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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD SANTO TOMÁS
“ESTUDIO, EVALUACIÓN Y DETERMINACIÓN DEL COSTO
DE OBRA (CASO GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.)”
T E S I S
QUE P A R A O B T E N E R E L T Í T U L O D E:
CONTADOR PÚBLICO
P R E S E N T A :
MARIA GUADALUPE DELGADILLO PORRAS
ASESORES: C.P ADRIÁN DE LOS SANTOS RÍOS
C.P. JOSÉ LUIS CASTRO PERALTA
México, D.F., ENERO 2012
DEDICO MI TESIS
A Dios por darme la vida, sin Él nada sería posible.
A mis padres Jesús y Carmen porque su gran amor ha sido la mayor constante en mí vida.
A mis hermanos Rafael, Benjamín y Carmen son fortaleza, valentía y templanza para mí.
Les amo.
GRACIAS
Al Instituto Politécnico Nacional A la Escuela Superior de Comercio y Administración Unidad Sto. Tomás mi segunda casa, pilar de mi enseñanza y aprendizaje. A cada uno de mis profesores del C.E.C. y T. N°14 Luis Enrique Erro Soler. A mis asesores Adrián de los Santos Ríos y José Luis Castro Peralta por sus íntegras y amables aportaciones. A la maestra Ma. Eugenia Yañez Morales por su gran paciencia, dedicación y entusiasmo. A mis profesores de la E.S.C.A. Sto. Tomás por su dedicación y entrega al transmitir sus conocimientos. A mis amiga(o) s, gracias por ser tal y como son. A cada compañera (o) y amiga (o) con el que he laborado, siempre me aportan una nueva enseñanza. A Emma Morán infinitas gracias. Armando muchas gracias por tu apoyo, por ser una buena persona conmigo, por compartir tu experiencia y amistad. Moisés muchas gracias. A todos aquellas maravillosas personas que me dedicaron tiempo, espacio y sentimientos, que colocaron su grano de arena en mi vida y me permitieron también poner el mío en sus vidas.
Gracias a cada uno de ustedes.
1
ÍNDICE
I. PRESENTACIÓN DEL TEMA ..................................................................................................................................................3
II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA .....................................................................................................................................3
III. JUSTIFICACIÓN ..................................................................................................................................................................3
IV. DETECCIÓN DEL PROBLEMA .............................................................................................................................................4
V. OBJETIVO GENERAL ...........................................................................................................................................................4
VI. OBJETIVOS PARTICULARES ................................................................................................................................................4
VI. METODOLOGÍA .................................................................................................................................................................5
VII. DEFINICIÓN DEL ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN A REALIZAR .......................................................................................6
VIII. FORMULACIÓN DE LA HIPÓTESIS ....................................................................................................................................7
CAPÍTULO 1 ............................................................................................................................................................................9
1. DATOS HISTÓRICOS ........................................................................................................................................................... 9
1.1. ANTECEDENTES Y CARACTERÍSTICAS DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRIBUTACIÓN .......................................................... 9
1.2. ANTECEDENTES DEL CAMBIO DE RÉGIMEN ESPECIAL DE TRIBUTACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL ................................ 10
CAPÍTULO 2 ......................................................................................................................................................................... 13
2. CARACTERÍSTICAS GENERALES, DEFINICIONES Y MARCO DE REFERENCIA ..................................................................... 13
2.1. ASPECTOS CONTABLES ................................................................................................................................................. 13
2.1.1. INTRODUCCIÓN ..........................................................................................................................................................13
2.1.2. CONCEPTOS GENERALES ............................................................................................................................................13
2.1.3. RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN DE LOS INGRESOS ................................................................................................14
2.1.4. RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN DE LOS COSTOS ....................................................................................................15
2.1.5. MÉTODOS DE CONTABILIZACIÓN ...............................................................................................................................16
2.1.5.1. MÉTODO DE PORCIENTO DE AVANCE .....................................................................................................................16
2.1.5.2. MÉTODO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO ...........................................................................................................20
2.2. ASPECTOS FISCALES ......................................................................................................................................................20
2.2.1. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA .........................................................................................................................20
2.2.1.1. INGRESOS ACUMULABLES .......................................................................................................................................20
2.2.1.2. MOMENTOS DE ACUMULACIÓN DE LOS INGRESOS ...............................................................................................21
2.2.1.3. LOS INGRESOS EN CONTRATOS DE OBRA ...............................................................................................................21
2.2.1.4. LAS DEDUCCIONES PARA CONTRATOS DE OBRA INMUEBLE ..................................................................................23
2.2.1.4.1. DEDUCCIÓN DEL COSTO DE LO VENDIDO ............................................................................................................24
2.2.1.4.2. DEDUCCIÓN DE EROGACIONES ESTIMADAS ........................................................................................................26
CAPÍTULO 3 ..........................................................................................................................................................................29
3. GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V. ...........................................................................................................................................29
3.1. CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA ...................................................................................................................................29
3.2. CARACTERÍSTICAS FISCALES ..........................................................................................................................................29
3.3. VALORACIÓN DE ACTIVIDADES EN 2010 .......................................................................................................................30
3.4. RESULTADO DE LA REVISIÓN .........................................................................................................................................30
3.5. DETECCIÓN DEL PROBLEMA ..........................................................................................................................................31
3.6. EVALUACIÓN .................................................................................................................................................................31
3.6.1. ¿CÓMO SE REGISTRO EL COSTO DE OBRA?................................................................................................................31
3.7. PROPUESTA ...................................................................................................................................................................32
3.8. SELECCIÓN DE MUESTRA ..............................................................................................................................................32
3.8.1. REGISTROS CONTABLES .............................................................................................................................................33
2
CAPÍTULO 4 ..........................................................................................................................................................................37
4. SOLUCIÓN AL PROBLEMA ................................................................................................................................................37
4.1. METODOLOGÍA CONTABLE ...........................................................................................................................................37
4.1.1. REGISTRO DE INGRESOS .............................................................................................................................................37
4.1.2. REGISTRO DE EGRESOS ..............................................................................................................................................37
4.1.2.1. OPCIÓN “A” MÉTODO DE GRADO DE AVANCE .......................................................................................................41
4.1.2.2. OPCIÓN “B” MÉTODO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO .......................................................................................44
4.1.3. CONCLUCIÓN EN LA APLICACIÓN DE OPCIONES “A” Y “B” ........................................................................................46
4.2. METODOLOGÍA FISCAL ..................................................................................................................................................46
4.2.1. PAGOS PROVISIONALES DE ISR, IETU Y PAGOS DEFINITIVOS DE IVA, 2010 Y 2011 ....................................................48
4.2.1.1. PAGOS PROVISIONALES DE ISR 2010 Y 2011 ...........................................................................................................48
4.2.1.2. PAGOS PROVISIONALES DE IETU 2010 Y 2011 ........................................................................................................49
4.2.1.3. PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 2010 ..........................................................................50
4.2.2. OPCIÓN “Z” DEDUCCIÓN DE EROGACIONES ESTIMADAS ..........................................................................................51
4.2.3. OPCIÓN “Y” COSTO DE VENTA ...................................................................................................................................53
4.2.4. CONCLUCIÓN EN LA APLICACIÓN DE “Y” y “Z” ...........................................................................................................54
CAPÍTULO 5 ..........................................................................................................................................................................55
5. CONCLUSIONES ................................................................................................................................................................55
5.1. METODOLOGÍA DE CONTABILIZACIÓN .........................................................................................................................56
5.2. METODOLOGÍA FISCAL ..................................................................................................................................................56
ANEXOS ...............................................................................................................................................................................57
ANEXO A. Auxiliar de Obra en Proceso (Original) ................................................................................................................58
ANEXO B. Desglose de facturas pagadas a la empresa Complementos para la construcción, S.A. de C.V. de CCA .............63
ANEXO C. Auxiliar corregido de obra en proceso de CCA. ..................................................................................................65
BIBLIOGRAFÍA ......................................................................................................................................................................70
3
I. PRESENTACIÓN DEL TEMA
La industria de la construcción, considerada como una de las ramas más importantes en la economía mexicana ha sido
escenario de los diferentes eventos económicos que ha vivido nuestro país.
Integrada por empresas de diferentes tamaños, desde los grandes corporativos hasta los pequeños empresarios,
siempre estando bajo el cobijo de las políticas económicas del momento en que se encuentre el país, por lo que ha
pasado por periodos de bonanza y crisis.
Convirtiéndose desde entonces en una de las actividades más dinámicas en nuestro país, ya que su requerimiento
principal está concebido por la mano de obra, objeto de la creación de fuente de trabajo para miles de personas tanto
directa como indirectamente pues se entiende que la construcción tiene estrecha relación con distintas ramas de la
actividad económica.
Por la importancia del sector, es notoria la preocupación de un buen manejo y sustento de las empresas y personas que
integran este rubro y el porqué es tan relevante un estudio que analice, diagnostique, y proponga soluciones a los
problemas detectados en ellas, ya que de ello dependerá el poder realizar un crecimiento óptimo en los tiempos de
bonanza y afrontar los problemas en los momentos de inestabilidad económica con mayor oportunidad de salir
adelante.
Por tanto la necesidad de determinar oportunamente y de manera confiable sus ingresos, gastos y costos es vital. Para
conseguir esto, es indispensable contar con la administración adecuada que proporcione las herramientas indicadas. Si
se omiten tan particulares requerimientos como puede ser, aplicación de disposiciones establecidas (leyes, normas,
códigos, etc.), protocolos para el registro de las operaciones cotidianas, políticas internas, etc., el resultado será
presentar una información errada y poco confiable para cualquiera de los fines a los que pudiera servir a la entidad y
terceros.
II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Empresas medianas y pequeñas que están en el sector construcción que eventualmente presentan problemas de índole
contable y fiscal optan por cerrarlas cambiando a una nueva razón social, práctica que es cada vez más común. Sin
observar que la omisión de disposiciones oficiales, la incorrecta administración o el inadecuado uso de políticas internas
son en realidad la causa de los problemas.
Si las empresas son capaces de reconocer dichos problemas pueden llevar a cabo un plan de recuperación y
restablecimiento en la misma entidad realizando un estudio minucioso que permita detectar los problemas y
deficiencias que afecten de forma particular a cada una de ellas para poder crear un modelo de solución aplicable y
efectiva.
III. JUSTIFICACIÓN
La presente tesis es desarrollada por mi interés hacia este sector, que está sujeto a los cambios políticos y económicos
de nuestro país y que por tanto reclama la atención para ser ejecutada y manejada con responsabilidad y entereza. Es
entonces responsabilidad de quien maneje el área administrativa conceder los elementos tanto contables como fiscales
que permitan la sustentabilidad de la empresa de forma continua.
Mi tesis se realiza en una entidad definida, donde los resultados brinden herramientas útiles para su mejor desempeño y
tenga como desenlace en la obtención de una información más precisa para la toma de decisiones confiables para su
estabilidad y permanencia en el mercado.
4
Además, es importante mencionar que el particular funcionamiento de la empresa constructora ha sido motivo para
crear disposiciones específicas aplicables a la misma. Constituyendo de esa forma una de las ramas de actividad que
cuenta con una normatividad propia en aspectos sustanciales.
De forma que la motivación esencial de este trabajo tiene una vertiente. La aplicación de los conocimientos adquiridos a
lo largo de la carrera de contador público junto con las actualizaciones que conciernen en materia normativa que
afectan de manera directa y particular hacia la empresa puesta en investigación, lo que implica no sólo encontrar las
posibles causas conducentes a la situación actual de la misma, sino evaluar la utilidad de dicha información para tal fin.
Todo lo expuesto ha condicionado la estructura del presente trabajo, de forma que se exponen inicialmente algunos
conceptos esenciales que conforman la base de la investigación.
De forma inseparable, y continuando con la navegación descriptiva de este estudio, se efectúa un recorrido normativo,
condicionado por las actividades desarrolladas en la industria constructora; regulaciones contables y fiscales que deben
ser atendidas por la empresa que será sujeta en estudio.
IV. DETECCIÓN DEL PROBLEMA
En la realización del trabajo la empresa solicito que fuera cambiado el nombre para efectos de la tesis, de modo que la
empresa será denominada Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Grupo Blanco, S.A. de C.V. presenta un deficiente determinación del costo de obra por cada una de las obras realizadas
del ejercicio 2010, causado por una aplicación incorrecta o ausencia de aplicación de las leyes y normas vigentes, así
también, por la falta de procesos administrativos que agilicen el correcto registro y determinación del costo.
El alcance que ha tenido ha llevado a Grupo Blanco S.A. de C.V. a obtener en dos ejercicios, 2008 y 2009, un resultado
erróneo, enfrentando serios problemas tanto contables como fiscales. Esto motiva presentar soluciones oportunas y
correctas en base a la investigación para tomar decisiones óptimas.
A continuación se enumeran los problemas detectados.
1. No se tiene identificado el correcto registro del costo de obra que corresponde a cada una de las obras
realizadas, debido a la aplicación de conocimientos de una forma inadecuada por parte del personal asignado
para llevar la contabilidad de la empresa.
2. La inexistencia de controles internos que optimicen el oportuno registro de las operaciones realizadas durante
el periodo de ejecución de obra.
3. Por tanto, derivado de los puntos anteriores llevan un resultado del ejercicio que no es confiable, además de
observarse a la falta de determinación de pagos provisionales a tiempo durante todo el ejercicio 2010, lo cual
podría provocar a Grupo Blanco, S.A. de C.V. ser sujeto de revisión.
V. OBJETIVO GENERAL
“Identificar las deficiencias en la determinación del costo de obra tanto contable y fiscal para crear un modelo de
solución que se adecue a las necesidades de la empresa Grupo Blanco, S.A. de C.V.”
VI. OBJETIVOS PARTICULARES
1. Determinar el costo de obra correcto por el periodo 2010 para su integración en el estado de resultados.
5
2. Presentar la determinación del pago de los impuestos correspondientes al ejercicio 2010 para ser puestos a
disposición de los responsables de cubrir dichos pagos.
3. Presentar los estados financieros finales de 2010.
NOTA: Para que sea más práctico el caso se tomará como muestra una obra que sea representativa de todo el grupo, a
manera que los resultados obtenidos puedan ser aplicados a las demás obras.
VII. METODOLOGÍA
La tesis expone una serie de soluciones en base a una investigación cuantitativa basada en la metodología propuesta por
Roberto Hernández Sampieri en el libro “Metodología de la investigación”.
A continuación se expone.
Características del enfoque cuantitativo de la investigación.1
El enfoque cuantitativo es un conjunto de procesos, secuencial y probatorio. Cada etapa precede a la siguiente y no
podemos “brincar o eludir” pasos, el orden es riguroso, aunque desde luego, podemos redefinir alguna frase. Parte de
una idea, que va acotándose y, una vez delimitada, se derivan objetivos y preguntas de investigación, se revisa la
literatura y se construye un marco o una perspectiva teórica. De las preguntas se establecen hipótesis y determinan
variables; se desarrolla un plan para probarlas (diseño); se miden las variables en un determinado contexto; se analizan
las mediciones obtenidas (con frecuencia utilizando métodos estadísticos), y se establece una serie de conclusiones
respecto de la(s) hipótesis. Este proceso se representa en el siguiente cuadro.
El enfoque cuantitativo tiene las siguientes características:
1. El investigador o investigadora plantea un problema de estudio delimitado y concreto. Sus preguntas de
investigación versan sobre cuestiones específicas.
2. Una vez planteado el problema de estudio, el investigador o investigadora considera lo que se ha investigado
anteriormente (la revisión de la literatura) y construye un marco teórico (la teoría que habrá de guiar su
estudio), del cual deriva una o varias hipótesis (cuestiones que va a examinar si son ciertas o no) y las somete a
prueba mediante el empleo de los diseños de investigación apropiados. Si los resultados corroboran las
hipótesis o son congruentes con éstas, se aporta evidencia en su favor. Si se refutan, se descartan en busca de
1 Hernández Sampieri Roberto, Metodología de la investigación, 5ª. Edición, 2010, ¿Qué características
posee el enfoque cuantitativo?, p. 4-6
Revisión de la
literatura y
desarrollo del marco
teórico
Visualización del
alcance del estudio
Elaboración de
hipótesis y
definición de
variables
Planteamiento del
problema
Idea
Recolección de los
datos
Definición y
selección de la
muestra
Desarrollo del diseño
de investigación
Análisis de los datos Elaboración del
reporte de
resultados
6
mejores explicaciones y nuevas hipótesis. Al apoyar las hipótesis se genera confianza en la teoría que las
sustenta. Si no es así, se descartan las hipótesis y, eventualmente, la teoría.
3. Así, las hipótesis (por ahora denominémoslas creencias) se generan antes de recolectar y analizar datos.
4. La recolección de los datos se fundamenta en la medición (se miden las variables o conceptos contenidos en
las hipótesis). Esta recolección se lleva a cabo al utilizar procedimientos estandarizados y aceptados por una
comunidad científica. Para que una investigación se crea creíble y aceptada por otros investigadores, debe
demostrarse que se siguieron tales procedimientos. Como en este enfoque se pretende medir, los fenómenos
estudiados deben poder observarse o referirse en el “mundo real”.
5. Debido a que los datos son producto de mediciones se representan mediante números (cantidades) y se
deben analizar a través de métodos estadísticos.
6. En el proceso se busca el máximo control para lograr que otras explicaciones posibles distintas o “rivales” a la
propuesta del estudio (hipótesis), sean desechadas y se excluya la incertidumbre y minimice el error. Es por
esto que se confía en la experimentación y/o las pruebas de causa-efecto.
7. Los análisis cuantitativos se interpretan a la luz de las predicciones iniciales (hipótesis) y de estudios previos
(teoría). La interpretación constituye una explicación de cómo los resultados encajan en el contenido existente
(Creswell, 2005).2
8. La investigación cuantitativa debe ser lo más “objetiva” posible.3 Los fenómenos que se observan y/o miden
no deben ser afectados por el investigador. Éste debe evitar en lo posible que sus temores, creencias, deseos y
tendencias influyan en los resultados del estudio o interfieran en los procesos y que tampoco sean alterados
por las tendencias de otros (Unrau, Grinnell y Williams 2005).4
9. Los estudios cuantitativos siguen un patrón predecible y estructurado (el proceso) y se debe tener presente
que las decisiones críticas se efectúan antes de recolectar datos.
10. En una investigación cuantitativa se pretende generalizar los resultados encontrados en un grupo o segmento
(muestra) a una colectividad mayor (universo o población). También se busca que los estudios efectuados
puedan replicarse.
11. Al final, con los estudios cuantitativos se intenta explicar y predecir los fenómenos investigados, buscando
regularidades y relaciones causales entre elementos. Esto significa que la meta principal es la construcción y
demostración de teorías (que explican y predicen).
12. Para este enfoque, si se sigue rigurosamente el proceso y, de acuerdo con ciertas reglas lógicas, los datos
generados poseen los estándares de validez y confiabilidad, y las conclusiones derivadas contribuirán a la
generación de conocimiento.
13. Esta aproximación utiliza la lógica o razonamiento deductivo, que comienza con la teoría y de ésta se derivan
expresiones lógicas denominadas hipótesis que el investigador busca someter a prueba.
14. La investigación cuantitativa pretende identificar leyes universales y causales (Bergman, 2008).
15. La búsqueda cuantitativa ocurre en la realidad externa al individuo. Esto nos conduce a una explicación sobre
cómo se concibe la realidad con esta aproximación a la investigación.
VIII. DEFINICIÓN DEL ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN A REALIZAR
Siguiendo la metodología propuesta por Sampieri, después de exponer el marco teórico que expone de manera general
y particular las bases que sirven de guía para la contabilidad en la construcción de obras inmuebles, corresponde definir
el alcance que tendrá la tesis.
2 Apud. Hernández Sampieri Roberto, Metodología de la investigación, 5ª. Edición, 2010, ¿Qué
características posee el enfoque cuantitativo?, p. 5 3 Sampieri señala: Desde luego, sabemos que no existe la objetividad “pura o completa”.
4 Apud. Hernández Sampieri Roberto, Metodología de la investigación, 5ª. Edición, 2010, ¿Qué
características posee el enfoque cuantitativo?, p. 6
7
De acuerdo con Sampieri 5 para la investigación cuantitativa los tipos de alcance son:
Exploratorios.
Descriptivos.
Correlaciónales.
Explicativos.
Que de acuerdo con la consulta realizada, el alcance es de tipo explicativo para esta investigación ya que es la más
adecuada, Sampieri lo describe de la siguiente forma6:
“Los estudios explicativos van más allá de la descripción de conceptos o fenómenos o del establecimiento de
relaciones entre conceptos; es decir, están dirigidos a responder por las causas de los eventos y fenómenos
físicos o sociales. Como su nombre lo indica, su interés se centra en explicar por qué ocurre un fenómeno y en
qué condiciones se manifiesta, o por que se relacionan dos o más variables.”
Sin embargo no se descarta que esta investigación tenga ciertas características de los demás tipos de alcances.
Algunas de las preguntas que ayudaron a la realización de los objetivos escritos y que permitieron conocer el alcance de
la investigación son:
1. ¿Qué efectos tiene la mala determinación de un costo de obra sobre la información financiera de una
constructora de tamaño mediana?
2. ¿A qué se deben estos efectos?
3. ¿Qué variables mediatizan los efectos y de qué modo?
4. ¿Es susceptible de una mejora contable y fiscal?
5. ¿Cuáles son los grupos que evaluará?
IX. FORMULACIÓN DE LA HIPÓTESIS
Después de realizar el marco teórico, resultado de la revisión literaria, que congrega los conceptos más importantes y
que son fundamentales para esta investigación, y definir cuáles son los alcances del trabajo, tal y como lo señala
Sampieri , ha llegado el punto de platear la hipótesis, qué es la proposición de un modelo de registro de costo a seguir:
Tomando en consideración las siguientes variables:
Tipo de contrato.
Entidad en donde se realiza la obra del bien inmueble.
Fecha de entrega del bien inmueble.
Para alcanzar resultados contables y fiscales que sean confiables es necesario que primero se reconozcan los problemas
que tiene y posteriormente corregirlos de acuerdo con el sustento teórico que se investigo.
Contablemente solo es necesario aplicar los conocimientos adquiridos y concluir cual es la mejor opción para determinar
el costo de la obra, sea por método de grado de avance o el método de terminación de obra.
5 Hernández Sampieri Roberto, Metodología de la investigación, Definición del alcance de la investigación a
realizar, 2010, p.77. 6 Idem, p.83
8
Fiscalmente como alternativas de deducción de costo esta el costo de lo vendido de acuerdo con el artículo 45-c de la
LISR y la deducción de erogaciones estimadas del art. 36 de la LISR. Colocando esta última como la más viable para
Grupo Blanco S.A. de C.V.
El registro del costo de obra por la deducción de erogaciones estimadas del artículo 36 de la LISR es más óptimo que por
deducción del costo de lo vendido del artículo 45-C de la LISR para Grupo Blanco, S.A. de C.V., por que las obras que
ejecuta generalmente son realizadas en un periodo menor a un año y durante dos ejercicios.
Es entonces que por medio de esta tesis que se hallará si la hipótesis es correcta.
9
CAPÍTULO 1
DATOS HISTÓRICOS
1. DATOS HISTÓRICOS
1.1. ANTECEDENTES Y CARACTERÍSTICAS DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRIBUTACIÓN7
En México las empresas constructoras anteriormente habían disfrutado de un régimen especial de tributación que
consistía en aplicar una tasa proporcional al monto de sus ingresos totales, para así determinar el ISR a su cargo.
Dicho régimen especial trató de ser un sistema de recaudación fiscal; sin embargo, debido al crecimiento de la actividad
en nuestro país, así como a la diversificación de los tipos de construcciones realizadas, llegó un momento en que las
autoridades fiscales consideraron conveniente modificar de manera sustancial las reglas de tributación.
Los antecedentes más remotos de este régimen los encontramos en convenios celebrados por empresas constructoras
con las autoridades fiscales durante 1954 y 1955.
El primer paso para la implantación de reglas de carácter especial para la actividad de la construcción, se dio en 1956
cuando se estableció un régimen de tributación especial a partir de la idea que, hasta 1981, lo caracterizó, consistente
en la aplicación de una tasa proporcional sobre el monto de los ingresos atendiendo a distintos límites en cuanto a
montos.
De manera oficial, el régimen especial de tributación surtió sus efectos a partir de 1967, gracias a la dudosa aplicación
retroactiva del artículo sexto transitorio contenido en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 29 de diciembre de
1967. Se estableció en ese artículo que la tasa aplicable para 1967 sería del 1.5% y para 1968 de 2%, ambas sobre
ingresos brutos. El régimen establecido por dicho artículo continúo vigente con algunas leves modificaciones hasta 1972.
En 1973 las autoridades fiscales reformaron el régimen especial en los siguientes renglones:
Se incrementa la tasa del impuesto de 2 a 2.5%.
Se le otorga al régimen el carácter optativo.
Los anteriores cambios se publicaron en el artículo decimotercero transitorio del decreto de reformas para 1973. El
régimen anterior estuvo vigente durante los años de 1973 y 1974.
En 1975 el régimen de bases especiales de tributación sufrió una reforma sustancial que se puede resumir en:
Definiciones de conceptos fiscales.
Se determinó que cierto tipo de ingresos que percibían las empresas constructoras no tenían derecho al
régimen especial.
Se incrementa la tasa de 2.5 a 3%.
Las modificaciones para 1975 quedaron incluidas en el artículo noveno transitorio, del decreto de reformas para 1975.
Para 1978 la autoridad fiscal trató de afinar las reglas del régimen a fin de hacerlos cada día más severo, para desalentar
al constructor, a efecto de que se incorporara al régimen general de la ley, estas modificaciones consistieron en lo
siguiente:
Se define fiscalmente qué se considera como obra.
Se exige que la producción de ingresos propios por obra sea cuando menos de 80% de los ingresos totales.
Se dictan reglas en materia de contrato de obras por administración.
7C.P.C. Mathelín Leyva Carlos R., Estudio del Régimen Fiscal de Empresas Constructoras, 10ª edic. 2009,
Antecedentes y características del régimen especial de tributación, p.19
10
Las modificaciones anteriores quedaron incluidas en el artículo séptimo transitorio de las reformas fiscales de 1976.
Para el período comprendido de 1977 a 1981 las reglas especiales no se modificaron salvo en lo referente a la tasa de
impuesto, ya que de 1979 a 1981 la tasa fue de 3.75%.
Resumen
Año Tasa*
1967 1.50%
1968 a 1972 2.00%
1973 a 1974 2.50%
1975 a 1978 3.00%
1979 a 1981 3.75%
(*) Sobre ingresos brutos
1.2. ANTECEDENTES DEL CAMBIO DE RÉGIMEN ESPECIAL DE TRIBUTACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL8
Características generales del Régimen Especial de Tributación (RET)
A continuación principales del RET que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 1981.
Ingresos
Para tener derecho al RET, era necesario cumplir con una proporción en los ingresos. Dicha proporción era:
80% de los ingresos debían provenir de la ejecución de obra documentada por un contrato de obra a precio
alzado o precios unitarios.
20% de los ingresos podían provenir de la ejecución de cualquier otro acto mercantil. No quedaban incluidas
dentro de este concepto los ingresos provenientes por:
– Utilidades o dividendos del extranjero.
– Asistencia técnica o regalías del extranjero.
– Rendimiento de valores de renta fija.
100% ingresos totales.
Cabe hacer la aclaración que si al cierre del ejercicio fiscal no se cumplía con la proporción establecida, la constructora
perdía el derecho al RET desde el inicio del propio ejercicio.
Si la empresa X, S.A., durante el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 1981, cuido la proporción, pero a
finales de diciembre del mismo año, ejecutaba un acto de comercio, ajeno a la construcción por el que percibía una
cantidad considerable de ingresos brutos, provocaría que al cierre de 1981, la proporción fuera de 79% de los ingresos
por obra y 21% de los ingresos por otros conceptos. En este caso la empresa X, S.A., perdería el derecho al RET,
precisamente, en forma retroactiva a partir del 1 de enero del mismo año, colocándolo en una posición crítica, ya que
automáticamente estaría sujeta al régimen general de ley con todos sus problemas en cuanto a reglas de deducibilidad.
Otro aspecto que es importante mencionar dentro de este mismo punto, es el caso del ingreso señalado en el inciso (c)
correspondiente a los ingresos que no pueden considerarse dentro del 20% de otros ingresos, nos referimos a los
rendimientos de valores de renta fija.
8 Idem., p. 21-25
11
Era común que las empresas constructoras recibieran anticipos de obras considerables los cuales, lógicamente, no
desembolsaban de manera inmediata, por lo que eran depositados en instituciones de crédito autorizadas, ya sea a
plazo fijo o bajo el sistema de retiros en días predeterminados. Esto les producía un ingreso por intereses llamado
fiscalmente: rendimientos de valores de renta fija. En estos casos se presentaban varias situaciones:
a) El banco retenía la tasa del 21% que tenía el carácter de definitiva; sin embargo, el régimen fiscal que autoriza
que la retención de 21% fuera definitiva, era sólo para personas físicas y no para sociedades mercantiles, por
lo que aún en el caso de que el banco retuviera, éste estaba cometiendo un error y la constructora debió
considerar la retención como un pago provisional a cuenta del impuesto anual.
b) La constructora sumaba los ingresos por intereses a sus demás ingresos, incluidos los de la obra, y por el total
cubría 3.75% del ISR. Dicho tratamiento era incorrecto; toda vez que, la ley mencionaba que este tipo de
ingresos no se consideraba ni dentro del 80% ni dentro del 20% de los ingresos. Aquellas constructoras que
hubieran aplicado este procedimiento debieron considerar como pago provisional a cuenta del impuesto anual
3.75% del ISR enterado.
c) La forma correcta de considerar los ingresos por intereses era sujetarse al régimen normal de ley, aún cuando
la constructora estuviera sujeta a los dos regímenes. Los ingresos por intereses serían acumulables aunque en
este caso, no tendría deducción alguna, por lo que el impuesto se calcularía directamente la tarifa del artículo
13 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta al ingreso total, esto podía ocasionar tributar con una tasa de 42%
vigente en 1981 y no de 3.75% como se cubría para las empresas constructoras.
El Régimen Especial de tributación en las empresas constructoras fue el régimen fiscal por excelencia, no se requería
autorización para sujetarse a él, el que sí requería la autorización era el régimen general de ley.
El impuesto se causaba a razón de 3.75% sobre el monto total de ingresos por obra y otros cuidando la proporción
obligatoria. Este impuesto tenía el carácter de pago definitivo; por lo que, en el caso de personas físicas, éstas no
sumaban nada a sus demás ingresos del título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Deducciones
Derivado de lo anterior y sin que la ley lo mencionara en forma expresa, se entendía que los costos y gastos en que
incurrieran las constructoras no requerían que su documentación comprobatoria reuniera requisitos fiscales, toda vez
que la consecuencia de no reunir requisitos fiscales es que la partida se considere como no deducible. Esta situación no
afectaba en nada, ya que el ISR se causaba sobre ingresos no sobre utilidades, aun el reparto de utilidades a
trabajadores, siguiendo un procedimiento especial, no se calculaba sobre la utilidad de la empresa, sino sobre una base
fiscal.
En lo que si pudiese afectar el no reunir requisitos de deducibilidad, era en que si la erogación no deducible se realizaba
a favor de un socio o accionista, su importe se consideraba como dividendos pagados, lo que obligaba a la empresa
constructora a retener el 21%.
Pagos provisionales
Las empresas constructoras tenían la obligación de efectuar pagos provisionales mensuales a más tardar el día 17, o al
siguiente día hábil si aquél no lo fuera del mes inmediato posterior a aquél en que percibió el ingreso; sin embargo,
existía también la obligación por parte del pagador de retener y enterar el impuesto, por lo que normalmente los pagos
mensuales de las constructoras se presentaban en ceros, salvo que en el mes se percibieran ingresos de los
comprendidos en el 20% de otros ingresos, sobre los cuales los contratantes no tenían obligación de retener y
correspondía a la empresa constructora efectuar el pago provisional.
12
Definición de ingresos
Desde el punto de vista fiscal, las empresas constructoras consideraban la obtención de ingresos hasta que éstos fueran
cobrados, ya sea en efectivo o en especie, según el DOF del 12 de marzo de 1975.
El primer intento que se hizo por cambiar el régimen fiscal fue en 1975 y la política fiscal para desaparecerlo incrementó
la tasa del impuesto y limitó su aplicación con requisitos más estrictos.
En el artículo decimoctavo transitorio vigente para 1981, se dieron las bases para el inicio de un régimen de transición,
primer paso para la incorporación definitiva de las empresas constructoras al régimen general de ley.
13
CAPÍTULO 2
CARACTERÍSTICAS GENERALES, DEFINICIONES Y MARCO DE REFERENCIA
2. CARACTERÍSTICAS GENERALES, DEFINICIONES Y MARCO DE REFERENCIA
2.1. ASPECTOS CONTABLES
2.1.1. INTRODUCCIÓN
De acuerdo con el Boletín D-7 de las Normas de Información Financiera 2010 se enumeraran los conceptos más
utilizados que conciernen a la industria de la construcción y son elementales para la elaboración de la tesis.
D-7 “Contratos de Construcción y de fabricación de ciertos bienes”9
Sus aspectos más relevantes son:
a) “Establecer bases para el adecuado reconocimiento y distribución en el tiempo, de los ingresos y costos
relacionados con proyectos donde medien contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de
capital.
b) “Proporcionar reglas para identificar, cuantificar y estimar, confiablemente, los costos e ingresos del contrato
conforme es alcanzada la etapa de avance para la terminación del proyecto.
c) “Señalar los requisitos mínimos de presentación y revelación de contratos bajo el método de porciento de
avance, que es el aprobado por el boletín.”
2.1.2. CONCEPTOS GENERALES
Contrato de Construcción.- Es el que se negocia específicamente para la construcción o fabricación de un activo o de
una combinación de activos íntimamente relacionados o interdependientes, en términos de su diseño, tecnología y
función, o su último propósito o uso.
Se distinguen los siguientes tipos básicos de contratos de construcción:
1) Contrato a precio fijo o alzado.- Es un contrato en el cual el contratista conviene un monto invariable por el
contrato, no sujeto a ajustes debidos a los costos incurridos por el contratista.
2) Contrato a precio unitario.- Es aquél bajo el que se paga al contratista un importe específico por cada unidad
de trabajo realizada; en esencia está dado a precio fijo y su única variable son las unidades de trabajo
realizadas; normalmente se adjudica sobre la base de un precio total, que es la suma de las unidades
específicas por sus precios unitarios.
3) Contrato de costo más comisión (sobre la base de costos más cantidad convenida).- Es donde el contratista
recibe el reembolso de los costos permitidos, definidos en el contrato, más un porciento de éstos o una cuota
fija, que represente una utilidad.
4) Contrato por administración.- Es cuando el contratista se encarga de la administración del proyecto y de que
los trabajos sean realizados.
Estimado.- representa el presupuesto de los ingresos y costos totales de la obra establecidos en un contrato y su
agenda.
Estimación.- es el nivel de obra aprobado por el cliente basado en el estado de realización de un proyecto.
9 Normas de Información Financiera, edición 2010.
14
Clientes (obra ejecutada aprobada por cobrar).- es la cantidad bruta adeudada por los clientes por todos los contratos
en proceso en los cuales los costos incurridos más las utilidades reconocidas (menos las pérdidas reconocidas) exceden a
la obra ejecutada aprobada.
Anticipo de clientes.- son las cantidades recibidas por el contratista antes de que el trabajo haya sido desempeñado.
Obra cobrada por ejecutar.- es la cantidad bruta adeudada a los clientes por todos los contratos en proceso en los
cuales lo cobrado excede a los costos incurridos más las utilidades reconocidas (menos las pérdidas reconocidas)
Retenciones.- son las cantidades no cobradas que el cliente conserva como garantía del cumplimiento del contrato.
Métodos de porciento de avance.- es el que se basa en el reconocimiento de ingresos y costos por referencia a la etapa
alcanzada para la terminación del proyecto establecido en el contrato.
2.1.3. RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN DE LOS INGRESOS
De acuerdo con la NIF D-7 la contabilización de las operaciones inherentes a los contratos de construcción es,
esencialmente un proceso de cuantificación y distribución del resultado de transacciones que se realizan en la
construcción de una obra, para asignar dichos resultados a distintos periodos contables, con base en la utilización de
estimados de ingresos, costos y ganancias o pérdidas.
El ingreso debe de reconocerse en forma periódica conforme se ejecuta o progresa la construcción, como si se tratara de
una venta continua.
Ingresos del contrato.
Los ingresos del contrato deben incluir:
a) La cantidad total pactada originalmente.
b) Los aumentos o disminuciones por variaciones en el trabajo y en los precios, reclamaciones y pago de
incentivos.
Aumentos o disminuciones a los ingresos del contrato por variaciones en el trabajo y en los precios.
El ingreso es cuantificado al valor establecido en el contrato para la compensación recibida o por recibir y se afecta por
diversas incertidumbres que dependen del resultado de eventos futuros. Los estimados con frecuencia necesitan ser
revisados al ocurrir las transacciones y al despejarse las incertidumbres. Por tanto, la cantidad de ingreso del contrato
cuando hay variaciones en el trabajo y en los precios puede aumentar o disminuir de un periodo al siguiente.
En ocasiones se da un aumento o una disminución en el ingreso, causado por una instrucción del cliente que cambia el
alcance del trabajo a desarrollar. Como ejemplo, se tienen los cambios en las especificaciones o diseño del activo y
cambios en la duración del contrato.
Reclamación de ingresos.
Existen casos en los que el contratista pretende cobrar al cliente alguna cantidad adicional por costos no incluidos en el
precio del contrato. La cuantificación del ingreso originado por reclamaciones, está sujeta a un alto nivel de
incertidumbre y con frecuencia depende del resultado de las negociaciones.
15
Ingresos por incentivos.
Cuando en un contrato se especifican estándares de desempeño y éstos se cumplen o se exceden es posible, por el
alcance del contrato, que se le paguen al contratista cantidades adicionales.
2.1.4. RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN DE LOS COSTOS
Los costos del contrato deben de ser identificados, cuantificados, estimados y acumulados con un grado razonable de
exactitud.
Los costos del contrato deben incluir:
a) Costos que se relacionen directamente con el contrato específico (costos directos).
b) Costos que sean atribuibles a la actividad general del contratista y que puedan ser asignados a un contrato
específico (costos indirectos).
Costos directos
Los costos directos incluyen:
a) Mano de obra en el sitio de la construcción, incluyendo supervisión.
b) Materiales usados en la construcción.
c) Adquisición de inmuebles, maquinaria y equipo destinados exclusivamente al contrato.
d) Depreciación de inmuebles, maquinaria y equipo usados en la obra.
e) Traslados de maquinaria, equipo y materiales hacia y del sitio de la construcción.
f) Rentas de inmuebles, maquinaria y equipo.
g) Diseño y asistencia técnica.
h) Costos estimados de rectificación de especificaciones originales y trabajo de garantía, incluyendo los costos de
garantía esperados.
i) Reclamaciones de terceras partes.
j) Seguros y fianzas relacionados con la construcción.
k) Costo o resultados integral de financiamiento directamente atribuible a los financiamientos obtenidos para el
desarrollo del contrato, atendiendo las disposiciones vigentes.
Estos costos pueden ser reducidos por cualquier ingreso incidental que no esté incluido en el contrato, por ejemplo, los
derivados de la venta de materiales sobrantes y de la disposición de inmuebles, maquinaria y equipo.
Costos indirectos
Los costos indirectos incluyen:
a) Seguros y fianzas generales.
b) Diseño y asistencia técnica que no estén relacionados con un contrato específico.
c) Mano de obra indirecta.
d) Supervisión indirecta del contrato.
e) Suministros.
f) Herramienta y equipo.
g) Control de calidad e inspección.
h) Reparación y mantenimiento.
i) En algunas circunstancias, costos base como la preparación y procesamiento central de nóminas.
16
Dichos costos son distribuibles entre los contratos usando métodos sistemáticos y racionales, aplicados
consistentemente.
Costos para adjudicación del contrato
Los costos directamente erogados para la adjudicación de un contrato cuya recuperación se encuentra implícita en el
presupuesto original, como los costos por ingeniería básica y otros, en caso de obtener la adjudicación deben incluirse
dentro de los costos del contrato; sin embargo, en caso de perder dicha adjudicación o que no puedan ser identificados
por separado, cuantificados confiablemente o cuya recuperación futura sea poco probable, deben incluirse como parte
de los gastos del período.
Los costos para adjudicación del contrato que cumplen con los requisitos señalados en el párrafo anterior, deben
mantenerse en una cuenta de activo hasta el conocimiento del fallo en la medida de que no haya dudas respecto a la
adjudicación o se abandone a licitación, en cuyo caso, deben enviarse a los resultados como un gasto del periodo.
Costos a excluir
Los costos que no pueden ser atribuidos a la actividad del contrato, o no pueden ser asignados a contratos específicos, o
cuyo cobro no esté especificado en el contrato, deben excluirse y por tanto reconocerse en los gastos del periodo. Entre
tales costos a excluir se encuentran:
a) Los gastos generales de administración, para los que no haya especificado ningún tipo de reembolso en el
contrato.
b) Los gastos de venta.
c) Los gastos de investigación y desarrollo para los que, en el contrato, no se especifica reembolso alguno.
d) La parte de depreciación correspondiente a inmuebles, maquinaria y equipo que no han sido utilizados en
algún contrato específico.
Costos iniciales
Los costos que se incurren una vez adjudicado el contrato de construcción y antes del inicio de las actividades propias
del mismo, como son los costos por instalaciones de campamentos, construcción de caminos de acceso, instalación de
plantas y otros, deben incluirse como costos del contrato.
2.1.5. MÉTODOS DE CONTABILIZACIÓN
Las formas de contabilización que generalmente son usadas por los contratistas son el método de grado de avance y el
método de terminación del contrato.
2.1.5.1. MÉTODO DE PORCIENTO DE AVANCE
Bajo este método, el ingreso es identificado con los costos incurridos para alcanzar la etapa de avance para la
terminación del proyecto, resultando en el registro de ingreso, costos y ganancia o pérdida, que deben ser atribuidos a
la proporción de trabajo terminado al cierre de un periodo contable.
Resultados estimados en contratos de construcción a precio fijo o alzado y a precio unitario.
En un contrato a precio fijo o alzado y a precio unitario, el resultado puede ser estimado confiablemente cuando se
satisfacen todas las condiciones siguientes:
a) El ingreso total del contrato puede cuantificarse confiablemente.
b) Es probable que los beneficios económicos asociados con el contrato fluyan hacia la empresa.
17
c) Pueden cuantificarse confiablemente tanto los costos del contrato para completar el mismo, como el grado de
avance del contrato a la fecha de los estados financieros.
d) Los costos atribuibles al contrato, pueden ser claramente identificados y confiablemente cuantificados, de
modo que los costos reales incurridos, pueden ser comparados con los estimados previos.
Resultados estimados en contratos de costo más comisión.
En un contrato de costo más comisión, el resultado puede ser estimado confiablemente cuando se satisfacen todas las
condiciones siguientes:
a) Es probable que los beneficios económicos asociados con el contrato fluyan a la empresa.
b) Los costos atribuibles al contrato, ya sean o no específicamente reembolsables, pueden ser claramente
identificados y confiablemente cuantificados.
Resultados estimados en contratos por administración.
En un contrato por administración, los honorarios pactados deben reconocerse como ingreso en función al progreso del
trabajo y deben satisfacer las condiciones siguientes:
a) Es probable que los beneficios económicos asociados con el contrato fluyan a la empresa.
b) Puede cuantificarse confiablemente el grado de avance del contrato a la fecha de los estados financieros.
Reconocimiento de ingresos y costos estimados.
Una empresa generalmente tiene la capacidad de practicar estimados confiables, si cuenta con un sistema de
información por cada contrato celebrado. Para lo anterior, se requerirá tener claros los siguientes elementos:
a) Los derechos exigibles por cada una de las partes respecto del activo que va a ser construido.
b) La prestación que se intercambiará.
c) La forma y términos de liquidación.
El Boletín D-7 hace hincapié en su párrafo 47 resaltando lo siguiente:
“Es necesario que periódicamente la empresa analice y en su caso revise los estimados de costos e ingresos del
contrato. Una vez estimado confiablemente el desenlace económico de un contrato de construcción, los ingresos y los
costos asociados deben ser reconocidos en el estado de resultados como ingresos y costos respectivamente, por
referencia al avance de la actividad del contrato a la fecha de los estados financieros en los periodos contables en que
se desempeña el trabajo.”
Sin embargo cualquier exceso esperado de los costos totales sobre el ingreso, debe ser reconocido inmediatamente
como un costo en los resultados del periodo, de acuerdo con el párrafo 63.10
Costos incurridos relacionados con actividades futuras.
Cuando un contratista a incurrido en costos del contrato que se relacionan con una actividad futura, éstos deben ser
reconocidos como un activo en la medida en que sea probable su recuperación. Estos costos representan cantidades
adeudadas por el cliente y son frecuentemente clasificadas como parte de la obra por aprobar.
10
Boletín D-7 de las NIF’s, edición 2010
18
Opciones para determinar el porciento de avance.
El porciento de avance puede ser determinado en una variedad de formas, la empresa debe utilizar el procedimiento
que cuantifique confiablemente el trabajo desempeñado dependiendo de la naturaleza el contrato y aplicarlo en forma
consistente. Las formas de medir el avance en un contrato pueden ser agrupadas en medidas de entrada y salida. Las
primeras se refieren a los esfuerzos destinados a un contrato basado en la cuantificación del trabajo y las segundas a los
resultados logrados.
Las medidas de entrada incluyen, entre otros, procedimientos basados en:
a) Costos incurridos.
b) Horas laboradas o máquina.
c) Cantidades empleadas de material.
Las medidas de salida incluyen, entre otros, procedimientos basados en:
a) Unidades producidas.
b) Unidades entregadas.
c) Terminación física de eventos o etapas significativas del contrato.11
Los pagos parciales y anticipos recibidos de los clientes, no deben ser utilizados como procedimientos para medir el
avance físico pues no reflejan el trabajo realizado.
Determinación del porciento de avance.
Una vez elegido el procedimiento que será utilizado para medir el progreso hasta el término, debe calcularse un
cociente que considere en el numerador la unidad de medida real acumulada a la fecha que se informa y en el
denominador el total de la unidad que se estima se incurrirá en el contrato (incluye lo incurrido y por incurrir).
Costos incurridos que se excluyen dentro del porciento de avance.
Cuando el porciento de avance es determinado por referencia a los costos del contrato incurridos a la fecha, sólo se
considerarán aquellos costos que reflejen el trabajo desempeñado hasta ese momento, excluyendo así todos los demás;
por ejemplo:
a) No se considerarán los que se relacionan con actividades futuras del contrato, como los materiales que han
sido entregados, pero todavía no han sido instalados, usados o aplicados, a menos que hayan sido fabricados o
adquiridos especialmente para el cumplimiento del contrato específico.
b) Tampoco se tomarán en cuenta anticipos efectuados a subcontratistas, a cuenta del trabajo por realizar.
Determinación del ingreso y costo del periodo.
Se pueden utilizar dos enfoques para determinar el ingreso, costos y resultado del periodo, los cuales producen
razonablemente el mismo efecto y debe utilizarse cualquiera de ellos en forma consistente:
1. Enfoque ingreso-costo.- Una vez determinado el porciento de avance del proyecto, será aplicado al total del
ingreso estimado del contrato y al total del costo estimado del contrato. La diferencia entre el ingreso y el
costo así obtenido constituye el resultado bruto acumulado de un contrato. De los resultados obtenidos se
disminuirán, en su caso, los ingresos y costos reconocidos en ejercicios anteriores para obtener los ingresos y
costos del periodo a reconocer en el estado de resultados.
11
Se resalta este inciso ya que las propuestas de determinación de costo de obra en este trabajo se basan en esta medida.
19
2. Enfoque utilidad bruta.- Una vez determinado el porciento de avance del proyecto, será aplicado a la utilidad
bruta total estimada de contrato. A la cifra obtenida se le sumarán los costos incurridos acumulados, para así
obtener el ingreso acumulado del contrato. De los resultados obtenidos se disminuirán, en su caso, los
ingresos y costos reconocidos en ejercicios anteriores para obtener los ingresos y costos del periodo a
reconocer en el estado de resultados.
Cuando es probable que los costos totales del contrato excedan a su ingreso total, cualquier exceso esperado debe ser
reconocido en el estado de resultados inmediatamente como un costo, de acuerdo con el párrafo 6312
En el caso de que la utilidad de un contrato de construcción no pueda ser estimada confiablemente y se tenga la certeza
que no se incurrirá en pérdida alguna:
a) Los costos del contrato deben ser reconocidos íntegramente en los resultados del periodo en que se incurren.
b) Deben reconocerse en forma temporal montos idénticos de ingresos y costos cuantificados sobre la base de
los costos incurridos en el periodo, siempre y cuando se tenga una seguridad razonable de que serán
recuperados.
Cuando las incertidumbres que impidieron la estimación confiable del resultado del contrato desaparecen, el ingreso y
costo asociados deben ser reconocidos de acuerdo con el párrafo 4213
Cambios en estimaciones.
El método de porciento de avance se aplica sobre una base acumulativa en cada periodo contable, a los estimados
actuales de ingresos y de los costos del contrato. Por tanto, el efecto de un cambio en el estimado del ingreso, de los
costos o del resultado del contrato, debe ser reconocido como parte de las operaciones continuas en el estado de
resultados del periodo en que ocurra.
Partidas incobrables.
Cuando surge una incertidumbre sobre la posibilidad de cobro de una estimación reconocida como cuentas por cobrar a
clientes, la cifra incobrable o cuya recuperación ha dejado de tener una evidencia razonable, debe ser reconocida como
un gasto de operación en el periodo en que se identifica y no como un ajuste al ingreso del contrato.
Ejemplos de contratos que presentan esta situación, son aquellos que:
a) No se pueden forzar cabalmente su cumplimiento, es decir, su validez está seriamente cuestionada.
b) Su terminación está sujeta al resultado de litigios o legislación pendientes.
c) Se relacionan con propiedades que serán confiscadas o expropiadas.
d) El cliente no puede cumplir con su obligación.
e) El contratista es incapaz de cumplir con el contrato o las obligaciones que se derivan del mismo.
Reconocimiento de pérdidas.
Cuando los últimos estimados conocidos indiquen que los costos totales del contrato excederán el ingreso total del
mismo, la pérdida esperada debe reconocerse en su totalidad de manera inmediata en el periodo en el que la situación
sea evidente. Dicha pérdida debe registrarse en los resultados del periodo, como un costo adicional del contrato y no
como una reducción a los ingresos del contrato.
Dicha pérdida será reconocida sin considerar:
a) Si ha comenzado o no el trabajo del contrato.
12
Boletín D-7 de las NIF, edición 2010 13
Ídem
20
b) La etapa de avance de la actividad del contrato.
c) Utilidades esperadas en otros contratos que no son tratados como un contrato único de construcción.
2.1.5.2. MÉTODO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO
Bajo este método, se da reconocimiento a los ingresos, hasta que el contrato esté terminado. Esto es cuando solo queda
por ejecutar una parte mínima de trabajo, excepto por el fondo de garantía. Los costos y los pagos progresivos recibidos
se acumulan durante el curso del contrato, pero no se da conocimiento a utilidad alguna, hasta que la actividad del
contrato haya sido concluida.
La principal ventaja del método de terminación del contrato es que se basa en los resultados determinados al concluirse
total o substancialmente la ejecución del contrato, en lugar de basarse en estimaciones que pueden necesitar ajustes
posteriores resultantes de costos imprevistos y posibles pérdidas.
La principal desventaja del método de terminación del contrato es que las utilidades reportadas, periódicamente, no
reflejan el nivel de actividad en los contratos durante el periodo.
2.2. ASPECTOS FISCALES
Se han abarcado las características contables de las empresas constructoras, necesarias para la identificación del
proceso de registro en la contabilidad, completando los aspectos generales es turno de señalar la parte fiscal a la que
deben de atender los contribuyentes dedicados a la actividad de la construcción.
2.2.1. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Como sujetos que están obligados a contribuir al gasto público14
debe de atender a las Leyes correspondientes de donde
su actividad sea objeto del pago de impuesto.
2.2.1.1. INGRESOS ACUMULABLES
Para la industria de la construcción la Ley del Impuesto Sobre la Renta da diferentes formas de reconocer y determinar
tanto el ingreso como el costo de la obra, será el contribuyente el que aplique la metodología que mejor le ayude y
beneficie en sus actividades, siempre en cumplimiento con sus obligaciones.
Como regla general, para personas morales de acuerdo con el Título II de la LISR residentes en México y con
establecimiento permanente, están obligadas al pago de ISR, de aquí que los ingresos percibidos se acumularán
conforme al artículo siguiente.
El artículo 17 de la LISR define a los ingresos de la siguiente manera:
Las personas morales residentes en el país, incluida la asociación en participación, acumularán la totalidad de
los ingresos en efectivo, en bienes, en servicio, en crédito o de cualquier otro tipo, que obtengan en el
ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero. El ajuste anual por inflación
acumulable es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas (artículo 46
LISR).
La Ley hace exclusión de conceptos que no se tomarán como ingreso, para efectos del Título II de la LISR no serán
considerados como ingresos:
14
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 31 fracción IV
21
(…) los que obtenga el contribuyente por aumento de capital, por pago de la pérdida por sus accionistas, por
primas obtenidas para la colocación de acciones que emita la propia sociedad o por utilizar para valuar sus
acciones el método de participación ni los que obtengan con motivo de la revaluación de sus activos y de su
capital.
2.2.1.2. MOMENTOS DE ACUMULACIÓN DE LOS INGRESOS
La acumulación del ingreso se realiza de acuerdo en la circunstancia en la que se da, estas pueden ser varias, el artículo
18 de la LISR señala que se acumularán los ingresos cuando:
Para los efectos del artículo 17 de esta Ley, se considera que los ingresos se obtienen, en aquellos casos no
previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que se señalan conforme a lo siguiente tratándose de:
I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes
supuestos, el que ocurra primero:
a) Se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun
cuando provenga de anticipos.
Tratándose de los ingresos por la prestación de servicios personales independientes que obtengan
las sociedades o asociaciones civiles…, se considera que los mismos se obtienen en el momento en
que se cobre el precio o la prestación pactada.
II. Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando se cobren total o parcialmente las
contraprestaciones, o cuando éstas sean exigibles a favor de quien efectúe dicho otorgamiento, o se
expida el comprobante de pago que ampare el precio o la contraprestación pactada, lo que suceda
primero.
III. Obtención de ingresos provenientes de contratos de arrendamiento financiero, los contribuyentes
podrán optar por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio el total del precio pactado o la
parte del precio exigible durante el mismo.
IV. Ingresos derivados de deudas no cubiertas por el contribuyente, en el mes en el que se consume el
plazo de prescripción o en el mes en el que se cumpla el plazo a que se refiere el párrafo segundo de
la fracción XVI del artículo 31 de esta Ley.
2.2.1.3. LOS INGRESOS EN CONTRATOS DE OBRA
Las circunstancias especiales en que obtiene ingresos la industria de la construcción motivo a que las autoridades
fiscales fijaran la forma en que los ingresos se acumularan, sin embargo puede que haya una ineficiencia que se
mencionara al final.
Artículo 19 LISR. Para quienes celebren contratos de obra inmueble dicho artículo señala lo siguiente:
Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble, considerarán acumulables los ingresos
provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o
aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro
de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario, los ingresos provenientes de
dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados. Los contribuyentes que
celebren otros contratos de obra en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano, diseño y
presupuesto, considerarán que obtienen los ingresos en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada
sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones
tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización; de lo contrario los ingresos
22
provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados, o en
los casos en que no estén obligados a presentarlas o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres
meses, considerarán ingreso acumulable el avance trimestral en la ejecución o fabricación de los bienes a que
se refiere la obra. Los ingresos acumulables por contratos de obra a que se refiere este párrafo, se disminuirán
con la parte de los anticipos, depósitos, garantías o pagos por cualquier otro concepto, que se hubiera
acumulado con anterioridad y se amortice contra la estimación o el avance.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, considerarán ingresos acumulables, además de los
señalados en el mismo, cualquier pago recibido en efectivo, en bienes o en servicio, ya sea por concepto de
anticipos, depósitos o garantías del cumplimiento de cualquier obligación, o cualquier otro.
Entonces el contribuyente que celebre contratos de obra inmueble acumulara su ingreso al ser autorizada o aprobada su
estimación y sea cobrada en los siguientes tres meses. De no ser cobrada en los siguientes tres meses se acumulará
hasta que sea efectivamente cobrada la estimación.
La incertidumbre está en que no hay una garantía del 100% de que las estimaciones sean pagadas en los siguientes tres
meses, de modo que, si se acumula el ingreso pero el cobro se realiza posterior a tres meses, el contribuyente habrá
realizado un pago de impuesto indebido que afectará de manera directa el flujo de efectivo del que dispone, pudiendo
este haberse ocupado en algún otro rubro. Por otra parte si no se acumulara el ingreso de la estimación y esta es
cobrada en los tres meses siguientes, el contribuyente habrá omitido el pago del impuesto correspondiente, conllevando
al pago del mismo a destiempo junto con actualización y recargo, y si así fuese requerido el pago de multa.
De forma a la LISR en los artículos del 15 al 17 del RISR se hallan aclaraciones particulares de la aplicación y
reconocimiento de los ingresos provenientes de contratos de obra inmueble, entre ellos al igual que el Boletín D-7 de las
NIF, en el art. 18 indica lo que ha de ser considerada una estimación.
Artículo 18 RISR. Se considera estimación:
Para los efectos del artículo 19 de la Ley, se considera autorizada una estimación en la fecha en que el
residente de supervisión o la persona facultada por el cliente para efectuar la supervisión del avance de la
obra, firme de conformidad dicha estimación.
Artículo 15 RISR.
Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble que tengan por objeto la demolición, proyección,
inspección o supervisión de obra, podrán aplicar lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley. Dicha opción se
deberá aplicar para todos los contratos de referencia que celebren en el ejercicio.
Artículo 16 RISR.
Los contribuyentes que celebren contratos de obra, en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a
un plano, diseño y presupuesto, en los casos en que no estén obligados a presentar estimaciones por obra
ejecutada o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses, apara los efectos del artículo 19 de la
Ley, podrán considerar como ingreso acumulable el avance mensual en la ejecución o fabricación de los bienes
a que se refiere la obra.
La opción prevista en este artículo sólo se podrá ejercer comprendiendo la totalidad de las obras a que se
refiere el párrafo anterior, que en el ejercicio ejecute o fabrique el contribuyente.
23
Artículo 17 RISR.
Los contribuyentes que se dediquen a la fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación,
podrán acumular los ingresos provenientes de los contratos de suministro de dichos bienes en la fecha en que
los perciban en efectivo o cuando las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro o
se efectúen entregas parciales pactadas en el contrato, siempre que en este último caso no se realicen
estimaciones de avance, lo que ocurra primero.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, estarán a lo dispuesto en el segundo párrafo del
artículo 19 de la Ley.
2.2.1.4. LAS DEDUCCIONES PARA CONTRATOS DE OBRA INMUEBLE
Así como los ingresos existe un tratamiento específico para las deducciones de los contratos de obra inmueble, antes de
citarlo es importante la regla general de la que derivan y que es el artículo 29 de la LISR, que engloba las deducciones a
las que tienen derecho los contribuyentes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley.
ARTÍCULO 29 LISR.
Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
II. El costo de lo vendido.
III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
IV. Las inversiones.
V. (Derogado)
VI. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes distintos a
los que se refiere el primer párrafo de la fracción II de este artículo.
VII. Las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o
jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de las primas de
antigüedad constituidas en los términos de esta Ley.
VIII. Las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas sean a cargo
de los trabajadores.
IX. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno. En el caso de los intereses moratorios, a
partir del cuarto mes se deducirán únicamente los efectivamente pagados. Para estos efectos, se considera
que los pagos por intereses moratorios que se realicen con posterioridad al tercer mes siguiente a aquél en el
que se incurrió en mora cubren, en primer término, los intereses moratorios devengados en los tres meses
siguientes a aquél en el que se incurrió en mora, hasta que el monto pagado exceda al monto de los intereses
moratorios devengados deducidos correspondientes al último periodo citado.
X. El ajuste anual por inflación que resulte deducible en los términos del artículo 46 de esta Ley.
XI. Los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos
que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros, cuando los distribuyan en los términos de
la fracción II del artículo 110 de esta Ley.
Cuando por los gastos a que se refiere la fracción III de este artículo, los contribuyentes hubieran pagado algún anticipo,
éste será deducible siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 31, fracción XIX de esta Ley.15
15
Art. 31 fr. XIX 2° párrafo LISR.- Tratándose de anticipos por los gastos a que se refiere la fracción III del artículo 29 de esta Ley, éstos serán deducibles en el ejercicio en el que se efectúen, siempre que se reúnan los siguientes requisitos: se cuente con la documentación comprobatoria del anticipo en el mismo ejercicio
24
2.2.1.4.1. DEDUCCIÓN DEL COSTO DE LO VENDIDO
El costo de lo vendido es la deducción por el costo de la mercancía que se enajene, para ello el artículo 45-A de la LISR
señala cuales son los sistemas por los que el costo de la mercancía enajenada se determinara.
Artículo 45-A LISR. El costo de las mercancías que se enajenen, así como el de las que integren el inventario final del
ejercicio, se determinará conforme al sistema de costeo absorbente sobre la base de costos históricos o
predeterminados. En todo caso, el costo se deducirá en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de
la enajenación de los bienes de que se trate.
En el caso de que el costo se determine aplicando el sistema de costeo directo con base en costos históricos, se deberán
considerar para determinarlo la materia prima consumida, la mano de obra y los gastos de fabricación que varíen en
relación con los volúmenes producidos, siempre que se cumpla con lo dispuesto por el Reglamento de esta ley.
Para aquellos contribuyentes donde su actividad es la compra y venta de mercancías existen reglas particulares que
deberán de ser cumplidas
Artículo 45-B LISR. Los contribuyentes que realicen actividades comerciales que consistan en la adquisición y
enajenación de mercancías, considerarán únicamente dentro del costo lo siguiente:
I. El importe de las adquisiciones de mercancías, disminuidas con el monto de las devoluciones, descuentos y
bonificaciones, sobre las mismas, efectuados en el ejercicio.
II. Los gastos incurridos para adquirir y dejar las mercancías en condiciones de ser enajenadas.
Para los contribuyentes cuya actividad no se identifique con los artículos anteriores, y que para su realización se requiera
materia prima, productos terminados o semiterminados y el pago de personal subordinado, atenderá a las siguientes
disposiciones.
Artículo 45-C LISR. Los contribuyentes que realicen actividades distintas de las señaladas en el artículo 45-B de esta Ley,
considerarán únicamente dentro del costo lo siguiente:
I. Las adquisiciones de materias primas, productos semiterminados o productos terminados, disminuidas con las
devoluciones, descuentos y bonificaciones, sobre los mismos, efectuados en el ejercicio.
II. Las remuneraciones por la prestación de servicios personales subordinados, relacionados directamente con la
producción o la prestación de servicios.
III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones, directamente relacionados con la producción o
la prestación de servicios.
en el que se pagó y con el comprobante que reúna los requisitos a que se refieren los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación que ampare la totalidad de la operación por la que se efectuó el anticipo, a más tardar el último día del ejercicio siguiente a aquél en que se dio el anticipo. La deducción del anticipo en el ejercicio en el que se pague será por el monto del mismo y, en el ejercicio en el que se reciba el bien o el servicio, la deducción será por la diferencia entre el valor total consignado en el comprobante que reúna los requisitos referidos y el monto del anticipo. En todo caso para efectuar esta deducción, se deberán cumplir con los demás requisitos que establezcan las disposiciones fiscales.
25
IV. La deducción de las inversiones directamente relacionadas con la producción de mercancías o la prestación de
servicios, calculada conforme a la Sección II, del Capítulo II, del Título II de esta Ley, siempre que se trate de bienes por
los que no se optó por aplicar la deducción a que se refieren los artículos 220 y 221 de dicha Ley.
Cuando los conceptos a que se refieren las fracciones anteriores guarden una relación indirecta con la producción, los
mismos formarán parte del costo en proporción a la importancia que tengan en dicha producción.
Para determinar el costo del ejercicio, se excluirá el correspondiente a la mercancía no enajenada en el mismo, así como
el de la producción en proceso, al cierre del ejercicio de que se trate.
Es este artículo donde la industria de la construcción, en concreto para la elaboración de la presente tesis, tiene una
opción para la determinación de su costo de obra.
Del artículo 45-D al 45-I se encuentran más disposiciones de aplicación particular para los contribuyentes que así lo
requieran.
Artículo 45-D LISR. Los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, determinarán el costo de
las mercancías conforme a lo establecido en esta Ley. Tratándose del costo de las mercancías que reciban de la oficina
central o de otro establecimiento del contribuyente ubicado en el extranjero, estarán a lo dispuesto en el artículo 31
fracción XV de esta Ley.
Artículo 45-E LISR. Los contribuyentes que realicen enajenaciones a plazo o que celebren contratos de arrendamiento
financiero y opten por acumular como ingreso del ejercicio, los pagos efectivamente cobrados o la parte del precio
exigible durante el mismo, deberán deducir el costo de lo vendido en la proporción que represente el ingreso percibido
en dicho ejercicio, respecto del total del precio pactado o de los pagos pactados en el plazo inicial forzoso, según se
trate, en lugar de deducir el monto total del costo de lo vendido al momento en el que se enajenen las mercancías.
Artículo 45-F LISR. Para determinar el costo de lo vendido de la mercancía, se deberá aplicar el mismo procedimiento en
cada ejercicio durante un periodo mínimo de cinco ejercicios y sólo podrá variarse cumpliendo con los requisitos que se
establezcan en el Reglamento de esta Ley.
En ningún caso se dará efectos fiscales a la revaluación de los inventarios o del costo de lo vendido.
Artículo 45-G LISR. Los contribuyentes, podrán optar por cualquiera de los métodos de valuación de inventarios que se
señalan a continuación:
I. Primeras entradas primeras salidas (PEPS).
II. Últimas entradas primeras salidas (UEPS).
III. Costo identificado.
IV. Costo promedio.
V. Detallista.
Cuando se opte por utilizar alguno de los métodos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, se deberá llevar
por cada tipo de mercancías de manera individual, sin que se pueda llevar en forma monetaria. En los términos que
establezca el Reglamento de esta Ley se podrán establecer facilidades para no identificar los porcentajes de deducción
del costo respecto de las compras por cada tipo de mercancías de manera individual.
26
Los contribuyentes que enajenen mercancías que se puedan identificar por número de serie y su costo exceda de
$50,000.00, únicamente deberán emplear el método de costo identificado.
Tratándose de contribuyentes que opten por emplear el método detallista deberán valuar sus inventarios al precio de
venta disminuido con el margen de utilidad bruta que tengan en el ejercicio conforme al procedimiento que se
establezca en el Reglamento de esta Ley. La opción a que se refiere este párrafo no libera a los contribuyentes de la
obligación de llevar el sistema de control de inventarios a que se refiere la fracción XVIII del artículo 86 de esta Ley.
Una vez elegido el método en los términos de este artículo, se deberá utilizar el mismo durante un periodo mínimo de
cinco ejercicios. Cuando los contribuyentes para efectos contables utilicen un método distinto a los señalados en este
artículo, podrán seguir utilizándolo para valuar sus inventarios para efectos contables, siempre que lleven un registro de
la diferencia del costo de las mercancías que exista entre el método de valuación utilizado por el contribuyente para
efectos contables y el método de valuación que utilice en los términos de este artículo. La cantidad que se determine en
los términos de este párrafo no será acumulable o deducible.
Cuando con motivo de un cambio en el método de valuación de inventarios se genere una deducción, ésta se deberá
disminuir de manera proporcional en los cinco ejercicios siguientes.
Artículo 45-H LISR. Cuando el costo de las mercancías, sea superior al precio de mercado o de reposición, podrá
considerarse el que corresponda de acuerdo a lo siguiente:
I. El de reposición, sea éste por adquisición o producción, sin que exceda del valor de realización ni sea inferior al
neto de realización.
II. El de realización, que es el precio normal de enajenación menos los gastos directos de enajenación, siempre
que sea inferior al valor de reposición.
III. El neto de realización, que es el equivalente al precio normal de enajenación menos los gastos directos de
enajenación y menos el por ciento de utilidad que habitualmente se obtenga en su realización, si es superior al valor de
reposición.
Cuando los contribuyentes enajenen las mercancías a una parte relacionada en los términos del artículo 215 de esta Ley,
se utilizará cualquiera de los métodos a que se refieren las fracciones I, II y III, del artículo 216 de la misma.
Los contribuyentes obligados a presentar dictamen de estados financieros para efectos fiscales o que hubieran optado
por hacerlo, deberán informar en el mismo el costo que consideraron de conformidad con este artículo, tratándose de
contribuyentes que no presenten estados financieros dictaminados deberán informarlo en la declaración del ejercicio.
Artículo 45-I LISR. Cuando los contribuyentes, con motivo de la prestación de servicios proporcionen bienes en los
términos establecidos en el artículo 17, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, sólo se podrán deducir en el
ejercicio en el que se acumule el ingreso por la prestación del servicio, valuados conforme a cualquiera de los métodos
establecidos en el artículo 45-G de esta Ley.
2.2.1.4.2. DEDUCCIÓN DE EROGACIONES ESTIMADAS
Para los contribuyentes cuya actividad provenga de una obra inmueble podrán deducir las erogaciones estimadas en
lugar de las deducciones que se indican en el artículo 29 LISR, estas deducciones estimadas se determinarán por cada
inmueble por el que se obtengan ingresos, esta opción será aplicable siempre que se cumplan los requisitos señalados
en el artículo 36 de la LISR.
27
ARTÍCULO 36 LISR. OPCIÓN PARA DEDUCIR LAS EROGACIONES ESTIMADAS EN OBRA INMUEBLE Y OTROS.
Los contribuyentes que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes, los que
celebren contratos de obra inmueble o de fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación y los
prestadores del servicio turístico del sistema de tiempo compartido, podrán deducir las erogaciones estimadas relativas
a los costos directos e indirectos de esas obras o de la prestación del servicio, en los ejercicios en que se obtengan los
ingresos derivados de las misma, en lugar de las deducciones establecidas en los artículos 2116
y 2917
de esta Ley, que
correspondan a cada una de las obras o a la prestación del servicio, mencionadas. Las erogaciones estimadas se
determinarán por cada obra o por cada inmueble del que se deriven los ingresos por la prestación de servicios a que se
refiere este artículo, multiplicando los ingresos acumulables en cada ejercicio que deriven de la obra o de la prestación
del servicio, por el factor de deducción total que resulte de dividir la suma de los costos directos e indirectos estimados
al inicio del ejercicio o de la obra o de la prestación del servicio de que se trate, entre el ingreso total que corresponda a
dicha estimación en la misma fecha, conforme a lo dispuesto en este párrafo.
No se considerarán dentro de la estimación de los costos directos e indirectos a que se refiere el párrafo anterior, la
deducción de las inversiones y las remuneraciones por la prestación de servicios profesionales subordinados,
relacionados directamente con la producción o la prestación de servicios, las cuales se deducirán conforme a los
dispuesto por la Sección III de este Capítulo (I), ni los gastos de operación ni financieros, los cuales se deducirán en
términos establecidos en esta Ley. Los contribuyentes que se dediquen a la prestación del servicio turístico de tiempo
compartido podrán considerar dentro de la estimación de costos directos e indirectos, la deducción de las inversiones
correspondientes a los inmuebles destinados a la prestación de dichos servicios, en los términos del artículo 3718
de esta
Ley.
(=)Factor de
deducción total
Σ Costos directos e indirectos
estimados al inicio del ejercicio
Ingreso total que corresponda a dicha
estimaciónen la misma fecha
Ingresos
acumulables(*)
Factor de
deducción
total
(=)Erogaciones
estimadas
Al final de cada ejercicio, los contribuyentes deberán calcular el factor de deducción total a que se refiere el primer
párrafo de este artículo por cada obra o por cada inmueble del que se deriven los ingresos por la prestación de servicios
de tiempo compartido, según sea el caso, con los datos que tengan a esa fecha. Este factor se comparará al final de cada
ejercicio con el factor utilizado en el propio ejercicio y en los ejercicios anteriores, que corresponda a la obra o a la
16
Art. 21 LISR.- Determinación de la ganancia en bienes muebles e inmuebles. 17
Art. 29 LISR.- Deducciones autorizadas. 18
Art. 37 LISR 2010, “Deducción de inversiones”
28
prestación del servicio de que se trate. Si de la comparación resulta que el factor de deducción que corresponda al final
del ejercicio de que se trate es menor que cualquiera de los anteriores, el contribuyente deberá presentar declaraciones
complementarias, utilizando ese factor de deducción menor, debiendo modificar el monto de las erogaciones estimadas
deducidas en cada uno de los ejercicios de que se trate.
Si de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, resulta que el factor de deducción total al final del ejercicio es
menor en más de un 5% al que se hubiera determinado en el propio ejercicio o en los anteriores, se pagarán, en su caso,
los recargos que correspondan.
En el ejercicio en el que se terminen de acumular los ingresos relativos a la obra o a la prestación del servicios de que se
trate, los contribuyentes compararán las erogaciones realizadas correspondientes a los costos directos e indirectos a que
se refiere el primer párrafo de este artículo, sin considerar en su caso, los señalados en el segundo párrafo del mismo,
durante el periodo transcurrido desde el inicio de la obra o de la prestación del servicio hasta el ejercicio en el que se
terminen de acumular dichos ingresos, contra el total de las estimaciones deducidas en el mismo periodo en los
términos de este artículo, que correspondan en ambos casos a la misma obra o al inmueble del que se deriven los
ingresos por la prestación del servicio. Para efectuar esta comparación, los contribuyentes actualizarán las erogaciones
estimadas y las realizadas en cada ejercicio en el que se dedujeron o en el que se efectuaron, según sea el caso, y hasta
el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se terminen de acumular los ingresos relativos a la obra o a la
prestación del servicio turístico del sistema de tiempo compartido. Los prestadores del servicio turístico del sistema de
tiempo compartido considerarán como erogaciones realizadas por las inversiones correspondientes a los inmuebles de
los que derivan los ingresos por la prestación de dichos servicios, los montos originales de las inversiones que se
comprueben con la documentación que reúna los requisitos que señalan las disposiciones fiscales.
Si de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, resulta que el total de las erogaciones estimadas actualizadas
deducidas exceden a las realizadas actualizadas, la diferencia se acumulará a los ingresos el contribuyente en el ejercicio
en el que se terminen de acumular los ingresos relativos a la obra o a la prestación del servicio de que se trate.
Para los efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, tratándose de la prestación del servicio turístico del
sistema de tiempo compartido, se considerará que se terminan de acumular los ingresos relativos a la prestación del
servicio, en el ejercicio en el que ocurra cualquiera de los siguientes supuestos: se hubiera recibido el 90% del pago o de
la contraprestación pactada, o hubieran transcurrido cinco ejercicios desde que se inició la obra o la prestación del
servicio a que se refiere este artículo.
Si de la comparación a que se refiere el párrafo quinto de este artículo, resulta que el total de las erogaciones estimadas
deducidas exceden en más de 5% a las realizadas, ambas actualizadas, sobre el excedente se calcularán los recargos que
correspondan a partir del día en que se presentó o debió presentarse la declaración del ejercicio en el que se dedujeron
las erogaciones estimadas. Estos recargos se enterarán conjuntamente con la declaración de que se trate.
AVISO DE OPCIÓN
Los contribuyentes que ejerzan la opción señalada en este artículo, deberán presentar aviso ante las autoridades
fiscales, en el que se manifiesten que optan por lo dispuesto en este artículo, por cada una de las obras o por la
prestación del servicio, dentro de los quince días siguientes al inicio de la obra o a la celebración del contrato según
corresponda. Una vez ejercida esta opción, la misma no podrá cambiarse. Los contribuyentes, además deberán
presentar la información que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria.
29
CAPÍTULO 3
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
3. GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
3.1. CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA
Grupo Blanco se constituyo el 11 de enero de dos mil ante notario público, cumpliendo los requerimientos estipulados
en el artículo 6°19
de la Ley General de Sociedades Mercantiles 2000, bajo la forma de Sociedad Anónima de Capital
Variable, con una duración de 99 años, algunos de los objetos de constitución enunciados son:
A. El diseño, proyecto, consultoría, asesoría, decoración, promoción, construcción y realización de todo tipo de
negocios relacionados con la construcción, comercio, negociación o industrias de casa y edificios para sí o
para terceros y la ejecución de obras civiles para el sector privado y público.
B. El ejercicio o provisiones en toda su aceptación para lo cual podrá proyectar y realizar toda clase de
construcciones sobre bienes muebles, ya sean de su propiedad o a cuenta y orden de terceros, pudiendo
vender las construcciones erigidas sobre bienes inmuebles de su propiedad, negociaciones e industria.
C. Distribuir, comprar enajenar, representar, concesionar, importar, exportar toda clase de artículos,
herramientas y accesorios para la industria de la construcción así como toda clase de artículos y accesorios de
ferretería.
D. …
El capital social ES VARIABLE. Cuyo capital mínimo sin derecho a retiro será de CINCUENTA MIL PESOS, MONEDA
NACIONAL, y el máximo no tiene límite. Las acciones son nominativas con valor de: UN MIL PESOS, MONEDA NACIONAL,
cada una.
Mismo que ha quedado suscrito y pagado de la siguiente forma:
SOCIO UNO: CUARENTA Y TRES ACCIONES (CUARENTA Y TRES MIL PESOS, MONEDA NACIONAL)
SOCIO DOS: SIETE ACCIONES (SIETE MIL PESOS, MONEDA NACIONAL)
Las acciones confieren a sus dueños, iguales derechos y obligaciones.
3.2. CARACTERÍSTICAS FISCALES
Régimen Fiscal
Según Reporte General de Consulta de Información de Contribuyente, Administración Local de Recaudación Gobierno
del D.F.20
, se conoce que la contribuyente, GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V., tributa dentro del Título II, Régimen General de
la Ley de las Personas Morales de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por lo que esta afecta al pago del Impuesto Sobre
la Renta y tiene la obligación de pagar este impuesto de conformidad con lo establecido en el artículo 1°, fracción I de la
Ley del Impuesto Sobre la Renta, asimismo es afecta al pago del Impuesto al Valor Agregado como Personas Moral
residente en México que en Territorio Nacional, realiza Actos o Actividades por la Prestación de Servicios, por lo que está
sujeta al pago del Impuesto al Valor Agregado de conformidad con lo establecido en el artículo 1°, fracción I de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado.
19
Art. 6° LGSM.- Requisitos que debe incluir la escritura constitutiva de una sociedad. 20
Dato tomado de las observaciones determinadas en una revisión por parte de la Secretaría de Finanzas, ejercicio 2009.
30
Giro o Actividad
Según Reporte General de Consulta de Información de Contribuyente, Administración Local de Recaudación Gobierno
del D.F.21
.-Edificación
3.3. VALORACIÓN DE ACTIVIDADES EN 2010
Previa entrevista con el contador general de Grupo Blanco, S.A. de C.V., se llego a convenio de proporcionarme la
información necesaria para seleccionar una muestra representativa (un contrato en particular) de las actividades
realizadas en el ejercicio 2010, para posteriormente realizar el estudio del costo de obra.
Documentación Requerida:
1. Declaraciones de pagos provisionales normal y complementarias en su caso, respecto de las contribuciones
federales como sujeto directo del Impuesto sobre la Renta y declaraciones mensuales del Impuesto al Valor
Agregado y como retenedor del Impuesto Sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado, declaraciones de
pagos provisionales de Impuesto Empresarial a Tasa Única; así como papeles de trabajo donde se
determinaron los impuestos mencionados por el ejercicio 2010.
2. Integración de los ingresos por mes del ejercicio 2010.
3. Papel de trabajo conteniendo la integración mensual y análisis de la cuenta Obra en Proceso y Costo de Obra
del ejercicio 2010.
4. Balanzas de comprobación mensuales del ejercicio 2010.
5. Declaración anual 2009.
3.4. RESULTADO DE LA REVISIÓN
En los ingresos exhibidos.
De la revisión y análisis efectuado a la documentación exhibida y proporcionada por el contribuyente, se conoció que
Grupo Blanco, S.A. de C.V., declaro para efectos de Impuesto Sobre la Renta, ingresos acumulables por un importe de
$17, 355,129.51 (Diecisiete millones trescientos cincuenta y cinco mil ciento veintinueve pesos 51/100 M.N.) de
conformidad con lo establecido en los artículos 1° párrafo primero fracción I y artículo 17 párrafo primero de la Ley de
Impuestos Sobre la Renta vigente en 2010. Se reviso toda la facturación de forma física y coincide con el total del ingreso
registrado.
Los ingresos acumulables se integran por concepto como a continuación se indica:
No se encontraron mayores observaciones.
21
Dato tomado de las observaciones determinadas en una revisión por parte de la Secretaría de Finanzas, ejercicio 2009.
a) ingresos por actividad de construcción 17,262,603.53
b) ingresos por renta de inmueble 79,515.12
c) ingresos por intereses devengados a favor 13,010.86
total de ingresos acumulables 17,355,129.51
31
En las deducciones realizadas.
De la revisión y análisis efectuado a la documentación exhibida y proporcionada por el contribuyente, se conoció que
Grupo Blanco, S.A. de C.V., declaro deducciones por un total de $18,004 023.00 (Dieciocho millones cuatro mil veintitrés
pesos 00/100 M.N.), tiene deducciones autorizadas en el costo de obra por $ 16, 010,190.52 (Dieciséis millones diez mil
ciento noventa pesos 52/100 M.N.)
Donde el costo de obra se registra de la siguiente manera y es donde se presenta el problema:
3.5. DETECCIÓN DEL PROBLEMA
Revisando las cuentas de obra en proceso y costo de obra, se observo que no existe algún método de registro que ayude
a determinar propiamente el costo en consideración con el grado de avance de las actividades de cada una de las obras,
ya que todas las erogaciones de materiales, mano de obra, indirectos y equipo y herramienta que se registran en la
cuenta de obra en proceso mensualmente son enviadas al costo de obra, de manera que no hay una forma confiable de
conocer si efectivamente es correcto los importes que aparecen por cada una de las obras, o si tienen relación alguna
con el presupuesto inicial.
3.6. EVALUACIÓN
Aunado a la falta de determinación del costo de obra se encontró el registro incorrecto de ciertas partidas que
necesitaran ser reclasificadas. Por lo tanto el resultado mensual y anual de cada obra no son los reales ni los más
óptimos.
3.6.1. ¿CÓMO SE REGISTRO EL COSTO DE OBRA?
El costo de obra se registro de la siguiente forma:
En el activo circulante se encuentra la cuenta de obra en proceso integrada por las diferentes obras que se están
realizando. Mes a mes cada obra registra los gastos por los conceptos ya antes mencionados (cargos) y al final de mes
cada cuenta disminuye (abonos) por el total del mes, importe que se registra en el costo de la obra según le
corresponda.
Ejemplo:
Registros de Enero c.o. enero) 18,900.00
mat. I) 10,000.00 18,900.00 (c.o. enero c.o. febrero) 18,700.00
m.o. I) 7,000.00
ind. I) 1,200.00
hye. I) 700.00
18,900.00
Registros de Febrero
mat. II) 9,700.00 18,700.00 (c.o. febrero
m.o. II) 6,500.00 10,000.00 (mat. I
ind. II) 1,600.00 7,000.00 (m.o. I
hye. II) 900.00 1,200.00 (ind. I
18,700.00 700.00 (hye. I
9,700.00 (mat. II
6,500.00 (m.o. II
1,600.00 (ind. II
900.00 (hye. II
donde:
mat.- materiales
m.o.- mano de obra
ind.- indirectos
hye.- herramientas y equipo
Obra en proceso "X" Costo de obra "X"
Otras
32
Estos registros se hacen independientemente del grado de avance que tenga la obra y del presupuesto inicial.
3.7. PROPUESTA
Para poder llegar al resultado real es necesario primero tener los datos del contrato por cada obra, posteriormente identificar los registros en obra en proceso incorrectos y corregirlos.
Corregida la cuenta de obra en proceso, se determinará el costo de obra contable, primero por el método de grado de avance y después por terminación de obra, denominados opción A y B respectivamente.
Posteriormente se calculará el costo de obra fiscalmente que convenga a la entidad, la primer forma es por erogaciones estimadas (art. 36 LISR) y la segunda por costo de venta (art. 45 LISR), denominados opción Z e Y.
Ambos resultados serán presentados.
A continuación describo brevemente la cuenta de Obra en Proceso.
La cuenta de Obra en Proceso (cuenta mayor) está integrada por cada una de las obras ejecutadas (subcuentas), pero
que aún no han sido concluidas; y que en lo general cada una de ellas está constituida por los siguientes rubros:
1. Materiales. Esta cuenta representa todos los materiales adquiridos para realizar los trabajos contratados.
2. Mano de obra. Son todos los sueldos y salarios del personal en obra devengados en el mismo.
3. Indirectos. Aquellos costos de la obra que no son materiales directos ni mano de obra directa.
4. Subcontratos. Gastos que requieren ser realizados pero por una persona especializada en la necesidad
requerida.
5. Equipo y herramienta. Es todo el equipo y herramienta rentado para la realización de las actividades en obra.
3.8. SELECCIÓN DE MUESTRA
Aplicación de Ingenium, S.A. de C.V.22
De las obras que realizo Grupo Blanco, S.A. de C.V. en 2010 se selecciono la obra que fue ejecutada en Puebla, Puebla
durante el ejercicio 2010, donde fueron contratados los servicios de Grupo Blanco, S.A. de C.V. por Aplicación de
Ingenium, S.A. de C.V. para participar en la ampliación del Centro Comercial Angelopolis (CCA).
Del total de ingresos determinados por consecutivo fiscal de facturación solo $3, 290,496.18 (Tres millones doscientos
noventa mil cuatrocientos noventa y seis pesos 18/100 M.N.) corresponden a la obra de Aplicación de Ingenieum, S.A.
de C.V., esta cantidad corresponde al 19% del total de ingresos percibidos por actividades de construcción.
Del total de costo de obra se tiene registrado que $ 3,017,499.07 (Tres millones diecisiete mil cuatrocientos noventa y
nueve pesos 07/100 M.N.) corresponden a la obra de Aplicación de Ingenieum, S.A. de C.V.
Los servicios de Grupo Blanco, S.A. de C.V. consistieron en “la ejecución de colocación de muros de block 20 x 20 x 40,
tipo pesado con dalas y castillos para muros divisionales de locales y muro perimetral para fachada en el CENTRO
COMERCIAL ANGELOPOLIS ANCLA 4”, en cuyo contrato A PRECIO ALZADO quedaron establecidos los términos para la
realización de la obra. En dicho contrato quedo manifestado que ambas partes pactaban en común acuerdo como precio
de los servicios la cantidad de $3,971,689.34 (Tres millones novecientos setenta y un mil seiscientos ochenta y nueve
pesos 34/100 M.N.) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
22
Para no revelar datos, el nombre del cliente fue cambiado a “Aplicación de Ingenium, S.A. de C.V.”
33
Forma de Pago.
Manifiestan ambas partes que la forma de pago del precio anteriormente señalado será cubierto de la siguiente manera:
a) 20% de anticipo del total del contrato por la cantidad de $794, 337.87 (Setecientos noventa y cuatro mil
trescientos treinta y siete pesos 87/100 M.N.)
b) Se realizarán pagos respecto de los trabajos que a través de estimaciones se efectúen de acuerdo al avance de
la obra, una vez aprobados los avances de obra por los representantes que para ese efecto designe Aplicación
de Ingenium, S.A. de C.V.
Estos pagos serían cubiertos dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes de su presentación.
Vigencia y plazo de ejecución
Grupo Blanco, S.A. de C.V. se obligo a iniciar los trabajos el día 24 de Mayo de 2010, y a concluirlos a más tardar el día 31
de Agosto de 2010, de conformidad con el programa aprobado por ambas partes.
Otorgamiento de Pagaré
A fin de que Grupo Blanco, S.A. de C.V. lleve a cabo el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas
con Aplicación de Ingenium, S.A. de C.V., suscribió un Pagaré por un monto total del 100% del anticipo de los servicios
de la obra a realizar a efecto de garantizar la correcta inversión y exacta ejecución de la obra encomendada. Teniendo
este pagaré vigencia durante todo el tiempo de ejecución de obra.
3.8.1. REGISTROS CONTABLES
Ingresos
En 2010 cada estimación autorizada se realizo la factura que describía los trabajos realizados para posteriormente su
cobro donde el ingreso se acumulaba conforme al art. 19 de la LISR.
Las retenciones realizadas se hicieron para garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales que Grupo Blanco,
S.A. de C.V. adquirió por la contratación de la mano de obra (cuotas patronales por cuotas al Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS), aportaciones para Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) e INFONAVIT, e impuesto sobre nómina), de
modo que si no cumpliese con ellas Aplicación de Ingenium, S.A. de C.V. podría ocupar dicha retención para hacer frente
a las mismas.
De la estimación 01 a la 08 se amortizo el 20% sobre el monto de cada una sin IVA, que corresponde a el anticipo, en la
estimación 09 se amortizo el saldo del anticipo, además sobre estas estimaciones se retuvo el 5% por concepto de fondo
de garantía. En la factura 718 no hubo retención de fondo de garantía.
Los trabajos fueron finalizados en Septiembre de 2010, pero no en su totalidad, como consecuencia no fue cobrado lo
estipulado en el contrato. Se comenzaron las negociaciones para la finiquitación del trabajo, lo cual se prolongo hasta
Febrero de 2011, concluyendo con la entrega del finiquito, estimación 10, y la entrega del fondo de garantía, como este
último ya había sido acumulado y facturado lo único que faltaba era el IVA, mismo por el cual se entrego una factura.
A continuación se muestra el cuadro de ingresos.
34
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92
1,4
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.93
0
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6/2
01
0
67
80
7/0
6/2
01
00
01
65
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2
1
3,1
71
.88
3,2
92
.97
4
9,3
94
.57
7,9
03
.13
57
,29
7.7
0
57
,29
7.7
0
2
6/0
6/2
01
0
67
91
4/0
6/2
01
00
02
14
0,9
67
.85
2
8,1
93
.57
7,0
48
.39
1
05
,72
5.8
9
16
,91
6.1
4
12
2,6
42
.03
12
2,6
42
.03
0
5/0
7/2
01
0
68
40
6/0
7/2
01
00
03
30
2,4
16
.44
6
0,4
83
.29
15
,12
0.8
2
2
26
,81
2.3
3
36
,28
9.9
7
26
3,1
02
.30
26
3,1
02
.30
2
1/0
7/2
01
0
68
50
6/0
7/2
01
00
04
37
0,4
28
.72
7
4,0
85
.74
18
,52
1.4
4
2
77
,82
1.5
4
44
,45
1.4
5
32
2,2
72
.99
32
2,2
72
.99
2
1/0
7/2
01
0
69
01
2/0
7/2
01
00
05
24
9,3
53
.55
4
9,8
70
.71
12
,46
7.6
8
1
87
,01
5.1
6
29
,92
2.4
3
21
6,9
37
.59
21
6,9
37
.59
1
0/0
8/2
01
0
69
11
4/0
7/2
01
00
06
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0,7
34
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6
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46
.96
17
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6.7
4
2
55
,55
0.8
6
40
,88
8.1
4
29
6,4
39
.00
29
6,4
39
.00
1
0/0
8/2
01
0
70
10
2/0
8/2
01
00
07
35
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.11
7
1,0
54
.82
17
,76
3.7
1
2
66
,45
5.5
8
42
,63
2.8
9
30
9,0
88
.47
30
9,0
88
.47
2
4/0
8/2
01
0
70
20
2/0
8/2
01
00
08
37
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08
.78
7
5,8
81
.76
18
,97
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4
2
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6.5
8
45
,52
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5
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0,0
85
.63
33
0,0
85
.63
1
3/0
9/2
01
0
71
92
8/0
9/2
01
00
09
71
6,5
63
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53
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9
35
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8.1
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3
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6.4
1
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5.8
3
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52
.23
37
9,6
52
.23
0
8/1
0/2
01
0
71
82
2/0
9/2
01
03
69
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7
36
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38
.97
59
,12
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35
Costos
Desde el comienzo de los trabajos, el registro del costo solo se limito a registrar todos los gastos realizados por concepto
de materiales, equipo rentado e indirectos ocupados durante el desarrollo de la obra.
La mano de obra se registro en base a un reporte semanal que incluía los nombres de los trabajadores que habían
laborado, su salario diario y su número de seguro social se elaboraron las nóminas por concepto de mano de obra (dicho
rubro, mostro irregularidades que más adelante se abordaran).
Al finalizar cada mes la cuenta del Costo de Obra de la obra CCA aumentaba por el importe completo que se encontraba
en la cuenta de Obra en Proceso de la misma obra, de forma que al finalizar cada mes la cuenta de Obra en Proceso de
CCA quedaba en ceros, con esto se interpretaba que no quedaba nada pendiente de elaborar al cerrar cada mes.
El costo de obra por el ejercicio 2010 de la obra CCA quedo integrado de la siguiente forma:
Creación propia
A continuación se presenta un cuadro comparativo entre lo estimado y lo registrado tanto del ingreso como del costo de
la obra CCA.
Creación propia
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
Costo de Obra del CCA al 31 de Diciembre de 2010
Núm. cuenta Descripción Saldo actual
6100-001-027-000 CENTRO COMERCIAL ANGELOPOLIS 3,017,499.07
6100-001-027-001 Materiales 2,364,408.98
6100-001-027-002 Mano de Obra 340,487.40
6100-001-027-005 Herramienta y Equipo 48,146.68
6100-001-027-003 Indirectos 264,456.01
Estimado % Diferencia
2010 2011 Total
INGRESOS 3,971,680.78 100.00% 3,290,546.18 90,000.00 3,380,546.18 681,184.60
Importe % 2010 2011 Total
Materiales 2,036,001.55 51.26% 2,364,408.98 - 2,364,408.98 328,407.43-
Mano de Obra 1,376,814.54 34.67% 340,487.40 - 340,487.40 1,036,327.14
Herramienta y eq. 37,139.96 0.94% 48,146.68 - 48,146.68 11,006.72-
Indirectos 163,144.09 4.11% 264,456.01 - 264,456.01 101,311.92-
Total 3,613,100.14 90.97% 3,017,499.07 - 3,017,499.07 595,601.07
Utilidad estimada 358,580.64 Utilidad registrada 363,047.11
Utilidad est. (%) 9.03% Utilidad reg. (%) 10.74%
En contabilidad
COSTOSEstimado En contabilidad
Diferencia
36
Se observa lo siguiente:
– Del costo total que está registrado en contabilidad hay diferencias significativas comparadas con las que se
tenían en el costo estimado.
– La utilidad final es mayor que la utilidad estimada.
37
CAPÍTULO 4
SOLUCIÓN AL PROBLEMA
4. SOLUCIÓN AL PROBLEMA
4.1. METODOLOGÍA CONTABLE
4.1.1. REGISTRO DE INGRESOS
En el registro de los ingresos no se encontraron diferencias significativas, así que no se hicieron cambios.
4.1.2. REGISTRO DE EGRESOS
Como se había mencionado en el capítulo 3 no existe un método que reconozca el avance de la obra mensualmente, sin
embargo para poder realizarlo es necesario hacer una revisión minuciosa de las erogaciones que conforman la obra en
proceso de CCA y corregir aquellas partidas que son incorrectas, de manera particular se revisará la subcuenta de
Materiales y Mano de Obra, esto es independiente del método que se utilice.
Al revisar los conceptos mencionados se encontraron partidas que estaban registradas erróneamente. Se identificaron
en su totalidad como a continuación se presenta.
I. Auxiliar de la cuenta de obra en proceso
Se solicito el auxiliar de la cuenta de obra en proceso y se identificaron en su totalidad los errores como a continuación
se presenta23
:
23
Solo se muestran las partidas que corresponden a los errores (sombreados) junto con tres movimientos anteriores y tres movimientos posteriores al registro, para ver el auxiliar completo ver el anexo A.
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra en proceso de Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
1170-027-001-000 Materiales SALDO INICIAL -
Error 1
P.Dr 30-jun-10 PROV. F-A67033 INDUSTRIAL DE ALAMBRES, S.A. DE 4,137.00 304,544.83
P.Dr 30-jun-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. DE C.V. 1,992.97 306,537.80
P.Dr 30-jun-10 CARPINTEROS MODERNOS DE PUEBLA 12,252.18 318,789.98
P.Dr 30-jun-10 PROV. F-0137 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN 702,940.53 1,021,730.51
P.Dr 30-jun-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C.V. 129.31 1,021,859.82
P.Dr 30-jun-10 HOME DEPOT MEXICO, S.A. DE C.V 615.40 1,022,475.22
P.Eg 30-jun-10 Registro costo de obra junio '10 1,022,475.22 -
Error 2
P.Dr 30-jul-10 PROV. F-67197 BODEGA CRUZ AZUL 18,232.76 236,019.03
P.Dr 30-jul-10 PROV. F-67198 BODEGA CRUZ AZUL 22,272.80 258,291.83
P.Eg 30-jul-10 F-149034 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 543.15 258,834.98
P.Eg 30-jul-10 PROV. F-112646 DE CRISTALERIA MEX, S.A. DE C.V. 411,067.45 669,902.43
P.Dr 30-jul-10 Registro costo de obra julio '10 669,902.43 -
P.Eg 06-ago-10 MATERIALES MAPA DE PUEBLA, S.A 1,189.66 1,189.66
P.Dr 11-ago-10 F-67325 BODEGA CRUZ AZUL DEL 21,902.92 23,092.58
38
Creación propia
En las facturas señaladas se encontraron diferencias:
– Los errores 1, 3 y 6 corresponden a los servicios contratados de mano de obra y materiales del proveedor
Complementos para la construcción, S.A. de C.V., pero en los registros no se hizo el desglose correspondiente
a cada concepto, enviando el importe total de las facturas 0137 y 0167 a materiales y la 0186 a indirectos.
– Además se encontró una factura, la n° 0154, del proveedor mencionado anteriormente y corresponde a la
obra de CCA pero está registrada en otra obra.
– En el error 2, la factura 112646 de Cristalería Mex, S.A. de C.V. no corresponde a los trabajos de la obra CCA.
– Para los errores 4 y 5 cuyas facturas son las 23535 y 23784 de Carpinteros Modernos, S.A. de C.V. que
tampoco corresponden a la obra de CCA.
– E n el punto 7 el boleto de avión pertenece a los gastos de administración.
Error 3
P.Eg 25-ago-10 IMPERQUIMIA DE PUEBLA, S.A. DE 194.83 57,235.45
P.Eg 25-ago-10 JOCAR INGENIERIA EN MANTENIMIE 60.00 57,295.45
P.Eg 25-ago-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 152.55 57,448.00
P.Dr 31-ago-10 PROV. F-167 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN 530,350.07 587,798.07
P.Dr 31-ago-10 PINTA COMEX DE TEHUACAN, S.A. 818.97 588,617.04
P.Dr 31-ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 594.88 589,211.92
P.Dr 31-ago-10 Registro costo de obra agosto '10 589,211.92 -
Error 4 y 5
P.Dr 30-sep-10 F-68566 BODEGA CRUZ AZUL 3,103.45 26,637.08
P.Dr 30-sep-10 F-69028 BODEGA CRUZ AZUL 20,209.45 46,846.53
P.Dr 30-sep-10 F-69075 BODEGA CRUZ AZUL 15,948.28 62,794.81
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-23534 CARPINTEROS MODERNOS 2,024.60 64,819.41
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-23784 CARPINTEROS MODERNOS 18,000.00 82,819.41
P.Dr 30-sep-10 Registro costo de obra septiembre '10 82,819.41 -
1170-027-003-000 Indirectos SALDO INICIAL -
Error 6 y 7
P.Dr 10-sep-10 RADIOMOVIL DIPSA, S.A. DE C.V. 258.62 7,081.62
P.Dr 10-sep-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 38.71 7,120.33
P.Dr 10-sep-10 LO MEJOR EN ELECTRONICA, S. DE 189.66 7,309.99
P.Dr 30-sep-10 F-0186 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN 216,729.31 224,039.30
P.Dr 30-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 68.10 224,107.40
P.Dr 30-sep-10 LUMICOLOR MATERIAL ELECTRICO, 186.72 224,294.12
P.Dr 30-sep-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 85.83 224,379.95
P.Dr 30-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 93.45 224,473.40
P.Dr 30-sep-10 ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V. 1,657.73 226,131.13
P.Dr 30-sep-10 Registro costo de obra septiembre '10 226,131.13 -
39
II. Desglose de facturas pagadas de la empresa Complementos para la Construcción, S.A. de C.V.
Para poder reclasificar los gastos, se identificaron los importes pagados por cada concepto, mano de obra y materiales,
se sugirió revisar todas las facturas de Complementos para la construcción, S.A. de C.V. que corresponden a la obra de
CCA, y se encontró que cuatro de las seis de las facturas no solo contemplaban material o indirectos, sino también el
pago de mano de obra, ambos conceptos fueron desglosados en la factura correspondiente pero no se registro
correctamente. Los importes se pudieron identificar por que estaban indicados en el libro de bancos que fue entregado.
Se resume en el siguiente cuadro:24
Creación propia
24
Para ver el desglose completo de las facturas de Complementos para construcción, ver anexo B.
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Desgloce de facturas pagadas de la empresa Complementos para la construcción, S.A. de C.V.
Obra: Centro Comercial Angelopolis
Póliza Fecha Factura Importe IVA Total
SUMAS 2,062,194.29 329,951.09 2,392,145.37
P.Dr 30-jun-10 Factura 0137 702,940.53 112,470.48 815,411.01
Materiales 373,771.38 59,803.42 433,574.80
Mano de Obra 329,169.15 52,667.06 381,836.21
P.Dr 31-jul-10 Factura 0154 595,253.17 95,240.51 690,493.68
Materiales 353,172.66 56,507.62 409,680.28
Mano de Obra 242,080.52 38,732.88 280,813.40
P.Dr 31-ago-10 Factura 0167 530,350.07 84,856.01 615,206.08
Materiales 311,332.83 49,813.25 361,146.08
Mano de Obra 219,017.24 35,042.76 254,060.00
P.Dr 30-sep-10 Factura 0186 216,729.31 34,676.69 251,406.00
Indirectos 122,936.21 19,669.79 142,606.00
Mano de Obra 93,793.10 15,006.90 108,800.00
P.Dr 30-sep-10 Factura 0193 10,127.24 1,620.36 11,747.60
Herramiento y Equipo 10,127.24 1,620.36 11,747.60
P.Dr 30-sep-10 Factura 0199 6,793.97 1,087.04 7,881.01
Herramiento y Equipo 6,793.97 1,087.04 7,881.01
40
III. Desglose de otras facturas pagadas
De los otros comprobantes señalados, se identificaron que corresponden a otras obras realizadas.
Creación propia
IV. Cédula de análisis de la cuenta obra en proceso
Después de haber identificado los movimientos erróneos, se reclasificaron a las cuentas que correspondían, de modo
que la cuenta de obra en proceso queda con nuevos saldos como se muestra en el siguiente cuadro:
Desglosado de la siguiente manera para su mejor comprensión:
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Desgloce de otras facturas pagadas
Póliza Fecha Factura Importe Obra
Materiales
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-23534 CARPINTEROS MODERNOS 2,024.60 Brantano
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-23784 CARPINTEROS MODERNOS 18,000.00 Brantano
P.Eg 30-jul-10 PROV. F-112646 DE CRISTALERIA MEX 411,067.45 CIG
Indirectos
P.Dr 30-sep-10 ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V. 1,657.73 Gto de oficina.
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Cédula de análisis de la cuenta obra en proceso
Centro Comercial Angelopolis
Dedudor Acreedor Deudor Acreedor Deudor Acreedor
Materiales 2,364,408.98 353,172.66 979,278.44 1,738,303.20
Mano de Obra 340,487.40 884,060.01 1,224,547.41
Indirectos 264,456.01 95,450.83 169,005.18
Herramienta y Equipo 48,146.68 48,146.68
Sumas 3,017,499.07 - 1,237,232.66 1,074,729.27 3,180,002.46 -
ConceptoSaldo Inicial Movimientos Saldo final
41
Creación propia
4.1.2.1. OPCIÓN “A” MÉTODO DE GRADO DE AVANCE
Después de haber corregido las partidas de obra en proceso, se tiene que determinar la forma del costo de lo vendido.
Desde un inicio se tiene identificado que se trata de un contrato a precio alzado y que será entregado por etapas de
acuerdo a su grado de avance.
I. Opción para determinar el porciento de avance.
Con base en lo escrito del Boletín D-7 ¶ 50 y ¶ 52.c, se propone que para determinar el porciento de avance se use una
medida de salida, la terminación física de eventos o etapas significativas del contrato.
Se eligió por que es la forma más confiable de poder evaluar el avance que se hizo en cada mes, ya que el residente a
cargo cuenta con un programa de actividades por cada una de las etapas que conforman el contrato. Al concluir cada
etapa, se elabora una estimación que describe los trabajos elaborados cuyo valor quedo establecido en el contrato.
II. Determinación del porciento de avance.
De acuerdo al Boletín D-7 ¶ 54 una vez elegido el procedimiento que será utilizado para medir el progreso hasta el
término, debe calcularse un cociente que considere en el numerador la unidad de medida real acumulada a la fecha que
Materiales
Complementos para la construcción
f-0137 329,169.15
f-0154 353,172.66
f-0167 219,017.24
Carpinteros Modernos
f-23534 2,024.60
f-23784 18,000.00
Cristaleria Mex
f-112646 411,067.45
Total 353,172.66 979,278.44
Mano de Obra
Complementos para la construcción
f-0137 329,169.15
f-0154 242,080.52
f-0167 219,017.24
f-0186 93,793.10
Total 884,060.01 -
Indirectos
ABC Aerolíneas 1,657.73
Complementos para la construcción
f-0186 93,793.10
Total - 95,450.83
Gran total 1,237,232.66 1,074,729.27
42
se informa y en el denominador el total de la unidad de medida que se estima se incurrirá en el contrato (incluye lo
incurrido y por incurrir).
Creación propia
III. Determinación del ingreso y costo del periodo
Enfoque ingreso-costo, de acuerdo al Boletín D-7 ¶ 56.1 Una vez determinado el porciento de avance del proyecto, será
aplicado al total del ingreso estimado del contrato y al total del costo estimado del contrato. La diferencia entre el
ingreso y el costo así obtenido constituye el resultado bruto acumulado de un contrato. De los resultados obtenidos se
disminuirán, en su caso, los ingresos y costos reconocidos en ejercicios anteriores para obtener los ingresos y costos del
periodo a reconocer en el estado de resultados.
Creación propia
Para conocer el importe que se enviara a cada elemento, el porcentaje de avance determinado se aplica de manera
individual a cada elemento del costo total estima como a continuación se muestra.
Creación propia
Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Ingreso del periodo 206,827.27 1,262,933.49 734,682.89 1,086,102.76 - - -
Decuentos del periodo - - - - - - -
Ingresos netos 206,827.27 1,262,933.49 734,682.89 1,086,102.76 - - -
Ingresos netos 206,827.27 1,262,933.49 734,682.89 1,086,102.76 - - -
(/) Ingresos tota l estimado 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78
(=)
porciento de avance del
proyecto 5.21% 31.80% 18.50% 27.35% 0.00% 0.00% 0.00%
Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Ingreso estimado del contrato 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78 3,971,680.78
(*) % de avance del proyecto 5.21% 31.80% 18.50% 27.35% 0.00% 0.00% 0.00%
(=) Ingreso estimado del periodo 206,827.27 1,262,933.49 734,682.89 1,086,102.76 - - -
(-)
Costo estimado del contrato 3,613,100.14 3,613,100.14 3,613,100.14 3,613,100.14 3,613,100.14 3,613,100.14 3,613,100.14
(*) % de avance del proyecto 5.21% 31.80% 18.50% 27.35% 0.00% 0.00% 0.00%
(=) Costo estimado del periodo 188,154.00 1,148,910.35 668,352.52 988,044.67 - - -
(=) Ut. bruta estimada de periodo 18,673.27 114,023.14 66,330.37 98,058.09 - - -
% de avance del
proyecto
Materiales y
básicosMano de Obra
Herramienta y
equipoIndirectos
Costo de obra
del periodo
Total por concepto 2,036,001.55 1,376,814.54 37,139.96 163,144.09
Junio 5.21% 106,025.80 71,698.31 1,934.08 8,495.81 188,154.00
Jul io 31.80% 647,417.22 437,805.88 11,809.94 51,877.31 1,148,910.35
Agosto 18.50% 376,620.27 254,683.63 6,870.16 30,178.45 668,352.52
Septiembre 27.35% 556,768.54 376,506.11 10,156.36 44,613.67 988,044.67
Octubre 0.00% - - - - -
Noviembre 0.00% - - - - -
Diciembre 0.00% - - - - -
1,686,831.83 1,140,693.92 30,770.54 135,165.24 2,993,461.55
conceptomes
43
Con los datos que se obtuvieron se registraran las partidas que mes a mes se debieron realizar. Los esquemas de mayor
que a continuación se muestran incluyen la corrección de las facturas de material, mano de obra e indirectos, así como
el registro del costo de obra mensual de acuerdo con el cuadro anterior, salvo ciertos puntos que se mencionan al final.
En los esquemas de materiales, mano de obra, indirectos, herramientas y equipo de lado izquierdo se muestran los
cargos por la adquisición o prestación del servicio (según corresponda) y de lado derecho los abonos que corresponden
al costo de obra del mes señalado.
NOTAS:
– Con base en la determinación de avance para los meses de julio y agosto en la cuenta de indirectos se debió
de enviar las cantidades de 51,877.31 y 30,178.45 al costo de obra, sin embargo como la subcuenta no
contaba con dichas cantidades, solo fue enviado lo que se encontraba a fin de mes al costo de obra, esto fue
para que no mostrara un saldo contrario a su naturaleza deudora y una información incorrecta.25
– En Septiembre se concluye la obra y se sugiere que el saldo que queda en obra en proceso por cada concepto
se envíe al costo de obra en ese mismo mes, este movimiento queda marcado en los esquemas de mayor
como “sep II”.
Los estados de resultados por mes de enero a septiembre quedan así:
25
Para ver las correcciones aplicadas y los registros de costo de obra mensual ir al anexo C.
jun) 693,306.07 106,025.80 (jun jun) 357,147.48 71,698.31 (jun jun) 9,096.35 8,495.81 (jun
jul) 612,007.64 647,417.22 (jul jul) 520,052.25 437,805.88 (jul jul) 23,453.49 24,054.03 (jul
ago) 370,194.68 376,620.27 (ago ago) 250,682.91 254,683.63 (ago ago) 5,775.04 5,775.04 (ago
sep) 62,794.81 556,768.54 (sep I sep) 96,664.77 376,506.11 (sep I sep) 130,680.30 44,613.67 (sep I
51,471.36 (sep II 83,853.48 (sep II 86,066.63 (sep II
1,738,303.19 1,738,303.19 1,224,547.41 1,224,547.41 169,005.18 169,005.18
jun) 15,553.03 1,934.08 (jun jun) 188,154.00 1,075,102.93 (jun
sep) 32,593.65 11,809.94 (jul jul) 1,121,087.07 1,155,513.37 (jul
6,870.16 (ago ago) 643,949.11 626,652.63 (ago
10,156.36 (sep I sep) 988,044.67 322,733.53 (sep
17,376.14 (sep II sep II) 238,767.61 - 3,180,002.46
48,146.68 48,146.68 3,180,002.46 -
MATERIALES MANO DE OBRA INDIRECTOS
HERRAMIENTAS Y EQ. COSTO DE OBRA OTRAS
44
4.1.2.2. OPCIÓN “B” MÉTODO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO
El C.P.C. Carlos R. Mathelín Leyva señala26
: "bajo el método de grado de avance, se da reconocimiento a los ingresos
hasta que el contrato esté terminado. Esto es, cuando sólo queda por ejecutar una parte mínima de trabajo, excepto por
el fondo de garantía. Los costos y los pagos progresivos recibidos se acumulan durante el curso del contrato, pero no se
da conocimiento a utilidad alguna, hasta que la actividad del contrato haya sido concluida."
Los esquemas de mayor que se muestran en seguida ilustran de forma concreta lo que expresa el C.P.C. Mathelín
aplicado al caso de CCA, donde los gastos realizados por la obra solo se acumulan.
En Septiembre la obra fue concluida, hasta este mes se reconoce el costo de obra, aún cuando solo falta realizar en
cobro del finiquito de los trabajos y el fondo de garantía.
26
C.P.C. Mathelín Leyva Carlos R., Estudio del Régimen Fiscal de Empresas Constructoras, 10ª edic. 2009, Métodos de contabilización, p.37
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Estado de Resultados Enero-Septiembre 2010
Opción A (método de grado de avance)
Junio Julio Agosto Septiembre
Ingresos Acumulados 206,827.27 1,469,760.76 2,204,443.65
(+) Ingreso del periodo 206,827.27 1,262,933.49 734,682.89 1,086,102.76
(-) Decuentos del periodo - - - -
(=) Total de ingresos 206,827.27 1,469,760.76 2,204,443.65 3,290,546.41
(-)
Costo de obra acumulado - 188,154.00 1,309,241.07 1,953,190.18
(+) Costo de obra del periodo 188,154.00 1,121,087.07 643,949.11 1,226,812.28
(=) Costo de obra total 188,154.00 1,309,241.07 1,953,190.18 3,180,002.46
(=) Utilidad Bruta 18,673.27 160,519.69 251,253.47 110,543.95
45
Para el caso de CCA el costo de obra es el mismo, ya sea por el método de grado de avance o el de terminación de
contrato. Sin embargo la presentación de los estados financieros mensuales es diferente.
Para los meses de Junio a Agosto el estado de resultados solo informaría que hay pérdida ya que ningún ingreso es
reconocido sino hasta que la obra es concluida.
jn) 693,306.07 1,738,303.19 (sep jn) 357,147.48 1,224,547.41 (sep jn) 9,096.35 169,005.18 (sep
jl) 612,007.64 jl) 520,052.25 jl) 23,453.49
ago) 370,194.68 ago) 250,682.91 ago) 5,775.04
sep) 62,794.81 sep) 96,664.77 sep) 130,680.30
1,738,303.19 1,738,303.19 1,224,547.41 1,224,547.41 169,005.18 169,005.18
jn) 15,553.03 48,146.68 (sep sep) 1,738,303.19 1,075,102.93 (jun
sep) 32,593.65 sep) 1,224,547.41 1,155,513.37 (jul
48,146.68 48,146.68 sep) 169,005.18 626,652.63 (ago
sep) 48,146.68 322,733.53 (sep
3,180,002.46 - 3,180,002.46
MATERIALES MANO DE OBRA INDIRECTOS
HERRAMIENTAS Y EQ. Costo de Obra OTRAS
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Estado de Resultados Enero-Septiembre 2010
Opción B (método de terminación de contrato)
Junio Julio Agosto Septiembre
Ingresos Acumulados - - - -
(+) Ingreso del periodo - - - 3,290,546.41
(-) Decuentos del periodo - - - -
(=) Total de ingresos - - - 3,290,546.41
(-)
Costo de obra acumulado - 1,075,102.93 2,230,616.30 2,857,268.93
(+) Costo de obra del periodo 1,075,102.93 1,155,513.37 626,652.63 322,733.53
(=) Costo de obra total 1,075,102.93 2,230,616.30 2,857,268.93 3,180,002.46
(=) Utilidad Bruta 1,075,102.93- 2,230,616.30- 2,857,268.93- 110,543.95
46
4.1.3. CONCLUCIÓN EN LA APLICACIÓN DE OPCIONES “A” Y “B”
Por lo tanto habiendo aplicado las opciones A y B en la obra de CCA concluyo argumentando que “A” (método de
determinación de costo de obra por grado de avance) es la forma más óptima para determinar el costo de obra contable
en Grupo Blanco, S.A. de C.V. porque es más útil la información que de ella emana en la toma de decisiones.
El siguiente esquema muestra los pros y contras que cada método puede presentar.
4.2. METODOLOGÍA FISCAL
Para determinar el costo de venta que se reflejara en la declaración anual hay dos opciones: el costo de venta del art.
45-C o la deducción de erogaciones estimadas del art. 36, ambos de la LISR las cuales fueron denominadas opción “Y” y
“Z” respectivamente.
Pero antes se determinarán los pagos provisionales de ISR, IETU y los pagos definitivos de IVA que corresponden a los
ingresos de la obra CCA 2010 y 2011. Para realizar los cálculos se adiciona una columna nueva a la hoja de ingresos,
“ingreso acumulable” la cual señala el importe a acumular de la factura correspondiente.
* Los estados financieros como estado de
resultados y balance general no muestran
la situación real. (que generalmente son
solicitados por un tercero)
OPCIÓN A "MÉTODO DE GRADO DE AVANCE"
* Se conoce una utilidad o pérdida
estimada en el periodo.
* Se puede tener información confiable
para la toma de decisiones.
* Puede que algún elemento del costo sea
menor que lo estimado y los registros
muestren irregularidades.
* Pueden existir variaciones significativas
en los elementos del costo.
PROS CONTRAS
OPCIÓN B "MÉTODO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO"
PROS CONTRAS
* Se conoce un resultado definitivo y
confiable.
* No se conoce la utilidad o pérdida hasta
que finaliza la obra.
47
No
FA
CT
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AF
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MO
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67
3A
NTI
CIP
O7
94
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7
-
79
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.87
12
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.06
92
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31
.93
92
1,4
31
.93
03
/06
/20
10
67
80
7/
06
/2
01
00
01
65
,85
9.4
2
13
,17
1.8
8
52
,68
7.5
4
3,2
92
.97
49
,39
4.5
7
7,9
03
.13
57
,29
7.7
0
57
,29
7.7
0
26
/06
/20
10
67
91
4/
06
/2
01
00
02
14
0,9
67
.85
28
,19
3.5
7
11
2,7
74
.28
7,0
48
.39
10
5,7
25
.89
16
,91
6.1
4
12
2,6
42
.03
12
2,6
42
.03
05
/07
/20
10
68
40
6/
07
/2
01
00
03
30
2,4
16
.44
60
,48
3.2
9
24
1,9
33
.15
15
,12
0.8
2
22
6,8
12
.33
36
,28
9.9
7
26
3,1
02
.30
26
3,1
02
.30
21
/07
/20
10
68
50
6/
07
/2
01
00
04
37
0,4
28
.72
74
,08
5.7
4
29
6,3
42
.98
18
,52
1.4
4
27
7,8
21
.54
44
,45
1.4
5
32
2,2
72
.99
32
2,2
72
.99
21
/07
/20
10
69
01
2/
07
/2
01
00
05
24
9,3
53
.55
49
,87
0.7
1
19
9,4
82
.84
12
,46
7.6
8
18
7,0
15
.16
29
,92
2.4
3
21
6,9
37
.59
21
6,9
37
.59
10
/08
/20
10
69
11
4/
07
/2
01
00
06
34
0,7
34
.78
68
,14
6.9
6
27
2,5
87
.82
17
,03
6.7
4
25
5,5
50
.86
40
,88
8.1
4
29
6,4
39
.00
29
6,4
39
.00
10
/08
/20
10
70
10
2/
08
/2
01
00
07
35
5,2
74
.11
71
,05
4.8
2
28
4,2
19
.29
17
,76
3.7
1
26
6,4
55
.58
42
,63
2.8
9
30
9,0
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30
9,0
88
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/20
10
70
20
2/
08
/2
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00
08
37
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08
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75
,88
1.7
6
30
3,5
27
.02
18
,97
0.4
4
28
4,5
56
.58
45
,52
9.0
5
33
0,0
85
.63
33
0,0
85
.63
13
/09
/20
10
71
92
8/
09
/2
01
00
09
71
6,5
63
.79
35
3,4
49
.19
36
3,1
14
.60
35
,82
8.1
9
32
7,2
86
.41
52
,36
5.8
3
37
9,6
52
.23
37
9,6
52
.23
08
/10
/20
10
71
82
2/
09
/2
01
03
69
,53
8.9
7
-
36
9,5
38
.97
-
3
69
,53
8.9
7
59
,12
6.2
4
42
8,6
65
.64
42
8,6
65
.64
08
/10
/20
10
77
52
4/
02
/2
01
10
10
90
,00
0.0
0
90
,00
0.0
0
90
,00
0.0
0
14
,40
0.0
0
10
4,4
00
.00
10
4,4
00
.00
25
/02
/20
11
77
72
4/
02
/2
01
11
46
,00
0.0
0
23
,36
0.0
0
16
9,3
60
.00
16
9,3
60
.00
28
/02
/20
11
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S3
,38
0,5
46
.41
7
94
,33
7.9
2
3,3
80
,54
6.3
6
14
6,0
50
.37
3
,38
0,4
95
.76
5
40
,87
9.3
2
3,9
21
,37
5.5
1
3,9
21
,37
5.5
1
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48
4.2.1. PAGOS PROVISIONALES DE ISR, IETU Y PAGOS DEFINITIVOS DE IVA, 2010 Y 2011
4.2.1.1. PAGOS PROVISIONALES DE ISR 2010 Y 2011
Con base al cuadro de ingresos cobrados se calculan los pagos provisionales de ISR.
– Pagos provisionales 2010
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
– Pagos provisionales 2011
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Ingresos acumulados - 959,799.69 1,970,146.48 2,557,892.79 3,290,546.36 3,290,546.36 3,290,546.36
Ingresos por construcción 959,799.69 1,010,346.79 587,746.31 732,653.57 - - -
Ingresos por asesoria - - - - - -
Productos financieros
Total ingresos nóminales 959,799.69 1,970,146.48 2,557,892.79 3,290,546.36 3,290,546.36 3,290,546.36 3,290,546.36
coeficiente de utilidad 0.0104 0.0104 0.0104 0.0104 0.0104 0.0104 0.0104
Utilidad fiscal 9,981.92 20,489.52 26,602.09 34,221.68 34,221.68 34,221.68 34,221.68
Pérdidas fiscales pendiente de amortizar 0 0 0 0 0 0 0
Utilidad fiscal para pago provisional 9,981.92 20,489.52 26,602.09 34,221.68 34,221.68 34,221.68 34,221.68
tasa de impuesto 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30%
ISR causado 2,995.00 6,147.00 7,981.00 10,267.00 10,267.00 10,267.00 10,267.00
Pagos provisionales - 2,995.00 6,147.00 7,981.00 10,267.00 10,267.00 10,267.00
IMPUESTO A PAGAR 2,995.00 3,152.00 1,834.00 2,286.00 - - -
Pago provisional IETU
Pago provisional mensual pagado
2010
Enero Febrero
Ingresos acumulados - -
Ingresos por construcción - 90,000.00
Ingresos por asesoria
Productos financieros
Total ingresos nóminales - 90,000.00
coeficiente de utilidad 0.0104 0.0104
Utilidad fiscal - 936.00
Pérdidas fiscales pendiente de amortizar 0 0
Utilidad fiscal para pago provisional - 936.00
tasa de impuesto 30% 30%
ISR causado - 281.00
Pagos provisionales - -
IMPUESTO A PAGAR - 281.00
Pago provisional IETU
Pago provisional mensual pagado
2011
49
4.2.1.2. PAGOS PROVISIONALES DE IETU 2010 Y 2011
– Pagos provisionales 2010
– Pagos provisionales 2011
Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
Ingresos cobrados 843,732.44 610,359.76 709,021.60 284,556.58 696,825.38 - -
Ingresos acumulados 843,732.44 1,454,092.20 2,163,113.80 2,447,670.38 3,144,495.76 3,144,495.76 3,144,495.76
Deducciones pagadas 1,047,635.60 883,348.64 595,053.96 226,116.76 - - -
Deducciones acumuladas 1,047,635.60 1,930,984.24 2,526,038.20 2,752,154.95 2,752,154.95 2,752,154.95 2,752,154.95
Deducción adicional - - - - - - -
Total de deducciones 1,047,635.60 1,930,984.24 2,526,038.20 2,752,154.95 2,752,154.95 2,752,154.95 2,752,154.95
Base - - - - 392,340.80 392,340.80 392,340.80
Tasa IETU 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5%
Impto. determinado - - - - 68,660.00 68,660.00 68,660.00
Crédito fiscal - - -
Resultado - - - - 68,660.00 68,660.00 68,660.00
Acreditamientos
Acreditamiento de nómina 3,574.90 40,649.35 588.00 420.00 - - -
Acreditamiento de nómina acumulado 3,574.90 44,224.25 44,812.25 45,232.25 45,232.25 45,232.25 45,232.25
Acre. de aport. De seguridad social 1,231.88 6,979.48 4,941.77 74.14 - - -
Acre. de aport. De seguridad social acum. 1,231.88 8,211.36 13,153.13 13,227.27 13,227.27 13,227.27 13,227.27
Suma de acreditamientos 4,806.78 52,435.61 57,965.38 58,459.52 58,459.52 58,459.52 58,459.52
Impuesto a cargo - - - - 10,200.48 10,200.48 10,200.48
Pagos provisionales - - - - - -
SALDO A CARGO - - - - 10,200.48 10,200.48 10,200.48
ACREDITAMIENTO ISR CAUSADO Y PAGADO - - - - 10,267.00 10,267.00 10,267.00
IETU A PAGAR - - - - - - -
2010
Enero Febrero
Ingresos cobrados 236,000.00
Ingresos acumulados - 236,000.00
Deducciones pagadas - -
Deducciones acumuladas - -
Deducción adicional - -
Total de deducciones - -
Base - 236,000.00
Tasa IETU 17.5% 17.5% 17.5%
Impto. determinado - 41,300.00
Crédito fiscal - -
Resultado - 41,300.00
Acreditamientos
Acreditamiento de nómina - -
Acreditamiento de nómina acumulado - -
Acre. de aport. De seguridad social - -
Acre. de aport. De seguridad social acum. - -
Suma de acreditamientos - -
Impuesto a cargo - 41,300.00
Pagos provisionales - -
SALDO A CARGO - 41,300.00
ACREDITAMIENTO ISR CAUSADO Y PAGADO - 281.00
IETU A PAGAR - 41,019.00
2011
50
4.2.1.3. PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 2010
Solo se calcularon los pagos correspondientes al ejercicio 2010. El IVA cobrado por cada mes corresponde al ingreso que
efectivamente se cobro, como en el siguiente cuadro se indica.
Determinación del IVA acreditable.
Todos los gastos realizados por materiales, indirectos, herramienta y equipo fueron pagados con el IVA
correspondiente, a una tasa del 16% (según la LIVA), el pago por servicios de mano de obra contratada por medio de la
subcontratista (Complementos para la Construcción, S.A. de C.V.) fue pagada con IVA, este forma parte del total del IVA
acreditable.
MES INGRESOS NETOS
COBRADOS
IVA COBRADO
Enero 0.00 0.00 - -
Febrero 0.00 0.00 - -
Marzo 0.00 0.00 - -
Abril 0.00 0.00 - -
Mayo 0.00 0.00 - -
Junio 843,732.44 134,997.19 167,539.94 32,542.74-
Julio 610,359.76 97,657.56 140,406.66 42,749.10-
Agosto 709,021.60 113,443.46 95,197.91 18,245.54 18,245.54- -
Septiembre 284,556.58 45,529.05 51,177.90 5,648.85-
Octubre 696,825.38 111,492.06 - 111,492.06 62,695.15- 48,796.91
Noviembre 0.00 0.00 - -
Diciembre 0.00 0.00 - -
SUMA 3,144,495.76 503,119.32 454,322.41 48,796.91 48,796.91
Desgloce de IVA Acreditable por el ejercicio 2010
PERIODOIVA
ACREDITABLE
IVA
ACREDITABLE
POR INDIRECTOS
IVA
ACREDITABLE
HERRAMIENTAS
Y EQUIPO
IVA
ACREDITABLE
DEL PERIODO
Enero - - - -
Febrero - - - -
Marzo - - - -
Abril - - - -
Mayo - - - -
Junio 163,596.03 1,455.42 2,488.48 167,539.94
Julio 136,654.10 3,752.56 - 140,406.66
Agosto 94,273.91 924.01 - 95,197.91
Septiembre 25,054.07 20,908.85 5,214.98 51,177.90
Octubre - - - -
Noviembre - - - -
Diciembre - - - -
419,578.11 27,040.83 7,703.47 454,322.41
IVA TRASLADADO
IVA
ACREDITABLE
IMPUESTO A
CARGO (A
FAVOR)
ACREDITACIONES
REALIZADAS
IMPUESTO A
CARGO
51
Entonces, para determinar el IVA acreditable que corresponde por la obra de CCA, el total de las erogaciones por
materiales, indirectos, herramienta y equipo, y la mano de obra subcontratada serán multiplicados por el 16%. El
resultado es el IVA acreditable del respectivo mes.
Ahora toca el turno de determinar el costo de obra que fiscalmente se enterará para la declaración anual. Hay dos
opciones, como se enunciaron en la hipótesis, denominadas opciones “X” y “Z”, la primera será deducción por
determinación de erogaciones estimadas y la segunda por la deducción de costo de venta.
4.2.2. OPCIÓN “Z” DEDUCCIÓN DE EROGACIONES ESTIMADAS
Lo primero es tener los datos de las erogaciones estimadas para el contrato de CCA, son los siguientes.
Los señalados con un asterisco (*) entran en el cálculo de la estimación. Es importante recordar que el artículo 36 de la
LISR en su segundo párrafo menciona que: “No se considerarán dentro de la estimación de los costos directos e
indirectos, la deducción de las inversiones y las remuneraciones por la prestación de servicios personales subordinados,
relacionados directamente con la producción o la prestación de servicios, las cuales se deducirán conforme a los
dispuesto en por la Sección III…”
Factor de deducción total se determina:
Calculado a diezmilésimo según art. 17-A, último párrafo CFF
CONCEPTO Junio Julio Agosto Septiembre Total
Materiales 693,306.07 612,007.64 370,194.68 62,794.81 1,738,303.19
Mano de Obra subcontratada 329,169.15 242,080.52 219,017.24 93,793.10 884,060.01
Indirectos 9,096.35 23,453.49 5,775.04 130,680.30 169,005.18
Herramienta y Equipo 15,553.03 - - 32,593.65 48,146.68
Totales 1,047,124.60 877,541.64 594,986.96 319,861.86 2,839,515.06
Tasa 16.00% 16.00% 16.00% 16.00% 16.00%
IVA acreditable del periodo 167,539.94 140,406.66 95,197.91 51,177.90 454,322.41
Materiales y Básicos 2,036,001.55 *
Mano de Obra 1,376,814.54
Herramientas y equipo 37,139.96 *
Indirectos y Acarreos 163,144.09 *
Estimación total 3,613,100.14
Determinación de las erogaciones estimadas del ejercicio 2010 -CCA-
Ingresos acumulables del ejercicio 2010 3,380,546.41
(*) factor de deducción total 0.5631
(=) Erogaciones estimadas del ejericio 2010 1,903,442.82
Suma total de los costos directos e indirectos estimados al inicio del ejercicio. 2,236,285.60
(/) Ingreso total que corresponda a la estimación al inicio del ejercicio 3,971,680.78
(=) factor de deducción total 0.5631 *
52
Una vez que se obtienen las erogaciones estimadas para el ejercicio 2010, estas quedan manifestadas en las
deducciones autorizadas junto con la totalidad del gasto de sueldos y salarios de la obra, la declaración anual quedaría
como continúa.
|
Para el ejercicio 2011 fueron cobrados $90,000.00 por el finiquito de la obra y $146,000.00 del fondo de garantía, siendo
el finiquito el único ingreso que se debe acumular porque el fondo de garantía forma parte de los ingresos de 2010.
Otra nota importante es que las erogaciones por la obra no fueron deducidas en su totalidad por ser una erogación
estimada para 2011, entonces, la diferencia del costo total y las erogaciones estimadas son deducidas para este
ejercicio. La declaración anual 2011 se presentaría de esta forma.
Determinación del ISR 2010 de la obra CCA
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
Ingresos acumulados del ejercicio 3,290,546.41
Descuentos s/ingresos -
Ingresos netos 3,290,546.41
Deducciones autorizadas del ejercicio 3,127,990.23
Erogaciones estimadas 1,903,442.82
Sueldos y salarios y aport. de seguridad 1,224,547.41
Utilidad (Pérdida) Fiscal 162,556.18
PTU pagada del ejercicio -
Resultado Fiscal 162,556.18
Tasa del impuesto 30%
ISR causado del ejercicio 48,766.85
Pagos provisionales 10,267.00
ISR a cargo (a favor) de CCA 38,499.85
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
Determinación del ISR 2011 de la obra CCA
Ingresos acumulados del ejercicio 90,000.00
Descuentos s/ingresos -
Ingresos netos 90,000.00
Deducciones autorizadas del ejercicio 52,012.23
(*) Erogaciones estimadas 52,012.23
Sueldos y salarios y aport. de seguridad -
Utilidad (Pérdida) Fiscal 37,987.77
PTU pagada del ejercicio -
Resultado Fiscal 37,987.77
Tasa del impuesto 30%
ISR causado del ejercicio 11,396.33
Pagos provisionales 281.00
ISR a cargo (a favor) de CCA 11,115.33
53
4.2.3. OPCIÓN “Y” COSTO DE VENTA
Considerando que en la revisión que se hizo a los gastos que tuvo la obra, todos estos son deducibles, de forma que el
importe total del costo de obra $ 3, 180,002.46 es el costo de venta. La declaración anual 2010 de esta manera.
Para el ejercicio 2011 se acumulan los 90,000.00 que correspondieron al finiquito de la obra, es importante mencionar
que el ingreso del fondo de garantía no es objeto de impuesto en este ejercicio pues fue acumulado en 2010. En las
deducciones autorizadas no habrá deducción autorizada que disminuir al ingreso; por lo tanto el impuesto a pagar sería
determinado sobre el ingreso total como se describe a continuación.
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
Determinación del ISR 2010 de la obra CCA
Ingresos acumulados del ejercicio 3,290,546.41
Descuentos s/ingresos -
Ingresos netos 3,290,546.41
Deducciones autorizadas del ejercicio 3,180,002.46
Erogaciones autorizadas 1,955,455.05
Sueldos y salarios y aport. de seguridad 1,224,547.41
Utilidad (Pérdida) Fiscal 110,543.95
PTU pagada del ejercicio -
Resultado Fiscal 110,543.95
Tasa del impuesto 30%
ISR causado del ejercicio 33,163.18
Pagos provisionales 10,267.00
ISR a cargo (a favor) de CCA 22,896.18
GRUPO BLANCO, S.A. DE C.V.
Determinación del ISR 2011 de la obra CCA
Ingresos acumulados del ejercicio 90,000.00
Descuentos s/ingresos -
Ingresos netos 90,000.00
Deducciones autorizadas del ejercicio -
Erogaciones autorizadas -
Sueldos y salarios y aport. de seguridad -
Utilidad (Pérdida) Fiscal 90,000.00
PTU pagada del ejercicio -
Resultado Fiscal 90,000.00
Tasa del impuesto 30%
ISR causado del ejercicio 27,000.00
Pagos provisionales 281.00
ISR a cargo (a favor) de CCA 26,719.00
54
4.2.4. CONCLUCIÓN EN LA APLICACIÓN DE “Y” y “Z”
De las dos opciones para determinar el costo de venta se resume como sigue el pago de ISR.
El pago de ISR total es el mismo, demostrando que sin importar bajo que opción se deduzcan las erogaciones. Sin
embargo esto es posible por que la tasa de impuesto es la misma tanto 2010 como 2011, del 30%, caso contrario que si
en 2011 la tasa hubiese sido mayor el impuesto se incrementaría o disminuido si el porcentaje fuese menor. Esto es
motivo para elaborar una planeación estratégica que pudiese ayudar a Grupo Blanco, S.A. de C.V., pero que no es
motivo de esta tesis que solo se concreta a conocer como determinar el costo de obra, quedando este rubro abierto
para alguien que esté interesado en profundizar el tema.
Ejercicio Impto. a cargo Ejercicio Impto. a cargo
2010 48,766.85 2010 33,163.18
2011 11,396.33 2011 27,000.00
Suma 60,163.18 Suma 60,163.18
OPCIÓN "Z" OPCIÓN "Y"
55
CAPÍTULO 5
CONCLUSIONES
5. CONCLUSIONES
Esta tesis examino las cuentas de obra en proceso y costo de obra de una sola obra, Centro Comercial Angelopolis (CCA)
como muestra representativa de todas las obras realizadas en el ejercicio 2010. La investigación previa indico que
existen problemas en la forma de contabilizar ambos rubros mencionados.
Las correcciones realizadas a la obra Centro Comercial Angelopolis afectaron de manera sustancial las demás obras
realizadas en 2010 de modo que tienen que ser revisadas a detalle antes de emitir los estados financieros finales por el
ejercicio 2010.
Se sometió a prueba una hipótesis: “el registro del costo de obra por la deducción de erogaciones estimadas del artículo
36 de la LISR es más óptimo que por deducción del costo de lo vendido del artículo 45-C de la LISR para Grupo Blanco,
S.A. de C.V.” Sin embargo ambas opciones llevan a obtener un mismo resultado, el cual se aprecia en el momento de
calcular los impuestos, es el mismo porque la tasa del impuesto es la misma tanto para 2010 como para 2011.
Sin embargo la conclusión más importante corresponde a como saber determinar el costo de obra contablemente, ya
que la empresa en cuestión carecía totalmente de una metodología fundamentada y, como resultado de esta tesis,
quedan muy bien identificadas de que formas puede calcularse este rubro.
Finalmente y antes de pasar a las conclusiones finales se muestra un cuadro comparativo de lo que fue la obra de CCA.
Lo estimado que corresponde al contrato, en contabilidad lo que inicialmente estaban los registros antes de corregirlos
para quedar en lo real.
OSERVACIONES:
El costo de obra es mayor al que se tenía registrado anteriormente por $162,503.39
El porcentaje de utilidad final es de (5.93%), es menor al estimado (9.03%) y al registrado (10.74%).
INGRESOS 3,971,680.78 3,380,546.18 3,380,546.18
COSTOS
Materiales 2,036,001.55 2,364,408.98 1,738,303.19
Mano de obra 1,376,814.54 340,487.40 1,224,547.41
Herramienta y equipo 37,139.96 48,146.68 48,146.68
Indirectos 163,144.09 264,456.01 169,005.18
COSTOS TOTALES 3,613,100.14 3,017,499.07 3,180,002.46
UTILIDAD BRUTA 358,580.64 363,047.11 200,543.72
% DE UTILIDAD 9.03% 10.74% 5.93%
Estimado En contabilidad Real
56
Los importes de herramientas y equipo así como indirectos fueron mayores en comparación con lo estimado, se sugiere
que para los cálculos de las estimaciones de obra posteriores el porcentaje de indirectos sea mayor a lo que se
considera.
5.1. METODOLOGÍA DE CONTABILIZACIÓN
I. Para las obras realizadas en un lapso menor de seis meses en un mismo ejercicio se recomienda que el método
de contabilización sea por grado de avance, y que en cuyo mes de que la obra sea concluida el saldo pendiente
en la cuenta de obra en proceso se envíe al costo de obra.
II. Para las obras que se realizan entre dos ejercicios se sugiere el mismo método del punto anterior salvo que al
final del ejercicio si será respetado el saldo en obra en proceso, ya que indicará la existencia de la obra sin
concluir.
III. El método de terminación de obra se sugiere solo para aquellas obras en la que las actividades que se realicen
no puedan ser estimadas con suficiente confiabilidad. (Se deberán exponer los riesgos con claridad de
considerar esta opción).
NOTA: Las dos primeras sugerencias permitirán tener un resultado estimado y que beneficiaran de forma contable,
administrativa y financiera.
5.2. METODOLOGÍA FISCAL
I. Dado que la mayoría de las obras son ejecutadas en un lapso menor a seis meses en un mismo ejercicio se
recomienda que la totalidad del costo sea deducida para el propio ejercicio aún cuando se obtenga el finiquito
el siguiente ejercicio, siempre y cuando la tasa del impuesto no aumente.
II. Si la obra se ejecuta entre dos ejercicios o más se recomienda que el costo se determine conforme el artículo
36 de la LISR deducción de erogaciones estimadas.
Se recomienda ampliamente hacer revisiones periódicas al registro de obra en proceso y costo de obra.
57
ANEXOS
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ANEXO A. Auxiliar de Obra en Proceso (Original)
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra en proceso de Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
1170-027-000-000 CENTRO COMERCIAL ANGELOPOLIS SALDO INICIAL -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 3,017,499.07 3,017,499.07 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
1170-027-001-000 Materiales SALDO INICIAL -
P.Dr 11-jun-10 PROV. F-65342 BODEGA CRUZ AZUL 10,206.90 10,206.90
P.Dr 11-jun-10 PROV. F-65343 BODEGA CRUZ AZUL 102,645.17 112,852.07
P.Dr 11-jun-10 PROV. F-65345 BODEGA CRUZ AZUL 560.33 113,412.40
P.Dr 11-jun-10 PROV. F-65346 BODEGA CRUZ AZUL 831.93 114,244.33
P.Eg 09-jun-10 PROV. F-HGCEE105536 DE HOME DE 27,067.93 141,312.26
P.Eg 09-jun-10 PROV. F-21048 DE CARPINTEROS M 10,996.40 152,308.66
P.Eg 11-jun-10 PROV. F-21075 DE CARPINTEROS M 1,470.00 153,778.66
P.Eg 18-jun-10 PORV. F-21204 DE CARPINTEROS M 6,634.05 160,412.71
P.Dr 22-jun-10 PROV. F-A67669 INDUSTRIAL DE A 7,140.00 167,552.71
P.Dr 22-jun-10 PROV. F-A67401 INDUSTRIAL DE A 7,665.00 175,217.71
P.Dr 25-jun-10 PROV. 65509 BODEGA CRUZ AZUL D 9,103.45 184,321.16
P.Dr 25-jun-10 PROV. 65649 BODEGA CRUZ AZUL D 9,500.00 193,821.16
P.Dr 25-jun-10 PROV. 65688 BODEGA CRUZ AZUL D 13,117.10 206,938.26
P.Dr 25-jun-10 PROV. 65721 BODEGA CRUZ AZUL D 5,689.66 212,627.92
P.Dr 25-jun-10 PROV. 65789 BODEGA CRUZ AZUL D 41,548.78 254,176.70
P.Dr 25-jun-10 PROV. 65971 BODEGA CRUZ AZUL D 16,163.79 270,340.49
P.Dr 25-jun-10 PROV. 66146 BODEGA CRUZ AZUL D 15,948.28 286,288.77
P.Dr 30-jun-10 Pinturerias y Muros, S.A. de C 1,588.13 287,876.90
P.Dr 30-jun-10 Sebastian Sanchez Mendez 645.26 288,522.16
P.Dr 30-jun-10 Lila Vazquez Villegas 530.15 289,052.31
P.Dr 30-jun-10 F-F115830 Lumicolor Material E 286.54 289,338.85
P.Dr 30-jun-10 F-28293A Quimi Plastic, S.A. d 665.52 290,004.37
P.Dr 30-jun-10 F-09178 Maria Alejandra Tlapay 362.40 290,366.77
P.Dr 30-jun-10 F-PLA59112 Gpo. Azulejero de M 596.90 290,963.67
P.Dr 30-jun-10 F-PB12434 Polanco Hermanos, S. 4,703.45 295,667.12
P.Dr 30-jun-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 570.25 296,237.37
P.Dr 30-jun-10 F-146920 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 2,230.80 298,468.17
P.Dr 30-jun-10 F-030533 LOS VOLCANES DE PUEBL 1,939.66 300,407.83
P.Dr 30-jun-10 PROV. F-A67033 INDUSTRIAL DE A 4,137.00 304,544.83
P.Dr 30-jun-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,992.97 306,537.80
P.Dr 30-jun-10 CARPINTEROS MODERNOS DE PUEBLA 12,252.18 318,789.98
P.Dr 30-jun-10 PROV. F-0137 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN702,940.53 1,021,730.51
P.Dr 30-jun-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C 129.31 1,021,859.82
P.Dr 30-jun-10 HOME DEPOT MEXICO, S.A. DE C.V 615.40 1,022,475.22
P.Eg 30-jun-10 Registro costo de obra junio '10 1,022,475.22 -
P.Eg 06-jul-10 JOSE GABRIEL KAUFFMANN PEREZ 2,892.60 2,892.60
P.Eg 06-jul-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 874.58 3,767.18
P.Eg 09-jul-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 87.41 3,854.59
P.Eg 09-jul-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 437.30 4,291.89
P.Eg 22-jul-10 PROV. F-A69369 DE INDUSTRIAL 3,577.35 7,869.24
P.Eg 23-jul-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C 33.62 7,902.86
P.Eg 23-jul-10 TIENDAS COMERCIAL MEXICANA, S. 81.47 7,984.33
59
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra en proceso de Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
P.Eg 23-jul-10 F-148458 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 954.84 8,939.17
P.Eg 23-jul-10 F-69395 EQUIPOS DE PUEBLA, S.A 3,275.25 12,214.42
P.Eg 23-jul-10 F-148636 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 806.37 13,020.79
P.Eg 23-jul-10 PROV. F-21464 DE CARPINTEROS M 4,165.91 17,186.70
P.Eg 23-jul-10 PROV. F-21589 DE CARPINTEROS M 6,144.60 23,331.30
P.Eg 27-jul-10 PROV. F-A69666 DE INDUSTRIAL 5,100.00 28,431.30
P.Dr 30-jul-10 F-66306 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 33,491.38 61,922.68
P.Dr 30-jul-10 F-66476 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 23,448.28 85,370.96
P.Dr 30-jul-10 F-66636 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 50,560.35 135,931.31
P.Dr 30-jul-10 PROV. F-66812 BODEGA CRUZ AZUL 72,027.37 207,958.68
P.Dr 30-jul-10 PROV. F-67077 BODEGA CRUZ AZUL 9,827.59 217,786.27
P.Dr 30-jul-10 PROV. F-67197 BODEGA CRUZ AZUL 18,232.76 236,019.03
P.Dr 30-jul-10 PROV. F-67198 BODEGA CRUZ AZUL 22,272.80 258,291.83
P.Eg 30-jul-10 F-149034 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 543.15 258,834.98
P.Eg 30-jul-10 PROV. F-112646 DE CRISTALERIA MEX, S.A. DE C.V.411,067.45 669,902.43
P.Dr 30-jul-10 Registro costo de obra julio '10 669,902.43 -
P.Eg 06-ago-10 MATERIALES MAPA DE PUEBLA, S.A 1,189.66 1,189.66
P.Dr 11-ago-10 F-67325 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 21,902.92 23,092.58
P.Dr 11-ago-10 F-67326 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 1,896.55 24,989.13
P.Dr 11-ago-10 F-67526 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 16,081.47 41,070.60
P.Dr 12-ago-10 F-A113457 SERV. ESPECIALIZADO 145.13 41,215.73
P.Dr 12-ago-10 F-223369 AUTO SERVICIO ANGELOP 145.13 41,360.86
P.Eg 20-ago-10 PROV. F-21905 CARPINTEROS MODE 1,900.04 43,260.90
P.Eg 20-ago-10 PROV. F-21723 CARPINTEROS MODE 5,130.70 48,391.60
P.Eg 20-ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,370.61 49,762.21
P.Eg 25-ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 6,529.31 56,291.52
P.Eg 25-ago-10 PISOS Y BAÑOS, S.A. DE C.V. 749.10 57,040.62
P.Eg 25-ago-10 IMPERQUIMIA DE PUEBLA, S.A. DE 194.83 57,235.45
P.Eg 25-ago-10 JOCAR INGENIERIA EN MANTENIMIE 60.00 57,295.45
P.Eg 25-ago-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 152.55 57,448.00
P.Dr 31-ago-10 PROV. F-167 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN530,350.07 587,798.07
P.Dr 31-ago-10 PINTA COMEX DE TEHUACAN, S.A. 818.97 588,617.04
P.Dr 31-ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 594.88 589,211.92
P.Dr 31-ago-10 Registro costo de obra agosto '10 589,211.92 -
P.Eg 03-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 3,621.51 3,621.51
P.Eg 03-sep-10 JOSE GABRIEL KAUFFMANN PEREZ 1,487.20 5,108.71
P.Dr 10-sep-10 EQUIPOS DE PUEBLA, S.A. DE C.V 713.40 5,822.11
P.Dr 10-sep-10 ROSALINDA REYES JUAREZ 2,728.05 8,550.16
P.Dr 10-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,493.97 10,044.13
P.Eg 10-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,022.20 11,066.33
P.Eg 10-sep-10 ROSALINDA REYES JUAREZ 5,126.24 16,192.57
P.Dr 30-sep-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C 241.92 16,434.49
P.Dr 30-sep-10 F-68168 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 7,099.14 23,533.63
P.Dr 30-sep-10 F-68566 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 3,103.45 26,637.08
P.Dr 30-sep-10 F-69028 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 20,209.45 46,846.53
P.Dr 30-sep-10 F-69075 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 15,948.28 62,794.81
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-23534 CARPINTEROS MODERNOS 2,024.60 64,819.41
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-23784 CARPINTEROS MODERNOS 18,000.00 82,819.41
P.Dr 30-sep-10 Registro costo de obra septiembre '10 82,819.41 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 2,364,408.98 2,364,408.98 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
60
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra en proceso de Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
1170-027-002-000 Mano de Obra SALDO INICIAL -
P.Dr 30-jun-10 PROV. NOMINAS CCA JUN '10 20,428.00 20,428.00
P.Dr 30-jun-10 CUO. PAT. IMSS JUN '10 -CCA- 4,261.47 24,689.47
P.Dr 30-jun-10 APORT. RCV JUN '10 -CCA- 1,546.00 26,235.47
P.Dr 30-jun-10 APORT. INFO JUN '10 -CCA- 1,231.86 27,467.33
P.Dr 30-jun-10 PROV.IMP.S/NOMINA OFNA. JUN'10 511.00 27,978.33
P.Dr 30-jun-10 Registro costo de obra junio '10 27,978.33 -
P.Dr 30-jul-10 PROV. NOMINAS CCA JUL '10 232,282.00 232,282.00
P.Dr 30-jul-10 PROV. C.P. IMSS JUL '10 CCA 39,882.73 272,164.73
P.Dr 30-jul-10 PROV. 2% S/NOMINA -CCA- JUL'10 5,807.00 277,971.73
P.Dr 30-jul-10 Registro costo de obra julio '10 277,971.73 -
P.Dr 31-ago-10 REGISTRO NOMINAS AGO '10 3,360.00 3,360.00
P.Dr 31-ago-10 REG. CUOTAS IMSS CCA AGO '10 797.99 4,157.99
P.Dr 31-ago-10 REG. APORT. RCV CCA AGO '10 243.97 4,401.96
P.Dr 31-ago-10 REG. APORT. RCV CCA AGO '10 4,643.36 9,045.32
P.Dr 31-ago-10 Dif. RCV -CCA- ago '10 10,384.57 19,429.89
P.Dr 31-ago-10 REG. APORT. INFO CCA AGO '10 194.40 19,624.29
P.Dr 31-ago-10 REG. APORT. INFO CCA AGO '10 3,699.92 23,324.21
P.Dr 31-ago-10 Dif. INFO -CCA- ago '10 8,274.46 31,598.67
P.Dr 31-ago-10 REG. 2% S/NOMI CCA AGO '10 67.00 31,665.67
P.Dr 31-ago-10 Registro costo de obra agosto '10 31,665.67 -
P.Dr 30-sep-10 PROV. NÓMINAS SEP '10 CCA 2,400.00 2,400.00
P.Dr 30-sep-10 PROV. CUOTAS PAT. CCA SEP '10 423.67 2,823.67
P.Dr 30-sep-10 PROV. IMP S/ NOM. CCA SEP '10 48.00 2,871.67
P.Dr 30-sep-10 Registro costo de obra septiembre '10 2,871.67 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 340,487.40 340,487.40 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
1170-027-003-000 Indirectos SALDO INICIAL -
P.Dr 15-jun-10 NVA. WAL MART DE MEXICO, S. DE 228.59 228.59
P.Eg 18-jun-10 PROV. F-P7487 DE ANDAMIOS DALM 679.20 907.79
P.Dr 30-jun-10 F-H152666 La Casita Poblana, S 988.79 1,896.58
P.Dr 30-jun-10 F-49568A Fernando Javier Rodri 82.47 1,979.05
P.Dr 30-jun-10 F-215983 Auto Serv. Angelopoli 347.25 2,326.30
P.Dr 30-jun-10 F-A108461 Servicio Esp. en la 355.93 2,682.23
P.Dr 30-jun-10 F-4774 Farmadrogueria Medina 44.79 2,727.02
P.Dr 30-jun-10 OFFICE DEPOT DE MEXICO, S.A. D 65.69 2,792.71
P.Dr 30-jun-10 FERNANDO JAVIER RODRIGUEZ 398.46 3,191.17
P.Dr 30-jun-10 F-24454 RENTOILET S.A. DE C.V. 2,167.00 5,358.17
P.Dr 30-jun-10 F-7507 FELIPE ARAMBURU MANILLA 186.21 5,544.38
P.Dr 30-jun-10 F-161655 SERVICIO LA VENTA, S. 355.95 5,900.33
P.Dr 30-jun-10 CASETAS VARIAS 100.86 6,001.19
P.Dr 30-jun-10 OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE 575.86 6,577.05
P.Dr 30-jun-10 F-PNPE 44762 SANBORN HERMANOS, 86.20 6,663.25
P.Dr 30-jun-10 F-A49949 RODRIGUEZ JAQUIM FERN 173.61 6,836.86
P.Dr 30-jun-10 LO MEJOR EN ELECTRONICA, S. DE 685.34 7,522.20
P.Dr 30-jun-10 RESTAURANTES CALIFORNIA, S.A. 44.72 7,566.92
P.Dr 30-jun-10 F-14019 MERCADO DE BAÑOS Y PISOS 120.68 7,687.60
P.Dr 30-jun-10 NVA. WAL MART DE MEXICO, S. DE 173.23 7,860.83
P.Dr 30-jun-10 F-CA50055 CERAMICA EUROPEA, S. 215.52 8,076.35
P.Dr 30-jun-10 F-4322 JORGE BRAULIO VELAZQUEZ 1,020.00 9,096.35
P.Dr 30-jun-10 Registro costo de obra junio '10 9,096.35 -
61
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra en proceso de Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
P.Eg 09-jul-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 82.58 82.58
P.Eg 23-jul-10 Pago Cuotas Sindicales 15,000.00 15,082.58
P.Eg 23-jul-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 475.09 15,557.67
P.Eg 23-jul-10 FERNANDO JAVIER RODRIGUEZ JAQU 433.48 15,991.15
P.Eg 23-jul-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 649.05 16,640.20
P.Eg 23-jul-10 AUTOSERVICIO ANGELOPOLIS, S.A. 130.62 16,770.82
P.Eg 23-jul-10 F-50260 FERNANDO JAVIER RODRIG 347.20 17,118.02
P.Eg 23-jul-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 207.33 17,325.35
P.Dr 30-jul-10 CASETAS VARIAS 286.21 17,611.56
P.Dr 30-jul-10 SER. DE TAXIS 115.00 17,726.56
P.Dr 30-jul-10 AUTOBUSES DE ORIENTE ADO, S.A. 252.00 17,978.56
P.Dr 30-jul-10 SERV. DE TAXIS 145.00 18,123.56
P.Dr 30-jul-10 AUTOBUSES DE ORIENTE ADO, S.A. 252.00 18,375.56
P.Eg 30-jul-10 F-50530 FERNANDO JAVIER RODRIG 144.96 18,520.52
P.Eg 30-jul-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 435.24 18,955.76
P.Eg 30-jul-10 F-78044 SURESTE INMOBILIARIA, 260.02 19,215.78
P.Dr 31-jul-10 CONBE, S.A. DE C.V. 2,659.06 21,874.84
P.Dr 31-jul-10 RESTAURANTES CALIFORNIA, S.A. 355.88 22,230.72
P.Dr 31-jul-10 AUTOSERVCIO ANGELOPOLIS, S.A. 580.52 22,811.24
P.Dr 31-jul-10 F-8440 PEDRO GONZALEZ MORALES 642.25 23,453.49
P.Dr 31-jul-10 Registro costo de obra julio '10 23,453.49 -
P.Eg 06-ago-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 206.29 206.29
P.Eg 06-ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 3,896.56 4,102.85
P.Eg 06-ago-10 FERNANDO JAVIER RODRIGUEZ JAQU 190.96 4,293.81
P.Eg 06-ago-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 110.13 4,403.94
P.Eg 20-ago-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 207.92 4,611.86
P.Eg 20-ago-10 F-22945 JUDITH ADELINA SORIANO 546.54 5,158.40
P.Eg 25-ago-10 TIENDAS COMERCIAL MEXICANA, S. 63.10 5,221.50
P.Dr 31-ago-10 CASETAS VARIAS 419.83 5,641.33
P.Dr 31-ago-10 GAS URIBE, S.A. DE C.V. 133.71 5,775.04
P.Dr 31-ago-10 Registro costo de obra agosto '10 5,775.04 -
P.Dr 10-sep-10 AUTOMOTRIZ FRANCESA DE PUEBLA, 6,823.00 6,823.00
P.Dr 10-sep-10 RADIOMOVIL DIPSA, S.A. DE C.V. 258.62 7,081.62
P.Dr 10-sep-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 38.71 7,120.33
P.Dr 10-sep-10 LO MEJOR EN ELECTRONICA, S. DE 189.66 7,309.99
P.Dr 30-sep-10 F-0186 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN216,729.31 224,039.30
P.Dr 30-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 68.10 224,107.40
P.Dr 30-sep-10 LUMICOLOR MATERIAL ELECTRICO, 186.72 224,294.12
P.Dr 30-sep-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 85.83 224,379.95
P.Dr 30-sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 93.45 224,473.40
P.Dr 30-sep-10 ABC AEROLINEAS, S.A. DE C.V. 1,657.73 226,131.13
P.Dr 30-sep-10 Registro costo de obra septiembre '10 226,131.13 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 264,456.01 264,456.01 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
1170-027-005-000 Herramienta y Equipo SALDO INICIAL -
P.Dr 30-jun-10 F-2376 Eleazar Criserio Simbro 8,620.69 8,620.69
P.Dr 30-jun-10 ANDAMIOS DALMINE DE MEXICO, S. 2,622.00 11,242.69
P.Dr 30-jun-10 F-2392 SIMBRO COATL ELEAZAR CR 4,310.34 15,553.03
P.Dr 30-jun-10 Registro costo de obra junio '10 15,553.03 -
62
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra en proceso de Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
P.Dr 30-sep-10 F-P7803 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 4,028.40 4,028.40
P.Dr 30-sep-10 F-P7804 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 5,393.58 9,421.98
P.Dr 30-sep-10 F-P7805 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 1,532.46 10,954.44
P.Dr 30-sep-10 F-P7806 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 4,718.00 15,672.44
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-0199 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN6,793.97 22,466.41
P.Dr 30-sep-10 PROV. F-0193 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN10,127.24 32,593.65
P.Dr 30-sep-10 Registro costo de obra septiembre '10 32,593.65 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 48,146.68 48,146.68 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
63
ANEXO B. Desglose de facturas pagadas a la empresa Complementos para la construcción, S.A.
de C.V. de CCA
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Desgloce de facturas pagadas de la empresa Complementos para la Construcción, S.A. de C.V.
Obra: Centro Comercial Angelopolis
Póliza Fecha Factura Importe IVA Total Fecha de Depósito Obra Concepto Importe
SUMAS 2,062,194.29 329,951.09 2,392,145.37 2,392,145.37
P.Dr 30-jun-10 Factura 0137 702,940.53 112,470.48 815,411.01 pagada de la sigiente forma:
Materiales 373,771.38 59,803.42 433,574.80 02-jun-10 Angelopolis mat/block 118,800.00
08-jun-10 Angelopolis mat/block 157,000.00
14-jun-10 Angelopolis materiales 47,228.00
17-jun-10 Angelopolis mat/block 5,450.00
18-jun-10 Angelopolis mat/block 92,400.00
18-jun-10 Angelopolis materiales 5,620.00
30-jun-10 Angelopolis arena 7,076.80
Mano de Obra 329,169.15 52,667.06 381,836.21 04-jun-10 Angelopolis mano de obra 38,000.00
11-jun-10 Angelopolis mano de obra 34,802.39
15-jun-10 Angelopolis mano de obra 3,750.00
18-jun-10 Angelopolis mano de obra 100,552.17
25-jun-10 Angelopolis mano de obra 99,731.65
30-jun-10 Angelopolis mano de obra 105,000.00
P.Dr 31-jul-10 Factura 0154 595,253.17 95,240.51 690,493.68 pagada de la sigiente forma:
Materiales 353,172.66 56,507.62 409,680.28 06-jul-10 Angelopolis materiales diversos 8,760.00
09-jul-10 Angelopolis materiales diversos 8,760.00
16-jul-10 Angelopolis mat/block 74,920.00
23-jul-10 Angelopolis para block 84,920.00
26-jul-10 Angelopolis para block 40,000.00
30-jul-10 Angelopolis para block 7,910.00
30-jul-10 Angelopolis materiales diversos 40,000.00
14-jul-10 angelopolis materiales diversos 29,205.00
16-jul-10 angelopolis materiales diversos 5,849.00
16-jul-10 angelopolis materiales diversos 4,910.00
16-jul-10 angelopolis materiales diversos 10,604.28
16-jul-10 angelopolis materiales diversos 80,142.00
26-jul-10 angelopolis materiales diversos 13,700.00
Mano de Obra 242,080.52 38,732.88 280,813.40 09-jul-10 Angelopolis mano de obra 83,240.40
22-jul-10 Angelopolis mano de obra 3,750.00
23-jul-10 Angelopolis para mo 151,470.00
30-jul-10 Angelopolis para mano obra 42,353.00
P.Dr 31-ago-10 Factura 0167 530,350.07 84,856.01 615,206.08 pagada de la sigiente forma:
Materiales 311,332.83 49,813.25 361,146.08 03-ago-10 angelopolis materiales diversos 8,000.00
06-ago-10 angelopolis mat/block 107,400.00
06-ago-10 Angelopolis pago materiales 10,410.00
11-ago-10 Angelopolis pago materiales 30,000.00
13-ago-10 Angelopolis pago materiales 24,620.00
13-ago-10 Angelopolis pago materiales 67,612.08
13-ago-10 Angelopolis pago materiales 21,500.00
25-ago-10 Angelopolis pago materiales 11,604.00
31-ago-10 Angelopolis pago materiales 80,000.00
Mano de Obra 219,017.24 35,042.76 254,060.00 02-ago-10 angelopolis para mano de obra 50,000.00
06-ago-10 angelopolis mano de obra 80,000.00
20-ago-10 Angelopolis mano de obra 62,360.00
25-ago-10 Angelopolis mano de obra 61,700.00
64
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Desgloce de facturas pagadas de la empresa Complementos para la Construcción, S.A. de C.V.
Obra: Centro Comercial Angelopolis
Póliza Fecha Factura Importe IVA Total Fecha de Depósito Obra Concepto Importe
P.Dr 30-sep-10 Factura 0186 216,729.31 34,676.69 251,406.00 pagada de la sigiente forma:
Indirectos 122,936.21 19,669.79 142,606.00 03-sep-10 Angelopolis materiales 3,700.00
03-sep-10 Angelopolis materiales 5,000.00
10-sep-10 Angelopolis materiales 5,800.00
18-sep-10 Angelopolis materiales 60,000.00
29-sep-10 Angelopolis materiales 19,446.00
20-sep-10 Angelopolis materiales 48,660.00
Mano de Obra 93,793.10 15,006.90 108,800.00 03-sep-10 Angelopolis mano de obra 49,800.00
10-sep-10 angelopolis mano de obra 40,000.00
24-sep-10 Angelopolis mano de obra 8,000.00
24-sep-10 Angelopolis mano de obra 6,000.00
27-sep-10 Angelopolis mano de obra 5,000.00
P.Dr 30-sep-10 Factura 0193 10,127.24 1,620.36 11,747.60 pagada de la sigiente forma:
Herramiento y Equipo 01-sep-10 Angelopolis herramienta 2,037.00
14-sep-10 Angelopolis herramienta 3,983.00
19-sep-10 Angelopolis herramienta 5,727.60
P.Dr 30-sep-10 Factura 0199 6,793.97 1,087.04 7,881.01 pagada de la sigiente forma:
Herramiento y Equipo 29-sep-10 Angelopolis herramienta 7,881.01
65
ANEXO C. Auxiliar corregido de obra en proceso de CCA.
1170-027-000-000 CENTRO COMERCIAL ANGELOPOLIS SALDO INICIAL -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 3,180,002.46 3,180,002.46 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
1170-027-001-000 Materiales SALDO INICIAL -
P.Dr 31-May-10 PROV. F-65342 BODEGA CRUZ AZUL 10,206.90 10,206.90
P.Dr 31-May-10 PROV. F-65343 BODEGA CRUZ AZUL 102,645.17 112,852.07
P.Dr 31-May-10 PROV. F-65345 BODEGA CRUZ AZUL 560.33 113,412.40
P.Dr 31-May-10 PROV. F-65346 BODEGA CRUZ AZUL 831.93 114,244.33
P.Eg 09-Jun-10 PROV. F-HGCEE105536 DE HOME DE 27,067.93 141,312.26
P.Eg 09-Jun-10 PROV. F-21048 DE CARPINTEROS M 10,996.40 152,308.66
P.Eg 11-Jun-10 PROV. F-21075 DE CARPINTEROS M 1,470.00 153,778.66
P.Eg 18-Jun-10 PORV. F-21204 DE CARPINTEROS M 6,634.05 160,412.71
P.Dr 22-Jun-10 PROV. F-A67669 INDUSTRIAL DE A 7,140.00 167,552.71
P.Dr 22-Jun-10 PROV. F-A67401 INDUSTRIAL DE A 7,665.00 175,217.71
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 65509 BODEGA CRUZ AZUL D 9,103.45 184,321.16
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 65649 BODEGA CRUZ AZUL D 9,500.00 193,821.16
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 65688 BODEGA CRUZ AZUL D 13,117.10 206,938.26
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 65721 BODEGA CRUZ AZUL D 5,689.66 212,627.92
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 65789 BODEGA CRUZ AZUL D 41,548.78 254,176.70
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 65971 BODEGA CRUZ AZUL D 16,163.79 270,340.49
P.Dr 25-Jun-10 PROV. 66146 BODEGA CRUZ AZUL D 15,948.28 286,288.77
P.Dr 30-Jun-10 Pinturerias y Muros, S.A. de C 1,588.13 287,876.90
P.Dr 30-Jun-10 Sebastian Sanchez Mendez 645.26 288,522.16
P.Dr 30-Jun-10 Lila Vazquez Villegas 530.15 289,052.31
P.Dr 30-Jun-10 F-F115830 Lumicolor Material E 286.54 289,338.85
P.Dr 30-Jun-10 F-28293A Quimi Plastic, S.A. d 665.52 290,004.37
P.Dr 30-Jun-10 F-09178 Maria Alejandra Tlapay 362.40 290,366.77
P.Dr 30-Jun-10 F-PLA59112 Gpo. Azulejero de M 596.90 290,963.67
P.Dr 30-Jun-10 F-PB12434 Polanco Hermanos, S. 4,703.45 295,667.12
P.Dr 30-Jun-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 570.25 296,237.37
P.Dr 30-Jun-10 F-146920 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 2,230.80 298,468.17
P.Dr 30-Jun-10 F-030533 LOS VOLCANES DE PUEBL 1,939.66 300,407.83
P.Dr 30-Jun-10 PROV. F-A67033 INDUSTRIAL DE A 4,137.00 304,544.83
P.Dr 30-Jun-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,992.97 306,537.80
P.Dr 30-Jun-10 CARPINTEROS MODERNOS DE PUEBLA 12,252.18 318,789.98
P.Dr 30-Jun-10 PROV. F-0137 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCI[ON373,771.38 692,561.36
P.Dr 30-Jun-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C 129.31 692,690.67
P.Dr 30-Jun-10 HOME DEPOT MEXICO, S.A. DE C.V 615.40 693,306.07
Registro costo de obra junio '10 106,025.80 587,280.27
P.Eg 06-Jul-10 JOSE GABRIEL KAUFFMANN PEREZ 2,892.60 590,172.87
P.Eg 06-Jul-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 874.58 591,047.45
P.Eg 09-Jul-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 87.41 591,134.86
P.Eg 09-Jul-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 437.30 591,572.16
P.Eg 22-Jul-10 PROV. F-A69369 DE INDUSTRIAL 3,577.35 595,149.51
P.Eg 23-Jul-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C 33.62 595,183.13
P.Eg 23-Jul-10 TIENDAS COMERCIAL MEXICANA, S. 81.47 595,264.60
P.Eg 23-Jul-10 F-148458 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 954.84 596,219.44
P.Eg 23-Jul-10 F-69395 EQUIPOS DE PUEBLA, S.A 3,275.25 599,494.69
66
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
P.Eg 23-Jul-10 F-148636 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 806.37 600,301.06
P.Eg 23-Jul-10 PROV. F-21464 DE CARPINTEROS M 4,165.91 604,466.97
P.Eg 23-Jul-10 PROV. F-21589 DE CARPINTEROS M 6,144.60 610,611.57
P.Eg 27-Jul-10 PROV. F-A69666 DE INDUSTRIAL 5,100.00 615,711.57
P.Dr 30-Jul-10 F-66306 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 33,491.38 649,202.95
P.Dr 30-Jul-10 F-66476 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 23,448.28 672,651.23
P.Dr 30-Jul-10 F-66636 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 50,560.35 723,211.58
P.Dr 30-Jul-10 PROV. F-66812 BODEGA CRUZ AZUL 72,027.37 795,238.95
P.Dr 30-Jul-10 PROV. F-67077 BODEGA CRUZ AZUL 9,827.59 805,066.54
P.Dr 30-Jul-10 PROV. F-67197 BODEGA CRUZ AZUL 18,232.76 823,299.30
P.Dr 30-Jul-10 PROV. F-67198 BODEGA CRUZ AZUL 22,272.80 845,572.10
P.Eg 30-Jul-10 F-149034 JOSE GABRIEL KAUFFMAN 543.15 846,115.25
P.Dr 31-Jul-10 PROV. F-0154 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCION353,172.66 1,199,287.90
Registro costo de obra julio '10 647,417.22 551,870.68
P.Eg 06-Ago-10 MATERIALES MAPA DE PUEBLA, S.A 1,189.66 553,060.34
P.Dr 11-Ago-10 F-67325 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 21,902.92 574,963.26
P.Dr 11-Ago-10 F-67326 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 1,896.55 576,859.81
P.Dr 11-Ago-10 F-67526 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 16,081.47 592,941.28
P.Dr 12-Ago-10 F-A113457 SERV. ESPECIALIZADO 145.13 593,086.41
P.Dr 12-Ago-10 F-223369 AUTO SERVICIO ANGELOP 145.13 593,231.54
P.Eg 20-Ago-10 PROV. F-21905 CARPINTEROS MODE 1,900.04 595,131.58
P.Eg 20-Ago-10 PROV. F-21723 CARPINTEROS MODE 5,130.70 600,262.28
P.Eg 20-Ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,370.61 601,632.89
P.Eg 25-Ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 6,529.31 608,162.20
P.Eg 25-Ago-10 PISOS Y BAÑOS, S.A. DE C.V. 749.10 608,911.30
P.Eg 25-Ago-10 IMPERQUIMIA DE PUEBLA, S.A. DE 194.83 609,106.13
P.Eg 25-Ago-10 JOCAR INGENIERIA EN MANTENIMIE 60.00 609,166.13
P.Eg 25-Ago-10 SURESTE INMOBILIARIA, S.A. DE 152.55 609,318.68
P.Dr 31-Ago-10 PROV. F-167 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN311,332.83 920,651.51
P.Dr 31-Ago-10 PINTA COMEX DE TEHUACAN, S.A. 818.97 921,470.48
P.Dr 31-Ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 594.88 922,065.36
Registro costo de obra agosto '10 376,620.27 545,445.08
P.Eg 03-Sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 3,621.51 549,066.59
P.Eg 03-Sep-10 JOSE GABRIEL KAUFFMANN PEREZ 1,487.20 550,553.79
P.Dr 10-Sep-10 EQUIPOS DE PUEBLA, S.A. DE C.V 713.40 551,267.19
P.Dr 10-Sep-10 ROSALINDA REYES JUAREZ 2,728.05 553,995.24
P.Dr 10-Sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,493.97 555,489.21
P.Eg 10-Sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 1,022.20 556,511.41
P.Eg 10-Sep-10 ROSALINDA REYES JUAREZ 5,126.24 561,637.65
P.Dr 30-Sep-10 PINTURERIAS Y MUROS, S.A. DE C 241.92 561,879.57
P.Dr 30-Sep-10 F-68168 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 7,099.14 568,978.71
P.Dr 30-Sep-10 F-68566 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 3,103.45 572,082.16
P.Dr 30-Sep-10 F-69028 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 20,209.45 592,291.61
P.Dr 30-Sep-10 F-69075 BODEGA CRUZ AZUL DEL C 15,948.28 608,239.89
Registro costo de obra de septiembre '10 556,768.54 51,471.36
Registro saldo costo de obra 51,471.36 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 1,738,303.19 1,738,303.19 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
67
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
1170-027-002-000 Mano de Obra SALDO INICIAL -
P.Dr 30-Jun-10 PROV. NOMINAS CCA JUN '10 20,428.00 20,428.00
P.Dr 30-Jun-10 PROV. F-0137 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN329,169.15 349,597.15
P.Dr 30-Jun-10 CUO. PAT. IMSS JUN '10 -CCA- 4,261.47 353,858.62
P.Dr 30-Jun-10 APORT. RCV JUN '10 -CCA- 1,546.00 355,404.62
P.Dr 30-Jun-10 APORT. INFO JUN '10 -CCA- 1,231.86 356,636.48
P.Dr 30-Jun-10 PROV.IMP.S/NOMINA OFNA. JUN'10 511.00 357,147.48
Registro costo de obra junio '10 71,698.31 285,449.17
P.Dr 30-Jul-10 PROV. NOMINAS CCA JUL '10 232,282.00 517,731.17
P.Dr 31-Jul-10 PROV. F-0154 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN242,080.52 759,811.69
P.Dr 30-Jul-10 PROV. C.P. IMSS JUL '10 CCA 39,882.73 799,694.42
P.Dr 30-Jul-10 PROV. 2% S/NOMINA -CCA- JUL'10 5,807.00 805,501.42
Registro costo de obra julio '10 437,805.88 367,695.54
P.Dr 31-Ago-10 PROV. F-167 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN219,017.24 586,712.78
P.Dr 31-Ago-10 REGISTRO NOMINAS AGO '10 3,360.00 590,072.78
P.Dr 31-Ago-10 REG. CUOTAS IMSS CCA AGO '10 797.99 590,870.77
P.Dr 31-Ago-10 REG. APORT. RCV CCA AGO '10 243.97 591,114.74
P.Dr 31-Ago-10 REG. APORT. RCV CCA AGO '10 4,643.36 595,758.10
P.Dr 31-Ago-10 Dif. RCV -CCA- ago '10 10,384.57 606,142.67
P.Dr 31-Ago-10 REG. APORT. INFO CCA AGO '10 194.40 606,337.07
P.Dr 31-Ago-10 REG. APORT. INFO CCA AGO '10 3,699.92 610,036.99
P.Dr 31-Ago-10 Dif. INFO -CCA- ago '10 8,274.46 618,311.45
P.Dr 31-Ago-10 REG. 2% S/NOMI CCA AGO '10 67.00 618,378.45
Registro costo de obra agosto '10 254,683.63 363,694.82
P.Dr 30-Sep-10 PROV. NÓMINAS SEP '10 CCA 2,400.00 366,094.82
P.Dr 30-Sep-10 F-0186 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN93,793.10 459,887.92
P.Dr 30-Sep-10 PROV. CUOTAS PAT. CCA SEP '10 423.67 460,311.59
P.Dr 30-Sep-10 PROV. IMP S/ NOM. CCA SEP '10 48.00 460,359.59
Registro costo de obra septiembre '10 376,506.11 83,853.48
Registro saldo costo de obra 83,853.48 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 1,224,547.41 1,224,547.41 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
1170-027-003-000 Indirectos SALDO INICIAL -
P.Dr 31-May-10 NVA. WAL MART DE MEXICO, S. DE 228.59 228.59
P.Eg 18-Jun-10 PROV. F-P7487 DE ANDAMIOS DALM 679.20 907.79
P.Dr 30-Jun-10 F-H152666 La Casita Poblana, S 988.79 1,896.58
P.Dr 30-Jun-10 F-49568A Fernando Javier Rodri 82.47 1,979.05
P.Dr 30-Jun-10 F-215983 Auto Serv. Angelopoli 347.25 2,326.30
P.Dr 30-Jun-10 F-A108461 Servicio Esp. en la 355.93 2,682.23
P.Dr 30-Jun-10 F-4774 Farmadrogueria Medina 44.79 2,727.02
P.Dr 30-Jun-10 OFFICE DEPOT DE MEXICO, S.A. D 65.69 2,792.71
P.Dr 30-Jun-10 FERNANDO JAVIER RODRIGUEZ 398.46 3,191.17
P.Dr 30-Jun-10 F-24454 RENTOILET S.A. DE C.V. 2,167.00 5,358.17
P.Dr 30-Jun-10 F-7507 FELIPE ARAMBURU MANILLA 186.21 5,544.38
P.Dr 30-Jun-10 F-161655 SERVICIO LA VENTA, S. 355.95 5,900.33
P.Dr 30-Jun-10 CASETAS VARIAS 100.86 6,001.19
P.Dr 30-Jun-10 OPERADORA VIPS, S. DE R.L. DE 575.86 6,577.05
P.Dr 30-Jun-10 F-PNPE 44762 SANBORN HERMANOS, 86.20 6,663.25
P.Dr 30-Jun-10 F-A49949 RODRIGUEZ JAQUIM FERN 173.61 6,836.86
68
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
P.Dr 30-Jun-10 LO MEJOR EN ELECTRONICA, S. DE 685.34 7,522.20
P.Dr 30-Jun-10 RESTAURANTES CALIFORNIA, S.A. 44.72 7,566.92
P.Dr 30-Jun-10 F-14019 MERCADO DE BAÑOS Y PISOS, 120.68 7,687.60
P.Dr 30-Jun-10 NVA. WAL MART DE MEXICO, S. DE 173.23 7,860.83
P.Dr 30-Jun-10 F-CA50055 CERAMICA EUROPEA, S. 215.52 8,076.35
P.Dr 30-Jun-10 F-4322 JORGE BRAULIO VELAZQUEZ 1,020.00 9,096.35
Registro costo de obra junio '10 8,495.81 600.54
P.Eg 09-Jul-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 82.58 683.12
P.Eg 23-Jul-10 Pago Cuotas Sindicales 15,000.00 15,683.12
P.Eg 23-Jul-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 475.09 16,158.21
P.Eg 23-Jul-10 FERNANDO JAVIER RODRIGUEZ JAQU 433.48 16,591.69
P.Eg 23-Jul-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 649.05 17,240.74
P.Eg 23-Jul-10 AUTOSERVICIO ANGELOPOLIS, S.A. 130.62 17,371.36
P.Eg 23-Jul-10 F-50260 FERNANDO JAVIER RODRIG 347.20 17,718.56
P.Eg 23-Jul-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 207.33 17,925.89
P.Dr 30-Jul-10 CASETAS VARIAS 286.21 18,212.10
P.Dr 30-Jul-10 SER. DE TAXIS 115.00 18,327.10
P.Dr 30-Jul-10 AUTOBUSES DE ORIENTE ADO, S.A. 252.00 18,579.10
P.Dr 30-Jul-10 SERV. DE TAXIS 145.00 18,724.10
P.Dr 30-Jul-10 AUTOBUSES DE ORIENTE ADO, S.A. 252.00 18,976.10
P.Eg 30-Jul-10 F-50530 FERNANDO JAVIER RODRIG 144.96 19,121.06
P.Eg 30-Jul-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 435.24 19,556.30
P.Eg 30-Jul-10 F-78044 SURESTE INMOBILIARIA, 260.02 19,816.32
P.Dr 31-Jul-10 CONBE, S.A. DE C.V. 2,659.06 22,475.38
P.Dr 31-Jul-10 RESTAURANTES CALIFORNIA, S.A. 355.88 22,831.26
P.Dr 31-Jul-10 AUTOSERVCIO ANGELOPOLIS, S.A. 580.52 23,411.78
P.Dr 31-Jul-10 F-8440 PEDRO GONZALEZ MORALES 642.25 24,054.03
Registro costo de obra julio '10 24,054.03 -
P.Eg 06-Ago-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 206.29 206.29
P.Eg 06-Ago-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 3,896.56 4,102.85
P.Eg 06-Ago-10 FERNANDO JAVIER RODRIGUEZ JAQU 190.96 4,293.81
P.Eg 06-Ago-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 110.13 4,403.94
P.Eg 20-Ago-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 207.92 4,611.86
P.Eg 20-Ago-10 F-22945 JUDITH ADELINA SORIANO 546.54 5,158.40
P.Eg 25-Ago-10 TIENDAS COMERCIAL MEXICANA, S. 63.10 5,221.50
P.Dr 31-Ago-10 CASETAS VARIAS 419.83 5,641.33
P.Dr 31-Ago-10 GAS URIBE, S.A. DE C.V. 133.71 5,775.04
Registro costo de obra agosto '10 5,775.04 -
P.Dr 10-Sep-10 AUTOMOTRIZ FRANCESA DE PUEBLA, 6,823.00 6,823.00
P.Dr 10-Sep-10 RADIOMOVIL DIPSA, S.A. DE C.V. 258.62 7,081.62
P.Dr 10-Sep-10 OPERADORA OMX, S.A. DE C.V. 38.71 7,120.33
P.Dr 10-Sep-10 LO MEJOR EN ELECTRONICA, S. DE 189.66 7,309.99
P.Dr 30-Sep-10 F-0186 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN122,936.21 130,246.20
P.Dr 30-Sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 68.10 130,314.30
P.Dr 30-Sep-10 LUMICOLOR MATERIAL ELECTRICO, 186.72 130,501.02
P.Dr 30-Sep-10 GAS URIBE DE PUEBLA, S.A. DE C 85.83 130,586.85
P.Dr 30-Sep-10 HOME DEPOT MEXICO, S. DE R.L. 93.45 130,680.30
Registro costo de obra septiembre '10 44,613.67 86,066.63
69
Grupo Blanco, S.A. de C.V.
Auxiliar obra Centro Comercial Angelopolis
Tipo Fecha polz. Concepto del movimiento C A R G O S A B O N O S S A L D O S
Registro saldo costo de obra 86,066.63 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 169,005.18 169,005.18 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
1170-027-005-000 Herramienta y Equipo SALDO INICIAL -
P.Dr 30-Jun-10 F-2376 Eleazar Criserio Simbro 8,620.69 8,620.69
P.Dr 30-Jun-10 ANDAMIOS DALMINE DE MEXICO, S. 2,622.00 11,242.69
P.Dr 30-Jun-10 F-2392 SIMBRO COATL ELEAZAR CR 4,310.34 15,553.03
Registro costo de obra junio '10 1,934.08 13,618.95
Registro costo de obra julio '10 11,809.94 1,809.01
Registro costo de obra agosto '10 1,809.01 -
P.Dr 30-Sep-10 F-P7803 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 4,028.40 4,028.40
P.Dr 30-Sep-10 F-P7804 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 5,393.58 9,421.98
P.Dr 30-Sep-10 F-P7805 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 1,532.46 10,954.44
P.Dr 30-Sep-10 F-P7806 ANDAMIOS DALMINE, S.A. 4,718.00 15,672.44
P.Dr 30-Sep-10 PROV. F-0199 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN6,793.97 22,466.41
P.Dr 30-Sep-10 PROV. F-0193 COMPLEMENTOS PARA LA CONSTRUCCIÓN10,127.24 32,593.65
Registro costo de obra septiembre '10 10,156.36 22,437.29
Registro saldo costo de obra 22,437.29 -
T O T A L de Cargos, Abonos y S A L D O 48,146.68 48,146.68 -
------------- --------- ----------------------------------------- ----------------
70
BIBLIOGRAFÍA
Metodología de la investigación
Hernández Sampieri
Mc Graw Hill, 5ª edición 2010
Estudio del Régimen Fiscal de Empresas Constructoras
C.P.C. Mathelín Leyva Carlos R.
Instituto Mexicano de Contadores Públicos, 10ª edición 2009
Contabilidad de Costos
Ortega Pérez de León Armando
Limusa, 6ª edición
Contabilidad de Costos
Siniestra Valencia Gonzalo, 2006
Ecoe, 1ª edición 2006
Normas de Información Financiera (NIF)
Instituto Mexicano de Contadores Públicos
Versión Estudiantil 2010
Revista PAF (prontuario de Actualización Fiscal)
N° 512, 1ª quincena de febrero 2011
Ley del Impuesto Sobre la Renta, 2010
Ley del Impuesto al Valor Agregado, 2010
Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, 2010
Reglamento del Impuesto Sobre la Renta, 2010
Código Fiscal de la federación, 2010
Las leyes y códigos se consultaron en la página de internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/legislacion/52_17377.html