Entidades de comercio exterior
Click here to load reader
-
Upload
nicolas-rubiano -
Category
Education
-
view
208 -
download
3
Transcript of Entidades de comercio exterior
ENTIDADES
Ministerio de comercio exterior:
el órgano de Gobierno de la Administración General del Estado encargado de
apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así
como la gestión turística de las diferentes regiones. Es un eje fundamental en el
desarrollo económico colombiano. Entre sus diferentes funciones, también están
las de formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas generales en materia de
desarrollo económico y social del país. El objetivo principal del Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo Colombiano es la creación y generación de normas
y políticas en el ámbito institucional, que son ejecutadas por las entidades
adscritas o vinculadas a éste, además de contribuir a mejorar el posicionamiento
internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de los colombianos.
Ministerio de interior y justicia:
es un organismo del Poder Ejecutivo central, encargado de la coordinación
general de las políticas de participación ciudadana, descentralización,
ordenamiento territorial, asuntos políticos y legislativos, orden público (junto al
Ministerio de Defensa Nacional), procesos electorales, administración de justicia,
registros notariales, minorías étnicas, derechos humanos, entre otros asuntos. Su
titular, el Ministro de Interior y Justicia es designado por el Presidente de la
República, y ocupa el primer lugar en el orden de precedencia del gabinete de
ministros. Es conocido en los medios periodísticos como el "ministerio de la
política" por su directa relación con el Congreso y los partidos políticos
Ministerio de relaciones exteriores:
es la entidad encargada de dirigir y coordinar la política exterior y las relaciones
diplomáticas de Colombia; su titular es designado y puede ser libremente
removido por el Presidente de la República y hace parte del gabinete de ministros,
con el segundo lugar en el orden de precedencia, detrás del ministro del Interior y
de Justicia. El ministerio es conocido coloquialmente como Cancillería y funciona
en el Palacio de San Carlos, en Bogotá
Ministerio de hacienda y crédito público: es el ministerio de Colombia
encargado de definir, formular y ejecutar la política económica del país, los planes
generales, programas y proyectos relacionados con esta, como también la
preparación de leyes, y decretos y la regulación, en materia fiscal, tributaria,
aduanera, de crédito público, presupuestal, de tesorería, cooperativa, financiera,
cambiaria, monetaria y crediticia, sin perjuicio de las atribuciones dadas a la Junta
Directiva del Banco de la República y las que dirija a través de organismos
adscritos o vinculados para el ejercicio de las actividades que correspondan a la
intervención del estado en las actividades financieras, bursátil, aseguradora y
cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los
recursos del ahorro público y el tesoro nacional de conformidad con la
Constitución colombiana de 1991
Ministerio de defensa de Colombia:
es la máxima autoridad en materia de defensa, seguridad, asuntos militares en el
país; formula, diseña, desarrolla y ejecuta las políticas de defensa y seguridad
nacionales; conduce la Fuerza Pública; conformada por las Fuerzas Militares,
(Ejército Nacional, Armada Nacional, Fuerza Aérea), y la Policía Nacional. Tiene
adscrito además la Defensa Civil Colombiana (Institución Social y Humanitaria de
Rescate y Socorro). El ministro de Defensa por delegación del Presidente, quien
es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, y Jefe Superior de la Policía
Nacional; le compete mantener la soberanía nacional, la independencia, la
integridad territorial, el orden constitucional; y el orden público, que refiere a la
seguridad y convivencia ciudadana
Ministerio de protección social:
Es un ente regulador que determina normas y directrices en materia de Protección
Social, como en temas de salud pública, trabajo, asistencia social, población en
riesgo y pobreza.
Ministerio de minas y energías:
es la oficina estatal que se encarga de dirigir la política nacional en cuanto a
minería, hidrocarburos e infraestructura energética. Su titular es designado por el
Presidente de Colombia.
Ministerio de educación de Colombia:
se encuentra en el Centro Administrativo Nacional (CAN) de Bogotá. La Ministra
de Educación Nacional es Cecilia María Vélez White; Juana Inés Díaz Tafur es la
Viceministra de Preescolar, Básica y Media; Gabriel Burgos Mantilla es
Viceministro de Educación Superior; y Nohemy Arias Otero es Secretaria General
del Ministerio de Educación. La misión del ministerio es de "Garantizar el derecho
a la educación con criterios de equidad, calidad y efectividad, que forme
ciudadanos honestos, competentes, responsables y capaces de construir una
sociedad feliz, equitativa, productiva competitiva, solidaria y orgullosa de sí
misma."Sus servicios son la definición de políticas y normatividad, la distribución y
seguimiento de recursos financieros, desarrollo de proyectos, asistencia técnica,
atención de trámites de aseguramiento de calidad en educación superior, y el
suministro y divulgación de información.
Ministerio de media ambiente, vivienda y desarrollo territorial:
Es un ente regulador que determina normas y directrices en materia de ambiente,
vivienda, desarrollo, agua potable, por medio de estrategias que involucran el
desarrollo sostenible.
Ministerio de cultura:
Es la entidad gubernamental encargada de coordinar, regular y emitir las
disposiciones referentes a la preservación y promoción de las diferentes
expresiones de la Cultura de Colombia. Desde el año 2007 Paula Marcela Moreno
Zapata es la ministra de cultura.
Ministerio de agricultura:
Formular las políticas para el desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de
Desarrollo Rural. Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y
proyectos que requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de
Desarrollo Rural, y en general de las áreas rurales del país. Presentar los planes y
programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional de Desarrollo.
Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda
legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las
funciones del sector. Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones
Exteriores y de Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del
sector. Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos
de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las
necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y
designar al funcionario que actuará como coordinador de cada grupo. Crear,
conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de asesoría y
coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones. Dirigir
y coordinar lo relacionado con el Control Interno Disciplinario. Las demás previstas
en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el
Presidente de la República.
Ministerio de transporte:
Participar en la formulación de la política, planes y programas de desarrollo
económico y social del país. Formular las políticas del Gobierno Nacional en
materia de tránsito, transporte y la infraestructura de los modos de su
competencia. Establecer la política del Gobierno Nacional para la directa,
controlada y libre fijación de tarifas de transporte nacional e internacional en
relación con los modos de su competencia, sin perjuicio de lo previsto en acuerdos
y tratados de carácter internacional. Formular la regulación técnica en materia de
tránsito y transporte de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo. Formular la
regulación económica en materia de tránsito, transporte e infraestructura para
todos los modos de transporte. Establecer las disposiciones que propendan por la
integración y el fortalecimiento de los servicios de transporte. Fijar y adoptar la
política, planes y programas en materia de seguridad en los diferentes modos de
transporte y de construcción y conservación de su infraestructura. Establecer las
políticas para el desarrollo de la infraestructura mediante sistemas como
concesiones u otras modalidades de participación de capital privado o mixto.
Apoyar y prestar colaboración técnica a los organismos estatales en los planes y
programas que requieran asistencia técnica en el área de la construcción de obras
y de infraestructura física, con el fin de contribuir a la creación y mantenimiento de
condiciones que propicien el bienestar y desarrollo comunitario. Elaborar el
proyecto del plan sectorial de transporte e infraestructura, en coordinación con el
Departamento Nacional de Planeación y las entidades del sector y evaluar sus
resultados. Elaborar los planes modales de transporte y su infraestructura con el
apoyo de las entidades ejecutoras, las entidades territoriales y la Dirección
General Marítima, Dimar. Coordinar, promover, vigilar y evaluar las políticas del
Gobierno Nacional en materia de tránsito, transporte e infraestructura de los
modos de su competencia. Diseñar, coordinar y participar en programas de
investigación y desarrollo científico, tecnológico y administrativo en las áreas de su
competencia. Impulsar en coordinación con los Ministerios competentes las
negociaciones internacionales relacionadas con las materias de su competencia.
Orientar y coordinar conforme a lo establecido en el presente decreto y en las
disposiciones vigentes, a las entidades adscritas y ejercer el control de tutela
sobre las mismas. Coordinar el Consejo Consultivo de Transporte y el Comité de
Coordinación Permanente entre el Ministerio de Transporte y la Dirección General
Marítima, Dimar. Participar en los asuntos de su competencia, en las acciones
orientadas por el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres. Las
demás que le sean asignadas.
Entidades del gobierno y funciones
INCODER:
Hace parte del ministerio de agricultura y se encarga de Promover la identificación
y consolidación económica y social de las áreas de desarrollo rural mediante el
apoyo técnico y financiero a programas de desarrollo productivo agropecuario,
forestal y pesquero de propósito común, que permitan a los actores rurales de
identificación de oportunidades que su realidad les ofrece y la concertación de las
inversiones requeridas. Facilitar a los pequeños y medianos productores rurales el
acceso a la tierra y demás factores productivos, promoviendo diferentes
alternativas para el uso eficiente, racional y sostenible de los mismos. Gestionar y
otorgar recursos de financiación, cofinanciación, subsidios, e incentivos para
apoyar la ejecución de programas de desarrollo agropecuario y rural en los
territorios en donde se establezcan áreas de actuación. promover y adelantar
actividades de difusión, capacitación, asesoramiento y acompañamiento, en
relación con el acceso a los factores productivos, de tal manera que se logre
instruir a la población beneficiaria respecto de sus posibilidades de actuación.
Contribuir al fortalecimiento de la actividad pesquera y acuícola mediante la
investigación, ordenamiento, administración, control y regulación para el
aprovechamiento y desarrollo sostenible de estos recursos. Promover y ejecutar,
directamente ó a través de terceros de reconocida idoneidad, proyectos de
adecuación de tierras, seleccionados conforme a los criterios de priorización
establecidos en la ley 41 de 1993 e impulsar a la organización de las asociaciones
de usuarios. Consolidar los procesos participativos de planeación institucional,
regional y local para la definición de programas de agropecuarios y de desarrollo
rural, la identificación de iniciativas financiables, la concertación de las inversiones
requeridas y el seguimiento y control de las mismas. Promover y adelantar
actividades de coordinación inter e intersectorial para la integración de las
acciones en el medio rural, así como el fortalecimiento de las organizaciones
departamentales y locales del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo
Rural Campesino.
ICA:
Asesorar al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en la formulación de la
política y los planes de desarrollo agropecuario, y en la prevención de riesgos
sanitarios y fitosanitarios, biológicos y químicos para las especies animales y
vegetales. Planificar y ejecutar acciones para proteger la producción agropecuaria
de plagas y enfermedades que afecten o puedan afectar las especies animales o
vegetales del país o asociarse para los mismos fines. Ejercer el control técnico
sobre las importaciones de insumos destinados a la actividad agropecuaria, así
como de animales, vegetales y productos de origen animal y vegetal, a fin de
prevenir la introducción de enfermedades y plagas que puedan afectar la
agricultura y la ganadería del país, y certificar la calidad sanitaria y fitosanitaria de
las exportaciones, cuando así lo exija el país importador.
INVIMA:
Es El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Reconocida
con la sigla INVIMA. Es un entidad pública del orden nacional, de carácter
científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y
patrimonio independiente, perteneciente al Sistema de Salud, adscrito al Ministerio
de la Protección Social y con sujeción a las disposiciones generales que regulan
su funcionamiento. ejecuta las políticas formuladas por el Ministerio de la
Protección Social en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de:
medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas alcohólicas, cosméticos,
dispositivos, elementos médico quirúrgicos, odontológicos, productos naturales,
homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y otros
que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva.
Proexport:
Es un patrimonio autónomo administrado por Fiducoldex, integrado con los
recursos destinados a la promoción de las exportaciones y por los recursos
provenientes de los servicios remunerados por sus usuarios, en desarrollo del
literal d) del artículo 282 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Parágrafo. Se entiende por promoción a las exportaciones las actividades
asignadas al fideicomiso por el Decreto 663 de 1993, las acciones necesarias para
ejecutar el Plan Estratégico Exportador a diez años, así como las labores dirigidas
al fortalecimiento de la estrategia de competitividad y productividad del país y al
desarrollo de los instrumentos de apoyo a la oferta exportable, actividades que
podrán ser asumidas total o parcialmente por la Nación.
FIDUCOLDEX:
Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior, S.A. Sociedad de servicios financieros de economía mixta indirecta del orden nacional, adscrita al Ministerio de Comercio Exterior y filial del Banco de Comercio Exterior BANCOLDEX; constituida mediante escritura pública número 1.497 de octubre 31 de 1.992, otorgada en la Notaría Cuarta de Cartagena (Bolívar), autorizada para funcionar mediante resolución número 4.535 de noviembre 3 de 1.992 expedida por la Superintendencia Bancaria. BANCOLDEX:
Sociedad anónima, de economía mixta, vinculada al Ministerio de Comercio Industria y Turismo, que inició operaciones en 1992, siendo el Gobierno Nacional su mayor accionista. Opera en Colombia como un Banco de Redescuento, que ofrece productos y servicios financieros a las empresas que forman parte de la cadena exportadora de bienes y servicios colombianos. En el exterior suministra, por conducto de bancos previamente calificados, financiación para el importador de bienes y servicios colombianos y sirve de instrumento financiero del estado colombiano para respaldar el Plan Estratégico Exportador. BANCO DE LA REPUBLICA:
El Banco de la República es el Banco Central de Colombia y está organizado como una persona jurídica de derecho público con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio, según lo expresado en la Constitución Política de Colombia de 1991 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES:
Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la Ley en relación con otras personas jurídicas o naturales.