Empleo de Personal Ajeno en la Empresa · CLI Contrato de obra Empresa ajena CLI = cliente ... la...
Transcript of Empleo de Personal Ajeno en la Empresa · CLI Contrato de obra Empresa ajena CLI = cliente ... la...
Código de pedido JB 02 S1 · 2 · 12 · 06 · 5Reservados todos los derechos del editor
L e i t f a d e n R E C H T
Empleo de Personal Ajenoen la Empresa
Informaciónresumida eindicaciones
www.bgfe.dewww.textil-bg.de
Editor:Berufsgenossenschaft der Feinmechanik und ElektrotechnikGustav-Heinemann-Ufer 130, D-50968 Colonia
Reservados todos los derechos.
1ª edición 2006
TBBGOrganismo de seguros yprevención de riesgos profesionalesen los sectores del textil y del vestido
BGFEOrganismo de seguros y prevención de riesgos profesionalesen los sectores de mecánica deprecisión y electrotécnica
EMPLEO DE
PERSONAL AJENO
EN LA EMPRESA
Información resumida
e indicaciones
Abogado Dr. Jürgen Schliephacke, Hamburgo
....................................................................................................................
2
....................
Introducción 4
Diferencias en el empleo de personal ajeno 5
Criterios del leasing de personal 6
La problemática en la contratación de una empresa ajena 8
Las obligaciones fundamentales de gestióndel cliente y del contratista 10
Indicaciones fundamentales sobre la coordinación 15
Obligaciones especiales del contratista 18
Obligaciones especiales del cliente 19
Facultades del cliente de ordenar e instruir 20
Infracciones del cliente y consecuencias jurídicas 23
Sugerencias prácticas para el control complementariode seguridad en la contratación de una empresa ajena 24
EL CONTENIDO..........................................................................
3
...................
La presión de la competencia obliga a muchas empresas, por mo-tivos de gastos, a reducir su plantilla. Reducción del grado de pro-ducción propia, lean production y outsourcing o externalizaciónson términos familiares para todo manager y todo ejecutivo.
Hoy en día, prácticamente ninguna empresa puede permitirse ellujo de mantener reservas no utilizadas de personal. La soluciónes: el alquiler de recursos humanos o la contratación en forma decontratos de obra.
La ganancia de flexibilidad, sin embargo, supone nuevos riesgos.El empleo de colaboradores ajenos plantea problemas especialespara la organización de la empresa.
INTRODUCCION ......................................................................
4
....................
5
...................
Empresas ajenas deben ser capaces de cumplir su encargo deforma autónoma. Por eso, una empresa ajena debe ser informadasobre las “condiciones específicas de la empresa” del cliente.
Trabajadores en régimen de cesión deben ser instruidos y plenamenteintegrados en el departamento o el equipo. Se les debe tratar comonovatos y considerar como colaboradores propios “temporales”.
DIFERENCIAS EN EL EMPLEO DE PERSONAL AJENO ......................................................
Cliente
�Colaborador 1
Contratista
�Colaborador 2
Contratación de una empresa ajena
Autonomía de la empresa ajena
Prestatario
Responsabilidad a nivel directivo
para la seguridad en el trabajo
Alquilador
Responsabilidad del personal
Leasing de personal
Integración del colaborador
COL = colaborador
COL
© Dr. Schliephacke
© Dr. Schliephacke
Prestatario
Responsabilidad a nivel directivo
para la seguridad en el trabajo
Leasing de personal
El leasing de personal puede representarse como una relación tri-angular
CRITERIOS DEL LEASING DE PERSONAL ..........................................................................
6
....................
Alquilador
Responsabilidad durante la
Ley s
obre
leasin
g de
pers
onal
Contrato de trabajo temporal
ejecución del trabajo asignado
© Dr. Schliephacke
Contrato de leasing de personalPrincipios + responsabilidad
Prestatario� Remuneración al alquilador� Responsabilidad por la
asignación de trabajo� Derecho de dirección,
instrucción, supervisión
Alquilador� Licencia profesional� Licencia para el leasing de
personal� Responsabilidad de selección
(cualificación y fiabilidad del trabajador)
El alquilador es empresario y empleador de sus colaboradorescontratados con un contrato de trabajo fijo. El alquilador los ponea disposición del prestatario por un tiempo limitado. Entre el al-quilador y el prestatario se crea una relación contractual de leas-ing de personal. Esta relación le da el derecho al prestatario deemplear a los colaboradores enviados por la empresa del alqui-lador para sus fines – en el marco de lo estipulado contractual-mente. Al mismo tiempo, el prestatario asume la responsabilidadde ocuparse de la seguridad de los “colaboradores ajenos tem-porales” alquilados en el mismo alcance que de sus propios cola-boradores. El prestatario asume, por lo tanto, la responsabilidadtécnica y a nivel directivo de la seguridad en el trabajo durante elperíodo de leasing. La responsabilidad del personal/de la disci-plina de los colaboradores alquilados permanece con el alquila-dor. También es él quien paga el salario o sueldo al colaborador.
Los criterios determinantes de una mirada:
Criterios del leasing de personal ............................................................................
7
...................
Al contrario de los trabajadores en régimen de cesión, los colabo-radores de una empresa ajena están sujetos, durante su actividad enla ejecución del contrato de obra / contrato de servicio (autónomo)(o de un acuerdo de prestación de servicios), por principio, única-mente a las instrucciones de su patrón, es decir, del contratista.
La empresa ajena es, en el ámbito de responsabilidad del cliente,un “cuerpo extraño”. Los colaboradores del contratista (empresaajena) están expuestos a los riesgos ambientales en la empresadel cliente. El contratista, a su vez, aporta también un potencialde riesgo de su ámbito de trabajo (responsabilidad) a la empresadel cliente. Esto significa que también los colaboradores del clien-te pueden correr peligro.
LA PROBLEMATICA EN LACONTRATACION DE UNA EMPRESA AJENA ..................................................................
8
....................
Contratación de una empresa ajena
CON
CLI Contrato de obra
Empresa ajena
CLI = clienteCON = contratista
© Dr. Schliephacke
De ello resultan problemas organizativos de seguridad. La solu-ción de dichos problemas es, en primer lugar, tarea del cliente(obligación de protección pública). Por un lado, la empresa ajenadebe cumplir el contrato de obra o de servicio (autónomo) bajo supropia responsabilidad. Debe responder por un trabajo profesio-nal correcto y, al mismo tiempo, un comportamiento seguro de suscolaboradores en la ejecución de su trabajo. Por el otro lado, elcontratista debe asegurar que sus colaboradores estén protegidoscontra los riesgos operacionales resultantes del ámbito de res-ponsabilidad del cliente (obligación de protección).
La problemática en la contratación de una empresa ajena ............................................
9
...................
En su calidad de empresarios, el cliente y el contratista tienen laresponsabilidad a nivel directivo de la seguridad de sus respec-tivas empresas. De este hecho resultan la obligación de protec-ción frente a sus propios colaboradores y la obligación generalde protección pública frente a “terceros” (desconocidos). Se tratade tareas de selección, organización y supervisión con la corres-pondiente responsabilidad. En el caso de contratar a una em-presa ajena, esto significa para el cliente:
El es responsable
de la selección del contratista adecuado (“correcto”) (a través depesquisas como, p. ej., referencias, informaciones);
de la organización mediante el establecimiento de la obligacióncontractual de observar un comportamiento conforme a las nor-mas de seguridad, así como mediante medidas organizativas in-ternas de la empresa, como, especialmente, con vistas a la regu-lación de la obligación de protección pública;
del control del resultado convenido del trabajo, así como a travésde un “control complementario de seguridad”, en el sentido de ve-rificar si está garantizada la supervisión del contratista sobre suscolaboradores también con respecto a un comportamiento se-guro.
LAS OBLIGACIONES FUNDAMENTALESDE GESTION DEL CLIENTE Y DELCONTRATISTA ............................................................................
10
....................
Responsabilidad del empresarioámbito propio contratación de
empresa ajenade
Selección
Organización
Control
Personal directivo,colaboradores(aptitud profesional/ directiva, fiabilidad)
Estructura organizativa� Organigrama� Descripciones del
puesto de trabajo/delegación de deberes
Organización del desa-rrollo de operaciones� Diversas regulaciones� Instrucciones sobre
el procedimiento� Asignación del tra-
bajo/instrucciones
Supervisión del cumpli-miento de tareas� Comportamiento en
el trabajo y en mate-ria de seguridad
Empresa ajena(cualificación técnica,organización de la seguridad, reputación)
Estipulaciones contractuales� Contenido del
trabajo� Autonomía� Responsabilidad de
supervisión
Reglamentación intraempresarial� Obligación de pro-
tección pública� Información sobre
empresa� Coordinación
Control de la empresaajena� Aptitud� Fiabilidad� Cualificación� Organización de la
seguridad
Control complementa-rio de seguridad(“cerciorarse” Art. 8,párrafo 2, ley de segu-ridad laboral(ArbSchG))
Las obligaciones fundamentales de gestión del cliente y del contratista ............................
11
...................© Dr. Schliephacke
El personal directivo (y supervisor) designado por el cliente y elcontratista responde como “garante” del correcto cumplimientode sus obligaciones de gestión en su respectivo ámbito de res-ponsabilidad.
............................ Las obligaciones fundamentales de gestión del cliente y del contratista
12
....................
Obligaciones del empresario cuando contrata a empresas ajenas
Contratistapara con
colaboradores propios
Clientepara con
empresas ajenas
obligación de protección obligación de protección pública
instruir informar
supervisión– control directo –
(responsabilidad primaria)
Pruebas al azar
control complementario– control adicional –
(responsabilidad secundaria)�© Dr. Schliephacke
Las obligaciones fundamentales de gestión del cliente y del contratista ............................
13
...................
Responsabilidad trascendente paralos colaboradores del contratista
CON*
COL COL
CLI**
* Contratista (CON)sigue teniendo la obligación deprotección de sus colaboradores
** Cliente (AUG)tiene la responsabilidad de pro-tección pública para los colabo-radores de la empresa ajena
Contrato con empresa ajena
© Dr. Schliephacke
El hecho de que el contratista, en virtud de un contrato de obra /de servicio (autónomo), trabaje en la empresa del cliente no tieneninguna influencia sobre la responsabilidad a nivel directivo parasu propio ámbito de competencia – obligaciones de protección delos colaboradores y de protección pública. Seguirá teniendo la res-ponsabilidad a nivel directivo para sus colaboradores, lo mismo siéstos trabajan en el ámbito de una empresa ajena.
De igual modo, el cliente debe tomar medidas de protección, enel marco de su obligación de protección pública, para proteger alos colaboradores del contratista contra los riesgos existentes en elámbito de su empresa.
Contratación de una empresa ajena– Obligaciones organizativas del cliente –
Por esta razón, el cliente debe organizar el trabajo de la empresaajena con medidas adecuadas. En especial, debe nombrar a unoo varios encargados para la empresa ajena, asignándoles deter-minadas tareas – exactamente definidas – para asistir a la em-presa ajena durante el tiempo de cumplimiento del contrato deobra / servicio (pacto de prestación de trabajo). Las tareas prio-ritarias son la obligación de protección pública y la obligación deun “control complementario de seguridad” (Art. 8, párrafo 2 de laley de seguridad laboral (ArbSchG)).
............................ Las obligaciones fundamentales de gestión del cliente y del contratista
14
....................
CLI
CLI = clienteCON = contratistaENC = encargado
del cliente
ENC(div.)
CON
– Obligación de protección pública– Coordinación de medidas de seguridad– Control complementario de seguridad– Cumplimiento del contrato– Otras obligaciones de protección/control– Jefe de obras (BauO)– Coordinadores de seguridad
y salud (SiGeKo)
© Dr. Schliephacke
La organización de la “coordinación de la seguridad” es una obli-gación común del cliente y del contratista. El cliente es conside-rado aquí el “coordinador superior”. Es él quien ha dado lugar ala situación de riesgo recíproco potencial y, por eso, tiene una res-ponsabilidad especial.
La reglamentación legal de forma resumida:
INDICACIONES FUNDAMENTALES SOBRE LA COORDINACION........................................
15
...................
Obligaciones del cliente� Averiguar los riesgos recíprocos� Apoyar a la empresa ajena en su evaluación de los riesgos
con respecto a los riesgos específicos de la empresa� En caso de riesgos especiales, especificar las medidas de se-
guridad que debe tomar el contratista y asegurar su realiza-ción
Medidas en caso de contratación de empresas ajenas(Art. 5, párrafo 3, BGV A1 (normativa de prevención de riesgos laborales))
CLI
ENC
(CON)SUPapoyar
organizaciónde la
seguridad
CLI = ClienteCON = ContratistaSUP = Superior ENC = Encargado © Dr. Schliephacke
Obligaciones del empresario� Cooperación de varias empresas ajenas en un mismo lugar
de trabajo para evitar riesgos recíprocos.� Designación de un coordinador de seguridad con poder de
dar instrucciones para la prevención de riesgos especiales
.................................................... Indicaciones fundamentales sobre la coordinación
16
....................
CON = contratistaSUP = superior
Acuerdo comúnCoordinación
CON 1SUP 1
CON 3SUP 3
CON 2SUP 2
Medidas en caso de contratación de empresas ajenas(Art. 8, párrafo 1, ArbSchG, Art. 6, párrafo 1, BGV A1)
© Dr. Schliephacke
“Obligaciones del dueño de casa”� “Cerciorarse” de que los colaboradores de las empresas
ajenas que trabajan en el ámbito de su empresa han recibidode sus superiores instrucciones de seguridad específicas parala empresa (control complementario de seguridad)
Indicaciones fundamentales sobre la coordinación ....................................................
17
...................
CLI Empresa
ENC
CONSUP
„cerciorarse“
Medidas en caso de contratación de empresas ajenas(Art. 8, párrafo 2, ArbSchG, Art. 6, párrafo 2, BGV A1)
CLI = clienteCON = contratistaSUP = superiorENC = encargado
© Dr. Schliephacke
Obligaciones del contratista
� Observar las normas de seguridad� Designación de supervisores� Instrucción de sus colaboradores� Información de sus subcontratistas� Control de sus subcontratistas� Responsabilidad por problemas lingüísticos� Transmisión de obligaciones en materia de
seguridad a sus subcontratistas
El contratista es un “huésped” en la empresa de otro.
� Debe observar las normas de seguridad laboral, normas deprevención de accidentes, reglamentos, así como otras reglasde seguridad vigentes en la empresa del cliente y los estánda-res de seguridad internos de la empresa.
� Debe asegurar que un supervisor o interlocutor (propio) com-petente esté siempre presente “in situ”.
� Sólo debe asignar trabajos a colaboradores previamente ins-truidos por él o su directivo sobre un comportamiento seguroen el trabajo y sobre los riesgos ambientales en el puesto detrabajo.
� En caso de contratar subcontratistas, el contratista es el em-presario principal y único responsable frente al cliente. Sóloexisten relaciones contractuales entre él y sus subcontratistas.Como empresario principal, debe ejercer obligaciones de con-trol (en forma de un “control complementario de seguridad”).Esta obligación existe independientemente de la obligación desupervisión de su subcontratista con respecto a sus colabora-dores.
OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA ................................................................
18
....................
Obligaciones del cliente
OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CLIENTE ................................................................................
19
...................
Como “anfitrión”, tiene la obligación de
� tratar a la empresa ajena como una empresa autónoma de res-ponsabilidad propia
� informar a la empresa ajena, antes de iniciar los trabajos,sobre los riesgos ambientales y de la empresa. Esta informa-ción está destinada al contratista o al superior que éste hayadesignado. Este debe instruir y supervisar luego a sus colabo-radores.
� convencer al contratista durante la realización del contratocon la empresa ajena, por vía del “control complementario deseguridad” (supervisión adicional con responsabilidad se-cundaria), para que el mismo (o el superior designado por él)cumpla su obligación de supervisión (con responsabilidad pri-maria).
De una mirada:
� Respetar la autonomía del contratista� Información del contratista� Control con respecto a la fiabilidad� Control complementario de seguridad
– “cerciorarse” (Art. 8 ArbSchG)– intervención directa en caso de “violaciones evidentes”
� Instrucciones a dar al contratista: sólo “qué + dónde”� Contacto con subcontratistas sólo a través del contratista
FACULTADES DEL CLIENTE DE ORDENAR E INSTRUIR ..................................................
20
....................
Intervenciones del cliente
Qué, dónde + cuándoEspecificaciones sobre el contratode obra, orientadas en el objeto yel resultado, indicaciones específi-cas sobre la empresa
Cómo + por quiénEjecución del contrato de trabajo,órdenes de trabajo referentes alpersonal
Admisible
Inadmisible
El cliente, por cierto, puede dar todas las órdenes a la empresaajena que determinen la forma y el volumen (especificación) delservicio pactado por medio del contrato de obra (“qué” y“dónde”). Esto incluye también las indicaciones específicas sobrela empresa, especialmente en vista de la seguridad industrial ydel comportamiento conforme a las normas de seguridad. Sin em-bargo, no debe impartir órdenes de trabajo (órdenes referentes alcontrato de trabajo, derecho de personal) que se refieren al modode ejecución del trabajo (“cómo y por quién”). Tales órdenesestán reservadas al contratista como patrón.
En la práctica, los límites entre órdenes admisibles e inadmisiblesson a menudo difusos. A fin de excluir un deslizamiento intencio-nado a un alquiler de personal y la asunción no deseada de res-ponsabilidad como casi-superior, el cliente debe prestar atencióna que las órdenes de cualquier tipo se dirijan, por principio, úni-camente al supervisor de la empresa ajena, quien las transmitiráa sus colaboradores, salvo en caso de “peligro inminente”.
Facultades del cliente de ordenar e instruir ..............................................................
21
...................
Principio
Procedimiento
Absténgase de contactos directos con los colaboradores de la empresa ajena
sólo a través del superior (de la empresa ajena)
Mandar parar los trabajos (en caso de peligro
Informar al empresario / superior (de la empresa ajena)
© Dr. Schliephacke
Interlocutores
SUP = superiorCOL = colaborador
Cliente
SUP
COL
SUP
COL
Excepción:En caso de “peligro inminente”, “parar” la ejecución.
Contratista
NO
NO
SI
Contrato
En el caso de violaciones “evidentes” (que saltan a la vista) de lasnormas de seguridad, tiene el deber de intervenir, independiente-mente de la responsabilidad prioritaria del contratista por sus co-laboradores. Si manda parar los trabajos, se dirigirá directa-mente a los colaboradores, si no, al supervisor de la empresaajena o al contratista mismo. No dará instrucciones que se re-fieran a la ejecución artesanal-técnica del pedido.
.............................................................. Facultades del cliente de ordenar e instruir
22
.................... © Dr. Schliephacke
La omisión del “control complementario de seguridad” es un in-cumplimiento de la responsabilidad secundaria (del cliente).
Instrucciones de trabajo dadas a colaboradores ajenos fundamen-tan la responsabilidad primaria (como un superior del contratista).
INFRACCIONES DEL CLIENTE Y CONSECUENCIAS JURIDICAS ............................
23
...................
Las consecuencias jurídicas de la no-observación de estas reglaspueden ser � Recursos por parte de compañías de seguros de accidentes,� Reclamaciones por daños (personales)� Reclamaciones por daños (materiales),� Exclusión de derechos de garantía,� Multa,� Pena.En virtud de la ley sobre leasing de personal,� puede constituirse, por ficción legal, una relación laboral,� el cliente deberá responder, eventualmente, por salario (suel-
do), contribuciones para la seguridad social, etc.,� se le puede imponer una multa,� el cliente deberá costear una eventual expulsión (ley de ex-
tranjería).
� ¿Los trabajos se están realizando conforme al contrato (cali-dad, plazos)?
� ¿El contratista trabaja de forma fiable (con la competencia téc-nica necesaria)?
� ¿El contratista (directivos y colaboradores) respeta las normasde seguridad?
� ¿La supervisión está garantizada (por los directivos del con-tratista)?
� ¿Son suficientes las medidas de seguridad tomadas por la em-presa ajena?
� ¿Los superiores jerárquicos del contratista han transmitido lainformación sobre los riesgos ambientales, así como las indi-caciones específicas sobre la empresa, recibidas del encar-gado del cliente, por vía de instrucción a sus colaboradores?
� ¿Los superiores del contratista mantienen un contacto cons-tante con el encargado del cliente antes del inicio del trabajoy durante la ejecución del contrato de obra?
� ¿Los colaboradores del contratista saben que sus superioresson sus responsables exclusivos y que deben acatar órdenesreferentes al modo y la forma de su actividad en la realizacióndel pedido únicamente de sus superiores (excepto instruccio-nes de seguridad por los directivos del cliente para prevenir unpeligro o en caso de violaciones de las normas de seguridad)?
� ¿La empresa ajena respeta las instrucciones del coordinadorpara evitar un riesgo recíproco?
SUGERENCIAS PRACTICAS PARA EL CONTROL COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD EN LA CONTRATACIONDE UNA EMPRESA AJENA ..........................................
24
....................
Editor:Berufsgenossenschaft der Feinmechanik und ElektrotechnikGustav-Heinemann-Ufer 130, D-50968 Colonia
Reservados todos los derechos.
1ª edición 2006
TBBGOrganismo de seguros yprevención de riesgos profesionalesen los sectores del textil y del vestido
BGFEOrganismo de seguros y prevención de riesgos profesionalesen los sectores de mecánica deprecisión y electrotécnica