DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A. CONDICIONES GENERALES DE COMPRAS Y CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A. CONDICIONES PARTICULARES DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PLIEGO TECNICO

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DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION

YPF E&P BOLIVIA S.A.

CONDICIONES GENERALES DE COMPRAS Y CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

CONDICIONES PARTICULARES DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

PLIEGO TECNICO

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CONDICIONES GENERALES DE COMPRA Y CONTRATACIONES YPF E&P

BOLIVIA S.A.

CHARAGUA 3D

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Índice

1. Finalidad, Definiciones y Abreviaturas ................................................................................................3

2. Validez y prelación de la documentación contractual ..........................................................................5

3. Obligaciones y responsabilidades del Subcontratista ..........................................................................6

4. Obligaciones y responsabilidades de YPF E&P BOLIVIA S.A. .........................................................9

5. Cesión de la Orden de Compra/Contrato .............................................................................................9

6. Subcontratación de la Orden de Compra/Contrato .............................................................................10

7. Condiciones económicas y obligaciones fiscales y tributarias ...........................................................10

8. Condiciones de pago ..........................................................................................................................12

9. Aceptación. Contrato ..........................................................................................................................12

10. Plazos de entrega/ejecución .............................................................................................................13

11.Garantías ...........................................................................................................................................13

12. Seguros .............................................................................................................................................14

13. Sanciones por incumplimiento .........................................................................................................15

14. Inspecciones .....................................................................................................................................15

15. Entrega y envío de Bienes ................................................................................................................16

16. Recepción de las Obras y Servicios .................................................................................................16

17. Resolución del Proceso de Contratación, la Orden de CompraContrato ..........................................17

18. Caso Fortuito o Fuerza mayor ..........................................................................................................18

19. Confidencialidad de información y documentos y propiedad industrial/intelectual ........................19

20. Solución de divergencias y litigios. Legislación aplicable. ..............................................................20

21. Archivos ...........................................................................................................................................20

22. Domicilios - Notificaciones .............................................................................................................20

23. Declaraciones Generales ..................................................................................................................20

24. Anexos..............................................................................................................................................21

Anexo I. Seguros ....................................................................................................................................21

Anexo II. Control de Subcontratistas y presentación de documentación ...............................................25

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1. Finalidad, Definiciones y Abreviaturas

1.1 Finalidad: Las Condiciones Generales de Compra y Contratación de YPF E&P Bolivia

S.A. (en adelante, las “Condiciones Generales”) tienen como finalidad regular las relaciones

entre YPF E&P Bolivia S.A. y sus Proveedores/Subcontratistas del Titular en la compra de

Bienes y en la contratación de Obras y/o Servicios efectuados en el marco de los Contratos de

Servicios Petroleros suscriptos entre YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. a partir de su respectiva

fecha efectiva.

Las presentes Condiciones Generales forman parte de la documentación contractual de la

compra o contratación y serán enviadas por YPF E&P Bolivia S.A., junto al Documento Base

de Contratación.

El Proveedor al presentar su Oferta está manifestando que conoce y acepta las mismas.

1.2 Definiciones:

Para fines de aplicación del presente documento de Condiciones Generales, las definiciones y

abreviaturas establecidas en el presente punto podrán ser utilizadas en singular como en plural.

Año: significa un período consecutivo de tiempo que empieza en un Día específico en el Año

Calendario y que termina el Día anterior a ese Día específico del siguiente Año Calendario.

Año Calendario: significa un período de doce (12) meses del Calendario Gregoriano que

comienza el 1º de enero y que termina el 31 de diciembre.

Bienes: Significa todos los equipos, maquinarias, materiales, instalaciones, herramientas,

repuestos, artículos tangibles e intangibles, suministros y otros adquiridos, suministrados,

arrendados o poseídos de cualquier otra forma para su utilización en las Operaciones Petroleras.

Caso Fortuito o Fuerza Mayor: Significa todo acontecimiento humano o natural de carácter

imprevisible y si es previsible inevitable, que impida directa o indirectamente, parcial o

totalmente, el cumplimiento de las obligaciones de alguna de las partes bajo el Contrato y que

no esté bajo control de la parte afectada, no le haya sido posible superar y no sea resultado de

alguna mora, falta de atención, imprudencia, impericia, culpa, negligencia o dolo de la parte

afectada, sujeto al cumplimiento de las condiciones antes estipuladas. Caso Fortuito o Fuerza

Mayor incluirá en forma enunciativa mas no limitativa, los siguientes hechos o actos que

impidan el cumplimiento de la parte afectada de sus obligaciones derivadas del Contrato: tales

como tormentas, inundaciones, deslaves, rayos y terremotos; incendios, actos de guerra

(declarada o no); disturbios y conmociones civiles; sabotajes y terrorismo, desastre de

transporte, huelgas u otras disputas laborales que no sean por motivo de incumplimiento de

algún contrato laboral por parte de la parte afectada, que impidan a una parte cumplir cualquier

obligación bajo el Contrato. Queda expresamente entendido que Caso Fortuito o Fuerza Mayor

no incluirá dificultad económica o cambio en las condiciones de mercado.

No serán consideradas como Caso Fortuito o Fuerza Mayor los hechos o acontecimientos que

ocurran o se produzcan ordinariamente en forma normal o que se deban a negligencia,

imprudencia, impericia, mora o quiebra del Subcontratista del Titular u otras causas imputables

a cualquiera de las partes.

Condiciones Particulares: Documento emitido por YPF E&P Bolivia S.A. que fija las

condiciones específicas y comerciales necesarias para que el Proveedor/Subcontratista del

Titular prepare su Oferta, los Bienes o realice las Obras y/o Servicios en la forma y calidad

requerida.

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Contrato: Instrumento legal suscrito como resultado de un PC, que regula la relación

contractual entre el Titular y el o los Subcontratista(s) del Titular, estableciendo derechos,

obligaciones y condiciones para la provisión de Bienes y/o ejecución de Obras y/o prestación de

Servicios. Esta definición incluye a contratos marco, órdenes de compra, órdenes de servicio,

así como contratos de arrendamiento o alquiler.

Contratos de Servicios Petroleros o CSP: Son los contratos suscritos por YPFB e YPF E&P

Bolivia S.A., cuyo objeto principal es la exploración y explotación de hidrocarburos a cambio

de recibir una retribución o pago por sus servicios.

Coordinador/Inspector: La persona nombrada por YPF E&P Bolivia S.A. para supervisar y

coordinar la ejecución de los Contratos.

Día: Significa un día calendario.

Día Hábil: Significa los Días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes, excepto el o los Día(s)

feriado(s) de acuerdo con las Leyes Aplicables.

Documento Base de Contratación o DBC: Documento que establece las condiciones

generales, administrativas establecidas en las Condiciones Particulares y técnicas establecidas

en el correspondiente Pliego Técnico a las que se sujeta el Proveedor y el Titular y que forman

parte del Proceso de Contratación.

Dólares o US$: Es la moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.

Leyes Aplicables: Significa la Constitución Política del Estado, las leyes, decretos supremos,

decretos supremos reglamentarios, sentencias constitucionales, resoluciones ministeriales y/o

administrativas promulgadas por autoridad sectorial competente del Estado Plurinacional de

Bolivia, relacionadas con el presente Contrato.

Obras: Significa todos los trabajos relacionados con la construcción, reconstrucción,

demolición, reparación, instalación, ampliación, remodelación, adecuación, restauración,

conservación, mantenimiento, modificación o renovación de ambientes, edificios, estructuras,

carreteras, caminos, puentes o instalaciones adquiridos, suministrados, arrendados o poseídos de

cualquier otra forma en las Operaciones Petroleras.

Oferta: Documentación técnica y económica presentada por el Proveedor a objeto de participar

en el presente proceso de licitación.

Operaciones Petroleras: Significa todas las operaciones de exploración, operaciones de

evaluación, operaciones de desarrollo, operaciones de explotación y abandono de hidrocarburos

en el marco de los Contratos de Servicios Petroleros.

Prácticas Prudentes de la Industria: Son las prácticas, métodos, estándares y procedimientos

generalmente aceptados y acatados por operadores prudentes, hábiles, diligentes y con

experiencia en materia de la exploración, desarrollo y producción de hidrocarburos y que en el

momento en cuestión, en el ejercicio de un juicio razonable y a la luz de los hechos conocidos al

momento de tomar una decisión, se consideraría que obtendrían los resultados y finalidades

planeados, maximizando los beneficios económicos de la Explotación de yacimientos.

Proceso de Contratación o PC: Significa todo proceso de licitación o adquisición de Bienes

y/o Servicios y/u Obras, efectuados por YPF E&P Bolivia S.A. en marco de los Contratos de

Servicios Petroleros suscritos entre YPFB e YPF E&P Bolivia y el Decreto Supremo N° 3398 o

Ley Aplicable que lo sustituya, desde su inscripción en el plan anual de contrataciones, hasta la

remisión del Contrato a YPFB.

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Pliego Técnico: Documento emitido por YPF E&P Bolivia S.A. que fija las condiciones

técnicas necesarias para el suministro de los Bienes y/o la realización de las Obras y/o

prestación de Servicios en la forma y calidad requerida.

Proveedor: Persona natural o jurídica habilitada para participar en un PC en el marco de los

CSP.

Responsable: Es la persona nombrada por el Subcontratista del Titular como interlocutor para

la coordinación de la provisión de Bienes y/o ejecución de Obras y/o prestación de Servicios

que se establezcan en las Condiciones Particulares.

Servicios: Todos aquellos servicios técnicos especializados y/o adquiridos, suministrados o

arrendados para el cumplimiento de las Operaciones Petroleras en el marco de los CSP y

normativa vigente.

Subcontratista del Titular: Aquellas personas naturales o jurídicas con capacidad para proveer

Bienes, Obras y/o Servicios, contratados a cuenta y riesgo del Titular, dentro del marco del

Decreto Supremo N° 3398, conforme al CSP y normativa vigente.

Titular: YPF E&P Bolivia S.A.

1.3 Abreviaturas:

AFPs: Administradoras de Fondos de Pensiones.

INCOTERMS: International Commercial Terms (por sus siglas en inglés), Términos

Internacionales de Comercio.

RDC: República Democrática del Congo o los países cubiertos (Angola, Burundi, República

Centro Africana, Ruanda, Sudan, Tanzania, Uganda y Zambia).

SEC: Securities and Exchange Commission (por sus siglas en inglés) Comisión de Seguridades

e Intercambio de los Estados Unidos de Norteamérica.

YPF E&P Bolivia S.A.: YPF Exploración & Producción de Hidrocarburos de Bolivia S.A..

YPFB: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.

YPF S.A.: Casa matriz de YPF E&P Bolivia S.A.

2. Validez y prelación de la documentación contractual

2.1 Las Condiciones Generales constituyen la base de compra de Bienes y/o contratación de

Obras y/o Servicios, las cuales serán de aplicación respecto de todos aquellos términos que no

se hayan regulado expresamente en las Condiciones Particulares.

2.2 Todos los documentos enumerados en este punto, se complementan entre sí, de manera que

lo mencionado en todos ellos constituye la relación entre las partes y en caso de contradicción o

discordancia entre los documentos que integren un Contrato, lo particular prevalecerá sobre lo

general, siendo el orden de prelación o prioridad el siguiente:

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1. Eventuales modificaciones al Contrato, expresamente convenidas por escrito y

posteriores a su fecha de emisión, conforme lo establecido en el capítulo V del Decreto

Supremo N° 3278 o Ley Aplicable que lo sustituya.

2. Contrato y su documentación anexa, misma que incluye la planilla de precios

convenida.

3. Pliegos Técnicos solicitados.

4. Condiciones Particulares.

5. Condiciones Generales de Compra y Contratación.

6. Aclaraciones formuladas por escrito por el Proveedor/Subcontratista del Titular, con

posterioridad a su Oferta y aceptadas explícitamente por YPF E&P Bolivia S.A.

7. Oferta del Proveedor/Subcontratista del Titular.

2.3 No se aceptarán excepciones a estas Condiciones Generales ni otras condiciones generales

de venta del Proveedor/Subcontratista del Titular, cualquiera sea su denominación, distintas a

las establecidas en el presente documento, salvo aceptación expresa, total o parcial, y por escrito

de las mismas por parte de YPF E&P Bolivia S.A. Las excepciones que se acuerden de esta

forma solo serán aplicables al Contrato en relación con el cual hubieran sido pactadas, no siendo

extensivas a otros Contratos.

2.4 Quedarán nulas y sin valor las condiciones y especificaciones que el

Proveedor/Subcontratista del Titular inserte en su Oferta, notas de entrega, facturas u otros

documentos cruzados entre las partes, que contradigan las condiciones expresas establecidas en

el Contrato y en estas Condiciones Generales.

2.5 Las adendas a los Contratos suscritos en el marco de los CSP, serán efectuadas de acuerdo a

lo establecido en el del Decreto Supremo N° 3278 o Ley Aplicable que lo sustituya. Asimismo,

el Subcontratista del Titular será el único y absoluto responsable de la demora en el

cumplimiento de los trabajos y de los daños y perjuicios consiguientes, sin que una adenda al

plazo del Contrato pueda ser interpretada como una liberación de su responsabilidad.

3. Obligaciones y responsabilidades del Subcontratista del Titular

3.1 El Subcontratista del Titular se obliga a realizar las Obras y/o Servicios y/o el suministro de

Bienes, de acuerdo con lo establecido en el Contrato y/o sus anexos y a cumplir con todas las

obligaciones de carácter técnico (arte, oficio, especialidades), administrativo, tributario, laboral,

previsional y legal que resulten aplicables de la relación contractual.

3.2 El Subcontratista del Titular deberá entregar toda la documentación técnica y legal que le

sea requerida por YPF E&P Bolivia S.A. en los documentos adjuntos y/o aplicables al Contrato,

tanto en plazo como en cantidad, así como toda otra información de cualquier índole para el

suministro de Bienes y/o ejecución de Obras y/o provisión de Servicios necesaria para cumplir

con las Leyes Aplicables.

3.3 El Subcontratista del Titular, ante el requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A., deberá

justificar documentalmente el cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los apartados

anteriores y presentar como mínimo la documentación descripta para cada etapa según el Anexo

II. La falta de presentación o la presentación insuficiente de tal documentación constituirá un

incumplimiento grave de sus obligaciones.

3.4 De acuerdo con la naturaleza del Contrato, el Subcontratista del Titular nombrará a uno o

más Responsables dentro de su organización, para cualquier cuestión derivada de la ejecución

de los trabajos y servicios y/o suministro de bienes que se establezcan en las Condiciones

Particulares del mismo, y comunicará tal designación al respectivo Coordinador de YPF E&P

Bolivia S.A.

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3.5 El Subcontratista del Titular y sus subcontratistas mantendrán indemne a YPFB e YPF

E&P Bolivia S.A. y a sus empleados frente a cualquier reclamo o declaratoria de

responsabilidad por muerte, enfermedad o lesiones de su personal y/o de terceros, así como los

daños ocasionados por sus dependientes y/o vehículos y/o maquinarias y/o cualquier otra cosa

de su propiedad o que este bajo su guarda, producidos como consecuencia de las obras,

servicios o suministros, objeto de la Orden de Compra/Contrato, y contra cualquier reclamo,

demanda o acción que resulte como consecuencia de lo anterior y de la acción u omisión del

Subcontratista del Titular y subcontratistas en el desempeño de sus obligaciones del Contrato,

incluyendo honorarios legales y costos, y sin que los montos de los seguros que se suscriban

constituyan un límite a su responsabilidad.

3.6 El Subcontratista del Titular deberá informar de forma inmediata a YPF E&P Bolivia S.A.

toda desvinculación de alguno de los miembros de su personal, producida durante el plazo del

Contrato, especificando además la causa de dicha desvinculación.

3.7 El Proveedor/Subcontratista del Titular será el único responsable y se obliga a cumplir con

las Leyes Aplicables, así como con las leyes y reglamentaciones de carácter internacional, que

resulten de aplicación del Contrato.

3.8 Asimismo, el Subcontratista del Titular y sus subcontratistas, serán empresas autónomas,

por lo que su personal es contratado por su exclusiva cuenta y riesgo, siendo los únicos

responsables por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Código Tributario

Boliviano, Ley Nº 2492, el Texto Ordenado de la Ley Nº 843 y sus respectivos reglamentos, así

como, de las obligaciones laborales o patronales que provengan o emanen de la Ley General del

Trabajo, del Código de Seguridad Social, de la Ley de Pensiones o aquellas Leyes Aplicables

que los sustituyan, de los contratos individuales o colectivos que hayan celebrado con su

personal, no existiendo relación laboral entre YPFB, YPF E&P Bolivia S.A., los Subcontratistas

del Titular y sus subcontratistas con su personal. En este sentido, el Subcontratista del Titular y

sus subcontratistas como empleadores, tienen a su cargo en forma exclusiva, el pago de todas

las obligaciones laborales, impositivas, aportes patronales y obligaciones previsionales

incluyendo pero no limitado a sueldos, cargas sociales, e indemnizaciones por eventual

desvinculación del personal que emplee, así como las restantes indemnizaciones según Leyes

Aplicables y se obliga a mantener indemne a YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. respecto de toda

contingencia por tal/es motivo/s, inclusive con posterioridad a la terminación de la relación

contractual, por la causa que fuere.

3.9 YPF E&P Bolivia S.A. tendrá la facultad de descontar de las facturas pendientes de pago al

Subcontratista del Titular bajo cualquier Contrato, las penalizaciones y/o multas por el

incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales y/o de las normas vigentes de

cualquier índole. Asimismo, por los importes correspondientes a gastos en que incurra YPF

E&P Bolivia S.A. por tareas que no hayan sido realizadas por el Subcontratista del Titular,

incluyendo pero no limitado a la limpieza de zonas de trabajo, reposición de herramientas,

maquinaria y equipamiento diverso, que haya sido cedido para la realización del trabajo y

devuelto en estado insatisfactorio y las posibles deudas por falta de pago por el uso de

Instalaciones, uso temporal de terrenos y cualquier otra deuda que mantenga el Subcontratista

del Titular con YPF E&P Bolivia S.A.

3.10 YPF E&P Bolivia S.A. podrá retener de cualquier importe que deba abonar o reclamar al

Subcontratista del Titular toda suma que le sea reclamada a YPF E&P Bolivia S.A. por

incumplimientos del Subcontratista del Titular a la legislación laboral y/o previsional y/o

tributario.

Estas posibles deducciones, serán totalmente independientes de las garantías prestadas por el

Subcontratista del Titular mencionadas en la cláusula 11 de estas Condiciones Generales.

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3.11 El Subcontratista del Titular acreditará su afiliación a las AFPs en Bolivia, que cubran a

todo el personal afectado al cumplimiento del Contrato, debiendo mantener plenamente vigente

dicha cobertura durante el término de vigencia del mismo. Además se compromete a efectuar en

tiempo y forma sus aportes a las AFPs de conformidad con lo establecido en la legislación

relativa al seguro social a largo plazo en Bolivia. El Subcontratista del Titular exhibirá cada vez

que le sea requerida por YPF E&P Bolivia S.A., las constancias que acrediten el pago oportuno

de los aportes a las AFPs en Bolivia.

3.12 El Subcontratista del Titular, para tener derecho a todo pago que le corresponda, deberá

presentar, de cada uno de los trabajadores que presten servicios relacionados al Contrato y en

forma mensual, constancia de pago de los aportes a las AFPs y la caja de salud correspondiente,

así como también la constancia del abono de sueldo a sus trabajadores así como toda aquella

documentación requerida en el Anexo II y según el procedimiento que el mismo indica.

3.13 El Subcontratista del Titular se obliga a mantener indemne a YPF E&P Bolivia S.A. y sus

empleados frente a todo reclamo, de cualquier naturaleza, que pretenda hacerse efectivo contra

YPF E&P Bolivia S.A. por los trabajadores del Subcontratista del Titular y sus subcontratistas,

sus derechos habientes y/o cualquiera de los organismos recaudadores de la seguridad social,

impositivos, sindicales y/o de obra social, con fundamento en la existencia, ejecución y/o

extinción de relaciones laborales que se entablen con el Subcontratista del Titular, y/o con

fundamento en una pretendida solidaridad o vinculación de cualquier tipo entre el

Subcontratista e YPF E&P Bolivia S.A. El Subcontratista del Titular se obliga a pagar a YPF

E&P Bolivia dentro de los 15 Días de notificado, todas las sumas que YPF E&P Bolivia S.A.

esté obligado a desembolsar, incluyendo pero no limitado a honorarios y gastos de asesores

legales, intereses, peritos y otros consultores, como consecuencia de reclamos, juicios o

acciones legales o por cualquier otra causa derivados del Contrato.

3.14 El Subcontratista del Titular se compromete a exigir a sus subcontratistas el cumplimiento

de la Ley Boliviana en materia laboral y social, debiendo hacerse responsable ante YPF E&P

Bolivia S.A. del pago de las alícuotas correspondientes por parte de sus subcontratistas.

3.15 El Subcontratista del Titular deberá aceptar y cumplir el Código de Ética y Conducta de

YPF S.A. en todo lo que le resulte aplicable en virtud del Contrato.

3.16 El Subcontratista del Titular, deberá cumplir cuantas disposiciones relativas al medio

ambiente, seguridad e higiene y salud ocupacional se hallaren vigentes y resulten de aplicación

al Contrato de acuerdo con las Leyes Aplicables y, en cualquier caso, las establecidas en la

normativa y práctica interna de YPF E&P Bolivia S.A., las que se darán a conocer al

Proveedor/Subcontratista del Titular en oportunidad del Proceso de Contratación y que

declarará conocer y aceptar. En el caso de que los estándares de estos documentos y/o la Ley

Aplicable fueran diferentes, el Subcontratista del Titular cumplirá con el standard más alto. El

Subcontratista del Titular y sus subcontratistas mantendrán indemne a YPF E&P Bolivia S.A. y

sus empleados frente a cualquier reclamo derivado del incumplimiento de las disposiciones

anteriormente mencionadas.

3.17 El Subcontratista del Titular será responsable e indemnizará a YPF E&P Bolivia S.A., en

todo momento, contra toda pérdida, daño o responsabilidad de cualquier tipo que haya sufrido

esta última, ya sea en forma directa o indirecta, por o en relación con el cumplimiento y/o

incumplimiento de las obligaciones en virtud del Contrato por parte del Subcontratista del

Titular o de su personal, incluyendo a mero título enunciativo:

1. Toda pérdida, daño o responsabilidad que surja de un reclamo formulado por un

tercero con motivo de pérdida o daño sufrido por éste o sus bienes, ya sea en forma

directa o indirecta, por o en relación con la prestación de los Servicios o cumplimiento

de las obligaciones por parte del Subcontratista del Titular o de su personal; o

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2. Todo reclamo formulado por el personal o por cualquier organismo y/o institución

pública, entidad sindical y/o división de seguridad social, otras autoridades de

aplicación o terceros, debido al incumplimiento del Subcontratista del Titular y sus

subcontratistas de sus obligaciones legales como empleador.

3. La indemnidad otorgada conforme al presente es una obligación permanente e

independiente de las demás obligaciones del Subcontratista del Titular, y

i. continuará vigente después de la finalización del Contrato;

ii. no se extingue ante un pago parcial;

iii. puede ser exigida aún antes de incurrir en algún gasto o de realizar algún pago en

virtud del Contrato.

3.18 El Subcontratista del Titular acepta que YPF E&P Bolivia S.A., tiene el derecho, ante una

situación de incumplimiento o riesgo de incumplimiento por parte del Subcontratista del Titular

y previa intimación a regularizar dicho incumplimiento por un plazo no menor a los 7 (siete)

Días corridos, a retener total y/o parcialmente, a su exclusivo criterio razonable, las

certificaciones y/o pagos devengados y/o a devengarse con motivo de la compra y/o

contratación objeto del pliego respectivo. Esta retención no devengará intereses a favor del

Subcontratista del Titular ni le dará derecho a reclamo alguno, excepto dolo o culpa grave, y

será pagado a éste último, si correspondiere, una vez regularizado el incumplimiento por el

Subcontratista del Titular.

3.19 La recepción y/o conocimiento y/o aceptación de estas Condiciones por parte del

Subcontratista del Titular implican su renuncia irrevocable a invocar lo establecido en los 463 al

465 del Código Civil Boliviano. Si por cualquier causa no llegase a formalizarse el

correspondiente Contrato el Subcontratista del Titular no llegase a iniciar la realización de la

Obra y/o Servicios, se considerará que el Contrato no fue perfeccionado y el Subcontratista del

Titular no tendrá derecho a efectuar ningún tipo de reclamo en materia de tratativas

contractuales, contratos preliminares o bajo ningún rubro o concepto relacionado con

responsabilidad precontractual o de otro tipo.

4. Obligaciones y responsabilidades de YPF E&P BOLIVIA S.A.

4.1 YPF E&P Bolivia S.A. nombrará un Coordinador para tratar cualquier cuestión relacionada

con el Contrato. Asimismo, facilitará al Subcontratista del Titular toda aquella información

acerca de la responsabilidad establecida en el Contrato que le será aplicable al Subcontratista del

Titular como consecuencia de la ejecución del mismo.

5. Cesión del Contrato

5.1 Las Obras, Bienes y/o Servicios adjudicados al Subcontratista del Titular, son de su

exclusiva responsabilidad, por lo que, queda prohibida la cesión total o parcial de su posición

contractual y/o de los créditos y/o derechos de cobro emergentes del Contrato, sin la previa y

expresa autorización por escrito y de acuerdo a las condiciones y forma que establezca YPF

E&P Bolivia S.A.

5.2 Queda prohibido al Subcontratista del Titular constituir prendas sobre el Contrato y sobre

los créditos y/o derechos de cobro y/o facturas emergentes de éste.

5.3 En caso que el Subcontratista del Titular ceda parcial o totalmente su posición contractual,

y/o créditos y/o derechos de cobro emergentes del Contrato sin autorización previa y por escrito

de YPF E&P Bolivia S.A., además de ser responsable el Subcontratista del Titular del pago de

las multas que correspondan en virtud del Contrato, YPF E&P Bolivia S.A. quedará facultado, a

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resolver el Contrato por culpa del Subcontratista del Titular, sin perjuicio del derecho de

reclamar los daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento.

5.4 YPF E&P Bolivia S.A. podrá ceder todo o parte de sus derechos y obligaciones del Contrato

a su casa matriz YPF S.A., cualquiera de sus afiliadas, (controladas o controlantes o vinculadas)

o a una sociedad que fuese conformada junto con YPFB, bastando para ello la comunicación

previa al Subcontratista del Titular.

5.5 YPF E&P Bolivia S.A. cobrará un importe en concepto de gastos administrativos de cesión,

al Subcontratista del Titular original/cedente según los procedimientos vigentes. A este objeto,

el Subcontratista del Titular otorga su consentimiento, aceptación y autorización anticipada a

dicha cesión. El Subcontratista del Titular acepta que en el momento en que YPF E&P Bolivia

S.A. le comunique la cesión, YPF E&P Bolivia S.A. quedará expresamente y automáticamente

liberada de todas sus obligaciones bajo el Contrato.

6. Subcontratación del Contrato

6.1 Queda prohibida la subcontratación total del Contrato, por lo que el incumplimiento a esta

prohibición por parte del Subcontratista del Titular autorizará a YPF E&P Bolivia S.A. a

resolver el Contrato por incumplimiento del Subcontratista del Titular sin perjuicio del derecho

de reclamar los daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento, quedando comprendidos

los gastos de una nueva licitación.

6.2 Queda prohibida la subcontratación parcial del Contrato salvo autorización y notificación

formal previa y por escrito de YPF E&P Bolivia S.A.. En dicho caso, para la obtención de esta

autorización previa, el Subcontratista del Titular deberá presentar a YPF E&P Bolivia S.A.,

junto con la solicitud de autorización, referencias de su subcontratista y deberá exigir a su

subcontratista toda la documentación prevista en el DBC y en estas Condiciones Generales, así

como su compromiso escrito de cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del Contrato

y de su documentación anexa, debiendo hacer entrega inmediata de todo ello a YPF E&P

Bolivia S.A..

6.3 En caso de empleo de subcontratistas, el Subcontratista del Titular seguirá siendo el

responsable principal ante YPF E&P Bolivia S.A. del cumplimiento de todas las obligaciones

derivadas del Contrato aun cuando se trate de Obras, Bienes o Servicios directamente

suministrados/prestados por el subcontratista autorizado. El Subcontratista del Titular

supervisará y coordinará a su subcontratista empleado por él y es plenamente responsable ante

YPF E&P Bolivia S.A. por los actos y/u omisiones tanto del mismo como de las personas

directa o indirectamente empleadas por su subcontratista. La subcontratación no originará ni

generará relación contractual alguna entre YPF E&P Bolivia S.A. y el subcontratista. Sin

perjuicio de esto, YPF E&P Bolivia S.A. podrá en todo momento inspeccionar y vigilar los

trabajos del subcontratista y el cumplimiento de sus obligaciones.

7. Condiciones económicas y obligaciones fiscales y tributarias

7.1 Los precios incluidos en el Contrato y/o sus anexos, serán fijos y no revisables, salvo

expresa indicación en contrario, e incluirán toda clase de tributos, impuestos, cargas,

gravámenes, tasas, arbitrios y contribuciones. De corresponder, en los casos que el

Subcontratista del Titular tenga domicilio en el exterior, todas las retenciones que correspondan

por tributos, impuestos, cargas, gravámenes, tasas, contribuciones y/o cualquier otro impuesto

quedarán a exclusivo cargo del Subcontratista del Titular, quien recibirá el importe neto de

estas retenciones y los correspondientes certificados de retención que acrediten el depósito de

las sumas retenidas por parte de YPF E&P Bolivia S.A.

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7.2 La existencia de la Oferta escrita del Proveedor y de la adjudicación o aceptación escrita de

YPF E&P Bolivia S.A. es solo una condición necesaria, pero las obligaciones de YPF E&P

Bolivia S.A. no nacerán sino hasta después del comienzo de la vigencia del Contrato, YPF E&P

Bolivia S.A. podrá dejar sin efecto la adjudicación en cualquier momento durante éste período,

no pudiendo el Proveedor/Subcontratista del Titular efectuar reclamo alguno. No se pagarán

Obras, Bienes o Servicios no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente

ofertada por el Proveedor/Subcontratista del Titular, por escrito, y aceptada, también por escrito,

por YPF E&P Bolivia S.A., y emitida la correspondiente revisión del Contrato.

7.3 El pago de anticipos se efectuará, según sea cada caso, contra presentación de la

correspondiente garantía bancaria de buen uso de anticipo y de fiel cumplimiento de las

obligaciones a las que corresponda dicho anticipo por parte del Proveedor/Subcontratista del

Titular previa su aceptación en cada caso por YPF E&P Bolivia S.A., y siempre y cuando tal

pago de anticipos esté contemplado en la correspondiente Oferta y esté claramente establecido

en el Contrato.

7.4 El pago del precio del Contrato no implicará renuncia alguna a los derechos de YPF E&P

Bolivia S.A. estipulados en el mismo.

7.5 El Subcontratista del Titular será responsable de cualquier diferencia de fletes, portes u

cualesquiera otros gastos originados por el incumplimiento de las instrucciones de envío o de

cualquier otra de las condiciones establecidas o aplicables al Contrato.

7.6 El pago de todos los impuestos que graven las operaciones comerciales a que estas

Condiciones Generales se refieran, serán a cargo del Subcontratista del Titular. El contribuyente

del impuesto es responsable, en cada caso, de la correcta tributación reflejada en los

correspondientes documentos contables.

7.7 YPF E&P Bolivia S.A. efectuará al momento del pago de facturas todas las retenciones

impositivas y previsionales establecidas por las Leyes Aplicables.

7.8 Las facturas presentadas por el Subcontratista del Titular deberán cumplir con todos y cada

uno de los requisitos establecidos por las Leyes Aplicables.

7.9 El Subcontratista del Titular deberá informar a YPF E&P Bolivia S.A. el estado de su

situación fiscal, acorde a las Leyes Aplicables (inscrito, no inscrito, exento, etc.).

7.10 En todos los casos el Subcontratista del Titular deberá suministrar la información bancaria

siguiente:

1. Pagos en el país: Para órdenes de compra pagaderas en el país son necesarios los datos

de la cuenta bancaria, la cual debe estar abierta con los datos del Subcontratista del

Titular de acuerdo al nombre registrado en su constitución. Deberá enviar una carta

solicitando el pago y consignando la siguiente información:

i. Nombre de la denominación o razón social y correo electrónico En caso de ser

empresa unipersonal, adjuntar la correspondiente acreditación de que la cuenta

corresponde al Subcontratista.

ii. Nombre del banco

iii. Sucursal del banco (ciudad)

iv. Tipo de cuenta: C.C. - C.A. - etc.

v. Número de cuenta (completo)

vi. NIT

vii. Moneda de la cuenta

Page 13: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

2. Pagos en el exterior: Para Órdenes de Compra pagaderas en el exterior del país que se

realicen mediante acreditación en cuenta bancaria del extranjero, los datos a consignar

serán los siguientes:

i. Si el banco del Subcontratista que se encuentra en EUA y opera dentro de la

Reserva Federal:

ii. Nombre de la cuenta bancaria

iii. Número de cuenta

iv. Banco beneficiario y domicilio

v. ABA o RTN

vi. SWIFT/BIC del banco beneficiario.

vii. Si el banco del Subcontratista se encuentra fuera de los EUA:

viii. Nombre de la cuenta bancaria

ix. Número de cuenta del banco beneficiario:

x. SWIFT/BIC (incluir número de sucursal)

xi. el IBAN)

xii. Banco corresponsal

7.11 El Subcontratista del Titular mantendrá indemne a YPF E&P Bolivia S.A. frente a

cualquier reclamo originado en la obligación del Subcontratista del Titular de pagar cualquier

clase de tributos, impuestos, cargas, gravámenes, tasas y contribuciones, incluyendo honorarios

legales, costos procesales y otros costos.

8. Condiciones de pago

8.1 Toda compra y/o contratación efectuada en el mercado local y cuya facturación sea pactada

en moneda de curso legal -bolivianos- será pagada a los 30 (treinta) Días de la fecha de

presentación de la correspondiente factura, sin reconocimiento de reajustes de precios o costos

financieros.

8.2 Toda compra y/o contratación efectuada en el mercado local y cuya facturación sea pactada

en moneda extranjera, será pagada a los 30 (treinta) Días de la fecha de presentación de la

factura. Las facturas de estas operaciones deberán indicar el tipo de cambio considerado para la

liquidación de los impuestos correspondientes, que deberá ser igual a la cotización de cierre de

la moneda extranjera en el mercado libre de cambios -tipo vendedor- publicada por el Banco

Central de Bolivia y vigente al Día anterior a la fecha de emisión de la factura.

8.3 Toda compra o contratación efectuada con Subcontratistas del Titular extranjeros será

abonada en la moneda pactada mediante transferencia bancaria de fondos desde las cuentas de

YPF E&P BOLIVIA S.A., directamente a la cuenta del Subcontratista del Titular, de acuerdo a

los plazos establecidos en la presente cláusula o en la orden de compra/Contrato, en caso de

divergencia.

8.4 El resto de las condiciones de pago quedarán definidas en las Condiciones Particulares, así

como en el Contrato.

9. Aceptación. Contrato

9.1 La aceptación por parte del Proveedor/Subcontratista del Titular podrá hacerse por el medio

que YPF E&P Bolivia S.A. determine, incluido medios electrónicos. En cualquier caso, la

simple ejecución del Contrato suscrito y notariado entraña la aceptación de las presentes

Condiciones Generales y excluye toda indicación contraria no confirmada por una aceptación

escrita por parte de YPF E&P Bolivia S.A.

Page 14: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

9.2 El acuerdo con el Proveedor/Subcontratista del Titular podrá instrumentarse mediante la

modalidad carta oferta o mediante la suscripción del Contrato entre las partes presentes

debidamente notariado, dando por supuesta la total aceptación del mismo.

10. Plazos de entrega/ejecución

10.1 El plazo de entrega/ejecución que se establece en el Contrato será firme, debiéndose de

efectuar de acuerdo con las cantidades, fechas y lugares especificados en los programas de

entrega/ejecución definidos y suministrados por YPF E&P Bolivia S.A. El mero vencimiento

del plazo pactado hará incurrir en mora automática al Subcontratista del Titular sin necesidad de

intimación y/o interpelación de ninguna clase.

10.2 En caso de retraso, YPF E&P Bolivia S.A. podrá optar entre aceptar el suministro

aplicando las penalidades que se hayan establecido, o bien rechazar el suministro aplicando las

multas correspondientes sin que proceda reclamación alguna por parte del Subcontratista del

Titular. Sin perjuicio de lo expuesto, YPF E&P Bolivia S.A. tendrá la facultad de resolver el

contrato y reclamar los daños y perjuicios que hubiese sufrido.

10.3 YPF E&P Bolivia S.A. podrá cambiar periódicamente, y en forma razonable, los

programas de entrega/ejecución, u ordenar la suspensión temporal de entregas programadas sin

que ello implique una modificación del precio ni de los términos y condiciones del Contrato.

10.4 El Subcontratista del Titular renuncia a invocar las provisiones establecidas en el artículo

573 del Código Civil boliviano.

11. Garantías

11.1 El Subcontratista del Titular garantiza que el suministro de Bienes y/o la realización de

Obras y/o Servicios, son adecuados al fin que se destinan y de primera calidad y primer uso, así

como que cumplen los requisitos de seguridad y calidad especificados en el Contrato, en la

correspondiente Ley Aplicable, así como en las normas propias de YPF S.A. y/o YPF E&P

Bolivia S.A., y que los realizará ateniéndose a los programas de trabajo/ejecución establecidos.

11.2 El Subcontratista del Titular garantiza igualmente que los Bienes son de su plena

propiedad, están libres de cargas y gravámenes a favor de terceros, carecen de defectos y son

idóneos para su comercialización, como que dispone de las patentes, licencias y demás derechos

de propiedad industrial necesarios para la realización de cuanto es objeto del Contrato.

11.3 YPF E&P Bolivia S.A. tiene como fin que el Subcontratista del Titular garantice el

correcto cumplimiento de las obligaciones que resulten del Contrato celebrado, incluyendo, a

mero título enunciativo, las obligaciones de este último con respecto a su personal, plazos de

ejecución/entrega, etc.

El Subcontratista del Titular, deberá utilizar el/los instrumento/s autorizado/s y necesario/s que

resulte de aplicación del Contrato, el/los cual/es será/n definidos en las Condiciones

Particulares, o Pliego Técnico y/o el Contrato y su vigencia será la establecida por el periodo de

Garantía de la Obra/Servicio y en todos los casos de acuerdo a los requisitos que determine YPF

S.A. y/o YPF E&P Bolivia S.A. y que debieran estar a su entera satisfacción.

11.4 El Período de Garantía de las Obras, Bienes y Servicios realizados por el Subcontratista del

Titular será establecido en las Condiciones Particulares o en el Contrato y en su defecto, será de

un (1) Año a partir de la fecha de entrega de la nota de entrada, certificación de la prestación o

Page 15: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

del acta de recepción provisoria o documento establecido por YPF E&P Bolivia S.A. según el

caso, salvo plazos mayores exigibles cuando así lo establezca la Ley Aplicable y/o las

Condiciones Particulares.

11.5 Serán por cuenta del Subcontratista del Titular todos los daños y perjuicios que se originen

por causa de ejecución defectuosa de las Obras, Bienes o Servicios contratados o mala calidad

de los materiales suministrados por éste. El plazo de garantía se interrumpirá por el tiempo que

se emplee en las respectivas reparaciones o sustituciones las que a su vez serán garantizadas, a

partir de su implementación, por igual tiempo al de la garantía.

11.6 Cuando el Subcontratista del Titular no haya cumplido con sus obligaciones en virtud del

Contrato, YPF E&P Bolivia S.A. notificará fehacientemente al Subcontratista del Titular de

dicho incumplimiento, conforme lo requerido por la garantía presentada. Asimismo, YPF E&P

Bolivia S.A. tendrá derecho a deducir de cualquiera de los pagos pendientes que correspondan,

los costos razonables que demande el cumplimiento de las obligaciones pendientes del

Subcontratista del Titular.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones del Contrato, podrá originar la devolución

del suministro efectuado, la no aceptación de la Obra o suministro, la exigencia de reposición

inmediata del mismo con más los daños y perjuicios ocasionados y, en su caso, la resolución del

Contrato a todos los efectos más los daños y perjuicios ocasionados, sin que dicha resolución

pueda ser causa de reclamación alguna por parte del Subcontratista del Titular.

11.7 YPF E&P Bolivia S.A. se encontrará facultada para compensar cualquier obligación

vencida o a vencer, que el Subcontratista del Titular adeudare a YPF E&P Bolivia S.A. por

cualquier concepto, con cualquier importe que YPF E&P Bolivia S.A. debiera abonar al

Subcontratista del Titular derivada de cualquier relación comercial que la vinculara a YPF E&P

Bolivia S.A., ya sea que se encontrare actualmente vigente o que se entablara en el futuro.

11.8 YPF E&P Bolivia S.A. no será responsable frente al Subcontratista del Titular y nada

adeudará a este último por intereses y/o costos que se devenguen o generen por las garantías o

retención de garantías.

12. Seguros

Todos los Seguros mencionados en el Anexo XXXX forman parte del presente Contrato y por tanto el Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista del Titular obtendrá y mantendrá, o hará que se obtengan y mantengan, durante la duración del Contrato, las pólizas de seguro requeridas en el presente Anexo, las cuales están destinadasa proteger los bienes de su titularidad y/o aquellos en virtud de los cuales pueda ser considerado responsable, ya sea por daños ocasionados a YPF E&P BOLIVIA, a sus empleados y/o a terceros externos a la relación contractual con YPF E&P BOLIVIA. El Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista será responsable por todo daño ocasionado en el marco del suministro de de los Bienes y/o Obras y/o Servicios a YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB, por sus dependientes y/o bienes, sean estos de su propiedad o estén bajo su guarda, cuidado, custodia o control. Asimismo estará también obligado a responder por los daños causados por los Subcontratistas a su cargo, por los empleados de los subcontratistas, debiendo indemnizar y mantener indemne a YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB por cualquier reclamo por accidentes, multas y gastos, incluyendo pero no limitado a honorarios legales y costas, y sin que los seguros que se requieran y/o los límites de indemnización que se solicitan constituyan un límite a su responsabilidad.

Page 16: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Las pólizas de seguros y los límites de indemnización requeridos en el Anexo XXX deberán ser contratados a través de compañías aseguradoras autorizadas a operar en el Estado Plurinacional de Bolivia por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) de acuerdo a lo establecido en la ley de seguros aplicable y que posean como mínimo una calificación de riesgo “A1 Fitch o su equivalente. El alcance de las obligaciones y/o responsabilidades por la falta de contratación o cobertura suficiente de los seguros solicitados, no supondrá de ninguna manera un perjuicio a YPF E&P BOLIVIA. De igual modo, los montos de dichos seguros nunca serán inferiores a los obligatorios según las leyes y normas vigentes en los casos que correspondan. Se deja constancia que el Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista tendrá a su cargo el costo

de las pólizas solicitadas, como así también cualquier otro costo, penalidad o adicional asociado

a las mismas.

En caso de que el Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista del Titular (i) no cuente con las

coberturas de seguro a que se refiere esta Cláusula, o (ii) no renueve, no las mantenga vigentes o

actúe negligentemente en la tramitación de un reclamo y la respectiva efectivización de una

cobertura, el Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista del Titular asumirá todos los costos de

reposición, reparación e indemnización de los mismos con su patrimonio.

Otros Seguros. YPF E&P Bolivia S.A. Y/O YPFB podrá exigir la contratación de seguros

adicionales cuando las características de la prestación de servicios así lo requieran. Dichos

seguros se encuentran se solicitarán por Condición Particular en el contrato o por adenda en

caso de corresponder.

13. Sanciones por incumplimiento

13.1 Las sanciones o penalizaciones por incumplimiento del Subcontratista del Titular, se

establecerán en el Pliego Técnico o Condiciones Particulares y/o en el Contrato.

13.2 YPF E&P Bolivia S.A. podrá deducir el monto de las multas de los pagos pendientes y/o

adeudados al Subcontratista del Titular.

14. Inspecciones

14.1 El Subcontratista del Titular deberá realizar o gestionar la realización de las inspecciones,

mediante el organismo de control competente, de aquellos Bienes sujetos a algún reglamento

técnico o de seguridad y medio ambiente y/o condiciones contractuales.

14.2 Asimismo, el Subcontratista del Titular realizará revisiones semestrales de aquellas

instalaciones o talleres temporales dentro de las instalaciones de YPF E&P Bolivia S.A. Del

resultado de estas inspecciones y revisiones, el Subcontratista del Titular deberá informar a YPF

E&P Bolivia S.A.

14.3 YPF E&P Bolivia S.A. se reserva el derecho de inspeccionar el origen de los Bienes objeto

de la Orden de Compra/Contrato y exigir cuantos ensayos sean necesarios que correrán por

cuenta del Subcontratista del Titular. Para ello YPF E&P Bolivia S.A., designará inspectores

quienes tendrán libre acceso a los talleres y procesos de fabricación, sin que esta inspección

disminuya la responsabilidad del Subcontratista del Titular.

Page 17: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

14.4 YPF E&P Bolivia S.A. se reserva el derecho de verificar la veracidad de la documentación

e información entregada por el Subcontratista del Titular donde ésta se encuentre o donde YPF

E&P Bolivia S.A. se lo indique o solicite. Para ello YPF E&P Bolivia S.A. designará

inspectores que tendrán libre acceso a la documentación acreditativa sin que esta inspección

disminuya la responsabilidad del Subcontratista del Titular.

15. Entrega y envío de Bienes

15.1 Todo Bien suministrado deberá ser adecuadamente embalado para evitar cualquier

desperfecto. YPF E&P Bolivia S.A. no admitirá ningún cargo por embalaje si no ha sido

previamente convenido. Salvo autorización expresa de YPF E&P Bolivia S.A., no se embalarán

conjuntamente bajo ninguna circunstancia Bienes correspondientes a diferentes Contratos.

15.2 Todos los envíos irán acompañados de un remito de entrega en el que se indique la

cantidad, nombre del producto, número del Contrato, referencia del Subcontratista del Titular, y

relación de bultos, realizando la distribución del documento según se especifique en el Contrato

y/o Condiciones Particulares.

15.3 Todos los bultos serán marcados exteriormente con el destino de la mercancía y número

Contrato correspondiente, así como indicaciones para la manipulación o precauciones a adoptar

en los casos necesarios. El Subcontratista del Titular deberá dar estricto cumplimiento de la

legislación vigente que corresponda, incluyendo pero no limitado a las normas de seguridad de

transporte y embalaje de sustancias peligrosas, siendo exclusivo responsable de los daños y

perjuicios ocasionados a Bienes o personas como consecuencia de los mismos.

15.4 Para los Bienes que por su naturaleza sean entregados en envases especiales (por ejemplo

productos de laboratorio), el Subcontratista del Titular deberá atenerse a las siguientes

instrucciones:

1. Cada envase irá identificado con el número de lote, fabricación y fecha.

2. No se incluirá en una misma entrega, Bienes correspondientes a más de dos lotes, salvo

comunicación previa del Subcontratista del Titular a YPF E&P Bolivia S.A., y

aceptación por escrito de ésta.

3. El Subcontratista del Titular notificará las limitaciones de caducidad del Bien, en los

casos en que éstas existan, haciendo figurar en los envases la fecha límite del empleo

del mismo.

15.5 La sola recepción por parte de YPF E&P Bolivia S.A. de un envío o expedición de Bienes

del Subcontratista del Titular no podrá ser invocada como aceptación final de los mismos, los

que quedarán sujetos a revisión posterior. YPF E&P Bolivia S.A. tiene la facultad de reclamar

por defectos y/o vicios de calidad o cantidad, etc. debiendo el Subcontratista del Titular tomar

las medidas necesarias para satisfacer tales reclamos.

15.6 Los Contratos estarán sujetos a la aplicación de los INCOTERMS (última edición),

quedando definida las modalidades en los Pliegos Técnicos, las Condiciones Particulares, así

como en el Contrato.

15.7 Bienes rechazados: En estos casos, el Subcontratista del Titular deberá entregar

nuevamente la misma cantidad y calidad, a su exclusivo cargo siempre que así lo solicite YPF

E&P Bolivia S.A.. Sin perjuicio de ello, YPF E&P Bolivia S.A. tendrá la facultad de aplicar las

multas que correspondan afectando la garantía otorgada por el Subcontratista del Titular.

15.8 El Subcontratista del Titular es exclusivo responsable de los Bienes hasta el momento de su

entrega a YPF E&P Bolivia S.A.

Page 18: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

16. Recepción de las Obras y Servicios

16.1 Recepción: Una vez realizadas las Obras y/o Servicios y si la ejecución ha sido correcta,

con todos los ensayos y pruebas de instalación realizadas a satisfacción de la inspección

establecida en el artículo 14.3 de éstas Condiciones Generales, YPF E&P Bolivia S.A. elaborará

un acta dejando constancia de las Obras y Servicios realmente ejecutados, la fecha efectiva de

inicio y finalización de los mismos, y cualquier observación que sea preciso señalar. A partir de

dicha acta comenzará a regir el plazo de garantía que se haya establecido.

En el caso de Obras y/o Servicios presentados por etapas y/o fases, el Subcontratista del Titular

deberá presentar a YPF E&P Bolivia S.A. una certificación de avance de Obra y/o Servicio, la

misma que será revisada por YPF E&P Bolivia S.A. para su posterior aprobación o rechazo. La

certificación aprobada será respaldo para que el Subcontratista del Titular pueda presentar su

factura a YPF E&P Bolivia S.A.

16.2 Si las Obras y Servicios realizados presentan algún defecto, YPF E&P Bolivia S.A. dará un

plazo al Subcontratista del Titular para su rectificación. De no efectuarse ésta en el plazo

indicado, YPF E&P Bolivia S.A. podrá realizarla por sí misma o por terceros, con cargo a la

cantidad retenida como Garantía, o a cargo del Subcontratista del Titular por el importe de las

Obras y/o Servicios no cubiertos por la garantía retenida.

16.3 Período de garantía: Tras la recepción y una vez cumplido el plazo de garantía y realizadas

a satisfacción de YPF E&P Bolivia S.A. las reposiciones y /o reparaciones que pudieran haberse

producido en dicho lapso, YPF E&P Bolivia S.A. procederá a reintegrar al Subcontratista del

Titular el importe, en su caso, de los fondos de garantía y de reparo no afectados a pagos a su

cargo. Para el caso de servicios cumplido el plazo contractual por agotamiento del monto o

plazo estipulado, se elaborará el acta de recepción definitiva reintegrándose el monto de la

garantía.

16.4 Obras y Servicios rechazados: En estos casos, el Subcontratista del Titular deberá

realizarlos nuevamente, a su exclusivo cargo. Sin perjuicio de ello, YPF E&P Bolivia S.A.

tendrá la facultad de aplicar las multas que correspondan afectando la garantía otorgada por el

Subcontratista del Titular.

17. Resolución del Proceso de Contratación/Contrato

17.1 El Contrato se extinguirá por resolución o por vencimiento del mismo.

17.2 Resolución del Contrato por causa del Subcontratista del Titular.

Además de las establecidas legalmente, YPF E&P Bolivia S.A., se reserva la facultad de

resolver el Proceso de Contratación/Contrato por las causas que, a título de ejemplo y no de

modo limitativo, se relacionan a continuación:

1. La venta o transmisión inter vivos o mortis causa del Proveedor/Subcontratista del

Titular o su transformación en otra entidad jurídica, por los medios legalmente

establecidos, sin la aprobación por escrito de YPF E&P Bolivia S.A.

2. El incumplimiento, por parte del Proveedor/Subcontratista del Titular, de cualquiera de

las cláusulas de la Oferta/Contrato.

3. El haberse alcanzado el máximo de penalizaciones aplicables según a lo establecido en

el Contrato.

4. El incumplimiento de la Ley Aplicable, por parte del Proveedor/Subcontratista del

Titular.

Page 19: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

5. Los embargos y retenciones de créditos decretados por órganos judiciales o

administrativos o disolución de la sociedad del Proveedor/Subcontratista del Titular.

6. El quedar pendiente de ejecución/entrega, más del 20% de las Obras, Bienes y

Servicios, cuando haya vencido el plazo establecido en el Contrato.

7. En caso de siniestro o accidente que ocasione daños a las personas, Bienes o al medio

ambiente.

8. Existencia de inexactitudes graves en la información ofrecida por el Subcontratista del

Titular, especialmente en lo relativo a la calidad, seguridad e higiene, sistemas de

gestión medioambiental, condiciones y cumplimiento de requisitos laborales.

9. Incumplimiento de las normas de ética de YPF S.A.

10. Incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad exigidas en el la

Oferta/Contrato.

11. Concurso, quiebra, liquidación o disolución del Proveedor/Subcontratista del Titular.

12. Incumplimiento a las reglas de minerales en conflicto conforme lo mencionado en la

cláusula 23 de estas Condiciones Generales.

17.3 Cuando concurra alguna de las causas anteriores, el Proceso de Contratación/Contrato

quedará resuelto y sin efecto desde la fecha en que YPF E&P Bolivia S.A. comunique su

decisión en tal sentido al Proveedor/Subcontratista del Titular o, en su caso, a sus

causahabientes.

17.4 En los casos en que proceda la resolución del Proceso de Contratación/Contrato, YPF E&P

Bolivia S.A. podrá adoptar todas o algunas de las siguientes medidas:

1. Suspender los pagos pendientes.

2. Ejecutar las garantías que el Proveedor/Subcontratista del Titular tuviere constituidas.

3. Retener los bienes y elementos del Proveedor/Subcontratista del Titular que estuvieran

en poder de YPF E&P Bolivia S.A. o YPF S.A.

4. Reclamar los daños y perjuicios.

17.5 Anulación de Proceso de Contratación, rescisión del Contrato por voluntad de YPF E&P

Bolivia S.A.: YPF E&P Bolivia S.A. se reserva el derecho de dejar sin efecto el Proceso de

Contratación/Contrato de forma unilateral. Para ello, en caso de un Contrato, deberá

comunicarlo fehacientemente al Subcontratista del Titular con 30 (treinta) Días de anticipación

a la fecha en que el Contrato quedará resuelto. El Proveedor/Subcontratista del Titular no tendrá

derecho a indemnización y/o compensación de ninguna clase ni por ningún concepto.

18. Caso Fortuito o Fuerza mayor

18.1 Ninguna de las partes será considerada responsable por el incumplimiento de cualquiera de

sus obligaciones derivadas del Contrato en tanto en cuanto la ejecución de las mismas se retrase

o se hiciese imposible como consecuencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor.

18.2 La suspensión de las obligaciones contractuales durará en tanto en cuanto permanezca la

causa que haya originado el Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La parte que sufra ésta deberá

ponerlo inmediatamente en conocimiento de la otra y efectuar los esfuerzos que sean razonables

para resolver la causa de la suspensión en el plazo más corto posible.

Transcurridos 30 (treinta) Días sin que la causa que originó el Caso Fortuito o Fuerza Mayor

hubiera cesado, YPF E&P Bolivia S.A. podrá hacer prestar el Servicio, Obra o Bienes objeto del

Contrato por parte de un tercero y/o resolver el Contrato, en ambos casos sin derecho a reclamo

y/o compensación alguna a favor del Subcontratista del Titular.

18.3 Si por motivos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor fuese imposible el cumplimiento del

Contrato, la parte afectada debe comunicarlo de ser posible, en forma inmediata a la otra

Page 20: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

mediante un aviso o en su defecto dentro de un plazo máximo de 48 horas, desde que se

produzca el evento. En tal caso, el Contrato quedará resuelto desde la fecha de la notificación.

18.4 En caso de suspensión y/o finalización del Contrato por causa de Caso Fortuito o Fuerza

Mayor, YPF E&P Bolivia S.A. no deberá abonar al Subcontratista del Titular suma alguna ni

ningún costo, gastos o indemnización alguna durante la suspensión o con motivo de la

finalización.

19. Confidencialidad de información y documentos y propiedad intelectual

19.1 Cuando YPF E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A. facilite información de

cualquier naturaleza al Proveedor/Subcontratista del Titular para promover la presentación de

Ofertas, o la correcta prestación de la Obra y/o Bienes y/o Servicios objeto del Contrato, ésta

deberá ser destinada exclusivamente a tal fin prohibiéndose su reproducción y/o divulgación por

cualquier medio, comprometiéndose el Proveedor/Subcontratista del Titular a restituirla a YPF

E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A. una vez concretada la oferta o, a petición de YPF

E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A. La obligación de confidencialidad se mantendrá

por 5 (cinco) Años a contar desde la fecha de terminación del Contrato por cualquier causa que

fuera.

19.2 El Contrato y las negociaciones relacionadas con el mismo tendrán carácter estrictamente

confidencial para el Proveedor/Subcontratista del Titular. Sin perjuicio de lo expuesto, el

Contrato y las negociaciones relacionadas con el mismo podrán ser divulgadas por el

Proveedor/Subcontratista del Titular previo acuerdo por escrito de YPF E&P Bolivia S.A. y/o su

casa matriz YPF S.A. y bajo acuerdo de confidencialidad, a sus accionistas, auditores y a sus

empleados y subcontratistas cuando fuera necesario para la provisión de Bienes y/o ejecución de

Obras y/o prestación de los Servicios.

19.3 Toda la Información Confidencial o Propiedad Industrial/Intelectual de YPF E&P Bolivia

S.A. y/o su casa matriz YPF S.A. que sea puesta a disposición del Proveedor/Subcontratista del

Titular, o bien recopilada por el Proveedor/Subcontratista del Titular u obtenida de algún otro

modo por éste, y las copias o extractos de la misma, ya sea que contengan o no información

confidencial y/o propiedad intelectual de YPF E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A.,

continuarán siendo propiedad de YPF E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A. y deberán

ser devueltas de inmediato cuando ésta lo solicite o a la finalización del Contrato.

19.4 El Proveedor/Subcontratista del Titular utilizará la información confidencial y la propiedad

intelectual de YPF E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A. sólo para la prestación de sus

Servicios y para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.

19.5 Salvo en los casos en que se requiera por ley, el Proveedor/Subcontratista del Titular

acuerda que en ningún momento ni él ni su personal o sus subcontratistas revelarán o ayudarán a

otros a revelar, ya sea directa o indirectamente, salvo por lo dispuesto en alguna cláusula del

Contrato, ni utilizarán para su beneficio o para el beneficio de terceras partes, información

confidencial y/o la propiedad intelectual de YPF E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz YPF S.A.

sin el previo consentimiento por escrito de los mismos.

19.6 Esta cláusula no será aplicable en la medida en que la información o propiedad revelada

por el Proveedor/Subcontratista del Titular sea un asunto de público conocimiento o de dominio

público (que no haya sido revelada por acciones u omisiones del Proveedor/Subcontratista del

Titular en violación del Contrato).

19.7 Las disposiciones de esta cláusula también beneficiarán y serán exigibles a los sucesores o

cesionarios del Proveedor/Subcontratista del Titular.

Page 21: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

20. Solución de divergencias y litigios. Legislación aplicable.

20.1 La legislación aplicable al Contrato será la del Estado Plurinacional de Bolivia sin

aplicación de las normas de conflicto de leyes. Se entenderá por lugar de cumplimiento aquél en

el que, según el Contrato, deban ser entregados los Bienes y/o ejecutadas las Obras y/o

prestados los Servicios. En ausencia de pacto, los Bienes se entenderán entregados, y/o las

Obras ejecutadas y/o los Servicios se entenderán prestados en el domicilio legal de YPF E&P

Bolivia S.A.

Cualquier controversia que surja entre las Partes en relación al Contrato, será sometida a

arbitraje institucional a efectuarse en el Centro de Conciliación y Arbitraje Comercial de

CAINCO de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, al que se encomienda la administración del

arbitraje. El reglamento de arbitraje aplicable será el reglamento de arbitraje de CAINCO

vigente a la fecha en que se presente la solicitud de arbitraje.

20.1 Se deja clara y expresa constancia que el Contrato que se emita con posteridad es de

naturaleza civil-comercial y por tanto no existe ninguna relación laboral entre YPF E&P Bolivia

S.A. y el Subcontratista del Titular, ni entre el Subcontratista del Titular y el personal de

YPFE&P Bolivia S.A., ni entre YPF E&P Bolivia S.A. y el personal del Subcontratista del

Titular.

21. Archivos

21.1 El Subcontratista del Titular mantendrá al día un registro completo del Bien suministrado

y/u Obras ejecutada o Servicios realizados bajo el Contrato, así como todas las transacciones

relacionadas con el mismo. El Subcontratista del Titular mantendrá la totalidad de dichos

registros por un período de tres Años como mínimo después de la finalización del Contrato.

Dichos registros estarán disponibles para su posible auditoria por parte de YPF E&P Bolivia

S.A. La auditoría, si fuera el caso, no se aplicará a las patentes de del Subcontratista ni a

cualquier información adicional con relación a ellas.

22. Domicilios - Notificaciones

22.1 Todas las notificaciones y demás comunicaciones entre el Subcontratista del Titular e YPF

E&P Bolivia S.A. relacionadas al Contrato deberán ser realizadas por escrito y/o correo

electrónico, para lo cual el Subcontratista del Titular deberá proporcionar a YPF E&P Bolivia

S.A. al momento de la adjudicación del Contrato los datos de su domicilio, correo electrónico y

persona de contacto.

22.2 En caso que el Subcontratista del Titular cambiara uno o más de los datos indicados

anteriormente, deberá comunicarlo por escrito a YPF E&P Bolivia S.A. por lo menos con cinco

Días de anticipación a la fecha efectiva del cambio.

23. Declaraciones Generales

23.1 YPF E&P Bolivia S.A. al ser una subsidiaria de YPF S.A. y ésta última al ser una

compañía bajo el ámbito contralor de la Securities and Exchange Commission (SEC) de los

Estados Unidos, está obligada a reportar a la SEC el uso o producción de ciertos minerales

denominados “minerales en conflicto” provenientes de la República Democrática del Congo

(RDC) o de Angola, Burundi, República Centro Africana, Ruanda, Sudan, Tanzania, Uganda y

Page 22: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Zambia (los “países cubiertos”), de acuerdo con la definición del punto 1.01 (d) (3) del form

SD, en cumplimiento de la sección 1502 de la Dodd Franck Act y de la Securities Exchange Act

de 1934, sección 13(p) (“Reglas de Minerales en Conflicto”).

23.2 En virtud de lo expuesto, el Proveedor/Subcontratista del Titular declara y garantiza dar

cumplimiento a las Reglas de Minerales en Conflicto, garantizando que ninguno de sus

productos, piezas y/o materiales ofertados o entregados a YPF E&P Bolivia S.A. contienen o

contendrán minerales en conflicto provenientes de la RDC o los países cubiertos. Al respecto, el

Proveedor/Subcontratista del Titular se compromete a informar inmediatamente a YPF E&P

Bolivia S.A. si descubriera o tuviese razones para creer que la presente declaración y garantía

otorgada a YPF E&P Bolivia S.A., dejare de ser verdadera y/o correcta. Asimismo, el

Proveedor/Subcontratista del Titular acepta y reconoce que YPF E&P Bolivia S.A. incluirá en

sus auditorías la capacidad de revisar documentos relacionados con la obtención por parte del

Proveedor/Subcontratista del Titular de los minerales de conflicto.

23.3 El Proveedor/Subcontratista del Titular al aceptar estas Condiciones Generales, deberá

responder de manera oportuna, a petición de YPF E&P Bolivia S.A., a cualquier solicitud de

información sobre el origen y la cadena de custodia de los minerales en conflicto necesarios

para la producción o funcionalidad de un producto fabricado por el Proveedor/Subcontratista del

Titular o provisto por éste a YPF E&P Bolivia S.A.

23.4 Asimismo, el Proveedor/Subcontratista del Titular entiende y reconoce que cualquier

información que proporcione al respecto podrá ser usada por YPF E&P Bolivia S.A. para

cumplir con sus obligaciones de reportar bajo las reglas de minerales en conflicto, incluyendo la

presentación del formulario SD y un reporte de los minerales de conflicto a la SEC.

24. Anexos

Seguros

1. Contrataciones generales

Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos

generales del punto 12, deberán incluir lo siguiente:

1.1 Seguro de responsabilidad civil: El Subcontratista del Titular deberá contratar un seguro de

responsabilidad civil amparando todas las operaciones a su cargo que forman parte del presente

contrato, todo daño que pueda causar el Subcontratista o sus subcontratistas a terceras personas

y/o cosas de terceros, daños al medio ambiente, contaminación y/o polución repentina, súbita y

accidental, como asimismo las que pudiera ocasionar a YPF E&P Bolivia S.A. y/o a sus

empleados y/o a sus cosas con relación a las actividades y/u objeto específico del presente

contrato. La suma asegurada mínima requerida y de utilización exclusiva para YPF E&P Bolivia

S.A. será de US$ 2.000.000.- (Dos millones de Dólares) por evento. La póliza deberá indicar

que cubre hasta la expiración del período de garantía. Dicho seguro incluirá YPFB e YPF E&P

Bolivia S.A. como asegurados adicionales, sin perder su condición de tercero (responsabilidad

civil cruzada); adicionalmente, debe considerar como mínimo las siguientes ampliaciones de

cobertura: responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de filtración,

polución y contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción, remediación y

limpieza, responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios, no propios y/o

alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso de Obras, el

Subcontratista del Titular contrate un seguro de equipos que incluya cobertura de

responsabilidad civil, el seguro específico de responsabilidad civil, deberá actuar en exceso del

seguro primario incluido en el seguro de equipos.

Page 23: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

1.2 Seguro de todo riesgo de construcción y montaje: El Subcontratista del Titular deberá

consensuar con YPF E&P Bolivia S.A. y previo al inicio de los trabajos objeto del contrato

quién será el responsable de contratar el seguro de todo riesgo de construcción y/o montaje, el

cual deberá prever la cobertura por el valor total del proyecto incluyendo el período de puesta en

marcha, pruebas de funcionamiento y período de mantenimiento, amparando además a todos los

intervinientes en el transcurso del mismo.

1.3 Seguro de equipos: El Subcontratista del Titular deberá presentar a YPF E&P Bolivia S.A.

un seguro de todo riesgo de equipos de subcontratistas, para daños a los equipos de construcción

alquilados, arrendados por o de propiedad del Subcontratista del Titular, con un límite no

inferior a su valor de reposición en caso de siniestro, e independientemente de la causa, renuncia

de forma expresa al derecho de recurso contra YPF E&P Bolivia S.A. por cualquier daño o

pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus compañías

aseguradoras esta renuncia.

El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la

operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de

responsabilidad civil automotor indicado en el punto 12.

1.4 Transporte de equipos, máquinas, instalaciones y/o materiales: El Subcontratista del Titular

deberá contratar, en caso de corresponder, una póliza contra todo riesgo, que cubra equipos,

máquinas, instalaciones y/o materiales elaborados y/o comprados desde su punto de

manufactura y/o compra hasta destino final, incluyendo carga, transporte, descarga, almacenaje

y la responsabilidad civil general de los bienes transportados que pudiesen generar daños y/o

lesiones a terceros.

Los límites de indemnización deberán ser suficientes para responder por el valor de reposición a

nuevo de los Bienes transportados.

2. Seguros de contrataciones llave en mano

Los seguros de contrataciones llave en mano, adicionalmente a los requerimientos generales del

punto 12, deberán incluir lo siguiente:

2.1 Seguro de equipos: El Subcontratista del Titular deberá presentar a YPF E&P Bolivia S.A.

un seguro de todo riesgo de equipos de subcontratistas, para daños a los equipos de construcción

alquilados, arrendados por o de propiedad del Subcontratista del Titular, con un límite no

inferior a su valor de reposición. En caso de siniestro, e independientemente de la causa,

renuncia de forma expresa al derecho de recurso contra YPF E&P Bolivia S.A. por cualquier

daño o pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus

compañías aseguradoras esta renuncia.

El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la

operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de

responsabilidad civil automotor indicado en punto 12.

2.2 Transporte de equipos, máquinas, instalaciones y/o materiales: El Subcontratista del Titular

deberá contratar, en caso de corresponder, una póliza contra todo riesgo, que cubra equipos,

máquinas, instalaciones y/o materiales elaborados y/o comprados desde su punto de

manufactura y/o compra hasta destino final, incluyendo carga, transporte, descarga, almacenaje

y la responsabilidad civil general de los bienes transportados que pudiesen generar daños y/o

lesiones a terceros.

Los límites de indemnización deberán ser suficientes para responder por el valor de reposición a

nuevo de los bienes transportados.

2.3 Seguro de responsabilidad civil: El Subcontratista del Titular deberá contratar un seguro de

responsabilidad civil amparando todas las operaciones a su cargo que forman parte del presente

contrato, todo daño que pueda causar el Subcontratista del Titular o sus subcontratistas a

terceras personas y/o cosas de terceros, daños al medio ambiente, contaminación y/o polución

Page 24: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

repentina, súbita y accidental, como asimismo las que pudiera ocasionar a YPF E&P Bolivia

S.A. y/o a sus empleados y/o a sus cosas con relación a las actividades y/u objeto específico del

presente contrato. La suma asegurada mínima requerida y de utilización exclusiva para YPF

E&P Bolivia S.A. será de US$ 5.000.000.- (cinco millones de Dólares) por evento. La póliza

deberá indicar que cubre hasta la expiración del período de garantía. Dicho seguro incluirá al

subcontratista como asegurado adicional, sin perder su condición de tercero (RC cruzada);

adicionalmente debe considerar como mínimo las siguientes ampliaciones de cobertura:

responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de filtración, polución y

contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción, remediación y limpieza,

responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios, no propios y/o

alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso de Obras, cuando el

Subcontratista del Titular contrate un seguro de equipos que incluya cobertura de

responsabilidad civil, el seguro específico de responsabilidad civil deberá actuar en exceso del

seguro primario incluido en el seguro de equipos.

2.4 Seguro de todo riesgo de construcción y montaje para operaciones terrestres: La cobertura

por todo riesgo de construcción y montaje estará a cargo del Subcontratista del Titular, e

incluirá el período de puesta en marcha, pruebas de funcionamiento y período de

mantenimiento, con un límite de indemnización equivalente al valor del Contrato.

2.5 Seguro de casco de las aeronaves y cobertura de responsabilidad civil: En caso que la

actividad a ser ejecutada por el Subcontratista del Titular y/o subcontratistas en el trabajo del

Contrato incluya la operación con aeronaves, incluyendo helicópteros, el Subcontratista del

Titular deberá obtener un seguro de responsabilidad civil, responsabilidad civil de pasajeros y

responsabilidad civil por daño a la propiedad, responsabilidad civil por la carga, con un límite

único y combinado por evento de US$ 100.000.000 (cien millones de Dólares). YPFB e YPF

E&P Bolivia S.A., sus empleados y/o agentes serán considerados terceros para esta póliza y

nominarán a YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. como asegurados adicionales incluyendo la

cláusula de no repetición a favor de YPFB e YPF E&P Bolivia S.A.

El Subcontratista del Titular suscribirá una póliza de casco a todo riesgo teniendo como límite

mínimo el valor del mismo y dicha póliza deberá incluir una cláusula de no repetición a favor de

YPFB e YPF E&P Bolivia S.A., en caso de daños o pérdida del casco.

2.6 Seguro de casco de las embarcaciones y cobertura de protección e indemnización (P&I): En

caso de que la actividad a ser ejecutada por el Subcontratista del Titular y/o subcontratistas en el

trabajo del Contrato incluya la operación con embarcaciones, se requiere la cobertura de

protección e indemnidad sujeta al límite de responsabilidad de US$ 2.000.000.000 (dos mil

millones de Dólares) para todos los riesgos, excepto para polución y/o contaminación cuyo

límite será de US$ 1.000.000.000 (mil millones de Dólares).

En relación al casco, Subcontratista del Titular en su propia póliza, deberá incluir una cláusula

de no repetición a favor de YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. en caso de daños o pérdida del

mismo.

3. Seguros de servicios al pozo

Los seguros de servicios al pozo, adicionalmente a los requerimientos generales del punto 12

deberán incluir lo siguiente:

3.1 Seguro de equipos: El Subcontratista del Titular deberá presentar a YPF E&P Bolivia S.A.

un seguro de todo riesgo de equipos, para daños a los equipos de construcción alquilados,

arrendados por o de propiedad del Subcontratista del Titular, con un límite no inferior a su valor

de reposición. En caso de siniestro, e independientemente de la causa, renuncia de forma

expresa al derecho de recurso contra YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. por cualquier daño o

pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus compañías

aseguradoras esta renuncia.

Page 25: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la

operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de

responsabilidad civil automotor indicado en el punto 12.

3.2 Seguro de responsabilidad civil: El Subcontratista del Titular deberá contratar un seguro de

responsabilidad civil amparando todas las operaciones a su cargo que forman parte del presente

contrato, todo daño que pueda causar el Subcontratista del Titular o sus subcontratistas a

terceras personas y/o cosas de terceros, daños al medio ambiente, contaminación y/o polución

repentina, súbita y accidental, como asimismo las que pudiera ocasionar a YPF E&P Bolivia

S.A. y/o a su personal y/o a sus cosas con relación a las actividades y/u objeto específico del

presente contrato. La suma asegurada mínima requerida y de utilización exclusiva para YPF

E&P Bolivia S.A. será de US$ 5.000.000.- (cinco millones de Dólares por evento. La póliza

deberá indicar que cubre hasta la expiración del período de garantía. Dicho seguro incluirá a

YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. como asegurados adicionales, sin perder su condición de tercero

(responsabilidad civil cruzada); adicionalmente debe considerar como mínimo las siguientes

ampliaciones de cobertura: responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de

filtración, polución y contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción,

remediación y limpieza, responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios,

no propios y/o alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso de

Obras cuando el Subcontratista contrate un seguro de equipos que incluya cobertura de

responsabilidad civil, deberá actuar en exceso del seguro primario incluido en el seguro de

equipos.

3.3 Seguro de casco de las aeronaves y cobertura de responsabilidad civil: En caso que la

actividad a ser ejecutada por el Subcontratista del Titular y/o subcontratistas en el trabajo del

Contrato incluya la operación con aeronaves, incluyendo helicópteros, el Subcontratista del

Titular deberá obtener un seguro de responsabilidad civil, responsabilidad civil de pasajeros y

responsabilidad civil por daño a la propiedad, responsabilidad civil por la carga, con un límite

único y combinado por evento de US$ 100.000.000 (cien millones de Dólares). YPFB e YPF

E&P Bolivia S.A., sus empleados y/o agentes serán considerados terceros para esta póliza y

nominarán a YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. como asegurados adicionales incluyendo la

cláusula de no repetición a favor de YPFB e YPF E&P Bolivia S.A.

El Subcontratista del Titular suscribirá una póliza de casco a todo riesgo teniendo como límite

mínimo el valor del mismo y dicha póliza deberá incluir una cláusula de no repetición a favor de

YPFB e YPF E&P Bolivia S.A., en caso de daños o pérdida del casco.

3.4 Seguro de casco de las embarcaciones y cobertura de protección e indemnización (P&I): En

caso de que la actividad a ser ejecutada por el Subcontratista del Titular y/o subcontratistas en el

trabajo de la Orden de Compra/Contrato incluya la operación con embarcaciones, se requiere la

cobertura de protección e indemnidad sujeta al límite de responsabilidad de US$ 2.000.000.000

(dos mil millones de Dólares) para todos los riesgos, excepto para polución y/o contaminación

cuyo límite será de US$ 1.000.000.000 (mil millones de Dólares).

En relación al casco, el Subcontratista del Titular en su propia póliza, deberá incluir una

cláusula de no repetición a favor de YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. en caso de daños o pérdida

del mismo.

4. Seguros de transporte de productos de YPF E&P Bolivia S.A.

Los seguros de servicios de transporte, adicionalmente a los requerimientos generales del punto

12, deberán incluir lo siguiente:

4.1 Seguro de responsabilidad civil: El Subcontratista del Titular deberá contar con un seguro de

responsabilidad civil, que incluya las operaciones de carga y descarga, contaminación y/o

polución repentina, súbita y/o accidental hasta un límite de US$ 2.000.000 (dos millones de

Page 26: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Dólares) por evento, incluyendo a YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. como asegurados adicionales

para las tareas relacionadas con el Contrato.

Control de Subcontratistas del Titular y presentación de documentación

Se controlará que los Subcontratistas del Titular que operen con YPF E&P Bolivia S.A.

cumplan con las obligaciones laborales y previsionales. Dentro de este control se incluirá a los

vehículos y equipos.

1. Consideraciones generales

i. Al momento de la suscripción del Contrato, el Subcontratista del Titular deberá designar

e informar a YPF E&P Bolivia S.A. la/s persona/s autorizada/s para gestionar y

representar a la misma. Asimismo, el Subcontratista del Titular deberá presentar

documentación original y/o copia simple de acuerdo a requerimiento de YPF E&P

Bolivia S.A.

ii. YPF E&P Bolivia S.A. permitirá que el Subcontratista del Titular presente copia fiel de

la documentación que se le requiera, en forma perfectamente legible, con sello y firma

de un representante del Subcontratista del Titular habilitado para tal fin, incluyendo la

leyenda “ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL”. No obstante, el Subcontratista del Titular

deberá exhibir los originales de dicha documentación siempre que le fuere requerido y

dentro de los plazos que determine YPF E&P Bolivia S.A.

iii. La contratación de personal independiente por parte del Subcontratista del Titular, será

aceptada únicamente cuando se trate de profesionales independientes, con prestación de

servicios de manera eventual y esporádica y deberá presentar los documentos que

determine YPF E&P Bolivia S.A. respecto al profesional independiente.

iv. No se aceptará una relación comercial/laboral permanente y continua, ni debe existir

entre el personal independiente contratado y el Subcontratista dependencia económica,

jerárquica ni técnica, que pueda dar pauta de una existencia laboral dependiente

encubierta.

v. En aquellos casos donde exista una herramienta informática como apoyo al proceso de

control, es obligación del Subcontratista del Titular completar todos los requisitos que

allí se soliciten, cumpliendo con los plazos previstos por YPF E&P Bolivia S.A.

vi. Subcontratista del Titular no deberá tener ninguna obligación pendiente laboral y/o

previsional a la finalización de la relación contractual vigente con YPF E&P Bolivia

S.A.

vii. En los casos en que el Subcontratista del Titular subcontrate a terceros para realizar

trabajos o prestaciones de servicios dentro y/o fuera de las instalaciones de YPF E&P

Bolivia S.A., deberá informar previamente y por escrito a YPF E&P Bolivia S.A.,

proporcionando información general del tercero subcontratado y documentos en caso de

ser requerido, y no podrá iniciar ningún servicio sin la autorización expresa de YPF

E&P Bolivia S.A.

viii. De contar con más de un Contrato deberá presentar la documentación solicitada por

cada uno de ellos, a no ser que los recursos sean exactamente los mismos. En este

último caso, deberá presentar una sola copia de la documentación con carátulas

diferentes para cada uno de los Contratos.

ix. De existir observaciones sobre la documentación presentada, el Subcontratistas del

Titular deberá presentar en una sola entrega la documentación complementaria que

regularice las mismas, debidamente identificada por Contrato y período. Solo se

permitirá una sola presentación adicional a la mensual.

x. Si luego de la presentación complementaria aún quedan requisitos incumplidos se

podrán subsanar con la próxima presentación mensual.

2. Obligaciones del Subcontratista del Titular en relación al personal afectado al Contrato

Page 27: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

i. Alta, afectación, actualización y baja: El Subcontratista del Titular deberá realizar el

alta del personal, vehículos y equipos, afectar los vehículos y equipos al contrato, previo

inicio de las actividades en el sitio del proyecto, y generar la solicitud de afectación de

personal correspondiente, la cual podrá ser aprobada o rechazada por YPF E&P Bolivia

S.A.

En la afectación el Subcontratista del Titular deberá presentar los documentos

requeridos en las Condiciones Particulares y/o Pliego Técnico y/o Contrato en los

plazos establecidos por YPF E&P Bolivia S.A.

Asimismo, deberá mantener actualizada la información declarada e informar todas las

bajas/desafectaciones que se ocasionen presentando los documentos de respaldo

correspondientes en tiempo y forma de acuerdo a los requerimientos establecidas por

YPF E&P Bolivia S.A.

ii. Documentación: Una vez obtenida la aprobación de la solicitud de afectación, deberá

presentar la documentación requerida por YPF E&P Bolivia S.A., con una antelación de

72 horas hábiles de la fecha estipulada de ingreso. Mantener actualizados los seguros y

presentar la documentación en tiempo y forma de acuerdo a las formalidades

establecidas por YPF E&P Bolivia S.A.

3. Controles de auditoría

El control de auditorías se realizará siguiendo la normativa establecida por YPF S.A. y de ser

requerido, YPF E&P Bolivia S.A. cumplirá una función de soporte para YPF S.A. en los

procesos de control de auditorías, en cuatro etapas:

i. Previo al inicio del Contrato: El Subcontratista del Titular deberá declarar: el personal,

vehículos y equipos propios y de sus subcontratistas para prestar el servicio objeto del

Contrato.

ii. Al inicio de la ejecución del Contrato: Al momento de ingresar a las instalaciones de

YPF E&P Bolivia S.A., el Subcontratista del Titular deberá entregar al

coordinador/inspector de YPF E&P Bolivia S.A. documentación de respaldo requerida

para poder concluir en la emisión de las credenciales correspondientes.

iii. Durante la ejecución del Contrato: El Subcontratista del Titular deberá presentar el

listado de los recursos aplicados por Contrato, según el listado mensual, junto con el

resto de la documentación requerida.

iv. Una vez finalizadas las actividades: Los Subcontratistas del Titular deberán declarar

en el momento que ocurra, el personal propio y de sus subcontratistas que dejen de estar

a disposición del servicio objeto del Contrato e indicar la causa de la desafectación.

4. Sanciones por incumplimiento

i. Falta de presentación de documentación crítica vigente: YPF E&P Bolivia S.A.,

permitirá la continuidad de los trabajos e intimará al Subcontratista del Titular,

mediante comunicación escrita y formal, a regularizar la situación en el plazo y bajo el

apercibimiento de interrumpir los trabajos por responsabilidad del Subcontratista del

Titular. En caso de no subsanar el incumplimiento dentro del periodo estipulado por

YPF E&P Bolivia S.A. se interrumpirán los trabajos.

ii. Falta de presentación de Seguros: YPF E&P Bolivia S.A. no permitirá el ingreso del

personal cuya documentación se adeude e intimará al Subcontratista del Titular

mediante comunicación escrita y formal a regularizar su situación en el plazo y bajo el

apercibimiento de no permitir el ingreso de dicho personal hasta que regularice la

situación.

iii. Falta de presentación de otros documentos relacionados al personal: YPF E&P Bolivia

S.A., no permitirá el ingreso del personal cuya documentación se adeude.

Page 28: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

iv. Adicionalmente, de acuerdo a lo definido en los procedimientos de YPF E&P Bolivia

S.A., ante el incumplimiento en la presentación de la documentación exigible definida

por YPF E&P Bolivia S.A. y/o su casa matriz, se aplicará una retención sobre el total de

la facturación del periodo correspondiente.

v. Si persistiera dicho incumplimiento en periodos sucesivos, se aplicará una segunda

retención, luego de lo cual, si no se subsana la situación, YPF E&P Bolivia S.A. y/o su

casa matriz podrán resolver el Contrato bajo responsabilidad exclusiva del

Subcontratista del Titular.

vi. La totalidad del monto retenido será reintegrada una vez que el Subcontratista del

Titular haya completado toda la documentación faltante que generó dichas retenciones y

cuente con la aprobación expresa de YPF E&P Bolivia S.A.

SEGUROS. COMPRAS Y CONTRATACIONES GENERALES

En todos los Seguros mencionados en este Anexo VI (*), el Proveedor/Contratista obtendrá y

mantendrá, o hará que se obtengan y mantengan, durante la duración del Contrato, las pólizas de

seguro requeridas en el presente Anexo, las cuales están destinadasa proteger los bienes de su

titularidad y/o aquellos en virtud de los cuales pueda ser considerado responsable, ya sea por

daños ocasionados a YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB, a sus empleados y/o a terceros externos a

la relación contractual con YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB.

El Proveedor/Contratista será responsable por todo daño ocasionado en el marco del suministro

de los bienes o servicios a YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB, por sus dependientes y/o bienes,

sean estos de su propiedad o estén bajo su guarda, cuidado, custodia o control. Asimismo, estará

también obligado a responder por los daños causados por los Subcontratistas a su cargo, por los

empleados de los subcontratistas, debiendo indemnizar y mantener indemne a YPF E&P

BOLIVIA Y/O YPFB por cualquier reclamo por accidentes, multas y gastos, incluyendo pero

no limitado a honorarios legales y costas, y sin que los seguros que se requieran y/o los límites

de indemnización que se solicitan constituyan un límite a su responsabilidad.

Las pólizas de seguros y los límites de indemnización requeridos en el presente Anexo deberán

ser contratados por el Subcontratista del Titular con entidades aseguradoras legalmente

establecidas y autorizadas para operar en Bolivia, que cuenten con una calificación de riesgo de

cuando menos A (bol) en escala de Fitch, ó A en escala de la Autoridad de Fiscalización y

Control de Pensiones y Seguros - APS o equivalente, emitida por una calificadora de riesgo

independiente, debidamente registrada y autorizada para la calificación de Entidades

Aseguradoras por la APS.

El alcance de las obligaciones y/o responsabilidades por la falta de contratación o cobertura

suficiente de los seguros solicitados, no supondrá de ninguna manera un perjuicio a YPF E&P

BOLIVIA Y/O YPFB. De igual modo, los montos de dichos seguros nunca serán inferiores a

los obligatorios según las leyes y normas vigentes en los casos que correspondan.

Page 29: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Se deja constancia que el Proveedor/Contratista tendrá a su cargo el costo de las pólizas

solicitadas, como así también cualquier otro costo, penalidad o adicional asociado a las mismas.

9.6.1 CLÁUSULAS COMUNES A TODAS LAS COMPRAS Y CONTRATACIONES.

Asegurado Adicional: En todas las pólizas deberá incluirse a YPF E&P BOLIVIA y/o YPFB

como Asegurado Adicional, sin perjuicio que el Contratante no perderá su condición de

Tercero, por cualquier daño que sufran sus bienes y cuya responsabilidad sea del Contratista o

de los Subcontratistas de los éste se sirve.

Presentación de documentación: Dentro de los treinta (30) Días contados a partir del

momento de contratación o renovación de las pólizas requeridas y en cada aniversario

subsiguiente a tal fecha, el Subcontratista del Titular deberá entregar a YPF E&P Bolivia S.A.

un certificado emitido y firmado por sus aseguradores. La no presentación en término de las

pólizas de seguros facultará a YPF E&P BOLIVIA S.A. a tomar las medidas preventivas

necesarias hasta el cumplimiento por parte del Subcontratista del Titular de dicho requisito.

Los Certificados emitidos y firmados por los aseguradores deberán confirmar lo siguiente:

i. El nombre de la compañía aseguradora que emitió la póliza;

ii. El alcance (especificando la cobertura, deducibles y/o franquicias, exclusiones,

valores asegurados, sub-límites, prima total y vigencia de la póliza incluyendo la

cláusula de no subrogación;

iii. Vigencia a la fecha de certificación;

iv. La prima se encuentra a la fecha de emisión de certificado totalmente pagada; y, para

el caso de pago de la misma en cuotas, incluir un cronograma de pagos indicando si

los mismos están al día;

v. YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. han sido nombrados como asegurados adicionales en

tal póliza.

Para los casos en donde el certificado de cobertura tenga una validez inferior al año de vigencia

de la póliza, la regularización de los mismos por cada período, deberá realizarse previo a la

fecha de finalización del documento.

Duración de las Pólizas: Salvo por estipulación en contrario, todas las pólizas requeridas

anteriormente deberán ser emitidas con vigencia de un (1) Año, pudiendo emitirse pólizas por

tiempos mayores, siendo responsabilidad del Subcontratista del Titular renovar las mismas en

tanto se mantenga vigente su Contrato. En caso de que el Subcontratista del Titular no obtenga o

no renueve cualquier póliza a tiempo, YPF Y&P Bolivia S.A. tendrá la opción de renovar por

cuenta del Subcontratista del Titular tales pólizas.

Moneda: Las pólizas de seguro deben ser contratadas en Dólares, consecuentemente los valores

asegurados declarados y las indemnizaciones serán administradas y pagadas, en dicha moneda o

alternativamente al tipo de cambio oficial del Banco Central de Bolivia del Día del pago.

Suspensión de Pago: La no presentación en término de las pólizas de seguros facultará a YPF

E&P BOLIVIA a tomar las medidas preventivas necesarias hasta el cumplimiento por parte del

Proveedor/Contratista de dicho requisito.

Renuncia a la subrogación: En todas las pólizas proporcionadas por el Proveedor/Contratista

del Titular para la ejecución su Contrato, se incluirá una cláusula de no subrogación contra

YPFB e YPF E&P Bolivia S.A. y todos sus cesionarios, afiliadas, mandatarios, funcionarios,

directores, empleados, asesores, así como una renuncia a cualquier derecho de los aseguradores

a una compensación o contra-reclamación, en relación con cualquier tipo de responsabilidad de

cualquiera de aquellas personas aseguradas en cualquiera de las pólizas.

Page 30: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Franquicias, Deducibles y/o Infraseguro: Toda diferencia que surja en el pago de las

indemnizaciones por siniestros, ya sea por la existencia de infraseguro o aplicación de

franquicias, estará a cargo del Proveedor/Contratista, y/o a los subcontratistas dependientes del

Proveedor/Contratista principal. Dicho monto o porcentaje debe estar específicamente

establecido en las cláusulas de las pólizas de seguros originalmente contratadas, incluyendo sus

cláusulas adicionales y adendas.

Extensión de las obligaciones a los Subcontratistas: El Proveedor/Contratista deberá exigir a

sus Subcontratistas que cuenten con los seguros enunciados en los puntos precedentes, con los

mismos requisitos impuestos a él por YPF E&P BOLIVIA.

Obligaciones del Contratista en caso de incidente que pueda dar lugar a un

reclamo/Siniestro: El Proveedor/Contratista deberá informar a YPF E&P BOLIVIA todo

incidente/siniestro relacionado con las tareas desarrolladas en el presente Pedido/Contrato, en

forma inmediata y fehaciente, obligándose a denunciarlo también a su compañía aseguradora

dentro de un plazo de 24 hs. de ocurrido el hecho.

Asimismo, se compromete a brindar a YPF E&P BOLIVIA y en todo momento, la información

que le sea requerida.

El Proveedor/Contratista deberá presentar a YPF E&P BOLIVIA copia de la denuncia efectuada

con constancia de recepción de la misma, y además toda la información relacionada con el

hecho que le sea requerida.

En adición a las condiciones precedentes, el Proveedor/Contratista queda obligada a informar

por escrito YPF E&P BOLIVIA, de cualquier modificación sobre los seguros contratados que

afecte la vigencia y condiciones pactadas, y deberá requerir a las aseguradoras incluir las

siguientes cláusulas en cada una de las pólizas:

Cláusula de No Modificación de la Póliza.

Cláusula de No repetición a favor de YPF E&P BOLIVIA y/o sus empleados y/o sus

funcionarios y/o sus representantes y/o sus compañías controladas y/o vinculadas y/o

sus aseguradoras.

Cláusula de Notificación de la falta de pago de la póliza.

9.6.2 SEGUROS EXIGIBLES EN TODA CONTRATACIÓN SIN PERJUICIO DE

ADICIONAR AQUELLOS PARA: “CONTRATACIONES GENERALES”,

“LLAVE EN MANO”, “SERVICIOS AL POZO” Y “TRANSPORTE”

Seguro de Riesgos del Trabajo: El Proveedor/Contratista deberá dar cumplimiento a lo

estipulado en la Ley N° 065 del 10 de diciembre de 2010(Ley de Pensiones), el Código de

Seguridad Social de 12 de diciembre de 1956 y su correspondiente reglamento en todo lo

referido a materia de Seguridad Social y accidentes de trabajo en relación con los empleados

nacionales y contratar todos aquellos seguros exigidos por dicha legislación.

El Proveedor/Contratista es responsable de cumplir con las leyes aplicables, incluyendo las

leyes del Estado de origen de los empleados expatriados para prestar servicios.

El Proveedor/Contratista deberá cumplir con la normativa indicada las modificaciones que en el

futuro pudieran afectar a la misma. manteniendo indemne a YPF E&P BOLIVIA en todo

momento, mediante una cláusula de no subrogación en sus contrataciones.

Seguro de Accidentes Personales: Cuando el personal afectado al contrato no deba ser

incluido en el Seguro Social obligatorio, sean estos dependientes directos o indirectos del

contratista y/o subcontratistas, así como también para visitantes a los campos e instalaciones,

deberán presentar un seguro de Accidentes Personales, cuyas condiciones sean como mínimo

las siguientes:

Muerte Accidental hasta la suma de USD 75.000(dólares estadounidenses setenta y cinco mil),

Invalidez total y/o parcial hasta la suma de USD 75.000(dólares estadounidenses setenta y cinco

Page 31: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

mil), gastos médicos y/o farmacéuticos que incluya evacuación médica o aéreaUSD 15.000

(dólares estadounidenses quince mil) y deberá incluir a YPF E&P BOLIVIA como beneficiario

de la misma, a pedido del contratista principal.

Seguro Colectivo de Vida. El Proveedor/Contratista deberá presentar deberá contratar un

seguro en caso de muerte por cualquier causa (natural o accidental) con un límite no menor a

USD 50.000 (dólares estadounidenses cincuenta mil). -

Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito SOAT De conformidad a las Normas Aplicables, se deberá contratar anualmente antes del 1ero de

Enero de cada año la cobertura del seguro obligatorio para accidentes de tránsito, para la

totalidad de vehículos de propiedad y/o uso del Contratista.

Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito (SOAT): El Proveedor/Contratista del Titular,

de conformidad a las Leyes Aplicables, deberá contratar anual cada Año la cobertura del seguro

obligatorio para accidentes de tránsito, para la totalidad de vehículos de propiedad y/o uso del

Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista del Titular.

Seguro de Responsabilidad Civil Automotores: El Proveedor/Contratista deberá presentar

pólizas de automotores que cubran la responsabilidad civil material, responsabilidad civil

personal y accidentes personales a pasajeros (estas últimas dos en exceso del SOAT),

correspondiente a todos los vehículos propios, no propios y alquilados.

Los valores asegurados deberán contemplar como mínimo:

a) Para responsabilidad civil personal y accidentes personales a pasajeros hasta USD

30.000.- (dólares estadounidenses treinta mil) por persona y evento (en exceso del SOAT).

b) Para responsabilidad civil material hasta USD 100.000.- (dólares estadounidenses cien

mil) límite anual y USD 500.000.- (dólares estadounidenses quinientos mil) en el caso de equipo

pesado.

Otros Seguros: YPF E&P BOLIVIA podrá exigir la contratación de seguros adicionales

cuando las características de la prestación de servicios así lo requieran. Dichos seguros estarán

especificados en las Condiciones Particulares.

9.6.3 CONTRATACIONES GENERALES

Los seguros de compras y contrataciones generales, adicionalmente a los requerimientos

generales del punto 9.6.1 y 9.6.2, deberán incluir lo siguiente:

Seguro de Responsabilidad Civil: El Proveedor/Contratista deberá contratar un seguro de

responsabilidad civil, cuya base de reclamo deberá ser “Ocurrencia”, amparando todas las

operaciones a su cargo que forman parte del presente contrato, todo daño que pueda causar el

Proveedor/ Contratista o sus subcontratistas a terceras personas y/o cosas de terceros, daños al

medio ambiente, contaminación y/o polución y/o Filtración repentina, súbita y accidental, como

asimismo las que pudiera ocasionar a YPF E&P BOLIVIA y/o a su personal y/o a sus cosas con

relación a las actividades y/u objeto específico del presente contrato, incluyendo gastos de

remoción y limpieza de escombros

La suma asegurada mínima requerida y de utilización exclusiva para YPF E&P BOLIVIA será

de USD 2.000.000.- (Dos millones de dólares estadounidenses) por evento. La póliza deberá

indicar que cubre hasta la expiración del Período de Garantía. Dicho seguro incluirá al

Contratante como asegurado adicional, sin perder su condición de tercero (RC cruzada);

adicionalmente debe considerar como mínimo las siguientes ampliaciones de cobertura:

responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de filtración, polución y

contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción, remediación y limpieza,

Page 32: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios, no propios y/o

alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso que, por el tipo de obra,

el Contratista contrate un seguro de Equipos que incluya cobertura de Responsabilidad Civil, el

seguro específico de Responsabilidad Civil definido en este artículo 15.3, deberá actuar en

exceso del seguro primario incluido en el seguro de Equipos.

Todo Riesgo Operativo: Cuando corresponda el Proveedor/Contratista deberá contratar un

seguro de Todo Riesgo Operativo para cubrir las pérdidas o daños a la/s propiedad/es

(Incluidos, pero no limitados a los Bienes e instalaciones) utilizadas por el Contratista y/o

Subcontratista del Titular en las Operaciones Petroleras. Cuando corresponda deberá contemplar

la cobertura de control y/o descontrol de los pozos de gas y/o petróleo emergente de las

Operaciones Petroleras.

Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje: El Proveedor/Contratista deberá

consensuar con YPF E&P BOLIVIA y previo al inicio de los trabajos objeto del contrato quién

será el responsable de contratar el seguro de Todo Riesgo de Construcción y/o Montaje, el cual

deberá prever la cobertura por el valor total del proyecto incluyendo el período de Puesta en

Marcha, Pruebas de Funcionamiento y Período de Mantenimiento, amparando además a todos

los intervinientes en el transcurso del mismo.

Seguro de Equipos de Contratistas: El Proveedor/ Contratista deberá presentar a YPF E&P

BOLIVIA un seguro de Todo Riesgo de Equipos de Contratistas, para daños a los equipos de

construcción alquilados, arrendados por o de propiedad de la Contratista, con un límite no

inferior a su valor de reposición. En caso de siniestro, e independientemente de la causa,

renuncia de forma expresa al derecho de recurso contra YPF E&P BOLIVIA por cualquier daño

o pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus Compañías

Aseguradoras esta renuncia.

El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la

operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de

responsabilidad civil automotor indicado en 9.6.2

Transporte de equipos, máquinas, instalaciones y/o materiales.

El Proveedor/ Contratista deberá contratar, en caso de corresponder, una póliza contra todo

riesgo, que cubra equipos, máquinas, instalaciones y/o materiales elaborados y/o comprados

desde su punto de manufactura y/o compra hasta destino final, incluyendo carga, transporte,

descarga, almacenaje y la responsabilidad civil general de los bienes transportados que pudiesen

generar daños y/o lesiones a terceros.

Los límites de indemnización deberán ser suficientes para responder por el valor de reposición a

nuevo de los bienes transportados.

Otros Seguros: YPF E&P BOLIVIA podrá exigir la contratación de seguros adicionales

cuando las características de la prestación de servicios así lo requieran. Dichos seguros estarán

especificados en las Condiciones Particulares. 9.6.4 SEGUROS DE CONTRATACIONES LLAVE EN MANO

Los Seguros de contrataciones llave en mano, adicionalmente a los requerimientos generales del

punto 9.6.1 y 9.6.2, deberán incluir lo siguiente:

Seguro de Equipos de Contratistas: El Proveedor/ Contratista deberá presentar a YPF E&P

BOLIVIA un seguro de Todo Riesgo de Equipos de Contratistas, para daños a los equipos de

construcción alquilados, arrendados por o de propiedad de la Contratista, con un límite no

inferior a su valor de reposición En caso de siniestro, e independientemente de la causa,

renuncia de forma expresa al derecho de recurso contra YPF E&P BOLIVIA por cualquier daño

Page 33: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

o pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus Compañías

Aseguradoras esta renuncia.

El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la

operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de

responsabilidad civil automotor indicado en 9.6.2

Transporte de equipos, máquinas, instalaciones y/o materiales.

El Proveedor/ Contratista deberá contratar, en caso de corresponder, una póliza contra todo

riesgo, que cubra equipos, máquinas, instalaciones y/o materiales elaborados y/o comprados

desde su punto de manufactura y/o compra hasta destino final, incluyendo carga, transporte,

descarga, almacenaje y la responsabilidad civil general de los bienes transportados que pudiesen

generar daños y/o lesiones a terceros.

Los límites de indemnización deberán ser suficientes para responder por el valor de reposición a

nuevo de los bienes transportados.

Seguro de Responsabilidad Civil: El Proveedor/Contratista deberá contratar un seguro de

responsabilidad civil, cuya base de reclamo deberá ser “Ocurrencia”, amparando todas las

operaciones a su cargo que forman parte del presente contrato, todo daño que pueda causar el

Proveedor/ Contratista o sus subcontratistas a terceras personas y/o cosas de terceros, daños al

medio ambiente, contaminación y/o polución y/o Filtración repentina, súbita y accidental, como

asimismo las que pudiera ocasionar a YPF E&P BOLIVIA y/o a su personal y/o a sus cosas con

relación a las actividades y/u objeto específico del presente contrato, incluyendo gastos de

remoción y limpieza de escombros.. La suma asegurada mínima requerida y de utilización

exclusiva para YPF E&P BOLIVIA será de USD 5.000.000.- (cinco millones de dólares

estadounidenses) por evento. La póliza deberá indicar que cubre hasta la expiración del Período

de Garantía. Dicho seguro incluirá al Contratante como asegurado adicional, sin perder su

condición de tercero (RC cruzada); adicionalmente debe considerar como mínimo las siguientes

ampliaciones de cobertura: responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de

filtración, polución y contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción,

remediación y limpieza, responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios,

no propios y/o alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso que, por

el tipo de obra, el Contratista contrate un seguro de Equipos que incluya cobertura de

Responsabilidad Civil, el seguro específico de Responsabilidad Civil definido en este artículo

15.3, deberá actuar en exceso del seguro primario incluido en el seguro de Equipos.

Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje para operaciones terrestres: La

cobertura por todo Riesgo de Construcción y Montaje estará a cargo del Proveedor/Contratista,

e incluirá el período de Puesta en Marcha, Pruebas de Funcionamiento y período de

Mantenimiento, con un límite de indemnización equivalente al valor del Contrato.

Las pólizas de

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

Seguro de Responsabilidad Civil Automotores

Seguro de Transportes

Seguro de Responsabilidad Civil para Operaciones Terrestres

Seguro de Todo Riesgo de Construcción y Montaje para operaciones terrestres.

Deberán incluir a YPF E&P BOLIVIA como asegurado adicional, trasladándose a éste todos los

beneficios indemnizatorios.

Seguro de Casco de las Aeronaves y cobertura de Responsabilidad Civil: En caso que la

actividad a ser ejecutada por el Proveedor/Contratista y/o Subcontratistas en el trabajo del

Pedido/Contrato incluya la operación con aeronaves, incluyendo helicópteros, el

Proveedor/Contratista deberá obtener un Seguro de Responsabilidad Civil, Responsabilidad

Civil de Pasajeros y Responsabilidad Civil por Daño a la Propiedad, Responsabilidad Civil por

la carga, con un límite único y combinado por evento de US$ 100.000.000 (Cien millones de

Page 34: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

dólares estadounidenses). YPF E&P BOLIVIA, sus empleados y/o agentes serán considerados

terceros para esta póliza y nominarán a YPF E&P BOLIVIA como Asegurado Adicional

incluyendo la cláusula de no repetición a favor de YPF E&P BOLIVIA.

El Proveedor/Contratista suscribirá una póliza de casco a todo riesgo teniendo como límite

mínimo el valor del mismo y dicha póliza deberá incluir una cláusula de no repetición a favor de

YPF E&P BOLIVIA, en caso de daños o pérdida del casco.

Seguro de Casco de las Embarcaciones y cobertura de Protección e Indemnización (P&I):

En caso de que la actividad a ser ejecutada por el Proveedor/Contratista y/o Subcontratistas en

el trabajo del Pedido/Contrato incluya la operación con embarcaciones, se requiere la cobertura

de Protección e Indemnidad sujeta al límite de responsabilidad de US$ 2.000.000.000 (Dos mil

millones de dólares estadounidenses) para todos los riesgos, excepto para polución y/o

contaminación cuyo límite será de US$ 1.000.000.000 (Mil millones de dólares

estadounidenses).

En relación al casco, el Proveedor/Contratista en su propia póliza, deberá incluir una cláusula de

no repetición a favor de YPF E&P BOLIVIA en caso de daños o pérdida del mismo.

Otros Seguros: YPF E&P BOLIVIA podrá exigir la contratación de seguros adicionales

cuando las características de la prestación de servicios así lo requieran. Dichos seguros estarán

especificados en las Condiciones Particulares.

9.6.5 SEGUROS DE SERVICIOS AL POZO

Los Seguros de servicios al pozo, adicionalmente a los requerimientos generales del punto 9.6.1

y 9.6.2, deberán incluir lo siguiente:

Seguro de Equipos de Contratistas: El Proveedor/ Contratista deberá presentar a YPF E&P

BOLIVIA un seguro de Todo Riesgo de Equipos de Contratistas, para daños a los equipos de

construcción alquilados, arrendados por o de propiedad de la Contratista, con un límite no

inferior a su valor de reposición. En caso de siniestro, e independientemente de la causa,

renuncia de forma expresa al derecho de recurso contra YPF E&P BOLIVIA por cualquier daño

o pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por escrito a sus Compañías

Aseguradoras esta renuncia.

El mencionado seguro deberá amparar también la responsabilidad civil emergente de la

operación del equipo, y si el mismo circulara en la vía pública, se deberá adicionar el seguro de

responsabilidad civil automotor indicado en 9.6.2

Seguro de Responsabilidad Civil: El Proveedor/Contratista deberá contratar un seguro de

responsabilidad civil, cuya base de reclamo deberá ser “Ocurrencia”, amparando todas las

operaciones a su cargo que forman parte del presente contrato, todo daño que pueda causar el

Proveedor/ Contratista o sus subcontratistas a terceras personas y/o cosas de terceros, daños al

medio ambiente, contaminación y/o polución y/o Filtración repentina, súbita y accidental, como

asimismo las que pudiera ocasionar a YPF E&P BOLIVIA y/o a su personal y/o a sus cosas con

relación a las actividades y/u objeto específico del presente contrato, incluyendo gastos de

remoción y limpieza de escombros. La suma asegurada mínima requerida y de utilización

exclusiva para YPF E&P BOLIVIA será de USD 5.000.000.- (cinco millones de dólares

estadounidenses) por evento. La póliza deberá indicar que cubre hasta la expiración del Período

de Garantía. Dicho seguro incluirá al Contratante como asegurado adicional, sin perder su

condición de tercero (RC cruzada); adicionalmente debe considerar como mínimo las siguientes

ampliaciones de cobertura: responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil emergente de

filtración, polución y contaminación súbita y accidental incluyendo los gastos de remoción,

remediación y limpieza, responsabilidad contractual, responsabilidad civil de vehículos propios,

no propios y/o alquilados, incluyendo pasajeros, en exceso de póliza primaria. En caso que, por

el tipo de obra, el Contratista contrate un seguro de Equipos que incluya cobertura de

Responsabilidad Civil, el seguro específico de Responsabilidad Civil definido en este artículo

15.3, deberá actuar en exceso del seguro primario incluido en el seguro de Equipos.

Page 35: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Seguro de Casco de las Aeronaves y cobertura de Responsabilidad Civil: En caso que la

actividad a ser ejecutada por el Proveedor/Contratista y/o Subcontratistas en el trabajo del

Pedido/Contrato incluya la operación con aeronaves, incluyendo helicópteros, el

Proveedor/Contratista deberá obtener un Seguro de Responsabilidad Civil, Responsabilidad

Civil de Pasajeros y Responsabilidad Civil por Daño a la Propiedad, Responsabilidad Civil por

la carga, con un límite único y combinado por evento de US$ 100.000.000 (Cien millones de

dólares estadounidenses). YPF E&P BOLIVIA, sus empleados y/o agentes serán considerados

terceros para esta póliza y nominarán a YPF E&P BOLIVIA como Asegurado Adicional

incluyendo la cláusula de no repetición a favor de YPF E&P BOLIVIA.

El Proveedor/Contratista suscribirá una póliza de casco a todo riesgo teniendo como límite

mínimo el valor del mismo y dicha póliza deberá incluir una cláusula de no repetición a favor de

YPF E&P BOLIVIA, en caso de daños o pérdida del casco.

Seguro de Casco de las Embarcaciones y cobertura de Protección e Indemnización (P&I):

En caso de que la actividad a ser ejecutada por el Proveedor/Contratista y/o Subcontratistas en

el trabajo del Pedido/Contrato incluya la operación con embarcaciones, se requiere la cobertura

de Protección e Indemnidad sujeta al límite de responsabilidad de US$ 2.000.000.000 (Dos mil

millones de dólares estadounidenses) para todos los riesgos, excepto para polución y/o

contaminación cuyo límite será de US$ 1.000.000.000 (Mil millones de dólares

estadounidenses).

En relación al casco, el Proveedor/Contratista en su propia póliza, deberá incluir una cláusula de

no repetición a favor de YPF E&P BOLIVIA en caso de daños o pérdida del mismo.

Otros Seguros: YPF E&P BOLIVIA podrá exigir la contratación de seguros adicionales

cuando las características de la prestación de servicios así lo requieran. Dichos seguros estarán

especificados en las Condiciones Particulares.

9.6.6 SEGUROS DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS DE YPF E&P BOLIVIA

Los Seguros de servicios de transporte, adicionalmente a los requerimientos generales del punto

9.6.1 y 9.6.2, deberán incluir lo siguiente:

Seguro de Responsabilidad Civil: El Proveedor/Contratista deberá contar con un seguro de

Responsabilidad Civil, cuya base de reclamo deberá ser “Ocurrencia”, que incluya las

operaciones de carga y descarga, contaminación y/o polución repentina, súbita y/o accidental

hasta un límite de US$ 2.000.000 (dos millones de dólares estadounidenses) por evento,

incluyendo a YPF E&P BOLIVIA como Asegurado Adicional para las tareas relacionadas con

este contrato.

Otros Seguros: YPF E&P BOLIVIA podrá exigir la contratación de seguros adicionales

cuando las características de la prestación de servicios así lo requieran. Dichos seguros estarán

especificados en las Condiciones Particulares.

Page 36: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

CONDICIONES PARTICULARES DE

COMPRAS Y CONTRATACION YPF E&P

BOLIVIA S.A.

Page 37: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

CARTA DE INVITACIÓN

Santa Cruz, xx de xxxx de 2018

Señores

PROVEEDORES

Presente.-

Ref.: INVITACIÓN PARA LICITAR EL SERVICIO DE PERFORACIÓN MECANIZADA PARA

EL ÁREA DE CHARAGUA DE YPF E&P BOLIVIA S.A.”

YPF E&P BOLIVIA S.A. desea hacerles extensiva una invitación para presentar su oferta técnico-

económica para la PROVISIÓN DE EXPLOSIVOS PARA EL ÁREA DE CHARAGUA DE YPF

E&P BOLIVIA S.A.” YPF-OF-576-05-2018, de acuerdo a las condiciones de contratación adjuntas.

Las ofertas deberán ser cargadas al Sistema Electrónico ARIBA vía Internet -por separado; Oferta

Técnica “A” y Oferta Económica “B”- indicando el código y objeto del concurso- hasta horas 18hs del

día xx de xxxx. No se recibirán las propuestas que incumplan con este requisito.

De igual manera, se establece como fecha límite para realizar consultas técnicas y/o administrativas hasta

las xxxxx hs. No se dará respuestas a consultas recibidas fuera del plazo indicado. Todas las consultas

deberán ser enviadas a la dirección de correo mencionado líneas abajo. Las respuestas serán enviadas a

todos los Proveedores.

Es importante hacer notar que los Proveedores deben leer y dar cumplimiento a lo establecido en los

diferentes documentos que conforman el presente pliego licitatorio para que la oferta pueda cumplir a

cabalidad con las expectativas exigidas por la YPF E&P Bolivia S.A.

Solicitamos confirmar la recepción de esta invitación tan pronto le sea posible y en caso de requerir

información adicional, favor dirigirse al correo electrónico: [email protected] con Nicolás Oddera.

La presente Invitación se compone de los siguientes documentos Anexos:

DBC (Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Pliego Técnico)

FORMATO DE CARTA DE PRESENTACIÓN

MODELO DE CONTRATO

POLÍTICA MASS

POLÍTICA ÉTICA

PLANILLA DE PRECIOS

Muy atentamente,

YPF E&P BOLIVIA S.A.

Fernando Segovia

Representante Legal YPF E&P BOLIVIA S.A.

Page 38: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

PERFORACIÓN MECANIZADA PARA EL ÁREA DE CHARAGUA OPERADA POR YPF E&P

BOLIVIA S.A.

CÓDIGO YPF-OF-576-05-2018

YPF Exploración & Producción de Hidrocarburos de Bolivia S.A. con domicilio en Calle La Plata n° 19,

Barrio Equipetrol, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, (en adelante denominada “YPF E&P Bolivia

S.A.”) realiza la presente invitación para presentar una oferta técnico-económica para la licitación de

SERVICIO DE PERFORACIÓN MECANIZADA PARA EL ÁREA DE CONTRATO OPERADA POR

YPF E&P BOLIVIA S.A.” YPF-OF-576-05-2018, de acuerdo a las condiciones de contratación adjuntas.

1. Condición previa de confidencialidad y naturaleza de la contratación.

1.1. La información suministrada con motivo de esta invitación es confidencial, para uso exclusivo del

eventual Proveedor y al solo efecto de que evalúe la presentación de su Oferta; debiendo el eventual

Proveedor preservar en todo momento esa confidencialidad.

1.2. La presentación de la Oferta se considerará como su aceptación de una obligación incondicional de

confidencialidad, mutatis mutandis, en los términos expresados en las Condiciones Generales de Compras

y Contrataciones de YPF E&P Bolivia S.A. adjunto en la presente convocatoria.

Por tanto, el Oferente reconoce que todo incumplimiento de éste en relación con el Contrato, repercutirá

negativamente en el cumplimiento por parte de la Sociedad de su contrato con YPFB. A estos efectos, con

la sola presentación de la Oferta, el Oferente se declara responsable de dichas repercusiones negativas y

se compromete a mantener a la Sociedad indemne a este respecto.

2. Definiciones

Para fines de aplicación del presente documento, las definiciones y abreviaturas establecidas en el

presente punto podrán ser utilizadas en singular como en plural:

2.1. Anexos: Significa los documentos adjuntos al presente documento de condiciones particulares y que

forman parte del mismo.

2.2. Bienes: Todos los equipos, maquinarias, materiales, instalaciones, herramientas, repuestos, artículos

tangibles e intangibles, suministros y otros adquiridos, suministrados o arrendados para su utilización en

las operaciones petroleras.

2.3. Contrato: Instrumento legal suscrito como resultado del presente proceso de licitación, que regula la

relación contractual entre YPF E&P Bolivia S.A. y el o los Subcontratistas del Titular, estableciendo

derechos, obligaciones y condiciones para la provisión de Bienes, prestación de Servicios y/o ejecución

de Obras objeto de la licitación. Esta definición incluye a contratos marco, órdenes de compra, órdenes de

servicio, así como contratos de arrendamiento o alquiler.

2.4. Contrato de Servicios Petroleros o CSP: Son los contratos suscritos por YPFB e YPF E&P Bolivia

S.A., cuyo objeto principal es la exploración y explotación de hidrocarburos a cambio de recibir una

retribución o pago por sus servicios.

2.5. Día: Significa un día calendario.

2.6. Día Hábil: Significa los Días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes, excepto el o los Día(s)

feriado(s) de acuerdo con las Leyes Aplicables.

2.7. Documento Base de Contratación o DBC: Documento que establece las condiciones generales,

administrativas establecidas en las presentes condiciones particulares y técnicas establecidas en el

correspondiente Pliego Técnico a las que se sujeta el Proveedor y el Titular y que forman parte del

Proceso de Contratación.

Page 39: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

2.8. Dólares o US$: Es la moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.

2.9. Fecha de Cierre de la Licitación” significa las xxhs. Del día xx

2.10. IVA: significa el Impuesto al Valor Agregado.

2.11. Leyes Aplicables: Significa la Constitución Política del Estado, las leyes, decretos supremos,

decretos supremos reglamentarios, sentencias constitucionales, resoluciones ministeriales y/o

administrativas promulgadas por autoridad sectorial competente del Estado Plurinacional de Bolivia,

relacionadas con el presente Contrato.

2.12. Proveedor: Persona natural o jurídica habilitada para participar en un PC en el marco de los CSP.

2.13. Obras: Significa todos los trabajos relacionados con la construcción, reconstrucción, demolición,

reparación, instalación, ampliación, remodelación, adecuación, restauración, conservación,

mantenimiento, modificación o renovación de ambientes, edificios, estructuras, carreteras, caminos,

puentes o instalaciones adquiridos, suministrados, arrendados o poseídos de cualquier otra forma en las

operaciones petroleras.

2.14. Oferta: Documentación técnica y económica presentada por el Proveedor a objeto de cumplir

con el presente proceso de licitación.

2.15. Pliego Técnico: Documento emitido por YPF E&P Bolivia S.A. que fija las condiciones técnicas

necesarias para el suministro de los Bienes y/o la realización de las Obras y/o prestación de Servicios en

la forma y calidad requerida.

2.16. Proceso de Contratación o PC: Significa todo proceso de licitación o adquisición de Bienes y/o

Servicios y/u Obras, efectuados por YPF E&P Bolivia S.A. en marco de los Contratos de Servicios

Petroleros suscritos entre YPFB e YPF E&P Bolivia y el Decreto Supremo N° 3398 o Ley Aplicable que

lo sustituya, desde su inscripción en el plan anual de contrataciones, hasta la remisión del Contrato a

YPFB.

2.17. Responsable: Es la persona nombrada por el Subcontratista del Titular como interlocutor para la

coordinación de la provisión de Bienes y/o ejecución de Obras y/o prestación de Servicios que se

establezcan en las Condiciones Particulares.

2.18. SINCOP: Sistema Nacional de Contrataciones de Operaciones Petroleras.

2.19. Servicios: Todas aquellas obras y servicios técnicos especializados y/o generales adquiridos,

suministrados o arrendados para cumplimiento de las operaciones petroleras en el marco del Contrato y

Leyes Aplicables.

2.20. Subcontratista del Titular: Significa el Proveedor contratado a cuenta y riesgo de YPF E&P

Bolivia S.A., a través de una orden de compra/Contrato de conformidad con lo estipulado en el Contrato

de Servicios Petroleros y las Leyes Aplicables.

2.21. Titular: YPF E&P Bolivia S.A.

2.22. YPFB: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos

3. Envío, Apertura, Evaluación y Adjudicación de las Ofertas

3.1. Las Ofertas solamente podrán ser enviadas, recibidas y procesadas a través de la herramienta

electrónica ARIBA. No se recibirán Ofertas que no hayan sido presentadas a través de la herramienta

mencionada.

Page 40: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

3.2. Los Proveedores deben acusar recibo de la Invitación dentro de los cuatro (4) Días corridos,

contados a partir de la recepción de la carta de invitación. Para ello, deberán enviar un acuse de recibo por

correo electrónico a la persona indicada en la carta de invitación. Dentro del mismo plazo de cuatro (4)

Días corridos, los Proveedores que no tengan intención de realizar una Oferta deberán confirmar este

extremo a través de la herramienta electrónica ARIBA mediante la opción Declinar.

3.3. La falta de presentación en tiempo y forma de la documentación o requisitos que se exigen en la

presente invitación facultará a YPF E&P Bolivia S.A. a rechazar la Oferta.

3.4. La Oferta no podrá ser condicionada, no podrá incluir observaciones ni podrá estar sujetas a la

aceptación por parte de la YPF E&P Bolivia S.A. de modificación alguna.

3.5. La Oferta deberá tener un plazo de validez mínimo de 120 (ciento veinte) Días, contados a partir de

la presentación de la Oferta, durante el cual no podrá ser revocada ni modificada.

3.6. Si el Proveedor retirara su Oferta antes del vencimiento del plazo de mantenimiento de Oferta se

le formularán los cargos que por daños o perjuicios le hubieran ocasionado a YPF E&P Bolivia S.A. por

responsabilidad contractual.

3.7. La apertura de las Ofertas presentadas se realizará en forma privada, sin la presencia de los

Proveedores.

3.8. Los documentos presentados por los Proveedores en el proceso y aquellos generados por o para YPF

E&P Bolivia S.A. en relación al mismo, se considerarán de propiedad de YPF E&P Bolivia S.A. y

ninguno de los Proveedores podrá tener acceso a los documentos presentados por los demás Proveedores

ni a los generados por o para YPF E&P Bolivia S.A., ni a efectuar impugnaciones en relación a la

presente sub cláusula.

3.9. La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proveedor del contenido de todos

los documentos del DBC. La sola presentación de la Oferta implica una aceptación por parte del

Proveedor de que ha examinado en su totalidad y que ha comprendidos cabalmente el contenido del

mismo.

3.10. Si el Proveedor considerara que hay omisiones o discrepancias en los documentos que integran

el DBC, o si tuviera dudas acerca del significado preciso de algún punto, palabra o cifra, o si tuviera

cualquier otra consulta al respecto, debe dirigir por la misma vía correo electrónico a la dirección de la

persona indicada en la carta de invitación. Toda correspondencia relacionada con esta invitación debe

tener como referencia el código y nombre de la misma.

Cuando lo haga, YPF E&P Bolivia S.A. responderá las consultas de todos los Proveedores por escrito,

por correo electrónico. Se recomienda enfáticamente a los Proveedores que efectúen sus consultas a la

mayor brevedad luego de la recepción del DBC. Toda información, interpretación, consejo o

modificación suministrada a los Proveedores de acuerdo con las consultas efectuadas serán distribuidas a

todos los Proveedores.

Si cualquier observación o pregunta realizada por el Proveedor no es contestada, se entenderá que la

observación o la pregunta ha sido negada al Proveedor y el texto del DBC queda inmodificable a este

respecto.

Para considerar que una respuesta a cualquier observación o pregunta modifica el modelo contractual, el

pliego técnico o cualquier otra documentación que forme parte del DBC, ésta deberá ser expresa e

inequívoca.

Si alguna de las respuestas a las observaciones o preguntas realizadas es ambigua, confusa o permite

diversas interpretaciones, el Proveedor tiene la obligación de solicitar la correspondiente aclaración; de lo

contrario y en caso de discrepancia en cuanto a la respuesta, la observación o pregunta se considerará

como no respondida o respondida de forma negativa y el texto del DBC quedará inmodificable a este

respecto.

Page 41: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

3.11. Es absolutamente facultativo de YPF E&P Bolivia S.A. aceptar y/o adjudicar total o

parcialmente, la o las Ofertas que considere más convenientes a los intereses de YPF E&P Bolivia S.A. o

a su casa matriz, rechazarlas todas o inclusive dejar sin efecto el Proceso de Contratación; sin que tal

proceder pueda dar derecho alguno a los Proveedores a reclamar daños y perjuicios, compensaciones,

conceptos indemnizatorios, intereses por honorarios, gastos ni por ningún otro concepto generado u

ocasionado con motivo de la preparación y presentación de la Oferta.

3.12. YPF E&P Bolivia S.A. no será responsable por costos o expensas incurridas por el Proveedor en

relación a esta Invitación.

3.13. YPF E&P Bolivia S.A. tendrá derecho, en cualquier momento y a su sólo criterio (sin necesidad

de justificar ni explicar su decisión) de:

(i) Rechazar sin aviso cualquier Oferta, incluyendo aquella que omita presentar alguna información

requerida o contenga datos presumiblemente erróneos o falsos, inclusive luego de que fuera abierta;

(ii) Modificar y/o enmendar los programas, procedimientos y normas relacionados con esta Invitación.

Tal modificación o enmienda de la invitación será informada a todos los Proveedores para que

tengan la oportunidad de modificar o enmendar sus Ofertas;

(iii) Suspender el Proceso de Contratación, parcial o totalmente, por el tiempo que YPF E&P Bolivia S.A.

lo considere conveniente. Cancelar y dar por terminado el Proceso de Contratación a solo criterio y

conveniencia de YPF E&P Bolivia S.A.

Tanto la suspensión o cancelación del Proceso de Contratación se hará sin reconocimiento alguno

por costos en los que pudiera haber o hubiera incurrido el Proveedor, ya sea directamente como

consecuencias de la suspensión o cancelación o por la elaboración de sus Ofertas.

(iv) Declarar desierto el proceso licitatorio.

En ningún caso se podrá presentar un reclamo contra YPF E&P Bolivia S.A., su personal, su casa matriz

y/o sus subsidiarias como resultado de dicha decisión.

3.14. YPF E&P Bolivia S.A. se reserva el derecho de rechazar aquellas Ofertas que no permitan

determinar ni analizar debidamente la calidad y alcance de las provisiones y en general la ponderación

técnica del servicio que se concursa, a su solo juicio.

3.15. YPF E&P Bolivia S.A. estará facultada para requerir del Proveedor las mejoras que estime

convenientes para facilitar la selección del Subcontratista del Titular para facilitar la selección del

Subcontratista del Titular.

3.16. YPF E&P Bolivia S.A. en concordancia a lo establecido en su procedimiento de compras y en

base a los lineamientos de la normativa de su casa matriz considera criterios absolutos (pasa/no pasa) y

ponderados para la valoración técnica de las ofertas recibidas, los cuales son determinados por la unidad

solicitante. Posteriormente para la valoración económica se considera el criterio del precio más bajo.

3.17. Primeramente, se abrirán las Ofertas técnicas y hasta no concluir con la valoración técnica, no se

procederá con la apertura de las Ofertas económicas. En la valoración económica, solo se abrirán las

Ofertas técnicamente aprobadas.

3.18. YPF E&P Bolivia S.A. se reserva el derecho que adjudicar varias Ofertas de manera parcial para

la prestación de un mismo bien, obra y/o servicio.

3.19. La sola presentación de la Oferta por parte del Proveedor constituye la aceptación de los

términos y condiciones del Contrato modelo incluido a este documento como Anexo 4. Todo ello sin

perjuicio de las mejoras para los intereses de YPF E&P Bolivia S.A. que pueda ofrecer el Proveedor.

Debido a ello, el Proveedor se obliga a suscribir – si es finalmente adjudicado y en los límites de dicha

adjudicación – el mencionado Contrato.

Page 42: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

3.20. YPF E&P Bolivia S.A. podrá, en caso de ser necesario, confirmar la contratación mediante un

aviso de adjudicación, previo a la suscripción del Contrato, sin perjuicio de su posterior emisión. Dicho

aviso indicará expresamente que las obligaciones comenzarán desde la fecha de recepción del mismo, así

como de todos los requisitos y/o documentos que el Proveedor debe presentar previo inicio del Servicio,

Obra y/o suministro de Bienes.

3.21. La adjudicación de la licitación implicará que las obligaciones del Subcontratista del Titular

emergentes del mismo serán asumidas por éste en forma independiente y no como agente o mandatario de

YPF E&P Bolivia S.A.

3.22. La sola presentación de la Oferta por parte del Proveedor, implica su aceptación de todos los

documentos, políticas y anexos que conforman el presente DBC, incluidas todas las normas internas de

YPF E&P Bolivia S.A. que se adjuntan o que se refieren en el presente documento.

Además, implica por parte del Proveedor, la aceptación y sometimiento a todo sistema de control de sus

contratistas que YPF E&P Bolivia S.A. pudiese tener en la actualidad o poner en funcionamiento en el

futuro. Para ello, el Proveedor presentará periódicamente su información, conforme al detalle, plazos y

procedimientos definidos por YPF E&P Bolivia S.A., debiendo mínimamente cumplir con la presentación

de la documentación, según corresponda al servicio u obra que se contrate y cualquier otra

documentación que sea requerida oportunamente por la YPF E&P Bolivia S.A.

4. Contenido de la Oferta

4.1. El Proveedor deberá cotizar exclusivamente los Servicios, Obras y/o suministro de Bienes que se

solicitan en la invitación. Los precios deberán ser cotizados en Dólares y deben incluir todos los

impuestos de ley.

4.2. Las ofertas técnico-económicas en este concurso, serán recibidas a través de la herramienta

electrónica ARIBA que YPF E&P Bolivia S.A. a través de su casa matriz, ha decidido utilizar para estos

efectos. El plazo para la presentación de las mismas es el Día xx de marzo de 2018 a las xx horas y no

omitir ningún documento de los que se le han solicitado.

4.3. Ambas Ofertas, la técnica y la económica, les serán solicitadas en dos peticiones separadas que

recibirán vía e-mail a fin de que las ingrese en la herramienta antes del plazo indicado. Recuerde que

cuando se le solicite la oferta técnica sólo deberá ingresar ésta y por separado la oferta económica.

4.4. Para cualquier duda que le surgiere en la utilización de la herramienta por favor contactarse al

siguiente teléfono del operador de la Herramienta: +1 412 222 6153, Indicando el nombre de usuario,

nombre y código de la licitación.

4.5. Todos los ítems deben ser cotizados estrictamente de acuerdo con las especificaciones de YPF E&P

Bolivia S.A.

4.6. El Proveedor deberá indefectiblemente cotizar la oferta básica conforme a lo establecido en el

Pliego Técnico. Se deberán respetar los campos y su llenado de la planilla de precios (precios unitarios,

totales, etc.)

4.7. Se deberá totalizar la oferta neta, sin incluir el IVA. Dejando éste en una línea extra.

4.8. Si el Proveedor desea sugerir ítems o esquemas contractuales que considere que pueden mejorar la

Oferta, o ítems que ofrecen un ahorro de costos sustancial, se los debe cotizar como alternativas a la

propuesta base. Al ofrecer una propuesta alternativa, el Proveedor debe especificar minuciosamente los

motivos que originan esta propuesta alternativa para que YPF E&P Bolivia S.A. pueda realizar su

evaluación, quedando a su exclusivo juicio su aceptación.

4.9. No se reconocerá ningún tipo de variaciones de precios y costos que modifiquen la Oferta o las

condiciones pactadas contractualmente. Los precios y costos cotizados deben ser firmes durante todo el

plazo del contrato.

Page 43: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

4.10. Sólo se solicitará una lista de precios, con cantidades sin determinar ya que las tareas serán

dependiendo de las necesidades que surjan en el lugar de la operación.

4.11. Las consultas que los Proveedores consideren necesarias para la presentación de sus Ofertas, ya

sean técnicas y/o económicas deberán ser elevadas fehacientemente y por escrito hasta el Día xx de xx del

2018 inclusive, como fecha límite al correo electrónico: [email protected]

4.12. El contenido de la oferta económica – Sobre “B”. La oferta económica debe ser cargada y

enviada por el Proveedor al sistema electrónico de licitaciones ARIBA de YPF E&P Bolivia S.A., de

acuerdo al formato adjunto en la herramienta ARIBA. La misma debe ser remitida en el formato

requerido y PDF, sin modificaciones al listado de ítems que haya sido provisto por YPF E&P Bolivia

S.A. En caso de cotizar algún ítem adicional u otra planilla alternativa, deberá ser presentada por

separado.

5. Bases y Condiciones Costos

5.1. Será exclusiva responsabilidad del Proveedor tener un profundo conocimiento e información sobre

el lugar donde se realizarán los trabajos, incluyendo sin carácter limitativo: las condiciones climáticas, las

condiciones del terreno u otros aspectos meteorológicos que pudieran afectar la operación y/o seguridad

del personal, disponibilidad y costo de la mano de obra y todo otro dato que consideren de utilidad para

concretar su Oferta, a fin de realizar una correcta elaboración de su Oferta para cumplir con la ejecución

de los Servicios a entera satisfacción de YPF E&P Bolivia S.A. Todos los gastos y costos que se generen

por obtener el conocimiento y la información que se menciona en esta cláusula serán a cargo del

Proveedor. A todo efecto, la presentación de Oferta se considera que el Proveedor tiene pleno

conocimiento e información sobre el lugar de trabajo y acepta las circunstancias y condiciones (incluidos

los riesgos y contingencias) que afectan a la prestación del Servicio. YPF E&P Bolivia S.A. no

reconocerá posteriores reclamos por desconocimiento de lo señalado en esta cláusula.

5.2. El hecho de no investigar plenamente las condiciones existentes no liberará al Proveedor de su

responsabilidad por la estimación apropiada del costo de la realización con éxito de cualquier trabajo.

5.3. Una vez adjudicado, el Subcontratista del Titular luego de recibir el aviso de adjudicación deberá

presentarse ante personal de YPF E&P Bolivia S.A. para interiorizarse de los temas inherentes a la

iniciación de los Servicios, en particular con relación a las normas internas sobre seguridad, higiene y

medio ambiente de YPF, aplicables a su actividad.

5.4. La información que pudiese proporcionar YPF E&P Bolivia S.A. en cuanto a volúmenes de trabajo,

cantidades, tiempo, ubicaciones, longitudes u otras magnitudes dadas en el presente DBC es sólo

orientativa y no debe resultar limitativa en cuanto al desarrollo de la provisión por parte del Proveedor.

En caso de ser limitativa, se lo expresará en el Pliego Técnico.

5.5. Una vez adjudicada la presente licitación, el Subcontratista del Titular no podrá disponer de los

equipos y elementos comprometidos para el Contrato en otros trabajos distintos y/o simultáneos ni para

terceros. No obstante, cuando la cantidad de trabajos en ejecución no justifique la permanencia total de

los equipos afectados al cumplimiento del Contrato, YPF E&P Bolivia S.A. podrá autorizar que el

Subcontratista del Titular disponga de los mismos en forma parcial y mientras subsista tal situación

obligándose a restituirlos al objeto del Contrato al solo requerimiento de YPF E&P Bolivia S.A. y de

manera inmediata a la notificación.

5.6. Serán a cargo del Subcontratista del Titular todos los impuestos, tasas, contribuciones y derechos,

tanto nacionales, provinciales o municipales, que en conformidad con las Leyes Aplicable se generen

directa o indirectamente en el proceso de Oferta y adjudicación de la misma, debiendo éste, en caso de

requerirse, entregar a YPF E&P Bolivia S.A. comprobantes de los pagos correspondientes.

5.7. Previo a la adjudicación será facultad de YPF E&P Bolivia S.A. inspeccionar o auditar la totalidad

del equipamiento o instalaciones ofrecidos, y/o documentos presentados por el Proveedor a fin de evaluar

sus características, estado, adecuación a la normativa y el cumplimiento de las exigencias y requisitos

previstos en el presente DBC para la correcta realización de los trabajos, a entera satisfacción de YPF

E&P Bolivia S.A. Dicha inspección podrá efectuarla YPF E&P Bolivia S.A. por si o terceros autorizados.

Page 44: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

A tal efecto, YPF E&P Bolivia S.A. podrá concertar con el Proveedor el lugar, incluyendo sin limitación

instalaciones de subcontratistas del Proveedor, y fecha o plazo en que se efectuará la inspección del

equipamiento, como asimismo efectuar la misma sin previo aviso en el lugar en que se encuentre el

equipamiento. El/los acuerdo/s que el Proveedor celebre con sus subcontratistas deberán contemplar este

derecho a favor de YPF E&P Bolivia S.A.

5.8. Proveedores nacionales. En caso de adjudicación y previo a la firma del Contrato, el Proveedor

adjudicado deberá presentar la siguiente documentación:

1º. Escritura Pública de Constitución de la sociedad y Modificaciones (si las hubiera), resellado por

FUNDEMPRESA (Original o Copia Legalizada).

2º. En caso que dichos documentos no estén resellados por FUNDEMPRESA, se deberá presentar

un Certificado de Inscripción emitido por FUNDEMPRESA (Original).

3º. Matrícula de Comercio vigente (Original).

4º. Escritura Pública de Poder General o Especial a favor del representante legal del Proveedor.

(Original o fotocopia legalizada). La Escritura Pública de Poder deberá indicar de forma expresa

las siguientes facultades, entre otras:

i. Presentar ofertas a nombre de la empresa.

ii. Suscribir contratos privados, minutas y protocolos a nombre de la empresa.

5º. En caso que dicho documento no esté resellado por FUNDEMPRESA, se deberá presentar un

Certificado de Inscripción emitido por FUNDEMPRESA.

6º. Fotocopia del número de identificación tributaria (fotocopia simple) y Certificado de Inscripción

al Registro de Impuestos Nacionales. (fotocopia simple).

7º. Cédula de identidad (vigente) de representante legal (Fotocopia simple)

8º. Certificación original de inscripción ante AFPs

9º. Certificación original de inscripción ante el organismo de Seguridad Competente.

5.9. Proveedores Extranjeros. En caso de adjudicación y previo a la firma del Contrato, el Proveedor

adjudicado deberá presentar la siguiente documentación:

1º. Documento de constitución de la sociedad expedida en el país de origen y sus Modificaciones (si

las hubiera).

2º. Tratándose de sociedad en la que no se registra o actualiza el nombre de los socios en el

documento de constitución, el Proveedor deberá presentar una certificación emitida por órgano

competente en su país de origen que acredite los actuales propietarios de las cuotas o acciones de

la sociedad.

3º. Documento emitido por entidad estatal que acredite la legal existencia del Proveedor. Dicha

entidad puede ser un registro del comercio, ministerio u otra institución.

4º. Documento de representación expedido legalmente bajo las normas del país de origen. Dicho

documento debe ser en idioma castellano. El documento deberá indicar de forma expresa las

siguientes facultades, entre otras:

a. Presentar propuestas a nombre de la empresa.

b. Suscribir contratos privados, minutas y protocolos a nombre de la empresa

5º. Documento que acredite inscripción en el servicio o institución de impuestos en el país de

origen. (Número de Identificación y nombre del Proveedor).

6º. Documento de identidad (vigente) de representante legal (copia simple)

Page 45: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

En todo caso que se presenten asociaciones accidentales o de cuentas en participación y éstas fuesen

adjudicadas, se deberán presentar además en original todos los documentos requeridos para la

presentación de la Oferta de este tipo de asociaciones.

6. Alcance del trabajo

6.1. Alcance del trabajo del Contrato propuesto:

La presente licitación tiene por objeto la compra de explosivos para YPF E&P BOLIVIA S.A.

El Contrato que se genere a partir del presente proceso de licitación, no compromete volumen de

prestación alguno sino en base a requerimiento reales del servicio a determinar por YPF E&P BOLIVIA

S.A. dentro del plazo de vigencia del mismo.

6.2 Las especificaciones y la descripción de los Servicios, Obras y/o Bienes requeridos se encuentran

adjuntos al presente DBC como en el Pliego Técnico que forma parte del mismo.'

6.3 Se estima, sin perjuicio de que pueda variar, que la duración del Contrato será la descripta en el

pliego técnico.

6.4 El Subcontratista del Titular deberá estar preparado para comenzar los trabajos en la fecha que

indique YPF E&P Bolivia S.A. Se estima que los Servicios, Obras y/o Bienes objeto de la presente

convocatoria podrán ser requeridos a partir de la fecha estipulada en el pliego técnico, por lo que

todos los equipos, personal, etc. solicitados por YPF E&P Bolivia S.A. deberán estar disponibles para

esa fecha.

7. Contenido de la Oferta

7.1. La Oferta será presentada en idioma castellano, en 2 (dos) partes separadas, conteniendo por un lado

la oferta técnica y por otro la oferta económica.

7.2. Es esencial que todas las Ofertas estén identificadas con el nombre del Proveedor y el Código de la

Licitación: YPF-B-0XX/2018

7.3. La oferta técnica consistirá de lo siguiente:

1º. Carta de presentación, que deberá ser llenada en base al modelo adjunto y será utilizada como

certificación de que el Proveedor conoce y está de acuerdo con el DBC.

2º. Detalle amplio en las que se consignarán los detalles, datos generales y particulares necesarios

para identificar el material y demás elementos ofrecidos; acompañando bibliografía técnica y

comercial, formada por catálogos, folletos y todo otro dato, referido a los materiales, equipos é

instrumentos, con indicación de normas, modelos y características principales, incluyendo

certificaciones técnicas de todos los equipos y materiales ofrecidos.

3º. Características de los equipos, herramientas, elementos para trabajar en altura y equipamiento de

comunicación, si son requeridos, que se ofrecen para realizar los Servicios, con indicación del

lugar donde puedan ser inspeccionados por YPF E&P Bolivia S.A.

4º. Documentación específica como permisos, autorizaciones y otros solicitados en el punto 7.8

Propuesta técnica del presente documento y/o en el Pliego Técnico.

5º. Listado del personal propio del Subcontratista del Titular y de sus subcontratistas, si

correspondiere, que serán afectados a los trabajos objeto del presente proceso licitatorio

indicando en cada caso funciones y contrato colectivo de trabajo aplicable. El Proveedor debe

presentar un breve curriculum vitae (CV) del personal propuesto para el servicio, como también

del Responsable y representante legal. Así como también toda la documentación laboral y social

que corresponda.

Page 46: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

6º. Seguros, el Proveedor debe adjuntar copia de los certificados de seguros de acuerdo a lo

establecido en el presente DBC y con el alcance establecido en el Pliego Técnico.

7º. Seguridad y medio ambiente. El Proveedor deberá adjuntar lo requerido en el Anexo CMASS

que corresponda al Servicio, Obra o suministro de Bien objeto de la presente licitación.

8º. Fotocopia simple de:

- Poder del Representante Legal que suscribe los documentos de la Oferta con capacidad

suficiente para suscribir los mismos, comprometerse bajo el Contrato y realizar las declaraciones

y compromisos de la Carta de Presentación de Oferta (Documento debidamente registrado en el

Registro de Comercio de Bolivia).

- Certificado de Afiliación a la Caja de Seguridad Social, en caso de prestación de servicios.

- Certificado de Afiliación Patronal a las AFPs, en caso de prestación de servicios.

Las empresas que presenten ofertas en conjunto (asociaciones accidentales o de cuentas en

participación), deberán comunicar dicha intención al momento de presentar su Oferta Técnica A,

teniendo en cuenta que las obligaciones que asuman ante YPF E&P Bolivia S.A., serán solidarias,

subsidiarias, sin beneficio de excusión y división de responsabilidad frente a YPF E&P Bolivia S.A.

En este caso, cada una de las empresas que compongan la asociación accidental o de cuentas por

participación deberá presentar los documentos detallados en este numeral. Adicionalmente, la

asociación accidental o de cuentas por participación deberá presentar el contrato de asociación

accidental o de cuentas por participación (incluyendo cualquier documento aclaratorio del mismo y/o

sus enmiendas) y también el respectivo poder otorgado a su representante para presentar a nombre de

la asociación accidental la Oferta.

En caso de resultar adjudicataria, la asociación accidental o de cuentas en participación deberá

cumplir con todos los requisitos, normas y leyes que regulan su funcionamiento, así como adecuarse

a las modificaciones legales que posteriormente surgieren. Una vez cumplidos estos recaudos, la

asociación accidental o de cuentas en participación que resultare adjudicataria deberá entregar a YPF

E&P Bolivia S.A., constancia de haber cumplido debidamente con todos los requisitos legales,

impositivos, laborales, contables y de todo otro tenor cuanto hubiere, todo lo cual será requisito

indispensable para la posterior contratación

La falta de presentación o presentación incompleta (al momento de efectuarse la apertura de ofertas)

de la documentación detallada en los numerales anteriores podrá dar lugar, a solo juicio de YPF E&P

Bolivia S.A., a la descalificación de la respectiva Oferta.

Cuando YPF E&P Bolivia S.A. hubiese otorgado un tiempo adicional a una Oferta encontrada en una

situación como la descrita en el párrafo anterior y el Proveedor observado no hubiese presentado los

documentos faltantes en el tiempo adicional otorgado por YPF E&P Bolivia S.A. al efecto, entonces

YPF E&P Bolivia S.A. estará facultada a descalificar la Oferta

7.4. Información adicional. El Proveedor adjuntará una versión condensada de la experiencia en

servicios similares.

7.5. Capacidad Operativa. El Proveedor debe proporcionar información sobre su estructura organizativa

vigente y la propuesta para apoyar las operaciones.

7.6. Inicio del Servicio. El Proveedor deberá informar la cantidad mínima de Días corridos que requiere

para iniciar el Servicio, Obra y/o suministro de los Bienes desde la fecha de adjudicación,

discriminando las principales tareas necesarias para el inicio en la ejecución de los mismos.

7.7. Para la presentación de la Oferta económica, deberá llenarse la respectiva planilla de acuerdo al

pliego técnico adjunto.

Page 47: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

7.8. El incumplimiento del Proveedor en cargar el contenido de su oferta técnica y económica de manera

separada en ambos sobres o presentar precios en forma diferente a los solicitados, provocará

automáticamente la descalificación de su Oferta. La planilla económica deberá ser presentada de acuerdo

a la planilla adjunta en el pliego técnico. No se aceptarán ofertas presentadas en otro formato. En caso de

cotizar algún adicional, éste deberá ser presentado por separado en otra planilla.

Page 48: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

FORMATO DE CARTA DE PRESENTACIÓN

[LOGO DE LA EMPRESA PROVEEDOR]

SEÑORES:

YPF E&P BOLIVIA S.A.

ATN: GERENCIA DE CONTRATACIONES

REF.: LICITACION _________________________________ CODIGO_________.-

Mediante la presente, la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA O ASOCIACIÓN ACCIDENTAL],

representada legalmente por [NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL], remite la presente Oferta y

manifiesta su plena y absoluta conformidad, aceptación y compromiso de cumplimiento a y con todos y

cada uno de los documentos, cláusulas, artículos, estipulaciones y anexos del Documento Base de

Contratación (DBC) de la Invitación [CÓDIGO DE LA LICITACIÓN, conforme a los siguientes puntos:

a. Conocemos plenamente los documentos del DBC, aceptamos sin reservas su contenido y

comprendemos todas las condiciones bajo las cuales deberán ser llevados a cabo los Servicios

y/o las Obras o bien proporcionados los Bienes respectivos.

b. Cumplimos las leyes, disposiciones y reglamentos vigentes en el Estado Plurinacional de Bolivia

que puedan tener relación con el Proceso de Contratación y el Contrato.

c. Renunciamos a cualquier reclamo o indemnización en caso de haber interpretado erróneamente

los documentos del DBC.

d. Conocemos y aceptamos las políticas y/o normas de Salud, Seguridad y Medio Ambiente de

YPF E&P Bolivia S.A. y de su casa matriz, que forman parte del presente DBC.

e. Adjuntamos copia de Certificados de Seguros ó declaración jurada confirmando que cumplimos

con los requerimientos de Seguros establecidos en las condiciones particulares y el pliego

técnico.

f. Declaramos no tener deudas pendientes con el Estado, establecidas mediante pliegos de cargo

ejecutoriados y no pagados.

g. Declaramos no tener sentencia ejecutoriada, con impedimento para ejercer el comercio.

h. Declaramos no encontrarse ninguno de nuestros gerentes ni socios/accionistas cumpliendo sanción

penal establecida mediante sentencia ejecutoriada por delitos comprendidos en la Ley Nº 1743, de 15

de enero de 1997, que aprueba y ratifica la convención Interamericana contra la corrupción o sus

equivalentes previstos en el Código Penal y Ley Anticorrupción Marcelo Quiroga Santa Cruz.

i. Declaramos que no nos encontramos asociados con consultores o empresas que hubieran asesorado en

la elaboración de los Pliegos Técnicos, Estimación de Costos, Estudios de Pre-Factibilidad y

Factibilidad, Términos de Referencia o Documento Base de Contratación (DBC), exceptuando

aquellos contratos suscritos con YPF E&P Bolivia S.A. o su casa matriz YPF S.A. para el desarrollo

de una o varias etapas de un proyectos que por su naturales conlleve diversas contrataciones a objeto

de concretar un objetivo final [EN CASO QUE EL PROVEEDOR APLIQUE A LA EXCEPCION

MENCIONADA EN ESTE PUNTO, DEBERA INDICAR EL NOMBRE DEL

CONTRATO/PROYECTO EN EL CUAL PARTICIPO].

j. Declaramos que no estamos inhabilitados o suspendidos en el registro de Proveedores de YPFB

SINCOP.

k. Declaramos que no hemos solicitado ni hemos sido demandados a concurso de acreedores,

reestructuración de la empresa ni quiebra, ni procesos de disolución o liquidación de la empresa.

l. Declaramos no tener representantes legales, accionistas o socios controladores, con vinculación

matrimonial o de parentesco, hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, conforme

lo establecido en el Código de Familia del Estado Plurinacional de Bolivia con el plantel de alta

gerencia y directores de YPF E&P Bolivia S.A. o su casa matriz YPF S.A.

m. En caso de ser adjudicado, esta Oferta constituirá un compromiso obligatorio hasta que se prepare y

suscriba el correspondiente contrato, de acuerdo con el Modelo de Contrato del Anexo 3. Sin perjuicio

de lo anterior, declaramos que YPF E&P Bolivia S.A. tendrá el derecho, pero no la obligación, de

incluir modificaciones al Modelo de Contrato antes de su firma y [Nombre de la Empresa o

Asociación Accidental] podrá decidir aceptar dichas modificaciones o no. En caso de no aceptar

Page 49: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

dichas modificaciones, ni [Nombre de la Empresa o Asociación Accidental] ni YPF E&P Bolivia S.A.

tendrá la obligación de suscribir el Contrato.

n. Declaramos respetar el desempeño de los funcionarios asignados por YPF E&P Bolivia S.A. al

proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en

los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender

consultas, de manera previa a la presentación de nuestra Oferta. El incumplimiento de esta declaración

es causal de descalificación de la propuesta.

o. Nos comprometemos a denunciar por escrito, ante la Gerencia General de YPF E&P Bolivia S.A.,

cualquier tipo de presión o intento de extorsión de parte de los funcionarios de YPF E&P Bolivia S.A.

o de otras empresas, para que se asuman las acciones legales correspondientes.

p. Declaramos no tener causales de impedimento legal para participar en el proceso de contratación.

q. Declaramos no haber incumplido la presentación de documentos ni tampoco haber desistido de

suscribir el contrato, como proponente adjudicado, en otros procesos de contratación realizados por

YPF E&P Bolivia S.A. u otras empresas del sector hidrocarburos y por entidades públicas en el último

año.

r. Declaramos haber realizado la Inspección Previa [CUANDO CORRESPONDA ].

s. Declaramos conocer y aceptar las políticas, normas internas, manuales y reglamentos vigentes en YPF

E&P Bolivia S.A. y aplicables a la prestación de los Servicios, las Obras y/o los Bienes

comprometiéndonos a darles fiel y estricto cumplimiento.

t. Declaramos que YPF E&P Bolivia S.A. no tiene ninguna obligación de adjudicarnos la Invitación

No___ ni de adjudicar la misma a ninguna otra empresa, pudiendo en todo caso ya sea adjudicar la

Invitación No___ a otra empresa, dejar la misma sin efecto en cualquier momento o declarar la misma

desierta. Por consiguiente, renunciamos a cualquier acción, derecho, reclamo y/o indemnización por

cualquier motivo relacionado con la no adjudicación de la Invitación No___ a nuestra empresa.

u. En caso de que la empresa o asociación, a la que represento, sea adjudicada, nos comprometemos a

presentar la documentación legal presentada en fotocopias en la Oferta en original o fotocopia

legalizada, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la Oferta. (En caso de

Asociaciones Accidentales, cada socio, presentará la documentación que haya presentado en la

Oferta).

v. Declaramos que conocemos y acataremos los principios, políticas y demás normas de conducta

contenidos en las Normas de Salud, Seguridad y Medio Ambiente de YPF E&P Bolivia S.A.

w. Declaramos conocer que tanto los ejecutivos, funcionarios y trabajadores de la empresa que represento

deben observar los principios, políticas y demás normas de conducta establecidas en las Normas de

Salud, Seguridad y Medio Ambiente de YPF E&P Bolivia S.A. en su relacionamiento con esta

empresa.

x. Ni la empresa, ni ningún accionista de la empresa que represento así como ninguno de sus ejecutivos,

empleados, funcionarios, trabajadores, agentes o representantes ni ninguna persona que actúe a su

nombre, ofrecerán, darán o acordarán pagar, directa o indirectamente, regalos o pagos de comisiones o

de cualquier otra modalidad, en dinero o en especie a cualquier representante, director, agente o

empleado de YPF E&P Bolivia S.A., de sus empresas Afiliadas o de YPFB.

y. Ni la empresa, ni ningún accionista de la empresa que represento así como ninguno de sus ejecutivos,

empleados, funcionarios, trabajadores, agentes o representantes ni ninguna persona que actúe a su

nombre, intercambiará información o celebrará – en relación con la presente Invitación No.___ -

preacuerdos, acuerdos, tratos comerciales o de otra naturaleza con cualquier accionista, ejecutivo,

empleado, funcionario, trabajador, agente o representante o ninguna persona que actúe en nombre de

cualquier otra empresa que esté participando en la Invitación No. ____.

z. Aceptamos que – cuando a juicio de YPF E&P Bolivia S.A. - en caso de que la empresa y/o cualquier

accionista de la empresa que represento así como cualesquiera de sus ejecutivos, empleados,

funcionarios, trabajadores, agentes o representantes o alguna persona que actúe a su nombre haya

realizado o realice cualquier acción descrita en los dos incisos anteriores, ello será causal de

descalificación de nuestra Oferta a la Invitación _____ .

Cualquier controversia emergente de o relativa a la presente carta de presentación de

Oferta y declaraciones del Proveedor en este documento – mientras no se suscriba el

Contrato - será resuelta en forma definitiva mediante arbitraje.

El arbitraje se llevará a cabo en derecho, en idioma castellano bajo el reglamento del

Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y

Page 50: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

Turismo (CAINCO) en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia vigente a momento de que cualquiera de las

Partes comunique la controversia a dicho Centro y ante un Tribunal Arbitral a designarse de acuerdo con

el reglamento de dicho Centro que será también la entidad que administre el proceso de arbitraje. Cada

parte asumirá los costos administrativos del arbitraje en partes iguales. Supletoriamente, el arbitraje se

regirá por la Ley de Arbitraje del Estado Plurinacional de Bolivia vigente a momento de que una parte

comunique la controversia a la otra parte. El laudo arbitral final así obtenido será definitivo y no estará

sujeto a recurso alguno.

A todos los efectos del proceso de contratación constituimos domicilio en __________ .

(Firma del Representante Legal del Proponente)

(Nombre completo del Representante Legal)

Aclaración sobre los grados de consanguinidad y afinidad.

- Primer grado de consanguinidad: padre/madre, hijo/hija.

- Segundo grado de consanguinidad: abuelo/abuela, hermano/hermana, nieto/nieta.

- Tercer grado de consanguinidad: bisabuelo/bisabuela, tío/tía, sobrino/sobrina, biznieto/biznieta.

- Primer grado de afinidad: suegro/suegra, yerno/nuera.

- Segundo grado de afinidad: cuñado/cuñada.

- Vinculación matrimonial: esposo/esposa.

Page 51: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

CONDICIONES TÉCNICAS O ESPECÍFICAS

CHARAGUA 3D

- PERFORACIÓN MECANIZADA

Page 52: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

1

INDICE

CONFIDENCIALIDAD .............................................................................................................................................................. 2 COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES ...................................................................................................................................... 2 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN PROPUESTO ................................................................................................................................ 3 1.1. ALCANCE, OBJETIVOS Y UBICACIÓN DEL RELEVAMIENTO. ...................................................................................................... 3 2.1. CHARAGUA 3D ........................................................................................................................................................ 3 3.1. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD ..................................................................................................... 5 3.1.1. REQUISITOS GENERALES .......................................................................................................................................... 5 3.1.2. EQUIPAMIENTO ..................................................................................................................................................... 7 4.1. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD ..................................................................................................... 8 4.1.1. REQUISITOS GENERALES .......................................................................................................................................... 8 4.1.2. EQUIPAMIENTO ..................................................................................................................................................... 9 5.1. TIEMPOS PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO ..................................................................................................................... 10 5.2. PRODUCCIÓN MÍNIMA REQUERIDA ................................................................................................................................ 10 5.3. TIEMPO NEUTRO NO IMPUTABLE A LA COMPAÑÍA ........................................................................................................ 10 5.4. TIEMPOS INACTIVIDAD (STAND BY) ............................................................................................................................... 10 5.5. PERÍODO MÁXIMO DE STAND BY Y/O INACTIVIDAD .......................................................................................................... 11 5.6. FUERZA MAYOR ........................................................................................................................................................ 11 5.7. CAMPAMENTOS ........................................................................................................................................................ 11 5.7.1.1. AGUA ............................................................................................................................................................ 12 5.7.2. CAMPAMENTOS VOLANTES (ROBINSON) .................................................................................................................. 12 5.7.3. PROVISIÓN DE EPP .............................................................................................................................................. 13 6. PERSONAL ............................................................................................................................................................. 13 6.1. ORGANIGRAMA DEL PROYECTO ..................................................................................................................................... 14 LISTADO DEL PERSONAL MÍNIMO DE UN GRUPO DE TRABAJO ...................................................................................................... 15 6.2. CUADRILLAS DE PERFORACIÓN ...................................................................................................................................... 16 6.3. PASAPORTES, VISAS, VACUNAS Y SEGUROS ..................................................................................................................... 16 6.4. USO DE DROGAS Y ALCOHOL ........................................................................................................................................ 16 6.5. CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES Y REGLAMENTOS .............................................................................................................. 16 7. MOVILIZACIÓN, DESMOVILIZACIÓN ............................................................................................................................... 17 7.1. INTERFERENCIAS COMUNITARIAS ................................................................................................................................... 17 7.2. SERVIDUMBRE Y PERMISOS DE ACCESO .......................................................................................................................... 17 7.3. CONCEPTOS Y DEFINICIONES ........................................................................................................................................ 18 CONDICIONES METEOROLÓGICAS .......................................................................................................................................... 18 ROTURAS DE EQUIPO .......................................................................................................................................................... 18 TAREAS PRELIMINARES ........................................................................................................................................................ 18 7.4. PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS .............................................................................................................................. 18 7.4.1. DIARIAMENTE ..................................................................................................................................................... 18 7.4.2. SEMANALMENTE / MENSUALMENTE ........................................................................................................................ 19 7.4.3. AL FINALIZAR LA ADQUISICIÓN ................................................................................................................................ 20 8.1. PERFORACIÓN MECANIZADA ........................................................................................................................................ 20 8.2. LISTADO DE VEHÍCULOS............................................................................................................................................... 20

Page 53: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

2

Confidencialidad

El conocimiento y la información de naturaleza confidencial o propietaria con relación a LA

COMPAÑÍA que LA CONTRATISTA adquiera de LA COMPAÑÍA, sus empleados, consultores o

representantes, deberán ser considerados como secreto industrial y no deberán ser divulgados por

LA CONTRATISTA, sus empleados o agentes, a ninguna persona física o entidad de cualquier

naturaleza por ningún motivo, sin contar con el consentimiento expreso y por escrito de LA

COMPAÑÍA durante el término del presente Contrato y por un periodo de 10 (diez) años posteriores

a la terminación del mismo.

La información recibida de LA COMPAÑÍA u obtenida o generada por LA CONTRATISTA durante

la ejecución del presente CONTRATO serán considerados confidenciales y no podrán ser utilizadas

por LA CONTRATISTA con más propósito que para el CONTRATO, y no serán divulgadas por LA

CONTRATISTA a sus empleados, o a cualquier persona, empresa o corporación que no sea

autorizada por LA COMPAÑÍA. Por “Información Confidencial” se entiende todo conocimiento o

información que LA COMPAÑÍA suministre o comunique a LA CONTRATISTA, en relación con este

CONTRATO, incluyendo pero no limitada a cualquier información pasada, presente o futura.

A solicitud de LA COMPAÑÍA, y por su propia iniciativa a la terminación del CONTRATO, LA

CONTRATISTA deberá devolver de inmediato a LA COMPAÑÍA toda la “Información Confidencial”

que se encuentre en su poder sin retener ninguna copia de los mismos, ya sea en medio escrito,

impreso o digital de cualquier tipo. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta

CLÁUSULA se extenderán por un periodo adicional de DIEZ (10) años, contados a partir de la

terminación de este CONTRATO. El contenido del presente contrato y todo otro anexo, así como el

material de soporte, mapas, gráficos, cartas y correspondencia relacionada, serán igualmente

considerados como información confidencial.

Comunicaciones entre las partes

Las comunicaciones, requerimientos, notificaciones u otros entre los Representantes se realizaran

mediante Ordenes de Servicio (en el caso de LA COMPAÑÍA) o de Pedidos de Empresa (en el

caso de LA CONTRATISTA). Por operatividad, las comunicaciones serán inicialmente realizadas

vía correo electrónico (email) para su posterior formalización suscrita entre LA COMPAÑÍA y LA

CONTRATISTA. Estas comunicaciones serán debidamente enumeradas y fechadas

convenientemente.

En ellos se asentará toda comunicación necesaria para facilitar el desarrollo y cumplimiento del

Contrato, limitándose el uso de Órdenes de Servicio al Supervisor de Operaciones u otro

Organismo de supervisión que designe LA COMPAÑÍA y el de Pedido de Empresa será usado por

LA CONTRATISTA. En el caso que la comunicación generada por cualquiera de las Partes no sea

observada o respondida en un plazo máximo de cinco (5) días calendario desde su recepción

electrónica, se entenderá aceptada.

Las observaciones de LA CONTRATISTA, opuesta a cualquier Orden de Servicio, no serán

impedimento para su cumplimiento.

Page 54: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

3

Cronograma de ejecución propuesto

Se presentará un cronograma detallado de ejecución de los trabajos para el proyecto y desglosado

por actividades de movilización, perforación y cargado de pozo según la disponibilidad de equipo y

eficiencia operativa considerada por cada oferente. Se deberá tener en cuenta lo siguiente:

No mayor a tres (3) meses para completar la totalidad de los trabajos incluida la

movilización de los equipos.

LA COMPAÑÍA se reserva el derecho de planificar las operaciones diarias de perforación

que considere más adecuada.

1. GENERALIDADES

1.1. Alcance, objetivos y ubicación del relevamiento.

El proyecto Charagua 3D tiene por objeto adquirir datos sísmicos que, con posterioridad serán

procesados e interpretados con la finalidad de desarrollar nuevos yacimientos.

2. PARÁMETROS DE DISEÑO DEL PROYECTO

2.1. CHARAGUA 3D

El proyecto Charagua 3D se encuentra dentro de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa

Cruz y cubre un área en superficie aproximada de 287 km2. Se prevé realizar la perforación con

equipos mecanizados en la Zona 01 y Zona 03 para un estimado de 2000 pozos. Esta cantidad

podrá variar a requerimiento de LA COMPAÑÍA y será comunicado a LA CONTRATISTA durante la

ejecución del servicio con la debida anticipación.

Diseño 3D:

RLI: 600m

SLI: 750m

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4

Zonificación tentativa preliminar proyecto

ZONA 1

Page 56: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

5

3D CHARAGUA (BOLIVIA)

BIN : 25x50 - GRILL : 600x750 -

Área en Superficie 286,500 km2

Área Receptoras 287,040 km2

Área Shot 286,501 km2

Acimut de las líneas receptoras 83 °

Acimut de las líneas emisoras 353 °

Distancia entre Estaciones Receptoras 50 M

Distancia entre Estaciones Emisoras 100 m

Distancia entre líneas Receptoras 600 m

Distancia entre líneas Emisoras 750 m

Estaciones Receptoras 9.900

Estaciones Emisoras 4.032

Número de Líneas Receptoras 33

Número de Líneas Emisoras 21

Número de Receptoras por Línea 300

Número máximo de Receptoras por Línea 300

Número mínimo de Receptoras por Línea 300

Número de shot por línea 192

Número máximo de Shot por Línea 192

Número mínimo de shot por línea 192

Longitud de las Líneas Receptoras 493,35 km

Longitud de las Líneas Emisoras 401,10 km

Longitud total de las líneas 894,45 km

COORDENADAS SUPERFICIE Y X

467363 7834589

482243 7836419

COORDENADAS en WGS84. ZONA 20 SUR 484586 7817372

469711 7815538

Para la presentación de ofertas, se deberá contar con el certificado o acta de visita de obra siendo

este de carácter obligatorio para la consideración y evaluación de su propuesta.

3. TRABAJOS DE PERFORACIÓN

3.1. Requisitos para la ejecución y control de calidad

3.1.1. Requisitos Generales

Los trabajos de Perforación con equipos mecanizados a lo largo de líneas emisoras del proyecto

sísmico Charagua 3D, definidos en la Zona 03, estarán incluidos en la cotización de acuerdo al

presente pliego.

Las siguientes especificaciones establecen los requisitos mínimos para el control de calidad y la

ejecución de los trabajos de Perforación con equipos mecanizados:

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6

a. LA CONTRATISTA es responsable de ejecutar todos los trabajos en forma segura, con

profesionalismo y de acuerdo a los más altos estándares de la industria asegurando el

cumplimiento de lo establecido en el EEIA, anexos CMASS y requerimientos de LA

COMPAÑÍA.

b. Acorde con las condiciones específicas del área, LA CONTRATISTA debe presentar un plan

de trabajo por sectores donde se optimice la logística y los equipos empleados.

c. La COMPAÑÍA le comunicará a LA CONTRATISTA mediante Orden de Servicio el

parámetro seleccionado de profundidad previo inicio de los trabajos. En caso de cualquier

modificación a la planificación original, esto será comunicado a LA CONTRATISTA de

manera oportuna.

d. LA CONTRATISTA garantizará la cantidad de equipamiento y repuestos necesarios para

llevar a cabo las actividades de manera continua garantizando el cumplimiento de los plazos

establecidos y sin generar retraso al cronograma del presente pliego.

e. La profundidad de los pozos será verificado con el elemento adecuado, previo al entubado

y/o cargado del mismo. En caso de identificarse algún pozo que no cumpla con los

requerimientos indicados, correrá por cuenta y a costo del contratista su re perforación o

adecuación garantizando a LA COMPAÑÍA la calidad del servicio.

f. En caso de ser requerido por LA COMPAÑÍA, LA CONTRATISTA deberá entubar

adecuadamente con tubos PVC de 4” diámetro hasta que LA COMPAÑÍA así lo indique.

g. Es responsabilidad de LA CONTRATISTA llegar a la profundidad establecida requerida por

LA COMPAÑÍA. En caso de presentarse dificultades durante la perforación (Rocas de alta

dureza u otros) y se haya consumido mayor tiempo de trabajo de lo requerido, LA

CONTRATISTA podrá solicitar la revisión técnica por parte de LA COMPAÑÍA. En estos

casos LA CONTRATISTA informará diligentemente al Supervisor de Operaciones de LA

COMPAÑÍA para definir la suspensión o no del pozo u otra acción a seguir.

h. LA CONTRATISTA debe contar con una base de datos de todas las actividades de

perforación, auditables por los representantes de LA COMPAÑÍA en cualquier momento y a

solo requerimiento durante la ejecución del proyecto y posterior al mismo por un periodo no

menor a cinco (5) años o el periodo que establezca LA COMPAÑÍA.

i. Es responsabilidad de LA CONTRATISTA que todo el personal asignado al proyecto, sea

altamente calificado, capacitado y tenga conocimiento detallado de los objetivos y

requerimientos exigidos por LA COMPAÑÍA. Así mismo, LA CONTRATISTA es responsable

del cumplimiento de su personal respecto de las normas y políticas CMASS de LA

COMPAÑÍA.

j. LA COMPAÑÍA, se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier personal de LA

CONTRATISTA que a su juicio no cumpla con los requerimientos necesarios para la

ejecución de los trabajos del presente CONTRATO, y LA CONTRATISTA será responsable

a su solo costo de cambiar y proporcionar el personal necesario para los trabajos del

proyecto.

Page 58: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

7

k. LA COMPAÑÍA será responsable y deberá asegurar dejar el sitio del trabajo en las mismas

condiciones que al inicio de la perforación de cada pozo. Deberá tener especial cuidado y

LA COMPAÑÍA no aceptará superficies o lugares con residuos de aceites, grasas,

lubricantes u otros.

LA COMPAÑÍA, podrá requerir el servicio de máquinas viales (Palas frontales, motoniveladoras,

camiones regadores, etc.) a requerimiento durante la ejecución del proyecto para la adecuación,

reparación u otro trabajo que fuere necesario para la correcta ejecución del servicio. Estos, serán

provistos por LA CONTRATISTA y se considerarán como costos reembolsables según lo

especificado en la cláusula 12 del presente pliego.

3.1.2. Equipamiento

Deberá entenderse por perforación mecanizada, la realizada por equipos que tengan propulsión

propia o puedan transportarse siendo arrastrados y que para ello cuenten con orugas o ruedas o

estén montados sobre vehículos (tales como camionetas, tractores, ATV, etc.)

Quedan fuera de esta definición los equipos portátiles que se utilizan en zonas escarpadas de difícil

acceso y que deban transportarse mediante el uso de helicópteros o tengan que moverse y

perforar con uso de personal solamente, aquellos que no cuenten con sistemas de elevación

hidráulico o mecánico.

Se permitirá el uso de equipos tipo Buggy drill, Sedidrill, Bycicle portable drill, tractor drill o de

similares características, con capacidad mínima de perforación de 15m de profundidad y que pueda

transitar adecuadamente por sendas, caminos y campo abierto. Se debe considerar que el ancho

de trocha establecido es de 1.5m. En los lugares que sea posible el acceso, se podrán utilizar

equipos tipo ARDCO 500 y/o MAYHEW 500.

LA COMPAÑÍA realizará la revisión/inspección técnica y/o pruebas que considere necesarias de los

equipos ofertados previo inicio de las operaciones.

LA CONTRATISTA es la única responsable de la logística, equipamiento y suministro de

combustible y lubricantes y todo insumo que sea necesario para el correcto y efectivo

funcionamiento de sus equipos y aseguramiento de calidad de los pozos perforados. Todas estas

consideraciones deben ser consideradas en su tarifa de precios al momento de la oferta.

LA CONTRATISTA podrá contar como parte de la dotación con no más de 3 equipos portátiles;

estos equipos se usarán para perforar pozos de las mismas características, pero que se

encuentren por razones de seguridad o dificultad de acceso, en offset y al solo efecto de completar

pequeños grupos de pozos dentro de una línea que sea perforable con equipo mecanizado,

dándole continuidad. Por los pozos perforados de esta forma, no se reconocerá pago extra alguno.

De manera enunciativa se menciona:

Tipo de Trépano

Trépano tipo tricono (dientes de acero)}

Trépanos tipo de dos, 3 y 4 aletas.

Otro tipo según rendimiento en terreno.

Page 59: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

8

Martillo de perforación

Compresor de Aire

Bomba de lodo

4. TRABAJOS DE CARGADO DE POZOS

4.1. Requisitos para la ejecución y control de calidad

4.1.1. Requisitos Generales

Los trabajos de Cargado de Pozos a lo largo de líneas emisoras del proyecto sísmico, estarán

incluidas en la cotización del presente pliego.

Las siguientes especificaciones establecen los requisitos para el control de calidad y la ejecución

de los trabajos de Cargado de Pozos.

a. LA CONTRATISTA es responsable de ejecutar todos los trabajos en forma segura, con

profesionalismo y de acuerdo a los más altos estándares de la industria asegurando el

cumplimiento de lo establecido en el EEIA, anexos CMASS y requerimientos de LA

COMPAÑÍA.

b. Acorde con las condiciones específicas del área, LA CONTRATISTA debe presentar un plan

de trabajo por sectores donde se optimice la logística y los equipos empleados

c. La COMPAÑÍA le comunicará a LA CONTRATISTA mediante Orden de Servicio el

parámetro seleccionado de profundidad y carga.

d. LA CONTRATISTA garantizará la cantidad de equipamiento y repuestos necesarios para

llevar a cabo las actividades, sin generar retraso alguno a la operatividad de LA

COMPAÑÍA.

e. La profundidad del pozo será chequeada con la vara, previo al cargado. LA CONTRATISTA

deberá tener en cada cuadrilla de Perforación un registro detallado por pozo.

f. En caso de presentarse dificultades y no poder cargar a la profundidad establecida, el

cargado del pozo “fuera de profundidad” deberá contar con la autorización del Supervisor de

Operaciones de LA COMPAÑIA.

g. LA CONTRATISTA debe contar con una base de datos de las actividades de Cargado de

Pozo, auditables por los representantes de LA COMPAÑÍA en cualquier momento en la

base o área del proyecto y toda la información debe estar disponible por todo el periodo que

perdure el servicio.

h. Dependiendo de las condiciones de campo y logística general, se podría autorizar la carga

de explosivos junto a la perforación

i. Las cargas deben incluir elementos de anclaje con el propósito de asegurar la carga al

fondo de cada pozo

Page 60: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

9

j. En caso que un pozo haya sido cargado y no detonado por cualquier motivo, se aplicará el

procedimiento de neutralización de carga establecido por LA COMPAÑÍA.

k. LA CONTRATISTA debe llevar un registro diario de entrada, salida y uso del material más el

inventario actualizado.

l. Para el transporte de explosivos y detonadores fuera del polvorín, LA CONTRATISTA debe

contar con vehículos habilitados para tal fin conforme los requerimientos que realice LA

COMPAÑÍA, aplicación de la normativa vigente y lo especificado en el EEIA. Previo al uso

de los vehículos, estos serán revisados por el representante de LA COMPAÑÍA.

m. En los casos que aplique, para el transporte de explosivos y detonadores LA

CONTRATISTA es responsable de proveer custodia permanente con su respectivo relevo

conforme los requerimientos de LA COMPAÑÍA, EEIA específico del proyecto y normativa

vigente.

n. LA CONTRATISTA debe contar con personal suficiente, debidamente capacitado y

habilitado por lo entes pertinentes, para la manipulación de explosivos dentro del área de

trabajo.

o. Es responsabilidad de LA CONTRATISTA que todo el personal asignado al proyecto, sea

altamente calificado y tenga conocimiento detallado de los objetivos y requerimientos

exigidos por LA COMPAÑÍA.

LA COMPAÑÍA, se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier personal de LA

CONTRATISTA que a su juicio no cumpla con los requerimientos necesarios para la ejecución de

los trabajos, y LA CONTRATISTA será responsable a su costo de cambiar y proporcionar el

personal necesario para los trabajos del proyecto.

4.1.2. Equipamiento

LA CONTRATISTA debe cumplir con los más altos estándares de seguridad y manipulación de

cargas y en un todo de acuerdo a las leyes vigentes en el país

LA CONTRATISTA debe contar con el equipamiento y recursos necesarios para llevar a cabo los

trabajos de Cargado de Pozo de una manera eficiente, cumpliendo con lo que indica el

CONTRATO y todo lo requerido por el anexo de CMASS, EEIA y normativa vigente.

De manera enunciativa más no limitativa, LA CONTRATISTA debe contar con al menos con:

Varas para carga de pozo.

Cajas anti estáticas para transporte de detonadores

Mochilas para el transporte de cargas

Vehículos habilitados para el transporte de cargas.

EPP para funciones específicas, tales como Carga Pozos.

Galvanómetros certificados para trabajos con explosivos.

5. ESTÁNDARES DEL PROYECTO

Page 61: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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El Jefe de Grupo de LA CONTRATISTA, será el responsable del cumplimiento de las instrucciones

recibidas de parte del Supervisor de Operaciones o representante designado de LA COMPAÑÍA.

5.1. Tiempos para la ejecución del Trabajo

La jornada laboral será de 12 horas que considera los tiempos de movilización desde los

campamentos al proyecto y alimentación. LA COMPAÑÍA podrá solicitar modificaciones de

planificación operativa de acuerdo a las necesidades del proyecto.

LA CONTRATISTA ejecutará los trabajos requeridos en el presente pliego, en un plazo no mayor a

tres (3) meses. Tiempo considerado desde la movilización del grupo hasta la finalización de todos

los pozos requeridos en el marco de este pliego.

5.2. Producción mínima requerida

LA CONTRATISTA deberá garantizar un avance diario de Perforación y cargado de pozo de al

menos 40 Pozos/día, según la secuencia operativa y orden de prioridades establecidas por el

Supervisor de Operaciones de LA COMPAÑÍA.

Si al cabo de los primeros 15 días LA CONTRATISTA no lograse el promedio establecido de 40

pozos/día, a su costo deberá aumentar el número de grupos y recursos que sean necesario para

lograr la producción requerida, sin que esto signifique un costo adicional para LA COMPAÑÍA.

5.3. Tiempo Neutro no Imputable a LA COMPAÑÍA

No se tomarán como tiempos operativos ni como tiempo de inactividad, pero no limitado a estos,

los que demanden:

El tiempo de viaje hacia y desde la línea.

Paros a LA CONTRATISTA por su propio personal o por propietarios y comunarios por

algún reclamo por incumplimiento de LA CONTRATISTA.

Tiempos perdidos por insuficiente cantidad de material y equipamiento que no permita una

eficiente producción o que ocasionen interrupciones en la operación.

Fallas de equipos o en otros instrumentos utilizados como parte del trabajo de perforación, o

que los mismos operen sin alcanzar los estándares establecidos por el fabricante.

5.4. Tiempos Inactividad (Stand By)

No forman parte de los tiempos operativos los períodos de inactividad debido a:

Condiciones ambientales que afecten, a criterio del supervisor de operaciones de LA

COMPAÑÍA, la seguridad de la operación, la calidad del servicio o ambas cosas; siempre y

cuando el equipamiento comprometido en la operación esté en perfectas condiciones de

uso.

Otras causas que a juicio de la inspección del representante de LA COMPAÑÍA

corresponda reconocer.

Estos tiempos serán abonados por LA COMPAÑÍA de acuerdo al valor de la “Tarifa Diaria Stand

By” o fracción de la misma definidos en la tabla de cotización.

Page 62: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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En caso que por razones ajenas a LA CONTRATISTA y teniendo esta todo el equipamiento,

personal y requerimientos conforme contrato, se consideraran las horas de inactividad al valor

prorrateado de la Tarifa de Stand By por día.

5.5. Período Máximo de Stand By y/o inactividad

Cuando, las cuadrillas de perforación estuviesen inactivas por razones climáticas o en stand by, por

el término de siete (7) días consecutivos, LA COMPAÑÍA podrá notificar a LA CONTRATISTA la

suspensión del proyecto en ejecución mediante nota formal.

5.6. Fuerza Mayor

Tumultos y motines, guerra, invasiones, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (sea

que se declare guerra o no), actos de terrorismo, guerra civil, rebeliones, revoluciones,

insurrecciones militares o usurpación de poderes;

Irradiaciones ionizantes o la contaminación por fuentes de radioactividad proveniente sea de

algún cualquier combustible nuclear o de desperdicios nucleares provenientes de la

combustión de combustibles nucleares, o de las propiedades radioactivas, tóxicas,

explosiva u otras peligrosas de cualquier instalación nuclear o componente nuclear de las

mismas;

Terremotos, inundaciones, incendios, explosiones y/u otros desastres físicos naturales, pero

excluyendo relámpagos y condiciones meteorológicas tales, a pesar de su severidad o

intensidad;

Huelgas y paros a nivel nacional o regional o disputas laborales de nivel nacional o regional

que afectarían una porción substancial o esencial del proyecto.

Cambios a cualquier Estatuto, Ordenanza, Decreto, u otra Ley general o local, o cualquier

reglamento o norma administrativa de cualquier autoridad local u otra debidamente

constituida, o la introducción de cualquier dicho Estatuto, Ordenanza, Decreto, reglamento o

norma administrativa que afecte el proyecto.

5.7. Campamentos

LA CONTRATISTA será responsable de proveer espacio de alojamiento, pernocte y alimentación

conforme los requerimientos de LA COMPAÑÍA a todo su personal asignado a los trabajos. Podrá

usar como base operativa para el manejo de su logística las instalaciones existentes en Charagua.

Esto deberá ser indicado al momento de presentar las ofertas técnicas y será validado por LA

COMPAÑÍA a fin de asegurar todas las condiciones de habitabilidad, higiene y salubridad del

personal.

La base operativa de LA CONTRATISTA deberá contar mínimamente de:

a) Conexión de comunicación continua digital (satélite/Internet) y analógica.

b) El CONTRATISTA deberá implementar una oficina de radio, con el fin de hacer seguimiento

a la ubicación en tiempo real a las cuadrillas de personal en campo.

c) El CONTRATISTA debe establecer comunicaciones de radio de dos vías en la totalidad del

área del proyecto antes del inicio de las operaciones y será responsable de obtener las

licencias de frecuencia de radio correspondientes.

d) LA CONTRATISTA deberá proveer todos los insumos necesarios para una adecuada

habitabilidad del personal

Page 63: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

12

e) LA CONTRATISTA será responsable de la provisión de alimentación a todo el personal del

proyecto. Se debe considerar los siguientes aspectos:

f) Es responsabilidad de LA CONTRATISTA proveer un servicio de comida que cumpla con

los máximos estándares de calidad e higiene requeridos por LA COMPAÑÍA. Garantizando

variedad y suficiente cantidad de alimento para todo el personal.

g) La provisión de alimentación será la misma para todo el personal en el proyecto, sin

distinción de cargos, posiciones o responsabilidades.

h) LA COMPAÑÍA se reserva el derecho de revisar las instalaciones de LA CONTRATISTA

antes del inicio de los trabajos y en cualquier momento cuando lo considere necesario, a

través del Supervisor de Operaciones o quien LA COMPAÑÍA designe. En caso de

identificarse incumplimiento o algún factor de mala gestión para la correcta habitabilidad y

alimentación del personal, LA COMPAÑÍA podrá requerir el paro de las actividades hasta

que LA CONTRATISTA realice las gestiones necesarias para el cumplimiento requerido del

contrato. De ocurrir esta situación, los gastos generados correrán a cuenta de LA

CONTRATISTA.

Para la realización de los trabajos, se tendrá de manera permanente en campo al menos dos (2)

ambulancias equipadas según lo indicado en el anexo MASS, con conductor y médico

correspondientemente.

5.7.1.1. Agua

LA CONTRATISTA será responsable y garantizará la provisión de agua suficiente para consumo de

todo el personal del proyecto y suministro en campamentos y operaciones de campo.

El agua de consumo humano deberá ser potable y únicamente de envase certificado previamente

validado por LA COMPAÑÍA. Se deben realizar periódicamente y con registro físico, estudios

físicos Químicos y Biológicos del agua, mismos que podrán ser verificados y validados por LA

COMPAÑÍA.

La toma o uso de agua de fuentes naturales de la zona o de acopios comunitarios deberá ser

previamente comunicado y solicitado a la COMPAÑÍA para su verificación y aprobación

correspondiente.

5.7.2. Campamentos Volantes (Robinson)

En el caso que LA CONTRATISTA requiera la instalación de Campamentos Volantes para lograr

sus objetivos, LA CONTRATISTA es responsable de dar cumplimiento a lo especificado en el EEIA

y requisitos de LA COMPAÑÍA. Su implementación será aprobada previamente por el supervisor de

Operaciones y/o representante de LA COMPAÑÍA. Los volantes serán utilizados por un número

limitado y no mayor a catorce (14) personas y por un periodo de tiempo no mayor a cuatro (4) días

calendario, esto en caso que las cuadrillas no retornen a su campamento de origen por razones

operativas o de seguridad. Estas cuadrillas deben incluir un paramédico y un cocinero asignado

para asegurar alimentación tipo camping. Como mínimo se debe contemplar lo siguiente:

Capacitar a todo el personal en temas relacionados con “Supervivencia y orientación”

buscando preparar al personal con pautas de seguridad y supervivencia básica antes de

salir a campo.

Page 64: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

13

Verificar que el equipo de campo cuente con un mínimo de elementos básicos en materia

de campamentos, sin limitar otros aspectos que puedan contemplar e implementar.

Se debe establecer la ración personal de Víveres y Agua Potable.

Se debe contemplar un integrante exclusivamente para la preparación de raciones y

alimentos en adelante denominado "Cocinero designado" quien su única función es la de

velar por la comida del personal.

Se debe contar con cocineta tipo camping portátil y elementos necesarios para servir

alimentos tipo camping

Se debe contar como mínimo con dos sistemas de comunicación (Radio VHF, Satelital u

Otro).

Se debe contar con Tiendas de Campaña Personal tipo "iglú-isotérmica" Tipo IV con dos

capas para frio y calor.

Cada Trabajador deberá contar con su respectivo aislante, tipo thermarest o similar.

Cada trabajador deberá contar –durante toda su campaña- con un Repelente de insectos.

Cada Trabajador deberá contar con Sleeping Bag (bolsa para dormir).

Cada Cuadrilla deberá contar con un mínimo de dos GPS y una brújula.

Se deberá contar con batería de repuesto para radios y GPS.

Cada Trabajador deberá contar con un impermeable para lluvia y linterna.

Cada cuadrilla deberá contar con una Pala tipo camping.

Cada cuadrilla deberá contar, sin limitar otros aspectos que puedan contemplar e

implementar, como mínimo con: lista de contactos de emergencia, Plan Medevac y mapas

de la zona

Cada cuadrilla deberá estar provista de "Bolsas para Residuos sólidos"

Cada cuadrilla deberá contar con Botiquín de Emergencia, el que será administrado por el

Paramédico.

5.7.3. Provisión de EPP

LA CONTRATISTA debe garantizar que cada empleado, contratado, subcontratado y visitantes

cumplan con los máximos estándares en materia de equipo de protección personal (EPP) según la

característica del trabajo, durante la ejecución del mismo en el área del proyecto acorde a lo

requerido por LA COMPAÑÍA. LA CONTRATISTA deberá asegurar la entrega de dos (2)

dotaciones de EPP por persona previo inicio del servicio y su reposición adicional cuando sea

necesario.

Deberá asegurar EPP en Stock equivalente al 10% del total de su personal en campo, para su

inmediata reposición. Esto será verificado y validado por LA COMPAÑÍA previo inicio de

operaciones y en cualquier momento durante la ejecución de los servicios.

6. PERSONAL

LA CONTRATISTA es responsable del aseguramiento del personal necesario para la ejecución de

los trabajos conforme el presente pliego, en este sentido, es totalmente responsable del control de

turnos y relevos necesarios asegurando la producción requerida por LA COMPAÑÍA. Es

responsabilidad de LA CONTRATISTA prever los sistemas de relevo necesarios de su personal.

Page 65: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

14

El régimen de relevos de personal contratado estará sujeto a la legislación laboral vigente y

requerimientos operativos y MASS internos de LA COMPAÑÍA.

LA COMPAÑÍA, se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier personal de LA

CONTRATISTA que a su juicio no cumpla con los requerimientos necesarios para la ejecución de

los trabajos del presente CONTRATO, y LA CONTRATISTA será responsable a su costo de

cambiar y proporcionar el personal necesario para los trabajos del proyecto.

Todo el personal de LA CONTRATISTA asignado al proyecto deberá estar plenamente habilitado y

registrado en el Sistema de Recursos Contratados de LA COMPAÑÍA, previo inicio de los trabajos.

Todo el Personal de LA CONTRATISTA debe certificar fluidez avanzada oral y escrito del idioma

castellano.

6.1. Organigrama del proyecto

LA CONTRATISTA asegurará que contará con personal calificado y en cantidad suficiente para

ejecutar un trabajo de alta calidad y eficiencia, y que todo el proyecto se completará en forma

ininterrumpida

A continuación, un listado tentativo del personal necesario para la ejecución de los trabajos:

GERENTE PROYECTO

Profesional o Técnico con experiencia de al menos cinco (5) proyectos o más en el Gerenciamiento

de operaciones de Perforación de pozos y/o adquisición sísmica.

JEFE DE GRUPO

Experiencia mayor a tres (3) años como JEFE DE GRUPO o su equivalente en operaciones de

perforación de pozos en campo y/o adquisición sísmica.

JEFE DE PERFORACIÓN

Al menos cinco años de experiencia en trabajos y dominio de los principios de funcionamiento y

técnicas de uso de perforadoras portátiles y mecanizadas, compresores, martillos, motobombas.

Deberá supervisar las operaciones de campo asegurando que todas cumplan con los

requerimientos y estén dentro de la tolerancia establecida.

OPERADORES DE PERFORACIÓN (Perforadores):

Al menos dos años de experiencia en trabajos de perforación de pozos con dominio de los

principios de funcionamiento y técnicas de uso de perforadoras mecanizadas, compresores,

martillos, motobombas, etc.

COORDINADOR DE POLVORÍN

Experiencia comprobable en trabajos de adquisición sísmica, dominio de los principios de

funcionamiento y técnicas de manipulación de explosivos. Dicha persona debe estar habilitada por

los entes correspondientes y aprobación de LA COMPAÑÍA.

CARGA POZOS

Page 66: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

15

Experiencia comprobable en el cargado de pozos en trabajos de adquisición sísmica, dominio de

los principios de funcionamiento y técnicas de manipulación de explosivos. Deberá estar habilitado

por los entes correspondientes para el cumplimiento de su función.

AYUDANTE CARGA POZOS

Experiencia comprobable en la tarea en trabajos de adquisición sísmica, dominio de los principios y

técnicas de manipulación de explosivos. Deberá estar habilitado por los entes correspondientes

para el cumplimiento de su función.

SUPERVISOR DE MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD (MASS)

Un Supervisor CMASS permanente en campo con su respectivo relevo desde la movilización hasta

la conclusión de los trabajos.

Debe cumplir con las condiciones establecidas en el anexo CMASS.

Esta persona tiene la responsabilidad de realizar las actividades de gestión, seguimiento y control

de todas las actividades de SSMA durante la ejecución de los trabajos asegurando el cumplimiento

de lo establecido en el EEIA, Anexo CMASS y requisitos de LA COMPAÑÍA. Sus actividades se

realizarán en campo, en cooperación y coordinación interna con las cuadrillas de perforación. Toda

actividad que realice deberá ser de conocimiento previo y coordinado con el Supervisor de

Operaciones del proyecto o la persona que designe LA COMPAÑÍA.

MÉDICO

Durante la ejecución de los trabajos, se debe contar con un (1) médico de forma permanente con

su respectivo relevo, aprobado y habilitado por LA COMPAÑIA previo inicio de operaciones e

ingreso al proyecto.

Se debe cumplir con las condiciones establecidas en el anexo CMASS.

MECÁNICO GENERAL

Permanente en campo; calificado para el mantenimiento preventivo y correctivo de las

perforadoras.

VIGILANTE (SERENO)

En campamento base o máquinas. Según corresponda.

Listado del Personal mínimo de un Grupo de Trabajo

En el siguiente cuadro se muestra de manera enunciativa el personal mínimo requerido en Base

para el apoyo necesario a las operaciones:

Cantidad Función

1 Jefe de Grupo

1 Jefe de Perforación

1 Supervisor CMASS

1 Médico

1 Mecánico General

Page 67: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

16

LA CONTRATISTA es responsable de gestionar la estructura de personal que considere necesario

para el cumplimiento de lo establecido en el EEIA y requisitos de LA COMPAÑÍA.

Durante la presentación de ofertas, se debe presentar toda documentación certificada que

respalde y demuestre la experiencia, idoneidad y capacidad del personal indicado.

6.2. Cuadrillas de Perforación

Para la ejecución de los trabajos se considera al menos entre 6 y 8 cuadrillas conformada por un

mínimo entre 5 – 7 personas permanentes en campo por cuadrilla. En el siguiente cuadro se

muestra de manera enunciativa y referencial la posible distribución de las cuadrillas:

Cantidad Función

1 Perforador

1 Compresorista

1 Enfermero*

3 Ayudantes

6 Total

La distribución de personal indicado en el cuadro no contempla relevos y es de carácter referencial.

*El Enfermero será requerido por cuadrilla dependiendo del área de trabajo en el que se encuentre

la cuadrilla.

6.3. Pasaportes, Visas, Vacunas y Seguros

Es responsabilidad y a costo de LA CONTRATISTA, asegurar que todo su personal cuente con la

documentación legal correspondiente conforme Ley Laboral vigente en el Estado Plurinacional de

Bolivia y requisitos de LA COMPAÑÍA antes del inicio de los trabajos y estos estén vigentes durante

toda la ejecución del proyecto. Por tanto, todo personal extranjero debe contar con su respectiva

Visa de Objeto Determinado, Visa de Trabajo o cédula de extranjero que le permita ejercer

laboralmente dentro del área del proyecto y durante el periodo del servicio.

6.4. Uso de Drogas y Alcohol

LA CONTRATISTA y sus SUBCONTRATISTAS deberán cumplir con la política de Droga y Alcohol

de LA COMPAÑÍA.

6.5. Cumplimiento con las leyes y reglamentos

LA CONTRATISTA conducirá y realizará sus operaciones en conformidad con todas las leyes,

reglamentos, decretos y/u órdenes gubernamentales correspondientes en vigencia en el Estado

Plurinacional de Bolivia o cualquier subdivisión política que tenga jurisdicción sobre los SERVICIOS

y/o el SITIO DE LOS SERVICIOS; quedando establecido que nada en el CONTRATO tendrá la

intención o deberá ser interpretado para exigir que LA CONTRATISTA actúe o deje de actuar si

dicha acción o falta de ella fuese inconsistente con o sancionada por las leyes y reglamentos del

país de constitución de LA CONTRATISTA o del país de constitución de cualquier de las entidades

matriz de LA CONTRATISTA.

Page 68: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

17

LA CONTRATISTA obtendrá todas las licencias, permisos, permisos temporales y autorizaciones

exigidas por las leyes, normas y reglamentos en vigencia para la ejecución de los SERVICIOS,

salvo aquellos que sólo puedan ser obtenidos legalmente por LA COMPAÑIA. Cuando fuera

solicitado por LA CONTRATISTA

LA CONTRATISTA cumplirá con el código de conducta establecido por LA COMPAÑÍA y asegurará

la permanente capacitación a su personal para el cumplimiento de esta política.

7. Movilización, Desmovilización

LA CONTRATISTA cotizará un valor por Movilización y otro por Desmovilización del equipamiento

para el presente contrato, que se certificarán cuando se habilite el inicio del trabajo y con la última

certificación de producción, respectivamente. Estos conceptos no se pagarán si LA CONTRATISTA

estuviera trabajando en la zona antes del comienzo de las Operaciones, o si continuara trabajando

para otra Compañía, operando en la zona.

LA CONTRATISTA es responsable de todas las gestiones oportunas y necesarias para la

movilización de equipos y personal para el inicio de los trabajos a efectos de dar cumplimiento a las

exigencias y requerimientos de LA COMPAÑÍA. Todas las actividades realizadas durante esta

etapa deberán ser plenamente comunicadas y coordinadas con el Supervisor de Operaciones de

LA COMPAÑÍA.

Se considera como movilización concluida cuando LA CONTRATISTA haya presentado la

documentación de su personal, las condiciones de seguridad necesarias y prueba y calibración de

los equipos, aseguramiento eficiente del sistema de comunicaciones, cantidad de vehículos

necesarios para la operación.

7.1. Interferencias comunitarias

Las PARTES reconocen y acuerdan que las operaciones podrían verse afectadas por motivos o

actividades de grupos de activistas comunitarios. Las PARTES deben dirigir todos sus esfuerzos

para anticipar cualquier acción en contra de las operaciones normales acatando siempre al Plan de

Relacionamiento Comunitario de LA COMPAÑÍA.

7.2. Servidumbre y Permisos de Acceso

LA COMPAÑIA gestionará los permisos de acceso, permanencia y egreso para la realización de

todos los trabajos contemplados en este CONTRATO. En caso de imposibilidad de obtención de

tales permisos o de cualquier restricción o limitación en ellos, LA COMPAÑIA comunicará

oportunamente sin pérdida de tiempo a LA CONTRATISTA para la planificación operativa

correspondiente.

Los pagos de servidumbre de paso o pago de afectaciones a los distintos propietarios serán

gestionados por LA COMPAÑÍA.

LA CONTRATISTA deberá cumplir y respetar con todas las directrices indicadas por LA

COMPAÑÍA respecto el trato y manejo social con las comunidades y propietarios de la zona a

efectos de no causar inconvenientes durante la ejecución de los trabajos. En caso de contratación

de mano de obra local, se debe coordinar estrechamente con LA COMPAÑÍA el relacionamiento y

contacto con los representantes de la comunidad. Toda la relación con las comunidades y

propietarios privados será a través de los supervisores de LA COMPAÑÍA.

Page 69: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

18

LA CONTRATISTA deberá planificar de manera conjunta y permanente con LA COMPAÑÍA para la

ejecución de los trabajos y la pronta coordinación con comunidades y propietarios privados. LA

CONTRATISTA no podrá realizar la apertura o corte de alambrados o tranqueras sin el previo

conocimiento y/o autorización de LA COMPAÑÍA. En caso de no cumplirse este aspecto y tal

acción genere conflictos con las comunidades o propietarios, esto será de responsabilidad de LA

CONTRATISTA y los costos incurridos serán asumidos por LA CONTRATISTA. Si producto de

estos conflictos se generan retrasos operativos que afecten al cronograma de la operación, se

aplicarán las multas y/o penalidades correspondientes que apliquen. Así mismo, se aplicarán las

condiciones establecidas en la cláusula 5.5 de Periodo máximo de inactividad o Stand By.

Por otra parte, a la presentación de las ofertas técnicas debe adjuntar certificado de libre

deuda social con los debidos respaldos de las TCO´s de influencia directa del Proyecto (Gran

Kaipependi Karovaicho “GKK” y Charagua Norte), este documento deberá contener todas las

firmas de los representantes de cada TCO y estar avalada por el directorio de cada capitanía.

7.3. Conceptos y Definiciones

Condiciones Meteorológicas

Si las condiciones meteorológicas son tales que afecten la calidad del servicio y/o la seguridad de

la operación, implicando riesgos para las personas, equipos y medio ambiente, se suspenderán las

actividades con el previo acuerdo del representante de LA COMPAÑÍA. El tiempo correspondiente

es tiempo de inactividad y se abonará al valor de la tarifa cotizada como tarifa de stand by.

Si las condiciones meteorológicas permiten realizar la operación en forma segura, LA

CONTRATISTA continuará operando en forma normal mientras no reciba, del representante de LA

COMPAÑÍA, instrucciones en contrario.

Roturas de Equipo

Si el Grupo no estuviese en condiciones de trabajar debido a la rotura de equipos o cualquier otra

causa, de la que LA CONTRATISTA fuera responsable, el tiempo correspondiente es considerado

como tiempo neutro sin reconocimiento por LA COMPAÑÍA

LA CONTRATISTA dispondrá de un máximo de siete (7) días corridos, para reparar o reemplazar

cualquier equipo o parte del mismo y continuar con las tareas de adquisición en forma normal.

A partir del vencimiento de este plazo, LA CONTRATISTA deberá pagar una penalización

equivalente al 50% del valor de un (1) día de stand by cotizado, por cada día o fracción adicional al

plazo establecido de los siete (7) días.

Tareas Preliminares

Durante el período necesario para realizar las tareas preliminares de reconocimiento y preplanning

no se generarán costos adicionales, ni reconocimiento alguno por tiempo perdido o stand by. Los

gastos emergentes de este período correrán por cuenta de LA CONTRATISTA.

7.4. Presentación de los Resultados

7.4.1. Diariamente

LA CONTRATISTA deberá confeccionar un parte informativo de las operaciones efectuadas en el

día. El mismo, cuyo formato será provisto por LA COMPAÑÍA, deberá contener como mínimo:

Page 70: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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Fecha del día al que pertenece.

Número de Contrato

Identificación del programa.

Número de estación,

Cantidad de puntos a perforar y cargar.

Avance de perforación.

Dispositivo empleado para realizar la perforación.

Avance de cargado y reporte de profundidad de carga.

Grupo de carga Pozos.

Profundidad del tope de carga

Tiempos de cargado

Cantidad de carga en pozo plenamente identificado

Cantidad de detonadores

Estadísticas generales.

Estadísticas de consumo de Explosivos por cuadrilla.

Fecha estimada de finalización del programa (actualizada diariamente).

Comentario sobre cualquier hecho relevante.

Avance diario en Km.² de área en superficie. Este avance se calculará multiplicando el

número de posiciones válidas replanteadas del día por los coeficientes que surgen de dividir

el Área en Superficie del Proyecto por el número total de Shots del proyecto.

Horarios de trabajo.

Tiempo de Inactividad reconocido por LA COMPAÑÍA (Stand By), diario, mensual y

acumulado.

Porcentaje de ejecución.

Jornada Laboral (cantidad de horas)

Carátula con N° total de shots del proyecto, discriminando perforación “convencional” o

“portátil”, N° total de receptoras del proyecto, Coeficiente en Superficie, Distancia entre

líneas shot, Distancia entre líneas receptoras, Distancia entre shots, Distancia entre

Receptoras, Densidad de Fuentes /Km², Densidad de Receptoras/ Km².

Detalle de la cantidad y tipos de equipos trabajando y de los Km y porcentajes cargados

El Parte diario, debidamente conformado por el representante de LA COMPAÑÍA, será tomado

como base para la certificación de los trabajos.

De no mediar observaciones por parte de LA COMPAÑÍA en un plazo de tres (3) días desde su

recepción, los Partes Diarios se considerarán aprobados. Las observaciones que al respecto

formule LA COMPAÑÍA deberán ser aclaradas por LA CONTRATISTA dentro de los tres (3) días

siguientes.

El Parte Diario, debidamente conformado por el representante de LA COMPAÑÍA, será

tomado como base para la certificación de los trabajos.

A su vez LA CONTRATISTA debe poner a disposición de LA COMPAÑÍA toda la información y

reportes requeridos, mediante un portal exclusivo para LA COMPAÑIA en el Servidor de red interna

(network), sin perjuicio de la presentación de la información o reportes, en forma personalizada por

parte del representante de LA CONTRATISTA.

7.4.2. Semanalmente / Mensualmente

Page 71: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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Los reportes semanales y/o mensuales serán a requerimiento de LA COMPAÑÍA, y deberá

contener la información descrita en el punto anterior y otros que sean de necesidad y a

requerimiento de la Compañía. Todos los informes deberán ser entregados al Supervisor de

Operaciones o representante designado por LA COMPAÑÍA.

7.4.3. Al finalizar la adquisición

LA CONTRATISTA deberá presentar al Supervisor de Operaciones o el representante que LA

COMPAÑÍA designe para su revisión, el INFORME FINAL de OPERACIONES, que se devolverá

en término de 72 horas. El detalle del contenido como formato del mismo será oportunamente

indicado por LA COMPAÑÍA. Dentro de los 15 días posteriores, LA CONTRATISTA deberá

presentar a LA COMPAÑÍA en la ubicación que esta indique, tres (3) copias en papel, debidamente

encuadernadas y tres (3) CD ROM, del INFORME FINAL DE OPERACIONES.

En el informe, se hará referencia a los distintos aspectos técnico - operativos verificados durante la

ejecución de los trabajos.

Dentro de los anexos de este informe, se incluirá toda la información MASS producto del servicio.

8. EQUIPAMIENTO

Se enuncia de manera referencial, listado de equipamiento mínimo para la ejecución de los

trabajos:

8.1. Perforación mecanizada

LA CONTRATISTA debe garantizar la cantidad de mangueras, trépanos, bombas, brocas, sistemas

hidráulicos, herramientas básicas, barras de perforación, etc. para mantener funcionando de

manera eficiente las perforadoras solicitadas y cumpliendo con la producción requerida por LA

COMPAÑÍA.

Durante la presentación de ofertas, se debe presentar toda documentación técnica que detalle

tipo, característica y antigüedad de los equipos requeridos en el presente pliego.

8.2. Listado de Vehículos

A continuación se enuncia de manera tentativa un listado de vehículos, más no limitante, para el

desarrollo del proyecto:

DESCRIPCIÓN CANTIDAD

AMBULANCIA 2

TRASPORTE DE PERSONAL 2

EQUIPO CANTIDAD

Perforadoras (Mecanizados) 6-8

Compresores 6-8

Page 72: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

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CAMIONETAS 6

CAMIONES 4X4 o 6X6 2

CAMION TRANSPORTE DE AGUA 1

CLIENTE 1

LA CONTRATISTA será responsable de proveer la cantidad de vehículos suficientes para el

cumplimiento de los requerimientos de LA COMPAÑÍA tanto operativos como de Seguridad.

Durante la presentación de ofertas, se debe presentar toda documentación que demuestre el

detalle, tipo, característica y antigüedad de los vehículos.

9. MULTAS Y PENALIDADES

Se amplía lo indicado en las Condiciones Generales del presente Contrato, con las siguientes

multas:

Por Mora en la Iniciación del Contrato: Será de aplicación una multa equivalente al 100 % del valor

del día de stand by cotizado por cada semana o fracción de semana, de atraso en la iniciación del

contrato, no pudiendo dicho atraso superar los 30 días.

Cuando por negligencia, impericia o desconocimiento de maniobras se deteriorasen elementos y/o

ocasionasen inconvenientes en el normal desarrollo de las tareas y/o instalaciones, se aplicará una

Multa equivalente al 25% del valor del día de stand by cotizado, por día hasta la normalización de

la instalación, sin perjuicio de los cargos que por daños y perjuicios pudieran corresponder.

La demora en la iniciación de cualquier trabajo que disponga el representante de LA COMPAÑÍA,

en relación con el plazo estipulado y justificado en la respectiva Orden de Servicio, dará lugar a la

aplicación a LA CONTRATISTA de una multa equivalente al 25% del valor del día de stand by

cotizado, por cada día de atraso producido, correspondiente a dicho trabajo (atraso manifiesto por

simple negativa).

LA COMPAÑÍA podrá eximir a LA CONTRATISTA de la multa por no iniciar en término el trabajo

encomendado, si el mismo finalizara en la fecha prevista inicialmente.

Ausencia del Representante Técnico o reemplazante autorizado: 10% del valor del día de stand by

cotizado por día de ausencia.

25% del valor del día de stand by cotizado, cada vez que no se presente el Responsable de

Seguridad ante el requerimiento del representante de LA COMPAÑÍA.

Por trabajos mal ejecutados o incumplimiento de alguno de los puntos, cláusulas o artículos del

contrato sin la aprobación del representante de la COMPAÑÍA, se deberán ejecutar

adecuadamente a cargo de LA CONTRATISTA.

En caso de incumplimiento en los plazos de entrega de los trabajos, LA COMPAÑÍA aplicará una

multa equivalente al 50% del valor del día de stand by cotizado por cada día corrido de atraso en la

entrega, monto que será automáticamente descontado de la certificación de los trabajos.

Page 73: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

22

10% del valor del día de stand by cotizado, por cada incumplimiento de las Órdenes de Servicio,

emitidas por el representante de LA COMPAÑÍA, por cada vez y por día, los conceptos que podrán

cubrir una Orden de Servicio, serán entre otros los siguientes:

Por falta o mal estado de equipos y herramientas.

Por la no presentación de Partes diarios.

Por la no presentación de la Póliza de Seguro.

Por la mala gestión con las comunidades y propietarios.

Independientemente de las multas descriptas precedentemente, en los casos que se produzcan

daños y/o perjuicios, LA COMPAÑÍA, formulará los cargos que correspondan.

El importe total de las multas no sobrepasará el 20%, del monto total del Contrato.

10. CALIDAD, MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

Cumplimiento a lo especificado en el Anexo CMASS, EEIA específico del Proyecto y otros que LA

COMPAÑÍA pudiera requerir.

11. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA

Sin perjuicio de las demás obligaciones que se fijan en el presente pliego, LA CONTRATISTA

deberá realizar las tareas a su cargo de acuerdo con los estándares y técnicas de la industria y

según criterios de eficiencia, calidad y seguridad, para cumplir la ejecución dentro de los plazos

establecidos definidos en el CONTRATO por LA COMPAÑÍA. Para esto se deberá dar

cumplimiento a las siguientes disposiciones:

El eventual adjudicatario deberá presentarse en la Gerencia de Geofísica, dentro de las 24

(veinticuatro) horas, o cuando el representante de LA COMPAÑÍA se lo indique, luego de haber

recibido el Aviso de Adjudicación o contrato, para interiorizarse de los temas inherentes a la

iniciación del Servicio.

LA CONTRATISTA deberá cumplir con lo establecido en el EEIA, Anexo CMASS y requisitos de LA

COMPAÑÍA conforme el CONTRATO.

Proveer el equipamiento, personal, unidades de reserva, servicio de apoyo, herramientas y

accesorios como asimismo, los combustibles y lubricantes que aquellos requieran,, salvo indicación

en contrario del presente pliego.

Proveer a su cargo y bajo su entera responsabilidad, todo el personal que se requiera para un

eficaz cumplimiento de las obligaciones contractuales, indicando sus respectivas funciones,

discriminada por categoría.

Será a cargo de LA CONTRATISTA el transporte de los equipos, de su personal y eventualmente

de la Inspección actuante cuando esta lo requiera, a las zonas de trabajo, como asimismo el

transporte, carga, descarga, y distribución de los materiales y demás elementos a utilizar en el

servicio, tanto sea de provisión de LA COMPAÑÍA como de LA CONTRATISTA. El traslado del

personal deberá realizarse con medios adecuados, de acuerdo con lo establecido en el

CONTRATO y la normativa nacional vigente.

Page 74: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

23

LA CONTRATISTA no podrá paralizar los trabajos en ejecución para iniciar otros, sin la previa

autorización del representante de LA COMPAÑÍA.

LA CONTRATISTA deberá reparar por su cuenta y cargo, toda deficiencia o falla que se observe en

los trabajos realizados y cuyo origen sea imputable a LA CONTRATISTA, según verificación

fehaciente realizada por el representante de LA COMPAÑÍA.

LA CONTRATISTA estará obligada a proveer todos los formularios necesarios para un eficaz

control del servicio, de acuerdo al modelo aprobado por el representante de LA COMPAÑÍA. Los

mismos deberán ser escritos en forma legible, sin raspaduras ó tachaduras y libres de manchas, el

representante de LA COMPAÑÍA devolverá a LA CONTRATISTA cualquier formulario que no sea

presentado en forma correcta.

LA CONTRATISTA deberá indicar con carácter de declaración Jurada, a la iniciación del Contrato y

dejar constancia en el Acta respectiva de iniciación, cuáles son los servicios especializados que lo

asisten en materia de MASS, normas complementarias, modificatorias y/o que lo sustituyan y

entregará copia de las habilitaciones correspondientes, otorgados a los responsables de dichos

servicios. LA CONTRATISTA deberá concurrir a la oficina de operaciones de LA COMPAÑÍA en el

área del proyecto, a fin de imponerse de las obligaciones que rigen en la materia, firmando con el

personal de LA COMPAÑÍA el certificado pertinente.

Extremar la colaboración con el personal de LA COMPAÑÍA, seguir atentamente sus instrucciones

y evitar las prácticas inconsultas. Realizar los esfuerzos necesarios para que el proyecto se cumpla

en los plazos y formas previstas, aun cuando las condiciones climáticas ó topográficas dificulten su

normal desarrollo.

12. REEMBOLSABLES

Los materiales o servicios cuya adquisición eventualmente se requiera, se certificarán mediante el

sistema de coste y costas, de acuerdo a lo especificado en las Cláusulas Particulares del Concurso

incluyendo las líneas de prueba de parámetros, equipo vial, provisión logística específica a

requerimiento, material y mano de obra, apertura y cierre de tranqueras, reparación de alcantarillas,

transporte de material para remediación ambiental y otros que sean necesarios.

Previa compra o ejecución del servicio, deberá existir autorización expresa y escrita por parte de LA

COMPAÑÍA a través de su representante en el proyecto.

El porcentaje por Gasto Administrativo será del 5%.

Page 75: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

24

PLANILLA DE COTIZACIONES

El que suscribe, …………………………………………………………………en nombre y

representación de ………………………………………………………………………….., estando en un

todo de acuerdo con las Condiciones, Cláusulas y demás documentación integrante del Concurso

Privado de Precios N° .........................................................................., para el servicio del epígrafe

COTIZA.

BASE DE COTIZACIÓN:

Los oferentes cotizarán los ítems abajo indicados para un estimado de 2000 pozos. Los montos

cotizados deben considerar todos los impuestos de Ley Vigentes en el Estado Plurinacional de

Bolivia.

DESCRIPCIÓN MONTO $US.

(SIN IVA) MONTO $US.

(CON IVA)

MOVILIZACIÓN

DESMOVILIZACIÓN

PERFORACIÓN POZOS - PERFORADO Y CARGADO ($us/pozo - SIN IVA)

PROFUNDIDAD (metros)

CARGA (Kg)

15Kg 12Kg 8Kg

15m

12m

10m

PERFORACIÓN POZOS - PERFORADO Y CARGADO ($us/pozo - CON IVA)

PROFUNDIDAD (metros)

CARGA (Kg)

15Kg 12Kg 8Kg

15m

12m

10m

Page 76: DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION YPF E&P BOLIVIA S.A.

25

PERFORACIÓN POZOS MULTIPLES- PERFORADO Y CARGADO

CARGA (Kg) POR POZO

CANTIDAD DE POZOS Y PROFUNDIDAD

(metros)

MONTO $US. (SIN IVA)

MONTO $US.

(CON IVA)

1Kg 5 pozos x 5m

2Kg 5 pozos x 5m

3Kg 5 pozos x 5m

4Kg 5 pozos x 5m

PERFORACIÓN POZOS - PERFORADO Y ENTUBADO (($us/pozo)

PROFUNDIDAD (metros)

MONTO $US. (SIN IVA)

MONTO $US. (CON IVA)

15m

12m

10m

DESCRIPCIÓN MONTO

$US/DIA/CUADRILLA (SIN IVA)

MONTO $US/DIA/CUADRILLA

(CON IVA)

COSTO STAND BY

FIRMA DEL OFERENTE ACLARACIÓN DE FIRMA

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

DESMONTE

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

GERENCIA DE EXPLORACIÓN

ANEXO DE CMASS

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

DESMONTE

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

Tabla de Contenido

1. Siglas y Abreviaciones ............................................................................................ 3

2. Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional ...................................... 3

3. Obligaciones de LA CONTRATISTA: ....................................................................... 10

4. Interrupción de la Operación ................................................................................ 22

5. Inspecciones Previo al inicio de las Operaciones .................................................... 23

6. Representante de la Compañía ............................................................................. 23

7. Partes de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional. ................................. 24

8. Personal............................................................................................................... 27

9. Consultorio médicos ............................................................................................. 32

10. Ambulancia ...................................................................................................... 33

11. Evacuación con helicóptero .............................................................................. 37

12. Capacitación .................................................................................................... 37

13. Acomodaciones y servicios en operaciones ....................................................... 39

14. Vehículos utilizados por la contratista .............................................................. 39

15. Seguridad y Medio Ambiente en las operaciones .............................................. 42

16. Normativa ........................................................................................................ 42

17. Programas en Seguridad, Salud y Medio Ambiente ........................................... 46

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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1. SIGLAS Y ABREVIACIONES

AACN: Autoridad Ambiental Competente Nacional (MMAyA).

ART: Asegurador de Riesgos del Trabajo.

EEIA: Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental.

EIAr: Evaluación de Impacto Arqueológico

EPP: Equipo de Protección Personal.

MHE: Ministerio de Hidrocarburos y Energía.

MMAyA: Ministerio de Medio Ambiente y Agua.

OSC: Organismo Sectorial Competente (MHE).

PDMna: Plan de Desmonte con fines no agropecuarios.

PPM PASA: Programa de Prevención y Mitigación y Plan de Aplicación y

Seguimiento Ambiental.

SG: Sistema de Gestión.

TCO: Tierras Comunitarias de Origen. TIOC`s: Tierras Indígenas Originarias Comunitarias. SCM: Sistema de Control de Manejo.

2. CALIDAD, MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

2.1. Requerimientos Generales

En este artículo se encuentran los requerimientos mínimos, complementarios a lo

expresado en el apéndice C “Estándares de los Proyectos”, que debe cumplir

LA CONTRATISTA. LA COMPAÑÍA se reserva el derecho de modificar los

mismos con el fin de mejorar la seguridad, salud y bienestar del personal.

El presente documento tiene por objeto describir las obligaciones contractuales en

materia de Calidad, Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente que LA

CONTRATISTA deberá cumplir en el marco del contrato.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

2.1.1 Costos de Salud, Seguridad Ocupacional y Medio Ambiente

Los costos generados por LA CONTRATISTA para el cumplimiento de las

disposiciones de este Contrato se considerarán incluidos en la tarifa y cargos

especificados en el Contrato.

2.1.2 Legislación y Normativa Aplicables

LA CONTRATISTA será responsable de cumplir y garantizar el cumplimiento de

sus contratistas, de todas las leyes y normas nacionales, regionales o locales

vigentes y aplicables, incluyendo los estándares y normativa interna de YPF E&P

Bolivia S.A.; y de obtener los permisos y licencias necesarios para la ejecución de

los trabajos. Una vez adjudicado el servicio, la contratista deberá gestionar la

obtención o actualización de su certificado de inscripción ante la Autoridad de

Bosque y Tierra (ABT), como una empresa desmontadora, a fin de poder realizar

actividades de desmonte que sean necesarias y en el marco del Plan de

Desmonte aprobado.

LA CONTRATISTA deberá remitir certificados de cobertura de los seguros

requeridos por ley de todo el personal involucrado en los trabajos.

LA CONTRATISTA será responsable de mantener a sus empleados informados

sobre todos los riesgos y aspectos ambientales identificados en relación con las

obras a fin de cumplir con la legislación pertinente y normativa interna de LA

COMPAÑIA.

LA CONTRATISTA se compromete a prestar los más altos estándares de servicio

posible en la realización de las obras, y se aplicará de manera responsable en

todo momento.

LA CONTRATISTA deberá identificar y evaluar los peligros naturales relevantes, y

las medidas de control que se llevarán a cabo. Esto incluirá la determinación de

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

las actividades a realizarse bajo condiciones meteorológicas adversas (viento, sol,

lluvia, niebla, rayos, calor, frío), cuestiones geológicas (terremotos).

2.1.3 Normativa Interna

LA CONTRATISTA estará obligada a cumplir y a hacer cumplir a sus

subcontratistas, las normas internas de LA COMPAÑÍA y las disposiciones legales

en materia de medio ambiente, seguridad e higiene y salud vigentes o que

pudieren surgir o ser promulgadas durante la relación contractual. Ante el

incumplimiento de tales disposiciones, LA CONTRATISTA asume la plena

responsabilidad por los daños causados a LA COMPAÑÍA y/o terceros. En todos

los casos mantendrá indemne a LA COMPAÑÍA ante cualquier reclamo, acción o

condena que se origine en el incumplimiento de la mencionada Norma y, en su

caso, indemnizará a LA COMPAÑIA reintegrando en tiempo oportuno todos los

montos que ésta deba abonar en concepto de indemnizaciones, multas, costos, y

cualquier otra suma que deba erogar LA COMPAÑÍA para proteger sus intereses.

Ante la falta de acción de LA CONTRATISTA para remediar el daño, LA

COMPAÑÍA podrá disponer las tareas de remediación con cargo a LA

CONTRATISTA y deducirlas de los importes a certificar.

Las siguientes Reglas de Oro de YPF E&P BOLIVIA S.A serán de cumplimiento

obligatorio tanto para trabajadores propios como personal contratista:

1) COMPROMISO COMPARTIDO

2) CONDUCCIÓN SEGURA

3) PERMISOS DE TRABAJO

4) EXCAVACIONES

5) TRABAJO EN ALTURA

6) OPERACIONES DE IZADO

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

Todo el personal de LA CONTRATISTA, ya sea propio o contratado, será

capacitado por personal de YPF E&P BOLIVIA S.A. en las 6 Reglas de ORO de

LA COMPAÑÍA. Los gastos generados por esta actividad estarán a cargo de LA

CONTRATISTA.

2.1.4 Sistema de Gestión de YPF

LA CONTRATISTA deberá cumplir y hará cumplir a sus contratistas, con el

Sistema de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad

de YPF MASS Upstream y de la Gerencia de Operaciones Geofísicas y con los

lineamientos del EEIA aprobado por la AACN, así como el PDMna y el EIAr, los

cuales les serán entregados antes del inicio de las operaciones.

En aquellos temas que no estén comprendidos dentro de la normativa mencionada

precedentemente, se acudirá a la normativa seguidamente citada y siguiendo este

orden de prelación:

1) Manual de Seguridad Operativa – Operaciones Geofísicas – Gerencia de

Geofísica YPF.

2) Manual de Seguridad para Operaciones Terrestres del IAGC (Asociación

Internacional de Contratistas Geofísicos).

3) Normas E&P Fórum, OGP.

En forma previa al inicio de los trabajos contratados, LA CONTRATISTA deberá

presentarse en la Gerencia de Geofísica de YPF S.A., a efectos de notificarse por

escrito de todas las normas internas, sin cuyo requisito no podrá iniciar las

prestaciones a su cargo.

Previo al inicio de las operaciones LA CONTRATISTA designará a un

representante de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para la

ejecución del contrato. Una vez firmado el Contrato, el Representante designado

deberá tomar contacto con los representantes de YPF S.A. e YPF E&P Bolivia

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

S.A., mencionados a continuación, a fin de coordinar y establecer los Objetivos y

Metas a ser cumplidos para el servicio objeto del contrato:

JUAN BUSTAMANTE. Gerente Medio Ambiente y Seguridad Exploración (YPF

S.A.).

e-mail: [email protected]

MARÍA MERCEDES ALVAREZ. Coordinadora Medio Ambiente y Seguridad

Exploración (YPF S.A.).

e-mail: [email protected]

FRANZ PRADO. Analista de Medio Ambiente (YPF E&P Bolivia S.A.).

e-mail: [email protected]

RENATO GUTIERREZ. Analista de Seguridad (YPF E&P Bolivia S.A.).

e-mail: [email protected]

JORGE POZZO. Técnico Seguridad y Medio Ambiente Operaciones Geofísicas

(YPF S.A.).

e-mail: [email protected]

2.1.5 Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Sin perjuicio de las demás obligaciones aplicables a LA CONTRATISTA, en su

carácter de empleador, deberá contar con un servicio de Higiene y Seguridad en el

Trabajo, en un todo de acuerdo con las normas legales del Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social del estado Plurinacional de Bolivia, debiendo a tal

efecto entregar a LA COMPAÑÍA las habilitaciones correspondientes que apliquen,

nombrar a un responsable en dicha materia y dar estricto cumplimiento a las

obligaciones emergentes respecto de las prestaciones que lo obligan conforme su

Declaración Jurada obrante en Anexos V y VI.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

Por lo tanto, previo a la iniciación de los trabajos LA CONTRATISTA deberá

presentar a la Inspección de LA COMPAÑÍA el Formulario del Responsable del

Contratista en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Además, deberá

confeccionar y mantener actualizada la documentación que se detalla a

continuación, la que podrá ser requerida para su consulta por LA COMPAÑÍA

cuando ésta así lo disponga, establecida en el Anexo de información de Oferentes:

a) Denuncia de Accidentes y Enfermedades del Trabajo ante autoridades de

aplicación cuando los hubiere.

b) Información mensual de Estadísticas de Accidentes de Trabajo.

c) Objetivos y metas de Seguridad, Salud y Medio Ambiente para el

proyecto.

d) Registro de entrega de EPP.

e) Identificación de las necesidades de capacitación relacionadas con los

aspectos ambientales y de seguridad del proyecto.(Matriz de capacitación

según la exposición al riesgo identificado por puesto de trabajo)

f) Plan de Seguridad, Salud y Medio Ambiente relacionado a los objetivos y

metas para el proyecto.

g) Registro mensual de capacitación del personal.

h) Cronograma de Inspecciones (planificado vs ejecutado) con sus

respectivos registros en los lugares de trabajo, llevadas a cabo por el

Servicio de Higiene y Seguridad de LA CONTRATISTA.

i) La estadística anual de accidentología del último año como mínimo.

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

j) El sistema de gestión de residuos, instalaciones y equipamiento utilizados

para la disposición de los mismos.

k) Descripción de los sistemas disponibles para emergencias con el layout

que corresponda (incendio, derrames, accidentes, etc.).

l) Planes de contingencia, los cuales deberán cubrir los eventos de

incendio, Accidente personal y MEDEVAC, derrame de sustancias

peligrosas, hombre perdido, accidente vehicular, emergencias de origen

natural (clima, etc.), Emergencias por cuestiones sociales (Corte de rutas,

disturbios, robos), etc.

m) Nomina, Inspección y certificación de equipos, materiales, vehículos, etc.,

que serán utilizados para la prestación del servicio.

n) Última auditoría interna o externa de Seguridad, Salud Ocupacional y

Medio Ambiente.

o) Certificaciones obtenidas de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio

Ambiente.

p) Identificación de peligros y evaluación de riesgos de todos los puestos y

tareas a desarrollar para el proyecto.

q) Toda otra información que incumba a la gestión de la Seguridad, Salud

Ocupacional y Medio Ambiente que le sea requerida por el contratante.

(Ver Anexo de Información de Oferentes)

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

2.1.6 Protección Ambiental

LA CONTRATISTA será responsable de cumplir y garantizar que sus contratistas

cumplan con la legislación ambiental y las normas pertinentes ya sea

Internacional, Nacional, Regional, Local u otra que aplique, y de tomar todas las

precauciones necesarias y las medidas de control relacionadas con, o que se

deriven de, la realización de los trabajos con el fin de proteger el medio ambiente.

LA CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos específicos de YPF E&P

BOLIVIA S.A., con lo establecido en el EEIA, en el Plan de Manejo Ambiental

(PPM-PASA), el EIAr y el PDMna elaborados por YPF E&P Bolivia S.A. y

aprobados por las autoridades correspondientes.

LA CONTRATISTA deberá cumplir con la Gestión de Residuos conforme a lo

establecido en el EEIA (Capítulo 6, punto 6.6) y según normativa vigente.

LA CONTRATISTA deberá actuar para reducir al mínimo la cantidad total de

residuos resultantes de la ejecución de sus trabajos. LA CONTRATISTA será

responsable de gestionar la segregación, el transporte y disposición de los

residuos que se hayan generado por su actividad, generando la suficiente

evidencia objetiva y documental para trazabilidad de la gestión hasta su

disposición final.

LA CONTRATISTA priorizará la utilización de envases biodegradables, así como

la reutilización y/o el reciclaje de los mismos en coordinación con LA COMPAÑIA.

3. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA:

3.1. Equipamiento de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente

El Personal de LA CONTRATISTA usará en todo momento equipo de protección

personal acorde al tipo de trabajo realizado.

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

LA CONTRATISTA debe garantizar que cada empleado, contratado y

subcontratado, y visitantes cumplan con los máximos estándares en materia de

equipo de protección personal (EPP) durante su visita o trabajo en el área del

proyecto. LA CONTRATISTA deberá asegurar la entrega de al menos dos (2)

dotaciones de EPP e indumentaria de protección ignifuga en caso de aplicar en

función del riesgo y normativa (mameluco, overoles, pantalón, camisa, entre otros)

por persona (excepto casco, que será uno por trabajador, con reposición

inmediata por rotura o extravío)

En los almacenes del Campamento Base, debe permanecer un Stock equivalente

al 10% del total del personal en campo, para reposición.

LA CONTRATISTA deberá proporcionar y mantener todos los equipos de

seguridad personal e indumentaria de trabajo necesarios para la realización

segura de los trabajos, los mismos serán proporcionados en cantidad necesaria

cumpliendo con estándares adecuados de calidad y seguridad con la certificación

respectiva correspondiente, además asegurará que su personal sea entrenado en

el uso correcto, mantenimiento y control de los mismos. LA CONTRATISTA llevará

el registro de entrega correspondiente que será presentado oportunamente ante el

pedido de YPF E&P BOLIVIA S.A.

En los casos que aplique, se adecuará la indumentaria de abrigo y protección en

caso de bajas temperaturas, cuando ingresan frentes fríos, sin disminuir el confort

del trabajador.

LA CONTRATISTA definirá el equipamiento de protección personal y ropa de

trabajo necesarios para cada tarea, en función de la evaluación de riesgos del

puesto de trabajo, y el sector en donde debe operar el personal, los cuales

deberán incluir, como mínimo, los siguientes elementos:

Casco de seguridad con barboquejo de banda elástica, banda reflectiva en

la parte posterior de la carcasa, de color blanco e identificación de la

empresa a la cual pertenece.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

Anteojos de seguridad (claro y oscuro), de policarbonato resistente a

impactos provistos de banda elástica para la sujeción.

Botín de seguridad de cuero impermeabilizado con puntera de aluminio,

composite u otro material sintético homologado (en función del riesgo al

cual este expuesto), suela bi densidad, resistente a hidrocarburos y

dieléctricos. En todos los casos el calzado será de caña alta.

Provisión de polainas antiofídicas de cuero, de calidad y grosor para dar la

adecuada protección.

Guantes de trabajo con las especificaciones de protección necesarias en

función de la tarea a realizar (contacto con productos químicos, riesgo

eléctrico, riesgo de cortes, movimiento de cargas, etc.).

Protección auditiva de copa y de inserción en función a la exposición

sonora.

Indumentaria térmica para uso interno: pantalón largo, camiseta de mangas

largas, medias térmicas caña larga.

Indumentaria de protección: ropa de trabajo común o térmica: Camisa y

pantalón o mameluco liviano, mameluco térmico común, campera de

abrigo con capucha, impermeabilizada. Equipo impermeable.

Protección para las piernas con tejido anti corte, máscara de protección

facial, Botas de seguridad con protección anticorte y puntera de acero con

suelas adherentes (Operadores de Motosierra)

LA CONTRATISTA deberá agregar a esta lista, todo aquel elemento de protección

personal e indumentaria de trabajo que no se contempló en el mismo y que sea

necesario de acuerdo a la tarea y riesgos a cubrir. Todas las prendas de uso

exterior de protección deberán contar con bandas reflectivas en mangas, piernas,

pecho y canesú. Las prendas se deberán confeccionar en tejidos de color de alta

visibilidad (Naranja o Rojo).

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

En el casco y en la indumentaria de trabajo, se debe llevar el logo y nombre de LA

CONTRATISTA.

Los elementos de protección personal y la indumentaria de trabajo, serán de uso

individual, no intercambiable entre trabajadores.

Cada cuadrilla deberá contar con un Equipo de Protección Apícola completo.

Tanto la provisión como el reemplazo de los EPP estarán a cargo de LA

CONTRATISTA.YPF E&P BOLIVIA S.A. podrá ampliar las exigencias de EPP e

indumentaria de trabajo, cuando lo crea necesario durante la ejecución del

contrato.

3.2. Orden y Limpieza

Mantener orden y limpieza en todos los lugares y adyacencias donde se lleven a

cabo los trabajos contratados, debiendo prever las vías de evacuación del

personal en caso de emergencia. Ningún trabajo se dará por terminado, hasta

tanto no se hayan retirado todos los materiales sobrantes.

Evitar que papeles, maderas, bolsas y residuos en general queden sueltos. Todo

debe ser colocado en bolsas de residuos y ser llevados a lugares previstos para

su disposición. En cada lugar de trabajo se habilitará un recipiente contenedor

adecuado para el depósito de tales residuos.

3.3. Mantenimiento, Trabajos de alto riesgo y Permisos de Trabajo

Mantener las máquinas, equipos y herramientas en perfectas condiciones de uso y

seguridad.

1) Toda instalación eléctrica deberá cumplir con las especificaciones técnicas

de seguridad que rigen la materia.

2) Los trabajos en caliente o en frío, así como en espacios confinados y en

altura, movimientos de suelo y operaciones de izado que representen

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Versión N°00 Rev06

Medio Ambiente y Seguridad DEU

riesgos para las personas y/o instalaciones deberán contar con la previa

autorización mediante el permiso de trabajo correspondiente.

3) Proveer e instalar las señalizaciones que resulten necesarias para advertir

debidamente riesgos de accidentes, a través de carteles y/o barreras,

complementándose en horas nocturnas con balizas de luz roja/amarilla

(ámbar).

4) Se deberán realizar inspecciones periódicas a todos los equipos,

herramientas, maquinarias y elementos utilizados para el desarrollo de las

tareas.

3.1.1 Uso del machete y del hacha

1) Habilidades: el capataz determinará la habilidad de los postulantes a

macheteros y hacheros en virtud de hacerles sencillas pruebas prácticas

del uso de la herramienta en un sitio con vegetación apropiada.

2) Ambas herramientas deben tener excelente filo. Se proveerán piedras de

mano y limas para que cada operario mantenga el filo. Si el desgaste fuera

superior a los medios manuales, se los cambiará por otros afilados y se

retirarán para volver a afilarlos con piedras de amolar giratoria en taller. Sin

embargo, los primeros cinco centímetros de la hoja del machete desde la

empuñadura, no deben tener filo. Se debe inspeccionar cada herramienta

antes de su uso.

3) Hachas: los mangos de jamás tendrán fisuras y calzarán firmemente en el

ojo de la herramienta, cuñete de acero mediante. No se admitirán hachas

de doble filo. Para transportarla, sea con el mango al hombro o colgando

cabeza abajo o sujeta con ambas manos, la cabeza tendrá un capuchón

protector (cuero, lona, otro material adecuado)

4) Machetes: sólo se transportarán dentro de su vaina (cuero o lona, según

fabricante) y estará colgada del cinturón.

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

5) Cada machete tendrá su cuerda de seguridad para asegurarlo a la muñeca.

6) Uso del hacha: sólo se usará para troncos que manifiestamente por su

grosor no puedan se cortados a machete.

7) Uso del machete: el corte siempre será hacia afuera

8) Guardar 5 metros de distancia respecto del hachero o machetero en

funciones.

9) Siempre se usará el hacha y el machete con guantes apropiados.

3.1.2 Uso de la motosierra

La motosierra es extremadamente peligrosa, sólo motosierristas de probada

experiencia podrán ser ingresados, por tanto se realizara una evaluación y

selección de los motosierristas mediante una prueba previo inicio del trabajo. La

misma deberá estar asistida y documentada por un experto certificado en

motosierras. Sin embargo, antes de hacer uso de la herramienta, tendrán un curso

de 2 días.

Primer día: será teórico comprendiendo los siguientes temas.

1) El motor

o Tanque de combustible

o Tipo de combustible

o Palanca de trabado y liberado del acelerador

o Gatillo del acelerador

o Manija sostén para la otra mano

o Pantalla protectora frontal

o Válvula descompresora del cilindro para arranque

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

o Carburador con válvula mariposa

o Filtro de aire de combustión

o Motor de 2 tiempos

o Cilindro aleteado

o Magneto generador de chispa, bobina, platino y capacitor

o Bujía de encendido

o Cierre automático de la válvula descompresora

o Refrigeración del motor por turbina protegida

o Embrague centrífugo: concepto

o Silenciador y salida de gases de escape

o Familiarizarse con la manija de arranque a cuerda

o Otros detalles según modelo y tipo de fabricante

2) La cadena

o Ajuste de la cadena

o Eslabones de unión y de corte: función de cada cual

o Marca de seguridad por desgaste máximo al afilar

o Afilado con máquina especial: nonius para dar los ángulos (ángulo

de la morsa que sujeta el eslabón) y ángulo de ataque de la piedra

de amolar. Tope de penetración de la piedra de amolar.

o Mantenimiento del afilado con lima: concepto de no cambiar los

ángulos.

3) La espada

o Calce y ajuste

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

o Función de la espada como elemento que permite la circulación de la

cadena y corte con la motosierra.

o Espada siempre enfundada al transportar la motosierra

Segundo día: será práctico comprendiendo los siguientes temas.

1) EPP del motosierrista

o Casco integral (no juntar elementos sueltos para armarlo; tiene ser

única pieza de fábrica), con casco, correa con mentonera,

protectores auditivos tipo copa, máscara facial enrejada.

o Normativa: casco EN 397 o equivalente IRAM u otro. Protectores

auditivos tipo copa EN 352 o equivalente IRAM u otro. Pantalla EN

1731 o equivalente IRAM u otro.

o Gafas de seguridad sin color.

o Pantalón con perneras kevlar o material sintético mejor (no menor) o

perneras postizas de igual material y excelente calidad.

o Guantes adecuados

o Borceguíes de caña alta, con puntera de acero.

o Redecilla para el cabello para aquellos trabajadores que lo tengan

muy largo (sobrepase el casco)

o Rastas u otro peinado voluminoso que no permita el ajuste del

casco: no se permitirá.

2) Operación

o Carga de combustible: bidón de seguridad y embudo plástico de ser

necesario.

o Cómo actuar en caso de pérdida/derrame de combustible.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

o Arrancar la máquina siempre apoyada en el suelo

o Simulaciones de situaciones graves y formas de evitar o mitigar el

peligro:

Contragolpe

Tirón

Rechazo

Reacción Elástica

3.1.3 Uso de animales de carga

Se privilegiará el uso de burros o de mulas, sin excluir caballos eventualmente.

Debido a la abundancia de burros en el área, se reglamentará el uso de estos

animales.

Preferentemente el o los animales deberán tener como arrieros a sus propios

dueños: facilitará el manejo del mismo por lazos de confianza y tendrá buen

cuidado, buena alimentación, agua y trabajo moderado porque el propietario

velará por su animal.

1) Sanidad

Además de las regulaciones del Estado Boliviano, las reglas prácticas son:

Que no esté flaco.

Que no esté viejo

Que no aparente estar enfermo

Que no tenga mataduras (lastimaduras en la piel) ni heridas embichadas.

Que no renguee.

Que no esté panzón.

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

Que tenga pelo de color natural, uniforme y aspecto saludable.

Que el eje del pie con respecto a la horizontal (piso plano) sea del orden de

los 50º sexagesimales.

Que visto desde atrás, ambas patas estén aplomadas (casco, rodilla, anca).

Que visto desde adelante, ambas patas estén aplomadas (casco, rodilla,

pecho).

Que tenga cascos bien conformados.

Que no sea tuerto o bizquee.

Que se mueva con soltura.

2) Como animal de carga

No llevará más de 50 kilos de carga.

La carga no se apoyará sobre el lomo sino que tendrá una manta con

cincha, alforjas o aperos adecuados sobre la cual se sujetará la carga.

Si el animal se cae, no apurarlo. Liberarlo de la carga y luego animarlo /

ayudarlo la levantarse.

Si el burro se empaca, no golpearlo. Debe tener alguna razón (negarse a

cruzar un curso de agua turbia porque no ve el fondo, estimar que es una

pendiente insegura, etc.). Buscar la manera de inducirlo a continuar o hacer

caso de su sabiduría y tomar la variante del camino que elija.

Herrajes: si fueran necesario, serán de la medida adecuada pero deberán

ser herrados con la maestría debida.

Las herraduras tendrán suficiente metal antes que la cabeza de los clavos –

que están dentro de la ranura – queden al ras de la superficie de apoyo. Al

llegar a ese grado de desgaste, deberán cambiarse las herraduras.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

En trabajo duro, conviene que el animal haga un régimen de 2 x 1 (2 días

trabaja, 1 descansa).

3) Alimentación diaria y agua

Forraje voluminoso fresco (hierba, raíces): de 8 a 12 kg para un burro de

100 kg; de 12 a 18 kg para un burro de 150 kg.

Completar con 3 a 4 kilos de heno, cada tarde.

Suplemento: debe recibir diariamente por lo menos 1 kilo de salvado de

maíz o de avena.

Agua fresca y limpia: de 15 a 20 litros por animal y por día.

4) Herraje en campo

El animal puede dar coces e impactando en la cabeza del obrero, puede

matarlo.

La buena práctica consiste en usar 2 obreros: uno le tapa los ojos con una

manta y lo sujeta de la rienda del cabestro. El otro le pone la manea. Luego

le levanta una de las patas libres, la apoya en su propio muslo, un poco por

encima de su propia rodilla y mientras sostiene la pata así con su mano

menos hábil, con la otra manipula las herramientas: saca los clavos,

desprende la herradura, conforma el interior del vaso con cuchillo

cortaplumas, da forma exterior con escofina y finalmente, clavetea según

las reglas del oficio.

Se deberá coordinar las condiciones de campo con los representantes de LA

COMPAÑÍA para asegurar las condiciones de higiene, seguridad y salud sobre el

uso de animales de carga.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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3.2 Obligaciones del Personal

Hacer respetar por parte de su personal:

a) El uso de ropa de trabajo en perfectas condiciones de conservación y

presentación, como asimismo el uso de todos los equipos y elementos de

protección personal.

b) La prohibición de fumar en áreas de riesgos ambientales y de seguridad,

y tenencia y consumo de bebidas alcohólicas y/o sustancias prohibidas

en los lugares de trabajo.

c) La prohibición del uso de fuegos abiertos y superficies de alta

temperatura propios del proceso de trabajo para la preparación de

comidas, como así también el lavado de ropa con productos inflamables.

d) Está prohibido el lavado de ropa en cursos o espejos de agua naturales.

e) Todo el personal de LA CONTRATISTA deberá estar instruido para

combatir cualquier principio de incendio y estar familiarizado con los

equipos con que cuenta.

f) Se pondrá especial atención en las instalaciones de LA CONTRATISTA

afectadas al proyecto, considerando que en ella se manipulan fluidos

combustibles y que se mantendrán en servicio durante la ejecución de los

trabajos.

g) Queda prohibido descargar lodos, líquidos, residuos sólidos o semi-

sólidos en sitios o lugares no autorizados.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

h) Dar aviso de inmediato cuando se detecten manchas de petróleo,

derrames de fluidos, contenidos de hidrocarburos en los desagües

pluviales y/o de efluentes industriales, superficie de aguas y cualquier otra

novedad que contribuya a evitar la contaminación del medio.

i) Verificar la correcta combustión de los vehículos y equipos en general.

j) Evitar las emisiones al medio ambiente de fluidos de circuitos de

lubricación, combustible, refrigeración, etc. de los equipos. Prever la

protección mediante bandejas o membranas como alternativa en el

momento de la operación y la disposición final correcta. Así mismo, se

deberá contar con (1 o más) kit para atención temprana de derrames

según corresponda.

k) El representante de LA COMPAÑÍA podrá aplicar las multas que

correspondan e incluso suspender los Servicios y/u Obras según se trate,

de acuerdo a los incumplimientos que LA CONTRATISTA pudiera incurrir

al presente apéndice.

4. INTERRUPCIÓN DE LA OPERACIÓN

LA COMPAÑÍA tendrá derecho a suspender la operación si a juicio de la misma

ocurrieran sucesos o existiera un riesgo potencial de ocurrencia de un evento que

ponga en riesgo la seguridad laboral, industrial y/o el medio ambiente, sin que esto

de lugar a reclamos por parte de LA CONTRATISTA.

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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5. INSPECCIONES PREVIO AL INICIO DE LAS OPERACIONES

LA COMPAÑÍA realizará las siguientes inspecciones:

5.1. Inspección de Seguridad y Ambiental:

Se incluirán inspecciones de Seguridad, Salud Ocupacional, Ambiente y Calidad

de acuerdo al Sistema de Gestión de la Gerencia de Geofísica y de YPF E&P

BOLIVIA S.A, a los fines de la habilitación del equipamiento. El equipamiento que

no se encuentre en condiciones de operar deberá ser reemplazado de inmediato

por cuenta y cargo de LA CONTRATISTA.

5.2. Monitoreo Ambiental:

De acuerdo al Sistema de Gestión de YPF y de la Gerencia de Operaciones

Geofísicas y el EEIA específico del Proyecto, LA COMPAÑIA se reserva el

derecho de realizar monitoreos ambientales de seguimiento y aseguramiento de

cumplimiento a la Licencia Ambiental en cualquier momento de la ejecución del

proyecto.

LA CONTRATISTA deberá generar y mantener registros y evidencia objetiva del

cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación establecidas en el Plan

de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PASA) que hace parte del EEIA del

proyecto, con finalidad de contarse con los respaldos suficientes que serán

adjuntados a los Informes de Monitoreo a ser remitidos a las Autoridades

Competentes.

6. REPRESENTANTE DE LA COMPAÑÍA

El Representante de LA COMPAÑÍA, estará autorizado a solicitar en cualquier

momento del Contrato, simulacros de Accidentes o Incidentes de Seguridad y/o

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ANEXO CMASS

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APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Medio Ambiente, a efectos de comprobar el entrenamiento del personal y las fallas

que puedan producirse, en el cumplimiento del plan de contingencias. En este

sentido, se debe programar y ejecutar al menos un simulacro al mes considerando

los distintos escenarios de emergencias posibles.

El representante de LA COMPAÑÍA, deberá ser informado rápida y

expeditivamente de cualquier evento referido al Medio Ambiente, Seguridad y

Salud Ocupacional; y tendrá libre acceso a la información relacionada a estos

sucesos.

7. PARTES DE MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL.

7.1. Partes Diarios de Seguridad

LA CONTRATISTA realizará un Parte Diario de Seguridad, de acuerdo a las

especificaciones de LA COMPAÑÍA, que deberá contener la cantidad de personal

discriminados por sector, tiempo de trabajo diario, kilómetros recorridos, mapa de

avance, accidentes, incidentes, días perdidos, atención médica, inspecciones

realizadas, cursos, inducciones, charlas de cinco minutos, simulacros, acciones

preventivas (check list, tarjeta de observaciones, controles internos, etc.). El

modelo será suministrado por el Inspector de YPF E&P BOLIVIA S.A.

Diariamente el Médico de turno de LA CONTRATISTA elaborará un Informe diario

que será remitido al médico coordinador de YPF E&P BOLIVIA S.A. Dra. Miryam

Marinelli.

Contacto servicio médico YPF S.A.

MIRYAM MARINELLI - médica

e-mail: [email protected]

TELF: +54(11) 5441-7161 Cel. - +54-9(11) 38117161

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Los partes diarios de seguridad deben cubrir el período que se extiende desde las

0.00 a las 24.00 horas (hora local).

7.2. Partes semanales de Medio Ambiente

Semanalmente LA CONTRATISTA presentará los siguientes partes, cuyos

formatos serán provistos por la inspección de LA COMPAÑÍA al comienzo del

proyecto:

1) Parte semanal consumo de Agua.

2) Parte semanal consumo de Combustibles y Lubricantes.

3) Parte semanal de Gestión y Disposición Final de Residuos y copia de los

certificados de disposición de todos los residuos generados.

4) Parte semanal de Preventivas Ambientales levantadas.

5) Parte semanal de medidas preventivas y de Mitigación implementadas en

cumplimiento a lo establecido en el (PPM-PASA del EEIA aprobado).

7.3. Partes mensuales de Seguridad

LA CONTRATISTA deberá realizar y presentar un reporte mensual consolidado de

las estadísticas de Seguridad generadas en forma diaria de acuerdo a las

especificaciones de LA COMPAÑÍA con los respaldos correspondientes de

cumplimiento de sus actividades (registros, fotografías, etc.)

Los partes mensuales de Seguridad deberán cubrir el periodo desde el primer día

hasta el último de cada mes y serán presentados hasta el tercer día del siguiente

mes.

7.3.1 Otros partes mensuales

Adicionalmente, LA COMPAÑIA previo inicio de las operaciones coordinará con

LA CONTRATISTA para establecer todos aquellos reportes mensuales en materia

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ANEXO CMASS

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CMASS que aseguren el cumplimiento de los procedimientos de LA COMPAÑIA y

el EEIA específico del Proyecto.

También presentará el informe correspondiente al análisis bacteriológico y físico-

químico del agua de consumo.

Toda vez que se realice un simulacro, LA CONTRATISTA presentará y enviará un

informe conforme requerimientos de LA COMPAÑÍA respecto a su contenido. Esto

se coordinará de manera oportuna al rol de simulacros previstos para la actividad.

7.4. Reportes de accidentes/incidentes de Medio Ambiente, Seguridad y

Salud Ocupacional

LA CONTRATISTA presentará dentro de las 24 horas de ocurrido un accidente y/o

incidente personal, vial, industrial y/o ambiental un informe preliminar del hecho, el

cual contendrá un resumen del suceso, cuyo modelo será provisto por la

inspección de LA COMPAÑÍA al comienzo de las operaciones. La investigación de

estos sucesos se realizará junto con el representante de LA COMPAÑÍA según los

procedimientos de YPF S.A.

En caso de accidente/incidente, se deberá cumplir con los procedimientos y rol de

llamadas establecidos por LA COMPAÑÍA.

7.5. Reportes Estadísticos GIA (extranet YPF)

EL CONTRATISTA deberá cargar del 1 al 3 de cada mes los reportes estadísticos

en la aplicación GIA (extranet YPF), según lo establecido en la planilla de

estadísticas en anexo de partes y normativas. En caso de no poder ingresar al

sistema deberá remitirá al representante de LA COMPAÑIA la planilla de

estadísticas en formato Excel.

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7.6. Remisión de los partes de Seguridad y Medio Ambiente

Previo al inicio de las operaciones, se coordinará con LA CONTRATISTA la

periodicidad, horario y destinatarios para la recepción de los partes diarios,

semanales u otros que apliquen en materia CMASS y operativos. Así mismo, los

formatos respectivos para este fin, serán previamente coordinados entre LA

COMPAÑIA y LA CONTRATISTA asegurando la información necesaria y objetiva

del Proyecto.

7.7 Informe final de Proyecto

Para el cierre del Proyecto LA CONTRATISTA deberá presentar el Informe final de

Operaciones del Proyecto con el anexo correspondiente en CMASS donde se

detalle las actividades realizadas en Salud, Seguridad y Medio Ambiente en físico

(copia) y Digital de acuerdo a las especificaciones de LA COMPAÑÍA, donde

deberán estar presentes las evidencias de cumplimiento generadas de todo el

proyecto más el registro fotográfico correspondiente.

8. PERSONAL

1) LA CONTRATISTA deberá manifestar y garantizar a LA COMPAÑIA que

todo el personal (incluyendo a los Subcontratados) tiene el apto médico

para la función que desempeña; y que cada uno de ellos tiene la capacidad,

el entrenamiento y la experiencia necesaria para realizar las tareas

asignadas de manera eficiente y para actuar en situaciones de

contingencia. LA CONTRATISTA se pondrá en contacto con el personal del

servicio médico de YPF, para la revisión de exámenes médicos y

habilitación del personal. Requiere de visado del servicio médico de YPF

E&P BOLIVIA previo al inicio de las tareas asignadas.

2) LA CONTRATISTA deberá contar en la operación en carácter de

permanente con un responsable de Medio Ambiente, Seguridad y Salud

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Ocupacional (HSE) con calificación certificada, conocimiento, experiencia,

responsabilidad y autoridad para mantener los estándares solicitados, con

su correspondiente relevo. El mismo deberá estar en contacto permanente

y colaborar con el representante designado por LA COMPAÑÍA para estas

funciones.

3) LA CONTRATISTA deberá contar con técnicos o monitores en seguridad

con sus respectivos relevos previamente definidos en una reunión de

coordinación entre LA COMPAÑÍA y LA CONTRATISTA donde se

establezca la cantidad necesaria a ser implementada para el seguimiento

de las operaciones. La cantidad estará dada según los requerimientos de la

normativa que corresponda y por LA COMPAÑÍA.

4) LA CONTRATISTA deberá contar con un supervisor ambiental permanente

en campo con su respectivo relevo desde la movilización hasta la

conclusión de la fase de Desmovilización y Restauración. El coordinador

debe ser profesional titulado nivel Licenciatura con experiencia mínima de

tres años en proyectos del sector hidrocarburos (de preferencia proyectos

sísmicos). Este profesional tiene la responsabilidad de realizar las

actividades de seguimiento y control de la Gestión Ambiental en las áreas

operativas del Proyecto, por lo que deberá contar con todos los recursos

necesarios para el cumplimiento de sus roles y responsabilidades. Sus

actividades en campo deberán ser en todo momento comunicadas y

coordinadas con los representantes de LA COMPAÑIA en campo.

5) LA CONTRATISTA deberá contar con hasta tres (3) médicos por lo menos

según la envergadura de la operación, en carácter de permanente con sus

respectivos relevos, con la calificación profesional adecuada que permita

ejercer su profesión, con un mínimo de 2 años en ejercicio de la profesión,

con conocimiento, experiencia, responsabilidad y autoridad para mantener

la salud del personal y actuar en situaciones de emergencias. Todo el

personal médico deberá ser aprobado y habilitado por LA COMPAÑIA

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ANEXO CMASS

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previo inicio de operaciones e ingreso al proyecto. El mismo estará

acompañado por profesionales enfermeros y/o paramédicos con

experiencia en tareas de asistencia en campo y reportará al servicio médico

de YPF E&P BOLIVIA todas las actividades a desarrollar en el ámbito de la

Salud Ocupacional. Los médicos deberán acreditar su título en Provisión

Nacional, Matrícula profesional y registro en Asociación, Consejo o

Ministerio respectivo.

6) La CONTRATISTA deberá contar con enfermeros y/o paramédicos con

presencia obligatoria de un enfermero por cada cuadrilla, con sus

respectivos relevos. Los mismos deben poseer el título de licenciado en

enfermería; auxiliar y/o técnico de enfermería, paramédico; con

documentación que avale título en provisión nacional, o demostrar

experiencia de más de 3 años como paramédico en trabajos de sísmica,

con cursos de capacitación y actualización en:

- Primeros Auxilios.

- Manejo Inicial del Trauma PHTLS (Pre hospital Trauma Life

Support)

- Manejo Inicial de Accidentes Ofídicos.

- Experiencia en Saneamiento Básico.

7) LA COMPAÑIA podrá requerir a LA CONTRATISTA, personal adicional con

experiencia específica para el apoyo de las actividades según las

necesidades y avance del Proyecto (ej.: Ing Forestal para seguimiento a

PDMna, Arqueólogos para Monitoreo Arqueológico, Monitores Socio

ambientales, etc.) y su requerimiento será considerado como ítem

reembolsable conforme lo especificado en el pliego técnico.

El representante de LA COMPAÑIA podrá solicitar el reemplazo inmediato de o

las personas asignadas por la CONTRATISTA al proyecto por incumplimiento

de sus roles y/o responsabilidades.

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8.1. Selección del Personal – CONDICIONES MEDICAS

1) Para la contratación del personal obrero, se tomará en cuenta la

experiencia en trabajos sísmicos, estado físico y la edad de los aspirantes,

y se le dará oportunidad preferentemente a personal originario del área del

Proyecto.

2) A todo el personal a contratar se le someterá a exámenes médicos y

recibirá inducciones de seguridad, salud y medio ambiente antes de

incorporarse a las diferentes actividades, dichas inducciones deben

incorporar la política de LA COMPAÑÍA, 6 reglas de oro y procedimientos

específicos que apliquen a las operaciones de LA CONTRATISTA.

3) Los exámenes médicos cumplirán como mínimo con lo establecido en la

legislación vigente, aplicable y con las normas de salud.

4) Se da este listado de estudios médicos a realizar en los exámenes médicos

de carácter sólo orientativo, los mismos deberán ser adaptados a los

riesgos laborales expuestos:

Examen médico general

Examen oftalmológico y audiometría

Presión arterial y electrocardiograma (si corresponde)

Rx de tórax

Rx de columna

Exámenes de laboratorio (Según los requerimientos de YPF)

Electroencefalograma (en cuanto aplique- ej. conductores,

trabajo en altura-montañistas).

Todo aquel examen médico que se requiera para la actividad

a desempeñar

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

5) Se debe demostrar que el personal de la CONTRATISTA recibió las

siguientes vacunas:

Fiebre Amarilla.

Tétano.

Tifoidea

Hepatitis “B” (requerida para personal médico y paramédico)

Hepatitis “A” (requerida para personal de Catering)

6) YPF E&P BOLIVIA S.A. requerirá a LA CONTRATISTA que sus empleados

y subcontratistas cumplan con los requerimientos de Control de Alcohol y

Drogas y la Norma de Prevención y Control de Adicciones de YPF S.A. LA

CONTRATISTA deberá realizar controles de alcoholemia diarios con orden

mandatorio para todos los conductores y al azar para el resto del personal,

cubriendo como mínimo el 10% del total de empleados.

Dicha norma se adjunta al presente pliego y es de cumplimiento obligatorio

para todo el Personal que realice trabajos para YPF E&P BOLIVIA S.A.

7) Cualquier empleado de LA CONTRATISTA deberá informar

inmediatamente al personal médico, o en su defecto al supervisor

inmediato, si se encuentra tomando cualquier tipo de medicación.

8) Todo miembro del personal de LA CONTRATISTA, declarado

temporalmente no apto médicamente, se retirará del sitio de trabajo hasta

que su estado de salud haya sido restablecido y certificado por un médico

calificado. En este sentido, los gastos relacionados al traslado y escolta

médico serán por cuenta de LA CONTRATISTA y no deben ser cargados a

YPF E&P Bolivia S.A. Se informará de inmediato al servicio médico de YPF

E&P Bolivia S.A. el mismo requerirá de alta médica correspondiente para

reiniciar actividad laboral.

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PROYECTOS SISMICOS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

9) Es responsabilidad de LA CONTRATISTA asegurarse que se ha previsto

una cobertura médica adecuada y los seguros (póliza de accidentes

personales, seguro de vida, entre otros) que apliquen según normativa para

todo su personal, la cual deberá cubrir, como mínimo, los costos de la

atención en el hospital más cercano así como de evacuación de

emergencia y traslado posterior a centros especializados, si fuera

necesario.

10) LA CONTRATISTA, deberá tener elaborado, implementado y actualizado el

Plan MEDEVAC específico para el proyecto. El mismo deberá ser

entregado a YPF E&P BOLIVIA S.A. antes de comenzar la operación

requerida para convalidación del mismo.

9. CONSULTORIO MÉDICOS

La CONTRATISTA contará con consultorios médicos en el en el predio del

Hospital de Charagua (unidad sanitaria) o lugar indicado por la compañía y en

caso de ser necesario en los campamentos sub base. Estos consultorios estarán

equipados para manejar los casos de primeros auxilios comunes, o estabilización

de pacientes; en caso de existir una evacuación, la misma se realizará en el centro

médico más cercano y/o en la ciudad de Santa Cruz.

En el consultorio se realizaran las atenciones a comunarios, según días y horarios

a coordinar y establecer con LA COMPAÑIA.

En campo se tendrá ambulancias para brindar apoyo a las operaciones, su función

será de apoyar en el transporte de manera eficaz y segura del personal enfermo o

herido al campamento/unidad sanitaria, para proceder a su evacuación.

Las Instalaciones Médicas deberán estar equipada con: agua fría y caliente, aire

acondicionado, refrigerador, depósito para el equipo médico, escritorio del médico

y un dormitorio aislado usado solamente como área de descanso para pacientes y

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

deberá contar con medicamentos que incluyan sueros antiofídicos para las

especies del lugar y equipamiento acorde al número de trabajadores y de

enfermedades prevalentes del lugar.

La CONTRATISTA contara adicionalmente en el mismo Hospital de Charagua con

una “Base Operativa propia” para la afectación exclusiva de la operación y a su

vez brindar soporte a la comunidad de atención médica en franja horaria

establecida sin perjuicio de la atención a la operación. La misma estará compuesta

de:

Médico especialista en Emergentología.

Licenciado en Enfermería

Ambulancia de UTI disponible las 24 horas, con chofer.

La base operativa cumplirá con los requisitos de equipamiento establecidos por el

servicio de Salud de YPF.

Los equipos y materiales enunciados, son de referencia, se deberá tomar contacto

con el responsable del servicio médico de YPF S.A., para definir los equipos,

materiales y cualquier otro detalle técnico que corresponda.

Contacto servicio médico YPF S.A.

Miryam Marinelli - médica

e-mail: [email protected]

TELF: +54(11) 5441-7161 Cel. - +54-9(11) 38117161

10. AMBULANCIA

Ver Pliego CONDICIONES TÉCNICAS O ESPECÍFICAS - CHARAGUA 3D -

PARA APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFIA Y DESMONTE, Ítem 7.2

Listado de Vehículos.

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

LA CONTRATISTA deberá contar con una ambulancia, en carácter de

permanente, con tracción en las 4 ruedas y como mínimo, con la siguiente lista de

equipamiento exigible, algunos de cuyos elementos podrán ser reemplazados por

otros, garantizando LA CONTRATISTA que cumplen análoga función:

1) Tubo de oxígeno de 4-6 m3, c/regulador

2) Camilla con base retráctil, sábanas y manta de lana

3) Base para camilla con capacidad para transportar tabla rígida

4) Tabla rígida con inmovilizador latero-cervical

5) Tabla rígida con cinco juegos de cinturones de seguridad

6) Desfibrilador automático de última generación

7) Armario lateral para guardar equipos

8) Soporte para suero

9) Calefacción y aire acondicionado para habitáculo

10) Juego de collares de Filadelfia, para adultos, de al menos 3 medidas

11) Juego de férulas neumáticas, con inflador

12) Chaleco de extricación ballenado Femno Ked

13) Aspirador portátil manual V-Vac

14) Aspirador accionado por 12 voltios

15) Resucitador portátil autoinflable Mercury Medical con reservorio

16) Máscara de oxigenoterapia con reservorio

17) Set de tubos de Mayo

18) Laringoscópio de bronce cromado c/ramas curvas, para adultos,

19) Pinza Magill

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20) Kit de tubos endotraqueales para adultos

21) Mordillos de fijación de tubos endotraqueales

22) Tensiómetro

23) Estetoscopio

24) Tijera multipropósito

25) Termómetro

26) Linterna

27) Guantes descartables

28) Bolso de transporte para elementos de primeros auxilios

29) Manta Burn Free chica

30) Botiquín de primeros auxilios, conteniendo:

31) Venda tipo Cambric de 7 cm, 6 rollos

32) Venda tipo Cambric de 10 cm, 6 rollos

33) Gasa cortada de 10 x 10 cm estéril, 1 caja de 100

34) Tela adhesiva Transpore grande, 2 rollos

35) Apósitos estériles de 10 x 20 cm en sobres individual y apósitos grandes

36) Pervinox, 1 frasco de 100 ml

37) Aspirina, 1 envase de 100 comprimidos

38) Curitas, 1 caja grande

39) Baño ocular Mirasan o Poen, 1 envase

40) Lazo de látex, 1

41) Set de gasas Burn Free (distintas medidas)

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

42) Decadron jeringa prellenadas, 3 envases

43) Adrenalina, 3 ampollas

44) Isordil sublingual

45) Nubaina, 3 ampollas

46) Narcanti, 3 ampollas

47) Jeringas de 10 c.c., agujas varias (40/8 y 25/8)

48) Abbocath varios

49) Ringer lactato, 3 envases de 500 ml

50) Guía de suero, 6

51) Sueros antiofídicos / antiarácnido

52) Sueros antiarácnido

53) Solución fisiológica, 6 frascos

La ambulancia deberá tener como condiciones indispensables: una dotación de

personal médico, enfermero y chofer, una buena comunicación radial con la Base

y un habitáculo que este abierto con relación a la cabina del conductor, para

facilitar el diálogo entre el médico/enfermero y el conductor del vehículo. En su

defecto, LA CONTRATISTA garantizará que tenga un sistema de comunicación

efectivo entre ambos. Los equipos y materiales enunciados, son de referencia, se

deberá tomar contacto con el responsable del servicio médico de YPF S.A., para

definir los equipos, materiales y cualquier otro detalle técnico que corresponda.

Contacto servicio médico YPF S.A.

Miryam Marinelli - médica

e-mail: [email protected]

TELF: +54(11) 5441-7161 Cel. - +54-9(11) 38117161

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

DESMONTE

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

11. EVACUACIÓN CON HELICÓPTERO

Ver en el Pliego CONDICIONES TÉCNICAS O ESPECÍFICAS PARA APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFIA Y DESMONTE.

La CONTRATISTA deberá asegurar el cumplimiento de los requisitos específicos

10528-MA-37120400-100M Manual de Directrices y Estándares de Aviación.

12. CAPACITACIÓN

Todo el Personal de LA CONTRATISTA debe certificar fluidez avanzada oral y

escrito del idioma español.

El régimen de relevos de personal contratado estará sujeto a la legislación laboral

vigente y normas internas de LA COMPAÑÍA.

Todo el personal de LA CONTRATISTA asignado al proyecto deberá estar

plenamente habilitado y registrado por LA COMPAÑIA previo del ingreso al sitio

del proyecto.

LA CONTRATISTA contará con material didáctico como libros, panfletos, videos, y

documentación actualizada para dictar cursos de seguridad, salud y conservación

del medio ambiente que deberán estar establecidos en un Plan o cronograma de

entrenamiento. Estos cursos de inducción cubrirán los siguientes tópicos:

Política de Ambiente, Seguridad y Calidad.

Reglas de Oro.

Código de Conducta

Normas de Drogas y Alcohol.

Primeros Auxilios (básico).

Contingencias Ambientales (tierra/agua, según aplique).

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

Entrenamiento especializado por áreas y puestos de trabajo

(Ej: Operadores de Motosierra, enganchadores, cargo master,

etc.)

Clasificación de Residuos.

Evacuación de Heridos (MEDEVAC): se harán regularmente

ejercicios (simulacros).

Uso, mantenimiento y control de elementos de protección

personal e indumentaria de trabajo.

Principios de prevención y lucha contra incendio (manejo de

extintores)

Permiso de trabajo y ATS.

Investigación de accidentes.

Sistemas de observaciones preventivas.

Trabajo en ambientes extremos (bajas y altas temperaturas) y

Riesgos en los Sitios de Trabajo.

Manejo defensivo (conductores).

Gerenciamiento de viajes.

Identificación de peligros y Análisis de riesgo.

Riesgo eléctrico.

El entrenamiento básico deberá estar definido en una matriz que identifique la

necesidad de entrenamiento según la exposición al riesgo por puesto de trabajo.

Los costos generados por LA CONTRATISTA en relación a la capacitación de su

personal se considerarán incluidos en la tarifa y cargos especificados en el

presente Contrato.

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PROYECTOS SISMICOS

APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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13. ACOMODACIONES Y SERVICIOS EN OPERACIONES

Para el establecimiento del o los Campamentos Base y/o Sub-Base, así como

Volantes, LA CONTRATISTA recurrirá a ubicar los mismos según lo establecido

en el EEIA aprobado.

Para la implementación de campamentos y servicios higiénicos LA

CONTRATISTA debe considerar como mínimo los artículos 47, 48, 352, 353, 355,

356 y 357 de la Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar y

toda normativa aplicable.

Para la Gestión de aguas residuales en campamentos Base, Sub-Base y Volantes,

deberá aplicar lo dispuesto y aprobado por la Autoridad Ambiental Competente en

el EEIA.

Ver en Pliego CONDICIONES TÉCNICAS O ESPECÍFICAS PARA APERTURA

DE TROCHA, TOPOGRAFIA Y DESMONTE.

14. VEHÍCULOS UTILIZADOS POR LA CONTRATISTA

LA CONTRATISTA es responsable de proveer en tiempo y en cantidades

suficientes los vehículos que sean necesario de acuerdo al avance y requerimiento

de las operaciones, a efectos de garantizar los resultados y cronograma

requeridos por LA COMPAÑÍA.

LA CONTRATISTA presentará a YPF E&P BOLIVIA S.A. la nómina de vehículos

que utilizará para los trabajos requeridos.

Los vehículos (camionetas), deberán reunir las siguientes características básicas:

1) No deberá tener una antigüedad mayor a 5 años o más de 200.000 km

recorridos.

2) Contar con la revisión técnica vehicular o similar correspondiente.

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

3) Contar con certificaciones vigentes de organismos de inspección

aprobados.

4) Cinturón de seguridad inercial de tres puntos, en todos los asientos.

5) Apoya cabezas en todos los asientos.

6) Tracción 4x4, según corresponda a los terrenos por donde se circulara.

7) Barra antivuelco externa.

8) Sistema de Control de Manejo (SCM) de acuerdo a lo establecido en

procedimiento de YPF SA “Uso de Vehículos Livianos” 10010-NO-370400-

000A-V1.1 (con GPS con alarma sonora para control de velocidad).

9) Botiquín de primeros auxilios.

10) 2 Ruedas de auxilio, gato hidráulico y kit de herramientas básicas, eslinga

con grilletes/gancho o faja de remolque, calzas o cuñas, cables con pinzas

pasa corriente para batería.

11) Balizas.

12) Matafuegos (uno de polvo químico ABC de 2kg en la cabina y uno de polvo

químico ABC de 4 kg en la caja).

13) Alarma sonora de retroceso.

14) Cajón con equipos de seguridad para uso en casos de realizar tareas en

caminos o rutas o haber quedado el vehículo averiado, con el siguiente

contenido:

Mantas de abrigo, linternas, chaleco o chaqueta de alta visibilidad con bandas

reflectivas, casco de seguridad, anteojos de seguridad, guantes de vaqueta,

campera de abrigo, alimentos no perecederos y provisión de agua potable, pala).

Previo al inicio de cada actividad en la que se incluya el uso de los vehículos, el

personal afectado a la conducción del mismo, deberá realizar un check list

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ANEXO CMASS

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APERTURA DE TROCHA, TOPOGRAFÍA Y

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semanal para la verificación del estado del mismo. Este check list debe estar a

disposición para ser auditado.

Mensualmente el contratista deberá presentar y enviar un reporte con los datos

obtenidos de los Sistemas de Control de Manejo (SCM) de los vehículos utilizados

para los trabajos requeridos por YPF E&P BOLIVIA S.A.

Cada persona que sea designada para conducir los vehículos de LA

CONTRATISTA deberá contar con la identificación para el Sistema de Control de

Manejo (SCM).

Los detalles para el cumplimiento en el uso de vehículos livianos está en la norma

que se adjunta: Uso de Vehículos Livianos 10010-NO-370400-000A-V1.1.

En el caso de vehículos pesados, tanto con cargas comunes como con sustancias

peligrosas, se deberá cumplir con la norma adjuntada: GESTIÓN DE VEHICULOS

PESADOS PARA TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Y CARGAS

GENERALES 10204-NO-37040000-100M

Para el caso de transporte de personal se deberá cumplir con los requisitos del

procedimiento GESTIÓN DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE PROPIO Y/O

CONTRATADO PARA EL TRASLADO DE PERSONAL 10836-NO-37030000-

000A y de la normativa local aplicable.

El costo que demande el cumplimiento de lo requerido en este punto, será

asumido por LA CONTRATISTA. El cumplimiento de dicha normativa es

obligatoria tanto para LA CONTRATISTA como para sus subcontratistas.

Atención, sin cumplir lo establecido en las normas enunciadas, los vehículos no se

podrán utilizar y las personas no se habilitaran para conducir.

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15. SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE EN LAS OPERACIONES

Todos los trabajadores usarán ropa adecuada para esa tarea. Cumpliendo con lo

establecido en el Sistema de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio

Ambiente de Operaciones Geofísicas, el Estudio de Riesgo Previo, el EEIA

aprobado, PDMna, EIAr y las recomendaciones surgidas de las inspecciones de

seguridad y monitoreos ambientales.

Todo el personal deberá recibir entrenamiento para la actuación en caso de

derrames, tanto de aceite hidráulico como de otros hidrocarburos, así como de la

implementación de todos los planes de contingencias asociados a su actividad.

Todo el personal debe conocer todos los peligros inherentes a las tareas que

realizará y las barreras que debe implementar para evitar la ocurrencia de

incidentes en forma previa al inicio de las mismas.

16. NORMATIVA

LA CONTRATISTA deberá realizar su servicio bajo estricto cumplimiento de todas

las leyes y normativas aplicables en Bolivia que garanticen el desarrollo y marco

legal del proyecto, así como también deberá cumplir con la normativa interna de

LA COMPAÑÍA listada a continuación:

- Política de Calidad Medio Ambiente Seguridad 10001-PO-370000-000A.

- Planificación Basada en Riesgos 11027-PR-37040000-110M.

- Identificación de Peligros y Control de Riesgos 11028-PR-37030400-110M.

- Evaluación de riesgos laborales 10096-PR-370400-000A.

- Gestión de Riesgos y cambios 10065-PR-370400-100M.

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- Gestión de Emergencias 10009-PR-370600-000A.

- Investigación de Incidentes de CMASS 10083-PR-370600-100M.

- Uso de Vehículos Livianos 10010-NO-370400-000A-V1.110010-NO-370400-

000A.

- Izamiento de Cargas 10007-PR-370400-100A.

- Trabajo de Excavación 10005-PR-370400-100M.

- Trabajo en Altura 10006-PR-370400-100M.

- Prevención y control de adicciones 10095-NO-370900-000A.

- Elementos de Protección Personal y ropa de trabajo 10519-MA-37110000-100M.

- Gestión de Residuos UP 10566-PR-37040000-110M.

- Gestión de vehículos pesados para transporte de sustancias peligrosas y cargas

generales 10204-NO-37040000-100M.

- Gestión Lecciones Aprendidas 10205-ES-37060000-000M.

- Utilización de instalación eléctrica provisoria 521-PR032LG.AR.

- Gestión del agua y líquidos residuales 10074-NO-371100-000M.

- Observaciones Preventivas 10046-PR-371000-10BA.

- Permisos de trabajo 11029-PR-37040202-110M.

- Manual de directrices y estándares de aviación 10528-MA-37120400-100M.

- Normativa de la gerencia de geofísica

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- Especificación técnica “EPP” de la Gerencia Geofísica, Tipo: 5 Ámbito: CMASS

Código: EPP, Proceso: Exploración, Revisión: 6

- Procedimiento “Requisitos y Evaluación de Cumplimiento Legal” de la Gerencia

de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito: CMASS Código: Requisito Legal, Proceso:

Exploración, Revisión: 5

- Procedimiento “Competencia, Formación y Toma de Conciencia”, de la Gerencia

de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Formación, Proceso:

Exploración, Revisión: 6

- Procedimiento “Comunicación, Participación y Consulta” de la Gerencia de

Geofísica, Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Comunicación, Proceso:

Exploración. Revisión: 6

- Procedimiento “Control De Documentos” de la Gerencia Geofísica, Tipo: 5

Ámbito: CMASS, Código: Control Doc, Proceso: Exploración, Revisión: 8

- Procedimiento “Control Operativo” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Control Op, Proceso: Exploración, Revisión: 5

- Procedimiento “Picadas Y Accesos” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Picadas, Proceso: Exploración, Revisión: 4

- Especificación Técnica “Residuos” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Residuos, Proceso: Exploración, Revisión: 6

-Especificación técnica “Respuesta ante Emergencias” de la Gerencia de

Geofísica, Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Emergencias, Proceso: Exploración,

Revisión: 06

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ANEXO CMASS

PROYECTOS SISMICOS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

-Especificación técnica “Salud” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Salud, Proceso: Exploración, Revisión: 6

- Procedimiento “Medición y Seguimiento”, de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5,

Ámbito: CMASS, Código: Medición, Proceso: Exploración, Revisión: 6

- Especificación técnica “No Conformidades- Acc Correctivas y Preventivas” de la

Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: No Conformidades,

Proceso: Exploración, Revisión: 2

- Procedimiento “Control de Registros” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5

Ámbito: CMASS, Código: Control Reg, Proceso: Exploración, Revisión: 8

- Especificación técnica “EIA” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: EIA, Proceso: Exploración, Revisión: 6

- Procedimiento “Comité de Seg, Amb y Calidad” de la Gerencia de Geofísica,

Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Comité, Proceso: Exploración, Revisión: 4.

- Procedimiento “Objetivos CMASS” de la Gerencia Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Objetivos, Proceso: Exploración, Revisión: 7.

- Procedimiento “Requisitos del Producto” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5

Ámbito: CMASS, Código: Producto, Proceso: Exploración, Revisión: 6.

- Procedimiento “Control del Producto No Conforme” de la Gerencia de Geofísica,

Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Producto, Proceso: Exploración, Revisión: 7.

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ANEXO CMASS

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

- Procedimiento “Diseño y Desarrollo 2d-3d On-Offshore” de la Gerencia de

Geofísica, Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Diseño, Proceso: Exploración,

Revisión:6

- Procedimiento “Adquisición de Datos” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5,

Ámbito: CMASS, Código: Datos, Proceso: Exploración, Revisión: 6.

- Procedimiento “Cartografía” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Cartografía, Proceso: Exploración, Revisión: 6.

- Procedimiento “Tendido: Geófonos, Cables, Cajas” de la Gerencia de Geofísica,

Tipo: 5, Ámbito: CMASS, Código: Geófonos, Proceso: Exploración, Revisión: 6.

- Procedimiento “Prueba de Parámetros” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5,

Ámbito: CMASS, Código: Parámetros, Proceso: Exploración, Revisión: 6.

- Procedimiento “Preservación del Producto” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5,

Ámbito: CMASS, Código: Producto, Proceso: Exploración, Revisión: 5.

- Procedimiento “Topografía” de la Gerencia de Geofísica, Tipo: 5, Ámbito:

CMASS, Código: Topografía, Proceso: Exploración, Revisión: 7.

La CONTRATISTA deberá ajustarse a las exigencias establecidas en la normativa

listada.

17. PROGRAMAS EN SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE

LA CONTRATISTA deberá desarrollar programas que colaboren al cumplimiento

de metas y objetivos de Seguridad, Salud y Medio Ambiente establecidos para el

proyecto. Estos programas serán consensuados y aprobados por LA COMPAÑÍA

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Medio Ambiente y Seguridad DEU

y deberán estar enfocados en la prevención de Incidentes, en la prevención de

enfermedades ocupacionales y de impactos al medio ambiente.

También deberá desarrollar Programas que promuevan el liderazgo en Seguridad

y que estos incentiven al cumplimiento de estándares de todo el personal

operativo.

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POLÍTICA DE SEGURIDAD, PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y PRESERVACIÓN DE LA SALUD

Carlos AlfonsiVicepresidente Ejecutivo de Operaciones y TransformaciónComité Ejecutivo de DirecciónSeptiembre 2017

En nuestra tarea de proveer energía y brindar bienes y servicios básicos parala industria, el agro y la comunidad en su conjunto, los trabajadores de YPF respetamos tres principios fundamentales:Minimizar nuestro impacto sobre el medio ambiente.Brindar condiciones de trabajo seguras a través de la aplicación de las mejores prácticas internacionales.Mantener un ambiente laboral saludable para todos los trabajadores y la comunidad que nos rodea. Para ello, nos comprometemos a:Desarrollar programas de mejora continua, con la asignación de los recursos adecuados y las condiciones necesarias para que nuestros procesos de trabajosean planificados, ejecutados, controlados y mejorados en forma permanente.Capacitar y comprometer a todos los niveles de la organización en el cumplimientode esta política y de la normativa asociada. Integrar los criterios de protección del medio ambiente, seguridad y salud en todaslas etapas del ciclo de vida de nuestras instalaciones industriales, para asegurar la sustentabilidad de nuestras operaciones, mediante la aplicación de las mejores prácticas y los estándares internacionales de la industria.Cumplir estrictamente con todas las normas, reglamentos, estándares y leyesde aplicación en materia de protección del medio ambiente, seguridad y salud aplicables a nuestra actividad.Desarrollar nuestros propios estándares en caso de que la normativa vigenteno sea suficiente. Establecer, comunicar y revisar objetivos y metas para medir y evaluar nuestrodesempeño en lo referente a protección del medio ambiente, seguridad y salud. Desarrollar y mantener planes de intervención frente a incidentes industriales que puedan afectar al medio ambiente, la seguridad o la salud de nuestros trabajadoresy la comunidad que nos rodea. Trabajar exclusivamente con proveedores y contratistas que adhieran a nuestros principios y puedan demostrar de manera auditable la aplicación de una política de protección del medio ambiente, seguridad y salud. Establecer asociaciones comerciales e industriales sólo con socios que mantengan altos estándares en protección del medio ambiente, seguridad y salud.

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