (PII, por sus siglas en
inglés) contenida en los récords académicos de la escuela, exceptuando los casos en
los que FERPA autoriza la divulgación sin consentimiento.
4. El derecho a iniciar una querella contra el Departamento de Educación de los Estados
Unidos por observar fallos atribuibles a KIPP en el cumplimiento de los beneficios
y requerimientos amparados por FERPA. Se indica a continuación el nombre y la
dirección de la oficina que administra FERPA:
Family Compliance Office
U.S. Department of Education
400 Maryland Ave. SW
Washington, D.C. 20202
5. La política FERPA de KIPP
1. Cumplimiento
En lo concerniente a los récords de los estudiantes, KIPP cumplirá con todas las
disposiciones de FERPA, así como otras disposiciones aplicables de leyes estatales o
federales que regulan el uso y divulgación de registros académicos.
2. Custodia de los récords
El director ejecutivo de las Escuelas Públicas KIPP del estado de Texas será el
encargado de custodiar todos los récords académicos de los estudiantes. El líder escolar
de cada escuela será designado como representante del director ejecutivo de las
Escuelas Públicas KIPP del estado de Texas, para los propósitos de recibir las
solicitudes de divulgación/revisión de los récords académicos de los estudiantes.
3. Notificación anual
El director ejecutivo de las Escuelas Públicas KIPP del estado de Texas deberá
asegurarse que todos los padres de los estudiantes -actualmente inscritos- que hayan
cumplido 18 años (estudiantes elegibles) reciban la notificación anual en la que se dan
a conocer cuáles son los derechos que otorga la ley federal FERPA.
4. Información del directorio
FERPA regula la potestad de KIPP de divulgar información de directorio relativa a los
estudiantes. La “información de directorio” se entiende como una serie de datos
contenidos en un récord académico, la cual no se considera generalmente como una
información que pueda lesionar la privacidad del estudiante si es divulgada.
a. Definición. KIPP considera las siguientes categorías como datos de información
de directorio:
i. nombre del estudiante,
ii. dirección,
iii. número telefónico,
iv. fotografía,
v. dirección de correo electrónico,
vi. registro de participación en eventos deportivos y actividades destacadas,
vii. peso y altura de los miembros de los equipos deportivos,
viii. fechas de asistencia,
ix. premios recibidos,
x. la institución más reciente a la que asistió el estudiante,
xi. nivel de grado,
xii. estado de matriculación.
b. Divulgación.
La información de directorio solo será revelada a
i. Funcionarios escolares para propósitos relacionados con la escuela;
ii. Organizaciones y afiliados que requieran dicha información para proveer
servicios a las escuelas KIPP. Esto incluye: fotos escolares, directorio del
campus, anuarios, boletines informativos, artículos periodísticos y
condecoraciones.
iii. Estudiantes de secundaria, reclutadores militares e instituciones de
educación superior, como está establecido en las leyes federales.
Un padre o estudiante elegible que objete la divulgación de su información de
directorio, para alguno o todos los propósitos previamente descritos, podrá hacerlo
a través de una comunicación escrita que debe ser remitida al funcionario
designado por el director ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP en un periodo
que no exceda los diez posteriores a la recepción de la notificación anual descrita
en la sección 3 de este apartado. El funcionario designado deberá recolectar y
resguardar la comunicación escrita en la que se expone la objeción. La información
de directorio no podrá ser divulgada para los propósitos previamente descritos si
los padres/tutores legales o el estudiante elegible lo indican en la planilla adjunta
al Manual del Estudiante o a través del sistema de registro electrónico.
5. Divulgación sin consentimiento
FERPA permite la divulgación de información personal identificable extraída de los
récords académicos de los estudiantes, sin el consentimiento de los padres o del
estudiante elegible, siempre que se cumplan con las algunas de las disposiciones
observadas en el apartado 34 C.F.R. §99.31. Las regulaciones contenidas en el apartado
34 C.F.R. §99.32 de FERPA exigen que quedé un registro de la divulgación a menos que
la misma sea dirigida a otros funcionarios escolares, esté relacionada con una orden
judicial o la emisión de una comparecencia ante un juez, o sea dirigida a los padres o al
estudiante elegible. Los padres y el estudiante elegible tienen el derecho de revisar
cuántas veces los récords académicos han sido divulgados. Una escuela podrá divulgar
información personal identificable, sin haber obtenido la previa autorización por escrito
de los padres o del estudiante elegible, a las siguientes personas e instituciones:
• Funcionares escolares: esto incluye a maestros o cualquier otro miembro de una
agencia o institución educativa que tenga un legítimo interés educativo. Se incluye
también a contratistas, consultores, voluntarios, o terceras partes con las que la
escuela ha contratado servicios provistos en las condiciones fijadas en el apartado
34 C.F.R. §99.31(a)(1)(i)(B)(1) - (a)(1)(i)(B)(2). Confrontar el apartado 34 C.F.R.
§99.31(a)(1)
• Funcionarios de otras escuelas, instituciones de post-secundaria, o sistemas escolares en
los que el estudiante elegible quisiera o planee matricularse, o en los que ya se ha
matriculado. Si la divulgación es caso de matriculación o cambio de escuela, debe
hacerse de conformidad con lo establecido en el apartado 34 C.F.R. §99.34. Confrontar
el apartado 34 C.F.R. §99.31(a)(2)
Representantes autorizados de la Contraloría General de la República, la Fiscalía
General, la Secretaría de Educación de los Estados Unidos, así como autoridades locales
y estatales de las agencias educativas del estado en el que los padres y el estudiante
elegible viven. La divulgación debe hacerse de conformidad con lo establecido en el
apartado 34 C.F.R. §99.35 y estar relacionada con una auditoría o evaluación –
federal o estatal- de los programas educativos, o la necesidad de cumplir con
requerimientos legales o políticas federales que conciernen a dichos programas.
Estas entidades puede divulgar información personal identificable a otras agencias
externas designadas por ellos como sus representantes al momento de realizar una
auditoría, evaluación, aplicación de una política, o cumplimiento de una disposición.
Confrontar los apartados 34 C.F.R. §§99.31(a)(3) y 99.35
• En relación con ayudas financieras solicitadas o recibidas por un estudiante, siempre que
esta información determine su elegibilidad, la proporción financiera de la ayuda, las
condiciones en que se ofrecerá la ayuda, y los términos y condiciones en que será
aplicada. Confrontar el apartado (34 C.F.R. §99.31(a)(4))
• A los funcionarios locales o estatales a las autoridades a las que le es consentido obtener
dicha información, en virtud de los estatutos que regulan el sistema judicial juvenil y la
potestad del sistema judicial de revisar eficaz y oportunamente informaciones, incluso
previo a su adjudicación, concernientes a los récord académicos de los estudiantes,
siempre de conformidad con el apartado 34 C.F.R. §99.38. Confrontar el apartado 34
C.F.R. §99.31(a)(5)
• A organizaciones que realizan estudios para o en nombre de la escuela con la
intención de: (a) desarrollar, validar, o administrar test predictivos; (b) administrar
programas de ayuda; o (c) mejorar la educación Confrontar el apartado 34 C.F.R.
§99.31(a)(6)
• Facilitar las funciones de las organizaciones encargadas de la acreditación
académica. Confrontar el apartado 34 C.F.R. §99.31(a)(7))
• A los padres de un estudiante elegible si el estudiante resulta como dependiente en
la declaración ante la Oficina de Impuestos. Confrontar el apartado 34 C.F.R.
§99.31(a)(8)
• Para cumplir con una orden judicial o una comparecencia ante una corte o tribunal.
Confrontar 34 C.F.R. §99.31(a)(9)
• Funcionarios debidamente relacionados con la seguridad, la salud y la gestión de
emergencias, siempre de conformidad con el apartado 34 C.F.R. §99.36. Confrontar
el apartado 34 C.F.R. §99.31(a)(10)
• La información que la escuela ha clasificado como “información de directorio”, de
conformidad con el apartado 34 C.F.R. §99.37. (34 C.F.R. §99.31(a)(11))
6. Información personal identificable.
La información personal identificable incluye lo siguiente (si bien no es limitativo):
El nombre del estudiante;
Los nombres de los padres del estudiante u otros miembros de su familia;
La dirección del estudiante o de su familia;
Registros personales: número de la seguridad social, número de matrícula, registro
biométrico;
Datos de identificación indirectos: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nombre
de la madre (de soltera);
Otras informaciones que, en combinación o individualmente, se relacionen con un
estudiante en particular y posibiliten que otro miembro de la comunidad pueda
identificarlo certeramente;
Información requerida por una persona que a juicio de la escuela conoce la identidad
del estudiante al que pertenecen los récords académicos.
6. Cámaras de video
Bajo su discreción, KIPP podrá monitorear el comportamiento de los estudiantes en el autobús escolar
y en las áreas comunes a través de cámaras de video y equipos de registro de audio. Cualquier
comportamiento inapropiado que se registre será tratado de conformidad con el código de conducta
y las disposiciones contenidas en el manual del estudiante.
7. Quejas de los padres/estudiantes
Tanto padres como estudiantes gozan del pleno derecho de expresar sus preocupaciones o quejas
dirigidas a un maestro, consejero escolar o administrador escolar. Se sugiere seguir el proceso de
resolución informal de conflictos. Si la resolución informal no puede ser alcanzada, KIPP procederá
con el proceso de queja formal, cuyos pasos serían los siguientes:
1. Un padre/estudiante puede interponer una queja una vez que ha observado una situación o
incidente que le causa preocupación. La queja debe formalizarse en los 15 días hábiles
posteriores al incidente. La queja debe presentarse por escrito ante el líder escolar y en ella
deben especificarse cuáles son las peticiones del demandante. Si la queja involucra al líder
escolar, entonces deberá remitirse al director del sistema escolar.
2. En un plazo que no exceda los 10 días hábiles –luego de la recepción de la protesta- el líder
escolar se reunirá con los padres o el estudiante. Durante la reunión los padres o el estudiante
deberán proveer toda la información/evidencia que sustenta su caso. Si no se alcanza una
resolución consensuada, el líder escolar emitirá una resolución motivada en un plazo no
mayor a 10 días hábiles.
3. Si los padres/estudiante no quedan satisfecho con la decisión del líder escolar, podrán apelar.
La apelación se presentará por escrito y será remitida al director del sistema escolar en un
plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de que el líder escolar haya emitido su
decisión
4. En un plazo no mayor a 10 días hábiles –luego de haber recibido la apelación, el director del
sistema escolar se reunirá con los padres o el estudiante. No se podrá alterar la declaración
hecha ante el líder escolar. Si no se alcanza una resolución consensuada, el director del
sistema escolar emitirá una resolución motivada en un plazo no mayor a 10 días hábiles.
5. Si los padres/estudiante no quedan satisfecho con la decisión del director del sistema escolar,
podrán apelar. La apelación se presentará por escrito y será remitida al superintendente
regional en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de que el director del
sistema escolar haya emitido su decisión
6. En un plazo no mayor a 10 días hábiles –luego de haber recibido la apelación, el
superintendente regional se reunirá con los padres o el estudiante. No se podrá alterar la
declaración hecha ante el líder escolar. Si no se alcanza una resolución consensuada, el
superintendente regional emitirá una resolución motivada en un plazo no mayor a 10 días
hábiles.
7. Si los padres/estudiante no quedan satisfecho con la decisión del superintendente regional,
podrán apelar. La apelación se presentará por escrito y será remitida al director ejecutivo de
las escuelas públicas de KIPP, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados a partir de
que el superintendente regional haya emitido su decisión
8. En un plazo no mayor a 10 días hábiles –luego de haber recibido la apelación, el director
ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP se reunirá con los padres o el estudiante. No
se podrá alterar la declaración hecha ante el líder escolar. Si no se alcanza una resolución
consensuada, el director ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP emitirá una resolución
motivada en un plazo no mayor a 10 días hábiles.
9. Si los padres/estudiante no quedan satisfecho con la decisión del director ejecutivo de las
escuelas públicas de KIPP, podrán apelar ante el Consejo Directivo de las escuelas
públicas KIPP del estado de Texas. La apelación se presentará por escrito y será remitida
al director ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP, en un plazo no mayor a 10 días
hábiles, contados a partir de que el funcionario haya emitido su decisión.
10. El director ejecutivo de las escuelas públicas de KIPP notificará a los padres/el estudiante
el día y la fecha de la audiencia ante el Consejo Directivo de las escuelas públicas KIPP
del estado de Texas. La fecha será fijada bajo la sola discreción de los miembros del
Consejo Directivo de las escuelas públicas KIPP del estado de Texas. Durante la
audiencia, el Consejo Directivo de las escuelas públicas KIPP del estado de Texas
analizará detalladamente todas las fases del proceso. Los padres podrán comparecer en
la reunión, declarar a través de video-conferencia, o enviar una declaración por escrito.
Ninguna información no considerada en las fases previas del proceso, podrá ser remitida
ante el Consejo Directivo de las escuelas públicas KIPP del estado de Texas. El
organismo colegiado emitirá un fallo por escrito que será inapelable.
KIPP podrá desestimar una queja, denuncia o apelación no requerida en los tiempos fijados
en sus reglamentos.
SECCIÓN H: POBLACIONES ESPECIALES
1. Estudiantes que necesitan ayuda –ligadas a dificultades de aprendizaje-, educación
especial o los servicios provistos por la sección 504
Los estudiantes que afrontan dificultades en un grupo escolar regular, podrán ser considerados para
tutorías, programas compensatorios, servicios de apoyo, monitoreo de la conducta u otros servicios
disponibles; incluso, podrían ser considerados para el programa Respuesta a la Intervención (RTI por
sus siglas en inglés). La implementación del RTI tiene un impacto positivo en la capacidad de las
agencias educativas de responder a las necesidades de estudiantes que afrontan dificultades. Si un
menor no responde adecuadamente a los programas de intervención de educación general, el siguiente
paso será remitirlo a una evaluación realizada por el sistema de educación especial.
Si un menor está experimentando dificultades de aprendizaje, los padres podrán contactar a las
personas cuyos contactos se indicarán en este apartado para conocer los servicios de evaluación y
apoyo del distrito escolar que conciernen a la educación general. Estos servicios ofrecen a los
estudiantes una variedad de opciones de apoyo que incluye lo siguiente: ser remitidos a una
evaluación realizada por el sistema de educación especial -o a una evaluación realizada por la sección
504- para así determinar las ayudas específicas, servicios y facilidades que necesita el estudiante
evaluado. Un padre podrá solicitar una evaluación realizada por el sistema de educación especial o la
sección 504 en cualquier momento.
En cualquier momento, un padre podrá requerir una evaluación realizada por el sistema de educación
especial o solicitar ayudas, servicios, facilidades, contempladas en la sección 504, Ley de
Rehabilitación de 1973 (29 U.S.C., sección 794). En un plazo no mayor de 15 días luego de la
solicitud formal de evaluación, los padres serán notificados sobre la necesidad de dar su
consentimiento por escrito para proceder con la evaluación. El distrito deberá completar la evaluación
y reportar los resultados en un periodo que no exceda los 45 días posteriores a la recepción del
consentimiento de los padres. El plazo establecido para completar la evaluación inicial podrá ser
extendido si el estudiante está ausente al menos tres días durante el periodo de evaluación. El distrito
debe dar una copia del reporte a los padres.
2. Educación especial
Los servicios de educación especial de KIPP funcionan de conformidad con las regulaciones y
lineamientos contemplados en las leyes locales, estatales y federales que tutelan a los estudiantes
con discapacidad, los cuales deben recibir una educación pública de calidad en un ambiente lo
menos restrictivo posible. Los servicios educativos están diseñados para que los estudiantes
puedan avanzar académicamente y para que los estudiantes con alguna discapacidad puedan ser
apoyados y así afrontar los retos del currículo de educación general. Se sugiere activamente a
los padres de estudiantes que reciben servicios de educación especial participar en el Comité
Anual de Admisión, Revisión y Retiro (ARD por sus siglas en inglés) diseñado para analizar los
progresos y avances de los estudiantes, así como la revisión del programa educativo
individualizado (IEP, por sus siglas en inglés)
a. Remisión a los servicios de educación especial
Si un padre hace una petición formal para que su hijo reciba una evaluación inicial de educación
especial ante el director de servicios de educación especial o ante un funcionario de KIPP, deberá
obtener una respuesta en un plazo no mayor a 15 días. Durante ese periodo, KIPP deberá
consignar al padre una notificación previa sobre la aceptación o desestimación de la petición de
evaluación, junto con una copia de la notificación de garantías procesuales. Si KIPP accede a
evaluar al estudiante, debe dar la oportunidad a los padres de expresar su consentimiento por
escrito. Sin embargo, si el estudiante resulta ausente por al menos tres días de evaluación, el
periodo de evaluación podrá ser extendido sobre la base del número total de días escolares en
los que el estudiante resulta ausente.
Si KIPP decide evaluar al estudiante, deberá completar la evaluación inicial y reportar los
resultados en un plazo no mayor a 45 días luego de haber recibido el consenso expreso de los
padres del estudiante. Sin embargo, si el estudiante resulta ausente por al menos tres días de
evaluación, el periodo de evaluación podrá ser extendido sobre la base del número total de días
escolares en los que el estudiante resulta ausente.
Hay una excepción al límite de los 45 días. Si KIPP recibe el consentimiento de los padres para
realizar una evaluación inicial en la etapa final del calendario escolar (menos de 45 días lectivos
pero al menos 35), deberá completar el informe escrito en un plazo que no supere el día 30 de
junio de ese año. Sin embargo, si el estudiante resulta ausente por tres días –o más- de
evaluación, la fecha 30 de junio no aplicará. En cambio, se respetará el límite de los 45 días más
las extensiones motivadas por las ausencias del estudiante.
Una vez completada la evaluación, KIPP deberá entregar una copia del reporte de evaluación a
los padres sin costo alguno.
Información adicional concerniente al sistema de educación especial está disponible en un
documento de acompañamiento emitido por KIPP que se intitula Guía de Procesos de Admisión,
Revisión y Retiro para los Padres.
b. Persona de contacto para la remisión a servicios de educación especial
Se señalan aquí cuáles son las personas de contacto designadas si usted necesita analizar las
opciones disponibles para un estudiante que afronta dificultades de aprendizaje o necesita ser
referido a una evaluación inicial de educación especial:
En el área de Austin: Amber McDaniel, Director de Educación Especial. 512-501-3643
En el área de Dallas: Jeanine Cox, Directora de Servicios Estudiantiles de Apoyo. 972-323-4200
En el área de Houston: Andreya Sampy, Director de Poblaciones Especiales. 832-328-1051
En el área de San Antonio: Jaime Fountain, Gerente de Servicios Estudiantiles. 210-734-4500
3. Sección 504
De conformidad con la sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, KIPP tiene el deber de
identificar, referir, evaluar y de ser elegible, garantizar educación pública, gratuita y de calidad
a los estudiantes con discapacidad.
a. Remisión a la sección 504
KIPP sigue estándares y procedimientos para la evaluación e inserción de los estudiantes en el
programa 504. De igual manera, KIPP implementa un sistema de garantías procesuales que
incluye notificaciones, garantías para los padres/tutores legales y salvaguarda de sus derechos
de examinar información académica relevante de sus hijos, así como la garantía de tener una
audiencia imparcial –en la que puede estar representado por un consejero- a la hora de revisar
cualquier procedimiento.
b. Persona de contacto para la remisión a la sección 504
Se señalan aquí cuáles son las personas de contacto designadas si usted necesita analizar las
opciones disponibles para un estudiante que afronta dificultades de aprendizaje o necesita ser
referido a los servicios de la sección 504:
En el área de Austin: Mitch Elatkin, Sección 504/RtI/Director del Programa de Dislexia. 210-734-
4500
En el área de Dallas: Jeanine Cox, Directora de Servicios Estudiantiles de Apoyo.. 972-323-4200
En el área de Houston: Madeline Gilliard. Gerente de Bienestar Estudiantil. 832-328-1051
En el área de San Antonio: Mitch Elatkin, Sección 504/RtI/Director del Programa de Dislexia. 210-
734-4500
c. Información adicional:
Los siguientes sitios web ofrecen información y recursos para los estudiantes con alguna
discapacidad, así como para sus familiares:
Marco Legal del Child-Centered Special Education Process (Procesos de Educación Especial
centrados en el niño)
http://framework.esc18.net/display/Webforms/LandingPage.aspx
Partners Resource Network http://www.partnerstx.org/
Centro de Información sobre la Educación Especial http://www.spedtex.org/
Texas Project First http://www.texasprojectfirst.org/
4. Programas especiales
Además de los programas de educación especial y todo lo contemplado en el 504, KIPP ofrecerá
programas especiales para estudiantes en condición de desamparo/indigencia, estudiantes en hogares
de cuidado, estudiantes bilingües, estudiantes migrantes, aprendientes del idioma inglés, y estudiantes
diagnosticados con dislexia. En cualquier momento, los padres/tutores legales tendrán la potestad de
requerir una evaluación de sus hijos para asegurarse de que una adecuada progresión académica ha
sido alcanzada. Todas las escuelas KIPP honran el derecho de los padres/tutores legales de recibir
información, formular peticiones y acceder a la información referida a sus hijos. Para mayor
información sobre estos programas, así como sobre los recursos disponibles en otras organizaciones
no relacionadas con KIPP, puede contactar a Mitch Elatkin, 210-734-4500.
5. Programa de educación general en el hogar
El programa de educación general en el hogar (GEH, por sus siglas en inglés) ofrece servicios
educativos a los estudiantes elegibles que se encuentran en el hogar o están recluidos en un
hospital. Los estudiantes atendidos por el GEH tiene una condición médica o una enfermedad
prolongada que les impide asistir a la escuela por un periodo que totaliza al menos cuatro
semanas, según el dictamen de un médico practicante en los Estados Unidos. Los servicios
educativos de GEH deben proveerse a estudiantes con enfermedades crónicas que estarán
recluidos en una institución de salud por un periodo que totaliza al menos cuatro semanas del
calendario anual, siempre que esto sea documentado y avalado por un médico practicante en los
Estados Unidos.
La petición de los servicios de GEH debe ser hecha por los padres ante el líder escolar. Todo
estudiante atendido por GEH, debe cumplir con los siguientes criterios:
Estar debidamente matriculado en KIPP.
Permanecer recluido en el hogar o en una cama de hospital por al menos 4 semanas, que no
necesariamente deben ser consecutivas.
La reclusión en el hogar o en la cama de hospital se debe a estrictas razones médicas.
La condición médica del estudiante ha sido documentada por un médico practicante en los
Estados Unidos
.
Luego de haber recibido la petición de los servicios GEH por parte de los padres/tutores legales,
la escuela formará un comité que determinará la elegibilidad del estudiante para dichos servicios.
SECCIÓN I: NOTIFICACIONES Y APÉNDICES:
Los padres/tutores legales podrán obtener información y/o apoyo para los siguientes programas:
Título IX. Coordinador: Chuck Fimble, (713) 443-9346
[email protected]<mailto:[email protected]
ADA/Sección 504. Coordinador: Deedrah Harp, (832) 633-1844
[email protected]<mailto:[email protected]
Ley contra la discriminación por razones de edad. Coordinador: Chuck Fimble, (713) 443-9346
[email protected]<mailto:[email protected]
APÉNDICE 1: Calendarios académicos
APÉNDICE 2: Posibles horarios escolares para los campus.
Apéndice 1
Calendarios académicos
S M T W T F S S M T W T F S S M T W T F S
1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4 1
8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8
15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22 KAPS Reporting Dates
29 30 31 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29 1st Quarter - Aug. 6 - Oct. 12, 2018
30 2nd Quarter - Oct. 15 - Dec. 20, 2018
3rd Quarter - Jan. 9 - March 14, 2019
4th Quarter - March 25 - May 24, 2019
S M T W T F S S M T W T F S S M T W T F S
1 2 3 4 5 6 1 2 3 1 Bad Weather Make-up Days
7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8 February 15, 2019
14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15 March 15, 2019
21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24 16 17 18 19 20 21 22
28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 23 24 25 26 27 28 29
30 31
S M T W T F S S M T W T F S S M T W T F S
1 2 3 4 5 1 2 1 2
6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 3 4 5 6 7 8 9
13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 10 11 12 13 14 15 16
20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 17 18 19 20 21 22 23
27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 24 25 26 27 28 29 30
31
S M T W T F S S M T W T F S S M T W T F S
1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 1
7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8
14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22
28 29 30 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29
30
Student Holidays Key
Labor Day September 3, 2018 Holidays*
Fall Holiday October 8, 2018 Professional Development*
Thanksgiving November 19-23, 2018 Teacher Service Days*
Winter Break Dec. 24, 2018 - Jan. 4, 2019 Family Saturday School and Family Event DaysMartin Luther King Day January 21, 2019 Summer SchoolFebruary Holiday February 18, 2019 High School Early Release Day (3 hrs early)Spring Break March 18 - 22, 2019 First/Last day for students
Spring Holiday April 19, 2019
Memorial Day May 27, 2019
KIPP Austin Public Schools2018-2019 School Year Calendar
July, 2018 August, 2018 September, 2018
* Students do not attend school on holidays,
professional development days, or teacher
service days
October, 2018 November, 2018 December, 2018
January, 2019 February, 2019 March, 2019
April, 2019 May, 2019 June, 2019
JULY 0 AUGUST 5 SEPTEMBER 21SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT
1 2 3 5 6 7 1 2 3 4 1
8 9 10 11 12 13 14 5 6 7 8 9 10 11 2 4 5 6 7 8
15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22
29 30 31 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29
308 20 20
OCTOBER 22 NOVEMBER 17 DECEMBER 15SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT
1 2 3 4 5 6 1 2 3 2 3 4 5 6 7 1
8
7 8 9 10 11 13 4 5 6 7 8 9 10 9 10 11 12 13 14 15
14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17 16 17 18 19 20 21 22
21 22 23 24 25 26 27 18 24 23 29
28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 30
JANUARY 19 FEBRUARY 20 MARCH 17SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT
5 1 2 1 2
6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 3 4 5 6 7 8 9
13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 10 16
20 22 23 24 25 26 17 19 20 21 22 23 17 18 19 20 21 23
27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 24 25 26 27 28 29 30
31
APRIL 22 MAY 20 JUNE 9SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT SUN MON TUE WED THU FRI SAT
1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 1
7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 6 7 8
14 15 16 17 18 20 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22
28 29 30 26 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29
30
22 178
Student and Staff Holidays Early Dismissal Dates^ STAAR Testing DatesFirst day for students 8/13/18 Labor Day 9/3/18 8/13/18-8/17/18 3rd 4thLast day for students 6/5/18 Fair Day ####### ^Students dismissed daily at 1:30 Math 5/13/19 Writing 4/9/19Last day for teachers 6/7/18 Thanksgiving 11/19/18-11/23/18 8/24/18-5/31/19 Reading 5/14/19 Math 5/13/19
Winter Holiday 12/22/18-1/6/19 ^Students dismissed Fridays at 1:30 Reading 5/14/19REQUIRED Extended Year Sessions MLK Day 1/21/19 Quarters 5th 6th8/13/18-8/17/18 President's Day 2/18/19 Q1 - 42 days 8/29/18 to 10/18/18 Math 4/9/19 Math 5/13/196/3/18-6/5/18 Spring Break 3/11/19-3/15/19 Q2 - 39 days 10/22/18 to 12/20/18 Reading 4/10/19 Reading 5/14/19ALL students must attend full Extended Year Spring Holiday 4/19/18 Q3 - 45 days 1/8/19 to 3/22/19 Science 5/15/19
Memorial Day 5/27/19 Q4- 50 days 3/25/19 to 6/5/19 7th 8thWriting 4/9/19 Math 4/9/19
Report Cards to Parents Math 5/13/19 Reading 4/10/191st ………. week of 10/22/17 Reading 5/14/19 Science 5/15/19
Key 2nd………. week of 1/8/19 Soc. Stu. 5/16/19Begin Quarter First Day/Last Day for Students 3rd………. week of 3/25/19 9th Algebra 5/9/19End Quarter Extended School Year 4th………. week of 6/3/19 English I 4/9/19Holidays STAAR - State Test Algebra 5/9/19Teacher Service/PD daysEarly Dismissal Dates STAAR Retest 1
5th/8th Math 5/13/195th/8th Reading 5/14/19
STAAR Re STAAR Retest 2English I 6/24/195th/8th Math and Algebra 6/25/195th/8th Reading 6/26/19
5
19
27
Notable Dates
Students do not attend school on holidays or Teacher Service/PD Days.
13 14 15
21 1822
12
1 2 3 4
11
31
KIPP DFW 2018-2019 MASTER CALENDAR
3
12
19 20 21 22 23 24 25 26 27 28
S S S
SS S
S
S
S S
4
02/15/2018 RM
Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa1 2 3 4 1 1 2 3 4 5 6 1 2 3
5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8 7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 1012 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15 14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 1719 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22 21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 2426 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29 28 29 30 31 25 26 27 28 29 30
30
Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa1 1 2 3 4 5 1 2 1 2
2 3 4 5 6 7 8 6 7 8 9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 3 4 5 6 7 8 99 10 11 12 13 14 15 13 14 15 16 17 18 19 10 11 12 13 14 15 16 10 11 12 13 14 15 1616 17 18 19 20 21 22 20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 17 18 19 20 21 22 2323 24 25 26 27 28 29 27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 24 25 26 27 28 29 3030 31 31
Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa Su M T W Th F Sa1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 1 1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8 7 8 9 10 11 12 1314 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15 14 15 16 17 18 19 2021 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22 21 22 23 24 25 26 2728 29 30 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29 28 29 30 31
30
2018 - 2019 Academic Calendar
September 2018 October 2018 November 2018
April 2019 May 2019 June 2019 July 2019
December 2018 January 2019 February 2019 March 2019
August 2018
School Holidays * Labor Day Sept. 3, 2018 * Fall Holiday Oct. 8, 2018 * Thanksgiving Nov. 19-23, 2018 * Winter Holiday Dec. 24, 2018 - Jan. 4, 2019 * MLK Day Jan. 21, 2019 * President's Day Feb. 18, 2019 * Spring Break Mar. 11-15, 2019 * Memorial Day May 27, 2019
Grading Periods
Six Weeks Aug. 20- Sep.26 27 days Sep. 27 - Nov. 7 25 days Nov. 8 - Dec 20 25 days Jan. 7 - Feb. 22 32 days Feb. 25- Apr.12 29 days Apr. 15 - Jun. 5 36 days
Nine Weeks
Aug. 20- Oct. 17 41 days Oct. 22 - Dec. 19 38 days Jan. 7 - Mar. 7 41 days Mar.18 - Jun.5 56 days
Key - First day for students - Aug. 14, 2018 - Last day for students - June 5, 2019 - Early release days (2:00 PM) - KIPP Regional Data Days - Staff development (No school) - Friday Early dismissal days (3:00 PM) - School-based Data days/Half Days (12:00 PM) - Holidays - Regional PD (No school) - Testing days T School Hours
Monday - Thursday 7:25 AM - 4:15 PM
Friday 7:25 AM - 3:00 PM
Actual Instructional Minutes: 89,155 Days of instuction: 176
T T T T T T T
Calendario del Ciclo Escolar 2018-19 FINAL – APPROVED 4/24/18
Julio 2018 (0) Agosto 2018 (17) Septiembre 2018 (18)
D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 7 1 2 3 4 1
8 9 10 11 12 13 14 5 6 [>7 8 9 10 11 2 3 4 5 6 7 8
15 16 17 18 19 20 21 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
22 23 24 25 26 27 28 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22
29 30 31 26 27 28 29 30 31 23 24 25 26 27 28 29
30
Octubre 2018 (22) Noviembre 2018 (17) Diciembre 2018 (15)
D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 1 2 3 1
7 8 9 10 11 12< 13 4 5 6 7 8 9 10 2 3 4 5 6 7 8
14 15 >16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17 9 10 11 12 13 14 15
21 22 23 24* 25* 26 27* 18 19 20 21 22 23 24 16 17 18 19 20 21<] 22
28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 23 24 25 26 27 28 29
30 31
Enero 2019 (16) Febrero 2019 (18) Marzo 2019 (15)
D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 1 2 1 2
6 7 8 [>9 10 11 12 3 4 5 6 7 8 9 3 4 5 6 7 8< 9
13 14 15 16* 17* 18 19* 10 11 12 13 14 15 16 10 11 12 13 14 15 16
20 21 22 23 24 25 26 17 18 19 20 21 22 23 17 >18 19 20 21 22 23
27 28 29 30 31 24 25 26 27 28 24 25 26 27* 28* 29 30*
31
Abril 2019 (19) Mayo 2019 (22) Junio 2019 (0)
D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S
1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 1
7 8 9 10 11 12 13 5 6 7 8 9 10 11 2 3 4 TE 5 6 7 8
14 15 16 17 18 19 20 12 13 14 15 16 17 18 9 10 11 12 13 14 15
21 22 23 24 25 26 27 19 20 21 22 23 24 25 16 17 18 19 20 21 22
28 29 30 26 27 28 29 30 31<] 23 24 25 26 27 28 29
Leyenda
[ Inicio de Semestre ] Fin de Semestre
> Inicio de Trimestre < Fin de Trimestre
Inicio de Seis Semanas Fin de Seis Semanas Programas de Verano Primer Día para Maestros
Día Festivo Capacitación para Nuevos Maestros
Día por Mal Clima Horario Corto
## Día Escolar Día de Capacitación
TE Ultimo Día Laboral para Maestros
* Calificaciones
Fechas de Inicio/Fin de Semestre
1er 7 Ago – 21 Dic (89 Días) 2do 9 Ene – 31 Mayo (90 Días)
Fechas de Inicio/Fin de Trimestre 1er 7 Ago – 12 Oct (45 Días) 2do 16 Oct – 21 Dic (44 Días) 3ro 9 Ene – 8 Mar (39 Días) 4to 18 Mar – 31 Mayo (51 Días)
Fechas de Inicio/Fin de las Seis Semanas 1er 7 Ago- 17 Sept (27 Días) 2do 18 Sept – 29 Oct (28 Días) 3ro 30 Oct – 21 Dic (34 Días) 4to 9 Ene – 14 Feb (26 Días) 5to 19 Feb – 8 Abr (29 Días) 6to 9 Abr – 31 Mayo (35 Días)
Días Festivos (Estudiantes y Maestros)
3 Sep (Día de La Labor) 11-15 Mar (Descanso de Primavera)
19-23 Nov (Acción de Gracias) 19 Abr (Día de Primavera) 24 Dic – 4 Ene (Descanso de Invierno) 26 Abr (Fiesta de Flores)
21 Ene (Martin L. King) 27 Mayo (Día Memorial) Día de Recuperación por Mal Clima
18 Feb
Calendario del Ciclo Escolar 2018-19 FINAL – APPROVED 4/24/18
Un calendario de exámenes detallado se distribuirá en agosto.
Fecha Día 07/24/2018 Primer día para Nuevos Maestros 07/30/2018 Primer día para Maestros 07/30‐08/06/2018 Días de Capacitación para todos los maestros 08/07/2018 Primer día escolar para estudiantes 08/30‐08/31/2018 Días de Capacitación (día festivo para estudiantes) 09/03/2018 Día Festivo – Día de la Labor 09/17/2018 Fin de 1ras 6 Semanas (periodo de asistencia) 09/21/2018 Día de Capacitación (día festivo para estudiantes) 10/12/2018 Fin de 1ras 9 Semanas (periodo de calificaciones) 10/15/2018 Día de Capacitación (día festivo para estudiantes) 10/24, 25, 27/2018 Eventos para Calificaciones (agendados por escuela) 10/29/2018 Fin de 2das 6 Semanas (periodo de asistencia) 11/19‐23/2018 Día Festivo por Acción de Gracias 12/21/2017 Fin de 2das 9 Semanas (periodo de calificaciones) y 3ras 6 Semanas (periodo de asistencia 12/24/2018‐01/04/2019 Descanso de Invierno 01/07‐08/2019 Días de Capacitación (día festivo para estudiantes) 01/09/2019 Inicio de semestre 01/16, 17, 19/2019 Eventos para Calificaciones (agendados por escuela) 01/21/2019 Día Festivo – Martin Luther King, Jr. 02/15/2019 Día de Capacitación (día festivo para estudiantes) 02/18/2019 Día Festivo – Día de los Presidentes y de Recuperación por Mal Clima 02/14/2019 Fin de 4tas 6 Semanas (periodo de asistencia) 03/04/2019 Día de Capacitación (día festivo para estudiantes) 03/08/2019 Fin de 3ras 9 Semanas (periodo de calificaciones) 03/11‐15/2019 Descanso de Primavera 03/27, 28, 30/2019 Eventos para Calificaciones (agendados por escuela) 04/08/2019 Fin de 5tas 6 Semanas (periodo de asistencia) 04/19/2019 Día Festivo Primaveral 04/22/2019 Día de Capacitación (día festivo para estudiantes) 04/26/2019 Día Festivo – Batalla de las Flores 05/27/2019 Día Festivo – Día Memorial 05/31/2019 Fin de 4tas 9 Semanas (periodo de asistencia) y 6tas 6 Semanas (periodo de calificaciones) 06/03‐04/2019 Días de Capacitación para todos los maestros 06/05/2019 Programas de Verano comienzan
APÉNDICE 2: Posibles horarios escolares *Cada uno de los campus KIPP que opera en el estado de Texas puede funcionar bajo un esquema de horario escolar diferente que depende de las necesidades específicas del campus. El horario escolar puede variar en los días de salida temprana y otras eventualidades, las cuales serán comunicadas oportunamente a las familias. Los potenciales horarios escolares aprobados son los siguientes: Área de Austin
Agosto 1-3 Agosto 6-10 Día completo Miércoles
7:15am-1:15pm 7:15am-2:15pm 7:15am-3:45pm 7:15am-2:15pm
7:30am-1:30pm 7:30am-2:30pm 7:30am-4:00pm 7:30am-2:30pm
7:45am-1:45pm 7:45am-2:45pm 7:45am-4:15pm 7:45am-2:45pm
8:25am-2:25pm 8:25am-3:25pm 8:25am-4:55pm 8:25am-3:25pm
Área de Dallas * 7:30-3:30 (salida temprana 1:30) * 7:30-3:45 (salida temprana 1:45) * 7:35-3:30 (salida temprana 1:30) * 7:40-3:15 (salida temprana 1:45) * 7:40-3:45 (salida temprana 1:45) * 8:15-4:15 (salida temprana 2:15) Área de Houston * Lunes-Jueves: 7:25-4:15. Viernes: 7:25-3:00
* Lunes-Jueves: 7:25-4:15. Viernes: 7:25-3:15 Houston PK * 7:25 - 3:30 * 7:25 - 4:15 * 7:30 - 11:00 * 7:45 - 11:15 * 7:45 - 3:15 * 8:15 - 11:45 * 11:30 - 3:00 * 12:00 - 3:00 * 12:00 - 3:30 * 12:15 - 3:45 * 12:45 - 4:15 Área de San Antonio * 7:15-3:45 (salida temprana 2:15) * 7:30-3:30 (salida temprana 2:00) * 7:45-3:45 (salida temprana 2:15) * 8:15-4:45 (salida temprana 3:15) * 8:45-5:00 (salida temprana 3:30)