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ESCUELA NORMAL SUPERRIOR RAFAEL MARIA GIRALDO SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE. ACUERDO N° 02 de 26 de febrero de 2015 Por el Cual se definen los criterios de apropiación y aplicación del Decreto 1290 de 2009 sobre la Evaluación del aprendizaje, y de acuerdo al artículo 11 del decreto donde define responsabilidades al establecimiento Educativo en relación al SIE; definir, adoptar y divulgar el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN de estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico. El Consejo Directivo en uso de las facultades legales que le otorga la Ley 115 de 1994 y considerando que es deber de la Institución Educativa establecer el SIE. D E C R E T A : ARTÍCULO 1. Concepto de Evaluación Evaluar es la acción por medio de la cual se busca emitir un juicio valorativo sobre el proceso de desarrollo del educando, previo un seguimiento permanente que permita “determinar qué avances ha alcanzado con relación a los logros propuestos, qué conocimientos ha adquirido o construido y hasta qué punto se ha apropiado de ellos, qué habilidades y destrezas ha desarrollado, qué actitudes y valores ha asumido y hasta donde éstos se han consolidado”. MEN. Para la Escuela Normal Superior “Rafael María Giraldo” la evaluación significa un proceso de mejoramiento continuo que permite diagnosticar, retroalimentar y mejorar las prácticas docentes en el desarrollo integral del maestro en formación; asumida desde todas sus dimensiones, como “un proceso sistemático, continuo, gradual e integral, que permite valorar el grado de avance o dificultad en el proceso de aprendizaje en

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ESCUELA NORMAL SUPERRIOR RAFAEL MARIA GIRALDO

SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE.

ACUERDO N° 02 de 26 de febrero de 2015

Por el Cual se definen los criterios de apropiación y aplicación del

Decreto 1290 de 2009 sobre la Evaluación del aprendizaje, y de acuerdo

al artículo 11 del decreto donde define responsabilidades al

establecimiento Educativo en relación al SIE; definir, adoptar y divulgar

el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN de estudiantes, después

de su aprobación por el Consejo Académico.

El Consejo Directivo en uso de las facultades legales que le otorga la Ley

115 de 1994 y considerando que es deber de la Institución Educativa

establecer el SIE.

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1. Concepto de Evaluación

Evaluar es la acción por medio de la cual se busca emitir un juicio

valorativo sobre el proceso de desarrollo del educando, previo un

seguimiento permanente que permita “determinar qué avances ha

alcanzado con relación a los logros propuestos, qué conocimientos ha

adquirido o construido y hasta qué punto se ha apropiado de ellos, qué

habilidades y destrezas ha desarrollado, qué actitudes y valores ha

asumido y hasta donde éstos se han consolidado”. MEN.

Para la Escuela Normal Superior “Rafael María Giraldo” la evaluación

significa un proceso de mejoramiento continuo que permite diagnosticar,

retroalimentar y mejorar las prácticas docentes en el desarrollo integral

del maestro en formación; asumida desde todas sus dimensiones,

como “un proceso sistemático, continuo, gradual e integral, que permite

valorar el grado de avance o dificultad en el proceso de aprendizaje en

cuanto al alcance de los niveles de competencia planteados, para

generar estrategias en el avance de adquisición de conocimientos,

actitudes de convivencia , habilidades Meta cognitivas, y de

trascendencia en la formación del educando”. Teniendo en cuenta el

modelo pedagógico socio crítico.

ARTÍCULO 2: PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA EVALUACIÓN DEL

APRENDIZAJE

1. Evaluación como proceso permanente. La evaluación más que un instrumento de promoción ha de ser

vista como un instrumento de regulación y cualificación dentro del

proceso educativo (Art 3 decreto 1290). Será tanto más efectiva

en la medida que responda a las siguientes características:

a. Una evaluación que vaya más allá de la cuantificación para

lograr una visión comprensiva del contexto y los factores del proceso pedagógico.

b. Que tenga en cuenta los procesos y el desarrollo de competencias sin prescindir de los resultados.

c. Que sea integral y además de lo cognoscitivo tenga en cuenta las habilidades y destrezas, así como lo afectivo, actitudinal y

valorativo, es decir que considere las dimensiones del ser humano.

d. Que sea de corte democrático, horizontal, participativo y se convierta en una estrategia de motivación para mejorar y

hacer correctivos de manera oportuna. e. Una evaluación flexible y abierta, que funcione como acción

comunicativa para invitar a la reflexión, a la motivación y a la

búsqueda de alternativas para superar las debilidades y deficiencias reconociendo las diferencias individuales.

f. Que sea sistemática, organizada con principios pedagógicos que guarde relación con los fines y objetivos de la educación,

los contenidos y los métodos.

2. Validez: la evaluación debe reflejar una correspondencia entre la

descripción de la información y el asunto, temática o elemento de la realidad que se evalúa.

3. Confiabilidad: la evaluación debe ser consistente. Esto es, si los

instrumentos se utilizan más de una vez para evaluar la misma

calidad, los resultados obtenidos deben ser acordes con sutelos o

finalidad

4. Objetividad: La evaluación debe permitir el ejercicio

hermenéutico acorde con el contexto y trascender los prejuicios o

visiones personalistas al momento de emitir juicios valorativos, de

modo que si distintos evaluadores aplican el mismo instrumento,

obtengan resultados similares.

5. Eticidad: La evaluación ha de ser coherente con los postulados de

equidad y justicia expresados en las distintas normas y jurisprudencias tanto del contexto nacional como internacional.

ARTÍCULO 3: CRITERIOS

Mirar la evaluación como ese juicio que se emite después de un

seguimiento permanente, permite diferenciarla de una prueba de

comprobación, un examen de conocimientos o un test de habilidades.

Estos son sólo medios que, en un momento determinado, nos dan

indicios sobre el proceso que lleva el Educando. Son pruebas que se

convierten en un insumo más de la evaluación, pero que no son la

evaluación total del Maestro en formació.

En este concepto la evaluación para la Escuela Normal Superior Rafael María Giraldo es un proceso que no tiene sentido por sí mismo, sino

como resultante del conjunto de relaciones entre la misión, visión, los

principios institucionales, los objetivos, los métodos, el modelo pedagógico, los maestros en formación, la sociedad, los maestros

formadores, etc. Cumpliendo así una función en la regulación y el control del sistema educativo, en la relación de los maestros en

formación con el conocimiento, de estos con sus maestros formadores y padres de familia. Esto implica para ello identificar talentos y

habilidades especiales, dificultades, deficiencias y limitaciones, para

intervenirlas y superarlas. Para lo cual se consideran los siguientes

criterios en la evaluación:

1. Diagnóstica: al iniciar cada período escolar, los maestros

formadores aplicarán una evaluación diagnóstica para identificar el estado de los maestros en formación en lo actitudinal,

conceptual y procedimental, para fortalecer su proceso formativo teniendo en cuenta las diferencias individuales.

2. Cualitativa: valoración integral, desde el ser, el convivir, el trascender, el saber y el hacer, en donde se perciba una sana

convivencia fundamentada en la democracia y el respeto por el otro, que conlleve a la formación de ciudadanos.

3. Integral: De modo que comprenda los elementos e involucre los factores tanto humanos como socioculturales que intervienen en el

proceso desde el ser, hacer, conocer y convivir en la generación del conocimiento y la transformación socio-cultural en forma

holística, a partir del contexto, los ejes transversales, el liderazgo y la prospectiva relacional, humanista y ciudadana, en la cual la

evaluación es una posibilidad de reflexión y aprendizaje

pedagógico en la escuela. 4. Formativa: Es un espacio pedagógico para la reflexión en el

seguimiento y mejora de los procesos, ello debe permitir identificar e intervenir lo actitudinal y aptitudinal en la comunidad

educativa desde sus procesos dialécticos. 5. Permanente: Proceso caracterizado por su condición continua en

el sentido de que no se termina, pero permite cortes en el espacio y en el tiempo para la reflexión, retroalimentación y el

mejoramiento continuo, al interior y exterior de los actores y factores que inciden directa o indirectamente en los diversos

procesos a partir de estudios de seguimiento a lo académico, pedagógico y formativo que se teje interactiva y dialécticamente al

interior y se proyecta al exterior de la institución educativa Escuela Normal Superior Rafael María Giraldo de Marinilla.

6. Procesual: La evaluación es un proceso continuo que permite la

reflexión sobre los diferentes actores y factores que intervienen en lo educativo respecto a su cualificación en lo cual se reconocen

contextos, niveles y ritmos de aprendizajes en la interacción dialéctica de los maestros en formación, maestros formadores,

sociedad y la cultura en un trabajo colaborativo que abre las posibilidades del otro, los otros y lo otro para el mejoramiento de

la calidad de vida y la transformación social, desde la autoevaluación, coevaluación y la heteroevaluación en la

institución educativa Escuela Normal Superior Rafael María Giraldo de Marinilla.

7. Investigativa: Debe entenderse como un proceso que puede ser

abordado desde los diferentes paradigmas de investigación, en especial desde el socio-crítico en forma rigurosa, controlada y

sistemática en su formulación, diseño, recolección y análisis de

información; respecto al programa de formación, tendiente a aumentar la racionalidad de las decisiones acerca de su puesta en

marcha, desarrollo y mejoramiento continuo, evitando la excesiva dependencia de las decisiones políticas (Tejedor:1994). En La

Escuela Normal Superior Rafael María Giraldo el proceso de evaluación investigativa se fortalece desde las comisiones de

evaluación, el diario de campo, los proyectos de aula con sus respectivos análisis de resultados desde las comunidades, las

prácticas pedagógicas, investigación formativa y la investigación pedagógica.

8. Interpretativa: La perspectiva de la evaluación interpretativa busca a partir de los resultados de los indicadores arrojados por

los instrumentos evaluativos propios de la Institución Educativa de acuerdo a las áreas de gestión, hacer descripciones que

permitan interpretar críticamente el sentido de los sentidos

contextuales del entorno y contorno escolar o en términos de Sacristan en Maldonado: 200, “considerando la peculiaridad del

contexto definido física, social y psicológicamente por el clima en que se producen los aprendizajes”, a fin de reflexionar y

comprender prospectivamente las situaciones que se presentan, en el marco de planes de acción para el mejoramiento continuo en

el ámbito institucional. 9. Sistémica: Es organizada con base en principios pedagógicos y

guarda relación con los fines, objetivos de la educación, la formación de maestros, los contenidos y los métodos.

10. Flexible: Tiene en cuenta los ritmos de desarrollo de los maestros en formación en sus diversos aspectos; por

consiguiente, debe considerar la historia del educando, sus intereses, sus capacidades, sus limitaciones y, en general, su

situación particular.

11. Participativa: Compromete a todos los actores del proceso educativo en la construcción del conocimiento, propiciando

espacios para la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación. 12. Eficiente: Si obtiene un máximo rendimiento de los

recursos disponibles (talento humano, físicos, financieros). 13. Análisis e interpretación de la información: El

procesamiento y análisis de los resultados “implica la limpieza de la información, la organización de la información, el procesamiento

de datos, la representación de datos y el análisis estadístico y lógico de los resultados” (Uribe, Puerta y Retrepo 1996, 151), por

lo tanto, la información sistematizada pasará por la clasificación y

análisis hermenéutico que favorezcan una interpretación lo más cercana posible a la intención de la comunidad, de modo que sirva

como soporte real a la toma de decisiones en cuanto a la

promoción de los educandos desde el preescolar hasta el nivel del Programa de Formación complementaria. En ese sentido, se harán

informes descriptivos de los indicadores de desempeño de acuerdo a lo establecido en el proceso de formación en el conocer, hacer,

convivir establecidos en el PEI

El análisis de la información será responsabilidad de las áreas, Comunidades Académicas y comisiones de Evaluación y promoción

y en los casos que se requiera en el comité de convivencia Institucional para definir estrategias de apoyo y acompañamiento

especial en los educandos que lo requieren.

ARTÍCULO 4: Aplicación Pruebas externas e internas artículo N° 1

decreto 1290 de 2009.

La Escuela Normal adopta como política institucional de aplicación de

pruebas por competencias en cada periodo (Art. 1 numeral 3 decreto

1290),

Las pruebas externas son una herramienta que contribuye al desarrollo

de la capacidad de análisis e interpretación, que permite monitorear los

procesos educativos (Art. 1 numerales 1 y 2 del decreto 1290). Estas

serán aplicadas al final de cada periodo (ver artículo 7), sobre el

valor de los periodos) lo que permite al maestro en formación fortalecer

habilidades y destrezas para el manejo de las pruebas externas, razón

por la cual se debe intensificar la aplicación de simulacros de pruebas

SABER Once (11°), Noveno (9°), Quinto (5°), Tercero (3°), así como

pruebas SABER PRO a nivel interno.

Se pretende además que todas las áreas del conocimiento se evalúen

con ésta técnica, lo que facilitaría la adaptación y competencia en este

tipo de prueba de los jóvenes sobre la estructura de estas.

Parágrafo 1: Se aplicarán 2 pruebas con una institución externa y el

Consejo académico determinará los periodos de aplicación interno y

externo.

Para las pruebas internas se tendrá capacitación de aplicación de

pruebas estilos SABER y serán revisadas por las Coordinadoras para

garantizar el nivel desarrollado en las mismas, los maestros

formadores ejecutarán el análisis para los planes de mejora según los

resultados.

Parágrafo 2: Al finalizar cada período escolar la Escuela Normal realizará

una prueba por competencias que impulse el desarrollo de habilidades y

destrezas en los aspectos cognitivo, interpretativo, propositivo,

argumentativo, comunicativo y en general el desarrollo de habilidades

del pensamiento.

Parágrafo 3: La Institución Educativa, realizará en uno de los 4 períodos

académico pedagógico escolar, desde la propuesta de Proyectos

Pedagógicos Transversales (PPT), una prueba de forma grupal y oral

con el ánimo de desarrollar y fortalecer el trabajo colaborativo y de

habilidades de acuerdo a la manifestación de las diversas inteligencias, y

se tendrá en cuenta en el criterio procedimental con un valor del 20%,

actitudinal con el 10%, cognitivo el 70% dentro del período.

Considerando las necesidades educativas especiales temporales que

esté viviendo el maestro en formación, quien tendrá la oportunidad para

realizarla una vez superada su situación particular en un plazo máximo

de ocho días.

ARTÍCULO 5. En el cumplimiento del decreto 1290/2009, artículo 3, en

su planteamiento de los propósitos de la evaluación del aprendizaje, la Escuela Normal Superior Rafael María Giraldo, realizará en las dos

primeras semanas del inicio escolar la evaluación diagnóstica para identificar el nivel cognitivo, los estilos y ritmos de aprendizaje, el

entorno micro y macro social del maestro en formación (educando), a través de diferentes instrumentos como: observación, grupos focales,

sondeos, entrevistas test, encuestas escritas, virtuales y otras técnicas de recolección de información, para garantizar pertinencia en:

a. Las metodologías de enseñanza y aprendizaje, de evaluación.

b. Las estrategias pedagógicas integrales de apoyo acordes a las

necesidades e intereses identificados en los maestros en

formación (educando)

c. Planes de mejoramiento institucional, por comunidades

académicas, maestros en formación, familia (Representante

legal).

Parágrafo:

1) La evaluación diagnóstica será tabulada con la

colaboración de los maestros en formación del nivel 1 del

programa la formación complementaria y el análisis de la

información será responsabilidad de las comunidades

académicas en colaboración con los orientadores de

grupo, para este proceso se contará con el mes de

febrero.

2) Ajuste del plan de mejoramiento académico en los

primeros 15 días del mes de marzo.

3) El maestro en formación y la familia que no provean la

información solicitada, en el instrumento diagnóstico, no

podrá reclamar procesos diferenciales en su promoción

escolar si lo requiere.

ARTÍCULO 6: Períodos Académicos:

El año lectivo se dividirá en cuatro períodos de igual duración, teniendo

en cuenta el cronograma y las orientaciones de la Secretaría de

Educación Departamental.

Parágrafo 1: Al finalizar cada período escolar la Escuela Normal realizará

una prueba por competencias que impulse el desarrollo de habilidades y

destrezas en los aspectos cognitivo, interpretativo, propositivo,

argumentativo, comunicativo y en general el desarrollo de habilidades

del pensamiento. (Ver PEI)

ARTÍCULO 7. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LOS

EDUCANDOS:

La Escuela Normal Superior asume los paradigmas del modelo

cualitativo y el modelo cuantitativo de la evaluación como dos modelos

que se complementan y en consecuencia adopta la escala de valoración

de desempeño de los maestros en formación propuesta por el ministerio

de educación nacional, según el decreto 1290 de abril 16 de 2009, el

artículo 5°, entendida también como una matriz de valoración (Rúbrica)

y para ello es necesario la apropiación del concepto definido en el PEI.

1. Aplicar el instrumento de evaluación de desempeño de los

estudiantes, describiendo la matriz de criterios específicos que

permiten asignar u otorgar un valor (valorar), basada en los niveles de

desempeño Superior, Alto, Básico, Bajo con el listado de aspectos que

evidencian el aprendizaje, los conocimientos y/o las competencias

alcanzadas por el estudiante en el proceso del período.

2. La Escuela Normal superior define para el proceso integral del

aprendizaje del educando el instrumento de evaluación formativa que

lleve a que ellos se involucren en el proceso de evaluación de su

propio trabajo (auto-evaluación), en el del trabajo de sus compañeros

cohevaluación y con el maestro formador heteroevaluación.

3. Para que la evaluación cumpla el propósito fundamental de

proporcionar los distintos momentos del proceso de aprendizaje del

estudiante, es necesario que se tenga claridad en :

Los desempeños que los estudiantes deben alcanzar.

Específica los criterios con los cuales va a medir y documentar el progreso del estudiante.

Permite descubrir cualitativamente los distintos niveles de logro que el estudiante debe alcanzar.

Orienta al docente la retroalimentación efectiva al alcance del proceso de aprendizaje positivo a los educandos.

Ayuda a centrar el proceso de enseñanza/aprendizaje en los

objetivos y en los estándares de desempeño establecidos. Reduce la subjetividad en la evaluación.

Es fácil de utilizar y de explicar a los estudiantes. Permite a los estudiantes conocer los criterios de calificación con

los cuales serán evaluados. Aclara al estudiante cuales son los criterios que debe utilizar al

auto-evaluar su trabajo y al valorar el de sus compañeros. Permite que el estudiante se auto-evalúe y haga una revisión final

de su trabajo, antes de entregarlo al docente.

Indica al estudiante con claridad las áreas en las que tiene

falencias y con ése conocimiento planear con el docente los correctivos a aplicar.

Proporciona a los estudiantes retroalimentación sobre sus

fortalezas y debilidades. Promueve la responsabilidad de los estudiantes.

El año lectivo se dividirá en cuatro períodos de igual duración y

valoración. , en los que se tiene en cuenta la evaluación integral en el

seguimiento a los procesos desde el hacer, conocer, ser y convivir

(cognitivos, procedimentales y actitudinales).

4. En la evaluación integral se tendrá en cuenta el 80% del seguimiento

del periodo y el 20% en la prueba saber (Ver artículo 4 sobre Pruebas

Saber)

En la valoración de las competencias en el seguimiento integral se

tendrá en cuenta el 40% en lo procedimental, el 20% en lo cognitivo y

el 20% en lo actitudinal.

La valoración definitiva de la asignatura o área será la sumatoria de los

puntos obtenidos en la evaluación integral del seguimiento y la prueba

final del periodo, dicha sumatoria tendrá una equivalencia valorativa de

acuerdo a la siguiente escala.

SUPERIOR 4,5 – 5

ALTO 3,8 – 4,4

BASICO 3,0 – 3,7

BAJO 1 – 2,9

5. En la definición, la evaluación debe contar con el apoyo de Rubricas

definidas de evaluación que de un valor auténtico y objetivo a la

valoración de los números o letras.

Es necesario establecer en qué consiste el porcentaje que

establece la importancia relativa de cada aspecto a evaluar en lo

definido en la matriz de evaluación. Es importante en la matriz

generar una calificación numérica a partir de la descripción

cualitativa de criterios de desempeño y posibilita asignar un “peso”

diferente a cada aspecto. La Rúbrica le indica al estudiante cuáles

son los componentes más importantes de las actividades de

aprendizaje, dado que en cualquier tarea siempre habrá aspectos

más importantes o que demandan mayor esfuerzo que otros, estos

deben pesar más al momento de asignar una nota.

6. Describir la matriz de criterios que establezca el cruce de cada nivel

de desempeño con cada uno de los aspectos a evaluar. Es necesario

igualmente determinar la calidad de los desempeños del estudiante

frente a cada uno de los aspectos con los que se pretende evaluar en

una competencia o una habilidad metacognitiva lograda en el proceso de

aprendizaje. Y determinar específicamente y con claridad a los

estudiantes qué se espera de ellos y cuáles son los criterios con los que

se va a calificar un trabajo, una presentación, una participación en un

debate, un ensayo, un trabajo en grupo, un reporte escrito, etc.

Artículo 8: COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN,

La comisión de evaluación y promoción es la instancia que define la promoción de los educandos y hace recomendaciones en relación con las

actividades de apoyo frente a las competencias que deben desarrollar en los niveles establecidos en el PEI. Define además los casos de

promoción anticipada.

Las comisiones de evaluación y promoción serán creadas y orientadas

por el Consejo Académico, una para cada grado. Las cuales deberán

acatar las normas de evaluación y promoción determinadas en el

Sistema Integral de Evaluación (SIE), siempre a favor de la calidad,

continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así

como el desarrollo del proceso de formación de los educandos. (Artículo:

6º del decreto 1290 de 2009).

6. Las comisiones de Evaluación y promoción estarán integradas por:

El rector y/o su delegado.

Maestros formadores que acompañan encuentros de saberes en el respectivo grado.

Un padre de familia por cada uno de los grados, el cual es elegido democráticamente en el Consejo de Padres. Decreto 1286 de abril

de 2005.

Parágrafo 1. Los Maestros formadores de la Escuela Normal que

participan en la comisión de Evaluación y Promoción que tengan

primero y segundo grado de consanguinidad con uno o más maestros

en formación están impedidos a participar en la toma de decisiones

sobre el caso específico.

7. Funciones de la comisión de evaluación y promoción.

a. Reunirse ordinariamente una semana antes de finalizar cada

período y en la culminación del año escolar, para analizar los desempeños de los maestros en formación en cuanto al nivel de

alcance de las competencias definidas en el diseño curricular y extraordinariamente cuando sean solicitados por la rectora o su

delegado.

b. Hacer seguimiento al educando no promovido al grado siguiente

a fin de favorecer su promoción, en el primer periodo, en la medida en que éste demuestre el alcance del nivel de las

competencias (Ser- convivir, conocer, actuar) que no aconsejaron su promoción y los educandos se deben matricular

en el año que no han aprobado.

c. Efectuar el debido seguimiento a los compromisos a fin de verificar el cumplimiento de los mismos tanto por maestros

formadores como por maestros en formación Analizar los casos de educandos que obtengan desempeños excepcionalmente

altos a fin de recomendar actividades de apoyo para ser viable, la promoción anticipada en una o varias asignaturas y

del año escolar, alcanzada las competencias desde el ser,

conocer y actuar.

d. Consignar en actas todas y cada una de las decisiones,

observaciones y recomendaciones, las mismas deben foliarse y

legajarse a fin de conservar las respectivas evidencias que

servirán para posteriores decisiones de la comisión acerca de la promoción de educandos.

e. Estudiar el informe de inasistencias de los educandos cuando éstas superen el 20% de las actividades académicas del año

escolar y definir cuáles son o no justificadas. A sí mismo estudiar los casos de llegadas tardes a la institución y/o

encuentros saberes.

f. Verificar que en la hoja de vida académica y comportamental de cada maestro en formación queden consignadas las

valoraciones finales, además de las que realicen en la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar y las que se

efectúen a los maestros en formación no promovidos al grado siguiente, durante el año escolar.

g. Analizar el comportamiento disciplinario de los maestros en

formación y determinar después de ser verificados los hechos y

registrados con antelación en la ficha observación virtual y/o física los niveles de competencias desde el ser-

convivir, hacer y actuar, las recomendaciones necesarias para que la situación supere; de no evidenciarse la mejoría en el

comportamiento del maestro en formación, se remitirá el caso al comité de Convivencia para ser evaluado y continuar el

debido proceso.

h. Los maestros en formación que solicitan permisos especiales

dentro de la jornada escolar, lo deben hacer por escrito, y firmado por la madre y/o padre de familia o en su caso el

representante legal, mínimo 48 horas antes para ser analizado

por los maestros formadores del grado y posteriormente las coordinaciones académica y convivencia darán su visto. Los

educandos asumen la responsabilidad de adelantar trabajos y talleres y al regreso, estar al día con las actividades de

aprendizaje.

Parágrafo 2: Cuando la comisión amerite llamar a padres y madres

de familia y/o acudiente para analizar el caso del algún, maestro en

formación lo puede hacer.

Parágrafo 3: La Comisión de evaluación y promoción estudiará los

casos de los maestros en formación que no fueron promovidos el año

anterior en el primer período escolar para analizar su situación y

definir su promoción o no. Si no se superaron las dificultades y no se

observan avances en los maestros en formación no se promoverá en

ningún otro período y se entrará a realizar un proceso de motivación

durante todo el año escolar (sistema institucional de evaluación).

8. Deberes y derechos de los integrantes de la comisión

a. Son Derechos de la Comisión de Evaluación y Promoción los siguientes:

A ser citados oportunamente a las reuniones ordinarias de la

comisión de evaluación y promoción. Recibir en forma detallada y oportuna toda la información

académica y de comportamiento necesaria para cumplir a cabalidad con las funciones encomendadas.

A que sus recomendaciones sean estudiadas y una vez aprobadas por la comisión a que se acaten y respeten por las personas

comprometidas en las mismas y por la institución. A que sus decisiones, observaciones y recomendaciones sean

debidamente consignadas en actas.

A que se respeten los acuerdos y decisiones finales tomadas por la comisión de Evaluación y Promoción, en el proceso académico y

formativo de los educandos. Parágrafo 1: Cuando la Rectora o su delegado amerite revisar un

proceso por inconsistencia, inconformidad de cualquiera de las

partes se convocará a la Comisión de Evaluación y Promoción de

manera extraordinaria, para ser nuevamente estudiado el caso.

b. Son deberes de la Comisión de Evaluación y Promoción los siguientes:

Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de la comisión de

evaluación y promoción cuando sea solicitado.

o Estudiar debidamente los registros escolares de los maestros en formación cuyo caso será motivo de análisis por su

desempeño o excepcionalmente superior, a fin de recomendarles el plan de actividades de apoyo según el

caso.

Definir la promoción anticipada de los maestros en formación con

rendimiento excepcionalmente superior en un grado y/o asignatura determinada.

Interpretar las normas reglamentarias contenidos en el Decreto 1290/09 a favor de la calidad, continuidad y universalidad del

servicio público de la educación, así como el desarrollo del proceso de formación de los educandos.

Guardar la prudencia propia de los casos tratados en la comisión,

pues estos son de carácter confidencial.

Entregar informes escritos a nivel individual de maestros en formación cuando son solicitados por los padres y madres de

familia y/o acudientes.

Los casos especiales serán remitidos al comité de convivencia y/o consejo académico según corresponda para orientar o determinar

según el caso.

Los maestros formadores deberán llevar a la comisión el reporte

final de periodo, semestre o año escolar debidamente registrado a nivel físico y/o virtual.

Dar respuesta oportuna a las solicitudes cumpliendo el debido

proceso según los términos de ley y PEI de los Maestros en Formación de su caso en particular.

9. Reuniones ordinarias y extraordinarias.

Las reuniones que celebren las comisiones de evaluación y

promoción serán ordinarias y extraordinarias.

a. Ordinarias:

Al final del período para estudiar los casos de los maestros en formación con desempeño bajo y el comportamiento general de los

grupos. Con los padres de familia o acudientes, maestros formadores y en

formación así como con otras instancias del establecimiento a fin de presentarles el informe de la situación problémica junto con el plan

de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Evaluar periódicamente el cumplimiento de los compromisos.

Al finalizar el año escolar para definir los maestros en formación que deben reiniciar cada grado.

b. Extraordinarias: Cuando el Rector o su delegado así lo determinen.

10. QUÓRUM.

Las comisiones de Evaluación y promoción, deberá contar con la

asistencia del 75% de sus integrantes.

La secretaria general de la Escuela Normal deberá convocar 48 horas

antes a toda la comisión y en un lugar estratégico, colocará el día, la

hora y el lugar a nivel pública, en caso de no hacerlo se cancelará la

comisión.

11. VOTACIONES: Las decisiones serán tomadas con la aprobación y

voto afirmativo del 75% de los asistentes a la reunión de comité de Evaluación y promoción.

12. RECURSOS: Contra las decisiones proferidas por la comisión de

evaluación y promoción proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales deberán ser interpuestos dentro de los cinco

(5) días siguientes a la notificación de la decisión tomada por esta comisión. (Decreto 01/84. art, 51)

a. RECURSO DE REPOSICIÓN:

Procede ante la misma comisión de evaluación para que aclare,

modifique o revoque la decisión.

b. RECURSO DE APELACIÓN : Ante el inmediato superior administrativo, en este caso el CONSEJO

DIRECTIVO, con el mismo propósito (Decreto 01/84, C.C.A. art. 509).

Los reclamos que versen sobre evaluación presentados por los

maestros en formación serán decididos por el Consejo

Académico (Decreto 1860/94, art. 24-f).

13. INVITADOS: La Comisión de evaluación y promoción podrá

convocar a los padres de familia o acudientes, al maestro en

formación, al maestro formador respectivo y a otras

instancias del establecimiento educativo, a fin de hacer

recomendaciones en términos de actividades de apoyo.

ARTÍCULO 9. INFORME ACADEMICO Y DE CONVIVENCIA

El Informe de evaluación es descriptivo y guarda concordancia con el

modelo pedagógico socio crítico.

La valoración durante el proceso de seguimiento es continuo y se

emitirá a través de los siguientes conceptos: superior, alto, básico y

bajo. (art, 5 D, 1290/2009) Al culminar cada período y/o semestre, el

maestro formador le asignará un valor numérico al desempeño, de

acuerdo al nivel de alcance de las competencias y a la escala definida.

(Teniendo en cuenta que la adquisición de una competencia se puede

dar en un determinado periodo)

1. Nivel 1: Los educandos del nivel de Preescolar del grado

transición; nivel de básica primaria, grados primero y segundo, se

les respetará el proceso de construcción de hipótesis en la lectura

y en el desarrollo de competencias lógico matemáticas, siendo

promovidos al año siguiente.

Parágrafo 1: En los grados de transición, primero y segundo se

exigirá un acompañamiento efectivo, oportuno, pertinente y

permanente de los padres de familia acordados con los maestros

formadores de estos grados y se registra el acta con las

respectivas firmas de las partes involucradas.

Parágrafo 2: Cuando el padre de familia no se compromete

eficazmente en el proceso de acompañamiento y el educando no

demuestra avances en el desarrollo de competencias, deberá

asumir la no promoción de su hijo (a).

2. Nivel 6: Programa de formación Complementaria (Ver políticas).

El padre de familia podrá acceder virtualmente al seguimiento del

proceso integral durante cada periodo y al final de este se le entregara

un informe físico.

3. Elementos que debe llevar: El Informe a los padres de familia o

representantes legales contendrá los siguientes elementos:

a. Información general de la institución y párrafo

introductorio

b. Datos personales del maestro en formación matricula,

grupo grado, orientador del grupo. Período, nivel y

nombre de este, fecha, nombre del maestro formador

que desarrolla el área y/o disciplina según el caso.

c. Serán registradas todas las áreas en cada uno de los

informes con sus respectivas valoraciones.

ARTÍCULO 10: CONCEPTO DE ÁREA Y/0 DISCIPLINA ACADÉMICA: Las

Áreas de Estudio definidas en la Escuela Normal Superior Rafael María

Giraldo, se rige según el artículo 23 de la Ley General de Educación 115

de 1994 incluyendo las asignaturas optativas y las cátedras obligatorias

como parte del currículo; Y además las Disciplinas Académica del PFC,

establecidas por los criterios de Acreditación de las Escuelas Normales

Superiores. Decreto 4790/2008 para la Formación de Maestros para el

Preescolar, Básica Primaria de todo país.

La Escuela Normal Superior, Rafael María Giraldo asume en su Plan de

Estudio en las siguientes áreas con las asignaturas optadas por la

Institución (Ver PEI), se evaluarán en las áreas de:

En los procesos de los proyectos obligatorios y las cátedras aprobadas

por el MEN, tienen un carácter de transversalidad que se desarrollan a

través de los proyectos pedagógicos transversales y para darles un

proceso de seguimiento evaluativo en el alcance de competencias se ha

tratado de definir alguna dirección de orientación en las áreas del

conocimiento así:

TABLA DE RELACIÓN DE ÁREAS, ASIGNATURAS Y PPT.

AREAS OBLIGATORIAS

ASIGNATURAS INTENSIDAD HORARIA

PROY PED TRANSV

a. Vínculos

Relacionales que forman al ser y

construyen saber

b. Procesos de

Lectoescritura - Estimulación

Lingüística

1. Ciencias naturales y

educación ambiental.

Biología

3(6°a 9°) 2(1° a 5°)

Estilos de Vida Saludable

(Educación sexual y construcción de

ciudadanía) PRAE

Procesos Físicos y Químicos

2(6° a 9°) 1(1° a 5°)

Química 3(10° a 11°)

Física 3(10° a 11°)

2. Ciencias sociales, historia,

geografía, constitución

política y democracia.

Ciencias Sociales

2(1° a 5°) 3(6° a 9°)

Proyecto de Democracia y

Constitución política, Cátedra

Vial y Turística

Ciencias Políticas

1(10° a 11°)

Ciencias

Económicas

1(10°a 11°)

3. Humanidades,

lengua castellana e idiomas

extranjeros.

Lengua

Castellana

4(6° a 9°)

3(1° a 5°) 3(10° a 11°)

Inglés 4(8° a 11°)

3(3° a 7°) 2(Tr°, 1° a

2°)

Fortalecimiento del

Inglés

Pensamiento

Filosófico

1 (3° a 9°) Pensamiento Crítico

- Tejiendo

Pensamiento

4..Educación

Ética y en valores

humanos.

1 (1°a 11°) Proyecto de

Convivencia Escolar Formación en

Valores desde una ciudadanía activa.

Cátedra de la Paz,

Cátedra de Urbanidad

Mediadores Escolares

Pedagogía de la Comunión y la

convivencia formando

competencias en el Ser, convivir y

Trascender.

5..Educación Religiosa.

1(1°a 5°) 2(6° a 9°)

1(10° a 11°)

CEPAV – PASTORAL -

6..Educación

artística.

1(1° a 11°)

7..Educación

física, recreación y deportes.

Educación Física 1(1°a 5°)

2(6° a 9°) 1(10° a 11°)

Uso del tiempo libre

Semilleros de deporte

Cultura Físico Deportiva.

Proyecto Lúdicas

Danzas 1(1° a 5°)

8.. Tecnología e informática.

1(1° a 5°) 2(6° a 7°)

1(8° a 11°)

Cultura de la Tecnología: TIC-TIG

9..Matemáticas.

Matemáticas 3(10°a 11°)

4(6° a 9°) 3(1°a 5°)

Desarrollo del Pensamiento Lógico

Matemático Geometría,

Estadística,

Matemática Financiera

1(6° a 9°)

10..Filosofía 3(10° a 11°) Pensamiento Socio crítico

Reconocimiento de la diversidad.

11..Formación

Pedagógica

3(Tr°-1° a 5°)

1(6° a 9°) 4(10° a 11°)

Gestión y Liderazgo

(Cátedra de Emprendimiento)

Prácticas Pedagógicas

Investigativas

Cátedra Agroecológica

ARTICULO 11: La Pedagogía como Compromiso Académico en el Proceso

Formativo

La Escuela Normal reconoce que la disciplina fundante del maestro es la

Pedagogía, por lo tanto considera la formación pedagógica como un

proceso sustancial y permanente, que inicia en el Nivel de Preescolar y

culmina en el Nivel del Programa de la Formación Complementaria.

Define dicha área para los maestros en formación desde el Preescolar

hasta el grado quinto como un proceso de sensibilización, para los

grados de sexto a 9° como un proceso de motivación y para los grados

décimo (10°) y once (11°) como proceso de exploración y para el

Formación Complementaria como proceso de apropiación y proyección.

La formación pedagógica en la Escuela Normal tiene un carácter teórico

práctico, especialmente en los grados décimo (10°), once (11°) y

Formación Complementaria, es por ello que para estos grados sólo es

recuperable con la vivencia del mismo proceso formativo, cumplimiento

de funciones e intensidad horaria estipulada en el plan de estudios así:

Quién reprueba Investigación y Práctica Pedagógica en la Formación

complementaria deberá repetir la disciplina en los términos propuestos

anteriormente, aclarando que no es posible de ser habilitada por

considerarse de fundamental importancia en la formación de un maestro

y por su carácter teórico práctico.

Quien no alcance los logros propuestos en el grado once para esta área,

no se promueve y podrá acceder a la promoción anticipada finalizado el

primer período escolar del año escolar siguiente, si cumple con los

parámetros de la promoción anticipada, para recibir el título de Bachiller

con profundización en Educación.

Quien no alcance los logros propuestos en el grado décimo para esta

área, no se promueve y podrá acceder a la promoción anticipada

finalizado el primer período escolar del año escolar siguiente, para el

grado 11° si cumple con los parámetros de la promoción anticipada.

Siendo la formación pedagógica un área más del plan de estudios

institucional, para los niveles de Básica y Media, suma igual que

cualquier otra área, en el momento de determinar la aprobación o

reprobación del año escolar, acogiéndose a lo estipulado en el decreto

1290 de 2009.

ARTÍCULO 12. Promoción escolar

Las comisiones de evaluación y promoción serán conformadas por el

Consejo Académico, una para cada grado, periodo y/o semestre. Las

cuales deberán acatar las normas de evaluación y promoción

determinadas en este documento y en el manual de procedimiento,

siempre a favor de la calidad, continuidad y universalidad del servicio

público de la educación, así como el desarrollo del proceso de formación

de los educandos. (Artículo 6º del decreto 1290 de 2009), para lo cual

definen los siguientes parámetros:

a. Se promueven los maestros en formación que durante el año escolar

alcancen las competencias básicas desde el SER, HACER, CONOCER Y

CONVIVIR.

b. No serán promovidos los maestros en formación que al finalizar el

año lectivo no alcancen el desarrollo de competencias básicas en una

o más áreas.

c. Para el Programa de la Formación Complementaria se regirá por las

Políticas del Programa. (Ver Políticas)

d. Para aquellos maestros en formación que no alcancen el desarrollo

de las competencias en una o dos áreas deberán realizar actividades

de apoyo hasta la primera semana del año escolar siguiente, a

excepción del área de Pedagogía en los grados 10° y 11°, y en caso

de no evidenciarse la superación de estas debilidades en ambas

áreas la comisión define su promoción o no.

Parágrafo 1: Para efectos de promoción se tendrán en cuenta TODAS

las, áreas y/o disciplinas y los diferentes programas y proyectos

contemplados en el Plan de Formación.

Parágrafo 2: Los maestros formadores deberán realizar en todo

momento durante los encuentros de saberes las actividades de

aprendizaje para aquellos maestros en formación que presentan

dificultades en sus estilos, ritmos, contextos y colocarlas en la web

para que las puedan leer los padres de familia con sus hijos.

Parágrafo 3: Para los maestros en formación que no fueron

promovidos, se debe verificar la asignación de un programa de

actividades de apoyo. (Ver PEI), y tendrá derecho a que se le evalúe en

la primera semana del comienzo del año escolar inmediato y si ha

superado las dificultades que presentaba deberá promovérsele al

terminar el primer período escolar, dando tiempo de nivelación en el

grado promovido.

Parágrafo 4: Para los maestros en formación que consecutivamente han

perdido 3 o más grados con las mismas áreas y no se evidencia el

acompañamiento y flexibilización curricular durante el año lectivo, se

aplicará justicia restaurativa.

Parágrafo 5: Para los estudiantes que presentan algún tipo de barrera

para el aprendizaje y la participación, se tendrá en cuenta lo planteado

por la ley estatutaria 1618 del 2013, el decreto 366 del 2009 y el

decreto 1290 del 2009; garantizando su acceso, permanencia y

promoción dentro de la Escuela Normal, teniendo en cuenta el derecho a

la flexibilización curricular, desde el reconocimiento y respeto por su

estilo y ritmo de aprendizaje.

Los maestros en formación con algún tipo de barrera para el aprendizaje

y la participación por condición de discapacidad, enfermedad crónica,

cultural, o de vulnerabilidad tendrán derecho a la flexibilización

curricular, en concordancia con el modelo pedagógico institucional y la

propuesta de un currículo por competencias; desde aquí se deben

flexibilizar: Espacios, materiales, sistemas de comunicación, contenidos,

metodologías, actividades, criterios y procedimientos de evaluación para

atender las necesidades individuales y permitir a los maestros en

formación que pueda desarrollar al máximo sus potencialidades.

Para dar cumplimiento a lo anterior y garantizar los principios de la

educación inclusiva, los cuales propenden por el acceso al aprendizaje y

la participación de todos los estudiantes, se determina que para ésta

población se llevarán a cabo las siguientes acciones.

La última semana del año escolar los maestros formadores que

han trabajado con población que presenta barreras para el

aprendizaje y la participación, entregarán en las coordinaciones el

programa de flexibilización curricular y plan de apoyo a

quien dirige la comisión, debidamente diligenciado según formato

establecido.

En la primera semana del año escolar se realizará una reunión de

empalme entre los maestros formadores que han trabajado con la

población que presenta algún tipo de barrera para el aprendizaje y

la participación y aquellos maestros formadores que trabajarán en

el año lectivo, en donde se socializará el formato de

flexibilización curricular y plan de apoyo realizado el año

anterior.

Durante la segunda semana del mes de Febrero los maestros

formadores presentarán la flexibilización de indicadores de

competencias y la flexibilización en la evaluación,

consignados en el formato de flexibilización curricular y plan de

apoyo; dicha información deberá de igual modo ser entregada y

socializada con los padres de familia y los maestros en formación.

En las comisiones de evaluación de cada período los maestros

formadores entregarán el seguimiento integral al plan

debidamente diligenciado, consignado en el formato de

flexibilización curricular y plan de apoyo, al maestro director de

grupo, con el fin de que éste consigne todo el proceso del

maestro en formación.

En las comisiones de evaluación el maestro orientador de grupo

deberá diligenciar en apoyo con los demás maestros formadores

las fortalezas y aspectos a mejorar en los desempeños de

los maestros en formación, referentes a la interacción,

comunicación, participación y procesos cognitivos,

referenciados en el formato de flexibilización curricular y

plan de apoyo.

Las familias y/o acudientes de los maestros en formación que

presentan algún tipo de barrera para el aprendizaje y la

participación, deberán entregar a las coordinadoras académica y

de convivencia, durante el primer período del año escolar, el

diagnóstico médico correspondiente, que dé cuenta de la

condición; física, cognitiva, emocional, comunicativa, social, entre

otras, del maestro en formación, con el fin de definir el proceso

de flexibilización curricular.

Las familias y/o acudientes que matriculen maestros en formación

con algún tipo de barrera para el aprendizaje y la participación,

por cuestión de discapacidad o enfermedad crónica, deberán

firmar un compromiso institucional en donde se responsabilizan a

llevar a cabo el debido seguimiento médico del estudiante,

(procesos farmacológicos, terapéuticos y especializados).

Los maestros en formación que presenten algún tipo de barrera

para el aprendizaje y la participación, que sean citados en jornada

extraescolar para brindar apoyos pedagógicos, deberán asistir a

dichos encuentros con el consentimiento informado debidamente

firmado por sus padres y/o acudientes.

Para los maestros en formación que presente algún tipo de

barrera para el aprendizaje y la participación por condición de

discapacidad se garantizará la flexibilización en las pruebas saber,

las cuales deben estar adaptadas por los maestros formadores, al

nivel cognitivo del estudiante, de igual modo cada comunidad

académica asignará acompañamiento para dichas pruebas, con el

fin de posibilitar el acceso a éste aprendizaje, desde condiciones

particulares y desde el principio de favorabilidad.

La promoción de los maestros en formación que presenta algún

tipo de barrera para el aprendizaje y la participación, por

condición de discapacidad cognitiva o situación transitoria se

realizará teniendo en cuenta las competencias que los maestros

formadores plantearon al inicio del año escolar, las cuales deben

ser acordes al nivel cognitivo de los estudiantes, teniendo en

cuenta que si éstos logran la competencia en una de las

dimensiones que se plantean (Procedimental, actitudinal o

cognitiva), pueden ser promovidos al año siguiente.

Para los maestros en formación que presentan condiciones de

discapacidad de tipo sensorial (Sordos, ciegos, motores), en

donde no se ve comprometida la parte cognitiva, serán

promovidos con los mismos parámetros planteados en el artículo

12, teniendo en cuenta lo planteado por los maestros formadores

en el formato de flexibilización curricular y plan de apoyos, en

donde debe estar consignado los aspectos que se flexibilizaron

para éstos estudiantes y las actividades de apoyo que se les

ofrecieron.

Los maestros en formación que presenten algún tipo de barrera

para el aprendizaje y la participación, por condiciones de

discapacidad cognitiva, podrán solicitar con autorización de su

acudiente la graduación anticipada en el grado noveno. Para

aquellos estudiantes y familias que deseen ser promovidos en el

grado 11, tendrán derecho a que se les flexibilice la formación

vocacional, en cuanto a las prácticas pedagógicas obligatorias.

Los maestros en formación que presente algún tipo de barrera

para el aprendizaje y la participación no quedan excluidos de los

derechos y deberes para los estudiantes y padres de familia

consignados en éste sistema de evaluación.

ARTÍCULO 13: De acuerdo a la siguiente escala de valoración se

establece el siguiente cuadro cualitativo de desempeños, el cual muestra

las categorías que trabaja la Escuela Normal dentro de su formación

integral de maestros. Anexo ver cuadro adjunto de indicadores de

desempeño por categoría.

INDICADORES DE DESEMPEÑO SISTEMA INSTITUCIONAL DE

EVALUACION

La promoción se hará teniendo en cuenta los desempeños de los

maestros en formación en cada una de las áreas de acuerdo a los

siguientes indicadores de desempeño:

CATEGORÍA

DESEMPEÑO SUPERIOR

DESEMPEÑO ALTO

DESEMPEÑO BÁSICO

DESEMPEÑO BAJO

AUTONOMÍA

Realiza un proceso de aprendizaje

autónomo, yendo más allá de las

orientaciones y los planteamientos de

los maestros formadores.

Cumple con sus labores

académicas de forma autónoma

y exitosa, siguiendo las

orientaciones y planteamientos

de los maestros formadores.

Requiere apoyo de maestros

formadores y compañeros

para realizar sus actividades.

A pesar del acompañamie

nto de maestros

formadores y compañeros

no logra autonomía en

sus actuaciones.

RESPONS

ABILIDAD Y

COMPROMISO

Su actitud evidencia

responsabilidad y compromiso

consigo mismo y con la institución

educativa. Alcanza ampliamente los

objetivos de formación.

Demuestra capacidades e

interés para responder por sus

compromisos académicos,

pedagógicos e institucionales.

Cumple con los compromisos

académicos y pedagógicos

que le son asignados

Le falta responsabilida

d en sus compromisos

académicos y pedagógicos.

APROPIACIÓN

CONCEPTUAL

Comprende con claridad los

conceptos tratados en la disciplina,

siendo capaz de relacionarlos y

reconceptualizarlos, aplicándolos en

su quehacer de maestros.

Comprende los conceptos

tratados en la disciplina y logra

establecer relaciones entre

ellos.

Entiende los conceptos

relevantes tratados en la

disciplina.

No evidencia reconocimient

o y comprensión

de los conceptos

relevantes tratados en la

disciplina.

LIDERAZ

Manifiesta actitudes de

liderazgo

Se interesa por liderar y

participar en

Emprende tareas grupales

sencillas y

Le falta liderazgo e

interés en las

GO promoviendo la participación

colectiva de manera proactiva

en los diferentes espacios de

interacción.

actividades grupales.

realiza lo que le corresponde.

actividades grupales

PRESERVACIÓN

DEL AMBIENT

E

Lidera y realiza

actividades en beneficio de la

conservación del ambiente en todos

los espacios de convivencia.

Realiza y sugiere

actividades en beneficio de la

conservación del ambiente en

todos los espacios de convivencia.

Cumple con

actividades que programa la

institución para la conservación

del ambiente.

Demuestra

apatía en el mantenimient

o de un ambiente

armónico en los diferentes

espacios institucionales

.

ETICIDAD

En sus actuaciones

demuestra que su proyecto de vida

está basado en los valores humanos y

éticos propios de la filosofía

normalista y principios

institucionales.

Vive y promueve los principios

éticos

Evidencia actitudes éticas

en sus actuaciones

Manifiesta algunas

actitudes éticas en su

comportamiento personal

y grupal

CONVIVENCIA

Se relaciona

armónicamente con los otros

demostrando y promoviendo

solidaridad y haciendo del

diálogo un medio eficaz para

resolver dificultades de

convivencia.

Es asertivo en el

manejo de las relaciones intra e

interpersonales manifestando

capacidad de perdón y respeto

por el otro.

Establece

relaciones de cordialidad con

los demás.

Presenta

dificultad para relacionarse

con los demás.

Se perfila como un Asume con Cumple con la Evidencia

PRÁCTICA

PEDAGÓGICA

INVESTIGATIVA

maestro con criterio

investigativo, capaz de leer e

impactar su contexto,

reflexionar su práctica

pedagógica y sistematizar su

hacer para la construcción de

identidad como

maestro.

compromiso y responsabilidad

su práctica pedagógica

investigativa, aplicando

instrumentos y estrategias de

sistematización que favorecen la

reflexión de su práctica y la

construcción de

su identidad como maestro.

práctica pedagógica

investigativa y con apoyo del

maestro formador logra

procesos de sistematización

y reflexión de su hacer como

maestro.

falencias en el desempeño

en la práctica pedagógica

investigativa, en la

sistematización y reflexión

de su quehacer de

maestro.

PENSAMI

ENTO CRÍTICO

REFLEXIV

O

Comprende hechos, objetos de

conocimiento y realidades sociales

y asume una postura crítica y

reflexiva frente a ellos, manifiesta

en sus

producciones.

Es capaz de comprender,

analizar y cuestionar

hechos, objetos de conocimiento

y realidades sociales,

expresando sus

reflexiones en espacios

colectivos.

Reconoce y cuestiona

hechos, objetos de

conocimiento y realidades

sociales.

No evidencia una postura

crítica frente a hechos,

objetos de conocimiento

y realidades sociales.

USO DE

RECURSOS

TECNOLÓ

GICOS

Apropia de forma responsable,

honesta y creativa las TIC como

herramienta

importante en el proceso de

aprendizaje y en el ejercicio de las

prácticas pedagógicas.

Implementa de forma

responsable, honesta y

adecuada las TIC,

como herramienta

importante en el proceso de

aprendizaje y en el ejercicio de las

prácticas pedagógicas.

Complementa su proceso de

formación con el uso

responsable,

honesto, adecuado, pero

limitado de las TIC.

No integra las TIC de forma

responsable, honesta y

adecuada en

su proceso de formación,

evidenciando poca apertura

o disposición para el uso de

las mismas.

Construye Interactúa con los Asume los roles Adopta

TRABAJO EN

EQUIPO

acuerdos y significados

comunes, participando

efectivamente en el trabajo

colaborativo.

miembros del grupo para

alcanzar objetivos comunes

del trabajo en equipo con

responsabilidad.

actitudes inadecuadas

que no favorecen el

trabajo en equipo.

CREATIVI

DAD

Explora

creativamente sus habilidades para la

solución de situaciones

problema aprovechando los

recursos que tiene a su alcance

Hace uso de sus

habilidades y competencias

para el aprovechamiento

creativo de los recursos que

tiene a su alcance

Reconoce y

utiliza sus habilidades

creativas en el desempeño

académico y personal.

Le falta

creatividad en las

actividades académicas y

pedagógicas.

PROYECCIÓN

SOCIAL

Su actitud refleja

sensibilidad social, se interesa por

comprender lo que ocurre en su

entorno y propone estrategias de

intervención.

Se perfila como

un maestro con alto sentido social

y capacidad de servicio a la

comunidad

Participa en

compromisos institucionales y

comunitarios solo cuando se

le solicita

Su actitud

muestra falta de

compromiso social para

causas comunitarias

e institucionales

IDENTID

AD

INSTITUCIONAL

Su ser y su quehacer

evidencian interiorización de

la filosofía institucional.

Sus actuaciones guardan

coherencia con la filosofía

institucional.

En sus actuaciones se

perciben algunos rasgos

de identidad institucional.

Es indiferente a los procesos

institucionales, su actitud

no es coherente con

la formación recibida

PROCESOS DE

LECTURA Y

ESCRITURA

Construye textos

en forma

coherente

producto de su

reflexión y de su

proceso de lectura

En sus escritos se

evidencian argumentos

claros producto de un buen

proceso lector.

Ha desarrollado

habilidades básicas en los

procesos de lectura y

escritura.

No evidencia

desarrollo de habilidades y

competencias en los

procesos de lectura y

crítica de diversos

contextos

escritura.

VOCACIO

NALIDAD PEDAGÓG

ICA

Evidencia una sólida

vocacionalidad pedagógica y la

promueve desde su ser, saber y

actuar de maestro

Evidencia vocacionalidad

pedagógica en su ser, saber y

actuar de maestro.

Evidencia en sus actitudes

interés por la vocacionalidad

pedagógica

No alcanza a evidenciar en

su ser, saber y hacer un

deseo por ser maestro.

DIVERSIDAD E

INCLUSIÓN

Promueve acciones

y reflexiones en torno a la atención

de la diversidad educativa

Reconoce y

respeta la diversidad y

desarrolla estrategias para

su atención

Asume la

diversidad como algo

natural en los contextos en

los que interactúa

No se

evidencia en su actuar

reconocimiento, ni respeto

por la diversidad

ARTÍCULO 14: Para la Promoción del grado 11º se consideran casos

especiales los siguientes:

1. Maestros en formación que no lograron superar una o dos áreas, y

que pasan su examen de admisión a la universidad pública o que

saquen un puntaje de 310 o más en pruebas saber 11º serán

promovidos.

2. En el caso de que un estudiante obtenga como resultado un

puntaje 260 o más en resultado pruebas saber 11º y tenga una

área que no alcanzó su promoción y haya obtenido en ésta un

puntaje de 70 0 más será promovido.

3. Otros casos especiales

a. Para los maestros en formación que no fueron promovidos al

grado siguiente por pérdida de 3 o más áreas. para su promoción

anticipada al año siguiente debe evidenciar en el primer periodo la

aprobación de todas las áreas y obtener en este, un promedio de

4.0 o superior. (aprobado).

Parágrafo: Los educandos a los que se refiere el numeral 1

deberán recibir asesoría y acompañamiento del maestro que

orienta el área en cada grado, para superar sus debilidades en el

aprendizaje, durante el desarrollo del primer periodo académico.

(Tener en cuenta el diagnóstico del año inmediatamente anterior y

los indicadores de desempeño de promoción).

b. Promoción de un área: Para la promoción de un área fundamental

obligatoria y/o u optativa se hará el promedio de las asignaturas

que componen el área (media ponderada) proporcional a la

intensidad horaria de cada asignatura.

Parágrafo 1: Debido a que la esencia de la escuela normal es la

pedagogía, cuando un maestro en formación de la media, repruebe el

área de formación pedagógica, deberá repetir el año escolar en la

institución, sin tener en cuenta que otras asignaturas haya o no perdido.

4. Se definirá el año escolar en el mes de Noviembre, ya que esto

permite organización y claridad para la institución, los padres de

familia y los maestros en formación.

5. El maestro formador debe elaborar la guía didáctica para las

actividades de apoyo que deben realizar los maestros en

formación en su totalidad en el tiempo de vacaciones (Ver

Formato de Actividades de Apoyo).

6. La inasistencia a la actividad académica pedagógica de la

institución en un 20%, sin justificación, es motivo de reprobación

escolar.

ARTICULO 15. Promoción anticipada

La Escuela Normal en ejercicio de su autonomía, realiza la promoción

anticipada a aquellos maestros en formación que demuestran las

competencias excepcionales, previo concepto de la comisión de

promoción y evaluación y en acuerdo con el padre de familia y el

maestro en formación. Además facilita la promoción al grado siguiente

a aquellos educandos que no la obtuvieron en el año lectivo anterior

pero que en el primer periodo demuestran obtener un desempeño Alto

en sus competencias respectivas. (Artículo 7º del decreto 1290 de

2009)

Artículo 16. Creación del sistema institucional de evaluación de

los maestros en formación

a. El sistema institucional de evaluación estará regido por el manual de

procedimientos, actualizado acorde a las normas del decreto 1290 de

2009 y construido por el colectivo de la comunidad educativa, el cual

es aprobado por el Consejo Directivo.

b. La institución buscará estrategias para divulgar el Manual de

Procedimiento con todo lo que implica.

c. Continuar con políticas claras como: contratos académicos,

pedagógicos, de convivencia, comisiones de evaluación, procesos de

revitalización, realización de pruebas saber por periodos entre otros.

d. La institución conformará una comisión de alto nivel con directivos,

maestros formadores y en formación, padres de familia, egresados,

para retroalimentar la propuesta de evaluación existente y divulgarla.

e. La propuesta de evaluación será articulada al PEI, en el componente

académico pedagógico.

ARTÍCULO 17. Responsabilidad de la Escuela Normal

a. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de

los maestros en formación, después de su aprobación por el consejo

académico.

b. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios,

procesos y procedimientos de evaluación estrategias para la

superación de debilidades y promoción de los maestros en formación,

definidos por el consejo directivo.

c. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar,

diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de

apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar

recomendaciones a maestros en formación, padres de familia y

maestros formadores.

d. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el

maestro en formación, con el fin de presentar los informes periódicos

de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de

las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los

involucrados.

e. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de

los procesos de evaluación y promoción de los maestros en

formación.

f. Atender los requerimientos de los padres de familia, maestros en

formación y programar reuniones con ellos cuando sea necesario.

g. A través de Consejo Directivo servir de instancia para decidir sobre

reclamaciones que presenten los maestros en formación o sus

padres de familia en relación con la evaluación o promoción.

h. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de

identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el

desempeño de los maestros en formación, e introducir las

modificaciones que sean necesarias para mejorar.

i. Presentar a las pruebas censales del ICFES, Saber y ECAES la

totalidad de los maestros en formación que se encuentren

matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los

procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le

requiera.

j. Adecuar el horario escolar en la semana de revitalización académica

con el fin de abrir los espacios necesarios para el desarrollo de este

proceso.

ARTICULO 18: Sobre los derechos de los maestros en formación

a. La Escuela Normal garantiza la evaluación integral, por medio de la

evaluación cualitativa y descriptiva, que dé cuenta del desarrollo de

las competencias, logros y estándares estipulados, con un

acompañamiento continuo de los maestros formadores.

b. Para el seguimiento, lo primero que debe darse es un acercamiento

personal, para conocer un poco más el maestro en formación, luego

comunicar a sus padres o acudientes su situación particular, a fin de

establecer las pautas que permitan superar las falencias.

c. Al inicio del año escolar, la escuela Normal desde coordinación

Pedagógica da a conocer a los padres de familia, maestros

formadores y en formación los proyectos de prácticas pedagógicas e

investigativas y los procesos evaluativas que de aquí se generan.

d. Comunicar a los padres de familia sobre el proceso de seguimiento,

los avances y las debilidades de los maestros en formación en las

diferentes disciplinas.

e. El plan de recuperación debe ser general para la institución y

particular para cada maestro en formación.

f. Con el fin de dar a conocer el sistema de evaluación, la Escuela

Normal desarrollará talleres, conversatorios, mesas de trabajo con

toda la comunidad educativa.

g. Los maestros en formación podrán solicitar por escrito y con la respectiva evidencia el estudio de un caso particular.

ARTICULO 19: Deberes de los maestros en formación

a. Hacerse responsable de los compromisos académicos, pedagógicos y

de convivencia adquiridos en el momento de la matrícula.

b. Cumplir responsablemente con las exigencias de los contratos

académicos, pedagógicos disciplinarios

c. Elaborar el proyecto de vida personal que le permita tener metas

claras para alcanzar sus sueños.

d. Participar activamente en todas las actividades y proyectos que

realiza la institución, contribuyendo así al desarrollo de las diferentes

competencias.

ARTICULO 20. Derechos de los padres de familia.

a. Conocer los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y

promoción del sistema institucional.

b. Acompañar el proceso evaluativo de sus hijos, participando de las

reuniones programadas por la Escuela Normal

c. Ser atendidos por los directivos y maestros formadores en los

espacios establecidos para expresar sus inquietudes.

d. Participar en los diferentes organismos que tiene la institución:

consejo de padres, ASOPADRES, COMITÉ

DE EGRESADOS, COMISIONES DE EVALUACIÓN, entre

otros.

e. Recibir informes claros, oportunos y precisos sobre el proceso

formativo de sus hijos.

ARTICULO 21. Deberes de los padres de familia.

a. La Escuela Normal desde su cultura democrática posibilita la

participación en las diferentes instancias del gobierno escolar a los

padres de familia quienes también ayudan a definir los criterios y

procedimientos de la evaluación del aprendizaje de sus hijos y

promoción escolar

b. Es responsabilidad directa de los padres de familia revisar el

seguimiento y acompañamiento permanente al proceso evaluativo de

sus hijos.

c. Participar en las escuelas de padres programadas por la institución.

ARTICULO 22. Registro escolar.

a. La escuela Normal actualiza, ajusta y sistematiza permanentemente

su base de datos, según lo requiera el momento.

b. Dada la naturaleza propia de la Escuela Normal se cuenta también

con archivos en las diferentes Comunidades Académicas que dan

cuenta de los proyectos de investigación y las diferentes actividades

que se llevan a cabo desde los mismos.

ARTIULO 23 Constancias de desempeño

La escuela Normal Expide registros, constancias, certificados o

cualquier tipo de documento requerido por los maestros en

formación o padres de familia, manteniendo los principios éticos,

propios de la institución (Art. 17 decreto 1290 de 2009)

ARTIULO 24 Constancias de desempeño

La escuela Normal Expide registros, constancias, certificados o

cualquier tipo de documento requerido por los maestros en

formación o padres de familia, manteniendo los principios éticos,

propios de la institución (Art. 17 decreto 1290 de 2009)

ARTICULO 25 Graduación.

a. Los Maestros en formación del grado once y la formación complementaria deben superar con desempeño básico, alto y/o

superior todas las signaturas, al igual que cumplir con las normas éticas y morales que estipula el manual de convivencia de la Escuela

Normal para ser graduados en ceremonia.

b. Con respecto a los maestros en formación que no alcancen los

requisitos para la graduación, recibirán por ventanilla su título, según

los parámetros establecidos en el manual de Procedimiento de la

institución.

ARTICULO 26 : Vigencia del Sistema Institucional de Evaluación

(SIE), rige a partir de su publicación y será tenido en cuenta para los

procesos de Evaluación del aprendizaje en los maestros en

formación, y la verificación de los criterios establecidos en el mismo

en la aplicación que realicen los maestros formadores.

Publicación el día 26 DE FEBRERO de 2015 Consejo Directivo Escuela

Normal Superior Rafael María Giraldo.