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DICTAMEN POR EL QUE SE VERIFICA EL CUMPLIMIENTO DE LAS ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES PROPUESTOS AL CONSEJO GENERAL PARA SER DESIGNADOS E INTEGRAR LOS 25 CONSEJOS DISTRITALES ELECTORALES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA, QUE FUNGIRÁN DURANTE EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017-2018.
A N T E C E D E N T E S
I. Reforma Constitucional del Estado. En la edición extra del Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Oaxaca, fechada el 30 de junio del 2015, se publicó el
Decreto número 1263, por el que se reformó, adicionó y derogó diversas
disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca en
materia política electoral.
II. Aprobación del Reglamento de Elecciones. En sesión extraordinaria del Consejo
General del Instituto Nacional Electoral, celebrada el día 7 de septiembre de 2016, se
aprobó el reglamento de Elecciones, el cual dispone los requisitos, procedimiento y
criterios para que los organismos públicos Locales Electorales realicen el proceso de
selección y nombramiento de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales
Electorales.
III. Creación de la Ley Electoral vigente. El 3 de junio de 2017 se publicó en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado el Decreto número 633 de la Sexagésima
Tercera Legislatura del Estado de Oaxaca por la que se creó la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO).
IV. Inicio del Proceso Electoral 2017-2018. En sesión especial del Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, de 6 de
septiembre del 2017, se emitió la declaratoria formal de inicio de actividades del
Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
V. Aprobación del Reglamento de designación. En sesión extraordinaria del Consejo
General, de fecha 6 de septiembre del presente año, se aprobó el acuerdo número
IEEPCO-CG-46/2017, por el que se aprueba el Reglamento de designación,
sustitución y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y
Municipales Electorales, designados por el Consejo General.
VI. Emisión de la convocatoria. En sesión extraordinaria del Consejo General, de fecha 6 de septiembre del presente año, se aprobó el acuerdo número IEEPCO-CG-
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48/2017, por el que se emite la convocatoria para la designación de las y los
integrantes de los Consejos Distritales Electorales que fungirán en el Proceso
Electoral Ordinario 2017-2018.
VII. Modificación de plazos de las convocatorias. En sesión extraordinaria del Consejo
General, de fecha 30 de septiembre del presente año, se modificaron los plazos de
las convocatorias para la designación de las y los integrantes de los Consejos
Municipales y Distritales Electorales que fungirán durante el Proceso Electoral
Ordinario 2017-2018.
VIII. Creación de comisiones y designación de sus integrantes. En sesión
extraordinaria del Consejo General, celebrada el 5 de octubre del presente año, se
aprobó el acuerdo de número IEEPCO-CG-55/2017, por el que se designan a las
Consejeras y Consejeros Presidentes e Integrantes de las Comisiones Permanentes
y Temporales del Consejo General.
IX. Aprobación del acuerdo de la Comisión. En sesión extraordinaria de fecha 10 de
noviembre de 2017, la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y
Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, aprobó el acuerdo número IEEPCO-
COCEVINE-002/2017 por el que se presenta las Listas de Propuestas de Integración
de los 25 Consejos Distritales, para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
X. Observaciones a las listas. A través del escrito sin número, de fecha 13 de
noviembre, suscrito por el Lic. Edgar Manuel Jiménez García, representante
propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se presentaron observaciones y
comentarios a la Lista de Propuestas de Integración de los Consejos Distritales
Electorales.
CONSIDERANDOS
1. De conformidad con el artículo 114 TER, de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca y, los artículos 5, 9 y 30 de la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales y del Estado de Oaxaca, el Instituto Estatal, es un
organismo público autónomo local de carácter permanente, profesional en su
desempeño, con personalidad jurídica y patrimonio propio, responsable de vigilar
el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en materia
electoral, que rige sus funciones por los principios de certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad, interculturalidad, máxima publicidad y objetividad;
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corresponsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos
electorales; así como de la construcción de ciudadanía, la promoción de la
participación ciudadana y del ejercicio de los derechos político electorales, con
perspectiva de paridad de género.
2. Por Decreto presidencial publicado el 10 de febrero de 2014, el Presidente de la
República promulgó la Reforma Constitucional en materia político electoral, por la
cual se creó el Instituto Nacional Electoral sustituyendo al Instituto Federal
Electoral. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación
el decreto por el que se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, que le otorga las funciones básicas de organizar las elecciones
federales y le faculta para ejercer funciones en el ámbito local, dentro de las
cuales se contemplan las de atracción y asunción sobre la celebración de las
elecciones locales en las entidades federativas de la República Mexicana;
motivado por la necesidad de fortalecer a las Instituciones Electorales Locales
encargadas de la organización, celebración y calificación de las elecciones, en el
entendido de que se cuente con instituciones electorales locales que en la práctica
actúen con imparcialidad e independencia; es decir, que se fortalezcan, para que
la competencia electoral sea legítima, y la ciudadanía incremente su confianza en
las instituciones electorales.
3. En el marco de las refirmas federales de referencia, el Instituto Nacional Electoral
procedió a el 7 de septiembre de 2016, a la aprobación del Reglamento de
Elecciones, el cual dispone los requisitos, procedimiento y criterios para que los
organismos públicos Locales Electorales realicen el proceso de selección y
nombramiento de los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales
Electorales, teniendo presente que en la forma constitucional del 2014 uno de los
objetivos fue mejorar y consolidar las Instituciones Administrativas y
Jurisdiccionales en materia electoral de todas y cada una de las entidades que
integran a la República Mexicana, produciendo escenarios blindados contra la
injerencia de otros Poderes Públicos en los comicios, destacando puntos
importantes entre los que se determinó que fuera el Consejo General del Instituto
Nacional Electoral, el responsable del proceso de nombramiento de las personas
que integrarían los Organismos Públicos; el nombramiento de Consejeros
Presidentes y Consejeros Electorales, evitando que la designación recaiga en
personajes identificados por su cercanía y lealtad a una determinada fuerza
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política de la entidad federativa correspondiente, para lograr que en la decisión de
esos nombramientos, imperen los principios de certeza, legalidad e imparcialidad
que rigen la función electoral.
Por ello, tras la aprobación del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional
Electoral, se estableció el Procedimiento de Designación de Consejeros
Electorales Distritales y Municipales de los Organismos Públicos Locales, en los
artículos 20 al 23 del citado ordenamiento, en el que se determina que el
Organismo Superior de Dirección del Organismo Público Local, deberá emitir una
convocatoria pública con la debida anticipación a la fecha en que los aspirantes a
Consejos Distritales y Municipales deberán presentar la documentación necesaria
que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para ocupar el cargo;
asimismo, establece el procedimiento, las etapas y plazos para la designación de
las y los consejeros distritales electorales.
4. En cumplimiento al Reglamento aprobado por este Instituto y conforme a las bases
establecidas en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, el
Consejo General del Instituto Estatal Electoral, aprobó el acuerdo número
IEEPCO-CG-48/2017, por el que se emite la convocatoria para la designación de
las y los integrantes de los Consejos Distritales Electorales que fungirán durante el
Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
En la citada convocatoria de fecha 6 de septiembre 2017, se expusieron las
siguientes etapas:
1) Inscripción de las y los candidatos
2) Revisión documental y conformación de expedientes
3) Entrevista
4) Elaboración y observación de las listas de propuestas
5) Integración y aprobación de propuestas definitivas.
En ejercicio de la facultad concedida en el artículo 26 de la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, por el que el Consejo General
puede modificar algún plazo dentro del calendario establecido para el mismo
proceso, si a su juicio, existe imposibilidad material para su cumplimento, y no se
afecta con ello el desarrollo del proceso electoral.
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Y tomando en consideración los datos proporcionados por la Dirección Ejecutiva
de Organización y Capacitación Electoral, se desprendió que al cierre de la etapa
de inscripción de las y los candidatos, era insuficiente el número de aspirantes que
habían presentado dicha solicitud, y por ende, el Consejo General determinó el 30
de septiembre que era preciso tomar las medidas necesarias para asegurar la
adecuada integración de los Consejos Distritales, garantizando con ello, el
adecuado desarrollo del Proceso Electoral Ordinario; por lo que consideró
pertinente ampliar el plazo de la inscripción de aspirantes, y consecuentemente, el
de las etapas posteriores.
Conforme a la modificación de plazos referida, la etapa de inscripción de las y los
candidatos trascurrió del 11 de septiembre al 9 de octubre del presente año,
asimismo, las subsecuentes etapas trascurrieron en los siguientes términos:
• Revisión documental y conformación de expedientes: Del 08 al 12 de
octubre de 2017.
• Publicación de las listas de aspirantes: el 13 de octubre de 2017.
• Examen general de conocimientos: 15 de octubre de 2017.
• Valoración Curricular: del 9 al 16 de octubre.
• Entrevista: Del 20 al 26 de octubre de 2017.
Durante la etapa de inscripción de las y los candidatos, el registro y recepción de
documentos de las y los aspirantes se realizó en las sedes de las 10 Juntas
Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en Oaxaca, así como en la
sede del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en los
horarios señalados en la convocatoria.
En la etapa de revisión documental y conformación de expedientes, la Comisión
de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional
Electoral, con el apoyo de las Direcciones Ejecutivas revisaron y verificaron el
cumplimiento de los requisitos Legales de las y los aspirantes, integrando los
expedientes por Distrito y generando una base de datos de los ciudadanos
participantes.
El 15 de octubre del 2017 a las 10:00 horas en la sede del Instituto Tecnológico de
Oaxaca, se aplicó el examen de conocimientos a 205 ciudadanas y 279
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ciudadanos inscritos como aspirantes a integrar los Consejos Distritales. El
examen constó de 50 reactivos de opción múltiple equivalentes al 50% del total de
la evaluación.
Asimismo, en esta etapa se llevó a cabo la valoración curricular de aspirantes,
considerando los criterios de experiencia en materia electoral, grado académico y
trayectoria laboral que en conjunto representa un 15 % del total de la evaluación.
La etapa de entrevista se desahogó por las y los Consejeros Electorales y el
Presidente del Consejo General, representando hasta un 35% de la evaluación
general.
5. Enseguida se expone a detalle el procedimiento que se siguió en cada una de las
etapas referidas en el considerando que antecede:
1) INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS
El desarrollo de esta etapa, se verificó a partir del 06 de septiembre hasta el 9 de octubre
de 2017, en cumplimiento del Acuerdo número IEEPCO-CG-54/2017 por el que se
modifican los plazos de las convocatorias para la designación de las y los integrantes de
los Consejos Municipales y Distritales Electorales que fungirán en el Proceso Electoral
Ordinario 2017-2018, aprobando como período para el registro de las y los aspirantes, del
11 de septiembre al 9 de octubre de 2017, en las sedes de las Juntas Distritales
Electorales del Instituto Nacional Electoral, y del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana.
Es importante señalar que la Convocatoria para la integración de los Consejos Distritales,
fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y se hizo del conocimiento
del Instituto Nacional Electoral.
En esta etapa, la Unidad Técnica de Comunicación Social del Instituto, implementó una
estrategia integral de difusión, con la finalidad de que las y los ciudadanos de todo el
Estado pudieran conocer las bases y requisitos de participación, de esta forma llevó a
cabo una campaña de divulgación masiva a través de publicaciones electrónicas,
infografías y animaciones que circularon en las cuentas de Twitter y Facebook
institucionales, inserciones de prensa en los principales medios de la entidad, y la emisión
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periódica de comunicados de prensa para su repercusión en medios impresos y digitales.
Asimismo, coordinó una serie de entrevistas en los principales medios de comunicación
de cada Distrito Electoral, las cuales contaron con la participación de las y los Consejeros
Electorales del Consejo General del Instituto; finalmente, implementó la programación de
spots de radio y televisión en las emisoras del Estado de Oaxaca especificadas en el
Catálogo Nacional de Radio y Televisión aprobado por el Instituto Nacional Electoral.
Mientras que, con el apoyo de las autoridades municipales, se realizaron voceos en los
aparatos de sonido de las comunidades y se instalaron carteles en espacios públicos de
cada uno de los distritos electorales de la entidad; además, en la sede del Instituto Estatal
Electoral se dispusieron formatos de solicitud de registro que se entregaron a las y los
ciudadanos, a quienes además se les brindó la información y orientación respectiva.
Al final de esta etapa, se contó con un total de 742 solicitudes de registro de aspirantes
para integrar los veinticinco Consejos Distritales Electorales; de los cuales solamente 574
aspirantes concluyeron la fase de inscripción al presentar su solicitud por escrito y
documentación personal; 574 expedientes fueron presentados por 332 hombres y 242
por mujeres.
Lo anterior, se detalla de manera desagregada en el cuadro siguiente:
Distrito Cabecera de Distrito Número de solicitudes recibidas
Género
Mujeres Hombres
01 Acatlán de Pérez Figueroa 17 10 7 02 San Juan Bautista Tuxtepec 30 12 18 03 Loma Bonita 37 19 18 04 Teotitlán de Flores Magón 26 13 13 05 Asunción Nochixtlán 19 8 11 06 Heroica Ciudad de Huajuapan
de León 23 11 12
07 Putla Villa de Guerrero 17 4 13 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 24 11 13 09 Ixtlán de Juárez 27 8 19 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 21 9 12 11 Matías Romero Avendaño 20 4 16 12 Santa Lucía del Camino 56 23 33 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 59 28 31 14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 65 28 37 15 Santa Cruz Xoxocotlán 49 19 30 16 Zimatlán de Álvarez 41 15 26 17 Tlacolula de Matamoros 31 15 16 18 Santo Domingo Tehuantepec 27 13 14 19 Salina Cruz 24 6 18
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Distrito Cabecera de Distrito Número de solicitudes recibidas
Género
Mujeres Hombres
20 Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza
23 5 18
21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo
23 12 11
22 Santiago Pinotepa Nacional 17 8 9 23 San Pedro Mixtepec 20 7 13 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 29 17 12 25 San Pedro Pochutla 17 7 10
2) REVISIÓN DOCUMENTAL Y CONFORMACIÓN DE EXPEDIENTES
En términos de la BASE QUINTA de la Convocatoria, esta segunda etapa, contempla:
a. La revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos legales de las y los
aspirantes, y la integración de expedientes clasificados por Distrito Electoral.
b. La publicación de la lista de aspirantes que cumplieron con los requisitos.
c. La presentación del examen.
d. La valoración curricular de las y los aspirantes.
e. La publicación de la lista con los folios de las y los aspirantes que pasaron a la
siguiente etapa, y el envío de expedientes al Consejo General para su revisión.
Enseguida, se presenta una descripción de las actividades realizadas en cada uno de los
puntos anteriores.
a. La revisión y verificación del cumplimiento de los requisitos legales de
las y los aspirantes, y la integración de expedientes clasificados por
Distrito Electoral.
La Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto
Nacional Electoral del IEEPCO, con apoyo de las Direcciones Ejecutivas de Organización
y Capacitación Electoral, y de Educación Cívica y Participación Ciudadana, dio
cumplimiento a la revisión y verificación de los requisitos legales de las y los aspirantes,
entre el 8 y el 12 de octubre de 2017.
Para el desahogo de esta etapa del proceso, la Comisión de Organización y Capacitación
Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del IEEPCO, con el apoyo del
personal adscrito a las Direcciones Ejecutivas de Organización y Capacitación Electoral, y
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de Educación Cívica y Participación Ciudadana, conformaron y clasificaron los
expedientes por Distrito Electoral, generando una base de datos de las y los aspirantes.
Es importante destacar, que se revisaron todos y cada uno de los expedientes de las y los
aspirantes, verificando los requisitos cumplidos e integrados en sus expedientes, los
cuales fueron señalados en la Base Segunda de la Convocatoria de Integración de los
Consejos Distritales Electorales, mismos que se detallan enseguida:
REQUISITOS VALORACIÓN
a) Ser mexicano o mexicana por nacimiento y estar en
pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y
civiles, estar inscrito en el Registro Federal de
Electores y contar con credencial para votar
vigente.
Se acreditó el requisito con la presentación de
documentación fehaciente, consistente en copias
del acta de nacimiento y credencial para votar con
fotografía vigente.
b) Tener residencia en el distrito de que se trate, de
cuando menos dos años anteriores a la fecha de su
encargo.
Se comprobó el requisito con la exhibición del
comprobante de domicilio, y la manifestación
expresa en la solicitud de registro como aspirante,
misma que se fundamenta en los artículos 53 al
59 de la Ley de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Oaxaca, en que se
establecen los requisitos que deben cumplir los
integrantes de los Consejos Distritales y
Municipales.
c) Tener veinticinco años de edad o más al día de la
designación
El requisito se acredita con la presentación del
acta de nacimiento, así como con la expresión
manifiesta en la solicitud de registro como
aspirante, misma que se fundamenta en los
artículos 53 al 59 de la Ley de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Estado de
Oaxaca, en que se establecen los requisitos que
deben cumplir los integrantes de los Consejos
Distritales y Municipales.
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d) Contar con conocimientos para el desempeño de sus
funciones.
Son elementos de acreditación, los certificados de
estudios, comprobantes laborales o de
participación en actividades electorales,
publicaciones, u otros documentos con valor
curricular o que permitan identificar que los
aspirantes cuentan con conocimientos para el
desempeño de sus funciones.
e) No haber sido registrada o registrado como candidata o
candidato a cargo alguno de elección popular, ni ser o
haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de
algún partido político, en los tres años inmediatos
anteriores a la designación.
Se acredita mediante escrito bajo protesta de
decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento
de este y otros requisitos.
f) No estar inhabilitada o inhabilitado para ejercer cargos
públicos en cualquier institución pública federal o local.
Se acredita mediante escrito bajo protesta de
decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento
de este y otros requisitos.
g) No desempeñar cargo de servidora o servidor público
con mando medio superior federal, estatal o municipal
ni de los poderes legislativo y judicial federal estatal, a
menos que se separe del cargo un año antes del día de la
designación.
Se acredita mediante escrito bajo protesta de
decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento
de este y otros requisitos.
h) Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o
condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de
carácter no intencional o imprudencial.
Se acredita mediante escrito bajo protesta de
decir verdad, en que manifiesta el cumplimiento
de este y otros requisitos.
b. La publicación de la lista de aspirantes que cumplieron con los
requisitos.
El día 13 de octubre de 2017, se publicó la lista de aspirantes que, al cumplir con los
requisitos señalados, estuvieron en aptitud de presentar el examen de conocimientos, en
esta fase, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en
cumplimiento de lo dispuesto por su normativa, procuró el respeto a los derechos
humanos de las y los aspirantes y su protección más amplia.
Lo anterior representó que un total de 574 aspirantes, de los que 332 son hombres y 242
mujeres, cuyos expedientes se integraron correctamente, aparecieran en las listas de
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aspirantes que cumplieron con los requisitos y, por lo tanto, estuvieron convocados a
presentar su examen de conocimientos; enseguida se desagrega el número de aspirantes
por Distrito Electoral, que cubrieron los requisitos señalados en la convocatoria, cuyos
expedientes quedaron debidamente integrados.
Distrito Cabecera de Distrito
Número de aspirantes que cubrieron los requisitos para la integración de sus expedientes
01 Acatlán de Pérez Figueroa 13 02 San Juan Bautista Tuxtepec 26 03 Loma Bonita 27 04 Teotitlán de Flores Magón 15 05 Asunción Nochixtlán 16 06 Heroica Ciudad de Huajuapan de León 18 07 Putla Villa de Guerrero 14 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 21 09 Ixtlán de Juárez 22 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 20 11 Matías Romero Avendaño 15 12 Santa Lucía del Camino 43 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 41 14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 47 15 Santa Cruz Xoxocotlán 35 16 Zimatlán de Álvarez 30 17 Tlacolula de Matamoros 24 18 Santo Domingo Tehuantepec 20 19 Salina Cruz 21 20 Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza 19 21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo 21 22 Santiago Pinotepa Nacional 15 23 San Pedro Mixtepec 17 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 19 25 San Pedro Pochutla 15
c. La presentación del examen
El día 15 de octubre de 2017, se aplicó el examen de conocimientos a las y los
aspirantes; en el lugar y horario definido por la Secretaría Ejecutiva en términos de lo
señalado en la BASE QUINTA, etapa 2 de la Convocatoria, el cual quedó establecido de
10:00 a 12:00 horas, en las instalaciones del Instituto Tecnológico de Oaxaca, con
domicilio en Avenida Ingeniero Víctor Bravo Ahuja número 125, esquina con Calzada
Tecnológico, en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca.
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Ante la presencia del Secretario Ejecutivo del Instituto, quien además tuvo a su cargo la
elaboración del examen por quedar así señalado en la Convocatoria, se realizó la
apertura de los paquetes que contenían los formatos de examen en blanco, para ser
resueltos por las y los aspirantes, y se procedió a la aplicación del mismo; así, las y los
aspirantes fueron organizados en grupos para resolver sus exámenes simultáneamente,
bajo las instrucciones del personal habilitado del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca.
El examen constó de 50 reactivos de opción múltiple, equivalentes hasta el 50% del total
de la evaluación.
Del total de 574 aspirantes acreditados que cumplieron con los trámites y requisitos
establecidos, se presentaron 484 personas, de las cuales 205 fueron mujeres y 279
fueron hombres, como se desglosa enseguida:
ASPIRANTES PROGRAMADOS PRESENTARON EXAMEN
MUJERES HOMBRES TOTAL SI NO
MUJERES HOMBRES TOTAL MUJERES HOMBRES TOTAL 242 332 574 205 279 484 37 53 90 Enseguida, se realiza el desglose de las y los aspirantes que presentaron el examen, por
Distrito Electoral.
Distrito Cabecera de Distrito
Número de mujeres que presentaron examen
Número de hombres que presentaron examen
Número total de aspirantes que presentaron examen
01 Acatlán de Pérez Figueroa 7 6 13 02 San Juan Bautista Tuxtepec 7 11 18 03 Loma Bonita 11 9 20 04 Teotitlán de Flores Magón 8 6 14 05 Asunción Nochixtlán 7 6 13 06 Heroica Ciudad de Huajuapan de León 6 9 15 07 Putla Villa de Guerrero 4 10 14 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 9 10 19 09 Ixtlán de Juárez 5 14 19 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 7 8 15 11 Matías Romero Avendaño 4 9 13 12 Santa Lucía del Camino 14 25 39 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 16 20 36
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Distrito Cabecera de Distrito
Número de mujeres que presentaron examen
Número de hombres que presentaron examen
Número total de aspirantes que presentaron examen
14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 18 22 40 15 Santa Cruz Xoxocotlán 12 16 28 16 Zimatlán de Álvarez 8 18 26 17 Tlacolula de Matamoros 13 9 22 18 Santo Domingo Tehuantepec 7 6 13 19 Salina Cruz 4 13 17 20 Heroica Ciudad de Juchitán de
Zaragoza 4 12 16
21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo 9 11 20 22 Santiago Pinotepa Nacional 5 7 12 23 San Pedro Mixtepec 4 9 13 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 11 6 17 25 San Pedro Pochutla 5 7 12
Al término de la aplicación de los exámenes, éstos se depositaron en bolsas que fueron
selladas y firmadas por los Consejeros Electorales, ante la presencia de las y los
funcionarios habilitados para la aplicación de los mismos, acto del cual dio fe el Secretario
Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Los días 16, 17 y 18 de octubre de 2017, el Presidente y los Consejeros Electorales del
Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca,
ante la presencia del Secretario Ejecutivo, quien dio fe de la apertura de los paquetes
contenedores de los exámenes aplicados, realizaron la calificación de los mismos,
asentando la calificación correspondiente.
d. La valoración curricular de las y los aspirantes
Simultáneamente al desarrollo de algunas de las actividades señaladas, y como fue
señalado en la convocatoria respectiva, del 9 al 16 octubre de 2017, se realizó la
valoración curricular de las y los aspirantes, tomando en consideración, criterios que
garantizaran la imparcialidad, independencia y profesionalismo; el puntaje final de la
evaluación curricular, fue la suma de los porcentajes que se detallan:
Criterios de valoración curricular
Criterio Porcentaje
14
Experiencia en materia electoral 6%
Grado académico 3%
Trayectoria laboral 6%
Total 15%
La valoración curricular fue realizada por la Comisión de Organización y Capacitación
Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, con el apoyo del personal
adscrito a las Direcciones Ejecutivas de Organización y Capacitación Electoral, y de
Educación Cívica y Participación Ciudadana.
El puntaje máximo obtenido en la valoración curricular, se integró al equivalente
porcentual de la calificación del examen, que como se señaló en el punto
correspondiente, representó hasta un 50% del total de la evaluación, y al porcentaje
alcanzado en la etapa de entrevista que se detallará con posterioridad.
e. La publicación de la lista con los folios de las y los aspirantes que
pasaron a la siguiente etapa, y el envío de expedientes al Consejo
General para su revisión.
Una vez obtenidos los resultados de la valoración curricular y el examen, el 19 de octubre,
se publicó en la página web www.ieepco.org.mx y en los estrados del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, la lista con folios de las y los
aspirantes que aprobaron satisfactoriamente y pasaron a la siguiente etapa.
En términos del artículo 3 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del
Estado de Oaxaca; se procuró la protección más amplia de los derechos humanos de las
y los aspirantes, con base en lo anterior, las 484 personas de las cuales 205 fueron
mujeres y 279 fueron hombres, mismas que presentaron el examen y cuya valoración
curricular se realizó en los términos referidos, fueron aptos para presentarse en la
entrevista que configura la siguiente etapa de la convocatoria señalada.
El 19 de octubre de 2017, se realizó el envío de expedientes al Consejo General, para su
revisión.
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3) ENTREVISTA
La etapa de entrevistas se verificó en los espacios del edificio del Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, con domicilio en la
calle Gardenias número 210 de la Colonia Reforma, Oaxaca de Juárez.
En términos de lo establecido en la base SEXTA de la Convocatoria, los aspirantes se
presentarían en el lugar, fecha y hora definida por la Secretaría Ejecutiva y la fase se
desahogó por las y los consejeros electorales y el Presidente del Consejo General. Cada
aspirante, podría obtener en esta etapa, un porcentaje de calificación equivalente hasta el
35% del total de la evaluación.
La lista de las y los aspirantes convocados a la realización de la etapa de entrevista,
consideró la organización y desahogo de las mismas en grupos de trabajo integrados por
las y los Consejeros Electorales, asimismo, se implementó un esquema de turnos para
hacer más eficiente la realización de esta etapa y aprovechar los horarios de esta
actividad, como enseguida se detalla en las tablas siguientes, las cuales reportan la fecha,
turnos, grupos, y espacios donde se celebraron las entrevistas de las y los aspirantes, así
como la integración de cada grupo de entrevistadores.
Viernes 20 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Viernes 20 de octubre Turno vespertino de 15:00 a 20:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences
No conformado para
No conformado para
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada
16
Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
este turno de entrevistas
este turno de entrevistas
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa
Sábado 21 de octubre Turno matutino de 10:00 a 14:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
No conformado para este turno de entrevistas
No conformado para
este turno de entrevistas
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa
Lunes 23 de octubre Turno matutino de 10:00 a 14:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Lunes 23 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
17
Martes 24 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Martes 24 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Miércoles 25 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Miércoles 25 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones
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Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Jueves 26 de octubre Turno matutino de 10:00 a 15:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala
de Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Jueves 26 de octubre Turno vespertino de 17:00 a 20:00 horas
GRUPO 1 GRUPO 2 GRUPO 3 GRUPO 4 Sala de Presidencia Anexo a la Sala de
Sesiones Sala de Consejeros Anexo a la Sala de
Sesiones Consejera Electoral Lcda. Rita Bell López Vences Consejero Electoral Lic. Wilfrido Lulio Almaraz Santibáñez
Consejera Electoral Mtra. Nayma Enríquez Estrada Consejero Electoral Mtro. Gerardo García Marroquín
Consejera Electoral Mtra. Carmelita Sibaja Ochoa Consejero Electoral Mtro. Filiberto Chávez Méndez
No conformado para este turno de entrevistas
Es importante señalar que el Consejero Presidente del Consejo General del Instituto
Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se integró de manera alternada
a los diferentes grupos que realizaron las entrevistas.
Durante el desarrollo de las entrevistas a las y los aspirantes, se tomaron como criterios
de calificación los siguientes:
1. Apego a los principios rectores
19
2. Idoneidad en el cargo
Este último, se conformó de la valoración de aptitudes en liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad de las y los
aspirantes.
Tales apreciaciones, recibieron en conjunto una calificación máxima global equivalente
hasta el 35% de la evaluación final como ya fue mencionado, y fueron asentadas en
cédulas de entrevista individuales.
Al finalizar esta etapa de la convocatoria, se contó con la valoración de los 471 aspirantes
que acudieron, de los cuales 273 son hombres y 471 mujeres; enseguida se presenta la
desagregación total por género.
ASPIRANTES PROGRAMADOS A ENTREVISTA ACUDIERON A ENTREVISTA
MUJERES HOMBRES TOTAL SI NO
MUJERES HOMBRES TOTAL MUJERES HOMBRES TOTAL 205 279 484 198 273 471 7 6 13 Del total de entrevistas realizadas, se presenta la desagregación por distrito concursado y género. Distrito Cabecera de Distrito Número de
aspirantes entrevistados
Género Mujeres Hombres
01 Acatlán de Pérez Figueroa 13 7 6 02 San Juan Bautista Tuxtepec 18 7 11 03 Loma Bonita 20 11 9 04 Teotitlán de Flores Magón 14 8 6 05 Asunción Nochixtlán 13 7 6 06 Heroica Ciudad de Huajuapan de León 14 5 9 07 Putla Villa de Guerrero 13 4 9 08 Heroica Ciudad de Tlaxiaco 18 8 10 09 Ixtlán de Juárez 18 4 14 10 San Pedro y San Pablo Ayutla 14 7 7 11 Matías Romero Avendaño 12 4 8 12 Santa Lucía del Camino 39 14 25 13 Oaxaca de Juárez Zona Sur 36 16 20 14 Oaxaca de Juárez Zona Norte 39 18 21 15 Santa Cruz Xoxocotlán 27 11 16 16 Zimatlán de Álvarez 25 7 18 17 Tlacolula de Matamoros 22 13 9 18 Santo Domingo Tehuantepec 13 7 6 19 Salina Cruz 17 4 13 20 Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza 16 4 12 21 Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo 17 7 10
20
Distrito Cabecera de Distrito Número de aspirantes entrevistados
Género Mujeres Hombres
22 Santiago Pinotepa Nacional 12 5 7 23 San Pedro Mixtepec 12 4 8 24 Miahuatlán de Porfirio Díaz 17 11 6 25 San Pedro Pochutla 12 5 7
4) ELABORACIÓN Y OBSERVACIÓN DE LAS LISTAS DE PROPUESTAS
En términos de la Convocatoria, conforme a la BASE SÉPTIMA, entre el 30 de octubre y
el 10 de noviembre del año en curso, se integraron las listas de propuestas para la
designación de las y los integrantes de los Consejos Distritales, por lo que los integrantes
de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto
Nacional Electoral a instancia del Presidente de la misma, se reunieron con el Consejero
Presidente del Consejo General y la totalidad de los Consejeros y Consejeras Electorales,
el Secretario Ejecutivo y el Encargado del Despacho de la Dirección Ejecutiva de
Organización y Capacitación Electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca para integrar las listas de propuestas de aspirantes a integrar los
25 Consejos Distritales Electorales para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
Para ello, se tomaron en consideración aquéllos aspirantes que cumplieron con los
requisitos de elegibilidad, que obtuvieron las mejores calificaciones en cada etapa del
procedimiento de selección y que demostraron su apego a los principios rectores de la
función electoral y sobre todo idoneidad para ocupar el cargo, acordando lo conducente
en la Sesión Extraordinaria de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y
Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36,
fracción V, 41, base V apartado C, 116, fracción IV, incisos b) y c), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 98, párrafos 1 y 2, y 104, párrafo 1, inciso a) e
inciso f) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 25, Base A,
párrafo segundo y tercero, y 114 TER, párrafos primero y segundo, de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, 26, 38, fracción VII, 53, 54, 55 y 56 de la
Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca; 20, 21,
22, 23, del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; y el artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
21
En sesión extraordinaria de la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y
Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, de fecha 10 de noviembre de 2017, el
Consejero Presidente del IEEPCO, solicitó al Secretario Ejecutivo del Consejo General,
girar instrucciones al encargado de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral para
que, a través del portal electrónico institucional, fueran publicados los resultados de las
fases de evaluación del examen y de valoración curricular realizadas a cada uno de las y
los aspirantes, donde pueden consultarse electrónicamente.
En consecuencia, se aprobó la lista de aspirantes a conformar los 25 Consejos Distritales
Electorales Locales, que fungirán durante el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, y se
ordenó la publicación de las mismas en el portal de internet del Instituto Estatal Electoral y
de Participación Ciudadana de Oaxaca el día 11 de noviembre de 2017, así como notificar
por conducto de la Secretaría Ejecutiva a los partidos políticos con registro y acreditados
ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de
Oaxaca.
Mediante oficio suscrito por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca, se realizó la notificación respectiva a todos los
partidos políticos locales y nacionales con registro y acreditados ante el Consejo General
del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, con el objeto de
que, en el plazo del 11 al 13 de noviembre de 2017, realizaran las observaciones y
comentarios que consideren convenientes respecto de cada uno de las y los aspirantes,
mismos que deberían acompañarse de los elementos objetivos que sustenten o
corroboren sus afirmaciones.
Observaciones de los partidos políticos
En relación con lo señalado en el párrafo anterior, se recibió 1 (una) observación de la
representación del Partido Acción Nacional a una aspirante a integrar los Consejos
Distritales, conforme el siguiente cuadro:
OBSERVACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS DISTRITO PARTIDO POLÍTICO TOTAL
1 Partido Acción Nacional 1
Por conducto de la Secretaría Ejecutiva, se recibió 1 (una) observación y comentarios
respecto a una de las aspirantes a integrar el Consejo Distrital Electoral de Acatlán de
Pérez Figueroa, misma que fue remitida a la Comisión de Organización y Capacitación
Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral.
La observación realizada es la siguiente:
22
OBSERVACIONES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
ASPIRANTE PARTIDO POLÍTICO QUE
PRESENTA LA OBSERVACIÓN
OBSERVACIÓN
Amparo Villalba
González Partido Acción Nacional Pertenece al Comité Municipal del PRI en
Cosolapa.
Resulta importante señalar que, por mandato legal, las observaciones que formulen los
partidos políticos deben acompañarse de los elementos objetivos que sustenten o
corroboren las afirmaciones presentadas; es decir, que requieren de la presentación de
medios de prueba que permitan tener por acreditado de manera objetiva la inobservancia
de alguno de los requisitos previstos en la convocatoria y normativa que la fundamenta.
Incluso, cuando se trata de observaciones en las que se aduce el incumplimiento al perfil
que deben tener los integrantes de los Consejos Distritales del Instituto Estatal Electoral y
de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca, la carga de la prueba corresponde a
quienes afirman que no se satisfacen.
Al respecto, resultan orientadoras la jurisprudencia 17/2001 y la tesis LXXVI/2001, del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyos rubros y textos se
transcriben: MODO HONESTO DE VIVIR. CARGA Y CALIDAD DE LA PRUEBA PARA ACREDITAR
QUE NO SE CUMPLE CON EL REQUISITO CONSTITUCIONAL.- El requisito de tener
“modo honesto de vivir”, para los efectos de la elegibilidad, constituye una presunción juris
tantum, pues mientras no se demuestre lo contrario se presume su cumplimiento. Por
tanto, para desvirtuarla, es al accionante al que corresponde la carga procesal de acreditar
que el candidato cuyo registro impugnó, no tiene “un modo honesto de vivir” ya que quien
goza de una presunción a su favor no tiene que probar, en tanto que, quien se pronuncia
contra la misma debe acreditar su dicho, con datos objetivos que denoten que el candidato
cuestionado carece de las cualidades antes mencionadas.
Tercera Época:
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-332/2000. Partido de la Revolución
Democrática. 9 de septiembre de 2000. Unanimidad de votos.
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-440/2000 y acumulado. Partido Acción
Nacional y Partido de la Revolución Democrática. 15 de noviembre de 2000. Unanimidad
de 6 votos.
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-
020/2001. Daniel Ulloa Valenzuela. 8 de junio de 2001. Unanimidad de votos.
23
La Sala Superior en sesión celebrada el dieciséis de noviembre de dos mil uno, aprobó por
unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.
Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
Suplemento 5, Año 2002, páginas 21 y 22.
ELEGIBILIDAD. CUANDO SE TRATA DE REQUISITOS DE CARÁCTER NEGATIVO, LA CARGA DE LA PRUEBA CORRESPONDE A QUIEN AFIRME NO SE SATISFACEN.- En
las Constituciones Federal y locales, así como en las legislaciones electorales respectivas,
tratándose de la elegibilidad de los candidatos a cargos de elección popular, generalmente,
se exigen algunos requisitos que son de carácter positivo y otros que están formulados en
sentido negativo; ejemplo de los primeros son: 1. ser ciudadano mexicano por nacimiento;
2. tener una edad determinada; 3. ser originario del Estado o Municipio en que se haga la
elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses, etcétera; en cuanto
a los de carácter negativo podrían ser, verbigracia: a) no pertenecer al estado eclesiástico
o ser ministro de algún culto; b) no tener empleo, cargo o comisión de la Federación, del
Estado o Municipio, a menos que se separe del mismo noventa días antes de la elección;
c) no tener mando de policía; d) no ser miembro de alguna corporación de seguridad
pública, etcétera. Los requisitos de carácter positivo, en términos generales, deben ser
acreditados por los propios candidatos y partidos políticos que los postulen, mediante la
exhibición de los documentos atinentes; en cambio, por lo que se refiere a los requisitos de
carácter negativo, en principio, debe presumirse que se satisfacen, puesto que no resulta
apegado a la lógica jurídica que se deban probar hechos negativos. Consecuentemente,
corresponderá a quien afirme que no se satisface alguno de estos requisitos el aportar los
medios de convicción suficientes para demostrar tal circunstancia.
Tercera Época:
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-160/2001 y acumulado. Partido Acción
Nacional y Partido de la Revolución Democrática. 30 de agosto de 2001. Unanimidad de
votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Jacob Troncoso Ávila.
La Sala Superior en sesión celebrada el quince de noviembre de dos mil uno, aprobó por
unanimidad de votos la tesis que antecede.
Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
Suplemento 5, Año 2002, páginas 64 y 65.
Lo anterior tiene sentido, dado que en el procedimiento de designación se encuentran
involucrados derechos fundamentales de las y los aspirantes, como lo es el relativo a
tener derecho a las funciones públicas del país, incluidas las electorales, teniendo las
calidades que la ley establezca; de ahí que la restricción de su ejercicio por parte de la
24
autoridad administrativa no pueda sustentarse a través de simples apreciaciones o
aspectos subjetivos.
Asumir una posición contraria, implicaría dejar de reconocer el mandato establecido en el
artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que impone a
todas las autoridades del Estado, incluido el Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca, respecto de la protección de los derechos fundamentales de las
personas.
5) INTEGRACIÓN Y APROBACIÓN DE PROPUESTAS DEFINITIVAS
Acorde a lo señalado en la BASE SÉPTIMA de la convocatoria, la quinta etapa
corresponde a la integración de las propuestas definitivas, mismas que deben
conformarse del 14 al 20 de noviembre de 2017 y ser sometidas a la consideración del
Consejo General para la designación de los integrantes de cada uno de los 25 Consejos
Distritales, el 25 de noviembre de 2017.
Ante el cúmulo de aspirantes que pueden ser considerados como aptos para integrar
alguno de los 25 Consejos Distritales Electorales, es necesario determinar quiénes
resultan ser idóneos e idóneas para cada cargo, tomando como base la lista provisional
aprobada en la sesión del 10 de noviembre del presente año.
Para ello, se toma en cuenta que únicamente pueden ser designados diez aspirantes para
integrar cada Consejo Distrital Electoral, ello conforme al artículo 53, numeral 3, de la Ley
de Instituciones Políticas y Electorales del Estado de Oaxaca, que dispone que cada
órgano desconcentrado funcionará con una consejera o consejero Presidente, cuatro
consejeras o Consejeros Electorales propietarios, cuatro suplentes y, una Secretaria o
Secretario del consejo.
Para que el Consejo General proceda tras la aprobación de este dictamen a la
designación de las y los integrantes, se procede a estudiar la lista de aspirantes
organizada por Distrito Electoral que fue integrada por la Comisión, así como las
observaciones que fueron presentadas por los partidos políticos.
Dicho esto, en la selección de las propuestas definitivas de aspirantes se toman en
consideración, los criterios orientadores de confirmad con el artículo 22 del Reglamento
de Elecciones del INE, así como el artículo 7 del Reglamento de designación, sustitución
25
y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales,
designados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca, mismos que establecen:
a) Paridad de género;
b) Pluralidad cultural de la entidad;
c) Participación comunitaria o ciudadana;
d) Prestigio público y profesional;
e) Compromiso democrático;
f) Idoneidad;
g) Conocimiento de la materia electoral; y
h) Objetividad e imparcialidad.
En concordancia con lo anterior, el artículo 9, numeral 3, del Reglamento de
Elecciones del Instituto Nacional Electoral, expone que en la valoración de los
criterios se atenderá lo siguiente:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, en la conformación de las propuestas definitivas, se observaron
los criterios de paridad que forman parte del desarrollo de diversas etapas de los
procesos electorales, y la implementación de acciones afirmativas a favor de las
mujeres, para ello resultan orientadoras las jurisprudencia 3/2015, y 8/2015 del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto se
transcriben:
26
ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE LAS MUJERES. NO SON DISCRIMINATORIAS.- De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 1º, párrafo quinto, 4º, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1 y 4, párrafo primero, de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; 1, 2, 4 y 5, fracción I, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 1, 2, 3, párrafo primero y 5, fracción I, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; así como de los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sustentados en la Opinión Consultiva OC-4/84, y al resolver los Casos Castañeda Gutman Vs. México, y De las Niñas Yean y Bosico Vs. República Dominicana; se advierte que las acciones afirmativas son medidas especiales de carácter temporal que se adoptan para generar igualdad y no se considerarán discriminatorias siempre que sean razonables, proporcionales y objetivas, y una vez alcanzado el fin para el cual fueron implementadas cesarán. Es por ello que las medidas temporales a favor de las mujeres, encaminadas a promover la igualdad con los hombres, no son discriminatorias, ya que al establecer un trato diferenciado entre géneros con el objeto de revertir la desigualdad existente, compensan los derechos del grupo de población en desventaja, al limitar los del aventajado.
Quinta Época:
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-1080/2013 y acumulados.—Actores: Felipe Bernardo Quintanar González y otros.—Autoridad Responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—21 de octubre de 2013.—Mayoría de seis votos.—Engrose: María del Carmen Alanis Figueroa.—Disidente: Flavio Galván Rivera.—Secretarios: José Alfredo García Solís y Enrique Figueroa Ávila.
INTERÉS LEGÍTIMO. LAS MUJERES LO TIENEN PARA ACUDIR A SOLICITAR LA TUTELA DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PARIDAD DE GÉNERO EN LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR.—- La interpretación sistemática, funcional y progresiva sustentada en el principio pro persona, en su vertiente pro actione, de los artículos 1°, 2 y 4, en correlación con el 17, párrafo segundo; 35, fracciones I y II, 41, base I, segundo párrafo y base VI, y 133, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 2, 8, 23, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 2, 3, 14, 25 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1, 2, 3 y 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer; I, II y III, de la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer; 4, inciso j); y 5 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; permite afirmar que cuando se trata de impugnaciones relacionadas con medidas vinculadas al derecho fundamental de paridad de género cualquiera de ellas cuenta con interés legítimo para solicitar su tutela. Esto debido a que la paridad de género produce un impacto colateral en la esfera jurídica de las mujeres, ello genera el interés legítimo para acudir a juicio, tomando en cuenta, en primer lugar, su pertenencia al grupo colectivo a favor del cual se pretende la instauración de la medida alegada; y en segundo, el perjuicio real y actual que genera en las mujeres al pertenecer al grupo que histórica y estructuralmente ha sido objeto de discriminación, incluso cuando la norma no confiere un derecho subjetivo o la potestad directa de reclamarlo. Quinta Época:
27
Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-12624/2011 y acumulados.—Actoras: María Elena Chapa Hernández y otras.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—30 de noviembre de 2011.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Alejandro Luna Ramos.—Secretarios: Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez y Ángel Eduardo Zarazúa Alvizar. Recurso de reconsideración. SUP-REC-90/2015 y acumulado.—Recurrentes: Leticia Burgos Ochoa y otras.—Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal, con sede en Guadalajara, Jalisco.—29 de abril de 2015.—Mayoría de cuatro votos.—Ponente: Pedro Esteban Penagos López.—Disidentes de la sentencia pero a favor del criterio contenido en la presente jurisprudencia: María del Carmen Alanis Figueroa y Manuel González Oropeza.—Secretario: Víctor Manuel Rosas Leal. Recurso de reconsideración. SUP-REC-97/2015 y acumulado.—Recurrentes: Ma. del Pilar Pérez Vázquez y otras.—Autoridad responsable: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México.—29 de abril de 2015.— Mayoría de cuatro votos.—Ponente: Salvador Olimpo Nava Gomar.— Disidentes de la sentencia pero a favor del criterio contenido en la presente jurisprudencia: María del Carmen Alanis Figueroa y Manuel González Oropeza.— Secretarios: Beatriz Claudia Zavala Pérez y Mauricio I. del Toro Huerta.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
28
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
29
En tanto, que el artículo 7 del Reglamento para la Designación, Sustitución y
Remoción de las y los Integrantes de los Consejos Distritales y Municipales
Electorales, designados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca, expone la consideración adicional de los
criterios de:
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación cuyo texto y rubro se transcribe:
CONSEJEROS ELECTORALES. PARA SU DESIGNACIÓN DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA, OBJETIVIDAD E
IMPARCIALIDAD (LEGISLACIÓN DE TAMAULIPAS Y SIMILARES).- De la
interpretación sistemática y funcional de los artículos 41, y 116, fracción IV, inciso
b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, fracción II, de
la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 77 y 81 del código electoral
local, se advierte que la función de las autoridades electorales se rige por los
principios de independencia, objetividad e imparcialidad; de ahí que las
designaciones de quienes las integren deben recaer en ciudadanos que, bajo las
reglas generales de la prueba, demuestren, aun presuncionalmente, que cumplen
tales cualidades, con el objeto de obtener mayor certeza de que se conducirán con
base en el estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la norma, sin
permitir que su conducta o decisión sea influida por factores externos o internos,
que impliquen la inobservancia de esos principios.
Cuarta Época:
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-25/2007.—Actor: Partido
Acción Nacional.—Autoridad responsable: Quincuagésima Novena Legislatura del
Congreso del Estado de Tamaulipas.—28 de marzo de 2007.—Mayoría de cinco
votos.—Ponente: Pedro Esteban Penagos López.—Disidente: Manuel González
Oropeza.—Secretarios: Ernesto Camacho Ochoa, Sergio Arturo Guerrero Olvera,
Eduardo Hernández Sánchez y Claudia Pastor Badilla.
30
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-18/2008 y acumulado.—
Actores: Partido del Trabajo y otro.—Autoridad responsable: Congreso del Estado
de Durango.—16 de abril de 2008.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: Salvador
Olimpo Nava Gomar.—Disidentes: Flavio Galván Rivera y Manuel González
Oropeza.—Secretario: Carlos Vargas Baca.
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-
JDC-1/2010.—Actor: Jorge Luis Benito Guerrero.—Autoridad responsable:
Dirección de Organización Electoral de la Dirección General del Instituto Electoral
del Estado de Puebla.—17 de febrero de 2010.—Mayoría de cinco votos.—
Ponente: María de Carmen Alanis Figueroa.—Disidentes: Flavio Galván Rivera y
Manuel González Oropeza.—Secretario: Carlos Vargas Baca.
En cada una de las etapas del proceso de selección se atendieron los principios de
objetividad e imparcialidad y sin discriminación motivada por origen étnico, género,
condición social, orientación religiosa, preferencias sexuales, estado civil o
cualesquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
menoscabar los derechos y libertades de las personas. Asimismo, se tomaron en
cuenta los criterios de equidad de género y una composición multidisciplinaria, así
como multicultural, y de manera relevante, la protección más amplia de los
derechos humanos de cada aspirante y el pleno reconocimiento de su dignidad.
En atención al marco normativo referido en los párrafos inmediatos anteriores, se
elaboraron las propuestas definitivas de las y los aspirantes a integrar los
Consejos Distritales Electorales.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, y en cumplimiento a lo establecido en el
38, fracción VII, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado
de Oaxaca; en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral y en la
Convocatoria para Integrar los Consejos Distritales Electorales, una vez que se ha
dado cuenta de cada una de las etapas que conforman el proceso de selección y
designación de las y los integrantes de los 25 Consejos Distritales Electorales del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se presenta el
análisis integral por Distrito Electoral, conformado por las valoraciones individuales
de las y los aspirantes que integran las propuestas definitivas.
31
Como podrá observarse, de la propuesta de integración de los 25 Consejos
Distritales, 13 de ellos son encabezados por una persona del sexo masculino, en
tanto que 12 de ellos son encabezados por personas del sexo femenino,
cumpliéndose así con el principio de paridad de género en su vertiente horizontal.
De igual manera es de destacarse que en la integración total de los 25 organismos
desconcentrados existen 131 personas del sexo masculino y 119 personas del
sexo femenino.
Expuesto lo anterior, se procede al análisis de idoneidad que de cada órgano
desconcentrado se realiza, para efecto de concretar en los siguientes apartados la
justificación, así como los elementos que sostienen cada una de las 25 propuestas
de integración en los términos siguientes:
32
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 01 CON CABECERA EN ACATLÁN DE PÉREZ FIGUEROA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 01 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta VÁZQUEZ CANCINO IRMA
CALLEJA GARIBAY JAVIER
DIEGO ESTRADA ALEJANDRA
VILLALBA GONZÁLEZ AMPARO
GONZÁLEZ GÓMEZ HELADIO
Secretaria GUERRERO ESPINOSA SOLEDAD ESPERANZA
Consejero/a Electoral 1 BELTRÁN CABRERA ROBERTO
Consejero/a Electoral 2 CRUZ NOGALES DOMINGA
Consejero/a Electoral 3 DIEGO ESTRADA GABRIEL
Consejero/a Electoral 4 GARCÍA GARCÍA ERIKA ELIDETH
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PÉREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: VÁZQUEZ CANCINO IRMA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
33
NOMBRE: GUERRERO ESPINOSA SOLEDAD ESPERANZA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: BELTRÁN CABRERA ROBERTO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CRUZ NOGALES DOMINGA
SEXO: MUJER
34
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
73.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: DIEGO ESTRADA GABRIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA PROPIETARIA
NOMBRE: GARCÍA GARCÍA ERIKA ELIDETH
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 30
35
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
63
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: CALLEJA GARIBAY JAVIER
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
68.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: DIEGO ESTRADA ALEJANDRA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 24
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN 64
36
CURRICULAR Y ENTREVISTA).
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: VILLALBA GONZALEZ AMPARO
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
74.5
37
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 01 ACATLÁN DE PEREZ FIGUEROA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: GONZÁLEZ GÓMEZ HELADIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
71
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 01.
Como se advierte de la integración del 01 Consejo Distrital Electoral con sede en Acatlán
de Pérez Figueroa, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los integrantes, se
destaca que la ciudadana propuesta para presidir el Consejo Distrital, cuenta con
conocimientos en Derecho, mismos que están respaldados por estudios y capacitación
cuyas evidencias integran su expediente; además, cuenta con experiencia electoral en
dos procesos electorales locales al haber participado como Consejera Electoral del XXV
Consejo Distrital con sede en Acatlán de Pérez Figueroa en el Proceso Electoral 2012-
2013, y del 01 Consejo Distrital con sede en Acatlán de Pérez Figueroa en el Proceso
Electoral 2015-2016.
Su experiencia también está conformada por sus aportaciones en el Departamento
Jurídico de Tezonapa Veracruz, y por diversas actividades desempeñadas en la Unión
Local de Productores de Caña de Azúcar de 2008 a 2010, entre las que destacan su
participación como auxiliar contable, atención a los productores y abastecedores de caña,
aclaración de cuentas respecto de las retenciones hechas por el ingenio y la unión,
encargada del archivo de expedientes de los productores y abastecedores del ingenio y la
38
unión, y la tramitación y obtención de créditos para los productores. Además, fue
Secretaria auxiliar de la Notaría 106 en Cosolapa Oaxaca.
La Ciudadana Irma Vázquez Cancino, manifiesta sentir gusto por la atención al público y
compromiso por cumplir por lo que se le encomienda; su actitud es crítica, emprendedora
y dinámica, motivada por participar y contribuir al desarrollo de su comunidad, así como
fortalecer su desarrollo personal y profesional y conoce del contexto social actual del país,
expresando preocupación por la coyuntura electoral y el impacto de los sismos en el
Estado. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permite
detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación
interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su
desempeño. Expresa el deseo de desarrollar y ampliar sus conocimientos con
posibilidades de crecimiento laboral en un buen ambiente laboral, así como capacidad
para desarrollar actividades que se le encomienden con excelentes resultados, lealtad
institucional y responsabilidad. Dispone de tiempo y ofrece calidad en el trabajo para
presentar los mejores resultados, mediante un desempeño basado en valores,
experiencia, responsabilidad y respeto.
Mientras que, en referencia a la ciudadana propuesta como Secretaria del Consejo
Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios
rectores, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad;
cuenta también con experiencia electoral, al haberse desempeñado como Capacitadora
Asistente Electoral ante el entonces Instituto Federal Electoral, en el Distrito Electoral de
Juchitán de Zaragoza, en el proceso federal 2011-2012, y como Presidenta del Consejo
Municipal de Cosolapa durante el Proceso Electoral Ordinario anterior a esta designación,
logrando estabilidad y buen desarrollo de las actividades en un municipio señalado por
anteriores conflictos electorales; destaca su experiencia jurídica en diversas localidades
de la región lo que evidencia un conocimiento del contexto; asimismo, es manifiesta a
través de las razones que la motivan a participar, su preocupación por el país y el
fortalecimiento de la democracia.
La Ciudadana Soledad Esperanza Guerrero Espinosa ha desarrollado su experiencia
además del ámbito electoral, como asesora jurídica del Comisariado Ejidal de Cosolapa
en 2014 y 2015, asesora jurídica en María Lombardo de Caso San, Juan Cotzocón en el
período 2010-2011, auxiliar administrativo de SICCMA Construcciones en Oaxaca de
39
Juárez de 2005 a 2006 y auxiliar administrativo en la H. Cámara de Diputados en el año
2000. Manifestó en su exposición de motivos y entrevista, ser una mujer dispuesta a
contribuir al desarrollo de su comunidad, preocupada por la solidaridad de las
instituciones con los damnificados por los sismos, la transparencia en la aplicación de
recursos y la observancia de los principios rectores de las instituciones que participan en
la organización del proceso electoral, considera que su participación en el Consejo
constituye una responsabilidad cívica.
Resulta destacable que la Presidenta y la Secretaria de este órgano colegiado son
mujeres con lo que se ejerce una perspectiva de género, de inclusión en la participación
política y no discriminación, además de una acción afirmativa de género, al estar
conformado por 6 mujeres y 4 hombres.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en actividades de campo, al haberse desempeñado en funciones
como el desarrollo de los censos agropecuarios, económicos, de población y vivienda, así
como su participación en las áreas de geoestadística y entrevistas desarrolladas para el
Instituto Nacional de Estadística y Geografía, lo que evidencia un conocimiento del
contexto de la región y facilidades para llevar a cabo trabajos que implican contacto
directo con personas de diferentes comunidades. Asimismo, es evidente la participación
que han tenido en materia electoral, al desempeñarse como técnicos electorales,
analistas, capacitadoras o capacitadores asistentes electorales, o bien, en áreas de
coordinación electoral, organización electoral. Sobresale que algunos de los perfiles
propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en consejos municipales y/o
distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca,
circunstancias que denotan interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
40
acumulan conocimientos en ámbitos como el diseño y la evaluación de proyectos, la
implementación de estrategias de enseñanza y técnicas de pedagogía, la comprensión de
modelos educativos, el modelo de desarrollo de competencias y el campo de la
sustentabilidad; en tanto, en referencia al estudio y análisis jurídico, litigio estratégico,
defensoría, resolución de conflictos agrarios y familiares e impartición de justicia.
Enseguida, se detalla la experiencia y aptitudes de las consejeras y consejeros
electorales propuestos en esta integración definitiva.
Respecto de Roberto Beltrán García, se destaca que ha participado como Técnico
Electoral del entonces Instituto Estatal Electoral de Oaxaca en el año 1988, asimismo,
participó como Consejero Electoral Propietario en el Consejo Distrital de Acatlán de Pérez
Figueroa en el proceso electoral 2015-2016; participó EN 1991 como Enumerador del
Censo Agropecuario del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como del Censo
Económico celebrado en 1994 por el mismo INEGI; también fue Jefe de Entrevistadores
del Conteo de Población y Vivienda en 1995, Responsable del Área de Geoestadística
Básica en 2000, Supervisor de Entrevistadores en 2005; y fue Capacitador Asistente
Electoral en el entonces Instituto Federal Electoral en el año 2006, así como Coordinador
de Capacitación Electoral en el entonces Instituto Estatal Electoral de Oaxaca, en el
distrito XXV de Acatlán de Pérez Figueroa durante 2007. También, participó como
Coordinador Electoral en el IEEO, por el Distrito XXV de Acatlán de Pérez Figueroa en
2010. Y fue Coordinador Electoral de Organización Electoral del IEEO en 2013. En su
exposición de motivos refirió que conoce la orografía de su distrito a la perfección, así
como de las rutas, medios de transporte y medios de comunicación en cada uno de los
municipios que integran el Distrito; así como experiencia para afrontar situaciones de
contingencia y presión; privilegia el diálogo, el orden, la organización y la honestidad en el
ejercicio de la democracia y lealtad institucional.
En tanto, la Ingeniera Dominga Cruz Nogales, manifestó contar con conocimientos
suficientes para un desempeño adecuado de las funciones, disponibilidad de tiempo y
horario para el correcto ejercicio del cargo, capacidad y experiencia acumulada a lo largo
de responsabilidades asumidas en el gobierno federal, estatal y municipal, así como el
conocimiento geográfico del Distrito, así como la convicción de realizar el encargo con
responsabilidad y honestidad requeridos para un proceso electoral legal y transparente.
Como parte de su trayectoria profesional, se ha desempeñado como Inspectora
41
Ajustadora Calificada para la Aseguradora Nacional Agrícola y Ganadera S. A.,
Coordinadora Censal Municipal ante el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, en
1991 y 2007; así como Supervisora de Análisis de Captura de 2005 a 2006 en la misma
institución; asimismo, se desempeñó como Técnico Distrital en Difusión y Concertación
del Registro Federal de Electores, prestadora de Servicios Profesionales para la Unión
Local de Productores de Caña de Azúcar del Ingenio El Refugio A. C., así como docente
en el Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario N° 75 y en el Colegio de
Bachilleres del Estado de Oaxaca; también colaboró como extensionista de la Secretaría
de Desarrollo Agropecuario Pesca y Acuacultura.
Por su parte, Gabriel Diego Estrada, también acumula experiencia electoral al haber
participado en 4 procesos electorales locales, desempeñándose como Consejero
Electoral Propietario del Consejo Municipal de San Miguel Soyaltepec en 2004 y 2016;
Consejero Presidente del Consejo Municipal de San Miguel Soyaltepec en 2010 y 2013;
de la valoración hecha durante la etapa de entrevistas se desprende que cuenta con
aptitudes para formar parte del órgano colegiado al apreciarse como una persona
dinámica, competitiva, líder y con experiencia en la organización de procesos electorales;
asimismo, manifestó estar interesado en dar certeza a la ciudadanía a través de su
participación, para que se respete el voto de las comunidades, y el proceso pueda
transcurrir de forma pacífica; dijo contar con experiencia y capacidad para desarrollar el
cargo, al considerarse apto para la toma de decisiones, responsable, comprometido con la
transparencia, eficiente, interesado en velar por la autenticidad y efectividad del sufragio,
coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática, así como
garantizar la participación de las mujeres, vigilar y hacer cumplir los principios de certeza,
legalidad, independencia, imparcialidad, interculturalidad, máxima publicidad y objetividad.
Mientras que, la Ingeniera en Gestión Empresarial Erika Elideth García García, cuenta
con experiencia profesional como Administradora de empresas locales en la zona
Veracruz – Acatlán, y ha sido Coordinadora Técnico Social de la Secretaría de Desarrollo
Social del Estado de Oaxaca, como manifiesta en su currículo. Durante la valoración de
sus aptitudes en la etapa de entrevistas, se le apreció como una persona sociable, de
intereses constantes y con amplio sentido de responsabilidad, con disponibilidad de
tiempos y horarios para el ejercicio de la encomienda institucional, refirió haber
participado como Capacitadora Asistente Electoral en procesos electorales anteriores,
manifestó ser una persona apta para la toma de decisiones, interesada en el bienestar
42
común, responsable y comprometida con la transparencia, la eficiente organización de las
actividades electorales, la claridad, equidad y credibilidad de los procesos, comprometida
con la institución para elevar y sostener su prestigio; y manifestó que como integrante del
órgano electoral cumpliría a cabalidad el cargo conferido.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de
compromiso con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia,
conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en
el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un
comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,
el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia
acumulada como Consejeras y Consejeros Electorales, Asistentes Electorales,
Capacitadores Electorales, en varios procesos electorales, su capacitación permanente a
través de cursos y congresos.
Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales
propuestos en esta integración, son el sector financiero, desarrollo social, sectores
productivos, desarrollo empresarial, docencia, ámbito jurídico, gerencial, administrativo,
destacando que tal ejercicio lo han desempeñado en el Estado de Oaxaca y otras
entidades, como Veracruz, cuya cercanía a la región influye la dinámica social y
económica.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción
afirmativa de género. Destaca que las figuras de mayor representación son precisamente
mujeres, lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad
43
y la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la
ciudadanía en su conjunto.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 01 Consejo Distrital con
sede en Acatlán de Pérez Figueroa, se observó.
44
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que seis son
mujeres y cuatro hombres quienes integran la propuesta; al respecto, es un
elemento de consideración la jurisprudencia 3/2015, del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto han sido enunciadas en el
cuerpo del presente dictamen.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales, la cercanía geográfica de la
región con poblados del Estado de Veracruz, propicias formas peculiares de
comunicación, usos y representaciones comunes que dan sentido a la identidad.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones ejidales y agrarias,
así como el sector cañero que dinamiza la zona.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
45
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
46
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Irma Vázquez Cancino, Soledad Esperanza Guerrero
Espinosa, Roberto Beltrán Cabrera, Dominga Cruz Nogales, Gabriel Diego Estrada, Erika
Elideth García García, Javier Calleja Garibay, Alejandra Diego Estrada, Amparo Villalba
González y Heladio González Gómez, son las personas idóneas para desempeñar
respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria y Consejeros Electorales
del Consejo Distrital 01 en Acatlán de Pérez Figueroa.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
47
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 02 CON CABECERA EN SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 02 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente MARIANO IBAÑEZ PABLO
ALBINO MARTÍNEZ PEDRO
HUCHIN IBAÑEZ MARGARITA
MARTÍNEZ PASTOR JOSÉ DE JESÚS
MARTÍINEZ RODRÍGUEZ ALEYDA GUADALUPE
Secretaria IGLESIAS JIMENEZ MARÍA GUADALUPE
Consejero/a Electoral 1 ANAYA PAVÓN ARTURO
Consejero/a Electoral 2 AZAMAR SOLIS MARTÍN
Consejero/a Electoral 3 CORTÉS TENORIO VALERIA
Consejero/a Electoral 4 SANTA ANNA ALCALÁ MONTSERRAT
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: MARIANO IBAÑEZ PABLO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: IGLESIAS JIMÉNEZ MARÍA GUADALUPE
SEXO: MUJER
48
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
95
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: ANAYA PAVON ARTURO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: AZAMAR SOLIS MARTÍN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CORTÉS TENORIO VALERIA
SEXO: MUJER
49
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: SANTA ANNA ALCALÁ MONTSERRAT
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: ALBINO MARTÍNEZ PEDRO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
74.5
50
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: HUCHIN IBAÑEZ MARGARITA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: MARTÍNEZ PASTOR JOSÉ DE JESÚS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 02 SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: MARTÍNEZ RODRÍGUEZ ALEYDA GUADALUPE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 02.
51
Como se deriva de la integración del 02 Consejo Distrital Electoral con sede en San Juan
Bautista Tuxtepec, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;
y se concluye que el ciudadano propuesto para presidir el Consejo Distrital, cuenta con
experiencia previa en materia electoral al haber participado como Secretario del Consejo
Distrital en Tuxtepec en el período electoral ordinario 2015-2016 y haber fungido como
Consejero Municipal en 2013; alcanzó el máximo puntaje durante la fase de entrevistas,
donde se ponderaron el apego a los principios rectores y la idoneidad en el cargo a través
de la expresión de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
El ciudadano Pablo Mariano Ibañez, propuesto como Presidente del Consejo Distrital, es
licenciado en Derecho y cuenta con estudios de posgrado en Derecho Constitucional
como se observa en las evidencias académicas que presenta; su experiencia profesional
es de 20 años en el sector jurídico, en que se ha desempeñado como abogado litigante,
encuestador, catedrático y funcionario electoral.
Así también, comprueba capacitación permanente a través de seminarios, talleres,
diplomados y cursos de educación continúa en el ámbito jurídico, el ciudadano propuesto
acredita haber ofrecido conferencias y talleres en materia electoral. Ha participado en el
Diplomado en Gobierno Municipal y Participación Social convocado por el Instituto
Nacional de Desarrollo Social, el Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo
Municipal y la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto Nacional de Desarrollo
Social; cursó el Diplomado en Gobierno Municipal impartido por el Instituto Estatal de
Desarrollo Municipal y el Instituto Estatal de Educación Pública, realizó un período de
servicio social en la Procuraduría General de la República, Delegación Oaxaca.
Adicionalmente, se ha desempeñado como abogado litigante, catedrático de la
Universidad Hispano en la Licenciatura en Derecho y, encuestador en la Secretaría
Federal de Desarrollo Social.
En 2008 fue Secretario Honorario de la Comisión de Vinculación, enlaces y alianzas con
la comunidad, el gobierno y asociaciones civiles del Comité Consultivo para la Atención a
las Lenguas Indígenas en Riesgo de Desaparición del Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas y su participación en el Encuentro Binacional sobre Lenguas en Riesgo de
52
Desaparición organizado por México North Research Network, así como el primer foro
juvenil “Comunidades indígenas, identidad y preservación”.
También cuenta con instrucción en temas de Gestión Cultural al cursar el Diplomado
Continuo en Gestión Cultural de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de
Oaxaca y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, cuenta con participación en
iniciativas a favor de la preservación de lenguas en riesgo de desaparición, identidades
indígenas y participación de la sociedad civil; en sus aportaciones escritas manifiesta
estar informado sobre las transformaciones sociales y la evolución del sistema electoral
mexicano.
Como parte de su capacitación y participación ciudadana permanentes, ha sido
Dialogante de la mesa inicial de los Diálogos para la Cultura Cívica, convocado por la 01
Junta Distrital Ejecutiva de San Juan Bautista Tuxtepec, asimismo, recibió el curso a
distancia denominado “Los desafíos y las tareas de los municipios en el México actual”
impartido por el Instituto Nacional de Desarrollo Social, entre otros programas
académicos, ha cursado el denominado “Ejercicio de los derechos sociales y abatimiento
de carencias, el papel de la sociedad civil”, “Estrategias de enseñanzas con enfoque
recreativo y constructivista”, “Grafoscopía y documentoscopía”, “El sistema acusatorio
penal para abogados”, el Taller de Derecho Notarial y Registral, el Taller de Derecho
Electoral y el de Derecho Penitenciario, entre otros cursos y distinciones.
Mientras que, en referencia a la ciudadana propuesta como Secretaria del Consejo
Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en comunicación, trabajo en equipo,
negociación, profesionalismo e integridad, liderazgo y apego a los principios rectores. Su
experiencia electoral como Consejera Presidenta del Municipio de Jalapa de Díaz en el
Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, destacó en las valoraciones hechas en la fase de
entrevistas, mientras que su valoración curricular alcanzó el porcentaje máximo al reunir
elementos de formación profesional y académica.
La ciudadana propuesta para participar como Secretaria del Consejo Distrital, la
ciudadana María Guadalupe Iglesias Jiménez, es Licenciada en Derecho y cuenta con
estudios de posgrado en Educación, con actualización permanente a través de cursos,
como los recibidos en materia político electoral, el curso de actualización denominado “el
sistema acusatorio penal para abogados”, el “Taller teórico práctico del Sistema
53
Acusatorio Adversarial”, el curso sobre el “sistema de justicia penal acusatorio” y el
diplomado en derecho electoral teórico práctico.
Su desempeño profesional, lo ha realizado en como abogada postulante y como personal
administrativo en un centro educativo, además de haberse desempeñado como
Capacitadora Asistente Electoral del Instituto Nacional Electoral en tres procesos
electorales y como Presidenta del Consejo Municipal de San Felipe Jalapa de Díaz,
también ha participado en diálogos y talleres convocados por el INE.
De su exposición escrita, es posible apreciar su interés por la participación política de las
mujeres y su confianza en las instituciones electorales; mientras que en su entrevista
manifestó ser una persona responsable, con sentido de lealtad institucional, humanista,
orientada a resultados, con capacidad de análisis, empatía, liderazgo y facilidad de
palabra, puntual, responsable y ética.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad. Interesada en el derecho electoral, la
preparación profesional educativa, el ejercicio del derecho y la enseñanza.
En relación al ciudadano Arturo Anaya Pavón, destaca en su perfil que es hablante de
chinanteco, lo que refuerza la composición pluricultural de este órgano colegiado, es
Licenciado en Derecho y Maestro en Ciencias de la Educación, ámbitos en que ha
desempeñado su ejercicio profesional; asimismo, ha desarrollado experiencia en campo,
al participar como Coordinador de Áreas Estadísticas e Informática Básica, y como
Coordinador Municipal ante el Instituto Nacional de Estadística y Geografía; en tanto en el
ámbito electoral, cuenta con experiencia como Jefe de Entrevistadores en los diferentes
municipios de Tuxtepec en 2002, y como Coordinador de Paquetes electorales en el
municipio de Tuxtepec, Supervisor Electoral en Tuxtepec, Capacitador Electoral, y
Capacitador Asistente Electoral; así como Consejero Electoral Presidente del Municipio de
San José Chiltepec en 2013, y Consejero Electoral Presidente del Municipio de San Juan
Bautista Tuxtepec, en 2016; manifestó sentir interés por vivir de cerca, vigilar y participar
en la organización del proceso electoral vigente y ser parte de la historia, con plena
54
conciencia de los actos y cambios que se generan ante la expresión de la voluntad de las
y los electores.
En tanto, el Ingeniero Martin Azamar Solís, se ha desempeñado en la iniciativa privada,
principalmente como valuador y supervisor de turno, así como en el servicio público a
través de su participación como Jefe de Departamento en la Secretaría de Pesca,
realizando estudios de factibilidad en los municipios para implementar proyectos
integrales y de recreación; como personal administrativo especializado del Tribunal
Superior de Justicia del Distrito Federal llevando el control y supervisión del personal,
equipos y materiales; como Coordinador de Control Escolar de la Secretaría de Seguridad
Pública del Estado de Puebla, coordinando y supervisando cursos en municipalidades; y
en el ámbito electoral, se ha desempeñado como Auxiliar Electoral del Consejo Distrital
Electoral de Tuxtepec, como apoyo en la instalación y el desarrollo del proceso electoral
que transcurrió en el año 1995. A partir de su valoración escrita y verbal, se encontró que
el ciudadano cuenta con experiencia profesional, misma que acredita con documentación
que integra su expediente. Adicionalmente, presenta evidencias de capacitación en ética
judicial y capacitación en materia electoral.
Mientas que la ciudadana Valeria Cortés Tenorio, es Licenciada en Derecho por la
Facultad de Derecho de la Universidad Euro Hispanoamericana, con experiencia en litigio
en Estrada & Asociados Consultores, como Directora del Departamento Jurídico y como
abogada postulante en el bufete Mora & Asociados Abogados; en su experiencia electoral
destaca haber participado como Consejera Propietaria del 01 Consejo Distrital con
cabecera en Acatlán de Pérez Figueroa, así como Capacitadora Electoral en el Instituto
Estatal Electoral de Veracruz en 2013 y Supervisora en el Plebiscito organizado por el
Instituto Estatal Electoral Veracruzano en 2001. De su valoración verbal y escrita, destaca
el interés y compromiso con imprimir madurez a los procesos de transformación política
del país.
En lo referente a la ciudadana Montserrat Santa Anna Alcalá, cuenta con estudios de
Licenciatura en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, y carrera
trunca de la Licenciatura en Enseñanza de Idiomas de la Universidad Autónoma Benito
Juárez de Oaxaca; sus conocimientos universitarios se han visto fortalecidos con la
capacitación permanente, como es el caso del Curso de Introducción al Derecho Electoral
Mexicano impartido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
55
concluido en septiembre de 2017. En la administración pública se ha desempeñado como
Asesora de la Regiduría de Cultura, Deporte y Fomento Educativo del Municipio de
Oaxaca de Juárez. Mientras que en el sector privado, ha sido subgerente de una empresa
de servicios en alimentos y coordinadora de operaciones de una empresa de servicios en
tecnologías de la información y administrativa. Manifestó sentir gusto por el trato y
atención a la ciudadanía, apoyar en la gestión de trámites y elaborar dictámenes. Observó
compromiso por sostener un desempeño sobresaliente basado en el trabajo y esfuerzo
bajo los principios rectores de los procesos electorales; imparcialidad e independencia,
comprometida con la democracia y los derechos humanos.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente que la integración propuesta de ciudadanas y
ciudadanos, cuenta con personas del grado en licenciatura, así como con experiencia en
materia electoral, manifestando la disponibilidad, capacidad y responsabilidad y el
compromiso de trabajar en forma conjunta con el Instituto Nacional Electoral; destacan su
experiencia, conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera
profesional en el ámbito electoral, basada en méritos, retos y desafíos profesionales; así
como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los principios rectores, el
interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia
acumulada como coordinador electoral, Consejero Electoral Municipal, en varios procesos
electorales, docente, supervisor de entrevistador en el INEGI, asesor Jurídico, destacando
su capacitación permanente a través de cursos, congresos, conferencias y talleres en
materia electoral y en diferentes áreas.
Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales
propuestos en esta integración, son el sector financiero, desarrollo social, sectores
productivos, desarrollo empresarial, docencia, ámbito jurídico, gerencial, administrativo,
destacando que tal ejercicio lo han desempeñado en el Estado de Oaxaca y otras
entidades, como Veracruz, cuya cercanía a la región influye la dinámica social y
económica.
56
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en áreas de estadística y censos al haberse desempeñado en
funciones como la coordinación de las áreas de estadística e informática o la coordinación
municipal de Tuxtepec, o la jefatura de entrevistadores dentro del Instituto Nacional de
Estadística y Geografía, lo que evidencia un conocimiento del contexto de la región y
facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la comprensión integral de la zona.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como coordinador de paquetes electorales, supervisor electoral,
capacitador electoral, capacitadores asistentes electorales, auxiliares electorales, así
como el desarrollo de plebiscitos en otros Organismos Públicos Locales Electorales.
Sobresale que algunos de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y
consejeros en consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca, circunstancias que denotan interés y vocación por la
materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos como el desarrollo de procesos, medio ambiente y
participación comunitaria, fomento cultural y educativo, capacitación laboral, gestión de
trámites, administración pública y atención ciudadana en tanto que, en ámbito jurídico,
destaca la experiencia en consultoría, estrategias de litigio.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la ética y la
comprensión de procesos históricos, la comunicación entre autoridades y gobernados, así
como coadyuvar en el desarrollo de procesos electorales y garantizar la participación
política de las mujeres.
En esta integración, la participación de los hombres y las mujeres es equilibrada y
paritaria al asignar igual número de cargos a hombres y mujeres, con sustento en el
principio de paridad e igualdad de oportunidades.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
57
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 02 Consejo Distrital con
sede en San Juan Bautista Tuxtepec, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
58
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
59
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Mariano Ibañez Pablo, Iglesias Jimenez María Guadalupe,
Anaya Pavón Arturo, Azamar Solis Martín, Cortés Tenorio Valeria, Santa Anna Alcalá
Montserrat, Albino Martínez Pedro, Huchin Ibañez Margarita, Martínez Pastor José de
Jesús y Martíinez Rodríguez Aleyda Guadalupe, son las personas idóneas para
desempeñar respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretaria y Consejeras
y Consejeros Electorales del Consejo Distrital 02 en San Juan Bautista Tuxtepec.
60
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
61
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 03 CON CABECERA EN LOMA BONITA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 03 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidente FERRER VELASCO JOSE LUIS
CORONEL JUAREZ MARIA ELENA
JUAN LUCIO LORENZO
RODRIGUEZ DE JESUS MAYRA JAZMIN
ZENDEJAS ROSALES CESAR
Secretaria FLORES RAFAEL LAURA ESTHER
Consejero Electoral 1 ATENCO VAZQUEZ ROLANDO
Consejero Electoral 2 CONSUEGRA GONZALEZ ARTURO
Consejera Electoral 3 FELIX JIMENEZ BEATRIZ
Consejera Electoral 4 PEREZ PEREZ MARIA DE LOS REMEDIOS
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: FERRER VELASCO JOSE LUIS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
62
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: FLORES RAFAEL LAURA ESTHER
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: ATENCO VAZQUEZ ROLANDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: CONSUEGRA GONZALEZ ARTURO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89
63
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: FELIX JIMENEZ BEATRIZ
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: PEREZ PEREZ MARIA DE LOS REMEDIOS
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: CORONEL JUAREZ MARIA ELENA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
76.5
64
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: JUAN LUCIO LORENZO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: RODRIGUEZ DE JESUS MAYRA JAZMIN
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
30
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
73.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 03 LOMA BONITA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: ZENDEJAS ROSALES CESAR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: (PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE: (SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 03.
65
Como se deriva de la integración del 03 Consejo Distrital Electoral con sede en Loma
Bonita, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se
concluye que el ciudadano José Luis Ferrer Velasco, propuesto para presidir el Consejo
Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al haber participado como
Secretario del Consejo Distrital en Loma Bonita, así como técnico de organización
electoral en el Instituto Nacional Electoral en el Proceso Electoral Federal 2014 – 2015, y
capturista en la Junta Distrital del INE; alcanzó un puntaje sobresaliente durante la fase de
entrevistas, donde se ponderaron el apego a los principios rectores y la idoneidad en el
cargo a través de la expresión de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo,
negociación, profesionalismo e integridad.
El ciudadano José Luis Ferrer Velasco, propuesto como Presidente del Consejo Distrital,
cuenta con estudios de licenciatura en Derecho, como se observa en las evidencias
académicas que presenta, asimismo cuenta con experiencia en la administración pública
municipal al haberse desempeñado como Juez Único Municipal ante el H. ayuntamiento
Constitucional de San José Chiltepec, Oaxaca, en el período comprendido entre 2011 y
2013, asimismo, se ha desempeñado como Auxiliar de la Dirección General de
Administración del mencionado municipio de San José Chiltepec; también se desempeñó
como encargado de área y analista de producto en la empresa Fábricas de Papel
Tuxtepec S.A. de C.V.; de su valoración escrita y oral, se apreció que cuenta con el deseo
de participar en la integración del Consejo Distrital, en tanto expresa un sentido de
pertenencia a la región y quiere participar de la democracia, ya que anteriormente ha
tenido buenas experiencias de participación que le incitan a seguir en la ruta de fortalecer
las instituciones del Estado, y trabajar de forma organizada e institucional.
Mientras que, en referencia a la ciudadana propuesta como Secretaria del Consejo
Distrital, la ciudadana Laura Esther Flores Rafael, ésta cumple con el perfil requerido y
destacan sus habilidades comunicativas en lengua chinanteca, elemento valioso para su
desempeño en la zona donde se habla predominantemente esta lengua indígena, y la
conformación pluricultural del órgano electoral. Es Licenciada en Derecho por el Instituto
Educativo de la Cuenca del Papaloapam, con formación complementaria en Juicios
Orales, se desempeña como abogada postulante. Su experiencia profesional se conforma
de su desempeño como capturista de datos en el área de Informátoca de la Secretaría de
66
Desarrollo Social con el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, y como auxiliar
contable en el H. Ayuntamiento Constitucional de San Lucas Ojitlán.
Cuenta con experiencia electora previa, como consejera Presidenta del Consejo Municipal
de San Lucas Ojitlán y como Consejera Electoral en el órgano colegiado municipal de
Ayotzintepec, Oaxaca, donde tuvo excelente desempeño en el desarrollo de las funciones
electorales; en su exposición de motivos destacó su entusiasmo por el desarrollo de su
carrera profesional ejerciendo habilidades y adquiriendo nuevos conocimientos, la
facilidad de relacionarse con otras personas, la consecución de objetivos y un fuerte
compromiso con el trabajo, refirió dar buenos resultados gracias a la experiencia variada
con que cuenta, no teme al cambio ya que le representan oportunidades de mejorar. Fue
valorada como una persona adaptable, responsable, y ágil en la toma de decisiones,
dispuesta a implementar cambios y receptiva al aprendizaje continúo.
En lo referente al ciudadano Rolando Atenco Vázquez, cuenta con estudios de
Licenciatura en Administración en Desarrollo Empresarial y capacitación en formación de
emprendedores, calidad total de empresas y servicio al cliente; es hábil en el manejo de
equipo informático y conoce la operación de diversos programas y plataformas de
cómputo; fue percibido en la etapa de entrevistas como una persona con experiencia,
resuelta, audaz, con perfil idóneo para formar parte de esta integración, alcanzó buenas
puntuaciones en todos los rubros evaluados. Como parte de su experiencia laboral,
destaca su participación como Técnico de Organización Electoral en el Instituto Nacional
Electoral y como Enlace de Apoyo Municipal ante el Instituto Nacional de Estadística y
Geografía; asimismo se ha desempeñado en el sector privado como ejecutivo en
instituciones financieras y auxiliar administrativo. En su exposición de motivos dejó clara
su intención de participar nuevamente en un proceso electoral ya que sus experiencias
anteriores en este ámbito han sido satisfactorias, y quiere conocer cómo se desarrolla una
elección local, atendiendo sus lineamientos, reglamentos y principios. Se describe como
una persona dedicada y capaz para realizar las funciones que le encomienden.
Mientras que el ciudadano Arturo Consuegra González, es Maestro en Administración
Educativa y Licenciado en Sistemas Computaciones Administrativos, Técnico en
Electrónica y Técnico Programador Analista; su experiencia electora comprende el cargo
de Supervisor Electoral ante el Instituto Nacional Electoral en el proceso electoral 2015-
2016 y Consejero Electoral Suplente; Supervisor Electoral en el proceso electoral 2014-
67
2015; donde adquirió experiencia en la coordinación y supervisión de entrega de
nombramientos a ciudadanos designados como funcionarios de las mesas directivas de
casilla, así como en la impartición y verificación de los cursos, simulacros y prácticas a la
ciudadanía; su experiencia profesional se complementa con actividades docentes en la
Red de Escuelas Universitarias del Sureste, actividades empresariales propias y servicios
profesionales a la Asociación Ganadera de Loma Bonita y a la Estación Aérea Militar
número 8, así como asesorías y consultorías a diversas empresas de la zona, para las
que ha desarrollado soluciones de software, instalación de equipo, e implementaciones
tecnológicas.
En tanto, la ciudadana Beatriz Félix Jiménez, es Licenciada en Contaduría, interesada
en brindar al máximo su apoyo profesional a la institución, priorizando el trabajo en
equipo, la innovación y la implementación de estrategias para el aprendizaje. Considera
que además de la experiencia, es capaz de contribuir a la integración del Consejo
Electoral con conocimientos y técnicas orientadas a la obtención de resultados, objetivos
y metas con misión y visión. En su experiencia profesional, destaca su participación como
instructora comunitaria del Consejo Nacional de Fomento Educativo, en los municipios de
san Lucas Ojitlán, Santiago Yaveo y San Miguel Soyaltepec, por lo que cuenta con
conocimiento de la complejidad socio cultural de la región; en el mismo ámbito fue
asistente educativo del programa de secundaria comunitaria y reforzó sus conocimientos
mediante el curso de fortalezas de la educación desarrollado en Morelia, Michoacán.
En lo referente a su desempeño en el ámbito electoral, fue Supervisora Electoral ante la
22 Junta Electoral del INE en Iztapalapa, Ciudad de México; también se desempeñó como
Consejera Electoral Propietaria del 03 Consejo Distrital Electoral con sede en Loma
Bonita para el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016. Fue percibida en entrevistas como
una persona idónea para integrar el Consejo Distrital, ya que cuenta con experiencia
como funcionaria y amplio conocimiento del Distrito.
En lo que respecta a la ciudadana María de los Remedios Pérez Pérez, destaca que se
desempeñó como Capacitadora Asistente Electoral en dos procesos electorales, siendo
éstos los desarrollados en 2012 y 2016, en ellos se avocó a la capacitación de
funcionarios para el desarrollo óptimo de las funciones electorales en las mesas directivas
de casilla, así como la asistencia el día de la jornada electoral; refiere haber alcanzado el
objetivo de instalación del cien por ciento de las casillas en su área de responsabilidad
electoral, así como la entrega en tiempo y forma de los paquetes ante los consejos
68
municipales y distritales. En su exposición de motivos destaca su gusto por la interacción
humana, la comunicación y la credibilidad en los procesos electorales, misma que le gusta
transmitir a los ciudadanos que ha capacitado. Manifiesta sentir gusto por participar en el
fortalecimiento de la democracia y que la ciudadanía pueda comprender que es relevante
participar para generar cambios positivos y aumentar la confianza institucional a partir de
la participación ciudadana. De su entrevista, pudo constatarse que tiene facilidad de
palabra, capacidad para tener grupos de personas a cargo, es receptiva al aprendizaje y
ágil en la toma de decisiones, sabe trabajar bajo presión y tiene disponibilidad de tiempo
para el ejercicio de las funciones electorales.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración propuesta se cuenta con
personas que hablan alguna lengua indígena, destacando el grado en licenciatura, con la
experiencia en materia electoral, conocedores del distrito toda vez que se han
desempeñado en diferentes funciones, disponibilidad, capacidad, responsabilidad y el
compromiso de trabajar en equipo como fuente primordial; destacan su experiencia,
conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en
el ámbito electoral, basada en méritos, retos y desafíos profesionales; así como un
comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los principios rectores, el
interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia
acumulada como Consejera y Consejero Electoral Distrital, encuestador (INEGI), docente
demostrando la responsabilidad, eficiencia, la honestidad y el profesionalismo en sus
servicios, capacitador asistente electoral, supervisor electoral, voluntario de casilla en la
consulta infantil (IFE), Asesor, capturista de datos, destacando su capacitación
permanente a través de mesas de trabajo, foros, cursos, congresos, conferencias,
reconocimientos, diplomados, seminarios, talleres en materia electoral y en diferentes
espacios.
69
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en educación comunitaria, gestión de asociaciones locales y
relaciones públicas, su trabajo en instituciones bancarias y su experiencia en el INEGI, lo
que evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para llevar a cabo
trabajos que requieren la comprensión integral de la zona.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse supervisores electorales, y capacitadores asistentes electorales.
Sobresale que algunos de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y
consejeros en consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca, circunstancias que denotan interés y vocación por la
materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos la administración educativa, presentando incluso
nivel de posgrado en formación académica, tecnología, desarrollo empresarial y
administrativa, contaduría pública y derecho.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por el fortalecimiento de los procesos
electorales, en sus entrevistas se les percibió audaces y motivados por participar.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
70
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 03 Consejo Distrital con
sede en Loma Bonita, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
71
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
72
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Ferrer Velasco José Luis, Flores Rafael Laura Esther, Atenco
Vazquez Rolando, Consuegra Gonzalez Arturo, Felix Jimenez Beatriz, Pérez Pérez María
de los Remedios, Coronel Juárez María Elena, Juan Lucio Lorenzo, Rodriguez de Jesus
Mayra Jazmin y Zendejas Rosales Cesar, son las personas idóneas para desempeñar
respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 03 en Loma Bonita.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
73
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
74
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 04 CON CABECERA EN TEOTITLÁN DE FLORES MAGÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 04 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta ENRIQUEZ FILIO DULCE
GARCIA CHAVEZ EUFEMIA
GARCIA MARTINEZ ARIADNA LISETTE
PARRAGUIRRE HERNANDEZ CRISTO
VALENTE
RAMIREZ ROJAS MOISES
Secretario MARISCAL ZARATE ANA CRISTINA
Consejera Electoral 1 MORALES ZARATE JOSE LUIS
Consejero Electoral 2 NERI ZUÑIGA FELIPE
Consejera Electoral 3 ROBLES ZARATE ADRIANA
Consejero Electoral 4 VAQUERO MARTINEZ ENRIQUETA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: ENRIQUEZ FILIO DULCE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
75
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: MARISCAL ZARATE ANA CRISTINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MORALES ZARATE JOSE LUIS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
76
NOMBRE: NERI ZUÑIGA FELIPE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: ROBLES ZARATE ADRIANA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: VAQUERO MARTINEZ ENRIQUETA
SEXO: MUJER
77
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: GARCIA CHAVEZ EUFEMIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
71
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: GARCIA MARTINEZ ARIADNA LISETTE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
78
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PARRAGUIRRE HERNANDEZ CRISTO VALENTE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
76.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 04 TEOTITLAN DE FLORES MAGON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: RAMIREZ ROJAS MOISES
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
79
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 04.
Como se deriva de la integración del 04 Consejo Distrital Electoral con sede en Teotitlán
de Flores Magón, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y
se concluye que la ciudadana Dulce Enriquez Filio, propuesta para presidir el Consejo
Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al haber participado como
Presidenta del Consejo Distrital Electoral con sede en Teotitlán de Flores Magón en el
proceso inmediato anterior, donde manifestó haber realizado recorridos por los 43
municipios integrantes del Distrito Electoral, así como presidir el desarrollo de las
sesiones y los trabajo relacionados con el cómputo de la elección de diputados locales y
gobernador del Estado; asimismo se desempeñó como Secretaria del Consejo Municipal
de Santa María Tecomavaca en 2013, cuyas funciones fueron la elaboración de actas de
sesiones, convocatorias a sesiones del Consejo y participación en las actividades
ordinarias del órgano electoral; también se desempeñó como Capacitadora Asistente
Electoral en 2009, notificando y capacitando a las y los ciudadanos en sus domicilios para
su participación efectiva en la jornada electoral; fue capacitadora electoral del Instituto
Federal Electoral en el proceso electoral 2008-2009, con funciones similares a las
descritas en el puesto anterior. Participó también como responsable del área de geografía
en el Censo de Población 2000 del Instituto Nacional de Geografía y Estadística.
Complementan su experiencia profesional, los trabajos desarrollados como docente frente
a grupo y como promotora educativa bilingüe, ya que es hablante de mazateco, lo que
añade perspectiva multicultural a la integración de este Consejo Distrital, más aún cuando
se trata de la ciudadana que preside la conformación del mismo. En su exposición refirió
sentirse motivada a conocer más sobre los cambios y reformas que imprimen
particularidades a este proceso electoral donde se tendrán elecciones concurrentes por
primera vez en Oaxaca.
80
En tanto, la ciudadana propuesta como Secretaria del mismo Consejo Distrital, la
ciudadana Ana Cristina Mariscal Zárate, es Licenciada en Comercio Internacional, con
estudios complementarios en Políticas Públicas para la Mujer, Perspectiva de Género,
Paridad de Género y elecciones. Adicionalmente, ha tenido participación en el Concurso
Nacional e Internacional de Ensayo en torno a la participación Política de las Mujeres en
México, así como formación en el Programa Emprendedor UPAEP, Diplomado Hardvard
Bussines, Esquemas de Aseguramiento para el Sector Agrícola ante Desastres Naturales,
así como en el seminario “Herramientas de competitividad para empresas exitosas”.
Como parte de su experiencia profesional, ha participado con la Agencia de Desarrollo
Rural Región Pápalos, en la planeación participativa alimentaria de las familias de la zona;
así como Instructora de Zona del Instituto Nacional de Geografía y Estadística,
impartiendo capacitación sobre metodología y procesos del Censo Económico 2014.
También se ha desempeñado en la práctica docente; realizó prácticas en la Secretaría de
Economía elaborando proyecciones arancelarias, y como auxiliar de contabilidad en el
Departamento de Contraloría de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla
campus Tehuacán.
En su experiencia electoral, destaca haberse desempeñado como Consejera Municipal en
San Juan Bautista Cuicatlán, que se suman a sus antecedentes administrativos y
demostrada participación ciudadana en talleres, concursos y diplomados, aptitudes y
habilidades que le hacen idónea para el cargo que se le designa. De su exposición de
motivos y valoración en entrevista destaca el interés por participar en un proceso que
considera importante para el país y la región; su compromiso con la certeza y el
cumplimiento de la voluntad de los electores, el desarrollo de un proceso electoral justo y
transparente, apegado a valores y responsabilidades; asimismo, manifiesta sentirse
satisfecha y motivada por su experiencia electoral previa y la credibilidad en las
instituciones electorales, de la cual ha sido testigo. Refiere que el principio de paridad de
género es un derecho que conceptualmente se inscribe en el derecho a la igualdad
política como principio elemental de la sociedad democrática, por lo que desea promover
la participación de las mujeres a partir de su participación en el Consejo Distrital.
Además, es destacable que Presidenta y Secretaria, son mujeres, con lo que se ejerce
una perspectiva de género, de inclusión en la participación política y no discriminación.
81
En lo referente al ciudadano José Luis Morales Zárate, cuenta con estudios de
Licenciatura en Administración de Empresas, y es Técnico en Contabilidad y Sistemas de
Registro; ha colaborado a lo largo de 16 años en Banrural, como auxiliar de contabilidad,
contador de sucursal, así como Jefe del Departamento de Tesorería, lo que da constancia
de su perseverancia y fiabilidad. Asimismo, se desempeñó durante 22 años en el Sector
Salud, donde, entre otras funciones fungió como Administrador de un Centro de Salud; y
como Jefe de zonas de Estadísticas en las Choapas, en el Instituto Nacional de Geografía
y Estadística. Fue Regidor Municipal ante el H. Ayuntamiento de San Juan Bautista
Cuicatlán de 2007 a 2009.
Por lo que hace a su experiencia electoral, ésta se ha nutrido de la participación como
consejero Presidente del Consejo Municipal de Cuicatlán en 2004, Secretario del Consejo
Municipal de Cuicatlán en 2013 y Consejero Propietario del Consejo Municipal de
Cuicatlán en 2016. Mientras que en 2006 se desempeñó como Capacitador Asistente de
la Junta Electoral 02 con sede en Teotitlán de Flores Magón, y como Capacitador
Asistente Electoral en la 02 Junta Electoral de Teotitlán de Flores Magón en 2012. En su
exposición de motivos destaca el interés por participar en unas elecciones concurrentes,
ya que, a partir de su experiencia, considera puede aportar a la planeación y ejecución del
proceso. En su entrevista, se percibió capacidad para manejo de grupos y personal,
interés por garantizar la paridad de género, conocimiento de la región y sus
particularidades socioculturales, disponibilidad de tiempo y lealtad institucional.
Mientras que el ciudadano Felipe Neri Zúñiga, cuenta con estudios de Licenciatura en
Derecho, y formación complementaria a través del Diplomado en Derecho Electoral
impartido por el Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral.
Ha desarrollado su carrera profesional a través de prácticas en la Segunda Actuaría del
Juzgado Quinto de la Civil en la Ciudad de Oaxaca, dependiente del Poder Judicial del
Estado; como Secretario Municipal de Concepción Pápalo, Cuicatlán, trabajador del
Registro Civil adscrito a la Unidad de Oficialías de la Dirección del Registro Civil del
Estado de Oaxaca en Santa María Chilchotla y San Jerónimo Tecóatl; así como
Integrante del Comité de Contraloría Social Municipal de Concepción Pápalo.
De su valoración oral y escrita, pudo apreciarse su interés por el desarrollo democrático
apegado a los principios rectores, deseo de participar en las atribuciones, estructura,
82
organización y actuaciones electorales, así como responsabilidad y compromiso por la
aplicación de la normativa.
Por su parte, la ciudadana Adriana Robles Zárate, es máster en Derecho Penal por el
Centro Universitario de Tehuacán Puebla, donde también cursó la Licenciatura en
Derecho. Su formación profesional se sustenta en la experiencia adquirida como Abogada
postulante en un Despacho Jurídico en San Juan Bautista Cuicatlán donde ha litigado en
las áreas de derecho penal, familiar, sucesorio y notarial. Su actualización profesional, le
ha permitido tomar los cursos de “Proceso Electoral Federal”, Medicina Forense Legal y
Preservación del Lugar de los Hechos, Conocimientos de la Ciencia jurídica, Juicios
Orales y Lecciones Especializadas del Sistema Acusatorio Penal.
Asimismo, se ha desempeñado como Consejera Presidenta del Consejo Municipal
Electoral de San Juan Bautista, Cuicatlán para el proceso electoral 2015-2016, como
Consejera Suplente del Consejo Distrital de Teotitlán de Flores Magón, digitalizadora del
programa PREP ante el Instituto Estatal Electoral en el año 2013; y Capacitadora
Asistente Electoral ante el Instituto Nacional Electoral en 2006. Experiencia que se
complementa con su participación como Técnica de Estadística en el Centro de
Información Estadística y Documental para el Desarrollo, y como analista de Información
en el Censo Económico del INEGI, institución donde además se desempeñó como Jefa
de Área en el censo CEMABE.
De su valoración oral y escrita en entrevistas y exposición de motivos, pudo apreciarse
que cuenta con aptitudes de negociación, organización y gestión de recursos humanos y
materiales, dirección y toma de decisiones. Destaca que es bilingüe, con dominio del
idioma inglés y español; capacidades para el trabajo bajo presión, apegada a los valores
de respeto, tolerancia, compromiso y trabajo en equipo.
Respecto a Enriqueta Vaquero Martínez, destaca que es hablante de lengua mazateca,
lo cual permite un mejor desarrollo en las funciones electorales ya que contribuye al
desarrollo cultural de la región. Cuenta con estudios superiores de licenciatura en la
facultad de Humanidades; su experiencia profesional se sustenta en prácticas docentes
en San Lucas Zoquiapam, así como instructora comunitaria del Consejo Nacional de
Fomento Educativo, Asistente Educativo del mismo Consejo en San Martin Toxpalan y
Asesor Pedagógico Itinerante; también se ha desempeñado como Entrevistadora ante el
83
Instituto Nacional de Geografía y Estadística; de tales comisiones puede inferirse el
conocimiento que tiene de la región, así como sus particularidades socioculturales; ha
sido también capacitadora bilingüe en la Comisión Federal de Riesgos Sanitarios de la
CDI y el INALI.
En cuanto a su experiencia electoral, se ha desempeñado como Consejera Electoral
Propietaria ante el 04 Consejo Distrital con sede en Teotitlán de Flores Magón; destaca de
su experiencia en este ámbito que cuenta con aptitudes en el área de talento humano,
capacidad de análisis, solución de problemas, y montaje de procesos de personal, así
como su perspectiva de género. Es evidente en su expresión de motivos el deseo y
compromiso por garantizar las funciones institucionales con imparcialidad.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con alto grado de responsabilidad y disciplina, destacando la experiencia en materia
electoral, como el deseo de desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral,
basada en la pasión, esfuerzo y preparación; así como un comportamiento sustentado en
valores como el diálogo, la responsabilidad, la transparencia, compromiso, dedicación y la
honestidad. También se manifiesta el apego a los principios rectores, el interés por la
transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como cualidades la
juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia acumulada, como
capacitador electoral, visitador domiciliario, Secretaria Electoral, Consejero Electoral del
Consejo Municipal Electoral, Técnico Electoral, supervisor de entrevistadores, coordinador
Municipal, Coordinador de Zona (INEGI), operador del programa Preliminar (PREP),
enlace administrativo en un Consejo Distrital Electoral, Funcionario de Casilla,
responsable de atención, docente, promotor social, Jefe de brigada (SEDESOL), Gerente
de sucursal y Jefe Administrativo en empresas privadas, destacando su capacitación
permanente a través de diplomados, talleres, colaborador en proyectos educativos y
federales, cursos en materia electoral y en diferentes temas.
84
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en administración y gestión de instituciones, jefes de estadística,
contraloría social, asesoría comunitaria, pedagogía, lo que evidencia un conocimiento del
contexto de la región y facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la
comprensión integral de la zona. Asimismo, resulta evidente la participación que han
tenido en materia electoral, al desempeñarse supervisores electorales, técnicos,
visitadores y capacitadores asistentes electorales.
Sobresale que algunos de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y
consejeros en consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca, contando incluso con la participación de ex
Presidentes de consejos municipales, circunstancias que denotan interés y vocación por
la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos la administración educativa, presentando incluso
nivel de posgrado en formación académica, tecnología, desarrollo empresarial y
administrativa, contaduría pública y derecho. Además, las y los integrantes, denotan su
interés por el fortalecimiento de los procesos electorales.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
85
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 03 Consejo Distrital con
sede en Loma Bonita, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
86
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
87
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Enríquez Filio Dulce, Mariscal Zarate Ana Cristina, Morales
Zarate José Luis, Neri Zúñiga Felipe, Robles Zarate Adriana, Vaquero Martínez Enriqueta,
García Chávez Eufemia, García Martínez Ariadna Lisette, Parraguirre Hernández Cristo
Valente y Ramírez Rojas Moisés, son las personas idóneas para desempeñar
respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 04 en Teotitlán de Flores Magón.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
88
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
89
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 05 CON CABECERA EN ASUNCIÓN NOCHIXTLÁN DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 05 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente CARRIZOSA ROJAS ELOY FUENTES CRUZ ITZEL HERNANDEZ SANCHEZ YURIDIANA LOPEZ CARRASCO JUAN CARLOS LOPEZ LOPEZ VICTOR
Secretaria ZARATE CRUZ YAZMIN JAZZIVE
Consejera Electoral 1 BEDOLLA BRAVO ELVIA CAROLINA
Consejero Electoral 2 HERNANDEZ SANCHEZ MIRIAM NOEMI
Consejera Electoral 3 SANCHEZ CRUZ MARCELINO
Consejero Electoral 4 SANTIAGO HERNANDEZ JAVIER
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: CARRIZOSA ROJAS ELOY
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90
90
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: ZARATE CRUZ YAZMIN JAZZIVE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
92
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: BEDOLLA BRAVO ELVIA CAROLINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
91
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: HERNANDEZ SANCHEZ MIRIAM NOEMI
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: SANCHEZ CRUZ MARCELINO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: SANTIAGO HERNANDEZ JAVIER
92
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: FUENTES CRUZ ITZEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: HERNANDEZ SANCHEZ YURIDIANA
SEXO: MUJER
93
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LOPEZ CARRASCO JUAN CARLOS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
74.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 05 ASUNCION NOCHIXTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LOPEZ LOPEZ VICTOR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
94
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
73.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 05.
Como se deriva de la integración del 05 Consejo Distrital Electoral con sede en Asunción
Nochixtlán, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se
concluye que el ciudadano Eloy Carrizosa Rojas, propuesto para presidir el Consejo
Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al haberse desempeñado
satisfactoriamente en diversos cargos.
Su experiencia electoral está sustentada en su participación como Capacitador Asistente
Electoral y Coordinador Electoral ante la 03 Junta Distrital del INE en el período
comprendido de 2014 a 2016; Presidente del Consejo Municipal en la elección por
Sistemas Normativos Indígenas en San Gabriel Mixtepec en 2013; Presidente del Consejo
Municipal en la elección por Sistemas Normativos Indígenas en San Juan de los Cues en
2013; Presidente del XIII Distrito Electoral de Tlaxiaco en 2010; Capacitador Asistente
Electoral ante el 03 Distrito del IFE, en 2009; Consejero Presidente del Consejo Distrital
de Tlaxiaco en 2007; Presidente del Consejo Municipal de Tlaxiaco en 2007; Capacitador
Asistente Electoral por el 03 Distrito Electoral del IFE en 2006; Consejero Presidente del
Consejo Distrital con sede en Santiago Juxtlahuaca; Consejero Presidente del Consejo
Municipal de Santiago Juxtlahuaca; Supervisor Electoral del 06 Distrito Electoral Federal
en 2003; Consejero Presidente del Consejo Distrital con sede en San Pedro y San Pablo
Teposcolula en 2001; Presidente del Consejo Municipal de San Pedro y San Pablo
Teposcolula en 2001; Secretario del XXI Consejo Distrital con sede en Santiago
Juxtlahuaca en 1998; y Secretario del XVI Consejo Distrital con Sede en Asunción
Nochixtlán en 1995; antecedentes que denotan un claro compromiso con las instituciones
electorales y vocación de servicio en la materia.
95
De su exposición de razones, destaca su conocimiento de gran parte del Distrito, así
como las costumbres de los municipios que lo integran; su cercanía con la ciudadanía,
conocimiento del contexto geográfico y económico de la región; así como un alto sentido
de responsabilidad.
En tanto, la ciudadana Yazmin Jazzive Zárate Cruz, propuesta como Secretaria del
mismo Consejo Distrital, destaca que es hablante de la lengua mixteca, lo que fortalece la
integración del órgano colegiado en una región donde la cultura predominante es
precisamente la mixteca; es Licenciada en Derecho, con práctica en asesoría legal en
materia administrativa, civil y penal.
Ha colaborado en el Instituto Nacional de Geografía y Estadística como entrevistadora
agropecuaria, recabando información sobre predios, productores y tenencia de la tierra;
así como capturista de proyectos estadísticos, verificado los datos y su almacenamiento
digital; también como entrevistadora de proyectos estadísticos, haciendo el levantamiento
de la información estadística, recorridos de reconocimiento de áreas y actualización
cartográfica.
En su experiencia electoral, destaca haber sido Consejera Electoral Propietaria ante el
Consejo Municipal de Nochixtlán en el proceso electoral inmediato anterior; y Secretaria
en el Consejo Municipal de Asunción Nochixtlán en 2010. DE estas experiencias, refiere
haber elaborado actas de sesiones, certificar actuaciones, notificar a los representantes
de los partidos políticos, y establecer canales de comunicación entre el Consejo Municipal
y el Distrital, así como hacia el interior del órgano colegiado.
Actualmente, se desempeña como Tesorera del Comité de Obras del paraje Yuxacuixi del
Barrio de la Peña, en Asunción Nochixtlán, donde ha realizado gestiones para la
obtención de servicios públicos y la participación de la comunidad.
Mientras que la Ciudadana Elvia Carolina Bedolla Bravo es Licenciada en Contaduría
Pública egresada de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, Socia fundadora
de la Asociación Civil Cofradía Oaxaqueña para el Desarrollo Social, su formación
académica la complementa con los cursos y talleres que ha tomado, como por ejemplo
“Tutela de los derechos políticos” y “Equidad de género” en el Proceso Electoral Ordinario
2015-2016, impartido por el INE.
96
En su experiencia laboral cuenta con experiencia como Jefa de departamento de
contabilidad del Fideicomiso para el Desarrollo Logístico del Estado de Oaxaca (FIDELO),
por lo que demuestra tener capacidad gerencial y de liderazgo, también laboró en la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca, y Alimentación
(SAGARPA) Elaborando proyectos productivos y asistencia técnica.
En cuanto a su experiencia electoral fue Presidenta del Consejo Municipal Electoral del
Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016,
así como Capacitador Asistente Electoral en la 03 Junta Distrital Ejecutiva del IFE,
durante las elecciones Federales del año 2003, y como Asistente Electoral en el Consejo
Municipal Electoral de Huajuapan de León en las Elecciones de 2001, también fue
Presidenta de Mesa Directiva de Casilla durante la Jornada Electoral del día 7 de junio de
2015.
En lo que respecta a la ciudadana Miriam Noemí Hernández Sánchez, se destaca que
es una mujer indígena que expresa gran interés en la inclusión y participación política de
las mujeres, de su valoración oral y escrita se aprecian detalles y antecedentes sobre la
forma como ella ha participado para impulsar el desarrollo de este sector de la sociedad,
como en su experiencia laboral lo refiere, siendo Vocal de DIF en el municipio de Santa
María Chachoapam, también laboró en la Instancia Municipal de la Mujer en el mismo
municipio antes mencionado, desarrollando actividades relativas a la igualdad de género,
como última experiencia laboral mencionó haber trabajado en campañas comunitarias
para el Grupo de Estudios de la Mujer “Rosario Castellanos”.
En cuanto a su experiencia electoral, dijo haber desarrollado diferentes actividades entre
las que destacan su participación como Consejera Electoral en el Municipio de Asunción
Nochixtlán en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, también laboró como
Supervisora Electoral para el Instituto Nacional Electoral (INE), también fungió como
Capacitador Asistente Electoral en tres ocasiones para el Instituto Federal Electoral (IFE).
En tanto, el Ciudadano Marcelino Sánchez Cruz es Licenciado en Administración
egresado del Instituto Tecnológico de Oaxaca, complementa su formación académica con
cursos de calidad y relaciones humanas, impartidos por el Instituto Tecnológico de
Oaxaca.
97
En su experiencia laboral refiere haber trabajado como encargado del control de calidad,
en el departamento de edición de la empresa Contanetica S.A. de C.V. Auxiliar
administrativo en Cooperativa Quetzal, en Asunción Nochixtlan, así como auxiliar en el
área de Recursos Humanos en la constructora Virgilio Merlín.
En cuanto a su experiencia electoral detalló haber trabajado como Secretario en el XIII
Consejo Distrital Electoral Local, durante el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013, así
como también refiere haber desempeñado el cargo de Supervisor Electoral, durante el
Proceso Electoral Federal 2011-2012, y como Capacitador Asistente Electoral durante el
Proceso Electoral Federal 2008-2009, también menciona haber sido coordinador de
capacitación durante el Proceso Electoral Ordinario 2010 en el XIV Consejo Distrital
Electoral.
Por su parte, el Ciudadano Javier Santiago Hernández es Licenciado en Derecho por la
Universidad Nacional Autónoma de México. En su trayectoria laboral cuenta con
experiencia electoral como Capacitador Asistente Electoral en la 03 Junta Distrital
Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, también como Asistente Electoral XVI Consejo
Distrital Electoral Local, así como también menciona haber laborado como Jefe Operativo
de Proyectos de Gobierno en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y como
representante de dicha dependencia gubernamental. También llevó a cabo trabajo como
coordinador Municipal de Proyectos Estadísticos para el mismo Instituto.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que
no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito
electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
98
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,
manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,
experiencia académica y laboral como profesional en Materia Electoral acumulada como
Consejera Presidenta, Consejera Electoral en un Consejo Municipal, Consejero Electoral
en un Consejo Distrital, Capacitador Asistente Electoral, Técnico Electoral, Asistente de
Educación Cívica para promoción del Voto, en las tareas de Capacitación y Educación
Cívica durante el Proceso Electoral Federal, asistente en educación cívica para consulta
infantil (INE), abogada litigante y administradora en sede en Oaxaca en una empresa
privada, destacando su capacitación permanente a través de diplomados, cursos, Taller y
Encuentro Nacionales.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en derecho, contaduría pública, administración, informática, y
gestión comunitaria, así como el ejercicio de sus trayectorias en diversas zonas de la
región, lo que evidencia un conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo
trabajos que requieren la comprensión integral de la zona. Asimismo, resulta evidente la
participación que han tenido en materia electoral, al desempeñarse supervisores
electorales, capacitadores asistentes electorales, coordinadores de capacitación,
asistentes de educación cívica en consultas infantiles y en la promoción del voto, técnicos
electorales, asistentes de consejos distritales, representantes ante las mesas directivas de
casilla y de manera relevante, como Consejeros Electorales, ocupando incluso la
presidencia de algunos órganos electorales municipales; el ejercicio de estas funciones
electorales, permite comprender que las ciudadanas y ciudadanos propuestos para
participar como consejeras y Consejeros Electorales, tienen conocimiento de las
diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la preparación,
desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su participación denota
conocimiento, interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos de la administración pública, la gestión de sistemas
de información y el derecho. Además, las y los integrantes, denotan su interés por el
fortalecimiento y la transparencia de los procesos electorales.
99
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 05 Consejo Distrital con
sede en Asunción Nochixtlán, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
100
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
101
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Carrizosa Rojas Eloy, Zarate Cruz Yazmin Jazzive, Bedolla
Bravo Elvia Carolina, Hernández Sanchez Miriam Noemí, Sánchez Cruz Marcelino,
Santiago Hernandez Javier, Fuentes Cruz Itzel, Hernández Sánchez Yuridiana, López
Carrasco Juan Carlos, López López Víctor, son las personas idóneas para desempeñar
102
respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 05 en Asunción Nochixtlán.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
103
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 06 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 06 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta MARTINEZ CISNEROS MARISOL
CRUZ MARTINEZ EFRAIN RAMIRO
MARQUEZ OROPEZA JOSEFINA
RAMIREZ MENDEZ EDGAR
RODOLFO CINOE
SANJUAN OSORIO SARAHI
Secretaria GOMEZ GUZMAN LILIANA
Consejera Electoral 1 BAUTISTA BONILLA JUAN VICTOR
Consejero Electoral 2 FLORES MONTESINOS JAIRZINHO
Consejera Electoral 3 GONZALEZ RAMIREZ GERARDO
Consejero Electoral 4 SANCHEZ UC MARIANA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: MARTINEZ CISNEROS MARISOL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.5
104
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: GOMEZ GUZMAN LILIANA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: BAUTISTA BONILLA JUAN VICTOR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
105
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: FLORES MONTESINOS JAIRZINHO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: GONZALEZ RAMIREZ GERARDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
70
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: SANCHEZ UC MARIANA
106
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: CRUZ MARTINEZ EFRAIN RAMIRO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: MARQUEZ OROPEZA JOSEFINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 35
107
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
71.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: RAMIREZ MENDEZ EDGAR RODOLFO CINOE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 06 H. CD. DE HUAJUAPAN DE LEON
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: SANJUAN OSORIO SARAHI
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 30
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
108
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
68.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 06. Como se deriva de la integración del 06 Consejo Distrital Electoral con sede en la Heroica
Ciudad de Huajuapan de León, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los
integrantes; y se concluye que la ciudadana Marisol Martínez Cisneros, propuesta como
Presidenta del Consejo Distrital, cuenta con experiencia previa en materia electoral al
haberse desempeñado como Consejera Electoral propietaria del Consejo Distrital con
sede en la Heroica Ciudad de Huajuapan de León en el Proceso Electoral Ordinario
2015-2016, en esta actuación tuvo a su cargo la organización de un debate entre
candidatos. Durante la etapa de entrevistas fue posible observar liderazgo,
profesionalismo y habilidades comunicativas, además de la experiencia electoral previa
que la hacen idónea para ocupar el cargo, ya que en su valoración oral y escrita expresó
interés en la promoción de una cultura cívica democrática, así como dar certeza al
cumplimiento de la voluntad de los ciudadanos y ciudadanas, al elegir a sus próximos
representantes, velando por el cumplimiento de los principios electorales que dan sentido
y fortaleza a la función electoral. Demostró un alto grado de compromiso y
responsabilidad, así como una actuación apegada a valores, habilidades para el trabajo y
organización.
Su experiencia profesional se complementa con su participación como asesora de crédito
en una empresa de bienes raíces, así como su desempeño en la Subdirección de
Adicciones del H. Ayuntamiento de Huajuapan de León, y su participación en medios
informativos como Igabe Noticias, el diario Marca, Radio Oro y La Poderosa de Tlaxiaco;
fue también conductora del programa radiofónico Vive la Univas y editora de audio y video
en la Universidad José Vasconcelos de Oaxaca; realizó servicio profesional no
remunerado en la sección de Desarrollo Regional y en la Dirección de Agroindustrias y
Comercio Rural de la SEDER, lo que permiten constatar su amplio conocimiento de la
región y del contexto social demográfico de la misma. Ha mantenido una actualización
109
permanente a través de cursos como el de Incubación en Línea impartido por el Instituto
Nacional del Emprendedor y el Diplomado en Administración Pública Municipal.
En tanto, la ciudadana Liliana Gómez Guzmán, propuesta como Secretaria del mismo
Consejo Distrital, también cuenta con experiencia en la materia al haberse desempeñado
como Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso Electoral Federal 2012; así como en
las funciones de instrucción y asistencia electoral en el proceso de elecciones internas de
partidos políticos, coordinada por el Instituto Nacional Electoral y como capturista adscrita
a la Vocalía de la Secretaría en la l03 Junta Distrital Ejecutiva durante el Proceso Electoral
Local 2015-2016.
Complementan esta experiencia profesional, sus actividades en el Instituto Nacional de
Estadística y Geografía, donde se desempeñó en la aplicación de cuestionarios para el
Censo Económico 2014, su participación como asistente administrativa en la empresa
Solinta S. A. de C. V., y como docente en el Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca.
De su valoración oral y escrita pudo apreciarse que cuenta con un sólido compromiso
institucional, alto sentido de responsabilidad, disciplina, respeto, aprendizaje continuo,
dedicación al trabajo, organización de actividades, disponibilidad de horario y flexibilidad
ante los cambios, así como el deseo por contribuir y fortalecer la vida democrática de
México.
La participación comunitaria de ambas, así como su previa experiencia de trabajo en el
Distrito Electoral en comento, la hacen conocedoras del medio donde realizarán las
funciones electorales propias del proceso electoral vigente, lo cual resulta clave, en tanto
este Distrito se coordinará con 21 consejos municipales distribuidos en la orografía de la
región mixteca, por lo que al ser originarias de la zona, comprenden el contexto y las
expresiones de la cultura de la región.
Además, es destacable que las ciudadanas propuestas como Presidenta y Secretaria del
Consejo Distrital son mujeres, con lo que se ejerce una perspectiva de género, de
inclusión en la participación política y no discriminación, valores que son observados por
el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
En tanto, el Ciudadano Juan Víctor Bautista Bonilla, propuesto como Consejero
Electoral, es egresado de la Licenciatura en Ciencias Empresariales por la Universidad
110
Tecnológica de la Mixteca, refiere que su desarrollo profesional se ha centrado
principalmente en las micro finanzas con enfoque rural, desempeñando puestos
gerenciales en las Sociedades Caja Solidaria Nieves SC de AP de RL de CV y Red
Oaxaca SA de CV SFC; en las cuales menciona haberse relacionado con todas las áreas
de dichas organizaciones. En cuanto a su experiencia electoral acredita haberse
desempeñado como Supervisor Electoral donde dio acompañamiento a los Capacitadores
Asistentes Electorales a su cargo, en su Zona de Responsabilidad Electoral.
Por su parte el Ciudadano Jairzinho Flores Montesinos es Licenciado en Derecho relata
tener amplia trayectoria como abogado litigante lo que le será de gran utilidad para llevar
a cabo su encomienda como Consejero Electoral. En su experiencia laboral comentó
haber sido Abogado Litigante en el despacho jurídico “García & García” donde realizó
actividades como defensor en Causas Penales en el Nuevo Sistema Acusatorio
Adversarial (Juicio Oral). Asimismo realizó las actividades de asesoría y Consultoría
Jurídica en el Despacho Jurídico “Guzmán López & Asociados”, además de haber sido
docente en el Centro Universitario “Luis Donaldo Colosio Murrieta” impartiendo materias
referentes a la Licenciatura en Derecho.
En cuanto a su experiencia electoral asume haber sido Consejero Electoral Propietario en
el VI Consejo Distrital Electoral Local con sede en Huajuapan de León durante el Proceso
Electoral Ordinario 2015-2016, de la misma manera asume haber laborado como Técnico,
Asistente y Coordinador Electoral en el XV Distrito Electoral Local, durante las elecciones
locales del 2007, realizando las mismas actividades en el Proceso Electoral Ordinario
2009-2010.
Por lo que respecta al Ciudadano Gerardo Gonzáles Ramírez, éste cuenta con
Licenciatura como Contador Público y Auditor por la Benemérita Universidad Autónoma
de Puebla, refiere haber laborado en la Secretaría de Finanzas de Oaxaca, como
Delegado Fiscal, para los Distritos de San Pedro y San Pablo Teposcolula Y Distrito de
San Juan Bautista Tuxtepec, al mismo tiempo realizando actividades de Contabilidad
privada y gubernamental en Despacho Particular, además de ser Asesor Municipal,
Contable Y Administrativo en los Municipios de Calihualá, Santos Reyes Tepejillo,
Zapotitlán Palmas, Santiago Chazumba, Santiago Miltepec, San Pedro y San Pablo
Tequixtepec, Santo Domingo Tonalá y San Jorge Nuchita, También menciona su interés
en participar como Consejero Electoral Distrital con la idea de poder servir y participar en
111
esta encomienda, asegurando que promoverá una cultura cívica y democrática en su
ciudad y Distrito.
Asimismo la Ciudadana Mariana Sánchez Uc, es Licenciada en Ciencias Empresariales,
por la Universidad Tecnológica de la Mixteca, refiere que tiene los conocimientos
necesarios para desempeñar el cargo de Consejera Electoral de forma eficaz y eficiente,
agrega que cuenta con las capacidades requeridas para para desempeñar el cargo con
responsabilidad, honestidad y transparencia; cuidando que cada una de las funciones a
desempeñar sean realizadas en pro del procedimiento electoral.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en el ámbito empresarial, la administración pública y ciencias
políticas, procesos de auditoría y contabilidad, la gestión de sistemas de información, la
docencia y el ámbito jurídico, desarrollando sus trayectorias profesionales y laborales en
instituciones y empresas de la zona, lo que evidencia un conocimiento del contexto local y
facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la comprensión plena de la región y
sus particularidades.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente la formación multidisciplinar de los integrantes
propuestos, el alto sentido de compromiso con las instituciones y la democracia; destacan
su experiencia, la disposición y los conocimientos académicos adecuados, el deseo de
desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos
profesionales; así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así
como su experiencia acumulada como supervisor electoral, Técnico Electoral,
Capacitador Asistente, Secretario, Consejero del Consejo Municipal Electoral, Presidente
112
de la Mesa Directiva de Casilla, Secretaria de la Vocalía del Secretario (IFE), Jefe de
Oficina de Seguimiento y Análisis, miembro del servicio Profesional Electoral (IFE),
docente, Presidente Municipal por Sistemas Normativos Internos, Auxiliar contable, su
capacitación permanente a través de diplomados, curso, taller, y conferencias.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales distritales, en la secretaría de
los consejos municipales, así como en la integración de las mesas directivas de casilla, lo
que denota un compromiso con la democracia y las instituciones electorales, dicha
experiencia también permite comprender que las ciudadanas y ciudadanos propuestos
para participar como consejeras y Consejeros Electorales en este distrito, tienen
conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la
preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su
participación confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias
empresariales, las ciencias político administrativas, ciencias de la salud, desarrollo
comunitario, contaduría pública, auditoría gubernamental y las ciencias jurídicas.
A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para
participar se fundamenta en la inquietud de propiciar cambios positivos en la percepción
ciudadana respecto de los procesos electorales, así como garantizar la credibilidad en las
instituciones, la transparencia de los procesos de expresión de la voluntad popular a
través del voto y el mantenimiento de la gobernabilidad.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
113
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 06 Consejo Distrital con
sede en la Heroica Ciudad de Huajuapan de León, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
114
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
115
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Martínez Cisneros Marisol, Gómez Guzmán Liliana, Bautista
Bonilla Juan Víctor, Flores Montesinos Jairzinho, González Ramirez Gerardo, Sanchez Uc
Mariana, Cruz Martínez Efraín Ramiro, Marquez Oropeza Josefina, Ramírez Méndez
Edgar Rodolfo Cinoe y Sanjuan Osorio Sarahi, son las personas idóneas para
desempeñar respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y
Consejeros Electorales del Consejo Distrital 06 en la Heroica Ciudad de Huajapan de
León.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
116
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
117
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 07 CON CABECERA EN PUTLA VILLA DE GUERRERO DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 07 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta MERINO GARCIA FRANCISCO CORTES MORALES ABEL REY MENDOZA IBARRA RAMSES PORTILLO SANCHEZ KARINA RAMOS GONZALEZ EDUARDO
Secretaria LEAL SOLANO VICTORIA
Consejero Electoral 1 BERMUDEZ VAZQUEZ ARTURO
Consejero Electoral 2 GRACIDA RODRIGUEZ XOCHITL
Consejera Electoral 3 MACHUCA GARCIA REYNALDO
Consejero Electoral 4 MORALES ESCOBAR CESAR
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: MERINO GARCIA FRANCISCO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
118
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: LEAL SOLANO VICTORIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: BERMUDEZ VAZQUEZ ARTURO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
68
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
119
NOMBRE: GRACIDA RODRIGUEZ XOCHITL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 35
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
69.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MACHUCA GARCIA REYNALDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MORALES ESCOBAR CESAR
SEXO: HOMBRE
120
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: CORTES MORALES ABEL REY
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: MENDOZA IBARRA RAMSES
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 25
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 7
121
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
58.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PORTILLO SANCHEZ KARINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 18.67
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
72.67
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 07 PUTLA VILLA DE GUERRERO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: RAMOS GONZALEZ EDUARDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 28
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: 25.5
122
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
58.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 07. Como se deriva de la integración del 07 Consejo Distrital Electoral con sede en Putla Villa
de Guerrero, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se
concluye que el ciudadano Francisco Merino García, propuesto para presidir el Consejo
Distrital, es Abogado, Notario y Actuario, según consta en su título otorgado por la
Benemérita Universidad autónoma de Puebla; destaca que es hablante de lengua
amuzga, lo que le hace propicio para ejercer el encargo institucional y fortalece la
composición del Consejo Distrital.
Cuenta con experiencia previa en materia electoral al haberse desempeñado como
Funcionario Electoral Coordinador ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación
Electoral de Oaxaca, para llevar a cabo la elección de concejales municipales de Reyes
Etla; Mazatlán Villa de Flores, Teotitlán; Tepelmeme Villa de Morelos, Coixtlahuaca; San
Sebastián Tecomaxtlahuaca; Santiago Atitlán, Mixe; Tataltepec de Valdés, Juquila; Santo
Domingo Nuxaá Nochixtlán; San Miguel Tlacotepec; San Mateo del Mar, Tehuantepec; así
como Secretario del Consejo Municipal Electoral de San Mateo Peñasco, Tlaxiaco.
Experiencia que se complementa con su participación como Secretario Municipal de San
Pedro Amuzgos, Putla; Secretario Municipal de San Juan Cacahuatepec, Jamiltepec, y
Presidente Municipal Constitucional de San Pedro Amuzgos, Putla; en períodos anteriores
hasta por 7 años a la fecha de la designación. Asimismo, ha impartido las materias de
Introducción al Derecho, Introducción a las Ciencias Sociales e Historia de México en la
Escuela Preparatoria por Cooperación extensión Amuzgos, de San Sebastián Ixcapa;
destaca de su valoración escrita y oral, su compromiso con el desarrollo de procesos
ordenados política y socialmente, el respeto a la dignidad humana, la libertad y los
derechos humanos.
En tanto, la ciudadana Victoria Leal Solano, propuesta como Secretaria del mismo
Consejo Distrital, es Licenciada en Informática y también cuenta con experiencia en la
123
materia al haberse desempeñado como Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso
Electoral Ordinario anterior, y fortalecen tales capacidades sus experiencias previas como
Representante del INEGI y entrevistadora de proyectos de gobierno, como Jefa de
entrevistadores agropecuarios, Responsable del área en la Encuesta Intercensal de
Población y Vivienda, así como Jefe de campo en los Censos Económicos de 2014, y
responsable de enumeradores del censo de Maestros y Alumnos de Educación Básica y
Especial; y como Responsable de Área del Censo de Población y Vivienda de 2010. De
su valoración oral y escrita destacan su compromiso con la democracia, y el considerar
que el uso de las tecnologías puede facilitar el desarrollo del proceso electoral. Destaca
que es hablante de mixteco, lo que coadyuva al fortalecimiento de una visión pluricultural
en el Consejo Distrital.
La participación ciudadana de ambos integrantes, desde sus diversas áreas
profesionales, con incidencia en la región, pone de manifiesto su comprensión del
contexto local y las expresiones de la cultura de la región, misma que abarca localidades
triquis, mixtecas y costeñas, por lo que el conocimiento de estas particularidades
culturales es relevante.
Además, es destacable que los ciudadanos propuestas como Presidente y Secretaria del
Consejo Distrital son hombre y mujer, con lo que se ejerce una perspectiva de equidad de
género, de inclusión en la participación política y no discriminación, valores que son
observados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
En tanto el C. Arturo Bermúdez Vázquez, propuesto como Consejero Electoral
Propietario, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, por la Universidad
Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, refiere haber desempeñado como abogado
postulante por tres años en la “Barra Oaxaqueña de Abogados y Pasantes de Derecho del
Estado de Oaxaca”, siendo asesor jurídico del Síndico Municipal de Santa María Ipalapa,
asimismo fue asesor jurídico del Municipio de San Pedro Amuzgos, fungiendo también
como auxiliar administrativo del Consejo Distrital Electoral de Putla Villa de Guerrero, en
el Proceso Electoral Ordinaro 2015-2016, desempeñando varios programas de
operatividad como lo es el Sistema de Información de la Jornada Electoral (SIJE), así
como también apoyó durante el Cómputo Distrital. Para finalizar hace hincapié en que
aportará todo su conocimiento para fortalecer los mecanismos de participación ciudadana
124
y el sistema de Partidos Políticos, vigilando y haciendo cumplir sus derechos y
obligaciones como Consejero Distrital.
Por su parte la C. Xóchitl Gracida Rodríguez, propuesta como Consejera Electoral
Propietaria, refiere que cuenta con amplia experiencia electoral ya que ha ocupado cargos
desde que cumplió la mayoría de edad siendo designada como Presidenta de Mesa
Directiva de Casilla durante el Proceso Electoral Ordinario 2001, posteriormente como
Secretaria Administrativa durante el Proceso Electoral Ordinario 2004, también
desempeñó actividades como Técnico en Informática durante el Proceso Electoral
Ordinario 2007, repitiendo el mismo cargo durante el Proceso Electoral Ordinario 2010,
también fungió como Asistente Electoral durante el Proceso Electoral Ordinario 2012-
2013, mecionando además que fue Consejera Electoral Propietaria en el Consejo
Municipal Electoral de Putla Villa de Guerrero durante el Proceso Electoral Ordinario
2015-2016. Al final hace mención que cuenta con la experiencia suficiente para
desarrollar el cargo que se le encomienda, plenamente convencida que la práctica
electoral es la mejor forma de elegir a nuestros gobernantes.
En tanto el C. Reynaldo Machuca García, Licenciando en Ciencias Políticas y
Administración Pública por la Universidad Autónoma del Estado de México. En su
experiencia laboral refiere haber colaborado con el voluntariado del DIF municipal de
Zumpango de Ocampo, Estado de México, así como también brigadista universitario de
servicio social comunitario en la Asociacion Civil “ASBIS”, del Municipio de San José del
Rincon, Estado de México, donde impartió pláticas sobre la importancia del voto, la
democracia, funciones de gobierno y desarrollo local sustentable, En cuanto a su
experiencia electoral menciona haber sido Presidente del Consejo Municipal Electoral, del
Municipio de San Andrés Cabecera Nueva, haciendo hincapié en que en este proceso se
encargó de que la elección se desarrollara en paz y que los ciudadanos votaran el día de
la Jornada Electoral con toda la certeza jurídica que su voto sería respetado.
Por su parte el C. César Morales Escobar, es Licenciado en Educación Primaria, por lo
que acumula una experiencia laboral como docente frente a grupo, desempeñándose en
diferentes escuelas de la región, por lo que conoce el contexto sociocultural de la zona y
las complejidades de su conformación; cuenta con experiencia electoral, al haber
participado como secretario del Consejo Municipal Electoral con cabecera en Putla Villa
de Guerrero, desempeñando las funciones de Oficialía Electoral y certificación de actos
125
jurídicos, convocatoria a las sesiones y notificación a los partidos políticos, así como
coadyuvando en la realización de los cómputos municipales. De su exposición verbal y
escrita se desprende un notable interés por fortalecer los procesos democráticos y un
apego a la transparencia, legalidad y un amplio sentido de responsabilidad.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente que en la integración se cuenta con personas
que hablan la Lengua Indígena Triqui; asimismo se destaca el grado académico, contando
con la más amplia disposición, el deseo de hacer valer la equidad de género en la
sociedad política, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así
como su experiencia acumulada como Consejero Electoral en un Consejo Municipal
Electoral, Capacitador Electoral, Técnico Electoral, Asistente Electoral, Responsable de
Área (INEGI), levantamiento de Censo General de Población y Vivienda (INEGI),
instructor comunitario del Consejo Nacional de Fomento Educativo, docente, Sindico
Tercero Municipal en San Andrés Chicahuaxtla, Putla, Oaxaca, destacando su
capacitación permanente a través de cursos, Talleres, Congresos Internacionales y
participación en Programas de Liderazgo.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en asesoría jurídica, la gestión de sistemas de información, en
administración pública y administración, pedagogía y docencia, desarrollando sus
trayectorias profesionales y laborales en instituciones y empresas de la zona, lo que
evidencia un conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo trabajos que
requieren la comprensión plena de la región y sus particularidades económicas, políticas,
sociales y culturales.
126
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como Secretarios y Consejeros Electorales municipales y distritales,
supervisores electorales, asistentes electorales, brigadistas voluntarios de la importancia y
promoción del voto, la democracia y el desarrollo local sustentable, contando incluso con
integrantes que han obtenido reconocimientos por su participación en el Concurso
Nacional de Testimonios Ciudadanos convocado por el Instituto Federal Electoral, esta
integración plural y diversa manifiesta que los integrantes propuestos tienen conocimiento
de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la preparación,
desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su participación
confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias
jurídicas, contando incluso con miembros que acreditan estudios de maestría en derecho
constitucional y abogados postulantes, así como docentes de diferentes niveles
educativos, licenciados en ciencias políticas y administración pública y profesionales de la
informática y los sistemas de cómputo.
A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para
participar se fundamenta en la inquietud de incidir en el desarrollo de sus comunidades y
dar garantía del cumplimiento legal de los procesos electorales, garantizar el respeto a las
instituciones electorales y a la voluntad ciudadana.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
127
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 07 Consejo Distrital con
sede en Putla Villa de Guerrero, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
128
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
129
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Merino García Francisco, Leal Solano Victoria, Bermúdez
Vázquez Arturo, Gracida Rodríguez Xóchitl, Machuca Garcia Reynaldo, Morales Escobar
Cesar, Cortes Morales Abel Rey, Mendoza Ibarra Ramses, Portillo Sánchez Karina y
Ramos González Eduardo, son las personas idóneas para desempeñar respectivamente,
el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales del
Consejo Distrital 07 en la Putla Villa de Guerrero.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
130
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
131
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 08 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 08 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente GONZALEZ BAUTISTA JESUS
GARCIA NICOLAS IGNACIO
SANCHEZ PEREZ ARCELIA
SANCHEZ ZETA SALVADOR
SOSA MARTINEZ GADDIEL
Secretario VELASCO SANCHEZ JUAN
Consejera/o Electoral 1 AGUILAR GONZALEZ ISABEL
Consejero/a Electoral 2 ALBERTO NATIVIDAD SANTIAGO
Consejera/o Electoral 3 JUAREZ MORALES MARVEL ASUNCION
Consejera/o Electoral 4 ORTIZ GARCIA GUADALUPE
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: GONZALEZ BAUTISTA JESUS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
95.5
132
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: VELASCO SANCHEZ JUAN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: AGUILAR GONZALEZ ISABEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 30
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
64.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
133
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: ALBERTO NATIVIDAD SANTIAGO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: JUAREZ MORALES MARVEL ASUNCION
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: ORTIZ GARCIA GUADALUPE
134
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
67
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: GARCIA NICOLAS IGNACIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: SANCHEZ PEREZ ARCELIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 30
135
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
60.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: SANCHEZ ZETA SALVADOR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.67
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.67
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 08 H. CD. DE TLAXIACO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: SOSA MARTINEZ GADDIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 11
136
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
76.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 08. Como se deriva de la integración del 08 Consejo Distrital Electoral con sede en la Heroica
Ciudad de Tlaxiaco, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;
y se concluye que el ciudadano Jesús González Bautista, propuesto para presidir el
Consejo Distrital, es Licenciado en Derecho por la Universidad Michoacana de San
Nicolás de Hidalgo.
Cuenta con experiencia previa en materia electoral al haberse desempeñado como
Consejero Electoral ante el 06 Consejo Distrital Electoral Federal del Instituto Nacional
Electoral con sede en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, en los procesos federales 2011-
2012 y 2014-2015, elemento que resulta clave, ya que permite comprender que conoce
las bases de coordinación que existen entre el Instituto Nacional Electoral y los
Organismos Públicos Locales Electorales, asimismo, se ha desempeñado como
Supervisor Electoral en dos procesos electorales federales, los relativos a 2006 y 2009, y
como técnico electoral en dos procesos electorales locales de 2007 y 2013; así como
Asistente Electoral en 2007, ante el organismo electoral local.
Complementan su formación profesional, su desempeño como Auxiliar Jurídico en un
Despacho de Abogados ubicado en Tlaxiaco, así como su trayectoria docente como
profesor de bachillerato en el Colegio superior para la Educación Integral Intercultural de
Oaxaca. Asimismo, se ha desempeñado como Secretario del Síndico de la Agencia
Municipal de Santa Cruz Progreso, Putla Villa de Guerrero, electo por la Asamblea
General de la Comunidad misma que se rige por Sistemas Normativos Indígenas, y como
Topil en la misma comunidad, en cumplimiento del sistema de cargos.
Es hablante de Triqui de la región alta, con lo que se fortalece la composición pluricultural
del órgano colegiado.
137
En tanto, el ciudadano Juan Velasco Sánchez, propuesto como Secretario del mismo
Consejo Distrital, es Licenciado en Derecho y también cuenta con experiencia en la
materia al haber sido Secretario del Consejo Municipal Electoral de la Heroica Ciudad de
Tlaxiaco en el Proceso Electoral Ordinario anterior, así como Consejero Presidente del
Consejo Municipal de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco en el Proceso Electoral Local de
2013 y Presidente del Consejo Municipal de Chalcatongo de Hidalgo en 2010; también se
ha desempeñado como Supervisor Electoral en los procesos electorales de 2006 y 2009;
y como capturista del INE en 2015, además de Capacitador Asistente Electoral en el año
2000. Ha obtenido reconocimientos en la capacitación recibida para desempeñarse como
supervisor electoral.
Experiencia que se complementa con su gestión como Analista de Captura en el INEGI,
Supervisor de técnicos de actualización, Analista de Control en los Censos Económicos, y
Responsable de enumeradores ante el mismo Instituto Nacional de Estadística y
Geografía. De su valoración oral y escrita, se desprende que es una persona
comprometida, con un fuerte sentido de lealtad institucional, con vocación electoral, y
habilidades para la organización de actividades complementarias, como debates
electorales y el trabajo de campo en la región que conoce ampliamente.
La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del
contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia
electoral, tanto en los procesos federales como locales, además de conjugar
conocimientos sobre la organización administrativa y funcional de los institutos
electorales.
En relación a la ciudadana Isabel Aguilar González, propuesta como Consejera
Electoral, es Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa, fue
Subprocuradora del menor, la mujer y la familia en el Ayuntamiento de Tlaxiaco, así como
Jefa de crédito y cobranza en una institución financiera de la región, complementa su
trayectora profesional, su participación como docente en el Colegio de Bachilleres del
Estado de Oaxaca, plantel 50 en Santiago Yosondúa, Tlaxiaco. En lo referente a su
experiencia electoral, refiere haber participado como encargada de Módulo en el Instituto
Federal Electoral en el año 2005; de su valoración oral y escrita se desprende que cuenta
con un alto sentido de honestidad y apego a valores humanos, así como el respeto a los
138
principios electorales y el deseo de participar en un proceso transparente y apegado a la
legalidad.
En tanto, Santiago Alberto Natividad, propuesto como Consejero Electoral de este
órgano colegiado, es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa, con
formación complementaria a través de diplomados en Ciencias Penales con
especialización en Criminalística, de Derechos Civiles con especialización en Contratos,
en Derecho Constitucional y Amparo. Se desempeñó como instructor comunitario en el
Consejo Nacional de Fomento Educativo, en Culiacán Sinaloa, así como catedrático en la
Escuela Preparatoria Intercultural “Note Ujia”.
Complementa su trayectoria profesional, el cargo de Verificador en el INEGI, así como
Consejero Electoral Suplente en e l Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral, y se
desempeñó como Asistente Electoral en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, y como
Presidente del Consejo Electoral Municipal en Teozoatlán de Segura y Luna en el
Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.
Mientras que Marvel Asunción Juárez Morales, propuesta como Consejera Electoral, es
Licenciada en Educación Media en el área de Ciencias Sociales.
Laboralmente se ha desempeñado en el ámbito electoral, fungiendo como Capacitadora
Electoral en 1991 y como Secretaria del Comité Municipal Electoral de Santa María
Asunción Tlaxiaco en 1992, así como Consejera Electoral ante el 06 Consejo Distrital
Federal durante el proceso electoral de 1997; Consejera Electoral Propietaria del Consejo
Municipal Electoral en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco durante el Proceso Electoral
Ordinario local de 1998; así como Consejera Electoral Suplente del 06 Consejo Distrital
Federal en Tlaxiaco durante el año 2000; ha participado asimismo como Consejera
Electoral Propietaria del 13 Consejo Distrital Electoral en Tlaxiaco durante el Proceso
Electoral Ordinario local del año 2001. Fue Consejera Electoral Propietaria del Consejo
Distrital Electoral en el Proceso Electoral Ordinario de 2004 en la Heroica Ciudad de
Tlaxiaco; así como Consejera Electoral Propietaria del 08 Consejo Distrital Electoral en
Tlaxiaco, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.
139
Refirió en su valoración oral y escrita un amplio interés por participar y hacer valer los
derechos políticos electorales de las mujeres, así como su apego a la cultura de la
legalidad, transparencia y la democracia.
Finalmente, la ciudadana Guadalupe Ortiz García, es Licenciada en Administración por
el Instituto Tecnológico de Tlaxiaco y se ha desempeñado como residente en el
Aeropuerto Internacional de Oaxaca, así como en servicios de logística y distribución
SAPI, donde fue administradora de nivel de servicios, y en el INEGI como Responsable
de Área en el año 2010. Su experiencia electoral se sustenta en su participación como
Asistente de Consejeros Electorales en el 06 Distrito Electoral Federal.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, que la integración cuenta con personas que
hablan la Lengua Indígena como lo es Triqui, asimismo se destaca el grado académico,
contando con la más amplia disposición, el deseo de hacer valer la equidad de género en
la sociedad política, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo,
la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así
como su experiencia acumulada como Consejero Electoral en un Consejo Municipal
Electoral, Capacitador Electoral, Técnico Electoral, Asistente Electoral, Responsable de
Área (INEGI), levantamiento de Censo General de Población y Vivienda (INEGI),
instructor comunitario del Consejo Nacional de Fomento Educativo, docente, Sindico
Tercero Municipal en San Andrés Chicahuaxtla, Putla, Oaxaca, destacando su
capacitación permanente a través de cursos, Talleres, Congresos Internacionales y
participación en Programas de Liderazgo.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en asesoría jurídica, como abogados postulantes, pedagogía y
140
docencia, así como contabilidad y ciencias de la salud, desarrollando sus trayectorias
profesionales y laborales en instituciones y empresas de la zona, lo que evidencia un
conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la
comprensión plena de la región y sus particularidades económicas, políticas, sociales y
culturales.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales municipales y distritales, ante
los consejos locales y federales, supervisores electorales, responsables de los módulos
del Registro Federal de Electores, asistentes de los Consejeros Electorales, técnicos
electorales y observadores electorales, esta integración plural y diversa manifiesta que los
integrantes propuestos tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y
procedimientos que se observan en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones
locales y federales, además, su participación confirma conocimiento, interés y vocación
por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias
jurídicas, subprocuradores en instancias de protección a los menores de edad, las
mujeres y la familia, contabilidad y docencia en diferentes niveles educativos.
A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para
participar tiene qué ver con experiencias anteriores de participación ciudadana, el deseo
de desarrollarse profesionalmente, y de aportar a sus comunidades una participación
informada, transparente y objetiva, con apego a los principios rectores de la democracia.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
141
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 08 Consejo Distrital con
sede en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
142
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
143
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. González Bautista Jesús, Velasco Sánchez Juan, Aguilar
González Isabel, Alberto Natividad Santiago, Juárez Morales Marvel Asunción, Ortiz
García Guadalupe, García Nicolás Ignacio, Sánchez Pérez Arcelia, Sánchez Zeta
Salvador y Sosa Martínez Gaddiel, son las personas idóneas para desempeñar
respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 08 en la Heroica Ciudad de Tlaxiaco.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
144
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
145
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 09 CON CABECERA EN IXTLÁN DE JUÁREZ DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 09 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente HERNANDEZ MARTINEZ ENRIQUE
JERONIMO AVENDAÑO JUAN GABRIEL
JIMENEZ JIMENEZ MARIA
MARTINEZ MONTAÑO
TOMAS
MENDEZ SAN PEDRO FABIOLA
Secretario MENDEZ GIJON GABRIEL
Consejera/o Electoral 1 CRUZ BAUTISTA ILIANA
Consejera Electoral 2 GRIS DAVILA LILIA
Consejero Electoral 3 PEREZ LUNA MIGUEL ANGEL
Consejero/a Electoral 4 SALINAS HERNANDEZ GERMAN FILIBERTO
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: HERNANDEZ MARTINEZ ENRIQUE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
93.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
146
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: MENDEZ GIJON GABRIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
69
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CRUZ BAUTISTA ILIANA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
147
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: GRIS DAVILA LILIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: PEREZ LUNA MIGUEL ANGEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: SALINAS HERNANDEZ GERMAN FILIBERTO
148
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.33
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: JERONIMO AVENDAÑO JUAN GABRIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: JIMENEZ JIMENEZ MARIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 37
149
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: MARTINEZ MONTAÑO TOMAS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 09 IXTLAN DE JUAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: MENDEZ SAN PEDRO FABIOLA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 7
150
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 23.67
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
62.67
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 09. Como se deriva de la integración del 09 Consejo Distrital Electoral con sede en Ixtlán de
Juárez, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes; y se
concluye que el ciudadano Enrique Hernández Martínez, propuesto como Presidente del
Consejo Distrital, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, y experiencia en la
rama electoral, en la preparación, vigilancia y desarrollo de procesos electorales al haber
participado con antelación como Secretario del Consejo Municipal Electoral de la Villa de
Etla en 2016, como Consejero Presidente del Consejo Distrital Electoral de Ocotlán de
Morelos en 2013, como Consejero Presidente del Consejo Distrital de Ixtlán de Juárez en
2007 y 2010, como Consejero Presidente del Consejo Municipal de Santa Cruz
Xoxocotlán en 2007, así como Secretario del Consejo Distrital Electoral de Oaxaca de
Juárez Norte en 2004; además ha sido Capacitador Asistente Electoral en 2000, 2003, y
2009, Capacitador Electoral en 1993 y 1994; y Coordinador Electoral en 1992, 1995,
1996, antecedentes que reflejan el conocimiento de los procesos e instituciones
electorales.
En tanto, el ciudadano Gabriel Méndez Gijón, propuesto como Secretario del mismo
Consejo Distrital, también cuenta con conocimientos jurídicos suficientes que le permitan
comprender y desarrollar el cargo con diligencia, ha participado anteriormente como
funcionario integrante de mesas directivas de casilla en 2000 y 2003, así como
capacitador a funcionarios de las mismas en otro proceso electoral. Ha obtenido diplomas
y reconocimientos de capacitación por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, así
como por haber cursado un Taller de Criminalística, Juicios Orales, y formar parte del
Consejo de Administración de la empresa Benefixt S. A. de C. V.
Tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios
rectores durante su desempeño como tal, por lo que comprende un elemento clave de los
151
procesos electorales y que es la instalación de casillas, recepción de la votación, la
clausura de las casillas y el traslado de los paquetes a los consejos, lo cual será clave en
la elección que nos ocupa, ya que al celebrarse concurrente con las elecciones federales,
se requieren habilidades organizativas, de planeación y conocimiento de todos las fases
que dan cuerpo al desarrollo de un proceso electoral, cuenta con aptitudes que le facilitan
el desarrollo de los trabajos a realizarse de forma grupal.
Se ha desempeñado como abogado litigante en un despacho particular y como personal
de la Dirección General de Población, así como de la Secretaría de Desarrollo Social,
fungiendo como coordinador Municipal.
Es hablante de zapoteco, lo que permite una composición multicultural del órgano
electoral y facilita las relaciones interculturales con las comunidades de la zona. Además
de manifestar un amplio conocimiento de la geografía de la región, sus costumbres, rutas
y cultural local.
La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del
contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia
electoral, tanto en los procesos federales como locales, además de conjugar
conocimientos sobre la organización administrativa y funcional de los institutos
electorales.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
En lo que refiere a la Ciudadana Iliana Cruz Bautista, propuesta como Consejera
Electoral Propietaria, es Licenciada en Administración, ha desarrollado su experiencia
laboral como Jefa de Oficina de la Coordinación de Actualización Docente en el Instituto
Tecnológico del Valle de Oaxaca, así como Jefa de Oficina de Proyectos de Docencia en
el mismo centro educativo, Jefa de Oficina de Control Escolar en el mismo instituto y Jefa
de Oficina de Desarrollo Institucional en el referido centro laboral. Su experiencia en la
152
docencia se complementa con su desempeño como profesora de la Universidad
Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca y de la Universidad Autónoma Benito
Juárez de Oaxaca.
En el ámbito electoral, ha participado como Capacitadora Electoral en el Segundo Distrito
Electoral con sede en Teotitlán de Flores Magón, en el año 2000, y como Consejera
Electoral Propietaria en el Proceso Electoral Ordinario de 2001 en el Consejo Distrital
Electoral con Cabecera en Villa de Etla; también ha sido Consejera Electoral Propietaria
en el Consejo Distrital Electoral de la Villa de Etla en el año 2004; y como Consejera
Electoral Propietaria en el Segundo Consejo Distrital Electoral con cabecera en la Villa de
Etla en el 2007.
Mientras que Lilia Gris Dávila, propuesta como Consejera Electoral Propietaria, es
Licenciada en Contaduría Pública, con experiencia electoral al haber sido presidenta del
Consejo Municipal de San Andrés Zautla, así como el de Santiago Suchilquitongo;
además de Consejera Electoral Suplente del Consejo Distrital con cabecera en Ixtlán de
Juárez, y Supervisora Electoral en el Instituto Federal Electoral, así como Capacitadora
Asistente Electoral y Técnico Electoral en el Instituto Estatal Electoral; Supervisora de
Entrevistadores en el INEGI; además de Censora, y Validadora; además de Evaluadora
de Calidad de la Telesecundaria en San Juan Bautista Jicayán; se ha desempeñado como
Auxiliar Administrativo en una empresa afianzadora; de su valoración oral y escrita se
detectó que tiene facilidad de palabra, capacidad de mando, facilidad de relacionarse y
poder de convencimiento, así como un alto sentido de responsabilidad.
Por su parte, el ciudadano Miguel Ángel Pérez Luna, cuenta con estudios de
Licenciatura en Derecho, su experiencia laboral ha sido en el ámbito electoral,
desempeñándose como Consejero Electoral Propietario del Consejo Municipal Electoral
con cabecera en Villa de Etla, para el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016; Capacitador
Asistente Electoral durante el proceso federal electoral 2011-2012; Capacitador Asistente
Electoral durante el proceso federal 2008-2009; Consejero Presidente del Consejo
Municipal Electoral de Santiago Suchilquitongo en 2007; así como Consejero Electoral
Suplente en el Segundo Consejo Distrital Electoral con cabecera en la Villa de Etla, en
2007; y Supervisor Electoral en el Proceso Electoral Federal 2005-2006; Secretario del
Consejo Municipal electoral con cabecera en Villa de Zaachila en el Proceso Electoral
Ordinario 2004; Capacitador Asistente Electoral en el proceso federal de 2003; así como
153
otros cargos de la misma naturaleza desde 1991 ante los órganos federal y local
electorales.
Y el ciudadano Germán Filiberto Salinas Hernández, es hablante de chinanteco por lo
que su participación fortalece una visión plural y multicultural capaz de entablar relaciones
interculturales con las comunidades de la región; cuenta con estudios de licenciatura en
Derecho, así como una trayectoria profesional en el Registro Civil, donde se desempeñó
como Oficial en diferentes zonas del Estado de Oaxaca; fue Coordinador en el Distrito 10
del Comité Distrital del órgano electoral local en 1989, así como Analista en la Dirección
de Recursos Materiales de Gobierno del Estado, y vocal secretario de la quinta junta
distrital ejecutiva en el Distrito Federal Electoral con cabecera en Huautla de Jiménez de
1993 a 1996. Fue Vocal Secretario de la 02 Junta Distrital Ejecutiva del IFE con cabecera
en Teotitlán de Flores Magón desde 1996 a 2011; y tiene cursos y reconocimientos como
diplomas y constancias en materia electoral. Tiene un nombramiento de titularidad como
miembro del Servicio Profesional Electoral.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
que hablan la Lengua Zapoteca, destacado la Licenciatura en Derecho, contando con la
más amplia experiencia en materia electoral, así como un comportamiento sustentado en
valores como el diálogo, la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se
manifiesta el apego a los principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre
de los resultados electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y
los integrantes, así como su experiencia acumulada como especialista de campo (IFE),
Consejera Electoral en un Consejo Distrital, Capacitador Asistente Electoral, Supervisor
de Zona, Capacitador Electoral, Consejero Presidente del Consejo Municipal Electoral,
Responsable de programa (COESIDA), Auxiliar Administrativo, Técnico-Asistente
Electoral, titular del puesto de Vocal de organización Electoral, de junta Distrital en el
Servicio y medalla de plata por los evaluaciones obtenidas (IFE), Administrativo Gerencial
Institucional Jurídico-político y Técnico Instrumental del Servicio Profesional Electoral,
oficial del registro Civil, destacando su capacitación permanente a través de cursos,
diplomados, seminarios,
154
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en consultoría jurídica, pedagogía y comercio, ámbitos de
desarrollo profesional que han ejercido en la zona.
Es relevante mencionar que, en esta conformación de consejeras y consejeros, hay
hablantes de diversas variantes dialectales de la lengua zapoteca, lo cual es fundamental
para incidir en la zona, conformada por comunidades indígenas bilingües.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales municipales y distritales,
supervisores electorales, técnicos electorales, capacitadoras y capacitadores asistentes
electorales, asistentes electorales, lo que demuestra que los integrantes propuestos
tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan
en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su
participación confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, como las ciencias
jurídicas, subprocuradores en instancias de protección a los menores de edad, las
mujeres y la familia, contabilidad y docencia en diferentes niveles educativos.
A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para
participar tiene qué ver el conocimiento que tienen de la zona, con el cúmulo de previas
experiencias desarrolladas en el ámbito electoral, el deseo de desarrollo personal y
comunitario, y a la preservación de la estabilidad social en la región.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
155
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 09 Consejo Distrital con
sede en Ixtlán de Juárez, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
156
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
157
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Hernández Martínez Enrique, Méndez Gijon Gabriel, Cruz
Bautista Iliana, Gris Davila Lilia, Pérez Luna Miguel Ángel, Salinas Hernández Germán
Filiberto, Jerónimo Avendaño Juan Gabriel, Jiménez Jiménez María, Martínez Montaño
Tomás y Méndez San Pedro Fabiola, son las personas idóneas para desempeñar
respectivamente, el cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 09 en Ixtlán de Juárez.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
158
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 10 CON CABECERA EN SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 10 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta MARTINEZ RUIZ BRENDA ITANDEWIT
IGNACIO SIGÜENZA RUTH
IRAIS PACHECO DIAZ LUIS REY
RODRIGUEZ GUZMAN FLORINDA NATALIA
VALDIVIESO PERALTA GUILLERMO
Secretario CRUZ ZARATE HECTOR HUGO Consejero/a Electoral 1 ADRIAN JUAN SANDIBEL Consejero Electoral 2 CASTORELA REYES HIPOLITO
MIGUEL Consejero/a Electoral 3 DIAZ GUTIERREZ MARCOS Consejera/o Electoral 4 JUAREZ PEDRO REYNA REGINA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: MARTINEZ RUIZ BRENDA ITANDEWIT
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
93
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
159
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: CRUZ ZARATE HECTOR HUGO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: ADRIAN JUAN SANDIBEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
71.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: CASTORELA REYES HIPOLITO MIGUEL
160
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: DIAZ GUTIERREZ MARCOS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: JUAREZ PEDRO REYNA REGINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 37
161
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: IGNACIO SIGÜENZA RUTH IRAIS
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 27
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
66
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PACHECO DIAZ LUIS REY
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
35
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 9
162
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
72.33
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: RODRIGUEZ GUZMAN FLORINDA NATALIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 10 SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: VALDIVIESO PERALTA GUILLERMO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 25
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
163
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
58.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 10. Como se deriva de la integración del 10 Consejo Distrital Electoral con sede en San Pedro
y San Pablo Ayutla, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;
y se concluye que la ciudadana Brenda Itandewit Martínez Ruiz, propuesta como
Presidenta del Consejo Distrital, es originaria de la comunidad de San Pedro y San Pablo
Ayutla, por lo que conoce la cultura local de la cabecera, así como de las comunidades
que conforman el Distrito electoral, todas ellas regidas por Sistemas Normativos
Indígenas, lo que fortalece la visión pluricultural en la conformación del Consejo Distrital.
Es licenciada en Ciencias Políticas, por lo que se infiere que cuenta con los conocimientos
teóricos y prácticos para el ejercicio de las funciones electorales.
Ha participado en dos procesos electorales, en el relativo a 2014-2015, participó en la
Junta Distrital del INE con sede en Tlacolula de Matamoros como Supervisora Electoral
en la zona mixe, y de 2015 a 2016 como Secretaria del Consejo Distrital número 10 con
cabecera en San Pedro y San Pablo Ayutla, así como Auxiliar Técnico de la Dirección de
Organización Electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de
Oaxaca.
Ha reforzado su formación con talleres impartidos por el Centro de Capacitación Judicial
Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en materia electoral.
Es además, integrante de la Red de Mujeres por la Igualdad Sustantiva A. C.
Ha sido auxiliar técnico en la organización mixe zapoteca chinanteca omizach, enfocada
en proyectos sociales para las comunidades rurales, de igual forma laboró en la Comisión
Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en la Sierra Norte, como promotora,
encargada de la elaboración de diagnósticos comunitarios. Coordinó programas sociales
en el marco de la Cruzada Nacional contra el Hambre, fungiendo como enlace municipal
de comunidades de la zona mixe alta; asimismo impartió cursos de capacitación a
autoridades municipales, grupos de mujeres y asambleas comunitarias, ante la Secretaría
de Desarrollo Social.
164
En tanto, el ciudadano Héctor Hugo Cruz Zárate, propuesto como Secretario del Consejo
Distrital, cuenta con formación de Licenciado en Derecho, y ha participado como
Consejero Electoral Propietario del Consejo Distrital de San Pedro y San Pablo Ayutla en
el proceso electoral 2015-2016, y Consejero Electoral suplente del IV Consejo Distrital de
Tlacolula de Matamoros en el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013, ha sido
coordinador de capacitación del XX Consejo Distrital del IEEPCO en el proceso electoral
2013, y capacitador asistente electoral en el procesos electoral federal 2008-2009; lo que
fortalece la aplicación estricta de le ley y los principios que rigen los procesos electorales.
Es relevante mencionar que se desempeñó como Supervisor de Entrevistadores en la
encuesta intercensal 2015, y como Entrevistador Agropecuario en el programa del Censo
Agropecuario del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
Asimismo, se ha desempeñado en el departamento de vivienda del Programa de Apoyo a
Zonas de Atención Prioritaria de la Secretaría de Desarrollo Social; así como en el
programa tu casa de la misma Secretaría; también se desempeñó en el Instituto Estatal
de Educación Pública de Oaxaca, en la Coordinación General de Planeación Educativa y
en la Dirección de Proyectos Educativos, como coordinador de aplicación de evaluaciones
de calidad y logro educativo. De igual forma, laboró en la Coordinación Social del
Municipio de Oaxaca de Juárez, como promotor de cursos en el programa de rescate de
espacios públicos. De su valoración oral y escrita destaca tener un perfil idóneo por contar
con conocimientos y experiencias, sus aptitudes para el trabajo bajo objetivos y
resultados, y un amplio conocimiento del Distrito.
La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del
contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia
electoral, en una región donde las particularidades culturales, diferencian este Distrito
Electoral de los 24 restantes.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
165
En relación a la ciudadana Sandibel Adrián Juan, propuesta como Consejera Electoral,
cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho, se ha desempeñado en la iniciativa
privada, asumiendo responsabilidades administrativas; en tanto su experiencia electoral
se sustenta en su participación como presidenta de la mesa directiva de casilla durante la
jornada electoral del 7 de junio de 2015; también se ha desempeñado como Asistente
Electoral en el 20 Consejo Distrital, durante el proceso electoral 2013 en San Pedro y San
Pablo Ayutla, Mixe. Fue Capacitadora Asistente Electoral en el IFE, en el Proceso
Electoral Federal 2008-2009. En su valoración oral y escrita se le percibe como una
persona honesta, responsable y preocupada por la democracia y la igualdad de
oportunidades entre géneros.
Mientras que el ciudadano Hipólito Miguel Castorela Reyes, cuenta con conocimientos
en materia jurídica, ha sido secretario del Consejo Distrital de Tlacolula de Matamoros en
2015. Acredita haber cursado diferentes programas y diplomados en materia electoral; ha
sido relator en el tema de alcances de los usos y costumbres en el Municipio de Santiago
Choapam en 2013. A partir de su valoración oral y escrita se tiene como una persona
capaz, responsable en el cargo, con evidencias de desempeño satisfactorio e interesado
por la legalidad de los procesos electorales, su transparencia y el apego a los principios
rectores.
En lo que respecta a Marcos Díaz Gutiérrez, es Licenciado en Derecho, hablante de la
lengua mixe, en la variante de Santa María Tlahuitoltepec, elemento que resulta
fundamental para la comunicación entre localidades de la región y que refuerza la
integración multicultural del órgano colegiado. Se ha desempeñado como colaborador en
el área jurídica de la Oficina de Enlace Legislativo, titular del Departamento Jurídico del
Centro de Acompañamiento Comunitario A. C., fundador y representante legal de la
organización Centro de Atención Integral a los Pueblos Originarios, y Jefe del
Departamento de Información, Análisis y Estudios del Módulo de Desarrollo Sustentable
con sede en San Pedro y San Pablo Ayutla, Mixes. También fue Coordinador General de
la Agencia de Desarrollo Rural Bajo Mixe, y Coordinador General del Manual sobre el
Ejercicio de los Derechos Indígenas “Ejercicio Pleno de los derechos de los Pueblos y
Comunidades Indígenas para Fortalecer el Desarrollo Comunitario e Identidad Indígena
en los Municipios de Santiago Choapam”; así como Secretario de la Sindicatura Municipal
de Santa María Tlahuitoltepec.
166
Acumula adicionalmente, experiencia electoral como funcionario ante la mesa directiva de
casilla, destaca de su exposición oral y escrita un compromiso por el fortalecimiento de los
pueblos y comunidades indígenas, así como sus derechos a elegir a sus autoridades;
asimismo, cursa un diplomado en la materia.
Y en tanto, Reyna Regina Juárez Pedro es Licenciada en Derecho, fue Capacitadora
Asistente Electoral en el Instituto Federal Electoral en 2006 y 2009; también se ha
desempeñado como abogada litigante de 2007 a 2010; Asistente Electoral en el Instituto
Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca en 2007; y Brigadista de la
Estrategia 100 por 100 de la Secretaria de Desarrollo Social en 2008. Ha impartido cursos
de fomento a la cultura de la denuncia y la legalidad en el Municipio de Oaxaca de Juárez
en 2011; así como Consejera Presidenta del 20 Consejo Distrital Electoral en 2013 y
2016.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de
compromiso con las instituciones y la democracia; destacando que la mayoría hablan la
Lengua materna que es el mixe, la cual facilita el entendimiento con los ciudadanos del
municipio, asimismo su experiencia, conocimientos académicos adecuados, el deseo de
desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos
profesionales; así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así
como su experiencia acumulada como Asesor a los integrantes de las autoridades
municipales en temas de reglas de operación de programas federales y estatales,
Consejero Electoral, Auxiliar Administrativo en un Consejo Distrital, Capacitador Electoral,
Auxiliar de la Segunda Actuaria, Oficial Administrativo, en el Juzgado Civil, Gerente
Administrativo, Encargado de la Zona para alfabetizar a los adultos y Docente, su
capacitación permanente a través de cursos.
167
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en el ámbito jurídico y administrativo, principalmente; además
acumulan experiencia a través de su participación en materia electoral, al desempeñarse
como consejeras y Consejeros Electorales municipales y distritales, incluso como
Presidentes y Secretarios de consejos distritales, supervisores electorales, capacitadoras
y capacitadores asistentes electorales, asistentes electorales, e integrantes de las mesas
directivas de casilla; esta integración plural y diversa manifiesta que los integrantes
propuestos tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y procedimientos que
se observan en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales,
además, su participación confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos diversos y complementarios, la abogacía, áreas
administrativas y como vocales de comités comunitarios.
A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, su motivación para
participar tiene qué ver con una identificación de su participación comunitaria, y de
pertenencia a pueblos y comunidades indígenas de la región, así como el interés de
involucrarse en los procesos electorales para dar garantía de su transparencia y rectitud a
través de la aplicación de la ley.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada, lo que denota el interés
institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la igualdad de oportunidades
para la participación político electoral de las mujeres y la ciudadanía en su conjunto.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aún cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
168
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 10 Consejo Distrital con
sede en San Pedro y San Pablo Ayutla, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
169
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
170
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Martínez Ruiz Brenda Itandewit, Cruz Zárate Héctor Hugo,
Adrian Juan Sandibel, Castorela Reyes Hipolito Miguel, Díaz Gutiérrez Marcos, Juárez
Pedro Reyna Regina, Ignacio Sigüenza Ruth Irais, Pacheco Díaz Luis Rey, Rodríguez
Gázman Florinda Natalia y Valdivieso Peralta Guillermo, son las personas idóneas para
desempeñar respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y
Consejeros Electorales del Consejo Distrital 10 en San Pedro y San Pablo Ayutla.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
171
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
172
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 11 CON CABECERA EN MATÍAS ROMERO AVENDAÑO, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los
Consejeros Electorales del 11 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de
Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de
Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la
siguiente integración:
Cargo Propietario Suplentes Generales *
Consejera Presidenta SANCHEZ LUCAS LUCINA
HERNANDEZ SANCHEZ MAURICIO FERNANDO
PEREZ GOMEZ JOSE
PUENTE ORTIZ CHRISTIAN
TOMINEZ GARCIA JOSE OMAR
Secretario LEYVA SALINAS MOISES
Consejero Electoral 1 GARCIA ARELLANO VILLEGAS JORGE
Consejero Electoral 2 MARTINEZ ALMANZA GERARDO
Consejera/o Electoral 3 RUIZ ALVARADO REBECA ISIDRA
Consejera/o Electoral 4 SANCHEZ GARCIA SONIA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: SANCHEZ LUCAS LUCINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
173
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: LEYVA SALINAS MOISES
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: GARCIA ARELLANO VILLEGAS JORGE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
174
NOMBRE: MARTINEZ ALMANZA GERARDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: RUIZ ALVARADO REBECA ISIDRA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 26
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
69.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: SANCHEZ GARCIA SONIA
SEXO: MUJER
175
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: HERNANDEZ SANCHEZ MAURICIO FERNANDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 27
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
64.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PEREZ GOMEZ JOSE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 15
176
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PUENTE ORTIZ CHRISTIAN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
69
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 11 MATIAS ROMERO AVENDAÑO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: TOMINEZ GARCIA JOSE OMAR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
177
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
68.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 11 Como se deriva de la integración del 11 Consejo Distrital Electoral con sede en Matías
Romero Avendaño, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de las y los integrantes;
y se concluye que la Ingeniera Lucina Sánchez Lucas, propuesta para presidir el
Consejo Distrital, quien cuenta con experiencia como Validadora en el Instituto Nacional
de Estadística y Geografía, además de la experiencia electoral que acumula al haberse
desempeñado como Capacitadora Asistente Electoral en el Instituto Nacional Electoral,
así como digitalizadora de medios de información y como responsable de módulo en el
área de Registro Federal de Electores. Tuvo la oportunidad de participar en el Concurso
Nacional de Testimonios Ciudadanos sobre el Proceso Electoral Federal 2011-2012, así
como en el Intercambio de experiencias de Supervisores y CAE realizado en 2013 en la
ciudad de México. Asimismo, se ha desempeñado como consejera Presidenta del consejo
municipal de Matías Romero Avendaño en el Proceso Electoral Local anterior, por lo que
cuenta con elementos prácticos que le hacen idónea para el desarrollo de estas funciones
públicas.
Complementan su formación, el trabajo no remunerado que realizó en la Secretaría de
Agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación, en el departamento
administrativo como parte de su servicio social; así como su residencia profesional en la
Comisión Federal de Electricidad. De su valoración oral y escrita, se destaca que desea
participar en la transformación del país a través de su participación ciudadana
comprometida, responsable y transparente, apegada a los principios electorales.
En tanto, el ciudadano Moisés Leyva Salinas, propuesto como Secretario del mismo
Consejo Distrital, es Licenciado en Educación y cuenta con experiencia en la materia
electoral al haber participado como Coordinador de Organización en 2013, técnico
electoral en 2007 y capacitador electoral en el año 2010, entre sus actividades destacan
la capacitación brindada a funcionarios integrantes de las mesas directivas de casilla, así
como la capacitación a los técnicos electorales para el conocimiento pleno de sus
178
funciones electorales; esta experiencia y conocimiento del contexto regional lo hacen
propicio para desempeñarse en el encargo institucional.
Complementariamente a esta formación, ha sido docente frente a grupo trabajando con
niños de diferentes contextos sociales, con el interés de generar generaciones críticas,
reflexivas y analíticas. También se ha desempeñado como supervisor de ventas y jefe de
cobranza de empresas estatales. De su valoración oral y escrita se destaca que es una
persona con capacidad para tomar decisiones, que desea mejorar la confianza en las
instituciones y que considera que los consejeros deben mantener una buena imagen de la
institución electoral, así como la necesidad de que la ciudadanía crea en la democracia
como un esquema de mejor convivencia para todos. Exalta su preocupación por la
transparencia de los procesos electorales y el apego a los principios rectores.
La participación ciudadana de ambos integrantes, pone de manifiesto su comprensión del
contexto local y sobre todo de las diferentes funciones que se realizan en materia
electoral, además de conjugar conocimientos en capacitación y organización que son
indispensables en los procesos electorales.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron idoneidad en
sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
El Ciudadano Jorge García Arellano Villegas, acumula experiencia como personal
administrativo del Centro de Atención a Beneficiarios del Programa Sin Hambre, y como
Secretario Municipal Electoral en el Municipio de El Barrio de la Soledad, en el Proceso
Electoral Local 2015-2016; fue Consejero Electoral Propietario en el Municipio de El Barrio
de la Soledad en el proceso 2012-2013, así como Supervisor Electoral en el Proceso
Federal 2011-2012 ante la 05 Junta Distrital del IFE en Santo Domingo Tehuantepec;
participó como Supervisor Electoral en el Proceso Federal 1993-1994 del IFE.
En tanto, el ciudadano Gerardo Martínez Almanza, es Ingeniero en Desarrollo Rural, con
maestría en Ciencias del Desarrollo Rural, por lo que comprende la complejidad
sociocultural de la región; ha participado como docente en la Universidad Filadelfia de
179
México, campus Ciudad Alemán, Veracruz; así como Gerente del Fondo de
Aseguramiento Agropecuario, también se desempeñó como docente y director de Plantel
en el Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca. Asistente de Gerencia Estatal de
Siniestros en AgroAsemex, y jefe del Área de Evaluación Socioeconómica de una
institución de educación superior. Fue Consejero del Consejo Distrital de Juchitán, en el
proceso electoral de 2000 y 2007; de su valoración oral y escrita se confirma el apego por
la transparencia y el cumplimiento de los principios rectores.
Por su parte, Rebeca Isidra Ruiz Alvarado, cuenta con estudios de la Licenciatura en
Derecho; ha sido Procuradora Municipal para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia
en el H. Ayuntamiento de Matías Romero Avendaño; asesora jurídica de la Comandancia
Local de la misma localidad; y cuenta con experiencia docente frente a grupo; como parte
de su experiencia electoral, fue presidenta de la mesa directiva de casilla en el proceso
electoral de 2015-2016, por lo que cuenta con conocimientos necesarios para comprender
el desarrollo de la Jornada Electoral, la cual constituye una fase relevante del Proceso
Electoral. Se le percibe como una persona preparada, audaz y comunicativa.
Y Sonia Sánchez García es hablante de lengua indígena de la región del mixe bajo, en la
variante de San Juan Guichicovi; lo que fortalece la composición multicultural del órgano
electoral; cuenta con experiencia laboral como profesora frente a grupo y supervisora de
entrevistadores en el INEGI; Capacitadora Asistente Electoral en el proceso electoral
2005-2006; así como Técnico Electoral en el proceso de 2007; y Capacitadora Asistente
electoral en el Proceso de 2008-2009; asistente electoral en 2010; así como Capacitadora
Asistente Electoral en el proceso 2011-2010. Se desempeñó asimismo como Consejera
Electoral Propietaria en el Distrito de Matías Romero en el Proceso 2012-2013; y
Capacitadora Asistente Electoral en 2014-2015; así como Consejera Electoral Propietaria
en el Consejo Distrital de Matías Romero en el Proceso Electoral Local anterior.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente la experiencia, en conocimientos académicos
adecuados, contando con la carrera profesional, como Técnico Responsable de área
geoestadística, técnico responsable de comunidades apoyadas por el componente
PROAGRO productivo, docente en nivel medio superior, Asesor de la Escuela Normal
Superior, Capacitador Asistente Electoral, Consejero propietario del Consejo Distrital,
180
asesor de ensayos para titulación, Jurado Calificador y Asesor Jurídico, además cuentan
con capacitación permanente a través de cursos, talleres, diplomados, encuentro
Regional de Experiencias. Además, cuenta con un comportamiento sustentado en valores
como el diálogo, la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. Apegados a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes con
el deseo de desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y
desafíos profesionales; identificándose como personas con amplia experiencia para tomar
decisiones importantes en base a la reflexión y el análisis.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen sobre todo en el área jurídica y pedagógica, los procesos
económicos y sociales, el desarrollo regional, geoestadística, planeación y evaluación
para el desarrollo, así como gerencia en el sector educativo, con incidencia en
comunidades integrantes del Distrito Electoral en cuestión, lo que evidencia un
conocimiento del contexto local y facilidades para llevar a cabo trabajos que requieren la
comprensión plena de la región y sus particularidades económicas, políticas, sociales y
culturales.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como Secretarios de consejos municipales, consejeros, esta integración
plural y diversa manifiesta que los integrantes propuestos tienen conocimiento de las
diferentes etapas, enfoques y procedimientos que se observan en la preparación,
desarrollo y vigilancia de elecciones locales y federales, además, su participación
confirma conocimiento, interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en áreas como la geoestadística, temas migratorios, el fomento
a los sectores productivos y manejo de fondos y financiamientos comunitarios.
A decir de las y los integrantes en sus entrevistas y expresión escrita, participan por la
convicción de aportar al desarrollo de sus comunidades, fortalecer la democracia,
observar los principios rectores de las instituciones electorales, y garantizar que la
voluntad de la ciudadanía sea consistente con los resultados de la contienda.
181
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 11 Consejo Distrital con
sede en Matías Romero Avendaño, se observó.
182
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
183
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Sánchez Lucas Lucina, Leyva Salinas Moises, García
Arellano Villegas Jorge, Martínez Almanza Gerardo, Ruiz Alvarado Rebeca Isidra,
Sánchez García Sonia, Hernández Sánchez Mauricio Fernando, Pérez Gómez José,
Puente Ortiz Christian y Tominez García José Omar, son las personas idóneas para
desempeñar respectivamente, el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y
Consejeros Electorales del Consejo Distrital 11 en Matías Romero Avendaño.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
184
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
185
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 12 CON CABECERA EN SANTA LUCÍA DEL CAMINO DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 12 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta CORTES RAMIREZ BRISELDA
BAUTISTA SOLAR OMAR LENNIN
BENITEZ VAZQUEZ FELIPE
JIMENEZ HERNANDEZ MARIA ELENA
MACIAS GONZALEZ SILVIA JUDITH
Secretario CONTRERAS MARTINEZ GABRIEL EVODIO
Consejera/o Electoral CHACON VILLARREAL ITZEL
Consejera/o Electoral GASPAR MARTINEZ CAMELIA
Consejero/a Electoral GONZALEZ AGUILAR ISAI DE JESUS
Consejera Electoral HERNANDEZ SALAZAR EDITH MARGARITA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: CORTES RAMIREZ BRISELDA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
94
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
186
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: CONTRERAS MARTINEZ GABRIEL EVODIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
95.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CHACON VILLARREAL ITZEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
96
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
187
NOMBRE: GASPAR MARTINEZ CAMELIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: GONZALEZ AGUILAR ISAI DE JESUS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: HERNANDEZ SALAZAR EDITH MARGARITA
SEXO: MUJER
188
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: BAUTISTA SOLAR OMAR LENNIN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
94.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: BENITEZ VAZQUEZ FELIPE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 11
189
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
94.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: JIMENEZ HERNANDEZ MARIA ELENA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 12 SANTA LUCIA DEL CAMINO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: MACIAS GONZALEZ SILVIA JUDITH
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
190
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 12. Como se advierte de la integración del 12 consejo distrital electoral con sede en Santa
Lucia del Camino, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas
propuestas, se destaca que la ciudadana propuesto para presidir el consejo distrital,
cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes para ocupar el cargo propuesto,
mismos que están respaldados por estudios y capacitación cuyas evidencias integran su
expediente dentro de las más destacadas como pasante de la licenciatura en derecho se
encuentra que se ha desempeñado como consejera electoral del Distrito Electoral federal
09 en los procesos 2012, 2015, y local 2016; fue coordinadora de organización electoral
en consejo distrital en el año 2013, fue técnica electoral en 2013 y asistente electoral en el
2010, así como capacitadora asistente electoral 2008-2009 en el anterior Instituto Federal
Electoral. Por si ello no fuera menor se añade que la seleccionada cuenta con experiencia
como docente.
Mientras que, en referencia al ciudadano propuesto como secretario del consejo distrital
es pasante de la licenciatura en derecho, tuvo anotaciones sobresalientes en relación con
el apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría
electoral. Cuenta con experiencia electoral, al haberse desempeñado dos veces como
consejero electoral suplente, coordinador de capacitación electoral en el año 2013,
capacitador asistente electoral en 2010 y 2012, además ha participado como funcionario
de elecciones municipales de sistemas normativos indígenas.
En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y
experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
La propuesta como consejera propietaria Itzel Chacón Villareal es Licenciada en
Derecho y cuenta con un diplomado por el Universidad Autónoma Benito Juárez de
191
Oaxaca. Cuenta con una amplia experiencia en material electoral desde 2007. Año en la
que fue asistente electoral en el Instituto Electoral Local. En 2010 fue consejera
propietaria en el consejo distrital de Ocotlán de Morelos. Fue consejera electoral
propietaria de distrito electoral federal en 2012, 2015 y en el proceso local 2016.
Respecto a la propuesta como consejera Camelia Gaspar Martínez es Licenciada en
derecho y tiene estudios de maestría en derecho. Sobresale por su compromiso con la
comunidad y la multiculturalidad ya que fue parte de las fundadoras de la Red Nacional de
Abogadas Indígenas y Ixmucame A.C. Ha coordinado proyectos como el seminario
permanente de autoridades de la Sierra Sur y Cohesión Social Oaxaca: mujeres
ejerciendo sus derechos como parte del convenio marco de cooperación México-Unión
Europea. Además, cuenta con múltiples diplomados, cursos y participaciones
relacionadas con la materia electoral y la igualdad de género. Por mencionar algunos:
diplomado “Sistemas Normativos Indígenas: Procesos Electorales y Resolución de
Conflictos” CIESAS, participación en el grupo de acción focalizada “Democracia, respeto
de los derechos humanos y formación ciudadana en el espacio de la comunalidad”,
ponente en el taller “Paridad de género en el proceso electoral 2016”. Además de que su
nombramiento favorece la multiculturalidad del órgano ya que habla zapoteco.
Respecto a la propuesta de consejero propietario Isaí de Jesús González Aguilar es
licenciado en derecho. Cuenta con experiencia en materia electoral, ya que manifiesta
haber realizado sus prácticas profesionales en el tribunal electoral del estado. Asimismo,
fue consejero electoral propietario en el consejo distrital de Santa Lucia del Camino en
2016. También cursó el diplomado en derecho electoral impartido por la UABJO en 2017.
La propuesta como consejera propietaria Edith Margarita Hernández Salazar cuenta con
Licenciatura en Derecho, así como dos Maestrías, una en Derecho Constitucional y otra
en Derecho y Política Electoral. Además, curso un diplomado en derecho electoral en
2017. Destaca su trabajo docente en la Universidad Autónoma Benito Juarez de Oaxaca
donde también ha sido coordinada académica de la faculta de derecho y ciencias
sociales. Cuenta con experiencia en materia electoral ya que en 2013 se desempeñó
como secretaria del consejo distrital de Ixtlán de Juárez. Destaca su compromiso con la
protección de la ciudadanía y con la comunidad ya que se desempeñó como defensora de
oficio.
192
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, al contar con un ex consejeros y consejeras electorales
de órganos desconcentrados en los procesos 2010, 2013 y 2016; asistentes electorales;
una defensora pública de oficio; miembros docentes, y una trabajadora social; además de
que entre las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en constante
capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan sus
currículos.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con cinco licenciados y
licenciadas en Derecho y tres pasantes de la mima licenciatura y una contadora; nutriendo
al conjunto de aspirantes una licenciada en trabajo social y maestra en educación
humanista. Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en
la toma de sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la
especialización en la materia.
Asimismo, resulta evidente la participación que han tenido en materia electoral, al
desempeñarse como consejeras y Consejeros Electorales distritales, en la secretaría de
los consejos municipales, lo que denota un compromiso con la democracia y las
instituciones electorales, dicha experiencia también permite comprender que las
ciudadanas y ciudadanos propuestos para participar como consejeras y Consejeros
Electorales en este Distrito, tienen conocimiento de las diferentes etapas, enfoques y
procedimientos que se observan en la preparación, desarrollo y vigilancia de elecciones
locales y federales, además, su participación confirma conocimiento, interés y vocación
por la materia.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
193
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del consejo distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del consejo distrital resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción
afirmativa de género. Destaca que la figura de la presidencia es ocupada por una mujer,
lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la
igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la
ciudadanía en su conjunto.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
194
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social
en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo
en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro
de la organización de las elecciones locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 13 Consejo Distrital con sede en Santa Lucia del
Camino, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que seis son
mujeres y cuatro hombres quienes integran la propuesta.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con dos
integrantes que hablan la lengua indígena Zapoteco.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
195
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la
capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera
de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población
de nuestra entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
196
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por lo anterior, los CC. Cortes Ramírez Briselda, Contreras Martínez Gabriel Evodio,
Chacón Villarreal Itzel, Gaspar Martínez Camelia, González Aguilar Isaí de Jesús,
Hernández Salazar Edith Margarita, Bautista Solar Omar Lennin, Benítez Vázquez Felipe,
Jiménez Hernández María Elena, Macías González Silvia Judith, son las personas
idóneas para desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y
Consejeros Electorales del Consejo Distrital 12, ya que además de haber acreditado
satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una
sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas
que demostraron contar con las habilidades de liderazgo, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el
presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
197
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
198
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 13 CON CABECERA EN OAXACA DE JUÁREZ (SUR) DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 13 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente CRUZ BAZAN MAURO
CRUZ ENRIQUEZ ARISBETH
ORTEGA BRAVO MARYCARMEN
OLMEDO LOPEZ GERARDO DE JESUS
JIMENEZ ARANGO DANIEL
Secretario EPIFANIO ANDRES FRANCISCO
Consejero/o Electoral BELEN JACINTO NICACIO
Consejero/a Electoral RAMIREZ AZCONA JESUS
Consejera/o Electoral RAMIREZ PEREZ MARIANNEE
Consejera/o Electoral VILLA DIAZ SUE-LYNN JUDITH
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: CRUZ BAZAN MAURO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
199
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: EPIFANIO ANDRES FRANCISCO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
92
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: BELEN JACINTO NICACIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
200
NOMBRE: RAMIREZ AZCONA JESUS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: RAMIREZ PEREZ MARIANNEE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: VILLA DIAZ SUE-LYNN JUDITH
SEXO: MUJER
201
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.67
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.67
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: CRUZ ENRIQUEZ ARISBETH
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
72
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: ORTEGA BRAVO MARYCARMEN
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36
202
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: OLMEDO LOPEZ GERARDO DE JESUS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 13 OAXACA DE JUAREZ ZONA SUR
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: JIMENEZ ARANGO DANIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
203
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.33
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 13. Como se advierte de la integración del 13 consejo distrital electoral con sede en Oaxaca
de Juárez Zona Sur, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas
propuestas, se destaca que el ciudadano Mauro Cruz Bazan propuesto para presidir el
Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes para ocupar el
cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y capacitación cuyas
evidencias integran su expediente dentro de las más destacadas se encuentra que se ha
desempeñado en seis ocasiones como consejero Presidente de los cuales cuatro lo ha
sido de un Consejo Distrital y dos de Consejo Municipal Electoral.
Así mismo, en materia electoral se ha desempeñado en dos ocasiones Como Consejero
integrante de órganos desconcentrados, y en una ocasión como Secretario de Consejo
Distrital en Santiago Juxtlahuaca, además de haber sido funcionario electoral en
elecciones municipales por el régimen de sistemas normativos internos.
Con lo cual suma más de 19 años de experiencia como servidor público electoral. En
concordancia con lo anterior, el ciudadano Mauro Cruz Bazán demostró habilidades para
el trabajo en equipo y negociación como se advierte de sus cedulas individuales de
entrevistas.
Mientras que, en referencia al ciudadano propuesto como Secretario del Consejo Distrital,
el Licenciado Francisco Epifanio Andrés tuvo anotaciones sobresalientes en relación al
apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría
electoral pues cuenta con experiencia electoral, al haberse desempeñado como
capacitador asistente electoral en el proceso federal 2015, y contar experiencia en el
ejercicio de su profesión como contador público y pasante de la licenciatura en Derecho.
204
Demuestra probidad y liderazgo en la función pública pues además de la experiencia en
materia electoral también se ha desempeñado como actuario fiscal en el Servicio de
Administración Tributaria SAT, enlace administrativo en la Dirección de Tránsito del
Estado, y contador del Consejo Nacional de Fomento Educativo. Aunado a lo anterior
también sobresale aptitudes de comunicación y sensibilidad en trabajos en equipo al
haberse desempeñado como Profesor de Telesecundaria, y jefe de oficia en el Tribunal
Electoral del Estado de Oaxaca. Finalmente de su exposición de razones, destaca su
conocimiento técnico operativo como abogado y en áreas contables, así como un alto
sentido de responsabilidad.
En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y
experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
En lo especifico, Nicacio Belen Jacinto propuesto como Consejero Electoral es
Licenciado en Derecho y tiene experiencia en materia electoral al haberse desempeñado
como Secretario de Consejo Municipal en Oaxaca de Juárez en el proceso 2013, además
de mostrar interés en su capacitación como profesional de la materia al haber asistiendo a
seminarios y conferencias en materia electoral., demostrando compromiso democrático e
interés en la participación de procesos electorales.
Por su parte, Jesus Ramirez Azcona quien también es Licenciado en Derecho es
propuesto como consejero propietario al contar con experiencia como Director de
proximidad social en la Policía Vial Estatal y como Director de Supervisión y Vigilancia
interna en la Secretaría de Seguridad Publica, lo que nutre al órgano desconcentrado al
brindar experiencias de trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en funciones
públicas de alta responsabilidad, así como probidad en el apego a los principios rectores.
En la propuesta sobresale el perfil de la ciudadana Mariannee Ramirez Perez, quien es
pasante de la licenciatura en derecho y en materia electoral demuestra con documentales
haberse desempeñado como secretaria de Consejo Municipal en San Jacinto Amillas en
el pasado proceso 2016, así como Capacitadora Asistente Electoral en la elección federal
de 2015 y en la consulta ciudadana de 2015.
205
En lis mismos términos, la Licenciada en Derecho Judith Sue-Lynn Villa Díaz propuesta
como Consejera Propietaria ha ocupado cargos electorales como Consejera de Consejo
Municipal y Presidenta de Mesa Directiva de Casilla. Además de tener como experiencia
como asesora municipal y profesional Dictaminadora en la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social.
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, al contar con un ex Secretario del Consejo Municipal de
Oaxaca en el proceso 2013, Secretaria de Consejo Municipal en el proceso 2016,
Capacitadores Asistentes Electorales en los procesos 2015 federal y 2016 local; una
funcionara y observadora electoral en elecciones municipales de sistemas normativos
indígenas, así como la participación de un docente, sin que pase desapercibido la
experiencia de un integrante como Presidenta de Mesa Directiva de Casilla.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con cinco licenciados y
licenciadas en Derecho y tres pasantes de la mima licenciatura, nutriendo al conjunto de
aspirantes un contador público y una pasante de ingeniería en sistemas computacionales.
Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en la toma de
sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la especialización en
la materia.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en
consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron
idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a
ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.
Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los
Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que
no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito
electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
206
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,
manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,
experiencia académica y laboral.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia como lo demuestran un integrante.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del consejo distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
207
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social
en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo
en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro
de la organización de las elecciones locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 13 Consejo Distrital con sede en Oaxaca de
Juárez, Zona Sur, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país. El órgano tendrá cuatro son mujeres y seis hombres quienes
integran la propuesta.
208
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con un hablante
de Zapoteco.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la
capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera
de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población
de nuestra entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
209
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Cruz Bazán Mauro, Epifanio Andrés Francisco, Belén Jacinto
Nicacio, Ramírez Azcona Jesús, Ramírez Pérez Mariannee, Villa Díaz Sue-Lynn Judith,
Cruz Enriquez Arisbeth, Ortega Bravo Marycarmen, Olmedo López Gerardo de Jesús y
Jiménez Arango Daniel, son las personas idóneas para desempeñar el cargo de
210
Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros Electorales del Consejo
Distrital 13, ya que además de haber acreditado satisfactoriamente cada una de las
etapas del proceso de designación, cuentan con una sólida formación académica, amplia
experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las
habilidades de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e
integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las
constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
211
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 14 CON CABECERA EN OAXACA DE JUÁREZ (NORTE) DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 14 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta MENDEZ SANCHEZ XOCHITL ELIZABETH
BAUTISTA VELASCO HORIOLDO
CRUZ RAMIREZ DULCE MARIA
GONZALEZ ZARATE LUIS ANTONIO
PEREZ SANDOVAL BEATRIZ
Secretaria MELCHOR GONZALEZ LILIANA
Consejero Electoral 1 GOMEZ CUEVAS FERNANDO RODOLFO
Consejera Electoral 2 GUTIERREZ HERNANDEZ LAURA
Consejero Electoral 3 RUIZ ORTEGA GIL
Consejera Electoral 4 TOMAS VASQUEZ GLORIA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: MENDEZ SANCHEZ XOCHITL ELIZABETH
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83
212
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: MELCHOR GONZALEZ LILIANA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: GOMEZ CUEVAS FERNANDO RODOLFO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
213
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: GUTIERREZ HERNANDEZ LAURA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: RUIZ ORTEGA GIL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: TOMAS VASQUEZ GLORIA
214
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: BAUTISTA VELASCO HORIOLDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: CRUZ RAMIREZ DULCE MARIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 49
215
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: GONZALEZ ZARATE LUIS ANTONIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
69.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 14 OAXACA DE JUAREZ ZONA NORTE
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: PEREZ SANDOVAL BEATRIZ
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
216
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 14. Como se advierte de la integración del 14 Consejo Distrital Electoral con sede en Oaxaca
de Juárez Zona Norte, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las
personas propuestas.
Se destaca que la ciudadana Xochitl Elizabeth Méndez Sánchez propuesta para presidir
el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos en Derecho, mismos que están
respaldados por estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente como
licenciada en Derecho; además, cuenta con experiencia al haberse desempeñado en el
sector público como Jefa de departamento, Jefa de unidad, Subprocuradora municipal de
la Procuraduría de la Defensa del Menor y Asesora en el Sistema DIF Oaxaca.
Así mismo ha fungido como delegada contralor en diversas entidades del gobierno
estatal, mientras que en sector privado se ha desempeñado profesionalmente como
abogada litigante en las áreas del derecho público; manifestó en las entrevistas tener
experiencia por la atención al público, responsabilidad y compromiso en los cargos
desempeñados; su actitud es crítica, emprendedora y dinámica, motivada por participar y
contribuir al desarrollo de su comunidad.
La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permite detectar
dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación, liderazgo y
trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su desempeño, además de estar en
constante capacitación en materia electoral al encontrarse actualmente cursando
diplomado en derecho electoral.
Mientras que, en referencia a la ciudadana Liliana Melchor González propuesta como
Secretaria del Consejo Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego
demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría electoral
217
pues cuenta con experiencia electoral, al haberse desempeñado como Secretaria del
Consejo Distrital en la misma circunscripción durante el proceso 2016, además fue
Consejera Electoral Propietaria en el Consejo Distrital de la ciudad de Ejutla de Crespo
durante el proceso 2013 y Asistente Capacitadora Electoral en el Consejo Municipal de
Oaxaca de Juárez en el 2007.
Demuestra probidad y liderazgo en la función pública aunado a que ha generado
publicaciones en temas afines a la agenda política del Estado, lo que genera certidumbre
sobre su interés en el cumplimiento de los principios de la materia electoral y el
seguimiento a la función pública.
En tanto, las propuestas de Consejeros Electorales, toman en consideración las
habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron buenas
apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y experiencias en
la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e
integridad.
Por una parte, el Licenciado en Ciencias Políticas Fernando Rodolfo Gomez Cuevas
quien es propuesto como Consejero Propietario además de ser Docente de licenciatura se
ha desempeñado como Consejero Electoral en el Distrito de Ejutla de Crespo y cuenta
con experiencia gubernamental al haber fungido como Jefe de oficia en el Instituto Estatal
de Educación para Adultos y Jefe de Unidad en el Congreso del Estado.
No menos importante señalar que demuestra compromiso por la función pública y solidez
en su formación profesional al contar con un diplomado del Sistema Electoral Mexicano.
En el mismo tenor, Laura Gutiérrez Hernández quien es Licencia en Administración de
Empresas tiene una amplia trayectoria laboral que le permite ejercer la función aun
cuando no ha desempeñado un cargo en la materia electoral, pero que demostró
conocimientos teóricos y habilidades de comunicación y trabajo en equipo en las
entrevistas realizadas.
De su exposición de razones, destaca su conocimiento y habilidades para trabajar en
órganos colegiados, conocimiento del contexto político de la capital del Estado, así como
un alto sentido de responsabilidad.
218
Gil Ruiz Ortega quien ocupará un lugar dentro del consejo como Consejero Propietario
es Licenciado en Derecho y ha sido Consejero Presidente de Consejo Distrital en 2004,
Consejero Electoral Suplente en 2002 y Consejero Electoral Propietario en la elección de
2007.
Además de ser Docente en nivel medio y superior, fue gerente en tres ocasiones de
empresas de iniciativa privada, nutriendo con su experiencia al trabajo equipo y
negociación.
Por otro lado, la ciudadana Gloria Tomas Vásquez es Licenciada en Derecho y ha sido
consejera en dos ocasiones, como Propietaria en el proceso del 2013 y Presidenta del
Consejo Municipal de Soledad Etla en 2016.
Por otro lado cuenta con una licenciatura en Lenguas Extranjeras y estudios de Maestría
en Derecho Privado. Se ha capacitado en materia electoral como lo demuestra con sus
constancias de cursos y seminarios y demostró en las entrevistas apego a los principios
rectores y liderazgo.
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, al haberse desempeñado en funciones como Consejeros
Electorales en los procesos 2016, 2015, 2013, 2010, 2007, y 2004, haber fungido como
auxiliares de consejos municipales y capacitadoras asistentes electorales en el proceso
2016. Incluso se cuenta con la participación de una aspirante que se desempeñó como
actuaría y Secretaria en el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, demostrando
suficiencia en el conocimiento y vasta experiencia electoral en el área juridicial.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en
consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron
idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a
ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.
Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los
Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que
219
no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito
electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,
manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,
experiencia académica y laboral.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con 6 Licenciados y
Licenciadas en Derecho, una pasante de la Licenciatura en Ciencias Sociales y Estudios
Políticos, una Licenciada en Administración de Empresas y uno en Ciencias Políticas, así
como un Ingeniero Agrónomo que además de ser docente se ha desempeñado como
Capacitador Asistente Electoral en los procesos 2015 federal y 2016 local. Esta suma de
disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en la toma de sus
decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la especialización en la
materia.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia como lo demuestran dos integrantes o en el litigio estratégico como lo prueba
la Presidenta que se propone.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción
afirmativa de género. Destaca que las figuras de mayor representación son precisamente
mujeres, lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad
y la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la
ciudadanía en su conjunto.
220
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del consejo distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los integrantes, para nutrir la
actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por su
trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social
en la capital del estado.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
221
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 14 Consejo Distrital con sede en Oaxaca de
Juárez, Zona Norte, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que seis son
mujeres y cuatro hombres quienes integran la propuesta.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la
capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera
de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población
de nuestra entidad. Además de contar con un hablante de la lengua indígena
Zapoteco.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
222
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
223
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Méndez Sánchez Xóchitl Elizabeth, Melchor González Liliana,
Gómez Cuevas Fernando Rodolfo, Gutiérrez Hernández Laura, Ruiz Ortega Gil, Tomas
Vásquez Gloria, Bautista Velasco Horioldo, Cruz Ramírez Dulce María, González Zarate
Luis Antonio, Pérez Sandoval Beatriz, son las personas idóneas para desempeñar el
cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales del
Consejo Distrital 14, ya que además de haber acreditado satisfactoriamente cada una de
las etapas del proceso de designación, cuentan con una sólida formación académica,
amplia experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con
las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen
Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
224
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 15 CON CABECERA EN SANTA CRUZ XOXOCOTLÁN, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.
Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 15 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente CURIEL GARCIA FLORIBERTO
AGUILAR SANCHEZ ELIZABETH PAULA
GUZMAN VALDIVIA HABACUC
SOSA GUTIERREZ ISABEL
VASQUEZ GARCIA GERMAN
Secretaria SANTIAGO SANCHEZ BETHSAIDA
Consejero/a Electoral 1 GARCIA GARCIA LUIS MARIO
Consejero Electoral 2 LOPEZ TOLENTINO GUSTAVO
Consejera Electoral 3 MARTINEZ GARCIA ELSA
Consejero Electoral 4 MARTINEZ HERNANDEZ JOSE
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: CURIEL GARCIA FLORIBERTO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
225
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: SANTIAGO SANCHEZ BETHSAIDA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90.33
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: GARCIA GARCIA LUIS MARIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
226
NOMBRE: LOPEZ TOLENTINO GUSTAVO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: MARTINEZ GARCIA ELSA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MARTINEZ HERNANDEZ JOSE
SEXO: HOMBRE
227
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
95
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: AGUILAR SANCHEZ ELIZABETH PAULA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
86.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: GUZMAN VALDIVIA HABACUC
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 9
228
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: SOSA GUTIERREZ ISABEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 15 SANTA CRUZ XOXOCOTLAN
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: VASQUEZ GARCIA GERMAN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA: 26
229
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35)
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 15. Como se advierte de la integración del 15 Consejo Distrital Electoral con sede en Santa
Cruz Xoxocotlán, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas
propuestas, se destaca que el ciudadano Curiel Garcia Floriberto propuesto para
presidir el órgano desconcentrado, cuenta con conocimientos y experiencias
sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por
estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente dentro de las más
destacadas como pasante de la Licenciatura en Derecho se encuentra que se ha
desempeñado como funcionario electoral desde el año 2000 fungiendo como Capacitador
Asistente Electoral del otrora Instituto Federal Electoral en 2000 y 2001; técnico electoral
en 2003; coordinador electoral y Secretario del consejo municipal en 2004; Secretario de
consejo distrital y municipal en 2007; técnico electoral en 2009, consejero Presidente de
consejo distrital en 2010 y en el proceso 2013; supervisor electoral de la elección federal
2015, consejero Presidente de consejo local en la circunscripción propuesta en 2016,
sumando más de 17 años de experiencia en cargos públicos en los diferentes institutos
electorales. Por si ello no fuera sobresaliente además cuenta con experiencia en trabajos
de elecciones municipales en sistemas normativos indígenas.
Mientras que, en referencia a la ciudadana Santiago Sanchez Bethsaida propuesta
como Secretaria del Consejo Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al
apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría
electoral pues como pasante de la Licenciatura en Derecho cuenta con experiencia
electoral, al haberse desempeñado como consejera electoral en el consejo distrital de la
misma circunscripción propuesta en el pasado Proceso Electoral Local de 2016, además
de mostrar interés por su especialización en la materia al contar con un diplomado en
derecho electoral así como diversas constancias en cursos y talleres de actualización.
En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron
230
buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y
experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
Respecto a la propuesta de consejero propietario Luis Mario García García, es técnico
en computación y cuenta con experiencia en materia electoral. Se ha desempeñado como
coordinador de consejos municipales en el IEEPCO durante el 2013, así como
capacitador asistente electoral en 2015, en la que obtuvo un reconocimiento por su
trabajo. Asimismo, durante 2016 fue responsable de bodega electoral en el consejo
distrital de Santa Cruz Xoxocotlán.
El propuesto a consejero propietario Gustavo López Tolentino es licenciado en derecho.
Cuenta con experiencia electoral tanto en órganos administrativos como jurisdiccionales.
En 2009 fue capacitador asistente electoral en el IFE. En 2010 coordinador adscrito a
dirección de organización electoral del IEEPCO. En 2011 fue actuario en el tribunal
electoral del poder judicial de Oaxaca. En 2015 fue supervisor electoral en INE. En 2016
fue secretario del consejo distrital en Matías Romero Avendaño. En 2017 se desempeñó
como secretario de estudio y cuenta en el tribunal electoral en el estado.
Respecto a la propuesta a consejera Elsa Martínez García es Licenciada en Derecho,
también, tiene estudios de maestría en derecho y ciencia penales. Cuenta con 17 años de
experiencia en materia electoral. Del 2000 a 2010 se desempeñó como auxiliar del jefe
del departamento de recursos humanos en la IFE. De 2010 a 2014 como secretaria
particular del delegado de la junta local del INE Oaxaca. Durante 2016 y 2017 fue
secretaria del titular de la dirección ejecutiva de capacitación electoral y educación cívica
en las oficinas centrales del INE.
El propuesto como consejero José Martínez Hernández es pasante de la licenciatura en
derecho. Cuenta con experiencia electoral desde 2004 y ha participado en varios consejos
electorales como presidente. En ese año fue secretario del consejo distrital de San Pedro
Mixtepec. En 2007 fue presidente del mismo consejo. En 2010 fue presidente del consejo
distrital con cabecera en Santiago Pinotepa Nacional. En 2013 fue presidente del consejo
distrital de Teotitlán de Flores Magón.
En 2014 fue presidente del consejo electoral municipal de San Miguel Tlacamama durante
el proceso electoral extraordinario en dicho municipio. Asimismo, fue técnico
231
especializado en el IEEPCO desde 2010 hasta el 2017. También cuenta con experiencia
en el orden electoral federal al ser capacitador asistente electoral en 2009. También como
funcionario del IEEPCO tuvo experiencia con la multiculturalidad del estado al ser
responsable de municipios que se rigen por sistemas normativos indígenas.
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, al contar con cuatro personas que se han destacado
como capacitadores asistentes electorales en los procesos federales 2015, 2012 y 2009;
además se encuentra entre los integrantes un responsable de bodega electoral,
coordinador de consejos municipales, así como un funcionario con experiencia en la
organización de elecciones municipales de sistemas normativos internos. Por otro lado, se
cuenta con experiencias de consejeras y consejeros que se han desempeñado
anteriormente en esos cargos en las elecciones de 2004, 2007, 2010, 2013 y 2016;
además de que entre las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en
constante capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan
sus currículos.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en
consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron
idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a
ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.
Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los
Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que
no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito
electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,
manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,
experiencia académica y laboral.
232
Sobresale que en la conformación se cuenta con cuatro licenciados y licenciadas en
Derecho y cuatro pasantes de la mima licenciatura y una en ciencias políticas; nutriendo
al conjunto de aspirantes un técnico en computación, una docente y coordinadora de
universidad que cuenta con artículos publicados en la materia.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del consejo distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del consejo distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
233
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción
afirmativa de género. Destaca que la figura de la secretaría es ocupada por una mujer, lo
que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la
igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las mujeres y la
ciudadanía en su conjunto.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social
en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo en
diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro de
la organización de las elecciones locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 15 Consejo Distrital con sede en Santa Cruz
Xoxocotlán, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
234
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, asimismo se cuenta con cuatro son mujeres y seis hombres
quienes integran la propuesta.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
como funcionarios coadyuvantes en la organización de dichas elecciones. Incluso
se cuenta con una integrante que habla la lengua indígena Zapoteco del Itsmo y
otro que habla Chatino.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la
capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera
de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población
de nuestra entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
235
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
236
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Curiel García Floriberto, Santiago Sánchez Bethsaida, García
García Luis Mario, López Tolentino Gustavo, Martínez García Elsa, Martínez Hernández
José, Aguilar Sánchez Elizabeth Paula, Guzmán Valdivia Habacuc, Sosa Gutiérrez Isabel,
Vásquez García Germán, son las personas idóneas para desempeñar el cargo de
Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales del Consejo
Distrital 15, ya que además de haber acreditado satisfactoriamente cada una de las
etapas del proceso de designación, cuentan con una sólida formación académica, amplia
experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las
habilidades de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e
integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las
constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
237
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 16 CON CABECERA EN ZIMATLÁN DE ÁLVAREZ, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 16 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente ANTONIO RODRIGUEZ VICTOR
GARCIA MORALES ROCIO
LUNA SANCHEZ ANGEL DAVID
OJEDA SARMIENTO EUFROSINA
PEREZ ARAGON ADIEL ABINADAC
Secretario MORALES HERRERA YADIN ALCIBIADES
Consejero/a Electoral 1 ARELLANO AMAYA EDUARDO ERNESTO
Consejera/o Electoral 2 FERNANDEZ JARQUIN FABIOLA
Consejera Electoral 3 LOPEZ CARREÑO LUZ MARIA
Consejero/a Electoral 4 RODRIGUEZ BAUTISTA ONESIMO HUGO
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: ANTONIO RODRIGUEZ VICTOR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
238
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: MORALES HERRERA YADIN ALCIBIADES
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
94
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: ARELLANO AMAYA EDUARDO ERNESTO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
239
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: FERNANDEZ JARQUIN FABIOLA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: LOPEZ CARREÑO LUZ MARIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: RODRIGUEZ BAUTISTA ONESIMO HUGO
240
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91.33
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: GARCIA MORALES ROCIO
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LUNA SANCHEZ ANGEL DAVID
SEXO: HOMBRE
241
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: OJEDA SARMIENTO EUFROSINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 31
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
71.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 16 ZIMATLAN DE ALVAREZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PEREZ ARAGON ADIEL ABINADAC
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
242
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 16. Como se advierte de la integración del 16 consejo distrital electoral con sede en Zimatlán
de Álvarez, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las personas
propuestas, se destaca que la ciudadano Antonio Rodriguez Victor propuesto para
presidir el consejo distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes para
ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y capacitación
cuyas evidencias integran su expediente dentro de las más destacadas como Contador
Privado, se ha desempeñado como Consejero Secretario de Consejo Distrital Local en
2001, 2004 y 2007, así como Secretario del Consejo Distrital Local de Santiago
Juxtlahuaca en 2010 y 2013. Asimismo, se desempeñó como Capacitador Asistente
Electoral en 2012 en el IFE y como Supervisor Electoral en 2015 con el INE.
Mientras que, en referencia al ciudadano Morales Herrera Yadin Alcibiades propuesto
como Secretario del Consejo Distrital cuenta con una Licenciatura en Lenguas Extranjeras
y cursa una Maestría en Educación Crítica de Lenguas. Cuanta con una Amplia
experiencia en el órgano electoral local ya que dentro de esta institución se ha
desempeñado como Asistente Electoral en 2004, como Consejero Secretario del Consejo
Municipal de Santa Gertrudis en 2007, Capacitador Electoral en el Consejo Distrital de
Ocotlán de Morelos en 2007, Consejero Electoral Propietario en el Consejo Distrital de
Ocotlán de Morelos en 2013 y Consejero Electoral Propietario en el Consejo Distrital de
San Juan Bautista Tuxtepec. Además que su designación promueve la interculturalidad ya
que él habla Mazateco.
En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y
243
experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
Respecto al propuesto como consejero propietario Eduardo Ernesto Arellano Amaya
cuenta con licenciatura en economía agrícola, maestría en desarrollo rural regional y
doctorado en desarrollo regional y tecnológico. Ha sido docente en prestigiosas
universidades estatales y conferencista en encuentros internacionales. Si bien no cuenta
con experiencia en materia electoral su perfil es considerado valioso, no sólo por su
solidez académica, sino por su conocimiento del contexto social del estado, lo cual queda
evidenciado por sus investigaciones que ha realizado. Además de tener conocimiento en
estadística lo cual fortalece la conformación en su conjunto del consejo propuesto.
La propuesta como consejera propietaria Fabiola Fernández Jarquín es Licenciada en
Odontología con especialidad en ortodoncia. Cuenta con experiencia en materia electoral.
En 2012 fue capacitador asistente electoral en el IFE. En 2013 fue seleccionada como
suplente en el consejo distrital de Ocotlán de Morelos. En 2016 fue consejera propietaria
en el consejo distrital de Zimatlán de Álvarez. Sobresale su compromiso social al
participar en la brigada dental en apoyo al hospital misión tarahumara en Guachochi,
Chihuahua. Ha participado como investigadora de campo con varias encuestadoras
especializadas en temas electoral como Berumen y Probabilística.
Respecto a la propuesta como consejera propietaria Luz María López Carreño es
licenciada en derecho. Desde 1998 cuenta con experiencia en materia electoral ya que en
dicho año se desempeñó como técnica electoral en el IEEPCO, puesto que volvió a tener
en 2001. Fue supervisora electoral en el IFE en el 2003. Se desempeñó como
coordinadora electoral en el consejo distrital de Oaxaca de Juárez en 2004. Fue consejera
electoral propietaria en el consejo distrital federal de Oaxaca en 2006 y 2009. Fue
asistente electoral en el IEEPCO en 2007.
El propuesto como consejero electoral propietario Onésimo Hugo Rodríguez Álvarez es
licenciado en derecho. Cuenta con experiencia en materia electoral. Fue secretario del
consejo municipal en San Pablo Huixtepec en 2004 y 2016. En 2010 y 2013 fue consejero
propietario en el mismo órgano desconcentrado. Asimismo, presentó constancia de
cursos en materia electoral.
244
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, al contar con un hombre y dos mujeres que ya han
ocupado una Consejería de algún órgano desconcentrad local o federal. Tres han sido
Docentes y uno Conferencista. Las dos propuestas como consejeras han sido
Capacitadoras Asistentes Electorales y una Supervisora Electoral; además de que entre
las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en constante
capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan sus
currículos.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en
consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron
idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a
ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.
Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los
Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que
no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito
electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,
manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,
experiencia académica y laboral.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con dos licenciado y licenciada
en Derecho y un Contador Privado; nutriendo al conjunto de aspirantes un Doctor en
Ciencias en Desarrollo Regional y Tecnológico, un licenciado en lenguas extranjeras, una
licenciada en odontología. Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un
órgano plural en la toma de sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido
común y la especialización en la materia.
245
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas relacionadas con los procesos
electorales lo que permite dar certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por
recuperar el prestigio institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así
como coadyuvar en la difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar
la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del consejo distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del consejo distrital resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
246
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona de la circunscripción y pueden dar testimonio de su compromiso social. No obstante
que en varios casos se cuenta con trabajo de campo en diferentes circunscripciones del
estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro de la organización de las elecciones
locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 16 Consejo Distrital con sede en Zimatlán de
Álvarez, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, asimismo seis son hombres y cuatro mujeres quienes integran la
propuesta.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
247
como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con un
integrante que habla Mazateco
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional que se suman al trabajo en beneficio de la población de nuestra
entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
248
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Antonio Rodríguez Víctor, Morales Herrera Yadin Alcibiades,
Arellano Amaya Eduardo Ernesto, Fernández Jarquin Fabiola, López Carreño Luz María,
Rodríguez Bautista Onésimo Hugo, García Morales Roció, Luna Sánchez Ángel David,
Ojeda Sarmiento Eufrosina y Pérez Aragón Adiel Abinadac, son las personas idóneas
para desempeñar el cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 16, ya que además de haber acreditado
satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una
sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas
que demostraron contar con las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y
sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus
expedientes.
249
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género
250
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 17 CON CABECERA EN TLACOLULA DE MATAMOROS, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 17 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta GOMEZ ESTEBAN GABRIELA
ALVARADO RUIZ MARIA DE JESUS
LOPEZ BAUTISTA DAVID RAMON
PABLO ROSALES CAROLINA
RODRIGUEZ SANTIAGO SOLEDAD
Secretaria JAVIER GONZALEZ CINTHYA ITANDEHUI
Consejero Electoral GASPAR LEYVA OCTAVIA
Consejero Electoral MARTINEZ MENDEZ URIEL ELIHU
Consejera Electoral MARTINEZ GARCIA SERGIO RAMIRO
Consejera Electoral VELAZQUEZ ARELLANO LOIDA BRAASSI
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: GOMEZ ESTEBAN GABRIELA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
92
251
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: JAVIER GONZALEZ CINTHYA ITANDEHUI
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: GASPAR LEYVA OCTAVIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
252
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MARTINEZ MENDEZ URIEL ELIHU
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
95
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MARTINEZ GARCIA SERGIO RAMIRO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: VELAZQUEZ ARELLANO LOIDA BRAASSI
253
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: ALVARADO RUIZ MARIA DE JESUS
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LOPEZ BAUTISTA DAVID RAMON
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 46
254
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: PABLO ROSALES CAROLINA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 17 TLACOLULA DE MATAMOROS
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: RODRIGUEZ SANTIAGO SOLEDAD
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
255
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 17. Como se advierte de la integración del 17 Consejo Distrital Electoral con sede en
Tlacolula de Matamoros, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las
personas propuestas, se destaca que la ciudadana Gabriela Gómez Esteban, propuesta
para presidir el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes
para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y
capacitación cuyas evidencias integran su expediente; es Licenciada en Administración y
Maestra en Administración de Empresas, tiene además tres diplomados en planes y
negocios, habilidades gerenciales y administración de servicios de salud, se ha
desempeñado como Auxiliar de la Vocalía de Capacitación de Junta Distrital del otrora
Instituto Federal Electoral en el año 2005, ejecutiva comercial senior de la Unión de
Crédito Concreces; Catedrática de Ciencias Administrativas y Sociales; Consultora
Externa de CNI Consultores; Jefa de Departamento en las Secretaría de Administración, y
Vialidad y Trasporte, ambas del Gobierno del Estado de Oaxaca; Jefa de Departamento
de Modernización Administrativa en la Dirección de Planeación y Desarrollo de servicios
de Salud de Oaxaca, que suman más de 10 años en cargos de mando medio. Es
relevante destacar que fue finalista en el Concurso de Oposición al Cargo de Consejera
Electoral del OPLE Oaxaca, ante el Instituto Nacional Electoral.
Mientras que, en referencia a la ciudadana Cinthya Itandehui Javier González,
propuesta como Secretaria del Consejo Distrital Electoral, tuvo anotaciones
sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios rectores durante su
desempeño como funcionaría electoral pues cuenta con experiencia electoral al haberse
desempeñado como Capacitadora Asistente Electoral en el proceso federal 2012;
secretaria de Consejo Municipal en el proceso local 2016; docente de Centro de Estudios
Tecnológicos, Industrial y de Servicios. Además profesionalmente cuenta con una
licenciatura en gobierno y administración pública así como estudios de maestría y
dirección de proyectos productivos.
256
En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y
experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
En referencia a la ciudadana Octavia Gaspar Leyva, es Licenciada en Derecho, fue Jefa
de Entrevistadores del INEGI, Secretaria Particular en el Municipio de Tlacolula de
Matamoros, también se desempeñó como Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso
Electoral Local 2004; y Capacitadora Asistente Electoral en el Proceso Electoral Local
2005-2006; así como en el relativo a 2011-2012; ha sido abogada litigante en un
despacho jurídico particular. En más de su experiencia electoral destaca su participación
como Consejera Electoral Propietaria ante el 04 Consejo Distrital Electoral de Tlacolula de
Matamoros en el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013, así como Consejera Distrital de
la 04 Junta Distrital Ejecutiva del INE en el Proceso Electoral Federal 2014-2015, y fue
Consejera Electora de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del INE en el Proceso Electoral Local
2015-2016.
En tanto, que Uriel Elihu Martínez Méndez, cuenta con estudios de Licenciatura en
Derecho, y de Licenciatura en Administración, así como Maestría en Administración;
cuenta con experiencia profesional como docente en la Facultad de Contaduría y
Administración, así como en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UABJO; se
ha desempeñado como Jefe de Departamento de Desarrollo Académico del Instituto
Tecnológico Superior de San Miguel El Grande y Director del Bachillerato Integral
Comunitario número 36 de El Carrizal Santa Cruz, Zenzontepec; así como Director de la
Unidad de Estudios Superiores de Alotepec, en Santa María Alotepec, Mixes.
En relación a su experiencia electoral, fue Capacitador Asistente Electoral en el Proceso
Electoral Federal 2005 – 2006; Asistente Electoral en el Proceso Local en 2007;
Capacitador Asistente Electoral en el Procesos Electoral Federal 2008-2009; Capacitador
Asistente Electoral en el Proceso Electoral Federal 2011-2012; y fue Consejero Suplente
en el 17 Consejo Distrital de Tlacolula de Matamoros en el Proceso 2015-2016.
257
Por su parte, el ciudadano Sergio Ramiro Martínez García, ha participado en el ámbito
electoral como Supervisor Electoral en la 04 Junta Distrital Ejecutiva con sede en
Tlacolula de Matamoros, en el Proceso Electoral Federal 2005-2006. También ha sido
Capacitador Asistente Electoral en el Proceso Electoral Federal 2011-2012, ante la 04
Junta Distrital Ejecutiva; así como Supervisor Electoral en la 04 Junta Distrital Ejecutiva
con sede en Tlacolula de Matamoros, en el Proceso Electoral Federal 2014-2015. Fue
Secretario del Consejo Municipal de San Jerónimo Tlacochahuaya en el Proceso Electoral
Local 2015-2016.
Y en referencia a la ciudadana Loida Braassi Velázquez Arellano, se ha desempeñado
en el ámbito electoral como Capacitadora Asistente Electoral ante la 08 Junta Distrital
Ejecutiva del INE en el Proceso Electoral Local 2015-2016, y posteriormente fue
designada como Supervisora Electoral en el mismo proceso. Manifiesta en su exposición
oral y escrita, estar comprometida con los procesos electorales, se aprecia entusiasta y
colaborativa.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente la formación multidisciplinar, destacando que se
cuenta con personas que hablan la Legua Indígena Mixe, contando con el compromiso
con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia para el desarrollo pleno
eficiente y eficaz, conocimientos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera
profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como
un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,
el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia
acumulada como Funcionaria de la Mesa Directiva de Casilla, Secretaria, Consejera
Electoral en el consejo Municipal y Distrital en diferentes Procesos Locales, Capacitador
Asistente Electoral, Auxiliar Administrativo, Auxiliar Contable, Docente en el nivel
Superior, Coordinador de Trabajo de campo en el Programa de evaluación (INEA),
Coordinador Comunitaria “Iniciativa UNICEF”, Presidente del Jurador en Examen
Profesional, Ponencia en “Encuentro Internacional, Asesor de ensayo para la obtención
del Título, su capacitación permanente a través de cursos, seminarios, Talleres, Congreso
Nacional y Foros.
258
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en actividades de campo, al contar con un ex consejeros y
consejeras electorales de órganos desconcentrados en los procesos federales 2005,
2009, 2012 y locales 2007, 2010, 2013 y 2016; asistentes electorales; capacitadores
electorales de procesos federales; funcionarios de mesa directiva de casilla; miembros
docentes, de los cuales uno imparte clase de lengua materna Zapoteco; además de que
entre las cualidades de las personas seleccionadas sobresalen perfiles en constante
capacitación e investigación de la materia política electoral como lo acreditan sus
currículos.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con 2 Licenciados y
Licenciadas en Derecho y dos licenciadas en administración y muestra de administración
de empresas, una licenciada en gobierno y administración pública; una licenciada en
contaduría pública y dos licenciados en ciencias de la educación y ciencias políticas;
nutriendo al conjunto de aspirantes un médico veterinario de quien destaca su trayectoria
electoral como Consejero Electoral, supervisor y capacitador asistente electoral desde el
año 2005. Esta suma de disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en
la toma de sus decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la
especialización en la materia.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia y en específico a la instrucción bilingüe en Zapoteco.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
259
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar.
Por otra parte, la integración del Consejo Distrital privilegia la heterogeneidad de
disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de lado que sus conocimientos en
materia electoral fueron probados con los resultados objetivos en el examen de
conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión de términos,
procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un elemento de
la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción
afirmativa de género al conformarse de 7 mujeres y 6 hombres, lo que denota el interés
institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la igualdad de oportunidades
para la participación político electoral de las mujeres y la ciudadanía en su conjunto.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social
en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo
260
en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro
de la organización de las elecciones locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 17 Consejo Distrital con sede en Tlacolula de
Matamoros, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país, asimismo se ejerció una acción afirmativa, ya que siete son
mujeres y tres hombres quienes integran la propuesta.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
como funcionarios y una observadora electoral. Incluso se cuenta con un maestro
bilingüe de lengua Zapoteco, un hablante de zapoteco del sur y otro lengua Mixe.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la
261
capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera
de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población
de nuestra entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
262
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Gómez Esteban Gabriela, Javier González Cinthya Itandehui,
Gaspar Leyva Octavia, Martínez Méndez Uriel Elihu, Martínez García Sergio Ramiro,
Velázquez Arellano Loida Braassi, Alvarado Ruiz María de Jesús, López Bautista David
Ramón, Pablo Rosales Carolina, Rodríguez Santiago Soledad, son las personas idóneas
para desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretaria, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 17, ya que además de haber acreditado
satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una
sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas
que demostraron contar con las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y
sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus
expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe el
presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas como
consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general de
suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
263
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
264
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 18 CON CABECERA EN SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de las y los Consejeros Electorales del 18 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral, proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario Suplentes Generales *
Consejero Presidente HERNANDEZ ESPINOZA FRANCISCO JAVIER
LEYTO ARGANDOÑA CESAR
LORENZANA PASCUAL ANA ITZEL
LUIS JARQUIN JOSE
SANCHEZ CONTRERAS ROSALBA
Secretario AGUILAR RAMIREZ RUBEN
Consejero Electoral MARIN SANCHEZ ALMA DELIA
Consejero Electoral MORENO RODRIGUEZ EDUARDO JAVIER
Consejero Electoral SORIANO REYES ROSA ELVA
Consejero Electoral SOSA RUIZ ABEL
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: HERNANDEZ ESPINOZA FRANCISCO JAVIER
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
265
NOMBRE: AGUILAR RAMIREZ RUBEN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: MARIN SANCHEZ ALMA DELIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 32
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
65
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: MORENO RODRIGUEZ EDUARDO JAVIER
SEXO: HOMBRE
266
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: SORIANO REYES ROSA ELVA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: SOSA RUIZ ABEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
267
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
93.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LEYTO ARGANDOÑA CESAR
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: LORENZANA PASCUAL ANA ITZEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
268
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77.33
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LUIS JARQUIN JOSE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 18 SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: SANCHEZ CONTRERAS ROSALBA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
269
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 18 Como se advierte de la integración del 18 Consejo Distrital electoral con sede en Santo
Domingo Tehuantepec, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de todas las
personas propuestas, se destaca que el ciudadano Francisco Javier Hernández
Espinoza, propuesto para presidir el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y
experiencias sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, mismos que están
respaldados por estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente dentro
de las más destacadas como Pasante de Contaduría Pública, se ha desempeñado dentro
del IEEPCO como Auxiliar Electoral en 1995, como Secretario en el Consejo Municipal de
Santa Lucia del Camino en 1998. En 2007, 2009 fue Consejero Electoral Propietario en el
Consejo Municipal de Santo Domingo Tehuantepec y en el Consejo Distrital con cabecera
en el mismo municipio. En el 2016 se desempeñó como Secretario del Consejo Distrital
de Salina Cruz y en 2017 fue Consejero Propietario en el Consejo Municipal de Santa
María Xadani en la elección extraordinaria que se celebró en dicho municipio. Además,
dentro del Instituto Federal Electoral se desempeñó como Técnico Electoral y Capacitador
Electoral en 1994 y 1998, respectivamente. Su nombramiento favorece la multiculturalidad
ya que habla Zapoteco.
Mientras que, en referencia al ciudadano Rubén Aguilar Ramírez, propuesto como
Secretario del Consejo Distrital cuenta con Estudios Técnicos en Informática y
Licenciatura Trunca en Informática. El ciudadano ha sido dos veces Presidente del
Consejo Municipal de San Pedro Huamelula en 2010 y 2016. Además de desempeñarse
en el IFE como Capacitar Asistente Electoral en 2009. Actualmente, señala haber sido por
asamblea comunitaria de San Pedro Huamelula como parte de la Contraloría Social. Su
nombramiento favorece la multiculturalidad ya que habla Chontal.
En tanto, las propuestas de consejeros y consejeras electorales, toman en consideración
las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes en su conjunto, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego de las leyes por tener conocimientos y
experiencias en la materia, además demuestran trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad.
270
En lo referente a la ciudadana Alma Delia Marín Sánchez, tiene estudios de Licenciatura
en Contaduría, se ha desempeñado como prestadora de servicios en el ámbito
administrativo desde 1980 a la fecha. De su valoración oral y escrita se aprecia interés por
el conocimiento de los procesos electorales, el ejercicio del derecho al voto, la
participación ciudadana y de la mujer. Se le percibe como una mujer dinámica, entusiasta
y comprometida con las funciones institucionales del organismo, al manifestar
disponibilidad de tiempo, esfuerzos y una sólida actitud de servicio.
En tanto, el ciudadano Eduardo Javier Moreno Rodríguez, cuenta con estudios de
Licenciatura en Ciencias Políticas, por lo que tiene conocimientos sobre la práctica
electoral y los sistemas democráticos. Acumula en su experiencia laboral el haber
colaborado como profesor en el Instituto Nicola Tesla en Santo Domingo Tehuantepec,
como Enlace del Instituto de la Mujer Oaxaqueña en el Municipio de Santa María la
Asunción; fue designado como Consejero Presidente del Consejo Municipal Electoral de
Santo Domingo Tehuantepec en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016.
Por su parte, la ciudadana Rosa Elva Soriano Reyes, cuenta con estudios de
Licenciatura en Derecho, ha sido abogada litigante en un despacho jurídico particular; se
ha desempeñado como catedrática en la Escuela de Bachilleres del Istmo; asimismo, ha
sido Directora de la Escuela de Bachilleres del Istmo.
Su experiencia electoral se sustenta en su actuación como Secretaria del Consejo Distrital
Electoral con cabecera en Santo Domingo Tehuantepec, en el Proceso Electoral Ordinario
2015-2016. También ha sido Consejera Electoral Suplente en el Consejo Municipal
Electoral de Santo Domingo Tehuantepec, en el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013,
por lo que cuenta con conocimientos amplios en la materia.
En lo correspondiente al ciudadano Abel Sosa Ruiz, propuesto como Consejero Electoral
Propietario, cuenta con estudios de Licenciatura en Derecho; su participación electoral ha
sido evidente desde el año 1994, cuando se desempeñó como Capacitador Asistente
Electoral; así como Coordinador de Organización Electoral en el Proceso Electoral
Federal de 1994; Secretario del Consejo Distrital del Sexto distrito Local con cabecera en
Santo Domingo Tehuantepec en la elección de 1995; Presidente de Mesa Directiva de
Casilla en el Municipio de Mazatlán de Villa de Flores en elecciones extraordinarias de
271
1996; fue responsable de módulo del Programa de Credencial para Votar con Fotografía
en el Distrito 05 con cabecera en Tehuantepec; ha sido Consejero Presidente del 18
Consejo Distrital de San Juan Bautista Tuxtepec en 1998; y de manera más reciente ha
colaborado como Consejero Presidente del 06 Consejo Distrital Electoral con cabecera en
Santo Domingo Tehuantepec en el Proceso Electoral Ordinario del año 2013.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente la experiencia electoral, destacando que se
cuentan con la disponibilidad de tiempo y horarios, además de tener la convicción y ganas
de trabajar, contando con el compromiso con las instituciones y la democracia; destacan
su experiencia para el desarrollo pleno eficiente y eficaz, conocimientos adecuados, el
deseo de desarrollar una carrera profesional en el ámbito electoral, basada en méritos y
desafíos profesionales; así como un comportamiento sustentado en valores como el
diálogo, la responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También son manifiestos el
apego a los principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los
resultados electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los
integrantes, así como su experiencia acumulada como Presidente del Consejo Municipal
Electoral, Consejera Electoral en 05 Distrito Electoral Federal, Consejera Electoral en el
Consejo Distrital Electoral en varios Procesos Electorales Ordinario Locales, así como
Extraordinario, Capacitador Asistente (IFE), Asistente Electoral (IEEO), abogando
Litigante, Docente y Capacitador Electoral, su capacitación permanente a través de
cursos, Talleres y Diplomados.
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros Electorales, la
experiencia que tienen en actividades de campo, al contar con dos hombres y una mujer
que ya han ocupado una Consejería de algún órgano desconcentrado local o federal. Uno
de los propuestos como Consejeros ha sido siete veces Consejero Presidente de un
Consejo Distrital del IEEPCO. Una de las Consejeras propuestas fue Secretaria en el
Consejo Distrital de Santo Domingo Tehuantepec en 2016. Un Consejero Electoral
propuesto fue Consejero Presidente del Consejo Municipal de Santo Domingo
Tehuantepec. Además uno de ellos tiene experiencia como docente.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con una y un pasantes en
derecho; un pasante en Ciencias Políticas y una Licenciada en Contaduría. Esta suma de
disciplinas permite generar la integración de un órgano plural en la toma de sus
272
decisiones, que privilegie cuando sea el caso el sentido común y la especialización en la
materia.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y otro a través de la
docencia.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas relacionadas con los procesos
electorales lo que permite dar certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por
recuperar el prestigio institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así
como coadyuvar en la difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar
la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
Con la integración de este consejo, se observa una perspectiva de equidad de género y
de igualdad de oportunidades, de inclusión en la participación política y no discriminación,
valores que son observados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana
de Oaxaca.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
273
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que, por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona de la circunscripción y pueden dar testimonio de su compromiso social. No obstante,
que en varios casos se cuenta con trabajo de campo en diferentes circunscripciones del
estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro de la organización de las elecciones
locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 18 Consejo Distrital con sede en Tehuantepec, se
observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
274
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
como funcionarios y una observadora electoral. Incluso un integrante habla
Zapoteco y otro Chontal.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional que se suman al trabajo en beneficio de la población de nuestra
entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
275
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Hernández Espinoza Francisco Javier, Aguilar Ramírez
Rubén, Marín Sánchez Alma Delia, Moreno Rodríguez Eduardo Javier, Soriano Reyes
Rosa Elva, Sosa Ruiz Abel, Leyto Argandoña Cesar, Lorenzana Pascual Ana Itzel, Luis
Jarquin José, Sánchez Contreras Rosalba, son las personas idóneas para desempeñar el
cargo de Consejero Presidente, Secretario, Consejeras y Consejeros Electorales
propietarios y suplentes, son las personas idóneas para desempeñar el cargo.
276
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
277
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 19 CON CABECERA EN SALINA CRUZ, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 19 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario Suplentes Generales *
Consejero Presidente CANSECO VELASQUEZ JAIME CONSTANTINO
FLORES HERNANDEZ CARLOS
MENDOZA HERNANDEZ ROCIO
PEREZ LEON RAMIRO
ZUNO SANCHEZ FELIPE
Secretaria HERNANDEZ ESPINOSA ZAIRA GABRIELA
Consejera/o Electoral CISNEROS LOPEZ GENESIS ABIGAIL
Consejera Electoral MARTINEZ CRUZ LILIANA ARELIS
Consejero Electoral SANTANA MORENO JUAN CARLOS
Consejero Electoral VELAZQUEZ VERA CHRISTIAN
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: CANSECO VELASQUEZ JAIME CONSTANTINO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
92.5
278
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: HERNANDEZ ESPINOSA ZAIRA GABRIELA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 48
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CISNEROS LOPEZ GENESIS ABIGAIL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXÁMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
76
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
279
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: MARTINEZ CRUZ LILIANA ARELIS
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: SANTANA MORENO JUAN CARLOS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: VELAZQUEZ VERA CHRISTIAN
280
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: FLORES HERNANDEZ CARLOS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: MENDOZA HERNANDEZ ROCIO
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 28
281
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
63
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PEREZ LEON RAMIRO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 19 SALINA CRUZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: ZUNO SANCHEZ FELIPE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
282
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 19.
Como se advierte de la integración del 19 Consejo Distrital Electoral con sede en Salina
Cruz, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los integrantes, se destaca que el
ciudadano Canseco Velásquez Jaime Constantino, propuesto para presidir el Consejo
Distrital, cuenta con evidentes conocimientos en Materia Electoral, mismos que están
respaldados por las evidencias integran su expediente; además, cuenta con experiencia
electoral en seis procesos electorales federales, pertenece al Servicio Profesional
Electoral del Instituto Nacional Electoral, en el que obtuvo la titularidad de la plaza de
Coordinador del otrora Instituto Federal Electoral y conoce del contexto social actual del
país. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permite
detectar, con habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en
equipo, profesionalismo e integridad en su desempeño, capacidad de negociación e
integridad.
Mientras que, en referencia a la ciudadana Hernández Espinoza Zaira Gabriela,
propuesta como Secretaria del Consejo Distrital, tuvo anotaciones sobresalientes en
relación al apego demostrado a los principios rectores, liderazgo, comunicación, trabajo
en equipo, negociación, profesionalismo e integridad; cuenta también con experiencia
electoral, al haberse desempeñado como Capacitadora Electoral y Coordinadora del
PREP, durante el Proceso Electoral Ordinario 2010, logrando estabilidad y buen
desarrollo de las actividades; destaca su espíritu por la preocupación imperante de
integrar los órganos electorales de la entidad misma que busca fortalecer la cultura de la
democracia, con la participación en la formación de la voluntad política, a través de
elecciones libres periódicas y secretas.
De la misma forma, la ciudadana propuesta para ocupar el cargo de Secretaria del
Consejo Distrital, cuenta con experiencia en materia electoral, por así acreditarse con las
constancias que acompañó a su hoja de vida, por haberse desempeñado como
283
capacitador electoral en el Proceso Electoral Ordinario 2010, en este Instituto, así mismo
cuenta con elementos que acreditan la más alta calificación en el examen de
conocimientos, contar con excelentes notas en la entrevista realizada, al haber
demostrado en la citada etapa, notas importantes en Liderazgo en equipo; Comunicación;
Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, cuanta con estudios a
nivel profesional, además de tener vocación en la materia electoral, desde el año dos mil
siete, la ciudadana propuesta, cuanta con las aptitudes y conocimientos necesarios para
el cargo que es propuesta, como propietaria.
En tanto, la ciudadana, Cisneros López Génesis Abigail, propuesta como Consejera
Electoral propietaria, resulta idónea, en razón de las siguientes consideraciones, en el
examen de conocimientos, obtuvo notas sobresalientes, mismas que en la etapa de
entrevistas se reforzaron sus notas con lo siguiente; resalta su espíritu de Liderazgo en
equipo; la excelente Comunicación derivado de sus estudios de licenciatura en Ciencias
de la Comunicación; Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad,
cuanta con estudios a nivel profesional, además de tener espíritu de estudio y superación
al permanecer en constante capacitación, en cursos y diplomados, con lo que el perfil y la
diversidad de su de estudios a nivel profesional la hace idónea para integrar un cuerpo
multidisciplinario para el que es propuesta.
En tanto, la ciudadana, Martínez Cruz Liliana Arelis, propuesta como Consejera
Electoral propietaria, resulta idónea, en razón de lo siguiente, en el examen de
conocimientos, obtuvo sobresaliente actuación, así mismo, destaca su espíritu de
superación constante al permanecer en constante preparación al tener estudios de
posgrado, cuenta además con diversos cursos y diplomados, en la etapa de entrevistas,
resultó con notas sobresalientes en los rubros siguientes: alto apego a los principios
rectores, cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación,
Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, cuanta con experiencia en
materia electoral al haberse desempeñado como en el Proceso Electoral Ordinario 2015-
2016, como consejera propietaria en el Distrito 19, con cabecera en Salina Cruz, Oaxaca,
de lo cual se concluye que es idónea para el cargo que es propuesta.
De la misma forma, el ciudadano, Santana Moreno Juan Carlos, propuesto como
Consejero Electoral propietario, resulta idóneo, en razón de lo siguiente, en el examen de
conocimientos, obtuvo actuación sobresaliente, así mismo, en la etapa de entrevistas,
284
resultó con notas sobresalientes tiene un alto apego a los principios rectores de la
materia, cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación,
Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, cuanta con experiencia en
materia electoral al haberse desempeñado en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016,
como consejero Electoral propietario en el Municipio de San Blas Atempa, Oaxaca, de lo
cual se concluye que es idóneo para el cargo que es propuesto.
Así mismo, el ciudadano, Velásquez Vera Christian, propuesto como Consejero Electoral
propietario, resulta idóneo, en razón de lo siguiente, en el examen de conocimientos,
obtuvo actuación sobresaliente, así mismo, en la etapa de entrevistas, resultó con notas
importantes pues tiene un alto apego a los principios rectores de la materia, cuenta con
elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en equipo,
Negociación y Profesionalismo e integridad, cuenta con estudios de licenciatura en
derecho y ciencias sociales, es de resaltar que cuanta con experiencia en materia
electoral al haberse desempeñado en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, como
consejero Electoral suplente en el 19 Distrito Electoral con cabecera en Salina Cruz, y
haberse desempeñado como representante de un candidato independiente a la asamblea
legislativa del Distrito Federal, en el año 2014, de lo cual se concluye que es idóneo para
el cargo que es propuesto.
De esta forma las propuestas de suplentes a Consejeras y Consejeros Electorales, se
toman en consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes
obtuvieron buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y
demostraron idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo,
comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad
Destaca en esta integración general de Consejeras y Consejeros, la experiencia que
tienen en actividades de campo, Capacitador electoral, Coordinador del Programa de
Resultados Electorales Preliminares, en procesos anteriores en diversos años,
Actividades directivas y gerenciales, asesor jurídico y en las entrevistas practicadas se
evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para llevar a cabo
trabajos en equipo, que implican liderazgo y cuentan con elementos de habilidades
relacionadas con contacto directo con personas de comunidades diversas. Asimismo, es
evidente la participación que han tenido en materia electoral. Sobresale que algunos de
los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en consejos
285
municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de
Oaxaca, circunstancias que denotan interés y vocación por la materia.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos del ramo de las ciencias sociales, tales como la
Abogacía como litigante, o asesores jurídicos, comunicación Social, docencia, conciliador
de quejas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, actividades todas las que
requieren la realización de estrategias de enseñanza y técnicas de pedagogía, la
comprensión de modelos educativos, el modelo de desarrollo de competencias de campo,
en tanto, en referencia al estudio y análisis jurídico, litigio estratégico, defensoría,
resolución de conflictos consumidor y empresas, para dirimir controversias en conciliación
Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales
propuestos en esta integración, son el sector financiero, desarrollo social, sectores
productivos, desarrollo empresarial, docencia, ámbito jurídico, gerencial, administrativo,
destacando que sus actividades las han desarrollado en el Estado de Oaxaca, lo que
favorece el conocimiento de la región y el entorno social.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
Con la integración de este consejo, se observa una perspectiva de equidad de género y
de igualdad de oportunidades, de inclusión en la participación política y no discriminación,
valores que son observados por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana
de Oaxaca.
Es de señalar que la diversidad de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
286
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 19 Consejo Distrital con
sede en Salina Cruz, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
287
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
288
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Canseco Velásquez Jaime Constantino, Hernández Espinosa
Zaira Gabriela, Cisneros López Genesis Abigail, Martínez Cruz Liliana Arelis, Santana
Moreno Juan Carlos, Velázquez Vera Christian, Flores Hernández Carlos, Mendoza
Hernández Rocío, Pérez León Ramiro y Zuno Sánchez Felipe, son las personas idóneas
para desempeñar el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros
Electorales propietarios y suplentes del Consejo Distrital 19 en Salina Cruz.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
289
290
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 20 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE JUCHITÁN DE ZARAGOZA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 20 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario Suplentes Generales *
Consejero Presidente LOPEZ VILLATORO RUBEN
CELAYA SANTIAGO ALBERTO
LOPEZ GOMEZ ENRIQUE
LUIS JIMENEZ JOSE DE JESUS
TELLO GALEANA MAGDA NAYELI
Secretaria AGUILANDO BERNAL LORENA
Consejero Electoral ORDOÑEZ BENITEZ ULISES
Consejera/o Electoral PEREZ GUTIERREZ NOEMI VIRGINIA
Consejero Electoral TOBILLA LOPEZ JESUS CIRILO
Consejera Electoral URBIETA VAZQUEZ ELVIRA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: LOPEZ VILLATORO RUBEN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87.5
291
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: AGUILANDO BERNAL LORENA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
74.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: ORDOÑEZ BENITEZ ULISES
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
292
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: PEREZ GUTIERREZ NOEMI VIRGINIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
75
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: TOBILLA LOPEZ JESUS CIRILO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: URBIETA VAZQUEZ ELVIRA
293
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: CELAYA SANTIAGO ALBERTO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LOPEZ GOMEZ ENRIQUE
SEXO: HOMBRE
294
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: LUIS JIMENEZ JOSE DE JESUS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 20 H. CD. DE JUCHITAN DE ZARAGOZA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: TELLO GALEANA MAGDA NAYELI
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 28
295
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
66.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 20 Como se advierte de la integración del 20 Consejo Distrital Electoral con sede en la
Heroica Cuidad de Juchitán de Zaragoza, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes
de todas las personas propuestas, se destaca que el ciudadano Rubén López Villatoro,
propuesto para presidir el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias
sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por
estudios y capacitación cuyas evidencias integran su expediente; es Licenciado en
Economía, docente de universidad con diplomado en gestión directiva y diploma del
programa de actualización directiva de la Secretaria de Educación Pública, además de
contar con experiencia como director de plantel en cinco municipios de la región del Istmo.
Además de haber sido jefe zona del Instituto Nacional de Geografía Electoral que le
permite conocer la diversidad de nuestro estado, aunado a ser hablante de la lengua
Zapoteco, además de sus demostraciones de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo,
negociación, profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo.
Ahora bien respecto de la ciudadana Lorena Aguilando Bernal, propuesta como
Secretaria del Consejo Distrital Electoral, tuvo anotaciones sobresalientes en relación al
apego demostrado a los principios rectores durante su desempeño como funcionaría
electoral pues cuenta con experiencia electoral al haberse desempeñado como Consejera
Electoral en dos Procesos Electorales Federales y haber trabajado como capturista y
operadora de equipo tecnológico en la junta distrital del Instituto Federal Electoral, por lo
que sus habilidades como licenciada en informática se han nutrido de experiencias,
manifiesta asumir compromiso por cumplir por lo que se le encomienda; su actitud es
crítica, emprendedora y dinámica, motivada por participar y contribuir al desarrollo de su
comunidad. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas,
permiten detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la
296
comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en
su desempeño.
Respecto del ciudadano Ulises Ordoñez Benítez, propuesto como Consejero Propietario
para integrar el Consejo Distrital, cuenta con conocimientos y experiencias sobresalientes
para ocupar el cargo propuesto, mismos que están respaldados por estudios y
capacitación cuyas evidencias integran su expediente, es Médico Cirujano, sobresale su
experiencia en Materia Electoral ya que ha participado en diversos Procesos Electorales
Locales, donde ya ha desempeñado el cargo por el que se postuló, en tanto es de
reconocer sus conocimientos teóricos y prácticos que tiene en esta materia, ya que ha
contribuido en la democracia de nuestro país desde 1998, mismo que por su trayectoria
resulta idóneo para el cargo, ya que a lo largo de su experiencia en materia electoral han
sufrido muchas reformas, lo que es motivo de análisis y aprendizaje y que mejor, así
también que demostró liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo. Además de manifestar estar en
la mejor disposición y entrega a su cargo siempre rigiéndose con responsabilidad y
estricto apego a las leyes, pugnando por una elección transparente.
Ahora bien de la ciudadana Noemí Virginia Pérez Gutiérrez, propuesta como Consejera
Propietaria para integrar el Consejo Distrital, es pasante de la Licenciatura en Derecho,
tuvo anotaciones sobresalientes en relación al apego demostrado a los principios rectores
durante su desempeño como funcionaría electoral pues cuenta con experiencia electoral
por su participación en dos Procesos Electorales uno Ordinario y otro Extraordinario,
logrando estabilidad y buen desarrollo en sus actividades, donde además ha brindado
asesoría jurídica desempeñándose como Consejera Electoral Propietaria, donde ha
adquirido conocimientos tanto teórico como práctico, aunado a que le entiende a la lengua
Zapoteco. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas,
permiten detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la
comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en
su desempeño, asimismo, es manifiesto a través de las razones que la motivan a
participar, su preocupación por el país y el fortalecimiento de la democracia.
Respecto del Ciudadano Jesús Cirilo Tobilla López, propuesto como Consejero
Propietario para integrar el Consejo Distrital, es Licenciado en Derecho, quien cuenta con
experiencia necesaria y requerida en Materia Electoral, ya que ha participado en tres
297
Procesos Electorales, donde se ha desempeñado en diversos cargos, que lo han dotado
de conocimientos teóricos, prácticos, adecuados y sólidos en esta materia, además de
que ha ocupado diversos cargos públicos a nivel federal y estatal, también se ha
desempeñado como docente a nivel Licenciatura, todo esto está respaldado por estudios
y capacitación cuyas evidencias integran su expediente; sin lugar a dudas personas como
estas son las que se necesitan para contribuir al fortalecimiento de la democracia,
asimismo su personalidad permite detectar dinamismo en su forma de conducirse, con
habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo,
profesionalismo e integridad en su desempeño.
Ahora bien respecto de la ciudadana Elvira Urbieta Vázquez, propuesta como Consejera
Propietaria para integrar el Consejo Distrital, Licenciada en Administración cuenta con los
conocimientos y experiencias sobresalientes para ocupar el cargo propuesto, derivado de
que ha participado en tres Procesos Electorales Locales y Federales, donde se ha
desempeñado como Funcionaria de Casilla, Consejera Electoral Distrital y Municipal y
Secretaria, logrando estabilidad y buen desarrollo de las actividades; mismos cargos que
le han brindado los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para desenvolverse en
el cargo. La apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permiten
detectar dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación
interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su
desempeño, asimismo es manifiesto a través de las razones que la motivan a participar,
su preocupación por el país y el fortalecimiento de la democracia.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de
compromiso con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia,
conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en
el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un
comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,
el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia
acumulada como Consejeras y Consejeros Electorales, Asistentes Electorales,
Capacitadores Electorales, en varios procesos electorales, su capacitación permanente a
través de cursos y congresos.
298
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, al contar con un ex consejeros y consejeras electorales
de órganos desconcentrados; asistentes electorales; capacitadores electorales de
procesos federales; miembros docentes; además de que entre las cualidades de las
personas seleccionadas sobresalen perfiles con experiencia en medios del Instituto
Nacional de Migración y de la dirección de prevención y readaptación social del reclusorio
de Matías Romero.
Por otro lado, sobresale que en la conformación se cuenta con 2 licenciados en Derecho;
una licenciada en economía, otra en informática, dos más en contaduría pública;
nutriendo al conjunto de aspirantes un médico cirujano de quien destaca su trayectoria
electoral como Consejero Electoral desde el año 1998. Esta suma de disciplinas permite
generar la integración de un órgano plural en la toma de sus decisiones, que privilegie
cuando sea el caso el sentido común y la especialización en la materia.
En otro aspecto que resalta esta conformación, se sostiene en el hecho de contar con
personas preocupadas por la cultura democrática al permanecer en constantes cursos y
talleres de actualización acumulando conocimientos y habilidades en su favor, así como
referencias al estudio técnico-jurídico, desde la función pública y algunos otros a través de
la docencia.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita dar certeza de la
voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio institucional, velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la difusión de la
educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las mujeres.
Es de señalar que la combinación de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aun cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
299
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de su órgano desconcentrado.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada, estaca que la figura de la
secretaría es ocupada por una mujer, lo que denota el interés institucional por hacer
prevalecer la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las
mujeres y la ciudadanía en su conjunto.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración.
Esta conformación aprovecha la experiencia de todas y todos los integrantes, para nutrir
la actuación en el proceso electoral vigente. En tanto que la incursión de perfiles que por
su trayectoria profesional en el ámbito gubernamental, otorgan a esta conformación un
elemento con una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena
medida, nutre positivamente los trabajos que habrán de realizar, pues conocen y se
identifican con el distrito al que servirán, pues han vivido la mayor parte de su vida en la
zona metropolitana de la circunscripción y pueden dar testimonio del compromiso social
en la capital del estado. No obstante que en varios casos se cuenta con trabajo de campo
en diferentes circunscripciones del estado, lo que añade experiencia en el trabajo dentro
de la organización de las elecciones locales.
En este contexto, de conformidad con los artículos 9 y 22 del Reglamento de Elecciones
del Instituto Nacional Electoral, en la integración propuesta, y del artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
300
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte que en la
designación de las y los integrantes del 20 Consejo Distrital con sede en Juchitán de
Zaragoza, se observó:
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
propicias formas peculiares de comunicación, usos y representaciones comunes
que dan sentido a la identidad. Además de estar acreditado que varios de ellos
cuentan con trabajos en elecciones de sistemas normativos internos participando
como funcionarios y una observadora electoral. Incluso el Presidente y 6 miembros
del consejo son hablantes del Zapoteco.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional, evidente en la articulación con instituciones públicas en la
capital del estado, y algunas regiones del estado, al contar con experiencias fuera
de la zona conurbada, pero que se suman al trabajo en beneficio de la población
de nuestra entidad.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
301
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos, lo que en el caso no aconteció.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos seleccionados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones electorales y el servicio público tanto en la
administración gubernamental como desde el sector privado.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente, lo que queda de manifiesto
con los resultados en las evaluaciones y que se detallan en las tablas que
anteceden este apartado.
302
g) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación de rubro: “CONSEJEROS ELECTORALES. PARA SU
DESIGNACIÓN DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA,
OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD (LEGISLACIÓN DE TAMAULIPAS Y
SIMILARES)”. Por la cual se advierte que la función de las autoridades electorales
se rige por los principios de independencia, objetividad e imparcialidad; de ahí que
“las designaciones de quienes las integren deben recaer en ciudadanos que, bajo
las reglas generales de la prueba, demuestren, aun presuncionalmente, que
cumplen tales cualidades, con el objeto de obtener mayor certeza de que se
conducirán con base en el estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la
norma, sin permitir que su conducta o decisión sea influida por factores externos o
internos, que impliquen la inobservancia de esos principios”.
Por todo lo anterior, los CC. López Villatoro Rubén, Aguilando Bernal Lorena, Ordoñez
Benítez Ulises, Pérez Gutiérrez Noemí Virginia, Tobilla López Jesús Cirilo, Urbieta
Vázquez Elvira, Celaya Santiago Alberto, López Gómez Enrique, Luis Jiménez José de
Jesús, Tello Galeana Magda Nayeli, son las personas idóneas para desempeñar el cargo
de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros Electorales, propietarios y
suplentes del Consejo Distrital 20 de la Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
303
304
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 21 CON CABECERA EN LA HEROICA CIUDAD DE EJUTLA DE CRESPO, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.
Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 21 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta HERNANDEZ VASQUEZ REBECA
ARANGO GOMEZ JUAN JOSE
JUAREZ SANTANA RAMIRO
LEYVA ESTEVA ROSALBA
LOPEZ MENDOZA LETICIA
Secretario ORTIZ SANTOS MIGUEL ANGEL
Consejera Electoral CARMONA MENDOZA JOSE LUIS
Consejero Electoral DIAZ VASQUEZ SOLEDAD MARIA
Consejera Electoral REYES LOPEZ ELFEGO OSWALDO
Consejero Electoral RUIZ CONTRERAS DEISI BETHSAIDA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: HERNANDEZ VASQUEZ REBECA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.67
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
92.67
305
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: ORTIZ SANTOS MIGUEL ANGEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: CARMONA MENDOZA JOSE LUIS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
306
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: DIAZ VASQUEZ SOLEDAD MARIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: REYES LOPEZ ELFEGO OSWALDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: RUIZ CONTRERAS DEISI BETHSAIDA
307
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 36
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: ARANGO GOMEZ JUAN JOSE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
80.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: JUAREZ SANTANA RAMIRO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 45
308
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: LEYVA ESTEVA ROSALBA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
74.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: LOPEZ MENDOZA LETICIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 39
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
309
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 21. Correspondiente a la integración de este Consejo Distrital Electoral se llevó a cabo
mediante una evaluación imparcial, objetiva y cumpliendo los parámetros indicados en la
Ley para este proceso. Las y los aspirantes de han sido tomados como propuesta para la
integración del Consejo cumplieron en más de un rubro con los parámetros indicados. Es
por ello que las personas que han sido consideras a ocupar los cargos de este Consejo
cuentan con experiencia tanto en materia electoral, sino también en varios ámbitos que
permitirán integrar un consejo más plural.
Uno de los retos actuales más importantes de nuestra sociedad es poder brindarles más
espacios a las mujeres, fundamentalmente en la toma decisiones que tengan relación con
el espacio en el que habitan; tomando en cuenta esta condición es notorio indicar que en
este consejo se encuentra conformado en partes iguales los cargos requeridos con
hombres y mujeres, de igual forma es importante destacar que el cargo de Presidenta de
este Consejo se ha propuesto a una mujer ya que es la persona con mejor puntuación y
ha hecho notar en cada uno de los pasos de este proceso que cuenta con la preparación
y las cualidades para fungir su cargo con profesionalismo. Aunado con la figura de
Secretario del Consejo, en la cual se ha propuesto a una persona que también cuenta con
un buen resultado de este proceso, además de haber demostrado en este proceso que
cuenta con los conocimientos y aptitudes propias para desempeñar correctamente sus
funciones.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales propietarios destacan
también por los resultados obtenidos en el proceso de selección, así también por su
experiencia en los ámbitos electorales, también en sus habilidades y aptitudes, así
también tuvieron buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores y
demostraron, haciendo una valoración integral de todos estos parámetros, que son las
310
personas idóneas para cumplir con lo dispuesto en la normatividad electoral así como con
las funciones requeridas para el cargo.
Respecto a la Ciudadana Hernández Vásquez Rebeca, quien se ha propuesto para
fungir el cargo de Presidenta de este Consejo Distrital, es Licenciada en Derecho, ha sido
Supervisora Electoral en más de una ocasión con el INE, así también se ha desempeñado
como Coordinadora de Capacitación y ha estado en varios procesos locales, también
cuenta con conocimientos de la región ya que se ha desempeñado como Jefe de
Encuestadores en el INEGI. También se ha desempeñado como Consejera Electoral en
más de una ocasión, de igual forma ha sido profesora a nivel secundaria y ha sido
designada también como Presidenta Municipal en el H. Ayuntamiento de San Martín
Huamelulpam, ha participado en cinco proceso electorales en la entidad, además se ha
capacitado constantemente en diversos temas tanto en materia electoral como en apoyo a
sectores vulnerables de la población, teniendo así el perfil más idóneo para poder
desarrollar las actividades encomendadas de manera profesional, así también en las
entrevistas demostró tener las aptitudes y conocimientos necesarios para poder
desenvolverse correctamente en el cargo.
En el caso del ciudadano Ortiz Santos Miguel Ángel, propuesto como Secretario de este
Consejo, tiene estudios a nivel Licenciatura en Derecho, se ha desempeñado como
Ejecutor en el Juzgado Mixto de Primera Instancia de Ejutla, así también se ha
desempeñado en más de una ocasión como Consejero Electoral en Consejos Municipales
y Distritales, de igual forma en su entrevista dejó notar su amplio conocimiento en materia
electoral a raves de dos proceso electorales en la entidad, además de contar con las
aptitudes interpersonales para poder llevar a cabo sus funciones de manera objetiva y
correcta.
Respecto del ciudadano Carmona Mendoza José Luis, propuesto como consejero
electoral propietario, al respecto es de resaltar que se ha desempeñado en diversos
cargos en el ámbito federal y local, en múltiples procesos electorales, desempeñándose
como Asistente electoral, capacitador asistente, supervisor electoral, coordinador de
capacitación y Consejero suplente del 9 Consejo Distrital, con cabecera en San Pedro
Mixtepec, en la etapa de entrevistas, obtuvo notas importantes de alto apego a los
principios rectores de la materia, cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en
equipo; Comunicación, Trabajo en equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, así
311
como consejero Presidente del Consejo de Villa de Tututepec de Melchor Ocampo de
teniendo acreditada una experiencia electoral, lo cual lo hace idóneo para el cargo que es
propuesto.
Respecto de la ciudadana Díaz Vásquez Soledad María, propuesta como consejera
electoral propietaria, es de resaltar que se ha desempeñado cuenta con experiencia en
materia electoral, pues cuanta con tres procesos electorales en la entidad, en diversos
cargos resaltando Asistente electoral, Consejera propietaria del 21 Consejo Distrital, con
cabecera en Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo, del mismo modo en la etapa de
entrevistas, obtuvo notas importantes de alto apego a los principios rectores de la materia,
cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en
equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, así como consejero Presidente del 21
Consejo de Ejutla de Crespo, de teniendo acreditada una experiencia electoral, lo cual lo
hace idóneo para el cargo que es propuesto.
En relación con el ciudadano Reyes López Elfego Oswaldo, propuesto para el cargo de
Consejero Electoral, cuanta con nivel de estudios de licenciatura en derecho, acredita
experiencia en materia electoral, en un proceso electoral en particular el 2015-2016, en el
que se desempeñó como consejero electoral propietario del Consejo Municipal Electoral
de Soledad Etla, tiene entre otros diversos cursos de diversas materias en materias como
grafoscopio, contabilidad gubernamental, sistemas anticorrupción y ley de disciplina
financiera, lo que demuestra su alta responsabilidad con la profesionalización y
desempeño de las actividades que le son encomendadas lo que lo hace idóneo para el
cargo que es propuesto.
Así mismo, la ciudadana Ruiz Contreras Deisi Bethsaida, propuesta como consejera
electoral, cuenta con estudios de licenciatura en derecho, lo que le permite tener el
conocimiento de las normas en la materia, así mismo cuanta con tres proceso electorales,
dentro de los que se desempeñó como Consejera Presidenta del Consejo Municipal de
Ejutla de Crespo, capacitador asistente electoral, y consejera electoral propietaria del 21
Consejo Distrital con sede en Ejutla de Crespo, en la etapa de entrevistas
correspondieron notas importantes de alto apego a los principios rectores de la materia,
cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en
equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, en razón de lo cual resuelta idónea
para ocupar el cargo de Consejera Electoral para el que es propuesta.
312
Respecto de las y los ciudadanos propuestos como consejeros electorales suplentes, es
de resaltar que esta integración de suplentes cuanta con amplia experiencia en la materia
electoral pues en conjunto acumulan un total de once proceso que van desde un proceso
electoral hasta cinco procesos electorales, con diversos cargos que van desde presidente
de la mesa directiva de casilla, hasta presidente de un Consejo Municipal Electoral, la
integración como Consejeros Suplentes cuenta con una diversidad de perfiles académicos
que hacen en su caso un órgano multidisciplinario que permite contar con diversidad de
ideas y genera un sano debate, de la misma forma cuentan en la etapa de entrevistas
ellos alcanzaron notas sobresalientes de apego a los principios rectores de la materia,
cuenta con elementos que denotan su Liderazgo en equipo; Comunicación, Trabajo en
equipo, Negociación y Profesionalismo e integridad, por lo cual esta integración propuesta
como consejeros suplentes es idónea para integrarse en su caso a las actividades del
órgano desconcentrado.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 21 Consejo Distrital con
sede en la Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
313
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
314
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Hernández Vásquez Rebeca, Ortiz Santos Miguel Ángel,
Carmona Mendoza José Luis, Díaz Vásquez Soledad María, Reyes López Elfego
Oswaldo, Ruiz Contreras Deisi Bethsaida, Arango Gómez Juan José, Juárez Santana
Ramiro, Leyva Esteva Rosalba y López Mendoza Leticia, son las personas idóneas para
desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario y Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 21, cuentan con una sólida formación académica, amplia
experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las
habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen
Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
315
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 22 CON CABECERA EN SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 22 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta TOLEDO ESPINOSA JUANITA RIOLAXHE
GALLARDO ROMERO ITZEL BERENICE
GUZMAN RUIZ ROSALVINA
MENDOZA GARCIA JORGE JUSTINO
NAVARRETE PEÑA SERGIO
Secretario GALINDO SANTIAGO SAUL OTNIEL
Consejero Electoral BAÑOS TOSCANO ELOINA MARIA
Consejera Electoral CERVANTES HERNANDEZ LUIS MANUEL
Consejero Electoral GARNICA LOPEZ HERAUTL YUREN
Consejera Electoral RODRIGUEZ SERRANO JUANA
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: TOLEDO ESPINOSA JUANITA RIOLAXHE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
96
316
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: GALINDO SANTIAGO SAUL OTNIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 49
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
97
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: BAÑOS TOSCANO ELOINA MARIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
317
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: CERVANTES HERNANDEZ LUIS MANUEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: GARNICA LOPEZ HERAUTL YUREN
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 29
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
68
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
318
NOMBRE: RODRIGUEZ SERRANO JUANA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: GALLARDO ROMERO ITZEL BERENICE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
74
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: GUZMAN RUIZ ROSALVINA
SEXO: MUJER
319
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 37
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
73.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: MENDOZA GARCIA JORGE JUSTINO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 22 SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: NAVARRETE PEÑA SERGIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR: 9
320
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15)
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
89
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 22. Como se advierte de la integración del 22 Consejo Distrital Electoral con sede en Santiago
Pinotepa Nacional, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los integrantes, se
destaca que la ciudadana Juanita Riolaxhe Toledo Espinosa propuesta para presidir el
Consejo Distrital, cuenta con evidentes conocimientos en Materia Electoral, mismos que
están respaldados por las evidencias integran su expediente.
Además, cuenta con experiencia electoral en diversos proceso electorales locales y
federales, desde el año dos mil diez, ha desempeñado diversos cargos que van desde
Asistente Electoral, Consejera Presidenta del Consejo Municipal Electoral de Santiago
Pinotepa Nacional en el proceso 2013, así como Consejera Electoral en el ámbito Distrital
en el proceso federal 2015, lo que denota que cuenta con excelentes conocimientos en
materia electoral, en la entrevista y apreciación de su perfil permite advertir que cuenta
con destacadas habilidades de liderazgo, Comunicación, Trabajo en Equipo, Negociación
y Profesionalismo e integridad.
Demostro interés en la profesionalización dado que anexa a su currículo reconocimiento
por impartir conferencia en ciudadanía con equidad, participó en el taller Elección con
libertad ciudadana y tiene reconocimiento por participar como panelista de articulación
Afrodecendiente en los contextos local, nacional e internacional.
Por su parte, el Licenciado en Derecho Saul Otniel Galindo Santiago, quien es
propuesto para ocupar la secretaría del consejo ha sido Secretario del Consejo Distrital en
San Pedro Mixtepec en el 2007, Técnico Electoral del otrora Instituto Nacional Electoral
en 2006; presidente de mesa directiva de casilla y tres veces presidente de Consejo
Municipal Electoral.
321
Por otro lado está probado su compromiso institucional al haber desempeñado el cargo de
auxiliar jurídico de Junta Distrital Ejecutiva en Pinotepa Nacional en 2014 y analista en el
Instituto Estatal Electoral del Estado de Guerrero en 2016.
Por su parte Eloina Maria Baños Toscano quien es propuesta como Consejera
Propietaria es Licenciada en Derecho y tiene entre otras experiencias laborales la de
haber sido Secretaria de Consejo Distrital en la misma circunspección propuesta. En el
ámbito gubernamental se ha desempeñado como auxiliar en el área jurídica en la
Procuraduría Agraria y demuestra interés por su profesionalización al estar en contantes
talleres en materia electoral.
Luis Manuel Cervantes Hernández quien es seleccionado como consejero propietario es
Arquitecto de profesión y demostró en sus entrevistas los más altos puntajes en el apego
a los principios rectores y trabajo en equipo que le permiten desempeñarse en el cargo
propuesto, en el ámbito gerencial se ha desempeñado como coordinador de supervisión
integral, vigilancia y control para el sector privado en clínicas hospitales, demostrando
habilidades de liderazgo.
El licenciado en Derecho Yuren Garnica López ha sido en dos ocasiones consejero
electoral propietario en los distritos de Asunción Nochixtlán y San Pedro Pochutla en 2013
y 2016. Demostró habilidades de negociación, planeación y ejecución de programas lo
cual esta robustecido con su experiencia como abogado de la empresa de trasporte ADO,
gerente de departamento legal SAJ y, supervisor de promotoras en la empresa Install-
Mark.
Por otro lado, la ciudadana Juana Rodríguez Serrano se desempeñó como Consejera
Electoral en el pasado proceso electoral 2016 en Santiago Pinotepa Nacional, fue
capturista del programa de resultados preliminares PREP en el proceso 2010, mientras
que el área pública ha sido asistente en la subdelegación de servicios educativos.
Demostró participación comunitaria con sus participaciones en foros y conferencias
realizadas por el Instituto Nacional Electoral. Así como trabajo comunitario en
representación de comunidades afrodescendientes y voluntaria de la Biblioteca
Pescadores de Conocimiento.
322
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Electorales, se toman en
consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron
idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Destaca en esta integración de consejeras y Consejeros Electorales, la experiencia que
tienen en actividades de campo, tales como Técnico Electoral; Capturista del Programa
de Resultados Electorales Preliminares, Consejero Secretario del Consejo Municipal
Electoral, Consejero Presidente del Consejo Municipal Electoral; Consejero Electoral de
un Consejo Distrital Electoral y Consejero Presidente de un Consejo Distrital Electoral en
diversos proceso electorales desde el año 2009 a la fecha federales y locales,
Actividades directivas y ejecutivas y gerenciales, que van desde abogado litigante, asesor
jurídico Gerencia de Sucursal, Docente, Auxiliar y en las entrevistas practicadas se
evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para llevar a cabo
trabajos en equipo, que implican liderazgo y cuentan con elementos de habilidades
relacionadas con contacto directo con personas de comunidades diversas. Asimismo, es
evidente la acumulada participación que han tenido en materia electoral. Sobresale que la
mayoría de los perfiles propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en
consejos municipales y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca, o del Instituto Nacional Electoral circunstancias que denotan
interés y vocación por la materia.
En tanto, las propuestas de consejeras y Consejeros Suplentes Generales, toman en
consideración las habilidades y aptitudes de las y los aspirantes, quienes obtuvieron
buenas apreciaciones en cuanto al apego a los principios rectores, y demostraron
idoneidad en sus cargos, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como posibles candidatos a
ocupar un lugar dentro del Consejo Distrital.
Entre otros elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los
Consejeros Suplentes, son principalmente, que en la integración se cuenta con personas
con el deseo de que se garantice los derechos políticos electorales de las mujeres y que
no sean violentados, asimismo desarrollan una carrera profesional eficiente en el ámbito
electoral, así como un comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la
323
responsabilidad, la transparencia y la honestidad. También se manifiesta el apego a los
principios rectores, el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados
electorales; resaltan como cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes,
manifestando su disponibilidad, capacidad para trabajar en equipo, manejo de grupos,
experiencia académica y laboral.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos del ramo de las ciencias sociales, tales como la
Abogacía como litigante, o asesores jurídicos, comunicación Social, docencia,
actividades todas que como se ha dicho denotan vocación de servicio a las instituciones
electorales las que requieren la realización y desarrollo de estrategias de enseñanza y
técnicas de pedagogía, la comprensión de modelos educativos, el modelo de desarrollo
de competencias de campo, en tanto, en referencia al estudio y análisis jurídico, litigio
estratégico, defensoría, resolución de conflictos consumidor y empresas, para dirimir
controversias en conciliación.
Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales
propuestos en esta integración, son el sector Informático, Administración y Derecho con
actividades gerenciales, administrativas, destacando que sus actividades las han
desarrollado en el Estado de Oaxaca, lo que favorece el conocimiento de la región y el
entorno social.
Además, las y los integrantes, denotan su interés por áreas como la transparencia de los
procesos electorales, la comunicación e información a la ciudadanía que permita dar
certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio
institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la
difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las
mujeres.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada al tener cinco mujeres y cinco
hombres. Lo que denota el interés institucional por hacer prevalecer el principio de
paridad y la igualdad de oportunidades para la participación político electoral de las
mujeres y la ciudadanía en su conjunto.
324
Es de señalar que la diversidad de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aún cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en materia electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, los cuales demuestran el nivel de comprensión
de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual permite calificar un
elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 22 Consejo Distrital con
sede en Santiago Pinotepa Nacional, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
325
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
326
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, Los Cc. Toledo Espinosa Juanita Riolaxhe, Galindo Santiago Saul
Otniel, Baños Toscano Eloina Maria, Cervantes Hernandez Luis Manuel, Garnica López
Herautl Yuren, Rodríguez Serrano Juana, Gallardo Romero Itzel Berenice, Gúzman Ruiz
Rosalvina, Méndoza García Jorge Justino y Navarrete Peña Sergio, son las personas
idóneas para desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y
Consejeros Electorales del Consejo Distrital 22, cuentan con formación académica,
experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las
habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen
Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
327
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
328
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 23 CON CABECERA EN SAN PEDRO MIXTEPEC DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.
Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 23 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta RAMOS HERNANDEZ BLANCA ITZEL
FIGUEROA MENDEZ EZEQUIEL
MEJIA RUIZ ERMINIO
MENDEZ OJEDA JAIME ENRIQUE
PADILLA SANTOS XOCHILTH YAREMI
Secretario CERVANTES DOLORES ROBERTO
Consejero Electoral CASTELAN GARCIA LAURA EDTIH
Consejera Electoral DIAZ MIJANGOS EDUARDO DANIEL
Consejera Electoral ESCAMILLA GONZALEZ YEDANY
Consejero Electoral SANCHEZ SANCHEZ JAVIER
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: RAMOS HERNANDEZ BLANCA ITZEL
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
96
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
329
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: CERVANTES DOLORES ROBERTO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 15
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CASTELAN GARCIA LAURA EDTIH
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
93.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: DIAZ MIJANGOS EDUARDO DANIEL
330
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
82.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: ESCAMILLA GONZALEZ YEDANY
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 35
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 13
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: SANCHEZ SANCHEZ JAVIER
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 45
331
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 21.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
77.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: FIGUEROA MENDEZ EZEQUIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 35
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
67.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: MEJIA RUIZ ERMINIO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 23
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
332
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
64
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: MENDEZ OJEDA JAIME ENRIQUE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 29
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 26.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
62.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 23 SAN PEDRO MIXTEPEC
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: PADILLA SANTOS XOCHILTH YAREMI
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
333
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
76
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 23.
Este Consejo Distrital Electoral fue integrado mediante parámetros institucionales los
cuales dictan evaluar a los aspirantes de manera objetiva, valorando sus conocimientos y
aptitudes a fin de corroborar que sean aptos para desempeñar sus funciones, en este
caso podemos notar que las personas que son propuestas para Presidente y Secretario
son, sin duda alguna, las personas con mejor desempeño en este proceso, ya que se ve
reflejado en el puntaje obtenido en cada uno de los rubros, dejando notar su amplia
experiencia en materia personal, además de su preparación profesional.
En el caso de los cargos anteriormente mencionados, es necesario mencionar que la
figura de Presidente del Consejo se ha considerado a la Ciudadana Ramos Hernández
Blanca Itzel Ramos cuenta con Licenciatura en Derecho además de estudios de
Maestría en Ciencia de la Educación. Las constancias que obran en su expediente dan
cuenta de su capacidad para el desarrollo de las funciones encomendadas.
En 2013 se desempeñó como coordinadora de capacitación electoral en la zona costa
dentro de la dirección ejecutiva de capacitación electoral, educación cívica y servicio
profesional electoral del IEEPCO. Como funcionaria de este instituto, se ha desempeñado
como secretaria del Consejo Municipal Electoral en el Municipio de Ixtlayutla que se rige
por Sistemas Normativos Internos. Ha cursado diversos cursos en materia electoral entre
los que resaltan: curso “sistemas de medios de impugnación” impartido por el tribunal
electoral del estado, curso “registro de candidatas y candidatos de los partidos políticos y
al principio de paridad de género en el proceso electoral 2015-2016.”, actualmente curso
un diplomado en derecho electoral.
En el caso del Ciudadano Roberto Cervantes Dolores, propuesto como Secretario del
Consejo, es importante mencionar que ha participado en más de una ocasión en
Procesos Electorales, tanto Federales como Locales, además de contar con una
trayectoria en el ámbito de la educación teniendo así la capacidad para poder fungir su
función con profesionalismo.
334
Cuenta con una licenciatura en educación. Ha sido consejero presidente del consejo
municipal de San Pedro Mixtepec en 2016. Además de consejero del órgano distrital del
IEEPCO con cabecera en Pochutla. De igual forma, ha participado como Capacitador-
Asistente Electoral en 2015 con el INE y como técnico electoral en 2010 con el IEEPCO.
Ha desempeñado otras actividades en campo con el INEGI, además de estar al frente de
un grupo como docente.
En ambos casos es importante mencionar que al ser entrevistados fueron visualizados
como personas dinámicas, emprendedoras, orientadas a cumplir objetivos y motivadas en
la participación y contribución al desarrollo de su comunidad, ya que en han ostentado
cargos que nos permiten ver que se encuentran interesados y ocupados en ésta. Así
mismo podemos mencionar que el criterio de paridad de género se ha cumplido, de igual
forma la combinación de estas personas conjuga juventud y madurez, lo cual enriquece
este proceso al mezclar sus experiencias e ideas desde cada una de sus perspectivas.
Respecto a la propuesta como consejera propietaria Laura Edith Castelan García es
pasante en la Licenciatura en Derecho. Cuenta con experiencia en materia electoral ya
que se ha desempeñado como consejera electoral en el consejo distrital de San Pedro
Mixtepec en 2016 y como supervisora electoral en el INE en 2015. Además de que se ha
actualizado en materia electoral al tomar el curso “introducción al derecho electoral”
impartido por el TEPJF. Además, sobresale por su compromiso con la comunidad ya que
señala pertenecer a una Asociación Civil que trabaja en beneficioso de niños y niñas con
autismo.
El propuesto como consejero propietario Eduardo Daniel Díaz Mijangos cuenta con una
licenciatura en contaduría pública. Cuenta con experiencia en materia electoral tanto en el
ámbito local como federal. Fue consejero electoral propietario de consejo distrital en 2016,
así como capacitador asistente electoral en el INE en 2010 y 2015. Además, fue
supervisor electoral en 2012 con esta última institución.
Respecto a la propuesta como consejera propietaria Yedany Escamilla González es
pasante de la licenciatura en diseño gráfico. Cuenta con experiencia en materia electoral
ya que se desempeñó como consejera electoral propietaria del consejo distrital con
cabecera en San Pedro Mixtepec.
335
Además, de ser asistente electoral en el IEEPCO en 2013. Se desempeñó en el área de
comunicación social de la agencia municipal de Puerto Escondido, lo que puede ayudar
en la interacción y el flujo de información desde el consejo distrital con la ciudadanía y
fortalecer el principio de máxima publicidad.
El propuesto como consejero electoral Javier Sánchez Sánchez es pasante técnico en
computación fiscal contable. Cuenta con amplia experiencia en materia electoral. En 2001
se desempeñó como asistente electoral en el IEEPCO. En 2004, 2007 y 2010 fue
coordinador de organización en un consejo distrital de la misma institución. En 2013 fue
consejero propietario en el consejo distrital local con cabecera en Teotitlán de Flores
Magón. En 2016 fue secretario del consejo municipal de San Pedro Mixtepec. Así, se
desprende que ha participado con el órgano electoral local durante los últimos 6 procesos
electorales locales.
Respecto a las personas propuestas como Consejeros Electorales Propietarios y
Suplentes cuentan también con experiencia en materia electoral, en procesos electorales,
así como diversos cargos en los que se han desarrollado con profesionalismo, no
obstante es importante mencionar que de igual forma se dado lugar a la interculturalidad,
principio rector en el Instituto, así también se cumplió el criterio de paridad de género,
conformando así un Consejo más plural, capacitado, dinámico, objetivo, con personas que
se han desenvuelto en el terreno político-electoral en el Estado, en su región o municipio;
la unión de todo esto nos permite visualizar un equipo muy profesional y apto para llevar
este proceso a cabo de manera correcta y apegado a los lineamientos. Éstas personas
han demostrado en su evaluación que constantemente se han estado capacitando en la
materia electoral, demostrando así que podrán fungir con su función de manera
profesional y correcta; la apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas
realizadas permiten detectar dinamismo en la forma de conducirse con habilidades para la
comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en
su desempeño.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 23 Consejo Distrital con
sede en San Pedro Mixtepec, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
336
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
337
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Ramos Hernandez Blanca Itzel, Cervantes Dolores Roberto,
Castelan Garcia Laura Edtih, Diaz Mijangos Eduardo Daniel, Escamilla Gonzalez Yedany,
Sanchez Sanchez Javier, Figueroa Mendez Ezequiel, Mejia Ruiz Erminio, Mendez Ojeda
Jaime Enrique y Padilla Santos Xochilth Yaremi, son las personas idóneas para
desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y Consejeros
Electorales, cuentan con una sólida formación académica, amplia experiencia profesional,
aunado a que son personas que demostraron contar con las habilidades gerenciales de
liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad,
338
como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias
que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
339
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 24 CON CABECERA EN MIAHUATLAN DE PORFIRIO DÍAZ, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018.
Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 24 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración: Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejera Presidenta CRUZ MARTINEZ LORENA
ARAGON MARTINEZ OSWALDO
GONZALEZ ORTIZ LEONCIO
JAVIER
HERNANDEZ RODRIGUEZ EDILIA EMILIA
MARTINEZ HERNANDEZ
ANGELICA MARIA
Secretario SANTOS CORTES ENRIQUE
Consejera/o Electoral CRUZ LAGUNAS JUDITH
Consejero Electoral HERNANDEZ AQUINO KENIA NAIROVI
Consejera Electoral REYES SILVA ERICA YESENIA
Consejero/a Electoral RUIZ LOPEZ JHONY HAFIT
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA PRESIDENTA
NOMBRE: CRUZ MARTINEZ LORENA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 43
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
90
340
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIO
NOMBRE: SANTOS CORTES ENRIQUE
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 6
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
84
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: CRUZ LAGUNAS JUDITH
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 38
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 11
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
341
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: HERNANDEZ AQUINO KENIA NAIROVI
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
85.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: REYES SILVA ERICA YESENIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 46
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 35
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
91
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: RUIZ LOPEZ JHONY HAFIT
342
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 10
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 33.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
87.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: ARAGON MARTINEZ OSWALDO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 33
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
76.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: GONZALEZ ORTIZ LEONCIO JAVIER
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 29
343
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
71
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: HERNANDEZ RODRIGUEZ EDILIA EMILIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 40
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 12
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
83
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: MARTINEZ HERNANDEZ ANGELICA MARIA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
344
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78.5
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 24. Como se advierte de la integración del 24 Consejo Distrital Electoral con sede en
Miahuatlán de Porfirio Díaz, Oaxaca, fueron evaluadas objetivamente las aptitudes de los
integrantes, se destaca que la ciudadana Lorena Cruz Martínez, propuesta para presidir
el Consejo Distrital, cuentan con la experiencia necesaria en Materia Electoral, para poder
desempeñar tan importante encargo, ya que cuenta con experiencia electoral en tres
Procesos Electorales Locales, donde se desempeñó como Capacitadora Asistente
Electoral hasta Consejera Electoral Propietaria, logrando estabilidad y buen desarrollo en
sus actividades, lo que la hace idónea al cargo ya que posee los conocimientos teóricos y
prácticos en la materia desarrollados en los diferentes encargos, mismos que están
respaldados por las evidencias que integran su expediente, es importante destacar que es
originaria y vecina del referido Distrito, lo que significa que conoce su región y los
problemas que atraviesa, además de manifestar los deseos del desarrollo de una cultura
cívica dentro de su comunidad, de pugnar por un Proceso de elección transparentes,
sentir gusto por el compromiso a adquirir, motivada por participar y contribuir al desarrollo
de su comunidad, y al fortalecimiento de la democracia permite detectar dinamismo en su
forma de conducirse, con habilidades de liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e
integridad en su desempeño.
En tanto del Ciudadano Enrique Santos Cortés propuesto como Secretario del Consejo
Distrital, es de manifestarse que tuvo anotaciones sobresalientes derivado de su
experiencia adquirida a lo largo de su participación en diversos Procesos Electorales
Locales y Federales, donde asumió diversos cargos desde Capacitador Asistente
Electoral hasta Supervisor Electoral, logrando con esto estabilidad y buen desarrollo en
cada una de sus actividades, quien se desarrolló con mucha responsabilidad y
compromiso enfrentando sus anteriores cargos con estricto apego a las disposiciones
reglamentarias, lo que lo hace ser la persona idónea para asumir el cargo esto por los
conocimientos teóricos y prácticos que ha adquirido en la Materia Electoral que se
345
requieren para el desempeño de su cargo, mismos que están respaldados por las
evidencias que integran su expediente, quien manifiesta asumir compromisos que dan la
pauta para las relaciones humanas, asimismo apega su actuación a los principios
rectores, liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e
integridad en su desempeño.
Ahora bien respecto de la Ciudadana Judith Cruz Lagunas, propuesta como Consejera
Electoral Propietaria para integrar el Consejo Distrital, destaca que cuenta con la
experiencia necesaria y requerida en Materia Electoral, para poder desempeñar su cargo,
esto derivado de los diversos Procesos Electorales Locales y Federales de los que ha
formado parte, donde ha participado como Consejera Electoral Presidenta, Propietaria e
inclusive como Secretaria, en los Órganos Desconcentrados Municipales y Distritales,
logrando con ello estabilidad y buen desarrollo en cada una de sus actividades realizadas,
rigiéndose siempre con responsabilidad, por lo que es idónea al cargo ya que posee los
conocimientos teóricos y prácticos en la materia desarrollados, logrando con ello
sobresalir ante los perfiles propuestos, mismos que están respaldados por las evidencias
que integran su expediente, destacando sus demostraciones de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo,
algo muy importante es que se encuentra en constante actualización en materia electoral,
derivado que desde el año 1990 hasta el Proceso pasado ha participado de manera
activa, además de originaria y vecina del Distrito de Miahuatlán de Porfirio Díaz, lo que
favorece el conocimiento de la región y el entorno social.
Respecto de la Ciudadana Kenia Nairovi Hernández Aquino, propuesta como Consejera
Electoral Propietaria para integrar el Consejo Distrital, destaca que es Titulada de la
Licenciatura en Derecho por lo que acumula conocimientos en la rama de las ciencias
sociales, esto quiere decir que sus conductas son dirigidas a la observancia de normas
que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos, cuenta con la
experiencia de dos Procesos Electorales Locales, donde se desenvolvió siempre con
responsabilidad, además de ser originaria y vecina del Distrito por el que contiende, lo que
significa que conoce los problemas de la región y el entorno social, denotan su interés por
contribuir a la democracia, destacando sus principios rectores, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, liderazgo, profesionalismo e integridad en el desempeño del cargo,
mismos que están respaldados por las evidencias que integran su expediente, además de
manifestar querer contribuir y erradicar la ideología de que solo se les permita el acceso a
346
esos cargos a los hombres, y que es tiempo de que las mujeres poco a poco empiecen a
acceder a esos cargos públicos.
En tanto de la Ciudadana Erica Yesenia Reyes Silva, propuesta como Consejera
Propietaria para integrar el Consejo Distrital sobresale que es Licenciada en
Administración Municipal, originaria del Municipio de Miahuatlán de Porfirio Díaz, quien
conoce y ha convivido de una manera muy directa con los Municipios que integran el
Distrito por el que participa, esto significa que conoce los problemas de su entorno social,
además de gozar de un excelente prestigio con motivo de los diversos cargos que ha
desempeñado, dirigiéndose siempre con responsabilidad, misma que participa de manera
activa en cursos, foros, seminarios, diplomados y conferencias, lo que amplía su
trayectoria profesional y experiencia teórica en la materia, su actitud es crítica,
emprendedora y dinámica, motivada por participar y contribuir al desarrollo de su
comunidad, y manifiesta conocer del contexto social actual que enfrenta el país. La
apreciación de su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permiten detectar
dinamismo en su forma de conducirse, con habilidades para la comunicación
interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su
desempeño.
Respecto del Ciudadano Jhony Hafit Ruiz López, propuesto como Consejero Propietario
para integrar el Consejo Distrital, se destaca que el ciudadano propuesto para integrar el
Consejo Distrital, cuentan con la experiencia necesaria y requerida en Materia Electoral,
para poder desempeñar su cargo, derivado de que ha participado en diversos Procesos
Electorales Locales de los que ha sido parte, donde se desempeñó como Consejero
Presidente y Propietario de un Órgano Desconcentrado Municipal y Distrital, logrando con
ello estabilidad y buen desarrollo en cada una de sus actividades realizadas, rigiéndose
siempre con responsabilidad y apego a las disposiciones reglamentarias, por lo que es
idóneo al cargo ya que posee conocimientos tanto teóricos como prácticos en materia
electoral, logrando con ello sobresalir ante los perfiles propuestos, mismo que manifiesta
pugnar por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales. La apreciación de
su personalidad a partir de las entrevistas realizadas, permiten detectar dinamismo en su
forma de conducirse, con habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y
trabajo en equipo, profesionalismo e integridad en su desempeño.
347
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente, la formación multidisciplinar, el alto sentido de
compromiso con las instituciones y la democracia; destacan su experiencia,
conocimientos académicos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en
el ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un
comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,
el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, así como su experiencia
acumulada como Consejeras y Consejeros Electorales, Asistentes Electorales,
Capacitadores Electorales, en varios procesos electorales, su capacitación permanente a
través de cursos y congresos.
Destaca en esta integración de Consejeras y Consejeros, la experiencia que han tenido
en Materia Electoral, como Capacitador Asistente Electoral, Consejera y Consejero
Presidente y Secretario en el ámbito Municipal y/o Distrital, en procesos anteriores en
diversos años, Actividades Directivas y Gerenciales, Asesor Jurídico y en las entrevistas
practicadas se evidencia un conocimiento del contexto de la región y facilidades para
llevar a cabo trabajos en equipo, que implican liderazgo y cuentan con elementos de
habilidades relacionadas con contacto directo con personas de comunidades diversas.
Asimismo, es evidente la participación que han tenido en materia electoral, logrando
estabilidad y buen desarrollo de las actividades; destaca su espíritu por la preocupación
imperante de integrar los órganos electorales de la entidad misma que busca fortalecer la
cultura de la democracia, con la participación en la formación de la voluntad política, a
través de elecciones libres periódicas y secretas. Sobresale que algunos de los perfiles
propuestos ya han participado como consejeras y consejeros en los consejos municipales
y/o distritales del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca,
circunstancias que denotan interés y vocación por la materia, además es de resaltar que
los ciudadanos y ciudadanas propuestas cuentan con conocimientos en materia de
Derecho y Ciencias Sociales.
En otro aspecto de esta conformación, los integrantes han desarrollado sus trayectorias
profesionales en las diversas áreas descritas en sus currículums y entrevistas, por lo que
acumulan conocimientos en ámbitos del ramo de las ciencias sociales, tales como la
Abogacía como litigante, administración y docencia, además de actividades todas en las
348
que requiere asumir responsabilidad y compromiso, lo cual han desarrollado con un alto
grado de profesionalismo y ética.
Las áreas profesionales en que se han desarrollado las y los Consejeros Electorales
propuestos en esta integración, docencia, ámbito jurídico, gerencial, destacando que sus
actividades las han desarrollado en el Estado de Oaxaca, lo que favorece el conocimiento
de la región y el entorno social, además denotan su interés por áreas como la
transparencia de los Procesos Electorales, la comunicación a la ciudadanía que permita
dar certeza de la voluntad ciudadana, y un notable interés por recuperar el prestigio
institucional, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio, así como coadyuvar en la
difusión de la educación cívica, la cultura democrática y garantizar la participación de las
mujeres.
En este tenor, la participación de las mujeres es equilibrada y pone en práctica la acción
afirmativa de género, al tener seis mujeres y cuatro hombres. Lo que denota el interés
Institucional por hacer prevalecer el principio de paridad y la igualdad de oportunidades
para la Participación Político Electoral de las Mujeres y la Ciudadanía en su conjunto, en
esta integración se ve reflejado el trabajo que se ha hecho en conjunto por pugnar por una
participación efectiva de las mujeres al acceso de los cargos públicos.
Es de señalar que la diversidad de disciplinas y enfoques con que cuentan las y los
integrantes seleccionados resultan idóneos para la intervención, desarrollo y vigilancia
que deberán observar en el proceso electoral en curso, aún cuando algunos de ellos no
cuentan con experiencia electoral previa, su trayectoria profesional dota a este órgano de
una visión especializada desde un contexto diferente que, en buena medida, nutre
positivamente los trabajos a realizar. Por otra parte, la integración del Consejo Distrital
privilegia la heterogeneidad de disciplinas para propiciar una visión plural, sin dejar de
lado que sus conocimientos en Materia Electoral fueron probados con los resultados
objetivos en el examen de conocimientos, entrevistas los cuales demuestran el nivel de
comprensión de términos, procedimientos e instituciones electorales; la cual resulta
permite calificar un elemento de la evaluación integral.
La conformación del Consejo Distrital, resulta equilibrada al incluir perfiles con experiencia
electoral, algunos con menor participación en este ámbito y otros con un demostrable
349
desarrollo profesional que añade perspectiva y la oportunidad de fortalecer otros ámbitos
que abarcan las labores de los Consejos Electorales.
Asimismo, se consideró el criterio de edad y experiencia en la conformación planteada, al
contemplar a ciudadanas o ciudadanos que acumulan años de experiencia profesional y
aquéllos que, con menor tiempo de actuación profesional, cuentan con conocimientos y
aptitudes para formar parte de este órgano desconcentrado, fortaleciendo así, la
pluralidad de su integración. Esta conformación aprovecha la experiencia de todos los
integrantes, para nutrir la actuación en el proceso electoral vigente.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 24 Consejo Distrital con
sede en Miahuatlán de Porfirio Díaz, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
350
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
351
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. Cruz Martínez Lorena, Santos Cortes Enrique, Cruz Lagunas
Judith, Hernández Aquino Kenia Nairovi, Reyes Silva Erica Yesenia, Ruiz López Jhony
Hafit, Aragón Martínez Oswaldo, González Ortiz Leoncio Javier, Hernández Rodríguez
Edilia Emilia y Martínez Hernández Angélica María, son las personas idóneas para
desempeñar el cargo de Consejera Presidenta, Secretario, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 24, cuentan con una sólida formación académica, amplia
experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las
habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen
Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
352
ANÁLISIS INTEGRAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DISTRITAL 25 CON CABECERA EN SAN PEDRO POCHUTLA, DE LAS Y LOS ASPIRANTES QUE FUNGIRÁN EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2017 – 2018. Una vez concluida la etapa de elaboración y observación de las listas de propuestas de
las y los Consejeros Electorales del 25 Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), las y los integrantes de la
Comisión de Organización Electoral y vinculación con el Instituto Nacional Electoral,
proponen la siguiente integración:
Cargo Propietario (a) Suplentes Generales *
Consejero Presidente GARCIA GARCIA MARCOS AMADOR CASTREJON VIRGEN LUNA GARCIA EDILMA PEDRO PEREZ OSCAR GABINO RAMIREZ MARTINEZ ABDIEL
Secretaria CORTES CASTILLO BELGICA
Consejera Electoral ALTAMIRANO PACHECO MICHELLE
Consejera Electoral BUSTAMANTE HERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES
Consejero Electoral CUEVAS MENDOZA ARISANDI
Consejero Electoral PEREZ VELAZQUEZ ALFREDO
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO PRESIDENTE
NOMBRE: GARCIA GARCIA MARCOS
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 47
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 7
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 34
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
88
353
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: SECRETARIA
NOMBRE: CORTES CASTILLO BELGICA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 42
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 31
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
81
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: ALTAMIRANO PACHECO MICHELLE
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 45
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 1
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
78.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
354
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
NOMBRE: BUSTAMANTE HERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 44
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 30.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
79.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: CUEVAS MENDOZA ARISANDI
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 41
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 9
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 23.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
73.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
NOMBRE: PEREZ VELAZQUEZ ALFREDO
355
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 8
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 28
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
70
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: AMADOR CASTREJON VIRGEN
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 27
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 4
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 25
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
56
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERA ELECTORA SUPLENTE
NOMBRE: LUNA GARCIA EDILMA
SEXO: MUJER
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL: 26
356
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50)
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 3
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 32.5
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
61.5
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: PEDRO PEREZ OSCAR GABINO
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 24
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 5
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 29
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
58
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES.
DISTRITO: 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CARGO A DESIGNAR: CONSEJERO ELECTORAL SUPLENTE
NOMBRE: RAMIREZ MARTINEZ ABDIEL
SEXO: HOMBRE
ACIERTOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS EN MATERIAL ELECTORAL:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 50) 34
CALIFICACIÓN DE LA VALORACIÓN CURRICULAR:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 15) 4
357
PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA ENTREVISTA:
(PUNTUACIÓN MÁXIMA 35) 27
CALIFICACIÓN TOTAL DEL ASPIRANTE:
(SUMATORIA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN EL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS, VALORACIÓN CURRICULAR Y ENTREVISTA).
65
Conclusión para la conformación colegiada del Distrito 25. Como se contempló en la integración del Consejo Distrital Electoral, los aspirantes a éste
fueron evaluados de manera integral y objetiva, teniendo como resultado que las figuras
de Presidente y Secretaria cuentan con una amplia experiencia en materia electoral,
además de contar con formación profesional en el tema.
Es importante mencionar que las figuras anteriormente mencionadas, se cuenta con una
combinación muy importante, ya que no sólo se visualiza con el criterio cumplido de
paridad de género, sino que también nos encontramos ante dos personas que obtuvieron
las calificaciones más altas de este distrito, no obstante y no menos importante es
necesario decir que se conjuga una persona joven y otra de mayor edad, enriqueciendo
así las experiencias que desde su perspectiva pueden brindar. Estas personas cuentan
con una amplia experiencia en procesos electorales, así también son visualizadas como
personas dinámicas, emprendedoras, orientadas a cumplir objetivos y motivadas en la
participación y contribución al desarrollo de su comunidad ya que son conscientes del
contexto social de la misma.
Cabe hacer mención que el C. García García Marcos, propuesto como Consejero
Presidente, se ha desempeñado como Jefe de Actuarios en el Tribunal Electoral del
Estado de Oaxaca en el 2016, ha sido Asesor Jurídico, también se ha desempeñado
como docente a nivel medio superior, así mismo tuvo anotaciones sobresalientes en
relación al apego demostrado hacia los principios rectores, comunicación, trabajo en
equipo, negociación, profesionalismo e integridad; contando también con la experiencia
electoral de manera Local. Destaca su experiencia jurídica, logrando estabilidad y buen
desarrollo de las actividades. Es manifiesto a través de las razones que lo motivan a
participar, su preocupación por el país y el fortalecimiento de la democracia.
358
Por lo que se refiere a la C. Cortés Castillo Bélgica como Secretaria del Consejo
Distrital, se encuentra cursando la Licenciatura en Derecho, no obstante, cuenta con los
conocimientos en materia electoral, toda vez que ha sido Capacitadora-Asistente Electoral
en varios Procesos Electores Federales, Asistente Electoral en procesos Locales y
también ha fungido como Consejera Presidenta del Consejo Municipal, lo cual hace
evidente un conocimiento en el contexto de la región y facilidades para llevar a cabo un
trabajo de campo, asimismo es evidente la participación que ha tenido en materia
electoral, circunstancia que denota un interés y vocación por la materia.
En lo que respecta a la ciudadana Michelle Altamirano Pacheco, obtuvo excelentes
valoraciones en la etapa de entrevista y calificaciones sobresalientes en su examen,
manifiesta ser transexual, por lo que su integración al Consejo Distrital es congruente con
los valores de inclusión, respeto, tolerancia y no discriminación ejercidos por este órgano
electoral. En su exposición de motivos manifestó interés en participar en los espacios de
participación ciudadana con el objetivo de visibilizar a la comunidad de la diversidad
sexual, y dar una voz incluyente a la sociedad mexicana, con el mensaje a la sociedad
mexicana, de formar parte de una comunidad que busca ser respetada, participativa y que
sirva a su país, ya que durante años ha sido excluida y marginada. Ha participado en
talleres de derechos humanos y promoción de la diversidad sexual.
En torno a María de los Ángeles Bustamante Hernández, ha sido Consejera Electoral en
el Consejo Distrital de San Pedro Pochutla, ha cursado diplomados, y obtenido
reconocimientos y constancias por su constante capacitación y participación ciudadana.
Se ha desempeñado como asesora jurídica en municipios que se rigen por Sistemas
Normativos Indígenas, y auxiliar jurídica en el corporativo jurídico denominado “La Razón
del Derecho”. Se ha desempeñado como académica obteniendo reconocimientos por su
buen desempeño.
En lo referente a Asirandi Cuevas Mendoza, es Licenciado en Derecho, y se ha
desempeñado como ejecutivo de crédito en instituciones financieras, auxiliar litigante en
Corporativo EMARGLO, notificador de la Auditoría Superior del Estado de Oaxaca. En su
experiencia electoral acumula cargos de Asistente Electoral en el 08 Distrito Electoral
Loca en el proceso 2010; así como Secretario del Consejo Distrital del 24 Consejo Distrital
con sede en Matías Romero Avendaño en 2012-2013; fue Consejero Electoral Propietario
del 25 Consejo Distrital Electoral con cabecera en San Pedro Pochutla en 2015-2016.
359
En tanto, Alfredo Pérez Velázquez, se ha desempeñado como Capacitador Asistente
electoral en el año 2003, y como Capacitador Asistente Electoral en 2005-2006;
Consejero Electoral Propietario ante el Consejo Distrital de San Pedro Pochutla 2010, y
Consejero Electoral ante el Consejo Distrital de San Pedro Pochutla en 2012, y Consejo
Distrital de San Pedro Pochutla en 2016. Se ha desempeñado como Capacitador Electoral
en 2007, y Asistente Electoral en 2004.
Así también podemos mencionar, en el caso específico de las figuras de Consejeras o
Consejeros Electorales Propietarios y Suplentes, cuentan también con una vasta
experiencia en procesos electorales, tanto Federales como Locales, sin embargo también
es importante mencionar que hay aspirantes que a pesar de no contar con mucha
experiencia lograron posicionarse con un buen puntaje final derivado de su capacidad y
sus competencias individuales. Así también cabe destacar que en este listado también
encontramos cumplido el criterio de paridad de género, teniendo así un proceso
equitativo. Éstas personas han demostrado en su evaluación que constantemente se han
estado capacitando en la materia electoral, demostrando así que podrán fungir con su
función de manera profesional y correcta; la apreciación de su personalidad a partir de las
entrevistas realizadas permiten detectar dinamismo en la forma de conducirse con
habilidades para la comunicación interpersonal, liderazgo y trabajo en equipo,
profesionalismo e integridad en su desempeño.
Los elementos que se tomaron en cuenta para la designación de las y los Consejeros
Suplentes Generales, son principalmente la experiencia electoral, destacando su
experiencia Electoral acumulada como Asistente Electoral, Técnico Electoral, Secretaria,
Asistente y Coordinador en áreas administrativas, asimismo contando con el deseo de
participar y contribuir en el Proceso Electoral, contando con el compromiso con las
instituciones y la democracia; destacan su experiencia para el desarrollo pleno eficiente y
eficaz, conocimientos adecuados, el deseo de desarrollar una carrera profesional en el
ámbito electoral, basada en méritos y desafíos profesionales; así como un
comportamiento sustentado en valores como el diálogo, la responsabilidad, la
transparencia y la honestidad. También son manifiestos el apego a los principios rectores,
el interés por la transparencia y certidumbre de los resultados electorales; resaltan como
cualidades la juventud y dinamismo de las y los integrantes, además de su capacitación
permanente a través de cursos y seminarios.
360
Se consideró el criterio de edad y de experiencia en la confirmación planteada, al
contemplar a elementos con años de experiencia profesional y aquellos con menor tiempo
de actuación profesional, cuentan con conocimientos y actitudes para formar parte de este
órgano desconcentrado, fortaleciendo la pluralidad de su integración, y aprovechando la
experiencia de otros elementos para nutrir su propia actuación en el proceso electoral
vigente.
Se advierte que en la designación de las y los integrantes del 25 Consejo Distrital con
sede en San Pedro Pochutla, se observó.
a) Paridad de Género, al asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres
como parte de una estrategia integral, orientada a garantizar la igualdad sustantiva
a través del establecimiento de las condiciones necesarias para proteger la
igualdad de trato y oportunidades en el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía
de los derechos humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y
disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y
pública del país.
b) Pluralidad cultural de la entidad, motivada en el reconocimiento de la convivencia
en interacción de distintas expresiones culturales y sociales de una misma entidad,
lo cual respalda el hecho de que las y los integrantes del Consejo Distrital,
provienen de una diversidad de contextos locales.
c) Participación comunitaria o ciudadana, representada por las diversas formas de
expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una diversidad de
contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas organizativas
y operativas que inciden en la gestión o intervienen en la toma de decisiones sobre
asuntos de interés público; abona la participación que de forma individual tiene
cada elemento de la propuesta presentada, donde destaca su comprensión de la
dinámica regional y su participación en la vida democrática.
d) Prestigio Público y profesional, el cual, se entiende como aquél con que cuentan
las personas que destacan o son reconocidas por su desempeño y conocimientos
en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad. Tal prestigio público y profesional se documenta con
361
reconocimientos, nombramientos y la declaración de trayectorias que las y los
aspirantes hubieron realizado en su curriculum vitae, y que como ya se mencionó
en el cuerpo de este dictamen, constituyen elementos iuris tantum, es decir, se
presumen mientras no se demuestre lo contrario, por lo que quienes han sido
considerados en esta propuesta, no necesitan probar que cuentan con un prestigio
público y profesional, por el contrario, si alguien se pronunciara contra el prestigio
público y profesional de alguno de los integrantes, tendría qué demostrarlo con
datos objetivos.
e) Compromiso democrático, el cual es evidente en la participación activa de las y los
integrantes en la reflexión, el diseño, la construcción, desarrollo e implementación
de proceso o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y
bienestar común del país, la región, la entidad o comunidad desde una perspectiva
del ejercicio consciente y pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, bajo los principios que rigen el sistema
democrático, es decir la igualdad, la libertad, el pluralismo y la tolerancia. Estos
elementos subyacen en la expresión de ideas escritas que están integradas en los
expedientes de cada uno de las y los integrantes de la propuesta, es relevante
señalar que, entre las ciudadanas y ciudadanos designados, se cuenta con
quienes han participado en procesos electorales anteriores, y la perseverancia de
su participación es en sí un referente del compromiso que ostentan con las
comunidades, instituciones y el servicio público.
f) Conocimiento de la materia electoral, en tanto, convergen además de los
conocimientos relativos a las disposiciones constitucionales y legales de la materia
electoral, un conjunto de disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos
que pueden directa o indirectamente enfocarse a la actividad de organizar las
elecciones, tanto en las competencias individuales como en la conformación
integral de cualquier órgano colegiado; en este tenor, nuevamente se refiere la
incorporación de quienes cuentan con previa experiencia electoral y que a lo largo
del tiempo, han desarrollado habilidades, procedimientos, experiencias y
conocimientos aplicables al proceso electoral vigente.
g) Idoneidad, el cual permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia.
h) Objetividad e imparcialidad, para la consideración de este criterio, se tomó como
referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder
362
Judicial de la Federación, cuyo rubro y texto fueron enunciadas en el cuerpo de
este dictamen.
Por todo lo anterior, los CC. García García Marcos, Cortes Castillo Belgica, Altamirano
Pacheco Michelle, Bustamante Hernandez María de los Ángeles, Cuevas Méndoza
Arisandi, Perez Velazquez Alfredo, Amador Castrejon Virgen, Luna Garcia Edilma, Pedro
Pérez Oscar Gabino y Ramírez Martínez Abdiel, son las personas idóneas para
desempeñar el cargo de Consejero Presidente, Secretaria, Consejeras y Consejeros
Electorales del Consejo Distrital 25, ya que además de haber acreditado
satisfactoriamente cada una de las etapas del proceso de designación, cuentan con una
sólida formación académica, amplia experiencia profesional, aunado a que son personas
que demostraron contar con las habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación,
trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad, como se evidencia y
sustenta en el presente Dictamen Integral y todas las constancias que obran en sus
expedientes.
* Es importante hacer notar que en los 25 Consejos Distritales, la comisión que suscribe
el presente proyecto considera importante resaltar que las cuatro personas propuestas
como consejeros y consejeras electorales suplentes, están agrupadas en una lista general
de suplentes, de tal manera que no se corresponden con algún consejero propietario en
específico y están listadas de acuerdo a un orden de prelación; por lo que ante la
eventualidad de la renuncia o ausencia de algún consejero propietario, este deberá ser
sustituido con el suplente enlistado en primer lugar, recorriéndose en su caso dicha lista
general de suplentes en caso de que algún suplente no acepte fungir como propietario.
Además, para garantizar el principio de paridad de género, cuando sea el caso, la
persona suplente que sea designada como propietaria deberá ser de su mismo género.
363
LISTA DE RESERVA
Ante las posibles eventualidades que pudieran tener lugar en cualquiera de los órganos
desconcentrados de este Instituto y que origine una vacante dentro de alguno de los
cargos establecidos en el presente dictamen, se estima necesario que aunado a la lista de
personas seleccionadas como Suplentes Generales, pueda darse el caso de que se
necesite de más ciudadanos o ciudadanas para conformar íntegramente un Consejo
Distrital y no pierdan validez sus actos.
En esos casos, una vez agotada la lista de prelación de cada Consejo Electoral, se
deberá optar por la selección de alguna ciudadana o ciudadano según sea el género del
lugar que deba ocuparse, de entre aquellas personas que a pesar de no estar referidas en
el presente dictamen, hubieren satisfecho puntualmente cada una de las etapas del
procedimiento de selección.
Es decir, cualquiera de las personas que hubieren cubierto a cabalidad todas las etapas
del proceso podrá ser nombrada en suplencia de un integrante del órgano descentrado.
Finalmente, dado que cada nombramiento recae en personas idóneas según el lugar que
ocupen dentro de un Consejo Distrital, cuando sea el caso, al realizar una sustitución o
bien para integrar una persona a alguno de los 25 Consejos, El Consejo General en el
acuerdo que llegue aprobar deberán observar los criterios de: a) paridad de género,
optando por una persona del mismo género del que estuviera vacante; b) pluralidad
cultural de la entidad, privilegiando a las personas que pudieran abonar con su perfil al
fortalecimiento de cada órgano desconcentrado en este criterio; c) participación
comunitaria o ciudadana, verificando que la persona tenga experiencia o demuestre
interés en fortalecer los lazos entre las instituciones y la ciudadanía; d) prestigio público y
profesional, observando que el perfil seleccionado sea de una persona estacada o
reconocida por su desempeño y conocimientos; e) compromiso democrático, analizando
que la persona este muestre responsabilidad con la función que se le llegue a
encomendar; f) conocimientos en la materia, privilegiando a los perfiles que hubieren
demostrado altos conocimientos a través de las evaluaciones practicadas; g) Objetividad
e imparcialidad, que por regla general están demostradas presuncionalmente, con el
objeto de obtener mayor certeza de que se conducirán con base en el estudio objetivo del
caso y la aplicación imparcial de la norma, sin permitir que su conducta o decisión sea
364
influida por factores externos o internos, que impliquen la inobservancia de esos
principios.
PARTICIPACIÓN DE PERSONAS MENORES DE 25 AÑOS.
El artículo 54, numeral I, fracción III, de la Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos
Electorales del Estado de Oaxaca, establece que el Consejero Presidente o Presidenta y
las y los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Municipales deberán tener
25 años de edad o más, al día de la designación.
Bajo esa lógica la convocatoria emitida por este Consejo General, fue expedida con los
requisitos del referido artículo 54. Sin embargo para garantizar la participación de todas y
todos los interesados, fueron recibidas las solicitudes de aquellas personas sin exclusión
por razón de su edad.
Incluso, el 26 de octubre del presente año el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca
aprobó sentencia en el juicio ciudadano con clave JDC/119/2017, a favor de la ciudadana
Perla Margarita Carreño Guadalupe, en la cual se inaplicó en el caso concreto el artículo
54, numeral 1, fracción III, y se ordenó al Consejo General de este Instituto se procediera
a registrar a la referida ciudadana como aspirante, siempre que cumpliera con el resto de
requisitos legales.
Bajo esa lógica durante el proceso de selección, y en cada una de las etapas
programadas conforme a los plazos de la convocatoria, le fue permitida su participación
en las mismas condiciones que el resto de aspirantes.
Incluso, es de resaltar que en entre las personas seleccionas para ocupar algún cargo se
encuentran ciudadanos y ciudadanas que por la suma de sus experiencias, conocimiento
así como las habilidades demostradas, fueron nominadas para integrar alguno de los
Consejos Distritales Electorales, pues como se razonó en cada caso particular y como
consta en las conclusiones para la conformación colegiada de los 25 Distritos, sus perfiles
resultaron idóneos para ser nombrados integrantes de un órgano colegiado.
Dichas personas son las siguientes:
No.
DISTRITO / CABECERA DISTRITAL
CARGO
NOMBRE
FECHA DE
NACIMIENTO
EDAD
365
1 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CONSEJERA ELECTORAL PROPIETARIA
BUSTAMANTE HERNANDEZ MARIA DE LOS ANGELES
29/sep/1995 22
2 08 H. CD. DE TLAXIACO
CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE
SANCHEZ PEREZ ARCELIA
25/ago/1994 23
3 25 SAN PEDRO POCHUTLA
CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE
AMADOR CASTREJON VIRGEN
1/ago/1993 24
4 21 H. CD. DE EJUTLA DE CRESPO
CONSEJERO ELECTORAL PROPIETARIO
REYES LOPEZ ELFEGO OSWALDO
21/may/1993 24
5 24 MIAHUATLAN DE PORFIRIO DIAZ
CONSEJERA ELECTORAL SUPLENTE
MARTINEZ HERNANDEZ ANGELICA MARIA
15/abr/1993 24
Lo anterior fue sostenido en beneficio de las personas menores de edad, pues a pesar de
no contar con los 25 años cumplidos como lo establece la ley de la materia, este órgano
colegiado pondera en su beneficio la interpretación que les resulta más favorable a la luz
de la obligación que impone el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, por el cual todas las autoridades del Estado están sujetas a realizar un juicio
de valor pro persona, es decir, a la luz de los principios de la Constitución así como de los
tratados internaciones a permitir que todas las ciudadanas y ciudadanos del país gocen
en plenitud del ejercicio de sus derechos, dentro de los cuales se encuentra el derecho de
acceder a cargos públicos sin distinción alguna.
Además de que sus perfiles nutren significativamente a la integración plural de cada
órgano descentrado, y que en suma con el resto de integrantes de cada Consejo Distrital
generan cohesión para el desempeño de sus funciones.
Para ello, se tiene como base constitucional el artículo 34 de la Constitución Federal
concede el derecho a la ciudadanía de poder ser nombrado para cualquier empleo o
comisión del servicio público, teniendo las cualidades que establezca la ley.
Así mismo, se funda la inclusión de los perfiles anotados, con base en el artículo 23,
apartado 1, inciso c) de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece:
1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y
oportunidades:
…
366
c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones
públicas de su país.
En el mismo tenor, los artículos 3, 25 y 26 de Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, establecen que los Estados partes del Pacto, están comprometidos a garantizar
a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos, por
lo que todos los ciudadanos y ciudadanas gozarán, sin ninguna distinción y sin
restricciones indebidas, de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las
funciones públicas de su país.
Por ello, para este Instituto se considera que las restricciones legales deben ser
proporcionales, idóneas y necesarias para justificar la negativa de participación pública, lo
que en el caso no ocurre, puesto que las personas referidas a pesar de no contar con los
25 años de edad a la fecha de su designación como integrantes de un Consejo Distrital,
ello no es un obstáculo que pueda ser superado en su beneficio para garantizar en mayor
medida sus derechos civiles y políticos.
Es decir, se privilegió que todas las personas pudieran participar en las etapas del
proceso de selección y que fuera en la integración de propuestas definitivas cuando se
valorara su idoneidad al cargo propuesto, sin que fuera un obstáculo la restricción por su
edad, pues como puede advertirse en las conclusiones de cada Consejo Distrital cuentan
con las aptitudes, conocimientos, experiencias y destrezas para nutrir significantemente a
los órganos desconcentrados.
Además de que como fue razonado por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en la
sentencia del juicio JDC/119/2017, el requisito de la edad mínima es “desproporcionado e
irracional”, haciendo alusión a que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como
la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han compartido
el criterio de que la reglamentación de los derechos políticos deben respetar los principios
de legalidad, necesidad y proporcionalidad en una sociedad democrática y que las
restricciones deben satisfacer una necesidad social imperiosa orientada a satisfacer un
interés público imperativo, lo que en el caso no ocurriría al limitar la participación por
razón de su edad.
367
CONCLUSIONES FINALES
En cada una de las etapas del proceso de selección se atendieron los principios de
objetividad e imparcialidad y sin discriminación motivada por origen étnico, género,
condición social, orientación religiosa, preferencias sexuales, estado civil o cualesquier
otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas. Asimismo, se tomaron en cuenta los criterios de
equidad de género y una composición multidisciplinaria y cuando la integración lo
permitiera se consideró una composición multicultural.
Así, se procedió en primer término a la valoración de la idoneidad de las personas
aspirantes de manera individual como lo demuestran los resultados obtenidos en cada
una de las etaás, evaluaciones y examen analizados y, posteriormente, se realizó un
análisis en conjunto, atendiendo a la suma de sus perfiles, desde una visión colectiva y
pertinente a las necesidades de los consejos distritales, por lo que se determinó a las
personas que deben ser designadas como Consejera o Consejero Presidente, Consejeras
y Consejeros Electorales propietarios y los cuatro consejeros o consejeras suplentes, así
como a las Secretarias o Secretarios de los Consejos Distritales Electores.
Por otra parte, la determinación de las y los aspirantes propuestos para su designación,
es resultado de un procedimiento en el que se verificó con oportunidad el cumplimiento de
los requisitos legales, la aprobación de un examen de conocimientos en materia electoral,
la valoración curricular y el desempeño y aptitudes demostradas en las entrevistas, así
como la verificación de que cuentan con un perfil apto para desempeñar el cargo
respectivo.
El procedimiento que toma la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y
Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, es incluyente, porque participaron en
igualdad de condiciones tanto mujeres como hombres, para procurar la paridad de
género; también, se revisó si alguna de las personas aspirantes provenía de una
comunidad indígena o es hablante de alguna lengua de las regiones, para incluir la
perspectiva multicultural en la integración.
Igualmente, se sostiene que el procedimiento de designación fue transparente porque los
resultados de cada etapa se difundieron ampliamente en la página de internet del Instituto
Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
368
Resaltando que, los ciudadanos y ciudadanas aspirantes que participaron en la etapa de
aplicación de un examen general de conocimientos, valoración curricular y entrevista,
cuentan con características y atributos muy particulares que, en principio, podrían generar
la convicción de que resultan aptos para ser designados como integrantes de los consejos
distritales electorales, salvo casos excepcionales.
Ello, partiendo de que en relación con las y los aspirantes que llegaron a la etapa de
valoración curricular y entrevista, se advirtió que algunos cuentan con estudios a nivel
licenciatura en diversas disciplinas. Lo que evidencia que, algunas y algunos aspirantes
gozan de una formación profesional. Así mismo, cuentan con conocimientos en materia
electoral, lo que se constató con el resultado que obtuvieron en el examen de
conocimientos en materia electoral y de la valoración curricular.
Es conveniente precisar que los resultados obtenidos en el examen de conocimientos
generales en materia electoral, no convierten a los aspirantes en idóneos al cargo; es
decir, que el hecho de que algún aspirante obtuviera las mejores calificaciones en el
examen, de ninguna manera constituye requisito suficiente para que la sola calificación
bastara y de forma automática fuera designado, en tanto que dichos resultados
únicamente garantizaron los conocimientos en la materia, mismos que se sumaron a la
evaluación de otros criterios ya explicados.
Por lo que, si bien es evidente que las y los aspirantes que avanzaron en cada una de las
etapas, conformaron un conjunto de personas que, en principio, todas ellas pudieran
considerarse aptas para ser designadas como integrantes; lo cierto es que, ante el cúmulo
de aspirantes mujeres y hombres que pueden calificarse como aptos, fue necesario
determinar cuáles resultaron las y los más idóneos para ser designados.
Esto debido a que, en cada Distrito Electoral, solamente es factible designar a diez
personas, ya que la conformación legal de los mismos establece la designación de una
Consejera o Consejero Presidente y cuatro Consejeras o Consejeros Electorales
Propietarios e igual número de suplentes así como una Secretaria o Secretario del
Consejo.
Lo anterior es así, ya que ante la circunstancia de que varias personas pretenden ocupar
un mismo cargo, lógicamente no podría sostenerse que, a pesar de que todas y todos los
aspirantes tienen un perfil apto, materialmente todas y todos deban ser designados para
ocupar un mismo cargo.
369
En efecto, en el caso, aun cuando de la revisión de sus perfiles se obtuvo que todas y
todos los aspirantes cuenten con determinadas cualidades y habilidades, lo cierto es que
es necesario seleccionar solamente a diez personas por Consejo.
Así pues, la Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el
Instituto Nacional Electoral, de conformidad con lo establecido en los artículos 9, 22 y 23
del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral y el artículo 7 del
Reglamento para la designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los
Consejos Distritales y Municipales Electorales designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, procedió al estudio de
los expedientes de las y los ciudadanos a los que se les habrá de conferir la tarea de
contribuir a la expresión ciudadana del Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca, como lo es, el participar en la toma de decisiones, que implica una
obligación y compromiso asumido por este órgano administrativo electoral para lograr que
en el Estado de Oaxaca tengamos elecciones auténticas, libres y legítimas.
Ante tales circunstancias, esta Comisión de Organización y Capacitación Electoral y
Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, pondera los criterios establecidos,
conforme a lo siguiente:
a) Paridad de Género
Como podrá observarse, de la propuesta de integración de los 25 Consejos Distritales, 13
de ellos son encabezados por una persona del sexo masculino, en tanto que 12 de ellos
son encabezados por personas del sexo femenino, cumpliéndose así con el principio de
paridad de género en su vertiente horizontal. De igual manera es de destacarse que en la
integración total de los 25 organismos desconcentrados existen 131 personas del sexo
masculino y 119 personas del sexo femenino.
Para los efectos del criterio de Paridad de Género, se privilegió asegurar la participación
igualitaria de mujeres y hombres como parte de una estrategia integral orientada
garantizar la igualdad sustantiva a través del establecimiento de las mismas condiciones,
trato y oportunidades para el reconocimiento, goce, ejercicio y garantía de los derechos
humanos, con el objeto de eliminar prácticas discriminatorias y disminuir las brechas de
desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y pública del país.
370
En mérito de lo expuesto, la perspectiva de género se utilizó como herramienta para
asegurar la participación igualitaria de mujeres y hombres como parte de una estrategia
integral orientada a garantizar la igualdad sustantiva a través del establecimiento de las
mismas condiciones, trato y oportunidades para el reconocimiento, goce, ejercicio y
garantía de los derechos humanos.
En este sentido, la paridad de género como criterio de valoración para la conformación de
los Consejos Distritales Electorales permitió eliminar prácticas discriminatorias y disminuir
las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en la vida política y pública del
estado. Ello, reconociendo que implementar acciones que favorezcan la participación de
mujeres y hombres en condiciones de igualdad, tanto en la gestión de funciones públicas,
como en la toma de decisiones fundamentales, resulta indispensable para el ejercicio
pleno de la ciudadanía y el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo.
Lo anterior, acorde a una política institucional construida desde una perspectiva de género
y de derechos humanos en cumplimiento a lo establecido en el artículo primero
constitucional; las obligaciones contraídas por el Estado Mexicano, primordialmente, a
través de la suscripción de diversos tratados internacionales.
b) Pluralidad Cultural de la Entidad
Para los efectos del criterio de pluralidad cultural de la entidad, se entenderá como el
reconocimiento de la convivencia e interacción de distintas expresiones culturales y
sociales en una misma entidad. Con base en lo anterior se debe tomar en consideración
que en México tenemos un marco jurídico que sustenta el reconocimiento, valoración y
promoción de la pluralidad o diversidad cultural y esto se encuentra considerado como un
activo importante de la humanidad; cada persona tiene derecho a que su cultura sea
respetada tanto por otras personas, como por las autoridades.
Lo diverso o plural se define en relación consigo mismo y en relación con los otros, con
los diferentes. En este sentido, todos los pueblos indígenas y comunidades de México son
diversos y esa diversidad es la que constituye la fuente de riqueza y pluralidad cultural
esencial de la humanidad.
De ahí que, la incorporación de la pluralidad cultural de la entidad como criterio de
valoración para la conformación de los Consejos Distritales Electorales sea indispensable
para dar cumplimiento a los principios de igualdad y no discriminación, así como el
371
respeto y reconocimiento a la pluralidad cultural consagrados en los artículos primero y
segundo Constitucional.
Desde esta perspectiva, la inclusión de la pluralidad cultural de la entidad como criterio de
valoración para la conformación de los Consejos Distritales, parte del reconocimiento de
la necesidad de incorporar la cultura como un elemento estratégico indispensable para
garantizar que la gestión de lo público y la toma de decisiones fundamentales favorezca el
ejercicio pleno de la ciudadanía, el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo.
Este criterio debe entenderse de manera global, es decir, además de la pertenencia a un
grupo indígena, también sus vínculos con las distintas expresiones culturales y sociales
de la entidad.
c) Participación Comunitaria o Ciudadana
Por lo que respecta al criterio de participación comunitaria o ciudadana, se entiende como
las diversas formas de expresión social, iniciativas y prácticas que se sustentan en una
diversidad de contenidos y enfoques a través de los cuales se generan alternativas
organizativas y operativas que inciden en la gestión y/o intervienen en la toma de
decisiones sobre asuntos de interés público.
Estas pretenden impulsar, a través de la actuación individual u organizada de las y los
ciudadanos, el desarrollo social y la democracia participativa, a través de la identificación
de intereses comunes que requieren de una acción conjunta en la que se despliegan por
un lado las acciones de gobierno y por el otro las iniciativas de la sociedad.
Considerada como la expresión del interés y compromiso por ser parte activa de la vida
comunitaria, pondera el grado de involucramiento y participación de las y los aspirantes
en procesos de toma de decisiones o de participación en sus contextos locales, tales
como centros de trabajo, escuelas o comunidades; destacando que su interés en
aprovechar espacios y oportunidades de desarrollo personal y comunitario, los hacen
perfiles mayormente aptos para afrontar el desafío que supone un proceso electoral.
d) Prestigio Público y Profesional
Para los efectos del criterio de prestigio público y profesional, se entenderá como aquel
con que cuentan las personas que destacan y/o son reconocidas por su desempeño y
372
conocimientos en una actividad, disciplina, empleo, facultad u oficio, dada su convicción
por ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio de su país, región,
entidad o comunidad.
Así entonces, para efectos de la valoración de este criterio se contempló a las ciudadanas
y ciudadanos cuya experiencia e integridad permitirán presumir que mantendrán su
convicción ética y comprometida en cualquier espacio, de manera clara y pública. Esta
forma de proceder favorece la confianza en su actuar.
En consideración a lo anterior, se realizó la propuesta de las y los Presidentes, las y los
Secretarios, y las y los Consejeros Distritales Electorales propietarios y suplentes, con la
determinación de que deben actuar y distinguirse por su certeza, legalidad, independencia
imparcialidad y objetividad, y con ello salvaguardar los derechos e intereses legítimos de
las y los ciudadanos, a efecto de privilegiar los intereses colectivos que tienen como
finalidad el bien común, fundado en principios y obligaciones universales que deben servir
de guía para la reflexión, la comprensión moral y la actuación pública.
e) Compromiso Democrático
Para los efectos del criterio de compromiso democrático, se ponderó la participación
activa en la reflexión, diseño, construcción, desarrollo e implementación de procesos y/o
actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida pública y bienestar común del
país, la región, entidad o comunidad desde una perspectiva del ejercicio consiente y pleno
de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, bajo
los principios que rigen el sistema democrático, es decir igualdad, la libertad, el pluralismo
y la tolerancia.
En virtud de lo anterior, y como consta en los expedientes de las ciudadanas y
ciudadanos designados, su trayectoria profesional y experiencia en materia político-
electoral, ilustran que han participado en procesos electorales locales y/o federales, en su
caso, demostrando un alto compromiso con la sociedad. Por lo que se consideran que
han participado activamente en la reflexión, diseño, construcción, desarrollo e
implementación de procesos y/o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida
pública y bienestar común de la entidad desde una perspectiva del ejercicio consciente y
pleno de la ciudadanía y los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
373
bajo los principios que rigen el sistema democrático, es decir la igualdad, la libertad, el
pluralismo y la tolerancia.
f) Conocimiento de la Materia Electoral
Por lo que respecta al criterio de conocimiento de la materia electoral, deben converger,
además del manejo de las disposiciones constitucionales y legales un conjunto de
disciplinas, habilidades, experiencias y conocimientos que puedan enfocarse directa o
indirectamente a la actividad de organizar las elecciones, tanto en las competencias
individuales como para la conformación integral de cualquier órgano colegiado.
g) Idoneidad
Por este criterio se permite priorizar los perfiles más aptos para el desarrollo de las
actividades, considerando aptitudes, conocimientos y experiencia, de tal manera que no
solo se ponderan los conocimientos académicos sino que se otorga puntaje a la
experiencia y a la participación previa en procesos electorales o esquemas de
participación ciudadana análogos.
h) Objetividad e imparcialidad
Para la consideración de este criterio, se tomó como referencia lo señalado en la
Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo
rubro y texto señalan:
CONSEJEROS ELECTORALES. PARA SU DESIGNACIÓN DEBEN OBSERVARSE LOS PRINCIPIOS DE INDEPENDENCIA, OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD (LEGISLACIÓN
DE TAMAULIPAS Y SIMILARES).- De la interpretación sistemática y funcional de los
artículos 41, y 116, fracción IV, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 20, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 77 y 81
del código electoral local, se advierte que la función de las autoridades electorales se rige
por los principios de independencia, objetividad e imparcialidad; de ahí que las
designaciones de quienes las integren deben recaer en ciudadanos que, bajo las reglas
generales de la prueba, demuestren, aun presuncionalmente, que cumplen tales
cualidades, con el objeto de obtener mayor certeza de que se conducirán con base en el
estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la norma, sin permitir que su conducta
374
o decisión sea influida por factores externos o internos, que impliquen la inobservancia de
esos principios.
Cuarta Época:
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-25/2007.—Actor: Partido Acción
Nacional.—Autoridad responsable: Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del
Estado de Tamaulipas.—28 de marzo de 2007.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: Pedro
Esteban Penagos López.—Disidente: Manuel González Oropeza.—Secretarios: Ernesto
Camacho Ochoa, Sergio Arturo Guerrero Olvera, Eduardo Hernández Sánchez y Claudia
Pastor Badilla.
Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-18/2008 y acumulado.—Actores:
Partido del Trabajo y otro.—Autoridad responsable: Congreso del Estado de Durango.—16
de abril de 2008.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: Salvador Olimpo Nava Gomar.—
Disidentes: Flavio Galván Rivera y Manuel González Oropeza.—Secretario: Carlos Vargas
Baca.
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-
1/2010.—Actor: Jorge Luis Benito Guerrero.—Autoridad responsable: Dirección de
Organización Electoral de la Dirección General del Instituto Electoral del Estado de
Puebla.—17 de febrero de 2010.—Mayoría de cinco votos.—Ponente: María de Carmen
Alanis Figueroa.—Disidentes: Flavio Galván Rivera y Manuel González Oropeza.—
Secretario: Carlos Vargas Baca.
En mérito de lo expuesto, las ciudadanas y ciudadanos designados, cumplen a cabalidad
con el conocimiento en la materia electoral, ya que este requisito, no solo se refiere a
haber desempeñado funciones de índole electoral en el pasado, sino se refiere a acreditar
en mayor o menor medida la realización de actividades relacionadas con la obtención de
algún grado o condición que le otorgue experiencia.
Desde luego, lo anterior implica que no existe una obligación por parte del Consejo
General de hacer un ejercicio de ponderación de candidatos con la finalidad de escoger al
de mayor perfil o al de mayor experiencia, si no que se establece el imperativo de revisar
el cumplimiento de los requisitos legales exigibles para ocupar los cargos.
De las documentales aportadas por las ciudadanas y ciudadanos designados, se
desprende el ejercicio diversas disciplinas y funciones con una clara vinculación a la
materia electoral, así como el ejercicio profesional y continuo de distintas experiencias y
375
actividades tanto en lo que respecta a la experiencia en materia electoral como en la
docente o profesional, por lo que se trata de personas que destacan y/o son reconocidas
por su desempeño y conocimientos en materia político-electoral, dada su convicción por
ampliar su conocimiento, desarrollo y experiencia en beneficio del Estado de Oaxaca.
Una vez realizado lo anterior, el Consejo General considera que las y los ciudadanos
seleccionador resultan idóneos, ya que además de haber acreditado cada una de las
etapas del proceso de designación, cuentan con demostrable formación académica y
experiencia profesional, aunado a que son personas que demostraron contar con las
habilidades gerenciales de liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación,
profesionalismo e integridad, como se evidencia y sustenta en el presente Dictamen
Integral y todas las constancias que obran en sus expedientes.
Finalmente, por analogía tal como lo ha señalado la Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación al resolver el juicio ciudadano SUP-JDC-2501/2014 y
acumulados, si bien es cierto que la Comisión de Vinculación con Organismos Electorales
Locales del Instituto Nacional Electoral cuenta con cierta discrecionalidad a efecto de
determinar a partir de la evaluación de los currículos de los aspirantes, quiénes accederán
a la siguiente etapa, dicha discrecionalidad no es absoluta, ni arbitraria, pues se acota a
partir de los controles establecidos previamente.
Es decir, de conformidad con el principio de legalidad electoral, todos los actos y
resoluciones electorales se deben sujetar invariablemente a lo previsto en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las disposiciones legales aplicables. Por
ello, los actos y las resoluciones de la materia deben cumplir con las exigencias
constitucionales de fundamentación y motivación, como se ha desarrollado en el cuerpo
del presente Dictamen.
En el mismo sentido, la Jurisprudencia 62/2002, aprobada por el Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, cuyo rubro es PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR ELECTORAL. DEBE REALIZARSE CONFORME A LOS CRITERIOS
DE IDONEIDAD, NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD, especifica que las disposiciones
contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, están encaminadas a salvaguardar a los gobernados de los actos arbitrarios
de cualquier autoridad, y pone de relieve el principio de prohibición de excesos o abusos
en el ejercicio de facultades discrecionales
376
En el caso concreto del presente Dictamen Integral, para hablar de idoneidad debe darse
la concurrencia de elementos o circunstancias que acrediten que determinadas personas
son aptas para conseguir un fin pretendido, teniendo ciertas probabilidades de eficacia en
el desempeño del cargo, bajo este criterio, la valoración se debe limitar a lo objetivamente
necesario.
En consecuencia, las personas que se proponen para ser designadas como integrantes
de un Consejo Distrital Electoral, son el resultado del procedimiento antes especificado,
en el que se verificó el cumplimiento de los requisitos legales.
Sirve para lo anterior, el hecho de que fueron seleccionadas 119 mujeres de los 250
aspirantes propuestos en los siguientes términos:
Cargo Hombres Mujeres
Presidencias 13 12
Secretarías 12 13
Propietarios(as) 50 50
Suplentes(as) 56 44
Así mismo, para la conformación atendiendo al principio de multiculturalidad se tomaron
en cuenta que 54 de los seleccionados manifestaron hablar una lengua indígena, en una
composición de 1 hablante de amuzgo, 2 de chatino, 4 de chinanteco, 1 de chontal, 6
hablantes de mazateco, 4 hablantes de lengua mixe, 1 hablante de lengua mixe de la
región del mixe bajo, 6 hablantes de lengua mixteca, 1 hablante de mixteco de la región
alta, 1 hablante de triqui, 1 hablante de triqui de la zona alta, 19 hablantes de zapoteco, 1
hablante de zapoteco en la variante del Istmo, 1 hablante de zapoteco en la variante
dialectal del Sur, 1 hablante de zapoteco en la variante de Petapa y 3 hablantes de otras
lenguas indígenas que no fueron especificadas.
En lo que hace a la conformación generacional se estima una composición conformada
por 64 personas en un rango de edad de 20 a 30 años, 107 personas designadas que se
encuentran en un rango de edad de 31 a 40 años, 47 personas en un rango de 41 a 50
años, 22 personas en un rango de edad de 51 a 60 años, y 10 personas mayores a 61
años, lo que hace una integración total de 250 personas designadas como integrantes de
los 25 Consejos Distritales Electorales.
377
ATENCIÓN A LAS OBSERVACIONES EXTRAORDINARIAS PRESENTADAS POR EL
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
En términos de lo establecido por la base SÉTIMA. ETAPA 4) de la Convocatoria para la
integración de los Consejos Distritales Electorales y en cumplimiento del proceso descrito
en el Reglamento para la Designación, Sustitución y Remoción de las y los integrantes de
los Consejos Distritales y Municipales Electorales, designados por el Consejo General del
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca; del 11 al 13 de
noviembre se verificó el plazo para realizar las observaciones y comentarios que
consideren convenientes respecto de cada uno de las y los aspirantes, mismos que
deberían acompañarse de los elementos objetivos que sustenten o corroboren sus
afirmaciones. En este período, se recibió la observación descrita en el apartado de
Observaciones de los Partidos Políticos, el cual forma parte del cuerpo de este dictamen;
el plazo referido, además fue notificado a través de oficios emitido por la Secretaría
Ejecutiva, y dirigidos a cada una de las representaciones de los partidos políticos
acreditados ante este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca.
Habiéndose agotado el plazo para la presentación de Observaciones de los Partidos
Políticos, el 22 de noviembre 2017, se recibió el escrito sin número, por el que el
Representante Propietario del Partido Verde Ecologista de México, acreditado ante el
Consejo General del Instituto, licenciado Reynaldo Reyes Martínez, presenta al
Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca, un listado de observaciones relativas a las y los aspirantes
seleccionados, cuyos nombres y conclusiones de designación formaron parte del
Dictamen que contiene las propuestas definitivas formuladas por la Comisión de
Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el INE, para la integración de los
25 Consejos Distritales, que fungirán en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
El documento de observaciones, recibido de forma extemporánea a la etapa de
Observaciones de los Partidos Políticos, señala que “una vez revisado el proyecto de
acuerdo se procede a notificar las observaciones relativas a las y los aspirantes
seleccionados, en base al no cumplimiento de certeza, legalidad, objetividad e
imparcialidad en la selección por parte de la comisión de selección de los consejeros
distritales”.
378
Enseguida, se presenta el contenido del escrito de observaciones presentado por la
representación del Partido Verde Ecologista de México en el escrito de referencia.
OBSERVACIONES EXTRAORDINARIAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
FECHA PARTIDO POLÍTICO
QUE PRESENTA LAS OBSERVACIONES
EXTRAORDINARIAS
TRANSCRIPCIÓN DE LAS OBSERVACIÓNES PRESENTADAS
22 de noviembre de
2017
Partido Verde
Ecologista de México
1. La selección de los aspirantes a consejeros en los distritos 06, 14, 16, 21, 23 y 24, respectivamente presentan las siguientes anomalías:
a) No fueron consideradas las calificacioneos para calificar de APTO / NO APTO a los aspirantes a ocupar los cargos de consejeros distritales.
b) Se presume “preferencia” por algunos participantes por el cargo citado anteriormente ya que aun con bajas calificaciones fueron nombrados y sin embargo otros con bajas calificaciones no fueron nombrados.
c) No existen criterios definidos de por qué se seleccionaron a ciertos ciudadanos que están en igualdad de calificaciones con otros que no fueron seleccionados y además no de FUNDA ni MOTIVA en cada distrito tal circunstancia por lo que se presume opacidad durante el proceso.
d) Existe una observación emitida por los consejeros GUSTAVO MIGUEL MEIXUEIRO NAJERA Y CARMELITA SIBAJA OCHOA, en donde SE SUGIERE REVISAR EL DESEMPEÑO EN EL PROCESO ELECTORAL ANTERIOR de la C. HERNANDEZ VASQUEZ REBECA y se solicita a los mismos emitan una aclaración a la sugerencia de la que hacen mención. Sin embargo, en tal expediente no hay evidencia de la información solicitada por los propios consejeros.
e) Se solicitó un informe completo de la lista con calificaciones de cada distrito, así como la lista de resultados de evaluación integral y hasta esta fecha aún no se me hace entrega, incumpliendo con esto la claridad del proceso y solo se muestra una gran opacidad del mismo proceso.
f) Se realizaron observaciones y se solicita un informe completo de como fue el proceso de selección final, toda vez que existe un opaco criterio para la selección final, incurriendo con esto el artículo 36 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Se solicita mediante oficio y con las pruebas o evidencias documentales, el motivo de la selección como consejeros electorales de las personas que no cuentan con la calificación necesaria para ocupar dicho cargo, toda vez que existen otras que cumplen con los requisitos para ocupar el mismo y no fueron incluidos en las listas finales, de acuerdo al siguiente listado:
Enseguida, se insertan las tablas que conforman el listado mencionado, y que aparecen
exactamente como fueron presentadas en el escrito de referencia:
DISTRITO 06
Heroica Ciudad de Huajuapan de León
379
ASPIRANTE CALIF. EXP. ELECT. SELECCIONADO CALIF EXP. ELECT.
CON SIN CON SIN
CESAR FIGUEROA MENDOZA 80.5 O GONZALEZ RAMIREZ GERARDO 70 O
PEREZ FONSECA ERIK 75.5 O SAN JUAN OSORIO SARAÍ
CON 2 HOJAS DE CÉDULA DE VALORACIÓN
1.-‐ GARCIA LOPEZ ANGEL FERMIN
2.-‐ JACINTO HERNANDEZ FRANCISCO ASEL
68.5 O
DISTRITO 14
Oaxaca de Juárez
ASPIRANTE CALIF. EXP. ELECT. SELECCIONADO CALIF EXP. ELECT.
CON SIN CON SIN
MENDEZ DE LOS SANTOS RAUL 85 O GONZALEZ ZARATE ANTONIO 69 O
CASAS REYES HUGO ERNESTO 91 O 68.5 O
RAMOS BOHORQUEZ JUAN JOSE 84.4 O 68.5 O
BAUTISTA RAMOS ALMA DEYSI 85 O 68.5 O
DISTRITO 16
Zimatlán de Álvarez
ASPIRANTE CALIF. EXP. ELECT. SELECCIONADO CALIF EXP. ELECT.
CON SIN CON SIN
MIGUEL HERNANDEZ LUCIO 90 O GARCIA MORALES ROCIO 79.5 O
OJEDA ZARMIENTO EUFROCINA
71.5 O
DISTRITO 21
Ejutla de Crespo
380
ASPIRANTE CALIF. EXP. ELECT. SELECCIONADO CALIF EXP. ELECT.
CON SIN CON SIN
HERNANDEZ VASQUEZ REBECA
OBSERVACIÓN LOS CONSEJEROS GUSTAVO MEIXUEIRO Y CARMELITA SIBAJA, SUGIEREN REVISAR SU DESEMPEÑO EN EL PROCESO ELECTORAL ANTERIOR.
92.6 O
DISTRITO 23
San Pedro Mixtepec
ASPIRANTE CALIF. EXP. ELECT. SELECCIONADO CALIF EXP. ELECT.
CON SIN CON SIN
CRUZ CHACON CESAR PABLO 95 O
DISTRITO 24
Miahuatlán de Porfirio Díaz
ASPIRANTE CALIF. EXP. ELECT. SELECCIONADO CALIF EXP. ELECT.
CON SIN CON SIN
CANSECO CERVANTES GABRIEL JESUS
88.5 O ARAGON MARTINEZ OSWALDO 76.5 O
GONZALEZ ORTIZ LEONCIO JAVIER
71 O
Durante la sesión extraordinaria urgente de fecha 22 de noviembre de 2017; fue
aprobado, entre otros asuntos, el engrose del presente dictamen con la inclusión del
punto que se describe, a lo que resulta pertinente, aportar algunos elementos que aportan
mayores elementos de referencia, a las observaciones presentadas, los cuales se
presentan a continuación:
Como fue referido en los apartados 2) y 3) de este dictamen, relativos a la Revisión
Documental y Conformación de Expedientes, así como a la Entrevista, cada etapa de las
381
señaladas en estos apartados, representó un porcentaje del total de la evaluación, como
se desglosa en la tabla siguiente:
Fase de Evaluación Porcentaje Máximo de
Evaluación
Examen de conocimientos 50%
Valoración curricular 15%
Entrevista 35%
Calificación Global 100%
Por lo que, las calificaciones obtenidas en el examen de conocimientos, no representan la
totalidad de la evaluación general de cada aspirante, ya que esta se conforma de la suma
de porcentajes obtenidos en cada etapa de la evaluación global.
Asimismo, el elemento de experiencia no es determinante, ya que conforma un criterio de
los que se tomaron en consideración en la fase de valoración curricular, como ya fue
desglosado, y representa hasta el 6% de la calificación global.
Mientras que la etapa de entrevista, en la cual los aspirantes pudieron alcanzar puntajes
promedio de hasta el 35% de la evaluación general, tomó en consideración elementos
diferentes a los acreditados mediante el examen de conocimientos y la valoración
curricular, enfocándose en la valoración de cada aspirante en torno al apego demostrado
a los principios rectores, y su idoneidad en el cargo, basada en la apreciación de aptitudes
en liderazgo, comunicación, trabajo en equipo, negociación, profesionalismo e integridad.
Asimismo, destaca que como fue señalado en la base SÉPTIMA de la Convocatoria, y
con apego al artículo 15 del Reglamento para la Designación, Sustitución y Remoción de
las y los integrantes de los Consejos Distritales y Municipales Electorales, designados por
el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca;
las observaciones de las listas propuestas, cuya presentación pudieran considerar
convenientes los representantes de los partidos políticos, deberán acompañarse de
elementos objetivos que sustenten o corroboren sus afirmaciones, por lo que la
presunción de preferencia, no constituye un elemento de tal naturaleza.
Mientras que en ejercicio de la transparencia institucional y apego al principio de Máxima
Publicidad que rige el actuar de las autoridades electorales, han sido publicadas las listas
de resultados de cada una de las etapas del proceso de evaluación y selección, en el
382
apartado denominado Integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales,
localizado en la página web www.ieepco.org.mx, para su consulta pública y permanente.
Al tiempo que se ha garantizado la protección más amplia de los derechos humanos de
cada aspirante.
En lo que concierne a los criterios de selección de las y los aspirantes, éstos se plantean
en las conclusiones para la conformación colegiada de cada distrito, destacando las
principales habilidades y aptitudes de los integrantes, así como la valoración conjunta de
la integración de cada Consejo Distrital, de esta manera se expusieron con claridad, cada
uno de estos elementos, como son: la paridad de género, procurando acciones
afirmativas en favor de las mujeres, como una medida de carácter temporal tendiente a
reducir las desigualdades y procurar un acceso igual a las oportunidades para ambos
géneros; asimismo, se consideró el criterio de pluralidad cultural de la entidad, motivada
en el reconocimiento de la convivencia en interacción de distintas expresiones culturales,
el dominio de una lengua indígena, el conocimiento de las prácticas locales comunitarias,
además de la comprensión del entorno social, geográfico y económico de las regiones;
también se tomó en cuenta el criterio de participación comunitaria o ciudadana, a través
de las diversas formas de expresión social, iniciativas y prácticas de que dieron muestra
los aspirantes, procurando una diversidad de enfoques complementaria para dar
cumplimiento a las funciones del órgano electoral; en lo concerniente al criterio de
prestigio público y profesional, el dictamen fue reiterativo en expresar la buena fe
institucional, así como la presunción iuris tantum de que cada aspirante es poseedor de
tal prestigio público y profesional, y que en caso de que alguien pudiera oponerse a esta
presunción, tendría la obligación de probarlo con elementos objetivos.
Otro de los criterios considerados fue el compromiso democrático de cada aspirante,
evaluado principalmente, en sus exposiciones escritas y entrevistas realizadas, donde
dieron muestra de su grado de participación en el diseño, la construcción, desarrollo e
implementación de procesos o actividades que contribuyen al mejoramiento de la vida
pública y el bienestar común de sus entornos. Por lo que respecta al criterio de
conocimiento de la materia electoral, este dictamen tomó en consideración los elementos
documentales y testimoniales de experiencia en procesos electorales previos, la
realización de plebiscitos, consultas, colaboración en instituciones electorales, áreas de
registro de electores y todo tipo de actividades relacionadas con el ámbito electoral, ya
que estas experiencias han permitido a los aspirantes, desarrollar un conjunto de
habilidades, procedimientos, experiencias y conocimientos aplicables al proceso electoral
383
vigente; mientras tanto, el criterio de Idoneidad, permitió priorizar los perfiles más aptos
para el desarrollo de las actividades, considerando una combinación de sus evaluaciones
parciales y la evaluación total, con sus aptitudes, conocimientos, experiencia, género y
los criterios anteriormente descritos. Finalmente, el criterio de objetividad e imparcialidad,
observado en las propuestas de ciudadanas y ciudadanos que integrarán los 25 Consejos
Distritales, tomó como referencia lo señalado en la Jurisprudencia 1/2011 del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, en alusión a que las ciudadanas y
ciudadanos propuestos en el listado definitivo que se integra en el dictamen, se
conducirán con base en el estudio objetivo del caso y la aplicación imparcial de la norma,
sin permitir que su conducta o decisión sea influida por factores externos o internos.
En complemento a lo anteriormente referido, es pertinente señalar que tomando como
criterio orientador la Tesis LXXVI/2001. “ELEGIBILIDAD. CUANDO SE TRATA DE
REQUISITOS DE CARÁCTER NEGATIVO, LA CARGA DE LA PRUEBA
CORRESPONDE A QUIEN AFIRME NO SE SATISFACEN”; la carga probatoria de
aquellos elementos, que se señalan como no considerados para la inclusión o exclusión
de algunas personas en la propuesta definitiva, corresponde a quien afirma que no
satisfacen ciertos requisitos o consideraciones, aportar los medios de convicción
suficientes para demostrar tal circunstancia.
En otro tenor, respecto de las anotaciones generadas por Consejeros y Consejeras del
Consejo General para revisar el desempeño de aspirantes en el proceso electoral
anterior, en nada contraviene la racionalidad de la decisión asumida, pues por el contrario,
refleja el estudio que de cada caso hicieron dichos Consejeros y Consejeras, lo cual
según fuera el caso abona a un estudio integral de las propuestas, que como se ha
referido, fueron evaluadas objetivamente y es a través de sus cualidades mostradas que
se propusieron a las y los aspirantes como un conjunto de personas idóneas para cada
órgano colegiado.
Finalmente, es dable precisar que el artículo 22 del Reglamento de Elecciones del
Instituto Nacional Electoral, el cual establece los criterios orientadores para la designación
de los consejeros electorales de los consejos distritales y municipales de los Organismos
Públicos Locales, establece en su párrafo 4, que el acuerdo de designación
correspondiente, deberá acompañarse de un dictamen mediante el cual se pondere la
valoración de los requisitos en el conjunto del consejo distrital o municipal como órgano
colegiado, y que pudiendo haberse hecho esa valoración en el conjunto de cada consejo
384
distrital, como señala la normativa; se realizó un análisis detallado, pormenorizado e
individual de las y los integrantes de cada órgano colegiado
En suma, como fue ponderado en las conclusiones individuales generadas para cada uno
de los 25 Consejos Distritales Electorales, así como lo expuesto en las conclusiones
finales del presente Dictamen, la decisión en la elección de las propuestas así como la
discrecionalidad con la que cuenta este órgano colegiado para integrar cada órgano
colegiado se encuentra acotado por la observancia de todos los criterios establecidos en
la legislación, sin que los resultados obtenidos en alguna de las etapas hagan en forma
automática “idónea” a una persona.
Por el contrario, en la prosecución de cada etapa fueron medidos aptitudes,
conocimientos y experiencias que en suma perfilan a una persona como apta para
desamparo un cargo. Pero la idoneidad para forma parte de un órgano plural, no depende
de sus resultados individuales, pues ello llevaría al absurdo de que los puntajes más altos
según fuera el caso y el género de la persona, lo que en forma automática lo convierta en
una propuesta, por el contrario, su interacción con el resto de perfiles que se proponen en
cada Consejo destaca la idoneidad de la propuesta como una suma de cualidades en un
órgano plural.
Así, contrario a lo argumentado por el Partido Verde Ecologista de México si existieron
criterios objetivos para las evaluaciones así como criterios para la calificación de
idoneidad, los cuales fueron compartidos en cada etapa con los partidos políticos sin que
en su momento fueran objetados o señalados de discrecionales, pues justamente es la
suma de sus perfiles lo que se ponderó en la selección de las personas enlistadas en el
presente Dictamen para cada Consejo Distrital Electoral.
Por los motivos y consideraciones expuestos, la Comisión de Organización y Capacitación
Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral del Instituto Estatal Electoral y
de Participación Ciudadana de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
116, fracción IV, incisos b) y c), de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 98, párrafos 1 y 2, y 104, párrafo 1, inciso a), de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales; así como 9, 22 y 23 del Reglamento de
Elecciones del Instituto Nacional Electoral; 25, Base A, párrafos tercero y cuarto, y 114
TER, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Oaxaca, el Estado de Oaxaca; 30; 31; 38, fracción VII, y 53, de la Ley de Instituciones
y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, el artículo 7 del Reglamento para la
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designación, sustitución y remoción de las y los integrantes de los Consejos Distritales y
Municipales Electorales designados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y
de Participación Ciudadana de Oaxaca; y en cumplimiento a la Convocatoria para la
designación de las ciudadanas y los ciudadanos que integrarán los Consejos Distritales
Electorales, que fungirán en el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, emite el siguiente:
DICTAMEN PRIMERO. La Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el
Instituto Nacional Electoral, determina que las personas enlistadas en el cuerpo del
presente dictamen, cumplieron los requisitos legales en cada etapa de la Convocatoria y
son aptos e idóneos para integrar los 25 Consejos Distritales Electorales del Instituto
Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca para el Proceso Electoral
Ordinario 2017-2018.
SEGUNDO. Notifíquese al Consejo General con el propósito de que sea puesta a
consideración de sus integrantes la designación de las y los integrantes de los 25
Consejos Distritales Electorales.
Así lo resolvieron, el Consejero Presidente y las Consejeras Electorales integrantes de la
Comisión de Organización y Capacitación Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional
Electoral, en la sesión extraordinaria celebrada en la Ciudad de Oaxaca de Juárez,
Oaxaca, el día 22 de noviembre del 2017, ante el Secretario Técnico.
________________________________________________
LIC. WILFRIDO LULIO ALMARAZ SANTIBÁÑEZ PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
______________________________________ LICDA. RITA BELL LÓPEZ VENCES
CONSEJERA ELECTORAL INTEGRANTE
________________________________________ MTRA. CARMELITA SIBAJA OCHOA
CONSEJERA ELECTORAL INTEGRANTE
_____________________________________ ARQ. ALBERTO EDGAR JIMÉNEZ
SECRETARIO TÉCNICO