Diario Primicia Huancayo 06/11/14

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Lista de escuelas beneficiarias Padres protestan contra “antros”

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Diario Primicia Huancayo Edicion Impresa 06/11/14

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  • Lista de escuelasbeneficiarias

    Padres protestan contra antros

  • ?Abel Egovil SorianoAlgo ms...

    Los datos y detalles sobre la Gestin del Riesgo de De-sastres se inform durante el curso de Gestin Reactiva del Riesgo de Desastres para periodistas y comunicadores sociales realizado los das 29 y 30 de octubre en el audito-rio del INDECI-Junn.

    SEGN EL INDECI JUNN SON 68 AUTORIDADES EDILES QUE VULNERANLA LEY N 29664

    Diario PrimiciaHuancayo, Jueves 06 de Noviembre de 2014INFORME12

    PRIMICIA - Huancayo.- En la regin Junn, siempre se han presentado lluvias in-tensas, tormentas elctricas, heladas, friaje, desborde de ros, sismos, inundaciones, desprendimiento de rocas y otros fenmenos naturales, a los cuales no ponemos ma-yor atencin, sino hasta que se habla de un desastre.

    Un desastre es la inte-rrupcin grave en el fun-cionamiento de una comu-nidad, causando grandes prdidas a nivel humano, material o ambiental, sufi-cientes para que la comu-nidad afectada no pueda salir adelante por sus propios medios, necesitando apoyo externo.

    TAREA DE TODOSDefensa Civil es Tarea de

    Todos! es una frase que a me-nudo se suele escuchar, sobre todo cuando se promueven simulacros de sismo.

    Pero ni las propias auto-ridades regionales y locales, no saben cmo realizar una Gestin de Desastres, que viene a ser un conjunto de conocimientos, medidas, acciones y procedimien-tos que, juntamente con el uso racional de recursos humanos y materiales, se orientan al planeamiento, organizacin, direccin y control de actividades rela-cionadas con:

    La prevencin y la estimacin del riesgo (identificacin del peligro, el anlisis de la vulnerabi-lidad y el clculo del ries-go).

    La reduccin de ries-gos (prevencin especfica, preparacin y educacin).

    La respuesta ante las emergencias (atencin

    El olvido de los alcaldes en la Gestin del Riesgo de Desastres Cualquier ciudadano puede denunciar la desidia de los alcaldes y vulneracin al Decreto Supremo N 048-2011-PCM que aprue-ba el Reglamento de la Ley N 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres (SINAGERD)y el rgano rector del Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres est facultado para imponer sanciones de inhabilitacin temporal, inhabi-litacin definitiva, econmicas, as como de amonestacin, multa, entre otros.

    gionales y gobiernos locales ponen especial atencin en el riesgo existente y, por tan-to, en la gestin correctiva.

    Los gobiernos regionales y gobiernos locales que ge-neran informacin tcnica y cientfica sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo estn obligados a integrar sus da-tos en el Sistema Nacional de Informacin para la Ges-tin del Riesgo de Desastres, segn la normativa del ente rector. La informacin gene-rada es de acceso gratuito para las entidades pblicas.

    Lo anterior es letra muerta en su ejecucin e im-plementacin para 68 alcal-des de la regin Junn, entre ellos se encuentra la Munici-palidad Distrital de El Tambo, que para el presente ao no ha destinado recursos para afrontar una emergencia, lo peor es que no ejecutan nin-guna accin de prevencin.

    SANCIONESLa misma norma con-

    templa infracciones y sancio-nes, prevista en el Artculo 20 que seala: Las infracciones son los actos u omisiones en que incurren las autorida-des, funcionarios, servidores y empleados pblicos en general, as como las perso-nas naturales y jurdicas, en contra de lo establecido en la presente Ley. Constituyen infracciones las siguientes:

    a. El incumplimiento de las obligaciones esta-

    propiamente dicha, eva-luacin de daos y rehabi-litacin).

    La reconstruccin.

    GESTIN DEL RIESGO DE DESASTRESSegn Clever Almeida

    Crdenas, director del IN-DECI Junn lo lamentables es que 68 alcaldes de nuestra regin, vulneran la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de De-sastres (SINAGERD) publi-cado 19 de febrero del 2011, menos acatan lo dispuesto

    en el Decreto Supremo N 048-2011-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley N 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestin del Ries-go de Desastres (SINAGERD).

    En el Captulo V, referido a la participacin de gobier-nos regionales y gobiernos locales se detalla que los go-biernos regionales y gobier-nos locales, como integran-tes del Sinagerd, formulan, aprueban normas y planes, evalan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecu-tan los procesos de la Gestin

    del Riesgo de Desastres, en el mbito de su competencia, en el marco de la Poltica Na-cional de Gestin del Riesgo de Desastres y los lineamien-tos del ente rector, en con-cordancia con lo establecido por la Ley y su reglamento. Asimismo se precisa que los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las mximas autoridades res-ponsables de los procesos de la Gestin del Riesgo de De-sastres dentro de sus respec-tivos mbitos de competen-cia. Los gobiernos regionales

    y gobiernos locales son los principales ejecutores de las acciones de gestin del ries-go de desastres. Los gobier-nos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestin del Riesgo de Desastres, in-tegrados por funcionarios de los niveles directivos su-periores y presididos por la mxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta funcin es indelegable. Los gobiernos regionales y gobiernos loca-les aseguran la adecuada ar-monizacin de los procesos de ordenamiento del terri-torio y su articulacin con la Poltica Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres y sus procesos. Los gobiernos re-gionales y gobiernos locales son los responsables directos de incorporar los procesos de la Gestin del Riesgo de Desastres en la gestin del desarrollo, en el mbito de su competencia poltico ad-ministrativa, con el apoyo de las dems entidades pblicas y con la participacin del sec-tor privado. Los gobiernos re-

  • INFORME 13Diario PrimiciaHuancayo, Jueves 06 de Noviembre de 2014

    El olvido de los alcaldes en la Gestin del Riesgo de Desastresblecidas en la presente Ley.

    b. El incumplimiento de las normas tcnicas de seguridad en defensa civil.

    c. La interferencia o impedimento para el cumplimiento de las fun-ciones de inspeccin de las entidades que confor-man el Sinagerd.

    d. La omisin de la implementacin de las medidas correctivas con-tenidas en los informes tcnicos de las entidades del Sinagerd.

    e. La presentacin de documentacin fraudu-lenta para sustentar el cumplimiento de las nor-mas tcnicas en Gestin del Riesgo de Desastres.

    f. Consignar informa-cin falsa.

    g. Otras que se esta-blezcan por ley o norma expresa.

    En los casos que la pre-sente Ley o su reglamento lo sealen, el rgano rector del Sistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres im-pone sanciones de inhabili-tacin temporal, inhabilita-cin definitiva, econmicas, as como de amonestacin, multa, suspensin y revo-cacin de certificados, per-misos, registros y autoriza-ciones, clausura temporal o definitiva de establecimien-tos y demolicin, a quienes transgredan la presente Ley. Conjuntamente con las san-ciones administrativas que se impongan al infractor, se le exige la reposicin de la situacin alterada a su esta-do anterior, as como la in-demnizacin por los daos y el perjuicio ocasionado. La imposicin de sanciones ad-ministrativas no exime a los infractores de la responsabi-lidad civil o penal a que hu-biere lugar. Es decir, si algn ciudadano decida denunciar a algn presidente regional o alcalde por la vulneracin

    y organismos no guberna-mentales. La participacin ciudadana se da a travs de las organizaciones sociales y de voluntariado, que cons-tituyen la base social de or-ganismos tales como la Cruz Roja Peruana, juntas vecina-les, comits parroquiales, de instituciones educativas y empresariales.

    PLAN NACIONALEl Plan Nacional de Ges-

    tin del Riesgo de Desastres, que integra los procesos de estimacin, prevencin y re-duccin del riesgo de desas-tres, preparacin, respuesta y rehabilitacin, y reconstruc-cin, tiene por objeto esta-blecer las lneas estratgicas, los objetivos, las acciones, procesos y protocolos de ca-rcter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la referida Ley. En el dise-o del plan, se consideran los programas presupuestales estratgicos vinculados a la Gestin del Riesgo de De-sastres y otros programas que estuvieran relacionados con el objetivo del plan, en el marco del presupuesto por resultado.

    La estrategia de gestin financiera del riesgo de de-sastres, a cargo del Ministerio de Economa y Finanzas, con cobertura a nivel nacional. Los mecanismos de coordi-nacin, decisin, comuni-cacin y gestin de la infor-macin en situaciones de impacto de desastres son desarrollados en el regla-mento de la referida Ley. Es obligatoria la participacin de las instituciones y orga-nizaciones vinculadas con la respuesta a desastres. Co-rresponde a los presidentes de los gobiernos regionales y alcaldes la convocatoria de los espacios de co-ordinacin respectivos, fomentando la participa-cin de actores institucio-nales, de la sociedad civil organizada y del sector privado.

    de la referida norma; estos son pasibles de ser separa-dos de sus funciones y hasta inhabilitados, multados y denunciados penalmente; tal como podra ocurrir con los 68 alcaldes distritales, entre los que se encuentra el del distrito de El Tambo.

    Cmo alguien que se olvida de realizar tareas de prevencin para afrontar una emergencia o desastre puede preferir realizar activi-dades de proselitismo polti-co, en su pretensin de llegar a ser presidente regional, lo anterior es un acto irrespon-sable, que desdice mucho de su capacidad para dirigir los

    destinos de una importante regin, como es Junn sea-l Clever Almeida Crdenas, director del INDECI Junn. Obviamente tambin las Fuerzas Armadas y la Polica Nacional del Per participan en la Gestin del Riesgo de Desastres, en lo referente a la preparacin y respuesta ante situaciones de desastre, de acuerdo a sus competencias y en coordinacin y apoyo a las autoridades competen-tes, conforme a las normas del Sinagerd. Las Fuerzas Ar-madas y la Polica Nacional del Per, participan de oficio en la atencin de situaciones de emergencia que requieran

    acciones inmediatas de res-puesta, realizando las tareas que les compete an cuando no se haya declarado un es-tado de emergencia. La par-ticipacin de las entidades privadas y de la sociedad civil constituye un deber y un derecho para la puesta en marcha de una efectiva Gestin del Riesgo de De-sastres, sustentado en el principio de participacin.

    Todas las personas na-turales o jurdicas priva-das enmarcan su accionar en la Poltica Nacional de Gestin del Riesgo de De-sastres y los lineamientos dados por la autoridad ad-

    ministrativa competente, encontrndose facultadas para organizarse a nivel de organizaciones sociales y de voluntariado a fin de op-timizar el cumplimiento de sus actividades vinculadas a la Gestin del Riesgo de De-sastres. En el desarrollo de los procesos de la Gestin del Riesgo de Desastres, tiene especial relevancia la participacin de las univer-sidades privadas, empresas mineras, de transporte a-reo, martimo y terrestre, de construccin, de servicios logsticos, de comunicacio-nes, as como las agremiacio-nes, colegios profesionales

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