Enrique Chinchilla Cierre Fiscal 2011 Enrique Chinchilla Noviembre, 2011.

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Enrique Chinchilla

Cierre Fiscal 2011Cierre Fiscal 2011

Enrique Chinchilla

Noviembre, 2011

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2Enrique Chinchilla

Cierre Fiscal 2011Cierre Fiscal 2011

I. Presupuestos y caída recaudación.

II. Novedades I Sociedades 2010 -2011.

Libertad amortización.

Mantenimiento régimen ERD.

Simplificación Obligaciones Documentación.

III. Planificación Fiscal Cierre 2011.

IV. Actuaciones Inspectoras.

V. Perspectivas Tributarias.

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Enrique Chinchilla

Presupuestos y Presupuestos y

caída recaudacióncaída recaudación

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4Enrique Chinchilla

Evolución histórica Evolución histórica Presión fiscal / PIBPresión fiscal / PIB

4

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5Enrique Chinchilla

Presión fiscal en Europa Presión fiscal en Europa (2003 - 2007)(2003 - 2007)

5

Fuente: IEE / Eurostat

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6Enrique Chinchilla 66

Evolución Gastos Evolución Gastos Administraciones PúblicasAdministraciones Públicas

Fuente: Eurostat

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7Enrique Chinchilla 77

Presión fiscal UE (2007 / 2009)Presión fiscal UE (2007 / 2009)

Fuente: Eurostat. Government Finance Statistics

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8Enrique Chinchilla 88

Presión fiscal UE (2008)Presión fiscal UE (2008)

Fuente: Comisión Europea. Taxation Trends in the UE

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9Enrique Chinchilla 99

Esfuerzo Fiscal UE (2008)Esfuerzo Fiscal UE (2008)

Fuente: Instituto Juan de Mariana

Esfuerzo Fiscal (índice de Frank) = Presión Fiscal / PIB per cápita

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10Enrique Chinchilla 1010

Las Cuentas de HaciendaLas Cuentas de Hacienda

Fuente: Agencia Tributaria

Millones €

Presupuesto

% P11 / L10

2011

Enero /Sept.

% 11/10

Liquidación

2010 2011

TOTAL 158.799 164.278 3,5% 118.793 6,16%

IRPF 66.977 71.761 7,1% 51.483 4,1%

IS (+ no resid.) 19.936 19.745 -1,0% 12.456 -12,5%

Total Directos 86.913 91.506 5,3% 63.939 0,4%

IVA 49.079 48.952 -0,3% 38.136 1,9%

I. Especiales 19.806 20.825 5,1% 14.476 -3,0%

Otros impuestos 3.001 2.995 -0,2% 2. 242 0,8%

Total Indirectos 71.886 72.772 1,2% 54.854 0,6%

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11Enrique Chinchilla

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12Enrique Chinchilla

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13Enrique Chinchilla 13

Ortodoxia FinancieraOrtodoxia Financiera

“Hay dos formas de conquistar y esclavizar a una nación.

Una es con la espada, la otra es con la deuda.”

- John Adams -

“Sólo hay dos formas de pagar las deudas:

Por el trabajo y con la muerte.”

- Thomas Carlyle -

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14Enrique Chinchilla

Medidas ExtraordinariasMedidas ExtraordinariasMayo 2010Mayo 2010

RD Ley 8/2010

Objetivo Reducción Déficit Público.

Reducción 5% Retribución Funcionarios.

Congelación Pensiones.

Recorte gasto farmacéutico y sanidad.

Restricción al endeudamiento Entidades Locales.

Eliminación 400 € y Cheque Bebé en IRPF.

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15Enrique Chinchilla

Subida IRPF 2011Subida IRPF 2011

Subida Tipo marginal IRPF (la tabla pasa de 4 a 6 tramos):

Bases Liquidables > 120.000 € al 22,5% € (+ Tramo Autonómico).

Bases Liquidables > 175.000 € al 23,5% (+ Tramo Autonómico).

En Madrid > 120.000 € (43,90%) y > 175.000 € (44,90%).

Reducción 40% rentas irregulares, con límite de 300.000 € .

Medidas para evitar diferimiento tributación accionistas de SICAV.

Se reinstaura el “Impuesto durmiente” del Patrimonio.

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Enrique Chinchilla

Novedades I. Sociedades Novedades I. Sociedades

2010 - 20112010 - 2011

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17Enrique Chinchilla

Medidas IS 2010 / 2011Medidas IS 2010 / 2011

Libertad Amortización AFN 2.009 y 2010 (+ 2011 y 2012 PZ).

Reducción Tipo de Gravamen Microempresas (2009, 2010 y 2011).

Modificación condiciones contratos leasing (2009,2010 y 2011).

Progresiva reducción Deducciones en cuota.

Simplificación documentación Precios Transferencia.

Reducción de capital con devolución aportaciones de las SICAV, no

computa como menor Valor Cartera.

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18Enrique Chinchilla

Libertad AmortizaciónLibertad Amortización

Libertad de Amortización con mantenimiento empleo.

Inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de

las inversiones inmobiliarias, afectos a actividades económicas.

Puesta a disposición 2009 y 2010 ( + 2011 y 2012 P. Zurbano).

Mantenimiento de la plantilla media (no desde 03/12/2010):

los veinticuatro meses siguientes a la fecha del período

entrada en funcionamiento.

respecto plantilla media doce meses anteriores.

No condicionada a su imputación contable en PyG.

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19Enrique Chinchilla

Tipo IS 2010 Unión EuropeaTipo IS 2010 Unión Europea

30%

33%

20%27,5%24%

21%

25%

25%

29,41%

20%

21,8%

34%

25,50%

25%

12,50%

28%

28%

26 %

21%

15%15%

19%

19%

19%

UE

22,4%

Fuente : Eurostat

10%

26,30%

24,50%

18%

16%

24%

20%

25%

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20Enrique Chinchilla

Tipo IS MicroempresasTipo IS Microempresas

Reducción 5 puntos IS Microempresas (2009, 2010 y 2011).

20%: Tramo BI hasta 120.000 € (300.000 € en 2011).

25%: Resto.

Requisitos: Se valoran independientemente en cada ejercicio.

Cifra negocios < 5 M € (criterio Grupo).

Plantilla media < 25 empleados y > 1 empleado.

Plantilla media 2010 no < plantilla media 2009.

Plantilla Media:

Empleados con contrato laboral y jornada completa (no socio).

Nueva creación: Tipo reducido si primer período < 1 empleado.

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21Enrique Chinchilla 2121

Cargas Impositivas PYMESCargas Impositivas PYMES

Fuente: Doing Business 2011 OCDE

Indicador España Media OCDE

Costes Administrativos

- Número de pagos/año 8 14

- Tiempo empleado (horas/año) 197 199

- Impuesto sobre Sociedades 21,6% 19,8%

- Seguridad Social 34,9% 23,3%

- IVA 18% 18%-25%

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22Enrique Chinchilla

Reducción Reducción DeduccionesDeducciones

1/01/2006 20% 25% 10% 5% 30% 50% 20% 15% 10%

1/01/2007 14,50% 12% 8% 4% 27% 46% 18% 13% 9%

1/01/2008 12% 9% 6% 3% 25% 42% 17% 12% 8%

1/01/2009 12% 6% 4% 2% 25% 42% 17% 12% 8%

1/01/2010 12% 3% 2% 1% 25% 42% 17% 12% 8%

1/01/2011(*) 12% 0% 2% 1% 25% 42% 17% 12% 8%

1/01/2012 (*) 12% 0% 0% 0% 25% 42% 17% 12% 8%

1/01/2013 (*) 12% 0% 0% 0% 25% 42% 17% 12% 8%

1/01/2014 (*) 12% 0% 0% 0% 25% 42% 17% 12% 8%

Concepto Reinvers.

Bºs Extr.

D.

Export

D Formación

(2011: Nuevas

Tecnologías)

D. I+D

Gastos

I+D Invest.cualific

IT

Encarg

Univ.

I+D Inv

Inmob y resto

Ejercicios

iniciados

a partir de

(*) Se prorroga el régimen de incentivos I+D + i.

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23Enrique Chinchilla

Obligaciones DocumentaciónObligaciones Documentación

Se exime obligación documentación PT:

Pactos Zurbano (09/04/2010).

ERD, si conjunto de operaciones vinculadas < 100 mil €.

Si exceden dichos límites y no documentan, la sanción será la

menor de: 10% operaciones vinculadas ó el 1% facturación.

Compromiso Gobierno de simplificar obligaciones formales.

RD Impulso Recuperación Económica (9/07/2010).

Todas las empresas, si las operaciones realizadas con la misma

persona o entidad vinculada < 250 mil € valor de mercado.

Documentar transmisión negocios, inmuebles o intangibles.

La no obligación documentación, no excluye aplicar precios de mercado.

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24Enrique Chinchilla

Fomento Actividad Empresarial, Fomento Actividad Empresarial, Inversión y Empleo (IS 2011)Inversión y Empleo (IS 2011)

Libertad Amortización: De 2011 hasta 2015, sin mantener empleo.

Aplicable en el 2011, a inversiones a partir 3/12/2010

Empresas Reducida Dimensión / Micro Empresas:

Tipo gravamen reducido (25% / 20%) primeros 300.000 €.

Importe neto cifra de negocios ERD de 8 a 10 millones €.

Exención 1% ITP OS Ampliación Capital.

Supresión obligatoriedad cuotas Cámaras de Comercio.

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25Enrique Chinchilla

Medidas Agosto 2011Medidas Agosto 2011

Pagos Fraccionados: (2011 + 2012 + 2013)

21%: Cifra negocios > 6 M € y < 20 M €.

24%: Cifra Negocios > 20 M €.

27%: Cifra negocios > 60 M €.

Compensación BIN´s, queda limitada: (2011 + 2012 + 2013)

75%: Cifra Negocios > 20 M € y < 60 M €.

50%: Cifra negocios > 60 M €.

Se amplía plazo de compensación a 18 años (antes 15 años).

Fondo Comercio financiero amortizable al 1% (2011 + 2012 + 2013)

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Enrique Chinchilla

Planificación fiscal Planificación fiscal

20112011

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27Enrique Chinchilla

Plan General Contable vs. Plan General Contable vs. Normas InternacionalesNormas Internacionales

Protección Patrimonial Información Inversores

Precio Adquisición ó

Mercado el menor Valor Razonable

Principio Prudencia Imagen Fiel

Forma Jurídica Fondo económico

Estático / Seguridad Dinámico / Subjetividad

Anterior PGC N I C

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28Enrique Chinchilla

Deterioro Participadas Deterioro Participadas (1)(1)

El nuevo Plan General Contable, sólo permite contabilizar deterioro en

empresas del Grupo a resultas del “análisis de recuperación”.

Fiscalmente, en entidades no cotizadas:

Dotación fiscal si Coste Cartera > Fondos Propios, con límite de

las pérdidas.

Deducible en proporción a la participación, sin imputación en PyG.

Se reduce o aumenta por deducciones y ajustes positivos de la

participada en otras entidades del grupo, multigrupo y asociadas.

Los fondos propios se corrigen por gastos fiscalmente no deducibles.

La reversión se efectuará como ajuste positivo en BI, si valor fondos

propios al cierre > al inicio.

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29Enrique Chinchilla

Deterioro Participadas Deterioro Participadas (2)(2)

T.E.A.C. 10 - 09 - 09 y 17 - 03 - 10

Es deducible la dotación a la provisión por depreciación de valores

de entidades extranjeras, pero el VTC debe determinarse conforme

a las normas contables españolas (homogenización).

D.G.T. 12 - 04 - 10

El balance a considerar es el balance individual de la sociedad

participada y no el balance consolidado.

El importe de los fondos propios de la entidad participada se reducirán

o aumentarán por las deducciones y ajustes positivos que ésta

última entidad haya practicado correspondientes a otras

participaciones multigrupo y asociadas.

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30Enrique Chinchilla

Fondo de ComercioFondo de Comercio

D.G.T. 02 - 06 - 10

Se deberá justificar que la corrección valorativa por deterioro del fondo

de comercio responde a una pérdida de valor irreversible de ese

inmovilizado intangible, validado por los auditores.

La corrección valorativa que figure contabilizada por deterioro del fondo

de comercio será fiscalmente deducible en lo que exceda del

fiscalmente deducido.

La norma fiscal establece un límite máximo de deducción

extracontable, mientras que la norma mercantil regula un límite mínimo

de dotación de la reserva indisponible.

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31Enrique Chinchilla

Fondo Comercio Participadas Fondo Comercio Participadas ExtranjerasExtranjeras

La Comisión Europea declara ilegales las deducciones del Fondo

Comercio Financiero de participadas extranjeras, al considerar

que son ayudas de Estado y competencia desleal:

Afecta a las filiales en la UE a partir del 21/12/ 2.007 (antes,

confianza legítima).

El 11 de enero 2011, ello afecta a las filiales fuera de la UE

(USA, Lationamérica u otros países), salvo que en su legislación

se dificulten las fusiones transfronterizas.

Se reduce la amortización fiscal al 1% (2011, 2012 y 2013).

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32Enrique Chinchilla

Deterioro Existencias Deterioro Existencias InmobiliariasInmobiliarias

D.G.T. 18 - 02 - 10

El deterioro del valor de las existencias inmobiliarias se

reconocerá en la cuenta de resultados contable, con motivo del

inventario de cierre del ejercicio, integrándose en la Base Imponible.

El PGC establece que la valoración de las existencias inmobiliarias

(promoción) se efectúe por el valor neto realizable y las inversiones

inmobiliarias (inmuebles arrendados) por el valor en uso.

La justificación del deterioro puede realizarse por cualquier medio

de prueba admitido en derecho.

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33Enrique Chinchilla

Imputación TemporalImputación Temporal

D.G.T. 12 - 03 - 10

La diferencia entre el valor de mercado del activo a recibir (pisos) y el

valor contable del elemento transmitido (solar) se imputará cuando se

escriture la permuta.

Se podrá aplicar opcionalmente el criterio de cobros.

D.G.T. 02 - 06 - 10

La transmisión de la propiedad en la expropiación se produce con el

acta de ocupación.

El justiprecio que finalmente se fije se imputará cuando quede fijado

definitivamente por sentencia firme.

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34Enrique Chinchilla

Retribución AdministradoresRetribución Administradores

D.G.T. 08 - 06 - 09

El vínculo del administrador es exclusivamente mercantil y no laboral.

La naturaleza jurídica de las relaciones se define por su propia esencia

y contenido, y no por el concepto atribuido por las partes.

A. Nacional 13 - 04 - 09

No es deducible la retribución de los administradores, si no están

previstas en los estatutos de la entidad.

A. Nacional 22 - 06 - 09

La remuneración de los Administradores no es preciso que esté

recogida en los estatutos, sino que basta con que haya sido aprobada

por el órgano competente, que no sería otro que la Junta General.

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35Enrique Chinchilla

D.G.T. 26 - 11 - 09

La condonación de préstamo por parte de la entidad dominante a su

participada al 100%, supondrá un mayor valor de la participación, sin

que constituya gasto contable ni fiscal.

La norma contable rechaza que entre socio y sociedad pueda existir la

mera liberalidad, salvo que existiendo otros socios se efectúe una

aportación en proporción superior a la que correspondería.

D.G.T. 30 - 03 - 10

La condonación de un préstamo cuando existan otros socios,

comporta un gasto no deducible para la donante al considerarse una

liberalidad y un ingreso para la donataria.

Operaciones VinculadasOperaciones Vinculadas

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36Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 10 - 06 - 09

Existe endeudamiento indirecto, aunque formalmente se firman los

contratos de préstamos con la entidad holandesa, residente en un

estado de la UE (donde no resulta de aplicación la regla de

subcapitalización).

La entidad holandesa actúa de intermediaria, pues los fondos

provienen realmente de la entidad matriz, residente en Estados

Unidos.

No existe incompatibilidad con el principio de no discriminación del

Convenio de Doble Imposición con Estados Unidos.

Se confirma la sanción, pues existe culpabilidad.

SubcapitalizaciónSubcapitalización

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37Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 25 - 06 - 09

Se confirma la existencia de “fraude de ley” en la deducción de

gastos financieros derivados de préstamos intragrupo para adquirir

participadas por una ETVE, que son meras recolocaciones

patrimoniales sin sustancia económica o empresarial alguna, con el

único objetivo de minorar la tributación en España.

En la planificación fiscal internacional existe más riesgo,

propensión o facilidad de traspasar la frontera de la legítima

“economía de opción” e incurrir en el “abuso de derecho”.

Fraude de Ley Fraude de Ley (1)(1)

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38Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 08 - 10 - 09 y D.G.T. 27 - 05 - 10

En estructuras complejas – adquisición empresa operativa a la

matriz extranjera por nueva Holding, endeudamiento de la misma y

consolidación fiscal –, se requiere un enjuiciamiento de mayor

perspectiva que cada acto individualmente considerado, en aras a la

finalidad última perseguida en la concatenación de hechos.

Se ha creado artificiosamente una estructura en la que se llevan a

cabo unas recolocaciones de cartera dentro del propio Grupo carentes

de contenido patrimonial real, con la finalidad de elusión fiscal, al

propiciar una aparente necesidad de endeudamiento, cuyos

intereses vacían de contenido la base imponible del Grupo en España.

Fraude de Ley Fraude de Ley (2)(2)

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39Enrique Chinchilla

Consultas BIN´sConsultas BIN´s

D.G.T. 10 - 02 - 09

En la fusión no se aprecian motivos económicos, sino más bien

obtener una ventaja fiscal como es la compensación de BIN´s.

T.E.A.C. 20 - 12 - 07 y 13 - 05 -09

Se pueden comprobar por la Inspección las bases imponibles

negativas de ejercicios prescritos (quince años + cuatro años) a

efectos de su compensación en ejercicios no prescritos.

A. Nacional 21 - 07 - 11

Imposibilidad que la Administración altere las BIN´s de un ejercicio

prescrito.

La Administración está impedida para determinar la deuda tributaria

que la prescripción dejó firme a todos los efectos tributarios.

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40Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 10 - 09 - 09

No es procedente que la Administración regularice los pagos

fraccionados cuando el sujeto ya ha presentado autoliquidación anual.

Procede liquidar intereses de demora devengados hasta la fecha en

que la Administración regularice los mismos.

T.E.A.C. 17 - 03 - 10

Sólo serán exigibles intereses de demora sobre los pagos fraccionados

no practicados hasta la presentación de la autoliquidación anual.

Será exigible sanción, en cuanto que los pagos a cuenta tienen la

consideración de deuda tributaria.

Pagos FraccionadosPagos Fraccionados

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41Enrique Chinchilla

Deducción x Reinversión Deducción x Reinversión (1)(1)

D.G.T. 22 - 09 - 09

La suscripción de acciones emitidas por otra entidad del Grupo, no

es válida para materializar la reinversión.

D.G.T. 18 - 01 - 10

La materialización indirecta de la DxR por participada interpuesta,

sólo es posible si existe un impedimento justificado para realizar la

inversión de forma directa, y no cuando se trata de razones de mera

conveniencia.

Audiencia Nacional 14 - 12 - 09 y 21 - 01 -10

No procede aplicar la DxR en relación a los inmuebles adjudicados

en pago de deudas, pues tienen la consideración de existencia.

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42Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 17 - 03 - 10

Se considera probada la existencia de simulación, por lo que no

procede la D x R en la suscripción de una sociedad vinculada, que no

ejerce actividad económica alguna en dicho ejercicio ni en los

posteriores, salvo la compra de un local para arrendarlo.

T.E.A.C. 07 - 04 - 10

El capital desembolsado se invirtió en inversiones financieras

temporales, elementos no aptos para la DxR, por lo que se considera

probada la existencia de simulación en la ampliación de capital.

Deducción x Reinversión Deducción x Reinversión (2)(2)

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Enrique Chinchilla

Actuaciones InspectorasActuaciones Inspectoras

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45Enrique Chinchilla

El Fraude TributarioEl Fraude Tributario

Fuente: Agencia Tributaria

I. Sociedades

I. R.P.F.

I. V.A.

I. Patrimonio Otros

En Porcentaje sobre el Total

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46Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 03 - 02 - 10

La factura no es un medio de prueba privilegiado respecto a la

realidad de las operaciones.

Una vez que la Administración cuestiona su efectividad, corresponde a

la empresa probar su realidad, pues a ésta incumbe la “carga de la

prueba” (onus probandi) y hacer valer su derecho.

Las sociedades supuestamente prestatarias de los servicios o eran

desconocidas, o no disponían de empleados para prestar tales

servicios.

Documentación Soporte Documentación Soporte

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47Enrique Chinchilla

T.E.A.C. 29 - 01 - 09

Los gastos de relaciones públicas no son deducibles, pues la carga de

la prueba compete a quien hace valer su derecho.

La entidad no justifica la identidad de las personas destinatarias del

gasto y si tales gastos contribuyeron a la promoción de sus actividades.

T.E.A.C. 28 - 04 - 09

No se admite la deducibilidad de los gastos de reparaciones, así como

del IVA soportado.

Se señala que corresponden a vehículos dedicados a la promoción de

ventas de la entidad, pero no aparecen en su patrimonio.

Gastos no Deducibles Gastos no Deducibles (1/2)(1/2)

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48Enrique Chinchilla

Tribunal Supremo 11 - 02 - 10

Los gastos prohibidos de acuerdo con la Ley del Medicamento no

podrían ser deducibles, pues el ordenamiento jurídico es unitario.

En el caso de reuniones, congresos y simposios científicos deben

documentarse suficientemente, con objeto de probar que son

necesarios para obtener ingresos.

También resulta necesario identificar a los beneficiarios, para

comprobar que los destinatarios sean facultativos.

Se rechazan regalos como vinos, licores, bombones, gastos homenaje,

regalos de boda, lavado de coche, entradas teatro y otros.

Gastos no Deducibles Gastos no Deducibles (2/2)(2/2)

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49Enrique Chinchilla

T. S. J. Cataluña 30 - 11 - 07

No es imprescindible factura completa para los gastos de viajes,

representación y atenciones al personal, ni menos que de forma

pormenorizada se acredite la relación directa con la actividad.

Ha de estarse al concepto de gasto contable, no al de gasto necesario.

Las sutiles distinciones como la de gasto inadecuado, oportuno o

excesivo implican una intromisión de la Hacienda Pública en la

calificación y juicio crítico de la gestión de cada empresa.

La carga objetiva de la prueba recae sobre la Administración, que no

ha probado que excedan de los usos y costumbres habituales, ni que no

sean razonables ni proporcionados en relación a los ingresos.

Atenciones Clientes Atenciones Clientes

y Personaly Personal

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50Enrique Chinchilla

A. Nacional 25 - 01 - 10

La derivación de responsabilidad al Administrador por no llevar a

cabo los actos necesarios para presentar correctamente las

declaraciones tributarias, requiere previamente un acto administrativo.

T.E.A.C. 14 - 07 - 10

Responsabilidad del administrador por una actuación fradulenta,

aplicando la doctrina del “levantamiento del velo”.

Actuación fraudulenta consistente en que después de vaciar de

contenido económico la sociedad de la que era socio y administrador,

crea una nueva sociedad para suceder en la actividad que venía

desarrollando y eludir sus responsabilidades.

Responsabilidad AdministradorResponsabilidad Administrador

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51Enrique Chinchilla

Juzgado de lo Penal nº 14 Madrid

Condena al asesor fiscal como “cooperador necesario”, al haber

“diseñado” la operación, cuya (cualificada) participación en la trama

urdida por los imputados resultó imprescindible para eludir el impuesto.

T. Supremo 19 - 05 - 10

El asesor fiscal debe responder junto a su cliente de los errores en

unas facturas, si no las revisa y realiza las comprobaciones oportunas.

Conducta descuidada y negligente del asesor, al fiarse de la

calificación de las operaciones realizada por su cliente.

El asesor debe indemnizar en un 70% al cliente, asumiendo la mayor

responsabilidad al no haber realizado las comprobaciones oportunas.

Responsabilidad del Asesor Responsabilidad del Asesor

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52Enrique Chinchilla

T. Supremo 04 - 02 - 10 y A. Nacional 16 - 09 -10

Hay que apreciar y probar la intención o falta de diligencia en el actuar

del infractor, motivándola de forma explícita.

Una cosa es que se acepten los hechos, y otra bien distinta que la

firma en conformidad de las actas sea equivalente a una confesión,

que dispense a la Administración de destruir el principio

constitucional de presunción de inocencia.

T. Supremo 10 - 02 - 10

La sanción no puede ser la misma cuando tiene su origen en la

regularización de un gasto no deducible, que cuando recae sobre un

exceso de amortización, exigiéndose su tratamiento diferenciado.

Motivación de la CulpabilidadMotivación de la Culpabilidad

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53Enrique Chinchilla

Novedades Delito FiscalNovedades Delito Fiscal

Delito: Defraudación tributaria > 120M € impuesto / año.

Endurecimiento de las penas (desde 23/12/2010):

Persona Física infractora:

Pena prisión de 1 a 5 años.

Multa hasta el séxtuplo importe defraudado.

Persona Jurídica (responsable penalmente):

Multa doble al cuádruple (per. física prisión > 2 años).

Seis meses a un año por Delito Contable.

Disolución, clausura ó suspensión actividades (5 años), inhabilitación para contratar con Administraciones Públicas (15 años), intervención judicial y disolución.

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54Enrique Chinchilla

Intercambio Información Intercambio Información Autoridades FiscalesAutoridades Fiscales

Acuerdo intercambio información tributaria entre España y Andorra.

Con efectos a partir del 01 -01-2010 (sin efectos retroactivos), el

Principado de Andorra sale de la lista de paraísos fiscales.

Acuerdo de intercambio información (datos bancarios y

contables) con identificación de los beneficiarios, en el marco

de un expediente fiscal concreto (desde 10 -02 -2011).

El acuerdo no admite “expediciones de pesca” indiscriminadas.

Directiva Europea Fiscalidad del Ahorro:

No opción intercambio automático.

Retención en la fuente, remitiéndola sin identificar titulares.

Efecto disuasorio refugio capitales de dudoso origen.

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Enrique Chinchilla

Perspectivas TributariasPerspectivas Tributarias

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56Enrique Chinchilla

Ecnomía SumergidaEcnomía Sumergida

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57Enrique Chinchilla

Ranking Economías 2011Ranking Economías 2011

Fuente: The Economist

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58Enrique Chinchilla

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59Enrique Chinchilla

Tax Misery 2010Tax Misery 2010

Fuente: Forbes Magazine, Abril 2009

Page 59: Enrique Chinchilla Cierre Fiscal 2011 Enrique Chinchilla Noviembre, 2011.

60Enrique Chinchilla

Fuente: Moody’s Global Sovereign – “Sovereign Risk 2010.”

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61Enrique Chinchilla

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62Enrique Chinchilla

Crecimiento económico vs. Reparto riqueza.

El 48% considera + importante el reparto de la riqueza.

El 39% considera + importante el crecimiento económico.

Impuestos vs. Prestaciones Sociales.

El 85%, rechaza los recortes sociales.

El 60% garantizar prestaciones públicas, subiendo impuestos.

El 73% habría que subir impuestos a las rentas altas.

¿Denunciaría a las autoridades a quien no paga Impuestos ?

Él 16%, sí en cualquier caso.

El 35%, sí en determinadas circunstancias.

Pesimismo: El 60% estima que la próxima generación vivirá peor.

Encuesta CIS (2011)Encuesta CIS (2011)

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63Enrique Chinchilla

Prioridades EmpresasPrioridades Empresas

Fuente: Expansión

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64Enrique Chinchilla

Aumentar 33% recaudación: 53.900 millones € adicionales.

Tipo gravamen 35% IS a beneficios > 1 millón €.

Replantear progresividad en IRPF:

Excluir ganancias patrimoniales de la BI Ahorro.

Tributación del 24% Rentas del Ahorro.

Porcentaje máximo de participación del 2% al 5% en las SICAV.

No aumentar el IVA (regresivo y afectaría consumo).

Economía sumergida: Reducirla en 10 puntos (38.577 millones €).

No deducibilidad facturas > 1.000 € pagadas en metálico.

Eliminar prácticas abusivas en paraísos fiscales.

Reducir especulación en Mercados Financieros (Tasa Tobin).

Propuestas Hacienda Propuestas Hacienda (Gestha)(Gestha)

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65Enrique Chinchilla

Apuntes Reforma Fiscal Apuntes Reforma Fiscal

I. Sociedades:

Tipo ERD (20%) vs. General (25%).

Incentivar beneficios reinvertidos.

3.000 € / contratación 1º trabajador + Bonificaciones S. Social.

IRPF:

Deducción Incremento anual del ahorro (+ vivienda habitual).

Mejora tributación planes de pensiones.

I. Patrimonio: Dejarlo morir vs. I Grandes Fortunas.

I. Sucesiones: Armonización estatal y tipo mínimo.

IVA: Ingreso en base a cobros / Compensar deudas.

Subida Imposición Indirecta (?)