El estado peruano

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ESTADO PERUANO

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ESTADO PERUANO

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ESTADOESTADO

INTRODUCCIÓN

En los Estados Democráticos, el poder emana del pueblo. Los gobernantes elegidos representan al pueblo y deben gobernar teniendo presentes sus intereses, necesidades y posibilidades.

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ESTADO PERUANOLa denominación “Estado” fue

acuñada por Maquiavelo, desde las líneas iniciales de su obra “El

Príncipe”. Tal acepción de la palabra Statu, deriva de la voz latina status,

que expresa un orden

El Estado es la nación jurídicamente y políticamente organizada. La Constitución Política sostiene que el Estado es uno e indivisible. El Estado se organiza de acuerdo a la Constitución y las leyes complementarias

DEFINICIÓN

ETIMOLOGÍA

CARACTERÍTICAS DEL ESTADO PERUANO

ELEMENTOS

Republicano

Viene de Res = cosa; pública = pueblos. Es decir, que pertenece al pueblo, que por delegación otorga su poder a quienes lo habrán de gobernar.

La capital de la República del Perú es la ciudad de Lima. Su capital histórica es la ciudad del Cusco.

Democrático Es la autoridad del pueblo.

Social Según este principio, es el pueblo, nación o colectividad, lo que interesa al Estado.

Independiente y soberana

Expresa autonomía del Estado peruano con respecto a otros Estados. La soberanía se refiere a la capacidad que tiene el Estado de darse leyes y gobernarse, obedeciendo la decisión y voluntad popular.

Territorio

Nación

Poder Político

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TERRITORIO

Es la población o grupo de personas que reside dentro de un espacio geográfico. Este grupo posee ciertos vínculos que los mantienen unidos como, por ejemplo, sus costumbres, unidad idiomática, fe religiosa, su pasado, sus anhelos e ideales comunes.

NACIÓN PODER POLÍTICO

Alude a aquel espacio físico o porción geográfica donde el cual el Estado ejerce soberanía. El territorio es inalienable e inviolable.

IDEAS FUERZA•El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre.A.Inalienable. Es la condición de aquello que no puede enajenarse ni transferirse, que está fuera del comercio y que por eso no puede ser dispuesto por el Estado.B.Inviolable. Es la condición de aquello sujeto a la soberanía exclusiva de un Estado. Es por eso que dentro del territorio de un Estado, los demás Estados deben abstenerse a promover cualquier acción.

SUELO Comprende la capa de labrantía de la corteza terrestre.

SUBSUELO Es la parte situada debajo de la capa de labrantía.

ESPACIO MARÍTIMO

Comprende la masa líquida adjunta al suelo terrestre. En nuestro país es 200 millas.

ESPACIO AÉREO

Comprende la extensión de aire que cubre la demarcación territorial (suelo terrestre y dominio marítimo).

Es entendido como la realización de la facultad de mando que tiene el Estado, es decir, que el poder se representa en la autoridad a cuya orden se encuentran sometidos los habitantes.

•El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.•Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión o sedición.

El poder estatal tiene tres características:

1.-Omniinclusividad. Es decir abarca y alcanza a todos los grupos sociales asentados dentro de su territorio.

2.-Coercitividad. Las órdenes que dicta son exigibles por la fuerza.

3.-Soberanía. Esto quiere decir que dicho poder es supremo, exclusivo, irresistible y esencial, no admite a ningún otro, ni por encima ni en concurrencia con él.

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El gobierno peruano es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.

UNITARIO REPRESENTATIVODESCENTRALIZADO

EL GOBIERNO

Es decir, posee una dimensión gubernativa de alcance nacional (por eso se denomina también Gobierno Central).

Significa que los gobernantes de todos los niveles tienen respaldo directo en las elecciones, y por ello representan al pueblo en las decisiones que toman.

Debido a la existencia de gobiernos regionales y locales.

SEPARACIÓN DE PODERES

La Constitución Política proclama también que el gobierno del Perú se organiza según el principio de separación de poderes que consiste en que el poder político es dividido de tal manera que aquellos que lo ejercen tengan un contrapeso con los otros poderes. La división de poderes es la expresión del balance de poderes y uno de los fundamentos del Estado de Derecho.

Conformado por los tres poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo, Judicial y los diez organismos constitucionales autónomos.•Ministerio Público•Tribunal Constitucional•Consejo Nacional de la Magistratura•Defensoría del Pueblo•Banco Central de Reserva del Perú•Superintendencia de Banca y Seguros•Contraloría General•Jurado Nacional de elecciones•Oficina Nacional de Procesos Electorales•RENIEC

Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.Estructura:Presidencia Regional: órgano ejecutivo.Consejo Regional: Órgano normativo y fiscalizador.El Presidente es elegido conjuntamente con el vicepresidente, por sufragio directo por un período de cuatro años, y puede ser reelegido.

Las municipalidades son órganos de Gobierno Local.Clases:Metropolitana: Para la ciudad capital.Provincial: Creada para las provincias.Distrital: Para los distritos.De los centros poblados: Son creadas por las municipalidades provinciales atendiendo la necesidad de un centro poblado.De las fronteras: Son aquellas que funcionan en las provincias o distritos limítrofes con un país vecino.

CENTRAL REGIONAL LOCAL

GOBIERNO

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DEBERES DEL ESTADO PERUANO

Son deberes primordiales del Estado:

•Defender la soberanía nacional.

•Garantizar la plena vigencia de los derechos humanos.

•Proteger a la población de las amenazas contra su seguridad.

•Promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

•Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior.

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NUESTROS SÍMBOLOS PATRIOS

En setiembre de 2009, el Gobierno del Perú por orden del ministro de defensa Rafael Rey las fuerzas armadas dispuso que se cantara en ceremonias oficiales la última estrofa (En su cima los Andes sostengan...) en lugar de la primera, lo cual se realizó el 24 de setiembre (Día de las Fuerzas Armadas) y el 8 de octubre (Día del Combate de Angamos).

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El Código Penal establece los siguientes delitos contra los símbolos y valores de la patria.

•Ultraje a símbolos, próceres o héroes de la patria: El que, públicamente o por cualquier medio de difusión, ofende, ultraja, vilipendia o menosprecia, por obra o por expresión verbal, los símbolos de la Patria o la memoria de los próceres o héroes que nuestra historia consagra, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a ciento ochenta días-multa. El que publica o difunde, por cualquier medio el mapa del Perú con alteración de sus límites, será reprimido con la misma pena.

•Actos de menosprecio contra los símbolos, próceres o héroes patrios: El que, por acto de menosprecio, usa como marca de fábrica, en estampados de vestimentas o de cualquier otra manera, los símbolos de la patria o la imagen de los próceres y héroes, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año, o con prestación de servicio comunitario de veinte a treinta jornadas.

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Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. El número de congresistas es de ciento treinta. El Congreso se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley. Los candidatos a la presidencia no pueden integrar las listas de candidatos a congresistas. Los candidatos a vicepresidentes pueden ser simultáneamente candidatos a una representación al Congreso.

B. Inelegibilidad: No pueden ser elegidos congresistas si no han dejado el cargo seis meses antes de la elección:•Los ministros y viceministros de Estado, el Contralor General, y las autoridades regionales.•Los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Jurado Nacional de Elecciones, ni el Defensor del Pueblo.•El Presidente del Banco Central de Reserva, el Superintendente de Banca y Seguros, el Superintendente de Administración Tribu taria, el Superintendente Nacional de Aduanas y el Superintendente de Administradoras de Fondos Privados de Pensiones. Y•Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en actividad.

PODER LEGISLATIVO

A. Requisitos: Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido veinticinco años y gozar del derecho de sufragio.

C. Funciones: La función de congresista es de tiempo completo; le está prohibido desempeñar cualquier cargo o ejercer cualquier profesión u oficio, durante las horas de funcionamiento del Congreso.El mandato del congresista es incompatible con el ejercicio de cualquiera otra función pública, excepto la de Ministro de Estado, y el desempeño, previa autorización del Congreso, de comisiones extraordinarias de carácter internacional.La función de congresista es, asimismo, incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o miembro del Directorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran rentas públicas o prestan servicios públicos.La función de congresista es incompatible con cargos similares en empresas que, durante el mandato del congresista, obtengan concesiones del Estado, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros.

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Son atribuciones del Congreso:

1. Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes.

2. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los intereses.

3. Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución.4. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General.

5. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.

6. Ejercer el derecho de amnistía.

7. Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.

8. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.

9. Autorizar al Presidente de la República para salir del país.

10. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de la función legislativa.

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PERIODO PARLAMENTARIO

PERIODO ANUAL DE SESIONES

2012 20152013 2014

2012

PERÍODO ANUAL DE SESIONES

PERÍODO ANUAL DE SESIONES

PERÍODO ANUAL DE SESIONES

PERÍODO ANUAL DE SESIONES

15 Diciembre 01 Marzo 15 Junio

RECESO PARLAMENTARIO

LEGISLATURAS EXTRAORDINARIAS

RECESO PARLAMENTARIO

LEGISLATURAS EXTRAORDINARIAS

2011 2016

27 Julio 26 Julio

PERÍODO ANUAL DE SESIONES

2011

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Los miembros de la Comisión Permanente del Congreso son elegidos por éste. Su número tiende a ser proporcional al de los representantes de cada grupo parlamentario y no excede del veinticinco por ciento del número total de congresistas.Son atribuciones de la Comisión Permanente:

COMISIÓN PERMANENTE

•Designar al Contralor General, a propuesta del Presidente de la República.•Ratificar la designación del Presidente del Banco Central de Reserva y del Superintendente de Banca y Seguros.•Aprobar los créditos suplementarios y las transferencias y habilitaciones del Presupuesto, durante el receso parlamentario.•Ejercitar la delegación de facultades legislativas que el Congreso le otorgueNo pueden delegarse a la Comisión Permanente materias relativas a reforma constitucional, ni a la aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas, Ley de Presupuesto y Ley de la Cuenta General de la República. Las demás que le asigna la Constitución y las que le señala el Reglamento del Congreso.

Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso: al Presidente de la República; a los representantes al Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; a los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos; al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en éstos.

Daniel Fernando Abugattás MajlufPresidente del Congreso

2011 - 2012

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PODER EJECUTIVOOllanta Moisés Humala Tasso (2011 – 2016)

El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación. Para ser elegido Presidente de la República se requiere ser peruano por nacimiento, tener más de treinta y cinco años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio.El Presidente de la República se elige por sufragio directo. Es elegido el candidato que obtiene más de la mitad de los votos. Los votos viciados o en blanco no se computan.

Junto con el Presidente de la República son elegidos, de la misma manera, con los mismos

requisitos y por igual término, dos vicepresidentes.

La única función de los vicepresidentes es reemplazar al Presidente en caso de ausencia, suspensión o vacancia del cargo presidencial

Marisol Espinoza Cruz (1° VICE PRESIDENTA)Cuando el Presidente de la República sale del territorio nacional, el Primer Vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el Segundo Vicepresidente.

Omar Karim Chehade Moya(2° VICE PRESIDENTE)

renunció

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Atribuciones: Corresponde al Presidente de la República:

•Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.•Representar al Estado, dentro y fuera de la República.•Dirigir la política general del Gobierno.•Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.•Convocar a elecciones.•Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese caso, el decreto de convocatoria.•Dirigir mensajes al Congreso•Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas.•Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales.•Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones.•Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y ratificar tratados.•Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios.•Recibir a los agentes diplomáticos extranjeros, y autorizar a los cónsules el ejercicio de sus funciones.•Presidir el Sistema de Defensa Nacional.•Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República.•Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso.•Administrar la hacienda pública.•Negociar los empréstitos.•Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera•Conceder indultos y conmutar penas. •Conferir condecoraciones en nombre de la Nación, con acuerdo del Consejo de Ministros.•Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero. Y•Ejercer las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las leyes le encomiendan.

Es el poder del Estado encargado de ejecutar las leyes y de administrar los servicios públicos.

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Suspensión del cargo: El ejercicio de la Presidencia de la República se suspende por:•Incapacidad temporal del Presidente, declarada por el Congreso, o•Hallarse éste sometido a proceso judicial, conforme al artículo 117º de la Constitución.

•Todo acuerdo del Consejo de Ministros requiere el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros, y consta en acta.•Los ministros no pueden ejercer otra función pública, excepto la legislativa.•Los ministros no pueden ser gestores de intereses propios o de terceros ni ejercer actividad lucrativa, ni intervenir en la dirección o gestión de empresas ni asociaciones privadas.

C. Vacancia del cargo: La Presidencia de la República vaca por:•Muerte del Presidente de la República.•Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.•Aceptación de su renuncia por el Congreso.•Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado. Y •Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117º de la Constitución.

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1 Ministerio de Relaciones Exteriores Rafael Roncagliolo de Orbegoso 2 Ministerio de Defensa Luis Alberto Otárola Peñaranda 3 Ministerio de Economía y Finanzas Luis Miguel Castilla Rubio 4 Ministerio del Interior Daniel Ezequiel Lozada Casapia 5 Ministerio de Educación Patricia Salas O'Brien 6 Ministerio de Salud Alberto Tejada Noriega 7 Ministerio de Agricultura Luis Romano Ginocchio Balcázar 8 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo José Andrés Villena Petrosino 9 Ministerio de la Producción José Antonio Urquizo Maggia 10 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo José Luis Silva Martinot 11 Ministerio de Energía y Minas Jorge Humberto Merino Tafur 12 Ministerio de Transportes y Comunicaciones Carlos Paredes Rodríguez 13 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento René Cornejo Díaz 14 Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Ana Ethel del Rosario Jara Velásquez 15 Ministerio del Ambiente Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otárola 16 Ministerio de Cultura Luis Alberto Peirano Falconí 17 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Juan Federico Jiménez Mayor 18 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Carolina Trivelli Avila

GABINETE MINISTERIAL DEL PERÚEl Presidente del Consejo de Ministros del Perú, comúnmente llamado "Premier" o "Primer Ministro" (cargo que en realidad no existe como tal en la estructura política de dicho país), encabeza el Consejo de Ministros del Perú y se encarga de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Oscar Eduardo Valdés Dancuart

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REGÍMENES DE EXCEPCIÓNESTADO DE EMERGENCIA ESTADO DE SITIO

El Estado de Emergencia es dictado por el Presidente de la República con acuerdo de su Consejo de Ministros con cargo de dar cuenta al Congreso de la República. Este estado puede ser declarado en todo o en parte del territorio nacional y no puede exceder de un plazo de sesenta días. Transcurrido ese plazo, mediante nuevo decreto, el Presidente puede prorrogar el estado. No existe límite de prórrogas.Los derechos que se pueden restringir son:1.Libertad de tránsito2.Libertad de reunión3.Inviolabilidad de las comunicaciones4.Inviolabilidad del domicilio5.Detención por orden de juezCausas: 1. Perturbación de la paz o del orden interno.2.Catástrofes.3.Graves circunstancias que afecten la vida de la Nación.El Presidente de la Republica puede disponer que el control del orden interno sea asumido por las FF.AA.

El estado de sitio es dictado por el Presidente de la República con acuerdo de su Consejo de Ministros con cargo de dar cuenta al Congreso de la República. Este estado puede ser declarado en todo o en parte del territorio nacional y no puede exceder de un plazo de cuarenta y cinco días. En la declaración debe señalarse cuales derechos no se están restringiendo o suspendiendo. Se entiende que en el estado de sitio se pueden restringir más derechos que en el estado de emergencia, con excepción de los derechos fundamentales.Al declararse el estado de sitio, el Congreso se reúne de pleno derecho y cualquier prórroga del plazo debe contar con su aprobación. No existe límite de prórrogas.

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PODER JUDICIAL

La Constitución Política del Perú en su artículo 138° señala: “La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y las Leyes”. Al vivir dentro de un Estado todos nuestros actos y responsabilidades son regidas por leyes que el Poder Judicial debe hacer cumplir. La vía penal peruana se inicia en los Juzgados de Paz no Letrados como instancia básica y culmina en la Corte Suprema, como máxima instancia judicial peruana.

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DELITO FALTA

Es una acción antijurídica y culpable, que se castiga por la ley mediante una pena o medida de seguridad. Generalmente esta relacionada con daños a la persona, a la propiedad, etc. Por ejemplo, un asesinato, un robo, una estafa a una gran cantidad de personas, etc.

Es una infracción involuntaria de la ley, ordenanza o reglamento, a la cual se señala como una sanción leve. Por ejemplo una riña callejera, al arrojar basura en lugares prohibidos, etc.

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ÓRGANOS JERÁRQUICOS DEL PODER JUDICIAL

IV. JUZGADOS DE PAZ LETRADOS

V. JUZGADOS DEPAZ NO LETRADOS

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La unidad y exclusividad de la función jurisdiccional.

La independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.

La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.

La publicidad en los procesos, salvo disposición contraria de la ley.

La notificación escrita de las resoluciones judiciales en todas las instancias

La pluralidad de la instancia.

El principio de no ser penado sin proceso judicial.

El principio de no ser condenado en ausencia

El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso

El principio de que toda persona debe ser informada, inmediatamente y por escrito, de las causas o razones de su detención

El principio de la gratuidad de la administración de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos

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•Investigan y sentencian en casos por faltas menores, de acuerdo a su competencia.• El juez de Paz es básicamente un Juez de Conciliación facultado para proponer alternativas de solución a las partes a fin de facilitar la conciliación pero le esta prohibido imponer un acuerdo. El Juez de Paz no es un abogado y es elegido por votación popular , lo cual significa que no es nombrado por el Concejo Nacional de la Magistratura, como en los demás niveles.•Se establecen en todo centro poblado que alcance volumen demográfico rural y urbano que señala el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

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• Su sede y su competencia lo determina el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.•Conocen asuntos civiles, penales y laborales y de familia.•Resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los Juzgados de Paz No Letrados.• Investigan y dictan sentencia en casos de faltas, de acuerdo a su competencia.

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• Primera instancia. Se clasifican según la materia en disputa (penal, civil, laboral, etc.)•Su competencia es provincial, investigan o realizan instrucción de los casos que le son presentados.• Investigan y sentencian en los procesos sumarios y especiales.• Resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los Juzgados de Paz Letrados.• En cada provincia hay por lo menos un Juzgado Especializado o Mixto. Su sede es la capital de la Provincia salvo disposición distinta de la ley o del Consejo ejecutivo del Poder Judicial.

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• Segunda instancia en que se resuelven los procesos judiciales.•Realizan el juzgamiento o juicio oral en los procesos ordinarios.• Resuelven las apelaciones realizadas sobre las sentencias de los juzgados especializados o mixtos.• Las Cortes Superiores tienen su sede en la ciudad señalada por ley y su competencia comprende el distrito judicial correspondiente. Actualmente existen 31 Cortes Superiores de Justicia.

DISTRITOS JUDICIALES1. Amazonas2. Ancash3. Apurimac4. Arequipa5. Ayacucho6. Cajamarca7. Callao8. Cañete9. Cusco10. Huancavelica11. Huánuco12. Huaura13. Ica14. Junín15. La libertad16. Lambayeque17. Lima18. Lima Norte19. Lima Sur20. Loreto21. Madre de dios22. Moquegua23. Pasco24. Piura25. Puno26. San martin27. Santa28. Sullana29. Tacna30. Tumbes31. Ucayali

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Dr. César San Martín CastroPresidente de la Corte Suprema de la

República. (2011 – 2012)El Presidente de la Corte Suprema es el jefe máximo del Poder Judicial. Es elegido el primer jueves del mes de diciembre, cada dos años y en votación secreta por los Vocales Supremos Titulares reunidos en sesión de la Sala Plena

Es la ultima instancia ante la cual se puede apelar todos los procesos judiciales que provienen de cualquier Corte Superior de Justicia. Integrada por 18 Vocales Supremos, su sede esta en Lima y su competencia es todo el territorio de la República.

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Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones.Las regiones se crean sobre la base de áreas contiguas integradas histórica, cultural, administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas sostenibles.El proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actuales departamentos y la provincia constitucional del Callao. Estos gobiernos son gobiernos regionales.

La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley.

El Consejo Regional tendrá un mínimo de siete (7) miembros y un máximo de veinticinco (25), debiendo haber un mínimo de uno (1) por provincia y el resto, de acuerdo a ley, siguiendo un criterio de población electoral. El Presidente es elegido conjuntamente con un vicepresidente, por sufragio directo por un periodo de cuatro (4) años, y puede ser reelegido. Los miembros del Consejo Regional son elegidos en la misma forma y por igual periodo. El mandato de dichas autoridades es revocable e irrenunciable, conforme a ley.La ley establece porcentajes mínimos para hacer accesible la representación de género, comunidades nativas y pueblos originarios en los Consejos Regionales. Igual tratamiento se aplica para los Concejos Municipales.

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Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme a ley.