ENJ-100 Módulo II Taller de Ética Judicial

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Mdulo 2: Lmites al control del comportamiento tico en la esfera de la vida privada

Taller de tica Judicial - Octubre 2012

Prof. Hctor M. [email protected]

Lmites al control del comportamiento tico en la esfera de la vida privadaest distribuido bajo unaLicencia Creative Commons Atribucin-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.

Hasta donde es lcito controlar la vida privada de un/a juez/a o servidor/a judicial?

Escribir individualmente 5 frases sobre el tema, que les sugieran las imgenes.Puesta en comn

Objetivos

General

Adoptar nuevas pautas de comportamiento y estndares ticos en las prcticas judiciales cotidianas, en consonancia con lo establecido por el Cdigo de Comportamiento tico.

Especfico

Debatir los lmites al control del comportamiento tico en la esfera de la vida privada de jueces y servidores judiciales en el estado de Derecho.

De Zan, Cap II pag 45 59 discursos; Cap III 67 104 teoras ticas Para iniciar, pedir que algunos respondan (sucesivamente, plantear las preguntas de a 1).

Qu entiende por tica?

Describir 2 de los principales problemas de tica judicial en Repblica Dominicana.

Por qu razn participa en este curso?

De todos los elementos de un proceso de capacitacin, cul cree ud. que es el mas importante?

Contenidos

La virtud de la integridad.

Limitaciones de la vida privada.

Tensin entre el ejercicio de los derechos humanos que asiste a los jueces y servidores judiciales y las exigencias del servicio judicial.

Pueden las malas personas ser buenos jueces?

Cmo debe comportarse una persona ntegra en ?

Esfera profesional.Esfera pblica de la vida privada. Esfera ntima de la vida privada.

Mundo fsico: las relaciones socialesMundo virtual: las redes sociales

Preguntar en donde se desempeaban sus padres

En 3 pizarras distintas, marcar para cada principio tico:Si se aplica a ese mbito.En caso afirmativo, si se aplica de alguna manera especfica

La virtud de la Integridad

Es la disposicin de actuar con responsabilidad y respeto a la gestin jurisdiccional y administrativa conforme a los valores y principios ticos de la Institucin. Los jueces y los servidores administrativos judiciales deben: 16.1 Exhibir y promover altos estndares de conducta acorde a los valores y principios ticos, para reforzar la credibilidad y confianza del pblico en el Poder Judicial.

16.2 Cuidar que su conducta est por encima de cualquier crtica a los ojos de un observador razonable. 16.3 Ser conscientes de que el ejercicio de la funcin judicial y administrativa supone exigencias en respuesta a los usuarios, cuyo incumplimiento afecta la imagen y la confianza en el Poder Judicial.

16.4 El juez debe ser consciente de que el ejercicio de la funcin jurisdiccional supone exigencias que no rigen para el resto de los ciudadanos y dems servidores pblicos.

La virtud de la Integridad: Credibilidad

Cualidad percibida por los dems, compuesta por dos elementos claves: la fiabilidad y la profesionalidad, en la que se exprese e irradie a travs de sus actuaciones los valores y principios ticos y el cumplimiento de la normativa para generar confianza del usuario y del ciudadano.

Los jueces y los servidores administrativos judiciales deben:

2.1 Fomentar el prestigio del Poder Judicial y los valores y principios ticos Institucionales.2.2 Actuar bajo normas de conducta que se traduzcan en un comportamiento profesional intachable, creble y libre de toda sospecha.2.3 Realizar y actualizar su declaracin jurada de bienes, a quienes corresponda...

La virtud de la Integridad:
Decoro

Impone el respeto y dignidad para s y para los usuarios internos y externos que acudan en solicitud de atencin o demanda de algn servicio.Los jueces y servidores administrativos judiciales deben tener:4.1 Una presencia fsica pulcra y adecuada, modales amables y tratar de manera igualitaria a las personas que demanden su servicio.

4.3 Actuar dentro y fuera de la Institucin, con correccin y abstenerse de formar parte de espectculos inapropiados que alteren el orden pblico y las buenas costumbres o que de cualquier manera afecten la imagen del Poder Judicial.

La virtud de la Integridad:
Honestidad

Atributo que refleja el recto proceder del individuo que le permite actuar con decencia, recato y pudor.

Los jueces y los servidores administrativos judiciales deben 10.1 comportarse de manera tal que ningn observador razonable pueda entender que se aprovecha de forma ilegtima, irregular o incorrecta del trabajo de los dems integrantes de la oficina judicial o administrativa.10.2 ... adoptar las medidas necesarias para evitar que pueda surgir cualquier duda razonable sobre la legitimidad de sus ingresos y de su situacin patrimonial.10.3 exhibir en su vida profesional y privada una conducta coherente con los valores y principios ticos establecidos en este cdigo.10.4 responder con actuaciones que reflejen un manejo correcto de los recursos, sin que surjan dudas de cohecho o despilfarro.

La virtud de la Integridad:
Honestidad

Atributo que refleja el recto proceder del individuo que le permite actuar con decencia, recato y pudor.

Los jueces y los servidores administrativos judiciales deben 10.1 comportarse de manera tal que ningn observador razonable pueda entender que se aprovecha de forma ilegtima, irregular o incorrecta del trabajo de los dems integrantes de la oficina judicial o administrativa.10.2 adoptar las medidas necesarias para evitar que pueda surgir cualquier duda razonable sobre la legitimidad de sus ingresos y de su situacin patrimonial.10.3 exhibir en su vida profesional y privada una conducta coherente con los valores y principios ticos establecidos en este cdigo.10.4 responder con actuaciones que reflejen un manejo correcto de los recursos, sin que surjan dudas de cohecho o despilfarro.

La virtud de la Integridad: Transparencia

Actuar de forma difana, clara y pulcra. Implica una actuacin de carcter pblico y accesible al conocimiento de toda persona natural o jurdica...Los jueces y los servidores administrativos judiciales deben:23.1 Documentar los actos de su gestin y garantizar accesibilidad a la informacin en el marco legal vigente.23.3 Procurar, sin infringir el derecho vigente, ofrecer informacin til, pertinente, comprensible y fiable a los usuarios y pblico en general.23.4 Comportarse en relacin con los medios de comunicacin social de manera equitativa y prudente, poniendo especial esmero para que no resulten perjudicados los derechos e intereses legtimos de las partes y de los abogados.23.5 Evitar comportamientos o actitudes que pueden entenderse como que se busca un reconocimiento social de manera injustificada o desmesurada.

La virtud de la Integridad:
El Secreto Profesional

Estricto manejo confidencial o reservado que debe hacer un servidor judicial de la informacin en su poder, por su condicin en el ejercicio de sus funciones.Los jueces deben:25.1 Guardar el secreto profesional, que tiene como fundamento salvaguardar el derecho de las partes frente al uso indebido de informaciones obtenidas en el desempeo de sus funciones, no slo a los medios de informacin Institucionalizados sino tambin al mbito privado.25.3 Los jueces pertenecientes a rganos colegiados deben garantizar el secreto de las deliberaciones del tribunal, salvo las excepciones relativas al voto disidente y otras normas vigentes.Los jueces y servidores administrativos judiciales no deben:25.4 Usar el conocimiento que tengan de las causas judiciales y administrativas que estn bajo su competencia de manera que comprometa el correcto ejercicio de su cargo.

Limitaciones a la vida privada del Juez y el Servidor Judicial

Todos acordamos que existen exigencias ticas superiores a las de otras profesiones:Plus de vocacin y servicio?Vida privada virtuosa?Vida social recatada?

Pareciera que la vida privada virtuosa fuera una condicin necesaria para desarrollar correctamente, desde un punto de vista tcnico, la funcin jurisdiccional

Cul es el fundamento? > evolucin en el derecho hispnico.

El Juez que no necesita motivar las sentencias

1768: Real Cdula de Carlos III prohibiendo motivar las sentencias.Razones: economa procesal; posibilidad de crtica de los litigantes, generando recursos y sospecha sobre la justicia de las decisiones; atacar la sentencia supona atacar la autoridad de los jueces y el monarca, y por lo tanto, a Dios.Discrecionalidad de los jueces para decidir en el Derecho hispnico, no sujetos a la motivacin ni al principio de legalidad.La justificacin de las sentencias recaa en el carcter moral del juez que la dictaba.

El Juez que no necesita motivar las sentencias

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Comportamientos sociales muy estrictos, vestimenta, ejercicio lejos de su zona de origen, frecuentes traslados, prohibicin de asistir a celebraciones o espectculos, composturaEsto es lo que se controlaba del juez: para ser un buen juez del punto de vista tcnico, deba ser y parecer una buena persona en sentido moral.

El Juez que necesita motivar las sentencias

La justificacin de la sentencia proviene entonces de la motivacin que expresa.Paulatinamente se van des-moralizando las caractersticas que la ley espaola exige a los jueces, hasta la Ley Orgnica de 1985 que no tiene ninguna referencia a la tica de la vida privada.

La necesidad de motivar las sentencias en la tradicin hispnica se vincula a disciplinar la tarea de los jueces, para que apliquen efectivamente el nuevo derecho liberal (Cdigo de Comercio de 1830).

El Juez que necesita motivar las sentencias

Los actos que afectan exclusivamente la vida privada careceran de relevancia prctica; el juez puede tener sus preferencias polticas e ideolgicas y no le estaran vedados comportamientos en su vida privada que no le sean tambin vedados al resto de los ciudadanos.

Tensin entre el ejercicio de los derechos humanos y las exigencias del servicio judicial.

Existen aspectos en la vida privada de un juez y de un servidor judicial, respecto de los cuales tiene derecho a guardarlos para su intimidad?

S: como todo ciudadano en un estado de derecho, no puede ser controlado por sus preferencias sexuales, aspecto fsico, amistades, ideas polticas, etc

Aunque debe mantener a la vez una cierta imagen de ecuanimidad, objetividad e imparcialidad. Entoncesen que aspectos no deben restringirse sus actos privados?en que aspectos s deben someterse al control tico?

Pueden las malas personas ser buenos jueces?

Se debe ser muy cuidadoso en la restriccin de los comportamientos privados de los jueces en el estado de derecho.Distinguir mala persona en sentido del discurso relativo a las pautas culturales de un grupo social (nosotros), y en el sentido del discurso moral que tiene pretensiones de universalidad (vlido tambin para los otros).

22/10/12

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