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11. LEGISLACION LOCAL " Keloción de los m& ii,ipni-lanies dirp2- sicianer prrblisudar en 10s dirtirilns Es- tndvs de lo Repliblica, dirrante los rntfer de o~irtbrc u dicieinbi-r. dc lu55. AGIJXSCALIESTES Aristeticin iocia1.-\'. "Fei.ia di Sati Jlavcor". Esreros del Estodo.-(XSSIX Lepislatura). Prescliueslo de Egresos que regir; en el Estado de Aguarealientes durante el ejercicio fiscal de 1956. (29 diciembre 19.55, 30 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955, Alcotbcc). "Fcrio de Siir& ;Ilarcos".-Decreto N946 (SXSIY Legislatura). Dero~a el Decreto niimcro 4 expedido el 10 de octubre de 1950 y ~>ublicado en el P. O. del 22 del misnio nies 3- año 7 restituye al H. Ayuntñniiento de la Capital de Aguas- calientes, todas las atribuciones y facultades que le son con respecto a 1, organiraeián y ejecución de la tradicional Feria de San Marcos, iacultader y ntritiu- ciones que dicho Decreto derogado atribuía al Patronato de In Asistencia Soci:tl del Estado. (22 dicicrrrb7r 1955, 24 diciembre 295.7, P. O. 2.5 dicirin11,-e 1955). Hacienda del Estado.-Decreto K" 47 (SXXIX Legislalura). Modifica lui artículos 40 y 41 fracción 1 de la Ley de Hacienda del Estndo de Aguarealientei. referentes al Impuesto a la Propiedad Raíz en los casos de tr:inrniisii>n de dominio. (22 diciembre 1955. 24 dicirtnbre 1955, P. 0. 25 diciembre 1955). Irn.hi<csto jvopicdnd vais.-V. Hacienda drl Estndo. Imyliesio ii-otismisi<in de doniii8io.-V. Hocieiido di./ Esiodo. Ingresos dcl Estado.-(XXXIX 1.egislatura). le? de inr;rcwr del Estado de Aguascalientes para el año fiscal de 1956. (.?1 dicie»ilii.c 1955, 24 dicieiabrr 1Yij. P. O. 25 diciem6i.e 195.5). Presug>iertos.-V. fiyresos del Estado; 1lig;-esos drl Eslndu. Propiedad is,nilbiliar-ia.-Y. Haciatida drl Eslodo. J.a pr;mera fecha de las que aparecen en curiiv;ir 31 pii. de rada ficlia es la de de la dis~iosicii>n de que se trata por el orgenisnia o Poder cunipetentr: la es la de su ~rornulg.?cihn o firma mir CI Podcr Ejeriitivu del Estndo: s>or iiltimo, las por lar ;ibreviaturas 1'. O., D. O. indican !a ieclia en que fui i>ublicnda la disposición, en los peii6dicos oficiales nl ricrii~. www.derecho.unam.mx

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11. LEGISLACION LOCAL "

Keloción d e los m& ii,ipni-lanies dirp2- sicianer prrblisudar en 10s dirtirilns Es- tndvs de lo Repliblica, dirrante los rntfer de o~ ir tbrc u dicieinbi-r. dc lu55.

AGIJXSCALIESTES

Aristeticin iocia1.-\'. "Fei.ia d i Sati Jlavcor".

Esreros del Estodo.-(XSSIX Lepislatura). Prescliueslo de Egresos que regir; en el Estado de Aguarealientes durante el ejercicio fiscal de 1956. (29 diciembre 19.55, 30 diciembre 1955, P . O. 31 diciembre 1955, Alcotbcc).

"Fcrio de Siir& ;Ilarcos".-Decreto N 9 4 6 ( S X S I Y Legislatura). D e r o ~ a el Decreto niimcro 4 expedido el 10 de octubre de 1950 y ~>ublicado en el P. O. del 22 del misnio nies 3- año 7 restituye al H. Ayuntñniiento de la Capital de Aguas- calientes, todas las atribuciones y facultades que le son con respecto a 1, organiraeián y ejecución de la tradicional Feria de San Marcos, iacultader y ntritiu- ciones que dicho Decreto derogado atribuía al Patronato de In Asistencia Soci:tl del Estado. (22 dicicrrrb7r 1955, 24 diciembre 295.7, P. O. 2.5 dicirin11,-e 1955).

Hacienda del Estado.-Decreto K" 47 ( S X X I X Legislalura). Modifica l u i artículos 40 y 41 fracción 1 de la Ley de Hacienda del Estndo de Aguarealientei. referentes al Impuesto a la Propiedad Raíz en los casos de tr:inrniisii>n de dominio. (22 diciembre 1955. 24 dicirtnbre 1955, P. 0. 25 diciembre 1955) .

Irn.hi<csto jvopicdnd vais.-V. Hacienda drl Estndo.

Imyliesio ii-otismisi<in de doniii8io.-V. Hocieiido di./ Esiodo.

Ingresos dcl Estado.-(XXXIX 1.egislatura). l e ? de inr;rcwr del Estado de Aguascalientes para el año fiscal de 1956. (.?1 dicie»ilii.c 1955, 24 dicieiabrr 1Yij. P. O. 25 diciem6i.e 195.5).

Presug>iertos.-V. fiyresos del Estado; 1lig;-esos drl Eslndu.

Propiedad is,nilbiliar-ia.-Y. Haciatida drl Eslodo.

J.a pr;mera fecha de las que aparecen en curiiv;ir 31 pii. de rada ficlia es la de de la dis~iosicii>n de que se trata por el orgenisnia o Poder cunipetentr: la es la de su ~rornulg.?cihn o firma mir CI Podcr Ejeriitivu del Estndo: s>or iiltimo, las por lar ;ibreviaturas 1'. O., D. O. indican !a ieclia en que f u i i>ublicnda la disposición, en los peii6dicos oficiales nl r icr i i~ .

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L E G I S U C I O N LOCAL

BAJA CALIFORNIA

A1goddn.-V. Hocioiida del Estado.

bebida^ olcohólica~.-V. Hacierida del Estado.

Caboitro.-Reglamento de la Ley de Catastro para el Estado de Baja California (Ley N-3 de 18 de enero de 1954, 27 enero 1954, Y. O. de 28 enero 1954). que fija Ins normas relativas a Órganos catastrales, operaciones de ese carácter, catastro rhstico y urbano, valuación predial y reclamaciones por inconformidad, infracciones y sanciones. (18 noviembre 1955, P. 0. 20 tiovicmbre 1955, Alcaace).

Comisión mercorttil.-V. Hecieadn del Estado.

Depási1os.-V. Hociendn dcl Esfodo.

Egreror del Estada-Ley XO 29 (Primera Legislatura). Ley de Egresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal de 1956. (28 diciefnbrr 1955, 31 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Sección 111).

Empleados públicor-V. Servicio ciwil.

Funcionwior-V. Servicio ciuil.

Hacienda del Estado.-(Primera Legislatura). Reforma Y adiciona los articulas 27, 38, 41, 42, 71, 99-Bis, 100-Bis, 162, 175 y 192 de la Ley de Hacienda vigente en el Estado de Baja California, principalmente referentes a depósitos judiciales o devolución de valores. narantía del interés fiscal o de la administración pública en general, mediante depóztos de dinero Y embargos o garantías en vía administrativa o judicial, impuesto sobre comisiones mercantiles, impuesto sobre producci6n de envase de bebidas alcohólicas, impuesto sobre compra de algoción, ete. (20 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Sección 11).

Impuestas.-V. Haciendo del Estado.

Ingresos del Estodo.-Ley N' 28 (Primera Legislatura). Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el ejercicio fiscal de 1956. (20 diciembre 1955, 31 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Secciln 111).

Poder Ejecutiao.-Decreto (Primera Legislatura). Adiciona y reforma los ar- tículos 15 y 42-Bis de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja Ca- lifornia, publicada en alcance al número 3 del P. O. del Estado, de fecha 31 d e diciembre de 1953, creando como dependencias del Poder Ejecutivo un Departa- mento Jurídico Consultivo y una Secretaria Particular y fijando las funciones del primero. (15 noviembre 1955, P. 0. 30 rroniembre 1955).

Pvopiedad inmobiliaria.-V. Catastro.

Servicio ciuil.-Ley ND 26 (Primera Legislatura). Ley del Servicio civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, regulando la relación juridica existente entre dichos funcionarios y empleados y los organismos jurídicos a cuyos servicios se encuentran. Fija sus derechos y abliga- eiones, horas de trabajo y descanso legales, salarios, forma de nombramiento y terminación de la relación jurídica al efecto, organirac?Ón colectiva de las trabajadores públicos, condiciones generales del trabajo de los mismos, derecho de huelga y pro- cedimiento de huelga. riesgos y enfermedades profesionales, tribunales de arbitraje para resolución de los conflictos que surjan en la relacio" del trabajo, procedimiento a seguir ante los mismos, cte. (5 diciembre 1955, 31 diciembre 1955, P. 0. 31 diciem~ bre 1955, Sección 11).

Trabajadores al servicio del Estado.-V. Servicio ciuil.

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LEGISLACION LOCAL 153

Tránsito.-Ley Nq 25 (Primera Legislatura). Ley de Tránsito del Estado de Baja Califoroia, reguladora del que se realice en los caminos de propiedad estatal, exclu>-endo, consecuentemente. los caminos iederales y municipales y el que se realice en caminos federales o munieipale3, cuando haya sido encomendada al Gobier- no del Estado la vigilancia de dichos eaminos. (25 octtibre 1955, 3 nouieinbre 1955, P. O. 10 noviembre 1955).

Trensportes.-Reglamento para los servicios phhhiicos de irnnslmrte de pasaje- ros y de carga en Estado de Baja Caliiornin, servicio cuya picstación es facultad del Gahierno del Estado. el que puede encomendarlo a personal de empresas parti- culares, dictando las medidas tendientes a en ese caso, la regularidad y eficiencia del mismo, de acuerdo con las normas que se fijan. Deroga el Reglamento anterior de 2 de abril de 1945 que regía para el territorio norte de la Baja Cali- fornia. (30 noaietnbre 1955, P. O. 10 dicie»ibre 1955, Alcaiice).

Accione, de sociednder.-V. Imfiuesto troslacióri de dominio.

Cntos1ro.-Decreto (XLI Congreso). Declara en suspenso la Ley del Catastro del Estado de Campeche (Decreto NY 67 de 27 de diciembre de 1949, P. 0. 31 di- ciembre 1949) y su R$glamento ( 3 enero 1950, P. 0. 5 enero 1950), en tanto se verifica la organización técnica de In Dirceeión creada por dicha ley. quedando en vigor, en consecuencia, todas las disposiciones por la misma derogadas. (16 rro- viembre 1955, 16 noviembre 1955, P. O. 17 noviembre 1955).

C~rtificaciones.-V. Hactcnda dcl Estado. (Dec. No 124).

Cerveza.-V. Ingrcsos del Estado (Dec. Nv 159).

Colo>zios.-Decreto N" 130 (XLI Congreso). Establece que los títulos de pro- piedad expedidos por el Ayuntnmicnto de la Capital, referente a Colonias y otros predios de la Ciudad de Campeche, son legales y deben ser inscritos en el Registro Piiblieo de la Propiedad. (18 noaiembre 1955, 18 lzovirmbre 1955, P. 0. 21 noviembre 1955).

Copior oficieles.-V. Hocioida del Estado (Dee. N' 124)

EducociLn Pública.-V. Instituto Compeiiia?io

Eyresos del Estado.-Decreto No 141 (XLI Congreso). Declara en vigor para el año 1916, la Ley de Ingresos y Presupuestos de Egresos que rigió en el Estado de Canpeclie, durante el año 1955. (20 dicirnibre 1955, 20 dicicnibre 1955, P. O. 32 diciembre 1955, Siipleme?ito).

Eyrcsos del Estado.-V. Pagos del Estado.

Gasolina.-V. Ingresos del Estado (Dec. N' 159).

Hacienda del Estado.-Decreto KD 124 (XLI Congreso). Reforma el ariieulo 128 de la Ley de Hacienda del Estado de Campeche, niodificado por el Decreto K* 68 de 27 de diciembre de 1949, publicado en el P. O. de 31 del misma mes Y año, articulo referente a lor derechas par certificación y expedición de copias de documentos por funcionarios y empleadas del Estado. (21 octsbre 1955, 21 octub~.e 1955, P. O. 27 octi'brr 1955).

Hacienda del Escado.-V. I m ~ u c s t o traslociln de donlir~io.

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154 LEGISLACION LOCAL

Impuesto traslación de dominio.-Decreto N' 121 (XLI Congreso). Modifica los articulas 67, 71 y 101 de la Ley de Hacienda del Estado de Campeehe en vigor, relativo a los impuestos por traslación de dominio de bienes inmuebles y de títulos de compañías o sociedades, coneelación de prfstamos o capitales impuestos y por servicios de Registro público de la Propiedad y del Comercio respectivamente. Dero- ga el artículo 75 de la propia Ley de Hacienda. (12 octubre 1955, 13 octubre 1955. P. O. 15 octubre 1955).

1mpuestor.-V. Ingresos del Edtado.

Ingresor del E$tado.-Decreto N? 141 (XLI Congreso). Declara en vigor para el aOo 1956, la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos que rigió en el Estado de Campeche durante el a t o 1955. (20 diciembre 1955, 20 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955, Suplene6to).

--.-Decreto N? 159 (XLI Congreso). Adiciona los ineisos A) e 1) del Capítulo "Participaciones" del articulo 1' de la Ley de Ingresos del Estada de Cani- peche para 1955, incisos referentes, respectivamente, a las participaciones sobre ~ o n s u m o de gasolina y consumo de cervezas. (29 diciembre 1955, 29 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955.)

Instituto Campechano.-Decreto N* 127 (XLI Congreso). Reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Instituto Campechano, expedida el 29 de diciembre de 3954, y publicada en el Periódico Oficial de 30 del mismo mes y ano, en el sentido de que quedan excluidos de la dependencia de dicho Instituto, la Escuela Normal de Profesores de la Ciudad del Carmen. el Liceo Carmelita (Secundaria y Prepara- toria), la Escuela Secundaria de Calkení y la Secundaria de Champotón, planteles que se organizarán y funcionarán de conformidad con la Ley de formación profe- sional del Magisterio ~ r i m a r i o en el Estado, de 22 de diciembre de 1954, el Regla- menta de la misma de 28 del mismo mes y año y la Ley de Educación Preparatoria del Estado de 27 de abril de 1943, y su Reglamento de 13 de mayo del propio año. (12 nouiembve 1955, 14 noviembre 1955, P. 0. 1955.)

Pagos ~ P I Estado.-Decreta No 118 (XLI Congreso). Reforma el articulo 5' de la Ley de Ingresas y Presupueito de Egresos del Estado Y Municipios para 1955, relativo al pago de sueldos o asignaciones a funcionarios y empleados, que se efectuarán par quincenas vencidas (6 octubre 1955, 6 octubre 1955, P. O. 8 octubre 1955.)

Pensiones civiles.-V. Pagos del Estado.

Periódico Oficial.-Decreto NO 119 (XLI Congreso). Convierte en Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Cam~eche el Diario denominado "El Esgiritu público", que llenara las funciones desempe6adas anteriormente por el "Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Campeche", el cual desaparecer$ desde la fecha en que entre en vigor el presente Decreto. (11 octubre 1955. 11 octubre 1955, P. O. 15 octubre 1955.)

--.-Decreto (Ejecutivo del Estado). Reforma el Decreto del Ejecutivo del Estado de fecha 25 de diciembre de 1942, publicado en el P. O. de 29 del mismo mes y ano, en sus artlculos 1- y 4*, determinando que las cuotas por con- ~ e p t a de suseripciones, ventas y publicaciones en el Diario " E l Espiritu Público" qqe tiene el carácter de Periódico Oficial del Estado, se causarán conforme a la tarifa que contienen (28 octubre 1955. P. O. lo noviembre 1955.)

Préstamos.-V. Imprrrsto traslación de dominio.

Propiedad inmobiliaria.-V. CaEastro; Colonias.

Registro de Comercio.-V. Impuesto traslación de dominio.

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LEGISLACION LOCAL 155

Registro de lo Propiedad.-V. Colonias; Impuesto; trnslaciún de dominio.

Salorio mi»imo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeehe, fijando el salario mínimo que regirá en los distintos mu- nicipios del Esttado, durante los años 1956 y 1957. (20 diciembre 1955, P. O. 26 diciembre 1955.)

Sueldos.-V. Pngor del Estado.

COAHUILA

Educación 4Úblico.-V. Educación sugerior.

Educación superior.-Decreto N' 377 (Diputación permanente XXXlX Can- greso). Crea el Consejo de Asesores de Educación Superior del Estado, coma ór- gano de consulta del Ejecutivo psra todos los problemas de su incumbencia, revi- sión de programas de educación superior, revisión de reglamentos al efecto, etc. (10 oct%ibre 1955, 13 octubre 1955, P. O. dicicmbrc 1955.)

Egresos del Estodo.-Decreto N'> 50 (XL Congreso). Aprueba el Preiupuesto de Egresos que regirá en el Estado de Coahuila durante el ejercicio fiscal de 1956. (27 dicicmbre 1955, 28 diciembre 1955. P. 0. 31 diciembre 1955, 2' Sección.)

Indulto.-Decreto NO 49. Ley de indulto para los reos del fuero común que se hallen en las prisiones del Estado de Coahuila en las condiciones que se ex- presan. (27 diciembre 1955. 29 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955.)

Presupuestos.-V. Egresos del Estado.

Solario mínimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Torreón, Coah., determinando el salario mínimo que regirá en los cinco Muni- cipios de su jurisdieeión en los años 1956-1957. ( 2 3 diciembre 1955, P. 0. 28 diciem- bre 1955.)

--.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Saltillo, Coah., determinando el salario mínimo que regirá en los 33 Municipios de su iurisdieción, durante los años 1956-1957. (23 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955.).

COLIMA

Egreror del Estado.-Decreto N* 9 (H. Congreso). Contiene la Ley General de Egresos del Estado de Colima, que regirá durante el a60 fiscal de 1956. (17 dC ciembre 1955, 24 diciembre 1955. P. O. 24 diciembre 1955, Suplemento.)

Facultad económico-coacfivn.-V. Hacienda del Ertodo.

Fomento económico.-V. Planeaciún econúmico.

Ganodevio.-Decreto N* S (H. Conareso). Reeorma la fracción 111 del Ar. tículo 11' de la Ley de Ganadería vigente en el Estado de Colima, expedida por Decreto número 145 de 3 de diciemhre de 1954, relativo al control de la salida y movimiento de ganado y subproductos del mismo, dentro del perimetro del Estado para evitar la escasez en el mismo. (9 diciembre 1955. 1 7 diciembre 1955. P. O. 17 diciembre 1955.)

Hacienda del Estado.-Decreto NO 6 (H. Congreso). Expide la Ley General de Hacienda del Estado de Colima, determinando los bienes, contribuciones y

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aprovechamiento de o e se integra y fijando las normas generales sobre su ad- ministración y en relación con la justicia en materia administrativa. Regula en particular el r6gimen impositivo, en sus diferentes tipos de impuestos. (15 dicien- bre 1955, 23 diciembre 1955, P. O. 24 diciembre 1955, Suplemento.)

Zmpuertos.-V. Hacienda del Estado.

Ingresos del Estado.-Decreto N" (H. Congreso). Contiene la Ley de In- gresos del Estado de Colimv para el ejercicio fiscal de 1956. (17 diciembre 1955, 24 diciembre 1955, P. 0. 24 diciembre 1955, Suplemento.)

Justicia fiscal.-V. Hacienda del Estado.

Ploneación económice.-Decreto N' 31 (H. Congreso). Ley de Foineiito y Planeaeión Econ'ómica del Estado de Colima, que crea la Dirección General de Economía y Planeación como dependencia del Poder Ejecutivo, encarkada de la resolución de los problemas y atención de las necesidades que, en todos los Órdenes de Ia Economía, afectan al progreso y al incremento de las necesidades produc- tivas de la sociedad. (30 dieiembve 1955, 31 dicienibre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955.)

Prest<pr<estos.-V. Egresos del Estado.

Salario mininio.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Colima, que fi ja el salario mínimo que regirá eii el mismo durante los años 1956-1957. (23 diciembre 1955, P. 0. 24 diciembre 1955.)

Catastro.-V. Hacienda del Ertodo.

Hacienda del Estado.-Decreto No 9/13 (XLI Legislatura). Deroga cl Decre- to número 31/28 expedido el 6 de mayo de 1955 y publicado en el P. O. de 18 del mismo mes y aíio, reformatorio de los articulas 86 Y 89 de la Ley de Iiaeienda del Estado de Chiapas, en vigor, relativas al Catastro y al Jurado de Revisión Catastral, artículos que quedarán redactados en los términos que expresa. (15 dicieinbre 1955, 19 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955.)

Ingrcros del Estado.-Decreto N' 12/19 (XLVI Legislatura),. Contiene 13 Ley de Ingresas del Erario del Estado de Chiapas para el ejercicio fiscal de 1956. (26 diciembre 1955, 26 dicienibre 1955, P. O. 28 diciembre 1955.)

Organización jf~dicUal.-V. Poder judicial.

Poder judicial.-Decreto N9 18/17 (XLI Legislatura). Reforma los artículos 11 y 34 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chiapas, relativos, respectivamen;e, a la suplencia de faltas de los hlagistrados del Tribunal Superior y del Presidente del mismo. (17 diciembre 1955, 27 diciembre 1955, P. 0. 28 di- ciembre 1951)

Presupuestos.-V. Ingresos del Estado.

CIIIHUAHUA

Derechos fiscales.-Acuerdo (C. Gobernador del Estado). Fija las tarifas que serviran de base durante el año 1936, para el cobro de las derechos que deber& percibir la Hacienda Pública del Estado. (18 noviembre 1955, P. 0. 3 diciembre 1955.)

Educacirin pública.-V. Universidad de Chih?iah:ce.

Enseñasrsa u>iiuersitaria.-V. Universidad de Chihuahua.

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LEGISLACION LOCAL

Ingresos del Elfado.-V. Derechos fiscales.

Organiseción judicial.-V. Poder judicial.

Poder judicial.-Decreto N' 304 (XLIV Congreso). Adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente en el Estado de Chihuahua, con el articulo 41-Bis, referente a la provisión de vacantes de la Secretaria General a Secretarias de algunas salar del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua. 4 octubre 1955, 18 octubre 1955, P. O. 22 octubre 1955.)

Univerridod de Chihuahun.-Decreto NQ 308 (XLIV Congreso). Reforma el articulo 45 de la Ley Orgánica de la Universidad de Chihuahua, promulgada el 6 de diciembre de 1954 y adiciona la misma con un artículo @-Bis, ambas modi- ficaciones relativas a la designación de Directores de Escuelas. (19 octubre 1955, 20 octubre 1955, P. O. 22 octubre 1955.)

DURANGO

Bebidas o1cohólicnr.-V. It~wesor del Estado (Dec. NO 239): Ingresos muni- cipoles (Dee. NQ 240).

Buceo.-V. Participación en ingresos federales.

Correterar.-Decreto N* 274 (XLV Legislatura). Deroga el Decreto en que se estableeia el Impuesto Adieianal del 109% para la construcción de la carretera Durango-León Ciudad de Lerdo Y modifica el Decreto que establece el Impuesta Adicional del 10% para caminos en el Estado, aumentándola en un 10% más. (23 noviembre 1955, 29 noviembre 1955, P. 0. 4 diciembre 1955.)

Goza.-V. Participación en ingresos federales.

Defemo social.-V. Delincuencia infantil

Delincuencia infantil.-Decreto P;O 254 (XLV Legislatura). Crea el Comité do Lucha contra la Vagancia Infantil en el Estado de Durango, que tendr.4 por objeto fundamental prevenir dicha actividad, de acuerdo con las autoridades exintentes y de conformidad con la Ley sobre delincuencia infantil. (11 noviembre 1955, 17 noviembre 1955, P. 0. 24 ~ioviembre 1955.)

Diuerrio+ies.-V. Ingresos del Estado. (Dec. NQ 239) Ingresos municipales (Dee. N' 240).

Egresos del Estodo.-Decreto N' 313 (XLX' Legislatura). Contiene la Ley de Egresos del Estndo de Durango para el año fiscal de 1956. (30 +iouiembre 1955, 10 diciembre 1955, P. 0. 25 diciembre 1933.)

Elecciones.-Decreto Xq 317 (XLV Le~ii laturn). Expide nueva Ley Electoral referente a la forma y modalidades de la . renovación de los miembros del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo y de los Ayuntamientos del Estado de Durango. Deroga 13 Ley Electoral de 4 de iiiarro de 1932, para renovación de los Poderes del Estndo y la de 12 de septiemhre de 1934 .para renovación de Ayuntamientos. (30 noviembre 1955. 13 diciembr* 1955, P. O. 22 dicienibre 1955.)

Intpz~cstos.-V. Corl-elevas; Ingresos del Erlndo; Ingresos mr<nicipales; Pnrtici. pación en ingresos fedenales.

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158 LEGISLACION LOCAL

Ingresos del Estado.-Decreto N* 239 (XLV Legislatura). Modifica la fracción 11 de la. Tarifa del articulo 42 de la Ley de Ingresos vigente del Estado de Durango, en relación con el impuerto sobre diversiones públicas de espectáculos, cuando en los espectáculos de que se trata se expendan bebidas alcohólicas. (9 noviembre 1955, 18 nooiembre 1955, P. 0. 24 noviembre 1955.)

-.-Decreto No 296 (XLV Legislatura). Ley de Ingresos del Estado de Durango para el año 1956. (28 noviembre 1955, Ivl diciembre 1955, P. O. 29 di- ciembre 1955.)

Ingresos municipales.-Decreto N" 240 (XLV Legislatura). Deroga los ineisas 10 del articulo 49 Y 49 del articulo 12, ambos de la Ley de Ingresos Municipales del Estadojde Durango Dara el año de 1955 y reforma el inciso 47 de la Tarifa del articulo 12 de l a misma Ley, en relación, respectivamente, al Impuesto al Comercio que pagarán los depósitos y expendios de cerveza; el Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos con bailes en casas particulares, con venta de cerveza y el propio Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos, sobre bailes en centros, casinos, ete., con venta de cerveza y licores. (9 noviembre 1955, 17 noviembre 1955, P. O. 20 noviembre 1955.)

-.-Decreto NO 312 (XLV Legislatura). Declara vigente durante el año 1956, en el Estado de Durango, la Ley de Ingresos Municipales expedida por el Decreto niimero 84 de 30 de noviembre de 1954, y publicada en el P. O. de 19 de diciembre del mismo año, can las reformas y modificaciones que se especifican. (30 nooiembre 1955, 14 diciembre 1955, P. O. 25 dcciembre 1955.)

Menores.-V. Delincuencia infiantil.

Participación en impuestos federdcr-Decreto Nv 276 (XLV Legislatura). Fija la participación de los Municipios del Estado sobre la correspondiente a éste por concepto de impuestos o derechos sobre la explotación de cara, pesca, buceo y simi- lares que se realicen dentro de ' l a jurisdicción de la Entidad. (23 noviambre 1955, 29 noviembre 1955, P. O. 4 diciembre 1955.)

Perca.-V. Participación en ingresos federales.

Presupuestar-V. Egreros del Estado; I n g r ~ r o r del E ~ t o d o (Dec. N-96); Ingvesos Municipales (Dec. N' 312).

Prevencidn social.-V. Delincuencia infantil.

Snbrio tninima.-Resoluci6n de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Gómez Palacio, que fija el salario mínimo que regirá en los distintos Municipios de su jurisdicción durante los años de 1956 y 1957. (1' diciembre 1955, P. 0. 25 diciembre 1955.)

--.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Durango, que fija el salario minimo que regirá en los distintos Municipios de su jurisdicción, durante los años 1956 y 1957. (15 diciembre 1955, P. O. 25 di- ciembre 195%)

Vagancia.-V. Delincuencia infantil.

GUANAJUATO

Egresos del Estado.-Decreto NO 235 (XLII Legislatura). Contiene el Presu- puesto de Egresos del Estado de Guanajuata para el ejercicio fiscal de 1956. (31 diciembre 1955, 31 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, N? Eztre.)

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LEGISLACION LOCAL 159

Eleccioner-Decreto N* 81 (XLII Congreso). Adiciona el articulo 123 del Código Electoral, vigente en el Estado de Guanajuato, con una fracción IX, relativa a la residencia en el Estado como requisito para tomar parte en las elecciones locales; y reforma el articulo 124 del mismo ordenamiento, concerniente a la reeleceien de Diputados. (13 octubre 1955, 13 octxbre 1955, P. 0. 16 octubre 1955.)

--.-Decreto N' 81 (XLII Congreso). Adiciona el artículo 123 del Código Electoral del Estado de Guanajuato, promulgado el 28 de febrero de 1934, con una fracción 9 relativa al mínimo de residencia necesaria nara ooder ser elepido dioutado: ~ ~

y reforma el articulo 124 del propio ordenamiento, que prohibe la rezección' de lo; Diputados propiet.arios para un ~ e r í o d o inmediato. (13 octt'bre 1955, 1 3 octubre 1955.

Ingresos del Estado.-Decreto N-23 (XLII Legislatura). Contiene la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal de 1956. (30 diciembre 1955, 30 diciembre 1955, P. 0, 31 diciembre 1955, No Extra.)

J~rodo.-V. Poder judicial.

Orgeni~.oción judicial.-V. Poder judicial.

Poder judicial.-Decreto N' 179 (XLII Congreso). Adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente en el Estado de Guanajuato, con un Capitulo VIII, des- tinado a reglamentar el funcionamiento del Jurado Popular. (23 septielnbre 1955, 24 septiembre 1955, P. O. 4 diciembre 1955.)

Presupuestos.-V. Egresos del Estndo; Ingresos del Estado.

Praeedimientor penales.-V. Poder judicial.

GUERRERO

Egre~os del Ertodo.-Decreto N' 55 (XLI Congreso). Ley de Egresos del Es- tado de Guerrero para el ejercicio fiscal de 1956. (28 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. O. 2 diciembre 1955.)

Haciendo municipal.-Decreto No 53 (XLI Congreso). Reforma el artículo 3* de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Guerrero (Núm. 27, de 30 de junio de 1951), determinando que los Municipios no cobrarán prestación tributaria alguna que no esté expresarneote autorizada por dicha Ley de Hacienda y por la de Ingresos. (28 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 29 diciembre 1955.)

lmpuestor municipales.-V. Hacienda municipal.

Ing.resor del Estodo.-Decreto N' 54 (XLI Congreso). Ley de Ingresos del Estado de Guerrero para el ejercicio fiscal de 3956. (28 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, 29 diciembre 1955.)

Presupuestar.-V. Egresos del Estado; Ingresos del Estado.

HIDALGO

Administración $enitencioria.-V. Cávceles.

Cárccler-Decreto N* 52 (XLI Legislatura). Establece que los gastos de fun- cionamiento de cárceles y penitenciarias del Estado, deberán hacerse en un 50% a cargo del Estado y el otro 50% a cargo del Municipio donde re corneta el delito. (8 diciembre 1955, 9 diciembre 1955, P. O. 24 diciembre 1955.)

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160 LEGISLAClON LOCAL

Cemento.-Decreto No 51 (XLI Congreso). Autoriza al Ejecutivo del Estado para que sustituya el régimen fiscal para la industria ccmentera que actualmente se aplica con apoyo en las leyes locales, por el régimen de la Ley Federal de la Industria del Cemento, y deroga la fracción XVIII del Artícu!~ 20 y el Artículo 20 de la Ley de Ingresos del Estado de Hidalgo, en vigor, suprimiendo, rn conse- cuencia, el impuesto especial sobre ventas de primera mano de dicho artículo. (8 diciembre 1955, 9 diciembre 1955, P. 0 . 16 diciembre 1955.)

Ceruesa.-Decreto N? 53 (XLI Legislatura). Expide Reglamento para la venta y consumo de cerveza en el Estado de Hidalgo. (8 diciembre 1955, 9 diciembre 1955, P. 0. 16 diciembre 1955.)

Coordinecióa fiscal.-Decreto N-O (XLI Legislatura). Reforma los artículos 4* Y SV de la Les Complementaria del Decreto número 2 de 30 de abril de 1954 (sobre coordinación fiscal e impuestos especiales), reduciendo al 6 a1 millar la tasa del Impuesto especial por aquella Ley establecida en favor de los Municipios en que estén ubicados los establecimientos que en forma exclusiva operen con artículos de consumo necesario (tortillerias, expendios de masa, de maíz, panadería, tahonas, carnicerías, pescaderías, etc.), Y precisa el impuesto que causarán a favor del hluni- eipio en que estén ubicados, los establecimientos que, conjuntamente con las mercancías gravadas con el Impuesto Federal sobre Ingresos Mercantiles. operen con otros artículos exentos de ese Impuesto. (6 diciembre 1955, 9 dtciembre 1955, P. 0 . 24 diciembre 1955.)

Electricidad.-V. Electrificación

Electrificación.-Decreto No 43 (XLI Legislatura). Crea la Junta Estatal de Electrificación del Estado de Hidalgo, con objeto de intensificar la introducción de energia eléctrica en las localidades del Estado, para beneficiar y acrecentar sus posibilidades económicas, culturales y de seguridad. (6 diciembre 1955, 9 dic i~mbre 1955, P. O. 24 diciembre 1955.)

Energia eléctvica.-V. Elertrificoción.

Erpropioción.-V. Urbaniaación.

Haccenda del Estado.-Decreto NO 4 1 (XLI Legislatura). Deroga los artieulos 256 a 264 del Título 11 del Capitulo Gnica de la Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo y su correlativa fracción XI del articula 20 de la Ley de Ingresos del Estado, en vigor, suprimiendo, en consecuencia, el impuesto sobre sueldos y salarios que esas disposiciones establecen. (6 diciembre 1955, 9 diciembre 1955, P. 0. 24 diciembre 1955.)

Impuestos.-V. Cemento; Cervesa; Coordinación fisml; Hociende del Estado.

Iridurtrie eléctrica.-V. Electrificación.

Iwgreros del Estado.-V. Cemento; Hacienda del Estado

Prisiones.-V. Cárceles.

Salario minimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Hidalga, fijando el salario mínimo que deberá regir en los Municipios de dicha entidad, durante los años 1956-1957. (23 diciembre 1955, P. 0. 24 diciem- bre 1955.)

Salarios.-V. Hacienda del Estado.

Sueldos.-V. Hacienda del Ertodo.

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LEGISLACZON LOCAL 161

Urbaniaoción.-Decreto Ej-6 (XLI Legislatura). Faculta al Ejecutivo del Estado para que contrate con los particulares afectados por las obras de urbanización y planificaci6n que se realicen en la Capital del Estado, las permutas prediales S convenios conducentes, previos los trámites que procedan. (6 diciembre 1955, 9 di- ciembre 1955, P. O. 24 diciembre 1955.)

Zonificoci6n.-V. Urbonieación.

JALISCO

Buceo.-V. Pnrticipación eri i n p ~ ~ e s t o s federoler.

Cazo.-V. Porticipecián en impuestos federales.

Egresos del Estado.-Decreto K' 7020 ( H . Congreso). Establece el presupuesto de egresos del Estado de Jalisco para el ejercicio fiscal de 1956. (28 diciembre 1955, 30 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955, 3 . Secció+i.)

Empleados pllb1icos.-V. Pensiones civiles.

Fu>icionarios.-V. Pensiones civiles.

1mOuestos.-V. Ingresos del Estado; Ingresos municipales.

Ingresos del Esfado.-Decreto NQ 7019 (H. Congreso). Contiene la Ley de In- gresos que regirá en el Estado de Jalisco, durante el año fiscal de 1956. (26 di- ciembre 1955, 27 diciembre 1955, P. O, 31 diciembre 1955, 2" Sección.)

Ingresos municipales.-Decreto No 7033 (H. Congreso). Aprueba que la Ley de Ingresos de los Municipios del Estada de Jalisco, con excepción del de Guada- lajara, para el año 1956, sea la misma que rigió en 1955. (30 diciembre 1955, 30 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955.)

Participación en impuestos federales.-Decreta N' 7027 ( H . Congreso). Esta- blece a qué Municipios del Estado corresponden las participaciones en Impuestos Federales sobre pesca, buceo y similares, así como sobze cara y actividades afines. (28 diciembre 1955, 30 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955.)

Pensiones civiles.-Decreto N' 7026 (H. Congreso). Reforma los artículos 23. 25, 34 y 41 de la Le? de Pensiones Civiles del Estado (Decreto número 5901, de 28 de diciembre de 1953, 30 diciembre 1953, P. 0. 31 diciembre 19533, en relación a los préstamos a los beneficiarios y a la jubilación por edad. (28 diciembre 1955, 30 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955.)

Perca.-V. Participaciógi en impziesios federoles.

Préstamos hipotecarios.-\J. Perisiolies ciz,iler.

Presupuestos.-V. Egresos del Estado; I+tgrrsos del Estado; If~greros rnuni- cipales.

Propiedad iamobilinrio.-V. Registro de la propiedad.

Iiegistro de La propiedod.-Decreto (C. Gobernador del Estado). Reforma el articulo I Q y suprime el párrafo segundo del articulo 3- del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Estado de Jalisco, del 30 de abril de 1936. ( 9 no- oienibre 1955, P. 0. 8 dicienrbre 1955.)

Selavio mítsin%o.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, que fija el salario mínimo que regirá en los Municipios del Estado, durante los años 1956-1957. (20 diciembre 1955, P. O. 29 diciembre 1955.)

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162 LEGISLACZON LOCAL

MEXICO

A1coholer.-Decreto N' 67 (XXXIX Legislatura). Ley del Impuesto sobre alcohol y bebidas alcohólicas, que grava la producción, adquisición y compraventa de dichos productos, en la forma y cuantia que determina. Deroga la Ley del Impuesto de alcohol y bebidas alealiólicas para el Estado de México, expedida por Decreto número 14 de 28 de diciembre de 1954. (24 diciembre 1955, 29 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955.)

Asistencia social.-V. Protección a la iftfancio

Bebidas olcohó1iau.-V. Alcoholes.

Catastro.-V. Zmpueato propiedad territonol.

Cemesa.-Decreto N-8 (XXXIX Legislatura). Ley para la venta y consumo de cerveza en el Estado de México, que contiene las normas generales sobre la :nateria y las especiales para el funcionamiento de cervecerías, licencias a las mismas, :ras- paso de dichos establecimientos, ete. (19 diciembre 1955, 27 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955, Primera Sección.)

Constitución Polltica.-Decreto No 43 (XXXIX Legislatura). Reforma los ar- t icu lo~ 10, fracciones IX y X ; 30 en su inciso F): 49, 50, 69, 8 0 , 12, 13, 23, 24, 26. 29 en sus fracciones 11, V y VIII, y el articulo 30, de la Constitución Política del Estado de Mhxica, en relación con los tramites de la expropiación por causa de Utilidad Pública; y adiciona la Ley Reglamentaria de Expropiaci'ón con los Articular 31 y 32. Deroga el Decreto número 20 de 29 d e diciembre de 1943. (30 noviembre 1955, 5 diciembre 1955, P. 0. 7 diciembre 1955.)

Delitos oficiales.-V. Responsabilidad de funcionarios.

E g r e ~ o t del Estado.-Decreto N Q S 7 (XXXIX Legislatura). Presupuesto de Egre- sos del Estado de México, que regira durante el año 1956. (19 diciembre 1955, 26 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955, Segunda Sección.)

Empl~odor públicos.-V. Pensiones ciuJes; Responsabilidad de funcionarios.

Expropiación.-V. Constituci6n Político.

Fraccionamientos-Decreto N O 63 (XXXIX Legislatura). Ley sobre Régimen Fiscal de los Fraccionamientos en el Estado d e México, definiendo lo que se entiende por fraccionamiento a los efectos de la misma y fijando la base impositiva y la tasa tributaria al respecto. Todo lo relativo al Impuesto sobre la Propiedad Territorial que no esté previsto par esta Ley, se regirá por las normas al efecto de la Ley General de Hacienda de 29 de diciembre de 1950; siendo además supletoria de esta Ley, Ia Ley General de Hacienda en vigor. (24 diciembre 1955, 29 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Segundo Sección.)

Funcionarior-V. Penrioner civiles; Responsabilidad de funcionarios.

Haciendo del Estado.-V. Fraccionamientos; Impuerto propiedad territorid; Impaerto traslación de doaiinio.

Impuesto predini.-V. Impuerto propiedad territorial.

Impuesto propiedad territoriaJ-Decreto NO 61 (XXXIX Legislatura). Reforma el articulo 2Vtransitorio del Decreto número 9 de 22 de diciembre de 1954, que madifieá y adicionó la Ley General de Hacienda del Estado en lo relativa al Impuesto sobre la Propiedad Territorial, abrogando la Ley del Impuesto a la Propiedad Raíz y del Catastro en el Estado, de 29 de diciembre de 1951. (19 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Primera Sección.)

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LEGISLACION LOCAL 163

Impuesto pvopiedod territtoria1.-V. Frncciorinmientor.

Impuesto trnslacióri de dominio.-Decreto K-5 (XXXIX Legislatura). Re- forma y adiciona el Ca~ i tu lo 1' del Titulo Segundo de la Ley General de Hacienda del Estado, de fecha 29 de diciembre de 1950 y reforma los artículos 161 y el Segundo transitorio de la misma Ley, en relación con el Impuesto sobre trasmisión de la propiedad, derogando la Ley General de Hacienda, expedida el 29 de dieiem- bre de 1950. que continuaba vigente al respecto. (24 diciembre 1955, 29 diciembre 1955. P. O. 31 diciembre 1955, Segt'ndn Secció+8.)

Impuestos.-V. Alcolzol~s; Impuesto propiedad territoriol; Impuesto traslación de dominio; I+igresor del Estado; Ingresos municipales.

Ingresos del Estado.-Decreto Kv 55 (XXXIX Legislatura). Ley de Ingresos del Estado de México para el año fiscal de 1956. (19 diciembre 1955, 26 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955, Segunda Seccióli.)

Ingresos municipoler-Decreto N-6 (XXXIX Legislatura). Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ano d e 1956. (19 diciembre 1955, 27 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955, Segunda Sección.)

Menores.-V. Protección o la infancia.

Pensiones civibs.-Decreto N' 64 (XXXIX Legislatura). Reforma los artículos 70, fracción 111, 35 y 89 y adiciona los artículos 19 35, 59 y 89, de la Ley de Pen- siones para los empleados del Estado de México y sus Municipios, de 16 de junio de 1951. (23 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 195% Primera Sección.)

Presuplicstoa-V. Egresos del Estado; Ingresos del Ertado; Ingresos municipales.

Prevención rocia1.-V. Protección o la infancia.

Propiedad territorial.-V. Fraccionamientos; Inrpriertos propiedad territovid.

Proteccijn a In infancia.-Decreto NO 53 (XXXIX Legislatura). Crea el patri- monio de la Institutci'ón de Proteceien a la Infancia para el Estado d e México, integrado con los bienes que especifica. (9 diciembre 1955, 13 diciembre 1955, P. O. 24 diciembre 1955). F e de erreras: P. O. 21 enero 1956.

Responsabilidad de funcionarios.-Decreto Nv 54 (XXXIX Legislatura). Ley de ResponsaGlidad de los Funcionarios y Empleados Públicos del Estado, de los Municipios y de los Organismos Plblicos descentralizados, declarando resPonsabler a los mismos por los delitos oficiales que cometan en el desempeño de los cargos y funciones que tienen encomendados, delitos oficiales que se definen y que se juzgarán conforme a las normas de procedimiento que se establece. Deroga el Titulo VI1 del Libro Segundo del Código Penal del Estado, con excepción de los artículos 201, fracción 11, y 202, que continúan en vigor, y los articulos 108 a 128, inclusive de la Ley Organica del Poder Judicial de Estado de 17 de diciembre de 1941. (19 diciembre 1955, 26 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955, Sección Primero.)

Salario mirairno.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, que fija el salario mínimo que regirá durante los años 1956- 1957, en todos los Municipios de la propia entidad federativa. (20 diciembre 1955, P. 0. 24 diciembre 1955.)

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164 LEGISLACZON LOCAL

MICHOACAN

Indulta.-Decreto N* 146 (H. Congreso). Autoriza al Ejecutivo del Estado, para conceder la gracia de indulto, par esta sola vez, a los reos de orden común que esten a su disposición y reúnan las requisitos que se fijan. (7 noviembre 1955, 7 noviem- bre 1955, P. 0. 5 diciemb~e 1955.)

Ingresos del Estado.-Decreto No 181 (H. Congreso) Contiene la Ley de In- gresos del Estado de hliclioaeán para el ejercicio fiscal de 1956. (29 diciembre 1955, 29 diciembre 1955, P. P. O. 0. 29 diciembre 1955 y 2 enero 1956, Supleme?rto.)

Egresos del Estado.-Decreto NO 182 (H. Congreso) Contiene la Ley de Egresas del Estado de Miehacán para el ejercicio fiscal de 1956. (29 diciembre 1955, 31 diciembre 1955, P. P. O. 0. 29 diciembre 1955 y 2 enero 1956. Suplemento.)

Presupuestos.-V. Egrcsos del Estado.

Salario minimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Miehoacán, fijando salario mínima que habrá de regir en cada uno de los Municipios del mismo durante los años 1956 y 1957. (15 diciembre 1955, P. O. 19 dicienibrc 1955.)

MORELOS

Cervesn.-Decreto N* 64 (XXXII Legislatura). Reglamento para la venta y consumo de cerveza en el Estado de Morelos. (28 octubre 1955. 5 noviembre 1955, P. O. 9 noviembre 1955.)

Egresos del Estado.-(XXXII Legislatura). Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal correspondiente al año 1956. (27 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955, Stiplemento.)

Fomento.-V. Juntas de dfejoramiento Moral, Civico y Material.

Ingresos del Eshado.-(XXXII Legislatura). Ley de Ingresos del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal de 1956. (?7 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955, Suplemento.)

Ji'ntor de Mejoramiento Moral, Civico y Material.-Decreto N' 66 (XXXII Legislatura). Dicta el Reglamento de la Ley de 17 de septiembre de 1952, <lue creó las juntas de mejoramiento, moral, cívico y material en el Estado de Marelos. (3 noviembre 1955, 8 noviembre 1955, P. O. 16 noviembre 1955.)

Molinos da nistanra1.-Decreto N' 63 (XXXIX Legislatura). Fija las bases generales a las que habrán de sujetarse los reglamentos de policía que en materia de molinos Dara nixtamal, expendios de masa y tortillerias, expidan los ayunta- mientas del Estado. Deroga el Decreto N-1, de 30 de marro de 1943, publicado en el P. O. de 18 de abril del mismo año. (14 julio 1955, 1 9 ~epf iembre 1955, P. O. 2 noviembre 1955.)

Presupuestos.-V. Egreros del Estado; Ingreros del Estado.

Salario minimo.-Deelaratori de la Junta Central d e Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos, que fija el salario minima que regirá en dicha entidad fe- deratira, durante los años 1956-1957. (21 diciembre 1955, P. O. 21 diciembre 1955.)

Torti1lerias.-V. Molinos de nixtamal.

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LEGISLACION LOCAL 165

NAYARIT

CUaigo Peital.-Decreto NO 3655 ( S Legislatiira). Contiene nuevo Código Penal del Estado y de Nayarit, aplicable a los delitos cometidos en el territorio del Estado, de la competencia de los tribunales del fuero común, cualquiera que sea la naciana- lidnd residencia de los responsables. Deroga del Código Penal anteriormente \,igente eii el Estado, adoptado por el Decreto '1" 1736, de 30 de diciembre de 1937, pro- mu1z;ido el l * de enero de 1938 y que introducii en el Estado de Nayarit e1 Cbdigo Penal del Distrito y Territorios Federales de 1931. (31 agosto 1954. 31 diciembre 1954, PP. 00. 9, 13, 16, 20, 23, 27, 30, abril; 4, 7. 11, 14, 18, 21, mego; 10, 14, 24, septiembre; 1" 4, 12, 26, 29, octicbre: y 2 nowieinbre 1955.)

Derec7io.-V. Facultad de Derecho.

Egresos del Estodo.-Decreto No 3807 (SI Legi4a:ura). Contiene la Ley de Egresos del Estado de Kayarit que regirá durante el aso 1956. (30 diciembre 1955, 30 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955.)

Empleodos publicor.-Decreto NQ 3798 ( X I Legislatura). Gcforma el artículo 29 del Decreto N' 1943 de 25 de agosto de 1939, que contiene el 'Estatuto Juridico para los Trabajadores al Servicio del Estado de Xayarit, en sus fracciones C) y D) , referentes, respectivaniente, al personal del Poder Judicial Y a los Cuerpos de Po- liciñ, Secretarios y Tesoreros de Ayuntamientos. (15 diciembre 1955, 19 diciembre 1955, P. O. 21 diciembre 1955.)

EnsrEccza r~nit,ersita~.ia.-V. Faeriltod de Derecho.

Foculrod de Dereciio.-Decreta Nv 3805 ( S I Legislatura). Deroga el Decreto No 419 de la H. Segunda Legislatura del Estado en sus artículos ZY y 22, en lo concerniente a la integración de la Facultad de Derecha como parte del Instituto del Estado. mientras re constituya la Universidad 'lagarita, faeultándose al Rector para f i jar e1 Plan de Estudiar de la Carrera de Abogado, de acuerdo con el Consejo de la Facult.ad. (27 diciembre 1955, 29 dicienibre 1955. P. 0. 31 dicienlbre 1955.)

Funcio+~arios.-V. E~nplendos Públicos.

I~igresos del Estado.-Decreto Kv 3806 (XI Legislatura). Contiene la Ley de Ingresos del Estada dc Narayit, que regirá durante el ano 1956. (30 diciembre 1955, $0 d(cie;r.bi-e 1955, P. 0. 31 diciernbrc 1955.)

?,'ot~r(ido.-Decreto NO 3796 (KI Legislatura). Reforma el articulo 39 de la Ley de Sotarindo del Estado dc Kayarit, fijando el d m e r o de notarías en las dis- tintas poblaciones del Es!ado. (15 dicienibre 1955. 19 dicie*nbre 1955, P. 0. 21 dicirs!bre 1955.)

Orgonizacióa jrcdicio1.-V. Poder judicial.

Poder ji'dicio1.-Decreto 2797 (XI Legislatura). Reforma el articulo 24 de In Le). Orgánica del Pcder Judicial del Estado de Nayarit, en vigor, que establece la división de los partidos judiciales y su jurisdicción. (15 diciembre 1955, 19 dic<eaibrc 1955, P. O. 21 diciembiv 1955.)

Pi~cn<Pi<ertos.-V. Egresos dcl Estado; Ixgrcros dcl Estodo.

Salovio ~riirti,iio.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nayarit, fijando el salario minimo que regirá en los distintos Mu- nicipios del Estado, durante los años 1956 Y 1957. (15 diciembre 1955, P. O. 17 diciembre 1955.)

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166 LEGISLACION LOCAL

NUEVO LEON

Bebidas alcohólicos.-Decreto N' 31 (LIV Legislatura). Ley de Impuesto sobre expendios de bebidas alcohólicas, que contiene las normas relativas al objeto, sujeto Y pago de dicho impuesto, empadronamiento de causantes, manifestaciones al efecto, etc. (28 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955.)

Código civil.-V. Condominio de edificios.

Condominio de edificios.-Decreto N* 24 (LIV Legislatura). Dieta Ley regula- dora del condominio de edificios y deroga el articulo 948 'del Código Civil del Estado de Nuevo León. (7 diciembre 1955, 10 diciembre 1955, P. 0. 17 diciembre 1955.)

Egresos del E3tado.-Decreto N' 33 (LIV Legislatura). Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el año de 1956. (29 diciembre 1955, 30 diciembre 195.5, P. 0. 31 diciembre 1955, Primero Sección.)

Impuestos-V. Bebidas alcoRólicar; Ingresos del Estado; Ingresos mercantiles; Ingvesos municipales.

Indulto.-Decreto NP 26 (LIV Legislatura). Ley de indulto del Estado de Nuevo León, que concede dicha gracia a los reos que se encuentren en las condiciones que determina. (19 diciembre 1955, 19 diciembre 1955, P. O. 21 diciembre 1955.)

Ingresor del Estado.-Decreto NO 29 (LIV Legislatura). Ley de Ingresos del Estado de Nuevo León. para el año fiscal de 1956. (29 diciembre 1955, 30 diciembre 1955. P. 0. 31 diciembre 1955, Primero Sección.)

Ingresos mercantiles.-Decreta Nv 32 (LIV Legislatura). Ley del Impuesto sobre Ingresos hfereantiles del Estado de Nuevo León, que grava en los términos que determina y en la cuantia que expresa los ingresos que se obtenpan por enajena- ción de bienes, arrendamiento de éstos, ~res tae ión de servicios y comisiones y media- ciones mercantiles. (28 diciembre 1955, 28 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Segunda Sección.)

Ingresos municipales.-Decreto Nv 34 (LIV Legislatura). Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de Nuevo León para el año fiscal !956. (29 diciembre 1955, 30 dicienibre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Primera Sección.)

Presupuestos.-V. Egresos del Estado; Ingresos del Estado; Ingresos Muni- cipales.

Propiedad horiso?ital.-V. Condambnio de edificios

Propiedad inmobiliaria.-V. Condominio de edificios.

Propiedad urbana.-V. Condominio de edificios.

Registro de la propiedad.-Decreto No 19 (LIV Legislatura). Fija la tarifa de los servicios del Registro Público del Estado, que causarán los derechos que determina por los diversos actos que quedan sujetos a inscripción. (26 octubre 1955, 11 t~oviembre 1955, P. 0. 16 nozfiembre 1955.)

OAXACA

Aparceria.-Decreto NO 167 (XXXV Legislatura). Ley de Aparcería Agricola del Estado de Oaxaca, que determina las condiciones de su ejecución, los derechos y obliga- ciones del aparcero y propietario y los porcentajes de lor mismos en la distribución de las cosechas de acuerdo con su aportación. Deroga las disposiciones del Código Civil del Estado sobre las materia. (23 junlo 1936, 3 j d l o 1936, P. O. 4 julio 1936) Se gublicó, con su testo actual, en el P. O. de lo de octubre 1955.)

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LEGZSLACZON LOCAL 167

Arrendamientos rústicos.-V. Aparceria.

Egresoa del Estodo.-Decreto N' 216 (XLII Legislatura). Fija el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal de 1956. (14 diciembre 1955, 14 diciembre 1955, P. 0. 31 diciembre 1955, Suplemento.)

Fomento industrial.-Decreto N-O5 (XLII Legislatura). Modifica el inciso a) de la fraceiin 1, del artieulo S*, del Decreto N* 31, de 27 d e noviembre de 1953, que contiene la Ley de Protección y Fomento a la Industria en el Estado de Oaxaea. referente al porcentaje de beneficio o franquicia que fija. ( 6 diciembre 1955, 6 di- ciembre 1955, P. O. 17 diciembre 1955.)

Ingresos del Estado.-Decreto N* 215 (XLII Legislatura). Ley de Ingresos del Estado de Oaxaca para el año fiscal de 1956. (Id diciembre 1955, 14 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955, Supleme+ito.)

Preru0uertos.-V. Egresos del Estado; Zngreror del Estado.

Propiedad agraria.-V. Aparcerio.

Tránsito.-Decreto N U l 4 (XLII Legislatura). Modifica los articulas 45 99, y 12 de los Capítulos 1, 11 y III, respectivamente, de la Ley de Tránsito del Estado de Oaxaea, contenida en el Decreto Núm. 65 de fecha 12 de julio de 1951. (14 di- ciembre 1955, 14 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955.)

PUEBLA

Salario minimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla, fijando el salario mínimo que regirá en dicha Entidad Fede- rativa, durante lar años 1956 y 1957. (26 diciembre 1955, P. 0. 27 diciembre 1955.)

Casa.-V. Participaciones en Znrpi<estos federales

Egresor del Esfado.-(XXXVIII Legislatura). Ley que e x ~ i d e el Presupuesto de Egresos del Estada de Qiieritnro para el ejercicio fiscal de 1956. (30 diciewtbre 1955, 31 diciembre 1955, P. 0. 29 diciembre 1i55, Alcance.)

EnseZanaa uaiz,ersirarin.-\J. Unicersidod de Querétaro.

Impiiertos.-V. Participaciones eti tmpnrstos federales.

Ingresos del Estodo.-(XXXVIII I.egirlatura). Ley de Ingresos del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal, correspondiente al año 1956. 31 diciembre 1955, 31 diciembre 1955, P. O. 29 dicietnbre 1955, Alcarrce.)

Organiaación u+iiverritnria.-V. U>ziversidad de Qaerétnro

Piarticipaciones en imp%icstos federales.-Ley (XXXVIII Legislatura). Fija la participación que corresponde a las Municipios del Estado sobre Impuestos Federales en la explotación de pesca, cara y similares en el territorio del Estado de Querétaro. (9 noviembre 1955, 10 diciembre 1955, P. O. 22 diciembre 1955.)

Perca-V. Participaciones en impuestos federales.

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LEGlSLACION LOCAL

Presi'puer!os.-V. Egresos del Eslodo; Ingresos del .9stado

Salario minimo.-Resolución de la Junta Central de Concilii.c?ón Y Arbitraje del Estado de Querétaro, que fi ja el salario mínimo que deberá regir en los distiiitos municipios de dicha entidad durante 10s años 1956 y 1957. (28 diciembre 1955, P. O. 29 diciembre 1955.)

Unioarsidad de Querétavo.-Ley (XXXVIII Legislatura). Reforma las Frac- ciones I V y XXI del articulo 2Y de la Ley Reglamentaria de la O r ~ á n i c a de la Uni- versidad de Querétaro de 29 de diciembre de 1950, al que adiciona además una fracción XII, todo ello en relación can las atribuciones del Consejo Universitario. (29 diciembre 1955, 29 dicionbre 1955, 1'. O. 29 diciei+ibre 1955.)

--.-Ley (XXXVIII Legislatura). Reforma el articulo 9' de la Ley Orgánica de la Universidad de Querétaro de 31 de diciembre de 1950. relativo al nombra- miento del personal docente y administrativo de la misma. (29 diciembre 1955. 29 diciembre 2955, P. 0. 29 d;ciemb$-e 1955.)

SAN Lü1S POTOSI

.%lt<nicipios.-V. Organizocidn irtriiiciJlo1.

Notariado.-Decreto N' 43 (XLI Congreso). Adiciona el Decreto Número 21 de 10 de abril de 1955, que contiene la Ley de Notariada para el Estado de San Luis Potosi, con un articulo transitorio que expresa que la misma entrara en vigor a partir de la fecha de publicación de este Decreto. (27 septiembre 1955, 7 octubre 1955, P. O. 20 octubre 1955.)

Orgeniaaciún municipal.-Decreto 44 (XLI Congreso). Deroga el Decreto N* 35 de 17 de septiembre de 1942, publicado en el P. O. de 25 del mismo mes y año, que reforma el párrafo Z9 del articulo 79 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosi, en lo concerniente a la integración del ayunta- miento de la Capital. (27 septiembre 1955, 7 octubre 1955, P. O. 20 octubve 1955.)

-.-Decreto N* 45 (XLI Congreso). Reforma el articulo 2' del Decreto número 51 de 4 de octubre de 1946, publicado en el Periódico Oficial de 10 d e octubre del mismo año y establece el municipio de Huehuetlán, con el territorio que pertenecía a su antigua jurisdicción, derogando en coiisecuencia el articulo 7- del Decreto 51, antes citado. (27 srOtiernbre 1955, 7 octubre 2955, P. O. 20 oc- cubre 1955.)

SINALOA

Alqi<ileres.-V. Corrgehación de rentas.

Arreadomientos.-V. Congeloció?~ de rentas.

Buceo.-V. Participaciones e+% impr'estos fedm'ales

Congelación de rentas.-Decreto NO 271 (XLI Legislatura). Prorroga durante el año 1956 los efectos del Decreto número 21, de 24 de noviembre de 1953, relativo a la congelación de rentas de casas destinadas a In habitación, cuyo alquiler no exceda de 400 pesos mensuales. (2 diciembre 1955, 13 dzctembre 1955, P. 0. 29 diciembre 1955.)

Consiitucióa Po1itico.-Decreto No 280 (XLI Legislatura). Reforma los ar- t icu lo~ 94, 98, 99, 102 en su Fracción 11, 104, en el inciso 4) de su fracción 11, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, todos ellos en relación con la ~ ~ g a n i r a c i ó n del Poder Judicial. (20 diciembre 1955, 29 diciembre 1955, P. O. 3f diciembre 1955. )

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Egrrsrs dcl Es1ndo .~ -V . Prertipi<cs:i>r.

Elc<-cioner.--1kcrcto lV\'" 288 (SL.1 Legislatura). Refarrda y ndicionn la fracción 1 d ~ l articulo 3.' de In Le? Electorcil vigente en el Estado de Sinaloñ, que determina la fecha *;ira la elecciiin de Coiitrnador, I'residentcs Municipales Y Regidores; a* prinie la frarciiin 111 drl mismo ;trtírulo 3'2 y reforma el articulo 84 de la repetida Ley Electoral. en relación con I;i c;ilificacióii ,><ir In legislatura de las elecciones par:, C.<,hcrnador. (2 diciembre 1955. o diciciiibrr 1955, P. 0. 6 dicicnthr-e 1955.)

iinr;e$idn <ltl Estodo.-\'. l!~:piicsio r,,bic ti-nsloci6ii <!e <lo»iinio.

Iniplicrto so6i.e traslnri<;ir d c dr>ntinio.-L)rcreto Kv 264 (XLI 1.egislatura). Rvlorniñ el articclo 10 fracción 1 inciso "J" de la Ley de I n ~ r c s o s y Egresos del Estado de Sinalon para lo5.í. rclari\o nl ''Tnil>ueslo rol>ir Traslación de Dominio"; drrnga VI Capitulo VI¡ del Ileqianirnto de la Le? General de Hacienda del Estado dr Sinalon (nrticulos 49 a 5 3 iriclusivel. rrfoinin sus artículos 137 a 141, ambos inclusive, y In adiciona con 10s nrticulos 141-his-l. n 1 - S - O ambos inclusive tanihiin, integrando en esta fwmn el rnpitulo 17 de ella, ciuc redamenta el Inipuesta de reiercnria. ( ? Z i,o;,ir>nbi-c 1955. S <li,.iriizbi?- 1955. T. O. 27 riiricsihre 195.5.)

irnplirii<.s.-\. !,iip;!rsin .siit>;.i : ! <ir <roiniii;o; Iiigi-csor inr<nici)nles; r i . r~ l r .mrc r i i~ .

fegr-rsr ,s d r l Esiodo.-\'. 1s:pncsio sobi.r i iuilncidii d e dotiiiriio; Pre;zil>uestos.

Isoi<,linnI<>.-l'. Congeloci<:r' ii<. w+<:os.

l ~ i g r ~ . w s *iit4<ii~ipolcr.-Decrcto S V 7 0 ( S L I Lepislntura). J.ey de Arbitrios Mu- rii~ip;~lt.s en VI Estado de Sinaloa para cl ni>" de 1956. ( 2 d i c i ~ t n b r e 19.55. 16 diciern- t v c 7055, P. O. 37 diiicriibre 19:s.)

~ : ~ ~ ~ ~ ; ~ ~ ~ i < ; ~ jr<i(irinl.-\-. (otistii«ri<:n palíiicn; Poder ?r<dicinl.

I'c;!.r:'pocio~:cr c8i i~iipxc$ftir jccl~r<il~s.--Decreto Y? Z i 9 (XLI Legislatura). Fija ;: le? hyunr;imient<>s drl Estado los iiorcrntnjes que les corresponden en calidad de l,;,riiril,:2~irnt.s e1 Tm;,ursta Federal solire crlilotarión pesquern, buceo y similares. Jicroga el Dcirr to K Q 266, c ~ ~ > ~ d i d o ~1 22 dp noviembre dc 1955. (13 diciem(>re 1955, 27 diciinibrc 10.55, P. O. 29 dicicnihi.~ 1955.)

Prsco.-1.. Poit ic ipocin~:rs ea iir:lirces:os fccicrnics.

Poder jirdicio1.-Decreto N" 283 (SI.1 I.rgislarurn!. Reforma los articules 3. 4, S. 6, 7, U, 10, 11, 12.'13. 14. 1:. 16. 17, 18. 19, 20, 21. 22, 23, 24, 26. 54, fraeci6n 11, 60 frncriiin 11; 63 ? 67 fr;iccióii 11. de In Le? Orginira del Poder Judicial vigente cr c1 Estado de Sinalo;:. cn rtlnción con Ins fncultndeí y orgnniraci6n del Supren,, 'Tribunal de Jiirtiei;~ del E.t;,dr>. (27 dicicmbir 1955. Z d diciontbrr 1955, P. 0. i7 dicicnrbr-c 19.55.)

I ~ r o f r . ~ i o r : i r . - A ~ ~ ~ ~ d u (Eieruiii-o del Estado). Crea, driiendiente del I'oder dcl Esf;,do dr Sinalon, In Dirccciún General de Profesiones, quc tendri

f;irulindis y iiiiligaciiinrs delrrmin;id;ii en r l ;rrticulo 12 de In I.ey de Profesiones <lcl Estad<. rle Sinalon ~ x ~ i r d i d ~ rl 14 dv dicienihrc dp 1954 y publicada e n el F. O. de .? d c mayo de 195.:. (7.5 i0r is:n 105.5. P. U. ,Y <irliibi.e 1955.)

Propiedad inviub~iinv;o.-\~. Inipi.cs:,, si,bic ti-orlo<-;i;iz de dutni"ii2; R < ~ ~ U l e o dc la plnp:rdod.

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Registro de lo propiedad.-Decreto (C. Gobernador del Estad,,). Deroga 10s nriiculos 21. Si, 58, 59, 60. 61, 66, i5, 86, 89, 90, 91 y 93: y .?forma los arliiulos 16, l i . .42, 44. 54. 6 2 , 82 y 160 del Reglamento del llegistro Público para el Estado de Sinaloa, de septiembre de 1941, publiendo cn el P. O. números 144 a 149 de diclio ?ño, con objeto de modernizar y perfeccionar s u s sei\~icios Y declara <iue lus articulos 98;'99, 100, 101, 102, 104, 105, 106 y 107 del mismo 1Zeglamentu. sólo quedarán vigentes por lo que respecta a las inscripciones asentadas con anterioridad a 15 proiiiulgaciún de este Decreto. (18 riouicntbre 2955, P. 0. 3 dicienibre 1955.)

Solario niininto.-Resolución de la junta Central de Conciliacibo y Arbitraje del Estado de Sinaloa, fijando el salario mininio que regirá en los distintos Muoi- cipios del Estado, durante los años 1916 y 1957. (17 diciri,,b~.e 1955. P. O. 29 di- cikinbre 1955.)

. , Tírslos profesio?~oles.-V. Profesioii~s.

Ao5orto de cnnier-V. Gnlzado.

Alcohol.-Ley X* 4 (H. Congreso). l<efornia los artículos 1 y 21 de la Ley de 1-de diciembre de 1943, (N" 18) denonlinada "Ley restrictiva que crea un im- puesto especi;il solme alcohol y bebidas alcoli6lieas", a la que adiciona además con un articulo 23-Ris: todo ello en re1;ieibn a la eoneesián de los permisos para 13 elaboración, nlniacenamiento y renta de dichas productos y las sanciones a los infractores d~ BUS preceptos, (9 novie>nbre 1955, 10 noviembre 1955, P. 0. 16 no- uiernúr-<. 1925.)

Ecbidas ialcoh<ilicor.-V. Alcohol.

Carirer.-V. Gomdo.

,. Egrrsos d d Eslado.-Ley Kv 10 (H. Congreso). Expide el Presupuesto de Egre- ;os del Estado de Sonora Daza el a50 fiscal de 1956. ( 2 0 diciembre 1955, 21 diciembre 1655, P. 0. 31 dieiernbre 1955, Alcance.)

Goundo.-Ley NP 2 (H. Congreso). Reforma los 'artíeulor 3 y 5 de la Ley número 99 de 4 de octubre de 1948, que establece una reserva de ganado para pa- rantizar el consumo del mercado local, adicionándola con un artículo 15. relativo a las obligaciones que impone n los productores y a la Unión Ganadera Regional de Sonora. (19 tioeiicmbre 1955. 3 irovie>nbri 1955, P. O. 9 noviembre 1955.)

--.-Ley N' 5 (H. Congreso). Adiciona la Ley niimero 99 de 4 de octubre de 1948, que establece una reserra de sanado para garantizar el consumo del mercado local, con los articulos 16, 17 y 18 relativos n plantas empacadorus. reiriseradoras, frigoríficos. n1m;icenndoras r industrializadoras de carne. (22 rrovicmbre 1955, 23 ttowirinbre 1955, P. 0. 26 novietnbrc 1955.) . .

I~iipi~esfor.-V. Alcohol; 111gresos ddl Estado.

.. Irgresos del Estado.-Ley Kv 9 (H. Congreso). Ley de lngrcsos del Estado de . Sinnlon Darn el ejercicio Fiscal de 1056. (20 diciembre 1955, 21 diciembre 1955. E.. 0. 28 diciembre 1955, Alcn+ica.)

--.-Tarifa para el eohro de los Derechos Fiscales del Estado de Sonora, durante el año 1956. (14 diciembre 1955. P. O. 28 diciembre 1955, Alcance.) . ., ..

P~.esuor<estor-V. Egresos del Edado; Ingresos del Estado.

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LEGISLACION LOCAL 171

Salorio niÍnimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Sonora, que fi ja el salario mínimo que regirá en los distintos Municipios d e la entidad, durante los años 1956 y 1957. (20 diciembre 1955, P. 0. 28 diciembre 1955.)

TABASCO

Auroira>,rpoi-tes.-\-. Derechos fiscales.

Cacao.-V. Impiie$tos.

Copro.-V. Intpuesios.

Derechos fiscales.-Decreto N" 211 (XI.1 Legislatura). Reforma el Capitulo siete de la Ley que establece la tarifa para el cobro de derechos y productos. en sus articulas 23, 25 y 26, relativos a los permisos de tránsito y ruta para la explotación d e autotransportes. (29 dicienibre 1955, 30 diciembre 1955, P. O. 31 diciembre 1955.)

1mpi~estos.-Decreto Ko 177 (XLI Congreso). Reforma el articulo 7 de la Ley d e Impuestos Diversos del Estado de Tabareo, relativo al Impuesto que se causará sobre los productos agrarios que indica, conforme a la tarifa que contiene, y autoriza subsidios.'en el porcentaje que fija el imyorte del propio impuerto. a los productoren d e cacao, copra y plátano. con objeto de fomentar su produeei6n. (20 oct*<bre 1955, 21 octubre 1955, P. 0. 22 octubre 1955.) (Fe de m a t a r : En el P. 0. 26 octubrc 1955).

P1áPnao.-V. Im#ticstos.

Salario miiiimo.-Resolución de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de l Estado de Tabasco, que fija el salario minimv en cada uno de los Municipios del Estado para los años 1956 y 1957. (23 diciembrr 1955, P. 0. 28 diciembre 1955.)

Trátzriro.-V. Derechos fiscdor.

Cúdigo civil.-Decreto N' 69 (XI-11 Congreso). Reforma el Decreto número 30. expedido por el Congreso del Estado el 20 de abril de 1955 y publicado en el periódico oficial de 27 del mismo mes y año. modificando nuevamente el artículo 2199 del Código Civil de Tamaulipan, en lo concerniente al número de Notarios en las dife- rentes ciudades del Estado. (26 ociubve 1955, 7 noviembre 1955, P. O. 9 rzoviembrr 1955.)

Congi-eso del Estodo.-Decreto No i 8 (XLII Legislatura). Adiciona los artículos 33 g 35 del Reglamento para el régimen interior del Congreso del Estado, expedido por Decreto número 121 de 2 de noviembre de 1928, nublieado en el P. O. de 15 de diciembre del mismo año. ( 1 4 noviembre 1955, 15 noviembre 1955. P. 0. 23 <&oaiembre 1955.)

Erisníatua +inivcrritario.-V. Odo~itologia.

Ercurlo de Odo>ttologio.-V. Odo~rtologio.

Iiigr.e~os nrerca>itiles.-Decreto No 68 (XLII Congreso). Modifica el artículo 15 de la Ley de Impuesto sobre Ingresos Mercantiles contenida en el Decreto número 104 de 19 de diciembre de 1951, adicionándole un inciso XXIII. que exceptúa

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172 LEGISLAGION LOCAL

del grnvamen s los Ingresos procedentes de la. producci6n i.enta de priiuern cinno de aguas envasadas, y concede una participación del 50% a los llunicipioc del Estado. en la estatal del 25% a que se refiere el articulo 14 de la Ley Federal del Impuesto sobre ayuas envasadas, publicada eii el Diario Oficial de la Federac?ón de 31 de diciembre de 1951. (1.7 s~ptienibre 1955, 14 s e p i i e m b v ~ 1955, P . O. 10 octubre 1955.)

. \ i ~ t o ~ ~ l ~ L I ~ i - V . Cúdigo ci~sil del Estado,

Odoaiologi~.-Decreto N" 73 (XLII I.egis1ntur.i). Declara Escuela Oficial de1 Estado, In Escuela de Odontologia fundada pur la Asociación Civil "Eduearióii Pro- fesional de Tampieo", que funciona cn dicha Ciudad, Escuela que drherá ajustarse estrictamente a los planes académicos de la Universidad Nacional Autónoma de M&xico, formulando su propio Estatuto y lleglamrnto iiiteriores, adoptando los qlic rigen en la Universidad de reierencin, con Ins i~>odifieaciones necc!iariai. (S <:o- vienibre 1955, 7 izovienbrc 1955, P. 0. 16 +iovicmbi.e 195.5.)

P ~ d c r legislai?oo.-V. Congreso del Estado

TLASCALA

Eyrcsos nrui~icipa1cs.-Dccrcto NO 131 ( H . Congreso). Contiene ~1 Prcsupucs+r. de Egresos para los Municipios del Estado de Tlnxcnln durante el eje;r.iciu fiscal de 1956. ( 2 3 diciembre 1955, 26 diciembre 1955, P. 0. 28 dirieriibic 1955.1

1:lrccio~res.-V. Pavtidos poliiicos.

Enfrririnria y r>bstetricio.-Decreto 110 111 (11. Congrcsa). Crea la Escucln de Enfcrraeria y Obstetricia drl Er:ado de Tlarcnla, cuyos cursos tendrán un;, duración de tres años, distribuidos con arreglo al Plan de Estudios y materia iluc se especifica. (10 agosto 1955, 3 nctubrc 1955, P. 0. 5 oclizbi-e 19.55.)

C;a,iaderio.-V. Toros de l1d.o.

Ir%pi<rs:os.-V. ltzgresos drl E ~ t a d o ; Iriyresos ini<iriciOalcs; Toros <le lidin.

1-igresos del Estado.-Decreto N' 138 (H. Congreso). Contiei,e In I.cy de In- gresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal de 1956. (27 dicie>iibrc 1955, 28 diciernbre 1955. P. 0. 28 dicicnrbrc 1955.)

I ~ i g ~ e s o ~ del Estado.-V. Twos de lidia.

Ivigrcsos iitt<riicipalrs.-Decreto Bv 124 (11. Coiigreso). Ley dc Ingresos I , : < T ~

los hlunicipios del Estado de Tlnxcnla que regirá durante e1 ejercicio iiscal de 1'156. ( Y diciembre 1955, 20 d i c i r r n b ~ . ~ 1955, P. O. 21 diciembre 1955.)

Portidos politicos.-Decreto N* 112 ( H . Congreso). Rriormn los nrticulos :2, 23 y 26 de la 1.e~ Electoral. vigente en r l Estado de Tlaxcala, relativos n los partidos politicos Y su registro a efectos r leetor~lcs. (30 ogosto 1955, 5 oct,ihi.í J955, P. 0. 12 uclirbr-r 1955.)

Toros dr lidia.-Decreto N' 125 ( H . Congreso). Reforma el articulo 13 de 1:: Ley de lnprrsas del Estado de Tlaxcala para 1955, referente al Impucsto sobre

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enplotac?Gii de ganado de lidia. (9 diciembri 195.7, 21 dicienibre 1955, P. 0 . 21 dicirmhre 1955.)

Tzirisirto.-Decreta ' 1 9 114 ( H . Congreso). Crea el Patronato estatal pro turismo en el Estado dc Tluxcala. integrado f>or los representantes públicoi ~iriv;idai que determina. encargado de promover en cuanto sea posible el desarrollo del ;ririimo interior y exterior de la Entidad Federativa. (30 agosto 1955. 27 octub!.~ 1955, P. O. 1 6 nouiernb~c 1955.)

A1coholcr.-Derrrio NO 9 (Ejecutivo de! Estado). Fija la calificación y el cohro en 1956 del 1rnl)uesto sobre azúcar. alcohol r mieles incristaliznbles. a oite se refiere . . el articulo 72 reformado de la Ley Fiscal de! Estado de Veracruz. (?8 noz,ietnbre 1935. P. 0. 22 dicieiiibi-r 1055.)

Alc,i!i<i!rs.-V. 'Vii!ris.

Az;Ír«r.--V. Alcoiiol.,r.

Celdrros de rinpoi..-Le>- Ko 7 (Gol>crnndor del Estado). Deroga r l Dccrcto NO 242 de 3 dc noviembre de 1933. sohre inspección de calderas de vapor eitablece normas al efecto. fijando la tarifa para el cobro de derechos por dicho concepto ?- con apego estricto n las disposiciones del I le~lumento local para In inspeeeibn de calderas de vapor. expedido por el Ejecutivo de! Estado el 21 de noviembre de 1941. (27 srl>Iirtii!>rc 1955, P. O . 6 diciembre 1955.)

Derrc!ior fisco1rs.-V. 0rgorzi;aciÚsi f.'srn!.

E ~ I P S O S dr.1 Eslodo.-Le? Ko 66 (11. Legislatura). Ley de Ecieroi que rcgir i rn el Estado dc Vcrncntz en el a60 fiscal que corresponde de lv dc enero nl 31 de diciembre de 1936. ( 22 diciembre 1955, 23 diciembre 19.55, PP. 0 0 . dirii.nrhvc :: s i g ~ ~ i e t i t e ~ 1955, A I ~ C S O S . )

1inptrcsri.s.-V. Alcoholes; I?ISI.ESDS ~ c I Eslodn; O~gonisocirin fiscal; Vitros.

I~igrrsos de! Estado.-Ley h'v 65 (11. Legislatura). Ley de Increaoi del Estado de Veracruz para el año de 1956. (22 diciembr-G 1955, 22 diciembre 1955, P. 0 . l 7 dicicmbrc 1055, A+,cro. j

I.ico>-es.-V.. Vinos.

Mieles ii~cris1olilobles.-V. A1cniiole.r.

OrgotiizaciÓ>i fisco1.-Le? NQ 10 (Ejrcutii-ii del Estado). Rrforrna 1:i i n r c ión XV de 1s Tarifa "A'> del articulo 26 del Iteclamento de la I.er Fiscal vigente en el Estado de \'eracruz y adiciona dicha tarif:i con otra fraccibn XV-A, en relaci.in, respectivamente, a lo i derechos fiscales que del~cn abonar Ion establos. vaqiierias. etc., Y los exoendios de leche ? sus derivados. cuando pertenezcan n los dueiios de los establos y vaqueri:in ul>icadas en el Estado: reforma asimisnio. 1-i fr;iecibn f ) de la Tarifa del articulo 90 del mismo Reglamento. concerniente a las cuot;is nnr In inscripción de documentos relativos a derechos o nccionei personsles, o bienes in- muebles. (19 diciembre 1955, P. 0 . 24 dicicmbr-c 1955.)

Pren<pricstor.-V. Egresos del Estado; Ji7gveros del E s i d o .

Rcgktro d e la Propiedod.-V. Organizacióri fircnl.

Solario tnínimo.-Resolueiún de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz, que fija el salario miniino que regirá en los distintos Muni-

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174 LEGISLACION LOCAL

c ip io~ del Estado, durante las anos 1956 y 1957. ( 2 1 diciembre 1955, P. 0. 24 diciembre 1955.)

Segsridad industrial.-V. Calderas de anpor.

Virior-Ley N' 8 (Ejecutivo del Estado). Reforma la fraccion 111 del articulo 49 de la Ley numero 83 de 16 de diciembre de 1940, fraeei'bn reformada por la Ley número 6 de 23 de agosto de 1955, referente al Impuesto que pagarán los fabricantes de vinos y licores por las ventas que hagan a los comerciantes del ramo. (27 sep- t ienbre 1955, P. 0. 24 noviembre 1955.)

YUCATAN

(Ko se lian publicada durante el trimestre disposiciones iiiipartantes de carácter general.)

ZACATECAS

Egvesos del Estado.-Decreto N' 304 (H. Congreso). Contiene e1 Presupuesto de Egresos que regirá en el Estado de Zaeateeas, durante el ejercicio fiscal eorrespon- diente al año 1956. (24 diciembre 1955, 26 diciembre 1955, P. O. 28 dici~nibre 1955, Suplemeeto.)

I?rgrrsos del Estado.-Decreto N' 259 (H. Congreso). Ley de Ingreso del Estado de Zaeatecns para el ejereicia fiscal, eorr~spondiente al ario 1956. ( 2 2 no- vietnbre 1955, 24 nouienibre 1955, P. O. 26 noviembre 1955, Suplemeirfo.) P8 d e Erratas: P. O. 4 enevo 1956.

Pvesupuesios.-V. Egrcaos del Estado; Ingresos del Estado.