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PROPUESTA DE REGLAMENTACIÓN
ARTÍCULO 18 LEY 1753 DE 2015
“ESQUEMAS DIFERENCIALES EN
ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO, ZONA URBANA”
MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección de Desarrollo Sectorial
Junio 2016
REUNIONES PREVIAS CON ESP:
CONOCIENDO EN DETALLE
EN LOS SIGUIENTES CASOS:
LA REGULACIÓN HA DEFINIDO LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES:
• Áreas de Prestación AAA • Estándares de prestación AA • Metas a alcanzar para AAA • Condiciones de eficiencia AA
• Buenaventura • Tumaco • San Andres Isla • Quibdó • Guapi • La Guajira • Leticia • Regional la Línea • 42 PME • ESP en administración de la SSPD: (7)ESPUFLAN, EMCARTAGO, EICVIRO, EAAA DE YOPAL, EAAA DE ESPINAL, ACUACAR • ESP en liquidación: Empresa Publicas de Quibdó, Emsirva.
“ARTÍCULO 18. CONDICIONES ESPECIALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EN ZONAS DE DIFÍCIL ACCESO. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) establecerá condiciones especiales de prestación del servicio a los usuarios ubicados en zonas de difícil acceso dentro del Sistema Interconectado Nacional, que permitan aumentar la cobertura, disminuir los costos de comercialización y mitigar el riesgo de cartera, tales como la exigencia de medidores prepago, sistemas de suspensión remota, facturación mediante estimación del consumo y ciclos flexibles de facturación, medición y recaudo, entre otros esquemas.
Las zonas de difícil acceso de que trata el presente artículo son diferentes de las Zonas Especiales que establece la Ley 812 de 2003, Áreas Rurales de Menor Desarrollo, Zonas de Difícil Gestión y Barrios Subnormales.
El Gobierno nacional definirá esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas rurales, zonas de difícil acceso, áreas de difícil gestión y áreas de prestación, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos en la ley.
La Comisión de Regulación de Agua y Saneamiento Básico (CRA) desarrollará la regulación necesaria para esquemas diferenciales de prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo previstos en el presente artículo.”
EL ARTICULO 18 DE LA LEY 1753 DE 2015, DEFINIÓ LO SIGUIENTE:
Propósito general del proyecto
Esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de AAA
Establecer las condiciones para la prestación de los
servicios de acueducto, alcantarillado y aseo mediante esquemas
diferenciales en:
ZONAS DE DIFÍCIL GESTIÓN
ÁREAS DE PRESTACION
ZONAS DE DÍFICIL ACCESO
En las cuales por condiciones
particulares NO puedan alcanzarse los
estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos
en la Ley en el ÁREA URBANA
¿A QUIENES APLICA LA NORMA?
Personas prestadoras de los servicios de AAA
Suscriptores y usuarios
Nación
Entidades territoriales
Demás entidades que tengan competencias con la
prestación de estos servicios en zonas urbanas
Esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de AAA
ÁREAS DE DIFÍCIL GESTIÓN: Características
COMERCIALES
TÉCNICAS
FINANCIERAS ADMINISTRATIVAS
TIC´S
CONTINEGENCIAS
¿Qué son? 1. Áreas de difícil gestión
Áreas dentro del perímetro urbano en
las que por restricciones en el
desarrollo urbanístico, subnormalidad o
condiciones de riesgo no mitigable
La prestación de los servicios de AAA se
podrá realizar mediante esquemas provisionales hasta tanto se adopten las
medidas de legalización urbanística o
reubicación de asentamientos
humanos
Alternativas técnicas para los esquemas provisionales
1. Áreas de difícil gestión
Suministro de agua potable mediante pilas públicas a cargo del prestador y redes
provisionales a cargo del suscriptor
Manejo de aguas residuales domésticas a cargo del suscriptor mediante:
-Sistemas sépticos a cargo del suscriptor o
-Redes provisionales con descarga a la red de alcantarillado que opere el prestador
Recolección de residuos sólidos en sitios de presentación acordados entre el prestador y el suscriptor, cuando la recolección no se realice
por el esquema puerta a puerta
SUBSIDIOS AAA
ALTERNATIVAS
ACUEDUCTO ALCANTARILLADO
ASEO
Parámetros técnicos 1. Áreas de difícil gestión
Para el diseño y construcción de redes provisionales para el
suministro de agua potable y manejo de aguas residuales
domésticas
Se podrán aplicar parámetros técnicos diferentes a los
establecidos en la reglamentación siempre y cuando se cuenten con los soportes para la alternativa a
desarrollar
1. Áreas de difícil gestión
Los usuarios residenciales a quienes se les suministre los servicios mediante esquemas provisionales podrán recibir subsidios en el porcentaje correspondiente a los usuarios del estrato uno (1) del respectivo municipio
El suscriptor deberá informar al prestador del servicio, los beneficiarios y las direcciones o ubicación de los predios indicando aquellos que son residenciales
Para el servicio de acueducto se cobrará un cargo fijo y el cargo por consumo objeto de subsidio será el resultante de multiplicar el valor que defina la CRA como de consumo básico por el número de usuarios residenciales
Para el servicio de alcantarillado con descarga a la red que opere el prestador, se cobrará un cargo fijo y el cargo por consumo objeto de subsidio será el resultante de multiplicar el volumen asociado al consumo básico por el número de usuarios residenciales beneficiarios del servicio de alcantarillado
Acceso a subsidios para esquemas provisionales
Responsabilidades 1. Áreas de difícil gestión
DEL SUSCRIPTOR
• 1. Pagar la factura
• 2. Realizar el mantenimiento de las redes provisionales y evitar y corregir las fugas que se presenten
• 3. Fomentar el ahorro y uso eficiente del agua
DEL PRESTADOR
• 1. Suministrar el servicio de acueducto hasta la pila pública.
• 2. Suministrar el servicio de alcantarillado a partir del punto de descarga de la red provisional del suscriptor
• 3. Ofrecer asistencia técnica al suscriptor para el mejoramiento y mantenimiento de las redes
Incentivo a la formalización 1. Áreas de difícil gestión
El municipio o distrito deberá incluir dentro de sus proyectos de desarrollo urbano
Una programación con metas tendientes a la legalización de estas zonas y la asignación de los recursos correspondientes
Tamaño de pilas públicas 1. Áreas de difícil gestión
Los prestadores podrán definir tamaños de pilas públicas por el número de usuarios beneficiarios, por conveniencia en el
manejo administrativo, técnico y operativo de
las mismas
Normalización de la prestación de los servicios públicos
1. Áreas de difícil gestión
Declarada la legalización del asentamiento humano o la
reubicación
Los esquemas provisionales deberán
ser sustituidos de manera gradual para
suministrar los servicios conforme a
los requisitos definidos en la
normatividad vigente
¿Qué son? 2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares
Área definida por el prestador para cada uno de los servicios de AAA
Que por condiciones particulares no puedan alcanzar los
estándares de eficiencia, cobertura y calidad en los plazos
definidos en la regulación
DEFINICIONES ESTABLECIDAS EN LA REGULACION
• Áreas geográficas del municipio en las cuales la persona prestadora proporciona los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo cubiertas por su infraestructura existente, más aquella planificada en su POIR. (Resolución CRA 688 de 2014)
Áreas de Prestación del Servicio
• Serán los que defina la CRA: Estándares de servicios (Cobertura y Calidad) y de eficiencia (Índice de agua no contabilizada)
Estándares de eficiencia, cobertura y calidad
Resolución 688 de 2014, establece:
2. Estándares de eficiencia
1. Estándares del servicio
ART. RESOLUCION 688 DE 2014, ESTABLECE: “Para efectos de calcular las proyecciones que permiten determinar los costos de prestación, las Personas prestadoras deberán establecer metas anuales para reducir la diferencia entre el valor del Año base y el estándar de servicio, con la gradualidad exigida, dentro de su APS.
COBERTURA CONTINUIDAD
CALIDAD
100% de cobertura en Áreas de Prestación de Servicio (APS)
Estándar de Servicio
Servicio público domiciliario de
Acueducto
Servicio público domiciliario de Alcantarillado
Meta y Gradualidad
Cobertura
Primer segmento 100%
Primer segmento 100%
El 100% de la meta debe lograrse en 5 años, según la ejecución programada
del POIR
Segundo segmento 100%
Segundo segmento 100%
El 70% de la meta debe lograrse en5 años y el
100% en 7 años, según la ejecución programada del
POIR
2021
2023
Continuidad del servicio
Estándar de Servicio
Servicio público
domiciliario de Acueducto
Servicio público domiciliario de Alcantarillado
Meta y Gradualidad
Continuidad >= 98,36% >= 98,36%
El 100% de la meta en 5 años (primer
segmento) y 7 años (segundo segmento),
según la ejecución programada para el
POIR
Calidad del agua
Estándar de Servicio
Servicio público domiciliario de
Acueducto
Servicio público domiciliario de Alcantarillado
Meta y Gradualidad
Calidad IRCA<=5%
% cumplimiento del Plan de Saneamiento y Manejo de
Vertimientos - PSMV
El 100% de la meta para acueducto debe lograrse
desde la entrada en vigencia del nuevo marco.
Para el servicio de alcantarillado el 100% de la
meta debe lograrse en 5 años según el POIR.
Acueducto Alcantarillado Estándar de
eficiencia
Meta para 5 años para
cerrar brecha entre
estándar y año base y
gradualidad
Indicador de
reclamos
comerciales IQR
(reclamos/1.000
suscriptores/period
o de tiempo
analizado)
Indicador de reclamos
comerciales
(reclamos/ 1.000
suscriptores/periodo
de tiempo analizado).
<= 4 reclamaciones
por cada 1.000
suscriptores por año.
100% de la meta con una
gradualidad a discreción
del prestador.
ESTÁNDAR DE SERVICIO EN RECLAMACIÓN COMERCIAL
Acueducto Alcantarillado Estándar de
eficiencia
Meta para 5 años para
cerrar brecha entre
estándar y año base y
gradualidad
IPUF - Índice de
Pérdidas por
Usuario
Facturado
(m3/suscriptor/
mes)
N/A
<= 6
m³/suscriptor/mes
50% de la brecha o el
100% del NEP. Para el
año 10 el 75% de la
brecha o el 100% del
NEP.
ESTÁNDAR DE EFICIENCIA PARA PÉRDIDAS
¿Cuáles son los criterios para solicitar el esquema
diferencial?
2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares
2. Municipios que se vinculen a un esquema regional de prestación,
así:
2.1 Municipios que individualmente tengan menos de 5.000 suscriptores,
pero que generen un esquema regional de más de 5.000 suscriptores
2.2 Municipios con menos de 5.000 suscriptores que se vinculen
regionalmente a un prestador con más de 5.000 suscriptores
1. Personas prestadoras de los servicios de AAA que atiendan
entre 5.000 y 110.000 suscriptores al momento de la solicitud de la declaratoria y
sustenten que no lograrán cumplir con los estándares e indicadores de prestación en los términos y
condiciones definidas en la regulación vigente
2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares
APS DEFINIDA
> 5000 SUSCRIPTORES
MUNICIPIO CON BAJOS
ESTANDARES MAYOR PLAZO PARA ESTÁDARES E INDICADORES REGULACION DIFERENCIAL VIGILANCIA DIFERENCIAL
MUNICIPIO CON BAJOS
ESTANDARES
MUNICIPIO CON BAJOS
ESTANDARES
MUNICIPIO CON BAJOS
ESTANDARES
MUNICIPIO CON BAJOS
ESTANDARES
CONFORMAN REGIONAL MAYOR A 5000 SUSCRIPTORES
¿Cómo se accede? 2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares
DEL MUNICIPIO
• 1. Solicitud ante la CRA
• 2. Evidencias de que en las condiciones actuales no es posible lograr los estándares e indicadores de eficiencia, cobertura y calidad
• 3. Línea base de los estándares de calidad del servicio
• 4. Plan de Gestión
• 5. Plan financiero
DEL PRESTADOR
• Los mismos del municipio más:
• Acuerdo suscrito entre la persona prestadora y el municipio en el que establecen las acciones, plan de gestión, recursos y gradualidad para mejorar los estándares de eficiencia, cobertura y calidad en el área de prestación con esquema diferencial
Vigilancia y control diferencial
2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares
Reporte anual al SUI de los avances y el cumplimiento de los estándares e indicadores
Vigilancia y control diferencial por parte de la SSSP a partir del acto administrativo que expida la CRA
;
6
QUIENES PODRIAN APLICAR?
LETICIA
CONSTITUCION DE ESQUEMAS REGUIONALES EN BOLIVAR, ACUECAR
QUIBDÓ
BUENAVENTURA
TUMACO, GUAPI
ALGUNOS REGIONALES EN LA GUAJIRA, RIOHACHA
SAN ANDRES ISLA
CONDICIONES PARTICULARES:
1. Libertad vigilada por este período tarifario y hasta tanto la CRA no emita
una nueva metodología.
2. Reporte al SUI de sólo X formatos* al año, necesarios para un control básico
(contables, comerciales, técnicos).
3. Con meta de macromedición.
4. Con metas de micromedición.
5. Con metas de recaudo.
6. Con metas de costeo ABC.
7. Con metas de continuidad.
8. Con total flexibilidad en esquemas de facturación.
9. Esquemas alternativos para construcción y cobro de redes internas.
*A excepción de los de registro
¿Qué son? 3. Zonas de difícil acceso
Que se encuentran en zonas no
interconectadas al sistema eléctrico nacional o que
cumplen con las condiciones
especiales que se establecen
Municipios de categorías 5 y 6 con menos de
5.000 suscriptores
3. Zonas de difícil acceso
Está ubicado en Zonas No Interconectadas (ZNI) del
servicio de energía eléctrica – Municipios categoria 5 y 6
Presenta un índice de Necesidades Básicas
Insatisfechas municipales urbanas mayores al 70% -
menores de 5.000 suscriptores
Presenta cobertura censal del servicio de acueducto menor a
70%
¿Qué condiciones especiales presenta?
¿Cómo se accede? 3. Zonas de difícil acceso
• El municipio presenta solicitud ante la CRA
• Evidencias de que en las condiciones actuales no es posible lograr los estándares e indicadores de eficiencia, cobertura y calidad
• Línea base de los indicadores de calidad del servicio
• Plan de Gestión
• Plan financiero
• La Comisión analiza la solicitud y la documentación y, define a través de acto administrativo motivado, la pertinencia de declarar el esquema diferencial solicitado
¿En qué consiste el esquema diferencial?
3. Zonas de difícil acceso
•El prestador del servicio de acueducto que suministre agua con algún nivel de riesgo en su área de prestación, deberá establecer el plazo del cumplimiento de los estándares de calidad de agua potable.
•Mientras se cumple el plazo, se promueve el uso de dispositivos o técnicas de tratamiento de agua, o suministrará agua apta para consumo humano empleando medios alternos.
Calidad del agua
•Se podrá realizar la medición de los volúmenes suministrados mediante procedimientos alternativos, y la facturación podrá efectuarse a partir de los consumos estimados, mientras alcanza cobertura total de micromedición.
Micromedición
•Se podrá suministrar agua de manera periódica, siempre y cuando se garantice la entrega de un volumen correspondiente al consumo básico establecido por la CRA. Continuidad
•El manejo de aguas residuales domésticas se podrá efectuar mediante sistemas individuales a cargo del suscriptor, siempre que no exista red de alcantarillado en la zona del inmueble. Alcantarillado
•Programa de prestación del servicio que trata el Decreto 1077 de 2015, la gradualidad para la incorporación de las diferentes actividades del servicio público de acuerdo con las condiciones municipales. Como mínimo se deberá implementar la recolección mediante sistemas colectivos de presentación y almacenamiento de residuos sólidos, de acuerdo con el PGIRS del distrito o municipio en el que se encuentre operando.
Aseo
Vigilancia y control diferencial 3. Zonas de difícil acceso
Vigilancia y control diferencial por parte de la SSSP a partir del acto administrativo que expida la CRA