Dumping y Subvenciones

21
DUMPING El Dumping existe cuando una empresa extranjera o un conjunto de empresas exporta sus productos a otro país a precios menores a los que vende el mismo producto en su mercado interno. DISCRIMINACIÓN DE PRECIOS ENTRE MERCADOS

description

derecho economico

Transcript of Dumping y Subvenciones

Presentacin de PowerPoint

DUMPINGEl Dumping existe cuando una empresa extranjera o un conjunto de empresas exporta sus productos a otro pas a precios menores a los que vende el mismo producto en su mercado interno.DISCRIMINACIN DE PRECIOS ENTRE MERCADOS

Precio Normal: US $40.00Precio de exportacin:US $30.00

Para calcular el margen de dumping (MD) de un producto, se emplea la siguiente frmula:EL VALOR NORMALEL PRECIO DE EXPORTACINSe determina normalmente como el precio (al nivel ex-fbrica) del producto objeto de dumping, que es vendido en el mercado interno del pas exportador.Consiste normalmente en el precio de transaccin FOB promedio ponderado al que el productor y/o exportador del pas exportador vende el producto objeto de dumping al pas importador.

Puede ser iniciadoLa solicitud debe ser presentada por o en nombre de la rama de produccin nacional.Que la produccin conjunta, de los productores que apoyan la solicitud, represente ms del 50% de la produccin total de aquellos que han manifestado una posicin respecto a la solicitud ( ya sea de apoyo u oposicin)Que la produccin conjunto de aquellos que apoyan la solicitud represente por lo menos el 25% de la produccin nacional total del producto similar.De OficioInstancia de parteCondiciones:ETAPA DE INICIO DE LA INVESTIGACINRemisin de los cuestionarios a las partes Dentro de 10 das de iniciado el procedimiento.Derechos provisionales Aplicables a partir de 60 das del inicio del procedimiento.Audiencia Publica ObligatoriaEn cualquier momento.Visitas de inspeccin a las empresas En cualquier momento.ETAPA PROBATORIA DE LA INVESTIGACIN6 meses, prorrogables por 3 ms.Es el conjunto de los productores nacionales de los productos similares, o aquellos de entre ellos cuya produccin conjunta constituya una proporcin importante de la produccin nacional total de dichos productos.Definicin de Rama de Produccin NacionalCONCLUIDO EL PERIODO PROBATORIODOCUMENTOS DE HECHOS RELEVANTESLas partes podrn formular comentarios a dicho documento.Audiencia FinalResolucin FinalResolucin FinalLa resolucin deber ser publicada en el diario Oficial El Peruano.ETAPA DECISORIA DE LA INVESTIGACIN30 das10 dasEn caso lo solicite una parteUn mes despus Un mes despus LOS DERECHOS ANTIDUMPINGSon derechos que se aplican sobre las importaciones de los productos dumpeados a fin de neutralizar el dao que stas ocasionan.

La cuanta del derecho antidumping no exceder el margen de dumping.

SUBSIDIOSTransferencia directa de fondosCondona o no recauda ingresos publicosProporciona bienes o servicios o compra bienes.Induce a una entidad privada a proveer esos beneficios a los productores exportadores.Hay subvencin cuando gobierno:No se considera como tal la exencin de los derechos e impuestos que graven el producto similar en favor de un producto exportado

PROHIBIDASRECURRIBLESNO RECURRIBLES

DRAWBACKProcedimiento de restitucin simplificado de derechos arancelariosEl drawback es un rgimen aduanero cuyo procedimiento permite obtener como consecuencia de la exportacin, la devolucin del 5% valor FOB del producto exportado.

BENEFICIARIOS