DS 011-2010-SA

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General de Administraci6n, de la Secretaria General. del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 31 de mayo de 2010. Rilgistr~se, comunlquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCIA BELAÚNDE Ministro de Relaclones Exteriores 502120-1 Aproebail Reglamento de la . Ley . N° 29471, Ley que promueve la obtención, la donación y el trasplante de órganos o tejidos humanos I DECRETO SUPREMO H" 011-2010-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ' CONSIDERANDO: . Que, mediante Ley W 29471, se promulgó la Ley que' promueve la obtenci6n, la donaclón, y el trasplante de órganos o t~jidos huma".os; ,.. Que, la Unica Disposición Complementana de la citada Ley dispone que el Ministerio de Salud se encargará de. elaborar el reglamento de dicha Ley, ~sl como de publicar el formato del acta de consentimiento para la donación voluntaria de órganos o tejidos; Que, el articulo 54° del Reglamento de la ley General de Donación y Trasplante de Organos y/o Tejidos Humanos, aprobado por Decreto Supremo 014-2005-SA, establece que la Organización .Nacional de Donación Y. Trasplantes (ONDT), dependiente d!!1 Ministerio de Salud, es la responsable de las acciones de rectorta, promoción, coordinaci6n, supervisión' y control de los aspectos relacionados a la donaci6n y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional; , Que, en tal virtud, el Consejo Dimctivo de la Organizaci6n Nacional de Donación y ITrasplames ha presentado al Despaeno Ministerial de Salud el correspondiente proyecto de Reglamento para su aprobación respectiva; De contorrnldad con lo diapuesto en e' inciBO 8 del articulo 116 0 de la Conotituci6n Polltica del Perú; DECRETA: Articulo 1°.-Aprobaclón . Apruébese el Reglamenlo de la Ley que prol1?ue~e la obtención, le donación Y el trasplante de órgOinos o tejidos humanos, que consta de dos (2) tltulos, quince (15) artículoa, una (1) Única Disposición Complementada F.inal, una (1) Unlca Disposición Complementaria Transñoria, y. dos (2) anexos que forman parte integrante del.presente . Decreto Supremo. , Articulo r.- VI~ncla El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del dfa siguienltl de su publicación en el Diario .: Oficial "El Peruano'. , Artículo 3°._ Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Salud. I Dado en la Casa de Gobiemo, en Li~a, a los dos dlas del mes de junio del ano dos mil diez. ALANGARCfA P~R~ I Presidente Constitucional de la República ose-n UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud . '. Articulo 3°._ Acta de Co~aentlrÍ1lento para la donación voluntaria de órvar'/os y t8JldQS; La declaración de doneclón se suscribe por el donante en el Acta de Consentimiento de acueruo al formato establecido en el anaxo 1 del presente Reglamemo, el cual contendrá la declaración de consentimiento para la donación de 6rganos Y tejidos, Estas actal} tendrán un número corrélatlvo. ' , La información contenida en el acta es de carácter confidencial Y sólo tienen acceso a ella los r~ist~adP':es autorizados por la oxor. Ninguna autoridad adminIstratiVa o judicial puede disponer de la InfofTl')acl6n que revele la ídentidad del declarante:' I ' ., I "rtlculo4°.,Actademodlflcaclóndel consentimiento para la donación voluntaria de órganos o teJidos. El Acta de Modificación del, Consentimlentc pa'ra. la donación voluntaria, confórme al tormato establecido eh el anexo 2 del presente Reglamentp, podrá ser . suscrita por el donante que anteriormente firmó un Acta de Consentimiento. y perrriitírá modificar la info~maci6n comen!da en ella, en forma parcial o total. '1 , I Articul,o 5°._ Del ·reglStro' del' Acta de Consentimiento . En el momento de la suscrtpcíóri del acta se entregará a la persona registrada un carné. que. lo identifica como donante. Dicha acta deberá ser incluida en el Registro Nacional de Donantes en un plazo no mayor a setenta Y dos (72) horas. La información debe ser contrastada con la base de datos de RENIEC, a flll de verificar su autenticidad y la fecha de registro. . I Articulo 6°._ Del, archivo del, Acta de ConS8l'Jtlmlento '. El Ministerio de Salud a través de la ONOT archivará las actas de cons&ntimiento, manteniendo un arcrivo flsico un archivo electr6nico y una base de datos que permita el acceso a la infprmac;ón de los donantes. los . cuales sólo serán accesibles a las unidades de procura autorízadas por la ONDr. . . I , Para ello deberá tomar las acciones necesarias para garantizar la seguridad de la Informaci.ón, a,sl como para la obtención de las actas del consentimiento. Articulo 1".- De la úttlma voluntad del donarrte En los casos en que existan discrepancias entre la declar.aci6n etectuada por ~I donante en el Doc~l'rento Nacional de Identid~d (DNII y el acta de consan.~imiento parala donación voluntarue ,6rganos'o lejldds, la ONOT utilizará el archivo actualizado de las actas de- consentimiento para la donación voluntaria de órganos o ·tejidos, asl como de las a'ct~s de modificación, a fin de respetar y hacer respetar la voluntad de los donantes. ---------------------------------

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Aprueban Reglamento de la Ley que promueve la obtención, la donación y el transplante de órganos o tejidos humanos - Perú

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General de Administraci6n, de la Secretaria General.del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 31de mayo de 2010.

Rilgistr~se, comunlquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO GARCIA BELAÚNDEMinistro de Relaclones Exteriores

502120-1

Aproebail Reglamento de la .Ley .N° 29471, Ley que promueve laobtención, la donación y el trasplantede órganos o tejidos humanos I

DECRETO SUPREMOH" 011-2010-SA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA '

CONSIDERANDO:

. Que, mediante Ley W 29471, se promulgó la Ley que'promueve la obtenci6n, la donaclón, y el trasplante deórganos o t~jidos huma".os; ,..

Que, la Unica Disposición Complementana de la citadaLey dispone que el Ministerio de Salud se encargará de.elaborar el reglamento de dicha Ley, ~sl como de publicarel formato del acta de consentimiento para la donaciónvoluntaria de órganos o tejidos;

Que, el articulo 54° del Reglamento de la leyGeneral de Donación y Trasplante de Organos y/oTejidos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N°014-2005-SA, establece que la Organización .Nacionalde Donación Y. Trasplantes (ONDT), dependiente d!!1Ministerio de Salud, es la responsable de las accionesde rectorta, promoción, coordinaci6n, supervisión' ycontrol de los aspectos relacionados a la donaci6ny trasplante de órganos y tejidos en el territorionacional; ,

Que, en tal virtud, el Consejo Dimctivo de laOrganizaci6n Nacional de Donación y ITrasplamesha presentado al Despaeno Ministerial de Salud elcorrespondiente proyecto de Reglamento para suaprobación respectiva;

De contorrnldad con lo diapuesto en e' inciBO 8 delarticulo 1160 de la Conotituci6n Polltica del Perú;

DECRETA:

Articulo 1°.-Aprobaclón .Apruébese el Reglamenlo de la Ley que prol1?ue~e la

obtención, le donación Y el trasplante de órgOinoso tejidoshumanos, que consta de dos (2) tltulos, quince (15)artículoa, una (1) Única Disposición Complementada F.inal,una (1) Unlca Disposición Complementaria Transñoria, y .dos (2) anexos que forman parte integrante del.presente .Decreto Supremo.

,Articulo r.- VI~nclaEl presente Decreto Supremo entrará en vigencia

a partir del dfa siguienltl de su publicación en el Diario .:Oficial "El Peruano'. ,

Artículo 3°._ RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Salud.I

Dado en la Casa de Gobiemo, en Li~a, a los dos dlasdel mes de junio del ano dos mil diez.

ALANGARCfA P~R~ IPresidente Constitucional de la República

ose-n UGARTE UBILLUZMinistro de Salud .

'.

Articulo 3°._ Acta de Co~aentlrÍ1lento para ladonación voluntaria de órvar'/os y t8JldQS;

La declaración de doneclón se suscribe por el donanteen el Acta de Consentimiento de acueruo al formatoestablecido en el anaxo 1 del presente Reglamemo, elcual contendrá la declaración de consentimiento para ladonación de 6rganos Y tejidos, Estas actal} tendrán unnúmero corrélatlvo. ' ,

La información contenida en el acta es de carácterconfidencial Y sólo tienen acceso a ella los r~ist~adP':esautorizados por la oxor. Ninguna autoridad adminIstratiVao judicial puede disponer de la InfofTl')acl6n que revele laídentidad del declarante:' I '

., I

"rtlculo4°.,Actademodlflcaclóndel consentimientopara la donación voluntaria de órganos o teJidos.

El Acta de Modificación del, Consentimlentc pa'ra. ladonación voluntaria, confórme al tormato establecidoeh el anexo 2 del presente Reglamentp, podrá ser

. suscrita por el donante que anteriormente firmó un Actade Consentimiento. y perrriitírá modificar la info~maci6ncomen!da en ella, en forma parcial o total. '1

, IArticul,o 5°._ Del ·reglStro' del' Acta de

Consentimiento. En el momento de la suscrtpcíóri del acta se

entregará a la persona registrada un carné. que. loidentifica como donante. Dicha acta deberá ser incluidaen el Registro Nacional de Donantes en un plazo nomayor a setenta Y dos (72) horas. La información debeser contrastada con la base de datos de RENIEC, a flllde verificar su autenticidad y la fecha de registro.

. I

Articulo 6°._ Del, archivo del, Acta deConS8l'Jtlmlento '.

El Ministerio de Salud a través de la ONOT archivarálas actas de cons&ntimiento, manteniendo un arcrivoflsico un archivo electr6nico y una base de datos quepermita el acceso a la infprmac;ón de los donantes. los

. cuales sólo serán accesibles a las unidades de procuraautorízadas por la ONDr. . . I ,

Para ello deberá tomar las acciones necesarias paragarantizar la seguridad de la Informaci.ón, a,sl como parala obtención de las actas del consentimiento.

Articulo 1".- De la úttlma voluntad del donarrteEn los casos en que existan discrepancias entre la

declar.aci6n etectuada por ~I donante en el Doc~l'rentoNacional de Identid~d (DNII y el acta de consan.~imientoparala donación voluntarue ,6rganos'o lejldds, laONOT utilizará el archivo actualizado de las actas de-consentimiento para la donación voluntaria de órganoso ·tejidos, asl como de las a'ct~s de modificación, afin de respetar y hacer respetar la voluntad de losdonantes.

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L

420058I . El Peusoo

lima, Ju_ 3 dio Junio<le 20!?

.••.••.. I

W NORMAS LEGALES==========--=========--=====7======---===~nTULOII I

DE LAS UNIDADES DE PROCl/RA,Artlcl,do !l0.- Definiciones operatlvas.Actividad tra.plantadora .Pro~8Ó que involucra la detección-donación"

trasplante ~órganbs ylo tejidos. además de la prornoctóny capacitación en relación a la donación.

Equlpo'de ProcuraEstá ccnatltuldo por el personal multldtsctpllnar]«

que realiza actividades relacionada con el proceso dedetecclón-donación-trasplante de órganos y/o tejidos.

Urildad de ProcuraEn el establecimiento de salud. es la Ul1ldad Funcional

en la que se establecen las acciones y CQOrdinaclonesnecesarías para la opt!mi~ción del proceso de donación-trasplante; mediante un sistema de control y seguimiento

.profesíonanzadcs de los donantes pOtenciales y donantes .reales. '.

IArtlcUIQ 9".- Dlsposlelonea ge~r8le.

9.1. Todos los establecimientos de salud 111-1 y 111-2públicos y flrivadosque cuenten con Unidad de Cuidaq.OllIntensivos y Servicio de Emergenc;ia y los estat)lecimientosde mayor CQmpleji~d de la regiÓn. deberán 1contar conuna Unidad de Procura.

9.2. El personal de .las unidades de procura debeestar disponible las Veinticuatro (24) horas del dla durantetodos los dlas del ano'. a tiempo completo o retén según laactividad trasplantadora del hospital. .

9.3. Las unidades de procura dependerán deldepartamento de em.ergencia y' cuidados c:rlticos odel órgano que haga sus vecea y se establecerá en elrespectivo 'Manual de Organización y Funciones delestablecimiento de salud. .

9.4. Los establecimientos de salud plíb/ipos y privadosremitirán a la ONDT la relación de equipos de procurapa~ su autori~ción

Articulo 100.- Del Equipo de Procura .El equipo básico de procura estarlí conformado

por:

- Un médico a dedicación exclusiva o tiempo percíal. .- Una enfermera de cuidados cntícos 8 dedicación

exclusiva o tiempo parcial.I I IEl Equipo de Procura debe coordinar con la ONDT el

desarrollo de sus actividades.

Articulo 11°._ De' la Unldad·de Procura .. La Unidad de Procura tendrá como 'responsable a un

médico capacitado y preferentemente con experiencia enla procura de órganos y tejidos para trasplante.

Articulo 12".- De la8 actJvld~des de la Unidad deProcura

Las 'Unidades de Procura de los establecimientos desalud de.sanrollarán las .!\iguientes actividades:

,a)'Recepción del aviso de un posible donante. .b) Evaluación '1 califi,.aciÓn del donante poter.ci~1.e) Mantenimiento del donante potencial, éncondiciones

adecuadae para la donación.'d) Seguimiento y control de los resultados de pruebas

com¡¡lementarias.e) Coordinaclón con la ONDT. I

1)Verificación de lé filma delActa de Muerte Enceféllca.cuando corresponda. .

g) Obtención del consentimiento ~rniliar y judicial si elcaso lo requiere.. '

h) Organización del transporte del donante alestablecimiento donador-traspíantador ~e ser el caso. .

i) Organización de fa recepción ysupeNisi6n delmantenimiento del donante. . •

. j) Coordinación con 108 equipos qUiNrglco1l para laablación y trasplante. .

k) Coordineción de la realización de los estudios dehistocompatibilldad. l·

1) Control de la evolución durante la ablación deórganos y tejidos. '

m) 'Verificación del envío de 105 órganos,muestra de ¡;¡ang!io. bazo y anélisis al laboratorio dehlstocompatibllidad.' . '

· n)Velificación de la entrega del cadáver en condiciones 'éticas a la familia. , .

I

Articulo 130.- O- lO. ,..cura~ . I I

· La dirección. dEl los establ¡lcimientos de salud.garantizará loa recursos para el tuncionflmienlo de las.unídades de procura. la, que debe~n contar con un•sistema de comunicacl6ri abierto y facilidades para sudesplaza miento.

Articulo' 14°._ Requl'lto$ y con<!lclPn(lSj ~ra ladonación de tejidos regenerablea de Clona019s vlvlos

Para que los menores·.de edad 'o incapaces puedanser donantes, se requerirnun infor¡me de Una Juma

·M~ÍC'.a constituida' por tres (3) especialistas diferentesal médIco tratante. quienes Ce~carán que la donaciónno parjudlca la salud Q reduce sensiblemente el tiempode vida del donante. La autoJiUlción para la 'donación enestas casos senil realizada por los padres otutores, segúncorresponda.

ArticulO 15°· Deatlno Final del donante cadavértcoConforme a lo senaladoen el ar;tlculo 1" del Decreto

Supremo N° 022·2Q06-,SA. los gastos que ocasione eldestino final de los restos (gastps de sepelio). pueden serasumidos por el. o los establecimientos trasptantadores.independientemente de I.a prccedenoa del. oonante yde:! lugar donde se realicen estcs procedimientos deextracción. 8s1 como del ¡jestino final del cadáver, siempreque se cuente. con la autori;u\ción o aceptaclón de susfamiliares.' I ,

DISPOSiCiÓN COMPLEMENTAR.J~ FINAL'. l' •

.• J

· Unlca.-· El Ministerio de Salud eíaborará las normascomplementarias necesarias para lá impfementaclón delas Unidade~cje Procura .:

1,DISPOSICIÓN COMPLE~ENT~RIA, I

TRANSr-rORlA I

Únlca.- Las Unidades del Procura s~ implementarándentro de los sesenta (60) dlas calendario de publicado elpresente Decreto Supremo.

N'PEACTA ANfllo1

. ACTA DE coH800n'ENro PARA.LA D9NAct6N VOt.uNTAAlA~óROAN05y m[)Os

(l.6y N' 290471- Ley q~ promueYll'" obisndOn"la donaciOn y ellrasp!oote de, ~os 1) Iejidos,humanos) .

J

'Medlante la susCnpdOO del p.-esentB d!x:umeoto. yo•........... , .

............................••..•.....................• klenliflcOOo coo OOaJmento de ídentidad· , . 1. I I I

(ON~~camé de t¡xtmnjerfa)N' .. , , I

Declaro lo s"Juienta:I

Prmero: Siendo legaiJlWl18 capaz y ee~ en p¡eno lISO de mi! fIr::uIt.ade,mentllles, CQI18ientoVoIunllKi8l1llllll8 en don..- mis ~os y tejidos pon serutilizados deSpués de mi muerte txlIl fines de IJaspJl!tlte.

$ijgundO: Estoy i1lormadl) de mi deriIcho a modfficar estl 00daradc)n enClJllk¡iJiermomento. .,órganos y IejICloedooados:

TocIos (' l~ooes ( l Coral.OOCómiIas ( ) Piel

} PukrlOn83. ( ) Páncreas ,{) Otros .

,.

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El Peuanoüma, iUMe 3 de junio d. 2010 420059'" NORMAS LEGALES' =====' '"'"•.•.=~=

'Resolución MinisteñalN° 900-2Qp9/MINSA,pe fecha ao de,diciembre de.2009, se aprobó el Presupuesto In¡rtitucional,.de Apertura (PIA) para el Mo Fiscal 2010 061 P~iego 011'Mini~terio de Salud, estableciendo en el artl culb 381103limites y procedimientos mediante 19:9cuales podrán sermodificados los créditos presupuestarios contenidos ~nlos Presupuestos del Sector Público; ., Que. el Decreto da Urgenci$ N"037-20'10, ha establecidoMedidas en Metería Económica y Financiera en los Pliegosdel Gobierno Nacional para el Cumplimiento de las MetasFiscales del Me Fiscal 2010~ disponiendo en el numeral3.1 del articulo 3~.que sólo podrá ser eje<;uta:do hasta unveinticinco por ciento (25%). del monto global del presupuestoasignaqo en el Pliego, en conjunto, en el presente año, aIqs p~yectos d.e inversión. pública q~e .no Myen ..iniciadoejecución, debiendo el titular del Pliegq prionzar losproyectos no i!)iciados que se finllnciarán con carpe ,a dichopoi'cantaje en el presente ano fiscal, asl como garantizBir quesi se inician, no queden ínconcíusos, conside~ndo. de' serel caso. su priorizaClón en la programación y fonllJIaci6n ,presupuesta I del año ñscal respectivo. A&imi8mo. disponeque dentro del plazo de quince p 5) días hábiles siguientesde I¡J entrada en \lig~ncia de esta norma. los titUares del

. pliego del Poder Ejecutivo, ~iame ResolUción Supremaaprobarán la '1laci6n de los proyectos a ejecutarse; ,

Que, de acuerdo a lo señalado en ellnforrne del VISto yen cumplimiento de lo estatJIecldo del numeral 3.1 del articulo

'3"del Deéreto de Urgencia N· 037-2010, resulta conveniente. aprobar la r'elaci6n de 108 PrOyectos que se eJecu\arán en el

A~o Fiscal2Q1 0, con los recursos establecidos en Elllimite de. gEisto en inlfflrsiones de la genérica de gastos· Allquispón

de Activos no Financieros'; I

Lugary fecha:

Indicadered10Firma

Reglstraclor. . 1. \ _ ,.., , .

Al suscribir esta acta de coosentimiento queda inscrito (a) en el Regis1ro Naclooal.de Donantes. autoriza que f¡U9' órganos y 1ej00$, ~tl\n disponibles p~ sertraspl8l1lados después de su muero y que se .reáIIceIllos exámenes necesariospafll as¡¡gur<Jr la aceptallilldad médica de los 6iganos o tejidos doo<ldos.

1Toda la información entregada sera usada 5Ólo pal~ lISO oficial' del RegistroNacional de Donantes y será m<jI1tanida en fOrma confidenc¡al. Esta informaciÓnno será compár1ida. vendida ni compromeüda en ninguna otra fOl11la.

I

• ORGANIZA~ÓN NACIONAL DE DONACIÓN y TRASPLANTÉ

!rDE ACTA AHEX02

A/:.TA. DE MODIFCACION DE CONSENllIIIENTO PARAlA ~NAClóN VOLUNTARIA DE ÓRGANOS y TEJI~

(Ley N' 29471 - Ley que promueve la obtenció!1, la dooaclón y 6J trasplante de'órganos o tejidos humanO/>¡ I

Med;anIB la'\JIiC1ipq6n del PrB56l1te documento. yo , ,.. , : .

............... ,.....................................• i¡jentificado con doculOOfllo de identidad .

(DNVpasaport&'camé de extranjería) N' , , .

Declaro lo siguiente:

PrillYfro: Sielldo légalmerrte capaz y estando en pIeoo uso de mi~ facultadesmeota~. deseo fl'()dificar mi ded¡¡ración de coosenlimiento de' donaci6n de6rg;vlos y lejidos EIf2 el silluiente sentido:

•. · •• · ••.••. •• •.•. ·••• •... · •.••••.•.•.•••.•••.••.•.•••••• 1•.•.•••. , •.•..•.•.•.•.

Lugar y'fecha:

. Indicederecho'FIIlT18

Registrador. , ' , : ,.. : , ,.. ,..

Al susa1bir este dOClJrJ)2nlo, su declaración actual queda insoíta en el RegistroNacIonal de Oonarnes. . rToda la Inlr:m1aclón entregada sera usada 50610 para U50 oficial del RegistroNacional de Donantes y será mantBoida. en fonná coolklaocial. Esta ~Ifom¡ociónno s~ Coinparti<1a. vendlda ni COfT4JromeIida en ninguna otra lor!1ia.

I

502344-6

,

I

Aprueban relación de proyectos que seejecutarán durante el Año FisCal2010con recursos establec.1.do~Ien el' límitede gasto en inversiones de la' genéricade gastos "Adquisición de Activos noFinancieros"

RESOLUCiÓN SUPREMA, N° 012-2010-SA'

Lima. 2 de junio de 2010

Viltto:el Informe N° 034-2010-OPI-OGPPIMINSÁ dela Oficina de Proyectos de In~rslón de la Oficina Generalde Planean;'iento y Presupuesto; y, .

CONSIDERANDOr'

Que, en el marco de la ley N° 2'8411, Ley Generaldel, Sistema Nacional de Presupuesto, se expidió la

SE RESUELVE:.

Articulo 1°._ Objetivola presente norma tiene por objetivo aprobar la relación

de los proyectos que se ejecutarán en el presente AñoFiscal 2010, con los recursos financieros establecidos enei limite de gasto en inversiones de la genérica de 9a5ms"Adquisición de Activos no Financieros' ·de acuerdo 01siguiente detalle: I

2 ;'hl.2aJo ,J,U=-..E1.1ElIT'-':OGUDEl verl e DE R DVCC1CN DE ¡6~é 1 5{1~(",~. 3':'~ORJIUl':'.9 P.o.REhTl.LES '( Etar..Jt.;¿eS !:·Ev L~D)..c· OE SCPQRrE~¡V1R.¡':IOrt".l. OEl. i-tCSffl'¡' !~·J.T'IJWlCOCcHTE 1A~.Df\e 1l!'iO S;:;·jB~l~'l.')ME ','.•U':' .2.. C!,1~ ti. ",CtJ:3Ti<i:.,iCC'Jrl •• EOLt1P.~J.l!Err.O DE"L C8HRO Of: S,\lI...'lJ ':¡:Il! ~? .1~33r.JESIJS !,1:.R¡,; .• oi$.:. . UM:" '1 '

2. 117M" -C;.lr TRl'CC. ,1 'j EQIJI~oo).lIf¡·ITO CEV~HOSPIT':'!.gQI7"l 11, ~,.¡12.~2.i))"'.:.Rtl: ~g'.;EJ..•.. :. ~FiO'.,f-JCt" e·E CIJn;J:\:."C. DEPfR!''''k~t~m) --L I 1!

TOTAL . _--,=--~=:.tArticulo. 2°._ Refrendo ,la presente Resolucióh Suprema será refrendada por

'el Ministro de Salud., '

Regístresa, cornunlquese ypubliquese., .

ALAN GARCIA PÉREZPresidente-Constltucional--deJa República

, 1

OSCAR UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

502344-26 .

Autorizan víaje de tunctonaríc delMinisterio a E~.uu. para partícfpar enla Segunda Ronda (le Negocia~~)DetJparae1 ~erdo ~e' Á(JociaCJón1ranspacUico 1

IRESOLUCIÓN SUPREMA

N" 020-2010-TR

Lima, 2 de junio de 2010 I___ -1__

I