Estatuto Undac - Vigente 2013

download Estatuto Undac - Vigente 2013

of 125

Transcript of Estatuto Undac - Vigente 2013

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    1/125

    ESTATUTOAprobado por Resolucin de Asamblea Universitaria

    N 022-2012-UNDAC-A.U.de fecha 19 de noviembre del 2012

    Cerro de Pasco, noviembre del 2012.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    2/125

    NDICEPRESENTACIN... 05CAPTULO I: Definicin, marco legal y mbito......... 09CAPTULO II: Modelo y doctrina filosfica... 11

    De los principios. 11De los fines, misin y visin...... 12Del patrimonio de la Universidad. 14De su constitucin y funciones.. 15

    CAPTULO III: Emblemas, honores y ceremonias.... 17Del escudo.... 17De la bandera.. 18Del sello.... 18De la medalla Carrin.. 18Del lema 19De las distinciones y honores... 19

    Del doctorado Honoris Causa... 19CAPTULO IV: De la Autonoma Universitaria... 20CAPTULO V: Estructura acadmica. 22

    De las Facultades.. 23De las Escuelas de Formacin Profesional... 27De las Sedes y Filiales.. 27De los Departamentos Acadmicos.. 28De la Escuela de Post Grado..... 28Vicerrectorado de Investigacin. 30De los Institutos y Centros de Ciencia, Tecnologa

    e Innovacin..........................................................................31Del Instituto de Extensin y Proyeccin Social... 32De los Centros Experimentales y de Produccin....... 32Del programa de Educacin Virtual.... 33Del programa de Educacin Continua... 33

    CAPTULO VI: De la estructura orgnica de la UNDAC.... 35De la Asamblea Universitaria.... 36Del Consejo Universitario... 36Dependencias del Rectorado.. 36Comisin Central de Inspeccin y Control... 37Control Institucional. 37

    Gerencia General de Administracin.. 38rganos de Asesoramiento. 39Oficina General de Asesora Jurdica.. 39Oficina General de Calidad Universitaria.... 39rganos de Apoyo.. 40Secretara General. 40Oficina General de Relaciones Pblicas e ImagenInstitucional................................................................................ 41Oficina General de Informtica y Estadstica... 42Dependencias del Vicerrectorado Acadmico 43rganos de Lnea......... 43Oficina General de Pedagoga Universitaria.. 43

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    3/125

    Oficina General de Currculo 43Oficina General de Registros Acadmicos 44Oficina General de Admisin 45Oficina General de Laboratorios Pedaggicos. 46

    Oficina General del Sistema de Bibliotecas. 46Del Museo de la Universidad 48Dependencias del Vicerrectorado de Investigacin... 48Instituto Central de Investigacin... 48Instituto Central de Extensin Universitaria y ProyeccinSocial. 50Direccin General de Cooperacin y Asuntos Internacionales.. 50Dependencias de la Gerencia General de Administracin.. 51rganos de Lnea.. 51Oficina de Planificacin y Presupuesto. 52Oficina de Economa y Finanzas. 52

    Oficina de Recursos Humanos. 53Oficina de Bienestar Universitario.. 54Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares............ 54Oficina de Produccin. 55Oficina de Proyectos y Construcciones. 55

    CAPTULO VII: rganos de Nivel Descentralizado.. 57rganos de apoyo de las Facultades.. 57rganos de asesoramiento de las Facultades. 57

    CAPTULO VIII: De los rganos de Gobierno de la Universidad 58De la Asamblea Universitaria... 58

    Del Consejo Universitario.. 64Del Rector 68De los Vicerrectores.. 70Del Consejo de Facultad. 71Del Decano.. 74Del Consejo Directivo de Post Grado.. 76Del Director de la Escuela de Post Grado. 77De las Sedes y Filiales 79De la Direccin General de Filiales y Sedes. 79

    CAPTULO IX: De los requisitos de eleccin y vacancia deautoridades.. 81

    CAPTULO X: Admisin, Estudios, Grados Y Ttulos.. 83Del Centro Pre Universitario.. 85De la matrcula 86Del rgimen de estudios.. 86

    CAPTULO XI: De la docencia. 89Del ingreso a la docencia 89De las clases, categoras y dedicacin de los docentes. 89De los docentes ordinarios. 90De los docentes contratados.. 92De los jefes de prcticas y ayudantes de ctedra... 92De los profesores extraordinarios 93De la evaluacin para la ratificacin y promocin de docentes. 94

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    4/125

    CAPTULO XII: De los derechos y deberes de los Docentes ordinarios.... 95CAPTULO XIII: De los estmulos 98CAPTULO XIV: De las incompatibilidades, prohibiciones

    y sanciones de los Docentes. 100

    CAPITULO XV: De la naturaleza, deberes, derechos y estmulosde los estudiantes... 104CAPITULO XVI: Deberes y derechos de los graduados.... 110CAPTULO XVII: Del personal administrativo.. 113CAPTULO XVIII: De la produccin. 115CAPTULO XIX: Del bienestar universitario. 116CAPTULO XX: Del rgimen econmico. 117CAPTULO XXI: Del Comit Electoral. 121

    Disposiciones Transitorias. 123Disposiciones Finales.. 124Miembros Comisin Estatutaria 125

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    5/125

    PRESENTACIN

    La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin, ubicada en la cima

    de los andes centrales del Per; Alma Mter de la Educacin

    Superior en la Regin Pasco, inici sus actividades acadmicas hace

    cincuenta y dos aos, con la finalidad de desplegar una slida

    formacin profesional, tica, humanstica y acadmica en los jvenes

    de la regin y del pas, Cuenta con el talento humano de docentes y

    personal administrativo, que, comprometidos, prestan su

    contingencia con su esfuerzo por brindar lo mejor de s en bien de

    nuestra institucin y por ende, de la Nacin.

    La Magna Asamblea Universitaria, conforme a los cambios

    estructurales y de funcin organizacional, aprob en su seno,

    algunas modificaciones de su articulado; con el objetivo que las

    autoridades, docentes, estudiantes, funcionarios y trabajadores

    administrativos, conozcan, difundan y apliquen su contenido.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    6/125

    El presente documento normativo, constituye el pilar del desarrollo

    acadmico, investigativo y administrativo, cuyos lineamientos son

    la expresin del sistema como la meritocracia, la eficiencia, la

    eficacia y la excelencia, las mismas que deben ser empoderadas

    prioritariamente por quienes formamos parte de la comunidad

    carrionina, para hacer realidad el desarrollo de nuestra institucin y

    brindar un optimizado servicio educacional.

    Quiero expresar, mi sincero reconocimiento a los miembros de la

    Asamblea Universitaria, de la Comisin Estatutaria y al equipo

    tcnico, quienes lograron plasmar el presente Estatuto, que servir

    de gua para orientar la vida acadmica y administrativa de nuestra

    institucin.

    Dr. Ricardo Arturo GUARDIAN CHAVEZRector

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    7/125

    LEY N 15527UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL A. CARRIN

    RAMIRO PRIAL, PRESIDENTE DEL CONGRESO.- POR CUANTO:El Congreso ha dado la Ley

    siguiente: EL CONGRESO DE LA REPBLICA PERUANA.- Ha dado la Ley siguiente:ARTCULO PRIMERO.- La filial universitaria que funcionando en el Departamento de Pasco, integra laUniversidad Nacional del Centro del Per se convierte en la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrinde Pasco, sujeta al rgimen de la Ley No. 13417.- ARTCULO SEGUNDO.- La Universidad NacionalDaniel Alcides Carrin de Pasco estar integrada por las Facultades de Ingeniera de Minas, Educacin yCiencias Econmicas, as como por las dems Facultades, Institutos, Escuelas y organismos de extensin

    cultural que la autoridad universitaria establezca.- ARTCULO TERCERO.- Los fines de la UniversidadNacional Daniel Alcides Carrin de Pasco, entre otros son los siguientes: a) La formacin humanstica ypedaggica de docentes que estn capacitados para colaborar en la resolucin del problema educacional delindgena, tanto en los nios como en los adultos. b) Promover la investigacin cientfica y tecnolgica para

    lograr el mayor desarrollo social y econmico de la regin central de la Repblica, as como el mejoraprovechamiento de los recursos naturales del Departamento de Pasco. c) La difusin de los conocimientos

    necesarios para la elevacin de los niveles de vida de los habitantes de la regin; y d) La formacin detcnicos de grado superior y medios, as como la capacitacin de obreros en labores propias de la regin.-ARTCULO CUATRO.- La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin de Pasco, establecer centrosde capacitacin para obreros, destinados a formar obreros especializados y tcnicos artesanales.-ARTCULO QUINTO.- Constituyen rentas de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin de Pasco:a) Las que en la actualidad corresponden a la ex filial de Pasco.- b) Los ingresos que perciben por razn dederechos que abonen sus alumnos y por los trabajos cientficos y tcnicos que realicen.- c) Los legados y

    donaciones que le hagan y el producto de los bienes de las fundaciones que se constituyan a su favor.- d)Las partidas que le asignen anualmente en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central; y e) La ayudaeconmica que le brinden los organismos internacionales de promocin cultural y econmica.- ARTCULOSEXTO.- La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin de Pasco, como persona jurdica de DerechoPblico Interno, est autorizada para contratar con organismos nacionales e internacionales, prstamos paradotarse de los medios necesarios.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Primera.- En tanto se realice laadaptacin al rgimen de la Ley No13417, la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin de Pasco,conservar su actual estructura acadmica, administrativa y econmica.- Segunda.- El actual ConsejoUniversitario que gobierna el Claustro Universitario, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13417 y, en

    el trmino de treinta das, a partir de la fecha de promulgacin de la presente ley, formular y aprobar losestatutos de la Universidad.- Tercera.- La eleccin del Rector y Vicerrector se har por AsambleaUniversitaria, convocada para ese objeto dentro de los treinta das siguientes de la aprobacin de los

    estatutos.- Al trmino del primer ao debern estar constituidos todos los organismos de gobierno de la

    Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin de Pasco.- Cuarta.- Los docentes que en la actualidadsirven al Claustro Universitario de Pasco, regularizarn su situacin acadmica de conformidad con la Ley

    No 13417, en el trmino de tres aos. Comunquese al Poder Ejecutivo para su promulgacin. Casa deCongreso, en Lima, a los treinta das del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco.RAMIRO PRIAL, Presidente del Senado.- VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cmara de

    Diputados. LEONIDAS CRUZADO QUIROZ, Senador Secretario.- WASHINGTON ZUIGATRELLES, Diputado Secretario.- Al Seor Presidente Constitucional de la Repblica.POR TANTO,No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lodispuesto en el artculo 129 de la Constitucin, mando se publique y se comunique al Ministerio deEducacin Pblica, para su cumplimiento. Casa de Congreso, en Lima a los doce das del mes de abril de milnovecientos sesenta y cinco.RAMIRO PRIAL, Presidente del Congreso.- TEODORO BALAREZO LIZARZABURU, SenadorSecretario del Congreso.- WASHINGTON ZUIGA TRELLES, Diputado Secretario del Congreso.Lima veintitrs de abril de mil novecientos sesenta y cinco.- CMPLASE, COMUNQUESE,REGSTRESE y ARCHVESE.- General de Brigada ERNESTO MONTAGNE SANCHEZ, Ministro deEducacin Pblica.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    8/125

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    9/125

    CAPTULO I

    DEFINICIN, MARCO LEGAL Y MBITO

    Artculo 1 La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin, es unaentidad de Educacin Superior del Estado, con personera

    jurdica de derecho pblico interno, patrimonio propio y

    plena autonoma acadmica, econmica y administrativadentro del marco legal. Tiene como actividades principalesla formacin profesional, investigacin, extensin,proyeccin universitaria y gestin administrativa en:ciencias, humanidades, artes y tcnicas al servicio de laregin Pasco y del pas, expresado como un todo dentrodel contexto de la cultura universal.

    Artculo 2 La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin, comopersona jurdica de derecho pblico interno, se rige por laConstitucin Poltica del Per; la Ley Universitaria 23733

    y sus modificatorias; su Ley de Creacin N 15527;Decreto Legislativo N 276 y su reglamento; DecretoSupremo N 005-90-PCM y Ley de ProcedimientoAdministrativo General N 27444; el presente Estatuto ysus reglamentos internos; adems de los conveniosnacionales e internacionales que la Universidad y elEstado peruano formarn parte.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    10/125

    Artculo 3 Se fija como aniversario de la Universidad, el da 23 deabril de cada ao, por ser la fecha de la promulgacin dela Ley de su Creacin, en el ao de 1965.

    Artculo 4 La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin tienecomo sigla: UNDAC.

    Artculo 5 La Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin, por suubicacin geogrfica es Andina Amaznica. Su sede centralse halla ubicada en el distrito Yanacancha, ciudad de San

    Juan Pampa, provincia, departamento y regin Pasco. Parael cumplimiento de sus fines, dispone fuera de sta: sedes,secciones, filiales, institutos, centros, programas yunidades de produccin, en los que se desarrollan una o

    ms actividades de investigacin, formacin profesional,enseanza-aprendizaje, experimentacin, proyeccinsocial, produccin y servicios.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    11/125

    CAPTULO II

    MODELO Y DOCTRINA FILOSFICA

    DE LOS PRINCIPIOS

    Artculo 6Los principios orientadores que guan a la UNDAC en elcumplimiento de su misin e inspiran la actividadacadmica y fundamentan la pertinencia de susmiembros en la vida universitaria, son:

    a) Prctica de la democracia, igualdad, justicia ylibertad.

    b) Prctica de la libertad de pensamiento y deexpresin.

    c) Participacin de sus miembros en la vidainstitucional, con resguardo y respeto de las

    jerarquas inherentes al quehacer universitario.d) Actitud reflexiva, dialogante y crtica en el ejercicio

    de las tareas intelectuales y de gestin.e) La equidad y valoracin del mrito en el ingreso y

    promocin de los miembros de la entidad.f) Formacin de sus integrantescon sentido cientfico,

    humanstico y emprendedor, tico, cvico, solidario ycon responsabilidad social.

    g) El respeto a personas y cuidado de los bienes

    pblicos y privados.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    12/125

    h) Compromiso con la institucin.i) Integracin y desarrollo equilibrado de la gestin

    universitaria.j) Fomento del dilogo y la interaccin entre las

    disciplinas que cultiva.k) Fomento del aprendizaje interactivo y

    multidisciplinario en la Formacin Profesional.l) Rechazo a toda forma de violencia, intolerancia,

    discriminacin y dependencia.

    DE LOS FINES, MISIN Y VISIN

    Artculo 7 Son fines de la UNDAC.

    a) La generacin de nuevos conocimientos a travs de lainvestigacin, en todas las ramas del saber.b) El estudio e integracin del conocimiento de acuerdo

    a su organizacin, en disciplinas acadmicas ytrabajo multidisciplinario.

    c) El fomento y expansin de la cultura, el conocimientoy tecnologas armnicas con el medio ambiente atravs de programas de formacin permanente y deextensin universitaria.

    d) La cooperacin universitaria en el mbito nacional einternacional.

    e) La contribucin a la formacin de una concienciacrtica que coadyuve al desarrollo regional y nacional,a las transformaciones positivas de las estructurasdel pas, encaminadas a la solucin de susproblemas.

    f) La promocin de la creacin intelectual, artstica y elfomento de la cultura fsica de sus integrantes.

    g) La motivacin, organizacin y auspicio de la

    actualizacin permanente de los graduados de laUNDAC.

    h) El desarrollo de valores ticos y cvicos, actitudes deresponsabilidad, solidaridad, identidad y lealtad consu institucin, as como la necesidad de integracinnacional e internacional.

    i) La realizacin de polticas de produccin de bienes yprestacin de servicios, de acuerdo a las necesidadesde la regin y del pas.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    13/125

    j) La mstica y consolidacin de la personalidaduniversitaria fortaleciendo la identidad y compromisocon la sociedad.

    k) La gestin de calidad con miras al logro de la

    excelencia acadmica y la eficiencia administrativa.l) La prctica de la cultura organizacional de calidad

    con responsabilidad social para una mejor calidad devida.

    m) La puesta en marcha de empresas dentro y fuera dela universidad.

    n) La constitucin de los crculos de calidad y otrasasociaciones civiles sin fines de lucro quecontribuyan al mejoramiento profesional e

    institucional.o) La adecuada gestin de la Fundacin Universitariacomo entidad privada, coadyuvante del desarrolloacadmico, profesional, cientfico, tecnolgico yempresarial de la UNDAC.

    Artculo 8 La visin de la UNDAC se enmarca en la prospectiva deSer lder en la formacin profesional, con alto nivel deresponsabilidad social, que permita el desarrollosustentable y el mejoramiento de la calidad de vida en laregin Pasco, el pas y el mundo.

    Artculo 9La misin es Formar profesionales competitivos,audaces, creativos, innovadores, con capacidad cientfica,tecnolgica, humanstica y multilinge; integrandouniversidad - empresa sociedad, con valores ticos parael mejoramiento de la calidad de vida en la regin, el pas

    y el mundo.

    Artculo 10 Son competencias bsicas del profesional de la UNDAC:a) Capacidad de abstraccin, anlisis y sntesis.b) Perseverancia y motivacin en el logro de los

    objetivos y metas programadas.c) Iniciativa, creatividad e innovacin.d) Responsabilidad y dedicacin en el trabajo.e) Confianza en s mismo.f) Sensibilidad intrapersonal e interpersonal.g) Comunicacin asertiva, trabajo en equipo y espritu

    emprendedor.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    14/125

    h) Capacidad de comunicacin en ms de un idiomaextranjero.

    i) Habilidades en el uso de las tecnologas de lainformacin y de la comunicacin.

    j) Disposicin permanente al estudio y a lainvestigacin.

    k) Liderazgo y ejecucin del trabajo planificado.l) Voluntad para hacer bien las cosas.m) Actitud positiva y de cambio con miras a la

    excelencia.n) Habilidad para trabajar en el contexto nacional e

    internacional.o) Actitud valorativa y participativa.

    p) Capacidad de gestin moderna y de calidad.q) Prctica de la autoestima y cultivo de los valores.r) Capacidad crtica y autocrtica.s) Toma de decisiones basada en la teora de procesos

    y anlisis de alternativas.t) Conciencia y conviccin de responsabilidad social.

    DEL PATRIMONIO DE LA UNIVERSIDAD

    Artculo 11 El patrimonio de la UNDAC est constituido por susbienes e ingresos que le corresponda percibir:a) Los aportes que se le conceden anualmente en

    virtud de la Ley de Presupuesto de la Repblica yotras leyes especiales.

    b) Los montos que perciba por concepto de tasaseducacionales, prestacin de servicios y venta debienes.

    c) Los bienes, muebles o inmuebles de los que espropietaria y los que adquiera en el futuro a

    cualquier ttulo.d) Los frutos de sus bienes.e) La propiedad intelectual e industrial que le

    corresponda de conformidad con la ley.f) Donaciones, herencias, legados y cualquier tipo de

    ingresos que reciba de personas naturales ojurdicas.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    15/125

    DE SU CONSTITUCIN Y FUNCIONES

    Artculo 12 La comunidad universitaria est constituida pordocentes, estudiantes, personal administrativo y

    graduados; quienes ejercen de manera regular losquehaceres que se desprenden de su misin yfunciones. Adems, se consideran integrantes de lamisma aquellas personas a quienes, por sus mritosexcepcionales, se les haya otorgado distincinhonorfica, los que poseern los derechos quereglamentariamente se les reconozca.

    Artculo 13 El ingreso, permanencia, promocin y desvinculacin

    de los integrantes de la comunidad universitariaobedecer nicamente a mritos o causales objetivas,con arreglo a normas legales y reglamentarias, sinsujecin a discriminaciones de carcter arbitrario. Estosprocesos estarn normados por reglamentos relativos acada estamento, los que establecern sus derechos,deberes y obligaciones.

    Artculo 14 Son docentes quienes tienen un nombramiento ocontrato vigente y una jerarqua acadmica en la

    Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin, conformea Ley y Reglamento de la Carrera Docente. Esteestamento es el principal encargado de ejercer susfunciones fundamentales. En virtud de ello, lecorresponde una responsabilidad esencial en ladeliberacin, diseo y aplicacin de las polticasinstitucionales.

    Artculo 15 Son estudiantes quienes han formalizado su matrculaen carreras y programas acadmicos regulares y

    sistemticos y cumplen los requisitos establecidos por laUniversidad para su ingreso, permanencia y promocin.El Reglamento de los Estudiantes fijar sus deberes yderechos como miembros de la comunidaduniversitaria.

    Artculo 16 Constituyen el personal administrativo losfuncionarios, directivos, profesionales, tcnicos yauxiliares nombrados o contratados que vienenlaborando en la entidad. Un reglamento regular suorganizacin para efectos administrativos, sus deberes y

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    16/125

    derechos en concordancia al mrito y calidad de sustareas.

    Artculo 17 Son estamentos de la Universidad los docentes,

    estudiantes y graduados que cumplen funciones yresponsabilidades en concordancia con la Ley, Estatutoy el Reglamento General de la Universidad.

    Artculo 18 Son funciones universitarias las que la entidaddesarrolla en la formacin profesional, investigacincientfica, proyeccin social y extensin universitaria,gestin administrativa, promocin del desarrolloempresarial y cultural de la nacin. En el ejercicio destas, otorga: grados acadmicos, ttulos profesionales y

    certifica actividades de especializacin y capacitacin.Asimismo, realiza trasferencias tecnolgicas a lasempresas y comunidades y otras funciones especficasque el Estado le faculte.

    Artculo 19 A la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrin lecorresponde la atribucin de reconocer, revalidar yconvalidar ttulos profesionales obtenidos en elextranjero conforme a Ley, sin perjuicio de lo dispuesto

    en los tratados internacionales sobre esta materia.Tambin le corresponde establecer y pronunciarse sobreconvenios o tratados nacionales e internacionalesrelativos a la educacin superior que el GobiernoPeruano tenga inters en suscribir con otros gobiernos oentidades internacionales.

    Artculo 20 La Universidad podr establecer relacionesinterinstitucionales de colaboracin y alianzasestratgicas con entidades pblicas y privadas, a nivel

    nacional e internacional en el mbito de sucompetencia.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    17/125

    CAPTULO III

    EMBLEMAS, HONORES Y CEREMONIAS

    DEL ESCUDO

    Artculo 21 El Escudo de la UNDAC se describe como sigue: Uncndor posando de frente con alas extendidas, en cuyaparte inferior sobresale la cola y, a los dos extremos, laspatas y garras de esta ave andina. En la parte superior,se visualiza la cabeza del cndor en perfil de coloramarillo, destacando el ojo negro y su cuello blanco. Enla parte superior, coronando la cabeza va la siglaUNDAC de forma semicircular con letras de color negro.En la parte del pecho existen tres recuadros: el de laparte superior es de color azul cielo, en su interior se

    encuentra un libro abierto, que representa a la facultadde Educacin, cuyas pginas sobresalen; en la parteinferior izquierda se encuentra otro recuadro de colorguinda, al centro se ubicauna rueda dentada de coloramarillo de 12 dientes, con cuatro espacios triangularesen blanco sujetos a un perno central; en la parte inferiorest tendido un martillo, tambin de color amarrillo querepresentan a la facultad de Ingeniera; el recuadroderecho es de color verde, al centro se encuentra un

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    18/125

    quipu extendido que representa a la facultad deCiencias Econmicas Contables y Administrativas.

    Artculo 22 El vuelo imponente del cndor significa el dominio de lacomplejidad geogrfica de los andes, el espacio areo, lalibertad de creatividad pedaggica, cientfica,tecnolgica y de innovacin, sustentable en suestructura y sostenible en el tiempo. Los diferentescampos representan a las facultades que fueron creadascomo universidad nacional.

    DE LA BANDERA

    Artculo 23 La bandera de la UNDAC es de tres colores (rojo, blancoy azul), en franjas verticales equitativamentedistribuidas; en su interior lleva el Escudo de laUniversidad.

    DEL SELLO

    Artculo 24 El sello redondo de la UNDAC reproduce el escudo dela Universidad que es vlido en toda representacin ysuscripciones oficiales. En su entorno lleva el nombrede la Universidad.

    DE LA MEDALLA CARRIN

    Artculo 25 La Medalla Carrin, en sus distintas modalidades, es deforma ovalada de plata, con una orilla o eslabn en laparte superior, de siete centmetros de dimetro mayor.Lleva una inscripcin en el entorno superior que dice:UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIN. En

    el centro va el escudo de la Universidad y, en la parteinferior, la inscripcin del motivo de la condecoracin,ms el nombre de la personalidad, lugar y fecha. En elreverso una orla con el lema LA MS ALTA DEL MUNDO,CON EXCELENCIA ACADMICA Y RESPONSABILIDADSOCIAL, PARA UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA. La cintalleva los colores de la bandera de la UNDAC.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    19/125

    DEL LEMA

    Artculo 26El lema de la UNDAC que sintetiza su esencia filosficaes: LA MS ALTA DEL MUNDO, CON EXCELENCIA

    ACADMICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL, PARA UNAMEJOR CALIDAD DE VIDA.

    DE LAS DISTINCIONES Y HONORES

    Artculo 27La UNDAC, confiere las distinciones de doctor honoriscausa, profesores honorarios, emritos, investigadores yvisitantes a quienes se les impondr la Medalla Carrin,

    diploma y resolucin respectiva. De igual modo se harcon las entidades y personas que hayan destacado en elcumplimiento de los niveles de eficiencia, excelencia,creatividad, alto sentido de responsabilidad social ymejoramiento de la calidad de vida.

    DEL DOCTORADO HONORIS CAUSA

    Artculo 28 El Doctor Honoris Causa es la mxima distincinacadmica conferida por la UNDAC a laspersonalidades, cuya contribucin y experienciapersonal, signifique un aporte valioso en el campo de lafilosofa, las ciencias, la tecnologa, la innovacin, lacreatividad empresarial, las artes y otras queenriquezcan la cultura andina y universal.

    Artculo 29 Las Facultades, Escuela de Postgrado, Institutos deInvestigacin u otras instituciones de prestigio, podrnproponer como Doctores Honoris Causa, a personas de

    reconocida trayectoria. La propuesta deber seraprobada por el Consejo Universitario. La entrega deesta distincin acadmica se realizar en ceremoniaoficial, antecedida con la disertacin de una conferenciamagistral.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    20/125

    CAPTULO IV

    DE LA AUTONOMA UNIVERSITARIA

    Artculo 30 La autonoma es la capacidad de autogobierno paradesenvolverse con libertad y discrecionalidad, pero sindejar de pertenecer a la estructura general del cual seforma parte, y que est representada no slo por elEstado, sino por el ordenamiento jurdico que rige aste.

    Artculo 31 La autonoma inherente a la UNDAC, se ejerce deconformidad con la Constitucin Poltica del Estado y laLey Universitaria. Sus atribuciones son:a) En lo Acadmico: organizar su sistema acadmico,

    as como crear, aperturar, reubicar, modificar y

    suspender escuelas, secciones, sedes, filiales,facultades y otras unidades acadmicas de acuerdoa las necesidades de la Regin Pasco y el pas.

    b) En lo normativo: elaborar, aprobar, modificar yactualizar su estatuto, plan estratgico,reglamentos, normas internas y gobernarse deacuerdo a stos.

    c) En lo Gobernativo: elegir y renovar sus rganos degobierno y autoridades; nombrar, estimular y

    promover a su personal y aplicar sanciones de

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    21/125

    conformidad con la Ley, el presente Estatuto y susReglamentos.

    d) En lo Administrativo: definir su estructura orgnicaadministrativa, de acuerdo a su realidad y

    necesidades.e) En lo Econmico: administrar sus bienes y rentas;

    elaborar, aprobar y ejecutar su presupuesto enconcordancia con la Ley y conforme con los planesde ejecucin anual aprobadas por la AsambleaUniversitaria.

    f) El servicio del rgimen acadmico y administrativodela UNDAC se establece tambin en el mbito regional

    y nacional.

    Artculo 32 El campus universitario es inviolable. Las fuerzaspoliciales slo pueden ingresar en l por mandato

    judicial y a peticin del Rector, quien dar cuentainmediata al Consejo Universitario, salvo el caso deflagrante delito o peligro inminente de su perpetracin.

    Artculo 33 Los locales, instalaciones, laboratorios, bienes y prediosde la UNDAC, slo son utilizados para el cumplimientode sus principios, fines y objetivos; dependeexclusivamente de la respectiva autoridad universitaria.Incurren en responsabilidad de Ley, quienes ocupenindebidamente y/o causen daos al patrimonioinstitucional.

    Artculo 34 La gratuidad de la enseanza establecida por las Leyes,es reglamentada en base a su autonoma.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    22/125

    CAPTULO V

    ESTRUCTURA ACADMICA

    Artculo 35 El rgimen acadmico de la Universidad es la suma deacciones de formacin profesional, investigacincientfica, extensin y proyeccin social y produccin debienes y servicios, mediante planes integrales, cuyaejecucin son de responsabilidad del VicerrectoradoAcadmico, Vicerrectorado de Investigacin, Facultades,Escuelas de Formacin Profesional, DepartamentosAcadmicos, Sedes, Filiales, Institutos, Centros yProgramas. La Universidad Nacional Daniel AlcidesCarrin organiza su rgimen acadmico por semestres,con currculo flexible y por competencias.

    Artculo 36 La Universidad est integrada por sus autoridades,docentes, alumnos, trabajadores y los graduados; enella, quienes tienen participacin activa dentro de unaconcepcin de estructura y funcionalidad del todo hacialas partes y de las partes hacia el todo, dentro del marcode la eficiencia y la excelencia.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    23/125

    DE LAS FACULTADES

    Artculo 37 Las Facultades son unidades acadmicas y de gestinencargadas de la realizacin de una tarea permanente

    en una o ms reas del conocimiento, la investigacin,creacin, la extensin y la prestacin de servicios en elcampo de su competencia.

    Artculo 38 Las Facultades tienen las siguientes funciones:a. Elaborar y coordinar polticas especficas de

    desarrollo para las unidades acadmicas que laintegran.

    b. Organizar, dirigir y fomentar el quehacer

    multidisciplinario y profesional.c. Establecer las relaciones y actividades queconvengan a estos fines.

    Artculo 39 Las Facultades son las unidades fundamentales delrgimen acadmico; estn estructuradas para elcumplimiento de las funciones de formacin profesional,investigacin cientfica, proyeccin social y produccin.Gozan de autonoma acadmica, econmica yadministrativa dentro de la Ley y el presente Estatuto.

    Artculo 40 La autonoma de las Facultades termina cuando setransgrede las normas legales, en cuyo caso lasdecisiones son asumidas por el Consejo Universitario oAsamblea Universitaria de acuerdo a su competencia.

    Artculo 41 Las actividades acadmicas y administrativas de cadaFacultad se rigen por el Reglamento General de laUniversidad y por su respectivo Reglamento Interno,

    aprobado por el Consejo Universitario, en concordanciacon lo dispuesto en el inciso b) del Artculo 32 de la LeyN 23733.

    Artculo 42 Para el mejor cumplimiento de sus fines, las Facultadesestn integradas por Escuelas de FormacinProfesional, Departamentos Acadmicos, UnidadesAcadmicas, de Produccin y Servicios, Empresas,Programas, Proyectos y otras sociedades que le

    permitan su desarrollo.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    24/125

    Artculo 43 La UNDAC cuenta con Facultades, Escuelas deFormacin Profesional, Departamentos Acadmicos,Sedes, Filiales, Secciones y Escuela de Postgrado:Doctorados, Maestras y Segunda Especializacin,

    Programas de Educacin a Distancia, ComplementacinAcadmica, Educacin Virtual y Diplomados, y otrosque estn amparados por Ley.

    Artculo 44 La funcin acadmica de la Universidad se realiza en lasede central, sedes, filiales y secciones.

    a. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACINSEDE CENTRAL PASCO:

    Escuela de Formacin Profesional de EducacinInicial. Escuela de Formacin Profesional de Educacin

    Primaria. Escuela de Formacin Profesional de Educacin

    Secundaria. Escuela de Formacin Profesional a Distancia.SEDES: Escuela de Formacin Profesional de Educacin

    Primaria - Oxapampa. Escuela de Formacin Profesional de Educacin

    Primaria - Yanahuanca. Escuela de Formacin Profesional de Educacin

    Secundaria - Yanahuanca.SECCIN: Escuela de Formacin Profesional de Educacin

    Primaria Villa Rica - Oxapampa.LABORATORIO DE INVESTIGACIN EINNOVACIN PEDAGGICA: Inicial. Primaria. Secundaria.

    b. FACULTAD DE INGENIERASEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Ingeniera

    Geolgica. Escuela de Formacin Profesional de Ingeniera

    Metalrgica.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    25/125

    Escuela de Formacin Profesional de Ingenierade Sistemas y Computacin.

    Escuela de Formacin Profesional de IngenieraAmbiental.

    Escuela de Formacin Profesional de IngenieraCivil.

    SEDES: Escuela de Formacin Profesional de Ingeniera

    Ambiental - Oxapampa.SECCIN: Escuela de Formacin Profesional de Ingeniera

    Ambiental - La Oroya.

    c. FACULTAD DE CIENCIAS ECONMICAS yCONTABLES.

    SEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Economa. Escuela de Formacin Profesional de

    Contabilidad.SECCINES: Escuela de Formacin Profesional de Contabilidad

    Distrito de Villa Rica - Oxapampa.

    Escuela de Formacin Profesional de Contabilidad Provincia Yauli - La Oroya.

    d. FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIASSEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Zootecnia. Escuela de Formacin Profesional de Agronoma.SEDES: Escuela de Formacin Profesional de Zootecnia -

    Oxapampa. Escuela de Formacin Profesional de Agronoma -

    Oxapampa. Escuela de Formacin Profesional de Agronoma

    - Yanahuanca.SECCIN: Escuela de Formacin Profesional de Agronoma -

    Paucartambo.FILIALES:

    Escuela de Formacin Profesional de IndustriasAlimentarias - La Merced.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    26/125

    Escuela de Formacin Profesional de Agronoma -La Merced.

    e. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUDSEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Enfermera. Escuela de Formacin Profesional de Obstetricia.FILIAL: Escuela de Formacin Profesional de Enfermera -

    Tarma. Escuela de Formacin Profesional de Obstetricia.

    - Tarma.

    f. FACULTAD DE ODONTOLOGASEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Odontologa.

    g. FACULTAD DE INGENIERA DE MINASSEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Ingeniera

    de Minas.SECCION:

    Escuela de Formacin Profesional de Minas -Provincia Yauli - La Oroya.

    h. FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALESSEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de

    Administracin.

    i. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIN

    SEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Ciencias dela Comunicacin.

    LABORATORIO DE TECNOLOGAS DE LAINFORMACION Y COMUNICACIN: Radio, Televisin y Centro de Cmputo. Sistema de Radiodifusin Educativa.

    j. FACULTAD DE DERECHO y CIENCIASPOLITICAS

    SEDE CENTRAL PASCO:

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    27/125

    Escuela de Formacin Profesional de Derecho yCiencias Polticas.

    k. FACULTAD DE MEDICINA HUMANASEDE CENTRAL PASCO: Escuela de Formacin Profesional de Medicina

    Humana.

    DE LAS ESCUELAS DE FORMACIN PROFESIONAL

    Artculo 45 Las Escuelas de Formacin Profesional son las unidadesbsicas de formacin profesional, gestiny tienen lasfunciones de elaborar, ejecutar y evaluar los currculos y

    labores acadmicas que conducen a la obtencin deGrados y Ttulos en cada carrera profesional.

    Artculo 46 Cada Escuela de Formacin Profesional est a cargo deun Director, elegido por Consejo de Facultad, de entre losprofesores ordinarios principales o asociados adedicacin exclusiva o tiempo completo adscrito a laEscuela; su eleccin ser por un periodo de tres (3) aos,no puede ser reelegido. Las funciones de los directores

    encargados se extienden por dos aos, no puede serencargado nuevamente en el periodo inmediato.

    DE LAS SEDES Y FILIALES

    Artculo 47 El funcionamiento de las filiales de la Merced y Tarmanace al amparo de la Ley N 27504, ratificada por Ley N28564 y autorizadas mediante resoluciones Nos. 113-2006-CONAFU, La Merced y 217-2006-CONAFU,Tarmadel Consejo Nacional para la Autorizacin de

    Funcionamiento de Universidades (CONAFU) y se rige deacuerdo a la aplicacin de sus reglamentos. Los rganosde gobierno de la UNDAC mantienen una relacin deadministracin, supervisin y control sobre la filial,asumiendo responsabilidad de sus actos. Las filiales notienen personera jurdica propia, dependen de laUniversidad.

    Artculo 48 El funcionamiento de las sedes de mbito regional est

    autorizado, al amparo de la aprobacin de la Asamblea

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    28/125

    Universitaria, dentro de la poltica de descentralizacinacadmica, econmica, administrativa y de la libreiniciativa de desarrollo de la UNDAC. Se rigen de acuerdoa su reglamento.

    DE LOS DEPARTAMENTOS ACADMICOS

    Artculo 49 Los Departamentos Acadmicos son unidades deservicio acadmico que agrupan a los docentes quecultivan disciplinas relacionadas entre s, dependenorgnicamente de una Facultad, segn su especialidad,pero pueden servir tambin a las dems Facultades y ala Escuela de Post Grado.

    DE LA ESCUELA DE POST GRADO

    Artculo 50 La Escuela de Post Grado es la Unidad Acadmica delms alto nivel de la UNDAC, encargada de planificar,organizar y dirigir los estudios de Maestra, Doctorado,Post Doctorado y Segunda Especializacin, as mismopuede ser extensivo cursos de Post Grado. Su misin esformar investigadores, Maestros y Doctores del ms altonivel y Especialistas. Tiene autonoma acadmica yadministrativa dentro de la Ley y el presente Estatuto.Depende del Vicerrectorado Acadmico.

    SEDE CENTRAL PASCO:Maestras en: Educacin Ingeniera Agropecuarias Salud Ciencias Contables Ciencias Administrativas Odontologa

    Doctorado en: Ciencias de la Educacin. Ciencias Contables. Administracin. Economa y Gestin Pblica.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    29/125

    Segundas Especializaciones.

    Los estudios de Post Grado conllevan al otorgamiento degrados acadmicos o de especializacin, con alcance

    nacional e internacional y se rigen por su propioreglamento. Tambin la Universidad cuenta conprogramas de extensin profesional y educacin virtual.

    Artculo 51 La Escuela de Post Grado est integrada por Unidadesde Post Grado, con iniciativa de gestin, quecorresponden a las especialidades que se imparten enella por cada Facultad. Cada Unidad est a cargo de un

    Jefe de Unidad elegido por el Consejo de Facultad, por

    un periodo de tres (3) aos, no puede ser reelegido. Lasfunciones de los jefes de unidad encargados se extiendenpor 2 aos, no puede ser encargado en el periodoinmediato.

    Artculo 52 La Escuela de Post Grado tiene las siguientesfunciones:a) Disear, aprobar y administrar los currculos de las

    Maestras, Doctorados y post Doctorado; as comolos programas de Segunda Especializacin.

    b) Coordinar con las Facultades y la Direccin decurrculo.

    c) Dictar las normas y estrategias para la admisin,matrcula, estudios, evaluacin y graduacin de losestudiantes.

    d) Administrar los servicios acadmicos, materiales yeconmicos que se requieren para sufuncionamiento en coordinacin con las Facultades.

    Artculo 53 La Escuela de Post Grado se gobierna por el ConsejoDirectivo que est conformado por el Director (a) de laEscuela de Post Grado, un Jefe de Unidad de PostGrado de cada Facultad, con Grado de Maestro y/oDoctor, el tercio estudiantil y un representante de losgraduados en calidad de supernumerario con voz y sinvoto. El Consejo Directivo es presidido por el Director (a)de la Escuela de Post Grado, que es elegido por unperiodo de tres (03) aos, por el Consejo Directivo de laEscuela, no puede ser reelegido. Para ser Director de la

    Escuela de Post Grado se requiere tener el grado de

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    30/125

    Doctor y para ser Jefe de Unidad se requiere tener elgrado de Maestro o Doctor. En caso de encargatura,sta tendr una vigencia de 2 aos, no puede serencargado nuevamente en el periodo inmediato.

    Artculo 54 Los programas de Segunda Especializacin ofrecidospor la Escuela de Post Grado se desarrollan encoordinacin con la Facultad correspondiente. LaAdministracin de los Exmenes de Suficiencia deEspecialista y el trmite del Ttulo de Especialista estna cargo de la Escuela en coordinacin con la Facultadrespectiva.

    Artculo 55 Para el mejor cumplimiento de sus fines, la Escuela dePost Grado cuenta con una plana docente adscrita porcada Facultad; sus integrantes poseen el gradoacadmico de Maestro o Doctor. Asimismo, podr contarcon el servicio de profesores extraordinarios, con losgrados acadmicos antes sealados.

    Artculo 56 El mbito de operaciones de la Escuela de Post Gradoes a nivel nacional e internacional, lo administra enforma directa o a travs de convenios de carcter

    interinstitucional en sus modalidades: presencial,semipresencial y virtual, velando y garantizando laeficiencia y calidad profesional.

    EL VICERRECTORADO DE INVESTIGACIN

    Artculo 57 El Vicerrectorado de Investigacin es un rgano de laAlta Direccin de la UNDAC responsable de elaborar eimplementar planes, programas y proyectos cientficos,tecnolgicos conducentes a la generacin deconocimientos, transferencia tecnolgica y contribuyecon las actividades de innovacin tcnica para mejorarla calidad de vida de la poblacin pasquea y del pas.Su organizacin y sus responsabilidades esta normadapor su reglamento y su manual de organizacin yfunciones.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    31/125

    DE LOS INSTITUTOS Y CENTROS DE CIENCIA,TECNOLOGA E INNOVACIN

    Artculo 58 Los Institutos y Centros de Ciencia, Tecnologa eInnovacin de la UNDAC, son los rganos de vanguardiaen la produccin de conocimientos y de tecnologassustantivas, constituyen el principal soporte deldesarrollo regional; por lo tanto, involucran a losinvestigadores debidamente acreditados de la UNDAC yde instituciones nacionales e internacionales, cuyotrabajo es multidisciplinario.

    Artculo 59 Los Institutos Especializados estn adscritos al

    Instituto Central de Investigacin; mientras que loscentros de investigacin estn adscritos a las facultades.Los Institutos Especializados:

    a) Deben dedicarse a estudiar los problemas mscruciales que afectan a la regin Pasco en losmbitos de: salud, medio ambiente, biodiversidad,cultivos, crianza alto andina, prioritariamente.

    b) Agrupan a investigadores multidisciplinarios.

    c) Sus actividades no deben depender slo de losrecursos financieros de la UNDAC.d) Deben producir por lo menos dos publicaciones

    cientficas en revistas especializadas por ao.

    Estos Institutos se irn formando, a medida en que secumpla el presente artculo.

    Artculo 60 Los directores de cada instituto sern elegidos entre losinvestigadores adscritos a l, a travs del Comit

    Electoral, ratificados por el Consejo Universitario,siendo requisito ser Maestro o Doctor. Ejercern sumandato por un periodo de (03) tres aos, no puede serreelegido para el periodo inmediato. En las sedes yfiliales existe una coordinacin del InstitutoEspecializado, con sujecin al artculo 58.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    32/125

    DEL INSTITUTO DE EXTENSIN YPROYECCIN SOCIAL

    Artculo 61 El Instituto de Extensin Universitaria y ProyeccinSocial agrupa a los docentes y estudiantes quedesarrollan programas, proyectos y actividadesculturales en aplicacin de un plan de actividadeselaborado por dicha dependencia, plan que debe seraprobado por el Consejo Universitario. La organizacinfuncional de esta dependencia universitaria estarnormada por el Reglamento y el Manual de organizacin

    y funciones del Vicerrectorado de Investigacin.

    DE LOS CENTROS EXPERIMENTALES YDE PRODUCCIN

    Artculo 62 Los Centros Experimentales y de Produccin de Bienesy Servicios son unidades integradas y estn adscritos alos Institutos de Investigacin, Facultades o Centros,segn su naturaleza. Tienen como finalidad promover lainvestigacin de ciencia, tecnologa e innovacin, as

    como generar bienes y servicios. Est dirigido por unCoordinador a propuesta de la autoridad respectiva.

    Artculo 63 La Unidad de los Centros Experimentales y deProduccin est administrado por un profesionalinvestigador calificado, cuyo alcance involucra adocentes, estudiantes y otros investigadores con susproyectos de lnea debidamente aprobados. Suestructura y funcionamiento est regulado por sureglamento especfico.

    Artculo 64 La Unidad de Produccin de los CentrosExperimentales y de Produccin est administrado porun profesional calificado. La gestin se desarrollardentro de un rgimen privado y de corte empresarial,por convenio con la UNDAC y con otras empresas deacuerdo a la Ley General de Sociedades y otras formasde asociaciones previstas en el Cdigo Civil. Suestructura y funcionamiento est regulado por su

    estatuto y reglamento especfico.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    33/125

    Artculo 65 La Clnica Odontolgica y la Clnica Integral de Saludtienen carcter de centro de prcticas pre profesionales,investigacin y servicio, estn adscritas a su Facultad yse rigen por su propio reglamento.

    Artculo 66 El Centro de Idiomas es una unidad autnoma,productora de servicios, cuya funcin es la enseanzade idiomas extranjeros y lenguas nativas y seadministra bajo un rgimen empresarial. Est a cargode un profesional calificado designado por el ConsejoUniversitario a propuesta del seor Rector. Estableceniveles de coordinacin con el Vicerrectorado Acadmico

    y Gerencia General de Administracin.

    Artculo 67 La Radio Universitaria y otros medios de comunicacine informacin tienen carcter de centro de prcticas preprofesionales, investigacin y de servicio, se rigen por supropio reglamento. Est adscrito a la Escuela deCiencias de la Comunicacin.

    DEL PROGRAMA DE EDUCACIN VIRTUAL

    Artculo 68 El Programa de Educacin Virtual es una unidad

    acadmica encargada de: planificar, organizar y dirigirlos programas de pre y post grado de capacitacin yperfeccionamiento en su modalidad virtual, en el mbitonacional e internacional, en coordinacin con lasFacultades y la Escuela de Post Grado respectivamente.Se administra bajo el rgimen empresarial y esautofinanciado. En cuanto a los grados acadmicos ycertificaciones se otorgar conforme a lo normado en laLey Universitaria. Establece niveles de coordinacin conel Vicerrectorado Acadmico y con el Vicerrectorado deInvestigacin. Est a cargo de un Docente OrdinarioPrincipal o Asociadocon grado de Maestro o Doctor enla especialidad o afn, designado por el ConsejoUniversitario a propuesta del seor Rector. Se rige porsu propio reglamento.

    DEL PROGRAMA DE EDUCACIN CONTNUA

    Artculo 69 El Programa de Educacin Continua es una modalidad

    de actividad acadmica formal y no formal que se ofrece

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    34/125

    a la comunidad en general y tiene como propsitocapacitar, actualizar perfeccionar y profundizar losconocimientos cientficos, humansticos y tecnolgicos,el desarrollo de habilidades y fortalecimiento de

    competencias con programas flexibles de corta ymediana duracin. Desarrolla una continua interaccine integracin con la comunidad nacional einternacional.

    Est a cargo de un Docente Ordinario Principal oAsociado con grado de Maestro o Doctor en laespecialidad o afn, designado por el ConsejoUniversitario a propuesta del seor Rector. Se rige porsu propio reglamento.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    35/125

    CAPTULO VI

    DE LA ESTRUCTURA ORGNICA DE LA UNDAC

    Artculo 70 La administracin est al servicio de la labor acadmica,investigacin, proyeccin social y extensin universitaria,

    y de produccin. Se organiza en concordancia con susfines y objetivos, dentro del marco de la visin, misin,cuadro de valores y descentralizacin.

    Artculo 71 El rgimen administrativo es el conjunto de normas,criterios y acciones que regulan la consecucin de losfines acadmicos y las acciones de gerencia y deproduccin que se requieren para el desarrolloinstitucional.

    Artculo 72 El gobierno de la UNDAC est representado de lasiguiente manera: Asamblea Universitaria. Consejo Universitario. Rector. Consejo de Facultad. Decano. Consejo Directivo de Post Grado. Director de la Escuela de Post Grado.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    36/125

    Artculo 73 La Alta Direccin lo constituyen las siguientesautoridades:

    Rector. Vicerrector Acadmico. Vicerrector de Investigacin.

    DE LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA

    Artculo 74 Los rganos consultivos y de coordinacin estnconstituidos por las siguientes comisiones:

    COMISIONES PERMANENTES: Comisin de Gestin y Desarrollo Universitario. Comisin de Fiscalizacin. Comisin Estatutaria. Comisin de tica e Imagen institucional. Comisin de Reglamentos y Comisiones Especiales.

    DEL CONSEJO UNIVERSITARIO

    Artculo 75 El rgimen administrativo de la UNDAC se ejecuta en

    dos niveles: Centralizado y Descentralizado.

    Artculo 76 El Nivel Central est conformado por las dependenciasde la Alta Direccin y cuenta con los siguientes rganosde lnea, asesoramiento y apoyo.

    DEPENDENCIAS DEL RECTORADORGANOS DE LNEA

    Comisin Central de Inspeccin y Control

    Control Institucional Gerencia General de Administracin

    RGANOS DE ASESORAMIENTO Oficina General de Asesora Jurdica Oficina General de Calidad Universitaria

    RGANOS DE APOYO Secretara General.

    Oficina General de Relaciones Pblicas eImagen Institucional.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    37/125

    Oficina General de Informtica yEstadstica.

    COMISIN CENTRAL DE INSPECCIN Y CONTROL

    Artculo 77 La Comisin Central de Inspeccin y Control es elrgano encargado de:a) Velar por el estricto cumplimiento de las normas

    que rigen la vida institucional.b) Proponer las recomendaciones del caso acerca de

    los conflictos que se generen con el personaldocente de la Universidad. Est integrada por tres(03) docentes ordinarios principales o asociados,

    un estudiante y un graduado, nombradosanualmente por el Consejo Universitario, cuyonombramiento es irrenunciable. No esindispensable que sean miembros de ste. ElPresidente es el docente de mayor categora yantigedad, su funcionamiento est normado porsu reglamento.

    CONTROL INSTITUCIONAL

    Artculo 78 El rgano de Control Institucional es la Oficinaencargada de:

    a) Efectuar el control en el mbito de la Universidad,de conformidad con la Ley Orgnica del SistemaNacional de Control y de la Contralora General dela Repblica y dems dispositivos legales vigentes.

    b) Informar al Rectoradoacerca del grado de eficienciay eficacia de la organizacin institucional, as comode la correcta administracin de los recursos

    humanos, materiales, econmicos y financieros.c) Asesorar a los rganos de gobierno y a la

    comunidad universitaria en asuntos relacionadoscon el mbito de su competencia.

    d) Planificar, ejecutar y emitir los informes resultantesde las acciones y actividades de control,concerniente a los aspectos acadmico, financiero yadministrativo: previstos por la Contralora Generalde la Repblica en los asuntos administrativos de la

    entidad, relacionados con medidas de austeridad,

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    38/125

    personal, pensiones e inspecciones inopinadas parala superacin de debilidades detectadas.

    e) Desarrollar acciones preventivas de control a travsde eventos de capacitacin.

    Est a cargo de un Auditor, cuya designacin ser deacuerdo a Ley.

    GERENCIA GENERAL DE ADMINISTRACIN

    ARTCULO 79 La Gerencia General de Administracin es rganoencargado de:

    a) Conducir y consolidar el proyecto de presupuesto

    de la entidad a nivel de la cuenta general ycontrolar su ejecucin acorde a Ley.b) Proponer al Consejo Universitario las polticas y

    normas de carcter administrativo.c) Velar para que oportunamente sean canceladas las

    remuneraciones, dems beneficios del personaldocente, administrativo y de servicios, de activos ypensionistas.

    d) Proponer los procesos de seleccin del personal nodocente de la Universidad.

    e) Planear, coordinar y supervisar las acciones deproduccin de bienes y prestaciones de servicios,con los coordinadores de los centros de produccinde cada Facultad.

    f) Asistir al rector en asuntos de su competencia.g) Crear mecanismos necesarios que generen ingresos

    econmicos adicionales para docentes yadministrativos de la UNDAC.

    h) Cumplir y hacer cumplir las leyes, normas,

    reglamentos especficos del Sistema deAdministracin Pblica.

    i) Otras funciones que le encomiende los rganos deGobierno de la Universidad.

    El Gerente General es elegido en AsambleaUniversitaria a propuesta del seor Rector, por unperiodo de tres aos. Es requisito para ser GerenteGeneral, docente ordinario principal con grado de

    Doctor y que cumpla con un perfil mnimo para el

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    39/125

    cargo. Participa en el Consejo Universitario yAsamblea Universitaria como miembrosupernumerario.

    RGANOS DE ASESORAMIENTO

    OFICINA GENERAL DE ASESORA JURDICA

    Artculo 80 La Oficina General de Asesora Jurdica es el rganoencargado de:a) Prestar asesoramiento jurdico-legal a la Alta

    Direccin y a todos los integrantes de la Universidaden asuntos relativos a la marcha institucional.

    b) Emitir los informes jurdicos-legales que seanrequeridos.c) Preparar los proyectos de carcter legal que se le

    encomiende.d) Archivar, sistematizar y difundir el ordenamiento

    jurdico de la Universidad Peruana y de la UNDAC.e) Asumir la defensa de los intereses de la UNDAC en

    las acciones judiciales y administrativas que seencomienden.

    f) Proyectar los convenios, contratos y resolucionesemanados por la Asamblea Universitaria, ConsejoUniversitario, Rectorado, Vicerrectorados yDecanato.

    g) Otras que seale el presente Estatuto y elReglamento General de la Universidad.

    Est a cargo de un abogado designado en ConsejoUniversitario a propuesta del seor Rector.

    OFICINA GENERAL DE CALIDAD UNIVERSITARIA

    Artculo 81 La Oficina General de Calidad Universitaria de laUNDAC, es el rgano encargado de:a) Optimizar la calidad educativa y de servicios al

    interior de la entidad.b) Fomentar e internalizar los conceptos de

    Autoevaluacin, Mejora Continua, Sistema deGestin de Calidad y Acreditacin y hacerlos parte

    de la Cultura Organizacional.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    40/125

    c) Promover una cultura de Autoevaluacin, como unproceso cclico y permanente, desarrollados en basea modelos de calidad nacional e internacional yprocedimientos establecidos.

    d) Evaluar la consolidacin y posicionamiento de laCultura de Mejoramiento Continuo.

    e) Proponer lineamientos, normatividad, estrategias yprocedimientos para desarrollar los procesos deautoevaluacin con fines de mejora continua yacreditacin de las carreras profesionales,programas y reas administrativas de la UNDAC.

    f) Planificar, organizar, desarrollar y evaluaractividades de sensibilizacin, informacin y

    capacitacin referidas a Autoevaluacin, Sistema deGestin de Calidad, Acreditacin y Mejora Continua.g) Coordinar y Asesorar el inicio de los procesos de

    Autoevaluacin y Acreditacin en las CarrerasProfesionales, Programas y Escuela de Post Grado.

    h) Realizar el monitoreo y evaluacin de procesos deAutoevaluacin y Acreditacin de las CarrerasProfesionales, Programas, Escuela de Post Grado yreas Administrativas.

    i) Validar el proceso de Autoevaluacin, Acreditacin yMejora Continua.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, con el grado acadmico de Maestro o Doctor,designado por el Consejo Universitario, a propuesta delseor Rector.

    RGANOS DE APOYO

    SECRETARA GENERAL

    Artculo 82 La Secretara General es el rgano de apoyo encargadode:a) Administrar el sistema de trmite documentario y

    archivo de la Universidad.b) Registrar y refrendar los grados y ttulos que otorga

    la Universidad.c) Certificar los documentos oficiales en calidad de

    fedatario.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    41/125

    d) Tener actualizado los libros de actas de AsambleaUniversitaria y Consejo Universitario.

    e) Elaborar y distribuir las resoluciones emanadas porla Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y

    Rectorado.f) Elaborar la memoria institucional.g) Coordinar la conduccin de la Asamblea

    Universitaria y Consejo Universitario.h) Brindar informacin acorde a la Ley de

    Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado designado por el Consejo Universitario, a

    propuesta del seor Rector.

    OFICINA GENERAL DE RELACIONES PBLICAS EIMAGEN INSTITUCIONAL

    Artculo 83 La Oficina General de Relaciones Pblicas e ImagenInstitucional es el rgano encargado de:a) Realizar actividades de difusin destinadas a

    proyectar ante la opinin pblica la imageninstitucional.

    b) Promover acciones con las diferentes instituciones ymedios de comunicacin social.

    c) Organizar y realizar el protocolo de las actividadesoficiales de la Universidad.

    d) Editar informativos y la revista institucional.e) Programar y publicar la agenda anual de la Oficina

    de Imagen Institucional.f) Conducir, cautelar y difundir el desarrollo

    institucional a travs de los medios de

    comunicacin e informacin.g) Velar por la relacin armoniosa entre los integrantes

    de la comunidad universitaria y el acercamiento alas instituciones pblicas y privadas.

    h) Brindar apoyo a los integrantes de la comunidaduniversitaria en la edicin de materiales de difusin.

    i) Esclarecer en forma oportuna, con autorizacinexpresa de la Alta Direccin, versiones y opinionesque tiendan a daar la imagen institucional.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    42/125

    j) Organizar a travs de programas radiales,televisivos y prensa escrita, entrevistas deesclarecimiento y difusin de los logrosinstitucionales.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado designado por el Consejo Universitario, apropuesta del seor Rector.

    OFICINA GENERAL DE INFORMTICA YESTADSTICA

    Artculo 84 La Oficina General de Informtica y Estadstica es el

    rgano encargado de:a) Proponer polticas de modernizacin y desarrollotecnolgico de la Universidad.

    b) Proponer las tcnicas de procesamiento de datosque optimicen el funcionamiento de la Universidad.

    c) Acopiar, registrar, procesar, publicar y administrardatos referentes a los estudiantes, docentes,administrativos y dems recursos humanos ymateriales de la entidad.

    d) Cumplir y hacer cumplir la poltica y las directivasemanadas por la Alta Direccin.

    e) Apoyar a la Alta Direccin y a todo los organismosde la Universidad en aspectos relacionados con elacopio de informacin, procesamiento de datos yestadstica.

    f) Administrar la Red Informtica, el Centro deCmputo, la pgina Web de la Universidad enconcordancia con la Ley de Transparencia y Accesoa la Informacin Pblica.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    43/125

    DEPENDENCIAS DEL VICERRECTORADOACADMICO

    RGANOS DE LNEA

    Artculo 85 Son rganos de lnea del Vicerrectorado Acadmico: Oficina General de Pedagoga Universitaria. Oficina General de Currculo. Oficina General de Registros Acadmicos. Oficina General de Admisin. Oficina General de Laboratorios Pedaggicos. Oficina General del Sistema de Bibliotecas. Oficina General de Museo de la Universidad.

    OFICINA GENERAL DE PEDAGOGA UNIVERSITARIA

    Artculo 86 La Oficina General de Pedagoga Universitaria es elrgano encargado de:a) Proponer y ejecutar el modelo educativo de la

    UNDAC.b) Proponer reglamentos y directivas que viabilicen el

    proceso acadmico.

    c) Evaluar en forma permanente las actividadesacadmicas de la Universidad.d) Disear la poltica de capacitacin en pedagoga

    universitaria.e) Proponer directivas, coordinar el cuadro de vacantes

    y concursos de ctedras.f) Supervisar las ratificaciones y ascensos de

    docentes.g) Velar por la excelencia acadmica en la UNDAC.

    Est a cargo de un docente ordinario principal,designado por el Consejo Universitario a propuesta delseor Rector.

    OFICINA GENERAL DE CURRCULO

    Artculo 87 La Oficina General de Currculo es el rgano encargadode:a) Orientar la renovacin curricular de las Escuelas de

    Formacin Profesional de la UNDAC.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    44/125

    b) Promover programas de capacitacin curricular.c) Proponer los cronogramas de trabajo acadmico

    curricular.d) Dictar directivas generales de ejecucin curricular.

    e) Mantener el sistema de informacin curricular.f) Evaluar y supervisar el cumplimiento de los perfiles

    profesionales.g) Evaluar y orientar la formulacin de los slabos.h) Supervisar el cumplimiento de los currculos por

    Escuelas de Formacin Profesional, Centros yProgramas.

    Est a cargo de un docente ordinario principal,

    designado por el Consejo Universitario a propuesta delseor Rector.

    OFICINA GENERAL DE REGISTROS ACADMICOS

    Artculo 88 La Oficina General de Registros Acadmicos de laUNDAC es el rgano encargado de:a) Proponer y ejecutar la poltica de modernizacin de

    registros acadmicos de la UNDAC.b) Actualizar y registrar los planes de estudios de las

    carreras profesionales.c) Administrar los controles de seguridad y banco de

    informacin adicional que garantice la conservacinde la informacin acadmica-evaluativa.

    d) Promover programas de capacitacin permanentedel personal.

    e) Dictar las directivas generales y especficas sobre eladecuado uso de los instrumentos y criterios deevaluacin.

    f) Supervisar el cumplimiento de las directivas en lasEscuelas de Formacin Profesional, Centros yProgramas.

    g) Administrar los registros acadmicos de laUniversidad en las diferentes modalidades deevaluacin en coordinacin con las Facultades.

    En las sedes y filiales existirn oficinas descentralizadasenlazadas al sistema de informacin acadmica de la

    Universidad.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    45/125

    Est a cargo de un docente ordinario principal,designado por el Consejo Universitario a propuesta delseor Rector.

    OFICINA GENERAL DE ADMISIN

    Artculo 89La Oficina General de Admisin, es el rgano encargadode:a) Administrar los procesos de admisin en sus

    diferentes modalidades.b) Proponer y ejecutar las polticas de admisin de la

    UNDAC.c) Liderar la ejecucin del nuevo plan general de

    admisin.d) Promover el intercambio de experiencias conuniversidades nacionales y extranjeras.

    e) Actualizar el banco de datos y el sistema decalificacin y administracin de pruebas en losexmenes de admisin.

    f) Consolidar el cuadro de vacantes y proponerlo anteel Consejo Universitario para su aprobacin.

    g) Realizar el informe acadmico, econmico yestadstico en forma oportuna ante los organismoscompetentes.

    h) Optimizar las polticas de admisin en el Centro PreUniversitario dentro de la concepcin dearticulacin productiva de los jvenes hacia laUniversidad.

    i) Poner en prctica en el Centro Pre Universitario losnuevos diseos de enseanza-aprendizaje y deevaluacin educativa.

    j) Administrar las actividades del Centro Pre

    Universitario en coordinacin con el VicerrectorAcadmico.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    46/125

    OFICINA GENERAL DE LABORATORIOSPEDAGGICOS

    Artculo 90 La Oficina General de Laboratorios Pedaggicos es elrgano encargado de:a) Proponer y ejecutar el plan general de

    modernizacin de laboratorios.b) Realizar un inventario general del estado actual de

    los muebles, enseres y equipos en los laboratorios,cuadro de necesidades de mantenimiento y nuevasadquisiciones y bajas de equipos obsoletos.

    c) Proponer un programa de capacitacin en el manejoy uso ptimo de los laboratorios de la UNDAC.

    d) Supervisar el funcionamiento continuo de loslaboratorios y el cumplimiento de sus funciones yusos dentro de los horarios establecidos.

    e) Garantizar el anlisis de laboratorios y reporteinvestigativo dirigidos a promover el desarrolloproductivo y el mejoramiento de la calidad de vidaen la regin.

    f) Velar por la calidad y eficiencia en sus servicios yresultados.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario, apropuesta del seor Rector.

    OFICINA GENERAL DEL SISTEMA DE BIBLIOTECAS

    Artculo 91 La Oficina General del Sistema de Bibliotecas es elrgano encargado de:a) Administrar los sistemas de informacin presencial

    y virtual en su sede Central, Sedes y Filiales.b) Proponer, ejecutar y evaluar el Plan integral de

    modernizacin de las bibliotecas y sistemas deinformacin de la UNDAC.

    c) Velar por el uso eficiente del sistema de estanteraabierta en las bibliotecas universitarias de sumbito.

    d) Extender sus servicios a la comunidad educativa dela regin.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    47/125

    e) Preparar el cuadro de requerimiento de adquisicinde material bibliogrfico de ltimas ediciones,teniendo en consideracin el pedido de las carrerasprofesionales.

    f) Realizar exposiciones de los nuevos materialesbibliogrficos adquiridos y promover comentarios deexpertos ante la comunidad universitaria, normaque se debe cumplir antes de que los libros seaninternados.

    g) Realizar jornadas de lecturas, presentaciones denuevas publicaciones comentadas, cursos y talleressobre el fortalecimiento de los hbitos de lectura ycomprensin lectora.

    h) Establecer permanentemente una relacin conbibliotecas nacionales y extranjeras paraintercambiar experiencias y material bibliogrfico,hemerogrfico y otros, con el fin de optimizar losservicios.

    i) Implementar las salas de exposicin de pinacoteca,fototeca, videoteca y musicologa pasquea ynacional.

    j) Implementar la sala de reprografa destinada a lareproduccin de los documentos por diversosmedios, como la fotografa, el microfilme y otros.

    k) Implementar y poner en funcionamiento la sala dereproducciones audiovisuales y de apoyo a la laboracadmica.

    l) Administrar la librera de la Universidad y promoverla poltica editorial universitaria.

    m) Administrar en forma eficiente el funcionamiento dela biblioteca virtual, a travs del sistema deconvenios y cooperacin nacional e internacional,

    asocindolo a los sistemas y redes de bibliotecas delmundo.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    Artculo 92 Establecer la Editorial y un Fondo que atienda conpreferencia la necesidad de edicin de libros y materiales

    de estudios de los docentes y estudiantes, cuyo

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    48/125

    funcionamiento se norma en el Reglamento General de laUniversidad.

    Est a cargo de un docente ordinario principal o

    asociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    DEL MUSEO DE LA UNIVERSIDAD

    Artculo 93 Es un rgano dependiente del VicerrectoradoAcadmico, sin fines de lucro, al servicio de la sociedadpasquea y el desarrollo regional. Su misin es rescatar,conservar, investigar, comunicar, exponer y exhibir

    colecciones de arte, piezas arqueolgicas, mineralgicas,tecnolgicas, cientficas con propsitos de estudio,educacin y deleite de todos aquellos que admiran ellegado histrico del pueblo de Pasco, de la Regin y delpas. Est constituido orgnicamente por un director demuseo y por reas. Se rige por su propio reglamento.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    DEPENDENCIAS DEL VICERRECTORADO DEINVESTIGACIN

    Artculo 94 Son rganos de lnea del Vicerrectorado deInvestigacin Instituto Central de Investigacin. Instituto de Extensin Universitaria y ProyeccinSocial.

    Direccin General de Cooperacin y AsuntosInternacionales.

    INSTITUTO CENTRAL DE INVESTIGACIN

    Artculo 95 El Instituto Central de Investigacin es el rganoencargado de:

    a. Gestionar, coordinar y ejecutar la investigacin

    cientfica y tcnica en la UNDAC.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    49/125

    b. Formular y proponer capacitaciones y los lineamientosde polticas de la investigacin cientfica y tecnolgica.

    c. Dirigir, coordinar y supervisar la formulacin yejecucin de los proyectos de investigacin de

    institutos y centros de investigacin de laUniversidad.

    d. Organizar y proponer la oferta de la produccincientfica, tecnolgica y de consultora especializada enel mbito regional, nacional e internacional y en elConsejo Regional Interuniversitario del Centro delPer (CRI Centro).

    e. Ejecutar las polticas del VRI, orientados a laobtencin de financiamiento externo para facilitar los

    trabajos de investigacin cientfica, tecnolgica o deinnovacin.f. Propiciar, elaborar, difundir, ejecutar y evaluar los

    convenios con universidades e institucionesnacionales y extranjeras interesados en realizarinvestigaciones, cientficas y tecnolgicas.

    g. Informar sobre los aspectos ticos y regulativos de losproyectos de investigacin.

    h. Orientar a los miembros de la comunidad universitariaen torno a la formulacin de proyectos deinvestigacin cientfica y tecnolgica.

    i. Propiciar la participacin de los estudiantes en eldesarrollo de los proyectos de investigacin cientfica ytecnolgica.

    j. Organizar, procesar y analizar la relacin de todos losproyectos de investigacin.

    k. Asesorar al Vicerrector de Investigacin en asuntosreferidos a la investigacin cientfica y tecnolgica.

    l. Promover la red virtual de investigadores a nivel

    regional, nacional e internacional.m. Publicar los resultados de investigacin de la

    Universidad, cuidando la forma y estilos de redaccininternacional.

    n. Promover certmenes de investigadores y elintercambio de experiencias investigativas.

    o. Promover la movilidad de investigadores a nivelnacional e internacional.

    p. Elevar cada 2 meses al VRI un informe sobre la

    situacin de la investigacin en la UNDAC.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    50/125

    Est a cargo de un docente ordinario principal con gradode doctor, designado por el consejo universitario apropuesta del seor Rector.

    INSTITUTO DE EXTENSIN UNIVERSITARIA YPROYECCIN SOCIAL

    Artculo 96 El Instituto de Extensin Universitaria y ProyeccinSocial es el rgano encargado de:

    a. Proponer y hacer cumplir el Plan General deExtensin Universitaria y Proyeccin Social de laUNDAC.

    b. Desarrollar actividades de transferencia tecnolgica.c. Fomentar y reglamentar los asuntos de la propiedadintelectual.

    d. Poner en marchas los programas, centro cultural ytalleres de proyeccin social adscritos a los centrosde extensin y proyeccin de las facultades segnsea su naturaleza.

    e. Coordinar la labor de proyeccin social con otrasuniversidades o instituciones del pas y delextranjero.

    f. Proponer las polticas de capacitacin y actualizacinen las reas de su competencia.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el consejo universitario apropuesta del seor Rector.

    DIRECCIN GENERAL DE COOPERACIN Y ASUNTOS

    INTERNACIONALES

    Artculo 97 La Direccin General de Cooperacin y AsuntosInternacionales es el rgano encargado de:

    a. Proponer al Vicerrectorado de Investigacin loslineamientos de poltica institucional a corto y largoplazo para suscribir convenios con institucionespblicas y privadas que conlleve al desarrolloinstitucional, regional, nacional e internacional.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    51/125

    b. Asesorar en forma permanente al Vicerrectorado deInvestigacin.

    c. Presentar informes tcnicos solicitados por elRectorado, Consejo Universitario y dems rganosque requieran asesoramiento en relacin a laCooperacin Tcnica.

    d. Programar y ejecutar eventos relacionados con laCooperacin Tcnica.

    e. Orientar la formulacin de planes y la ejecucin delas acciones de cooperacin tcnica.

    f. Coordinar con la Agencia Peruana de CooperacinTcnica, Ministerio de Educacin-Oficina Becas yCrditos Educativos, Asamblea Nacional de Rectores,etc. sobre los asuntos referentes a la cooperacintcnica.

    g. Formular y elevar a los rganos de la Alta Direccinel Plan Operativo Institucional, referente a relacionesinternacionales, disponer su evaluacin y elevar alVRI los resultados correspondientes.

    Est a cargo de un docente principal o asociado,designado por el consejo universitario a propuesta del

    seor Rector.

    DEPENDENCIAS DE LA GERENCIA GENERAL DEADMINISTRACIN

    RGANOS DE LNEA

    Artculo 98 Son rganos de lnea de la GERENCIA GENERAL DE

    ADMINISTRACIN: Oficina de Planificacin y Presupuesto. Oficina de Economa y Finanzas. Oficina de Recursos Humanos. Oficina de Bienestar Universitario. Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Oficina de Produccin. Oficina de Proyectos y Construcciones.

    Constituyen el Consejo de Gerencia todos losdirectores de las oficinas administrativas.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    52/125

    OFICINA DE PLANIFICACIN Y PRESUPUESTO

    Artculo 99 La Oficina de Planificacin y Presupuesto es el rganoencargado de:

    a) Formular, asesorar, evaluar y controlar losprocesos de planificacin, presupuesto,racionalizacin, estudios y proyectos de inversinde la Universidad, en concordancia con lasnormas de los sistemas correspondientes y otros.

    b) Implementar, coordinar y evaluar, mediantenormas tcnicas el proceso de planificacin dediversos organismos de la Universidad.

    c) Formular y evaluar los planes de desarrollo de

    corto, mediano y largo plazo de la Universidad,siguiendo los lineamientos del Centro dePlaneamiento Estratgico y la poltica de la AltaDireccin.

    d) Aprobar los perfiles por la Oficina deProgramacin de Inversiones (OPI).

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    OFICINA DE ECONOMA Y FINANZAS

    Artculo 100 La Oficina de Economa y Finanzas es el rganoencargado de:a) Cumplir y hacer cumplir las normas internas y

    dispositivos legales de los sistemasadministrativos de presupuesto, tesorera ycontabilidad.

    b) Administrar los recursos financieros asignados ala entidad, en las actividades de recaudacin,custodia, ejecucin, rendicin y registro contablede las operaciones financieras, mediante elSistema Integrado de Administracin FinancieraSIAF-SP y por fuentes de financiamiento.

    c) Ejecutar los gastos de la entidad previamentecomprometidos, devengados y girados de acuerdoa normas legales vigentes y al SIAF SP.

    d) Implementar medidas de control interno en los

    ingresos y gastos por fuente de financiamiento y el

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    53/125

    control de las dependencias generadoras deingresos mediante la emisin de directivasinternas.

    e) Coordinar con las dependencias correspondientes

    el cierre presupuestal y financiero trimestral yanual, cumpliendo con la presentacin de losestados financieros y presupuestarios dentro delos plazos establecidos, debidamente sustentado ycon opinin del rgano de Control Institucional.

    f) Velar por la oportuna presentacin de lasdeclaraciones juradas e informaciones a losorganismos del estado.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, de la carrera de las Ciencias Econmicas,Contables y Administrativas, designado por el ConsejoUniversitario a propuesta del seor Rector.

    OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

    Artculo 101 La Oficina de Recursos Humanos es el rganoencargado de:a) Cumplir y hacer cumplir la poltica y directivas

    que, para la administracin de personal, dicte laGerencia General de Administracin y las normasemanadas del Sistema Nacional de Personal.

    b) Programar, coordinar, dirigir y controlar las fasesde formulacin del presupuesto de personal de laentidad.

    c) Administrar los recursos humanos de la entidad,manteniendo actualizado el escalafn.

    d) Dirigir, coordinar y evaluar las acciones referentes

    a los procesos de ingreso, desplazamiento, controlde asistencia, capacitacin, promocin y desarrollodel personal y elaboracin de planillas nicas depagos.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    54/125

    OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

    Artculo 102 La Oficina de Bienestar Universitario es el rganoencargado de:

    a) Cumplir y hacer cumplir la poltica y directivasque, para el bienestar y el desarrollo del personal

    y estudiantes, dicte la Gerencia General deAdministracin, en coordinacin con la AltaDireccin.

    b) Programar, dirigir, coordinar y supervisar lasactividades orientadas hacia el bienestar yrecreacin de los miembros de la comunidaduniversitaria, propiciando e incentivando su

    participacin.c) Planear, ejecutar y evaluar los servicios delcomedor universitario, residencia universitaria,asistencia mdico-odontolgica, servicio social yconsejera a favor de los estudiantes.

    d) Proponer el plan integral de recreacin y deportedirigidos a la comunidad universitaria.

    e) Promover campaas de salud preventiva en lacomunidad universitaria.

    f) Organizar a los alumnos en brigadas de defensacivil y trabajo social universitario.

    g) Promover la participacin estudiantil a nivelnacional.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS

    AUXILIARES

    Artculo 103 La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares esel rgano encargado de:a) Cumplir y hacer cumplir la poltica y directivas

    que, para la administracin de los recursosmateriales y servicios, dicte la Gerencia General deAdministracin, en coordinacin con la AltaDireccin.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    55/125

    b) Desarrollar las actividades de abastecimientoinherentes al proceso de programacin,adquisicin, almacenamiento y distribucin,relacionados con los bienes y servicios de la

    Universidad.c) Velar por el mantenimiento y seguridad de los

    bienes e infraestructura, control patrimonial de laUniversidad e inscripcin de los mismos en losRegistros Pblicos.

    d) Administrar los servicios auxiliares y detransportes.

    e) Elaborar la propuesta del Plan Anual deContrataciones y Adquisiciones de Bienes y

    Servicios de la UNDAC.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    OFICINA DE PRODUCCIN

    Artculo 104 La Oficina de Produccin es el rgano encargado de:a) Cumplir y hacer cumplir la poltica de produccin

    de bienes y servicios diseada por la AltaDireccin y las Facultades.

    b) Fortalecer el binomio Universidad-Empresa,mediante la creacin y administracin de Centrosde Produccin de Bienes y Servicios que permitanla participacin integral de los sectoresproductivos.

    c) Generar recursos econmicos mediante lainversin productiva y financiera transferidos por

    el Estado y otros.

    Est a cargo de un docente ordinario principal oasociado, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

    OFICINA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES

    Artculo 105 La Oficina de Proyectos y Construcciones es el rgano

    encargado de:

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    56/125

    a) Elaborar y ejecutar los proyectos de inversin desu competencia, de acuerdo al crecimientopoblacional y a las metas de crecimiento enconcordancia con otras dependencias.

    b) Analizar y evaluar el estado de la infraestructurafsica de la Universidad.

    c) Proponer las normas especficas para elcumplimiento de las metas, objetivos y polticas deinfraestructura.

    d) Proponer normas y directivas complementariaspara la aplicacin de los fondos de ejecucin deobras.

    e) Elaborar los expedientes tcnicos, liquidacin de

    obra y declaratoria de fbrica de acuerdo a losdispositivos legales vigentes.f) Realizar la construccin, control e inspeccin de

    obras en la Universidad.g) Realizar las dems funciones inherentes al cargo

    que le asigne la Gerencia General deAdministracin.

    h) Dirigir y supervisar a las unidades formuladorasde proyectos de la Universidad.

    La Oficina de Proyectos y Construcciones cuenta conunidades orgnicas. Est a cargo de un docenteordinario principal o asociado, profesional del rea deIngeniera, designado por el Consejo Universitario apropuesta del seor Rector.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    57/125

    CAPTULO VII

    RGANOS DE NIVEL DESCENTRALIZADO

    Artculo 106Los rganos de nivel descentralizado se ubican en lasFacultades. Su estructura y funcionamiento esnormado por el Reglamento General de la UNDAC, sonlas siguientes:

    RGANOS DE APOYO DE LAS FACULTADES

    Secretara del Consejo de Facultad. Coordinacin de Ayudas Audiovisuales. Coordinacin de Bienestar y Tutora. Coordinacin de Prcticas Pre-Profesionales. Coordinacin de Cmputo e Internet. Coordinacin de los Centros Experimentales. Coordinacin de los Centros de Produccin. Coordinacin de Calidad Universitaria. Secretara de Facultad.

    RGANOS DE ASESORAMIENTO DE LASFACULTADES

    Comisin Permanente de Currculo.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    58/125

    CAPTULO VIII

    DE LOS RGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

    Artculo 107 La UNDAC, se gobierna con la participacin de susdocentes ordinarios, estudiantes y graduados deacuerdo con la Ley Universitaria N 23733 y susmodificatorias, el presente Estatuto y ReglamentoGeneral.

    Artculo 108 El gobierno de la Universidad y Facultades se ejerce deconformidad a los artculos 37,38,74, 75 y 76 delpresente Estatuto.

    Artculo 109 No pueden pertenecer al mismo rgano de gobierno dela UNDAC, los cnyuges, ni parientes hasta el cuarto

    grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

    DE LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA

    Artculo 110 La Asamblea Universitaria es el mximo rgano degobierno de la Universidad Nacional Daniel AlcidesCarrin de Pasco y est integrado por:a) El Rector, quien lo preside.b) El Vicerrector Acadmico.

    c) El Vicerrector de Investigacin.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    59/125

    d) Decanos.e) El Director de la Escuela de Post Grado.f) Los representantes de los docentes de las diversas

    Facultades, en nmero igual al doble de la suma de

    las autoridades universitarias a que se refieren losincisos anteriores, distribuidos por categoras de lasiguiente forma: Docentes principales en nmero igual al de

    autoridades. Docentes asociados en nmero igual a los dos

    tercios de los representantes de los profesoresprincipales.

    Docentes auxiliares en nmero igual a un

    tercio de los representantes de los docentesprincipales.

    g) Los representantes de los estudiantes en laproporcin de un tercio del nmero total de losmiembros de la Asamblea.

    h) Los representantes de los graduados en cantidadno mayor al de la mitad del nmero de Decanoselegidos por el estamento graduados de acuerdo alreglamento de elecciones. No pueden ejercer esta

    funcin los docentes y trabajadores de la UNDAC.i) El Gerente General de Administracin es miembrosupernumerario, con voz y sin voto.

    j) El presidente y el secretario de defensa de laFederacin de Estudiantes de la UNDAC sonmiembros supernumerarios, con voz y sin voto.

    k) Dos representantes del Sindicato de Docentes y dosrepresentantes del Sindicato nico de

    Trabajadores, en calidad de supernumerarios, convoz y sin voto. Ambos gremios deben estarreconocidos por la Universidad.

    El Secretario General de la Universidad actuar comosecretario de la Asamblea Universitaria con voz y sinvoto.

    Artculo 111 La eleccin de los representantes de los docentesordinarios a dedicacin exclusiva y/o tiempo completose hace por los de la categora respectiva y guardando

    la representatividad de todas las Facultades de modo

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    60/125

    que se cuente en la Asamblea con no menos de unrepresentante por Facultad.

    Artculo 112 Los representantes de los docentes son elegidos para unperodo de tres (3) aos y de los graduados para unperodo de dos (2) aos; los representantes estudiantilesson elegidos para un periodo de un (1) ao. El cambiode categora de un profesor conlleva al cese en larepresentacin que ostenta. Las elecciones se efectanpor el sistema de lista incompleta.

    Los miembros Asamblestas, Consejo Universitario yConsejos de Facultad que ejerzan cargos pblicos sern

    reemplazados por sus suplentes.

    Artculo 113 Los representantes de los estudiantes sern elegidospor los alumnos regulares y entre los que cumplan conlos requisitos establecidos en el Reglamento General deElecciones.

    Artculo 114 La Asamblea Universitaria tiene las atribucionessiguientes:a) Ejercer la funcin normativa y fiscalizadora de la

    universidad.b) Aprobar los lineamientos de poltica y estrategias

    de desarrollo institucional, as como los objetivos ymetas que conduzcan al cumplimiento de stas.

    c) Resolver, a propuesta del Rector o por iniciativa depor lo menos dos tercios de sus miembros, sobrela adecuacin o modificacin del Estatuto.

    d) Pronunciarse sobre la propuesta del Rectoraprobada por el Consejo Universitario, relativa a

    enajenacin o gravamen de activos de laUniversidad cuando corresponda a bienes races oa bienes que, sin ser inmuebles, hayan sidopreviamente declarados de especial intersinstitucional, de acuerdo al reglamento.

    e) Pronunciarse acerca de la contratacin ysuscripcin de prstamos y obligacionesfinancieras, cuando corresponda, de acuerdo conlas pautas anuales de endeudamiento.

  • 7/22/2019 Estatuto Undac - Vigente 2013

    61/125

    f) Ratificar el presupuesto participativo anual de laUniversidad, sus modificaciones y las pautasanuales de endeudamiento aprobados previamentepor el Consejo Universitario.

    g) Aprobar las modificaciones a la estructuraorgnica de la Universidad que proponga elRector, previa aprobacin del ConsejoUniversitario.

    h) Solicitar al Rector o Consejo Universitario lainformacin acerca de la gestin universitariarespecto a las polticas, estrategias y avances en laejecucin del Plan Estratgico.

    i) Aprobar su reglamento interno de funcionamiento.

    j) Proponer y aprobar proyectos y programas dedesarrollo institucional de trascendencia en elmarco de las polticas y estrategias de desarrollouniversitario.

    k) Elegir al Rector y Vicerrectores, pronunciarse sobresus renuncias y declarar la vacancia de sus cargos.

    l) Ratificar