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24/01/2011
YOLANDA MARQUÉS GIMÉNEZCENTRO DE TECNOLOGÍAS LIMPIAS
Reglamento
EMAS III
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Qué es EMAS. Porqué en EU se apuesta por EMAS, qué ventajas tiene.
VAMOS A HABLAR DE…
- 3 -
INTRODUCCIÓN
CONSELLERIAMEDIO AMBIENTE, AGUA,URBANISMO Y VIVIENDA
SECRETARÍA AUTONÓMICAMEDIO AMBIENTE, AGUA,URBANISMO Y VIVIENDA
DIRECCIONES GENERALES
AGUAVIVIENDA YPROYECTOS URBANOS
ORDENACIÓNTERRITORIO
PAISAJEGESTIÓN MEDIO
NATURAL
CAMBIOCLIMÁTICO
ÁREAS
CALIDADAMBIENTAL
RESIDUOS
CENTRO DETECNOLOGÍAS
LIMPIASCTL’s
CENTRO DE
TECNOLOGÍAS
LIMPIAS
CTL’s
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EMAS III
- 5 -
“EcoManagement &
Audit Scheme”
Sistema Comunitario de
Gestión y Auditoría
Medioambientales
QUÉ ES “EMAS”
Reglamento (CE) Nº 1221/2009 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de
25 de noviembre de 2009. (DOUE
22.12.2009) (EMAS III)
deroga el Reglamento (CE)
nº 761/2001 (EMAS II)
- 6 -
I
II
III
090193
• Salto Global, registro corporativo, pymes, relación con otros SGM,
documentos de referencia
• Entrada en vigor: 11/01/2010
Reglamento (CE) nº 1221/2009 (22/12/2009)
• Amplía a todos los sectores económicos, públicos/privados,
servicios/industria
Reglamento (CE) nº 761/2001 (24/04/2001)
• Permitía empresas sector industrial adherirse al sistema
comunitario de gestión y auditorías medioambientales
Reglamento (CEE) nº 1836/1993 (10/07/1993)
EMAS = E+
ECO MANAGEMENT & AUDIT SCHEME
E+I
E+II
E+III
100807060504030200999897969594
EVOLUCIÓN DEL RGTO. EMAS
11
- 7 -
OBJETIVOS
• La implantación de un sistema de gestión ambiental.
• La evaluación sistemática, periódica y objetiva de este
sistema.
• Información al público y a las partes interesadas.
• Formación y implicación activa
de los trabajadores.
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QUIÉN PUEDE PARTICIPAR
Está abierto a todo tipo de organizaciones del sector
público o privado.
Pueden participar:
• Los Estados Miembros de la Unión Europea.
• Los Estados del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y
Liechtenstein).
• EMAS III amplía el ámbito de aplicación a cualquier organización
de dentro o fuera de la UE.
• Cada vez son más los países de fuera de la UE que desean
aplicar un SGA análogo a EMAS.
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QUIÉN PUEDE PARTICIPAR
CENTRO:
un lugar geográfico determinado, bajo el control de
gestión de una organización, que abarque actividades,
productos y servicios, incluidos todos los equipos,
materiales e infraestructuras.
El centro será la entidad más pequeña cuyo registro se
acepte.
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QUÉ ES UN SGMA
Parte del sistema general de gestión que incluye:
• la estructura organizativa
• las responsabilidades
• las prácticas
•los procedimientos
• los procesos
• los recursos
para desarrollar, aplicar, alcanzar, revisar y mantener la
política ambiental y gestionar los aspectos ambientales.
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UN SGMA…
Básicamente consiste en:
•Desarrollar una Política Medioambiental.
•Adecuar la gestión de la organización de forma que
permita cumplir la citada Política Medioambiental.
HacerPlanificar
Actuar
Verificar
•Proceso continuo de
revisión y mejora del
comportamiento
ambiental de la
organización.
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UN SGMA…
NO TIENE COMO OBJETIVOS:
Abrir barreras comerciales o arancelarias.
Incrementar o cambiar obligaciones legales.
Establecer criterios absolutos.
Acreditar en sí mismo unos resultados ambientales
óptimos.
SÍ TIENE COMO OBJETIVOS:
Mejora comportamiento ambiental de la organización.
Dos empresas de la misma actividad pueden estar en
EMAS y tener diferentes niveles de exigencia y
complejidad en su SGMA.
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EMAS E ISO 14001
El Reglamento EMAS y la norma internacional ISO 14001
constituyen dos herramientas de gestión ambiental
relacionadas hasta el punto de que el Reglamento EMAS
se remite a la norma ISO 14001 para definir los requisitos
del sistema de gestión ambiental.
Las empresas certificadas de acuerdo con la ISO 14001
que deseen adherirse a EMAS deberán tener en cuenta
las consideraciones siguientes:
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EMAS E ISO 14001
NORMA
UNE-EN
ISO 14001
REGLAMENTO
EMAS
B.1 Análisis medioambiental
Identificar y evaluar sus
aspectos ambientales y
determinar los requisitos
legales aplicables (m. amb.)
B.2 Respeto de la legislación
1) Conocen las implicaciones
de la normativa (m. amb.)
2) Adoptan las disposiciones
oportunas
3) Establecen procedimientos
que permiten cumplir estos
requisitosAnexo II Reglamento (CE) No 1221/2009 (EMAS)
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EMAS E ISO 14001
NORMA
UNE-EN
ISO 14001
REGLAMENTO
EMAS
B.3 Comportamiento medioambiental
1) El SGA y los procedimientos de auditoría
tratan el comportamiento real (aspectos
directos e indirectos).
2) Debe evaluarse como parte del proceso de
revisión de la gestión COMPROMISO DE
MEJORA CONTINUA.
3)Cada centro registrado de la organización
debe cumplir con los requisitos EMAS.
Anexo II Reglamento (CE) No 1221/2009 (EMAS)
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EMAS E ISO 14001
B.4 Implicación de los trabajadores
1) La participación activa es una fuerza impulsora y una
pieza clave de las mejoras ambientales y el método
correcto para asentar con éxito el SGA.
2) Comprende: participación de empleados; facilitarles
información (a todos los niveles).
Importante la información recíproca: directivos empleados
3) Participen en proceso destinado a la MEJORA CONTINUA
del comportamiento ambiental: en cada una de las fases
del SGA, incluida la DM
4) Formas de participación apropiadas: buzón de sugerencias,
comités de medioambientales sobre determinados
proyectos.
Anexo II Reglamento (CE) No 1221/2009 (EMAS)
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EMAS E ISO 14001
B.5 Comunicación
Anexo II Reglamento (CE) No 1221/2009 (EMAS)
1) Mantienen diálogo abierto con el público y
partes interesadas, sobre el impacto de sus
actividades, con objeto de conocer lo que
les preocupa.
2) Factores fundamentales: franqueza,
transparencia y suministro periódico de
información obtener la confianza de las
partes interesadas.
3) EMAS proporciona flexibilidad suficiente
para que las organizaciones dirijan la
información pertinente a destinatarios
específicos.
NORMA
UNE-EN
ISO 14001
REGLAMENTO
EMAS
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EMAS…
$
EVITA SANCIONES
Reduce riesgo de incumplimientos
legales
Anticipación a futuras exigencias
MEJORA
CONTINUA
Optimización procesos
Motivación del personal
REDUCCIÓN COSTES
Evita sanciones legales e
Ineficiencias
Reducción consumo recursos
Evita situaciones de riesgo
medioambiental
AUMENTA
COMPETITIVIDAD
Apertura a nuevos
mercados
Imagen corporativa
MEJORA RELACIONES
Posicionamiento en contratos
públicos
Relaciones con grupos de presión
Refuerzo de imagen
Posibilidad de ayudas, premios
Flexibilidad reguladora
FINANCIACION
Mayor confianza
de las entidades de crédito.
Disminución primas seguros
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IMPLEMENTACIÓN
EMAS
- 20 -
POR DÓNDE COMENZAR
¿Dónde estamos?
¿A dónde vamos?
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FASES IMPLEMENTACIÓN EMAS
1. Análisis medioambiental inicial.
2. Política medioambiental.
3. Planificación.
4. Ejecución y funcionamiento.
5. Revisión: comprobación y acciones correctoras.
6. Declaración medioambiental.
7. Verificación y validación medioambiental.
8. Registro EMAS (organismo competente).
9. Uso del logotipo.
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FASES GLOBALES
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DÓNDE ESTAMOS
Análisis Ambiental Inicial: Análisis global previo de las
cuestiones, impactos y comportamiento de las
actividades/productos/servicios de la organización con
respecto al medio ambiente:
Aspectos e impactos ambientales?
Requisitos legales y otros requisitos?
Quejas / problemas con terceros?
Accidentes históricos?
Procedimientos actuales?
Recursos disponibles?
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PLANIFICANDO
Política ambiental
Las intenciones y la dirección general de la organización
respecto de su comportamiento ambiental expuestas
oficialmente por los directivos.
Objetivos y metas
Establecer el Programa medioambiental
Quién hace qué? Cuándo? Cómo?
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IMPLEMENTACIÓN
PASO 1: Organizar la tripulación
PASO 2: Formación, sensibilización y competencia
PASO 3: Comunica lo que vas a hacer y lo que
ya has hecho
PASO 4: Documentación del sistema y control
de la documentación
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IMPLEMENTACIÓN
PASO 5: Controles operacionales
PASO 6: Prevención de las situaciones de
emergencia y capacidad de respuesta
PASO 7: Medición y seguimiento
PASO 8: No conformidades y acciones
correctivas y preventivas
PASO 9: Auditorías internas
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IMPLEMENTACIÓN
PASO 10: Revisión por la Dirección
Importante para mantener de manera eficiente el SGA.
DECLARACIÓN MEDIOAMBIENTAL
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Qué debe incluir
•Descripción clara e inequívoca del registro de la
organización en EMAS.
•Resumen de actividades, productos y servicios.
•Política ambiental y breve descripción de SGA.
•Descripción aspectos ambientales directos e indirectos
significativos que tengan impacto ambiental
significativo.
•Descripción de objetivos y metas.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Qué debe incluir
•Resumen del comportamiento respecto de sus objetivos y
metas, mediante indicadores básicos y otros pertinentes.
•Comportamiento respectos de las disposiciones legales en
relación con sus impactos ambientales significativos.
•Referencia a los requisitos legales aplicables en materia de
medio ambiente.
•Nombre y número de acreditación o autorización del
verificador medioambiental.
•Fecha de la validación.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Indicadores
•Ofrecer una valoración exacta del comportamiento
ambiental.
•Ser comprensible e inequívocos.
•Permitir comparación año por año.
•Permitir comparación a escala sectorial, nacional o
regional.
•Permitir comparación adecuada con requisitos
reglamentarios.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Indicadores básicos
Para todo tipo de organizaciones.
Se centran en el comportamiento ambiental de:
• eficiencia energética
• eficiencia consumo materiales
• agua
• residuos
• biodiversidad
• emisiones
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Indicadores básicos
Forma de comunicarlos:
CIFRA DESCRIPCIÓN
A Impacto/consumo total anual
B Producción total anual global
C Relación A/B
Se deben comunicar los tres elementos de cada
indicador.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Indicadores básicos: cifra A
EFICIENCIA ENERGÉTICA
Consumo directo total de energía:
consumo anual totalMWh o GJ
Consumo total de energía renovable% consumo de energía producida
por fuentes renovables
EFICIENCIA CONSUMO MATERIALES
Gasto másico anual de los distintos materiales
utilziados (exc. agua y energía)t
AGUA
Consumo total anual de agua m3
Además de éstos, se puede recurrir a otros.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Indicadores básicos: cifra A
RESIDUOS
Generación total anual de residuos: desglosada por tipo t
Generación total anual de residuos peligrosos kg o t
BIODIVERSIDAD
Ocupación del suelo m3 de superficie construida
EMISIONES
Emisiones anuales totales de GEI (al menos, CO2,
CH4, N2O, HFC, PFC y SF6)ton equiv de CO2
Emisiones anuales totales de aire (al menos, SO2,
NOx y PM)kg o t
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Indicadores básicos: cifra B
ORGANIZACIONES DEL SECTOR DE LA PRODUCCIÓN (INDUSTRIA)
Valor añadido bruto anual total Millones de euros
o Producción física anual t
o, para pequeñas, volumen de negocios anual total o nº trabajadores
ORGANIZACIONES SECTORES NO PRODUCTIVOS (ADMINISTRACIÓN /
SERVICIOS)
Se relacionará con el tamaño de la organización nº trabajadores
Además de éstos, se puede recurrir a otros.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Otros Indicadores pertinentes
Cada organización debe informar también anualmente
sobre su comportamiento en relación con los aspectos
medioambientales más específicos indicados en su
declaración medioambiental y, si están disponibles,
debe tener en cuenta los documentos de referencia
sectoriales.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Disponibilidad pública
La organización debe poder demostrar al verificador
medioambiental que cualquier persona interesada en el
comportamiento ambiental de la organización puede
tener acceso con facilidad y de forma gratuita a la
información referida a la Declaración medioambiental y
a los indicadores.
En la lengua oficial o una de las lenguas oficiales del
EE.MM. en el que la organización se registre y, en su
caso, en la de los EE.MM. en que estén situados los
centros del registro corporativo.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Responsabilidad local
Las organizaciones registradas en EMAS pueden querer
elaborar una declaración medioambiental corporativa
que abarque una serie de emplazamientos geográficos
diferentes.
EMAS pretende garantizar la responsabilidad local y,
por tanto, las organizaciones deben garantizar que el
correspondiente impacto ambiental significativo de
cada centro está claramente identificado e incluido
en la declaración ambiental corporativa.
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
Documento claro y coherente (requisitos en Anexo IV del
Rgto.).
Incluye la información ambiental relevante respecto de la
organización.
Enfocado a los stakeholders.
Debe:
• ser validada por un verificador medioambiental.
• enviada al organismo competente para el registro.
• puesta a disposición pública.
• actualizada cada año (o cada 2 años las PYMES).
En resumen:
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DECLARACIÓN AMBIENTAL
• Edición en papel.
• Web de la organización.
• Web de la administración competente.
• Respuesta a la solicitud de partes interesadas.
• Jornadas de puertas abiertas.
• Bibliotecas.
Publicación de la DM:
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BENEFICIOS DE EMAS
• Facilita para cumplir la legislación, acuerdos
voluntarios y códigos de conducta sectoriales.
• Permite estar al día con las novedades legislativas.
• Rapidez para adoptar medidas correctivas en casos de
incumplimiento.
• Permite ir más allá del simple cumplimiento legal,
trabajando con y hacia standards más elevados.
• Mayor relación con las administraciones competentes.
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VERIFICACIÓN
AMBIENTAL
EXTERNA
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LA VERIFICACIÓN
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LA VERIFICACIÓN
Auditoría (visita a las instalaciones y reuniones con el
personal) para comprobar el cumplimiento requisitos
Reglamento EMAS
• Que el SGMA implantado es operativo
• Que se ha auditado internamente todo el alcance del SGMA y la
metodología de auditorías internas es fiable
• Asegurar el cumplimiento requisitos legales ambientales en la
actualidad y en el futuro porque existen procedimientos adecuados
para la detección y adecuación a los cambios legislación ambiental
• Fiabilidad, verosimilitud y corrección de los datos y la información
de la DM
• La mejora continua del comportamiento ambiental
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
www.enac.es
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Registro de Entidades Colaboradoras en Materia de
Calidad Ambiental (ECMCAs)
Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Dirección General para el Cambio Climático
Área del Centro de Tecnologías Limpias
DECRETO 229/2004, de 15 de octubre – DOGV 19/10/2004
DECRETO 29/2007, de 09 de marzo – DOCV 13/03/2007
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
www.cma.gva.es/ctl
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Valor de la Acreditación
La acreditación es:
Procedimiento mediante el cual, en interés de la sociedad, un organismo
autorizado evalúa y declara formalmente la competencia técnica de un
organismo evaluador de la conformidad para llevar a cabo tareas
específicas
Los organismos evaluadores de la conformidad son:
Organizaciones encargadas de evaluar y realizar una declaración objetiva de
que los productos y servicios cumplen unos requisitos específicos, ya sean
del sector reglamentario o voluntario
CertificaciónVerificación ambiental Ensayo Inspección Calibración
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Generalidades
• No se puede optar por la acreditación de ENAC en el caso de
personas físicas.
• Deberá actuar de forma independiente, imparcial y objetiva y
libre de presiones comerciales, financieras o de otro tipo que
puedan influir en su juicio.
• Tendrá una definición de estructuras y responsabilidades
incluyendo declaración de estatus jurídico, propietarios y fuentes
de financiación.
• Dispondrá de métodos y procedimientos documentados, por
ejemplo para control de calidad, confidencialidad, información al
Organismo Competente...
- 50 -
EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Condiciones para realizar verificación
El verificador medioambiental actuará dentro del
ámbito de su acreditación y sobre la base de un
acuerdo escrito con la organización, en el que se
especifique:
• El ámbito de la actividad (identificar claramente la
organización, las actividades y los centros de trabajo para los
que se solicita verificación y validación de la declaración).
• Condiciones para permitir trabajar al verificador de forma
profesional independiente.
• Comprometerá a la organización a proporcionar la colaboración
necesaria.
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Condiciones para
realizar verificación
Ámbitos de una
acreditación:
Por sectores industriales
definidos por ENAC
(Sectores ENAC/MA) en
base al:
Reglamento (EC) No
1893/2006, de 20 de
diciembre de 2006
NACE Revisión 2
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
La verificación incluye:
• Examinar la documentación.
• Visitar la organización.
• Realizar muestreos.
• Mantener entrevistas con el personal.
• Examinar la Declaración medioambiental.
• Elaborar un informe por escrito para la organización:
– Cuestiones pertinentes respecto a la verificación.
– Descripción de conformidad con el Reglamento (pruebas,
resultados y conclusiones).
– Comparación con declaraciones ambientales y evaluación del
comportamiento ambiental y de la mejora continua.
– Los casos de deficiencias técnicas (en análisis ambiental,
método auditoría, SGA o de cualquier otro procedimiento)
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Anexo VII – Rgto. EMAS III
Declaración del verificador medioambiental sobre las
actividades de verificación y validación
………………………………………………………………………… (nombre y apellidos),
con nº registro V-medioambientales EMAS …………………………………
acreditado o autorizado para el ámbito …………………… (Código NACE)
declara haber verificado que el centro(s) o toda la organización, según
se indica en la declaración medioambiental/declaración medioambiental
actualizada(*) de la organización ……………….…………………………… (nombre)
en posesión del nº registro (en su caso) ……………………………………………………
cumple todos los requisitos del Reglamento (CE) nº 1221/2009 (EMAS).
(*) Táchese lo que no proceda.
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EL PAPEL DE LOS VERIFICADORES
Mediante la firma de esta declaración, declaro que:
– la verificación y validación se han llevado a cabo respetando
escrupulosamente los requisitos del Reglamento (CE) nº 1221/2009;
– el resultado de la verificación y validación confirma que no hay indicios de
incumplimiento de requisitos legales aplicables en materia de medio ambiente;
– los datos y la información de la declaración medioambiental/la declaración
medioambiental actualizada(*) de la organización/del centro(*) reflejan una
imagen fiable, convincente y correcta de todas las actividades de la
organización/del centro(*), en el ámbito mencionado en la declaración
medioambiental.
El presente documento no equivale al registro en EMAS y no servirá por sí solo
para la comunicación pública independiente.
Hecho en…, el …/…/20…
Firma(*) Táchese lo que no proceda.
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PROCEDIMIENTO
DE REGISTRO
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
• Impreso de solicitud dirigido a la Dirección General para el Cambio
Climático de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y
Vivienda.
• Declaración medioambiental inicial validada tanto en formato papel como
en CD. En su caso, las declaraciones medioambientales posteriores
validadas.
• Información recogida en los anexos VI y VII del Reglamento Nº 1221/2009
(EMAS III).
• Fecha límite para la presentación de la siguiente declaración
medioambiental validada.
• Una descripción del programa de auditorías establecido para el centro,
contemplando una periodicidad de las mismas no superior a tres años.
Qué documentación se debe presentar
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
Descarga solicitud de la web del CTL http://www.cma.gva.es/ctl
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PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
• Presentación de la solicitud y documentación requerida.
• Si corresponde, se requerirá al interesado: plazo de diez días subsane.
• Durante la instrucción procedimiento la D.G. para el Cambio Climático
podrá recabar de los solicitantes cuanta información considere necesaria y
realizar cuantos actos de comprobación estime oportunos para emitir la
resolución de inscripción.
• La D.G.C.C. resolverá sobre las solicitudes de inscripción registrando el
centro de que se trate y asignándole un número de registro.
• Resolución: plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de
presentación de la solicitud. Silencio negativo.
• Tasas.
• La D.G.C.C. notificará a la organización solicitante la inscripción en el
Registro del centro correspondiente, con indicación del número de registro
asignado, o bien la denegación motivada de la misma.
Asimismo, dará traslado del número de registro al Ministerio de Medio
Ambiente y Medio Rural y Marino, quien a su vez, informará a la Comisión.
- 60 -
Organización registrada en la Comunitat Valenciana
PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
- 61 -
Organización registrada en
la Comunitat Valenciana
PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
- 62 -
PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
• Cada 3 años, como mínimo:
Renovación
– Verificar el SGA completo y el programa de auditoría.
– Validar la Declaración medioambiental.
– Formulario con los datos del anexo VI y VII.
– Remitirla al organismo competente.
• En los años intermedios:
– Auditoría interna de su comportamiento ambiental y del
cumplimiento de requisitos legales.
– Validará la Declaración actualizada.
– Formulario con los datos del anexo VI y VII.
– Remitirla al organismo competente.
- 63 -
PROCEDIMIENTO DE REGISTRO
A solicitud de una organización pequeña:
Excepción para organizaciones pequeñas (*)
– Ampliar la frecuencia de renovación a 4 años.
– Ampliar la frecuencia de seguimiento a 2 años.
Si el verificador confirma que se cumplen todas las condiciones siguientes:
– No hay ningún riesgo medioambiental de importancia.
– La organización no tiene previsto introducir cambios sustanciales.
– No existe ningún problema medioambiental local significativo al que
contribuya la organización.
Declaración medioambiental actualizada no validada cada año en el que
estén exentas de la obligación de tener una declaración medioambiental
actualizada validada.
- 64 -
USO DEL
LOGOTIPO
- 65 -
USO DEL LOGOTIPO
Podrán usarlo exclusivamente
las organizaciones registradas
y únicamente mientras su
registro sea válido.
Siempre debe llevar el número
de registro de la organización.
En castellano, se debe
emplear la formulación
siguiente:
“Gestión medioambiental
verificada”
GESTIÓN
MEDIOAMBIENTAL
VERIFICADA
E-CV-000000
- 66 -
USO DEL LOGOTIPO
Para organismos competentes y organismos de
acreditación
Podrán utilizar el logotipo EMAS
sin número de registro, con
fines de promoción relativos a
EMAS.
No se dará a entender que el
usuario está registrado si no lo
está.
- 67 -
USO DEL LOGOTIPO
Condiciones para las organizaciones registradas
Si una organización opta por no incluir en el registro
corporativo todos sus centros, velará por que en sus
comunicaciones con el público y en el uso del logotipo
EMAS quede claro cuáles son los que están incluidos en el
registro.
No se utilizará en:
• Productos o embalajes de productos.
• Conjunción con anuncios comparativos relativos a otras
actividades y servicios o de un modo que pueda crear
confusión con etiquetas ecológicas de productos.
- 68 -
ORGANISMOS
COMPETENTES
- 69 -
ORGANISMOS COMPETENTES
• Madrid
• Castilla y León
• Castilla La Mancha
• Andalucía
• Murcia
• Comunitat Valenciana
• Cataluña
Designado por la Administración Gral. del Estado:
• País Vasco
• Cantabria
• Galicia
• Islas Baleares
• Islas Canarias
• Navarra
• Aragón
Designados por la Comunidades Autónomas:
• Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (organismocompetente con carácter subsidiario)
- 70 -
ORGANISMOS COMPETENTES
Organismo con carácter subsidiario
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Y MEDIO RURAL Y MARINO
D.G. DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL
Plaza San Juan de la Cruz, s/n
28071 MADRID
http://www.marm.es
- 71 -
ORGANISMOS COMPETENTES
CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA
D.G. PARA EL CAMBIO CLIMÁTICOCENTRO DE TECNOLOGÍAS LIMPIAS
Ronda Isaac Peral, 5 (Parque Tecnológico)46980 PATERNA (VALENCIA)
http://www.cma.gva.es/ctl
Comunitat Valenciana
- 72 -
ORGANISMOS COMPETENTES
Consulta de otras CC.AA.
- 73 -
ORGANIZACIONES
REGISTRADAS
- 74 -
ORGANIZACIONES REGISTRADAS
FECHA dic/2010
REGISTRO EMAS COMUNITAT VALENCIANA
31 • ORGANIZACIONES
52 • CENTROS
REGISTRO EMAS ESPAÑA
1.223 • ORGANIZACIONES
1.567 • CENTROS
REGISTRO EMAS UE
4.534 • ORGANIZACIONES
7.832 • CENTROS
- 75 -
http://www.emas-register.eu/
ORGANIZACIONES REGISTRADAS
- 76 -
ORGANIZACIONES REGISTRADAS
http://www.emas-register.eu/
- 77 -
Por comunidades autónomas
265
253
250
39
6
15
30
20
29
21
39
46
74
62
74
265
253 250
74 74
62
4639 39
30 2921 20
156
0
50
100
150
200
250
300
GA CAT MD IC SB AN IB CA EU CV CYL CLM MU AR NA
REGISTRO EMAS ESPAÑA
- 78 -
EMAS III
Y REGISTRO
NACEs más representativos
13,16%
7,44%
6,13%
4,17% 4,17%
3,76%3,60%
2,86%2,00%
4,00%
6,00%
8,00%
10,00%
12,00%
14,00%
55
ALOJAMIENTOS
84
AAPP
71
SERV. TÉCNICOS
38
RESIDUOS
43
CONSTRUCCIÓN
46
COMERCIO MAYOR
20
IND. QUÍMICA
93
ACT. DEPORTIVAS
REGISTRO EMAS ESPAÑA
- 79 -
ORGANIZACIONES REGISTRADAS
http://www.marm.esEn España
- 80 -
ORGANIZACIONES REGISTRADAS
Nº REG Fecha Ins ORGANIZACIÓN PROV CENTROS
ES-CV-000001 18/05/1999 SCHNEIDER ELECTRIC ESPAÑA, S.A. V 1
ES-CV-000003 13/03/2001 CELESTICA VALENCIA, S.A. V 1
ES-CV-000004 27/12/2001 AVIALSA T-35, S.L. V 1
ES-CV-000005 27/12/2001 AYUNTAMIENTO DE CULLERA V 5
ES-CV-000006 27/12/2001 HOTEL TRES CORONAS, S.L. A 1
ES-CV-000007 24/05/2002 PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.A. (JÁVEA) A 1
ES-CV-000008 19/09/2002 CENTRO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL COMUNITAT VALENCIANA (CEA) V 1
ES-CV-000009 05/02/2003 AJUNTAMENT DE GANDIA V 4
ES-CV-000010 20/06/2003 AYUNTAMIENTO DE TEULADA A 4
ES-CV-000011 02/09/2003 CLUB NÁUTICO DE ALTEA A 1
ES-CV-000014 27/01/2004 INPROGRES S.L.U. V 1
ES-CV-000016 15/03/2004 PARADORES DE TURISMO DE ESPAÑA, S.A.(BENICARLÓ) C 1
ES-CV-000017 18/05/2004 CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRÁNEO A 7
ES-CV-000018 09/07/2004 PROYECTOS CIVILES Y TECNOLÓGICOS, S.A. V 1
ES-CV-000020 01/12/2006 AJUNTAMENT DE BENICARLÓ C 4
ES-CV-000022 18/12/2007 INDUSTRIAS QUÍMICAS DEL VALLÉS, S.A. V 1
ES-CV-000023 15/01/2008 AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA V 1
ES-CV-000024 10/03/2008 BP REFINERIA DE CASTELLÓN, S.A.U. C 1
ES-CV-000025 11/04/2008 TERMINALES PORTUARIAS S.L. (TEPSA) V 1
ES-CV-000026 22/09/2008 OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR (OAMI) A 1
ES-CV-000027 02/11/2008 IBERDROLA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO SAU C 1
ES-CV-000028 09/02/2009 AVIACIÓN AGRÍCOLA DE LEVANTE S.A V 1
ES-CV-000029 26/03/2009 REGASIFICADORA SAGGAS V 1
ES-CV-000030 18/05/2009 UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA V-A 3
ES-CV-000031 06/07/2009 CONSORCIO HOSPITAL GENERAL DE VALENCIA V 1
ES-CV-000032 27/10/2009 INICIATIVAS E INNOVACIÓN V 1
ES-CV-000033 27/10/2009 REAL CLUB NAÚTICO CALPE A 1
ES-CV-000034 08/01/2010 GRUPO TRAGSA: TRAGSA, TRAGSATEC Y TRAGSEGA V 1
ES-CV-000035 26/02/2010 ASOCIACIÓN INDUSTRIAL DE ÓPTICA, COLOR E IMAGEN (AIDO) V 1
ES-CV-000036 06/11/2010 VALENCIANA DE APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO DERESIDUOS (VAERSA) V 1
ES-CV-000037 /12/2010 WINTON IBÉRICA S.L. V 1
TOTAL 31 52
Com
unit
at
Vale
ncia
na
- 81 -
DIFUSIÓN
EMAS
CTL
- 82 -
INFORMACIÓN REQUISITOS LEGALES Y AUTORIDADES
COMPETENTES
http://www.cma.gva.es/ctlInformación anual de los trámites
administrativos que la empresa
debe realizar ante las distintas
administraciones en relación con
el medio ambiente.
- 83 -
Información anual de los trámites administrativos en
relación con el medio ambiente.
INFORMACIÓN REQUISITOS LEGALES Y AUTORIDADES
COMPETENTES
- 84 -
DIFUSIÓN INTERNA
- 85 -
DIFUSIÓN EXTERNA
Entrega Diplomas EMAS
- 86 -
PROMOCIÓN EMAS
Entrega Placas EMAS
- 87 -
PUESTA EN COMÚN CON LAS ORGANIZACIONES
I Encuentro Organizaciones EMAS
- 88 -
PROMOCIÓN EMAS
10º Aniversario CEA
+ entrega diploma EMAS
- 89 -
DIFUSIÓN EMAS
- 90 -
DIFUSIÓN EMAS OTRAS COMUNIDADES
- 91 -
SIMPLIFICACIONES DE
OBLIGACIONES O
TRÁMITES
ADMINISTRATIVOS
- 92 -
SIMPLIFICACIONES TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Art. 28 Quedan exentos de la obligación de constituir garantía
financiera obligatoria si daños cuya reparación se evalúe por una
cantidad comprendida entre 300.000 y 2.000.000 de euros y adheridos
a EMAS o UNE-EN-ISO 14001
Ley 26/2007, Responsabilidad Medioambiental
• Art. 21 La Administración General del Estado y las comunidades
autónomas, en el ámbito de sus competencias, fomentarán la
implantación voluntaria de sistemas de gestión y auditorías
ambientales en todos los sectores de actividad públicos y privados que
sean fuentes de emisión, al objeto de promover una producción y un
mercado más sostenible y contribuir así a la reducción de la
contaminación atmosférica.
Ley 34/2007, Calidad del Aire
- 93 -
SIMPLIFICACIONES TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Decreto 127/2006, desarrollo Ley Prevención de la
Contaminación y Calidad Ambiental
Artículo 45. Validación de la solicitud y propuesta de resolución
2. En todo caso, se entenderá que la instalación o actividad se
adecúa a los condicionamientos ambientales vigentes, si
adherida a EMAS.
• Art.8 En relación con aquellas actividades para las cuales se apliquen
sistemas de gestión ambiental certificados externamente mediante
EMAS o ISO 14001, las comunidades autónomas podrán establecer las
normas que simplifiquen los mecanismos de comprobación del
cumplimiento de las obligaciones derivadas de la autorización ambiental
integrada, así como la tramitación de la correspondiente solicitud de
autorización o de adaptación y de sus sucesivas renovaciones.
R.D. 509/2007, desarrollo Ley IPPC
- 94 -
SIMPLIFICACIONES TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
• Objetivos específicos III. Medidas
2. Incluir en el Reglamento General de la Ley 30/2007, de 30 de octubre,
de Contratos del Sector Público, entre los criterios de solvencia
profesional y técnica de las empresas, indicación de las medidas de
gestión medioambiental que se estimen oportunas, conforme a lo previsto
en la citada norma.
Orden PRE/116/2008, Acuerdo sobre Plan Contratación
Pública Verde de la AGE
Reducción del 15% de la tasa de obtención de la
Etiqueta Ecológica de la Unión Europea.
- 95 -
SIMPLIFICACIONES TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Artículo 2. Solvencia técnica y profesional
La Conselleria de Territorio y Vivienda o las entidades autónomas yentidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma,podrán exigir alguno o varios de los siguientes medios, siempre que ellono suponga un menoscabo al principio de libre concurrencia:
a) Acreditar que los licitadores actúen según las buenas prácticas degestión ambiental; ya sea por tener establecido un Sistema de GestiónAmbiental, en virtud del Reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 demarzo de 2001; o disponer de la norma internacional EN ISO 14001 uotra norma equivalente; o justificar, mediante cualquier otro medioadecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambientalestablecidos en el Sistema antes citado.
Orden de 19 de octubre de 2004, sobre requisitos y criterios
medioambientales a introducir en los pliegos de cláusulas
administrativas que rijan en los contratos de la Conselleria de
Territorio y Vivienda, las entidades autónomas y entidades de
derecho público vinculadas o dependientes de la misma.
- 96 -
SIMPLIFICACIONES TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Resolución de 6 de abril de 2010, del presidente del IMPIVA, por la que
se convocan las ayudas del Programa Cheque Innovación Tecnológica
para el ejercicio 2010.
- 97 -
HERRAMIENTAS
DISPONIBLES
-WEBGRAFÍA-
- 98 -
MANUAL
EXCELENCIA MEDIOAMBIENTAL en las organizaciones
http://www.cma.gva.es/ctl
- 99 -
GUÍAS DECLARACIÓN AMBIENTAL
http://www.mma.es/portal/secciones/calidad_contaminacion
/ecogestion_ecoauditoria/docguiasapliemas.htm
- 100 -
GUÍAS DECLARACIÓN AMBIENTAL
http://mediambient.gencat.net/esp//empreses/sgma/publicacions.jsp
- 101 -
GUÍAS DE IMPLANTACIÓN
http://mediambient.gencat.cat/esp//empreses
/sgma/publicacions.jsp#sanitaris
http://mediambient.gencat.cat/
Images/43_131960.pdf
- 102 -
GUÍAS DECLARACIÓN AMBIENTAL
http://ec.europa.eu/environment/emas/documents/guidance_en.htm
- 103 -
BIBLIOTECA EU DE DECLARACIONES MEDIOAMBIENTALES
http://ec.europa.eu/environment/emas/es_library/library_en.htm
- 104 -
DECLARACIÓN AMBIENTAL
http://ec.europa.eu/environment/emas/es_library/library_en.htm