REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DELPODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Educación superior en venezuela
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Educación Superior en Venezuela
Dra. L. Vanessa Borrero M.
Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Decanato de Investigación y Postgrado
Maestría Docencia Universitaria
Problemática de la Educación Superior en Venezuela
Febrero, 2014
Educación Superior
• Proceso en donde, luego de haber alcanzado la educación media superior, se estudia una carrera profesional
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Educación Superior
• Formación de capacidades y actitudes de los individuos para adaptarlos a la sociedad, que sean capaces de transformar creativamente el status quo y transformar la realidad en pos de valores vigentes, de una manera eficaz y eficiente, para resolver problemas sociales
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Guerrero J. y Faro M.T. Breve análisis del concepto de educación superior. Rev. Alternativa en Psicología. Ano XVI, N 27. 2012 Ibáñez, B. C. Pedagogía y psicología interconductual. Rev. Mexicana de análisis de la conducta. 20, 99-112. 1994
Objetivos de la educación superior
• Docente
– Formación integral de profesionales
• Científica, tecnológica y humanística
– Investigación
• Extensión
–Difusión de conocimientos
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Fundamentación Legal
• Órgano Rector
–Consejo nacional de universidades (CNU)
• Ley de Universidades
– Ingreso y Clasificación del personal docente.
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Ley De Universidades (1970)
• TÍTULO I
– Disposiciones fundamentales
• TÍTULO II
– Del Consejo Nacional de Universidades
• TÍTULO III
– De las Universidades Nacionales
• CAPÍTULO I: De la Organización de las Universidades
• CAPÍTULO II: De la Enseñanza Universitaria
• CAPÍTULO III: De las Incompatibilidades
• CAPÍTULO IV: Del Sistema Electoral Universitario
• TÍTULO IV
– De las Universidades Privadas 6
Consejo Nacional de Universidades
Articulo 18 de la ley de Universidades
• Organismo encargado de
– Asegurar el cumplimiento de la Ley de Universidades,
– Coordinar las relaciones de las universidades entre sí y con el resto del sistema educativo.
– Armonizar sus planes docentes, culturales y científicos; así como planificar su desarrollo de acuerdo con las necesidades del país.
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Consejo Nacional de Universidades
Articulo 18 de la ley de Universidades
• Sede en Caracas.
• Tiene un Secretario Permanente y una Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU)
• La OPSU debe estar vinculada a los demás organismos de planificación educativa y les servirá de asesoría técnica.
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Consejo Nacional de Universidades
Artículo 19.- estará integrado por
• Ministro de Educación
• Rectores de las Universidades Nacionales y Privadas
• 3 representantes de los profesores universitarios
• 3 representantes de los estudiantes
• 2 profesores universitarios de alto rango académico
• Representante del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas.
• Con derecho a voz:
– Secretario del CNU
– Director de OPSU
– Representante del Ministerio de Hacienda
– Un Decano por cada Universidad Nacional o Privada.
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Ley de Universidades
• Promulgada en Gaceta Oficial No.1429, Extraordinario, del 8 de septiembre de 1970
• Establece que el PERSONAL ACADÉMICO, o docentes no deben ser solamente transmisores sino también creadores de conocimientos
• La Ley de Universidades venezolana los denomina personal docente y de investigación
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Ley de Universidades
• Todo lo referente a el personal docente esta dispuesto en la:
– Ley de universidades
• TÍTULO III. De las Universidades Nacionales.
–Capitulo I.
»SECCIÓN X. Del Personal Docente y de Investigación
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Ley de Universidades
• Docentes según tiempo dedicado y compromiso:
– Dedicación exclusiva: 36 y 40 horas académicas, no ejercen ninguna otra actividad remunerada
– Tiempo completo: 30 a 36 horas, pueden ejercer en otra actividad remunerada
– Medio tiempo: 18 y 20 horas. Actividad docente y/o administrativa.
– Tiempo convencional: pocas horas bien definidas, en actividad docente.
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Ley de Universidades
• Clasificación y ascenso del personal docente y de investigación en universidades nacionales autónomas y privadas.
1. Ordinarios
2. Especiales
3. Honorarios
4. Jubilados
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Ley de Universidades
• Profesores Ordinarios:
– Ingresan por concurso
– Se ubican y ascienden en el escalafón de acuerdo con sus credenciales, méritos científicos o profesionales y años de servicio.
– Para ascender en el escalafón, deben presentar un trabajo de investigación y someterse a un examen público por parte de un jurado nombrado al efecto.
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Ley de Universidades
• Escalafones de Profesores Ordinarios
– Instructores: mínimo de dos años, asesorados por un profesor de mayor nivel
– Asistente: mínimo de cuatro años
– Agregado: mínimo de cinco años
– Asociado: mínimo de cinco años. Requiere el título de Doctor
– Titular: requiere, después cinco años, presentar y defender una obra que signifique un aporte valioso al saber.
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Ley de Universidades
• Miembros especiales:
– Auxiliares Docentes
– Auxiliares de Investigación
– Profesores Contratados
– Instructor o Asistente, perfil de edad joven, resultado de rápida expansión
Los auxiliares no poseen el título universitario pero tienen capacidad y experiencia reconocidas
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Ley de Universidades
Los profesores universitarios están regidos y amparados por:
• Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV)
• Federación de Asociaciones de Profesores de Institutos y Colegios Universitarios de Venezuela (FAPICUV).
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Institutos De Educación Superior
• Art. 28 de la Ley Orgánica de Educación.
“Son institutos de educación superior: las universidades, los institutos pedagógicos, los institutos politécnicos, los tecnológicos, los colegios universitarios, los institutos de formación de oficiales de las Fuerzas Armadas, los institutos especiales de formación docente, los de bellas artes y los de investigación; los institutos de formación de ministros del culto; y, en general, aquellos que tengan los propósitos señalados en el artículo 27 (en el cual se definen los objetivos de la educación superior) y se ajusten a los requerimientos que establezca la ley especial”.
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Tipos de Institutos de Educación Superior
UNIVERSIDADES
• Universidades Nacionales Autónomas
• Universidades Nacionales Experimentales
• Universidades Privadas
INSTITUTOS Y COLEGIOS UNIVERSITARIOS
• Institutos Politécnicos
• Institutos Pedagógicos
• Institutos Universitarios de Tecnología
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Universidades autónomas
• Universidades autónomas
– Instituciones de educación superior más antiguas
– Mayor tradición académica
– Mayor número de estudiantes
– Tienen privilegios
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Universidades autónomas
• Gozan de autonomía para:
– Dictar normas internas de organización y funcionamiento
– Académica: planificar, organizar y realizar programas de investigación, docencia y extensión
– Administrativa: elegir y nombrar autoridades, designar personal docente, de investigación y administrativo
– Económica y financiera
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Universidades autónomas
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Facultades
Escuelas Institutos o centros de
investigación
Universidades autónomas
• Órganos de cogobierno
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Consejo universitario
Asamblea de facultades
Consejos de facultad
Consejos de escuela
Consejo Universitario • Organización académica vigente desde 1958.
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Rector
Vecirector academico
Vicerector administrativo
Decanos de facultades
5 representantes de profesores
3 representantes estudiantiles
Representante de egresados
Delegado del ministerio de educación
Universidades Experimentales
• Creadas por el Estado con el fin de ensayar nuevas orientaciones y estructuras académicas y administrativas.
• Pueden gozar de cierta autonomía determinada por las condiciones especiales de su experimentación educativa.
• Su organización y funcionamiento se rige por reglamentos dictados por el Ejecutivo Nacional
• (Artículo 10 Ley de Universidades).
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Universidades Privadas • El Ejecutivo Nacional, previa opinión favorable
del CNU, puede autorizar, el funcionamiento de universidades creadas por personas privadas (naturales o jurídicas).
• El Estado se reserva el derecho a su inspección, pudiendo suspenderlas, si no se cumplen las disposiciones.
• Sólo pueden abrir las facultades y carreras que apruebe el CNU bajo su estatuto orgánico.
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Universidades Privadas
Deben cumplir las siguientes normas:
• Tener la misma estructura académica que las universidades nacionales autónomas
• Solo funcionan facultades, escuelas y carreras aprobadas por el CNU
• Requiere mínimo 3 facultades no afines para su creación
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Universidades Privadas
Deben cumplir las siguientes normas:
• El personal directivo, docente y de investigación debe llenar las mismas condiciones que las universidades autónomas
• Cumplir disposiciones de la Ley de Universidades relativas al régimen de enseñanza y de examinación
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Universidades Privadas
Deben cumplir las siguientes normas:
• Los títulos y certificados que expidan sólo producen efectos legales al ser refrendados por el Ministerio de Educación.
• No pueden otorgar reválidas de títulos universitarios extranjeros, ni equivalencias de estudios
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Institutos Y Colegios Universitarios
• Son instituciones especializadas en una o muy pocas áreas del conocimiento
• Pueden ser:
– Institutos Politécnicos
– Institutos Pedagógicos
– Institutos Universitarios de Tecnología
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Institutos Politécnicos
• Desarrollan programas teórico-prácticos en el campo de la ingeniería.
• Los planes de estudio tienen una duración, estructuras y requisitos similares a los de las facultades de ingeniería de las universidades
• Otorgan el título de Ingeniero o de Técnico Superior Universitario (TSU) en la especialidad correspondiente.
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Institutos Pedagógicos
• Se especializan en la formación de personal docente para los niveles de Educación Preescolar, Básica y Media Diversificada y/o Profesional.
• Estos otorgan títulos de Profesor en la especialidad correspondiente
• Los pedagógicos públicos al ser integrados en la Universidad Pedagógica Libertador, otorgan el titulo de Licenciado
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Institutos Universitarios de Tecnología
• Dirigidos a la enseñanza profesional práctica
• Conduce a títulos de Técnicos Superiores en carreras cortas
• Son carreras vinculadas al sector industrial.
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Colegios Universitarios
• Instituciones destinadas a la formación profesional en carreras de corta duración
• Permiten continuar estudios en niveles más avanzados en otras instituciones.
• Otorgan el título de Técnico Superior en la especialidad correspondiente.
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Institutos Universitarios
• Son instituciones creadas para la formación de Técnicos Superiores en las diversas disciplinas requeridas para el desarrollo del país.
• Gran parte de estas instituciones son creadas por iniciativa privada.
• Entre estos se encuentran:
–Artes Plásticas (oficial)
–Audición y Lenguaje (privado)
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Institutos Universitarios Eclesiásticos
• Son instituciones de formación eclesiástica con rango universitario
• Creadas para capacitar profesionales para la acción religiosa con proyección social.
• Existen 2 de este tipo:
– Santo Tomás de Aquino en Palmira
–Padre Ojeda en Los Teques.
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Institutos Militares Universitarios
• Son instituciones destinadas a preparar oficiales de la Fuerza Armada Nacional.
• Los más antiguos son:
–Academia Militar
– Escuela Naval
– Escuela de Aviación Militar.
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Institutos de Investigación
• Realizan actividades docentes a nivel de postgrado
– IVIC (oficial)
– IESA (privado)
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Modificaciones En La Práctica Actual
• Los institutos pedagógicos oficiales fueron integrados en lo que hoy se llama la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), por lo cual continúan existiendo pero perdieron su personalidad jurídica
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Modificaciones En La Práctica Actual
• Los institutos politécnicos oficiales fueron integrados en la Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre (UNEXPO)
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Modificaciones En La Práctica Actual
• Algunos institutos de formación de oficiales de las fuerzas armadas se integraron en lo que hoy es la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (UNEFA)
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Modificaciones En La Práctica Actual
• No existe una categoría en la que puedan incluirse o caracterizarse la existencia de instituciones científicas que realizan actividades de postgrado especializadas en una sola área. (IVIC, IESA, IVEPLAN, IAED)
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Modificaciones En La Práctica Actual
• El Centro Internacional de Educación y Desarrollo (CIED), perteneciente PDVSA, realiza actividades de educación superior continua; y la categoría más apropiada sería universidad corporativa o empresarial, única en Venezuela.
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Modificaciones En La Práctica Actual
• Numerosas escuelas privadas especializadas, con cursos de informática, idiomas, administración, sin ningún soporte legal, cuyos diplomas no son reconocidos por el Estado.
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Niveles
• Pregrado
– Formación profesional, o laboral básica universitaria
– Estudios de 3° nivel
• Postgrado
– Especialización, en diversos niveles de complejidad, en áreas especificas, dentro de un campo o profesión.
– Estudios de 4° nivel 45
Niveles: Pregrado
Pregrado
• Formación profesional, o laboral básica universitaria
• Requiere poseer el título de bachiller.
• Requiere presentación de prueba de aptitud académica.
• Duración entre 2 y 6 años:
–Carreras cortas
–Carreras largas 46
Niveles: Pregrado
• Carreras cortas:
– Estudios de 2 a 3 años
– Titulo de Técnico Superior Universitario (TSU)
– Énfasis en la práctica laboral
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Niveles: Pregrado
• Carreras largas
– Estudios de 5 o 6 años
– Títulos profesionales (Abogado, Economista, Médico, Ingeniero, etc.)
– Licenciaturas (Historia, Biología, Educación, etc.)
– Énfasis en la teoría y en la profesión en general
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Niveles: Pregrado
• Planes de estudio están formados por:
–Materias básicas generales
–Materias básicas profesionales
–Materias optativas, con cierta pre-especialización
–Pasantías
–Trabajo de grado o de Licenciatura.
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Niveles: Postgrado
Postgrado
• Toda actividad que tenga por finalidad elevar el nivel académico y el desempeño profesional de los egresados del subsistema nacional de educación superior
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Niveles: Postgrado
Postgrado
• CNU aprobó en 1996 una “Normativa general de los estudios de postgrado para las universidades e instituciones debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades”
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Niveles: Postgrado
• Finalidad fundamental de los postgrados:
–Profundizar la formación de los profesionales universitarios de manera que responda a la demanda social en campos específicos del conocimiento y del ejercicio profesional.
– Formar investigadores que sirvan a los altos fines del desarrollo nacional en los campos de la ciencia, la tecnología y las humanidades.
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Niveles: Postgrado • Es llamada “educación avanzada” • Incluye diversas actividades de:
–Una o varias semanas o meses de estudios – Estudios altamente formalizados y
especializados de 3 a 5 años • Programas de extensión, o educación continua
superior – Especialidades científicas, técnicas y
humanísticas – y servicios técnicos o asesorías a
• Servicios técnicos o asesorías a empresas 53
Niveles: Postgrado
• Se clasifican en estudios: –Conducentes a grado académico:
• Especialización • Maestría • Doctorado
–No conducentes a grado académico: • Ampliación • Actualización • Perfeccionamiento profesional • Programas post-doctorales
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Niveles: Postgrado Institutos Especiales De Postgrado E Investigación
• Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC)
–Otorga título de Magíster Scientiarum y Philosophus Scientiarum
• Instituto de Estudios Superiores de Administración (IESA)
– Enseñanza y la investigación en gerencia, administración y afines
–Otorga maestrías en el área de administración 55
Niveles: Postgrado
Institutos Especiales De Postgrado E Investigación
• Instituto Venezolano de Planificación (IVEPLAN), dependiente del Ministerio de Planificación
• Instituto de Altos Estudios Diplomáticos Pedro Gual, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores (IAED)
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Referencias • BELLEZA DE P., VANESA: Proyecto Alma Mater para el mejoramiento de la calidad y la equidad de la
educación universitaria. Caracas: Cuadernos OPSU, num. 1, 2001.
• Debate sobre educación superior. Cuadernos del CENDES. Año 22, numero 58, tercera época, 2005. p.p. 127-144
• Declaración mundial sobre la educación superior en el siglo XXI. Aprobado por la conferencia mundial sobre la educación superior. Visión y acción. World education report Oct 1998.- Paris, 1999.
• DE VENANZI, FRANCISCO: “Investigación y docencia en la universidad”. En Acta Científica Venezolana, Vol. 12, núm. 5. Caracas, 1987.
• Guerrero J. y Faro M.T. Breve análisis del concepto de educación superior. Revista Alternativa en Psicología. Ano XVI, N 27. 2012
• Ibáñez, B. C. Pedagogía y psicología interconductual. Revista Mexicana de análisis de la conducta. 20, 99-112. 1994
• MARCANO, L. F. y CARLA COTTE: Carrera académica para las universidades venezolanas.- En: Cuadernos OPSU, núm. 4. Caracas, 2001.
• Morles, V., Medina, E. y Álvarez N. la educación superior en Venezuela. Informe 2002 a IESALC-UNESCO
• OPSU(c): Sistema de Evaluación y Acreditación (SEA) de las Universidades Nacionales. Caracas: Oficina Planificadora del Sector Universitario. noviembre 2000.
• ·VENEZUELA: Ley de universidades.- Caracas: Gaceta Oficial Extraordinaria No.1429, del 8 de setiembre de 1970.
• ·VENEZUELA: Ley orgánica de educación.- Caracas: Gaceta Oficial Núm. 2635 del 28 de julio de 1980