ESTATUTOS SEMUACH · La Sociedad de Estudiantes de Medicina de la Universidad Autónoma de...

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CAPÍTULO 1 REGULACIONES GENERALES 1.1 DEL NOMBRE. Se constituye una Sociedad, sin fines lucrativos, sin capital social inicial, mismo que en un futuro podrá formarse con las aportaciones y cuotas de los asociados y con los ingresos que por cualquier título obtenga la Sociedad, bajo la denominación de: “SOCIEDAD DE ESTUDIANTES DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA”. Esta organización es un comité local asociado a la Asociación Mexicana de Médicos en Formación A.C. (AMMEF A.C.), tendrá su domicilio en la Chihuahua, Chihuahua. La abreviatura oficial de la Sociedad de Estudiantes de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua será SEMUACH, y por lo tanto, nos referiremos a ella de este modo en lo consecutivo. La Sociedad de Estudiantes de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua será la elegida democráticamente por alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua pertenecientes a la misma. 1.2 SEDE Y ESTATUS. La sede de SEMUACH es la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACH); siendo esta misma la que avala a SEMUACH como una organización de estudiantes de medicina. El estatus de SEMUACH dicta que es una organización conformada por estudiantes de medicina con fines basados estrictamente en el desarrollo académico, intelectual, físico y social de sus miembros, carente de fines políticos, gubernamentales, religiosos y lucrativos. SEMUACH es una organización que responde a sus propios estatutos, al reglamento interno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas, a la Ley Orgánica de la UACH, a la Constitución de AMMEF A.C. y a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, sin que ninguno de los anteriores se contraponga con los estatutos de cualquier otro. 1.3 DEL LOGOTIPO. El logotipo oficial de SEMUACH consiste, en un único plano, en un estetoscopio formando el contorno del estado de Chihuahua. Dentro de la figura se encuentra el perfil de un ESTATUTOS SEMUACH

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CAPÍTULO 1

REGULACIONES GENERALES

1.1 DEL NOMBRE.

Se constituye una Sociedad, sin fines lucrativos, sin capital social inicial, mismo que en un futuro podrá formarse con las aportaciones y cuotas de los asociados y con los ingresos que por cualquier título obtenga la Sociedad, bajo la denominación de: “SOCIEDAD DE ESTUDIANTES DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA”. Esta organización es un comité local asociado a la Asociación Mexicana de Médicos en Formación A.C. (AMMEF A.C.), tendrá su domicilio en la Chihuahua, Chihuahua.

La abreviatura oficial de la Sociedad de Estudiantes de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua será SEMUACH, y por lo tanto, nos referiremos a ella de este modo en lo consecutivo.

La Sociedad de Estudiantes de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua será la elegida democráticamente por alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua pertenecientes a la misma.

1.2 SEDE Y ESTATUS.

La sede de SEMUACH es la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACH); siendo esta misma la que avala a SEMUACH como una organización de estudiantes de medicina.

El estatus de SEMUACH dicta que es una organización conformada por estudiantes de medicina con fines basados estrictamente en el desarrollo académico, intelectual, físico y social de sus miembros, carente de fines políticos, gubernamentales, religiosos y lucrativos.

SEMUACH es una organización que responde a sus propios estatutos, al reglamento interno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas, a la Ley Orgánica de la UACH, a la Constitución de AMMEF A.C. y a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, sin que ninguno de los anteriores se contraponga con los estatutos de cualquier otro.

1.3 DEL LOGOTIPO.

El logotipo oficial de SEMUACH consiste, en un único plano, en un estetoscopio formando el contorno del estado de Chihuahua. Dentro de la figura se encuentra el perfil de un

ESTATUTOS SEMUACH

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indígena tarahumara, característico de la región. Debajo de esta imagen se encuentra el nombre de SEMUACH.

El logotipo de SEMUACH y la validez y respaldo por parte del mismo para la realización de eventos solo se podrá obtener al cumplir con lo establecido en este reglamento, y de ser así se enviará una notificación firmada por el presidente de SEMUACH mediante correo electrónico o en físico al interesado con el visto bueno o las observaciones y cambios que deberá hacer para obtener el apoyo del comité.

1.4 MISIÓN.

Ofrecer a los estudiantes de la Universidad Autónoma de Chihuahua una introducción integral a los temas globales de la salud, para desarrollar una actitud proactiva y resolutiva y que permita al alumno involucrarse en los temas de salud a nivel local, regional, nacional e internacional. Así mismo, mejorar el nivel académico, cultural y social de los estudiantes a través de actividades que desarrollen las habilidades y competencias de un mundo globalizado por la ciencia de la medicina, haciendo que en los estudiantes crezca el espíritu de servicio a la comunidad como profesionales de la salud altamente capacitados.

1.5 VISIÓN.

Ser la asociación estudiantil más importante dentro de las ramas de las ciencias de la Salud en el Estado de Chihuahua, con proyectos innovadores que tengan un impacto real sobre la salud de los estudiantes de medicina, extendiéndose hasta la población en general.

Aportar en la formación de médicos de excelencia y nivel competitivo, desarrollados en todos los ámbitos desde el académico hasta el cultural, basados en un sentido humanista de responsabilidad social y ambiental; con la oportunidad de tener una visión más globalizada de la medicina.

1.6 JUSTIFICACIÓN.

La justificación de la integración de SEMUACH obedece a la reciente tendencia a la excelencia en el mundo entero, así como a la mejora de las condiciones debida de la población mundial; lo cual requiere de trabajadores conscientes de los aspectos sociales mundiales, que contribuyan al desarrollo de la tecnología médica; de modo que puedan aportar soluciones a las diferentes problemáticas de salud. La existencia de AMMEF nos facilita la realización de nuestra misión y visión, por lo que impera la afiliación a esta organización nacional y global.

1.7 OBJETIVOS Y FINES.

Los objetivos de SEMUACH son:

a) Promover la investigación científica entre los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua.

b) Promover el intercambio nacional e internacional de estudiantes para contribuir al desarrollo de sus habilidades profesionales.

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c) Promover proyectos de acción que mejoren las condiciones de salud en las comunidades indígenas de Chihuahua.

d) Promover la educación sexual y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual.

e) Promover el desarrollo de actividades académicas en el ámbito médico cuya finalidad sea completar el currículo de los estudiantes e impulsar el desarrollo de sus capacidades.

f) Contribuir a la realización de una publicación nacional, así como a la elaboración de diversos medios de difusión a nivel local.

g) Promover y fomentar el acercamiento y enlace con otras sociedades o asociaciones afines, ya sean nacionales o extranjeras a través de los medios de comunicación, difusión y publicidad, a la vez para realizar eventos y procurarse donativos, cooperaciones o patrocinios que le permitan incrementar su capacidad económica, para el mejor cumplimiento de su función.

h) Contratación, capacitación, adiestramiento y separación de personal, así como la elaboración de planes de desarrollo y cualquier función adicional en la administración de dicho personal.

i) Buscar y obtener fuentes de financiamiento, obtener o conceder préstamos, otorgando y recibiendo garantías específicas. Aceptar, girar, endosar, o avalar toda clase de títulos y contratos de crédito y otorgar fianzas o garantías de cualquier clase respecto de las obligaciones contraídas o de títulos permitidos o aceptados por terceros, así como garantizar obligaciones propias, celebrando para tal efecto toda clase de convenios y contratos, cualquiera que sea su carácter, especie, clase o naturaleza, así como abrir toda clase de cuentas e inversiones bancarias y de cualquier tipo, girando disponiendo de ellas.

j) Adquirir, enajenar, arrendar, tomar y otorgar el uso y goce por cualquier título permitido por la Ley de bienes muebles, inmuebles, acciones y derechos.

k) Obtener y otorgar por cualquier título, patentes, marcas, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de autor y concesiones para todo tipo de actividades.

l) La celebración de todos los contratos, sub-contratos y convenios y la ejecución de todos los actos anexos, conexos, necesarios y convenientes para el desarrollo de la Asociación.

1.8 MARCO JURÍDICO.

SEMUACH es una organización que responde a sus propios estatutos, a los estatutos y ley orgánica de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua, a la constitución y estatutos de AMMEF A.C., a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, al Código Civil del Estado de Chihuahua y a las demás disposiciones legales relativas a este tipo de personas morales; por lo que cualquier actividad que vaya en contra de estas normas queda prohibida dentro del comité y en caso de que algún miembro realice cualquier falta a estas, SEMUACH se deslinda de cualquier responsabilidad; así mismo desconocerá como miembros al o los implicados.

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Se estipula que dentro del comité, la regulación máxima para Oficiales Locales, miembro activo y observador; serán los estatutos Locales y los estatutos oficiales de la AMMEF A.C., así como los documentos que ella anexe, por lo que cualquier falta de los mismos se sancionara de acuerdo a lo aquí establecido.

1.9 POLÍTICAS.

Una Política de SEMUACH es una declaración de las posturas del comité ante un tema particular. La creencia se debe mantener dentro de la misión y objetivos de la IFMSA y de la AMMEF A.C. de acuerdo a lo dicho en la Constitución y Estatutos Oficiales.

Las declaraciones políticas deben ser propuestas al menos por dos miembros de SEMUACH y serán sometidas a votación para su aprobación o rechazo por mesa directiva y oficiales y directores locales.

CAPÍTULO 2

DEL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD

La Sociedad no tendrá capital fijo y su patrimonio se formará por las aportaciones voluntarias de los asociados y de toda clase de adquisiciones a título de donación, herencia y legado.

Dado que entre los fines de la asociación está la posibilidad de recibir donativos, los asociados convienen: el patrimonio de la institución, incluyendo los apoyos y estímulos públicos que reciba, se destinarán exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso de alguna persona moral autorizada para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o se trate de remuneración de servicios efectivamente recibidos. Lo estipulado en la presente disposición es de carácter irrevocable.

Los asociados que contribuyan con fondos para la creación de la Sociedad y posteriormente para la integración de su Patrimonio, no tendrán derecho para reclamar la devolución de sus aportaciones en ningún tiempo y por ningún motivo ya que se reputarán dadas incondicional e irrevocablemente. Por tanto, cuando un asociado pierda el carácter de tal, ya sea por renuncia, separación, exclusión, muerte o por cualquier motivo, perderá a favor de la Asociación el importe de su aportación y dejará de tener los derechos y obligaciones que estos estatutos le confieren e imponen.

CAPÍTULO 3

MIEMBROS

Podrán formar parte de SEMUACH al menos el 75% de estudiantes de medicina de la

Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua con

el status de miembros activos y el 25% restante podrán representarlo estudiantes de

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diversas licenciaturas relacionadas con Ciencias de la Salud, estos pueden ser propuestos

para ocupar cargos a nivel local que cumplan dentro de las políticas estipuladas en los

capítulos 6 o 7 según el puesto, sin embargo no podrán ser propuestos para cargos

nacionales de acuerdo con el estatuto 4.1, de la Constitución de AMMEF A.C.

3.1 REQUISITOS PARA SER CONSIDERADO MIEMBRO DENTRO DE SEMUACH.

a) Ser alumno inscrito de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas o en su defecto de la Facultad en la que se estudia.

b) Integrarse un Comité Permanente de trabajo activo de Salud Pública, Educación Médica, Salud Reproductiva y SIDA, Publicaciones Médicas, Derechos Humanos y Paz, Intercambios Nacionales, Intercambios Profesionales o de Investigación o a las Divisiones de Soporte de Proyectos, División de Soporte de Entrenamientos, División de Soporte de Relaciones Estudiantiles o a la División de Soporte de Nuevas Tecnologías.

c) Protestar cumplir con las normas establecidas dentro de este reglamento interno, además de los estatutos y normas establecidas por la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas y la Universidad Autónoma de Chihuahua.

d) Participar activamente en conferencias, talleres y proyectos realizados por los diferentes comités permanentes.

3.2 SE CONSIDERARÁ A UN ALUMNO COMO MIEMBRO ACTIVO SI CUMPLE CON LOS SIGUIENTES RUBROS:

CANDIDATO A MIEMBRO.

a) Haber concluido de manera satisfactoria el proceso de admisión a SEMUACH.

CATEGORÍA C DE MIEMBRO ACTIVO

a) Tener más de 6 meses dentro del comité local. b) Haber cumplido con al menos 3 actividades dentro de un comité permanente y/o

división de soporte. c) Haber asistido al menos al 80% de las juntas generales o juntas de comité

permanente y /o división de soporte al que se pertenece. d) Haber sido aceptado por la División de Soporte de Relaciones Estudiantiles como

Miembro activo.

CATEGORÍA B DE MIEMBRO ACTIVO

a) Tener más de 1 año dentro del comité local. b) Haber cumplido con al menos 6 actividades en el último año. c) Haber asistido al menos a una Asamblea Nacional o Reunión de Oficiales Locales. d) Haber asistido al menos al 80% de las juntas generales o juntas de comité permanente

y /o división de soporte al que se pertenece.

CATEGORÍA A DE MIEMBRO ACTIVO

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a) Tener más de 2 años dentro del comité local. b) Haber cumplido con al menos 6 actividades dentro del último año. c) Haber asistido al menos a dos Asambleas Nacionales y/o Reunión de Oficiales Locales. d) Ser o haber sido parte de Mesa Directiva, Oficiales Locales, Directores Locales o

Consejo Supervisor. e) MA (o perteneciente a la gestión o que haya pertenecido previamente) que tenga o

haya tenido algún cargo dentro de los equipos nacionales de AMMEF A.C.

OFICIALES

a) Los miembros activos que ocupen cargos oficiales dentro del comité local como lo son; Mesa directiva, Oficial, Director local o Consejo Supervisor.

3.3 PROCESO DE ADMISIÓN.

a) Llenar la solicitud correspondiente a la admisión de nuevos miembros. b) Se analizara por parte del Oficial Local/Director Local encargado del comité permanente

al que se aspira ingresar, el Director de la división de Relaciones Estudiantiles y el Presidente, serán los encargados de dar validez a la solicitud.

c) Será facultad de la Asamblea general tomar juramento al miembro y otorgar el nombramiento correspondiente.

3.4 PARA CONSERVAR EL ESTATUS DE MIEMBRO.

a) El alumno deberá asistir al menos al 80% de las juntas generales del CL y del CP o DS al que pertenece.

b) Asistir al menos a 3 actividades por cada 6 meses. c) De los Médicos Interno de Pregrado y Médicos Pasantes de Servicio Social, se seguirán

considerando como miembros aún si no pueden cumplir con los requisitos anteriores, siempre y cuando asistan a las juntas y actividades que esté en sus posibilidades y se mantengan en contacto con el comité local.

d) Respetar los Estatutos de SEMUACH y Reglamento Interno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

e) Respetar a los integrantes de SEMUACH y a cada estudiante de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

f) Preservar la buena imagen de la sociedad.

3.5 DEJARÁ DE SER MIEMBRO ACTIVO.

a) Insulto y/o agravio a la integridad moral y física de cualquier integrante de SEMUACH y cualquier alumno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas.

b) Al acumular 3 faltas en las Reuniones Virtuales o Presenciales, la Mesa Directiva y los Oficiales Locales analizarán la trayectoria del miembro y determinaran si amerita sanción, baja temporal o definitiva, según su común acuerdo.

c) Faltar a cualquier trabajo de campo establecido previamente por el Comité Permanente al que pertenezca.

d) Ser considerado miembro no grato por la Asamblea General del Comité SEMUACH. e) Antes de dar el estatus de baja a un miembro de SEMUACH, todo miembro tendrá

derecho de exponer sus razones ante la Mesa Directiva

3.6 ATRIBUCIONES DE LOS CANDIDATOS A MIEMBRO:

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3.6.1 DE LOS CANDIDATOS A MIEMBRO:

a) Formar parte del equipo de trabajo de los comités permanentes o divisiones de soporte.

b) Brindar ideas a los Oficiales Locales de nuevos proyectos, creativos y originales. c) Derecho a voz, pero no a voto, durante la realización de las Asambleas Generales de

SEMUACH. d) Ser incluidos en diversas invitaciones, convocatorias, actividades y eventos llevados

a cabo dentro o por parte del comité local.

3.6.2 DE LOS MIEMBROS ACTIVOS CATEGORIA C:

d) Formar parte del equipo de trabajo de alguno de los comités permanentes o divisiones de soporte de SEMUACH; pudiendo asistir a las actividades de otros comités permanentes y divisiones de soporte.

e) Derecho a voz y voto dentro de las reuniones oficiales del comité permanente o división de soporte del que es miembro.

f) Brindar ideas a los Oficiales Locales de nuevos proyectos, creativos y originales. g) Pedir cualquier documentación oficial que los acredite como miembros. h) Derecho a voz, pero no a voto, durante la realización de las Asambleas Generales de

SEMUACH. i) Ser incluidos en diversas invitaciones, convocatorias, actividades y eventos llevados

a cabo dentro o por parte del comité local.

3.6.3 DE LOS MIEMBROS ACTIVOS CATEGORIA B:

a. Formar parte del equipo de trabajo de alguno de los comités permanentes o divisiones de soporte de SEMUACH; pudiendo asistir a las actividades de otros comités permanentes y divisiones de soporte.

b. Derecho a voz y voto dentro de las reuniones oficiales del comité permanente o división de soporte del que es miembro.

c. Brindar ideas a los Oficiales Locales de nuevos proyectos, creativos y originales. d. Pedir cualquier documentación oficial que los acredite como miembro activo de

SEMUACH. e. Utilizar los beneficios de intercambios nacionales e internacionales que ofrece la

AMMEF A.C., bajo las regulaciones establecidas en el capítulo 8. f. Derecho a voz, pero no a voto, durante la realización de las Asambleas Generales de

SEMUACH. g. Ser incluidos en diversas invitaciones, convocatorias, actividades y eventos llevados

a cabo dentro o por parte del comité local. h. Aspirar y presentar candidaturas para ocupar puestos dentro de mesa directiva y

oficiales o directores de SEMUACH dentro de las políticas estipuladas en el capítulo 6 y 7.

i. Asistir a Asambleas Nacionales e Internacionales de la IFMSA internacional y la AMMEF A.C. Aspirar y presentar candidaturas para ocupar puestos a nivel nacional.

3.6.4 ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS ACTIVOS CATEGORIA A EN GESTION

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a) Formar parte del equipo de trabajo de alguno de los comités permanentes o divisiones de soporte de SEMUACH; pudiendo asistir a las actividades de otros comités permanentes y divisiones de soporte. b) Derecho a voz y voto dentro de las reuniones oficiales del comité permanente o

división de soporte del que es miembro. c) Brindar ideas a los Oficiales Locales de nuevos proyectos, creativos y originales. d) Pedir cualquier documentación oficial que los acredite como miembro oficial de

SEMUACH. e) Utilizar los beneficios de intercambios nacionales e internacionales que ofrece la

AMMEF A.C, bajo las regulaciones establecidas en el capítulo 8. f) Derecho a voz y voto durante la realización de las Asambleas Generales de

SEMUACH. g) Ser incluidos en diversas invitaciones, convocatorias, actividades y eventos

llevados a cabo dentro o por parte del comité local. h) Aspirar y presentar candidaturas para ocupar puestos dentro de mesa directiva y

oficiales o directores de SEMUACH dentro de las políticas estipuladas en el capítulo 6.

i) Aspirar y presentar candidaturas para ocupar un puesto de presidencia o vicepresidencia dentro de SEMUACH.

j) Asistir a Asambleas Nacionales e Internacionales de la IFMSA internacional y la AMMEF A.C.

k) Aspirar y presentar candidaturas para ocupar puestos a nivel nacional.

CAPÍTULO 4

REUNIONES

4.1 REUNIONES PRESENCIALES.

Las reuniones de SEMUACH, sean generales o internas de cada comité, se establecerán según lo dicten las circunstancias, dando aviso del lugar, hora y fecha establecidos con 4 días de anticipación.

El objetivo de las reuniones es plantear los proyectos de los diferentes Comités Permanentes, así como de los problemas existentes y las posibles soluciones a temas relacionados con SEMUACH.

Para que la sesión se pueda llevar a cabo se requiere, como mínimo, la presencia de la mesa directiva y del representante de un mínimo de cuatro de los Comités Permanentes y dos de las Divisiones de Soporte. Cualquier estudiante de Medicina tiene derecho de estar en la reunión.

Todos los asistentes a la reunión tienen derecho a voz, Incluyendo en aquellos los miembros activos y a los miembros no activos. Sólo los Miembros Activos de SEMUACH tienen derecho a voto. El derecho a voto se otorga aquél miembro en cuyo historial cuente con 2 asistencias a reuniones generales o virtuales previas y que cuente con la participación activa en alguna de las actividades realizadas por cualquiera de los Comités Permanentes, de no ser así, tendrá derecho a voz únicamente.

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En cada reunión se tomará lista y el vicepresidente de asuntos internos será el encargado de llevar el control pertinente referente a quien tiene derecho a voto considerando el punto 4.1, párrafo 4.

El abordaje de los problemas consiste en:

a) Planteamiento del problema.

b) Planteamiento de una y sólo una propuesta para la solución de dicho problema, que puede ser realizada por cualquiera de los asistentes a la reunión.

c) Enmienda a la propuesta planteada. Consiste en modificar la propuesta planteada para mejorarla, exponiendo siempre las razones de tal enmienda; puede ser llevada a cabo por cualquiera de los asistentes a la reunión.

d) Negativa Directa. Cuando la propuesta planteada no es satisfactoria, habiendo o no enmiendas a la misma, cualquier integrante de la reunión tiene derecho de manifestarse completamente en contra de dicha propuesta, siempre y cuando manifieste las razones por las cuales establece la negativa y brinde una solución o una nueva propuesta.

e) Planteamiento de propuestas consecutivas. En caso de existir más propuestas, podrán ser planteadas según el orden que se ha establecido en los apartados B, C y D de este punto.

f) Al término de las propuestas, se analizarán aquellas que sean más favorables y se llevará a cabo una votación para tomar una resolución.

g) Después de realizada la votación, ninguna moción podrá ser reiterada.

La metodología de abordaje de los problemas tiene como finalidad abolirlas discusiones faltas de fundamento, evitar las discusiones desorganizadas en las que se repiten varias veces las mismas ideas, evitar los diálogos y confrontaciones entre los asistentes y agilizar la resolución de problemas.

Para asegurar que el abordaje de los problemas sea el óptimo, el Presidente de SEMUACH, o un moderador designado por éste, será el encargado de coordinar las opiniones de los asistentes a la reunión, según vayan éstos levantando su mano para participar. También podrá establecer mociones de orden y estará a su juicio poner fin a los debates.

Los problemas a discutir pueden ser propuestos por cualquiera de los asistentes a la sesión, pero deberán ser propuestos antes de llevarse a cabo la Reunión General con un mínimo de un día de anticipación. Cualquier problema nuevo que surja durante la reunión, deberá diferirse para una Reunión General próxima. Si el punto a tratar es de carácter urgente, será decisión del Presidente y los Miembros del Comité Local el tratarlo en la presente reunión.

Durante la Reunión General, se designara al Secretario General de tomar nota de las minutas y lineamientos analizados, así como de las propuestas y de las resoluciones tomadas, constituyendo con ello las Actas de las reuniones.

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En cada Reunión General deberá levantarse un Acta que contenga toda la información analizada en la Reunión; la cual, para ser válida, deberá ir firmada por el Presidente de SEMUACH, así como por los Vicepresidentes, Tesorero y el Oficial Local de cada Comité Permanente presente.

Fumar o Ingerir bebidas alcohólicas está prohibido durante las Reuniones. Así mismo, queda prohibido acudir a una reunión en estado de ebriedad o bajo el abuso de drogas.

Una moción se considera aceptada, cuando no existan negativas directas o cuando en el proceso de votación se manifieste a favor la mayoría de los votantes, entendido esto por la mitad de los votos más uno.

4.2 REUNIONES VIRTUALES.

Las reuniones virtuales de consejo, oficiales y directores de SEMUACH tendrán carácter oficial y las decisiones tomadas en ellas serán definitivas siempre y cuando no se requiera la aprobación del pleno.

Las reuniones virtuales podrán ser solicitadas por cualquier oficial, director, miembro de los consejos o miembro activo de la SAEM siempre que la situación lo amerite.

Las reuniones virtuales se realizarán utilizando el sistema de mensajería instantánea de Skype. Debiendo, cada oficial, director y miembro del consejo ejecutivo de SEMUACH contar con una cuenta oficial, cuyo formato será establecido por el Consejo Ejecutivo, siendo capacidad de este cambiar el formato o sistema de mensajería según lo consideren necesario.

Para que la reunión virtual obtenga el carácter de oficial se deberán cumplir los siguientes puntos:

a) El miembro que solicite la reunión virtual deberá hacerlo con un mínimo de 4 días de anticipación por medio oficial al Consejo Ejecutivo de SEMUACH.

b) El Secretario General de SEMUACH tendrá la obligación de notificar sobre la reunión virtual por medios oficiales con un mínimo de 3 días de anticipación y 2 días por medios no oficiales. Siendo parte de la notificación el horario y la fecha de la reunión.

c) El miembro que solicite la reunión tendrá la responsabilidad de publicar por medios oficiales y no oficiales el motivo y la agenda tentativa a seguir en la reunión con un día de anticipación.

Todas las reuniones virtuales deberán contar con un moderador, el cual tendrá la capacidad de dictar el protocolo a seguir durante las mismas, así como reglamentarlas y conducirlas según su criterio, siempre y cuando se respete la agenda de esta.

Es derecho del miembro que solicite la reunión, establecer al moderador, siempre y cuando ejerza este derecho con un mínimo de 1 día de anticipación, en caso de que el miembro no elija un moderador, esta responsabilidad recaerá en el Vicepresidente de

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Asuntos Internos de SEMUACH y en caso de faltar este, el Secretario General será el que desempeñe esta función.

Siempre que se cumplan lo establecido en el punto 4.2, párrafo 4 la asistencia por parte de todos mesa directiva, oficiales y directores de SEMUACH será obligatoria, y por consiguiente la inasistencia no justificada se considerará como falta. En caso de no poder asistir a la reunión virtual es obligación del oficial, director o miembro de la mesa directiva, notificar por medio el motivo de la inasistencia así como la designación de un miembro de SEMUACH que fungirá como su representante, esto mínimo con 12 horas antes del horario establecido para la reunión.

Se harán dos pases de lista, siendo necesario para la asistencia, estar presente para los dos. El primero se llevará a cabo al inicio de la reunión y el otro al final de la misma.

Cada oficial, director y miembro de la mesa directiva de SEMUACH tendrán el derecho a voz y emitir voto en caso de ser necesario durante la reunión, a menos que exista una sanción que lo impida.

Cada oficial local y director de división tendrá el derecho de contar con un miembro activo de su comité o división en la reunión virtual, contando con voz pero sin derecho a voto. Así mismo, cualquier alumno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas podrá participar en las reuniones virtuales de SEMUACH siempre que sea necesario, contando con voz pero sin derecho a voto.

CAPÍTULO 5

ASAMBLEAS GENERALES DE MIEMBROS

La Asambleas General de Miembros, es el órgano supremo de los miembros y podrá acordar y revocar todos los actos y operaciones de SEMUACH.

5.1 LA ASAMBLEA GENERAL RESOLVERÁ ESPECIALMENTE:

a) Sobre la Admisión o exclusión de Miembros. b) Sobre la disolución de la Sociedad. c) Sobre nombramiento y revocación de los Miembros de la Mesa Directiva y

Oficiales Locales. d) Sobre la aprobación de Reglamentos. e) Sobre reforma de los Estatutos. f) Sobre aprobación de Cuentas. g) Sobre enajenación o gravamen de bienes de la Sociedad. h) Sobre los demás asuntos cuya decisión le competa por disposición de Ley o de los

Estatutos.

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Habrá Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las primeras se reunirán una vez al año durante el trimestre siguiente a la clausura del ejercicio. La Mesa Directiva convocará las Asambleas Generales cuando lo estime conveniente.

Las convocatorias serán suscritas por el Presidente y el Secretario de la Mesa Directiva, y se publicarán oportunamente en el órgano de información de la asociación o en el que ésta designe, por lo menos con 3 tres días de anticipación. Las convocatorias designarán con exactitud el lugar, día y hora en que deban tener lugar las Asambleas respectivas.

Los Miembros no podrán delegar su representación a otra persona, los oficiales solo podrán delegar su derecho a voto a su asistente reconocido por mesa directiva habiendo de por medio una carta poder notariada de ser necesario.

Presidirá la Asamblea el Presidente de la Mesa Directiva actuando como Presidente de la Mesa de Asamblea, el Secretario general o ejecutivo como Secretario; a falta de éstos el Vicepresidente de asuntos externos, sustituirá el Presidente y respecto del Secretario, la Asamblea hará la designación correspondiente. El Presidente nombrará, de entre los Miembros presentes en la Reunión, uno o más Escrutadores que formen la Lista de Asistencia y apoyen en la realización. El Comité de Honor y Justicia de Asamblea será conformado por el consejo supervisor, en caso de faltar esté, cualquier miembro puede nominar a miembros a formarlo, resuelto por votación de los miembros Oficiales con derecho a voto.

El comité de honor y justicia revisara que la asamblea y sus decisiones sean acordes a los estatutos. Tendrá voz y la facultad de proponer sanciones hacia los infractores de los estatutos y convocatorias.

En las Asambleas los candidatos a miembro y miembros tienen derecho a voz, solo Mesa Directiva, Oficiales Locales y Directores Locales poseen el derecho a voto. Sí no fuere posible por falta de tiempo resolver todos los asuntos que abarque la convocatoria, podrá suspenderse la Asamblea y continuarse en los días siguientes sin necesidad de nueva convocatoria.

Las resoluciones de la Asamblea General tomadas en los términos de esta escritura obligan a todos los miembros, aún a los ausentes o disidentes, serán definitivas y sin ulteriores recursos, quedando autorizada la Mesa Directiva, en virtud de ellas a dictar providencias, hacer las gestiones y celebrar los contratos necesarios para la ejecución de tales acuerdos.

Las Asambleas convocadas en virtud de primera convocatoria, se constituirán válidamente con la concurrencia de más de la mitad del número de Miembros y las reunidas en virtud de segunda convocatoria, se constituirán válidamente con el número de asociados que concurran. Las resoluciones adoptadas por las Asambleas solamente serán válidas cuando fueren aprobadas por la mayoría de los Miembros concurrentes; pero los acuerdos relativos a la disolución de la Asociación, cambio de su objeto o cualquier especie de reforma de los Estatutos Sociales y enajenación o gravamen de los inmuebles de la Sociedad, solamente tendrán validez cuando fueren aprobados por el 75% setenta y cinco por ciento del número total de Miembros y, consiguientemente, las Asambleas respectivas no tendrán quórum, sin la concurrencia mínima del 75% setenta y cinco por ciento del número total de Miembros. En caso de empate, decidirá quien presida la Reunión con voto de calidad.

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De toda Asamblea se formará acta que firmarán el Presidente, Vicepresidente y el Secretario de la Mesa Directiva, así como los escrutadores.

CAPÍTULO 6

MESA DIRECTIVA

La Mesa Directiva de SEMUACH es la encargada de coordinar los esfuerzos de los Miembros para la realización de los proyectos concebidos tanto internamente como en las Asambleas Nacionales de la AMMEF AC; está conformada por:

a) Presidente b) Vicepresidente de Asuntos Internos c) Vicepresidente de Asuntos Externos d) Secretario e) Tesorero

6.1 DEL PRESIDENTE

El Presidente será el encargado de dirigir las actividades de SEMUACH, así como de coordinar a los diferentes Comités Permanentes y de presidir las reuniones.

También será el representante de SEMUACH ante la Dirección de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas y de la Universidad Autónoma de Chihuahua; ante AMMEF A.C en las Asambleas Nacionales y, cuando proceda, ante IFMSA en las Asambleas Generales Internacionales y ante la ley cuando así lo requiera.

Para ser Presidente de SEMUACH se requiere:

a) Ser alumno regular de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH. Ser estudiante de la carrera de Médico Cirujano y Partero.

b) Pertenecer a la categoría A de miembro activo (Haber sido al menos Oficial Local, Director Local).

c) Tener nacionalidad mexicana. d) Tener un promedio general mínimo de 8.0 (ocho punto cero), de lo contrario

no se aceptara su candidatura por ningún motivo. e) Haber participado en al menos 6 actividades del Comité local en los últimos

6 meses previos al lanzamiento de su candidatura. f) No pertenecer a ningún grupo político o renunciar y/o darse de baja

temporal a él. g) Tener como prioridad el desarrollo del Comité Local dentro de la institución. h) Contar con una trayectoria decorosa dentro y fuera del Comité de

SEMUACH. i) Haber desempeñado una conducta estable dentro del Comité de SEMUACH.

Son obligaciones del Presidente de SEMUACH:

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH.

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b) Realizar las gestiones ante las instancias correspondientes para el desarrollo integral de SEMUACH.

c) Coordinar las reuniones de SEMUACH. d) Analizar y cuestionar, en conjunción con la Mesa Directiva, todos aquellos asuntos

que se relacionen con SEMUACH. e) Invitar a los Miembros No Activos a que participen en los proyectos de SEMUACH. f) Invitar a los futuros Miembros Activos a su participación en las reuniones. g) Junto con Mesa Directiva y Oficiales Locales, llevar un archivo de cada actividad

realizada en SEMUACH. h) Recibirá por parte de los Oficiales Locales un directorio de los integrantes de su

comité donde se incluyan: nombres, teléfonos, dirección, grado, grupo, fecha de nacimiento.

i) Vigilar el cumplimiento de los estatutos de SEMUACH.

Son atributos del Presidente de SEMUACH:

a) Tomar decisiones en base a juicio propio durante las Asambleas Nacionales e Internacionales, tomando siempre como parámetro el beneficio de SEMUACH y los alumnos de la Facultad de Medicina de la UACH.

b) Aprobar la agenda de las reuniones que propone el Vicepresidente de Asuntos Internos.

c) Aprobar con su firma los presupuestos presentados por el Tesorero. d) Citar a reuniones extraordinarias cuando así lo considere necesario, siempre

habiendo una razón sustentable. e) Posponer las sesiones o cambiarlas de fecha cuando lo considere necesario, siempre

habiendo una razón sustentable. f) Cancelar las sesiones cuando existan razones suficientes para ello. Poner fin a las

discusiones durante las reuniones.

g) Analizar junto con la Mesa Directiva la aceptación o rechazo de un miembro. h) Elaborar propuestas de cargos directivos dentro de SEMUACH. i) Elaborar propuestas de remoción de miembros. j) Elaborar propuestas de remoción de cargos a los funcionarios de SEMUACH que no

cumplan con sus obligaciones.

El Presidente y el resto de Mesa Directiva y Oficiales serán electos durante el mes de Mayo o en la fecha que sea establecida por la Mesa Directiva previa, se realizará una votación cerrada entre los miembros con derecho a voto y el miembro activo de cada comité con más actividades realizadas.

Para poder ser votado Presidente, el miembro que lo desee deberá proponerse como candidato y mostrar en la reunión una presentación con sus propuestas de desarrollo para la SEMUACH durante su gestión. Dichas propuestas no deben ir en contra de ninguno de los estatutos que rigen SEMUACH.

Un Presidente, no le será posible volverse a proponer, ni ser propuesto como candidato a Presidente; por lo tanto, no será posible la reelección.

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El Presidente solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH durante dicha gestión. Si el presidente propone ocupar otro puesto, se pondrá a consideración de la mesa directiva, oficiales locales y miembros activos. No obstante, deberá participar activamente en las actividades que corresponden a su función.

El Presidente podrá ser removido de su cargo cuando falte al cumplimiento de sus obligaciones. La propuesta de remoción de cargo deberá ser hecha por la Mesa Directiva y analizando las faltas que hubiere cometido.

La remoción del Presidente deberá ser sometida a consideración de los miembros del Comité Local SEMUACH y será aceptada únicamente cuando no exista una negativa directa o cuando la votación así lo determine.

Después de remover a un Presidente, el Vicepresidente de Asuntos Internos tomará su lugar en calidad de interino. Deberá lanzarse convocatoria para el cargo o los cargos vacantes, siempre y cuando los candidatos cumplan con los requisitos establecidos y sin que afecte más el organigrama del Comité, es decir, no por ocupar el puesto presidencial se quedarán otros puestos libres.

El título de Presidente de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

El Presidente podrá ser removido de su cargo cuando falte al cumplimiento de sus obligaciones. La propuesta de remoción de cargo deberá ser entregada al Secretario y esta podrá ser realizada por Mesa directiva u Oficial o Director Local por medio de una carta donde se expongan las faltas que hubiere cometido. La remoción del Presidente deberá ser sometida a consideración de los miembros del Comité Local SEMUACH y será votada en una asamblea general, siendo aceptada únicamente cuando la votación a favor de la remoción sea mayor al 75% de los votos. Después de remover a un Presidente, el Vicepresidente de Asuntos Internos tomará su lugar en calidad de interino. Deberá lanzarse convocatoria para el cargo o los cargos vacantes, siempre y cuando los candidatos cumplan con los requisitos establecidos y sin que afecte más el organigrama del Comité, es decir, no por ocupar el puesto presidencial se quedarán otros puestos libres.

6.2 DELOS VICEPRESIDENTES.

El Vicepresidente de Asuntos Internos tomará el papel de Presidente cuando esté ausente. También fungirán como representantes de SEMUACH en sus diferentes niveles en conjunción con el Presidente.

Para ser Vicepresidente de SEMUACH se requiere:

a) Ser Alumno regular de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

b) Ser estudiante de la carrera de Médico Cirujano y Partero. c) Pertenecer a la categoría A de miembro activo (Haber sido al menos Oficial

Local, Director Local). d) Tener nacionalidad mexicana.

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e) Tener un promedio general mínimo de 8.0 (ocho punto cero) de lo contrario no se aceptara su candidatura por ningún motivo.

f) Haber participado en al menos 6 actividades del Comité local en los últimos 6 meses previos al lanzamiento de su candidatura.

g) No pertenecer a ningún grupo político o renunciar y/o darse de baja temporal a él.

h) Tener como prioridad el desarrollo académico de la institución. i) Haber desempeñado una conducta estable dentro del Comité de SEMUACH. j) Contar con una trayectoria decorosa dentro y fuera del Comité de SEMUACH.

Son obligaciones de los Vicepresidentes de SEMUACH:

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH. b) Realizar las gestiones ante las instancias correspondientes para el desarrollo integral

de SEMUACH, cuando el Presidente así lo determine. c) Establecer mociones de orden durante las reuniones. d) Vigilar el cumplimiento de los estatutos de SEMUACH. e) Tomar el control como máxima autoridad en caso de que no se encuentre el

Presidente ya sea en algún evento o cualquier otra circunstancia. f) Recibir las solicitudes de puntos a tratar en las reuniones. g) Realizar la agenda de las reuniones con base en los puntos pendientes a tratar y las

solicitudes recibidas, dicha agenda debe ser sometida a la aprobación del Presidente.

h) Redactar las actas de las reuniones, con base en las mociones.

El Vicepresidente de Asuntos Internos deberá:

a) Ser responsable del desarrollo del Comité Local, a través de la coordinación de los oficiales locales acorde con las decisiones de toda la mesa directiva.

b) Proveer el apoyo necesario a los comités permanentes y divisiones de soporte para asegurar su desarrollo dentro de AMMEF A.C.

c) Orientar junto con el Director Local de la División de Soporte de Proyectos los oficiales locales en la mejora de sus proyectos y direccionarlos de acuerdo al plan de desarrollo propuesto por el presidente.

d) Mantener actualizado el manual operativo de la federación, para su adecuada distribución.

e) Recaudar fondos para SEMUACH. f) Informar de todas sus actividades al Presidente de SEMUACH

El Vicepresidente de Asuntos Externos deberá:

a) Desarrollar e implementar estrategias para la recaudación de fondos del Comité Local SEMUACH.

b) Ser responsable de las relaciones públicas y medios masivos de comunicación de SEMUACH.

c) Ser responsable del desarrollo del material promocional de la Sociedad.

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d) Establecer contacto con los organismos gubernamentales y con otras instituciones que no formen parte del ámbito médico estudiantil.

e) Representar a SEMUACH en los organismos externos, acorde con las direcciones del presidente y del resto del consejo ejecutivo.

f) Coordinar a los oficiales de enlace en la representación ante organismos externos, siempre que sea necesario.

g) Informar todas sus actividades al Presidente de SEMUACH

Son atributos de los Vicepresidentes de SEMUACH:

a) Analizar, en conjunción con la Mesa Directiva, las decisiones que se han de tomar en los diferentes niveles y proponer a la Mesa Directiva las soluciones alternas.

b) Poner fin a las discusiones durante las reuniones, cuando falte el Presidente. c) Analizar junto con la Mesa Directiva la aceptación o rechazo de un miembro. d) Elaborar propuestas de cargos directivos dentro de SEMUACH. e) Elaborar propuestas de remoción de miembros. f) Elaborar propuestas de remoción de cargos a los funcionarios de SEMUACH

que no cumplan con sus obligaciones.

Vicepresidentes y el resto de Mesa Directiva, Oficiales y Directores serán electos durante el mes de Mayo o en la fecha que sea establecida por la Mesa Directiva previa, se realizará una votación cerrada entre los miembros con derecho a voto.

Los vicepresidentes solo podrán ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrán ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH durante dicha gestión. Si el (los) vicepresidente(s) propone(n) ocupar otro puesto, se pondrá a consideración de la mesa directiva, oficiales locales y miembros activos. No obstante, deberá(n) participar activamente en las actividades correspondientes a su cargo.

A los vicepresidentes, no les será posible volverse a proponer, ni ser propuestos como candidatos a vicepresidente; por lo tanto, no será posible la reelección.

Los Vicepresidentes podrán ser removidos de su cargo cuando falte al cumplimiento de sus obligaciones. La propuesta de remoción de cargo deberá ser hecha por la Mesa Directiva y analizando las faltas que hubiere cometido. La remoción del algún Vicepresidente deberá ser sometida a consideración de los miembros del Comité Local SEMUACH y será aceptada únicamente cuando no exista una negativa directa o cuando la votación así lo determine.

Después de remover a un Vicepresidente, deberá proponerse la elección de un nuevo Vicepresidente, con calidad de interino, durante la misma reunión y basados en los parámetros antes detallados.

El título de Vicepresidente de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

6.3 DEL SECRETARIO

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El secretario será el encargado de coordinar la documentación legal de SEMUACH.

Para ser Secretario de SEMUACH deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser Alumno regular de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH. b) Pertenecer a la categoría B de miembro activo (Haber sido al menos Oficial

Local, Director Local). c) Tener nacionalidad mexicana. d) Tener un promedio general mínimo de 8.0 (ocho punto cero). (En caso de no

contar con dicho promedio, el candidato deberá presentar su situación a la Mesa directiva en gestión y se someterá a votación para aceptar en caso de que el alumno se comprometa a subir su promedio mínimo dos décimas en los siguientes 6 meses, en caso de no cumplir se cesará del cargo)

e) Haber participado en al menos 6 actividades del Comité local en los últimos 6 meses previos al lanzamiento de su candidatura previos al lanzamiento de su candidatura.

f) No pertenecer a ningún grupo político o renunciar y/o darse de baja temporal a él.

g) Contar con una trayectoria decorosa dentro y fuera del Comité de SEMUACH. h) Haber desempeñado una conducta estable dentro del Comité SEMUACH. i) Tener como prioridad el desarrollo del Comité Local dentro de la institución.

Son obligaciones del Secretario de SEMUACH:

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH. b) Recibir las solicitudes de puntos a tratar en las reuniones. c) Tomar nota de todas las mociones hechas durante las reuniones de SEMUACH, así

como de las resoluciones de las mismas. d) Redactar las minutas de las reuniones, tanto presenciales como virtuales. e) Redactar las actas de las reuniones, con base en las mociones anotadas. f) Elaborar los documentos legales de SEMUACH acorde con la solicitud del

Presidente.

Son atributos del Secretario de SEMUACH:

a) Representar a SEMUACH en las reuniones nacionales e internacionales en caso de que el Presidente ni los Vicepresidentes se encuentren presentes; así como de la toma de decisiones pertinentes en caso de ser requerido.

El Secretario y el resto de Mesa Directiva y Oficiales serán electos durante el mes de Mayo o en la fecha que sea establecida por la Mesa Directiva previa, se realizara una votación cerrada entre los miembros con derecho a voto.

Para poder ser votado secretario se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros activos o auto proponerse.

El Secretario solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH durante dicha gestión. Si el

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secretario propone ocupar otro puesto, se pondrá a consideración de la mesa directiva, oficiales locales y miembros activos. No obstante, deberá participar activamente en las actividades correspondientes a su cargo.

El Secretario, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo si así lo desea; sin embargo, no podrá ser secretario nuevamente.

El Secretario podrá ser removido de su cargo cuando falte al cumplimiento de sus obligaciones, la propuesta de remoción de cargo podrá ser hecha por cualquier Miembro de la Mesa Directiva u Oficial local, analizando las faltas que hubiere cometido.

La remoción del secretario deberá ser sometida a consideración de los miembros activos y será aceptada únicamente cuando no exista una negativa directa o cuando la votación así lo determine. Después de remover a un secretario, deberá proponerse la elección de un nuevo secretario, con calidad de interino, durante la misma reunión y basados en los parámetros antes detallados.

6.4 DEL TESORERO

El tesorero será el encargado de administrar los recursos económicos de SEMUACH, de acuerdo con las peticiones de la Mesa Directiva y las mociones establecidas en las reuniones.

Para ser Tesorero de SEMUACH se requiere cumplir con los requisitos:

a) Ser Alumno regular de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH. b) Pertenecer a la categoría A de miembro activo (Haber sido al menos Oficial Local,

Director Local). c) Tener nacionalidad mexicana. d) Tener un promedio general mínimo de 8.0 (ocho punto cero). (En caso de no contar

con dicho promedio, el candidato deberá presentar su situación a la Mesa directiva en gestión y se someterá a votación para aceptar en caso de que el alumno se comprometa a subir su promedio mínimo dos décimas en los siguientes 6 meses, en caso de no cumplir se cesará del cargo)

e) Haber participado en al menos 6 actividades del Comité local en los últimos 6 meses previos al lanzamiento de su candidatura previos al lanzamiento de su candidatura.

f) No pertenecer a ningún grupo político o renunciar y/o darse de baja temporal a él. g) Contar con una trayectoria decorosa dentro y fuera del Comité de SEMUACH. h) Haber desempeñado una conducta estable dentro del Comité SEMUACH. i) Tener como prioridad el desarrollo del Comité Local dentro de la institución.

Son obligaciones del Tesorero de SEMUACH:

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH b) Buscar fuentes de ingreso económico para SEMUACH. c) Buscar presupuestos según le sea solicitado en las reuniones o por la Mesa

Directiva. d) Analizar los presupuestos de los proyectos y someterlos a la aprobación de la Mesa

Directiva.

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e) Abrir y administrar la(s) cuenta(s) de banco para guardar el dinero de SEMUACH. f) Ingresar dinero en la cuenta y disponer de él de acuerdo con las peticiones de la

Mesa Directiva y las votadas en las reuniones. g) Llevar la administración del dinero, detallando los ingresos y los egresos. h) Atender el pago anual de la cuota de SEMUACH a AMMEF A.C. i) Rendir cuentas del dinero de SEMUACH semestralmente a la Mesa directiva. j) Recibir las solicitudes de los Oficiales Locales para la obtención de presupuesto y

presentarlas a la Mesa Directiva. k) Asegurarse de contar con facturas que justifiquen todos los gastos.

El Tesorero de SEMUACH presentará los informes financieros necesarios y mantendrá relaciones con la Tesorería de AMMEF A.C. en las reuniones nacionales e internacionales en caso de ser requerido.

El Tesorero y el resto de Mesa Directiva y Oficiales serán electos durante el mes de Mayo o en la fecha que sea establecida por la Mesa Directiva previa, se realizara una votación cerrada entre los miembros con derecho a voto.

Para poder ser votado tesorero se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros o auto proponerse.

El Tesorero solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH durante dicha gestión. Si el tesorero propone ocupar otro puesto, se pondrá a consideración de la mesa directiva, oficiales locales y miembros activos. No obstante, deberá participar activamente en las actividades realizadas.

El tesorero, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo, pero no podrá ser tesorero nuevamente.

El tesorero podrá ser removido de su cargo cuando falte al cumplimiento de sus obligaciones. La propuesta de remoción de cargo deberá ser hecha por la Mesa Directiva y analizando las faltas que hubiere cometido.

La remoción del tesorero deberá ser sometida a consideración de los miembros del Comité Local SEMUACH y será aceptada únicamente cuando no exista una negativa directa o cuando la votación así lo determine.

Después de remover a un tesorero, deberá proponerse la elección de un nuevo tesorero, con calidad de interino, durante la misma reunión y basados en los parámetros antes detallados.

Por ningún motivo le es permitido al Tesorero, utilizar dinero de la caja del Comité Local SEMUACH para cualquier actividad que no concierna a este último. Todo gasto a realizarse deberá ser consultado con la Mesa Directiva, o en su defecto el Presidente. Cualquier faltante en el re porte financiero deberá ser justificado por el Tesorero o de lo contrario deberá ser pagado por el mismo.

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El título de Tesorero de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

En caso de incurrir en la violación de alguno de los estatutos el tesorero será removido de su cargo y será excluido de la organización de manera permanente, dándose fe de las razones de su remoción a la Dirección de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

6.5 FACULTADES Y PODERES DE LA MESA DIRECTIVA

La Mesa Directiva tiene la representación legal de la asociación y bastará la firma conjunta del Presidente y Tesorero de la misma, para obligar a la persona moral que se constituye en este acto, teniendo dichos funcionarios los siguientes poderes y facultades:

Poder general en materia de pleitos y cobranzas, de actos de administración de bienes y de actos de riguroso dominio, sin más reservas ni limitaciones que las que impongan las leyes o este pacto social. Por lo tanto tendrá todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley y con toda la amplitud a que se refieren los Artículos dos mil cuatrocientos siete del Código Civil vigente para el Estado de Chihuahua y su correlativo el Artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro, del Código Civil Federal o sus correlativos en los demás Estados del país y en la Ciudad de México, en donde se ejercite, quedando autorizado de manera especial, para administrar el patrimonio de la Asociación, incluyendo la facultad de suscribir, aceptar, avalar y cobrar toda clase de títulos de crédito, en los términos del Artículo noveno de la Ley General de Operaciones y Títulos de Crédito; y para otorgar y revocar poderes generales y especiales con o sin las facultades de sustitución o con las facultades que se consideren convenientes y conservándose su ejercicio. Igualmente queda facultada para nombrar y remover a los Gerentes o Sub Gerentes, que sean necesarios, fijándoles sus facultades y remuneración; y para representar a la Asociación en toda clase de negocios ante los Tribunales Federales y del Estado. Las anteriores facultades podrán ser restringidas por la Asamblea General, la que se reserve el derecho de delegarlas total o parcialmente en la persona de uno o más miembros de la Mesa Directiva de la Asociación, uno o más Administradores Generales o personas extrañas a éstas.

En forma enunciativa, ejemplificativa y de ninguna manera limitativa, tendrán, entre otras, las siguientes facultades:

Podrán representar a la sociedad, en todos sus negocios, asuntos, procedimientos y juicios que se ofrezcan, ya sean de carácter civil, familiar, mercantil, administrativo, fiscal, penal, agrario, financiero, bursátil, comercial, de trabajo y de conciliación y arbitraje, así como de cualquier índole, especie, clase o naturaleza que se ofrezcan, señalándose, entre otros los siguientes poderes, atribuciones y facultades: Ejercitar toda clase de derechos y acciones ante cualquier autoridad de la Federación, de los Estados, Ciudad de México y Municipios, organismos descentralizados, empresas de participación estatal y toda clase de personas físicas y morales, ya sea en jurisdicción voluntaria, contenciosa o mixta, ya se trate de autoridades y tribunales civiles, familiares, judiciales, administrativos, penales o del trabajo.

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Presentar y contestar toda clase de demandas, oponer excepciones y reconvenciones, someterse a cualquier jurisdicción y competencia; articular y absolver posiciones, recusar Magistrados, Jueces y peritos y demás personas que en derecho sean recusables, incluyendo incidentes de tacha de testigos. Desistirse de lo principal, de sus intereses y de cualquier recurso, juicio o instancia, incluyendo el juicio de amparo, el cual podrán promover cuantas veces consideren necesario; rendir toda clase de pruebas, reconocer firmas y documentos, objetando estos y contradiciéndolos como falsos, en su caso. Transigir y comprometer en árbitros, asistir a juntas y diligencias de cualquier índole, hacer posturas, pujas y mejoras, obteniendo la adjudicación de toda clase de bienes. Formular acusaciones, denuncias y querellas de carácter penal, desistiéndose cuando la ley lo permita y constituirse en parte en causas criminales o como coadyuvante del Ministerio Público, procedimientos en instancias en las cuales podrán ejercitar las más amplias facultades que se requieran.

Por lo que se refiere a las facultades de administración tendrán las más amplias que conforme a derecho y a su naturaleza le correspondan, representando a la sociedad ante toda clase de autoridades, incluyendo las de carácter fiscal, administrativo, laboral, civil, penal, con los más amplios poderes y facultades que se requieran.

Tendrá facultades y poderes para abrir toda clase de cuentas bancarias, sin importar su índole, especie, clase o naturaleza, incluyendo las de cheques, depositando y girando en ellas y realizar toda clase de movimientos, depósitos y retiros.

Por lo que se refiere a los actos de dominio, podrán realizarlos sin limitación de ninguna especie, clase o naturaleza.

Ningún integrante de Mesa Directiva podrá ocupar un cargo dentro de algún otro grupo dentro de la facultad como sociedad de alumnos, consejo técnico, consejo universitario, de querer participar para algún otro cargo, tendrá que contar con el 100% de los votos de los integrantes de la gestión correspondiente.

CAPÍTULO 7

COMITÉS PERMANENTES Y DIVISIONES DE SOPORTE

7.1 COMITÉS Y DIVISIONES.

Los Comités Permanentes y Divisiones de Soporte de SEMUACH son extensiones de los Comités Permanentes Nacionales e Internacionales de IFMSA e AMMEF A.C. y, por lo tanto, son los grupos de acción encargados de la realización de los proyectos de SEMUACH.

Los Comités Permanentes establecidos en SEMUACH son:

a) Comité Permanente de Intercambios Profesionales (SCOPE). b) Comité Permanente de Intercambios de Investigación (SCORE). c) Comité Permanente de Intercambios Nacionales (SCONE). d) Comité Permanente de Salud Pública (SCOPH). e) Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA (SCORA). f) Comité Permanente de Educación Médica (SCOME).

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g) Comité Permanente de Derechos Humanos y Paz (SCORP). h) Comité Permanente de Publicaciones Médicas (SCOMP). i) División de Soporte de Proyectos (DSP). j) División de Soporte de Entrenamientos (DSE). k) División de Soporte de Nuevas Tecnologías (DSNT). l) División de Soporte de Relaciones Estudiantiles (DSRE).

Todas las abreviaturas de los Comités Permanentes están en el idioma oficial de IFMSA.

Los requisitos generales para ser Oficial Local o Director Local son:

a) Ser Alumno regular de la Facultad de Medicina y Ciencias biomédicas de la UACH.

b) Ser miembro activo en categoría B

c) Tener nacionalidad mexicana.

d) Tener un promedio mínimo de 8.0 (En caso de no contar con dicho promedio

se deberá exponer la situación ante la Mesa directiva en gestión y votar si se

aprueba la candidatura o no, permitiendo que el alumno en cuestión se

comprometa a subir su promedio mínimo dos décimas en los siguientes 6 meses,

si no es así se le cesará del cargo)

e) Haber sido miembro activo con antigüedad mínima de un año en el comité

permanente o división de soporte al que se aspira.

f) Haber participado en al menos 6 actividades mínimo dentro del comité

permanente o división de soporte al que se aspira.

g) No pertenecer a ningún grupo político o renunciar y/o darse de baja temporal

a él.

h) Contar con una trayectoria decorosa dentro y fuera del Comité de SEMUACH

i) Haber desempeñado una conducta estable dentro del Comité SEMUACH.

j) Tener como prioridad el desarrollo del Comité Local dentro de la institución.

Es obligación de todo oficial local o director local:

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH. b) Estar en contacto con su oficial o director nacional. c) Asistir a las Asambleas Nacionales durante su gestión y participar en las sesiones de

su CP o DS. d) En caso de que el OL o DL no pueda asistir a una AN deberá notificar a la Mesa

directiva para que no sea motivo de sanción y se busque una solución. e) Realizar un calendario de actividades de la gestión, el cual será entregado a mesa

directiva al asumir el cargo. Si dicho calendario presenta modificaciones le será notificado a Mesa Directiva de dichos cambios.

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f) Informar al Presidente sobre las actividades a realizarse durante su gestión. g) Asistir a las Reuniones virtuales solicitadas por el oficial o director nacional del CP o

DS h) Realizar como mínimo una reunión interna dentro de su CP o DS, donde se planteen

las actividades y estrategias a los MA. i) Realizar un reporte al finalizar cada una de las actividades, el cual será entregado a

mesa directiva y a la división de soporte de proyectos de acuerdo a las políticas del capítulo 12.

j) Realizar un reporte a los seis meses de gestión con todo lo que se realizó durante el semestre, y uno final al terminar la gestión con todo el trabajo realizado.

k) El Oficial Local o Director local puede contar con apoyo de los siguientes puestos dentro de su CP o DS:

a. Asistente de oficial local o director local. b. Secretario. c. Tesorero. d. Coordinador de miembros activos. e. Coordinador de actividades.

l) Es obligación del OL o DL llevar un control sobre los asistentes a cada una de las actividades que se realicen para poder realizar cambios de estatus de miembros en su debido tiempo.

Lineamientos Generales:

a) La Mesa Directiva y Oficiales serán electos durante el mes de Mayo o en la fecha que sea establecida por la Mesa Directiva previa, se realizara una votación cerrada entre los miembros con derecho a voto.

b) El cargo del oficial local durará un año a partir de la toma de protesta hasta la entrega del puesto a la siguiente gestión.

c) Para poder ser votado oficial local se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros activos o auto proponerse.

i. Presentar Forma por escrito su candidatura a la mesa directiva hasta 5 días

previos al día de las elecciones.

d) Exponer los motivos y objetivos como puntos principales en su candidatura. e) El Oficial Local solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá

ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH durante dicha gestión. Si el oficial local propone ocupar otro puesto, se pondrá a consideración de la mesa directiva, oficiales locales y miembros activos. No obstante, deberá participar activamente en las actividades realizadas.

f) El Oficial Local, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo, pero no podrá ser nuevamente Oficial Local del mismo comité.

Será motivo de remoción del puesto de oficial local o director local:

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Un OL o DL puede ser removido de su cargo por Consejo supervisor y mesa directiva por las siguientes razones:

a) Fraude. b) Delitos criminales. c) Mal desempeño de su cargo (Podrá ser motivo de cesar el cargo de Oficial Local

o director local aquel alumno que no realice sus actividades calendarizadas en cuando menos 3 meses de gestión sin justificación).

d) Incumplimiento de estatutos. e) Trabajo en contra de SEMUACH o en contra de decisiones tomadas por

mesa directiva. f) Falla de comunicación con el equipo de trabajo de la gestión (Mesa

directiva y oficiales/directores locales) si se considera sin solución. g) Rehusarse a entregar un reporte de sus actividades. h) Cualquier causa fundamentada que así lo amerite expuesta por CS y Mesa

directiva. i) La propuesta de remoción de cargo puede ser realizada por cualquier MA,

Mesa directiva, Oficiales o directores locales y consejo supervisor. j) Se someterá a revisión de estatutos y del caso por parte de CS y Mesa

directiva. k) De ser removido un OL o DL se deberá realizar la elección de uno interino,

teniendo como prioridad al asistente

Lineamientos Específicos:

a) Todo Oficial Local deberá impulsar, exhortar y enseñar a aquellos miembros activos o asistentes en los que observe mayores aptitudes para ser candidatos a Oficiales en un futuro.

b) Los Oficiales de intercambio formaran en conjunto la Comisión de anfitriones, los integrantes de esta tendrán que ser previamente aprobados por la Mesa Directiva.

7.2 DEL COMITÉ PERMANENTE DE INTERCAMBIOS PROFESIONALES.

El Comité Permanente en Intercambio Profesional está encargado de coordinar la vinculación nacional e internacional de estudiantes de medicina, así como de médicos internos de pregrado.

El comité de intercambio profesional es el equivalente del comité permanente para el intercambio profesional o SCOPE (por sus siglas en inglés: StandingCommitteeonProffesional Exchange), que es un comité permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

La función del Comité Permanente en Intercambio Profesional es promover y coordinar el intercambio nacional e internacional de los estudiantes de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, así como darle seguimiento a los mismos para analizar y resolver todo problema que éstos pudieran tener.

El objetivo del Comité Permanente en Intercambios Profesionales es promover la cooperación y coordinación internacional entre estudiantes de medicina.

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El Comité Permanente en Intercambios Profesionales está formado por dos Oficiales Locales (LEO IN Y LEO OUT) y una Comisión de Anfitriones.

El Oficial Local del Comité Permanente en Intercambio Profesional, será la persona encargada de arreglar los intercambios de estudiantes nacionales hacia el exterior del país de estudiantes, de modo que pondrán adquirir el título de Oficial Local de Intercambio OUT o LEO OUT (por sus siglas en inglés; “local exchangeofficer outgoing”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

El Oficial Local del Comité Permanente en Intercambio Profesional, será la persona encargada de arreglar los intercambios internacionales en el pais de estudiantes, de modo que pondrán adquirir el título de Oficial Local de Intercambio IN o LEO IN (por sus siglas en inglés; “local exchangeofficer outgoing incoming”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

Son obligaciones del LEO OUT :

a) Coordinar las actividades del comité permanente de intercambio clínico profesional, así

como sus comisiones. b) Vincularse con los Oficiales Locales de Intercambios de otras escuelas de medicina en

México c) Vincularse con el Oficial Nacional de Intercambios Profesionales de AMMEF A.C. d) Arreglar los trámites burocráticos y papeleo administrativo interno y externo

que los estudiantes de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH requieran para sus intercambios.

e) Supervisar la trayectoria de los intercambios de salida. f) Solicitar la autorización de la Mesa Directiva de SEMUACH para la realización

de sus movimientos.

Son obligaciones del LEO IN:

a) Coordinar las actividades del comité permanente de intercambio clínico profesional, así

como sus comisiones. b) Vincularse con los Oficiales Locales de Intercambios de otras escuelas de medicina en

México c) Vincularse con el Oficial Nacional de Intercambios Profesionales de AMMEF A.C. d) Arreglar los trámites burocráticos y papeleo administrativo interno y externo

que los estudiantes de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH requieran para sus intercambios en SEMUACH.

e) Supervisar la trayectoria de los intercambios de entrada. f) Solicitar la autorización de la Mesa Directiva de SEMUACH para la realización

de sus movimientos. g) Realizar un adecuado plan académico para estudiantes que realicen su

intercambio en SEMUACH, así como un adecuado plan social

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Son atributos de los Oficiales Locales de Intercambios Profesionales:

a) Reportar las anomalías que se presenten en un intercambio de importación. b) Elaborar propuestas de finalización de intercambios a la Mesa Directiva de

SEMUACH cuando existan motivos suficientes. c) Asistir a las reuniones Nacionales e Internacionales de Oficiales Locales y

Nacionales de Intercambio.

d) Ser apoyado por 2 asistentes que éste elija o le sean asignados por la Mesa Directiva. e) Apoyarse de la Comisión de Anfitriones para proporcionar la adecuada

estancia de los participantes en el intercambio que acudan a la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, según lo estipulado en el Capítulo 10.

El proceso de Intercambio se regulará según lo estipulado en el Capítulo 8.

El título de Oficial Local de Intercambio Profesionales de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.3 DEL COMITÉ PERMANENTE DE INTERCAMBIOS DE INVESTIGACIÓN.

El Comité Permanente de Intercambios de Investigación, SCORE (por sus siglas en inglés: Standing Committeeon Research Exchange), es un Comité Permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

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Encargado de coordinar los proyectos internacionales de investigación que llevarán a cabo los miembros SEMUACH.

La función del Comité Permanente de Intercambios de Investigación es promover y supervisar los proyectos de investigación que realizarán los estudiantes, así como analizar y resolver los problemas derivados de éstos. También es su función cooperar en la consecución de recursos económicos y materiales para la realización de los proyectos.

El Comité Permanente de Intercambios de Investigación está formado por un Oficial Local y los miembros que se encuentren realizando proyectos de investigación.

El Oficial Local del Comité Permanente de Intercambios de Investigación, será la persona encargada de recibir las solicitudes de proyectos de investigación, así como de vigilar el cumplimiento de los estándares para la realización de proyectos de investigación y archivar las bitácoras existentes. Se le otorgará el título de Oficial Local de Intercambios de Investigación o LORE (por sus siglas en inglés; “local officeronresearchexchange”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

Son obligaciones del Oficial Local del Comité Permanente de Intercambios de Investigación:

a) Recibir las solicitudes de los interesados en participar en los proyectos de

AMMEF tanto locales como foráneos. b) Procurar el cumplimiento de los tiempos establecidos, en los que se

presentarán los resultados de los proyectos. c) Facilitar los medios y recursos que se necesiten, en coordinación con la Mesa

Directiva de SEMUACH, para la realización óptima de los proyectos de investigación.

d) Realizar un adecuado plan académico para estudiantes de incomings, así como un adecuado plan social.

e) Actualizar los Proyectos Activos Internos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas y publicarlo adecuadamente en la base de datos de la AMMEF.

f) Estar al pendiente de los estudiantes que realizan intercambios durante su estancia local (foráneos) y extranjera (miembros activos) y brindarle apoyo dentro de lo posible.

g) Mediar entre el Oficial Nacional de Intercambios de Investigación en México y los de otros países con fines de agilizar el proceso de intercambio.

Son atributos del Oficial Local del Comité Permanente de Intercambios de Investigación:

a) Elaborar propuestas de suspensión del apoyo a un proyecto cuando éste no cumpla con los objetivos de SEMUACH, los tiempos establecidos o con las metas y las formas establecidas.

b) Orientar a los intercambistas locales para la publicación de sus trabajos de investigación en el periodo de intercambio, o en la realización de un cartel de la misma.

c) Establecer un juicio de calidad y crítica constructiva entre los miembros del comité antes de que un proyecto sea publicado, ya que esto fomentará el desarrollo y aprendizaje entre los miembros del comité, así como el mejoramiento de las publicaciones.

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d) Tiene derecho a ser apoyado con 2 asistentes que éste elija o le sean asignados por Mesa Directiva.

e) Apoyarse de la Comisión de Anfitriones para proporcionar la adecuada estancia de los participantes en el intercambio que acudan a la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, según lo estipulado en el Capítulo 10.

El proceso de Intercambio se regulará según lo estipulado en el Capítulo 8.

El título de Oficial Local de Intercambio de Investigación de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

Los requisitos para la participación en un proyecto del Comité Permanente de Intercambios de Investigación son:

a) Ser miembro de SEMUACH. b) Ser alumno regular. c) Cumplir con las fechas establecidas.

Cada estudiante recibirá un diploma de participación en los proyectos de investigación que será avalado por la Dirección y la Secretaria de Posgrado e Investigación de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

Cada miembro que entregue un proyecto lo publicará no solo dentro de la institución, si no también será publicado a nivel Nacional en la revista de AMMEF A.C. y, en caso de que la organización lo considere pertinente y adecuado, también en AMMEF A.C.

7.4 DEL COMITÉ PERMANANTE DE INTERCAMBIOS NACIONALES.

El Comité Permanente de Intercambios Nacionales está encargado de coordinar la vinculación nacional de estudiantes de medicina, así como de médicos internos de pregrado.

El Comité Permanente de Intercambios Nacionales, SCONE (por sus siglas en inglés: Standing CommitteeonNational Exchange), que es un Comité Permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

La función del Comité Permanente de Intercambios Nacionales es promover y coordinar el intercambio de estudiantes entre la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH y el resto del país, así como darles seguimiento a los alumnos en intercambio, analizar y resolver los problemas derivados de éstos.

El objetivo del Comité Permanente en Intercambio Nacional es promover la cooperación y coordinación nacional entre estudiantes de medicina.

El Comité Permanente en Intercambio Nacional está formado por un Oficial Local y una Comisión de Anfitriones.

El Oficial Local del Comité Permanente de Intercambios Nacionales, será la persona encargada de arreglar los intercambios nacionales de estudiantes, de modo que adquirirá el título de Oficial.

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Local de Intercambios Nacionales o LONE (por sus siglas en inglés; “local officeron national exchange”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA

Son atributos del Oficial Local de Intercambios Nacionales:

a) Reportar las anomalías que se presenten en un intercambio de importación. b) Elaborar propuestas de finalización de intercambios a la Mesa Directiva de SEMUACH cuando existan motivos suficientes. c) Asistir a las reuniones Nacionales e Internacionales de Oficiales Locales y Nacionales de Intercambio. d) Apoyarse de la Comisión de Anfitriones para proporcionar la adecuada estancia de los participantes en el intercambio que acudan a la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, según lo estipulado en el Capítulo 10.

El proceso de Intercambio se regulará según lo estipulado en el Capítulo 8.

El título de Oficial Local de Intercambios Nacionales de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.5 DEL COMITÉ PERMANENTE DE SALUD PÚBLICA

El Comité Permanente de Salud Pública es el encargado de promover campañas de salud entre la población del estado de Chihuahua.

El Comité Permanente de Salud Pública, SCOPH (por sus siglas en inglés: Standing Committee on Public Health), es un Comité Permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

La función del Comité Permanente en Salud Pública es promover campañas de educación médica, diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades entre las comunidades de la población del estado de Chihuahua.

El objetivo del Comité Permanente de Salud Pública es brindar un campo de acción clínica y de investigación para los miembros SEMUACH, así como promover acciones locales en beneficio de la sociedad.

El Comité Permanente de Salud Pública está formado por un Oficial Local de Salud Pública y los Miembros Activos que trabajen en el proyecto.

El Oficial Local de Comité Permanente de Salud Pública será el encargado de llevar a cabo el control de todos los proyectos de atención integral en materia de salud que se desarrolle por los miembros de SEMUACH. Se le otorgara el título de Oficial Local de Salud Pública o LPO (por sus siglas en inglés; “Local Public Health Officer”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

Son obligaciones del Oficial Local de Salud Pública:

a) Elaborar, en conjunción con la Mesa Directiva, un proyecto de salud pública enfocado a la población del Estado de Chihuahua.

b) Establecer fechas para la realización de dicho proyecto.

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c) Velar por la continuidad de los proyectos establecidos y hacer las enmiendas necesarias. d) Llevar un control de los miembros enlistados en cada proyecto. e) Coordinar a los miembros de cada proyecto. f) Elaborar reportes de cada actividad realizada y con ellos una bitácora. Así como realizar presentaciones para la difusión de los resultados obtenidos. g) Establecer las relaciones pertinentes con los encargados de las organizaciones del sector salud, para poder llevar a cabo las prácticas y conseguir el material necesario para la realización de las mismas. h) Informar de todas sus decisiones a la Mesa Directiva de SEMAUCH. i) El oficial local en gestión debe asegurarse de que sus miembros activos tengan el conocimiento necesario para la participación efectiva dentro de cualquier actividad del comité.

Son atributos del Oficial Local de Salud Pública:

a) Seleccionar de los proyectos nacionales establecidos cuales realizará en el periodo de gestión. b)Convocar a los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la

UACH paraqué se integren a dicho comité. c) Nombrar representantes según la magnitud del proyecto. d) Ser apoyado por 1 asistente que éste elija o le sea asignado por la Mesa

Directiva.

Los requisitos para participar en un proyecto del Comité Permanente de Salud Pública son:

a) Ser alumno regular de cualquier año en la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

b) Ser miembro de SEMUACH

Las actividades que SEMUACH llevará a cabo en este comité, las realizará, de ser necesario, en coordinación con las autoridades de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, el Gobierno del Estado de Chihuahua, Secretaria de Salud, y Organizaciones que así lo requieran.

El título de Oficial Local en Salud Publica de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.6 DEL COMITÉ PERMANENTE DE SALUD REPRODUCTIVA Y SIDA

El Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA es el encargado de promover campañas informativas acerca de la salud reproductiva y el sida entre los alumnos d la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH y de la población en general.

El Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA, SCORA (por sus siglas en inglés: Standing Committee on Reproductive Health and AIDS), es un comité permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

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La función del Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA es promover campañas de educación sexual entre la población en general.

El objetivo del Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA es brindar educación a estudiantes y población en general sobre salud sexual.

El Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA está formado por un Oficial Local y los miembros que trabajen en el proyecto.

El Oficial Local de Salud Reproductiva y SIDA será el encargado de llevar a cabo el control de todos los proyectos de atención integral en materia de salud reproductiva y de prevención del SIDA que se desarrolle por los miembros de SEMUACH.

Se le otorgará el título de Oficial Local de Salud Reproductiva y SIDA o LORA (por sus siglas en inglés; “Local Officer on Reproductive Health and AIDS”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA

Son obligaciones del Oficial Local de Salud Reproductiva y SIDA:

a) Elaborar, en conjunción con la Mesa Directiva, un plan de trabajo en materia de salud sexual.

b) Establecer fechas para la realización de dicho plan. c) Velar por la continuidad de los proyectos establecidos y hacer las enmiendas

necesarias. d) Llevar un control de los miembros enlistados en este proyecto. e) Coordinar a los miembros de este proyecto. f) Elaborar reportes de cada actividad realizada y con estos formar una bitácora. g) Mediar la obtención de materiales necesarios para la difusión de la educación

sexual. h) Establecer las relaciones pertinentes con los encargados de las organizaciones

del sector salud para conseguir el material necesario para la realización de sus proyectos.

i) El oficial local en gestión debe asegurarse de que sus miembros activos tengan el conocimiento necesario para la participación efectiva dentro de cualquier actividad del comité.

Son atributos del Oficial Local de Salud Reproductiva y SIDA:

a) Convocar a los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH a su participación en cada proyecto.

b) Nombrar representantes dependiendo de la magnitud del proyecto. c) Ser apoyado por 1 asistente que éste elija o le sea asignado por la Mesa Directiva.

Los requisitos para participar en un proyecto del Comité Permanente de Salud Reproductiva y SIDA son:

a) Ser alumno regular de cualquier año de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH. b) Ser miembro de SEMUACH

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Las actividades que SEMUACH llevará a cabo a través de este comité, las realizará, de ser necesario, en coordinación con las autoridades de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, el Gobierno del estado de Chihuahua, Secretaría de Salud, y Organizaciones que así lo requieran.

El título de Oficial Local de Salud Reproductiva y SIDA de nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.7 DEL COMITÉ PERMANENTE DE EDUCACIÓN MÉDICA.

El Comité Permanente de Educación Médica es el encargado de promover campañas informativas, académicas, talleres de actualizaciones y programas para el mejoramiento en la docencia de la medicina entre los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

El Comité Permanente de Educación Médica, SCOME (por sus siglas en inglés: Standing Committee on Medical Education), es un Comité Permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

La función del Comité Permanente en Educación Médica es promover campañas de asesoramiento para la mejora del estudio de la medicina.

El objetivo del Comité Permanente de Educación Médica es brindar la oportunidad a los estudiantes de medicina de desarrollar técnicas de estudio que le permita crecer en los aspectos de ciencia y cultura que la carrera de Medicina permita.

El Comité Permanente de Educación Médica está formado por un Oficial Local y los miembros que trabajen en los proyectos.

El Oficial Local de Comité de Educación Médica será el encargado de llevar a cabo el control de todos los proyectos de atención integral en materia de educación médica que se desarrollen por los miembros de SEMAUCH.

Se le otorgara el título de Oficial Local de Educación Médica o LOME (por sus siglas en inglés) “Local Officer on Medical Education”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

Son obligaciones del Oficial Local de Educación Médica:

a) Elaborar, en conjunción con la Mesa Directiva, un plan de trabajo en materia de educación médica.

b) Establecer fechas para la realización de dicho plan. c) Velar por la continuidad de los proyectos establecidos y hacer las enmiendas

necesarias. d) Llevar un control de los miembros enlistados en este proyecto. e) Coordinar a los miembros de este proyecto. f) Elaborar reportes de cada actividad realizada y con estos una bitácora.

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g) Establecer las relaciones pertinentes con los encargados de las organizaciones del sector salud para conseguir el material o ponentes necesarios para la realización de sus proyectos.

h) El oficial local en gestión debe asegurarse de que sus miembros activos tengan el conocimiento necesario para la participación efectiva dentro de cualquier actividad del comité.

Son atributos del Oficial Local de Educación Médica:

a) Convocar a los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH a su participación en cada proyecto. b) Nombrar representantes dependiendo de la magnitud del proyecto. c) Ser apoyado por 1 asistente que éste elija o le sea asignado por la Mesa Directiva.

Los requisitos para participar en un proyecto del Comité Permanente de Educación Médica son:

a) Ser alumno regular de cualquier año de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

b) Ser miembro de SEMUACH

Las actividades que SEMUACH llevará a cabo en este comité, las realizará, de ser necesario, en coordinación con las autoridades de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, el Gobierno del estado de Chihuahua, la Secretaría de Salud, y Organizaciones que así lo requieran.

El título de Oficial Local de Educación Médica de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.8 DEL COMITÉ PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS Y PAZ

El Comité Permanente de Derechos humanos y Paz es el encargado de promover campañas para promover la adecuada aplicación de los Derechos Humanos, considerando para ello como su campo de trabajo a la sociedad Chihuahuense así como también los Estudiantes de Medicina de la Universidad Autónoma de Chihuahua.

El Comité Permanente de Derechos Humanos y Paz, SCORP (por sus siglas en inglés: Standing Committee on Human Rights and Peace), es un Comité Permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

La función del Comité Permanente de Derechos Humanos y Paz es promover la difusión de los Derechos Humanos entre la población, concientizar a la misma e informar acerca de los principales problemas en éste ámbito.

El objetivo del Comité Permanente en Derechos Humanos y Paz es brindar la oportunidad a los estudiantes de medicina sensibilizarse en lo referente a los problemas actuales donde los Derechos Humanos se ven quebrantados.

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El Comité Permanente de Derechos Humanos y Paz está formado por un Oficial Local y los miembros que trabajen en los proyectos.

El Oficial Local de Comité Permanente de Derechos Humanos y Paz será el encargado de llevar a cabo el control de todos los proyectos relacionados a Derechos Humanos que se desarrollen por los miembros de SEMAUCH.

Se le otorgara el título de Oficial Local de Derechos Humanos y Paz o LORP (por sus siglas en inglés “ Local Officer on Human Rights and Peace”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

Son obligaciones del Oficial Local de Derechos Humanos y Paz:

a. Elaborar, en conjunción con la Mesa Directiva, un plan de trabajo en materia de Derechos Humanos. b. Establecer fechas para la realización de dicho plan. c. Velar por la continuidad de los proyectos establecidos y hacer las enmiendas necesarias. d. Llevar un control de los miembros enlistados en este proyecto. e. Coordinar a los miembros de este proyecto. f. Elaborar reportes de cada actividad realizada y con estos una bitácora. g.Establecer las relaciones pertinentes con los encargados de las organizaciones del sector salud, Derechos Humanos, de la Mujer, entre otras, para conseguir el material o ponentes necesarios para la realización de sus proyectos. h. El oficial local en gestión debe asegurarse de que sus miembros activos tengan el conocimiento necesario para la participación efectiva dentro de cualquier actividad del comité.

Son atributos del Oficial Local de Derechos Humanos y Paz:

a. Convocar a los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH a su participación en cada proyecto. b. Nombrar representantes dependiendo de la magnitud del proyecto. c. Ser apoyado por 1 asistente que éste elija o le sea asignado por la Mesa Directiva.

Los requisitos para participar en un proyecto del Comité Permanente de Derechos Humanos y Paz son:

a) Ser alumno regular de cualquier año de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

b) Ser miembro activo de SEMUACH.

Las actividades que SEMUACH llevará a cabo en este comité, las realizará, de ser necesario, en coordinación con las autoridades de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, el Gobierno del estado de Chihuahua, Secretaría de Salud, y Organizaciones que así lo requieran.

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El título de Oficial Local de Derechos Humanos y Paz de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.9 DEL COMITÉ PERMANENTE EN PUBLICACIONES MÉDICAS

El Comité Permanente de Publicaciones Médicas es el encargado de coordinar las publicaciones físicas o electrónicas de SEMUACH.

El Comité Permanente de Publicaciones Médicas, SCOMP (por sus siglas en inglés: Standing Committee on Medical Publications), es un Comité Permanente de IFMSA y de AMMEF A.C.

La función del Comité Permanente en Publicaciones Médicas es difundir las actividades realizadas por los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la Universidad Autónoma de Chihuahua y los Miembros de SEMUACH.

El objetivo del Comité Permanente de Publicaciones Médicas es brindar la oportunidad a los estudiantes de medicina dar a conocer los proyectos realizados y los resultados de l os mismo, como un medio de proyectar el impacto causado en la sociedad chihuahuense y en los estudiantes mismos.

El Comité Permanente de Publicaciones Médicas está formado por un Oficial Local y los miembros que trabajen en los proyectos.

El Oficial Local del Comité Permanente de Publicaciones Médicas será el encargado de llevar a cabo el control de todos los proyectos publicaciones que se desarrollen por los miembros de SEMUACH.

Se le otorgara el título de Oficial Local de Publicaciones Médicas o LOMP (por sus siglas en inglés; “Local Officer on Medical Publications”), acorde con los estatutos de AMMEF A.C. e IFMSA.

Son obligaciones del Oficial Local de Publicaciones Médicas:

a) Elaborar, en conjunción con la Mesa Directiva, un plan de trabajo en materia de difusión social e informativa para beneficio de SEMUACH y las actividades que realice.

b) Realizar una proyección de las metas a cumplir durante su gestión. c) Velar por la continuidad de los proyectos establecidos y hacer las enmiendas

necesarias. d) Establecer las relaciones pertinentes con los encargados de las organizaciones

involucradas en la publicación. e) Invitar a los miembros del comité de investigación a la participación en

concursos de carteles y Revista y Publicaciones de revista.

Son atributos del Oficial Local de Publicaciones Médicas:

a) Convocar a los alumnos de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH a su participación en cada proyecto.

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b) Nombrar representantes dependiendo de la magnitud del proyecto. c) Ser apoyado por 1 asistente que éste elija o le sea asignado por la Mesa

Directiva.

Los requisitos para participar en un proyecto del Comité Permanente de Publicaciones Médicas:

a) Ser alumno regular de cualquier año de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH.

b) Ser miembro activo de SEMUACH.

Las actividades que SEMUACH llevará a cabo en este comité, las realizará, de ser necesario, en coordinación con las autoridades de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH, el Gobierno del estado de Chihuahua, Secretaría de Salud, y Organizaciones que así lo requieran.

El título de Oficial Local de Publicaciones Médicas de SEMUACH nunca deberá ser usado con fines de lucro, proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial y/o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

7.10 DE LA DIVISIÓN DE SOPORTE DE PROYECTOS

Se designará como Director Local de la División de Soporte de Proyectos o LPD (por sus siglas en inglés; “Local Projects Director”) al encargado de controlar la bitácora de proyectos realizados y a realizar en SEMUACH, así como de orientar a los miembros activos para la elaboración de proyectos metodológicamente adecuados. También será el encargado de realizar las actualizaciones pertinentes a los estatutos.

Son obligaciones del Director Local de la División de Soporte de proyectos de SEMUACH:

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH. b) Recibir las propuestas de proyectos por parte de cualquiera de los miembros

activos. c) Orientar a todo miembro activo que desee presentar nuevos proyectos a realizarlo adecuadamente y de la mejor manera posible, en conjunto con el Oficial del Comité cuyo proyecto se encuentre mayor relacionado. d) Obtener de los Oficiales Locales un informe de cada uno de los proyectos

realizados por los diferentes Comités de SEMUACH y presentarlos con el resto de la Mesa Directiva.

e) Llevar seguimiento de los proyectos y promover el adecuado desarrollo de los mismos.

f) Informar a los Oficiales Locales que deberán exponer a manera de presentación sus proyectos ante el Comité Local antes de ser presentados en una reunión nacional o internacional; de igual manera les invitará a participar en la Feria Nacional de Proyectos de la Asamblea Nacional.

g) Informar de todas sus actividades al Presidente de SEMUACH.

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h) Realizar un análisis DAFO de los proyectos realizados y hacerlos llegar al oficial o director local correspondiente.

i) Solo podrá reportar a la AMMEF A.C. actividades donde la participación de la división local de proyectos fue desde inicio a fin de la actividad realizada por algún comité permanente o división local.

Son atributos del Director Local de la División de Soporte de proyectos de SEMUACH:

a) Cuestionar a los coordinadores de los Comités Permanentes y a los Miembros Activos a cerca de sus proyectos a realizar.

b) Cuestionar objetivos, fechas, presupuestos y resultados de los proyectos. c) Cuestionar a los coordinadores de los Comités Permanentes y a los Miembros

Activos acerca de los avances en sus proyectos. d) Solicitar Periódicamente a los Oficiales Locales de los Comités Permanentes, los

avances de sus proyectos a realizar.

El proceso de análisis de los proyectos consta de los siguientes pasos:

a) El Oficial, Coordinador o encargado del proyecto entregará una copia de su protocolo a los integrantes de la Mesa Directiva, especialmente Presidente, Vicepresidentes y Analista de Proyectos. b) El Analista de Proyectos entregará al interesado un documento con las correcciones pertinentes hechas a los protocolos presentados, donde se incluyan los puntos de vista de la Mesa Directiva, así como la aprobación o negación de la realización de la actividad. c) El interesado deberá realizar las correcciones sugeridas por el analista de proyectos y presentar el proyecto corregido, con sus tres copias, en la reunión posterior a la entrega del análisis.

El análisis de los proyectos consistirá en tres partes esenciales, a saber de:

a) Estructura: Conformada por la revisión de los aspectos metodológicos del proyecto, la revisión ortográfica y redacción de los mismos.

b) Contenido: Conformado por todas las variables posibles de cada proyecto, así como el cumplimiento de las fechas y tiempos pertinentes, haciendo propuestas al respecto.

c) Especificaciones: El interesado deberá plasmar objetivos, misión y justificación, así como expresar todos los recursos requeridos para la realización de su proyecto

Para poder ser votado Director Local de la División de Soporte de Proyectos se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros activos o auto proponerse.

El Director Local de la División de Soporte de Proyectos solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH. No obstante, deberá participar activamente en las actividades realizadas.

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El Director Local de la División de Soporte de Proyectos, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo, pero no podrá ser analista de proyectos nuevamente.

7.11 DE LA DIVISIÓN DE SOPORTE DE ENTRENAMIENTOS

El Director Local de la División de Soporte de Entrenamientos o LTD (por sus siglas en inglés; “Local Trainings Director”) será el encargado de diseñar y presentar los nuevos entrenamientos para los diferentes comités permanentes y divisiones de soporte a realizar en SEMUACH, así como de orientar a los miembros activos para la elaboración de nuevos entrenamientos.

Son obligaciones del director local de la división de soporte de entrenamientos de SEMUACH.

a) Asistir a todas las reuniones de SEMUACH. b) Coordinar las sesiones de entrenamientos durante el periodo que dure su gestión. c) Coordinar los diferentes entrenamientos que marque el calendario oficial nacional así como los requeridos por el comité. d) Coordinar el handover de los oficiales locales entrantes con los salientes. e) Mantener una comunicación constante con los comités permanentes y directores para la obtención de materiales, métodos y apoyos en los entrenamientos que estén organizados por sus directores. f) Coordinar entrenamientos de liderazgo y habilidades que promuevan el desarrollo. g) Llevar seguimiento de los entrenamientos y promover el adecuado desarrollo de los mismos. h) Informar de todas sus actividades al Presidente de SEMUACH y reportarlas en tiempo y forma al Director Nacional de la División de Soporte de Entrenamientos (NTD).

Son atributos del director local de la división de soporte de entrenamientos de SEMUACH:

a. Cuestionar a los coordinadores de los Comités Permanentes y a los Miembros Activos a cerca de sus proyectos a realizar.

b. Cuestionar objetivos, fechas, presupuestos y resultados de los proyectos. c. Cuestionar a los coordinadores de los Comités Permanentes y a los Miembros

Activos acerca de los avances en sus proyectos. d. Solicitar Periódicamente a los Oficiales Locales de los Comités Permanentes, los

avances de sus proyectos a realizar.

Para poder ser votado director local de la división de soporte de entrenamientos se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros activos o auto proponerse.

El director local de la división de soporte de entrenamientos solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del

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Comité Local SEMUACH. No obstante, deberá participar activamente en las actividades realizadas.

El director local de la división de soporte de entrenamientos, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo, pero no podrá ser director de entrenamientos nuevamente.

7.12 DE LA DIVISIÓN DE SOPORTE DE NUEVAS TECNOLOGÍAS

La División de Soporte en Nuevas Tecnologías está encargada de promover el uso de nuevas tecnologías de la información y comunicación (NTICS) entre todos los estudiantes de medicina y miembros de la federación, además de ser responsable de mantener actualizada la página web, redes sociales y otros servicios digitales de SEMUACH.

Se considerará como Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC) a toda tecnología de reciente aparición capaz de mejorar la formación de los estudiantes de medicina y miembros de SEMUACH.

Funciones y Obligaciones del Director Local de la División de Soporte de Nuevas Tecnologías:

a) Crear y/o actualizar la página web de su comité local b) Crear y/o actualizar las redes sociales de su comité local c) Notificar en su página web, redes sociales y al Director de la División de Soporte en Nuevas Tecnologías acerca de conferencias, cursos o congresos con valor curricular y relacionados con algún tema médico que se realicen en su ciudad. d) Mantener estrecho contacto con el Director de la División de Soporte en Nuevas Tecnologías, así como elaborar un reporte de actividades bimensual con el formato que el DDSNT envíe. e) Realizar un reporte semestral informando sobre sus actividades realizadas.

Página WEB del comité local.

a) El DLNT deberá procurar tener y mantener una página web la cual puede ser basada en cualquiera de las plataformas disponibles gratuitas o con algún costo.

b) El objetivo de la página será tener un espacio para que se publique y se dé a conocer el trabajo realizado por los miembros del Comité local.

c) En la página se deberá incluir una sección con la historia del Comité con una semblanza del trabajo realizado

d) Dentro de la página deberá tener la información de contacto para los oficiales locales y mesa directiva del CL.

Para poder ser votado director local de la división de soporte de nuevas tecnologías se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros activos o auto proponerse.

El director local de la división de soporte de nuevas tecnologías solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del

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Comité Local SEMUACH. No obstante, deberá participar activamente en las actividades realizadas.

El director local de la división de soporte de nuevas tecnologías, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo, pero no podrá ser director de nuevas tecnologías nuevamente.

7.13 DE LA DIVISIÓN DE SOPORTE DE RELACIONES ESTUDIANTILES

La División de Relaciones Estudiantiles se encarga de mantener relaciones positivas y comunicación constante con los estudiantes de medicina dentro Comité Local, ideando mecanismo para el crecimiento de este.

El Director de Relaciones Estudiantiles o DLRE estará en trabajo conjunto con la mesa directiva del comité local y tendrá que identificar a los encargados de cada comité permanente.

Responsabilidades y derechos del Director Local de la División de Soporte de Relaciones Estudiantiles:

Reclutar estudiantes de medicina interesados en pertenecer a la federación. (brindar información sobre el proyecto AMMEF a los interesados en formar parte del comité local).

a. Orientar a los miembros activos en la elección del comité permanente al que se integrará según sus gustos, afinidades y habilidades buscando mejorar cada comité permanente.

b. Buscar mecanismos para mantener relaciones positivas dentro del comité local. c. Recibir y solucionar las quejas y sugerencias de los miembros activos. d. Aclarar las dudas del proyecto AMMEF con los miembros del comité local o

aspirantes. (Para ello puede apoyarse en los diferentes miembros del comité local) e. Tomar asistencia en cada una de las juntas oficiales para poder identificar a los

miembros que mantienen su estatus de activo dentro del comité local. f. Trabajar en conjunto con los oficiales locales para promocionar los proyectos de

cada comité y usar éstos proyectos para atraer la atención de las personas interesadas en formar parte del comité local.

g. Realizar contacto con hospitales, asociaciones y fundaciones externas para la realización de proyectos del comité.

h. Los directores locales de relaciones estudiantiles serán dirigidos por el director nacional de relaciones estudiantiles siendo éste último participe de la formación de los diferentes representantes de la DSRE a nivel local.

El director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles y el resto de Mesa Directiva y Oficiales serán electos durante el mes de Mayo o en la fecha que sea establecida por la Mesa Directiva previa, se realizara una votación cerrada entre los miembros con derecho a voto.

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Para poder ser votado director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles se debe cumplir con los requisitos previamente establecidos y ser propuesto verbalmente por alguno de los miembros activos o auto proponerse.

El director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles solo podrá ocupar el cargo durante su gestión, por lo tanto no podrá ocupar ningún otro cargo directivo dentro del Comité Local SEMUACH. No obstante, deberá participar activamente en las actividades realizadas.

El director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles, después de su gestión, podrá proponerse para ocupar algún otro cargo, pero no podrá ser director de relaciones estudiantiles nuevamente.

El director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles podrá ser removido de su cargo cuando falte al cumplimiento de sus obligaciones. La propuesta de remoción de cargo deberá ser hecha por la Mesa Directiva y analizando las faltas que hubiere cometido.

La remoción del director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles deberá ser sometida a consideración de los miembros activos y será aceptada únicamente cuando no exista una negativa directa o cuando la votación así lo determine.

Después de remover a un director local de la división de soporte de relaciones estudiantiles, deberá proponerse la elección de un nuevo analista de proyectos, con calidad de interino, durante la misma reunión y basados en los parámetros antes detallados.

CAPÍTULO 8

REGULACIONES DE LOS INTERCAMBIOS PROFESIONALES, DE INVESTIGACIÒN Y NACIONALES

Los requisitos para solicitar un intercambio nacional o internacional son

• Ser miembro activo de SEMUACH • En caso de no contar con este requisito, dirigir una carta al Presidente

exponiendo los motivos por los cuales desea obtener el intercambio y la solicitud será evaluada por mesa directiva.

• Contar con la participación de mínimo 3 actividades de alguno de los Comités Permanentes o Divisiones de Soporte

• Ser alumno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas • Hablar inglés, o el idioma que sea especificado en los requisitos del país al que se

aplica el intercambio. • Haber hospedado a un estudiante de intercambio, o en su caso firmar una carta

compromiso de hospedar a un incoming antes de realizar su intercambio. Si lo anterior no puede ser posible, pagar el monto aproximado perteneciente al hospedaje de un estudiante de intercambio.

• Al momento de que el Oficial Local reciba su documentación y se asigne la plaza, el estudiante tendrá la obligación de cubrir la cuota establecida por estatutos de la plaza de intercambio.

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Los pasos para aplicar a un intercambio nacional o internacional son:

a. El estudiante deberá entregar una solicitud al Oficial Local de Intercambio, la cual debe estar dirigida al presidente de SEMUACH.

b. En caso de pertenecer a un grupo estudiantil, presentar una carta del Presidente del mismo donde se respalde tal acción.

c. También deberá entregar una copia de su historial de calificaciones en el que se desglosen todos los años que la persona ha cursado, así como su promedio general.

d. Una vez entregada la documentación, se orientará al interesado en la elección de su destino de viaje, así como en las necesidades para tal y los consejos útiles para la realización del viaje.

e. Una vez entregada toda la documentación solicitada, se orientará al interesado en lo posible.

Los contratos de intercambio que serán firmados en SEMUACH, deberán ser de tipo bilateral y unilateral.

a) Bilateral, un estudiante de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH se traslade a una locación en el extranjero, un miembro de dicha locación vendrá a Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH para ocupar su lugar.

b) Unilateral, un estudiante de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH se traslade a una locación en el extranjero sin necesidad de que un estudiante de esa locación ingrese la Facultad d Medicina de la UACH. Esto implica que el estudiante de intercambio se adecue a los lineamientos de este tipo de contrato.

El alumno candidato a intercambio Internacional deberá ser el responsable de pagar todo su transporte al sitio de intercambio.

a) Deberá firmar un contrato comprometiéndose a lo previamente especificado.

Una vez en el sitio de intercambio, el alumno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH recibirá alojamiento, alimentación e instrucción teórica-clínica proporcionado por el Comité Local al cual sea aceptado, durante el tiempo que su intercambio dure.

En correspondencia, el alumno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH deberá ser el responsable de la consecución del alojamiento y alimentación del estudiante de importación.

Los objetivos de los intercambios nacionales e internacionales no son y nunca serán:

a. Proporcionar una forma de ganar dinero a los estudiantes. b. Vacacionar c. Fomentar en el estudiante la idea de desertar de su país de origen para residir de manera permanente en país que visita.

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Cada Oficial Local tiene la obligación de publicar la totalidad de las plazas entregadas al Comité Local por el Oficial Nacional de Intercambios que corresponda.

Las plazas serán repartidas a los miembros activos según la posición obtenida mediante el sistema de puntaje establecido para la repartición de plazas. En caso de tener plazas por repartir entre los miembros activos, los miembros no activos podrán ser candidatos de intercambio según lo establecido en estos estatutos.

De las ponderaciones para concurso por plazas de intercambios:

Se obtendrá determinada cantidad de puntos en base al siguiente sistema que considera:

a. Antigüedad.- Puntos obtenidos previamente en las actividades realizadas por cualquiera de los Comités Permanentes durante los años o semestres anteriores. b. Puntos de actividades.- Se consideran los puntos obtenidos durante un año de actividad previo al intercambio, en caso de tener puntos por antigüedad se hará una sumatoria de ambos. c. Actividades extracurriculares.- La mesa directiva en conjunto con los Oficiales de Intercambio determinarán el puntaje que se otorgará a aquellos miembros que desempeñen un papel en SAFMyCB, equipos representativos, Asambleas Nacionales previas, etc., según las aptitudes observadas en el miembro. d. El contenido del Kardex, servirá exclusivamente como se determina en el punto 8, párrafo 15, inciso b.

El puntaje otorgado a cada actividad realizada por los distintos Comités Permanentes será en base a las siguientes consideraciones:

a. Puntualidad del evento.- Otorgará 10/100 del puntaje total de la actividad. Se darán 15 minutos de tolerancia entre la hora especificada en el protocolo y la hora real de inicio del evento. Fuera de ese margen se descontarán puntos según el criterio de la Mesa Directiva. b. Asistencia del Público.- Otorgará 10/100 del puntaje total de la actividad. Se

tomará la relación de asistencia real al evento y la estipulada en el protocolo. c. Apego al protocolo.- Otorgará 30/100 del puntaje total de la actividad. Se

consideraran todas las especificaciones mencionadas en este y se comparan con la realidad.

d. Impacto.- Otorgara el 50/100 del puntaje total de la actividad. De éstos 50 puntos 25 serán otorgados por el promedio obtenido según la revisión de la Mesa Directiva y los demás Oficiales Locales. Los otros 25 puntos serán otorgados en base al promedio obtenido de la opinión del público.

Éstos 4 aspectos conforman los 100/100 puntos máximos que se pueden obtener por actividad. El puntaje real será dado a conocer al Oficial Local máximo 3 días después de la realización de la actividad, siendo la Mesa Directiva quien otorgue este puntaje.

Se obtendrán puntos Extras según la calidad del evento y se otorgará como recompensa un puntaje extra de:

a) 100 puntos al Oficial o Responsable de la actividad. Solo 1 por actividad, especificando el nombre del mismo en el protocolo.

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b) 50 puntos al Coordinador(es) de la actividad. No se podrán tener más de 3 Coordinadores y los nombres de estos, así como su tarea deberán ser especificados en el protocolo. c) 25 puntos a los Ayudantes. Éstos son todos aquellos que apoyaron en pequeños aspectos de la actividad. Especificar nombres y labor en el protocolo.

Todos estos aspectos serán considerados por la Mesa Directiva en especial Presidente y Analista de Proyectos.

La Ponderación total obtenida para Oficial, Coordinador o ayudantes será la suma de los puntos extras mencionados en el punto 8, párrafo 13, incisos a, b y c respectivamente más el puntaje general obtenido de la actividad mencionado en el punto 8, párrafo 11.

En caso de empate en puntajes entre dos o más candidatos se dará preferencia en el siguiente orden para escoger o alcanzar plaza:

a. Al alumno del año más próximo a graduarse. b. En caso de estar en el mismo año y nunca haber ido de intercambio se hará el desempate por promedio.

De los cobros por plazas de intercambios internacionales:

Para reservar la plaza de intercambio deberá cubrirse la cuota que corresponda al estatus de la persona que la solicita

La cuota base para cada plaza se establece según el estatus de la persona que la solicita.

a) El costo de la plaza de intercambio para un miembro de la Mesa Directiva de SEMUACH será de $2000 (Dos mil pesos 00/100M.N.) b) El costo de la plaza de intercambio para un Oficial Local o Director Local de SEMUACH será de $2200 (Dos mil doscientos pesos 00/100M.N. c) El costo de la plaza de intercambio para un asistente de Oficial o Director Local de SEMUACH o integrante de algun equipo nacional de la AMMEF A.C. será de $2350 (Dos mil trescientos cincuenta pesos 00/100M.N.) d) El costo de la plaza de intercambio para un Miembro Activo será de $2500 (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) e) El costo de la plaza de intercambio para un Estudiante de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH sin estatus de Miembro Activo será de $3500 (Tres mil quinientospesos00/100M.N.)

*En caso de que algún estudiante que haya tenido un cargo oficial en alguna gestión pasada (Mesa directiva, Oficiales y Directores Locales y Consejo Supervisor) que ya se encuentre inactivo en SEMUACH solicite una plaza de intercambio y la obtenga, entrará en la cuota del inciso c.

En caso de plazas consideradas difíciles de vender a criterio del oficial local de intercambios y de mesa directiva, se considerara la reducción del precio base de la plaza

De los cobros por plazas de intercambios nacionales.

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Para reservar la plaza de intercambio deberá cubrirse la cuota de intercambio que corresponde a la siguiente manera:

a) El costo de la cuota de intercambio para un Oficial o director Local o miembro de la Mesa Directiva de SEMUACH será de $250 (Doscientos cincuenta pesos 00/100M.N.)

b) El costo de la cuota de intercambio para un Miembro Activo será de $350 (Trescientos cincuenta pesos 00/100 M.N.)

c) El costo de la plaza de intercambio para un Estudiante de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH sin estatus de Miembro Activo será de $500 (Quinientos pesos 00/100 M.N.)

Todo aquel estudiante que se le asigne una plaza de intercambio nacional deberá cubrir la cuota de intercambio y una cuota extra de $300 (Trescientos pesos 00/100 M.N.) para el apoyo del hospedaje y transporte de los intercambios nacionales que reciba SEMUACH, pagos que deberán realizarse en la fecha que el Oficial Local de Intercambios establezca.

*La cuota de hospedaje se manejara de acuerdo a lo que establezca el Comité Permanente de Intercambios Nacionales de la AMMEF A.C.

En caso de cancelar la plaza una semana antes de realizar su intercambio no se reembolsará el dinero de la cuota recibida y se destinará al capital de SEMUACH. En caso de cancelar la plaza dos semanas antes de realizar su intercambio se reembolsará el 50% del dinero de la cuota recibida y el resto se destinará al capital de SEMUACH. En caso de cancelar la plaza tres semanas antes de realizar su intercambio se reembolsará el 75% del dinero de la cuota recibida y el resto se destinará al capital de SEMUACH.

En caso de cancelación de la plaza por situaciones propias de SEMUACH o el comité receptor, se reembolsara el 100% del dinero de la cuota recibida.

En caso de que el intercambio no sea aceptado se regresará íntegramente la cantidad que el solicitante haya pagado bajo este concepto.

El dinero obtenido bajo el concepto cuota de intercambio será utilizado para cubrir los costos propios del trámite y aquellos generados con AMMEF A.C. en primera instancia. El resto se destinará al capital de SEMUACH para su uso posterior en los fines que a este convenga.

Sanciones:

Se le negará el derecho de solicitud de intercambio en cualquier comité permanente a Oficiales Locales o miembros de la Mesa Directiva que hayan fallado en cumplir sus deberes como su puesto lo requiera. Todo esto con aprobación de la Reunión General.

A miembros activos que hayan dejado de participar en sus comités permanentes sin previo aviso y que soliciten intercambio en cualquier comité permanente se les restarán 70 puntos del total de su ponderación.

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La suspensión de un intercambio se efectuará cuando el estudiante de importación falte a las normativas contenidas en los estatutos de SEMUACH, en la constitución de AMMEF A.C., en el Reglamento Interno de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas, la ley orgánica de la UACH, en la constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

Son atributos del Oficial Local de Intercambio:

a. Reportar las anomalías que se presenten en un intercambio de importación. b. Elaborar propuestas de finalización de intercambios a la Mesa Directiva de

SEMUACH cuando existan motivos suficientes. c. Asistir a las reuniones Nacionales e Internacionales de Oficiales Locales y Nacionales

de Intercambio. d. Proporcionar al outgoing su respectivo handbook.

La Comisión de Anfitriones será la encargada de vigilar la adecuada estancia de los participantes Nacionales e Internacionales que acudan a la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH. Lo anterior consiste en:

a. Recoger a los estudiantes en el aeropuerto y/o central de autobuses o el lugar de arribo a la ciudad de Chihuahua. b. Organizar un programa social para el estudiante de importación, en el que deben incluirse las tradiciones y costumbres de México y del estado de Chihuahua. c. Promover la adecuada integración del estudiante de importación en las actividades académicas y clínicas. d. Ayudar al estudiante de importación a resolver sus dudas con respecto al transporte y la alimentación, así como resolver las necesidades de éste. e. Llevar al estudiante de importación de nuevo al aeropuerto y/o central de autobuses o lugar de partida de la ciudad de Chihuahua.

CAPÍTULO 9

DE LAS ASAMBLEAS NACIONALES

Para asistir a una Asamblea Nacional de la AMMEF A.C. Los delegados de SEMUACH interesados deberán responder a la convocatoria lanzada por el Presidente en donde se incluirán los puntos siguientes de este capítulo.

9.1 EL PROCESO DE SELECCIÓN SE ORIENTARA EN BASE AL MANUAL OPERATIVO CORRESPONDIENTE, TENIENDO COMO PRIORIDAD:

1. Presidente o jefe de delegación. 2. Vicepresidente. 3. Oficiales de intercambios. 4. Oficiales locales o directores y miembros de equipos nacionales. 5. Mesa directiva. 6. Consejo supervisor. 7. Miembro activo. 8. Estudiante de la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas UACH.

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La totalidad del costo económico que conlleva el registro del Presidente o jefe de delegación, será cubierto por el comité permanente en caso de ser necesario, para llevarlo a cabo deberá enviar una carta solicitud a consejo supervisor el cual es el encargado del estatus de la misma.

No se aprobará la inscripción y registro de ningún delegado extra si no fue sometido a análisis previo por Mesa Directiva y Oficiales Locales.

En caso de que haya más interesados en asistir y se haya llegado al límite del cupo, los no seleccionados tendrán un lugar en la lista de espera teniendo la posibilidad de ser delegado si alguno de los seleccionados cancela o no cumple con su pago. '

En caso que el Presidente no pueda asistir, el Vicepresidente tomara la responsabilidad de la delegación y será su facultad hacerse cargo la misma.

En caso que alguno de los Oficiales Nacionales de Comités Permanentes Internacionales (SCOPE, SCORE, SCOPH, SCORA, SCORP, SCOME) no pueda asistir a la Asamblea correspondiente, un miembro del Comité Permanente correspondiente deberá ocupar su lugar en la lista de delegados no importe el lugar que ocupe en la lista de espera.

Son Obligaciones de los delegados de SEMUACH Durante las Asambleas:

a) Cancelar su participación con el Presidente en caso de no poder asistir. b) Asistir a las reuniones convocadas por el Presidente o Jefe de Delegación. c) Informarse sobre los acontecimientos a tratarse en las Sesiones Plenarias. d) Asistir al 100% de las Sesiones Plenarias. e) Asistir al 100% de las sesiones convocadas por sus Oficiales Nacionales

correspondientes. f) Representar dignamente a SEMUACH ante AMMEF A.C. g) Cumplir con las tareas encomendadas por el Presidente o Jefe de Delegación,

relacionadas con el mejor desempeño de la delegación. h) Todos los delegados, en especial los oficiales locales deberán entregar un reporte

individual donde especifiquen las funciones desempeñadas y los resultados obtenidos, durante la Asamblea correspondiente. a. El reporte deberá de ser entregado en un plazo no mayor a un mes después de

finalizada la Asamblea. b. De no entregarse dicho reporte, se presentará una queja al Consejo Supervisor una

semana después de la fecha límite para la entrega del reporte para determinar la sanción correspondiente en un término no mayor a dos semanas después de recibida.

CAPÍTULO 10

COMISIÓN DE ANFITRIONES

10.1 DE LA COMISION DE ANFITRIONES

La Comisión de Anfitriones será la encargada de vigilar la adecuada estancia de los participantes Nacionales e Internacionales que acudan a la Facultad de Medicina y Ciencias Biomédicas de la UACH. Lo anterior consiste en:

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a) Recoger a los estudiantes en el aeropuerto y/o central de autobuses o el lugar de arribo a la ciudad de Chihuahua. b) Llevar a cabo el programa social planificado por el Oficial Local de Intercambio correspondiente, para el estudiante de importación, en el que deben incluirse las tradiciones y costumbres de México y del estado de Chihuahua. c) Promover la adecuada integración del estudiante de importación en las actividades académicas y clínicas. d) Ayudar al estudiante de importación a resolver sus dudas con respecto al transporte y la alimentación, así como resolver las necesidades de éste. e) Llevar al estudiante de importación de nuevo al aeropuerto y/o central de autobuses o lugar de partida de la ciudad de Chihuahua. f) La comisión de anfitriones no tiene límite de integrantes, todos ellos deben ser miembros activos B

CAPÍTULO 11

DIVERSOS

El miembro que incurra en la violación de los estatutos, será automáticamente dado de baja de la organización.

La persona que atente en contra de la estabilidad grupal de SEMUACH, o constituya grupos separatistas, será dada de baja de la sociedad.

Los cambios a los estatutos se efectuarán dentro de las reuniones, previa propuesta directa por parte de algún miembro activo de SEMUACH, cualquier cambio será sometido al reglamento de abordaje de problemas, expresado en el capítulo de reuniones. Será responsabilidad del Analista de Proyectos asentar los cambios a los estatutos.

En caso de disolución de la Federación Médico Estudiantil de Chihuahua, el último presidente electo será el encargado de resolver las situaciones legales que se hayan suscitado como causa o consecuencia de la disolución, sin perjuicio del nombramiento de los liquidadores correspondientes.

SEMUACH procede de FEMEC A.C., por lo tanto, le es donado su estatus actual frente a la AMMEF A.C.

CAPÍTULO 12

REPORTES

Los reportes fungirán, ante mesa directiva y AMMEF A.C., como evidencia de la realización de cualquier proyecto o actividad de un comité permanente o división de soporte.

Los reporten tendrán un formato libre a considerar por cada oficial local. Sin embargo, deberá contener los siguientes puntos de manera obligatoria:

a) Título. b) Logotipo de SEMUACH. c) Logotipo del comité permanente o división de soporte.

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d) Fecha, lugar y hora de la actividad. e) Tipo de actividad. f) Responsable. g) Colaboradores. h) Descripción de la actividad. i) Número total de beneficiados. j) Número de asistentes. k) Comentarios

Los reportes deberán ser entregados de manera mensual, teniendo como fecha límite 1er día natural después de finalizado el mes que se realizó la actividad.

Los reportes deberán ser enviados por medio del correo oficial a Presidente y a Director Local de Proyectos.

Cualquier actividad que no sea reportada o no sea reportada en tiempo y forma No será considerada como efectiva y no será contemplada dentro de los reportes nacionales.

Los oficiales y directores locales deberán enviar una lista de asistencia al Director Local de Relaciones Estudiantiles dentro del lapso establecido anteriormente. Dicha lista deberá contener:

a) Nombre completo del asistente. b) Grupo. c) Comité al que pertenece. d) Cargo que desempeña dentro del comité.

CAPÍTULO 13

CONSEJO SUPERVISOR

El consejo supervisor estará conformado por dos o tres miembros que hayan sido:

a) Miembros de la mesa directiva. b) Oficial Local o Director Local.

Ninguna de estas personas deberá estar comprometida con ningún otro cargo dentro del Comité Local.

Elección de los miembros del consejo supervisor.

a) Los candidatos a formar parte del consejo supervisor podrán y deberán ser propuestos por los miembros salientes de este consejo, mesa directiva o miembro activo con derecho a voto.

b) Los candidatos deberán ser aprobados por la mesa directiva. c) Se cambiarán anualmente los miembros del consejo supervisor durante el mes de

mayo junto con la Mesa Directiva y Oficiales Locales. d) Ningún miembro del consejo supervisor podrá reelegirse, auto-proponerse o ser

propuesto nuevamente como consejo supervisor, sin embargo podrá ocupar algún otro cargo que no haya ocupado previamente.

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e) Los miembros del Consejo Supervisor deberán recibir una copia de las minutas de las reuniones presenciales o virtuales que se realicen, como máximo dos semanas después del término de éstas y será el responsable de la revisión de las mismas.

Son atributos del Consejo supervisor:

a) Podrá emitir un reporte de aceptación o rechazo a las propuestas, proyectos o actividades realizadas por algún miembro activo, oficial local o integrante de la mesa directiva.

b) Proponer una sanción en caso de que lo crea conveniente a cualquier miembro si su acción lo amerita; la aplicación o no de dicha sanción será determinada por la Mesa Directiva.

c) Cualquier miembro activo, oficial o integrante de la Mesa directiva podrá requerir del Consejo Supervisor en la investigación de cualquier estatuto, acción de algún otro miembro, etc. para establecer la condición de su sanción.

d) En el momento en el que el Consejo Supervisor determine que algún miembro de la mesa directiva, Oficial, o Miembro activo no ha actuado de acuerdo a sus deberes y responsabilidades, deberá notificar al resto de la Mesa directiva y Oficiales Locales sus hallazgos en un lapso de una semana. Proponiendo una solución al problema.

CAPÍTULO 14

MIEMBRO HONORARIO

Un miembro honorario es aquella persona electa por la Reunión General, a la cual, por su trabajo incomparable realizado en la sociedad, se le otorga el beneficio de asistir a las Reuniones Generales aún después de concluido su periodo como estudiante de medicina y sin pertenecer en ese momento a un Comité Local.

El estatus de miembro honorario solo pueden adquirirlo los médicos titulados.

El estatus de miembro honorario es permanente.

El procedimiento para postular a un nuevo Miembro Honorario será mediante la entrega de una propuesta, misma que debe ir firmada y sellada por el Presidente del Comité Local y acompañada del Currículum vitae dentro de la IFMSA de la persona en cuestión.

Se considerará a una persona como Miembro Honorario de SEMUACH después de haber obtenido la mayoría absoluta de votos en una Asamblea General Ordinaria.

CAPÍTULO 15

SANCIONES

Todo aquel Miembro, que incurra en una violación de los estatutos de SEMUACH, ya sea con el incumplimiento de sus deberes o con faltas graves, será acreedor a cualquiera de las siguientes sanciones:

a) Amonestación verbal b) Amonestación por escrito. c) Sanción económica según lo establezca el tesorero local y la DLRE (de 1 a 6

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salarios mínimos). d) Pérdida del derecho a voto durante reunión general. e) Pérdida del estatus de Miembro Activo. f) Suspensión temporal de la Sociedad. g) Veto definitivo de la Sociedad.

Dichas sanciones deberán ser sugeridas en base a investigación previa por parte del consejo supervisor y aprobadas por la Mesa Directiva, de acuerdo a la magnitud de la falta cometida

CAPÍTULO 16

ORGANIGRAMA

LEO

CONSEJO

SUPERVISOR

MIEMBRO HONORARIO

LORE

LONE

LPO

LORA

LOME SECRETARIA

GENERAL

VAI

LORP

TESORERO

VAE

LOMP

LPD

LTD

DLRE

DLNT

PR

ESID

ENTE

ASI

STEN

TES

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CAPÍTULO 17

NOMBRAMIENTO DE MESA DIRECTIVA Y OFICIALES LOCALES

Los integrantes de la Asociación, por unanimidad, toman los siguientes acuerdos:

a) La sociedad será administrada por una Mesa Directiva, con las facultades y poderes que se señalan en estos estatutos y con los que acuerde la Asamblea General de Asociados b) La Mesa Directiva quedará integrada de la siguiente forma, según acuerdo unánime de los asociados reunidos:

PRESIDENTE: LUIS ARTURO CAMACHO SILVA VICEPRESIDENTE DE ASUNTOS INTERNOS: DAVID ALEJANDRO MONTES ULLOA VICEPRESIDENTE DE ASUNTOS EXTERNOS: FERNANDO ABEL MORALES AGUILAR SECRETARIA GENERAL: KATHYA GUADALUPE GONZÁLEZ CERVANTES TESORERO: MONICA MARÍA FLORES ENÍQUEZ CONSEJO SUPERVISOR: FRANCISCO ALEJANDRO CASTILLO PORTILLO, ROXANA GALVÁN SUÁREZ, ALEJANDRA GONZÁLEZ RODRÍGUEZ.

c) El cuerpo de Oficiales Locales quedará integrado de la siguiente forma, según acuerdo unánime de los asociados reunidos

LEO IN:LUIS CARLOS TARÍN GARCÍA LEO OUT: VILMA JENNIFER PAREDES RENTERÍA LORE: RAQUEL ELVIRA URANGA BARRANDEY LONE: JESSICA ANNAIS MARIÑELARENA BATISTA LPO: YAELI ESTAFANÍA VALENZUELA ALDABA LORA: EMILIO CONTRERAS DÍAS DE LEÓN LOME: AARÓN ANDRÉS MILBURN ROJAS LOMP: LUIS DANIEL PÉREZ DUARTE LPD: JOSÉ OSCAR NÚÑEZ GAITÁN LTD: DAVID ALEJANDRO MONTES ULLOA DLRE: LUISA FERANDA CUERVO OLERVIDES DLNT: CARMEN ARACELY MURILLO RAMOS

Los integrantes de la Mesa Directiva y Oficiales Locales tendrán las facultades, derechos y obligaciones que se señalan en estos estatutos y además las que les correspondan conforme con estos estatutos y las disposiciones legales aplicables.

Por unanimidad de los asociados, estos acuerdan otorgar a favor del Presidente de la Mesa Directiva las siguientes atribuciones, poderes y facultades.

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CAPÍTULO 18

REDES SOCIALES Y COMUNICACIÓN DIGITAL

18.1 Medios Oficiales

El uso de Redes Sociales y Medios de Comunicación Digital será considerado de carácter oficial.

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18.1.1 Redes Sociales

Los links oficiales correspondientes son: https://www.facebook.com/groups/1462729100693641/

18.1.1.1 Condiciones de uso

Serán medios de difusión pública de información correspondiente a las actividades llevadas a cabo dentro de SEMUACH. Las personas con conocimiento de las contraseñas de dichos medios, así como responsables de su actualización constante son: Mesa Directiva y DLNT.

18.1.2 Grupo de Facebook

Es el grupo de difusión de información masivo de uso principal de Mesa Directiva hacia Miembros Activos.

Este deberá mantenerse en carácter de grupo cerrado y las únicas personas con autorización de aceptar nuevas personas a dicho grupo serán los miembros correspondientes a la Gestión en turno.

18.1.3 Grupos de WhatsApp

Los grupos de WhatsApp correspondientes tanto a la Mesa Directiva, Gestión y Comités Permanentes o Divisiones de Soporte serán considerados como medios de comunicación oficial.

Aquellas personas con derecho a fungir como administradores de los grupos serán aquellos que ocupen el cargo más alto según el organigrama de SEMUACH. En el caso de los grupos correspondientes a los Comités Permanentes y Divisiones quedara a cargo de los Oficiales y Directores Locales, así mismo quedará a consideración de ellos nombrar como administrador a su Asistente o algún otro Miembro Activo.

18.1.3.1 Condiciones de uso

La información compartida dentro de los grupos de WhatsApp será de forma exclusiva relacionada con las actividades de SEMUACH.

La información será enfocada a los lineamientos de cada grupo, así mismo como a la perspectiva de necesidad de comunicación por parte de los administradores.

Cualquier acción de proselitismo político que se lleve a cabo dentro de los grupos se analizará de forma directa con Consejo Supervisor.

Cualquier otra información compartida no considerada de importancia será motivo de amonestación.

18.1.4 Correos Electrónicos Oficiales

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Con fines de comunicación, envió de documentos, entre otras, cada miembro de la Gestión en turno contará con un correo oficial, que este tendrá incluso registro en AMMEF A.C.

El correo deberá transferirse íntegro y sin alegaciones al candidato electo para la siguiente gestión.

18.2 Condiciones de Uso Generales

Las publicaciones en cada uno de los medios antes mencionados no deben ser utilizadas proselitismo político y/o religioso, publicitario comercial o con fines particulares que no sean de beneficio para SEMUACH.

Toda información compartida quedará registrada y podrá utilizarse como evidencia para Consejo Supervisor en caso de cualquier incumplimiento con los Estatutos de SEMUACH.