Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

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Ministerio Público de la Nación FORMULA DENUNCIA Señor Juez: Carlos Ernesto Stornelli, Fiscal Federal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 4, ante V.S. me presento y digo: Que habida cuenta los elementos colegidos en autos, y atendiendo a lo normado en el artículo 176 del CPPN vengo por el presente a formular denuncia en orden a los hechos que a continuación se exponen y por entender el suscripto que debería ser promovida una investigación a los fines del esclarecimiento de los mismos, en atención a que de la presente instrucción preliminar a la existencia de causa judicial nro. 19/12, se han conformado las circunstancias de lugar, tiempo y modo de irregulares eventos cuya consideración meritúa la determinación en sede judicial de su acabado acontecer y su relevancia penal. 1

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Ministerio Público de la Nación

FORMULA DENUNCIA

Señor Juez:

Carlos Ernesto Stornelli, Fiscal Federal a cargo de

la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nº 4,

ante V.S. me presento y digo:

Que habida cuenta los elementos colegidos en autos,

y atendiendo a lo normado en el artículo 176 del CPPN vengo por el

presente a formular denuncia en orden a los hechos que a

continuación se exponen y por entender el suscripto que debería ser

promovida una investigación a los fines del esclarecimiento de los

mismos, en atención a que de la presente instrucción preliminar a

la existencia de causa judicial nro. 19/12, se han conformado las

circunstancias de lugar, tiempo y modo de irregulares eventos cuya

consideración meritúa la determinación en sede judicial de su

acabado acontecer y su relevancia penal.

I.- LA GENESIS

Que la presente instrucción preliminar se inició con

motivo de haber tomado conocimiento el suscripto del contenido de

la emisión del programa Periodismo Para Todos del 26 de septiembre

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próximo pasado, y toda vez que del mismo podía emerger la

posibilidad de conformación de un evento criminoso, promoviéndose

instrucción preliminar en virtud de lo normado en el artículo 26 de

la ley 24.946, y las Resolución PGN 121/06 y F.G. 06/06.

Tal como surge del expediente en cuestión, el

trascendido en el medio televisivo daba cuenta de irregularidades

que habían sucedido en el marco del Programa ARGENTINA TRABAJA del

Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a cargo de Alicia

Kirchner, y se titulaba “Alicia Kirchner descontrol de la caja

millonaria”. Que en la emisión se hacía mención a una agrupación

política denominada KOLINA que respondería al liderazgo de Alicia

Kirchner, como así a la presunta existencia de “un manejo poco

claro” de los fondos del Ministerio de Desarrollo Social de la

Nación a cargo de la nombrada funcionaria, y/o a un posible desvío

de fondos al indicarse que “ha(bía) plata que no llega a donde

tiene que llegar”, circunstancias que según tal informe

periodístico sucedían en el marco del mencionado PLAN ARGENTINA

TRABAJA instrumentado por dicha cartera de gobierno.

Según el informe actuarial de fs. 2/3 de autos, del

programa en cuestión surgía: que al año 2010 el PLAN ARGENTINA

TRABAJA habría contado con un presupuesto de $1.734.000.000, en

tanto que a esa fecha el presupuesto superaría los $5.000.000.000;

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que el PLAN contaba como beneficiarias a COOPERATIVAS DE TRABAJO en

los ámbitos municipales, mayormente del Gran Buenos Aires, y que

habrían resultado favorecidos aquellos municipios afines al

Gobierno y de mayor impacto electoral; que “en Quilmes el

descontrol es evidente” dado que existirían presuntos PROVEEDORES

de COOPERATIVAS que facturan sumas millonarias por trabajos

inexistentes –haciéndose alusión al caso de dos proveedores: Hugo

BLANCO (del Barrio La Rivera) y Andrés SERSING, quienes pese a los

servicios facturados no habían brindado ninguno a favor de las

COOPERATIVAS beneficiarias del Plan, prestando estos sus

testimonios periodísticos.

Que según se apreciaba de los testimonios allí

exhibidos atribuidos a Hugo BLANCO, éste habría sido contactado por

funcionarios del Municipio de Quilmes, quienes le habrían ofrecido

un sueldo de dos mil trescientos pesos a cambio de inscribirse ante

la AFIP y facturar a las COOPERATIVAS por servicios inexistentes,

en facturas por montos de quinientos y seiscientos mil pesos.

El informe periodístico agregaba que en el 2011 el

nombrado BLANCO habría facturado la suma de $1.110.000 y en el 2012

la suma de $840.065; para lo que habría sido contactado, según

Blanco refiere en el programa, por una persona que respondería al

apellido PAVON y sería secretario del “BARBA” –que según se aclara

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sería el Intendente de esa jurisdicción- y de ROBLEDO, como así que

habría para ello abierto una cuenta en el Banco Provincia, donde

concurría a cobrar acompañado de Julio SEVILLA, a quien identifica

como Secretario de Derechos Humanos de Quilmes.

En cuanto al señalado SERSING el informe daba cuenta

que a su nombre se encontraban facturados servicios a favor de

COOPERATIVAS por $3.000.000 en el 2011 y 2.000.000 $ en el

corriente año, como así que éste sería jubilado y cobraría $1.800

por mes y no tendría empleados a su cargo, habiendo incluso -el

mencionado-, negado su conocimiento sobre las COOPERATIVAS

consultadas y respecto de las que aparecía documentación que lo

vinculaba.

Por otro lado, la nota periodística hacía mención a

irregularidades también acaecidas con los subsidios otorgados a la

mutual PROFRUT con asiento en la Ciudad de Coronda, Provincia de

Santa Fe, por la suma de $4.000.000 otorgados por el Ministerio de

Agricultura ($1.000.000) y de Desarrollo Social ($3.000.000). Que

dichos fondos eran depositados en el Banco Nación de dicha

localidad y según se refiere en el informe “el dinero nunca fue

donde debía”.

Que parte de dichos fondos se habrían financiado

actividades proselitistas, haciéndose mención al acto de

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inauguración de un tramo de la Autovía que une Santa Fe con Paraná,

en febrero de 2011, con presencia de la Sra. Presidente de la

Nación, que habría sido solventado con parte aquellos fondos, y

también de actividades del movimiento KOLINA; refiriéndose también

a que se habría contratado indigentes para el cobro de cheques de

la mutual, siendo que personas de Coronda iban a cobrar dichos

fondos al Banco, la esperaban afuera y a cambio le daban cien

pesos.

Por último, según la certificación de autos y el video

luego recabado el informe periodístico relata irregularidades en la

implementación del PLAN DE VIVIENDA en la Provincia de Chaco –

presuntamente en las localidades de Miraflores y Villa Río

Bermejito-, que sería financiado con fondos del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL, exhibiéndose en el informe viviendas que

presentarían, según se muestra, defectos en su construcción o bien

no se hallarían totalmente terminadas, exponiendo durante el

transcurso de la nota quienes se identifican como distintos

integrantes de la COMUNIDAD QUOM y el Diputado Provincial Livio

GUTIERREZ.

II.- LOS HECHOS

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Ahora bien, conforme se explicará y atendiendo a la

liminar acreditación de las circunstancias de lugar, tiempo y modo

de parte de los eventos anoticiados inicialmente, y su pasible

subsunción típica, vengo por el presente a formular denuncia a los

fines de que se investiguen los episodios que han sido acreditados

en el marco y con el alcance de esta instrucción preliminar, en

tanto los mismos podrían importar la comisión de conductas

presuntamente ilícitas que prima facie podrían encuadrar en el

delito previsto y reprimido por el artículo 174 inciso 5to. en

función del 173 inciso 7mo y/o 261 del C.P. y/o 265 del Código

Penal en tanto funcionarios nacionales en el marco del denominado

PLAN ARGENTINA TRABAJA podrían haber tomado parte en fraudulentas

disposiciones de fondos públicos que podrían haberse realizado a lo

largo del país, en favor de distintos Entes Ejecutores, como fue el

caso del Municipio de Quilmes, provincia de Buenos Aires –cuya

prueba mayormente, y atendiendo al contenido de la noticia criminis

se recabó en esta instrucción preliminar-.

En este sentido, adviértase que se ha

comprobado la existencia de llamativas y repetidas irregularidades

en el proceso de ejecución del PLAN ARGENTINA TRABAJA –al menos

para el distrito que concentró las mayores probanzas de esta

instrucción preliminar- cuyo análisis y desarrollo importan

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considerar que las mismas podrían haber formado parte de una

maniobra en la cual los millonarios emolumentos del erario público

destinados para los objetivos de tal PROGRAMA legalmente

instaurados se habrían definido y ejecutado por sus operadores de

forma fraudulenta al erario público, no descartándose la

posibilidad de que parte de esos emolumentos se hubieran desviado

hacia fines distintos de los que legalmente estaban destinados.

Ello así, atendiendo a que parte de la facturación de los

PROVEEDORES que prestaron servicios a las COOPERATIVAS que se

formaron al menos en QUILMES a partir del PROGRAMA ARGENTIAN

TRABAJA ostentaron –conforme se explicará en apartados siguientes-

irregularidades tales que llevan a presumir la posible inexistencia

de los servicios o bienes que tales documentos aparecen facturando,

como hesitar el funcionamiento y objeto de varios de tales

PROVEEDORES.

Así pues, la totalidad de las pruebas han resultado

más que reveladoras del cuadro de presunción al que se aludió desde

el inicio, que me llevan a formular esta denuncia.

Si bien muchas aristas de este fenomenal PROGRAMA

quedan aún pendientes de ser analizadas en la investigación a

realizarse –destacándose que en el marco del expediente aquí

labrado se ha ahondado mayormente en las aristas que surgían del

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programa periodístico aludido-, lo cierto es que la reiteración de

irregularidades observadas importan la investigación de aquellas

que hicieron a la distribución, manejo, disposición, rendición y

aprobación de los emolumentos del señalado PLAN emanado desde el

Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, con destino a las

provincias y municipios. Ello al existir la presunción de que los

funcionarios nacionales que tenían a su cargo el destino del más

que millonario dinero del erario público que había sido designado

para fines específicos, podrían haber obligado abusivamente al

Estado Nacional en la asignación de partidas dinerarias y sus

renovaciones pese a las irregularidades observadas, conformando

presumiblemente un verdadero beneficio personal de quienes las

recibían.

Tal accionar asimismo podría haber determinado la

sustracción de los fondos en cuestión del ámbito de la

administración pública hacia fines distintos de los asignados,

mediante una maniobra que, dando la apariencia de legitimidad al

proceder, enmascaraba las disposiciones dinerarias fraudulentas del

patrimonio nacional de acuerdo al fin para el que estaban

destinados.

Las notorias irregularidades advertidas de la sola

lectura de la documentación que conformó una tras otra las

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rendiciones de cuenta de la facturación presentada al menos

respecto del distrito de Quilmes para el PLAN ARGENTINA TRABAJA y

la desaprensión que reflejan los trámites de aprobación de tales

rendiciones –donde tales irregularidades se observan, como se

explicará, más que ostensiblemente-, revelan lo antes expuesto

cuanto el posible interés de los funcionarios en que dicho cometido

sucediera.

Restará analizar, una vez avanzado el proceso

conforme lo peticionado en este dictamen y de acuerdo a lo que

surja, los pormenores del PLAN ARGENTINA TRABAJA en su extensión y

la existencia o no de interés en la voluntad de los funcionarios

públicos involucrados, en la elección de los destinatarios de tales

emolumentos.

Así pues además de lo expuesto, y atendiendo a la

noticia criminis de autos, corresponderán esclarecer en la causa a

formarse, los sucesos que emergían del programa arriba comentados,

relacionados con otros subsidios o fondos públicos destinados al

interior del país, específicamente relacionados con los subsidios

otorgados a la mutual PROFRUT con asiento en la Ciudad de Coronda,

Provincia de Santa Fe, por la suma de $4.000.000 otorgados por el

Ministerio de AGRICULTURA ($1.000.000) y de DESARROLLO SOCIAL

($3.000.000), y las posibles irregularidades señaladas en la

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implementación del PLAN DE VIVIENDA en la Provincia de Chaco –

presuntamente en las localidades de Miraflores y Villa Río

Bermejito-, que sería financiado con fondos del MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL. Ello así atendiendo, más allá de la prueba

reunida, conforme se detallará, al contenido de las entrevistas y

detalles aportados en el programa en cuestión.

Asimismo y conforme surja de la investigación

debería extenderse la investigación a realizarse a las posibles

irregularidades en lo que hace al manejo de los fondos asignados no

solamente al ente ejecutor Municipalidad de Quilmes sino también del

resto de los entes ejecutores que fueran receptores o ejecutores del

PROGAMA ARGENTINA TRABAJA, a efectos de establecer si se han

repetido en ese caso, similares maniobras a las aquí señaladas.

III.- LOS ELEMENTOS PROBATORIOS

A continuación he de exponer a V.S. las diligencias

probatorias que se han procurado en pos de la determinación del

acontecer histórico de aquellos episodios que habían sido

anoticiados y que a la fecha forman un cuadro probatorio suficiente

para en los términos del artículo 176 del CPPN, a los fines de

investigarse las circunstancias que rodearon los hechos que han

sido relatados en el apartado que antecede y su relevancia penal.

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a.- A fs. 6/67 se presentaron en la instrucción

preliminar los Concejales de la ciudad de Quilmes Fernando PEREZ,

Oscar GARCIA, Diego Fernando BUFFONE, María Luis SAHAGUN, -quienes

posteriormente ratifican el contenido de tal presentación- y los

diputados nacionales Miguel Angel BASSE; Juan Pedro TUNESSI,

Gerardo MILLMAN y Juan Carlos MORAN, a los fines de solicitar se

investiguen los delitos que a su entender se habrían cometido

durante la ejecución del Plan ARGENTINA TRABAJA en el partido de

Quilmes, Provincia de Buenos Aires.

Ello así, a raíz de lo que había surgido en la

emisión del Programa ya aludido, y en tanto las irregularidades

emergentes de tal noticia relacionaba a los proveedores de las

COOPERATIVAS del Plan ARGENTINA TRABAJA e involucraría además a

Francisco GUTIERREZ, Intendente Guillermo ROBLEDO, Secretario de

Producción, Alejandro TOZZOLA, Secretario de Hacienda, José Luis

PAVON, Director del Programa de Cooperativas, Julio SEVILLA,

Director Operativo de Reinserción Social, Leda CEJAS, Directora del

Area de Producción, Roxana GONZALEZ, Secretaria de Obras Públicas y

Hugo MUÑOZ, Director de Compras para los casos relacionados con

dicho distrito -en tanto figuraban como responsables de los

distintos pasos de las irregularidades puestas en conocimiento-, y

a los funcionario del Ministerio de Desarrollo Social involucrados,

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en tanto podrían haber impulsado u organizado estas prácticas o al

menos pagado y transferido los recursos nacionales afectados con

conocimiento de la trama fraudulenta que se desarrollaba -por lo

menos en Quilmes-.

Según los presentantes el 6 de agosto de 2009 el

Ministerio de Desarrollo Social de la Nación había dictado la

Resolución 3182/09 por la cual se creó el PLAN ARGENTINA TRABAJA

antes llamado PLAN INGRESO SOCIAL CON TRABAJO -cuyo objetivo era la

promoción del desarrollo económico y la inclusión social, generando

puestos de trabajo genuinos-, del cual se desprendía que los

recursos financieros del Programa provendrían de las partidas

presupuestarias del Ministerio de Desarrollo Social y de lo que

determinara el Poder Ejecutivo Nacional.

Explicaron que en cuanto a su ejecución, los fondos

para la adquisición de herramientas, materiales, o servicios serían

transferidos por el Ministerio en forma directa a los gobiernos

provinciales o municipales, mientras que el dinero correspondiente

a mano de obra sería transferido a las COOPERATIVAS o a los

integrantes de ella, por lo que era de presumir que el PLAN

implicaba el cobro de un ingreso mensual por persona por tareas en

obras y mantenimiento del espacio público y sólo podían accederse a

él las personas desocupadas que no percibieran ningún tipo de

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subsidio social, excepto la asignación universal por hijo. Estas

personas debían formar una COOPERATIVA, y luego quedar a cargo de

un ENTE EJECUTOR –municipio, provincia, o el Instituto Nacional de

Asociativismo y Economía Social-.

Asimismo analizan que en el caso de Quilmes, el

Ministerio de Desarrollo Social transferiría a la Municipalidad los

fondos para que ella contrate a los proveedores de las

COOPERATIVAS, siendo que dicho dinero era acreditado en una cuenta

del MUNICIPIO: la cuenta 50601 de la sucursal Quilmes del Banco de

la Provincia de Buenos Aires, dinero que no integraba el

presupuesto municipal ni su ejecución estaba sometida al sistema de

control provincial.

Según dicha presentación, en el marco del Convenio

suscripto con el Ministerio de Desarrollo Social, el Municipio de

Quilmes participaba activamente en el armado de las COOPERATIVAS,

por medio de Leda CEJAS, Directora del Programa de Cooperativas, y

de José Luis PAVON, Director del Programa de Cooperativas del

Municipio, tendiendo dicho Municipio una gran ascendencia sobre la

constitución y funcionamiento de las cooperativas.

A partir de dicho Convenio este último administraba

los fondos del programa y autorizaba las compras de materiales o

servicios. La municipalidad aprovechando la disponibilidad de los

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fondos, haría que las COOPERATIVAS contrataran la provisión de

servicios con particulares o empresas que en realidad no prestarían

ningún servicio; en tanto los particulares o empresas “proveedoras”

serían “puestas” por funcionarios para poder hacerse de los fondos

destinados a las contrataciones, tratándose de gente de bajos

recursos que, habiendo sido engañado, prestaría su nombre y su CUIT

para que se facturara la prestación de servicios o venta de bienes

a su nombre, o bien sujetos u organizaciones que consciente y

voluntariamente toman parte de la ejecución de estas maniobras

fraudulentas.

Señalan los casos de HUGO BLANCO y de ANDRES SERSING

que habían salido en la noticia periodística, tratándose de un

vecino del barrio La Ribera de Quilmes, y un jubilado,

respectivamente.

Para el caso de BLANCO señalan que habiendo obtenido

libertad condicional –en el marco de un proceso que se registraría

a su respecto-, se habrían contactado de la Municipalidad de

Quilmes para ofrecerle un trabajo..lo hicieron anotarse en la AFIP,

abrir una cuenta en el Banco Provincia y presentar facturas por

miles de pesos al Municipio. Por ello le prometieron $ 2300 por

mes.

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Que las facturas eran entregadas a José Luis PAVON,

funcionario de la Municipalidad de Quilmes, y que entre los años

2011 y 2012 había facturado a diferentes cooperativas $

1.945.441,63 habiendo sido facturado entre octubre y diciembre de

2011 $1.105.374,69 y $840.066,94 entre marzo y junio de 2012;

siendo que Julio SEVILLA, un funcionario de la Secretaría de

Derechos Humanos, es quien lo llevaba a cobrar y se quedaba con el

dinero. En resumen, refieren que BLANCO no había prestado servicio

alguno para el municipio y habría sido “usado” para cobrar fondos

públicos que habrían sido sustraídos o “retenidos” por

funcionarios.

Para el caso del aludido SERSING siendo éste un

jubilado que percibía $ 1800 por mes, encontrándose registrado para

movimiento de sueldos y preparación de terrenos para obras, y

alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de

operarios, en el año 2011 y 2012 facturó $5.348.102,21 a la

Municipalidad de Quilmes y en el año 2012 $ 2.023.660,80. Señalan

que en la entrevista SERSING había manifestado que desconocía el

monto de las facturas que surgían expedidas a las Cooperativas, y

que no había percibido los montos que facturó; siendo que esas

cosas “las arreglaban en la oficina” (en referencia al Municipio).

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Refieren que en ambos casos los niveles de vida que

mantenían los mencionados BLANCO y SERSING no condecían con los

millones facturados por año no registrando la cantidad de empleados

y experiencia que requeriría la función.

Respecto de los proveedores que surgen facturando a

las COOPERATIVAS y que integran las rendiciones al MUNICIPIO de

Quilmes como se verá aludieron los presentantes a las siguientes

irregularidades –en la presentación que se comenta y las

posteriores-:

TRANSPORTE KIL S.R.L. habría facturado al Municipio $ 4.621.230,17

entre 2011 y 2012, observándose una súbita alza de la facturación

posterior a la inscripción en AFIP que no se correspondía con la

posible capacidad operativa y empleados que registraba.

Al consultar la web de la AFIP no surgieron datos

más la facturación ascendía a los 4.735.828,37$ habiendo cobrado en

la misma fecha 29/5/12 un total de $ 2.013.974 es decir un 42.53 %

total de lo que le habían pagado

DAROM CONSTRUCCION S.R.L. había facturado 9.975.545,14 $ durante

2011 y 2012.

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ACOT S.A. facturó $ 1.799.408,23 entre 2011 y 2012. De la página

de la AFIP no surgían datos pudiendo registrar un pedido de quiebra

ante el Juzgado Nacional en lo Comercial nro. 17 secretaría nro.

34.

ANDRES SERSING si bien tampoco surgían datos en la AFIP cobró un

total de 5.348.102,21 $.

JOSE MIERE GONCALVEZ DE ARAUJO registraba una “baja decreto 1299/98

por falta de presentación de declaraciones juradas” a la par de

haber facturado $ 942.526,36.

OGUS SOCIEDAD DE HECHO (DI TORO) durante 2011 y 2012 facturó $

1.453.349,50.

KAVOS S.A. facturó $ 6.180.230,12.

ASOCIACION CIVIL PARADOS SOBRE LA ROCA facturó durante 2011 $

1.246.329,78.

CONCRETVIAL S.A. facturó en 2011 y 2012 $ 30.032.729,78.

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ALEJANDRO MARCELO VALENTE $ 6.001.328,98 entre 2011 y 2012,

declarando ante la AFIP la realización de tareas de construcción,

reforma y reparación de edificios no residenciales, y

residenciales, venta al por mayor de ladrillos, cemento, cal,

arena, piedra, mármol y materiales para la construcción y venta al

por menor de artículos de ferretería siendo curiosa la cantidad de

actividades que registra por ser una persona física.

DIEGO HERNAN PORTILLO facturó entre 2011 y 2012 $ 3.862.985,81 sin

poseer empleados, siendo que su actividad comercial es la de

reparación de edificios y transporte de carga.

Fue el PROVEEDOR que realizó la factura por el mayor

valor, que fue por un total de $ 1.366.525,73, pagado a la

COOPERATIVA LA NUEVA SANTA MARÍA el 27/3/12 a través de la orden de

pago 2320, desconociendo los denunciantes el motivo por el que

facturó ese monto, dadas las múltiples actividades que declaraba –

servicios relacionados con la construcción, construcción, reforma y

reparación de edificios no residenciales, construcción, reforma y

reparación de obras de infraestructura del transporte, transporte

automotor de cargas-.

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JUAN JAVIER DIAZ quien entre 2011 y 2012 facturó $ 3.291.800,47,

también sin contar con empleados.

El mencionado había facturado al Municipio $

3.291.800,47 durante 2011 y 2012 en tanto que Víctor Daniel DIAZ

facturó $ 1.357.251 a la Municipalidad entre 2011 y 2012,

resultando problable que se trate del mismo proveedor utilizando

dos nombre físicos.

SILVIA QUIROGA quien durante el 2011 y 2012 facturó $ 1.631.472,86

aparece como contadora y propietaria de una ferretería además de

trabajar en una escuela de Quilmes.

VICTOR DANIEL DIAZ, quien entre 2011 y 2012 facturó $ 1.335.679,32,

inscribiéndose recién en marzo de 2011. Que habiendo facturado más

de un millón de pesos, no tiene empleados y declara ante la AFIP

venta al por menor en establecimientos y al por mayor de máquinas y

herramientas de uso general, venta al por mayor de pintura y

productos conexos, ventas al por menor de artículos de ferretería,

venta al por mayor de productos de madera, excepto muebles, venta

al por mayor de flores y plantas naturales y artificiales y

servicio de transporte urbano de carga.

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ARIEL HECTOR MONTEAGUDO quien entre 2011 y 2012 facturó $

566.599.93, siendo sus actividades cultivo de flores, venta al por

menor de flores y plantas naturales y artificiales.

CARLOS AMADO GOMEZ que facturó entre 2011 y 2012 $ 757.630,46.

DIEGO DAMIAN BARREIRO que facturó entre 2011 y 2012 $ 279.246,50

realizando como actividades la venta al por menor de materiales y

productos de limpieza, transporte automotor de cargas, venta al por

mayor de máquinas, herramientas de uso general, venta al por menos

de artículos de ferretería, venta al por menor de semillas, abonos,

fertilizantes y otros productos de vivero, servicios de

asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizados por

integrantes de cuerpos de dirección en sociedades excepto las

anónimas y servicios de asesoramiento, dirección y gestión

empresarial.

GUSTAVO AMICO entre 2011 y 2012 facturó 573.199,93 $ siendo similar

su caso al de MONTEAGUDO, al tratarse su actividad principal de

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cultivo de flores, y la actividad secundaria a la venta al por

menor de flores y plantas.

Señalan los presentantes que a partir de los pagos

realizados a AMICO y a MONTEAGUDO, el Municipio de Quilmes había

invertido más de un millón de pesos para comprar flores y plantas

por intermedio de las COOPERATIVAS, siendo que ninguna de las

personas físicas estaba inscripta en bienes personales.

CK INTERNACIONAL INC. SA a la que se le declaró la quiebra el

26/8/11 –por el Juzgado Nacional en lo Comercial nro. 17,

secretaría nro. 33-, resulta que su situación es irregular ante la

AFIP, había cobrado un total de 178.728,27 $ y si se le había

decretado la quiebra en agosto de 2011 era muy factible que en las

fechas en que facturó a las COOPERATIVAS ya estuvieran en cesación

de pagos.

LITO ARNOLDO MARTINEZ, el proveedor tiene como fecha de alta de

impuestos en AFIP junio de 2011, registrando pagos en febrero 2011.

es decir 2 meses después de su inscripción, registrando pagos muy

próximos a la fecha de alta en la AFIP donde había declarado

“servicio de transporte urbano de carga, servicios de transporte

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automotor de pasajeros mediante taxis y remises, alquiler de autos

con chofer.”

Así concluyen que el Ministerio de Desarrollo Social

de la Nación había transferido dinero para adquirir insumos,

bienes, servicios o herramientas para que las cooperativas

desarrollaran su actividad, habiendo convocado funcionarios

municipales bajo engaño o asociándose irregularmente, a

particulares o empresas, para que facturaran bienes o servicios que

nunca habían sido entregados u otorgados, quedando el dinero en

poder de los funcionarios, habiendo tomado parte de ello algunas

autoridades de las COOPERATIVAS.

Que los funcionarios se habían quedado con el

dinero, mientras que los bienes y servicios nunca habían llegado a

las COOPERATIVAS ni se habrían ejecutado las obras y mantenimiento

del espacio público para los que el PLAN FEDERAL había sido

concebido.

Señalan la existencia de dos causas penales que

habían sido iniciadas con posterioridad a la emisión del Programa

Periodismo para Todos del 23/9/12, una de ellas auto exculpatoria

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de algunos cooperativistas ante una Comisaría de Solano, Provincia

de Buenos Aires, donde se intentaría atribuir a terceros la

supuesta sustracción de elementos aportados por proveedores; y la

otra, ante la UFI 10 de Delitos Económicos de Quilmes, donde habría

declarado Hugo Fabián BLANCO quien habría ratificado y ampliado los

dichos televisivos, haciendo referencia a una reunión con el propio

Intendente de Quilmes.

En el marco de la presentación de referencia,

acompañaron 38 planillas donde constan las contrataciones

realizadas por los PROVEEDORES con las COOPERATIVAS durante los

años 2011 y 2012, las constancias recabadas sobre inscripción en

la AFIP y una planilla con análisis de la situación tributaria de

los contribuyentes señalados.

Asimismo los mencionados se presentaron en autos

aportando una información ampliatoria de la denuncia oportunamente

a raíz de una entrevista radial que habría dado Silvia QUIROGA, una

de las proveedoras de las COOPERATIVAS, que habría sido realizada

en la radio Quilmes FM 106.5 en el programa “Estación Quilmes” del

2 de octubre próximo pasado –que adjuntaron en CD- quién posee,

CUIT 23.12.622.614-4. Dicha persona según manifiestan se encuentra

inscripta ante la AFIP como contadora, sería dueña de una

ferretería y que trabaja en una escuela de Quilmes, y durante el

23

Page 24: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

2011 y 2012 facturó $ 1.631.472,86 al Municipio de Quilmes, como

PROVEEDORA de varias COOPERATIVAS del PLAN ARGENTINA TRABAJA, quien

afirmó que es contadora pública desde hace 25 años, y que desde el

2007 tiene una ferretería.

Los mencionados presentantes señalaron que la

mencinada QUIROGA había manifestado que debió presentarse como

PROVEEDORA del Municipio y luego de las COOPERATIVAS para ampliar

su negocio; y que según sus dichos la mencionada le había vendido a

la Municipalidad carretillas, palas, trompos, cepillos y

mezcladores.

Que QUIROGA había explicado que se había acercado a

la Municipalidad de Quilmes por una cuestión de proximidad

geográfica y que el municipio realizó varias contrataciones, lo que

había motivado que la empresa “tuviera mucha facturación”,

resultándoles llamativo –a los presentantes- que las únicas

contrataciones que registraría la mencionada habrían sido con la

Municipalidad, y la cantidad de tales contratos. En esa ocasión los

Consejales de Quilmes aportaron copia del audio en cuestión el que

obra entre la documentación reservada.

Asimismo los mencionados se presentan a ampliar la

denuncia a fs. 256/261 en relación al análisis efectuado sobre los

pagos realizados por el Municipio de Quilmes a las empresas o

24

Page 25: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

personas PROVEEDORAS de las COOPERATIVAS del PLAN ARGENTINA TRABAJA

manifestando que el circuito de pagos a los proveedores de las

COOPERATIVAS del mencionado PLAN se daba de las siguientes manera:

los proveedores le facturaban a las COOPERATIVAS, y éstas

presentaban las facturas en la Municipalidad, la que por otro lado

tenía la obligación de chequear las obras y materiales facturados y

autorizar los pagos.

Que el pago era autorizado por la Secretaría de

Obras Públicas y Producción, siendo la Dirección de Compras y la

Secretaría de Hacienda la que realizaba directamente el pago a los

proveedores emitiendo cheques a su nombre.

Asimismo resaltaron otras apreciaciones respecto de

los siguientes proveedores. Indican que respecto de Carlos GOMEZ y

Marta Elizabeth ZARZA éstos eran PROVEEDORES a título individual, y

habían facturado $1.357.251,21 y $345.981,26, respectivamente, que

el 25/6/06 constituyeron YEG SRL con domicilio en Zuviría 695 de

esta ciudad. Respecto de Silvia QUIROGA habían señalado que en

agosto 2011 había constituido la firma MARTON SRL junto a Sebastián

Manuel ERMIDA y Karina Paula AURELLO resultado como objeto social

la venta al por mayor de artículos de ferretería y herramientas

industriales.

25

Page 26: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Asimismo explicaron que de la información llegada a

su conocimiento surgían ciertos hallazgos que puntualizaron,

manifestando que:

Había 11 pagos realizados por un mismo importe por diferentes

COOPERATIVAS a lo largo de dos años, a 2 proveedores

distintos, resultando al menos llamativo que diferentes

proveedores facturaran el mismo importe en reiteradas

ocasiones con diferentes actividades.

Que en el caso de CONCRETVIAL SRL era muy llamativo que había

recibido 32 pagos por $ 8.367,03 cinco pagos por $27.351,69,

seis pagos por $ 27.339,41, cuatro por $ 7.199,89, 17 pagos

por $ 5.399,92, 5 por $ 5.399,90 y cuatro pagos por $

4.318,51, siempre por parte de diferentes COOPERATIVAS.

Que para el caso del proveedor VALENTE se le habían pagado el

mismo importe de 217.211,40 tanto en 2011 como en 2012, como

así también que los proveedores CONCRETVIAL y VALENTE habían

cobrado el mismo día, por la misma orden de compra –nro. 1434-

y de la misma COOPERATIVA –PATRIA SOLIDARIA- la misma suma de

dinero: $ 166.713,233, cuando CONCRETVIAL se dedicaría al

rubro de la construcción, en tanto DIAZ VICTOR se dedicaría al

“servicio de transporte urbano de carga”.

26

Page 27: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Que igual coincidencia surgía respecto de: CONCRETVIAL y KAVOS

respecto a un pago idéntico del 2011 por 115.198,20 y de DIAZ

VICTOR y SERSING ANDRES por 113.503,37 ambos del 01/6/12,

siendo que en tanto el primero se dedicaría al “servicio de

transporte urbano de carga”, la actividad del segundo sería

“movimiento de suelos y preparación de terrenos para obras –

alquiler de equipo de construcción o demolición dotado de

operarios”

Por su parte la COOPERATIVA LOS PICAPIEDRAS pago a dos

proveedores diferentes exactamente la misma cifra –cuando

cada proveedor realizaría actividades diferentes. Con el mismo

número de orden de pago emitida el mismo día y año.

Señalan así también que en el caso de las COOPERATIVAS AGUSTIN

RAMIREZ, LA FLORIDA, PALABRA DEL PUEBLO Y SOLANO 2, aparecen

pagos en la misma fecha por el mismo monto cuando los

proveedores VOLTA, DAROM y CONCRETVIAL que aparecen facturando

realizan actividades que no guardan relación alguna entre sí:

VOLTA Ambiental se dedica a Servicios de Saneamiento Público

Venta al por mayor de maquinarias herramientas de uso general;

DAROM a construcción, reforma y reparación de obras de

infraestructura del transporte, construcción, reforma y

reparación de redes, servicios agrícolas, venta al por menor

27

Page 28: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de artículos para el hogar, venta al por mayor de ladrillos,

cemento, cal, arena, piedra, mármol y materiales para la

construcción y CONCRETVIAL se dedicaría a la construcción. Las

cuatro aparecen facturando en abril de 2010 $100.198,43.

Asimismo aluden que respecto a Silvia QUIROGA había recibido

25 pagos por el mismo importe: 30.497,14 $ entre el 13/1 y el

23/11 a 25 COOPERATIVAS diferentes, habiendo recibido asimismo

otros veinticuatro pagos –por el mismo importe $ 17.392,06-

entre el 8/2 u el 17/3 del 2011 que fueron realizados por

veinticuatro cooperativas diferentes.

Se detecto que la COOPERATIVA AGUSTIN RAMIREZ pagó la misma

cantidad de dinero al mismo proveedor MARINO CETRA E HIJOS con

dos meses de diferencia: el 16/2 Y EL 06/4/11 un monto de $

107.142.

En este sentido los presentantes acompañaron un

listado de facturación por cada uno de los proveedores, y de la

totalidad de la facturación y su detalle por proveedor, durante el

año 2011 y 2012.

A fs. 159/160 obra una ampliación de la presentación

realizada por los mencionados Concejales donde exponen otras

28

Page 29: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

irregularidades detectadas en el ámbito de la Municipalidad de

Quilmes respecto de las contrataciones que, con emolumentos

remitidos por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL habrían realizado

las COOPERATIVAS, a instancia de la Municipalidad.

Refieren que a partir de un análisis realizado de la

web del I.N.A.E.S. y de la A.F.I.P. sobre las COOPERATIVAS del PLAN

ARGENTINA TRABAJA de Quilmes que contrataron con los PROVEEDORES

mencionados más arriba, se detectó:

Que podía haber COOPERATIVAS que no hubieran aparecido en la

web del sitio, en tanto otras aparecerían inscriptas varias

veces, ya sea con nombres iguales o similares, pero ninguna

perteneciente a Quilmes tratándose ellas de la COOPERATIVA DE

VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO PRIMERO DE MAYO LIMITADA y la

COOPERATIVA DE TRABAJO EL TREBOL LIMITADA.

Que otra de las COOPERATIVAS, LA ESPERANZA, aparecía

registrada en varias localidades, más no en Quilmes,

tratándose quizá de la COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA

LIMITADA, registrada bajo el número 25603 en el INAES y cuyo

CUIT era 30.70883583-4; agregando que había una COOPERATIVA

que no se podía identificar tratándose de la COOPERTATIVA DE

TRABAJO AGUSTÍN RAMIREZ II LIMITADA, la COOPERATIVA DE TRABAJO

29

Page 30: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

LA NUEVA AGUSTIN RAMIREZ LIMITADA y la COOPERATIVA DE TRABAJO

AGUSTÍN RAMIREZ VIVE LIMITADA.

Así, de todos los hallazgos que realizaron concluyen

los presentantes que habían sido localizadas 58 COOPERATIVAS

de las cuales 2 no registraban domicilio en Quilmes, 3 que

tenían nombre similar y que se inscribieron en 2012, siendo

que 1 COOPERATIVA se inscribió en 2004, 16 el 2/3/09, 6

COOPERATIVAS aparecen inscriptas el 4/3/09, 9 el 5/3/09, 11 el

19/10/09, 6 COOPERATIVAS aparecen inscriptas el 20/10/09 y 3

el 22/10/09, 23/10/09 y el 2/11/09, respecivamente,

concluyéndose que el 31 % de las mismas se inscribió el mismo

día -2/3/09-, el 60% entre el 2 y el 5/3/09 y el 37 %

restante entre el 19 y el 23/10/09.

De otra parte dos COOPERATIVAS compartirían el mismo domicilio

calle Ribereña las Piedras 4081 B° entre 839 y 838 tratándose

de COOPERATIVA DE TRABAJO LA SOLANENSE LIMITADA y TITO TAVERNA

LIMITADA.

Asimismo señalan que de la información remitida por la AFIP la

COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA DE CRECER LIMITADA habría

incumplido una obligación frente al organismo, surgiendo de la

página web del organismo que “registra baja por falta de

presentación de declaraciones juradas, solicitándose que

30

Page 31: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

regularice la situación en la dependencia”, siendo que de las

COOPERATIVAS cuyo CUIT localizaron once detentan como fecha de

contrato social el mismo día -13/2/09-, se dieron de alta el

mismo mes –mayo de 2009- y en los mismos impuestos –IVA y

fondo para educación y promoción cooperativa-, declarando

todas la misma actividad –construcción n.c.p.-

b.- LA INFORMACION BANCARIA

Obra a fs. 161, 163 –entre otras que seguidamente se

detallarán- información aportada por el Banco de la Provincia de

Buenos Aires, sobre las cuentas bancarias de los PROVEEDORES que

habían sido peticionadas.

Se informa así que no surgían cuentas abiertas a

nombre de Transporte KIL S.R.L., ACOT, Juan Javier DIAZ, Victor

Daniel DIAZ ni a nombre de María Pía VILARDEBO, asimismo se

informaron los movimientos de la cuenta 5032-001-6431/2 a nombre de

CARLOS AMADO GOMEZ y la cuenta 5032-001-50227/8 a nombre del

mencionado, siendo el mencionado Socio Gerente de la Sociedad YEG

SRL.

Se indica en los informes que según lo informado en

la sucursal Bernal, provincia de Buenos Aires, Alejandro Marcelo

VALENTE, registraba cuenta a la vista, cancelada a la fecha,

31

Page 32: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

tratándose de la caja de ahorros 5175003-13804/5 abierta en

diciembre de 2001 y con cierre en 2007, tratándose éste del único

autorizado para operar, bajo la modalidad unipersonal, no

registrando movimientos desde su apertura hasta su cierre.

Que asimismo en la sucursal Berazategui Carlos Amado

GOMEZ registraba dos cuentas; una cuenta corriente 6431/2 abierta

desde abril 1992 donde operaba el mismo titular y se otorgaba

autorización a favor de Marta ZARZA y cuenta corriente nro. 50227/8

abierta en agosto de 2007 donde el titular es YEG SRL, y del que

Carlos Amado GOMEZ es Socio Gerente de la Sociedad y el único que

operaba en la cuenta.

Asimismo el Banco Provincia acompañó información

remitida por la sucursal Quilmes Oeste, informando que Silvia

QUIROGA mantenía abiertas en la mencionada sucursal cuantas sueldo

5009-502707/1 y 502792/6 cuyas aperturas operaron el 19/4/11 y el

29/4/11 respectivamente; que la firma OGUS SOCIEDAD DE HECHO

poseía en la sucursal San Francisco una cuenta en pesos la giraba

sobre fondos propios, y que la firma CONCRETVIAL SRL registraba una

cuenta en la sucursal Varela, cuenta corriente en pesos 5114-

50150/3 de fecha 13/5/05, y la caja de ahorro en pesos

5114/500677/5 con fecha de apertura 24/5/05, siendo sus socios

gerentes Carlos Alberto TOLEDO y Laura Estefanía TOLEDO.

32

Page 33: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

De otra parte se informa que Andrés SERSING también

resultaba titular de cuentas en la sucursal Florencio Varela,

provincia de Buenos Aires, específicamente cuenta corriente en

pesos 5114-51357/9 con fecha de apertura 23/5/11, cuenta

unipersonal, y operaba con fondos propios sin autorización para

girar en descubierto, resultando además titular de la caja de

ahorro 5114-509668/5, con apertura el 19/1/09 incorporándose como

apoderado desde el 23/5/11 Jonatan Sebastián SERSING.

Asimismo Diego Hernán PORTILLO es titular de la

cuenta 5114-50603/12 con domicilio en Intendente Bengochea 644

Florencio Varela.

A fs. 228/229 se remite información sobre Hugo

Fabián Blanco, con los movimiento de la cuenta corriente 50729/7 a

su nombre y de la firma KAVOS SA –cuenta corriente 50414/4-, con

los datos de sus titulares actuantes intervinientes y movimientos.

Asimismo en esa oportunidad se remitieron los

movimientos de las cuentas corrientes a nombre de Diego Damián

BARREIRO –nro. 50387/5 y 50750/1 a nombre de INTECNO SA-, Gustavo

José AMICO cuenta corriente 50413/7, Ariel Héctor MONTEAGUDO cuenta

corriente 50412/0, ASOCIACION CIVIL PARADO SOBRE LA ROCA cuenta

corriente 50708/2 y sus apoderados y firmantes, Silvia QUIROGA caja

33

Page 34: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de ahorro 52137/1, Alejandro Marcelo VALENTE cuenta corriente

50706/8 y CONCRETVIAL cuenta corriente 50698/0.

A fs. 354/359 y 360 el Banco de la Provincia de

Buenos Aires remitió listados de las cuentas que registraba en la

sucursal Quilmes por parte de la Municipalidad de Quilmes y los

autorizados para operar en los mismos; asimismo a fs. 371 aportó

movimientos de la cuenta 5009-502707/1 y 5009-502792/6 a nombre de

Silvia QUIROGA: abiertas el 19/4/11 y el 29/4/11 respectivamente.

Se informa asimismo que la titular tuvo activa otra caja de ahorro

bajo el número 17810/1 cerrada, adjuntándose asimismo extractos

bancarios de la cuenta corriente 5087-5060/1 desde su apertura a la

fecha, observándose depósitos en efectivo realizados por el

Municipio y cheques emitidos por la Municipalidad de Quilmes,

procedentes de otra cuenta corriente de la mencionada sucursal.

A fs. 282 el Banco de la Nación Argentina remitió la

información con la que contaba en su poder respecto de la MUTUAL

PRO-FRUT, cuenta corriente 21.400.091/29 de la que surge que la

misma resultaba inscripta en el Instituto Nacional de Asociativismo

bajo el número 1954 del 15/6/2005 bajo la matrícula SF 1579 de la

provincia de Santa Fe, y tendría como objeto –según información que

surge de las copias acompañadas-, el cultivo de bulbos, brotes,

raíces y hortalizas de frutos N.C.P.

34

Page 35: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

c.- LA INFORMACION TRIBUTARIA

Asimismo se agrega a fs. 162 nota remitida por la

Jefa de la División Oficios de la Dirección de Secretaría General

de la Administración Federal de Ingresos Públicos, por la que se

remitió la información obrante en la Administración Federal de

Ingresos Públicos por consulta por pantalla * Hugo BLANCO CUIT 20-

21648064-4, * Andrés SERSING CIUT 20-07550879-5 –proveedor

municipal 3741-, * TRANSPORTES KIL SRL CUIT 30-71213349-6, * DAROM

CONSTRUCCIONES SRL CUIT 30-70713000-4, * ACOT S.A. CUIT 30-

70750644-6, * OGUS SOCIEDAD DE HECHO (DI TORO) CUIT 30-70284357-6,

KAVOS S.A. CUIT 33-70714482-9;, CONCRETVIAL SA; ALEJANDRO MARCELO

VALENTE CUIT 20-18602291-3, DIEGO HERNAN PORTILLO CUIT 20-25650504-

6, JUAN JAVIER DIAZ CUIT 20-23772160-6; SILVIA QUIROGA CUIT 23-

12622614-4, VICTOR DANIEL DIAZ CUIT 20-25614120-6, MARIA PIA

VILARDEBO CUIT 27-22798883-0, ARIEL HECTOR MONTEAGUDO CUIT 20-

20366530-0, CARLOS AMADO GOMEZ CUIT 20-18373968-8, DIEGO DAMIAN

BARREIRO CUIT 23-23431073-9, GUSTAVO AMICO CUIT 20-16965238-5, no

existiendo constancias sobre la ASOCIACION CIVIL PARADOS SOBRE LA

ROCA.

d.- OTRAS PRUEBAS

35

Page 36: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

En el marco de la liminar acreditación de los hechos

correspondientes a la instrucción preliminar, se agregó a fs.

297/298 informe sobre la causa ACOT SA S/ pedido de quiebra de

Nuñez Alejandro José, del registro del Juzgado Nacional de Primera

Instancia en lo Comercial nro. 17 secretaría nro. 34, donde se

había desistido el 17/8/10 la acción promovida.

Se agregan así también copias de la IPP 13-00-

020996-12 del registro de la Fiscalía de Instrucción nro. 10 del

Departamento Judicial de Quilmes –donde obran copias del legajo

128/C seguido contra Hugo Fabián BLANCO en trámite ante el Juzgado

de Ejecución Penal nro. 2 departamental-, las que se corresponden

con declaraciones testimoniales brindadas por Claudia Alejandra

Duarte y Hugo Fabian Blanco Retamal.

Según surge de tales constancias la primer nombrada

manifestó en aquella causa que tenía conocimiento de maniobras

irregulares que se habrían desarrollado en el Centro de Reinserción

Social PARADO SOBRE LA ROCA por parte de su director, Julio

SEVILLA, manifestando que su marido no recibió el sueldo en varias

oportunidades y que según SEVILLA, el motivo era la falta de

trabajo que sobre el centro pesaba. Que ella había recibido

llamados durante el mes de agosto por parte de SEVILLA, amenazando

a su marido y proliferando varios insultos contra de ambos. Que

36

Page 37: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

ella sugirió a su marido retirarse del centro al advertir que los

fondos entregados por la Municipalidad de Quilmes y destinados a

abonar los sueldos y a la compra de materiales no cumplían con ese

fin.

Por su parte de la copia de la declaración

testimonial de Hugo Fabián BLANCO RETAMAL tomada en aquella sede

surgía que en el mes de marzo de 2010 había comenzado a prestar

tareas en el CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL PARADOS SOBRE LA ROCA

hasta aproximadamente mayo de este año, oportunidad en la cual dejó

de concurrir luego de tomar conocimiento de manera fehaciente, de

la irregular administración de los fondos del mencionado centro por

parte de su Director Julio SEVILLA. Que el mencionado no pagaba los

sueldos de los empleados y que inclusive alguno de ellos dejó de

concurrir por falta de pago.

Que otra modalidad era hacer firmar el recibo por un

monto determinado muy superior al que efectivamente le era

entregado al empleado, expresando que según advirtió a principios

de este año el sueldo se le había reducido de 1600 a 1200 $ durante

2010 a 2011, advirtiendo manejos extraños por parte de SEVILLA

relacionados con la falta de pago a varios empleados, pese a

conocer que la municipalidad le hacía entrega de un monto

determinado de dinero.

37

Page 38: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Según tales copias, el mencionado BLANCO RETAMAL

había manifestado que personalmente concurría a la Municipalidad de

Quilmes a retirar los cheques y posteriormente concurría al Banco

Provincia junto a Julio SEVILLA y Niceto Antonio CAÑETE –tío de

Sevilla- a retirar la plata que debería ser destinada para el pago

de empleados y compra de materiales y maquinaria. Que ello lo hacía

ya que fue solicitada su colaboración para la operatoria, mediante

la utilización del CUIT personal, hasta que en el mes mayo del

corriente, decidió retirarse al observar las maniobras que SEVILLA

llevaba a cabo con el tema de la plata. Que según sabía el centro

de reinserción social se encontraba cerrado –aproximadamente hace

cuatro meses- ya que no recibiría los fondos necesarios para seguir

continuando su marcha y que inclusive hace ocho meses que el dueño

del galpón –Miño- no percibe el alquiler.

Manifestó finalmente querer exponer lo sucesivo por

no tener injerencia en las irregularidades que en el Centro de

Reinserción Parados sobre la Roca se desarrollaban.

De otra parte al tiempo de su ratificación, el

mencionado agregó que una vez obtenido el CUIT ante la AFIP para

poder facturar y anotado –a instancias de Julio SEVILLA, de la

Municipalidad-, como monotributista, el mecanismo de pago para las

tareas que desarrollaban integraban la entrega de dinero en el

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Page 39: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Edificio de la Municipalidad de Quilmes –dinero que era entregado

para poder armar las cunas-, cuyo monto ascendía a la suma de $

30.000 que provenían de la Nación a través del Ministerio de

Desarrollo Social, concurriendo a cobrar el cheque junto a SEVILLA,

quien se llevaba el dinero, yendo éste a comprar los materiales que

después le llevaban, comprándose los materiales a la Empresa

Misionero en Solano. En particular admitió que “las facturas las

hacía Sevilla” y que las mismas se encontraban en la tesorería de

la Municipalidad.

Conforme las constancias remitidas, la IPP de la

referencia habría sido remitida por incompetencia al Juzgado

Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 5, de esta

ciudad, causa 10.331/12 que se habrían iniciado en razón de los

hechos que surgían de las declaraciones testimoniales de los antes

mencionados –véase al respecto declaración de incompetencia

ordenado por el Sr. Juez a cargo del Juez de Garantías nro. 3 del

Departamento Judicial de Quilmes –ver fs. 202/219

Por otro lado a fs. 91/158 de la instrucción

preliminar, se agregan constancias extraídas de sitios públicos

sobre el asunto de autos, en particular sobre las autoridades de la

Municipalidad de CORONDA de la que Cristian Mariano BARTOLOTTO

resultaba su INTENDENTE MUNICIPAL, su Secretario de Gobierno

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Page 40: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Ricardo RAMIREZ y su Secretario de Hacienda Mauricio CAVALLERO,

siendo las funciones de la Secretaría de Acción Social a cargo de

Haydée FERNANDEZ, fomentar acciones que tiendan a mejorar y elevar

la calidad de vida de un núcleo importante del sector más

vulnerable de nuestra ciudad, así como también apuntar al

crecimiento y al desarrollo de la ciudad.

Por su parte de la página de la Municipalidad de

Quilmes surge Francisco GUTIERREZ como su Intendente, siendo

Alejandro TOZZOLA Secretario de Hacienda, Roxana GONZALEZ

Secretaria de Planeamiento Estratégico, Obras, Gestión Pública,

Tierras y Vivienda, Guillermo ROBLEDO su Secretario de Desarrollo

Económico Local, Producción y Empleo, y Valeria ISLA como

Secretaria de Desarrollo Social entre otros funcionarios allí

identificados.

De otra parte del sector de la web relacionado con

la Secretaría de Desarrollo Social del Municipio surge que la

Secretaría en cuestión había elaborado líneas de trabajo basadas en

la participación de la transparencia, el fortalecimiento del

ingreso y el aumento de la cobertura y de la inversión social, para

lo que habían coordinado iniciativas locales y programas

provinciales y nacionales con el objetivo de intervenir

40

Page 41: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

directamente en las situaciones de pobreza que afectaban a miles de

familias quilmeñas.

De otra parte se señala como líneas de trabajo: el

Programa Fortalecimietno del Ingreso y Seguridad Alimentaria; la

participación en Mesas Participativas de gestión Barrial; tareas

para infancia y adolescencia de la Subsecretaría de Política

Integral de Promoción y Protección de derechos de la Infancia y

Adolescencia; el Consejo Local de Promoción y Protección de

derechos del Niño y Adolescente; y las actividades de Inclusión

Social y emergencia; todo lo cual permitió trabajar directamente

con grupos sociales en situación de vulnerabilidad, fortalecimiento

la organización y participación de organizaciones sociales, redes y

territorios, aplicando políticas de promoción y protección de

derechos de las infancias y adolescencias y difundiendo materiales

a vecinos, vecinas e instituciones de Quilmes con el objetivo de

brindar información que contribuyera a los Derechos Sociales.

Por su parte se recabó así también información sitio

web del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a cargo de la

Sra. Ministro la Dra. Alicia KIRCHNER, el Secretario de Economía

Social Dr. Sergio CIPOLLA, el Secretario de Coordinación y

Monitoreo Institucional el Contador Carlos Caniel CASTAGNETO, la

Secretaría de gestión y Articulación institucional el Dr. Juan

41

Page 42: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Carlos DADALICH, el Secretario de Organización y Comunicación

Comunitaria la Nut. Inés del Carmen PAEZ D´ALESSANDRO, el

Secretario Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia el Dr.

Gabriel LERNER, y el secretario de Deporte el Dr. Claudio MORRESI,

Asimismo se destaca la existencia del Consejo

Nacional de Coordinación de Políticas Sociales que detenta como

presidente a la Dra. Alicia KIRCHNER y como Secretaria Ejecutiva a

la Dra. Matilde MORALES.

Respecto del PLAN ARGENTINA TRABAJA la página del

Ministerio de Desarrollo Social da cuenta de que dentro de la

cartera se habían implementado líneas de acción a los fines de

colaborar en la generación de empleo digno y genuino, en base a la

promoción de producción sustentable en las distintas etapas, que

consistían en: INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, PROYECTOS

SOCIOPRODUCTIVOS “MANOS A LA OBRA”, MARCA COLECTIVA, MICROCREDITOS,

MONOTRIBUTO SOCIAL.

III.- EL PLAN ARGENTINA TRABAJA

a.- A fs. 193/195 se agrega un informe del Director

de Asuntos Jurídicos de la Dirección de Asuntos Jurídicos del

Ministerio de Desarrollo Social por el que se acompañó la totalidad

de la documentación relacionada con los hechos de autos,

42

Page 43: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

informándose asimismo sobre la operatoria del PROGRAMA ARGENTINA

TRABAJA.

Surge de dicho informe que la Ley de Presupuestos

nro. 26.728 y la Decisión Administrativa 01/2012 establecieron que

la ejecución del Programa se realizó a través de la transferencia

de una partida presupuestaria nro. 5.7.6, bajo la modalidad e

subsidio no reintegrable, manifestándose en el informe que el Ente

Ejecutor era el responsable de llevar a cabo acuerdos o contratos

que estimare pertinentes para la ejecución del Programa en su

jurisdicción –conforme artículo 5 del Convenio que seguidamente se

detallará-.

Asimismo acompañaron copia de los informes del Área

de Rendición de Cuentas, referidos a la rendición presentada –en

este caso- por la Municipalidad de Quilmes en su carácter de ente

ejecutor, y de los expedientes E62962-2010, E 31597-2011 Y E

1179690-2011 por los cuales se tramitó la rendición de cuentas

presentada por el Municipio de Quilmes donde obraran copias de las

facturas e informes sobre la condición fiscal del emisor de cada

una de ellas.

En lo relacionado con el presupuesto de ese

Ministerio para la ejecución del Programa se informó la asignación

43

Page 44: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

total de 970.989.466 $ en el año 2010, 979.062.227 $ en el año 2011

y 686.837.400 $ en el año 2012.

De dicha asignación, le correspondieron a la

Municipalidad de Quilmes –como ejemplo del caso-: 401.800 $ y

27.223.712$ para el año 2010, 7.956.948$ y 57.868.810$ para el año

2011 y 31.675.210$ y 26.193.600$ para el año 2012.

Se informó a su vez que no constaban convenios

firmados con las provincias de Chaco y Santa Fe como Unidades

Ejecutoras del Programa, ni tampoco financiamiento de planes de

vivienda –ello con relación a los requeridos respecto de las

localidades de Villa Rio Bermejito y Miraflores, de la provincia de

Chaco-. Así tampoco obraban registros en dicho Ministerio sobre

transferencias y otorgamientos de subsidios a dicha Cooperativa

PROFRUT.

Asimismo informa que en relación a las

transferencias a favor de las COOPERATIVAS, ese Ministerio de

Desarrollo Social abonaba el Incentivo para el DESARROLLO DEL

CAPITAL HUMANO EN LA ECONOMIA SOCIAL que se liquidaba

periódicamente en base a los resultados que registrara e informara

al Ministerio cada Ente Ejecutor relacionado con la participación

de la persona física correspondiente en las acciones del Programa

para el período de que se tratara.

44

Page 45: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Que la percepción anual de dicho incentivo se

efectivizaba a través del Banco de la Nación Argentina mediante el

depósito en cuenta bancaria personal, cuya apertura y emisión

tramita el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Finalmente aporta copia certificada de los informes

elaborados por la Sindicatura General de la Nación, la Universidad

de Buenos Aires, la Universidad Tecnológica Nacional y el Tribunal

de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

b.- La normativa

A.- RESOLUCIÓN nro. 3.182 , Ministerio de Desarrollo Social , a cargo

de la Ministra Dra. Alicia M. Kirchner, del 6 de agosto de 2009:

Prevé como objetivos:

1.- Crear en el ámbito de ese Ministerio el “Programa de ingreso

Social con Trabajo”, que dependerá de la Unidad Ministro.

2.- Tendrá por objeto fundamental la promoción del desarrollo

económico y la inclusión social a través de la generación de

trabajo genuino, con igualdad de oportunidades, fundado en el

trabajo organizado y comunitario, impulsando la formación de

organizaciones sociales de trabajadores.

3.- ANEXO:

45

Page 46: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- Los recursos operativos provendrán de las partidas

presupuestarias correspondientes al presupuesto del Ministerio de

Desarrollo Social y los que determine el Poder Ejecutivo.

- El programa será ejecutado por un área con competencia específica

de la que dependerán5 coordinaciones que articularán acciones con

los Ministerios de Planificación, Educación, Salud, Trabajo; Empleo

y Seguridad Social y Economía y Finanzas.

- Ámbito de actuación en todo el territorio Nacional.

-La política programática se implementará mediante el otorgamiento

de subsidios a Gobiernos Pciales., Municipales y cooperativas de la

ley 20.337 o Asociaciones Mutuales de la Ley 20.321.

-El objeto específico de los subsidios será efectivizado desde el

Ministerio de Desarrollo Social y consistirá en la transferencia de

fondos para la adquisición de herramientas, materiales y/o

servicios. Los fondos podrán ser transferidos en forma directa a

los gobiernos pciales, Municipales, cooperativas de trabajo y/o

Asociaciones Mutuales, mientras que los fondos correspondientes a

mano de obra serán transferidos directamente a las cooperativas de

trabajo de la resolución INAES nro. 3026/06; o alos propios

integrantes de las mismas.

-Mas allá de las acciones de monitoreo y seguimiento de las áreas

programáticas pertinentes, en las etapas de relevamiento, estudio

46

Page 47: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de factibilidad y evaluación periódica y final en cuanto a la

ejecución de los proyectos subsidiados, se podrá convenir el apoyo

técnico de Universidades Nacionales.

B.- DECRETO NACIONAL NRO. 1.067/2009. del 14/8/09 que prevé:

1.- El Programa de Ingreso Social con trabajo estará a cargo de la

Unida Ejecutora de Ingreso Social con trabajo, cuyo titular tendrá

rango y jerarquía de Subsecretario.

2.- Se faculta a la Ministra de Desarrollo para conformar

estructura y dotación con carácter de excepción a lo dispuesto por

el Decreto 491/02.

3.- Ministerio de Economía asignará partidas presupuestarias del

Ministerio de Desarrollo Social y/o de otras jurisdicciones,

pudiendo emitir deuda para el cumplimiento de los fines del

programa y su financiamiento.

C.- RESOLUCIÓN NRO. 1.499 del 28 de febrero de 2012 del Ministerio

de Desarrollo Social suscripta por el Cdor. Carlos D. Castagneto,

Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional por el cual:

1.- Instruye a la Unidad Ejecutora para que se incluya la

elaboración e implementación de componentes de obra que en base a

la capacidad técnica de las personas físicas intervinientes,

contemplen una mayor especificidad y especialización de las

cooperativas de trabajo alcanzadas, logrando mayor beneficio para

47

Page 48: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

la comunidad, teniendo en cuenta componentes hídrios, sanitarios,

productivos que puedan dotar de insumos a los módulos proyectados

en el marco del programa,.

2.- Autoriza a pautar incentivo por producción a favor de las

cooperativas intervinientes de 300 pesos y uno por presentismo de

250 pesos en función de la evaluación de productividad y

presentismo de cada cooperativa.

3.- Convocar a entes necesarios para la correcta ejecución de cada

proyecto, en atención a la especificidad de las tareas a

desarrollar, con los que se podrá acordar el aporte financiero

necesario

4.- Gradualidad en la implementación de las acciones.

5.- Transición de los módulos constructivos o modalidades propias

de implementación a partir del 1ro. De abril y por 180 días.

6.- Autorizar a la Unidad Ejecutora a la modificación o elaboración

de los instrumentos técnicos administrativos necesarios para

ejecutar las acciones, para lo cual se podrá redimensionar las

Cooperativas ya constituidas o a constituirse.

7.- Instruye a la Unidad Ejecutora para el cierre de los convenios

en ejecución conforme las modalidades acordadas, sin que ello

implique renuncia de los compromisos asumidos por cada ente

ejecutor, pudiéndose pactar prorrogas para la ejecución de los

48

Page 49: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

proyectos subsidiados y la respectiva rendición de cuentas, siempre

que no supere el placzo previsto (180 días).

D.- RESOLUCIÓN NRO. 4.363 del 2 de octubre de 2009, firmada por la

Dra. Alicia Kirchner, Ministro de Desarrollo Social de la Nación,

por la cual:

1.- Se delega en la Sría de Coordinación y Monitoreo Institucional,

la facultad de suscribir los actos administrativos para efectivizar

los subsidios que se convengan en el marco del Programa de Ingreso

con Trabajo, asegurando la correcta implementación en cuanto a la

normativa vigente, derechos y obligaciones de las partes como asi

también el monitoreo y rendición de los mismos.

E.- RESOLUCIÓN NRO. 4272 del 25 de abril de 2010/12: firmada por

el Cdor. Carlos D. Castagneto y la refrenda el coordinador gral de

Unidad Ejecutora, Secretaria de Coordinación y Monitoreo

Institucional por el cual:

1.- Instruye a la Unidad Ejecutora de Ingreso Social Con Trabajo

para que implemente en el territorio las acciones incluidas en el

componente para la emergencia crítica, climática y social en el

marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo –Argentina

Trabaja-.

49

Page 50: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

2.- Autoriza a pautar un incentivo por producción a favor de los

cooperativistas intervinientes de 300 pesos y uno por presentismo

de 250 pesos en función de la evaluación de la productividad y

presentismo de cada cooperativa.

3.- A efectos de lo aludido en art. 1, se deberá convocar a entes

necesarios para la correcta ejecución de cada proyecto, en atención

a la especificidad de las tareas a desarrollar, con los que se

podrá acordar el aporte financiero necesario para la implementación

del programa.

4.- Para las acciones autorizadas deberá suscribirse convenios.

5.- Se autoriza a la Unidad Ejecutora a modificar o elaborar los

instrumentos técnicos administrativos necesarios.

F.- RESOLUCIÓN NRO. 6.119 DEL 31 DE AGOSTO DE 2010 del Cdor. Carlos

D. Castagneto, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional

por la cual:

1.- Se instruye a la Unidad ejecutora de Ingreso Social con

Trabajo, para que proceda a operativizar la rescisión de todos los

subsidios otorgados en el marco del Programa, por el parcial no

ejecutado.-

2.- Instruye a la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo

para afectar el monto transferido pendiente de ejecución al

50

Page 51: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

desarrollo de un nuevo proyecto en el marco del Programa de Ingreso

Social con Trabajo, que deberá tener comienzo de ejecución a partir

del 1 de septiembre del corriente año (2010).

3.- Plazo de 90 días para todos los entes ejecutores para rendición

de cuentas documentada de la inversión de los fondos efectivamente

ejecutados al 31 de agosto de 2010.

4.- Se aprueba como modalidad para la rendición de cuentas

documentada en lo referido a mano de obra, la posibilidad de

acreditar su ejecución mediante las liquidaciones y acreditaciones

bancarias pertinentes (planteando su reconocimiento como incentivo

para el desarrollo del capital humano en la economía social). Dicha

documentación debería estar acompañada de declaración jurada por

parte del ente ejecutor, en donde manifieste que las personas

físicas afectadas que han percibido el adelanto de fondos en la

calidad aludida, han participado de los módulos de capacitación y

obra aprobados para dicha jurisdicción.

G.- RESOLUCIÓN NRO. 2.458 DEL 23 DE AGOSTO DE 2004, firmada por la

Ministro de Desarrollo Social de la Nación Dra. Alicia Kirchner

(refrendada por Secretario de Politicas Sociales y Desarrollo

Humano)por la cual_

51

Page 52: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

1.- Se dejan sin efecto las Res.: SDS 353 del 1/6/1994 (aprobación de

operativa y procedimientos para el otorgamiento de subsidios a personas físicas o instituciones

públicas o privadas, con el fin de atender situaciones de necesidad que no puedan resolverse en

tiempo oportuno con recursos propios), SDS 1531 del 31/5/1995 (aprobación e circuitos y

procedimientos administrativos para la tramitación de subsidios destinados a proyectos

constructivos, subsidios para apoyo solidario a los mayores, subsidios personales, subsidios

institucionales, solicitudes de inscripción de entidades de bien público y autorización para la

realización de rifas y colectas), SDS 3491 del 30/10/1995 (procedimientos y requisitos a

tener en cuenta en el proceso de rendición de cuentas de la inversión de fondos de subsidios

personales), SDS 3492 del 30/10/1995b (procedimientos y requisitos a tener en cuenta

en el proceso de rendición de cuentas de la inversión de fondos de subsidios institucionales a

organismos no gubernamentales), SDS 3493 del 30/10/1995 (procedimientos y requisitos a

tener en cuenta en el proceso de rendición de cuentas de la inversión de fondos de subsidios

institucionales a organismos gubernamentales), SDS 3663 del 2/8/1996 (procedimientos y

requisitos a tener en cuenta para el otorgamiento de ayudas sociales a personas por monto igual o

menor a $200) , SDS 1692 del 8/9/1998 (otorga valor probatorio a distintos medios

documentales indiciarios indicados en el anexo I de la misma, en la solicitud de subsidios

institucionales por hasta $50.000, tramitados por organismos o personas de derecho público o

entidades religiosas legalmente reconocidas), MDS 333 del 31/7/2003 (requisitos de

documentación a presentar e informe a elaborar para el trámite de otorgamiento de subsidios en la

línea de la Economía Social con destino al financiamiento y asistencia técnica para emprendimientos

productivos)

2.- se aprueba la normativa unificada para solicitud, trámite y

otorgamiento de subsidios que estuvieran destinados a personas

físicas, organismos públicos, organizaciones no gubernamentales,

organizaciones de base, reconocidas por el ministerio o por

52

Page 53: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

autoridad pcial o municipal, y personas de existencia ideal que

agrupen sectores de población con alta vulnerabilidad social, y

población en general con necesidades básicas insatisfechas…

H.- RES. 2.476 DEL 03 DE MAYO DE 2010 dictada tras tener a la vista

el Decreto 505/2010 y el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCIAL Y

ECONOMÍA SOCIAL “MANOS A LA OBRA”

c.- El plan en la Municipalidad de Quilmes

Conforme se ha colectado en la instrucción

preliminar, se ha recabado la siguiente información sobre la

implementación del PLAN ARGENTINA TRABAJA para el Municipio de

Quilmes.

A) RES. NRO. 6.187 del 1 de septiembre de 2010 del Secretario de

Coordinación y Monitoreo Institucional del Ministerio de Desarrollo

Social Cdor. Carlos D. Castagneto y Coordinador General Unidad

Ejecutora Ingreso Social con Trabajo del Ministerio Dr. Aldo Juan

Marconetto por el cual:

1.- Se otorga subsidio institucional a favor de la Municipalidad

de Quilmes por $57.868.810 de conformidad con lo establecido en

el convenio que por la presente se aprueba, destinado a la

implementación del Programa de Ingreso Social con trabajo.

2.- Se aprueba el CONVENIO –conforme se detalla seguidamente-

53

Page 54: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

3.- La rendición de cuentas deberá efectuarse de conformidad con

ley 24.156, reglamentaciones y la res 2458/04 y lo establecido

en el convenio.

4.- Gasto imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio

correspondiente.

CONVENIO del 1 de septiembre de 2010, entre el Ministerio y la

Municipalidad (el primero representado por Secretaría de

Coordinación y Monitoreo Institucional, Contador Carlos Daniel

Castagneto y por el responsable de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con trabajo Dr. Aldo Juan Marconetto y la segunda por su

intendente Francisco Virgilio Gutierrez).

1.- objeto: reglar mecanismos de cooperación, y articulación para

la implementación del Programa Ingreso Social con Trabajo en el

partido de Quilmes, a fin de ejecutar las acciones que generen la

inclusión socio productiva de las personas asociadas a las

cooperativas, a través de los siguientes componentes:

- Saneamiento Urbano

-Infraestructura Urbana

- Equipamento urbano y/o mejoras del patrimonio comunitario

- Productivo y/o proyectos especiales

54

Page 55: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Los proyectos se llevarían a cabo a través de

cooperativas de trabajo habilitadas para tal fin, en base al aporte

a cargo del Ministerio a favor de cada uno de los asociados en

calidad de “incentivo para la inclusión social”.

En lo que respecta a los materiales, herramientas,

gastos operativos para la ejecución de las tareas asignadas, el

Ente Ejecutor debería administrar los fondos conforme clausula 2da,

3ra, 5ta y siguientes.

2.- El ministerio otorgaría al ente ejecutor, en carácter de

subsidio institucional $57.868.810 que se haría efectivo en la

oportunidad que fije el Ministerio con arreglo a la disponibilidad

financiera y a lo dispuesto en las cláusulas 3ra y 4ta.

3.- El ente ejecutor reconoce remanente de fondos no ejecutados,

correspondientes a transferencias de fondos según res 6791/2009 y

2726/10, la suma de $36.732.807,88, que serían aplicados a la

ejecución del presente convenio.

4.- a) los $57.868.810 quedarían afectados de la

siguiente forma:

- Materiales a utilizar en la ejecución de los componentes

seleccionados: $51.360.000

- Herramientas, últiles, libros contables, elementos de protección

personal: $5.481.610

55

Page 56: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- Gastos operativos: $1.027.200 (deben requerir por escrito y

previamente, autorización a la Unidad ejecutora del Programa)

b) las transferencias serían del siguiente modo:

- Primer desembolso del 50% sobre monto materiales y gastos

operativos y el 100% de herramientas, efectivo a partir de la

aprobación del convenio. A este desembolso se deducirá el monto

establecido en cláusula 3ra. Si supera el monto del primer

desembolso, dicho excedente se imputará al segundo desembolso.

Dicho monto podrá ser ejecutado en forma total o parcial por el

ente ejecutor.

-Segundo desembolso sujeto a: la certificación de rendimientos de

la Dirección de Evaluación y seguimiento de la Unidad Ejecutora de

Ingreso Social con Trabajo, conforme la proyección de los

rendimientos alcanzados en la ejecución de las acciones (sujeta a

la aprobación de la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo

sobre la base de la intervención de la Universidad Tecnológica

Nacional) -El monto de este segundo desembolso podrá ser ejecutado en forma parcial y

total por la Unidad Ejecutora-; a la aprobación de la correspondiente

rendición de cuentas de al menos el 50% del primer desembolso.

c) el Ministerio de Desarrollo Social se compromete

a atender en forma directa los siguientes aportes:

56

Page 57: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- Incentivo para la inclusión social hasta los 1200$, por cada

COOPERATIVISTA afectado a la ejecución de los componentes

establecidos en el convenio. Exceptuados de este máximo mensual los

asociados que previa autorización de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo, tengan la función de capataz u orientador, cuyo

monto será de $2400.

Para el caso serían depositados mensualmente a favor

de cada cooperativista en función de lo informado por el Ente

ejecutor.

El depósito mensual de dicho incentivo a los

asociados de las COOPERATIVAS DE TRABAJO, se efectivizará a través

del Banco Nación, mediante el depósito en cuenta bancaria personal,

cuya apertura y emisión de la respectiva tarjeta magnética

tramitará el Ministerio de Desarrollo.

En este rubro, el Ente Ejecutor no tenía asignada

responsabilidad directa en su administración ni rendición, solo

obligación como ejecutarlo en la obra, en lo que respecta a la

remisión de información para la conformación de las liquidaciones

mensuales por parte del ministerio.

-Pago del monotributo y Seguro por accidentes personales durante la

ejecución delos proyectos a los asociados de las cooperativas de

trabajo.

57

Page 58: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

5.- Obligaciones de la municipalidad como ente ejecutor

-adquirir materiales, herramientas, y demás elementos que componen

los gastos operativos, los que serán suministrados a las

cooperativas para la ejecución de las tareas.

-Si el Ente Ejecutor y las cooperativas intervinientes estimaran

más conveniente realizar la inversión de materiales y/o

herramientas y/o gastos operativos, a través de las cooperativas de

trabajo que tuvieran a su cargo la ejecución de las acciones objeto

del presente, dicha modalidad deberá informarse al Ministerio de

Desarrollo al momento de presentar la rendición de cuentas

documentada, conforme ley 24.156 y res. MDS 2458/04.

- Ente Ejecutor tendrá a su cargo la supervisión técnica y

económica de la ejecución de los proyectos y a su vez acepta ser

monitoreada por la Universidad Tecnológica Nacional, conforme

convenio oportunamente suscripto con esa entidad. Brinda

conformidad a las tareas de campo en materia de asesoramiento

administrativo, contable y fortalecimiento institucional de las

cooperativas incluídas en el programa a través de la Universidad

que el ministerio determine.

-Los fondos transferidos por el Ministerio deberán ser registrados

en la contabilidd del Ente Ejecutor en forma individualizada y con

el aditamento “Apoyo económico del Ministerio de Desarrollo Social

58

Page 59: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de la Nación-Programa de Ingreso Social con Trabajo –Argentina

Trabaja-“, a fin de la intangibilidad de los mismos.

- Se obliga a remitir a la Unidad Ejecutora del Ingreso Social con

trabajo, lo determinado en la clausula 4ta. (certificación de

rendimientos de la Dirección de Evaluación y seguimiento de la

Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, conforme la

proyección de los rendimientos alcanzados en la ejecución de las

acciones (sujeta a la aprobación de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo sobre la base de la intervención de la

Universidad Tecnológica Nacional) y aprobación de la

correspondiente rendición de cuentas de al menos el 50% del primer

desembolso)

- Deberá entregar el último día hábil de cada mes la información

necesaria para iniciar el proceso de desembolso del incentivo para

la inclusión social. Previo a ello, el Ente Ejecutor deberá

realizar mensualmente el debido control de concurrencia de los

mismos.

- Contratar por su cuenta el seguro de responsabilidad civil que

cubra daños y perjuicios a terceros en el marco del convenio.

- Suscribir con las cooperativas intervinientes, instrumento

pertinente, donde se consignen las obligaciones de ambas partes

consecuencia del presente convenio.

59

Page 60: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- Con la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, deberán

llevar a cabo la planificación técnica funcional de los proyectos.

6.- Plazos:

- 8 meses a partir del 1/9/10.

- inicio de ejecución de las acciones no podría superar los 30 días

posteriores a la recepción del primer desembolso o a su equivalente

al monto reconocido como remanente de la claúsula 3ra.

7.- Condiciones previas:

- El Ministerio de Desarrollo no reconocería mayores costos por

vicios ocultos u omisiones, que existiendo al comienzo de las

tareas no se detectaron y repararon en tiempo y forma.

- El Ente Ejecutor manifiesta que las áreas donde se realizarán la

acciones están debidamente dispuestas y deja constancia que no

existen impedimentos de orden técnico legal, admisnistrativo etc,

que obstaculice el normal inicio de las tareas.

8.- Rendición de cuentas:

-El Ente Ejecutor queda obligado a la rendición de cuentas

documentada de la totalidad de los fondos transferidos, ante el

Dpto. de Rendición de Cuentas de la Dirección Gral. De

Administración de la Secretaria de Coordinación y Monitoreo

Institucional del Ministerio de Desarrollo Social de la nación,

conforme Resolución MDS 2458/04 que el Ente Ejecutor declara

60

Page 61: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

conocer y es agregada en copia al convenio, con las siguientes

pautas:

*Declaración Jurada

*copia certificada de facturas B o C emitidas a favor del Ente

Ejecutor por proveedores del rubro por adquisición de materiales,

herramientas y gastos oprativos. En caso de la excepción en cuanto

a la modalidad de adquisición, deberá emitirse factura A a favor de

las cooperativas intervinientes.

*recibos debidamente suscriptos por las Cooperativas por

materiales, herramientas y bienes o servicios adquiridos con cargo

al rubro gastos operativos que se adquieran. En caso de la

excepción en cuanto a la modalidad de adquisición, deberá emitirse

factura A a favor de las cooperativas intervinientes.

*informes de avances y final de tareas suscripto por el responsable

legal del Ente Ejecutor.

-La rendición de las transferencias a los destinatarios en concepto

de Incentivos para la inclusión se verificará mediante la

acreditación bancaria, que deberá cetificar la Unidad Ejecutora de

Ingreso Social con Trabajo.

- Toda la documentación suscripta por responsable de la Secretaría

de Hacienda y responsable contable del Ente Ejecutor, debiendo

61

Page 62: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

hacer constar en sus originales una leyenda que imposibilite

reutilizarlos.

9.- incumplimiento del Ente Ejecutor traerá aparejada la

declaración de caducidad del subsidio y habilitará el recupero de

los fondos vía administrativa/judicial, de conformidad con ley

24156 de administración financiera y sistemas de control del sector

público nacional.-

10.- Responsabilidad:

-Los actos de las cooperativas y el Ente Ejecutor, en la ejecución

del convenio, serán realizados en su propio nombre y por su

exclusiva cuenta, en ningún caso por representación o mandato del

ministerio.

-Ente Ejecutor asume responsabilidad sobre las obligaciones que

contraiga en el marco del convenio, respecto a contratación de

prsonas, locación de serviios, adquisiciones, locaciones de bienes.

- Ministerio exento de toda responsabilidad por reclamos de

cualquier índole de las cooperativas y/o sus integrantes y de

terceros, derivados de las actividades, efectos, daños que pudiesen

ocasionarse en la ejecución de las tareas.

11. Seguimiento y evaluación:

62

Page 63: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

El Ministerio amplias facultades de supervisión y control de las

actividades, de las obligaciones asumidas y de la inversión de

fondos.

Podrá intervenir la Unidad de Auditoría interna del ministerio, la

Sigen y la AGN.

Las tareas de supervisión podrán ser desarrolladas por personal del

Ministerio o a través de organismos públicos o privados que se

determinen.

La misma participación podrá ser encomendada a alguna Universidad

Nacional.

12.- Rendiciones pendientes:

Plazo de 180 días al Ente Ejecutor para cumplir con los trámites

pendientes en relación a la rendición documentada de la inversión

de fondos de los subsidios otorgados en los expedientes (en los

términos de Res MDS nro. 366/2006.

13.- caducidad y jurisdicción: se someten a los Tribunales

Federales de CABA.

14.- Firmas: Cdor. Carlos D. Castagneto, Secretario de Coordinación

y Monitoreo Institucional del Ministerio de Desarrollo Social, Aldo

Juan Marconetto, Coordinador Gral., Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo del Ministerio de Desarrollo Social y Francisco

V Gutierrez, Intendente, Municipalidad de Quilmes.

63

Page 64: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

B) RESOLUCIÓN NRO. 4257 del 26 de abril de 2011, de la Secretaría

de Coordinación y Monitoreo Institucional (firmas de Aldo Juan

Marconetto y Carlos D Castagneto):

1.- Otorga un subsidio institucional a favor de la Municipalidad de

Quilmes por 57.868.810$, de conformidad con lo establecido en el

convenio que se aprueba por la presente, destinado a la

implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo.

2.- Se aprueba el CONVENIO –el que se explicará a continuación-.

3.- Los fondos se transferirán a la cuenta bancaria informada por

la Municipalidad CUIT nro. 30-99900414-4.

4.- Rendición de cuentas de conformidad con ley 24.156 y sus

reglamentaciones, res. 2458/04 y lo convenido.

5.- Gasto que demande imputado a las partidas presupuestarias del

ejercicio correspondiente.

CONVENIO del 26 de abril de 2011 entre el Ministerio y la

Municipalidad (el primero representado por Secretaría de

Coordinación y Monitoreo Institucional, Contador Carlos Daniel

Castagneto y por el responsable de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con trabajo Dr. Aldo Juan Marconetto y la segunda por su

intendente Francisco Virgilio Gutiérrez)

64

Page 65: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

1.- objeto: reglar mecanismos de cooperación, y articulación para

la implementación del programa ingreso social con trabajo en el

partido de Quilmes, a fin de ejecutar las acciones que generen la

inclusión socio productiva de las personas asociadas a las

cooperativas, a través de los siguientes componentes:

- Saneamiento Urbano

-Infraestructura Urbana

- Equipamento urbano y/o mejoras del patrimonio comunitario

- Productivo y/o proyectos especiales

Los proyectos se llevarán a cabo a través de cooperativas de

trabajo habilitadas para tal fin, en base al aporte a cargo del

Ministerio a favor de cada uno de los asociados en calidad de

“incentivo para la inclusión social”.

En lo que respecta a los materiales, herramientas,

gastos operativios para la ejecución de las tareas asignadas, el

Ente Ejecutor deberá administrar los fondos conforme clausula 2da,

3ra, 5ta y sigtes.

2.- el ministerio otorga al ente ejecutor, en carácter de subsidio

institucional $57.868.810 que se hará efectivo en la oportunidad

que fije el ministerio con arreglo a la disponibilidad financiera y

a lo dispuesto en las cláusulas 3ra y 4ta.

3.- a) los $57.868.810 quedarán afectados de la siguiente forma:

65

Page 66: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- Materiales a utilizar en la ejecución de los componentes

seleccionados: $51.360.000

- Herramientas, últiles, libros contables, elementos de protección

personal: $5.481.610

- Gastos operativos: $1.027.200 (deben requerir por escrito y

previamente, autorización a la Unidad ejecutora del Programa)

b) las transferencias del siguiente modo:

- Primer desembolso del 50% sobre monto materiales y gastos

operativos y el 100% de herramientas, efectivo a partir de la

aprobación del convenio y una vez que la Unidad Ejecutora emita el

informe de cumplimiento de los objetivos del programa

Dicho monto podrá ser ejecutado en forma total o parcial por el

ente ejecutor.

-Segundo desembolso estaba sujeto a: la certificación de

rendimientos de la Dirección de Evaluación y seguimiento de la

Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, conforme la

proyección de los rendimientos alcanzados en la ejecución de las

acciones (sujeta a la aprobación de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo sobre la base de la intervención de la

Universidad Tecnológica Nacional) -El monto de este segundo desembolso podrá ser

ejecutado en forma parcial y total por la Unidad Ejecutora-; a la aprobación de la

66

Page 67: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

correspondiente rendición de cuentas de al menos el 50% del primer

desembolso.

c) el Ministerio de Desarrollo Social se compromete a atender en

forma directa los siguientes aportes:

- Incentivo para la inclusión social hasta los 1200$, por cada

cooperativista afectado a la ejecución de los componentes

establecidos en el convenio. Exceptuados de este máximo mensual los

asociados que previa autorización de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo, tengan la función de capataz u orientador, cuyo

monto será de $2200.

Serán depositados mensualmente a favor de cada cooperativista en

función de lo informado por el Ente ejecutor.

El depósito mensual de dicho incentivo a los

asociados de las Cooperativas de Trabajo, se efectivizará a través

del Banco Nación, mediante el depósito en cuenta bancaria personal,

cuya apertura y emisión de la respectiva tarjeta magnética

tramitará el Ministerio de Desarrollo.

En este rubro, el ente ejecutor no tiene asignada

responsabilidad directa en su administración ni rendición, solo

obligación como ejecutor de la obra, en lo que respecta a la

remisión de información para la conformación de las liquidaciones

mensuales por parte del ministerio.}

67

Page 68: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-Pago del monotributo y Seguro por accidentes personales durante la

ejecución delos proyectos a los asociados de las cooperativas de

trabajo.

4.- Obligaciones de la municipalidad como ente ejecutor

-adquirir materiales, herramientas, y demás elementos que componen

los gastos operativos, los que serán suministrados a las

cooperativas para la ejecución de las tareas.

-Si el Ente Ejecutor y las cooperativas intervinientes estimaran

más conveniente realizar la inversión de materiales y/o

herramientas y/o gastos operativos, a través de las cooperativas de

trabajo que tuvieran a su cargo la ejecución de las acciones objeto

del presente, dicha modalidad deberá informarse al Ministerio de

Desarrollo al momento de presentar la rendición de cuentas

documentada, conforme ley 24.156 y res. MDS 2458/04.

- Ente Ejecutor tendrá a su cargo la supervisión técnica y

económica de la ejecución de los proyectos y a su vez acepta ser

monitoreada por el organismo público que el Ministerio determine.

Brinda conformidad a las tareas de campo en materia de

asesoramiento administrativo, contable y fortalecimiento

institucional de las cooperativas incluidas en el programa a través

de dichos organismos.

68

Page 69: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-Los fondos transferidos por el Ministerio deberán ser registrados

en la contabilidd del Ente Ejecutor en forma individualizada y con

el aditamento “Apoyo económico del Ministerio de Desarrollo Social

de la nación-Programa de Ingreso Social con Trabajo –Argentina

Trabaja-“, a fin de la intangibilidad de los mismos.

- Se obliga a remitir a la Unidad Ejecutora del Ingreso Social con

trabajo, lo determinado en la clausula 3ra. (certificación de

rendimientos de la Dirección de Evaluación y seguimiento de la

Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, conforme la

proyección de los rendimientos alcanzados en la ejecución de las

acciones (sujeta a la aprobación de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo )

- Deberá notificar y entregar el último día hábil de cada mes la

información necesaria para iniciar el proceso de desembolso del

incentivo para la inclusión social. Previo a ello, el Ente

Ejecutor deberá realizar mensualmente el debido control de

concurrencia de los mismos.

- Contratar por su cuenta el seguro de responsabilidad civil que

cubra daños y perjuicios a terceros en el marco del convenio.

-suscribir con las cooperativas intervinientes, instrumento

pertinente, donde se consignen las obligaciones de ambas partes

consecuencia del presente convenio.

69

Page 70: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- con la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, deberán

llevar a cabo la planificación técnica funcional de los proyectos.

-se compromete a fortalecer estrategias para la alfabetización y

terminalidad educativa de los coorperativistas.

5.- Plazos: Se acuerda de 8 meses la ejecución total de las obras

que se convienen por el presente.

6.- Condiciones previas:

- El Ministerio de Desarrollo no reconocerá mayores costos por

vicios ocultos u omisiones, que existiendo al comienzo de las

tareas no se detectaron y repararon en tiempo y forma.

- El ente ejecutor manifiesta que las áreas donde se realizarán la

acciones están debidamente dispuestas y deja constancia que no

existen impedimentos de orden técnico legal, admisnistrativo etc,

que obstaculice el normal inicio de las tareas.

7.- Rendición de cuentas:

-El Ente Ejecutor queda obligado a la rendición de cuentas

documentadade la totalidad de los fondos transferidos, ante el

Dpto. de Rendición de Cuentas de la Dirección Gral. De

Administración de la Secretaria de Coordinación y Monitoreo

Institucional del Ministerio de Desarrollo Social de la nación,

conforme Resolución MDS 2458/04 que el Ente Ejecutor declara

70

Page 71: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

conocer y es agregada en copia al convenio, con las siguientes

pautas:

*Declaración Jurada

*copia certificada de facturas B o C emitidas a favor del Ente

Ejecutor por proveedores del rubro por adquisición de materiales,

herramientas y gastos oprativos. En caso de la excepción en cuanto

a la modalidad de adquisición, deberá emitirse factura A a favor de

las cooperativas intervinientes.

*recibos debidamente suscriptos por las Cooperativas por

materiales, herramientas y bienes o servicios adquiridos con cargo

al rubro gastos operativos que se adquieran. En caso de la

excepción en cuanto a la modalidad de adquisición, deberá emitirse

factura A a favor de las cooperativas intervinientes.

*informes de avances y final de tareas suscripto por el responsable

legal del Ente Ejecutor.

-La rendición de las transferencias a los destinatarios en concepto

de Incentivos para la inclusión se verificará mediante la

acreditación bancaria, que deberá cetificar la Unidad Ejecutora de

Ingreso Social con Trabajo.

- Toda la documentación suscripta por responsable de la Secretaría

de Hacienda y responsable contable del Ente Ejecutor, debiendo

71

Page 72: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

hacer constar en sus originales una leyenda que imposibilite

reutilizarlos.

8.- incumplimiento: del Ente Ejecutor traerá aparejada la

declaración de caducidad del subsidio y habilitará el recupero de

los fondos vía administrativa/judicial, de conformidad con ley

24156 de administración financiera y sistemas de control del sector

público nacional.-

9.- Responsabilidad:

-Los actos de las cooperativas y el Ente Ejecutor, en la ejecución

del convenio, serán realizados en su propio nombre y por su

exclusiva cuenta, en ningún caso por representación o mandato del

ministerio.

-Ente Ejecutor asume responsabilidad sobre las obligaciones que

contraiga en el marco del convenio, respecto a contratación de

prsonas, locación de serviios, adquisiciones, locaciones de bienes.

- Ministerio exento de toda responsabilidad por reclamos de

cualquier índole de las cooperativas y/o sus integrantes y de

terceros, derivados de las actividades, efectos, daños que pudiesen

ocasionarse en la ejecución de las tareas.

10. Seguimiento y evaluación:

72

Page 73: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

El Ministerio posee amplias facultades de

supervisión y control de las actividades, de las obligaciones

asumidas y de la inversión de fondos.

Podrá intervenir la Unidad de Auditoría interna del

Ministerio, la SIGEN y la AGN.

Las tareas de supervisión podrán ser desarrolladas

por personal del Ministerio o a través de organismos públicos o

privados que se determinen.

11.- Rendiciones pendientes:

En los términos de la res MDS 366/2006, acuerdan

otorgar al Ente Ejecutor un plazo de 180 días para cumplir los

trámites pendientes en relación a la rendición documentada de la

inversión de fondos de los subsidios otorgados en los expedientes.

Firmas: Cdor. Carlos D. Castagneto, Secretario de Coordinación y

Monitoreo Institucional del Ministerio de Desarrollo Social, Aldo

Juan Marconetto, Coordinador Gral., Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo del Ministerio de Desarrollo Social y Francisco

V Gutierrez, Intendente, Municipalidad de Quilmes.

C) RESOLUCIÓN NRO. 14987 del 8 de diciembre de 2011, de la

Secretaría de Coordinación Institucional (firmas de Aldo Juan

Marconetto y Carlos D Castagneto):

73

Page 74: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

1.- Otorga un subsidio institucional a favor de la Municipalidad de

Quilmes por 57.868.810$, de conformidad con lo establecido en el

convenio que se aprueba por la presente, destinado a la

implementación del Programa de Ingreso Social con Trabajo.

2.- se aprueba el CONVENIO –que seguidamente se analizará-.

3.- los fondos se transferirán a la cuenta bancaria informada por

la Municipalidad CUIT nro. 30-99900414-4.

4.- rendición de cuentas de conformidad con ley 24.156 y sus

reglamentaciones, res. 2458/04 y lo convenido.

5.- gasto que demande imputado a las partidas presupuestarias del

ejercicio correspondiente.

CONVENIO del 1 de diciembre de 2011 ENTRE MINISTERIO Y

MUNICIPALIDAD (el primero representado por secretaría de

coordinación y monitoreo institucional, Contador Carlos Daniel

Castagneto y por el responsable de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con trabajo Dr. Aldo Juan Marconetto y la segunda por su

intendente Francisco Virgilio Gutiérrez)

1.- objeto: reglar mecanismos de cooperación, y articulación para

la implementación del programa ingreso social con trabajo en el

partido de Quilmes, a fin de ejecutar las acciones que generen la

74

Page 75: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

inclusión socio productiva de las personas asociadas a las

cooperativas, a través de los siguientes componentes:

- Saneamiento Urbano

-Infraestructura Urbana

- Equipamento urbano y/o mejoras del patrimonio comunitario

- Productivo y/o proyectos especiales

Los proyectos se llevarán a cabo a través de cooperativas de

trabajo habilitadas para tal fin, en base al aporte a cargo del

Ministerio a favor de cada uno de los asociados en calidad de

“incentivo para la inclusión social”.

En lo que respecta a los materiales, herramientas,

gastos operativios para la ejecución de las tareas asignadas, el

Ente Ejecutor deberá administrar los fondos conforme clausula 2da,

3ra, 5ta y sigtes.

2.- el ministerio otorga al ente ejecutor, en carácter de subsidio

institucional $57.868.810 que se hará efectivo en la oportunidad

que fije el ministerio con arreglo a la disponibilidad financiera y

a lo dispuesto en las cláusulas 3ra.

3.- a) los $57.868.810 quedarán afectados de la siguiente forma:

- Materiales a utilizar en la ejecución de los componentes

seleccionados: $51.360.000

75

Page 76: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- Herramientas, últiles, libros contables, elementos de protección

personal: $5.481.610

- Gastos operativos: $1.027.200 (deben requerir por escrito y

previamente, autorización a la Unidad ejecutora del Programa)

b) las transferencias del siguiente modo:

- Primer desembolso del 50% sobre monto materiales y gastos

operativos y el 100% de herramientas, efectivo a partir de la

aprobación del convenio y una vez que la Unidad Ejecutora emita el

informe de cumplimiento de los objetivos del programa

Dicho monto podrá ser ejecutado en forma total o parcial por el

ente ejecutor.

-Segundo desembolso estaba sujeto a: la certificación de

rendimientos de la Dirección de Evaluación y seguimiento de la

Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, conforme la

proyección de los rendimientos alcanzados en la ejecución de las

acciones (sujeta a la aprobación de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo sobre la base de la intervención de la

Universidad Tecnológica Nacional) -El monto de este segundo desembolso podrá ser

ejecutado en forma parcial y total por la Unidad Ejecutora-, a la aprobación de la

correspondiente rendición de cuentas de al menos el 50% del primer

desembolso.

76

Page 77: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

c) el Ministerio de Desarrollo Social se compromete

a atender en forma directa los siguientes aportes:

- Incentivo para la inclusión social hasta los 1200$, por cada

cooperativista afectado a la ejecución de los componentes

establecidos en el convenio. Exceptuados de este máximo mensual los

asociados que previa autorización de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo, tengan la función de capataz u orientador, cuyo

monto será de $2200.

Serán depositados mensualmente a favor de cada cooperativista en

función de lo informado por el Ente ejecutor.

El depósito mensual de dicho incentivo a los

asociados de las Cooperativas de Trabajo, se efectivizará a través

del Banco Nación, mediante el depósito en cuenta bancaria personal,

cuya apertura y emisión de la respectiva tarjeta magnética

tramitará el Ministerio de Desarrollo.

En este rubro, el ente ejecutor no tiene asignada

responsabilidad directa en su administración ni rendición, solo

obligación como ejecutor de la obra, en lo que respecta a la

remisión de información para la conformación de las liquidaciones

mensuales por parte del ministerio.}

77

Page 78: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-Pago del monotributo y Seguro por accidentes personales durante la

ejecución de los proyectos a los asociados de las cooperativas de

trabajo.

4.- Obligaciones de la municipalidad como ente ejecutor

-adquirir materiales, herramientas, y demás elementos que componen

los gastos operativos, los que serán suministrados a las

cooperativas para la ejecución de las tareas.

-Si el Ente Ejecutor y las cooperativas intervinientes estimaran

más conveniente realizar la inversión de materiales y/o

herramientas y/o gastos operativos, a través de las cooperativas de

trabajo que tuvieran a su cargo la ejecución de las acciones objeto

del presente, dicha modalidad deberá informarse al Ministerio de

Desarrollo al momento de presentar la rendición de cuentas

documentada, conforme ley 24.156 y res. MDS 2458/04.

- Ente Ejecutor tendrá a su cargo la supervisión técnica y

económica de la ejecución de los proyectos y a su vez acepta ser

monitoreado por el organismo público que el Ministerio determine.

Brinda conformidad a las tareas de campo en materia de

asesoramiento administrativo, contable y fortalecimiento

institucional de las cooperativas incluidas en el programa a través

de dichos organismos.

78

Page 79: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-Los fondos transferidos por el Ministerio deberán ser registrados

en la contabilidd del Ente Ejecutor en forma individualizada y con

el aditamento “Apoyo económico del Ministerio de Desarrollo Social

de la nación-Programa de Ingreso Social con Trabajo –Argentina

Trabaja-“, a fin de la intangibilidad de los mismos.

- Se obliga a remitir a la Unidad Ejecutora del Ingreso Social con

trabajo, lo determinado en la clausula 3ra. (certificación de

rendimientos de la Dirección de Evaluación y seguimiento de la

Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, conforme la

proyección de los rendimientos alcanzados en la ejecución de las

acciones (sujeta a la aprobación de la Unidad Ejecutora de Ingreso

Social con Trabajo )

- Deberá notificar y entregar el último día hábil de cada mes la

información necesaria para iniciar el proceso de desembolso del

incentivo para la inclusión social. Previo a ello, el Ente

Ejecutor deberá realizar mensualmente el debido control de

concurrencia de los mismos.

- Contratar por su cuenta el seguro de responsabilidad civil que

cubra daños y perjuicios a terceros en el marco del convenio.

-suscribir con las cooperativas intervinientes, instrumento

pertinente, donde se consignen las obligaciones de ambas partes

consecuencia del presente convenio.

79

Page 80: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

- con la Unidad Ejecutora de Ingreso Social con Trabajo, deberán

llevar a cabo la planificación técnica funcional de los proyectos.

-se compromete a fortalecer estrategias para la alfabetización y

terminalidad educativa de los coorperativistas.

5.- Plazos: Se acuerda de 8 meses la ejecución total de las obras

que se convienen por el presente.

6.- Condiciones previas:

- El Ministerio de Desarrollo no reconocerá mayores costos por

vicios ocultos u omisiones, que existiendo al comienzo de las

tareas no se detectaron y repararon en tiempo y forma.

- El ente ejecutor manifiesta que las áreas donde se realizarán la

acciones están debidamente dispuestas y deja constancia que no

existen impedimentos de orden técnico legal, admisnistrativo etc,

que obstaculice el normal inicio de las tareas.

7.- Rendición de cuentas:

-El Ente Ejecutor queda obligado a la rendición de cuentas

documentadade la totalidad de los fondos transferidos, ante el

Dpto. de Rendición de Cuentas de la Dirección Gral. De

Administración de la Secretaria de Coordinación y Monitoreo

Institucional del Ministerio de Desarrollo Social de la nación,

conforme Resolución MDS 2458/04 que el Ente Ejecutor declara

80

Page 81: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

conocer y es agregada en copia al convenio, con las siguientes

pautas:

*Declaración Jurada

*copia certificada de facturas B o C emitidas a favor del Ente

Ejecutor por proveedores del rubro por adquisición de materiales,

herramientas y gastos oprativos. En caso de la excepción en cuanto

a la modalidad de adquisición, deberá emitirse factura A a favor de

las cooperativas intervinientes.

*recibos debidamente suscriptos por las Cooperativas por

materiales, herramientas y bienes o servicios adquiridos con cargo

al rubro gastos operativos que se adquieran. En caso de la

excepción en cuanto a la modalidad de adquisición, deberá emitirse

factura A a favor de las cooperativas intervinientes.

*informes de avances y final de tareas suscripto por el responsable

legal del Ente Ejecutor.

-La rendición de las transferencias a los destinatarios en concepto

de Incentivos para la inclusión se verificará mediante la

acreditación bancaria, que deberá certificar la Unidad Ejecutora de

Ingreso Social con Trabajo.

- Toda la documentación suscripta por responsable de la Secretaría

de Hacienda y responsable contable del Ente Ejecutor, debiendo

81

Page 82: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

hacer constar en sus originales una leyenda que imposibilite

reutilizarlos.

8.- incumplimiento: del Ente Ejecutor traerá aparejada la

declaración de caducidad del subsidio y habilitará el recupero de

los fondos vía administrativa/judicial, de conformidad con ley

24156 de administración financiera y sistemas de control del sector

público nacional.-

9.- Responsabilidad:

-Los actos de las cooperativas y el Ente Ejecutor, en la ejecución

del convenio, serán realizados en su propio nombre y por su

exclusiva cuenta, en ningún caso por representación o mandato del

ministerio.

-Ente Ejecutor asume responsabilidad sobre las obligaciones que

contraiga en el marco del convenio, respecto a contratación de

personas, locación de servicios, adquisiciones, locaciones de

bienes.

- Ministerio exento de toda responsabilidad por reclamos de

cualquier índole de las cooperativas y/o sus integrantes y de

terceros, derivados de las actividades, efectos, daños que pudiesen

ocasionarse en la ejecución de las tareas.

10. Seguimiento y evaluación:

82

Page 83: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Una vez más se prevé que el Ministerio amplias

facultades de supervisión y control de las actividades, de las

obligaciones asumidas y de la inversión de fondos por sí o por el

organismo que determine.

Podrá intervenir la Unidad de Auditoría interna del

ministerio, la SIGEN y la AGN y las tareas de supervisión podrán

ser desarrolladas por personal del Ministerio o a través de

organismos públicos que se determinen.

11.- Rendiciones pendientes:

En los términos de la res MDS 366/2006, acuerdan

otorgar al Ente Ejecutor un plazo de 180 días para cumplir los

trámites pendientes en relación a la rendición documentada de la

inversión de fondos de los subsidios otorgados en los expedientes.

Dicho convenio se encuentra firmado por el Cdor.

Carlos D. Castagneto, Secretario de Coordinación y Monitoreo

Institucional del Ministerio de Desarrollo Social, Aldo Juan

Marconetto, Coordinador Gral., Unidad Ejecutora de Ingreso Social

con Trabajo del Ministerio de Desarrollo Social y Francisco V

Gutierrez, Intendente, Municipalidad de Quilmes.

83

Page 84: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

V.- LOS HALLAZGOS

A partir de la hipótesis planteada en autos, como se

fue analizando se recabó información relacionada con la asignación

de fondos, la aplicación de los mismos y las rendiciones de cuenta

pertinentes. Asimismo se acollaró la normativa aplicable a los

hechos de autos.

Ahora bien, en este acápite se analizarán los

hallazgos observados respecto de otra parte de la documentación

anexada en autos –que además de la ya comentada y que conformaba

por sí un cuadro probatorio bastante en el marco de esta

investigación preliminar como para formular esta denuncia- la que

fue llegada a mi conocimiento en algún caso espontáneamente, según

se detallará.

Así pues de la lectura de esa información recabada

han surgido irregularidades que, sumado a la prueba antes expuesta

–en acápites anteriores- abonan la presunción de delito expuesta ab

initio.

a.- Destacaré primeramente que a fs. 233/251 se

presentaron espontáneamente en esta dependencia Luis Valenga,

Guillermo Armani y Luciana Visco en representación de Francisco V.

GUTIERREZ, Alejandro TOZZOLA, Secretario de Hacienda del Municipio

Guillermo Robledo, Roxana GONZALEZ Secretaria de Obras Públicas y

84

Page 85: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de Hugo MUÑOZ, Director General de Compras y Suministros del

Municipio de Quilmes José Luis PAVON, Director del Programa de

Cooperativas o actual Director General de Empleo y Capacitación,

Leda CEJAS, Directora del Área de Producción o actualmente Asesora

A Personal Político Superior, ambos de la Secretaría de Desarrollo

Económico Local, Producción y Empleo, y Julio SEVILLA, Director

Operativo de Reinserción Social, en razón del contenido de la

emisión del 23 de septiembre próximo pasado en el ciclo

periodístico “Periodismo Para Todos”.

En esa oportunidad los mencionados explicaron el

funcionamiento del Plan Argentina Trabaja y su desarrollo el

Municipio de Quilmes, provincia de Buenos Aires. Asimismo

detallaron las obras efectuadas, haciendo mención específicamente a

que en el marco del dicho PLAN ARGENTINA TRABAJA se habían:

inscripto 6.500 Cooperativas, firmado 55 Matrículas de Cooperativas

de trabajo otorgadas por el INAES con calidad de efectores

sociales, firmado 4 convenios entre la Sra. Ministra de Desarrollo

Social, Dra. Alicia Kirchner y el Intendente Municipal Francisco V.

Gutierrez, firmado 550 contratos entre la Municipalidad y las

Cooperativas.

Que asimismo el Plan de Obras aprobado por Nación

fue seleccionado entre 22 módulos que contenían precios máximos y

85

Page 86: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

volúmenes de materiales a utilizar, que han dado lugar a 3500

contratos entre proveedores de las Cooperativas por materiales.

Así también aclararon que el MUNICIPIO había actuado

por cuenta y orden de las COOPERATIVAS conforme la resolución

emanada del tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en

el marco de la Ley Orgánica Municipal. Que en ese marco detallaron

la cantidad de obras que se habían ejecutado, cuadras de carpeta

asfáltica con sus horas de saneamiento, movimiento, preparación de

suelo, zanjeo, incorporación de tosca y agua caliente de la carpeta

asfáltica y caños, escuelas pintadas, y demás obras realizadas

expresadas en cantidades. Así también expresaron el impacto del

PLAN ARGENTINA TRABAJA en Quilmes realizando otras aclaraciones al

caso, solicitando al efecto la desestimación de la denuncia y la

formación de causa por separado en orden al posible delito de falsa

denuncia que podría haberse cometido. Acompañaron finalmente entre

otra documentación expedientes de rendición de cuentas y

facturación contenida en 9 cajones -y otras cajas de documentación-

divididos por año por COOPERATIVA.

A fs. 323/326 y 238 obran nuevas presentaciones de

los mencionados aportando más documentación y formulando

espontáneamente manifestaciones sobre los hechos y acompañando

86

Page 87: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

frondosa documentación –que en alguna parte ocupó más de 100 fojas

del expediente principal de esta instrucción preliminar-.

La información que los mencionados acompañaron

consta principalmente de expedientes separados por COOPERATIVAS que

reflejan la aplicación de los fondos del programa ARGENTINA TRABAJA

de carácter extrapresupuestario, las rendiciones, la aprobación de

las mismas, la facturación acompañada por las COOPERATIVAS y los

convenios con éstas, las planillas de constatación de las tareas,

los informes realizados en relación a tales tareas que habrían sido

llevadas a cabo con el dinero asignado desde el Ministerio de

Desarrollo Social y toda la documentación que habrían considerado

pertinente aportar. Ahora bien, de la lectura de tales constancias

han surgido más incertidumbres relacionadas con la hipótesis

inicial que me lleva a considerar la pertinencia de formular esta

denuncia, desde que –tal como se verá- se observa la posibilidad de

encontrarnos ante una maniobra de asignación y utilización

irregular de fondos públicos en perjuicio de la administración

pública cuanto, un posible desvío de los mismos, destinados

primigeniamente a un PROGRAMA Nacional, hacia fines distintos de

los que estaba destinados, o al menos inciertos.

87

Page 88: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

b.- Como se explicó más arriba parte de dicha

frondosa documentación está relacionada a los convenios entre la

Municipalidad de Quilmes y las COOPERATIVAS de trabajo que

nuclearía tal Distrito de la provincia de Buenos Aires, y su

ejecución en el marco del PLAN ARGENTINA TRABAJA a partir de la

asignación de los fondos efectuada a ese ente ejecutor por parte de

funcionarios nacionales; de la que ha surgido, por lo menos la

siguiente información –se aclara que el orden de su descripción y

contenido ha sido tomado al azar entre la documentación y es

descriptivo, no descartándose mayores hallazgos en el decurso de la

investigación penal a realizarse-:

COOPERATIVA DE TRABAJO DIMENSION LA CAÑADA LTDA:

Comenzaré explicando que el Convenio de Cooperación,

colaboración y articulación para la ejecución de las acciones que

generan la inclusión productiva de personas asociadas a las

COOPERATIVAS que registra esta COOPERATIVA –se verá que el

contenido del Convenio se repite para el resto de las COOPERATIVAS

por lo que se analiza extendidamente para este caso-, data del

02/9/10 y se halla celebrado entre la Municipalidad de Quilmes

representada por el Intendente Municipal Francisco GUTIERREZ y la

COOPERATIVA, matricula 34358 representada por Adolfo ACOSTA.

88

Page 89: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

El mismo tenía por objeto la participación de los

miembros de la cooperativa en las acciones que demande el

componente: INFRAESTRUCTURA URBANA, y como tareas la realización de

tareas que la municipalidad determine en razón de las necesidades

locales detectadas y de acuerdo al componente definido por unidad

ejecutora, conforme al cronograma y organización operativa, con

VIGENCIA entre el 01/9/10 y el 31/12/10.

En el Convenio a su vez se incluye una cláusula

sobre INCENTIVO PARA LA INCLUSION SOCIAL por la cual aluden a que

los asociados vinculados a las COOPERATIVAS a cargo del proyecto

acordado, se encuentran incorporados al PROGRAMA de INGRESO SOCIAL

CON TRABAJO del Ministerio de Desarrollo Social por el cual

perciben un incentivo para la inclusión social, aporte de carácter

no remunerativo, de acuerdo a lo previsto en la CLAUSULA CUARTA del

Convenio suscripto entre la MUNICIPALIDAD y el MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION. Siendo que dicho importe sería

transferido por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, a

los asociados de la COOPERATIVA y se efectivizará a través del

Banco de la Nación Argentina, mediante depósito en la cuenta

bancaria personal.

Asimismo las partes convienen –cláusula SEPTIMA- que

los materiales, herramientas, útiles, libros contables, elementos

89

Page 90: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de protección personal, protección para la cabeza, manos, pies,

facial, ocular, auditiva, respiratoria, y arnés de seguridad y

gastos operativos, debían ser efectuados por LA MUNICIPALIDAD por

cuenta y orden de LA COOPERATIVA.

Por artículo OCTAVO se establecen los COMPROMISOS DE

LA MUNICIPALIDAD por la cual la misma se compromete a: entregar a

la COOPERATIVA los materiales, herramientas de trabajo, útiles,

libros contables, y gastos operativos, según la modalidad adoptada;

asignar las acciones a ejecutar; supervisar técnica y

económicamente la ejecución de los proyectos, efectuar un

monitoreo, supervisión y certificación de las tareas comprometidas,

realizar un control de la asistencia respecto a los

cooperativistas; contratar los respectivos seguros de

responsabilidad civil; presentar ante el Ministerio de Desarrollo

Social la información sobre el cumplimiento de lo ordenado.

En el ANEXO I se señala la DESCRIPCION DE LAS OBRAS

A REALIZAR POR COOPERATIVA DE TRABAJO DIMENSION LA CAÑADA LIMITADA

aludiéndose a las tareas a realizar: construcción de 12.800 metros

lineales de veredas en lugares estipulados y por un costo de

ejecución de 647.072 $

Respecto de tal COOPERATIVA, el 04 de septiembre de

2012 por Decreto Municipal 3806 de la Intendencia de Quilmes, se

90

Page 91: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

ordena a la Dirección General de la Contaduría a emitir todas las

órdenes de pago extrapresupuestarias correspondientes al Programa

Ingreso Social con Trabajo, atendiéndose al programa AGENTINA

TRABAJA y al haber expirado el 31 de mayo de 2012, toda vez que se

había recepcionado una segunda etapa del programa el 14 de agosto

de este año, siendo que no contaba con la prórroga del mismo a la

fecha, e instruyendo a la Secretaría de Desarrollo Económico Local,

Producción y Empleo para que en forma perentoria e inmediata cumpla

con la documentación faltante y las observaciones y formalidades

requeridas por la normativa actuante en la materia.

Ahora bien, para el caso de la COOPERATIVA DE

TRABAJO DIMENSION LA CAÑADA resalto las constancias que surgen de

la facturación que aparece presentando dicha COOPERATIVA al

Municipio –en base a la correspondiente a los PROVEEDORES- y las

irregularidades que se observan al respecto.

Así nótese que en la carpeta del AÑO 2012 se

observará que no solo aparecen compradas por $ 7.138,04 pack de 10

bolsas de polipropileno el 05/1/12 y el 07/1/12 –a dos días de

diferencia- a la misma empresa CONCRETVIAL SRL, con facturas nro.

1019 y 1105 que dan la cuenta de haber emitido la empresa 100

facturas en 2 días, sino que el mismo 05 de enero aparece emitida

la factura 1008 por la suma de $ 495,86 en concepto de viajes para

91

Page 92: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

el transporte de material sobrante de las tareas de limpieza de

calles de un período vencido: el 29/6/11 al 30/6/11.

De otra parte resulta altamente llamativo las

facturas que se glosan con relación a las órdenes de pago 9741,

9749, 9733 y 9645. Todas ellas se corresponden con facturas por la

suma de $ 18.000 en concepto de 36 viajes por tareas de limpieza en

Quilmes Oeste, por el mismo período 04/07/12 al 28/8/12, que se

encuentran emitidas el mismo día 30/8/12 aparecen llenadas a mano

con la misma aparente letra, más se corresponden con proveedores

distintos. Observe que dos de tales facturas clase C corresponden a

Romina Laura MAZA con domicilio en San Nicolás 2275 de Francisco

Varela Pcia. de Buenos Aires –aquellas numeradas como 072 y 073- en

tanto que las otras dos se corresponden con Carlos Marcelo FIEL con

domicilio en Alte. Brown 92 de Quilmes, Provincia de Buenos Aires.

Facturas 0205 y 0206.

COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUYENDO EL FUTURO

Respecto de la COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUYENDO

EL FUTURO 2011 –el convenio marco es el mismo que en el caso

anterior- he de señalar que así también resulta llamativa la

facturación que obra, por ejemplo de la firma CONCRETVIAL SRL,

observándose al respecto que la factura 874 que aparece emitida el

92

Page 93: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

15/7/11, se relacionaría con 160 viajes para transporte del

material sobrante de las tareas de limpieza de calles,

desmalezamiento, y limpieza de basura en Quilmes Oeste, se

corresponda con una factura por la suma de $ 95.998,50 $ pagados al

contado según surge de la misma factura.

De otra parte se observa en los expedientes de

liquidación del 2012 una vez más la similitud caligráfica entre las

grafías insertas en la factura clase C nro. 0015 del 3/01/12 que se

relaciona con el proveedor PEDRO AGUIRRE por la suma de 3.300 $ y

aquella –por ejemplo- clase A, a nombre de Hugo Fabián Blanco nro.

0001-00000041 del 28/12/11 por la suma de $ 31.198, 89 y las

grafías insertas en el remito que le sigue a dicha factura; lo

mismo ocurre con las facturas nro. 0001-00000155 clase C a nombre

de Nelly María GAMBETTI del 30/8/12 por 18.000 $ y las factura

clase C nro. 0001-000000203 y 0001-00000202 del 30/8/12 –misma

fecha-, por la misma suma de dinero y por el mismo concepto -36

viajes por tareas de limpieza $ 500 por unidad, en Bernal-.

De otra parte se observan las mismas similitudes caligráficas entre

la factura clase C nro. 0001-00000038 del 23/5/12 a nombre de

Manuel Francisco CEJAS por $ 5.360, y la factura clase C nro. 0001-

000000138 a nombre de LEDESMA Cristian Javier del 24/5/12 por la

suma de $ 1.200. Así también llama la atención la numeración de las

93

Page 94: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

facturas correspondientes a José Edgardo ORTEGA clase C que datan

del 3/4/12 y del 30/4/12 en tanto entre dicho período solo se

habrían emitido 2 facturas: obsérvese pues la numeración de la

primera 0001-00000304 y de la segunda 0001-00000307.

COOPERATIVA DE TRABAJO 2 DE MAYO LIMITADA

El convenio entre el MUNICIPIO de QUILMES y esta

COOPERATIVA matrícula INAES 36413 se observa celebrado el 02 de

septiembre de 2010, y suscripto entre el intendente de Quilmes y

María Inés MORCILLO, con plazo de vigencia entre el 01/9/11 y el

30/4/11, con similares cláusulas a las ya comentadas respecto del

resto de las Cooperativas comentadas.

De otra parte, respecto de la descripción de las

tareas a realizar, surge como ANEXO I del Convenio la realización

de 4.800 metros de limpieza y extracción de todo material

artificial o natural que perjudique o evite el normal escurrimiento

hidráulico de los arrojos, en el Ayorro San Francisco de Quilmes,

en dos partes con un costo de ejecución para cada etapa de $

130.896, 29.000 $ por gastos de herramientas, útiles, libros y

elementos de protección, y el 2% del calculado para el gasto de

ejecución para atender al traslado, alquiles de equipos, baños

94

Page 95: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

químicos, así como otro gasto que correspondiera con las tareas a

realizar –todo ello para cada etapa-.

Con relación a las ordenes del pago de 2011 se

observa que el mismo día 2/8/11 la empresa MAXX POWER SA por

factura A 00000105 le habría vendido a la Cooperativa materiales

por la suma de $ 69.735,93 cuando ese mismo día le factura por

factura A 104 otros tantos materiales por la suma de 69.652,44. La

misma circunstancia ocurre el día 19/10/11 con las facturas que

obran del proveedor NUEVO HORIZONTE CONSTRUCCIONES SRL

Asimismo entre la facturación se destaca que otra de

las cooperativas en este caso la Cooperativa Progreso Limitado

factura a la analizada por $ 70.000 la compra de bolsas de cemento,

de cal y piedra el 16/8/11 según factura 0133.

Respecto de las liquidaciones se observa por ejemplo

similares grafías en las facturas a nombre de LEDESMA CRISTINA

JAVIER factura 0001-00000121 del 24/5/11 por 4200 $por 7 viajes

para traslado de herramientas, e igual concepto en la factura 122

del mismo día por el mismo importe del mismo proveedor

Asimismo se observan las facturas 0001-00000001, 2 y 3 las tres

clase A, las tres del 14/6/12 emitidas en apariencia por la empresa

a nombre de CONSTRUCCIONES MACH S.H. de Marchini Ariel y Duré Luisa

por las sumas de 58.709,20 $, 143.217,33 $ y 79.157,64 $

95

Page 96: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

respectivamente, con inicio de actividades en marzo de 2012 –que

coincide con la fecha de la facturación-.

Con relación al convenio entre la MUNICIPALIDAD y la

COOPERATIVA el mismo surge suscripto el 2/9/10 teniendo como OBJETO

el 1) EL COMPONENTE SANEAMIENTO URBANO y 2) el EQUIPAMIENTO URBANO

Y/O MEJORAS DEL PATRIMONIO COMUNITARIO, con VIGENCIA entre el

1/9/10 y el 31/12/10. El resto de las cláusulas aparecen comunes a

los convenios. El mismo se encuentra celebrado entre Francisco

Gutierrez y Edgardo TORRES como pte. de la COOPERATIVA.

En su ANEXO I Sobre la DESCRIPCION DE LAS OBRAS A REALIZAR POR

COOPERATIVA DE TRABAJO CONTRUYENDO FUTURO LIMITADA, la misma se

relaciona con 7040 metros cubicos en recolección de basura y

operaciones colectivas de limpieza de calles, desmalezamiento,

nivelación, relleno y compactación, limpieza de basurales, siembra

y deforestación, a llevarse a cabo en la Delegación Quilmes oeste,

por la suma de $ 149.848 por un monto de $ 193.595,20.

COOPERATIVA DE TRABAJO 22 DE AGOSTO:

El convenio con la mencionada COOPERATIVA –que

tendría nro. de registro en INAES 34369- aparece suscripto el 02 de

septiembre de 2010 entre el Intendente de Quilmes y la Presidente

de la COOPERATIVA Judith Stephani Olivetti resultando coindicentes

96

Page 97: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

las pautas convenidas a las ya señaladas; con una vigencia del

1/9/10 al 31/12/10.

Se señala al respecto que entre la descripción de

las obras a realizar se mencionan en dos tramos la realización de

7.400 metros cúbicos de recolección de basura, operaciones

colectivas de limpieza de calles, desmalezamiento, desnivelación

del terreno, y compactación y relleno, limpieza de basurales,

siembre y forestación, en la Delegación Bernal Barrios Viejo Bueno,

25 de mayo, Villa El Triangulo, El hogar obrero todas de Quilmes, y

en la Delegación La Paz, barrio La Paz, Cattorini, Dreymar, La

Unión, también de Quilmes, respectivamente por la suma, en cada

caso de $ 149.848.

Con fecha 04 de septiembre de 2012 por Ordenanza

Municipal 3806 se resuelve ordena a la contaduría General de

Contaduría de la Intendencia de Quilmes, emitir las órdenes de Pago

Extrapresupuestarias correspondientes al PROGAMA INGRESO SOCIAL CON

TRABAJO, en razón de haber expirado el 31 de mayo de 2012 los

contratos oportunamente firmados con la COOPERATIVAS y recepcionado

la remesa correspondiente a la Segunda Etapa del Programa el 14 de

agosto. Asimismo en los considerándose se valoraba también que las

COOPERATIVAS cumplían una función social y que era necesario

97

Page 98: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

cumplir con las obligaciones del Estado Municipal dispuestos en los

Convenios de COOPERACION, Colaboración y Articulación.

Asimismo se establecía que a menudo existían

situaciones que no estaban contempladas en el CONVENIO del programa

ni en los Convenios de COOPERACION, COLABORACION y ARTICULACION que

habían sido firmados con las COOPERATIVAS, y que era necesario

adecuarlos a las nuevas situaciones en lo que respecta a valores,

cantidades, items, insumos y conceptos –sin otras precisiones-

instruyéndose en la parte resolutiva a la Secretaría de Desarrollo

Económico Local, Producción y Empleo para que en forma perentoria e

inmediata cumpla con la documentación faltante y las observaciones

y formalidades requeridas por la normativa actuante en la materia.

Con relación a los documentos de rendición de

cuentas y órdenes de pago se observan remitos de la Cooperativa EL

PROGRESO LIMITADA como el caso del remito 00000138 con su factura

nro. 01-00000149 por la suma de 6.465,03 y así también facturación

de empresas proveedoras de la COOPERATIVA con fecha de inicio de

actividades cercana a la emisión de los comprobantes: tal es el

caso de la factura C del 06/07/11 con membrete de la FERRETERIA

INDUSTRIAL con fecha de inicio de actividades el 01/05/11 y la

emitida el 26/07/11 por la Asociación Civil PARADO SOBRE LA ROCA

98

Page 99: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

según factura C nro.0001-00000076 con inicio de actividades el

10/2010.

Ahora bien respecto del período 2.012 se observan

las siguientes irregularidades: la similitud caligráfica entre el

llenado de las facturas identificadas como factura clase C nro.

0001-00000075 del 30/8/12 a nombre de Rosalía Rosario RAMIREZ por

la suma de $ 18.000 por 36 viajes por tareas de limpieza en Quilmes

Oeste desde el 04/7/12 y el 28/8/12, y aquella que lleva el número

0001-00000080 clase C a nombre de Alberto Martín GODOY emitida el

mismo día por el mismo e idéntico concepto y por el mismo monto.

Las mismas aparentes grafías lucirían así también en la factura

clase C nro. 0001-00000810 del 01/3/12 a nombre de Celia Ramona

LESCANO por 15 viajes por tareas de limpieza en Bernal OESTE, y la

factura clase C a nombre de Fletes LOS GAUCHOS nro. 0001-00000059

del 1/3/12 por 15 viajes del mismo tenor.

Asimismo se observa que las facturas emitidas a

nombre de DIAZ Victor Daniel, fechadas el 3/1/12 se numeran 083 y

084 en tanto una posterior del 10/1/12 se numera 060.

COOPERATIVA DE TRABAJO CARLOS CARIDE LIMITADA –matricula INAES

34370-.

99

Page 100: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

El Convenio entre dicha COOPERATIVA DE TRABAJO

CARLOS CARIDE LTDA. y la MUNICIPALDIAD DE QUILMES fue suscripto el

02 de septiembre entre el Intendente y la Presidente de dicha

Cooperativa Zulma OCAMPO, por un plazo de entre el 01/9/10 y el

31/12/10 refiriendo la descripción de las obras a realizar por la

misma como ANEXO I a la construcción de 12.600 metros cuadrados de

construcción de calles de mediano transito utilizando capa de

carpeta asfáltica de 6 cm de espesor sobre suelo mejorado en San

Francisco Solano, por un costo de ejecución de $ 579.510; y en una

segunda etapa la recolección de basura y operaciones colectivas de

limpieza de calles desmalezamiento, etc. en 7040 metros cúbicos en

la Delegación Los Eucaliptos por $ 149.848.

Entre la documentación relacionada con las ordenes

de pago se observa la existencia de facturación correlativa tal el

caso de la factura clase C a nombre de María Susana del Valle

BARRIOS Transportes NRO. 0001-00000018 que habría sido extendida el

27/5/11 por 10.000 $ en tanto la numerada 019 surge confeccionada

el 04/07/11; y la 020 habría sido emitida el 03/08/11 por $ 12.000,

las nro. 021 el 2/09/11 por 6.000 $.

De otra parte respecto de las órdenes de pago de

2012 se observan similitudes caligráficas entre las facturas 000194

a nombre de PUGLIESE OSVALDO emitida el 30/8/12 por $ 18.000 y la

100

Page 101: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

factura también clase C nro. 0001-00000024 de la misma fecha por el

mismo importe por el mismo concepto: 36 viajes por tareas de

limpieza en S. Francisco Solano entre el 04/7/12 al 28/8/12,

factura clase C nro. 0001-00000132 de la misma fecha por el mismo

importe y concepto y factura C a nombre de TUTINO MARIO ALBERTO

nro. 0001-00000018 de la misma fecha, por el mismo importe y

concepto. Ahora bien el mismo grupo de legajos –ordenes de pago

2012 incluye a su vez otra factura por viajes para transporte de

material sobrante a la empresa RACH por $ 23.999,62.

Así también se observan caligrafías casi idénticas a

simple vista entre las facturas clase C nro. 0001-00000065 del

22/3/12 por la suma de $ 7.500 a nombre de FLETES de Castaño Yesica

Lorena y la factura de la misma clase nro. 0001-00000030 a nombre

de TRANSPORTES TATI de Domínguez Silvana Mariela por $ 7.500.

COOPERATIVA SUR MANTENIMIENTO LTDA. –Matrícula 34344-

Convenio entre la COOPERATIVA DE TRABAJO SUR

MANTENIMIENTO LIMITADA y la Municipalidad de Quilmes del 2/9/10 con

vigencia entre el 01 de septiembre de 2010 y el 31 de diciembre de

2010, previendo el ANEXO I en cuanto a la descripción de las obras

a realizar por la Cooperativa la realización de 12600 metros

cuadrados de construcción de calles de mediano tránsito utilizando

101

Page 102: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

capa de carpeta asfáltica de 6 cm de espesor sobre suelo mejorado

en dos etapas casa una por $ 579.510 en el Barrio La Colonia y el

Barrio Villa Nueva Argentina de Quilmes.

Se observa la similitud caligráfica entre las

facturas A expedidas por Motor SUN SA y MAXX POWER SA nro. 0001-

00000018 y 0001-00000110, respectivamente del 12/9/11 por $

305.514,27 y $ 509.190,45; señalándose así también la factura A

nro. 0001-00000037 de la firma MAXX POWER SA por $ 254.595,23.

Asimismo se aprecia la correlatividad de las

facturas del proveedor SOY FELIZ de MARTINEZ LITO ARNALDO que

registraría fecha de inicio de actividades el 04/2011 obrando en

este legajo facturas: nro. 0001-00000001 del 17 de agosto de 2011

por $ 3.900, 021 del 06 de octubre de 2011 por $ 5.000, 018 del

06/10/11 por $ 4.000.

COOPERATIVA DE TRABAJO ITATI SE FORTALECE

Se observa para el caso la facturación de Hugo

Fabián Blanco nro. 0001-00000030 del 24/11/11 por fecha de inicio

de actividades el 09/2011 por $ 39.599,38 en concepto de 66 viajes

para transporte de herramientas.

En el caso de la prórroga para las obras 2011 obra

en los expedientes de órdenes de pago un oficio por el cual se hace

102

Page 103: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

saber a la COOPERATIVA las calles para la construcción de calles de

mediano transito utilizando capa de carpeta azfáltica de 6 cm. de

espesor sobre suelo mejorado, que según ANEXO I de la ADDENDA del

Convenio de Colaboración y articulación suscripto por las partes el

02/06/11 y registrado bajo el numero 1020

COOPERATIVA DE TRABAJO EL PROGRESO –matricula 34340-

El Convenio de Cooperación, Colaboración,

Articulación para la Ejecución de las Acciones que Generan la

Inclusión Productiva de Personas Asociadas a las Cooperativas con

la COOPERATIVA DE TRABABJO EL PROGRESO aparece suscripto el 02 de

septiembre de 2010 entre el Municipio representado por el

Intendente y la señalada COOPERATIVA, representada por su

Presidente Luis María ARTOLA; resultando de su ANEXO I la

Descripción de las Obras a realizar por esta Cooperativa de

Trabajo, tratándose esta de:

TAREAS A REALIZAR: 2.400 metros de limpieza y

extracción de todo material artificial o natural que perjudique o

evite el normal escurrimiento hidráulico de los arroyos, a realizar

en Arroyo las Piedras, Quilmes, por un valor de $ 65.448 –como fase

1-; y lo mismo en una segunda etapa por el mismo precio y concepto.

103

Page 104: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

En cuanto a la rendición de cuentas se observan las

siguientes irregularidades: la similitud caligráfica entre las

siguientes facturas: nro. 0001-00000141 del 28/10/11 a nombre de

Armando Luis SUAREZ por $ 7.500 en concepto de 15 viajes por tareas

de limpieza en Los Eucaliptos por el período 01/10/11 al 19/10/11;

la factura 0001-00000021 del 27/10/11 a nombre de Diego Marcelo

ARSENIAN por idéntico concepto e importe; la factura nro. 0001-

00000121 a nombre de TRANSPORTE PROPIO del 27/10/11 por idéntico

concepto e importe y otra nro. 0001-00000105 de TRANSPORTE PROPIO

de Francisco Luis Perero del 28/10/11 por el mismo período,

importe y concepto; la factura 0001-00000046 del 28/10/11 a nombre

de FLETES TRANSPORTE PROPIO DE GARCÍA CRISTINA MARCELO por idéntico

importe y concepto; la factura 0001-00000055 del 26/10/11 a nombre

de FLETES LOS GAUCHOS por idéntico concepto, importe y período; la

factura 0001-00000031 del 27 de octubre de 2011 por idéntico

importe, concepto y período.

Por otro lado, se observa la correspondencia de

grafías entre las siguientes facturas: 0001-00000098 del 27/10/11 a

nombre de TRANSPORTE PROPIO de Norma Gonzalez por $ 7.500, en razón

de 15 viajes por tareas de limpieza en Los Eucaliptos entre el

01/10/11 y el 19/10/11, factura nro. 0001-00000069 a nombre de

Alberto Martín GODOY Servicio de Transporte Urbano de Carga del

104

Page 105: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

28/10/11 por el mismo concepto período facturado e importe; nro.

0001-00000030 a nombre de TRANSPORTE CASTELAR de Castelar Miguel

Angel del 28/10/12 por el mismo concepto, período e importe;

factura nro. 0002-00000128 del 28/10/11 a nombre de Victor Oscar

ROTONDI por idéntica suma, concepto y período facturado; factura C

nro. 0001-00000078 a nombre de Ariel Fernando MEROLLI del 28/10/11

por idéntica suma, concepto e importe; factura C nro. 0001-00000131

a nombre de Eugenia María Seneczkodel 28/10/11 por idéntico

concepto, período y suma; factura C nro. 0001-00000148 del 28/10/11

a nombre de Juan Carlos MARTINEZ por idéntico concepto, período e

importe; factura C nro. 0001-00000085 a nombre de FLETES Transporte

Propio de Borelli Roberto Alfredo, por idéntico concepto, período e

importe; factura 0001-00000122 de la misma fecha a nombre de Norma

Graciela MEDRANO, por el mismo concepto, importe y alcance; factura

a nombre de Nelly María GAMBETTI nro. 0001-00000145 por idéntica

suma, concepto e importe; factura c nro. 0001-00000041 a nombre de

APAOLAZA José Miguel Servicio de Trasporte Urbano de Carga de la

misma fecha, importe, y concepto; factura 0001-00000313 a nombre de

TRANSPORTE PROPIO TRANSPORTES PARTICULARES DE MONEA RODOLFO JORGE

del 27/10/11 por 15 viajes por tareas de limpieza en Los Eucaliptos

por $ 7.500 y factura nro. 0001-00000177 a nombre de TRANSPORTE

105

Page 106: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

F.O.F. de Francisco Oscar Fernandez del 28/10/11 por el mismo

concepto e importe.

Para el caso del pago de la facturación presentada

por esta COOPERATIVA ante el Municipio en razón del Plan Argentina

Trabaja 3, se observa la similitud caligráfica entre las siguientes

facturas: factura 01-00000193 a nombre de Roberto Marcelo ROMERO

expedida el 30/8/12 por la suma de $ 18.000 en concepto de 36

viajes por tareas de limipieza en San Francisco Solano periodo

04/7/12 al 28/8/12; factura 0001- 00000031 a nombre de Diego

Marcelo ARSENINAN expedida el 30/8/12 por $ 18.000 por idéntico

concepto y cantidad de viajes; factura nro. 0001-00000109 a nombre

de Transporte PROPIO de Francisco Luis Perero, expedida el 01/03/12

por 7.500 $ en concepto de 15 viajes por limpieza en Ezpeleta Este

por el período de 6/2/12 al 29/2/12; la factura nro. 0001-00000666

a nombre de Transporte Rubén GONZALEZ expedida el 01/3/12 por la

suma de $ 7.500 en concepto de 15 viajes por tareas de limpieza en

Ezpeleta Oeste del 06/2/12 al 29/2/12.

Los hallazgos en las carpetas de las COOPERATIVAS

recién expuestas, que a modo de ejemplo fueron detalladas se suman

a la vasta prueba recolectada. Así pueden observarse distintas

irregularidades que deberán ser esclarecidas en todos los casos y a

106

Page 107: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

entender del suscripto con la posibilidad de extenderse a más de la

jurisdicción analizada.

Se advierte en este caso que los expedientes

arrimados dan cuenta de al menos “anomalías” en la documentación

que “justificaría” la disposición de los emolumentos dinerarios del

erario público que habían sido dispuestos por funcionarios

nacionales en razón del PLAN AGENTINA TRABAJA.

Así, los legajos dan cuenta de un sinnúmero de

situaciones, que se observan en el trámite de facturación –

recordándose para ello que de los legajos de las COOPERATIVAS surge

que éstas facturaban a la Municipalidad, por los conceptos que los

PRESTADORES facturaban a la COOPERATIVA, siendo que el dinero lo

recibía la empresa y hacía constar a nombre de la COOPERATIVA-.

Nótese al respecto que no todas las carpetas

c/expedientes de orden de pago se encuentran con copia del Convenio

con la Municipalidad. Asimismo en algunas, el convenio se hallaba

vencido en relación al período en que se tramita la orden de pago.

Se advierte que la facturación por viajes

(contratación de camiones por h/día) es la que presenta mayor

irregularidad y difícil comprobación de su existencia. A menudo

aparecen en los expedientes notas en computadora con el mismo

formato y fuente, haciendo constar las horas trabajadas en días

107

Page 108: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

determinados, que coinciden en distintos expedientes sin importar

que se trate de diferentes empresas, resultando los montos de

facturación en muchos de los casos, de elevada cuantía.

Se advierten facturaciones por igual prestación

efectuadas en un mismo período, por un mismo monto, que pese a ser

realizadas por diferentes empresas, la confección de dichas

facturas parece pertenecer a un mismo puño escritor (ej.

Confrontar * fs. 4 del Expte Nro. 4091-1794/12 de fecha 09/04/12

referido a Orden de Pago Extrapresupuestaria nro. 2767, factura C

n° 0001-00000050 de Fletes Transporte Propio de García Cristian

Marcelo, con domicilio en calle 894 nro. 3655 (1881) San Francisco

Solano, Pcia. De Buenos Aires, de fecha 1/3/12, por 15 viajes por

tarea de limpieza en S. F. Solano, Período del 06/02/12 al

29/02/12, Patente TEH-590, Modelo 1979, Marca Dodge, por la suma de

$7500, *fs. 4 del Expte. Nro. 4091-1794/12 de fecha 09/04/12

referido a Orden de Pago Extrapresupuestaria nro. 2774, factura C

n° 0002-01000073 de Transportes de Perez Marcela Claudia, con

domicilio en calle Berutti 3017, Quilmes Oeste (1879), Pcia. De

Buenos Aires, de fecha 1/3/12, por 15 viajes por tarea de limpieza

en S. F. Solano, Período del 06/02/12 al 29/02/12, Patente WYX-383,

Modelo 1971, Marca Ford, por la suma de $7500 y * fs. 4 del Expte

Nro. 4091-1794/12 de fecha 09/04/12 referido a Orden de Pago

108

Page 109: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Extrapresupuestaria nro. 2782 factura C n° 0001-00000107 de

Transporte Propio de Luis Pedro Madeo, con domicilio en calle 387

(ex viamonte) nro. 564 (1879) Quilmes O, Pcia. De Buenos Aires, de

fecha 1/3/12, por 15 viajes por tarea de limpieza en S. F. Solano,

Período del 06/02/12 al 29/02/12, Patente SFO-173, Modelo 1976,

Marca Dodge, por la suma de $7500 –todo ello obrante en carpeta

Cooperativa de Trabajo Lealtad Peronista Año 2012 del Cajon nro 1.

Anexo VIII).

También en facturas realizadas a favor de la

Cooperativa 1° de Mayo (carpeta 2012, anexo VIII, exptes nro. 4091-

1794/12 de fecha 09/04/12 referido a Orden de Pago

Extrapresupuestaria nro. 2809 y nro. 4091-1794/12 de fecha 10/04/12

referido a Orden de Pago Extrapresupuestaria nro. 2915) por

Transporte Propio Transportes Generales de Norberto Kloster y por

Transportes Ruta 53 de Ariel Jacobo Kolleth, ambas de fecha

01/03/12 por la suma de $7500, en concepto de 15 viajes por tarea

de limpieza cuyo detalle viajes facturados, que se encuentra

agregado en cada expediente fue realizado mediante nota oficio

idéntica en los dos casos en cuanto a fecha, contenido, diseño y

fuente.

Igual situación se observan en facturas C nro. 0001-

00000084 de Transporte El Trébol, de fecha 30/08/12 por el precio

109

Page 110: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de $18.000 en concepto de 36 viajes para la Cooperativa Roña

Bekerman Limitada, factura C nro. 0001-00000125 (números que a

simple vista no coinciden en cuanto a su fuente –distintos “0”) de

José Antonio Navarrete Transporte de la misma fecha y por el mismo

concepto y precio a la misma cooperativa y factura C nro. 0001-

00000071 (números que a simple vista no coinciden en cuanto a su

fuente –distintos “0”) de Morganti Aldo Miguel Transportista

también de igual fecha, concepto, precio facturado a la misma

cooperativa.

Sumado a ello, se advierte un mismo puño escritor en

las tres facturas a pesar de tratarse de empresas distintas y en

cada uno de los expedientes se encuentra el mismo detalle de los 36

viajes facturados, realizado mediante nota oficio idéntica en los

tres casos en cuanto a fecha, contenido, diseño y fuente (ver

exptes Nro. 4091-1794/12 de fecha 04/09/12 referido a Orden de Pago

Extrapresupuestaria nro. 9726 por la suma de $18000 –fs.5-, Nro.

4091-1794/12 de fecha 04/09/12 referido a Orden de Pago

Extrapresupuestaria nro. 9732 por la suma de $18000 –fs. 5- y Nro.

4091-1794/12 de fecha 04/09/12 referido a Orden de Pago

Extrapresupuestaria nro. 9747 por la suma de $18.000 –fs 5-, todo

ellos correspondientes a la Carpeta Cooperativa de Trabajo roña

bekerman Año 2012 obrante en el Cajón nro. 2 –Anexo VIII-).

110

Page 111: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Se advierten también facturaciones por igual

prestación efectuadas en un mismo período, por un mismo monto, que

pese a ser realizadas por diferentes empresas, la confección de

dichas facturas parece pertenecer a un mismo puño escritor en las

facturas C nro. 0001-00000112 de Transporte VARON de José Alberto

Godoy del 01/03/12 por el monto de $7500 en concepto de viajes por

tareas de limpieza en Quilmes Este (expte 1794/12 del 9/04/12

referido a Orden de Pago Extrapresupuestaria nro. 2800); en la

factura C nro. 0001-00000102 de Transporte Propio de Norma

González de la misma fecha, por el mismo monto y concepto (expte

1794/12 del 9/04/12 referido a Orden de Pago Extrapresupuestaria

nro. 2805); en la factura C nro. 0001-00000112 (numeración que no

pertenece a la misma fuente, dado que sus últimos seis dígitos

fueron agregados, no se hallan impresos) de Transporte Propio de

Andrés Giandomenico (expte 1794/12 del 9/04/12 referido a Orden de

Pago Extrapresupuestaria nro. 2827) y factura C nro. 0001-00000120

(numeración que no pertenece a la misma fuente, dado que sus

últimos seis dígitos no se corresponden con los restantes) de

Transporte Eduardo Rubén Aquino (expte 1794/12 del 11/04/12

referido a Orden de Pago Extrapresupuestaria nro. 2937); todas las

facturas correspondientes a la Cooperativa de Trabajo 30 Mil

Limitada (carpeta Año 2012, Cajón nro. 3, anexo VIII.-

111

Page 112: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

En igual sentido, facturas C nro. 0001-00000103 de

Transporte Propio de Norma Gonzalez de fecha 22/03/12 por el monto

de $7500 en concepto de 15 viajes por tareas de limpieza en Quilmes

Este (expte nro. 1794/12 del 26/04/12 referido a Orden de Pago

Extrapresupuestaria nro. 3904) y factura C nro. 0001-00000118 de

Transporte Propio de Francelia Mabel Keegan de la misma fecha por

el mismo monto y concepto (expte nro. 1794/12 del 26/04/12 referido

a Orden de Pago Extrapresupuestaria nro. 3874) facturas

correspondientes a la Cooperativa de Trabajo 30 Mil Limitada

(carpeta Año 2012, Cajón nro. 3, anexo VIII).-

Se advierte facturación a nombre de la Cooperativa

de Trabajo Solano II ltda (en Carpeta Cooperativa de Trabajo SOLANO

II AÑO 2012 -cajon nro. 1-) donde la factura C nro. 0001-00000055

de DIAZ VICTOR DANIEL del 03/01/12, facturando la contratación de

104 viajes de camioneta para el traslado de herramientas en el

período comprendido entre 01-12-11 al 15-12-11, resulta al menos

llamativa si se la compara con la factura C nro. 0001-00000115 del

nombrado Díaz, de la misma fecha, por la contratación de 14 viajes

para el traslado de herramientas ocurrido en un período anterior

(del 14/9/11 al 19/9/11). Adviértase el nro. de facturas

supuestamente efectuadas un mismo día, por servicios supuestamente

realizados en algunos casos a más de tres meses del momento de su

112

Page 113: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

facturación, en los que incluso no se ha respetado el orden

cronológico de los acontecimientos (como en el caso ejemplificado).

Se advierten facturaciones de las que se desprende

inicio de actividad de su titular de un año de antigüedad, siendo

el nro. de recibos/facturas emitidos de baja numeración (ej Recibo

C nro. 0001-00000014 del 26/04/11 de la Arquitecta Graciela Alicia

Noguera, realizado a favor de la Cooperativa de Trabajo Solano III

Ltda –carpeta año 2011 obrante en Cajón nro. 2- por servicios de

asesoramiento, de donde surge inicio de actividad en 05/2010).

Se advierten facturas que dan cuenta de un inicio de

actividad de algunas empresas muy reciente (ej la empresa Insumos

Industriales de Karina Paula Aurello, cuya factura C nro. 0001-

00000016 del 06/07/11 a favor de la Cooperativa de Trabajo Solano

III LTDA (Carpeta correspondiente al año 2011 ubicada en el Cajón

nro. 2 del Anexo VIII) da cuenta de su inicio de actividades el

1/05/11 –dos meses antes-; en el mismo sentido y a favor de la

misma cooperativa, la facturación realizada por Pedro Aguirre,

factura C nro. 0001-00000010 del 03/10/11, da cuenta de su inicio

de actividades el 01/02/11 (expte 12251/11 del 14/10/11 referente

a la OP 12261 obrante en copia en la carpeta de la citada

cooperativa, referente al año 2011, Cajón nro. 2).

113

Page 114: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Respecto de esta última facturación, se advierte

además, similitud con la factura C nro. 0001-00000102 del 03/10/11

de Ledesma Cristian Javier a favor de la Cooperativa Solano III, no

solo en cuanto a su contenido (240 hs de contratación de

camioneta para traslado de herramientas durante el mes de

septiembre) sino también en lo referente a que, pese a resultar

servicios provistos por distintos proveedores como lo indican las

facturas detalladas, la confección de las mismas parece pertenecer

a un mismo puño escritor -expte 12251/11 del 14/10/11 referente a

la OP 12281 obrante en copia en la carpeta de la citada

cooperativa, referente al año 2011, Cajón nro. 2-. Resulta

llamativo también en relación a estos dos expedientes idéntico

detalle que obra en ambos de las horas y días de cumplimiento del

servicio facturado (once horas diarias, veinticinco días del mes de

septiembre, tratándose éstos los mismos días).

Se advierten facturas con inicio de actividades

recientes, en relación a la facturación respectiva (ej. La empresa

Queralt Lencinas, factura C nro. 0001-00000001 del 30/03/12 a favor

de la Cooperativa de Trabajo 1° de Mayo por la suma de $17.700 en

concepto de herramientas varias, cuyo inicio de actividades data

del mes de marzo de 2012 –ver carpeta correspondiente al año 2012,

anexo VIII-).

114

Page 115: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

c.- Ahora bien, de otra parte fueron recabados los

expedientes de rendición de cuentas donde surgía que la

documentación que ha sido detallada con las irregularidades que a

simple vista se han observado –sin siquiera la realización de un

mínimo estudio técnico pericial o de la especialidad- podría haber

sido remitida al Ministerio de Desarrollo Social para su

aprobación por parte de las áreas pertinentes –en el caso de la

Municipalidad de Quilmes-, sin aparentes observaciones.

Parte de dicha frondosa documentación se corresponde

con: el Expediente E 31597/2011 se inicia con Dictamen 568/SIG/12

que aparece suscripto por la Licenciada Andrea S. Stefani,

Directora General de Administración del Ministerio de Desarrollo

Social, del 27 de agosto de 2012, que refiere a la remisión de la

documentación correspondiente a la rendición de 57.868.810 $ según

Resolución nro. 4257 del 26/04/11, que sería ejecutado de la

siguiente manera:

MATERIALES $ 51.360.000

HERRAMIENTAS $ 5.481.610, para hacer frente a los gastos por la

compra de herramientas, útiles, libros contables y elementos de

protección personal.

GASTOS OPERATIVOS: $ 1.027.200 para obligaciones legales y puesta

en marcha de proyecto por parte de cada cooperativa de trabajo.

115

Page 116: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Según dicho dictamen los desembolsos había sido

hechos mediante Ordenes de Pago emitidas de acuerdo a los

requerimientos efectuados a fin de cumplir con el objeto del

convenio y las disposiciones existentes en cada caso.

La beneficiaria había presentado rendición por

49.689.901,72 $ aprobado por ese Departamento mediante dictámenes

884/SIG/11, 1038/SIG/11 y 1098/SIG/11 y 468/SIG/12 presentando en

la fecha nueva rendición de

MATERIALES $ 6.657.653,04

HERRAMIENTAS: $ 456.288,60

GASTOS OPERATIVOS: $ 491.660,40 (total 7.605.602,04)

Así se establece que del monto transferido de $

57.686.810, se había rendido anteriormente $ 49.689.901,72 y el

rendido en esa oportunidad por $ 7.605.602,04, quedando un saldo

remanente no ejecutado de 573.306,24$ que surgía como respuesta de

la documentación rendida por el Municipio e ingresada a ese

Departamento.

Asimismo surge de dicho expediente que por la

resolución en cuestión se efectuó:

un primer desembolso por 31.675.210 $

un segundo desembolso por 15.613.280 transferido

116

Page 117: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

un complemento del segundo desembolso por 10.580.320el

20/12/11 como complemento del segundo desembolso, y los

montos rendidos según dictámenes antes aludido por un total de

57.295.503,76 $.

Se acompaña a los autos así también, Dictamen

550/SIG/12 del 17/8/12, relacionado con la documentación puesta a

consideración por la Oficina de Rendición de Cuentas conforme

rendición de $ 57.868.810 según Resolución 14.987 del 6/12/11

ejecutados de la siguiente manera:

MATERIALES: 51.360.000 $

HERRAMIENTAS: 5.481.610 $

GASTOS ADMINSITRATIVOS: 1.027.200 $

Según surge de dicho dictamen, la beneficiaria

presenta a la fecha del dictamen una nueva rendición de cuentas

según los siguientes rubros:

MATERIALES 8.061.192,82 $

HERRAMIENTAS 3.618.798,65 $

GASTOS OPERATIVO 435.631,27$

total 12.115.622,74 $

Asimismo surge que a la fecha de la presentación se

había presentado una rendición por 30.204.609,87$ sin observaciones

permaneciendo a la fecha un saldo no ejecutado de 27.664.200,13$

117

Page 118: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Asimismo el Dictamen 468/SIG/12 del 13/7/12 se

relaciona con la remisión de documentación respaldatoria del

subsidio institucional por $ 57.868.810 procedente de la

Municipalidad de Quilmes, por la suma de

MATERIALES 51.360.000 $

HERRAMIENTAS 5.481.610 $

GASTOS OPERATIVOS 1.027.200 $, habiendo la beneficiaria presentado

una rendición de cuentas por $ 44.835.229,75, presentándose a la

fecha del dictamen una nueva rendición cuya ejecución se ajustaba a

los siguientes rubros:

MATERIALES 4.397.275,84 $

HERRAMIENTAS 195.692.66 $

GASTOS OPERATIVOS 261.703,47 $

Que a la fecha se había presentado documentación de

rendición de cuentas por la suma de $ 49.689.901,72 sin

observaciones que formular, permaneciendo un saldo no ejecutado por

8.178.908,28$.

Asimismo por DICTAMEN 338/SIG/12 se pone a

consideración la documentación respaldatoria del subsidio

institucional otorgado por la Municipalidad de Quilmes por la suma

de $ 57.868.810 según resolución 14987 del 6/12/11, presentando a

118

Page 119: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

la fecha una rendición de cuentas cuya ejecución se ajusta a los

siguientes rubros:

MATERIALES $ 16.388.926,82

HERRAMIENTAS $ 1.690.060,31

GASTOS OPERATIVOS 10.000 $ Total rendido 18.088.987,13

d.- No pueden soslayarse así tampoco los informes

que se han realizado sobre el desarrollo del PLAN ARGENTINA TRABAJA

que se relacionan con INFORMES DE GESTIÓN realizados por los

organismos previstos para tales fines.

Así, se destacan entre otros las labores de la

Facultad de Ciencias Económicas- Universidad de Buenos Aires

llevadas a cabo en QUILMES, en distintas fechas conforme se

destacará:

Del 4 de abril de 2010, de donde surge con relación

al PROGRAMA surge que:

-Cuenta con 20 cooperativas, aseguradas contra accidentes de

trabajo (Nación Seguros del Bco Nación.

-Pendiente el pago del monotributo de cada una de ellas.

-Contratos de locación de obra, debidamente firmados por el

Intendente y área legal y técnica y cada una de las cooperativas.

119

Page 120: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-No se abonó aún IVA. Contador externo contratado por Municipio

trabajando para realizar el pago en mayo.

-No se encuentran realizadas las exenciones del impuesto a las

ganancias a las 20 cooperativas. En el Municipio se encuentran

realizando el cierre del Programa Inversión Social que cuenta con

39 cooperativas que a su vez se incluirán al Programa de Inversión

Social con Trabajo “Argentina Trabaja”.

- Inscripción y exención del impuesto sobre ingresos brutos,

inscriptas 19 porque la COOPERATIVA 2 DE MAYO no se presentó a las

convocatorias. La exención se terminará en mayo con el contador

contratado.

- Se iniciaron las inscripciones en IPAC. A la espera de las

matrículas correspondientes.

- Control de presentismo a las tareas asignadas.

- Se asesoró sobre método de compras de herramientas, materiales y

útiles con facturas a nombre de las cooperativas y el

correspondiente sistema de pago a PROVEEDORES. Problema con los

últimos porque no quieren facturar por cada COOPERATATIVA.

(Detalle por cada cooperativa fs. 157/195)

Por otro lado surge que el 4 DE MAYO DE 2010 se

constató:

-Se incorporan 35 cooperativas al programa.

120

Page 121: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-20 coop. aseguradas con Bco. Nación y 35 con Bco, Pcia. De Buenos

Aires (solo asegurados los 16 que constituyeron inicialmente la

cooperativa. El Municipio prevé contratar a Nación Seguros para

todos (35 cooperativas de 120 integrantes cada una).

-En cuanto a los contratos de locación de obra, 20 ya los tienen y

las 35 que se incorporaron aún no.

(Detalle por cada cooperativa fs. 158/230)

QUILMES –JUNIO 2010-

-Igual situación en relación a seguros por accidentes de trabajo.

-Control de presentismo: no se pudo relevar a la totalidad por

falta de cronograma actualizado. Se solicitó pero no fueron

organizados los listados de las 35 cooperativas ni se definieron

zonas de trabajo.

-Igual situación contratos de locación de servicio (35

cooperativas-pendientes).

(Detalle por cada cooperativa fs. 157/269)

La auditoría de JULIO 2010 en Quilmes da cuenta de

que:

-El municipio cuenta con 55 cooperativas.

-Control de presentismo: no se pudo relevar a la totalidad por

falta de cronograma actualizado. Se solicitó pero no fueron

121

Page 122: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

organizados los listados de las 35 cooperativas ni se definieron

zonas de trabajo.

- Igual situación contratos de locación de servicio (35

cooperativas-pendientes).

-20 coop. aseguradas con Bco. Nación y 35 con Bco, Pcia. De Buenos

Aires (solo asegurados los 16 que constituyeron inicialmente la

cooperativa. El Municipio prevé contratar a Nación Seguros para

todos (35 cooperativas de 120 integrantes cada una).

(Detalle por cada cooperativa fs. 157/269)

Para AGOSTO 2010 se determinó:

-Control de presentismo: método aplicado insuficiente y las

autoridades de las cooperativas se niegan sistemáticamente a

prestar colaboración al grupo de trabajo de la UBA, situación

reiteradamente informada a la Unidad ejecutora del Municipio.

-20 coop. aseguradas con Bco. Nación y 35 con Bco, Pcia. De Buenos

Aires (solo asegurados los 16 que constituyeron inicialmente la

cooperativa. El Municipio prevé contratar a Nación Seguros para

todos (35 cooperativas de 120 integrantes cada una). El mes que

viene se obtendrán las pólizas correspondientes.

- Igual situación contratos de locación de servicio (35

cooperativas-pendientes). Las 20 que comenzaron en dic 2009, tenían

como plazo de ejecución de obras 6 meses (fin en mayo de 2010), por

122

Page 123: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

lo que se resolvió efectuar adenda al convenio por 90 días más

(junio-agosto). No se confeccionaron los contratos aún con la

prórroga.

(Detalle por cada cooperativa fs. 157/269)

En SEPTIEMBRE 2010 se informó:

-Municipio cuenta con 55 cooperativas.

-El método aplicado de concurrencia es ineficiente. No se cuenta

con un cronograma actualizado por lo que no se pudo completar el

relevamiento de la totalidad de las Cooperativas.

(Detalle por cada cooperativa fs. 124/178)

Para OCTUBRE 2010 se informa que:

-El método aplicado de concurrencia es ineficiente. No se cuenta

con un cronograma actualizado por lo que no se pudo completar el

relevamiento de la totalidad de las Cooperativas.

-Se llevaron a cabo los procedimientos administrativos para el pago

de la cobertura del mes de agosto a la compañía de seguros.

-Sin respuesta de la Unidad Ejecutora del Municipio para el acceso

a la documentación de las 20 cooperativas para el trámite de

exención al impuesto a las ganancias. Respecto de las 35, se

colaboró con el armado de la documentación respaldatoria pero no

pudo acompañarse la tramitación de las exenciones (Sin respuesta de

123

Page 124: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

la Unidad Ejecutora del Municipio). Igual situación con la exención

al impuesto de ingresos brutos.

-En su mayoría libros de la cooperativa sin utilizar o actas sin

volcar. (Detalle por cada cooperativa fs. 124/178)

En DICIEMBRE 2010 del que surge el vínculo que une

al Ministerio de Desarrollo Social con la Universidad de Buenos

Aires.

Existiría un convenio de asistencia técnica

suscripto por la facultad de ciencias económicas de la Universidad

de Buenos Aires, junto al Ministerio de Desarrollo Social de la

Nación, con el objeto de brindar fortalecimiento Administrativo y

evaluar el método de control de concurrencia aplicado en las

cooperativas de trabajo afectadas a los proyectos subsidiados, en

el marco del cual elaboran informes mensuales de tareas ejecutadas.

-55 cooperativas.

-método de control de concurrencia insuficiente.

-Monotributo desde sept 2010 el pago se realiza a través del

Ministerio de Desarrollo Social.

-Libros/impuesto a las ganancias/al valor agregado/ingresos brutos.

(Detalle por cada cooperativa fs. 88/142)

Para ENERO 2011 se informó:

-Metodo de control de concurrencia ineficiente.

124

Page 125: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-Libros/impuesto a las ganancias/al valor agregado/ingresos brutos.

(Detalle por cada cooperativa fs. 88/142)

En FEBRERO 2011 se informó:

-Similar información

(Detalle por cada cooperativa fs. 88/142)

En marzo MARZO 2011 se informó:

- método de control de concurrencia insuficiente. La planilla que

se utiliza para registrar participación de Cooperativistas no es

firmada a diario.

- Libros/impuesto a las ganancias/al valor agregado/ingresos brutos

sin acceso a la documentación.

-Las autoridades municipales siguen mostrándose reticentes a

colaborar con el equipo de trabajo.

(Detalle por cada cooperativa fs. 88/142)

Para ABRIL 2011 surge:

- método de control de concurrencia REGULAR. Desde la

implementación de la liquidación en cero de los Cooperativistas que

no concurren a realizar tareas, se observa una evolución lenta pero

favorable de la dinámica de trabajo.

- Libros/impuesto a las ganancias/al valor agregado/ingresos brutos

sin acceso a la documentación.

125

Page 126: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

-Las autoridades municipales siguen mostrándose reticentes a

colaborar con el equipo de trabajo.

(Detalle por cada cooperativa fs. 88/142)

PROGRAMA “INGRESO SOCIAL CON TRABAJO” ARGENTINA

TRABAJA –MAYO 2011-

-Similar situación a la ya descripta el mes anterior.

Las autoridades municipales siguen mostrándose reticentes a

colaborar con el equipo de trabajo.

(Detalle por cada cooperativa fs. 88/142)

PROGRAMA “INGRESO SOCIAL CON TRABAJO” ARGENTINA

TRABAJA –JUNIO 2011-

-Método de concurrencia aplicado regular. Diferencias

significativas entre los muestreos realizados y lo asentado en las

planillas que las cooperativas utilizan para el control.

-Se cotejó la documentación referente al cumplimiento de los

regímenes impositivos, no se han presentado declaraciones juradas

al valor agregado, el trámite de exención al impuesto a las

ganancias y a ingresos brutos está pendiente de finalización en 20

cooperativas.

-Se lograron avances en el vínculo con los representantes de la

Unidad Ejecutora. (Detalle por cada cooperativa fs. 88/142 –

desordenadas-)

126

Page 127: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

En JULIO 2011 se informó:

Se analizan los mismos ítems.

-Pese a lograr avances en el vínculo con los representantes del

Ente Ejecutor, el contador de las Cooperativas se muestra reticente

para el acceso a la documentación que respalda la actividad de las

cooperativas.(Detalle por cada cooperativa fs. 102/156)

Para AGOSTO 2011 se informa:

Se analizan los mismos ítems.

-DIFICULTADES PARA ACCEDER A LAS UBICACIONES DONDE PRESTARÍAN

LABORES TRES DE LAS 55 COOPERATIVAS DOMICILIADAS EN EL MUNICIPIO.

(Detalle por cada cooperativa fs. 92/146)

En SEPTIEMBRE 2011 se informó:

-metodo de control regular. No se encuentran trabajando en las

ubicaciones vinculadas a módulos de obra a la mayoría de los

asociados a las cooperativas domiciliadas en el municipio; buena

parte realiza tareas alternativas (pegar panfletos, repartir

volantes).

-situación administrativa, legal y contable irregular. Sin acceso a

la documentación. (Detalle por cada cooperativa fs. 93/147)

Asimismo el INFORME DE GESTION OCTUBRE 2012 del

PROGRAMA “INGRESO SOCIAL CON TRABAJO” ARGENTINA TRABAJA se trata de

un Informe mensual de tareas ejecutadas en relación al convenio de

127

Page 128: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

asistencia técnica suscripto por la facultad junto al Ministerio de

desarrollo Social de la nación, cuya cláusula quinta pone de

manifiesto las prestaciones a cargo del equipo de trabajo de

facultad (fortalecimiento técnico y administrativo de las

cooperativas –ver fs 1 del informe- y realización de informe donde

se emite opinión sobre metodología de control de concurrencia

llevado adelante por cada cooperativa.

-método de control regular. No se encuentran trabajando en las

ubicaciones vinculadas a módulos de obra a la mayoría de los

asociados a las Cooperativas domiciliadas en el municipio.

-situación administrativa, legal y contable: dada la reticencia del

Municipio para colaborar, se trasladó inquietud al Ministerio.

Se presentaron en la oficina de empleo municipal

junto con referente del Ministerio para solicitar acceso a la

documentación. Anexo I (Detalle por cada cooperativa fs. 92/146)

En NOVIEMBRE 2011 surge respecto de QUILMES:

-método de control de concurrencia regular. La mayoría de los

asociados no trabaja en las ubicaciones vinculadas a los módulos de

obra determinados por el Ministerio de Desarrollo, sino que realiza

labores alternativas.

-situación administrativa, legal y contable: se informa que aún no

estarían dadas las condiciones para el acceso a la documentación e

128

Page 129: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

información de las Cooperativas. ANEXO I (Detalle por cada

cooperativa fs. 92/144)

En DICIEMBRE 2011 se informó:

ETAPA MUNICIPAL

-control de concurrencia regular. Dificultades para programar

visitas a las ubicaciones donde se encontrarían trabajando los

miembros de las cooperativas La Mugica, matrícula INAES 36410, Los

Picapiedras matrícula INAES 34363, La Esperanza matrícula INAES

34362.

-situación administrativa, legal y contable: continúa la reticencia

por parte del municipio informando que aún no estarían dadas las

condiciones para el acceso a la documentación e información de las

cooperativas.

(Detalle por cada cooperativa fs. 92/146)

INFORME DE GESTIÓN ENERO 2012- ARGENTINA TRABAJA

ETAPA MUNICIPAL-QUILMES

-método de control de concurrencia aplicado durante el mes de enero

ineficiente. Se continúa con dificultades para organizar recorridas

a las ubicaciones de obra donde se encontrarían trabajando los

miembros de las cooperativas LA MUGICA matrícula INAES 36410, LOS

PICAPIEDRAS matrícula INAES 34363, LA ESPERANZA matrícula INAES

34362.

129

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Ministerio Público de la Nación

-situación administrativa, legal y contable: no se actualizó.

(Detalle por cada cooperativa fs. 108/162)

El informe de FEBRERO DE 2012, ARGENTINA TRABAJA

ETAPA MUNICIPAL- da cuenta de:

-metodo de control de concurrencia aplicado durante el mes de enero

ineficiente. Se continúa con dificultades para organizar recorridas

a las ubicaciones de obra donde se encontrarían trabajando los

miembros de las cooperativas La Mugica, matrícula INAES 36410, Los

Picapiedras matrícula INAES 34363, La Esperanza matrícula INAES

34362.

-situación administrativa, legal y contable: SE PROGRAMA PARA MES

DE MARZO REUNIÓN CON REFERENTES DEL Ministerio de Desarrollo en el

Municipio, con el objeto de generar contacto más fluido con las

autoridades del Ente Ejecutor. Hasta el presente no se ha permitido

acceder a la documentación de las Cooperativas domiciliadas en la

zona.

(Detalle por cada cooperativa fs. 10/163)

El INFORME DE GESTION de ABRIL DE 2012 del PLAN

ARGENTINA TRABAJA ETAPA MUNICIPAL en QUILMES da cuenta de:

-método de control de concurrencia INEFICIENTE.

-situación administrativa, legal y contable: AÚN NO SE REALIZARON

CONVOCATORIAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS, en relación a

130

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Ministerio Público de la Nación

la organización de la nueva etapa del programa, comenzarían en mayo

Aún sin acceso a la documentación.

(Detalle por cada cooperativa fs. 100/154)

Para MAYO DE 2012 en relación QUILMES se informa:

-Control de concurrencia regular. Los asociados continúan

realizando tareas correspondientes a los módulos designados a las

cooperativas originales, en grupos por menor cantidad de personas a

las encontradas en las mismas ubicaciones en meses anteriores.

-Situación administrativa, legal y contable: Se han constituído 122

cooperativas nuevas en Quilmes. Las convocatorias las realiza el

Ministerio de Desarrollo desde el centro de atención local.

Persiste el conflicto con el Ente Ejecutor Local que no participa

en los operativos. Los asociados que aún no han sido incorporados a

las nuevas cooperativas, formarían parte de los operativos de

junio. A los que se están integrando a las cooperativas

conformadas, se les ofrece información sobre las características de

la nueva etapa, de armado de cooperativas de 30 integrantes. Se

colabora con el armado y organización de las nuevas cooperativas.

(Detalle por cada cooperativa fs. 101/155)

En JUNIO DE 2012 se informa:

-148 cooperativas nuevas constituidas a través de los operativos

llevados a cabo a tal fin. Los integrantes de las 55 cooperativas

131

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Ministerio Público de la Nación

de la Etapa Municipal no han sido integrados a la nueva etapa, de

las que se continúa sin acceso a la documentación e información

relativa a su estado de situación administrativo, legal y contable,

dada la reticencia del Municipio.

-Contactos en territorio: Diego Calaza (Ministerio de Desarrollo

Social de la nación), Nicolás Da Silva (INAES), Guillermo Robledo

(Ente Ejecutor Local).

(cooperativas constituidas en relación a la nueva etapa fs. 63,

101/5 y Detalle por cada cooperativa fs. 2/56)

-método de control de concurrencia regular.

En JULIO 2012 para QUILMES se informa:

147 cooperativas. A la fecha del informe las 55 que formaban parte

de la etapa municipal no han sido integrados a la nueva etapa y sin

acceso a la documentación. (cooperativas constituidas en relación a

la nueva etapa fs. 71, 136/6 y Detalle por cada cooperativa fs.

2/56)

Método de control de concurrencia ineficiente.

INFORME DE GESTION – AGOSTO 2012-QUILMES que da

cuenta de:

-238 cooperativas a la fecha de confección del informe. Las

cooperativas que trabajaban para la Etapa Municipal del programa

van siendo integrados a las nuevas cooperativas de treinta

132

Page 133: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

miembros. Se continúa sin acceso a la documentación e información

relativa a su estado de situación administrativo, legal y contable.

-ineficiente método de control de concurrencia.

(Detalle por cada cooperativa fs. 741/978)

Las reiteradas observaciones en torno a la

insuficiencia de control de concurrencia y presentismo –en el marco

de la ejecución del PLAN ARGENTINA TRABAJA- y la marcada

imposibilidad por parte de los auditores de tomar vista de la

documentación e información relativa al estado de situación

administrativo, legal y contable de las COOPERATIVAS resalta del

resumen realizado –donde los resaltados me pertenecen-. Asimismo

observo la atribución a cierta reticencia “del Municipio” a que

hacen mención los auditores que a juzgar por la prueba recabada no

podría haber sido sino un intento de no dejar tan expuestas las

irregularidades que a lo largo de esta presentación se han esbozado

–y que en su completa consideración importan conformar el cuadro de

presunción aludido más arriba-.

V.- LAS TAREAS DE INTELIGENICA

En razón de las constancias que se habían obtenido y

a los fines de ahondar en la formación del cuadro probatorio

conformado atendiendo a la extensa prueba documental obrante. Así

133

Page 134: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

pues, considerando la existencia de distintos PROVEEDORES que

aparecían facturado a las COOPERATIVAS y estos al Municipio de

Quilmes, como ente ejecutor en este caso puntual analizado, y el

municipio rendido al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación

desde donde procedían los emolumentos del erario público

involucrados, se practicaron tareas de inteligencia en los

domicilios que surgían de la documentación acollarada en autos

respecto de las COOPERATIVAS y las empresas PROVEEDORAS de los

bienes y servicios facturados –según la documentación acollarada- a

los fines de establecer su existencia, objeto, capacidad operativa

y demás circunstancias vinculadas con las mismas.

Tal información recabada por la Unidad Especial de

Procedimientos Policiales y Judiciales de la Gendarmería Nacional –

fs. 273/281, 283/294, 301/322, 329/333, 337/344, 345/370, 361/370 y

378/381 arrojó –hasta el momento- el siguiente resultado:

Que respecto a uno de los domicilios informados

respecto de Hugo Fabián BLANCO DNI 21.648.064, ante la AFIP sito en

las calles Alsina 1141 Quilmes, el mismo se trataba de una vivienda

residencial; siendo que con relación a los domicilios informados

por Andrés SERSING DNI 07.550.879 como propios ante dicha

Administración Federal de Ingresos Públicos, el domicilio sitos en

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las calles Delgado 3340 Florencio Varela se trataba de una vivienda

particular donde era conocido una persona de nombre Andrés.

Que respecto del domicilio sito en la Avenida Mitre

369 de Avellaneda provincia de Buenos Aires, se trataba de un

inmueble de mampostería que posee una puerta de acceso donde no

existe ni existió ninguna empresa de nombre KILL, siendo que el

domicilio de la calle Senillosa 934 piso 2do. “e” de esta ciudad

(CP 1424) es de existencia real con numeración a la vista

tratándose de un inmueble de dos plantas donde viviría una familia

de apellido SERRANO desde hace siete años a aproximadamente,

desconociéndose la empresa TRANSPORTES KIL SRL.

Que en el domicilio sito en la calle Diagonal 73

nro. 1375 piso 1ero. La Plata (Sudeste calle 50 ambas veredas),

registrado respecto de la firma DAROM CONSTRUCCIONES no era

conocida dicha empresa; en tanto, el otro domicilio, de Tte. Gral.

Juan Domingo Perón 1531 de esta ciudad, piso 2do. B (CP1037), era

de existencia real funcionando en el mismo un edificio con

seguridad privada y encargado. En el marco de las tareas se

determinó que en el segundo piso funcionan dos oficinas, siendo A)

y B) donde se encuentra un estudio jurídico donde sería conocido

una persona de nombre Santiago Kaplun, resultando desconocida la

empresa DARON CONSTRUCCION SRL en el lugar.

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Ministerio Público de la Nación

Que respecto a esta firma, el domicilio de la calle

Larrea 3528 de Quilmes, provincia de Buenos Aires, es de existencia

real tratándose de una casa de material revocado de una planta; en

el domicilio de Avenida del Campo 1362 de esta ciudad, resultaba en

el lugar desconocida la firma DARON CONSTRUCCIONES SRL habida en el

lugar una persona de nombre Ricardo Rojas, manifestó que en el

lugar funciona un taller de chapa y pintura de automóviles

propiedad de Beto Salas, desde hace 12 años.

Que por otro lado en la Avenida Pte. R. Saenz Peña

710 y 7710 CABA –piso 5to. a)- según las tareas realizadas

funcionaría la empresa denominada DARON CONSTRUCCIONES SRL siendo

la misma una constructora atendiendo de L a V de 9 a 18 horas,

trabajando por lo menos una persona de nombre Raúl ROCANOVA, y

funcionaría en el lugar hace más de 12 años. Asimismo en la Calle 1

nro. 376 de Tolosa, Pcia. de Buenos Aires, de existencia real

tratándose de una construcción de material donde no funciona ni

funcionó la firma DARON CONSTRUCCIONES, calle 1 nro. 37 es

inexistente; asimismo con relación a esta firma, la Calle 43 entre

272 y 275, y calle 1 entre 528bis y 529 nro. 37 de La Plata,

provincia de Buenos Aires, resultó inexistente debido a que la

calle 43 comienza su recorrido en la intersección de la Avenida 122

136

Page 137: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

de Ensenada y finaliza en calle 211, siendo que todas formas las

averiguaciones por la zona arrojaron resultado negativo.

Que respecto de la firma ACOT el domicilios sitos en

la calle Espinosa 2478 piso PB dpto. 1 CABA se trataba de un

inmueble tipo PH que en la parte baja posee dos departamentos

identificados como 1 y 2, siendo alquilado por una persona sexo

masculino que dijo ser Ricardo Rioboo desde hacía un mes,

desconociéndose la firma ACOT, en tanto el domicilio de la Avenida

Independencia nro. 1590 piso 8vo. dto. D CABA, se trata de un

edificio de diez pisos no resultando conocida en el lugar dicha

firma.

Asimismo con relación a la misma firma ACOT, en Juan

A García 1245 de Ituzaingó, provincia de Buenos Aires viviría una

familia de apellido AGUIRRE propietarios de la finca, no

detectándose movimiento alguno que permitiera inferir la existencia

de una empresa o comercio en el lugar ni persona que responda al

nombre de ACOT; en Avenida Belgrano 634 CABA –pisos 4to. y 10mo.

“f”-, tampoco se recabó información sobre la misma, siendo que en

el 4to. piso departamento F funcionaría una constructora con nombre

de fantasía BASE CERO y en el piso 10 f) una compañía de seguros.

Respecto de la firma ACOT se determinó que la misma

se encontraba instalada en el piso 4to. del dicho edificio

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habiéndose mudado para luego volver al edificio, en el piso 12,

donde funcionaría en la actualidad realizando trabajos de

construcción en el interior del país, sin empleados.

Que respecto a los domicilios aportados ante la

Administración Federal de Ingresos Públicos, por la firma

PINTURERÍA OGUS se determinó que el domicilio de la calle 893 nro.

4291 de San Francisco Solano (Quilmes, PBA) se trataba de un

edificio de mampostería de dos planteas, con una puerta de ingreso

al cual se encuentra ubicada en su ochava, funcionando un local

comercial de nombre PINTURERÍA OGUS, que se encuentra entre la 893

y la 843 –intersección-; que el domicilio de la calle 844 –nro.

2487, 2002 y 2394 de existencia real con numeración catastral a la

vista, resultaron negativas las tareas relacionadas con la firma

OGUS SOCIEDAD DE HECHO, DE DI TORO OMAR ALEJANDRA Y DI TOROG

funcionando en la planta alta, consultorios odontológicos.

En la numeración 2487 funcionaba una galería

comercial GALERIA HEIDI, de dos plantas con salida en la calle 843

con locales comerciales en ambos laterales y en su planta alta

desconociéndose a la empresa OGUS. Respecto de la numeración 2002

se trataba de un local comercial de venta de pintura denominado

PINTERIA OGUS. Por otro lado, en la calle Py y Margall nro. 1505 de

Rafael Calzada, la misma se trataba de un inmueble instalado en una

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Page 139: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

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intersección donde se halla emplazada una pinturería de nombre

“OGUS” tratándose de una construcción de mampostería, ubicándose en

su interior un entrepiso, con puerta de ingreso al interior;

observándose en la avenida Cabildo 1999 PB de Avellaneda PBA, un

local comercial del rubro pintura, con un cartel de fantasía

PINTURERIA COLORES observándose en sus vidrieras varios afiches

PINTURERÍA OGUS.

Así también en Camino General Belgrano nro. 6737 de

Berazategui provincia de Buenos Aires, donde se observó un comercio

de venta de pinturería de nombre OGUS al igual que en Tte. Gral.

Domingo Perón 1888 esquina Jujuy de Florencio Varela, PBA,

tratándose de un local de venta de pintura denominado PINTURERIA

OGUS, al igual que en Avenida San Martín 1592 esquina Maximo Paz

Lanús, PBA donde funciona la empresa PINTURERÍA OGUS.

Con respecto a la firma KAVOS las tareas de

inteligencia llevadas a cabo en el domicilio de la calle 14

Rigoleau 2153, provincia de Buenos Aires, arrojaron como resultado

que dicho lugar es de existencia real tratándose de una casa de una

planta que posee un buzón para cartas y sobre la misma un papel que

poseía la leyenda KAVOS SA. Asimismo el domicilio de la calle

Lavalle 1523 PB (CABA) se trataba de un edificio que contaría con

un encargado quien hace aproximadamente 12 años trabaja en el

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Ministerio Público de la Nación

lugar, y manifestando que en el primer piso existía un abogado de

nombre Roberto Isaías GORENSTEIN que se dedicaba a la formación de

sociedades anónimas en forma legal, llegando allí correspondencia a

nombre de KAVOS SA.

Que respecto al proveedor Luis PORTILLO, en las

calles Bengochea nro. 644 y 664, nro. 243 y nro. 283 de Florencio

Varela (PBA) ambos lugares se trataban del mismo inmueble ya que la

calle Bengochea contenía doble numeración catastral, tratándose de

una edificación de mampostería, donde por averiguaciones

practicadas residiría una persona de sexo masculino de nombre Luis

PORTILLO que se desempeñaría como masajista a domicilio y

pertenecería al cuerpo de Bomberos Voluntarios de la localidad de

Florencio Varela, no habiéndose observado en dicho lugar ninguna

empresa o comercio en el lugar. De otra parte se determinó que a

esa altura 664 y 283 resultaría inexistente, siendo que en el

domicilio antes indicado se desconoce al ciudadano Diego Hernán

PORTILLO siendo que el único que tendría dicho apellido sería una

persona con nombre de pila Luis.

Por otro lado, el domicilio de calle calle 6 y 47 de

tierras La Plata Noroeste –calle 50 Buenos Aires- se trata de una

esquina correspondiente a la Facultad de Ciencias Económicas,

obrando allí también una sucursal del Banco Provincia, un café

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Page 141: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

CABRALES y una construcción tipo vivienda particular desconociendo

a cualquier persona de nombre Diego Hernán PORTILLO.

Que con relación a la información colectada respecto

de JUAN JAVIER DIAZ DNI 23.722.160 en la calle La Rioja nro. 2276 y

2296 de Quilmes Oeste no se corresponde con ninguna arteria

existente en dicha calle La Rioja, siendo que de consultas

efectuadas a residentes del lugar manifestaron desconocer fábricas

o empresas emplazadas en la zona.

Asimismo respecto de la proveedora Silvia QUIROGA se

determinó la calle 5 nro. 138 de Bernal Quilmes (PBA) es de

existencia real viviendo en la misma la ciudadana Silvia QUIROGA

quien manifestó que habita el inmueble junto a su cónyuge ambos de

profesión -contador público- y que además se desempeñan como

encargados de realizar el registro contable a varias firmas

comerciales.

Que respecto del proveedor conocido como JUAN JAVIER

DIEZ, se determinó que en el domicilio de la calle La Rioja 2276 de

Quilmes Oeste (PBA), si bien resultó desconocida la existencia de

cualquier empresa denominada JUAN JAVIER DIEZ la misma se trataba

de una vivienda de existencia real, donde viviría un masculino de

nombre DIAZ específicamente en el inmueble “del fondo” tratándose

la vivienda de dos plantas habitando posiblemente en la planta alta

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Ministerio Público de la Nación

del lugar la madre del mencionado; en tanto en La Rioja 2296 donde

vive una persona de apellido DIAZ desconociéndose a la empresa

Víctor Daniel DIAZ. Por otro lado, en la calle Catamarca 2061 de

Quilmes Oeste (PBA) tratándose de de una edificación de mampostería

donde no funcionó ninguna empresa ni comercio con el nombre VICTOR

DANIEL DIAZ, mas sí vive una familia cuyo integrante masculino

sería el mencionado Victor Díaz.

Que respecto de empresa MARIA PILA VILARDEBO, los

domicilios sitos en las calles nro. 50 y/o 29 nro. 1211, ambas

veredas de La Plata Sudeste y Noroeste –informados por ésta como

PROVEEDORA ante la Administración Federal de Ingresos Públicos-, se

trataba de una casa de familia, no pudiéndose determinar la

existencia de la empresa en cuestión; la calle 18 nro. 587,

resultaba inexistente ya que la manzana que corresponde a la altura

500 estaba siento ocupada por un predio que abarca toda la cuadra -

propiedad del CIRCULO POLICIAL FILIAL LA PLATA, de la Policía

Bonaerense- no siendo conocida la empresa BILARDEBO en la zona.

Respecto de la calle 35 nro. 358 donde se desconoció la existencia

de empresa MARIA PILAR VILARDEBO en el lugar, al igual que en la

calle 20 nro. 560 siendo que la altura es también inexistente

desconociéndose así también tal empresa.

142

Page 143: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Finalmente en la calle 37 nro. 180 de La Plata

provincia de Buenos Aires se detectó que entre las calles 117 y 116

se hallaba un hospital R. ROSSI desconociéndose la empresa en

cuestión. El personal de gendarmería concluye al respecto que en lo

que respecta a la empresa sindicada no se había podido establecer

fehacientemente su funcionamiento en los domicilios indicados.

Asimismo respecto de Diego Damián BARRERIRO surgió

que el domicilio sito en las calles 142 nro. 1431 de Berazategui

(PBA) se trataba de un local comercial de nombre MOTORCAR destinado

a la venta de máquinas y herramientas, poseyendo un anexo destinado

a la reparación de motores y bobinados siendo un agente oficial de

los productos que comercializa, de construcción de mampostería

color blanco; que el domicilio de la calle 304 nro. 922 se trataba

de una vivienda en construcción particular; y que el domicilio de

la avenida 359 y 360 y 929 de Ranelagh, provincia de Buenos Aires,

se trataba de un domicilio deshabitado cercado por un terreno

baldío cercado que se encuentra ubicado entre las mismas arterias -

360 y 359-. Por su parte el domicilio de la avenida Rigolleau 3707

de Berazategui, pcia de Buenos Aires, se trata de un local

comercial de nombre MUNDOINGENIERIA SA o donde este sea conocido,

desconociéndose a Carlos Amado GOMEZ DNI 18.373.969.

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Page 144: Dictamen Stornelli Planes de Trabajo Quilmes

Ministerio Público de la Nación

Respecto de Diego Damián BARRERIRO DNI 23.431.073,

surgió que el domicilio de la Avenida La Plata 4445 de Ezpeleta

Quilmes Oeste PBA, se trataba de un inmueble destinado a la

compra/venta y acopio de materiales de desecho –cartones-chatarra,

donde el dueño se llamaría “Damián” y que en la calle 14 nro. 5332

de Berazategui PBA, obra un local comercial del rubro MINIMERCADO.

Que respecto de Gustavo José AMICO se determinó la

existencia en la calle Guiraldes 282 de Quilmes (PBA) de una

vivienda donde reside un matrimonio de avanzada edad jubilados

siendo desconocido Gustavo José AMICO. Por su parte, el edificio de

la calle Santa Cruz 410 de Ezpeleta Este, Quilmes (PBA) se trataba

de un inmueble de construcción donde reside una familia de apellido

GUILLAN junto a sus hijos menores de edad, siendo que Gustavo José

AMICO no es conocido en el lugar.

Así pues si bien restan acompañar otros informes

relacionados con las tareas de inteligencia ordenadas según surge

de los autos de esta instrucción preliminar, los datos hasta ahora

reunidos sumado a lo que ha sido expuesto a lo largo de esta

instrucción preliminar me llevan a sostener la existencia de

presunción en torno a la posible comisión de delitos de acción

pública, según la tipificación ya anunciada más arriba.

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Ministerio Público de la Nación

VI.- PETITORIO

En virtud de todo lo expuesto, atendiendo a la

presunción que se cierne en autos sobre la presunta comisión de

delitos de acción pública conforme se ha explicado y calificado más

arriba, solicito a V.S. que tenga por presentada la presente

denuncia; se corra vista al fiscal actuante en los términos del

artículo 180 del Código Procesal Penal de la Nación, prosiguiéndose

respectivamente con la investigación.

Proveer de conformidad, que

SERA JUSTICIA.-

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