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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
DIARIO OFI CIAL
S U M A R I O
1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL
TOMO Nº 390 SAN SALVADOR, MIERCOLES 16 DE MARZO DE 2011 NUMERO 53
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]
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ORGANO LEGISLATIVO
Decretos Nos. 638, 640 y 641.- Modifi caciones en la Ley
de Presupuesto General. .............................................................
Decreto No. 639.- Se autoriza al Órgano Ejecutivo en el Ramo
de Hacienda, para que suscriba el Contrato de Préstamo No. 2492/
OC-ES con el Banco Interamericano de Desarrollo, para fi nanciar
el Programa “Modernización del Órgano Legislativo II”. ...........
ORGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDARAMO DE HACIENDA
Acuerdo No. 98.- Se autoriza donación de bienes muebles
a favor del Consejo Nacional de Energía. ..................................
Acuerdo No. 225.- Se aprueba la Resolución No. 1-CDF-
899/11, de fecha 3 de marzo de 2011, emitida por el Fondo
Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ..............................
MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN
Acuerdo No. 15-0025.- Se confi rma el reconocimiento de
estudios realizados por Darwing Josué Palma Ruiz. .................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuerdo No. 34.- Nombramiento de enlaces de apoyo ante
la Comisión Técnica Sectorial de Seguridad. ............................
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 1408-D, 1692-D, 20-D, 32-D, 62-D, 92-D, 93-D y 143-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía
en todas sus ramas. .....................................................................
INSTITUCIONES AUTONOMAS
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y
TELECOMUNICACIONES
Acuerdo No. 154-E-2011.- Adecuaciones a las Normas para el Registro de las Instalaciones y Equipos de Distribución
de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica. ...............
ALCALDÍAS MUNICIPALES
Decreto No. 3.- Reglamento Interno del Rastro Municipal de la Ciudad de Atiquizaya. .......................................................
Estatutos de las Asociaciones “Desarrollo Comunal de Lotifi cación Campo de Oro y de Personas con Discapacidad de Santo Domingo y Acuerdos Nos. 1 y 3, emitidos por las Alcaldías Municipales de Apopa y Santo Domingo, aprobándolos
y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE PRIMERA PUBLICACION
Edicto de Emplazamiento
Cartel No. 275.- Mario Adalberto Vásquez Ochoa (1 vez) ...........................................................................................
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Cartel No. 276.- Marisol Argueta de Barillas y otra (1
vez) ...........................................................................................
Cartel No. 277.- Gabriel Hernández González y otro (1
vez) ...........................................................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Cartel No. 262.- Elvia Dinora Rosales de Perdomo y otros
(3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 263.- Rosa Aminta Callejas Martínez y otros (3
alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 264.- Juana Santos Esquivel viuda de Campos
(3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 265.- Ingrid Iliana Candelario Torres y otro (3
alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 266.- Andrea Magarín Sigarán y otro (3 alt.) ..
SECCION CARTELES PAGADOS
DE PRIMERA PUBLICACION
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C006289, C006290, C006295, C006297,
C006298, F047890, F047919, F047920, F047928, F047930,
F047935, F047936, F047940, F047945, F047949, F047951,
F047973, F047976, F047996, F048000, F048186. ...................
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. F047876, F047877, F047903, F047914,
F047931, F047933, F047964, F047965, C006288, C006296,
C006308, F047871, F047879, F047880, F047881, F047900,
F047902, F047912, F047937, F047947, F047948, F047971,
F047979. ....................................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F047885. ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F047962, F048009. .....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C006311, F047874, F047952, F047956,
F047957, F047972. ....................................................................
Título de Dominio
Carteles Nos. F047899, C006305. ....................................
Juicio de Ausencia
Carteles Nos. C006307, F047943. ....................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C006285, C006286, C006299, C006300,
C006301, C006302, C006303, F048692. ..................................
Marca de Fábrica
Cartel No. C006283. .........................................................
Convocatorias
Carteles Nos. C006292, C006293, C006294, C006304,
C006310, C006312, C006378, F047873, F047882. ..................
Subasta Pública
Carteles Nos. C006306, C006309, F047901, F047911,
F047927, F047932, F047989, F047991. ....................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F047906, F047929, F047998, F048001,
F048002, F048003, F048004, F048005, F048006, F048007. ...
Marca Industrial
Cartel No. C006284. .........................................................
Título Municipal
Cartel No. F047875. ..........................................................
Título de Predio Urbano
Cartel No. C006287. .........................................................
Marca de Producto
Cartel No. F047939. ..........................................................
DE SEGUNDA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C006234, C006241, F047534, F047606,
F047613, F047614, F047661. ....................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F047596, F047647. .....................................
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Título de Dominio
Cartel No. F047554. ..........................................................
Renovación de Marcas
Carteles Nos. C006227, C006240. ....................................
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C004858, C006244. ....................................
Convocatorias
Carteles Nos. C006226, C006231, C006242. ...................
Subasta Pública
Carteles Nos. C006232, F047544, F047549, F047578,
F047583, F047584, F047585, F047587, F047636, F048017. ...
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F047518, F047620, F047624, F047625,
F047626, F047627. ....................................................................
Título de Predio Urbano
Cartel No. C006235. .........................................................
Marca de Producto
Cartel No. F047519. ..........................................................
DE TERCERA PUBLICACION
Aceptación de Herencia
Carteles Nos. C006142, C006149, C006150, F047154,
F047175, F047193, F047198, F047222, F047232, F047256,
F047258, F047263, F047270, F047288, F047290, F047308,
F047335. ....................................................................................
Título de Propiedad
Cartel No. F047295. ..........................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C006151, C006157, C006158, F047301. ...
Título de Dominio
Carteles Nos. F047125, F047126, F047127. ....................
Marca de Fábrica
Carteles Nos. C006124, C006126, C006127, C006128,
C006130, C006132, C006136, C006137, C006138, C006139,
C006159, C006160, C006161, C006162, C006163, C006164,
C006165, C006166, C006167, C006168, C006169, C006170,
C006171, C006172, C006173, C006174, C006175, C006176,
C006177, C006178, C006179, C006180, C006181, C006182,
C006183, C006184, C006185, C006186, C006187, C006188,
C006189, C006190, C006191, C006192, C006193, C006194,
C006195, C006196, C006197, C006198, C006200. .................
Convocatorias
Carteles Nos. C006155, C006261, F047206.....................
Subasta Pública
Cartel No. F047151. ..........................................................
Reposición de Certifi cados
Carteles Nos. F047137, F047138, F047142, F047210,
F047314. ....................................................................................
Balances de Liquidación
Cartel No. F047218. ..........................................................
Marca Industrial
Cartel No. C006229. .........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C006123, C006125, C006199, C006228. ..
Declaratoria de Muerte Presunta
Cartel No. F047526. ..........................................................
Marca de Producto
Cartel No. F047318. ..........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
AUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA
Resolución No. 018/2011.- Reglamento Interno para
la Delegación de Firma de Documentos y otros Actos
Administrativos del Director Ejecutivo de la AMP. ..................
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resoluciones Nos. 200, 201, 204, 205, 206, 207, 208, 210,
211, 212, 213, 214, 216, 217, 218, 219, 220, 221, 222, 223, 224,
225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 233, 234, 237, 241, 242,
244, 245, 246, 248, 249, 250, 251, 253, 254, 255, 257 y 417.-
Reposiciones de títulos. .............................................................
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184-201
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203
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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 638.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que con fecha 19 de diciembre de 2002, los Ministros de Relaciones Exteriores y de Economía suscribieron un convenio de coordinación
entre ambos ministerios, en lo referente al refuerzo en la gestión de la República de El Salvador ante la Organización Mundial de Comercio
(OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en Ginebra, Suiza.
II. Que de conformidad con el numeral 14, inciso primero del referido Convenio, se estableció que los gastos de funcionamiento de la Misión
Permanente de El Salvador en Ginebra, Suiza, serían divididos y cubiertos conforme a una tabla de gastos, la cual fue modifi cada por me-
dio de enmienda de fecha 23 de noviembre de 2006, y que el aporte del Ramo de Economía sería transferido al Ministerio de Relaciones
Exteriores, a efecto que sea este Ministerio quien traslade dichos recursos a la Misión Permanente en Ginebra, Suiza.
III. Que es necesario que la Misión Permanente de nuestro país con sede en Ginebra, Suiza, pueda disponer de los recursos necesarios para
continuar con su gestión de potenciar las negociaciones comerciales de carácter bilateral, regional y multilateral destinadas a la adopción
de instrumentos legales internacionales que mejoren las condiciones de acceso de las exportaciones salvadoreñas que coadyuven a traer al
país fl ujos crecientes de inversión y tecnología.
IV. Que por Decreto Legislativo No. 514, de fecha 18 de noviembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 230, Tomo No. 389, del 8 de
diciembre del mismo año, se aprobó la Ley de Presupuesto para el ejercicio fi nanciero fi scal 2011, la cual no dispone de las asignaciones
presupuestarias para fi nanciar dichos gastos.
V. Que para viabilizar en el Ramo de Relaciones Exteriores los recursos necesarios para el funcionamiento de la Misión Permanente de nues-
tro país con sede en Ginebra, Suiza, en el presente ejercicio fi scal 2011, es necesario incorporar las reformas correspondientes al referido
Presupuesto.
POR TANTO:
En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República por medio del Ministro de Hacienda.
DECRETA:
Art. 1. En la Ley de Presupuesto vigente, Sección A-PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, en el Apartado III-GASTOS, se introducen
las modifi caciones siguientes:
A. En lo que corresponde al Ramo de Relaciones Exteriores, se incrementan las asignaciones de la Unidad Presupuestaria 02 Servicio Diplo-
mático y Consular, Línea de Trabajo 01 Representaciones Diplomáticas, por un monto de $22,452, de la manera siguiente:
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B. Los recursos para fi nanciar el incremento al presupuesto del Ramo de Relaciones Exteriores se tomarán del Ramo de Economía, Unidad
Presupuestaria 02 Política Comercial y Administración de Tratados, Línea de Trabajo 03 Representación ante la OMC y la OMPI, del Rubro
54 Adquisiciones de Bienes y Servicios, el monto de $21,192 y del Rubro 55 Gastos Financieros y Otros, el monto de $1,260, fi nanciados
con el Fondo General.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial.
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DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil once.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
Ministro de Hacienda.
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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
DECRETO No. 640
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 725, de fecha 30 de septiembre de 1999, publicado en el Diario Ofi cial No. 208, Tomo No. 345, del 9 de
noviembre del mismo año, se ratifi có en todas sus partes el Convenio Marco relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de
la Cooperación Económica en El Salvador en virtud del Reglamento "ALA", celebrado entre el Gobierno de la República de El Salvador
y la Comunidad Europea.
II. Que en armonía con dicho Convenio Marco, el 6 de diciembre de 2010 fue fi rmado el Convenio de Financiación DCI-ALA/2010/021-847
entre la Unión Europea y la República de El Salvador por valor de VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL EUROS
(24,200,000 €), equivalentes a TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉ-
RICA (US$31,800,000), destinados para fi nanciar el "Programa de Apoyo a la Recuperación Económica de El Salvador (PARE-ES)", de
los cuales la cantidad de US$28,900,000 (22,000,000 €), corresponden al apoyo presupuestario y US$2,900,000 (2,200,000 €), al apoyo
complementario.
III. Que por Decreto Legislativo No. 514, de fecha 18 de noviembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 230, Tomo No. 389, del 8 de
diciembre del mismo año, se aprobó la Ley de Presupuesto para el ejercicio fi nanciero fi scal 2011, en la cual no se encuentran programados
recursos del citado Convenio de Financiación.
IV. Que actualmente se encuentra disponible un saldo de QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$15,800,000) equivalentes a DOCE MILLONES DE EUROS (12,000,000 €), correspondientes al primer
desembolso de apoyo presupuestario; asimismo, existen demandas prioritarias que están comprendidas dentro del objetivo del Convenio,
las cuales no disponen de asignación presupuestaria, por lo que es necesario incorporar a la Ley de Presupuesto correspondiente al ejercicio
2011 parte de los recursos del Convenio de Financiación DCI-ALA/2010/021-847.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda.
DECRETA:
Art. 1. En la Ley de Presupuesto Vigente, Sección A Presupuesto General del Estado, se introducen las modifi caciones siguientes:
1 -En el Apartado II-INGRESOS, Rubro 16 Transferencias Corrientes, incorpórase la Cuenta 164 Transferencias Corrientes del
Sector Externo y la fuente específi ca 16404 De Organismos Multilaterales, así:
Convenio de Financiación DCI-ALA/2010/021-847, entre la
Unión Europea y la República de El Salvador, comprendido
en el Convenio Marco relativo a la Ejecución de la Ayuda
Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en El
Salvador en virtud del Reglamento "ALA", celebrado entre el
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Gobierno de la República de El Salvador y la Comunidad Europea,
el cual fue ratifi cado por medio de Decreto Legislativo No. 725, de
fecha 30 de septiembre de 1999, publicado en el Diario Ofi cial No.
208, Tomo No, 345, del 9
de noviembre de ese mismo año ................................................................................................................................................. US$15,800,000
2 -En el Apartado III- GASTOS, en la parte correspondiente al Ramo de Economía, modifícase la letra B Asignación de Recursos, en los
numerales que correspondan, según el detalle siguiente:
4100-RAMO DE ECONOMIA
3. Relación Propósitos con Recursos Asignados, se incrementa el costo del propósito así:
4. Asignación Presupuestaria por Rubro de Agrupación, Fuente de Financiamiento y Destino Económico, se incrementa el monto por Rubro,
así:
Los recursos que se incorporan mediante el presente Decreto Legislativo por valor de US$15,800,000 deberán ser aplicados a la Fuente de
Recursos 12 Comunidad Económica Europea, CEE.
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial.
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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil once.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
MINISTRO DE HACIENDA.
DECRETO No. 641.-
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que por Decreto Legislativo No. 474, de fecha 22 de septiembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 177, Tomo No. 388, del 23 del mismo mes y año, se autorizó al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda para que por medio de su titular o del representante que él designare, suscribiera en nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador un Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto hasta de DOSCIENTOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$200,000,000), recursos que se destinarán para fi nanciar la ejecución del “Programa de Fortalecimiento Fiscal”, cuyo objetivo es promover y apoyar el fortalecimiento de las fi nanzas públicas y la protección del fi nanciamiento de los programas sociales que benefi cien a los sectores de menores ingresos.
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
II. Que mediante Decreto Legislativo No. 488, de fecha 14 de octubre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 193, Tomo No. 389, del 15
del mismo mes y año, se aprobó el Contrato de Préstamo No. 2296/OC-ES, suscrito entre el Gobierno de la República de El Salvador y el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de DOSCIENTOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA (US$200,000,000), para fi nanciar el Programa a que alude el considerando anterior.
III. Que por Decreto Legislativo No. 519, de fecha 25 de noviembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 222, Tomo No. 389, del 26 de
ese mismo mes y año, se incorporó al presupuesto 2010 la cantidad de $73,577,613, para fi nanciar diversas necesidades institucionales y
mediante Decreto Legislativo No. 569, de fecha 17 de diciembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo No. 389, del 23 de
ese mismo mes y año, se aprobaron $7,164,840 para dar cobertura al Presupuesto Especial Extraordinario para el Voto Residencial 2012,
recursos que fueron tomados del Contrato de Préstamo antes referido.
IV. Que mediante Decreto Legislativo No. 514, de fecha 18 de noviembre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 230, Tomo No. 389,
del 8 de diciembre del mismo año, se aprobó la Ley de Presupuesto para el ejercicio fi nanciero fi scal 2011, en la cual no se encuentran
programados recursos provenientes del citado Préstamo.
V. Que actualmente existe un saldo disponible que asciende a la cantidad de CIENTO DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUEN-
TA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$119,257,547);
y además, se registran demandas prioritarias por el mismo monto que están comprendidas dentro del objetivo del préstamo las cuales no
disponen de asignación presupuestaria; por lo que es necesario incorporar a la Ley de Presupuesto de 2011 los recursos del Préstamo No.
2296/OC-ES antes mencionado.
POR TANTO:
En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda.
DECRETA:
Art. 1. En la Ley de Presupuesto Vigente, Sección A “Presupuesto General del Estado”, se introducen las modifi caciones siguientes:
1- En el Apartado II-INGRESOS, Rubro 31 Endeudamiento Público, Cuenta 314 Contratación de Empréstitos Externos, increméntase la fuente
específi ca 31404 De Organismos Multilaterales, así:
Préstamo No. 2296/OC-ES, suscrito con el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID). Aprobado por Decreto Legislativo No. 488 de fecha
14 de octubre de 2010, publicado en el Diario Ofi cial No. 193, Tomo
No. 389 del 15 del mismo mes y año. $ 119,257,547
2 - En el Apartado III- GASTOS, modifícase el literal B Asignación de Recursos de los presupuestos de los distintos Ramos de la Adminis-
tración Pública, en los numerales que correspondan, según el detalle siguiente:
0300-TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Los recursos que se incorporan mediante el presente Decreto Legislativo por valor de $119,257.547, deberán ser aplicados a la Fuente de Recursos
8 Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSE FRANCISCO MERINO LOPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRIGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CESAR HUMBERTO GARCIA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZALEZ LOVO ROBERTO JOSE d’AUBUISSON MUNGUIA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VASQUEZ
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SEPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil once.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
JUAN RAMON CARLOS ENRIQUE CACERES CHAVEZ,
MINISTRO DE HACIENDA.
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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
DECRETO No. 639
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
I. Que el Órgano Legislativo de la República de El Salvador pretende el fortalecimiento Institucional, mejorando la efi cacia y efi ciencia de
sus funciones, para modernizar la gestión interna y facilitar un proceso de acercamiento con los ciudadanos.
II. Que el Órgano Ejecutivo, comprometido con el fortalecimiento de la Asamblea Legislativa de El Salvador, ha gestionado con el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), un Contrato de Préstamo hasta por un monto de CINCO MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTA-
DOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$5,000,000.00), recursos que serán utilizados para fi nanciar el Programa "Modernización del Órgano
Legislativo II".
III. Que en atención a lo antes expuesto y en base a lo establecido en el Art. 148 de la Constitución de la República, es conveniente autorizar
al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que suscriba el Convenio de Préstamo para fi nanciar el proyecto mencionado.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda,
DECRETA:
Art. 1. Autorízase al Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, para que por medio de su Titular o del funcionario que él designe, suscriba en
nombre del Estado y Gobierno de la República de El Salvador, el Contrato de Préstamo No. 2492/OC-ES con el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID), para fi nanciar el Programa "Modernización del Órgano Legislativo II", préstamo que estará sujeto a las siguientes condiciones y estipulacio-
nes:
MONTO DEL PRÉSTAMO : Hasta CINCO MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US$5,000,000.00).
PLAZO DE AMORTIZACIÓN : Veinticinco (25) años.
PERIODO DE GRACIA : Cuatro (4) años y seis (6) meses.
INTERESES : Se aplicará una Tasa de Interés variable Basada en LIBOR a tres meses para préstamos de la Facilidad Uni-
monetaria de Capital Ordinario, la cual a la fecha es de 1.14%. Se pagarán semestralmente, comenzando a
los seis (6) meses contados a partir de la fecha de vigencia del Contrato.
COMISIÓN DE CRÉDITO : El Prestatario pagará al Banco, sobre el saldo no desembolsado del Financiamiento del Capital Ordinario,
una Comisión de Crédito equivalente a un porcentaje que será establecido por el Banco periódicamente,
como resultado de su revisión de cargos fi nancieros, de conformidad con las disposiciones aplicables de la
política del Banco sobre metodología para el cálculo de cargos para préstamos del Capital Ordinario, sin
que, en ningún caso pueda exceder el 0.75% por año.
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA : Establecida de conformidad a las disposiciones aplicables de la política del Banco sobre metodología para
el cálculo de cargos para préstamos del Capital Ordinario. En ningún caso podrá cobrarse por este concepto
en un semestre determinado más de lo que resulte de aplicar el 1% al monto de Financiamiento, dividido
por el número de semestres comprendido en el plazo original de desembolsos.
FORMA DE PAGO : Mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales hasta la total cancelación del mismo.
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
DESTINO : Financiar la ejecución del Programa "Modernización del Órgano Legislativo II".
CONTRAPARTIDA : Hasta UN MILLÓN DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1,000,000.00).
MONTO DEL PROGRAMA : Hasta SEIS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
(US$6,000,000.00).
Art. 2. El Contrato de Préstamo que suscriba el Gobierno de la República de El Salvador con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de
conformidad con el presente Decreto, deberá de someterse a la aprobación de esta Asamblea Legislativa para su validez.
Art. 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial.
DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES
PRESIDENTE
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
TERCER VICEPRESIDENTE CUARTO VICEPRESIDENTE
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN
QUINTO VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA CÉSAR HUMBERTO GARCÍA AGUILERA
PRIMERA SECRETARIA SEGUNDO SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO ROBERTO JOSÉ d'AUBUISSON MUNGUÍA
TERCER SECRETARIO CUARTO SECRETARIO
IRMA LOURDES PALACIOS VÁSQUEZ
QUINTA SECRETARIA SEXTA SECRETARIA
MARIO ALBERTO TENORIO GUERRERO
SÉPTIMO SECRETARIO
CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil once.
PUBLÍQUESE,
CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA,
Presidente de la República.
JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ,
Ministro de Hacienda.
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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA
RAMO DE HACIENDA
ACUERDO No. 98.
MINISTERIO DE HACIENDA, DEPARTAMENTO JURÍDICO. San Salvador, a las quince horas del día uno de febrero de dos mil once.
Vista la solicitud suscrita por el señor Ministro de Economía, de fecha 09 de diciembre de 2010, y recibida el día 13 de ese mes y año, solicitando
a este Ministerio emitir Acuerdo Ejecutivo autorizando la donación de VEINTISIETE (27) bienes muebles, consistente en mobiliario de ofi cina y
equipo informático, a favor del CONSEJO NACIONAL DE ENERGÍA (CNE), de conformidad al artículo 149 numeral 2 y 4 de las Disposiciones
Generales de Presupuestos, bienes que fueron adquiridos con fondos propios, así como de donaciones recibidas en diferentes proyectos.
CONSIDERANDO:
I. Para que este Ministerio, emita el Acuerdo Ejecutivo por medio cual se autorice la donación de bienes muebles de otras dependencias, se
requiere que los mismos no sean necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la institución donante.
II. De acuerdo a lo anterior y conforme a la petición del señor Ministro de Economía, dichos bienes ya no son necesarios para los fi nes y ob-
jetivos que esa Institución, pero sí de gran importancia para dicho Consejo, lo cual contribuirá para fortalecer su desarrollo institucional.
III. Que el Centro Nacional de Energía, fue creado mediante el Decreto Legislativo No. 404, de fecha 30 de agosto de 2007, publicado en
el Diario Ofi cial No. 181, Tomo 377 de fecha 1 de octubre de ese año, como institución de Derecho Público con personalidad Jurídica y
patrimonio propio, con autonomía en lo administrativo, presupuestaria y técnico, adscrita al Ministerio de Economía.
IV. Asimismo la Dirección General del Presupuesto, mediante ofi cio número 2478 de fecha 1 de diciembre de 2010 emitió informe favorable
para la donación de los 27 bienes muebles, objeto de este acuerdo, consistentes en mobiliario de ofi cina y equipo informático, cuyas carac-
terísticas están detalladas en anexo agregado a las diligencias respectivas, a favor del Consejo Nacional de Energía, de conformidad a lo
establecido en el numeral 4 del artículo 149 de las Disposiciones Generales de Presupuestos; bienes que se detallan a continuación:
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
POR TANTO, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 2 y 4 del artículo 149 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, y en uso de sus
facultades legales el Órgano Ejecutivo, en el Ramo de Hacienda,
ACUERDA:
A) AUTORIZAR la DONACIÓN de 27 Bienes Muebles cuyas características y valúo están detallados en Romano IV) del presente acuerdo, al
CONSEJO NACIONAL DE ENERGÍA (CNE), valuados en CINCO MIL TRESCIENTOS UN DÓLARES CON QUINCE CENTAVOS DE
DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ($5,301.15) según informe emitido por la Dirección General del Presupuesto;
B) Se autoriza al Ramo de Economía, llevar a cabo la donación, debiendo elaborar el instrumento legal que respalde la transferencia de los
bienes muebles objeto de este acuerdo, y efectuar el descargo en los registros que al efecto lleva ese Ministerio de los bienes donados;
C) Efectúese el cargo y registro correspondiente;
D) Comuníquese a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental y a la Corte de Cuentas de la República, para los efectos del artículo
149 numeral 4 de las Disposiciones Generales de Presupuestos, y
E) ARCHÍVESE el presente expediente constando de 15 folios útiles, éste inclusive, en el Archivo General de este Ministerio, por no existir
trámites pendientes que realizar. COMUNÍQUESE. C.E. Cáceres, Ministro de Hacienda.
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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ACUERDO No. 225.
San Salvador, 9 de marzo de 2011.
De conformidad a lo establecido en el Artículo 26 literal b) de la Ley del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, publicada en el Diario
Ofi cial No. 90, Tomo No. 311 del 20 de mayo de 1991, modifi cada mediante Decreto Legislativo No. 32, publicado en el Diario Ofi cial No. 128, Tomo
No. 336 del 10 de julio de 1997; el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, ACUERDA: Apruébase lo emitido en la Resolución No. 1-CDF-899/11
emitida por el Consejo Directivo del FOSEP el 3 de marzo del presente año, que dice:
Conocida la solicitud del Ministerio de Salud, en adelante denominado “El Benefi ciario”, presentada con el objeto de obtener recursos fi nan-
cieros para la contratación de los servicios de consultaría, para la elaboración del estudio “DISEÑO FINAL DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y
EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL NACIONAL DE LA UNIÓN”, y analizado el documento FDI No. 10/11, preparado por la Administración del
FOSEP, en el que se hace relación del trámite de fi nanciamiento, el Consejo Directivo Resuelve:
I. Asignar al Ministerio de Salud - MINSAL, en adelante denominado “El Benefi ciario”, la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTE MIL
SETECIENTOS DIECISÉIS 12/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$420,716.12) con carácter reembolsable
y con cargo a las recuperaciones del Préstamo 860/SF-ES o de otra de las fuentes de fondos del FOSEP, que se encuentren disponibles a la
fecha de los pagos, para pagar la contratación de la empresa LEONEL AVILÉS Y ASOCIADOS, S. A. DE C. V., para realizar el estudio
“DISEÑO FINAL DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL NACIONAL DE LA UNIÓN”, bajo las
condiciones siguientes:
A. MONTO MÁXIMO
Hasta la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS DIECISÉIS 12/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA (US $420,716.12).
B. TASA DE SERVICIO
El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente.
C. COMISIONES:
De compromiso:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo hasta el 30 de junio de 2011, revisables semestralmente.
De servicio:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo hasta el 30 de junio de 2011, revisables semestralmente.
De administración:
El tres por ciento (3%) anual sobre los saldos de cuotas vencidas.
D. PLAZO
Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultaría.
E. DESTINO
Los recursos de este fi nanciamiento únicamente podrán utilizarse para pagar el monto del estudio “DISEÑO FINAL DEL PROYECTO
CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL NACIONAL DE LA UNIÓN”.
F. PERIODO DE DESEMBOLSOS
Máximo dieciocho (18) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoria; vencido
dicho plazo se prorrogará automáticamente por un período de seis (6) meses.
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
G. FORMA DE DESEMBOLSO
1. Los desembolsos a efectuarse en virtud de este fi nanciamiento serán escalonados, de acuerdo al avance del estudio y deberán de estipularse
en el Contrato de Consultaría. El FOSEP para hacer efectivos estos desembolsos, requerirá lo siguiente:
a) Solicitud de desembolso suscrita por el Representante del Benefi ciario, legalmente autorizado y aprobada por el Supervisor del Estudio
en original y una copia.
b) Acta del Comité Técnico de Seguimiento en la que se aprueba el informe correspondiente, o el gasto reembolsable.
c) Recibo o Crédito Fiscal en original y una copia suscrito por el Representante Legal de la empresa consultora.
d) Para el pago del Informe Final y las retenciones será necesario contar con el Acta de aprobación del Informe Final emitida por el
Comité Técnico de Seguimiento y Carta de Satisfacción del Propietario en que notifi ca la aprobación del mismo y la autorización del
pago del Informe Final por el Consejo Directivo del FOSEP.
2. El Plazo para solicitar el primer desembolso no podrá exceder de sesenta (60) días a partir de la fecha de suscripción del “ES CONFORME”
del benefi ciario en el Contrato de Consultoría, exceptuando los casos de las fi rmas no domiciliadas.
H. CONDICIONES PREVIAS AL PRIMER DESEMBOLSO
Previamente al primer desembolso del fi nanciamiento el benefi ciario deberá cumplir lo siguiente:
1. Designación del funcionario que lo representará ante el FOSEP, con autorización para fi rmar solicitudes de desembolso.
2. Designación de un Técnico como Delegado ante el Comité Técnico de Seguimiento.
3. Designación de un Técnico con el cargo de Supervisor del estudio.
I. FORMA DE REEMBOLSO
Mediante catorce (14) cuotas semestrales, vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de
gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.
J. OTRAS CONDICIONES
1. La evaluación, control y seguimiento técnico de cada uno de los informes del estudio, estará a cargo del Comité Técnico de Segui-
miento respectivo, sujeto a las normas establecidas en el Reglamento Operativo del Programa Global de Preinversión III y Contrato
de Consultoría.
2. El Benefi ciario entregará al FOSEP un ejemplar impreso y uno en CD de cada uno de los informes parciales y del fi nal, presentados
por el consultor.
3. El Contrato de Consultoría estipulará que el pago fi nal no podrá ser menor del 10% del costo total del estudio y que su desembolso
estará sujeto a la aprobación del Informe Final por parte del Comité Técnico de Seguimiento, el Propietario del Estudio y el Consejo
Directivo del FOSEP.
4. El benefi ciario se compromete a que si después de efectuado el estudio, obtuviese los recursos necesarios para la inversión del pro-
yecto, y ésta incluyese recursos para preinversión el saldo de este fi nanciamiento será reintegrado anticipadamente al FOSEP, con los
recursos del primer desembolso de la inversión.
5. El Benefi ciario mantendrá informado al FOSEP, de todas las actividades, avances, reuniones, correspondencia y otras que se generen
durante el desarrollo del estudio.
6. El Benefi ciario se compromete a mencionar al BID y FOSEP como las entidades fi nancieras, en los informes parciales y fi nales de
los estudios, así como en la publicidad de cualquier clase que eventualmente se haga del mismo.
7. El Benefi ciario proveerá al Comité Técnico de Seguimiento y al Supervisor del estudio, las facilidades de local, transporte, servicios
secretaria les y otros que sean requeridos para el efi ciente desempeño de sus funciones.
K. SUSPENSIÓN DE DESEMBOLSOS
El FOSEP, se reserva el derecho de suspender los desembolsos de este fi nanciamiento, cuando compruebe que el Benefi ciario o los Con-sultores contratados no están cumpliendo a cabalidad las obligaciones contraídas.
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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
II. Asignar al Ministerio de Salud - MINSAL, en adelante denominado “El Benefi ciario”, la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES 10/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$54,693.10), con carácter
reembolsable y con cargo a los Recursos Propios del FOSEP, para pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación
de Servicios (IVA), y completar el monto total necesario para contratar el estudio del “DISEÑO FINAL DEL PROYECTO CONSTRUC-
CIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL NACIONAL DE LA UNIÓN”, bajo las condiciones siguientes:
A. MONTO MÁXIMO
Hasta la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES 10/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$54,693.10).
B. TASA DE SERVICIO
El seis punto cinco por ciento (6.5%) anual sobre saldos insolutos revisables semestralmente.
C. COMISIONES
De compromiso:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos no desembolsados del préstamo hasta el 30 de junio de 2011, revisable semestralmente.
De servicio:
Dispensa completa de la comisión sobre los montos desembolsados del préstamo hasta el 30 de junio de 2011, revisable semestralmente.
De administración:
El tres por ciento (3%) anual sobre saldos de cuotas vencidas.
D. PLAZO
Nueve (9) años, incluyendo dos (2) de gracia, a partir de la fecha de la fi rma del Contrato de Consultoría.
E. DESTINO
Pagar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) del estudio “DISEÑO FINAL DEL PRO-
YECTO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL NACIONAL DE LA UNIÓN”.
F. PERÍODO DE DESEMBOLSOS
Máximo dieciocho (18) meses, a partir de la suscripción del “ES CONFORME” del Benefi ciario en el Contrato de Consultoría, vencido
dicho plazo se prorrogará automáticamente por un periodo de seis meses.
G. FORMA DE DESEMBOLSO
Los desembolsos serán escalonados, de acuerdo a la presentación del avance del estudio, de conformidad al literal G. del romano I de esta
resolución.
H. FORMA DE REEMBOLSO
Mediante catorce (14) cuotas semestrales vencidas y sucesivas, que incluyan capital, tasa de servicio y comisiones. Durante el período de
gracia se pagará únicamente las comisiones y la tasa de servicio devengada.
I. CONDICIÓN ESPECIAL
En el caso que la Ley del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA) fuera modifi cada en su
porcentaje de pago, esta resolución se modifi cará en el monto necesario, de manera que se pueda cumplir con la obligación que estipula la
Ley.
III. De acuerdo a lo establecido en el artículo 16 literal i) de la Ley del FOSEP, autorizar a la Presidencia del FOSEP para suscribir el Contrato
de Consultoría con la empresa LEONEL AVILES Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V., para la realización del estudio “DISEÑO FINAL DEL
PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL NACIONAL DE LA UNIÓN”. COMUNÍQUESE.- El Ministro
de Hacienda (f) C.E. CÁCERES.
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 15-0025.-
San Salvador, 10 de Enero de 2011.
EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades
legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó
DARWING JOSUÉ PALMA RUIZ, de nacionalidad Nicaragüense, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Tercer Grado de Educación
Primaria, realizados en el Centro Educacional Adventista de Chinandega, Ciudad de Chinandega, República de Nicaragua en el año 2010, con los de
Tercer Grado de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 7 de Enero de 2011 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de
la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los
requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar
la Equivalencia de estudios de Tercer Grado de Educación Primaria, obtenido por DARWING JOSUÉ PALMA RUIZ, en el Centro Educacional
Adventista de Chinandega, Ciudad de Chinandega, República de Nicaragua. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62
de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorpo-
ración de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento de equivalencia de los
estudios de Tercer Grado de Educación Primaria, cursados en el Centro Educacional Adventista de Chinandega, Ciudad de Chinandega, República
de Nicaragua, a DARWING JOSUÉ PALMA RUIZ, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en
Cuarto Grado de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.
SALVADOR SANCHEZ CEREN,
VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
Y MINISTRO DE EDUCACION AD-HONOREM.
(Registro No. F047915)
ACUERDO No. 034.-
SAN SALVADOR, 04 de marzo de 2011.
El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad al artículo 19 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación
de Desastres y al artículo 50 del Reglamento de la misma ley, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 01 de febrero de 2011, al señor CNEL. INF.
DEM NELSON ADALBERTO BARRIENTOS, como ENLACE DE APOYO PROPIETARIO, ante la Comisión Técnica Sectorial de Seguridad
en sustitución del señor CNEL. ART. DEM JUAN CARLOS VILLACORTA BARAHONA y como ENLACE DE APOYO SUPLENTE, al señor
TCNEL. INF. DEM JORGE ALBERTO REVELO VEGA. Se deja sin efecto el Acuerdo No. 029 de fecha 15FEB011. COMUNIQUESE.
DAVID MUNGUIA PAYÉS
GENERAL DE DIVISIÓN
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ACUERDO No. 1408-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil diez.- El Tribunal con
fecha diez de agosto del año dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MARVIN ARLINDO VILLANUEVA MEDINA, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R.
M. FORTIN H.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047959)
ACUERDO No. 1692-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintidós de diciembre de dos mil diez.- El Tribunal con fecha
diez de noviembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada THELMA MELISA GUADALUPE MOJICA LEMUS, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M.
FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047997)
ACUERDO No. 20-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha trece de
diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada REBECA SARAI AGUILAR FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- M.
TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047888)
ACUERDO No. 32-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha nueve
de diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR RENE AGUIRRE LOPEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M. TREJO.- M. POSADA.- M.
A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047907)
ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ACUERDO No. 62-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha uno de
diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada DIANA MAGALY RODRIGUEZ PAZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047909)
ACUERDO No. 92-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha diecisiete
de diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BERTA HAYDEE GRIJALVA GUERRERO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- M.
TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047887)
ACUERDO No. 93-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha tres de
diciembre de dos mil once, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JAKELYN ROXANA GUEVARA MELENDEZ, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R. M. FORTIN
H.- M. POSADA.- E. R. NUÑEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047910)
ACUERDO No. 143-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de enero de dos mil once.- El Tribunal con fecha tres de
diciembre de dos mil diez, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada VILMA MARILI PINEDA ORELLANA, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.
POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F047908)
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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ACUERDO No. 154-E-2011.
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES. San Salvador, a las quince horas con treinta minutos del día tres de marzo de dos mil once.
CONSIDERANDO QUE:
I. Por medio del acuerdo No. 464-E-2010 de fecha veintidós de diciembre del dos diez, se concedió audiencia a las sociedades CAESS, S.A. de C.V.; DELSUR, S.A. de C.V.; AES CLESA y CÍA. S. en C. de C.V.; EEO, S.A. de C.V.; DEUSEM, S.A. de C.V., EDESAL, S.A. de C.V., B&D SERVICIOS TÉCNICOS, S.A. de C.V. y ABRUZZO, S.A. de C.V., para que se pronunciaran respecto de las adecuaciones a las NORMAS PARA EL REGISTRO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, recomendadas en el informe emitido por el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones adscrito a la SIGET y por la Gerencia de Electricidad de esta Institución,específicamente en cuanto a las disposiciones siguientes:
En los artículos 8, 9 y 10, se propone modificar los plazos de duración de las etapas de implementación de la norma;
En el artículo 18, se recomienda modificar la redacción de tal forma que, mientras no se implemente la etapa de régimen, la renovación de inscripción de equipos e instalaciones se efectúe con el procedimiento actualmente vigente;
Finalmente, estima necesario insertar un comentario en los anexos de la norma que permita ingresar códigos genéricos para elementos que por el momento no posee el distribuidor, específicamente en las redes de baja tensión.
II. El día diez de enero del presente año, las sociedades CAESS, S.A. de C.V.; DELSUR, S.A. de C.V.; AES CLESA y CÍA. S. en C. de C.V.; EEO, S.A. de C.V.; DEUSEM, S.A. de C.V. presentaron observaciones a las disposiciones antes mencionadas.
III. Por medio del Acuerdo No. 31-E-2011 de fecha trece de enero del presente año, se requirió al Registro de Electricidad y Telecomunicaciones adscrito a la SIGET y a la Gerencia de Electricidad de esta Institución, rindieran un informe en el que analizaran las observaciones realizadas por las empresas distribuidoras CAESS, S.A. de C.V.; DELSUR, S.A. de C.V.; AES CLESA y CÍA. S. en C. de C.V.; EEO, S.A. de C.V.; DEUSEM, S.A. de C.V. a las NORMAS PARA EL REGISTRO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
IV. El día veintisiete de enero del presente año, el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones adscrito a la SIGET y a la Gerencia de Electricidad de esta Institución, rindieron el informe requerido por medio del acuerdo No.31-E-2011, estableciendo en lo medular lo siguiente:“““(…) a) Artículo 4
INSTITUCIONES AUTONOMASSUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y
TELECOMUNICACIONES
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Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES
“Art. 4. El Sistema de Registro de Instalaciones y Equipos de Distribución del Sector Eléctrico, estará conformado por los siguientes módulos principales: a) Módulo Empresas (ME), que será entregado por SIGET a las empresas distribuidoras junto con la documentación pertinente en el mismo acto de notificación del acuerdo que apruebe la normativa, como un medio para el reporte de la información de los activos de distribución; y, b) Módulo SIGET (MS), que será el central y se encargará de todo el procesamiento de la información reportada por las empresas….
Distribuidora: Mi representada solicita a esa Superintendencia que el Módulo Empresa (ME) y su manual de usuario le sea entregado al momento de notificación de la normativa, considerando que el plazo de la primera entrega de información es tres meses calendario a partir de la entrada en vigencia de esta normativa y que al contar con dicho módulo le permitirá efectuar las pruebas respectivas para realizar la entrega requerida.
Asimismo, dado que este módulo efectuará la validación de la información a remitir, mi representada solicita que en el manual de usuario se especifiquen los límites o tolerancias de las validaciones que éste efectúe, con el objeto de identificar con mayor eficacia aquellos aspectos que pudieran generar un error en el proceso de carga de información.”
Observaciones efectuadas por DELSUR
“En este artículo se establece que la SIGET entregará a las distribuidoras el Módulo Empresa así como su respectivo Manual de Usuario sin embargo no se especifica la fecha de entrega de dichos elementos. En vista de que ambos son indispensables para llevar a cabo los diversos desarrollos informáticos que permitan extraer de los Sistemas de Información Geográfica (GIS) de las Distribuidoras la información en los formatos requeridos en la Norma, se vuelve imprescindible que éstos sean entregados a las distribuidoras a la mayor brevedad posible. Por lo anterior, se propone la siguiente redacción:
Art. 4. El Sistema de Registro de Instalaciones y Equipos de Distribución del Sector Eléctrico, estará conformado por los siguientes módulos principales: a) Módulo Empresas (ME). Este módulo y su respectivo Manual del Usuario, será proporcionado en archivo electrónico por parte de SIGET a la Distribuidora como un medio para el reporte de la información de los activos de distribución. El ME y su respectivo Manual del Usuario constituirán los Anexos 4 y 5 de la presente Normativa, el cual forma parte integrante de la misma, que será entregado por SIGET a las empresas distribuidoras junto con la documentación pertinente y, b) Módulo SIGET (MS), que será el central y se encargará de todo el procesamiento de la información reportada por las empresas.”
ANÁLISIS:La observación realizada por las distribuidoras es referente a que el documento denominado Manual Técnico y Manual de Usuario sea proporcionado a la brevedad posible, para que de esta forma puedan realizar los desarrollos informáticos y adecuaciones pertinentes. Sin embargo, previendo tal situación, con fecha 26 de agosto de 2010 les fue entregada la primera versión del Manual Técnico y Manual de Usuario. Posteriormente, se realizaron reuniones de carácter técnico, con representantes de las empresas distribuidoras del Grupo AES y la distribuidora DELSUR. En éstas se discutieron algunos inconvenientes e incompatibilidades entre el sistema que estaba en
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desarrollo en la SIGET, y el sistema utilizado por las empresas distribuidoras; producto de dicha reunión se elaboró la segunda versión del Manual Técnico y Manual de Usuario, del cual fue entregada copia electrónica a las empresas distribuidoras, en la que se incorporaron lasadecuaciones correspondientes, en el entendido que éstas iniciarían las adecuaciones necesarias en sus sistemas informáticos, por ser esta la última versión consensuada de dichos manuales.Dicha versión se le denominó “Diccionario de Datos” y esta siendo actualizada por la firma consultora que SIGET ha contratado para el proyecto bajo análisis.
Expuesto lo anterior, las versiones finales del Manual Técnico y Manual de Usuario no serán entregados físicamente a las empresas distribuidoras como anexo 4 y 5 de esta Normativa. Sin embargo, y debido a la trascendencia de los mismos, se entregarán a la brevedad posible en formato digital.
b)Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES:
“Art. 8. Etapa de Carga Inicial. Esta etapa iniciará a partir de la entrada en vigencia de esta Norma y finalizará seis meses calendario después. La información que deberá remitir la empresa distribuidora en esta etapa, será la del estado de la red al treinta de junio treinta y uno de diciembre de dos mil diez; sin embargo, las empresas distribuidoras deberán presentar una información de carácter preliminar para prueba de los módulos SIGET y su plataforma, ésta información comprende las tablas: Empresa, SET, SSEE, SalidaMT, VanoMT, NodoMT y PostePozo que comprenda la red de media tensión.”
“Distribuidora: Mi representada solicita a esa Superintendencia que el estado de la red a reportar sea al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, por tratarse de una información más reciente. Por otra parte, respecto de la información de carácter preliminar a presentar a más tardar a los tres meses calendarios de iniciada la Etapa de Carga Inicial, mi representada propone se especifiquen las tablas a presentar, para lo cual propone los cambios indicados sobre el artículo.”
Observaciones efectuadas por DELSUR:
“a) En este artículo se estipula que durante la etapa de carga inicial la información que debe remitirse a SIGET debe corresponder a la del estado de la red al 30 de junio de 2010, sin embargo, en vista de que dicha norma fue aprobada y modificada posterior a dicha fecha, no es técnicamente viable obtener la totalidad de la información requerida retroactivamente al 30 de junio de 2010.
Previendo la inminente entrada en vigencia de la norma, en diciembre de 2010 DELSUR realizó todos los procesos necesarios para generar y resguardar la totalidad de la información requerida en la norma, por lo cual esta distribuidora está en la capacidad de entregar la información de la etapa de carga inicial con el estado de la red al 31 de diciembre de 2010. Por lo anterior, se solicita que se modifique el artículo 8 en el sentido de que la información a entregar en la etapa de carga inicial corresponda al estado de la red al 31 de diciembre de 2010.
Artículo 8
b) En relación a la entrega preliminar establecida en este artículo, es importante mencionar que en reuniones de trabajo sostenidas con funcionarios de esa Superintendencia las distribuidoras detallaron cuales serían las tablas de media tensión que estarían en capacidad de entregar en dicha entrega preliminar, razón por la cual se solicita que en el mencionado artículo se especifique
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que las tablas que serán remitida a los tres meses calendario de entrada en vigencia de la norma son las siguientes:
1. EMPRESA
2. SET
3. SSEE
4. SALIDAMT
5. VANOMT
6. NODOS DE MT
7. POSTE/POZO
La redacción propuesta para el primer párrafo de este artículo es la siguiente:
Art. 8. Etapa de Carga Inicial. Esta etapa iniciará a partir de la entrada en vigencia de esta Norma y finalizará seis meses calendario después. La información que deberá remitir la empresa distribuidora en esta etapa, será la del estado de la red al treinta y uno de junio diciembre de dos mil diez; sin embargo, las empresas distribuidoras deberán presentar una información de carácter preliminar para prueba de los módulos SIGET y su plataforma, que comprenda las siguientes tablas de la red de media tensión:
1. EMPRESA
2. SET
3. SSEE
4. SALIDA MT
5. VANO MT
6. NODOS DE MT
7. POSTE/POZO
Dicha información deberá presentarse a más tardar a los tres meses calendarios de iniciada la Etapa de Carga Inicial, esta servirá para realizar los ajustes iniciales necesarios en los módulos”.
ANÁLISIS:
Referente a la observación efectuada por las empresas distribuidoras sobre que la información que se remita sea del estado de la red al 31 de diciembre de 2010 y no al 30 de junio del mismo año, debe manifestarse que para los fines de entrada en marcha de las Normas, no afecta de ninguna manera el cambio de fecha propuesto por las empresas distribuidoras; por el contrario, es conveniente contar con la información actualizada a una fecha cercana a la emisión de las Normas citadas.
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En ese sentido recomendamos incluir la observación propuesta por las empresas distribuidoras.
Con respecto a la observación de agregar el detalle de tablas a requerir de forma preliminar a los primeros tres meses de aplicación de la normativa, es pertinente manifestar que es procedente realizar un detalle especifico de las tablas a requerir de forma preliminar y que deberán presentar las empresas distribuidoras a más tardar a los 3 meses de entrada en vigencia de la normativa.
C) Artículo 9Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES
“Art. 9. Etapa de Transición. Esta etapa iniciará un día después de finalizada la etapa de carga inicial y finalizará el treinta y uno de diciembre de dos mil doce. Esta Etapa servirá para realizar losprocedimientos definitivos de ajuste, adecuación y sincronización de los procesos definidos en ella; así como para que las empresas distribuidoras recopilen la información contenida en la totalidad de las tablas detalladas en el anexo 2 de esta Norma.
En este período, se realizarán las adecuaciones definitivas en los Módulos, que surjan como resultado de las revisiones en la Etapa Inicial. Así mismo, se harán los requerimientos de entrega de información por parte de las empresas, en este caso, de común acuerdo con las distribuidoras se definirán seevaluarán los tiempos para dichas entregas de conformidad a la complejidad de recopilación de la información.
Distribuidora: Dado que la complejidad de la recopilación de información o ajuste de los procesos puede variar circunstancialmente, mi representada solicita que los plazos de entrega de información sean acordados conjuntamente entre esa Superintendencia y las empresas distribuidoras.”
Observaciones efectuadas por DELSUR
“En vista de que la complejidad de los pedidos de información puede ser muy variada, se estima conveniente que los tiempos de entrega de los requerimientos sea establecida de común acuerdo con las distribuidoras, por lo que se propone la siguiente redacción del segundo párrafo del Art. 9:
En este período, se realizarán las adecuaciones definitivas en los Módulos, que surjan como resultado de las revisiones en la Etapa Inicial. Así mismo, se harán los requerimientos de entregas de información por parte de las empresas, en este caso, de común acuerdo con las distribuidoras, se definirán evaluarán los tiempos para dichas entregas de conformidad a la complejidad de recopilación de la información.”
ANÁLISIS:
Con respecto a lo observado por las empresas distribuidoras referente a que los plazos para la entrega de información sean evaluados en conjunto por la SIGET y las empresas distribuidoras; consideramos que dicho comentario no es procedente, ya que con la disposición actual no se está excluyendo al distribuidor de intervenir en la evaluación del tiempo necesario para la presentación de la información.Sin embargo, esta Institución siendo la entidad competente para normar las actividades de los operadores que realicen actividades en el sector de electricidad, es a quien le corresponde establecer con base a la complejidad de la recopilación de la información, los tiempos en que la distribuidora debe entregarla.
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Por lo anterior, recomendamos no tomar en consideración lo observado por las empresas distribuidoras.
D) ARTÍCULO 15Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES:
“Art. 15. El Código de Material describe las características técnicas de los elementos que forman parte de la red de distribución. La estructura de este código establece una agrupación de los componentes, según la función que desempeñan en la red de distribución eléctrica…
…Para establecer el listado de los códigos de material, que se presenta en el anexo 1 de esta Norma, se utilizará como base los códigos definidos en el Manual de Estándares para la Construcción de Líneas Aéreas de Distribución de Energía Eléctrica aprobado por la SIGET. No obstante lo anterior, se crearán los códigos respectivos de materiales no incluidos en los Estándares vigentes y que las empresas distribuidoras poseen en sus instalaciones y equipos de distribución de energía eléctrica, antes de la entrada en vigencia de la etapa de régimen esta Norma.
Distribuidora: Dado que las etapas de carga inicial y de transición servirán para efectuar las adecuaciones y ajustes necesarios para el buen funcionamiento del sistema y considerando que no es posible la creación de códigos de materiales no incluidos en las estándares previo a la entrada en vigencia de la normativa, mi representada solicita que este plazo sea modificado y se permita hasta antes de la entrada en vigencia de la etapa de régimen, la creación de códigos de materiales no incluidos en los estándares vigentes y que las distribuidoras poseen en sus instalaciones.”
Observaciones efectuadas por DELSUR:
“Observación DELSUR: Según lo establecido en el Art. 14, el mecanismo mediante el cual las distribuidoras propondrán la incorporación de nuevos códigos de materiales se aplicará a partir del inicio de la Etapa de Régimen, y de acuerdo a lo establecido en el Art. 15, únicamente se podrán incorporar sin aplicar el mecanismo del Art. 14 los materiales no incluidos en los Estándares vigentes y que las empresas distribuidoras poseen antes de la entrada en vigencia de esta Norma. Lo anterior deja sin posibilidad de incorporar nuevos códigos de materiales durante las etapas de carga inicial y de transición por lo que se propone que se modifique el Art. 15 de la siguiente manera:
…Para establecer el listado de los códigos de material, que se presenta en el anexo 1 de esta Norma, se utilizará como base los códigos definidos en el Manual de Estándares para la Construcción de Líneas Aéreas de Distribución de Energía Eléctrica aprobado por la SIGET. No obstante lo anterior, se crearán los códigos respectivos de materiales no incluidos en los Estándares vigentes y que las empresas distribuidoras poseen en sus instalaciones y equipos de distribución de energía eléctrica, antes de la entrada en vigencia de esta Norma del inicio de la Etapa de Régimen…”
ANÁLISIS:
De conformidad con lo requerido por las empresas distribuidoras, y ante la posibilidad de que existiere algún material utilizado por éstas que no haya sido incluido su código (a pesar de que la misma propuesta normativa ha sido revisada al menos 3 veces por las distribuidoras), se le agrega el término “la etapa de régimen” para cubrir tal posibilidad.
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En ese sentido, recomendamos incorporar la modificación propuesta.
E)
Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES
“Art. 17. Las distribuidoras deberán agrupar los componentes de la red de distribución eléctrica, según su funcionalidad y características eléctricas genéricas. A dichos componentes, se les asignarán atributos que los definan como entidades, los cuales equivalen a tablas dentro del Sistema del Registro de Instalaciones y Equipos…
m) Subestación de Distribución MT/BT (CenMTBT)
Los atributos de la entidad son los siguientes:
• Identificador del Centro de Transformación MT/BT;
• Identificador de la salida de MT del cual se abastece;
• Identificador del vano de MT al que está conectado;
• Identificador del Poste o Pozo;
• Identificador de la placa de campo con la que 10 identifica la distribuidora;
• Propiedad: Distribuidora / Tercero;
• Área de Tendido Tipo;
• Número de fase del primario;
• Fases Primario;
Distribuidora: El campo referente a la clasificación de los centros en urbanos y rurales es definido en las tablas del Anexo 2 como “tipo”, por lo cual se propone el cambio de la entidad definida como “Área de tendido” a “Tipo”.
q) Puente al vuelo en MT
Se utiliza para crear el enlace eléctrico en MT, sin que exista una estructura asociada.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
• Identificador del Puente al vuelo en MT;
• Identificador del Vano 1 que conecta;
• Identificador del Vano 2 que conecta;
Artículo 17
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• Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1);
• Coordenadas de ubicación Lambert (x2, y2).
r) Puente al vuelo en BT
Se utiliza para crear el enlace eléctrico en BT, sin que exista una estructura asociada.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
• Identificador del Puente al vuelo en BT;
• Identificador del Vano 1 que conecta;
• Identificador del Vano 2 que conecta;
• Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1);
• Coordenadas de ubicación Lambert (x2, y2).
Distribuidora: La descripción de estas entidades no concuerda con los campos definidos en las tablas del Anexo 2, por lo que se propone la eliminación de los atributos señalados.”
Observaciones efectuadas por DELSUR:
“La descripción de estas entidades no concuerda con el detalle de las tablas presentadas en el Anexo 2 de la Norma ya que en dicho anexo esta tabla únicamente contienen los siguientes campos:
• Identificador del Puente al vuelo en BT;
• Coordenadas de ubicación Lambert (x, y);
Por lo anterior, se solicita que la descripción de los puentes al vuelo de MT y BT del Art. 17 se adecúe al detalle presentado en el Anexo 2.”
ANÁLISIS:
El detalle y descripción efectuado en el Anexo 2 de esta Norma, contiene las adecuaciones resultantes de las reuniones de índole técnico, que fueron efectuadas entre representantes de las empresas distribuidoras del Grupo AES y DELSUR y de esta Superintendencia, en las cuales se discutieron algunos inconvenientes e incompatibilidades entre el sistema en desarrollo en la SIGET y el sistema en uso de las empresas distribuidoras. Por lo tanto, es procedente adecuar el detalle de los literales q) y r) del artículo 17 a lo dispuesto en el Anexo 2 de la misma Norma.
Con respecto a la nomenclatura utilizada para detallar las características urbanas o rurales de un equipo o instalación, el término correcto es “Área de tendido” y no “Tipo”. Teniendo como objetivo uniformar la nomenclatura de dicha normativa, es procedente adecuar la tabla “CentroMTBT” del anexo 2 con lo dispuesto en el artículo 17 letra m) Subestación de Distribución MT/BT (CenMTBT.)
F) Anexo 2
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Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES
“Distribuidora: La tabla que corresponde a las subestaciones de la empresa de transmisión ha sido denominada como “SET” por tanto el nombre asignado en el detalle de la tabla debe corregirse.
Tabla: Equipo MT
Distribuidora: De acuerdo a la definición de la tabla Equipo MT, la conexión de los equipos MT se relacionan mediante el reporte del primer vano “aguas abajo”, lo cual para el caso de acometidas MT implicaría que no tengan conectividad eléctrica con ningún circuito, ya que la acometida está relacionada con el equipo MT (tabla Acometida MT), el cual para este caso no tendría asociado ningún vano MT. Asimismo, para el caso de equipos de interconexión, no puede establecerse que circuitos interconecta debido a que únicamente se puede referenciar un vano MT.
Por lo anteriormente expuesto, mi representada solicita a esa Superintendencia considerar la adecuación de la estructura de la referida tabla de tal forma que se logren superar los inconvenientes antes descritos.
Tablas: Estructura MT y Nodo MT
Distribuidora: De acuerdo a la definición de las tablas Estructura MT y Nodo MT y a los criterios de validación establecidos en el manual técnico del Módulo Empresa (ME), no es posible la remisión de uno de los postes que soportan las estructuras en “H” y del poste que conforma la anclaje “Ancla a Poste”, por lo siguiente:
• La estructura se designa a uno de los postes, quedando el otro poste sin estructura asignada (ejemplo estructura H)
• Todo poste debe tener un nodo (Tabla nodo MT), y por tanto uno de los postes queda sin nodo.
• Dentro de las validaciones del Módulo Empresa se considera como error crítico: Poste / pozo no conectado a ningún nodo de media o baja tensión, Nodo de media tensión no conectado a ninguna estructura de media tensión y por tanto uno de los postes de las estructuras en “H” y el poste del ancla poste no podrán registrarse. (…)
Por lo anterior mi representada solicita a esa Superintendencia las modificaciones a la estructura de tablas u otro tipo de solución que estime pertinente para que los postes de estructuras compuestas por más de un poste y los anclajes que utilizan postes puedan reportarse y registrarse. Como una propuesta de solución mi representada plantea la creación de una estructura virtual con código NOVNR, con lo cual podría crearse un nodo conectado mediante un vano de conductor NOVNR (ya establecido en el anexo 2 en códigos para conductores) y asignarse al poste en mención.”
Observaciones efectuadas por DELSUR:
“I. La tabla correspondiente a las subestaciones propiedad de la empresa transmisora ha sido denominada en el Detalle de Información por Tabla del Anexo 2 como “CentroTransformación”, sin embargo, en la tabla inicial del Anexo 2 dicha tabla ha sido denominada con el Nombre de Tabla SET
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y Nombre Corto SET por lo que se solicita que en el Detalle de Información por Tabla esta tabla sea titulada “SET”.
II. En la tabla CentroMTBT el campo para identificar si un centro de transformación es urbano o rural ha sido denominado “Tipo”, sin embargo, en el resto de tablas que hacen referencia a esta clasificación este campo ha sido denominado “Área_tendido”. Por lo anterior, se solicita que este campo también sea denominado en la tabla CentroMTBT como “Área_tendido”.
III. En relación a la integridad Referencial de las tablas de este anexo, se tienen las siguientesobservaciones:
a) Conectividad de acometidas de MT: Según lo especificado en la tabla EquiposMT, en el campo ID_VanMT se debe informar el identificador del primer vano MT aguas abajo sobre el que opera el equipo y en el caso que el vano aguas abajo sea una acometida este campo debe informarse nulo. Esta definición produce que las acometidas MT no tengan conectividad eléctrica con ningún circuito ya que en la tabla “AcometidaMT” la conectividad se consigue mediante el campo “ID_EquMT” el cual tiene asociado un vano MT, sin embargo, en el caso del equipo que protege dicha acometida no se le asocia ningún vano por lo que la acometida queda asociada a un equipo sin vano y por consiguiente tanto la acometida como el equipo quedan sin asociación a un circuito.
b) Interconexión de circuitos: Según lo especificado en la tabla EquiposMT, en el campo ID_VanMT se debe informar el identificador del primer vano MT aguas abajo sobre el que opera el equipo, lo cual ocasiona que en el caso de equipos de interconexión no sea posible identificar los dos circuitos que se interconectan ya que únicamente se informa uno de ellos.
En vista de las deficiencias existentes en la relación integral de las tablas, se puede intuir que el Sistema de Registro de Instalaciones y Equipos de Distribución del Sector Eléctrico aprobado puede estar basando la conectividad de los elementos en la proximidad de sus coordenadas georeferenciadas; sin embargo, debido a las diferencias que pueden existir en la representación gráfica implementada por cada una de las empresas distribuidoras, lo adecuado es que la conectividad se consiga mediante la relación lógica de los diversos campos establecidos en las tablas.
IV. Debido a la actual composición de las tablas y los criterios de validación establecidos en el Manual Técnico del Módulo Empresa, en el caso de estructuras que están compuestas por más de un poste (e.g. estructura H, anclas a poste, etc.) únicamente es posible informar en la tabla PostePozo uno de los postes, quedando el resto de postes asociados a dichas estructuras excluidos del registro de activos.”
ANÁLISIS:
- Con respecto a la observación sobre la nomenclatura para las tablas CentroTransformación que señalan las empresas distribuidoras, este término será uniformizado en el artículo 17 como en el Anexo 2.
- Con respecto a lo observado por DELSUR, sobre la tabla CentroMTBT, sobre la clasificación de urbano o rural para los equipos e instalaciones, es procedente realizar la adecuación del artículo 17.
- Respecto a lo observado por las empresas distribuidoras sobre la tabla “EquipoMT”, para la conectividad de las acometidas, se recomienda realizar la adecuación dentro de la descripción de la tabla contenida en el Anexo 2 de la Norma, se aclara que el desarrollo informático que está
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desarrollando para la SIGET, ya incluye dicha observación dentro de su estructura. Sobre el mismo punto, pero relativo a la conectividad de las interconexiones el distribuidor deberá asignar cual de los 2 vanos a los que esta interconectado el equipo en cuestión será denominado como “vano aguas abajo” o “vano aguas arriba” para solventar su observación.
Con referencia a la conectividad entre estructuras que están compuestas por más de un poste, en los cuales las empresas distribuidoras argumentan que en cada caso de éstos que se presente solamente se podrá informar un solo poste, quedando el poste o par de postes restantes, excluidos del registro de activos; debe exponerse que para solventar esta observación, se incluirán dentro de la tabla “PostePozo” los códigos respectivos para las estructuras que son soportadas por más de un poste; este código incluirá la cantidad y altura de postes. Con ello, se garantizará que ningún activo quede excluido de su debido registro; de la misma forma se analizará el caso de las retenidas que están diseñadas ancladas a un poste.
CÓDIGOS QUE SE AGREGARÁN EN LA TABLA POSTE/POZO:
CÓDIGO DESCRIPCIÓN
PAM230 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORADOS DE 30 PIES DE ALTURA
PAM235 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORADOS DE 35 PIES DE ALTURA
PAM240 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 40 PIES DE ALTURA
PAM245 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 45 PIES DE ALTURA
PAM250 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 50 PIES DE ALTURA
PAM255 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 55 PIES DE ALTURA
PAM260 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 60 PIES DE ALTURA
PCM230 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO DE 30 PIES DE ALTURA
PCM235 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO DE 35 PIES DE ALTURA
PCM240 MARCO DE DOS (2) POSTES DE CONCRETO DE 40 PIES DE ALTURA
PMM225 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 25 PIES DE ALTURA
PMM226 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 26 PIES DE ALTURA
PMM230 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 30 PIES DE ALTURA
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PMM235 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 35 PIES DE ALTURA
PMM240 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 40 PIES DE ALTURA
PMM245 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 45 PIES DE ALTURA
PMM250 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 50 PIES DE ALTURA
PMM255 MARCO DE DOS (2) POSTES DE MADERA 55 PIES DE ALTURA
PTM226 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 26 PIES DE ALTURA
PTM230 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 30 PIES DE ALTURA
PTM235 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 35 PIES DE ALTURA
PTM240 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 40 PIES DE ALTURA
PTM245 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 45 PIES DE ALTURA
PTM250 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 50 PIES DE ALTURA
PTM255 MARCO DE DOS (2) POSTES TUBULAR DE 55 PIES DE ALTURA
PAM335 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORADOS DE 35 PIES DE ALTURA
PAM340 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 40 PIES DE ALTURA
PAM345 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 45 PIES DE ALTURA
PAM350 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 50 PIES DE ALTURA
PAM355 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 55 PIES DE ALTURA
PAM360 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO AUTOSOPORTADO DE 60 PIES DE ALTURA
PCM330 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO DE 30 PIES DE ALTURA
PCM335 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO DE 35 PIES DE ALTURA
PCM340 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO DE 40 PIES DE ALTURA
PCM345 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO DE 45 PIES DE ALTURA
PCM350 MARCO DE TRES (3) POSTES DE CONCRETO DE 50 PIES DE ALTURA
PMM330 MARCO DE TRES (3) POSTES DE MADERA 30 PIES DE ALTURA
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PMM335 MARCO DE TRES (3) POSTES DE MADERA 35 PIES DE ALTURA
PMM340 MARCO DE TRES (3) POSTES DE MADERA 40 PIES DE ALTURA
PMM345 MARCO DE TRES (3) POSTES DE MADERA 45 PIES DE ALTURA
PMM350 MARCO DE TRES (3) POSTES DE MADERA 50 PIES DE ALTURA
PTM335 MARCO DE TRES (3) POSTES TUBULAR DE 35 PIES DE ALTURA
PTM340 MARCO DE TRES (3) POSTES TUBULAR DE 40 PIES DE ALTURA
PTM345 MARCO DE TRES (3) POSTES TUBULAR DE 45 PIES DE ALTURA
PTM350 MARCO DE TRES (3) POSTES TUBULAR DE 50 PIES DE ALTURA
O OTROS, ESTRUCTURA FUERA DE ESTÁNDAR
G)Observaciones efectuadas por las empresas del Grupo AES
Distribuidora: En las tablas “Código de fases” y “Código de voltaje” no contienen un código para representación del hilo neutro, por lo que se solicita la inclusión un código para el neutro, para lo cual se propone:
Anexo 3
Código Fases
1 A
2 S
3 C
4 AS
5 AC
6 BC
7 ABC
8 N
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Código Voltaje (kV)
0 0.12
1 0.24
2 0.48
3 2.4
4 4.16
5 13.2
6 23
7 34.5
8 46
9 0 (neutro)
Observaciones efectuadas por DELSUR
En las tablas “Código de Voltaje” y “Código de Fases” no se especifican los códigos para representar el Neutro los cuales son requeridos en algunas tablas, por lo que se solicita que se incluyan en dichas tablas códigos para representar el neutro.
ANÁLISIS
Referente a los códigos que de acuerdo a las empresas distribuidoras hacen falta, se aclara que el desarrollo informático que está elaborándose para la SIGET, ya incluye dicha observación dentro de su estructura; sin embargo, tal adecuación no había sido trasladada al Anexo 3.
En ese sentido, se trasladarán dichos códigos al Anexo 3.
H)
Observaciones efectuadas por DELSUR:
La versión preliminar del Manual Técnico del Módulo de empresas entregada describe los criterios generales de validación que serán ejecutados en el módulo empresas para verificar la consistencia de los datos cargados, sin embargo, es necesario que se detallen los límites o tolerancias de dichas validaciones de forma que en el caso de que se presente algún error las Distribuidoras pueda identificar inequívocamente el error detectado. Ejemplo de dichos límites o tolerancias son:
Manual Técnico del Módulo Empresa.DIA
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• La coordenada x esta fuera del intervalo definido (¿Cuál es el intervalo definido?)
• Ubicación de la salida de media tensión lejos del centro de transformación o subestación MT / MT (¿Cuál es la tolerancia de cercanía?)
• Ubicación de equipo de media tensión lejos de vano de media tensión (¿Cuál es la tolerancia de cercanía?).
ANÁLISIS:
La observación efectuada por la empresa DELSUR, es válida y oportuna. Por lo tanto, se establecerán las tolerancias admisibles, de conformidad con lo discutido y analizado durante las reuniones técnicas sostenidas entre los funcionarios de las empresas distribuidoras y de la SIGET. (…)”””
V. Con fundamento en las recomendaciones del informe rendido por la Gerencia de Electricidad y el Registro de Electricidad y Telecomunicaciones, esta Superintendencia considera pertinente aprobar las NORMAS PARA EL REGISTRO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
POR LO TANTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 5 letra c) de la Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, 11 bis, 19 y 20 de la Ley General de Electricidad, 8, 9, 13 y 16 del Reglamento de la Ley General de Electricidad, así como los acuerdos No. N-1-2004 y No. 65-E-2010, esta Superintendencia ACUERDA:
A. Dejar sin efecto el acuerdo No. 181-E-2010 de fecha veintisiete de julio de dos mil diez.
B. Aprobar las NORMAS PARA EL REGISTRO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, de conformidad con lo siguiente:
“NORMAS PARA EL REGISTRO DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE DISTRIBUCIÓN DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA”
TITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I - OBJETO Y ALCANCE
Art. 1. Las presentes Normas tienen por objeto establecer una metodología para el almacenamiento y procesamiento de la información brindada por las empresas distribuidoras, con el fin de conformar una base de datos electrónica del registro de instalaciones y equipos eléctricos de distribución, y utilizar una plataforma que combina el registro de la información para su representación gráfica georeferenciada.
Art. 2. Quedan sujetas a las disposiciones de esta normativa todas las empresas distribuidoras de energía eléctrica que poseen r
edes de distribución en el territorio salvadoreño.
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CAPITULO II -DEFINICIONES
Art. 3. Para los efectos de las Normas para el Registro de los Activos de Distribución, se establecen las siguientes definiciones:
AT: Alta tensión, corresponde al nivel de tensión igual o superior a 115 kilovoltios.
BT: Baja tensión, corresponde al nivel de tensión inferior o igual de 600 voltios.
MT: Media tensión, corresponde al nivel de tensión superior a 600 voltios e inferior a 115kilovoltios
Normas: Las presentes Normas para el Registro de Instalaciones y Equipos de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica.
Servicio Urbano: Es todo servicio de energía eléctrica que un distribuidor presta a un usuario final, que cumpla con lo estipulado para servicio urbano en la normativa de calidad del servicio de los sistemas de distribución vigente.
Servicio Rural: Es todo servicio de energía eléctrica que un distribuidor presta a un usuario final, ubicado en poblaciones que no cumplan con las condiciones del Servicio Urbano, en concordancia con lo estipulado en la normativa de calidad del servicio de los sistemas de distribución vigente.
CentroTransformacion: Subestación de transformación de alta tensión a media tensión.
SSEE: Subestación de potencia con voltajes de entrada y salida en el nivel de media tensión.
CenMTBT: Subestación de distribución de media tensión a baja tensión.
SIGET: Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones.
CAPITULO III - GENERALIDADES
Art. 4. El Sistema de Registro de Instalaciones y Equipos de Distribución del Sector Eléctrico, estará conformado por los siguientes módulos principales: a) Módulo Empresas (ME), que será entregado por SIGET a las empresas distribuidoras junto con la documentación pertinente, como un medio para el reporte de la información de los activos de distribución; y, b) Módulo SIGET (MS), que será el central y se encargará de todo el procesamiento de la información reportada por las empresas.
Cualquier información reportada por las empresas que no cumpla con lo indicado en el Capítulo de Información Requerida y con los formatos definidos, se considerará como error crítico, no subsanable, teniendo como consecuencia que no se podrá realizar la carga de la información alMódulo Empresa.
El Manual del Usuario del Módulo Empresas y el del Módulo SIGET contendrán un listado de los errores críticos.
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Art. 5. La información de los activos de distribución, será procesada en el Módulo Empresa que se instale y configure en equipos de la empresa distribuidora. Este programa verificará que la información sea enviada al Módulo SIGET sin errores que se consideren críticos. En caso de detectarse errores críticos, este Módulo presentará a la distribuidora un informe con el detalle de los registros que presenten errores, de conformidad con el listado de errores críticos contenidos en el Manual de Usuario.
TITULO II - SISTEMA DE REGISTRO DE LOS ACTIVOS DE DISTRIBUCIÓN
CAPITULO I - ETAPAS Y FORMATOS DE ENVÍO DE INFORMACIÓN
Art. 6. Con el objetivo de que las empresas distribuidoras realicen las gestiones necesarias para adecuar sus sistemas informáticos y poder cumplir con los requerimientos de la presente Norma, su implementación se realizará en tres etapas, las cuales serán diferenciadas y sucesivas.
Art.7. Para la carga de la información, la empresa distribuidora deberá instalar el programa informático denominado Módulo Empresas que le proporcionará la SIGET. Este programa verificará la información cargada por el Distribuidor y la convertirá en los archivos que deberán ser remitidos a SIGET a través de un medio electrónico adecuado al volumen de la información.
Art. 8. Etapa de Carga Inicial. Esta etapa iniciará a partir de la entrada en vigencia de esta Norma y finalizará seis meses calendario después. La información que deberá remitir la empresa distribuidora en esta etapa, será la del estado de la red al treinta y uno de diciembre de dos mil diez; sin embargo, las empresas distribuidoras deberán presentar una información de carácter preliminar para prueba de los módulos SIGET y su plataforma, que comprenda como mínimo las tablas: Empresa, CentroTransformacion, SSEE, SalidaMT, VanoMT, NodoMT, y PostePozo.Dicha información deberá presentarse a más tardar a los tres meses calendarios de iniciada la Etapa de Carga Inicial, esta servirá para realizar los ajustes iniciales necesarios en los módulos.
Esta etapa comprende la carga inicial de la información correspondiente al detalle de las instalaciones y equipos de distribución de las empresas distribuidoras requeridos en las tablas detalladas en el anexo 2 de esta Norma. Se exceptúan en esta etapa las tablas ACBT, PCON y SUMI.
Art. 9. Etapa de Transición. Esta etapa iniciará un día después de finalizada la etapa de carga inicial y finalizará el treinta y uno de diciembre de dos mil doce. Esta Etapa servirá para realizar los procedimientos definitivos de ajuste, adecuación y sincronización de los procesos definidos en ella; así como para que las empresas distribuidoras recopilen la información contenida en la totalidad de las tablas detalladas en el anexo 2 de esta Norma.
En este período, se realizarán las adecuaciones definitivas en los Módulos, que surjan como resultado de las revisiones en la Etapa Inicial. Así mismo, se harán los requerimientos de entregas de información por parte de las empresas, en este caso, se evaluarán los tiempos para dichas entregas de conformidad a la complejidad de recopilación de la información.
Art. 10. Etapa de Régimen. Esta etapa inicia el uno de enero del año dos mil trece. En esta etapa las empresas distribuidoras, deberán enviar anualmente la información requerida en el anexo 2 de
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esta Norma, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de cada año, con el estado de la red de distribución al treinta y uno de diciembre del año anterior.
Art. 11. Durante la Etapa de Régimen, la SIGET cargará en su programa informático -Módulo SIGET- la información proporcionada por la distribuidora. En caso de haber inconsistencias, o algún tipo de error no crítico, la SIGET remitirá a la empresa distribuidora un reporte con el resumen de tales inconsistencias. La empresa distribuidora, en un plazo máximo de veinte días hábiles contados a partir de la notificación de las deficiencias en la información, deberá reenviar la información subsanando las inconsistencias reportadas.
Art. 12. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11 de esta Normativa, las empresas distribuidoras podrán enviar la información requerida en otras fechas, cuando requieran acreditar nuevos activos adquiridos con anterioridad a las fechas previstas, debiendo cumplir siempre con los requisitos establecidos para el procesamiento de la información.
CAPITULO II - CODIFICACIÓN
Art. 13. La codificación de las instalaciones y equipos tiene como objetivo lograr un agrupamiento y sistematización de datos, que permitan la representación gráfica de la red de distribución de media tensión (MT) y baja tensión (BT) operada por las empresas distribuidoras. A través de dicha información se obtiene una visión de la red, en el espacio y en el tiempo, y se logra analizar cada componente de la red de distribución.
Para el registro de los activos de la red de distribución, se han definido cuatro catálogos de componentes que permiten especificar diferentes configuraciones de los elementos que constituyen la red de distribución. Cada componente tendrá carácter de objeto específico, al cual se le asignarán diferentes propiedades y características técnicas.
A cada componente le corresponderá una representación georeferencial y una codificación.
En cuanto a la codificación, cada componente tendrá dos códigos, el Código de Material que estará relacionado con las características técnicas y físicas del componente, y el Código Identificador que reconoce de forma única a cada componente.
Art. 14. Durante la etapa de régimen, debido a la incorporación de materiales, equipos o tecnologías nuevos dentro de los activos de distribución, las empresas distribuidoras podrán incorporar nuevos códigos de materiales. Para efectuar lo anterior, la empresa distribuidora deberá remitir su propuesta de código acompañado de las características técnicas y económicas del material, equipo o instalación, para que la SIGET lo valide y notifique a todas las empresas distribuidoras; así mismo, incorporará el nuevo código en las tablas que corresponda.
Toda propuesta de incorporación de nuevos códigos de materiales deberá ser efectuada a más tardar a los tres meses calendario antes de la entrega anual de información, según lo dispuesto en el artículo 11 de esta Norma, de tal forma que permita su incorporación dentro de la información anual que el Distribuidor presenta a la SIGET el mismo año de su instalación en la red de distribución.
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Art. 15. El Código de Material describe las características técnicas de los elementos que forman parte de la red de distribución. La estructura de este código establece una agrupación de los componentes, según la función que desempeñan en la red de distribución eléctrica.
Se definen cuatro conjuntos de códigos: Herrajes y Equipos; Conductores; Transformadores; y, Poste y Pozo.
NIVEL
Herrajes y Equipos
Corresponde a todos aquellos elementos de la red de distribución eléctrica que cumplen funciones de soporte a los conductores, conexión-desconexión, protección, regulación del nivel de voltaje, medición; y, acceso remoto de equipos.
El conjunto de códigos, según su agrupación específica es el siguiente:
GRUPO
BT ACOMETIDA
BT HERRAJE
BT MEDICIÓN
MT ACOMETIDA
MT CAPACITOR
MT CONVERTIDORA
MT CORTE
MT CUCHILLA
MT HERRAJE
MT INTERRUPTOR
MT MEDICIÓN
MT PARARRAYOS
MT RECLOSER
MT REGULADOR
MT RTU (Unidad Terminal
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Remota)
MT INTERCONEXIÓN
Para establecer el listado de los códigos de material, que se presenta en el anexo 1 de esta Norma, se utilizará como base los códigos definidos en el Manual de Estándares para la Construcción de Líneas Aéreas de Distribución de Energía Eléctrica aprobado por la SIGET. No obstante lo anterior, se crearán los códigos respectivos de materiales no incluidos en los Estándares vigentes y que las empresas distribuidoras poseen en sus instalaciones y equipos de distribución de energía eléctrica, antes de la entrada en vigencia de la etapa de régimen de esta Norma.
Corresponde al material que tiene como función transportar la energía eléctrica desde los centros de generación hasta los centros de consumo. Los códigos definidos corresponden a la identificación internacional de los mismos y se presentan en el Anexo 1 de esta Norma.
Conductores
TransformadoresCorresponde a los equipos de transformación de voltajes media tensión/ media tensión (MT / MT) y media tensión/baja tensión (MT / BT).
Al conjunto de códigos se le asigna ocho prefijos y un correlativo por prefijo. Los prefijos son los siguientes:
PM: Transformador Monofásico Pad Mounted
PT: Transformador Trifásico Pad Mounted
TM: Transformador Monofásico Aéreo
TB: Transformador Bifásico Aéreo
TP: Transformador de Potencia
TT: Transformador Trifásico de Piso
TR: Transformador Trifásico Aéreo
TA: Transformador de Aterrizamiento
El detalle de los códigos se encuentra en el Anexo 1 de esta Norma.
Corresponde a los postes que sostienen las líneas de distribución y los pozos en los que se realizan las conexiones de las líneas subterráneas.
Poste y Pozo
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Al conjunto de códigos se le asigna siete prefijos. A los prefijos de los postes se le adicionan dos dígitos según la altura medida en pies de cada poste; y, a los prefijos de los pozos un correlativo.
Los correlativos son los siguientes:
PC: Poste de Concreto;
PM: Poste de Madera;
PT: Poste Tubular;
PD: Poste Metálico Modular;
PA: Poste de Concreto Autosoportado;
PZ: Pozo; y,
O: Otros
El prefijo O será utilizado para postes construidos sin cumplir los estándares autorizados por SIGET.
En adición a lo anterior, se crearon los códigos respectivos para marcos de 2 y 3 postes, de los diferentes tipos de materiales, madera, concreto y tubular. El detalle de los códigos se presenta en el Anexo 1 de esta Norma.
Art. 16. El Código Identificador establece un identificador para reconocer unívocamente cada componente de las instalaciones y equipos que constituyen la red de distribución.
Este código será único y se relaciona a un componente en particular, por ser la forma de asegurar una conectividad eléctrica entre componentes.
Cada empresa distribuidora asignará un identificador único, que deberá cumplir con las características siguientes:
Ser único, sin repetición para cada empresa distribuidora;Asignado libremente por cada empresa; y,Estar conformado por caracteres alfanuméricos.
CAPITULO III - INFORMACIÓN REQUERIDA
Art. 17. Las distribuidoras deberán agrupar los componentes de la red de distribución eléctrica, según su funcionalidad y características eléctricas genéricas. A dichos componentes, se les asignarán atributos que los definan como entidades, los cuales equivalen a tablas dentro del Sistema del Registro de Instalaciones y Equipos.
En el anexo 2 de esta Norma, se presenta el detalle de las tablas que las empresas distribuidoras deberán enviar.
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A continuación se establece la definición de cada una de las entidades.
a) EmpresaLa información de la empresa distribuidora a la que corresponde la información.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la empresaRazón Social de la empresaAño al que corresponde el envíoNúmero de envío
b) Nodo de Media TensiónEl nodo de media tensión es una entidad que tiene como función determinar la topología y conectividad de la red de media tensión. Un nodo de media tensión vincula varias entidades físicas para establecer la continuidad eléctrica entre éstas.
Con el nodo se simulará el paso de uno o varios circuitos paralelos por un poste o pozo, permitiendo ubicar uno o varios nodos eléctricos en un mismo poste o pozo.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Nodo;Identificador del poste o pozo;Identificador del vano de MT con el que se conecta; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
c) Nodo de Baja TensiónEl nodo de baja tensión es una entidad con la función de determinar la topología y conectividad de la red de baja tensión. Un nodo vincula varias entidades físicas para establecer la continuidad eléctrica entre éstas.
Con el nodo se simulará el paso de uno o varios circuitos paralelos por un poste o pozo, permitiendo ubicar uno o varios nodos eléctricos en un mismo poste o pozo.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Nodo;Identificador del poste o pozo;Identificador del vano de BT con el que conecta; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
d) Centro de Transformación (Subestaciones de Transmisión)No obstante, las subestaciones de transmisión (AT/MT) son propiedad de la empresa transmisora, las empresas distribuidoras deberán incluir la información básica de la subestación AT/MT relacionada con sus redes de distribución.
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Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la Subestación;Nombre de la subestación;Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
e) Entrada en Media TensiónEs el punto de entrada a una subestación MT/MT de una línea que proviene de una subestación de transmisión o de otra subestación de MT/MT. Puede incluir el interruptor u otro equipo de protección.Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la entrada de MT; Identificador de la subestación de media tensión a la que alimenta;Identificador del vano MT con que se conecta;Identificador del tipo de circuito del que procede (Si proviene de la subestación de transmisión=S, caso contrario=N);Código del dispositivo de protección (interruptor, reconectador, etc.);Propiedad: Distribuidora/Tercero;Número de Fases;Fases;Indicador de Neutro;Voltaje;Capacidad; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
f) Subestación Media Tensión – Media Tensión (SSEE)Son las subestaciones que tienen como entrada y salida una línea de media tensión, identificándose según su función principal, tres tipos: T = Transformación, reduce el nivel de voltaje, R = Referencia a tierra; S = Switcheo o una C = Combinada, que incluya una combinación de funciones principales. Los circuitos de salida, pueden abastecer usuarios directamente en media tensión o a través de subestaciones que reducen el voltaje a un nivel de baja tensión.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la subestación;Nombre que identifica a la subestación;Tipo de subestación. (T = Transformación; R = Referencia a tierra; S = Switcheo; C=Combinada);Propiedad: Distribuidora/Tercero;Capacidad instalada; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
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g) Salida de Media Tensión (Inicio del Alimentador de MT)Es el punto de inicio de un vano de media tensión y parte de una Subestación de Transmisión –CentroTransformacion- o de una Subestación Media Tensión – Media Tensión –SSEE-. Incluye el interruptor u otro equipo de protección de la salida del alimentador.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la Salida de MT; Identificador de la empresa;Identificador de la SET a la que pertenece (nulo si parte de una SSEE);Identificador de la SSEE a la que pertenece (nulo si parte de una CentroTransformacion);Código y nombre del circuito asignado por la empresa; Código del dispositivo de protección (interruptor, reconectador, etc.);Propiedad: Distribuidora/Tercero; Número de Fases;Fases;Indicador de línea NeutroVoltaje;Capacidad; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
h) Vano de media tensión (MT)Es el tendido eléctrico de MT aéreo o subterráneo, identificado principalmente por estar comprendido entre dos postes ó dos pozos, siendo su excepción el caso de los puentes al vuelo. Entre los puntos que lo limitan se mantiene la continuidad eléctrica.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del vano;Identificador de la salida de media tensión;Identificador del vano de MT anterior ("Padre") del que se alimenta (“0” para el caso del primer vano MT que parte de la Salida); Código de material del conductor de las fase(s);Código de material del neutro; Tipo de Tendido: Aéreo o Subterráneo;Área de Tendido: Urbano/Rural;Propiedad: Distribuidora/Tercero;Número de Fases;Fases;Indicador de Neutro;Voltaje;Capacidad;Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1); y,Coordenadas de ubicación Lambert (x2, y2).
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i) Equipos de Media TensiónLos equipos de Media Tensión son empleados para realizar acciones de operación de la red como corte o reconexión, protección, cambio de topología, y acciones complementarias como comunicación, señalización entre otros. Se agrupan en interruptores, seccionadores, reconectadores y otros.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del equipo;Identificador del vano sobre el que opera; Identificador de la Subestación de Transmisión (CentroTransformacion) en que está instalado;Identificador de la Subestación de MT/MT (SSEE) en que está instalado;Código del tipo de equipo;Código de material del equipo;Identificación de placa de campo;Estado normal del equipo;Propiedad: Distribuidora/Tercero;Número de Fases;Fases;Voltaje;Capacidad; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
j) Poste o PozoSe refiere a las estructuras utilizadas para el tendido de redes aéreas y subterráneas. Dichas estructuras pueden ser compartidas por más de una entidad eléctrica y en todos los casos cada entidad deberá hacer referencia al poste o pozo correspondiente.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del poste o pozo;Código de material del poste o pozo;Identificador de si es Poste o Pozo;Propiedad: Distribuidora/Tercero;Tipo de vano; Número de circuitos; y,Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
k) Estructura de Media TensiónContiene las estructuras que soportan las redes aéreas de media tensión, las cuales están instaladas en los postes.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la estructura;Identificador del nodo de MT
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Identificador del Puente de MT;Código de material de la estructura;Identificador que incluye protección contra animales;Propiedad: Distribuidora/Tercero;Número de FasesFases;Indicador de neutro; y,Voltaje.
l) Puente en Media TensiónSe utiliza para crear el enlace eléctrico entre nodos.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Puente;Identificador del Nodo 1 de media tensión;Identificador del Nodo 2 de media tensión;Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
q) Puente al vuelo en MT
Se utiliza para crear el enlace eléctrico en MT, sin que exista una estructura asociada.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Puente al vuelo en MT;Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1);
m) Subestación de Distribución MT/BT (CenMTBT)Son las subestaciones aéreas y subterráneas en las que se transforma el voltaje de media tensión a baja tensión. En esta denominación se incluye el conjunto de dispositivos necesarios para la transformación de la energía eléctrica desde una red de media tensión hacia una red de baja tensión.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Centro de Transformación MT/BT;Identificador de la salida de MT del cual se abastece;Identificador del vano de MT al que está conectado;Identificador del Poste o Pozo;Identificador de la placa de campo con la que lo identifica la distribuidora;Propiedad: Distribuidora / Tercero;Área de Tendido;Número de fase del primario;Fases Primario;Voltaje Primario;Cantidad de conductores en secundario;
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Voltaje Secundario;Potencia Instalada;Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
n) TrafoMTBTSe detallan los transformadores de cada Centro de Transformación.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del transformador MTBTIdentificador del CenMTBT al que perteneceCódigo de material del transformadorPotencia instalada (KVA)Fase(s) a la que está conectada (A, B o C)Indicador de que pertenece a un banco de transformadores.
o) Vano de baja tensión (BT) Es el tendido eléctrico de BT, aéreo o subterráneo, que se encuentra entre dos postes ó dos pozos. Entre los puntos que lo limitan se mantiene la continuidad eléctrica.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del vano;Identificador del CenMTBT del cual se abastece;Identificador del vano de BT anterior (“Padre”) del que se alimenta (“0” para el caso del primer vano BT que sale del CenMTBT);Código de material de los conductores; Código de material del neutro;Número de conductores;Voltaje;Propiedad: Distribuidora/Tercero;Tipo de tendido: Aéreo o Subterráneo; y,Área de Tendido: Urbano/Rural; Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1);Coordenadas de ubicación Lambert (x2, y2).
p) Estructura de Baja TensiónSon las estructuras que soportan las redes aéreas de baja tensión, las cuales están instaladas en los postes.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la estructura;Identificador del Nodo o del Puente de BT;Código de material de la estructura;Propiedad: Distribuidora/Tercero;
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Número de conductores;Voltaje.
q) Puente en Baja TensiónSe utiliza para crear el enlace eléctrico entre nodos.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Puente;Identificador del Nodo 1 de baja tensión;Identificador del Nodo 2 de baja tensión;Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
r) Puente al vuelo en BTSe utiliza para crear el enlace eléctrico en BT, sin que exista una estructura asociada.Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del Puente al vuelo en BT;Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1);
s) Acometida en media tensión (MT)Es el punto de vinculación de la red de MT con la instalación de un usuario final para suministrarle el servicio de energía eléctrica.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la acometida en MT;Identificador del equipo MT en donde se conecta la acometida;Código del material de la acometida;Número de fases;Fases;Voltaje;Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1); y,Coordenadas de ubicación Lambert (x2, y2).
t) Acometida en baja tensión (BT)Es el punto de vinculación de la red de BT con la instalación del usuario final para suministrarle el servicio de energía eléctrica.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador de la acometida;Identificador del vano BT asociado;Identificador del CenMTBT con la que se conecta;Código de material de la acometida;Número de conductores;
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Voltaje;Coordenadas de ubicación Lambert (x1, y1); y,Coordenadas de ubicación Lambert (x2, y2).
u) Punto de conexiónEs el que se refiere al punto de conexión al que se conecta las instalaciones del usuario final con lared de la empresa distribuidora.
Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador único del punto de suministro;Identificador único de la acometida asociada MT o BT, según corresponda;Coordenadas de ubicación Lambert (x, y).
v) SuministroSe refiere al punto de conexión para la entrega de la energía al usuario final en baja tensión (BT) o media tensión (MT). Los atributos de la entidad son los siguientes:
Identificador del suministro (NIS);Identificador del contrato (NIC);Identificador del punto de suministro;Código de material;Número de fases;Fases;Voltaje;Número de medidor; y,Tipo de medidor.
TÍTULO III - DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Art.18. Mientras no se implemente la Etapa de Régimen del Sistema de Registro de Equipos e Instalaciones descrito en el artículo 11 de esta Norma, las empresas distribuidoras deberán continuar presentando la información para su inscripción de conformidad con el formulario y procedimiento establecidos.
TITULO IV - DISPOSICIONES FINALES
Art.19. Las empresas distribuidoras deberán mantener disponible la información correspondiente a esta Normativa por lo menos dos (2) años para efectos de auditoría.
Art.20. La información que sea entregada a la SIGET por las empresas distribuidoras a través del módulo correspondiente, una vez cumpla las validaciones respectivas, deberá ser acompañada de una declaración jurada mediante la cual se haga constar la veracidad de la misma.
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TITULO V - VIGENCIA
Art.21. La presente normativa entrará en vigencia a los ochos días siguientes después de su publicación en el Diario Oficial.
C. Se adjuntan al presente acuerdo los anexos 1, 2 y 3 que forman parte integrante de la presente Norma.
D. Notificar y Publicar.
(Registro No. F047918)
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Anexo 1 Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Códigos Normalizados para Herrajes y Equipos
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
BT ACOMETIDA ACOMETIDA ASBIFI ACOMETIDA BIFILAR, 120 V, BT – PEQUEÑAS DEMANDAS
BT ACOMETIDA ACOMETIDA ASTRIFI ACOMETIDA TRIFILAR, 120/240 V, BT – PEQUEÑAS DEMANDAS
BT ACOMETIDA ACOMETIDA ASTETRI ACOMETIDA TETRAFILAR, 120/240 V BT – PEQUEÑAS DEMANDAS
BT ACOMETIDA ACOMETIDA ASTRIF2 ACOMETIDA SECUNDARIA TRIFILAR, 120/240 V – MEDIANA DEMANDA
BT ACOMETIDA ACOMETIDA ASTETR2 ACOMETIDA SECUNDARIA TETRAFILAR, 120/240 V – MEDIANA DEMANDA
BT HERRAJE ANCLA PP ANCLA PRIMARIA A POSTE, BT
BT HERRAJE ANCLA PD ANCLA PRIMARIA DOBLE, BT
BT HERRAJE ANCLA DP ANCLA PRIMARIA DOBLE A POSTE, BT
BT HERRAJE ANCLA PB ANCLA PRIMARIA DOBLE DE BANDERA, BT
BT HERRAJE ANCLA PS ANCLA PRIMARIA SENCILLA, BT
BT HERRAJE ANCLA SP ANCLA SECUNDARIA A POSTE, BT
BT HERRAJE ANCLA SB ANCLA SECUNDARIA DE BANDERA, BT
BT HERRAJE ANCLA SS ANCLA SECUNDARIA SENCILLA, BT
BT HERRAJE CORTE CN CORTE PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE CORTE CS1 CORTE SECUNDARIO, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CORTE CS2 CORTE SECUNDARIO, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CORTE CS3 CORTE SECUNDARIO, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CORTE CD1 CORTE SECUNDARIO CON DERIVACIÓN, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CORTE CD2 CORTE SECUNDARIO CON DERIVACIÓN, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CORTE CD3 CORTE SECUNDARIO CON DERIVACIÓN, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CORTE CE1 CORTE SECUNDARIO EMPUENTADO, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CORTE CE2 CORTE SECUNDARIO EMPUENTADO, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CORTE CE3 CORTE SECUNDARIO EMPUENTADO, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CORTE CEM1 CORTE SECUNDARIO EMPUENTADO MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CORTE CEM2 CORTE SECUNDARIO EMPUENTADO MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CORTE CEM3 CORTE SECUNDARIO EMPUENTADO MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CORTE CSM1 CORTE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CORTE CSM2 CORTE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CORTE CSM3 CORTE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CORTE CDM1 CORTE SECUNDARIO MULTIPLEX CON DERIVACIÓN MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CORTE CDM2 CORTE SECUNDARIO MULTIPLEX CON DERIVACIÓN MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CORTE CDM3 CORTE SECUNDARIO MULTIPLEX CON DERIVACIÓN MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CRUCE CR CRUCE DOBLE REMATE PARA NEUTRO, BT
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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
BT HERRAJE CRUCE CRM1 CRUCE DOBLE REMATE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CRUCE CRM2 CRUCE DOBLE REMATE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CRUCE CRM3 CRUCE DOBLE REMATE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CRUCE CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE SECUNDARIO, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CRUCE CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE SECUNDARIO, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CRUCE CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE SECUNDARIO, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CRUCE CV1 CRUCE VERTICAL SECUNDARIO, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CRUCE CV2 CRUCE VERTICAL SECUNDARIO, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CRUCE CV3 CRUCE VERTICAL SECUNDARIO, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CRUCE CVM1 CRUCE VERTICAL SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE CRUCE CVM2 CRUCE VERTICAL SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE CRUCE CVM3 CRUCE VERTICAL SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE CRUCE CV CRUCE VERTICAL SENCILLO PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE DERIVACIÓN DN DERIVACIÓN PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE DERIVACIÓN DS1 DERIVACIÓN SECUNDARIA, BT, 1 FASE
BT HERRAJE DERIVACIÓN DS2 DERIVACIÓN SECUNDARIA, BT, 2 FASE
BT HERRAJE DERIVACIÓN DS3 DERIVACIÓN SECUNDARIA, BT, 3 FASE
BT HERRAJE DERIVACIÓN DSM1 DERIVACIÓN SECUNDARIA MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE DERIVACIÓN DSM2 DERIVACIÓN SECUNDARIA MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE DERIVACIÓN DSM3 DERIVACIÓN SECUNDARIA MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE REMATE PN PROLONGACIÓN PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE REMATE RN REMATE PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE REMATE RS1 REMATE SECUNDARIO, BT, 1 FASE
BT HERRAJE REMATE RS2 REMATE SECUNDARIO, BT, 2 FASE
BT HERRAJE REMATE RS3 REMATE SECUNDARIO, BT, 3 FASE
BT HERRAJE REMATE RSM1 REMATE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE REMATE RSM2 REMATE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE REMATE RSM3 REMATE SECUNDARIO MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TD TANGENTE CON DERIVACIÓN PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE TANGENTE TN TANGENTE PARA NEUTRO, BT
BT HERRAJE TANGENTE TS1 TANGENTE SECUNDARIA, BT, 1 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TS2 TANGENTE SECUNDARIA, BT, 2 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TS3 TANGENTE SECUNDARIA, BT, 3 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TD1 TANGENTE SECUNDARIA CON DERIVACIÓN, BT, 1 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TD2 TANGENTE SECUNDARIA CON DERIVACIÓN, BT, 2 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TD3 TANGENTE SECUNDARIA CON DERIVACIÓN, BT, 3 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TSM1 TANGENTE SECUNDARIA MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TSM2 TANGENTE SECUNDARIA MULTIPLEX, BT, 2 FASE
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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
BT HERRAJE TANGENTE TSM3 TANGENTE SECUNDARIA MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TDM1 TANGENTE SECUNDARIA MULTIPLEX CON DERIVACIÓN MULTIPLEX, BT, 1 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TDM2 TANGENTE SECUNDARIA MULTIPLEX CON DERIVACIÓN MULTIPLEX, BT, 2 FASE
BT HERRAJE TANGENTE TDM3 TANGENTE SECUNDARIA MULTIPLEX CON DERIVACIÓN MULTIPLEX, BT, 3 FASE
BT MEDICIÓN MEDICIÓN SECUNDARIA MSTRIF1 MEDICIÓN SECUNDARIA TRIFILAR SIN ACOMETIDA, 120/240 V
BT MEDICIÓN MEDICIÓN SECUNDARIA MSTRIF2 MEDICIÓN SECUNDARIA TRIFILAR CON ACOMETIDA, 120/240 V
BT MEDICIÓN MEDICIÓN SECUNDARIA MSTETR1 MEDICIÓN SECUNDARIA TETRAFILAR SIN ACOMETIDA, 120/240 V
BT MEDICIÓN MEDICIÓN SECUNDARIA MSTETR2 MEDICIÓN SECUNDARIA TETRAFILAR CON ACOMETIDA, 120/240 V
MT CAPACITOR CON RELOJ 2BCCR UN BANCO DE CAPACITORES CON RELOJ, 2.4 kV
MT CAPACITOR CON RELOJ 4BCCR UN BANCO DE CAPACITORES CON RELOJ, 4.1 kV
MT CAPACITOR CON RELOJ 13BCCR UN BANCO DE CAPACITORES CON RELOJ, 13.2 kV
MT CAPACITOR CON RELOJ 23BCCR UN BANCO DE CAPACITORES CON RELOJ, 23 kV
MT CAPACITOR CON RELOJ 34BCCR UN BANCO DE CAPACITORES CON RELOJ, 34.5 kV
MT CAPACITOR SIN RELOJ 2BCSR UN BANCO DE CAPACITORES SIN RELOJ, 2.4 kV
MT CAPACITOR SIN RELOJ 4BCSR UN BANCO DE CAPACITORES SIN RELOJ, 4.1 kV
MT CAPACITOR SIN RELOJ 13BCSR UN BANCO DE CAPACITORES SIN RELOJ, 13.2 kV
MT CAPACITOR SIN RELOJ 23BCSR UN BANCO DE CAPACITORES SIN RELOJ, 23 kV
MT CAPACITOR SIN RELOJ 34BCSR UN BANCO DE CAPACITORES SIN RELOJ, 34.5 kV
MT CONVERTIDORA CONVERTIDORA 2COV CONVERTIDORA, 2.4 kV
MT CONVERTIDORA CONVERTIDORA 4COV CONVERTIDORA, 4.1 kV
MT CONVERTIDORA CONVERTIDORA 13COV CONVERTIDORA, 13.2 kV
MT CONVERTIDORA CONVERTIDORA 23COV CONVERTIDORA, 23 kV
MT CONVERTIDORA CONVERTIDORA 34COV CONVERTIDORA, 34.5 kV
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 2AA1 ACOMETIDA AÉREA MT, 2.4 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 2AA2 ACOMETIDA AÉREA MT, 2.4 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 2AA3 ACOMETIDA AÉREA MT, 2.4 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 4AA1 ACOMETIDA AÉREA MT, 4.1 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 4AA2 ACOMETIDA AÉREA MT, 4.1 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 4AA3 ACOMETIDA AÉREA MT, 4.1 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 13AA1 ACOMETIDA AÉREA MT, 13.2 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 13AA2 ACOMETIDA AÉREA MT, 13.2 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 13AA3 ACOMETIDA AÉREA MT, 13.2 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 23AA1 ACOMETIDA AÉREA MT, 23 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 23AA2 ACOMETIDA AÉREA MT, 23 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 23AA3 ACOMETIDA AÉREA MT, 23 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 34AA1 ACOMETIDA AÉREA MT, 34.5 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 34AA2 ACOMETIDA AÉREA MT, 34.5 kV, 2 FASE
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT CORTE ACOMETIDA AÉREA 34AA3 ACOMETIDA AÉREA MT, 34.5 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 2AS1 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 2.4 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 2AS2 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 2.4 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 2AS3 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 2.4 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 4AS1 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 4.1 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 4AS2 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 4.1 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 4AS3 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 4.1 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 13AS1 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 13.2 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 13AS2 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 13.2 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 13AS3 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 13.2 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 23AS1 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 23 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 23AS2 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 23 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 23AS3 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 23 kV, 3 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 34AS1 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 34.5 kV, 1 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 34AS2 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 34.5 kV, 2 FASE
MT CORTE ACOMETIDA SUBTERRÁNEA 34AS3 ACOMETIDA SUBTERRÁNEA, 34.5 kV, 3 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 2CC1 CORTACIRCUITOS, 2.4 kV, 1 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 2CC2 CORTACIRCUITOS, 2.4 kV, 2 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 2CC3 CORTACIRCUITOS, 2.4 kV, 3 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 4CC1 CORTACIRCUITOS, 4.1 kV, 1 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 4CC2 CORTACIRCUITOS, 4.1 kV, 2 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 4CC3 CORTACIRCUITOS, 4.1 kV, 3 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 13CC1 CORTACIRCUITOS, 13.2 kV, 1 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 13CC2 CORTACIRCUITOS, 13.2 kV, 2 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 13CC3 CORTACIRCUITOS, 13.2 kV, 3 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 23CC1 CORTACIRCUITOS, 23 kV, 1 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 23CC2 CORTACIRCUITOS, 23 kV, 2 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 23CC3 CORTACIRCUITOS, 23 kV, 3 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 34CC1 CORTACIRCUITOS, 34.5 kV, 1 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 34CC2 CORTACIRCUITOS, 34.5 kV, 2 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 34CC3 CORTACIRCUITOS, 34.5 kV, 3 FASE
MT CORTE CORTACIRCUITOS 46CC3 CORTACIRCUITOS, 46 kV, 3 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 46DC1 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 46 kV, 1 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 2DC1 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 2.4 kV, 1 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 2DC2 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 2.4 kV, 2 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 2DC3 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 2.4 kV, 3 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 4DC1 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 4.1 kV, 1 FASE
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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 4DC2 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 4.1 kV, 2 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 4DC3 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 4.1 kV, 3 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 13DC1 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 13.2 kV, 1 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 13DC2 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 13.2 kV, 2 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 13DC3 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 13.2 kV, 3 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 23DC1 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 23 kV, 1 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 23DC2 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 23 kV, 2 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 23DC3 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 23 kV, 3 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 34DC1 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 34.5 kV, 1 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 34DC2 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 34.5 kV, 2 FASE
MT CORTE DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS 34DC3 DERIVACIÓN CON CORTACIRCUITOS, 34.5 kV, 3 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 4FRP1 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 4.1 kV, 1 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 4FRP2 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 4.1 kV, 2 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 4FRP3 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 4.1 kV, 3 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 13FRP1 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 13.2 kV, 1 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 13FRP2 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 13.2 kV, 2 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 13FRP3 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 13.2 kV, 3 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 23FRP1 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 23 kV, 1 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 23FRP2 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 23 kV, 2 FASE
MT CORTE FUSIBLE DE REPETICIÓN 23FRP3 FUSIBLE DE REPETICIÓN, 23 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 46CS3 CUCHILLA SECCIONADORA, 46 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 2CS2 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 2.4 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 2CS3 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 2.4 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 4CS2 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 4.1 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 4CS3 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 4.1 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 13CS2 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 13.2 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 13CS3 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 13.2 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 23CS2 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 23 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 23CS3 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 23 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 34CS2 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 34.5 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA CUCHILLA SECCIONADORA 34CS3 CUCHILLAS SECCIONADORAS, 34.5 kV, 3 FASE
MT CUCHILLACUCHILLA SECCIONADORA, BAJO CARGA
46CSC CUCHILLA SECCIONADORA BAJO CARGA (ALLDUTY), 46 kV
MT CUCHILLACUCHILLA SECCIONADORA, BAJO CARGA
2CSC CUCHILLAS SECCIONADORAS DE ACCIONAMIENTO BAJO CARGA, 2.4 kV
MT CUCHILLACUCHILLA SECCIONADORA, BAJO CARGA
4CSC CUCHILLAS SECCIONADORAS DE ACCIONAMIENTO BAJO CARGA, 4.1 kV
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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IDEZ
LEGAL
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT CUCHILLACUCHILLA SECCIONADORA, BAJO CARGA
13CSC CUCHILLAS SECCIONADORAS DE ACCIONAMIENTO BAJO CARGA, 13.2 kV
MT CUCHILLACUCHILLA SECCIONADORA, BAJO CARGA
23CSC CUCHILLAS SECCIONADORAS DE ACCIONAMIENTO BAJO CARGA, 23 kV
MT CUCHILLACUCHILLA SECCIONADORA, BAJO CARGA
34CSC CUCHILLAS SECCIONADORAS DE ACCIONAMIENTO BAJO CARGA, 34.5 kV
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 2DS2 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 2.4 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 2DS3 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 2.4 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 4DS2 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 4.1 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 4DS3 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 4.1 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 13DS2 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 13.2 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 13DS3 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 13.2 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 23DS2 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 23 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 23DS3 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 23 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 34DS2 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 34.5 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 34DS3 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 34.5 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 46DS3 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES, 46 kV, 3 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 13SC1 CUCHILLAS SECCIONALIZADORAS, 13.2 kV, 1 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 13SC2 CUCHILLAS SECCIONALIZADORAS, 13.2 kV, 2 FASE
MT CUCHILLA DERIVACIÓN CON SECCIONADORES 13SC3 CUCHILLAS SECCIONALIZADORAS, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 2CMD3 CORTE EN MARCO DOBLE, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CMD3 CORTE EN MARCO DOBLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CMD3 CORTE EN MARCO DOBLE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 34CMD3 CORTE EN MARCO DOBLE, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 46CMD3 CORTE EN MARCO DOBLE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 2CMS3 CORTE EN MARCO SENCILLO, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CMS1 CORTE EN MARCO SENCILLO, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CMS2 CORTE EN MARCO SENCILLO, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CMS3 CORTE EN MARCO SENCILLO, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CMS1 CORTE EN MARCO SENCILLO, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CMS2 CORTE EN MARCO SENCILLO, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CMS3 CORTE EN MARCO SENCILLO, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 34CMS3 CORTE EN MARCO SENCILLO, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 46CMS3 CORTE EN MARCO SENCILLO, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 46CH2 CORTE HORIZONTAL, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 2CH1 CORTE HORIZONTAL, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 2CH2 CORTE HORIZONTAL, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 2CH3 CORTE HORIZONTAL, 2.4 kV, 3 FASE
DIARI
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CIAL
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LEGAL
67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE CORTE 4CH1 CORTE HORIZONTAL, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 4CH2 CORTE HORIZONTAL, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 4CH3 CORTE HORIZONTAL, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CH1 CORTE HORIZONTAL, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CH2 CORTE HORIZONTAL, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CH3 CORTE HORIZONTAL, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 13SCCH3 CORTE HORIZONTAL, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CH1 CORTE HORIZONTAL, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CH2 CORTE HORIZONTAL, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CH3 CORTE HORIZONTAL, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 23SCCH3 CORTE HORIZONTAL, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 34CH1 CORTE HORIZONTAL, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 34CH2 CORTE HORIZONTAL, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 34CH3 CORTE HORIZONTAL, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 46CH1 CORTE HORIZONTAL, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 46CH3 CORTE HORIZONTAL, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 46SCCH3 CORTE HORIZONTAL, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 2CHH3 CORTE HORIZONTAL EN H, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CHH1 CORTE HORIZONTAL EN H, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CHH2 CORTE HORIZONTAL EN H, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 13CHH3 CORTE HORIZONTAL EN H, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CHH1 CORTE HORIZONTAL EN H, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CHH2 CORTE HORIZONTAL EN H, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CORTE 23CHH3 CORTE HORIZONTAL EN H, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 34CHH3 CORTE HORIZONTAL EN H, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CORTE 46CHH3 CORTE HORIZONTAL EN H, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13SCCD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CD1 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CD2 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CD1 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CD2 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CD1 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CD2 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CD1 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CD2 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 23 kV, 2 FASE
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LEGAL
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE CRUCE 23CD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23SCCD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CD1 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CD2 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46CD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46SCCD3 CRUCE HORIZONTAL DOBLE REMATE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46CR1 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46CR2 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46CR3 CRUCE VERTICAL DOBLE REMATE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CV1 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CV2 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 2CV3 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CV1 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CV2 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 4CV3 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CV1 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CV2 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 13CV3 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CV1 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CV2 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 23CV3 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CV1 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 34.5 kV, 1 FASE
DIARI
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SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
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LEGAL
69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE CRUCE 34CV2 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE CRUCE 34CV3 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46CV1 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE CRUCE 46CV3 CRUCE VERTICAL SENCILLO, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2DH1 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2DH2 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2DH3 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4DH1 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4DH2 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4DH3 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13DH1 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13DH2 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13DH3 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23DH1 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23DH2 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23DH3 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 34DH1 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 34DH2 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 34DH3 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 46DH1 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 46DH3 DERIVACIÓN HORIZONTAL, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2DU2 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2DU3 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4DU2 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4DU3 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13DU2 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13DU3 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23DU2 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23DU3 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13SCDV3 DERIVACIÓN VERTICAL, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23SCDV3 DERIVACIÓN VERTICAL, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2RH1 REMATE HORIZONTAL, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2RH2 REMATE HORIZONTAL, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 2RH3 REMATE HORIZONTAL, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4RH1 REMATE HORIZONTAL, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4RH2 REMATE HORIZONTAL, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 4RH3 REMATE HORIZONTAL, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13RH1 REMATE HORIZONTAL, 13.2 kV, 1 FASE
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O OFI
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SOLO
PARA
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LEGAL
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13RH2 REMATE HORIZONTAL, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13RH3 REMATE HORIZONTAL, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 13SCRH3 REMATE HORIZONTAL, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23RH1 REMATE HORIZONTAL, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23RH2 REMATE HORIZONTAL, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23RH3 REMATE HORIZONTAL, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 23SCRH3 REMATE HORIZONTAL, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 34RH1 REMATE HORIZONTAL, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 34RH2 REMATE HORIZONTAL, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 34RH3 REMATE HORIZONTAL, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 46RH1 REMATE HORIZONTAL, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 46RH2 REMATE HORIZONTAL, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 46RH3 REMATE HORIZONTAL, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE DERIVACIÓN 46SCRH3 REMATE HORIZONTAL, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTA3 TANGENTE ANGULAR, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23SCTA3 TANGENTE ANGULAR, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46SCTA3 TANGENTE ANGULAR, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTAD3 TANGENTE ANGULAR DOBLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23SCTAD3 TANGENTE ANGULAR DOBLE CIRCUITO, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTAI3 TANGENTE ANGULAR INTERNO, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTAS3 TANGENTE ANGULAR SENCILLA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TA1 TANGENTE ASIMÉTRICA, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TA2 TANGENTE ASIMÉTRICA, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TA3 TANGENTE ASIMÉTRICA, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TA1 TANGENTE ASIMÉTRICA, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TA2 TANGENTE ASIMÉTRICA, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TA3 TANGENTE ASIMÉTRICA, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TA1 TANGENTE ASIMÉTRICA, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TA2 TANGENTE ASIMÉTRICA, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TA3 TANGENTE ASIMÉTRICA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TA1 TANGENTE ASIMÉTRICA, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TA2 TANGENTE ASIMÉTRICA, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TA3 TANGENTE ASIMÉTRICA, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TA1 TANGENTE ASIMÉTRICA, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TA2 TANGENTE ASIMÉTRICA, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TA3 TANGENTE ASIMÉTRICA, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TA3 TANGENTE ASIMÉTRICA, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TD1 TANGENTE DOBLE, 2.4 kV, 1 FASE
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
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LEGAL
71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE TANGENTE 2TD2 TANGENTE DOBLE, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TD3 TANGENTE DOBLE, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TD1 TANGENTE DOBLE, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TD2 TANGENTE DOBLE, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TD3 TANGENTE DOBLE, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TD1 TANGENTE DOBLE, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TD2 TANGENTE DOBLE, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTD3 TANGENTE DOBLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TD3 TANGENTE DOBLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TD1 TANGENTE DOBLE, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TD2 TANGENTE DOBLE, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23SCTD3 TANGENTE DOBLE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TD3 TANGENTE DOBLE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TD1 TANGENTE DOBLE, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TD2 TANGENTE DOBLE, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TD3 TANGENTE DOBLE, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TD1 TANGENTE DOBLE, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TD2 TANGENTE DOBLE, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46SCTD3 TANGENTE DOBLE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TD3 TANGENTE DOBLE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TDA1 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TDA2 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TDA3 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TDA1 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TDA2 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TDA3 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TDA1 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TDA2 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TDA3 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TDA1 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TDA2 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TDA3 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TDA1 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TDA2 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TDA3 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TDA3 TANGENTE DOBLE ASIMÉTRICA 3F C/PERNO, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTDC3 TANGENTE DOBLE CIRCUITO, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23SCTDC3 TANGENTE DOBLE CIRCUITO, 23 kV, 3 FASE
DIARI
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PARA
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LEGAL
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE TANGENTE 2TDH2 TANGENTE DOBLE EN H, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TDH3 TANGENTE DOBLE EN H, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TDH3 TANGENTE DOBLE EN H, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TDH1 TANGENTE DOBLE EN H, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TDH2 TANGENTE DOBLE EN H, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TDH3 TANGENTE DOBLE EN H, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TDH2 TANGENTE DOBLE EN H, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TDH3 TANGENTE DOBLE EN H, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TDH3 TANGENTE DOBLE EN H, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TDH3 TANGENTE DOBLE EN H, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TS1 TANGENTE SENCILLA, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TS2 TANGENTE SENCILLA, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 2TS3 TANGENTE SENCILLA, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TS1 TANGENTE SENCILLA, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TS2 TANGENTE SENCILLA, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 4TS3 TANGENTE SENCILLA, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TS1 TANGENTE SENCILLA, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TS2 TANGENTE SENCILLA, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13SCTS3 TANGENTE SENCILLA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 13TS3 TANGENTE SENCILLA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TS1 TANGENTE SENCILLA, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TS2 TANGENTE SENCILLA, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23SCTS3 TANGENTE SENCILLA, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 23TS3 TANGENTE SENCILLA, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TS1 TANGENTE SENCILLA, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TS2 TANGENTE SENCILLA, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 34TS3 TANGENTE SENCILLA, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TS1 TANGENTE SENCILLA, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TS2 TANGENTE SENCILLA, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46SCTS3 TANGENTE SENCILLA, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TANGENTE 46TS3 TANGENTE SENCILLA, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TRANSICIÓN 13SCTC3 TRANSICIÓN DE CABLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TRANSICIÓN 23SCTC3 TRANSICIÓN DE CABLE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE TRANSICIÓN 46SCTC3 TRANSICIÓN DE CABLE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 2VD1 VOLADA DOBLE, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 2VD2 VOLADA DOBLE, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 2VD3 VOLADA DOBLE, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 4VD1 VOLADA DOBLE, 4.1 kV, 1 FASE
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE VOLADA 4VD2 VOLADA DOBLE, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 4VD3 VOLADA DOBLE, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 13VD1 VOLADA DOBLE, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 13VD2 VOLADA DOBLE, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 13VD3 VOLADA DOBLE, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 23VD1 VOLADA DOBLE, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 23VD2 VOLADA DOBLE, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 23VD3 VOLADA DOBLE, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 34VD1 VOLADA DOBLE, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 34VD2 VOLADA DOBLE, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 34VD3 VOLADA DOBLE, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 46VD1 VOLADA DOBLE, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 46VD2 VOLADA DOBLE, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 46VD3 VOLADA DOBLE, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 2VS1 VOLADA SENCILLA, 2.4 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 2VS2 VOLADA SENCILLA, 2.4 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 2VS3 VOLADA SENCILLA, 2.4 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 4VS1 VOLADA SENCILLA, 4.1 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 4VS2 VOLADA SENCILLA, 4.1 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 4VS3 VOLADA SENCILLA, 4.1 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 13VS1 VOLADA SENCILLA, 13.2 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 13VS2 VOLADA SENCILLA, 13.2 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 13VS3 VOLADA SENCILLA, 13.2 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 23VS1 VOLADA SENCILLA, 23 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 23VS2 VOLADA SENCILLA, 23 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 23VS3 VOLADA SENCILLA, 23 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 34VS1 VOLADA SENCILLA, 34.5 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 34VS2 VOLADA SENCILLA, 34.5 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 34VS3 VOLADA SENCILLA, 34.5 kV, 3 FASE
MT HERRAJE VOLADA 46VS1 VOLADA SENCILLA, 46 kV, 1 FASE
MT HERRAJE VOLADA 46VS2 VOLADA SENCILLA, 46 kV, 2 FASE
MT HERRAJE VOLADA 46VS3 VOLADA SENCILLA, 46 kV, 3 FASE
MT HERRAJE 4DU4 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
MT HERRAJE 13SCDPT SISTEMA COMPACTO
MT HERRAJE 23SCDPT SISTEMA COMPACTO
MT HERRAJE 46DS2 DERIVACIÓN CON SECCIONADORES
MT HERRAJEWHISPOON TANGENTE SENCILLA WHISPOON
MT HERRAJE 23DU4 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
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IDEZ
LEGAL
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT HERRAJE 23DU5 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
MT HERRAJE 23DU8 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
MT HERRAJE 13DU4 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
MT HERRAJE 4DU4 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
MT HERRAJE 2DU4 DERIVACIÓN SUBTERRÁNEA
MT INTERRUPTOR INTERRUPTOR 23IVAC INTERRUPTOR 23 KV, TIPO: VACÍO
MT INTERRUPTOR INTERRUPTOR 23ISF6 INTERRUPTOR 23 KV, TIPO: GAS SF6
MT MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA 2MPC MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA, 2.4 kV
MT MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA 4MPC MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA, 4.1 kV
MT MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA 13MPC MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA, 13.2 kV
MT MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA 23MPC MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA, 23 kV
MT MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA 34MPC MEDICIÓN PRIMARIA COMPACTA, 34.5 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
2MPS1 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 2.4 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
2MPS2 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 2.4 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
2MPS3 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 2.4 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
4MPS1 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 4.1 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
4MPS2 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 4.1 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
4MPS3 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 4.1 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
13MPS1 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 13.2 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
13MPS2 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 13.2 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
13MPS3 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 13.2 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
23MPS1 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 23 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
23MPS2 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 23 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
23MPS3 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 23 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
34MPS1 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 34.5 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIAUNIDADES SUELTAS
34MPS2 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 34.5 kV
MT MEDICIÓNPRIMARIA UNIDADES SUELTAS
34MPS3 MEDICIÓN PRIMARIA UNIDADES SUELTAS, 34.5 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 2PL1 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 2.4 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 2PL2 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 2.4 kV
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 2PL3 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 2.4 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 4PL1 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 4.1 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 4PL2 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 4.1 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 4PL3 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 4.1 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 13PL1 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 13.2 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 13PL2 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 13.2 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 13PL3 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 13.2 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 23PL1 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 23 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 23PL2 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 23 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 23PL3 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 23 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 34PL1 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 34.5 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 34PL2 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 34.5 kV
MT PARARRAYOS PARARRAYOS 34PL3 PARARRAYOS DE LÍNEA DE DISTRIBUCIÓN, 34.5 kV
MT PARARRAYOS 46PL3 PARARRAYOS DE LINEA DE DISTRIBUCION
MT RECLOSER CON CONTROL ELECTRÓNICO 2RCC UN RECERRADOR CON SU CONTROL ELECTRÓNICO, 2.4 kV
MT RECLOSER CON CONTROL ELECTRÓNICO 4RCC UN RECERRADOR CON SU CONTROL ELECTRÓNICO, 4.1 kV
MT RECLOSER CON CONTROL ELECTRÓNICO 13RCC UN RECERRADOR CON SU CONTROL ELECTRÓNICO, 13.2 kV
MT RECLOSER CON CONTROL ELECTRÓNICO 23RCC UN RECERRADOR CON SU CONTROL ELECTRÓNICO, 23 kV
MT RECLOSER CON CONTROL ELECTRÓNICO 34RCC UN RECERRADOR CON SU CONTROL ELECTRÓNICO, 34.5 kV
MT RECLOSER CON CONTROL ELECTRÓNICO 46RCC UN RECERRADOR CON SU CONTROL ELECTRÓNICO, 46 kV
MT RECLOSER 13SECBC SECTO
MT RECLOSER 23SECBC SECTO
MT RECLOSER 2SECBC SECTO
MT RECLOSER 34SECBC SECTO
MT REGULADOR REGULADOR DE VOLTAJE 2REG REGULADOR DE VOLTAJE, 2.4 kV
MT REGULADOR REGULADOR DE VOLTAJE 4REG REGULADOR DE VOLTAJE, 4.1 kV
MT REGULADOR REGULADOR DE VOLTAJE 13REG REGULADOR DE VOLTAJE, 13.2 kV
MT REGULADOR REGULADOR DE VOLTAJE 23REG REGULADOR DE VOLTAJE, 23 kV
MT REGULADOR REGULADOR DE VOLTAJE 34REG REGULADOR DE VOLTAJE, 34.5 kV
MT RTU UNIDAD TERMINAL REMOTA 2UTR UNIDAD TERMINAL REMOTA, 2.4 kV
MT RTU UNIDAD TERMINAL REMOTA 4UTR UNIDAD TERMINAL REMOTA, 4.1 kV
MT RTU UNIDAD TERMINAL REMOTA 13UTR UNIDAD TERMINAL REMOTA, 13.2 kV
MT RTU UNIDAD TERMINAL REMOTA 23UTR UNIDAD TERMINAL REMOTA, 23 kV
MT RTU UNIDAD TERMINAL REMOTA 34UTR UNIDAD TERMINAL REMOTA, 34.5 kV
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 13INT1 INTERCONEXION CON MEDICION, 13kV, 1 FASE
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 13INT2 INTERCONEXION CON MEDICION, 13kV, 2 FASES
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 13INT3 INTERCONEXION CON MEDICION, 13kV, 3 FASES
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
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NE VAL
IDEZ
LEGAL
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 23INT1 INTERCONEXION CON MEDICION, 23kV, 1 FASE
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 23INT2 INTERCONEXION CON MEDICION, 23kV, 2 FASES
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 23INT3 INTERCONEXION CON MEDICION, 23kV, 3 FASES
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 46INT1 INTERCONEXION CON MEDICION, 46kV, 1 FASE
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 46INT2 INTERCONEXION CON MEDICION, 46kV, 2 FASES
MT INTERCONEXION INTERCONEXION 46INT3 INTERCONEXION CON MEDICION, 46kV, 3 FASES
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T1C UN TRANSFORMADOR NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T2C UN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T3C UN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T1EC UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T2ECUN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T3ECUN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T1EL UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T2EL DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 34T3EL TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 341PM UN TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 342PM DOS TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 343PM TRES TRANSFORMADORES PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1C UN TRANSFORMADOR NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T2C UN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T3C UN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1EC UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T2ECUN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T3ECUN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1EL UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T2EL DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T3EL TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T1C UN TRANSFORMADOR NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T2C UN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T3C UN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T1EC UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T2ECUN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T3ECUN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T1EL UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T2EL DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 13T3EL TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 131PM UN TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 132PM DOS TRANSFORMADOR PAD MONTED
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
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NE VAL
IDEZ
LEGAL
77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
NI-VEL GRUPO SUBGRUPO CÓDIGO DESCRIPCIÓN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 133PM TRES TRANSFORMADORES PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T1C UN TRANSFORMADOR NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T2C UN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T3C UN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T1EC UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T2ECUN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T3ECUN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T1EL UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T2EL DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 4T3EL TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T1C UN TRANSFORMADOR NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T2C UN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T3C UN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T1EC UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T2ECUN BANCO DE DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T3ECUN BANCO DE TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMÚN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T1EL UN TRANSFORMADOR EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T2EL DOS TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 2T3EL TRES TRANSFORMADORES EXCLUSIVO NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23SCDT DERIVACION PARA TRANSFORMADOR
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 21PM UN TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 22PM DOS TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23PM TRES TRANSFORMADORES PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 231PM UN TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 232PM DOS TRANSFORMADOR PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 233PM TRES TRANSFORMADORES PAD MONTED
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1B1ELINSTALACION DE UN TRANSFORMADOR EN BANCO CON UNO EXISTENTE EXCLUSIVOS, NEUTRO LOCAL
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1B2ELINSTALACION DE UN TRANSFORMADOR EN BANCO CON DOS EXISTENTES EXCLUSIVOS, NEUTRO LOCAL
MT HERRAJE PROLONGACION 23PF1 PROLONGACION DE FASES
MT HERRAJE PROLONGACION 23PF2 PROLONGACION DE FASES
MT HERRAJE PROLONGACION 23PF3 PROLONGACION DE FASES
MT HERRAJE PROLONGACION 13PF1 PROLONGACION DE FASES
MT HERRAJE PROLONGACION 13PF2 PROLONGACION DE FASES
MT HERRAJE PROLONGACION 13PF3 PROLONGACION DE FASES
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1B1CINSTALACION DE UN TRANSFORMADOR EN BANCO CON UNO EXISTENTE NEUTRO COMUN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1B2CINSTALACION DE UN TRANSFORMADOR EN BANCO CON DOS EXISTENTES NEUTRO COMUN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1B2ECINSTALACION DE UN TRANSFORMADOR EN BANCO CON DOS EXISTENTES EXCLUSIVOS, NEUTRO COMUN
MT TRANSFORMADOR TRANSFORMADOR 23T1B1ECINSTALACION DE UN TRANSFORMADOR EN BANCO CON UNO EXISTENTE EXCLUSIVO, NEUTRO COMUN
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
CÓDIGOS NORMALIZADOS PARA CONDUCTORES
CÓDIGO DESCRIPCIÓN
1/0 ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
1/0 CUFI COBRE FORRO INTEMPERIE
1/0 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
2 ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
2 CUFI COBRE FORRO INTEMPERIE
2 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
2 RHH CABLE SECUNDARIO SUBTERRÁNEO
2/0 ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
2/0 CUFI COBRE FORRO INTEMPERIE
2/0 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
2/0 RHH CABLE SECUNDARIO SUBTERRÁNEO
350 MCM ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
4 ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
4 CUFI COBRE FORRO INTEMPERIE
4 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
4 RHH CABLE SECUNDARIO SUBTERRÁNEO
4/0 ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
4/0 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
4/0 RHH CABLE SECUNDARIO SUBTERRÁNEO
500 MCM ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
6 ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
6 CUFI COBRE FORRO INTEMPERIE
8 CUFI COBRE FORRO INTEMPERIE
1/0 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
1/0 AWG XLPE CABLE DE POTENCIA SUBTERRÁNEO
1/0 CU XLPE CABLE DE POTENCIA SUBTERRÁNEO
2 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
2 AWG XLPE CABLE DE POTENCIA SUBTERRÁNEO
2 COPERWELD COBRE SÓLIDO
2 Cu COBRE CABLEADO
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
CÓDIGO DESCRIPCIÓN
2 TRXLPCUTR CABLE SUBMARINO
2/0 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
2/0 AWG XLPE CABLE DE POTENCIA SUBTERRÁNEO
2/0 Cu COBRE CABLEADO
250 MCM AAC ALUMINIO SIN ALMA DE ACERO
3/0 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
3/0 AWG XLPE CABLE DE POTENCIA SUBTERRÁNEO
336.4 MCM AAC ALUMINIO SIN ALMA DE ACERO
350 MCM AAC ALUMINIO SIN ALMA DE ACERO
397.5 MCM AAC ALUMINIO SIN ALMA DE ACERO
4 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
4 COPERWELD COBRE SÓLIDO
4 Cu COBRE CABLEADO
4/0 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
4/0 AWG XLPE CABLE DE POTENCIA SUBTERRÁNEO
5 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
6 ACSR ALUMINIO CON ALMA DE ACERO
6 COPERWELD COBRE SÓLIDO
6 Cu COBRE CABLEADO
750 MCM AAC ALUMINIO SIN ALMA DE ACERO
795 MCM HENDRIX ALUMINIO SEMI-AISLADO HENDRIX
397.5 MCM ALFP ALUMINIO FORRO PLÁSTICO
6 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
6 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS
8 MTX CABLE MULTIPLEX P/ ACOMETIDAS1/0 MCM HENDRIX ALUMINIO SEMI-AISLADO HENDRIX
477 MCM AAC ALUMINIO SIN ALMA DE ACERO
8 Cu COBRE CABLEADO
NOVNR REGISTRO DE ELEMENTO VIRTUAL
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
CÓDIGOS NORMALIZADOS PARA TRANSFORMADORES
Código Descripción
PM001 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 37.5 KVA a 23 kV .
PM002 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 50 KVA a 13.2 kV .
PM003 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 50 KVA a 23 kV .
PM004 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 75 KVA a 13.2kV
PM005 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 75 KVA a 23 kV .
PM006 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 100 KVA a 13.2kV
PM007 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 100 KVA a 23 kV .
PM008 Transformador Monofásico Tipo Pad Mounted de 167 KVA a 13.2 kV .
PM009 Transformador Padmounted 15 KVA Monofásico a 23 kV
PM010 Transformador Padmounted 25 KVA Monofásico a 23 kV
PM011 Transformador Padmounted 150 KVA Monofásico a 23 kV
PT012 Transformador Padmounted 225 KVA Trifásico a 13.2 kV
PT013 Transformador Padmounted 250 KVA Trifásico a 23 kV
PT014 Transformador Padmounted 300 KVA Trifásico a 23 kV
PT015 Transformador Padmounted 375 KVA Trifásico a 13.2 kV
PT016 Transformador Padmounted 500 KVA Trifásico a 23 kV
PT017 Transformador Padmounted 750 KVA Trifásico a 13.2 kV
PT018 Transformador Padmounted 750 KVA Trifásico a 23 kV
PT019 Transformador Padmounted 1000 KVA. Trifásico a 13.2 kV
PT020 Transformador Padmounted 1000 KVA. Trifásico a 23 kV
PT021 Transformador Padmounted 1500 KVA Trifásico a 23 kV
PT022 Transformador Padmounted 2000 KVA Trifásico a 23 kV
TM001 Transformador Monofásico de 3 KVA a 4.1 kV
TM002 Transformador Monofásico de 3 KVA a 13.2 kV
TM003 Transformador Monofásico de 3 KVA a 23 kV
TM004 Transformador Monofásico de 5 KVA a 4.1 kV
TM005 Transformador Monofásico de 5 KVA a 13.2 kV
TM006 Transformador Monofásico de 5 KVA a 23 kV
TM007 Transformador Monofásico de 7.5 KVA a 4.1 kV
TM008 Transformador Monofásico de 7.5 KVA a 13.2 kV
TM009 Transformador Monofásico de 7.5 KVA a 23 kV
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Código Descripción
TM010 Transformador Monofásico de 10 KVA a 4.1 kV
TM011 Transformador Monofásico de 10 KVA a 13.2 kV
TM012 Transformador Monofásico de 10 KVA a 23 kV
TM013 Transformador Monofásico de 15 KVA a 4.1 kV
TM014 Transformador Monofásico de 15 KVA a 13.2 kV
TM015 Transformador Monofásico de 15 KVA a 23 kV
TM016 Transformador Monofásico de 15 KVA a 4.1 kV
TM017 Transformador Monofásico de 25 KVA a 4.1 kV
TM018 Transformador Monofásico de 25 KVA a 23 kV
TM019 Transformador Monofásico de 25 KVA a 13.2 kV
TM020 Transformador Monofásico de 30 KVA a 4.1 kV
TM021 Transformador Monofásico de 30 KVA a 13.2 kV
TM022 Transformador Monofásico de 30 KVA a 23 kV
TM023 Transformador Monofásico de 37.5 KVA a 4.1 kV
TM024 Transformador Monofásico de 37.5 KVA a 13.2 kV
TM025 Transformador Monofásico de 37.5 KVA a 23 kV
TM026 Transformador Monofásico de 40 KVA a 4.1 kV
TM027 Transformador Monofásico de 40 KVA a 13.2 kV
TM028 Transformador Monofásico de 40 KVA a 23 kV
TM029 Transformador Monofásico de 50 KVA a 4.1 kV
TM030 Transformador Monofásico de 50 KVA a 13.2 kV
TM031 Transformador Monofásico de 50 KVA a 23 kV
TM032 Transformador Monofásico de 75 KVA a 4.1 kV
TM033 Transformador Monofásico de 75 KVA a 13.2 kV
TM034 Transformador Monofásico de 75 KVA a 23 kV
TM035 Transformador Monofásico de 80 KVA a 4.1 kV
TM036 Transformador Monofásico de 80 KVA a 13.2 kV
TM037 Transformador Monofásico de 80 KVA a 23 kV
TM038 Transformador Monofásico de 99 KVA a 4.1 kV
TM039 Transformador Monofásico de 99 KVA a 13.2 kV
TM040 Transformador Monofásico de 99 KVA a 23 Kv
TM041 Transformador Monofásico de 100 KVA a 4.1 kV
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Código Descripción
TM042 Transformador Monofásico de 100 KVA a 13.2 Kv
TM043 Transformador Monofásico de 100 KVA a 23 Kv
TM044 Transformador Monofásico de 112.5 KVA a 4.1 kV
TM045 Transformador Monofásico de 112.5 KVA a 13.2 kV
TM046 Transformador Monofásico de 112.5 KVA a 23 kV
TM047 Transformador Monofásico de 125 KVA a 4.1 kV
TM048 Transformador Monofásico de 125 KVA a 13.2 kV
TM049 Transformador Monofásico de 125 KVA a 23 Kv
TM050 Transformador Monofásico de 150 KVA a 4.1 kV
TM051 Transformador Monofásico de 150 KVA a 13.2 kV
TM052 Transformador Monofásico de 150 KVA a 23 kV
TM053 Transformador Monofásico de 160 KVA a 4.1 kV
TM054 Transformador Monofásico de 160 KVA a 13.2 kV
TM055 Transformador Monofásico de 160 KVA a 23 Kv
TM056 Transformador Monofásico de 167 KVA 4.1 kV.
TM057 Transformador Monofásico de 167 KVA a 13.2 kV
TM058 Transformador Monofásico de 167 KVA a 23 kV
TM059 Transformador Monofásico de 200 KVA a 13.2kV
TM060 Transformador Monofásico de 300 KVA A 13.2kV
TM061 Transformador Monofásico de 700 KVA a 4.1 kV
TM062 Transformador Monofásico de 700 KVA a 13.2 kV
TM063 Transformador Monofásico de 700KVA a 23 Kv
TM064 Transformador Monofásico de 2,500 KVA a 4.1 kV
TM065 Transformador Monofásico de 2,500 KVA a 13.2 kV
TM066 Transformador Monofásico de 2,500 KVA a 23 Kv
TM033 Transformador Monofásico de 0.5 MVA 46/7.6 kV
TP001 Transformador de potencia de 750 KVA 23/4.16 Kv
TP002 Transformador de potencia de 2.5/3 MVA 23/4.16 kV
TP003 Transformador de potencia de 8/10 MVA 23/4.16 kV
TP004 Transformador de potencia de 5/6.25 MVA 23/4.16 kV
TP005 Transformador de potencia de 1.5/1.9 MVA 34.5/13.2 kV
TP006 Transformador de potencia de 3/4.3 MVA 34.5/13.2 kV
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Código Descripción
TP007 Transformador de potencia de 5/7 MVA 34.5/13.2 kV
TP008 Transformador de potencia de 2/2.3 MVA 46/13.2 kV
TP009 Transformador de potencia de 4/4.3 MVA 46/13.2 kV
TP010 Transformador de potencia de 10/14 MVA 46/13.2 kV
TP011 Transformador de potencia de 15/18 MVA 46/13.2 kV
TP012 Transformador de potencia de 5/8 MVA 46/13.2 kV
TP013 Transformador de potencia de 3/5 MVA 46/23 kV
TP014 Transformador de potencia de 10/12.5 MVA 46/23 kV
TP015 Transformador de potencia de 14/17 MVA 46/23 kV
TP016 Transformador de potencia de 20/25 MVA 46/23 kV
TP017 Transformador de potencia de 30/40/50 MVA 46/23 kV
TP018 Transformador de potencia de 5/7 MVA 46/23 kV
TP019 Transformador de potencia de 5/8 MVA 46/4.16 kV
TP020 Transformador de potencia de 2.5/3 MVA 46/4.16 kV
TP021 Transformador de aterrizamiento de 3.98 MVA continuos 23 kV zig zag
TP022 Transformador de aterrizamiento de 11.951 MVA continuos 23 kV zig zag
TP023 Transformador de aterrizamiento de 23.24 MVA continuos 23 kV zig zag
TP024 Transformador de potencia de 7/9 MVA 23/4.16 kV
TP025 Transformador de potencia de 5/9.3 MVA 46/13.2 kV
TP026 Transformador de potencia de 10/16.6 MVA 46/13.2 kV
TP027 Transformador de potencia de 1.25 MVA 46/13.2 kV
TP028 Transformador de potencia de 3/4 MVA 46/13.2 kV
TT001 Transformador Trifásico de 225 KVA a 13.2 kV
TT002 Transformador Trifásico de 225 KVA a 23 kV
TT003 Transformador Trifásico de 250 KVA a 4.1 kV
TT004 Transformador Trifásico de 250 KVA a 13.2 kV
TT005 Transformador Trifásico de 250 KVA a 23 kV
TT006 Transformador Trifásico de 300 KVA a 13.2 kV
TT007 Transformador Trifásico de 300 KVA a 46 kV
TT008 Transformador Trifásico de 315 KVA a 23 kV
TT009 Transformador Trifásico de 333 KVA a 13.2 kV
TT010 Transformador Trifásico de 333 KVA a 23 kV
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Código Descripción
TT011 Transformador Trifásico de 350 KVA a 23 kV
TT012 Transformador Trifásico de 400 KVA a 13.2 kV
TT013 Transformador Trifásico de 400 KVA a 23 kV
TT014 Transformador Trifásico de 400 KVA a 46 kV
TT015 Transformador Trifásico de 500 KVA a 13.2 kV
TT016 Transformador Trifásico de 500 KVA a 23 kV
TT017 Transformador Trifásico de 750 KVA a 13.2 kV
TT018 Transformador Trifásico de 750 KVA a 23 kV
TT019 Transformador Trifásico de 800 KVA a 13.2 kV
TT020 Transformador Trifásico de 800 KVA a 23 kV
TT021 Transformador Trifásico de 1000 KVA a 23 kV
TT022 Transformador Trifásico de 1000 KVA a 13.2 kV
TT023 Transformador Trifásico de 1000 KVA a 46 kV
TT024 Transformador Trifásico de 1500 KVA a 23 kV
TT026 Transformador Trifásico de 1500 KVA a 46 kV
TT027 Transformador Trifásico de 2000 KVA a 23 kV
TT028 Transformador Trifásico de 2000 KVA a 46 kV
TA001 Transformador de aterrizamiento 3.98 MVA continuos 23 kV zig zag
TA002 Transformador de aterrizamiento 11.951 MVA continuos 23 kV zig zag
TA003 Transformador de aterrizamiento 23.24 MVA continuos 23 kV zig zag
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
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LEGAL
85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
CÓDIGOS NORMALIZADOS PARA POSTES Y POZOS
Código Descripción
PA26 Poste Concreto de 26 pies de Altura – Autosoportado
PA35 Poste Concreto de 35 pies de Altura – Autosoportado
PA40 Poste Concreto de 40 pies de Altura – Autosoportado
PA45 Poste Concreto de 45 pies de Altura – Autosoportado
PC21 Poste Concreto de 21 pies de Altura
PC26 Poste Concreto de 26 pies de Altura
PC30 Poste Concreto de 30 pies de Altura
PC35 Poste Concreto de 35 pies de Altura
PC40 Poste Concreto de 40 pies de Altura
PC45 Poste Concreto de 45 pies de Altura
PC65 Poste Concreto de 65 pies de Altura
PM25 Poste de Madera de 25 pies de Altura
PM26 Poste de Madera de 26 pies de Altura
PM30 Poste de Madera de 30 pies de Altura
PM33 Poste de Madera de 33 pies de Altura
PM35 Poste de Madera de 35 pies de Altura
PM40 Poste de Madera de 40 pies de Altura
PM45 Poste de Madera de 45 pies de Altura
PM50 Poste de Madera de 50 pies de Altura
PT22 Poste Tubular de 22 pies de Altura
PT25 Poste Tubular de 25 Pies de Altura
PT26 Poste Tubular de 26 pies de Altura
PT30 Poste Tubular de 30 pies de Altura
PT35 Poste Tubular de 35 pies de Altura
PT40 Poste Tubular de 40 pies de altura
PT45 Poste Tubular de 45 pies de altura
PAM230 Marco de dos (2) postes de concreto autosoporados de 30 pies de altura
PAM235 Marco de dos (2) postes de concreto autosoporados de 35 pies de altura
PAM240 Marco de dos (2) postes de concreto autosoportado de 40 pies de altura
PAM245 Marco de dos (2) postes de concreto autosoportado de 45 pies de altura
PAM250 Marco de dos (2) postes de concreto autosoportado de 50 pies de altura
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
PAM255 Marco de dos (2) postes de concreto autosoportado de 55 pies de altura
PAM260 Marco de dos (2) postes de concreto autosoportado de 60 pies de altura
PCM230 Marco de dos (2) postes de concreto de 30 pies de altura
PCM235 Marco de dos (2) postes de concreto de 35 pies de altura
PCM240 Marco de dos (2) postes de concreto de 40 pies de altura
PMM225 Marco de dos (2) postes de madera 25 pies de altura
PMM226 Marco de dos (2) postes de madera 26 pies de altura
PMM230 Marco de dos (2) postes de madera 30 pies de altura
PMM235 Marco de dos (2) postes de madera 35 pies de altura
PMM240 Marco de dos (2) postes de madera 40 pies de altura
PMM245 Marco de dos (2) postes de madera 45 pies de altura
PMM250 Marco de dos (2) postes de madera 50 pies de altura
PMM255 Marco de dos (2) postes de madera 55 pies de altura
PTM226 Marco de dos (2) postes Tubular de 26 pies de Altura
PTM230 Marco de dos (2) postes Tubular de 30 pies de Altura
PTM235 Marco de dos (2) postes Tubular de 35 pies de Altura
PTM240 Marco de dos (2) postes Tubular de 40 pies de Altura
PTM245 Marco de dos (2) postes Tubular de 45 pies de Altura
PTM250 Marco de dos (2) postes Tubular de 50 pies de Altura
PTM255 Marco de dos (2) postes Tubular de 55 pies de Altura
PAM335 Marco de tres (3) postes de concreto autosoporados de 35 pies de altura
PAM340 Marco de tres (3) postes de concreto autosoportado de 40 pies de altura
PAM345 Marco de tres (3) postes de concreto autosoportado de 45 pies de altura
PAM350 Marco de tres (3) postes de concreto autosoportado de 50 pies de altura
PAM355 Marco de tres (3) postes de concreto autosoportado de 55 pies de altura
PAM360 Marco de tres (3) postes de concreto autosoportado de 60 pies de altura
PCM330 Marco de tres (3) postes de concreto de 30 pies de altura
PCM335 Marco de tres (3) postes de concreto de 35 pies de altura
PCM340 Marco de tres (3) postes de concreto de 40 pies de altura
PCM345 Marco de tres (3) postes de concreto de 45 pies de altura
PCM350 Marco de tres (3) postes de concreto de 50 pies de altura
PMM330 Marco de tres (3) postes de madera 30 pies de altura
PMM335 Marco de tres (3) postes de madera 35 pies de altura
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
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LEGAL
87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
PMM340 Marco de tres (3) postes de madera 40 pies de altura
PMM345 Marco de tres (3) postes de madera 45 pies de altura
PMM350 Marco de tres (3) postes de madera 50 pies de altura
PTM335 Marco de tres (3) postes Tubular de 35 pies de Altura
PTM340 Marco de tres (3) postes Tubular de 40 pies de Altura
PTM345 Marco de tres (3) postes Tubular de 45 pies de Altura
PTM350 Marco de tres (3) postes Tubular de 50 pies de Altura
PZ01 Pozo Tipo A de Media Tensión a 23 Kv
PZ02 Pozo Tipo A de Media y Baja Tensión a 23 Kv
PZ03 Pozo Tipo B de Baja Tensión a 23 Kv
PZ04 Pozo Tipo B de Media Tensión a 23 kv
PZ05 Pozo Tipo B de Media y Baja Tensión a 23 kv
O Otros, estructura fuera de estándar
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ANEXO 2 – DETALLE Y FORMATO DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA
Con el objetivo de mantener actualizada la información registral, las empresas distribuidoras anualmente en la fecha indicada en esta Norma, deberán entregar a la SIGET, una copia de respaldo (“backup”) de la base de datos generada por el programa informático que instaló en sus equipos, identificado como “Módulo Empresa”.
Una de las funciones del Módulo de Empresa, comprenderá una rutina para iniciar una base de datos vacía, es decir, solo contará con las estructuras de las tablas, sin datos:
Los nombres de las bases de datos, serán específicos por cada empresa, y se distinguirá adicionalmente el año en curso al que corresponde el envío de la información. De la manera como se muestra a continuación:
<nombre de empresa>_<año>
Este módulo, tendrá rutinas para cargar datos a las tablas a partir de archivos de texto, validar los datos cargados, generar reportes y crear copias de respaldo encriptadas, mediante las cuales se enviará la información a la SIGET. Por lo consiguiente, en las pruebas de validación, en caso de errores críticos, la empresa distribuidora no podrá iniciar el proceso de transferencia de información para ser remitida a la SIGET.
A continuación se presenta la estructura de las tablas de datos, contenidas en la base de datos que deberá ser enviada a la SIGET, según lo dispuesto en los artículos 9, 10 y 11 de esta Norma:
Ítem Componente Nombre de Tabla Nombre Corto1 Empresa Empresa EMP
2 Subestación de Transformación CentroTransformacion CET
3 Entrada en Media Tensión EntradaMT EMT
4 Subestación de MT/MT SSEE SSEE
5 Salida en Media Tensión SalidaMT SAMT
6 Vano de Media Tensión VanoMT VAMT
7 Equipo de Protección y Seccionamiento EquipoMT EQMT
8 Poste y Pozo PostePozo PTPZ
9 Nodo de Media Tensión NodoMT NOMT
10 Estructuras Media Tensión EstructuraMT ESMT
11 Puente de Media Tensión PuenteMT ENMT
12 Puente al vuelo PuenteVueloMT PVMT
13 Acometida de Media Tensión AcometidaMT ACMT
14 Subestación de Distribución CentroMTBT CEMB
15 Transformadores de Distribución TrafoMTBT TRMB
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O OFI
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PARA
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LTA
NO TIE
NE VAL
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LEGAL
89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Ítem Componente Nombre de Tabla Nombre Corto16 Vano de Baja Tensión VanoBT VABT
17 Nodo de Baja Tensión NodoBT NOBT
18 Estructura de Baja Tensión EstructuraBT ESBT
19 Puente de Baja Tensión PuenteBT ENBT
20 Puente al Vuelo BT PuenteVueloBT PVBT
21 Acometida de Baja Tensión AcometidaBT ACBT
22 Punto de Suministro PuntoConexion PCON
23 Suministro Suministro SUMI
Detalle de información por tabla
Tabla : Empresa
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tama-ño del Campo
Obliga-torio
Clave Primaria Descripción
Id_Emp Texto 3 Si Si Identificador de la EmpresaNombre Texto 100 Si No Nombre de la EmpresaAnho Texto 4 Si No Año del proceso en curso
N_Envio Número 1 Si No
Número de envío en un mismo año, si se hacen envios semestrales serán 1 para el Primer Semestre, 2 para el Segundo Semestre. En caso de hacerse anual solamente se usará el número 1.
Tabla : CentroTransformacion
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
Id_SET Texto 10 Si Si Identificador de la Subestación de Transmisión (CET)
Nombre Texto 30 Si No Nombre de la subestación
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada “x”, sistema Lambert, de la CET
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada “y”, sistema Lambert, de la CET
DIARI
O OFI
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SOLO
PARA
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LEGAL
90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Tabla : EntradaMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_EntMT Texto 10 Si Si Identificador de la Entrada de MT
ID_Ssee Texto 10 SI No Identificador de la Sub Estación Media - Media a la que alimenta
ID_VanMT Texto 10 Si No Identificador del Vano MT con el que se conecta
ID_Tans Texto 1 Si No Identificador que el circuito corresponde a una línea que viene de una subestación de Transmisión (S), caso contrario (N)
Cod_Material Texto 30 Si No
Código de Material del dispositivo de la Entrada de MT (Interruptor, reconectador, etc.) de acuerdo a Catalogo de Normalizados de Materiales
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero NFases Número 1 Si No Número de Fases
Fases Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Neutro Texto 1 Si No Indicador de que lleva Neutro (S --> Lleva neutro / N --> No lleva neutro)
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Capacidad Número 6,2 No No Capacidad del equipo en kW
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, de la EntradaMT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert, de la EntradaMT
Tabla : SSEE
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_Ssee Texto 10 Si Si Identificador de la Subestación de Media -Media
Nombre Texto 30 Si No Nombre de la subestación
Tipo_SSEE Texto 1 Si No
Tipo de subestación, de acuerdo a su función (T = Transformación, reduce el nivel de voltaje; R = Referencia a tierra; S = Switcheo; C = Combinada)
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero
Capacidad Número 6,2 No No Suma de la Capacidad instalada en kVA de los transformadores
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, de la SSEE
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert, de la SSEE
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O OFI
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LEGAL
91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Tabla : SalidaMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_SalMT Texto 10 Si Si Identificador de la Salida de MT ID_Emp Texto 3 Si No Identificador de la Empresa
ID_Set Texto 10 No No Identificador de la Subestación de Transmisión. (nulo si inicia en una SSEE)
ID_Ssee Texto 10 No No Identificador de la Subestación de Media -Media. (nulo si inicia en un CentroTransformacion)
CO_CirMT Texto 30 Si No Código del circuito con el que lo identifica la distribuidora
Nsal_MT Texto 30 Si No Nombre con el que la distribuidora identifica al circuito
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material del dispositivo de la Salida de MT (Interruptor, reconectador, etc.)
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero Nfases Número 1 Si No Número de Fases
Fases Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Neutro Texto 1 Si No Indicador de que lleva Neutro (S --> Lleva neutro / N --> No lleva neutro)
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Capacidad Número 6,2 No No Capacidad del Equipo en kW
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, de la SSEE
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert, de la SSEE
Tabla : VanoMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_VanMT Texto 10 Si Si Identificador del Vano de MT ID_SalMT Texto 10 Si No Identificador de la Salida de MT
ID_PueVueloMT Texto 10 No No Identificador del Puente al Vuelo MT relacionado al Vano MT
ID_VanMT_Padre Texto 10 Si No
Identificador del Vano de MT anterior ("Padre") del que se alimenta (0 para el caso del primer Vano MT que sale de la Salida MT)
Cod_Material_F Texto 30 Si No Código de Material del conductor de la fase de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Cod_Material_N Texto 30 No No Código de Material del conductor neutro de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Tipo_Tendido Texto 1 Si No Tipo de Tendido del Vano de MT (S=Subterráneo , A=Aéreo, M = Submarino)
Área_Tendido Texto 1 Si No Área de Tendido del Vano de BT (U=Urbano , R=Rural)
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O OFI
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LEGAL
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero Nfases Número 1 Si No Número de Fases
Fases Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Capacidad Número 6,2 No No Capacidad del Conductor en kW
X1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "x", sistema Lambert del Vano MT
Y1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "y", sistema Lambert del Vano MT
X2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "x", sistema Lambert del Vano MT
Y2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "y", sistema Lambert del Vano MT
Longitud Número 9,2 No No
Longitud del Vano, se puede ingresar si se tuviera el dato o dejar que el sistema lo calcule automaticamente a partir de las coordenadas
Tabla : EquipoMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_EquMT Texto 10 Si Si Identificador del Equipo de MT
ID_VanMT Texto 10 Si No
Identificador del Primer Vano de MT Aguas Abajo sobre el que opera el Equipo. En caso de que sea una Acometida MT ó en una SSEE, debe registrase el Vano de MT Aguas arriba
ID_SSEE Texto 10 Si No Identificador de la SSEE donde se encuentra instalado (nulo si está en una CET, Vano MT ó en una Acometida MT)
CO_TiEq Texto 2 Si No Código del Tipo de Equipo de Acuerdo a Tabla de Códigos de Tipo de Equipo
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material del Equipo de MT
ID_Placa Texto 30 Si No Identificador asignado por la distribuidora (placa en campo)
EN_EquMT Texto 1 Si No Estado Normal de Operación del Equipo de MT (C = Cerrado, A = Abierto)
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero Nfases Número 1 Si No Número de Fases
Fases Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Capacidad Número 6,2 No No Capacidad máxima en kW
X Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "x", sistema Lambert del Equipo de MT
Y Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "y", sistema Lambert del Equipo de MT
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O OFI
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LEGAL
93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Tabla : PostePozo
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_Pos Texto 10 Si Si Identificador del Poste/Pozo Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material del Poste/Pozo
PosPoz Texto 1 Si No Identificador de Poste o Pozo (1 = Poste, 2 = Pozo)
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero
Tipo_Vano Texto 1 Si No Nivel(es) de voltaje que soporta (1=MT, 2=BT, 3=MT y BT)
Num_ckts Número 1 Si No Número de circuitos que soporta
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert del Poste/Pozo
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert del Poste/Pozo
Tabla : NodoMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_NodMT Texto 10 Si Si Identificador del Nodo de MT ID_Pos Texto 10 Si No Identificador del Poste/Pozo
ID_VanMT Texto 10 Si No Identificador del Vano MT que se conecta (en caso que conecte más de un Vano MT puede ser cualquier Vano MT)
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert del Nodo de MT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert del Nodo de MT
Tabla : EstructuraMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_Est Texto 10 Si Si Identificador de la Estructura
ID_NodMT Texto 10 No No Identificador del Nodo de MT (Nulo si esta asociado a un Puente)
ID_PueMT Texto 10 No No Identificador del Puente de MT (Nulo si esta asociado a un Nodo)
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material de la Estructura, de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Pro_ani Texto 1 No No Indicador que la estructura incluye protección contra animales (S = SI / N = No)
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero NFases Número 1 Si No Número de Fases
Fases Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Neutro Texto 1 Si No Indicador (S --> La estructura es neutra / N --> No es neutra)
Cod_Voltaje Texto 1 No No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje.
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Tabla : PuenteMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del
CampoObligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_PueMT Texto 10 Si Si Identificador del Puente de MT ID_NodMT1 Texto 10 Si No Identificador del Vano 1 de MT ID_NodMT2 Texto 10 Si No Identificador del Vano 2 de MT
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, del Puente MT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "Y", sistema Lambert, del Puente MT
Tabla : PuenteVueloMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_PueMT Texto 10 Si Si Identificador del Puente de MT
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert del PuenteVueloMT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert del PuenteVueloMT
Tabla : AcometidaMT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_AcoMT Texto 10 Si Si Identificador de la acometida
ID_EquMT Texto 10 Si No Identificador del Equipo MT a donde se conecta la acometida
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material de la Acometida, de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Nfases Número 1 Si No Número de Fases
Fases Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
X1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "x", sistema Lambert de la Acometida MT
Y1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "y", sistema Lambert de la Acometida MT
X2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "x", sistema Lambert de la Acometida MT
Y2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "y", sistema Lambert de la Acometida MT
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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Tabla : CentroMTBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_CMTBT Texto 10 Si Si Identificador de la Subestación de Distribución MT/BT
ID_SalMT Texto 10 Si No Identificador de la Salida MT del cual se alimenta
ID_VanMT Texto 10 Si No Identificador del Vano de MT al que está conectado
ID_PosMT Texto 10 No No Identificador del Poste/Pozo de MT (Nulo si no esta sostenido sobre un poste / pozo)
ID_Placa Texto 30 Si No Identificador asignado por la distribuidora (placa en campo)
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero Area_Tendido Texto 1 Si No U= Urbano, R= Rural
Nfases_P Número 1 Si No Número de Fases, primario
Fases_P Texto 1 Si No Código de las fases Primario de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material para registrar el material de herraje del Centro MT / BT
Cod_Voltaje_P Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal Primario entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Conductores Número 1 Si No número de conductores secundarios o número de hilos del primer vano de baja tensión aguas abajo
Cod_Voltaje_S Texto 1 Si No
Código del nivel de Voltaje Nominal Secundario entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Pot_inst Número 6,2 Si No Potencia instalada en KVA
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, del CenMTBT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert, del CenMTBT
Tabla : TrafoMTBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_Trafo Texto 10 Si Si Identificador del transformador MT/BT
ID_CMTBT Texto 10 Si No Identificador del CentroMTBT al que pertenece
Cod_Material Texto 30 Si No
Código de Material del Transformador de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Pot_inst Número 6,2 Si No Potencia instalada en KVA
Fase Texto 1 Si No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Banco Texto 1 Si No Indicador de que el transformador forma parte de un banco de transformadores (S = SI / N = No)
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Tabla : VanoBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_VanBT Texto 10 Si Si Identificador del Vano de BT
ID_CMTBT Texto 10 Si No Identificador de la Subestación de Distribución
ID_PueVueloBT Texto 10 No No Identificador del Puente al Vuelo BT relacionado al Vano BT
ID_VanBT_Padre Texto 10 Si No
Identificador del Vano de BT anterior ("Padre") del que se alimenta (0 para el caso del primer Vano BT que sale del CenMTBT)
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material del Vano de BT línea viva, de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
Cod_Material_N Texto 30 No No Código de Material del Vano de BT neutro, de acuerdo a Catálogo de Códigos Normalizados de Materiales
N_Conduc Número 1 Si No Número de Líneas Vivas
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero
Tipo_Tendido Texto 1 Si No Tipo de Tendido del Vano de MT (S=Subterráneo , A=Aéreo, M = Submarino)
Área_Tendido Texto 1 Si No Área de Tendido del Vano de BT (U=Urbano , R=Rural)
X1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "x", sistema Lambert del Vano BT
Y1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "y", sistema Lambert del Vano BT
X2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "x", sistema Lambert del Vano BT
Y2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "y", sistema Lambert del Vano BT
Longitud Número 9,2 No No
Longitud del Vano (metros), se puede ingresar si se tuviera el dato o dejar que el sistema lo calcule automaticamente a partir de las coordenadas
Tabla : NodoBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_NodBT Texto 10 Si Si Identificador del Nodo de BT ID_Pos Texto 10 Si No Identificador del Poste/Pozo
ID_VanBT Texto 10 Si No
Identificador del Vano BT que se conecta (en caso que conecte más de un Vano BT puede ser cualquier Vano BT)
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert del Nodo de BT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert del Nodo de BT
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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Tabla : EstructuraBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_Est Texto 10 Si Si Identificador de la Estructura
ID_NodBT Texto 10 Si No Identificador del Nodo de BT (Nulo si está asociado a un Puente)
ID_PueBT Texto 10 Si No Identificador del Puente de BT (Nulo si está asociado a un Nodo)
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material de la Estructura Propiedad Texto 1 Si No D = Distribuidora, T = Tercero Num_Cond Número 1 Si No Número de Conductores
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
Tabla : PuenteBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_PueBT Texto 10 Si Si Identificador del Puente de BT ID_NodBT1 Texto 10 Si No Identificador del Nodo 1 BT ID_NodBT2 Texto 10 Si No Identificador del Nodo 2 BT
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, del Puente BT
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert, del Puente BT
Tabla : PuenteVueloBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_PueBT Texto 10 Si Si Identificador del Puente de BT
X Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "x", sistema Lambert del PuenteVueloBT
Y Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "y", sistema Lambert del PuenteVueloBT
Tabla : AcometidaBT
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_AcoBT Texto 10 Si Si Identificador de la acometida ID_VanBT Texto 10 Si No Identificador del Vano BT asociado
ID_CMTBT Texto 10 Si No Identificador de la Subestación de Distribución MT/BT
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material de la Acometida N_Conduc Número 1 Si No Número de Líneas Vivas
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
X1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "x", sistema Lambert de la Acometida BT
Y1 Número 10,15 Si No Coordenada 1 georeferenciada "y", sistema Lambert de la Acometida BT
X2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "x", sistema Lambert de la Acometida BT
Y2 Número 10,15 Si No Coordenada 2 georeferenciada "y", sistema Lambert de la Acometida BT
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Tabla : PuntoConexion
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
ID_PtoSum Texto 10 Si Si Identificador único del Punto de Suministro
ID_AcoMT Texto 10 No No Identificador único de la Acometida asociada (MT), Nulo si es un cliente BT
ID_AcoBT Texto 10 No No Identificador único de la Acometida asociada (BT), Nulo si es un cliente MT
X Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "x", sistema Lambert, del Punto de Suministro
Y Número 10,15 Si No Coordenada georeferenciada "y", sistema Lambert, del Punto de Suministro
Tabla : Suministro
Nombre del Campo
Tipo de Datos
Tamaño del Campo Obligatorio Clave
Primaria Descripción
NIS Texto 10 Si Si Identificador único del suministro (Sistema de Facturación)
NIC Texto 10 Si No Identificador único del contrato (Sistema de Facturación)
ID_PtoSum Texto 10 Si No Identificador del Punto de Suministro asociado
Cod_Material Texto 30 Si No Código de Material de la Medición NFases Número 1 No No Número de Fases
Fases Texto 1 No No Código de las fases de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Fase
Cod_Voltaje Texto 1 Si No Código del nivel de Voltaje Nominal entre fases (kV), de acuerdo a Tabla Auxiliar de Código de Voltaje
N_medidor Texto 10 Si No Número de Medidor designado por la distribuidora
T_medidor Texto 1 Si No Tipo de Medidor (M = Electromecánico, E = Electrónico)
Notas:
- Para todos los campos con formatos numéricos se utilizará el punto como separador decimal.
- Para el caso de la tabla Empresa, el campo denominado “No_Envio” está relacionado con la cantidad de veces que la empresa distribuidora envía la información en un mismo año, ya sea por requerimiento de la distribuidora o por solicitud de SIGET.
- Para el caso de las coordenadas georeferenciadas “X” y “Y” de la tabla CentroTransformacion, se deberán utilizar las coordenadas correspondientes alelemento o equipo propiedad del distribuidor ubicado justo en la frontera con el transmisor.
- Para el caso de campos cuya información no posea la empresa y que la misma no afecte la debida configuración de la red de distribución de la empresa dentro del sistema de registro de la SIGET, podrá remitirse información determinada mediante la asignación de un código genérico que esté contenido dentro del estándar de códigos asignados en el Anexo 1. En este caso el Distribuidor deberá indicar que campos y de cualestablas está enviando información asignada por un código genérico.
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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ANEXO 3 · Tablas Auxiliares de Codificación Estándar de Materiales
Código de Fases
Código Fases1 A2 B3 C4 AB5 AC 6 BC 7 ABC8 N
Código de Voltaje
Código Voltaje (kV)0 0.12 1 0.24 2 0.48 3 2.40 4 4.16 5 13.20 6 23.00 7 34.50 8 46.00 9 0 (neutro)
Código de Tipos de Equipos
Código Equipo4 Regulador 5 Transformador 8 Interruptor9 LVCB
10 Reconectador11 Interruptor controlado por relé12 Seccionalizador13 Switch 14 Fusible
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Código Equipo15 Capacitor en serie16 Reactor en Serie17 Capacitor Shunt 18 Reactor Shunt 19 Medidor20 SpotLoad 21 Carga Distribuida22 Misceláneo 23 OverheadLineUnbalanced 24 ArcFurnace 25 CTypeFilter 26 DoubleTunedFilter 27 HighPassFilter 28 IdealConverter 29 NonIdealConverter 30 ShuntMultiFreqSource 31 ShuntSingleFreqSource 32 SingleTunedFilter 33 Motor de Inducción34 Motor Sincrónico35 Generador de Inducción36 Generador Sincrónico37 ElectronicConverterGenerator 38 Transformador por Fase39 Transformador de tres devanados40 NetworkEquivalent 41 Convertidora
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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ALCALDÍAS MUNICIPALES
DECRETO No. 3
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE ATIQUIZAYA
CONSIDERANDO:
I. Que la Constitución de la República en su Artículo 204 numeral 5° faculta a las Municipalidades para decretar reglamentos locales.
II. Además el Código Municipal en su Art. 2 numeral 5°, Art. 30 numeral 4°, expresan que entre las facultades del Concejo Municipal está la de emitir Reglamentos para normar el gobierno local y la administración municipal.
III. Que es una competencia municipal la regulación y creación de establecimientos y servicios para el sacrifi cio de animales que faciliten el consumo alimenticio de la población.
IV. Que es necesario establecer las condiciones a las que deban sujetarse las personas usuarias del servicio de Rastro Municipal, así como los empleados del mismo.
POR TANTO:
En uso de sus facultades legales que le confi ere el Código Municipal, DECRETA el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO DEL RASTRO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ATIQUIZAYA
CAPÍTULO I
OBJETIVO
Art. 1.- El presente Reglamento rige el uso y funcionamiento del Rastro Municipal, así como su administración y las funciones del personal a su servicio.
ALCANCES
Art. 2.- Las disposiciones que en este reglamento establezca se aplicarán a todos(as) las personas que hagan uso de las instalaciones y de los servicios que el Rastro Municipal brinda.
CAPÍTULO II
DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Art. 3.- La dirección y control del Rastro Municipal de Atiquizaya, estará a cargo de la Unidad de Mantenimiento y supervisado por la Gerencia, quien será responsable por la efi ciencia, responsabilidad y buen funcionamiento de la Administración del Rastro Municipal.
Art. 4.- El Rastro Municipal permanecerá abierto a los usuarios en el siguiente horario de lunes a domingo de 3 a.m. a 4 p.m.
Art. 5.- La Administración del Rastro estará a cargo de un administrador con ofi cina en las mismas instalaciones, y para el cumplimiento de sus funciones se le deberá de proveer el personal necesario y sus herramientas.
Art. 6.- El administrador de Rastro Municipal será nombrado por el Concejo Municipal.
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Art. 7.- El administrador de Rastro Municipal tendrá las siguientes funciones:
a) Abrir y Cerrar el Rastro durante las horas establecidas en el presente reglamento.
b) Permanecer en las Instalaciones durante el tiempo estipulado.
c) Cumplir y hacer cumplir lo estipulado en este reglamento.
d) Garantizar que el personal a su cargo cumpla con los deberes que los mismos instrumentos establecen.
e) Elaborar con el Jefe de Servicios generales el plan de actividades, responsabilidades y medidas correctivas al personal a su cargo por faltas en el servicio.
f) Llevar un control diario de los ingresos y enviarlos el mismo día con la documentación respectiva al departamento de Tesorería de la municipalidad, además de entradas y salidas de ganado
g) Supervisar todas las operaciones generadas en el rastro municipal.
CAPÍTULO III
PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES
OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR
Art. 8.- Son obligaciones del Administrador:
a) Velar porque el personal del Rastro cumplan sus funciones de forma efi ciente.
b) Adiestrar a matarifes para que éstos puedan realizar su trabajo bajo condiciones higiénicas.
c) Garantizar el servicio de seguridad a través de los vigilantes Municipales.
d) Garantizar la higiene y el buen funcionamiento en las instalaciones del Rastro.
e) Exigir la documentación legal pertinente para que los usuarios puedan hacer uso de los servicios del rastro (matrículas, cartas de Venta, boleta de tajo, guía de conducción de carnes etc.).
f) Cerciorarse de que los usuarios hallan cancelado en la Tesorería Municipal los aranceles correspondientes antes de hacer usos del Rastro.
g) Velar por el cumplimiento exacto de las leyes y reglamentos que tengan injerencia con los servicios que presta el Rastro.
h) Mantener un archivo general de la documentación legal pertinente de los animales sacrifi cados con su descripción general y control cro-nológico de las operaciones, remitiendo los archivos a la gerencia semanalmente, debidamente fi rmados y sellados por el administrador.
i) Prohibir el consumo de licores, tabaco y otras drogas dentro del rastro.
j) Llevar un registro de sacrifi cio de los animales en el cual constará: Fecha de Ingreso del animal al Rastro, Nombre del propietario, Sexo, color, peso del animal, Marcas y otras características, Nombre del propietario anterior (según comprobante de venta), valor de los impuestos cobrados por la Municipalidad, Número y fecha de guía.
k) Asegurarse que los animales destinados al sacrifi cio entren al rastro por lo menos con 24 horas antes de la matanza y se cancele su arancel correspondiente.
l) Brindar una atención adecuada a los usuarios.
DE LAS PROHIBICIONES DEL ADMINISTRADOR
Art. 9.- Queda terminantemente prohibido al administrador:
a) Presentarse a las labores en estado de ebriedad e ingerir estupefacientes dentro de las instalaciones.
b) Ejercer el comercio de cualquier naturaleza en el interior del Rastro por sí o por interpósita persona.
c) Abandonar las instalaciones del Rastro durante las horas estipuladas, sin justo motivo y sin previo aviso a su jefe inmediato, superior y a la gerencia.
d) Recibir dádivas a cambio de agilizar o realizar cualquier trámite o trabajo relacionado con sus funciones.
e) Realizar cobros por servicios del Rastro a título personal.
f) Realizar las funciones sin cumplir con los requisitos de saneamiento dentro del Rastro Municipal.
g) Autorizar el destace de animales sin cumplir con los requisitos legales pertinentes para cada caso.
h) Las demás establecidas en otras leyes de la administración pública en relación a su cargo.
i) Permitir el ingreso en horas no hábiles de ganado sin ninguna autorización.
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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS (AS)
Art. 10.- Es obligación de todo Usuario:
a) Cumplir con las disposiciones que en este reglamento se establezcan.
b) Pagar anticipadamente la tasa correspondiente en la Tesorería Municipal por los servicios prestados y en el tiempo estipulado.
c) Presentar la debida documentación del ingreso de carne (bovino o porcino), caso contrario se hará acreedor de una multa.
d) Respetar el uso del estacionamiento a fi n de garantizar la carga y descarga de ganado.
e) Presentar Cartas de Venta a nombre del dueño (a) de dicha res o reces caso contrario, se les dará quince días para su respectiva legaliza-ción.
f) Cada usuario (a) estará debidamente autorizado con su matrícula de comerciante, corretero, destazador de ganado mayor y menor a su nombre.
g) Presentar matrícula en original y fotocopia.
h) Legalizar los Visto Bueno en un período de quince días.
i) En los casos que deban presentar carta poder, debe hacerse en documento original autenticado.
PROHIBICIONES DE LOS USUARIOS (AS)
Art. 11.- Queda terminantemente prohibido a los usuarios del Rastro lo siguiente:
a) Promover, ejecutar o patrocinar actos que atenten contra la moral, el orden público y las buenas costumbres.
b) Sobornar, a los empleados del rastro para inclinarlos a su favor.
c) Ingerir bebidas alcohólicas y toda clase de enervantes alucinógenos que alteren el estado normal de las personas, dentro de las instalacio-nes.
d) Deambular por las instalaciones sin camisa.
e) Ingerir alimentos dentro de la sala de sacrifi cio.
f) Todo tipo de raspadura de huesos.
g) Que entren productos derivados de la carne a las instalaciones del Rastro Municipal.
h) Presentarse en estado de ebriedad o drogado(a) a las instalaciones.
i) Ingresar sin autorización a las instalaciones.
j) Sustraer vísceras del rastro que no estén autorizadas y que no sea permitido su consumo.
k) Ingresar sin su equipo de protección personal al área de destace.
l) Preparar alimentos en el rastro para su consumo.
m) Ingreso en horas no hábiles de ganado sin ninguna autorización.
OBLIGACIONES DEL VIGILANTE
Art 12.- Son obligaciones del personal de vigilancia:
a) Llegar a la hora Indicada.
b) Mantener en perfectas condiciones las armas o equipo que se le asigne.
c) Vigilar las instalaciones en el horario asignado.
d) No permitir el ingreso a personal que no esté autorizado a las instalaciones del Rastro.
e) Obedecer toda indicación dada por el administrador del rastro.
f) Informar de Inmediato de cualquier problema surgido en sus horas de vigilancia al Encargado del Rastro o a la Policía o a la autoridad competente.
g) Cualquier otra que le fuere asignada por su jefe inmediato.
h) Recibir en custodia el equipo, material, y ganado en corrales debidamente revisado para ser sacrifi cado en las instalaciones del rastro.
i) Controlar el ingreso y egreso de carnes y ganado.
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
j) Auxiliar al personal del rastro por cualquier altercado o problema de indisciplina dentro del rastro.
k) Brindar una atención adecuada a los usuarios.
l) Asegurarse que cada lote de carne lleve el respaldo de la guía de conducción de carne para su salida
PROHIBICIONES DEL VIGILANTE
Art 13 -Son prohibiciones del personal de vigilancia:
a) Irrespetar el presente reglamento en relación a la disciplina y orden.
b) Presentarse a las labores en estado de ebriedad e ingerir estupefacientes dentro de las instalaciones.
c) Ejercer el comercio de cualquier naturaleza en el interior del Rastro por sí o por interpósita persona.
d) Abandonar las instalaciones del Rastro durante las horas estipuladas, sin justo motivo y sin previo aviso a su jefe inmediato, superior y a la gerencia.
e) Recibir dádivas a cambio de agilizar o realizar cualquier trámite o trabajo relacionado con sus funciones.
f) Realizar cobros por servicios del Rastro a título personal.
g) Realizar las funciones sin cumplir con los requisitos de saneamiento dentro del Rastro Municipal.
h) Autorizar el destace de animales sin cumplir con los requisitos legales pertinentes para cada caso.
i) Las demás establecidas en otras leyes de la administración pública en relación a su cargo.
j) Permitir el ingreso en horas no hábiles de ganado sin ninguna autorización.
k) Permitir la salida de carne sin la guía de conducción de carne respectiva
FUNCIONES DEL CORRALERO
Art. 14- Son funciones del corralero:
a) Mantener todas las áreas del rastro debidamente limpias.
b) Limpiar a diario todos los desechos generados en el rastro.
c) Dar ingreso a los corrales al ganado que le remita el administrador el cual deberá cumplir con los requisitos de Ley.
d) Entregar a diario al vigilante el ganado de los corrales.
e) Controlar la entrada y salida del ganado de los corrales.
f) Informar a diario al administrador sobre su trabajo o cualquier anomalía en las instalaciones o equipos.
g) Acatar las ordenes emitidas por el administrador del rastro.
h) Mantener limpios los lavaderos municipales y servicios sanitarios.
PROHIBICIONES DEL CORRALERO
Art. 15- Son prohibiciones del corralero:
a) Irrespetar el presente reglamento en relación a la disciplina y orden.
b) Presentarse a las labores en estado de ebriedad e ingerir estupefacientes dentro de las instalaciones.
c) Ejercer el comercio de cualquier naturaleza en el interior del Rastro por sí o por interpósita persona.
d) Abandonar las instalaciones del Rastro durante las horas estipuladas, sin justo motivo y sin previo aviso a su jefe inmediato, superior y a la gerencia.
e) Recibir dádivas a cambio de agilizar o realizar cualquier trámite o trabajo relacionado con sus funciones.
f) Realizar cobros por servicios del Rastro a título personal.
g) Realizar las funciones sin cumplir con los requisitos de saneamiento dentro del Rastro Municipal.
h) Autorizar el destace de animales sin cumplir con los requisitos legales pertinentes para cada caso.
i) Las demás establecidas en otras leyes de la administración pública en relación a su cargo.
j) Permitir el ingreso en horas no hábiles de ganado sin ninguna autorización
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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
FUNCIONES DEL ENCARGADO DE CARTAS DE VENTA.
Art 16- Son funciones de cartas de venta:
a) Elaborar las cartas de venta de ganado después de su revisión cumpliendo lo establecido en la Ley de Marcas y Fierros.
b) Elaborar solicitudes de matrícula de fi erro de acuerdo a las leyes vigentes.
c) Registrar las operaciones realizadas en un informe mensual.
d) Atender las ordenes del administrador del rastro municipal.
e) Extender las guías de conducción de carne y traslado.
f) Registrar las matrículas en el libro de matrículas de fi erro conforme a la Ley.
g) Otra que su jefe inmediato le asigne de acuerdo a su rol.
PROHIBICIONES DEL ENCARGADO DE CARTAS DE VENTA
Art 17 – Son prohibiciones del encargado de cartas de venta:
a) Presentarse a las labores en estado de ebriedad e ingerir estupefacientes dentro de las instalaciones.
b) Ejercer el comercio de cualquier naturaleza en el interior del Rastro por sí o por interpósita persona.
c) Abandonar las instalaciones del Rastro durante las horas estipuladas, sin justo motivo y sin previo aviso a su jefe inmediato, superior y a la gerencia.
d) Recibir dádivas a cambio de agilizar o realizar cualquier trámite o trabajo relacionado con sus funciones.
e) Realizar cobros por servicios del Rastro a título personal.
f) Realizar las funciones sin cumplir con los requisitos de saneamiento dentro del Rastro Municipal.
g) Autorizar el destace de animales sin cumplir con los requisitos legales pertinentes para cada caso.
h) Las demás establecidas en otras leyes de la administración pública en relación a su cargo.
i) Permitir el ingreso en horas no hábiles de ganado sin ninguna autorización.
OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DE CARTAS DE VENTA
Art 18 – Son obligaciones del encargado de cartas de venta:
a) Cerciorarse de que los usuarios hallan cancelado en la Tesorería Municipal los aranceles correspondientes antes de hacer usos del rastro.
b) Velar por el cumplimiento exacto de las leyes y reglamentos que tengan injerencia con los servicios que presta el Rastro.
c) Mantener un archivo general de la documentación legal pertinente de los animales sacrifi cados con sus descripción general y control cro-nológico de las operaciones, remitiendo los archivos a la gerencia semanalmente, debidamente fi rmados y sellados por el administrador.
d) Brindar una atención adecuada a los usuarios.
CAPÍTULO IV
DEL ORDEN INTERNO
Art. 19.- Con el fi n de que el Rastro Municipal mantenga el orden necesario, los usuarios deberán abstenerse de:
a) Participar en juegos de azar, promover rifas, sorteos o juegos afi nes.
b) Perturbar en alguna forma la disciplina y el orden.
c) Ingresar a la sala de sacrifi cio.
d) Ingresar al Rastro con armas de fuego u otras que se consideren atentatorias.
e) Permanecer fuera del horario establecido en las instalaciones del rastro sin la debida autorización de parte del administrador.
f) Ingresar o salir del rastro sin reportarse con el encargado o el vigilante que esté de turno.
g) Sacar carne sin el debido comprobante respectivo, caso contrario a la persona no se le permitirá la salida.
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h) Toda persona o vehículo que entre o que salga de las instalaciones será debidamente revisado por el vigilante que esté de turno.
i) Después de las cuatro de la tarde no se permitirá el ingreso de personas ni de vehículos a las instalaciones del rastro, hasta el horario ya establecido para su uso y destaces.
j) No dejar en la sala de sacrifi cio los sancochos de porcino y bovino u otras partes.
k) Introducir ganado que no venga con su respectiva carta de venta y documentación respectiva.
l) Solamente podrá ingresar ganado que contenga su respectiva matrícula original, carta de venta o carta poder.
m) Se deberán respetar los lineamientos de la Ley de Marcas y Fierros, y otras afi nes para garantizar el bueno funcionamiento del Rastro Municipal.
n) Todo pago que realicen los usuarios deberá respaldarse con el comprobante de ingresos formula I-ISAM.
o) No se permitirá ninguna desobediencia a los supervisores e Irrespeto al personal.
p) No se permitirá el mal uso de los implementos a su cuidado.
q) No se permitirá hacer fraude en las carnes o apropiarse de ellas.
r) Cualquier acto que la indisciplina o que perjudique la buena marcha del establecimiento.
MANTENIMIENTO
Art. 20.- La Gerencia de la Alcaldía, el Jefe de Servicios Generales, Supervisor de mantenimiento y la Unidad de Medio Ambiente de la Munici-palidad, establecerán un sistema de operación y de mantenimiento en conjunto con la administración del rastro, a fi n de que se atiendan las necesidades del mismo.
Art. 21.- El mantenimiento y limpieza de las instalaciones del rastro estará a cargo del administrador designado guardando las medidas de higiene pertinentes según las disposiciones del Ministerio de Salud, apoyado por el supervisor de mantenimiento en todo lo relativo al mantenimiento, higiene y sanidad de las instalaciones.
CONTROL SANITARIO
Art. 22.- Las normas aplicables a las instalaciones físicas, del Rastro Municipal relativas a los servicios y productos, así como la elaboración, transformación, manejo y conservación de productos de eliminación de desperdicios y basura dentro del mismo, se trabajará en coordinación con Aseo y Limpieza, Unidad Ambiental, Administración del Rastro, Inspectores de Unidad de Salud, MAG, y recolectores de los desechos sólidos municipa-les.
Art. 23.- Las normas higiénicas se ajustarán a las disposiciones sanitarias siguientes:
a) La ropa sucia no deberá mezclarse con la ropa limpia, ni con cualquier otra clase de productos dentro de los vestidores.
b) Para el manejo y procesado de carne, el personal deberá de guardar su higiene personal.
c) Para el manejo y procesado de carne el personal asignado, deberá de abstenerse de portar anillos, pulseras, relojes etc., ésto con el fi n de evitar la contaminación de la carne.
d) Todas las instalaciones, equipos y utensilios deberán de guardar la higiene respectiva, antes, durante y después de las labores.
e) Mantener las instalaciones libres de insectos y de cualquier otro tipo de animales.
f) Las instalaciones deberán contar con sufi ciente luz natural y artifi cial, así como estar protegida por zarandas y cedazos.
g) Los corrales deberán de disponer de sufi ciente agua potable, evitando cualquier tipo de contaminación.
h) Las herramientas a usar deben de cumplir con las normas de limpieza e higiene y deberán de ser revisadas por el inspector sanitario.
i) Se deberá contar con una pila para lavar botas, ropa y cualquier otro equipo del personal.
j) Las personas que transportan carne en canal deberán de poner encima de la cama del vehículo un plástico de polietileno, para que ésta no tenga contacto directo con la cama del vehículo y asegurar que ésta esté totalmente limpia, a la vez que se cubra la carne para no exponerla al polvo o contaminación alguna.
k) A los usuarios que transportan productos en jabas o barriles, asegurarse que éstos estén perfectamente limpios.
l) Los destazadores deberán usar su uniforme y equipo de protección personal
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CAPÍTULO V
DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES
DE LAS FALTAS
Art. 24.- Las faltas se clasifi can en:
a) Leves.
b) Graves.
c) Muy Graves.
Art. 25.- Se considerarán faltas leves las siguientes:
a) No facilitar el acceso a las instalaciones del rastro.
b) No permitir que otros hagan uso del estacionamiento, obstaculizando la carga y descarga de ganado.
c) Lo establecido en literal D y el Art. 10 de este Reglamento.
Art. 26.- Se considerarán faltas graves las siguientes:
a) Promover, ejecutar o patrocinar dentro de las instalaciones del Rastro actos que atenten contra las buenas costumbres.
b) Perturbar en alguna forma la disciplina y el orden en el rastro.
c) Mezclar la ropa entre sucia y limpia que se utiliza para el destace de animales.
d) Portar objetos de uso personal cuando se esté sacrifi cando animales.
e) La reincidencia de tres faltas leves.
f) Los incisos e), f), g), h), del Art. 10 de este reglamento.
Art. 27.- Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a) Sobornar a los empleados del rastro para inclinarlos a su favor.
b) Ingerir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones.
c) Ingresar al rastro con armas de fuego.
d) No guardar las condiciones higiénicas dentro de los vehículos cuando se transporta carne.
e) Agresión o insultos dirigidos a Funcionarios o empleados de la Administración.
f) Por participar en riñas con trabajadores del rastro.
DE LAS SANCIONES
Art. 28.- Las clases de sanciones Administrativas aplicables son:
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación escrita.
c) Multa.
d) Suspensión de no hacer uso del rastro por tres días.
e) Suspensión por siete días.
f) Pérdida de la calidad de usuario.
DE LAS MULTAS
Art. 29.- Las multas se pagarán de la siguiente forma:
a) Por faltas leves la cantidad de diez dólares.
b) Por faltas graves la cantidad de veinticinco dólares.
c) Por faltas muy graves la cantidad de cincuenta dólares.
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CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTOS Y RECURSOS
Art. 30.- Todo animal que el usuario presente para ser sacrifi cado, deberá antes de haber cancelado los derechos municipales correspondientes y
cumplir con los requisitos legales pertinentes, además la carne resultante deberá ser revisada por el administrador del rastro o por personal que asigne
el Ministerio de Salud y Ministerio de Agricultura y Ganadería, según sus competencias.
Art. 31.- Una vez que el Administrador del Rastro tenga conocimiento que una persona ha infringido las disposiciones que en este reglamento
establecen, iniciará el procedimiento establecido en el Art. 131 del Código Municipal, en el acta que se levante se hará una narración simple y de la
forma como ocurrieron los hechos.
Art. 32.- De las sanciones impuestas se podrá interponer los Recursos que el Código Municipal prevé.
CAPÍTULO VII
ORGANIZACIÓN INTERNA
Art 33- Para su administración se tendrá la siguiente organización: El administrador del rastro estará a cargo directo de toda la administración del rastro
teniendo bajo su cargo al vigilante, corralero, encargado de cartas de ventas, y las ordenes emitidas por el administrador del rastro serán de estricto
cumplimiento, sobre el administrador del rastro estará el supervisor de mantenimiento, y dando seguimiento general y apoyo necesario la gerencia
municipal, todo el apoyo necesario se proporcionará con la unidad de mantenimiento, y el seguimiento ambiental la Unidad Ambiental Municipal
según su competencia de Ley.
CAPÍTULO VIII
VIGENCIA Y DEROGATORIA
Art. 34.- El presente Reglamento entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.
Dado en la Alcaldía Municipal de Atiquizaya, al primer día del mes de febrero de dos mil once.
LICDA. ANA LUISA RODRÍGUEZ DE GONZÁLEZ
ALCALDESA
JOSÉ MARIO MIRASOL CRISTALES
SINDICO MUNICIPAL
LICDA. VANESA BEATRIZ MOLINA DE MARTÍNEZ
SECRETARIA MUNICIPAL
(Registro No. F047904)
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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO
COMUNAL LOTIFICACION CAMPO DE ORO DE APOPA
CAPITULO I
DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION Y
EL DOMICILIO.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código
Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del
Municipio de Apopa, por estos Estatutos y demás disposiciones aplicables
y se denominará “Asociación de Desarrollo Comunal de Lotifi cación
Campo de Oro de Apopa” la cual se podrá abreviar “ADESCOLCOA”,
que en lo sucesivo de estos estatutos se denominará la “Asociación”,
tendrá su domicilio legal en Lotifi cación Campo de Oro de la ciudad de
Apopa, Departamento de San Salvador, situada en kilometro diecisiete
Carretera a Quezaltepeque, Cantón Joya Galana, domicilio en el cual
se ejercerá sus actividades.
Art. 2.- La Entidad legal que se funda será Asociación de Desarrollo
Comunal Lotifi cación Campo de Oro de Apopa, la cual podrá abreviarse
“ADESCOLCOA”.
CAPITULO II
DE LA NATURALEZA Y EL OBJETIVO
Art. 3.- La Asociación es de naturaleza apolítica, sin fi nes lucrativos,
democrática, no religiosa y tendrá como fi nes principales:
a) Garantizar la ejecución de las políticas de desarrollo tendien-
tes a superar y eliminar las causas de la marginalidad de las
comunidades locales;
b) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjun-
tamente con las organizaciones públicas o privadas, muni-
cipales, nacionales o internacionales que participen en los
correspondientes programas de desarrollo comunal;
c) Impulsar un proceso de formación mediante el cual se desa-
rrollen facultades y capacidades innatas de cada persona.
d) Coadyuvar el desarrollo integral de la persona humana, de
la familia y por ende de la comunidad.
e) Fomentar y desarrollar el espíritu de comunidad, hermandad,
solidaridad y cooperación mutua entre todos los vecinos,
miembros de comités de pasajes, de grupos y entidades
representativas.
f) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo
local del municipio y que promueve la Municipalidad y
regional, así como colaborar con la ejecución de los mismos
en benefi cio propio de todos los habitantes de la comunidad,
con el compromiso de cooperar con los planes generales de
desarrollo del Municipio;
g) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios básicos
de la comunidad, con el equipamiento de todos los medios
necesarios e indispensables para solucionar los distintos
problemas que existieran en la comunidad.
h) Participar y colaborar organizadamente en el estudio y análisis
de la realidad Social y de los problemas y necesidades de
la comunidad, así como en cualquier actividad ya sea en el
campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo
y otros que fueren legales y que se obtengan benefi cios para
nuestra comunidad;
i) Desarrollar actividades relativas a la protección y conservación
del medio ambiente;
j) Realizar actividades para propiciar la armonía, la solidaridad
y el bienestar entre los habitantes de la comunidad.
k) Promover políticas tendientes a la protección de la niñez, la
adolescencia, de los adultos mayores, la equidad y cultura
de género, y la promoción de la cultura de paz, tolerancia y
convivencia ciudadana, todas tendientes al desarrollo humano
de la comunidad y del municipio, y
l) Promover y participar en coordinación con la Municipalidad
de forma activa en el desarrollo de políticas de prevención
de la violencia, desarrollo ambiental, desarrollo de la edición
y extensión del analfabetismo y demás políticas de interés
general.
Art. 4.- Esta asociación tendrá como distintivo un símbolo rectan-
gular, en su interior estará un triángulo, éste representa la equidad, el
equilibrio, la dirección y la tolerancia con que debe de guiarse la aso-
ciación, en el interior del triángulo se encuentra un cerro que representa
el lugar donde estamos ubicados y a un hombre con un machete en la
mano que representa a un agricultor, como símbolo del trabajo y, una olla
con oro en su interior que representa el nombre de nuestra comunidad.
Alrededor del triángulo estará escrito el nombre de la Asociación de
Desarrollo Comunal y bajo el triángulo la lectura “JUNTA DIRECTIVA”
y “ADESCOLCOA”
Art. 5.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin
embargo podrá disolverse o liquidarse por cualquiera de las causas o
anomalías previstas en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones
Comunales en el Municipio de Apopa y de estos Estatutos.
CAPITULO III
DE LA DIRECCION
Art. 6.- La dirección de la Asociación la ejercerá una Junta Directiva
y la máxima autoridad será la Asamblea General.
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CAPITULO IV
DE ASOCIADOS
Art. 7.- Los Asociados se podrán denominar: Activos y Fundadores,
Son ASOCIADOS ACTIVOS, todas aquellas personas que desean ingre-
sar a la misma conforme lo establecido en estos Estatutos y que asistirán
periódicamente a las asambleas. Son ASOCIADOS FUNDADORES,
todos los miembros de la Junta Directiva y todas aquellas personas que
fi rmaron el acta de constitución de la Asociación.
Art. 8.- Para ser ASOCIADO ACTIVO se requiere:
a) Ser mayor de 18 Años.
b) Residir en la comunidad.
c) Ser de buena conducta.
d) Adquirir el compromiso de participación permanente en la
misma, y apoyar sus acciones y.
e) Ser aceptado por acuerdo de Junta Directiva previa solicitud
del interesado.
Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar a la Asociación
deberán llenar una hoja de afi liación dirigida a la Junta Directiva, en la
que manifi este su deseo y voluntad de pertenecer a la Asociación y que
cumplan con los requisitos establecidos en el artículo anterior. La Junta
Directiva se encargará de verifi car que los datos contenidos en la hoja
de afi liación sean correctos; si así fuere, procederá a la incorporación
del interesado, quien será juramentado en el pleno de la Asamblea.
Art. 10.- La Asociación deberá contar con un registro de los aso-
ciados en la cual habrá un rubro para activos y fundadores.
En cada asiento se indicará el nombre y las generales del suscrito a
saber: Edad, residencia, teléfono, fecha de ingreso, número de documento
único de identidad y número de identifi cación tributaria, o documento
idóneo que lo identifi que conforme a ley.
CAPITULO V
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS
Art. 11.- Son derechos o facultades de los Asociados:
a) Participar con voz y voto en la Asamblea General;
b) Presentar mociones o sugerencias a la Asamblea General,
encaminadas a alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo
de la Asociación;
c) Retirarse voluntariamente de la Asociación presentando su
justifi cación ante la Junta Directiva y Asamblea General;
d) Elegir y ser electo para desempeñar un cargo en la Junta
Directiva;
e) Solicitar por escrito y obtener de la Junta Directiva infor-
mación sobre el funcionamiento, planes y proyectos de la
Asociación;
f) Aceptar o rechazar cualquier comisión, ya sea para gestionar
o realizar trabajos o actividades en nombre de la Asociación;
y
g) Todos los demás que le confi eren estos Estatutos y otras leyes
afi nes.
Art. 12.- Son deberes u obligaciones de los asociados:
a) Fomentar el espíritu de servicio a los Asociados y Junta
Directiva;
b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General
previa convocatoria en forma legal y anticipada;
c) Desempeñar con puntualidad, responsabilidad, efi ciencia
y honradez los cargos para los cuales fueron electos o
nombrados, y cumplir a cabalidad las comisiones que se le
encomienden o que el asociado se haya comprometido a
realizar;
d) Estar solvente con las cuotas ordinarias y extraordinarias
aprobadas por la Asamblea General;
e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en estos Estatutos,
obedecer y velar porque se respeten las disposiciones de la
Asamblea General y la Junta Directiva, siempre que estén
relacionados con la Asociación:
f) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan perjudicar
la armonía, las actividades y, en general los Objetivos de la
Asociación; y,
g) Las demás que regulan otras leyes aplicables.
Art. 13.- La calidad de asociado se pierde:
a) Por renuncia verbal o escrita presentada a la Junta Directiva
de la Asociación;
b) Por falta de cooperación en los trabajos comunales, acti-
vidades para recaudar fondos y ausencia a las Asambleas
Generales;
c) Por abandono de la comunidad;
d) Por expulsión determinada por la Asamblea General, debido
a faltas graves contra la Asociación y la comunidad; y
e) Por no vivir por seis meses en la comunidad.
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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Art. 14.- El retiro voluntario puede será: Expreso o tácito. Será
expreso: Cuando el asociado lo solicite por escrito o verbalmente a la
Asamblea General. Será tácito: Cuando el asociado cambie defi nitivamen-
te su residencia a otro lugar que no pertenezca a la comunidad, o cuando
se ausente por un periodo de seis meses o más sin causa justifi cada.
Art. 15.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados
de la misma, según las causas siguientes:
a) Mala conducta o reputación, que ocasionare perjuicios o mala
imagen a la Junta Directiva, la Asociación o la comunidad
en general;
b) Negarse o abandonar sin motivos justifi cados el desempeño
del cargo que por elección o comisiones que le hubieren sido
encomendadas por la Junta Directiva o la Asamblea General
siempre que éstos hayan sido aceptados;
c) Obtener benefi cios personales por medios propios sin el
consentimiento de la Asociación; y
d) Incumplimiento de las Leyes, Ordenanzas, Reglamentos,
Estatutos, y disposiciones de la Junta Directiva y Asamblea
General, siempre que esté relacionado con los fi nes de la
Asociación.
CAPITULO VI
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art. 16.- La Asamblea General será la máxima autoridad y estará
integrada por todos los miembros de la Asociación. Las Asambleas Ge-
nerales serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras se realizarán en
fechas establecidas en los Estatutos y se tratarán los puntos comprendidos
en la agenda y los que propongan los asociados. Las segundas serán las
que se realicen en fechas distintas a las ordinarias y en ellas se tratarán
puntos específi cos para los que se hubiere convocado. Las decisiones
que se tomen con relación a los puntos no incluidos en la convocatoria
no tendrán ninguna validez.
Art. 17.- La Asamblea General sesionará ordinariamente una vez al
Año, a partir de la fecha en que entren en vigencia los presentes Estatutos
y extraordinariamente cuando sea convocado por la Junta Directiva, por
iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afi liados a la Asociación
o por emergencia según Junta Directiva.
Art. 18.- Las secciones de la Asamblea General podrán instalarse
con la mayoría simple de los asociados y las resoluciones se adoptarán
por la mayoría de votos de los presentes.
Art. 19.- Cuando por falta de quórum no se pueda celebrar la sesión
de Asamblea General Ordinaria en primera convocatoria, la Junta Direc-
tiva en el acto convocará a una nueva sesión de carácter extraordinaria
que deberá realizarse en los quince días siguientes con el número de
asociados que asistan y sus resoluciones serán obligatorias, aun para
aquellos que legalmente convocados no asistan.
Art. 20.- La convocatoria para la Asamblea General Ordinaria las
hará la Secretaría General o la Secretaría General Adjunta mediante un
aviso, con quince días de anticipación. Si la sesión no se celebrare el día
y la hora señalada en la convocatoria por falta de quórum, fuerza mayor
o caso fortuito, se hará nueva convocatoria, dentro de los quince días
siguientes y las resoluciones se tomarán con los votos de la mayoría de
los asistentes. En la convocatoria deberá indicarse: el lugar, día y hora
que se realizará la Asamblea. En ella se tratarán los puntos comprendidos
en la agenda y los que propongan los asociados presentes.
Art. 21.- Las Asambleas Generales Extraordinarias serán convocadas
con cuarenta y ocho horas de antelación o como mínimo veinticuatro
horas si fuera de emergencia, en ella se tratarán solamente los puntos
mencionados en la convocatoria de la Asamblea General.
Art. 22.- Las atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir los miembros de la Junta Directiva.
b) Aprobar y reformar los Estatutos de la Asociación.
c) Aprobar el reglamento interno de la Asociación; y,
d) Aprobar o rechazar el Estado Financiero, la Memoria Anual
de Labores y el Plan de Trabajo elaborados y presentados
por la Junta Directiva.
CAPITULO VII
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 23.- La Junta Directiva de la Asociación estará integrada por
once secretarías, así: Secretaría General, Secretaría General Adjunta,
Secretaría de Actas, Secretaría Adjunta, Secretaría de Finanzas, Secre-
taría de Asuntos Legales, Secretaría Medio Ambiente, Secretaría de
Salud, Secretaría de La Mujer, Secretaría de Deporte; y Secretaría de la
Juventud.
Art. 24.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:
a) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos.
b) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposi-
ciones de la Asamblea General.
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
c) Hacer la califi cación previa de los casos de retiro voluntario
y expulsión de los asociados, tal como en los casos de des-
titución individual de los Miembros de la Junta Directiva.
d) Administrar con honestidad el patrimonio de la Asocia-
ción;
e) Proteger y velar porque se conserven en buen estado los
bienes de la Asociación, así como velar porque se empleen
en forma optima y procurar que se incrementen los activos
de la misma;
f) Presentar la memoria anual de labores, el informe de la
ejecución presupuestaria, el Plan de Trabajo y el respectivo
presupuesto;
g) Velar porque se cumpla el presupuesto que la Asamblea
General haya aprobado para el ejercicio correspondiente;
h) Coordinar e impulsar las actividades en benefi cio de la co-
munidad;
i) Convocar a sesiones Ordinarias o Extraordinarias de la
Asamblea General, de acuerdo con lo establecido en estos
Estatutos;
j) Constituir los comités de apoyo que se considere necesarios
con el propósito de impulsar el desarrollo comunal;
k) Mantener relación con organismos del Estado, la Comunidad
y Entidades Públicas y Privadas, con el objeto de buscar el
apoyo de las mismas para los proyectos de la Asociación;
l) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
asociados; y
m) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos
y las leyes de la República.
Art. 25.- El periodo de funciones de los miembros de la Junta
Directiva será de dos Años, a partir de la fecha en que tomen posesión
de sus cargos, pudiendo ser reelectos. La elección de la Junta Directiva
se realizará en Asamblea General.
Art. 26.- Para ser miembro de la Junta Directiva, se requiere:
a) Ser mayor de dieciocho años;
b) Ser de nacionalidad salvadoreña;
c) Llenar los requisitos establecidos en el Artículo 8;
d) Estar solvente en los pagos de la cuota social establecida por
la Asamblea General y gozar de buena reputación;
e) Tener capacidad, voluntad y moralidad reconocida; y
f) No hacer propaganda política ni religiosa dentro de la Aso-
ciación.
CAPITULO VIII
ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE
LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 27.- Son atribuciones de la Secretaría General:
a) Representar legalmente en coordinación con la Secretaría
General a la Junta Directiva y a la Asociación;
b) Celebrar y otorgar toda clase de documentos y contratos,
así como otorgar poderes a nombre de la Asociación, previa
autorización de la Junta Directiva;
c) Ayudar a la Secretaría de Finanzas a elaborar el informe
de ingreso y egresos, fi rmar los documentos y autorizar los
gastos imprevistos;
d) Velar por el buen uso de los bienes y pertenencias de la
comunidad;
e) Organizar con los demás directivos el funcionamiento de la
ofi cina comunal, su equipamiento y mantenimiento
f) Presidir las reuniones de la Junta Directiva y Asamblea Ge-
neral en caso de no encontrarse en condiciones de hacerlo,
delegará dicha función a otro miembro competente.
Art. 28.- Son atribuciones de la Secretaría Adjunta;
a) Colaborar con la Secretaría General en el desempeño de sus
funciones;
b) Sustituir a la Secretaría General en caso de ausencia o impe-
dimento de éste; y
c) Desempeñar las funciones y comisiones que la Secretaría
General le asigne.
Art. 29.- Son atribuciones de la Secretaría de Actas:
a) Mantener actualizada en orden el Libro de Actas de las
sesiones de la Junta Directiva y la Asamblea General;
b) Resguardar los libros correspondientes y demás documentos
confi ados a su cuido;
c) Llevar en orden y actualizado el registro de los Asociados;
d) Darle lectura a las actas correspondientes y demás documentos
confi ados a su cuido;
e) Recibir, despachar y ordenar la correspondencia; y
f) Todas las demás que señalen estos Estatutos, reglamento
interno y ordenanza reguladora de las asociaciones comu-
nales.
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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Art. 30.- Son atribuciones de la Secretaría de Actas Adjunta:
a) Colaborar con la Secretaría de Actas en desempeño de sus
funciones;
b) Sustituir a la Secretaría de Actas en caso de ausencia o
impedimento; y
c) Las demás que exijan los Estatutos y otras disposiciones que
emita la Asociación.
Art. 31.- Son atribuciones de la Secretaría de Finanzas:
a) Recibir y depositar los fondos de la Asociación en la Insti-
tución bancaria que la Junta Directiva acuerde;
b) Firmar con la Secretaría General y la Secretaría de Actas
los cheques y documentos de gastos de la Asociación debi-
damente aprobados;
c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto Anual de la Asocia-
ción y presentarlo a la Junta Directiva;
d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios;
e) Presentar a la Junta Directiva un informe de los ingresos y
egresos de la Asociación; y
f) Recopilar los comprobantes de ingresos y gastos efectuados
por la Asociación.
Art. 32.- Son atribuciones de la Secretaría de Asuntos Legales;
a) Velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta
Directiva y de la Asociación General, de los Estatutos y el
Reglamento de la Asociación;
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva;
c) Representar Judicial y Extrajudicial a la Asociación;
d) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos y
Reglamentos de la Asociación, y
e) Las demás que le señale la Asamblea General.
Art. 33.- Son atribuciones de la Secretaría de Medio Ambiente:
a) Organizar actividades que contribuyan a la conservación del
medio ambiente;
b) Colaborar en todas las actividades que desarrolle la Junta
Directiva;
c) Desarrollar todas las tareas que le asigne la Asamblea General
y la Junta Directiva.
Art. 34.- Son atribuciones de la Secretaría de Salud:
a) Organizar campañas de limpieza en la comunidad;
b) Apoyar las actividades de abatización, y todas aquellas ac-
tividades que desarrolle el Ministerio de Salud relacionada
con campañas para erradicar cualquier clase de epidemia.
c) Desarrollar todas las tareas que le asigne la Asamblea General
y la Junta Directiva.
Art. 35.- Son atribuciones de la Secretaría de La Mujer:
a) Promover en la comunidad actividades para promover la
igualdad de género;
b) Colaborar en todas las actividades que desarrolle la Junta
Directiva;
c) Desarrollar todas las tareas que le asigne la Asamblea General
y la Junta Directiva; y
d) Promover el desarrollo integral de la mujer.
Art. 36.- Son atribuciones de la Secretaría de Deportes:
a) Organizar actividades deportivas para el sano esparcimiento
de todos los vecinos de la comunidad;
b) Colaborar en todas las actividades que desarrolle la Junta
Directiva; y
c) Desarrollar todas las tareas que le asigne la Asamblea General
y la Junta Directiva;
Art. 37.- Son atribuciones de la Secretaría de la Juventud:
a) Organizar actividades que benefi cien a los jóvenes de la
comunidad en coordinación con la Secretaría de Deportes;
b) Colaborar en todas las actividades que desarrolle la Junta
Directiva; y
c) Desarrollar todas las tareas que le designe la Asamblea General
y la Junta Directiva.
CAPITULO IX
DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION
Art. 38.- El Patrimonio de la Asociación está constituido por:
a) La cuota que aportan los asociados que sean aprobadas en
Asamblea General, si la hubiese;
b) Los aportes extraordinarios que provengan de otras fuentes
lícitas;
c) Los ingresos provenientes de toda actividad realizada para
recaudar fondos para la Asociación; y
d) Los bienes muebles e inmuebles y las rentas que se obtengan
con la administración de la misma, así como las provenientes
de donaciones, herencias y legados.
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Art. 39.- Los ingresos económicos de la Asociación se distribuirán
así:
a) El Setenta y Cinco por ciento para el presupuesto de opera-
ciones y ejecución del plan de trabajo;
b) El quince por ciento para el desarrollo de actividades cultu-
rales;
c) El diez por ciento para el fondo de reserva.
Art. 40.- La Secretaría de Finanzas de la Asociación será el en-
cargado de llevar el libro de contabilidad de la Asociación, en el cual se
registrarán todos los ingresos y egresos. Además llevará el control de
caja chica, para cubrir los gastos no previstos en el presupuesto anual.
Los fondos serán depositados en una cuenta bancaria a nombre de
la Asociación, y con las fi rmas de la Secretaría de Finanzas, Secretaría
de Actas y la Secretaría General.
Art. 41.- Si al fi nal de cada ejecución administrativa se obtienen
ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los pro-
yectos a que se pueden ser aplicadas las ganancias, y también el tipo y
la forma de invertir el fondo de reserva.
CAPITULO X
DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA
Y EXTERNA
Art. 42.- La Alcaldía Municipal de Apopa, tendrá potestad para
auditar las operaciones de esta Asociación, cada seis meses, para ejercer
control por el uso indebido de cualquiera de los privilegios y exenciones
de que goce, adoptando las medidas correctivas que sean necesarias.
CAPITULO XI
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION
Art. 43.- Serán motivos para disolver esta Asociación las siguien-
tes:
a) Por la disminución del número de sus miembros en un cin-
cuenta por ciento del mínimo establecido para su constitución
en el Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de las
Asociaciones Comunales del Municipio de Apopa.
b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los que fue
constituida;
c) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias a la
democracia, orden público, a la moral o a las buenas costum-
bres; y
d) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-
les.
Art. 44.- Para efectos de disolución y liquidación deberá convocarse
a la Asamblea General Extraordinaria y en ella explicar los motivos por
los cuales se tomará dicha decisión.
Art. 45.- En caso de disolución, si después de haber pagado todas
las obligaciones que tenga la Asociación, resultare un remanente, el
Concejo Municipal lo destinará a Programas de Desarrollo Comunal,
preferentemente en el asentamiento de la Asociación.
CAPITULO XII
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 46.- La Asociación podrá utilizar sus propios recursos u obte-
nerlos de otras fuentes, como aportes, donaciones, préstamos, etc. Para
llevar a cabo sus proyectos, estando obligados a informar a la Alcaldía
de esos recursos.
Art. 47.- Esta Asociación llevará los libros necesarios para hacer
constar sus actuaciones y controles, foliados y sellados, con una razón de
apertura que contendrá el objeto del libro, número de folios y la fi rmará
la Secretaría de Actas de la Junta Directiva.
Terminado el libro se pondrá en el último folio una razón de cierre,
que fi rmará y sellará la Secretaría de Actas.
Art. 48.- Los cargos de la Junta Directiva son gratuitos, sin em-
bargo cuando un miembro de la Junta Directiva o asociado trabaje en
actividades a tiempo completo en forma permanente o eventual para
la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el
volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten.
Art. 49.- Toda Junta Directiva saliente podrá formar parte de un
consejo asesor de la nueva Junta Directiva, que se elija conforme con estos
Estatutos, no pudiendo integrar el mismo aquellos miembros a quienes
se les haya comprobado una conducta viciada o por haber administrado
inadecuadamente los fondos y donaciones hechas a esta Asociación.
Art. 50.- La Junta Directiva saliente deberá rendir cuentas en forma
circunstanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las
actividades realizadas durante su gestión administrativa.
Así como de aquellas pendientes de su realización.
El informe a que se refi ere el inciso anterior debe ser rendido por
escrito, fi rmado y sellado por todos los miembros de la Junta Directiva
saliente a más tardar el primer mes de funciones de la nueva junta di-
rectiva..
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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Art. 51.- Estos estatutos entrarán en vigencia ocho días después
de su publicación en el Diario Ofi cial
ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO UNO:
Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal de
Lotifi cación Campo de Oro, que podrá abreviarse ADESCOLCOA de
esta jurisdicción, que consta de 51 Artículos; y no encontrando en ellos
ninguna disposición contraria a la Constitución de la República, Código
Municipal, Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del
Municipio de Apopa, al orden público, la moral y a las buenas costumbres,
POR LO TANTO y de conformidad a lo establecido en los Artículos
119 y 30 numeral 23 del Código Municipal, este Concejo Municipal, por
UNANIMIDAD de votos, ACUERDA: Aprobar en todas sus partes; y se
confi ere a la Asociación de Desarrollo Comunal de Lotifi cación Campo
de Oro, que podrá abreviarse ADESCOLCOA de esta jurisdicción, que
consta de 51 Artículos, el carácter de Persona Jurídica.
Dado en la Sala de Sesiones del Palacio de esta Alcaldía Municipal
de la Ciudad de Apopa, a los veintiséis días del mes de enero del año
dos mil once.
Dra. LUZ ESTRELLA RODRIGUEZ DE ZUNIGA,
ALCALDESA MUNICIPAL.
JOSE ASENCIO AGUILAR GRANADOS,
SINDICO MUNICIPAL.
MARTA ELSA ROMERO DE VELASQUEZ,
PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA.
Lic. JESUS CRESPIN CAMPOS,
SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
Dra. BLANCA MARGARITA LOPEZ QUIJANO,
TERCERA REGIDORA PROPIETARIA.
Lic. JOSE EFRAIN GUTIERREZ MARTINEZ,
CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
Dr. RENZO HUGO EDGARDO CASTILLO MARTINEZ,
QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.
Lic. JUAN ANTONIO MENDEZ MUNGUIA,
SEXTOR REGIDOR PROPIETARIO.
RODOLFO MARTINEZ GARCIA,
SEPTIMO REGIDOR PROPIETARIO.
CARLA MARIA NAVARRO FRANCO,
OCTAVA REGIDORA PROPIETARIA.
JOSE LUIS CRUZ CORTEZ,
NOVENO REGIDOR PROPIETARIO.
Prof. JOSE JERONIMO YANES GUARDADO,
DECIMO REGIDOR PROPIETARIO.
JOSE DAVID RECINOS TOBAR,
UNDECIMO REGIDOR PROPIETARIO.
JORGE ALBERTO AGUILAR MERINO,
DUODECIMO REGIDOR PROPIETARIO.
Ing. JOSE RAUL TEJADA,
PRIMER REGIDOR SUPLENTE.
VICTOR HUGO ZELEDON RAMIREZ,
SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.
SANDRA YANIRA LANDAVERDE PALACIOS,
TERCERA REGIDORA SUPLENTE.
Lic. RUTH DALILA CLIMACO PAVON,
CUARTA REGIDORA SUPLENTE Y
SECRETARIA MUNICIPAL INTERINA AD-HONOREM.
(Registro No. F047942)
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE SANTO DOMINGO
"APCODISDO"
CAPITULO I
DENOMINACION, NATURALEZA, DOMICILIO Y PLAZO.
Art. 1.- Se funda en el municipio de Santo Domingo, del departa-mento de San Vicente, la "Asociación de Personas con Discapacidad del Municipio de Santo Domingo" la cual de aquí en adelante se dominará "La Asociación" y podrá abreviarse "APCODISDO", como entidad de carácter gremial, humanitaria, democrática, apolítica y sin fi nes de lucro, que estará constituida por Personas con Discapacidad, así como, padres y madres en representación de niñas y niños con discapacidad.
DOMICILIO:
Art. 2.- El Domicilio de la asociación será en el municipio de Santo Domingo, del departamento de San Vicente.
PLAZO:
Art. 3.- La duración de la asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquier momento de los casos previstos en las ordenanzas y reglamentos municipales y estos estatutos.
CAPITULO II
FINES DE LA ASOCIACION
Art. 4.- Los fi nes de la asociación son de carácter general.
Son fi nes de la asociación:
a) Organizar la mayor cantidad posible de personas con disca-pacidad, buscando fortalecer sus habilidades de liderazgos y la conciencia de los asociados sobre sus derechos funda-mentales.
b) Incidir por el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad en todos aquellos aspectos que ayuden a llevar una vida digna junto a su núcleo familiar.
c) Promover y defender los derechos humanos de las personas con discapacidad del municipio.
d) Acompañar a las Personas con Discapacidad, en procesos de denuncia cuando haya sido violentado algunos de sus derechos.
e) Desarrollar esfuerzos de incidencia hacia las diversas institu-ciones públicas y privadas y la sociedad con el fi n de mejorar su relación con las personas con discapacidad.
f) Incidir en las diversas instancias locales y gubernamentales, a fi n de promulgar y fomentar el cumplimiento de leyes, así como desarrollar planes y programas concretos en benefi cio de las personas con discapacidad.
g) Desarrollar gestiones ante las instancias nacionales e inter-nacionales a fi n de paliar las necesidades de las personas con discapacidad.
h) Desarrollar relaciones de cooperación mutua con otras or-ganizaciones de personas con discapacidad, tanto nacionales como internacionales que sean afi nes a nuestros objetivos.
i) Gestionar proyectos de desarrollo para las personas con discapacidad y sus familias.
j) Realizar actividades de recaudación de fondos para el desa-rrollo y sostenibilidad de la Asociación.
k) Desarrollar actividades de incidencia y visibilización de las Personas con Discapacidad.
CAPITULO III
LOS MIEMBROS
Art. 5.- Requisitos para ser miembros de la asociación:
a) Podrán ser miembros(as) de la asociación todas las personas con discapacidad, mayores de dieciocho años. Los padres y madres de niños y niñas con discapacidad podrán ser miembros de la asociación en representación de sus hijos e hijas.
b) Tener cualquier tipo de la discapacidad existente.
c) Afi liarse a la Asociación voluntariamente.
d) Comprometerse al cumplimiento de los estatutos, reglamento y demás normas de la Asociación.
Art. 6.- Registro de los miembros: La Asociación llevará un registro de los miembros de la Asociación, se anotará el nombre completo, número de documento de identidad personal, edad, residencia, fecha de ingreso, discapacidad y otros datos que considere necesarios el Secretario de la Junta Directiva.
Art. 7.- MIEMBROS HONORARIOS:
La asociación podrá contar con miembros honorarios y serán aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa y/o propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos relevantes o servicios prestados a la asociación.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS(AS)
Art. 8.- Son derechos de los miembros(as):
a) Asistir a las reuniones de la asociación que se les convo-que.
b) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
c) Presentar sugerencias/propuestas en las Asambleas Generales Ordinarias.
d) Elegir y ser electo para cargos de la junta directiva.
e) Retirarse voluntariamente de la asociación, presentando su justifi cación ante la Asamblea General.
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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
f) Gozar de los servicios y privilegios que brinde la Asocia-ción.
g) Todos los demás que le confi eren estos estatutos, el reglamento interno y otras leyes aplicables.
h) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la asociación.
i) Asistir con puntualidad a la Asamblea General o reuniones para las cuales hayan sido convocados con anterioridad, o hacerse representar por otra persona en caso de no poder asistir.
j) Contribuir económicamente al sostenimiento de la asociación, cuando sea requerido.
k) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que se le encomienden.
l) Fomentar el espíritu de servicio entre los asociados.
m) Cumplir estos estatutos y demás reglamentos y obedecer las disposiciones de las Asambleas Generales, Junta Directiva, siempre que sean relacionados con los fi nes de la Asocia-ción.
Art. 9.- Procedimiento especial para la remoción de asociados y directivos:
a) Por violación a estos estatutos, Reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la asamblea general u otras disposiciones legales propias del municipio.
b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la asamblea general merezcan sanción.
c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.
d) Por negarse sin motivo justifi cado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la junta directiva o asamblea general.
e) Por promover actividades políticas, partidarias, religiosas o antidemocráticas, discriminatorias y de otra naturaleza que perjudiquen a la asociación.
f) Por obtener benefi cios propio a terceros por medio de fraude, que afecte a la asociación.
g) Por fallecimiento o enfermedad que le imposibilite participar activamente en la misma.
Art. 10.- Los miembros de la junta directiva electos por la asamblea general, podrán ser suspendidos temporal o defi nitivamente según la gravedad del caso.
La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la asamblea general y la suspensión temporal por la junta directiva y por la asamblea general.
Art. 11.- Para proceder a la suspensión temporal, la junta directiva nombrará una comisión de dos o tres miembros, ellos/ellas investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá a favor o en contra ante la junta directiva o asamblea general.
Art. 12.- En caso que la junta directiva no proceda conforme con los artículos anteriores dentro de un plazo de diez días de conocida la infracción, por lo menos un número de cinco miembros asociados podrá pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.
b) Las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o defi nitivamente de toda la junta directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo, será la asamblea general la que resuelva sobre la suspensión temporal o defi nitiva de los miembros. Y la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del periodo de los directivos suspendidos.
Art. 13.- De las disposiciones establecidas por la suspensión tem-poral decretada por la junta directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación, de las resoluciones de la asamblea general, no se admitirá ningún recurso.
CAPITULO IV
DEL PATRIMONIO
Art. 14.- El patrimonio de la asociación estará constituido por:
a) Aportaciones de los miembros y miembras.
b) Actividades para recaudar fondos desarrollados por la aso-ciación, como rifas, excursiones, elaboración y ejecución de proyectos, etc.
c) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras.
d) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera de conformidad con la Ley.
Art. 15.- El patrimonio de la Asociación estará administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifi este a la Asamblea General y estos estatutos.
CAPITULO V
DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
Art. 16.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.
Art. 17. La Asamblea General será el máximo Organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios y socias activas, pudiendo haber representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Art. 18.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses, 1er. sábado de junio, 1er. sábado de Diciembre y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva o por solicitud de la mitad más uno de los socios y socias.
Art. 19. En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los miembros; en las Asambleas Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntos compren-didos en las convocatorias, y cualquier decisión sobre otros aspectos no comprendidos en la agenda será nula.
Art. 20.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de notas escritas dirigidas a los miem-bros con quince días de anticipación para la primera, y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General, si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los miembros que concurran. En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 21.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Conocer de la Memoria Anual presentada por la Junta Di-rectiva, aprobándola o desaprobándola.
c) Destituir por causas justifi cadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-dad de miembros a los que hubieran renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socios.
d) Pedir a la Junta Directiva los informes cuando crean conve-niente.
e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.
f) Aprobar el Plan de Trabajo Anual y el Presupuesto corres-pondiente.
g) Acordar la aprobación o modifi cación de los presentes Estatutos a iniciativa de la Junta Directiva, o la solicitud de la Asamblea General de los socios.
h) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.
i) Otorgar la calidad de socios honorarios.
j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos que se dictaren.
CAPITULO VI
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 22.- La dirección y administración de la Asociación estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada por nueve miembros electos en la Asamblea General por votación nominal y pública. La nomi-nación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero, un Síndico y dos vocales.
Art. 23.- La Junta Directiva fungirá por un periodo de dos años y sólo podrán ser reelegidos por dos periodos más, uno consecutivo y otro alterno.
Art. 24.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente; para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos cinco de sus miembros y las resoluciones se formarán por mayoría de votos. En caso de empate, el presidente o quien haga las veces, tendrán voto de calidad.
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Art. 25.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:
a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación.
b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la Asociación.
c) Elaborar el Reglamento Interno de la Asociación y someterlo a la aprobación de la Asamblea General.
d) Autorizar y controlar la inversión provechosa y útil de los recursos económicos de la Asociación.
e) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales e imprevistas que se presenten y cuya solución no está con-templada en los Estatutos y Reglamentos Internos.
f) Tomar las medidas necesarias para la aplicación de los reglamentos y de cualquier otra disposición emanada de la Asamblea General.
g) Elaborar y presentar a la Asamblea General la Memoria Anual de Labores.
h) Convocar a los miembros a sesiones de Asamblea General ordinaria y extraordinaria.
i) Informar a la Asamblea General en la fecha previamente acordada, las actividades que desarrolla y presentar el plan de trabajo, anexando el presupuesto respectivo y dar informes a los Organismos que cooperan.
j) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.
k) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación.
l) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros, y proponerlos a la Asamblea General.
Art. 26.- Son atribuciones del Presidente:
a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Firmar los documentos de pago de tesorería y autorizar los gastos administrativos no previsto en el presupuesto Anual.
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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
c) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de junta
directiva y de Asamblea General y presentar los informes
correspondientes.
d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de
la Junta Directiva y de la Asamblea general, así como de los
estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.
e) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,
pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta
Directiva.
f) Presentar memoria de labores de la asociación y cualquier
otro informe que sea solicitado por la misma.
Art. 27.- Son atribuciones del Vicepresidente:
a) Colaborar en todas las funciones del Presidente.
b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, ya sea temporal
o defi nitivamente.
c) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.
d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.
e) Colaborar en la elaboración de la Memoria anual de Labo-
res.
f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-
ten.
Art. 28.- Son atribuciones del Secretario:
a) Elaborar las Actas de las Asambleas Generales Ordinarias y
Extraordinarias así como las Actas y Acuerdos tomados en
Junta Directiva, o cualquier otra reunión.
b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros
de la Asociación.
c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la
Asociación.
d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las
sesiones.
e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.
Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero:
a) Recibir y depositar fondos que la asociación obtenga en el
Banco previamente acordado en la Junta Directiva. La cuenta
deberá ser Mancomunada a nombre de APCODISDO, tenien-
do como representantes al Tesorero, Síndico y Presidente de
la asociación.
b) Llevar o tener el control directo de los libros de contabilidad
de la Asociación.
c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que
la Asociación tenga que realizar.
d) Presentar los informes de Cuentas a las Asambleas Generales
Ordinarias, así como a las reuniones de Junta Directiva.
Art. 30.- Son atribuciones del Síndico:
a) Coordinar adjunto al Presidente en sus funciones, recolectando
cuota de socio.
b) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o por
separado con el Presidente previa autorización de la Junta
Directiva.
c) Atender los problemas que se fomenten a los socios en el
desempeño de sus labores.
d) Asesorar a los socios de conformidad a lo establecido en las
leyes vigentes y darles asistencia legal.
e) Desempeñar las comisiones que designe la Asamblea Gene-
ral.
Art. 31.- Son atribuciones de los Vocales:
a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta
Directiva.
b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso
de ausencia o impedimento.
c) Las que la Junta Directiva les confi era.
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE VIGILANCIA
Art. 32.- Un comité de vigilancia será electo en la Asamblea General
Ordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva, y se constituirá con
tres miembros; el periodo de funciones del comité iniciará y concluirá
al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.
Art. 29.- Son atribuciones de la Junta de Vigilancia:
a) Vigilar y Controlar de manera permanente el buen desempeño
de la Junta Directiva.
b) Vigilar que se lleven los libros legales, facturas, y otros
documentos de la asociación y sean llevados en regla.
c) Vigilar el estricto cumplimiento de estos estatutos.
d) Fiscalizar el empleo de los fondos.
e) Recibir denuncias por parte de los socios e investigar sobre las
mismas que en su momento se presentarán ante la Asamblea
General.
CAPITULO VII
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
Art. 33.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas
partes de sus socios así lo dispongan en la asamblea general y en tal caso
los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo
Municipal lo destinará a programas de desarrollo comunal, mientras no
se realice su inversión, el remanente estará bajo control del Concejo
Municipal Jurisdiccional.
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
CAPITULO VIII
REFORMA DE ESTATUTOS
Art. 34. Los documentos sujetos a registros deberán ser presentados
dentro de los quince días siguientes a su formalización.
Art. 35.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no com-
prendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de
la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta directiva y aprobado
en Asamblea General.
Art. 36.- Los presentes Estatutos sólo podrán ser reformados en
sesión Extraordinaria de Asamblea General, convocada exclusivamente
para ello con el voto favorable del cincuenta por ciento más uno de los
asociados.
Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día
de su publicación en el Diario Ofi cial.
CAPITULO IX
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 38.- La junta directiva tiene la obligación de notifi car al Concejo
Municipal de su domicilio en los próximos quince días posterior a la
elección, la nómina de la nueva junta directiva, en todo caso proporcionará
al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere
relativo a la asociación.
Art. 39.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior,
las sustituciones de los miembros de la junta directiva, cuando sea en
forma defi nitiva.
Art. 40.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la junta
directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan
de Trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva junta directiva.
Art. 41.- La junta directiva con el apoyo del pleno y en asamblea
general, podrá acordar la entrega de certifi cados, diplomas o medallas al
mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu
de servicio a favor de la asociación.
Art. 42.- Un representante del Concejo Municipal será convocado
como observador de las reuniones ordinarias de la asamblea general de
la asociación.
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales
que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuentra el punto
de acta que literalmente dice:
ACTA NUMERO CINCO: Sesión Ordinaria, Celebrada por el Concejo
Municipal del Municipio de Santo Domingo, Departamento de San
Vicente, a las nueve horas del día ocho de marzo del año dos mil once.
Convocada y presidida por la Suscrita Alcaldesa Municipal, Dora del
Carmen García, con la asistencia del Síndico Municipal, Lic. Raúl Rivas
Cruz y con la asistencia de los siguientes miembros del Concejo que a
continuación y por su orden se mencionan respectivamente: Pedro Fredis
Corbera López, Reina Isabel Paredes de Morales, Juan Carlos Márquez
Claros, Milagro del Carmen Rivas Cruz, Regidores Suplentes, señores
Santos Mario Angulo Guatemala, José Wilfredo Portillo Martínez, Juan
Carlos Reynosa Crespín, Edgar Amílcar Carrillo, y Secretaria del Con-
cejo Victoria Magdalena Hernández Ávalos. Seguidamente y luego de
conformado el quórum según lo establece el Artículo Cuarenta y uno del
Código Municipal. Este Concejo Acuerda discutir los puntos de agenda
siguientes: 1.- Saludo y Bienvenida. 2.- Lectura y aprobación de Agenda.
3.- Información de Proyectos. 4.- Participación de Intervida, para hacer
una presentación de los Proyectos que se desarrollan en las Municipali-
dades. 5.- Lectura de correspondencia enviada. 6.- Otros.
Y en uso de sus Facultades que le Confi ere el Código Municipal
vigente: Emite los Acuerdos siguientes:
Acuerdo Número Tres: El Concejo Municipal en Uso de las Facultades
Legales que le confi ere el Código Municipal y a solicitud presentada
por el señor Salomón Rosales Cisneros, Presidente de la Asociación
de Personas con Discapacidad de Santo Domingo, San Vicente, que se
abrevia APCODISDO, para que se le conceda Personería Jurídica a dicha
Asociación, ACUERDA: Después de haber analizado y aprobado los
42 Artículos que contienen los Estatutos respectivos, Otorga Personería
Jurídica a la Asociación de Personas con Discapacidad de Santo Domingo,
San Vicente. Certifíquese.-
Y no habiendo mas que hacer constar damos por concluido el
presente acto y acta que fi rmamos.- D. del C. García.- R.R.Cruz. - P. F.
C. López.- R. I. P. de Morales.- J. C. M.Claros.- M. del C. R. Cruz.- S.
M. A. Guatemala.- J. W. P. Martínez.- J. C. R. Crespín.- E. A. Carrillo.-
V.M.H Ávalos.-Sria. RUBRICADA.
Es conforme con su original con el cual se confrontó. Y para remitirse
a donde corresponde se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de
Santo Domingo, a los nueve días del mes de marzo de dos mil once.
DORA DEL CARMEN GARCIA,
ALCALDESA MUNICIPAL.
VICTORIA MAGDALENA HERNANDEZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F047894)
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LEGAL
121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los infrascritos Jueces de la Cámara Quinta de Primera Instancia de la
Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo 88
de la Ley de esta Institución,
EMPLAZAN: MARIO ADALBERTO VÁSQUEZ OCHOA, Jefe
de la Unidad de Adquisición y Contratación (UACI), de la Municipali-
dad de San Ignacio, departamento de Chalatenango, por el período del
uno de mayo al treinta y uno de diciembre del dos mil nueve, para que
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente
edicto, se presente a esta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos
del Juicio de Cuentas No. CAM-V-JC-039-2010-9, donde se le reclama
Responsabilidad Administrativa y Patrimonial.
Librado en la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República: San Salvador, a las catorce horas y quince
minutos del día siete de marzo de dos mil once.-
Dr. JOSÉ ANTONIO HERRERA,
JUEZ.
Lic. JUAN GILBERTO RODRÍGUEZ LARÍN,
JUEZ.
Licda. SANDRA ELIZABETH SANTOS DE THOMAS,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 275
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los Infrascritos Jueces de la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la
Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la
Ley de esta Institución,
EMPLAZAN: a las señoras: MARISOL ARGUETA DE BARRILLAS
y MARÍA BEATRIZ CUENCA CORTEZ, para que dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, se presenten
a esta Cámara a recibir copia certifi cada del Pliego de Reparos, donde
se les señala Responsabilidad Administrativa, por sus actuaciones como
Canciller de la República y Directora de la UACI, durante el período
comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil
ocho, según Informe de Auditoría Financiera realizada al Ministerio
de Relaciones Exteriores, que dio origen al Juicio de Cuentas Número
JC-104-2009-5.
Librado en la Cámara Cuarta de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República, San Salvador, a las ocho horas y quince minutos
del día nueve de marzo del año dos mil once.-
Licda. ROSA GUADALUPE JIMÉNEZ LARÍN,
JUEZ.
Lic. SANTIAGO ANÍBAL OSEGUEDA R.,
JUEZ.
Lic. MANUEL DE JESÚS POSADA MAJANO,
SECRETARIO DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 276
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Los infrascritos Jueces de la Cámara Quinta de Primera Instancia de la
Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo 88
de la Ley de esta Institución,
EMPLAZAN: a los señores Gabriel Hernández González, Segundo
Regidor Propietario y Fabián Yanes Ramírez, Alcalde Municipal; quienes
ejercieron el cargo ya relacionado en la Alcaldía Municipal de San Juan
Nonualco, Departamento de La Paz, durante el período comprendido
del uno de febrero del dos mil cuatro al treinta de abril del dos mil seis,
para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del
presente edicto, se presenten a esta Cámara a recibir copia del Pliego
de Reparos del Juicio de Cuentas No. CAM-V-JC-107-2009-8, donde
se les reclama Responsabilidad Administrativa y Patrimonial.
Librado en la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de
Cuentas de la República: San Salvador, a las doce horas veinticinco
minutos del día once de febrero del año dos mil once.-
Dr. JOSÉ ANTONIO HERRERA,
JUEZ.
Lic. JUAN GILBERTO RODRÍGUEZ LARÍN,
JUEZ.
Licda. SANDRA ELIZABETH SANTOS MIRANDA,
SECRETARIO DE ACTUACIONES.
Of. 1 v. No. 277
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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
DOCTOR JULIO CÉSAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinticinco
minutos del día cuatro de noviembre de dos mil diez, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada
que a su defunción ocurrida a las diez horas cuarenta minutos del día
veinticinco de noviembre de dos mil ocho, en el Hospital Nacional San
Juan de Dios, de Santa Ana, siendo su último domicilio el de esta ciu-
dad, dejó el señor HUGO ANTONIO PERDOMO LINARES, de parte
de la señora ELVIA DINORA ROSALES DE PERDOMO, señorita
RUTH ELIZABETH PERDOMO ROSALES, menores CHRISTIAN
NEHEMÍAS, JEFFERSON EZEQUIEL, JONATHAN EDUARDO,
NATANAEL HUMBERTO, MARVIN JOSUE, y HUGO ANTONIO,
todos de apellidos PERDOMO ROSALES, y señora MERCEDES
LINARES, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente, la segunda
y octavo, en concepto de hijos, y la última como madre del causante,
a quienes se nombra interinamente representantes y administradores
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente, la que ejercerán los menores antes mencionados por
medio de su representante legal señora ELVIA DINORA ROSALES
DE PERDOMO.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas treinta
minutos del día cuatro de noviembre de dos mil diez.- Dr. JULIO CÉSAR
FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CLAUDIA LELIN GUEVARA
DE PEÑATE, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 262-3
MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE
USULUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinte minu-
tos del día diecisiete de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Intestada de los
bienes que a su defunción dejó el causante JUAN PABLO CALLEJAS
CRUZ, quien falleció a las veinte horas con treinta minutos del día
cinco de Abril del año dos mil diez, siendo el Barrio San José, de la
ciudad de Berlín su último domicilio, de parte de los menores ROSA
AMINTA CALLEJAS MARTÍNEZ, JUAN FRANCISCO CALLEJAS
MARTÍNEZ y JOSÉ DENIS CALLEJAS MARTÍNEZ, en calidad de
hijos del causante, siendo su señora madre JUANA ELISA MARTÍNEZ
ALVARENGA, su representante legal, confi riéndole a los aceptantes
antes mencionados, la administración y representación interina de la
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.-
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos
legales consiguientes.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las
diez horas y treinta y cinco minutos del día diecisiete de Enero del
año dos mil once.- Licda. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS
DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA
MARGARITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 263-3
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, AL
PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y
con Benefi cio de Inventario la Herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor RAMÓN ESQUIVEL COREAS, conocido por
RAMÓN ESQUIVEL, al fallecer el día veintiocho de enero de mil
novecientos cincuenta y tres, en el Barrio La Merced, de Usulután,
siendo esta ciudad el lugar que tuvo como último domicilio, de parte de
la señora JUANA SANTOS ESQUIVEL viuda DE CAMPOS, conocida
por JUANA SANTOS ESQUIVEL y por JUANA SANTOS GARAY,
por el derecho de representación de su padre señor JOSÉ FAUSTINO
ESQUIVEL, conocido por JOSÉ FAUSTINO ESQUIVEL SERRANO,
en calidad de hijo del causante.
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Confi riéndosele a la aceptante dicha la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y
facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este juzgado a deducirlo en el término de ley, después de la
última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
veintidós días del mes de febrero del año dos mil once.- Lic. JOSÉ
ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL
SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 264-3
ROMEO EDGARD PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL
INTERINO DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de febrero
del dos mil once.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocu-
rrida en la Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de San Marcos,
su último domicilio, el día quince de abril del año mil seis, dejó el
causante ADAN EXAÚ CANDELARIO ALVARADO, conocido
por ADAN EXAÚ CANDELARIO, de parte de los señores INGRID
ILIANA CANDELARIO TORRES conocida por INGRID ILIANA
CANDELARIO DE ALAS, en su calidad de hija del causante e ISAIAS
CANDELARIO SÁNCHEZ, conocido por ISAIAS CANDELARIO,
como padre del referido de cujus.- Se ha conferido a los aceptantes la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-
guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal
a hacer uso de sus derechos.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las quince horas y veinte minutos del día
veintiocho de febrero del año dos mil once.- Lic. ROMEO EDGARD
PINO MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Lic. ANTONIO
CORTEZ GÓMEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 265-3
MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU-
LUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las trece horas y quince mi-
nutos del día quince de febrero del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Intestada de los
bienes que a su defunción dejó la causante señora ÁNGELA FELIPA
DUANES DE MAGARÍN, conocida por ÁNGELA FELIPA DUANEZ
DE MAGARÍN, por ÁNGELA SIGARÁN y por ÁNGELA SIGARÁN,
hoy viuda DE MAGARÍN, quien falleció a las siete horas treinta minutos,
del día primero de agosto de dos mil nueve, a consecuencia de Insufi -
ciencia Renal, sin asistencia Médica, en el Barrio La Parroquia, Colonia
Conchitas I, Jurisdicción de Berlín, Departamento de Usulután, su último
domicilio, de parte de las señoras ANDREA MAGARÍN SIGARÁN e
HIGÍNIA SIGARÁN MAGARÍN, en calidad de hijas de la causante,
confi riéndole a las aceptantes antes mencionadas, la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.-
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de
sus derechos.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales
consiguientes.-
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del día quince de febrero de dos mil
once.- Licda. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ANA MARGARITA BERMÚ-
DEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 266-3
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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN
DECLARATORIA DE HERENCIA
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al Público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta
minutos de este día, se ha declarado al señor JOSE JAIME RAMOS
CLAROS, heredero abintestato con benefi cio de inventario de los
bienes que a su defunción dejó el señor CANDELARIO RAMOS
MARQUEZ, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, Agricultor,
soltero, salvadoreño, originario y del domicilio de San Ildefonso de
este departamento, con Documento Unico de Identidad número cero un
millón ciento noventa y siete mil doscientos sesenta-cero, y Número de
Identifi cación Tributaria uno dos uno cuatro-uno ocho cero seis cinco
cinco-uno cero uno-tres, habiendo fallecido el día veinte de agosto de
dos mil diez, en el Hospital Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo
la ciudad de San Ildefonso, Departamento de San Vicente, el lugar de su
último domicilio, en concepto de hijo del causante. Y se ha conferido
al heredero declarado la administración y representación defi nitivas de
la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días del
mes de marzo del año dos mil once.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
1 v. No. C006289
GUILLERMO ANTONIO MORÁN AQUINO, Notario, de este do-
micilio, con ofi cina situada en Reparto Santa Fe, calle Los Lirios, casa
número doce, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las once horas del día veintidós de febrero del año dos mil once; se han
declarado a las señoras: ANA MARIA CAMPOS MARTINEZ cono-
cida por ANA MARIA MARTINEZ DE LOPEZ y MILENA ARELY
CAMPOS MARTINEZ, HEREDERAS DEFINITIVAS Y CON BENE-
FICIO DE INVENTARIO, de los bienes que a su defunción, ocurrida
en ciudad de Van Nuys, Estado de California, EEUU, a las veintitrés
horas y cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de marzo del año
dos mil siete; dejó la señora MARIA ELENA MARTINEZ conocida por
ELENA MARTINEZ, por MARIA ELENA MARTINEZ MOLINA, por
MARIA ELENA MARTINEZ DE CAMPOS y por MARIA ELENA
MARTINEZ VIUDA DE CAMPOS, quien fue de setenta y tres años de
edad, de ofi cios domésticos, originaria de San Lorenzo, departamento
de San Vicente, Siendo su último domicilio el Lake Balboa, Estado
de California, EEUU, en concepto de Herederas Testamentarias de la
causante. Habiéndoseles conferido la Administración y Representación
DEFINITIVA de la referida Sucesión.
Por lo que Avisa al público para los efectos de ley.
San Salvador, a los veintidós días del mes de febrero del año dos
mil once.
GUILLERMO ANTONIO MORAN AQUINO,
NOTARIO.
1 v. No. C006290
RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS, Notario, de este domicilio, con
Ofi cina establecida en Avenida San Lorenzo, Número ciento trece, local
cuatro, Segunda Planta, Colonia El Refugio, de esta ciudad,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
en esta ciudad, a las dieciséis horas del día nueve de marzo del año en
curso; ha sido declarada heredera defi nitiva con benefi cio de inventario,
de los bienes que a su defunción dejó el señor MANUEL DE JESUS
RAMIREZ CRUZ, quien fuera de setenta y tres años de edad, Agricul-
tor, Soltero, originario y del domicilio de Cuyultitán, Departamento de
La Paz, lugar de su último domicilio, hijo de los señores: Encarnación
Ramírez y Margarita Cruz, ambos ya fallecidos, y quien no procreó hijos,
con Documento Unico de Identidad Número cero cero cinco ocho cinco
uno nueve uno-nueve, y Número de Identifi cación Tributaria Cero ocho-
cientos uno-dos dos uno dos tres tres-ciento uno-dos, y quien falleció en
Cuyultitán, Departamento de La Paz, el día once de agosto del año dos
mil siete; la señora MARIA ISABEL PEREZ DE SANTOS o MARIA
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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ISABEL PEREZ MONTERROZA DE SANTOS, quien es de cuarenta
y nueve años de edad, Empleada, del domicilio de Cuyultitán, Departa-
mento de La Paz, con Documento Unico de Identidad Número cero dos
dos siete cero cinco siete tres-uno, y Número de Identifi cación Tributaria
Cero setecientos diez-uno dos uno cero seis uno-ciento uno-siete; en su
calidad de cesionaria de los derechos herenciales que les correspondían
a los señores: ROSA RAMIREZ CRUZ y VICTOR RAMIREZ CRUZ,
en sus calidades de hermanos del referido causante.
Habiéndosele conferido en tal carácter, la administración y repre-
sentación defi nitiva de la sucesión.
Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en las Ofi cinas del Notario Raúl Eduardo Benítez Denis,
San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS,
NOTARIO.
1 v. No. C006295
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos de este día, se ha tenido por declarada expresamente, con be-
nefi cio de Inventario, la herencia intestada que dejó el señor RAMON
PINEDA, quien falleció el día trece de mayo del dos mil cinco, en el
Cantón El Zapotal, Jurisdicción de El Carmen, Departamento de La
Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de parte de la señora MARIA
YOLANDA ARGUETA DE PINEDA, conocida por MARIA YOLANDA
ARGUETA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Y se le
ha conferido al heredero declarado, en tal calidad, la administración y
representación defi nitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días
del mes de febrero del dos mil once.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
1 v. No. C006297
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veinticinco minutos
de este día, se ha tenido por declarada expresamente, con benefi cio de
inventario, la herencia intestada que dejó el señor ADOLFO NATIVI,
quien falleció el día seis de Septiembre del mil novecientos noventa
y nueve, en la Ciudad de Houston, Estado de Texas, de los Estados
Unidos de Norte América, siendo su último domicilio esta ciudad de
La Unión; de parte del señor JOSE DE LOS REYES CRUZ NATIVI,
en calidad de hijo y como cesionario de los derechos hereditarios que
le correspondían a la señora MARIA LUISA CRUZ DE NATIVI, ésta
en calidad de cónyuge del causante, y se le ha conferido al heredero
declarado, en tal calidad, la administración y representación defi nitiva
de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinticuatro
días del mes de febrero del dos mil once.- Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
1 v. No. C006298
LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado a las doce horas del
día veintiséis de enero del corriente año; se declararon herederos expre-
samente, y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al
fallecer a las doce horas con diez minutos del día veintiséis de abril de
dos mil nueve, en la Colonia Los Santos, Jurisdicción de Santa Rosa de
Lima, departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio,
dejara la causante María Rita Rivera conocida por María Rita Rivera
de Corrales, a los herederos Rudis Alberto Corrales Rivera y Virginia
del Carmen Corrales Rivera, en concepto de hijos de la causante antes
mencionada, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. 1o.
del Código Civil.
En consecuencia, se les confi rió a los herederos declarados en el
carácter dicho la administración y representación defi nitiva de los bienes
de la indicada sucesión
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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los treinta y un días del mes de enero del año
dos mil once.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO
CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F047890
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJÍA, Notaria, del domicilio de Mejicanos,
ofi cina situada en Cond. Australia Nte., Edif. “C” 2o. piso, #2, Calle al
Volcán, Mejicanos; AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY
HACE SABER: Que por Resolución Final de fecha Nueve de Marzo
de Dos mil once, se han declarado Herederas Defi nitivas con Benefi cio de
Inventario de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la causante
ADELA NOTILA MONTERROSA conocida por ADELA RAMIREZ,
ADELA NOTILA MONTERROSA DE CALZADA, ADELA NATALIA
MONTERROSA y ADELA NOTILA MONTERROSA; a las señoras
MARIA EDITH RAMIREZ DE AQUINO y ROSA ELIA RAMIREZ
DE LEON, en sus conceptos de hijas de la causante y Cesionaria del
Derecho Hereditario de Pablo Nájera Calzada; confi riéndoseles a las
herederas declaradas la administración y representación defi nitivas de
la sucesión.
San Salvador, Diez de Marzo de Dos Mil Once.
ANA MIRIAM QUITEÑO MEJIA,
NOTARIA.
1 v. No. F047919
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de ley
HACE SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas
de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA,
dejada al fallecer por el señor MANUEL DE JESUS VALLADARES,
el día quince de octubre de dos mil diez, en el Cantón Las Salinas del
Potrero de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, a la señora
MARIA DEL CARMEN VALLADARES CORTEZ, en su calidad de
hija del causante.
Confi érasele a la heredera declarada la Administración y Represen-
tación defi nitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones
de ley.
Publíquese el edicto correspondiente y oportunamente extiéndase
la certifi cación respectiva.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los
veintiocho días del mes de febrero de dos mil once.- Lic. MANUEL DE
JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA
YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F047920
LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL
DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDA-
LIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los efectos
de ley;
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas treinta y
cinco minutos de este mismo día, se han declarado a la señorita KAR-
LA YANIRA IZAGUIRRE BARRIENTOS, y al menor GUSTAVO
ALEJANDRO IZAGUIRRE BARRIENTOS, representado legalmente
por su padre el señor JULIÁN ORLANDO IZAGUIRRE CHÁVEZ,
HEREDEROS DEFINITIVOS AB INTESTATO y con benefi cio de
Inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora ALMA
YANIRA BARRIENTOS DE IZAGUIRRE, quien fue de cuarenta y
ocho años de edad, Licenciada en Administración de Empresas; del
domicilio de la Colonia Brasilia, pasaje uno, fi nal treinta y una Calle
Poniente, número treinta, de esta ciudad, lugar de su último domicilio;
fallecida a las ocho horas veinte minutos del día catorce de septiembre
del año dos mil diez, en el Hospital Centro Médico de esta Ciudad; en
su concepto de hijos de la causante; concediéndoseles defi nitivamente
la administración y representación de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa
Ana, dos de marzo del año dos mil once.- Licda. THELMA
IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F047928
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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA, Notario, del domicilio de
Usulután, con Ofi cina Establecida en Avenida Guandique, Casa Número
cuatro, Frente al Banco Agrícola, Usulután,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a
las once horas del día tres de Marzo del año dos mil once, se ha declarado
al señor MANUEL ERNESTO MONTANO CALDERON, Heredero
Defi nitivo con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción
ocurrida en El Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de San
Miguel, teniendo como su último domicilio la ciudad de Jiquilisco, De-
partamento de Usulután, a las siete horas cincuenta y cinco minutos del
día veintidós de Noviembre del año dos mil diez, dejó el señor JORGE
ALBERTO CALDERON, conocido por JORGE ALBERTO CALDE-
RON PERAZA, de parte del señor MANUEL ERNESTO MONTANO
CALDERON, en concepto de hijo del causante; habiéndole conferido
la Representación y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.-
Librado en la Ofi cina del Notario Licenciado: JUAN FRANCISCO
CRUZ MAYORGA. Usulután, a las ocho horas del día ocho de Marzo
del año dos mil once.
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA,
NOTARIO.
1 v. No. F047930
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO,
AVISA: Que por resolución de las catorce horas y treinta y cin-
co minutos del día once de febrero del presente año, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia
Intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL EFRAIN MO-
RALES RIVAS conocido por MANUEL EFRAIN MORALES, quien
fue de setenta y dos años de edad, soltero, fallecido el día dos de julio
de mil novecientos ochenta y nueve; siendo esta Ciudad el lugar de su
último domicilio, de parte de la señora GLADYS ALICIA MORALES
MORALES conocida por GLADYS ALICIA MORALES como hija
del causante, representada por el Licenciado ERNESTO ANTONIO
IRAHETA HERNÁNDEZ. Confi riéndosele a la aceptante la adminis-
tración y representación defi nitiva de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las catorce horas y
cuarenta y cinco minutos del día once de febrero del año dos mil once.-
Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE
LO CIVIL DE DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO
ARIAS, SECRETARIA.
1 v. No. F047935
JUAN ANTONIO COTO MENDOZA, Notario del domicilio de Santa
Ana, con ofi cina situada en Cuarta Calle Poniente entre Segunda y Cuarta
Avenida Norte, Santa Ana, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución pronunciada a las nueve horas del día
nueve de marzo del año dos mil once, se ha declarado HEREDERA con
benefi cio de inventario, a la señora ANITA VASQUEZ DE DELGADO,
conocida por ANITA VASQUEZ ALVARADO, ANITA VASQUEZ,
y por ANA MARIA ALVARADO, en la herencia intestada que a su
defunción ocurrida el día veintinueve de julio del año dos mil diez, en
Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, siendo la Ciudad antes
mencionada el lugar de su último domicilio, dejó el causante JUAN
ANTONIO DELGADO, quien fue de sesenta años de edad, agricultor en
pequeño, del domicilio antes citado; en calidad de cónyuge sobreviviente
y como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les
correspondía a los señores Yaneth Evelin Delgado de Morales, René
Armando Delgado Vásquez, y Héctor Antonio Alvarado Delgado, como
hijos del citado causante.- Se le ha conferido a la heredera declarada la
administración y representación defi nitiva de la sucesión, en la calidad
antes dicha.
Librado en Santa Ana, a los nueve días del mes de marzo del año
dos mil once.
Lic. JUAN ANTONIO COTO MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. F047936
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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ANTONIO ARMANDO RIVERA BOLAÑOS, Notario, con ofi cina en Reparto Santa Clara, Pasaje G, número cuarenta y nueve, Cuscatancingo, Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveía por el suscrito a las doce horas, del día veintitrés de febrero de dos mil once, se ha declarado a la señora ALBA MARLENY SARAVIA DE PAZ, Heredera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario, de los bienes que a su defunción en Residencial Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el día diecinueve de septiembre de dos mil, siendo San Salvador su último do-micilio, dejó el señor LUIS ROBERTO PAZ, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndosele concedido la administración y representación defi nitivas de la referida sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en San Salvador, el día veintiocho de febrero de dos mil once.
ANTONIO ARMANDO RIVERA BOLAÑOS,
Notario.
1 v. No. F047940
Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado a OSCAR ARTEMIO MINERO, heredero benefi ciario e intestado de los bienes dejados a su defunción por la causante ZOILA IRMA VIERA conocida por ZOILA IRMA ZELAYA VIERA, SONIA IRMA ZELAYA, SONIA IRMA ZELAYA VIERA y por ZOILA IRMA ZELAYA DE MINERO, que falleció el día once de enero de dos mil siete, en el Hospital Militar Central, San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente de la referida causante. Confi érase al heredero que se declara, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil once. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F047945
NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CI-VIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR: AL PÚBLICO: para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce horas quince minutos del día once de los corrientes, SE HA DECLARA-DO HEREDERA DEFINITIVA, a la señora ROSARIO ESCALANTE MARROQUIN, de la herencia intestada que dejó la señora, MARIA DE LOS ANGELES MARROQUIN PEREZ, a su defunción ocurrida el día SEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ, en Colonia Posada, Barrio San Jacinto, Callejón Tonita, número mil doscientos cuarenta y uno, de esta Ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de San Salvador,
Departamento de San Salvador, en su concepto de Hija de la Causante ya relacionada; confi riéndosele a la heredera la administración y repre-sentación DEFINITIVA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día once de enero de dos mil once. Lic. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Licda. MONICA SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.
1 v. No. F047949
MARIO ANTONIO SOLANO RAMIREZ, Notario de este domicilio, con Despacho Jurídico ubicado en Calle San Carlos, Colonia Santa Rosa, número cuatro, (al poniente del Cuartel San Carlos), San Salvador, AL PUBLICO:
HACE SABER: Que por resolución del suscrito pronunciada, en esta ciudad, a las nueve horas del día diez de marzo de dos mil once, se han declarado Herederos Defi nitivos, con benefi cio de inventario, de la herencia intestada de la señora ROSA ALBA GÓMEZ DE SOTO, profesora, fallecida en esta ciudad, su último domicilio, el día dieciséis de julio de dos mil diez, a la edad de setenta y seis años, a los señores: RODOLFO SOTO CAMPOS, de setenta y ocho años de edad, Ingeniero Civil, de este domicilio; CELIA MARITZA SOTO GÓMEZ, ahora DE VILLALTA, de cincuenta y cinco años de edad, doctora en medicina, de este domicilio; MARIA REGINA ESTELA SOTO GOMEZ, ahora de Sosa de 48 años de edad, arquitecta, de este domicilio; LUIS RODOLFO SOTO GÓMEZ, de 45 años de edad, Ingeniero Electricista, de este domicilio y ROSA ENMA SOTO GÓMEZ ahora DE LOZANO, de 41 años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educación, de este domicilio, el primero en su calidad de cónyuge sobreviviente y los demás en su carácter de hijos legítimos de la referida causante y se les ha concedido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
Lo que se hace saber al público para los efectos de de ley.
Librado en mi Despacho Notarial, a las diez horas del día diez de marzo de dos mil once.
Dr. MARIO ANTONIO SOLANO RAMIREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F047951
BALBINO FEDERICO ESCOBAR HERRERA, Notario, de este domici-lio, con ofi cina ubicada en Primera Avenida Norte número Cuatrocientos Dos, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día cinco de Febrero del presente año, se han declarado herederas defi nitivas con benefi cio de inventario a las señoras MARGA-RITA LILIAN LOBOS y FLOR DE MARIA MEJIA LOBOS, de los bienes que a su defunción dejara la señora ANA LILIAN DEL CARMEN
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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
LOVOS CLAROS, conocida por ANA LILIAN DEL CARMEN LOBOS CLAROS, ocurrida a las veinte horas del día VEINTISEIS DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE, en el Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la ciudad y departamento de San Miguel, siendo éste su último domicilio, en su concepto de hijas sobrevivientes de la causante; habiéndoseles concedido la representación y administración defi nitiva de la referida herencia.
Por lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Miguel, a las once horas con treinta minutos del día once de Febrero de dos mil once.
BALBINO FEDERICO ESCOBAR HERRERA,
NOTARIO.
1 v. No. F047973
LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que por resolución de las trece horas y cincuenta y cinco minutos, del día dos de Marzo de dos mil once, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora OLINDA CASTILLO DE PALACIOS conocida por OLINDA CRISTINA CASTILLO DE PALACIOS, quien fue de ochenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, casada, falleció a las nueve horas del día doce de octubre de dos mil seis, del domicilio de San Miguel, lugar de su último domicilio. Al señor: SANTOS GAMA-LIEL PALACIOS CASTILLO, como hijo sobreviviente de la causante. Confi riéndosele en estas diligencias al aceptante la administración y representación DEFINITIVA, de la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.
Juzgado Tercero de los Civil y Mercantil, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día dos de Marzo de dos mil once. Lic. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. Lic. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
1 v. No. F047976
JORGE ERNESTO CARPIO SANDOVAL, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en la Octava Avenida Sur, número cuatro, Barrio Santa Cruz, Metapán.
AVISA: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas del día catorce de Diciembre del año dos mil diez, se han declarado a las señoras ELENA EMPERATRIZ MAGAÑA DE MAGAÑA y SONIA MARELI MAGAÑA MAGAÑA, herederas de-fi nitivas Abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor CARLOS MANUEL MAGAÑA MARTINEZ, CARLOS MAGAÑA MARTINEZ o CARLOS MANUEL MAGAÑA,
quien falleció en el Hospital San Juan de Dios de la Ciudad de Santa Ana, el día primero de Julio del año dos mil diez, siendo la Jurisdicción de Texistepeque, su último domicilio, quien al momento de su defunción era de noventa años de edad, agricultor, originario y del domicilio de Texistepeque, Departamento de Santa Ana, en concepto de esposa e hija sobrevivientes, respectivamente del causante; habiéndoles concedido la representación y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de Metapán, el día once de enero del año dos mil once.
JORGE ERNESTO CARPIO SANDOVAL,
NOTARIO.
1 v. No. F047996
CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. AL PUBLICO: Para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que según resolución proveída por este Tribu-nal a las doce del día veintiocho de febrero del año dos mil once, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO DE LA HERENCIA INTESTADA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO que dejó el señor MATIAS AMAYA o MATIAS ANIBAL AMAYA ALFARO o MATIAS ANIBAL AMAYA, quien falleció el día veintidós de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, en el Cantón Amatitán Arriba de San Esteban Catarina, del Departamento de San Vicente, al señor MARIO ERNESTO CONSTANZA, en su calidad de Cesionario de los Derechos que como hijos les correspondían a los señores SANTOS GIL AMAYA RIVAS, DOLORES CLAUDIA RIVAS DE RIVAS y SANTOS CRISTA ALVARADO ALVARADO.- Confi riéndosele al heredero declarado la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA del distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a las quince horas del día veintiocho de febrero del año dos mil once. Lic. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
1 v. No. F048000
SILVIA MARIA SARAVIA BONILLA, Notario, del domicilio de Chinameca, Departamento de San miguel, con Ofi cina Notarial ubicada en Barrio El Centro, Calle Democracia, Casa Número dieciséis, Jucuapa, Departamento de Usulután.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas con treinta minutos del día diez de marzo del año dos mil once en las Diligencias de Aceptación de Herencia iniciadas por la Licenciada ANA LIDIA YASMIN DELEON FLORES, de generales expresadas anteriormente, en el carácter que comparece, se ha declarado a los
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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Señores DANIEL AGUILAR, conocido tributariamente por DANIEL AGUILAR FUENTES, RAFAEL ANTONIO AGUILAR ROQUE, MARIA ESTER AGUILAR DE GONZALEZ y TERESA MERCEDES AGUILAR DE GONZALEZ, HEREDEROS DEFINITIVOS con be-nefi cio de inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó la Señora MARIA JUANA ROQUE DE AGUILAR, quien fue de sesenta y siete años de edad, de Ofi cios Domésticos, casada, originaria de San Agustín, Departamento de Usulután, Salvadoreña de nacimiento y del domicilio de Chinameca, Departamento de San Miguel, siendo el lugar de su último domicilio el de la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, quien falleció en el Hospital Militar, de la ciudad de San Salvador, a las once horas, del día veintinueve de junio del año dos mil diez, a consecuencia de Diabetes Mellitus, como Esposo e Hijos de la causante, habiéndole conferido la administración y representación defi nitiva de la sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la ciudad de Jucuapa, departamento de Usulután, a los diez días del mes de marzo del año dos mil once.
Lic. SILVIA MARIA SARAVIA BONILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F048186
ACEPTACION DE HERENCIA
JOSE SALVADOR SOTO, Notario, del domicilio de esta ciudad, con
ofi cina establecida en Urbanización Florida, Pasaje Palmeras, Edifi cio
DEMSA, tercer piso, número treinta y cuatro.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las dieciséis horas del día ocho de Marzo del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia tes-
tamentaria que a su defunción dejó el causante señor JOSE GREGORIO
RAMOS PALACIOS conocido registralmente como JOSE GREGORIO
RAMOS, fallecido en la ciudad de San Salvador, el día veintinueve
de Enero del dos mil once, siendo su último domicilio esta ciudad, de
parte del señor DANNY IVAN ZELADA, en su concepto de heredero
testamentario del causante; habiéndosele conferido la administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente y se cita a las personas que crean
tener derecho a la sucesión a que se presenten a deducirlo dentro del
término de quince días contados a partir de la última publicación del
presente edicto.
San Salvador, a las nueve horas del día nueve de Marzo de dos mil
once.
JOSE SALVADOR SOTO,
NOTARIO.
1 v. No. F047876
JORGE RENE MELENDEZ ORELLANA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Colonia El Roble, Calle 2, Casa 114, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveído a los ocho días del mes Marzo de dos mil once, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en San Salvador, departamento de San Salvador, el día diez de agosto del dos mil, dejara la señora Sandra Cristina Carranza de Romero, de parte de los señores Carlos Alfredo Romero Carranza y Edwin Giovanni Romero Carranza, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante. Habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario JORGE RENE MELENDEZ ORELLANA. En la ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de Marzo de dos mil once.
Lic. JORGE RENE MELENDEZ ORELLANA,
NOTARIO.
1 v. No. F047877
JOSE ROLANDO ABREGO, Notario de este domicilio, con Ofi cina ubicada en Sexta Calle Oriente número Doscientos veintitrés, Edifi cio Julia L. de Duke, segunda planta, local Doscientos uno y Doscientos dos de esta ciudad.
HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE ACEPTACION DE HERENCIA promovidas ante mis Ofi cios Notariales de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por Resolución proveída a las diez horas del día dos de octubre del dos mil diez en esta Ciudad, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida a las catorce horas del día siete de enero del dos mil siete, en el Cantón El Faro, de la ciudad de Comasagua, departamento de La Libertad, siendo esa ciudad su último domicilio, dejó la señora CONCEPCION DOMINGUEZ DE DIAZ, conocida por CONCEPCION DOMIGUEZ y por CONCEPCION DOMINGUEZ ABREGO DE DIAZ, de parte del señor OSCAR BELFREDO DIAZ DOMINGUEZ, en su calidad de hijo sobreviviente de la causante: nómbrese al aceptante Ad-ministrador y Representante Interino de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil diez.
Lic. JOSE ROLANDO ABREGO,
NOTARIO.
1 v. No. F047903
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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, Notario del domicilio de Santa
Tecla, al público para los efectos legales.
HACE SABER: Que por resolución proveída por la ofi cina no-
tarial del Doctor DIONISIO HERIBERTO GUERRERO, a las ocho
horas del día siete de marzo de dos mil once, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor SANTOS MEJÍA RIVERA, quien fue de
cincuenta años de edad, Jornalero, originario de Ciudad Arce, Departa-
mento de La Libertad, de Nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de
Ciudad Arce, su último domicilio, casado hijo de José Ángel Mejía y de
Clementina Rivera, quien falleció a las ocho horas diez minutos del día
treinta de septiembre de dos mil diez, en Ciudad Arce, Departamento de
La Libertad, su último domicilio, de parte de la señora DORA DELMY
LANDAVERDE DE MEJIA, por sí en su calidad de esposa del causante
y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los
hijos del causante señores JUAN ANTONIO MEJÍA LANDAVERDE,
ÁNGEL ORLANDO MEJÍA LANDAVERDE, MIRNA DE LOS ÁN-
GELES MEJÍA DE DÍAZ y YAMILETH MEJÍA LANDAVERDE. Se
ha conferido a la aceptante la administración y representación Interina
de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia para que se presenten a la ofi cina notarial del Doctor DIONISIO
HERIBERTO GUERRERO, ubicada en la Primera Calle Poniente,
número Uno-dos, Santa Tecla, a deducirlo en el término de quince días
contados desde la siguiente a la tercer publicación de este edicto en el
Diario Ofi cial y en dos periódicos de mayor circulación.
Librado en la ciudad de Santa Tecla, a las once horas del día siete
de marzo de dos mil once.
Dr. DIONISIO HERIBERTO GUERRERO,
NOTARIO.
1 v. No. F047914
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA, Abogado y Notario, de este
domicilio, con Ofi cina situada en Avenida Guandique, Frente al Banco
Agrícola Comercial, Departamento de Usulután, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, pronun-
ciada a las ocho horas del día cuatro de Marzo del año dos mil once, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en Final Primera Calle
Poniente, Pasaje Usuluteca, Casa Número UNO - B, de la Jurisdicción
de Usulután, teniendo como su último domicilio la ciudad de Usulután,
a la una hora del día dieciséis de Noviembre, del dos mil diez, la señora
DOLORES LOPEZ VIUDA DE GARCIA conocida por DOLORES
LOPEZ OCHO, DOLORES LOPEZ OCHOA DE GARCIA y por DO-
LORES LOPEZ, sin formular su Testamento y dejando como únicos
herederos a los señores BELLA GUADALUPE GARCIA DE TREJO
conocida por BELLA GUADALUPE GARCIA LOPEZ, BELINDA
GARCIA LOPEZ DE GARCIA conocida por BELINDA GARCIA
LOPEZ, MILAGRO GARCIA DE REYES conocida por MILAGRO
GARCIA OCHOA DE REYES y por MILAGRO GARCIA LOPEZ,
MILAGRO GARCIA DE REYES conocida por MILAGRO GARCIA
OCHOA DE REYES y por MILAGRO GARCIA LOPEZ, y JAMES PA-
TRICIO GARCIA LOPEZ, conocido por JAMES PATRICIO GARCIA
OCHOA, PATRICIO GARCIA OCHOA y por PATRICIO GARCIA,
en calidad de Hijos y como Cesionarios en los derechos hereditarios que
le correspondían al señor ARMANDO GARCIA OCHOA, en calidad
de Hijo de la causante, habiéndoles conferido la Administración y
representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en la Ofi cina Notarial, del Licenciado JUAN FRANCISCO
CRUZ MAYORGA. Usulután, a las nueve horas del día ocho de Marzo
del año dos mil once.
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA,
NOTARIO.
1 v. No. F047931
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA, Abogado y Notario, de este
domicilio, con Ofi cina situada en Avenida Guandique, Frente al Banco
Agrícola Comercial, Departamento de Usulután, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, pronun-
ciada a las diez horas del día cuatro de Marzo del año dos mil once, se ha
tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en Calle Principal Lotifi cación
Miguelito a cuatrocientos metros hacia el Oriente de la Carretera hacia
el Caserío Agua Sarca, de la ciudad de San Miguel, teniendo como su
último domicilio la Ciudad de Ereguayquín, Departamento de Usulután,
a las diez horas quince minutos del día tres de febrero del dos mil once,
el señor ADOLFO DE JESUS DE LA O CENTENO conocido por
ADOLFO DE JESUS DE LA O, sin formular su Testamento y dejando
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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
como único heredero al señor OMAR AGUSTIN DEL CID DE LA O,
en Calidad de Hijo y como Cesionario en los derechos hereditarios que
le correspondían a la señora RINA ELIZABETH DEL CID PORTILLO
RAMIREZ conocida por RINA ELIZABETH DEL CID, en calidad de
cónyuge del causante del de cujus, habiéndole conferido la Administración
y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en la Ofi cina Notarial, del Licenciado JUAN FRANCISCO
CRUZ MAYORGA. Usulután, a las diez horas del día ocho de Marzo
del año dos mil once.
JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA,
NOTARIO.
1 v. No. F047933
MIREILLE ESCALANTE DIMAS, Notario, del domicilio de Santa
Tecla, con ofi cina en Octava Avenida Sur número dos-dos Bis, de
Santa Tecla.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveídas
a las nueve horas del día diecinueve de febrero del año dos mil once, se
ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la
Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad y Puerto de
La Libertad, Departamento de La Libertad, lugar de su último domicilio,
el día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, dejó la causante
MARIA ELENA VASQUEZ DE VASQUEZ, al señor JOSE FELIX
ISAAC VASQUEZ Y VASQUEZ o JOSE FELIX ISAAC VASQUEZ
VASQUEZ, en concepto de hijo de la causante; habiéndosele conferi-
do la Administración y Representación Interina de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la Herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la Ofi cina de la suscrita Notario, a las diecisiete horas
del día veintiuno de febrero de dos mil once.
Dra. MIREILLE ESCALANTE DIMAS,
NOTARIO.
1 v. No. F047964
MIGUEL ROBERTO MARTINEZ NOLASCO, Notario, de este domi-
cilio, con ofi cina ubicada en Calle José Francisco López, No. 18, de la
Ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída
a las nueve horas y treinta minutos, del día uno de marzo del presente
año, se ha tenido por aceptada de parte del Licenciado ERNESTO MO-
RALES FLORES, en concepto de esposo sobreviviente, y en represen-
tación de sus menores hijos SAMUEL ANTONIO, DAYSI BEATRIZ
y GABRIELA EUNICE, todos de apellidos MORALES CALLEJAS,
quienes son hijos sobrevivientes de la causante y del compareciente en
las presentes diligencias expresamente y con benefi cio de inventario, la
herencia intestada que a su defunción, dejara la causante señora DAYSI
YANIRA CALLEJAS DE MORALES cuyo deceso ocurrió el día once
de enero del presente año, en esta ciudad; por consiguiente en concepto
de esposo y padre de los menores relacionados se le ha conferido la
administración y representación de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia intestada.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la ofi cina del Notario MIGUEL ROBERTO MARTINEZ
NOLASCO. En la ciudad de Cojutepeque, a las once horas, del día siete
de marzo del año dos mil once.
MIGUEL ROBERTO MARTINEZ NOLASCO,
NOTARIO.
1 v. No. F047965
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las quince horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de
los bienes que a su defunción acaecida, el día veintinueve de agosto de
dos mil ocho, en el Cantón Copinolapa, jurisdicción de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio;
dejó el señor TORIBIO DIAZ, quien fue de ochenta y ocho años de
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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
edad, casado, agricultor en pequeño, hijo de Josefa Díaz, originario de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas; de parte de los señores JOSE
ERNESTO DIAZ MORALES, TERESA DE JESUS DIAZ MORALES,
MARIA ZOILA DIAZ, ELVA DIAZ VIUDA DE MARTINEZ y MARIA
MARGARITA DIAZ DE MENDOZA, en calidad de hijos del causante
y en su carácter personal. Habiéndosele conferido a los aceptantes la
administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintitrés días del mes de febrero de dos mil once. Enmendado-CIS-
NEROS-Vale. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006288-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta
minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi -
cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora ANA JULIA
ROMERO, conocida por ANA JULIA ROMERO DE BURUCA y por
ANA JULIA ROMERO VIUDA DE BURUCA, y ANA ROMERO,
quien falleció el día quince de septiembre del dos mil nueve, en el Cantón
Guadalupe, Jurisdicción de Bolívar, Distrito y Departamento de La Unión,
siendo este lugar su último domicilio, de parte de los señores CARLOS
ALCIDES BURUCA ROMERO, conocido por CARLOS ALCIDES
BURUCA y WALTER DANIEL BURUCA ROMERO conocido por
WALTER DANIEL BURUCA, en calidad de hijos de la causante.
Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la
administración y representación interinas de la sucesión con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinticinco
días del mes de enero de dos mil once. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006296-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída este día a las ocho
horas y treinta y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente,
con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el causante
señor FELIPE CARLOS CHICAS BENITEZ conocido por FELIPE
CHICAS, quien falleció el día ocho de noviembre del dos mil diez, en el
Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz, de la ciudad de San
Miguel, siendo esta ciudad de La Unión su último domicilio; de parte de
los señores MIGUEL ANGEL CHICAS CHEVEZ y FELIPE ANTONIO
CHICAS CHEVEZ, en calidad de hijos del causante. Confi riéndole a
dichos aceptantes, en el carácter antes indicado, la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintisiete
días del mes de Enero del dos mil once. Lic. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006308-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas y
cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-
samente, con Benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el
señor JOSE SANTOS ADGUMEDO PARADA ROMERO o JOSE
SANTOS ARGUMEDO PARADA ROMERO, quien falleció el día ocho
de agosto del dos mil nueve; en el Barrio El Calvario, de Yayantique,
Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio; de
parte de KENIS ESMERALDA PARADA VICENTE, en calidad de
hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían
a la señora ROSA OTILIA VICENTE VIUDA DE PARADA, ésta en
calidad de cónyuge del causante.
Confi érese a dicha aceptante, en la calidad antes dicha, la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para
que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes
de marzo del dos mil once. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047871-1
ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO
DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado
a las quince horas con cincuenta minutos del día once de febrero de
dos mil once. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la
Ciudad de Houston, Texas, de los Estados Unidos de América, siendo
esta Ciudad de San Marcos su último domicilio, el día tres de marzo
de mil novecientos ochenta y seis, dejó el causante SAMUEL BRUNO
PALACIOS, de parte de la señora EVA PALACIOS DE BATRES,
en su calidad de hermana del referido de cujus. Se ha conferido a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus
derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las doce horas con veinte minutos del día dos
de marzo de dos mil once. Lic. ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Lic. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047879-1
ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO
DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las once horas y treinta minutos del día once de febrero del dos mil once.
Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San
Marcos, siendo también su último domicilio, el día dos de abril del año
mil novecientos setenta y ocho, dejó el causante JOSUE PALACIOS,
de parte de la señora EVA PALACIOS DE BATRES, en su calidad de
hermana del referido de cujus. Se ha conferido a la aceptante la admi-
nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-
guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal
a hacer usos de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las quince horas y veinte minutos del día
dieciocho de febrero del año dos mil once. Lic. ROMEO EDGARD
PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Lic. ANTONIO
CORTEZ GOMEZ, SERETARIO.
3 v. alt. No. F047880-1
ROMEO EDGARD PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO
DE ESTE MUNICIPIO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
las nueve horas con treinta minutos del día dos de Marzo del año dos
mil once. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de
inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad
de San Marcos, siendo también su último domicilio, el día dos de enero
de mil novecientos setenta y ocho, dejó la causante GLORIA BRUNO
PALACIOS, de parte de la señora EVA PALACIOS DE BATRES,
en calidad de hermana de la de cujus en mención. Se ha conferido a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para
que transcurridos el término de quince días contados desde el siguiente
a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer
uso de su derecho.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-
partamento de San Salvador, a las nueve horas con cuarenta minutos
del día dos de Marzo del año dos mil once. Lic. ROMEO EDGARD
PINO MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. Lic. ANTONIO
CORTEZ GOMEZ, SERETARIO.
3 v. alt. No. F047881-1
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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta
y cinco minutos del día cuatro de este mes; se ha tenido por aceptada
expresamente, y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó la causante ROSA ALFONZO DE DOÑO o ROSA
ALFONSO BERDUGO o ROSA ALFONSO BERDUGO DE DOÑO
quien falleció el día dieciocho de febrero del dos mil diez, en el Hospital
Nacional Rosales de la Ciudad de San Salvador, habiendo tenido como
su último domicilio la ciudad de Zacatecoluca, por parte de RICARDO
DOÑO ALFONSO en concepto de hijo de la causante. Nómbrase al
aceptante interinamente, administrador y representante de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los cuatro días del mes
de febrero del dos mil once.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE
LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047900-1
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las doce horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado Heredera
Ab-intestato, con Benefi cio de Inventario de la señora MERCEDES
SORIANO SÁNCHEZ, conocida por MARÍA MERCEDES SORIANO
y por MERCEDES SORIANO, quien falleció a las veintiún horas treinta
minutos del día doce de Octubre del año dos mil diez, en Colonia Flor
de Liz de esta ciudad, siendo Santiago de María su último domicilio,
de parte de la señora ROSA MIRIAN SORIANO, en calidad de hija
de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le
correspondían a los señores ROSA MARÍA SORIANO y NEFTALI
ARMANDO SORIANO GUTIERREZ. Confi riéndosele a la aceptante
dicha la Administración y Representación Legal Interina de la Sucesión,
con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Ya-
cente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los tres días del mes de Marzo del año dos mil
once.- LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. FREDY FRANCISCO ORELLANA
FRANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047902-1
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las once horas cincuenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario de parte de la señora ANA SILVIA LOZADA
viuda DE GÓMEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
MARIO ANTONIO GÓMEZ, quien fue de sesenta y siete años de edad,
pensionado o Jubilado, casado, Salvadoreño, originario de Apastepeque
de este departamento y del domicilio de San Vicente, Departamento
de San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero cero
cuatrocientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y tres- nueve, y
Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero uno- cero tres cero
tres cuatro tres- cero cero uno- cuatro, habiendo fallecido el día quince
de septiembre del año dos mil diez, en el Hospital Divino Niño de esta
ciudad, lugar de su último domicilio, en calidad de cónyuge del cau-
sante y como cesionaria del derecho hereditario que en esta sucesión le
correspondía al señor Carlos Eduardo Gómez Lozana, éste en concepto
de hijo del causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y
representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los ocho días del
mes de marzo del año dos mil once.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047912-1
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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USU-
LUTÁN.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y diez
minutos del día dos de Agosto de dos mil diez, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de Inventario la Herencia Intestada de los
bienes que a su defunción dejó el causante JOSÉ EUSEBIO PÉREZ,
quien falleció a las trece horas del día cinco de Febrero del año dos mil
siete en el Cantón Las Victorias, Finca San Carlos, Jurisdicción de Santa
Tecla, Departamento de La Libertad: siendo su último domicilio Berlín,
Departamento de Usulután, de parle de URANIA OLIMPIA JIMENEZ
DE PÉREZ, en calidad de cónyuge del causante, JOSÉ EUSEBIO PÉ-
REZ y JUANA GUADALUPE PÉREZ JIMENEZ en calidad de hija
del causante JOSÉ EUSEBIO PÉREZ, confi riéndole a las aceptantes la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia para que den-
tro del término de Ley se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Berlín, a las catorce horas y veinticinco minutos del día dos de Agosto
de dos mil diez.- LICDA. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE
GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ANA MARGA-
RITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047937-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicia1, al
público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince
minutos del día veintinueve de agosto de este año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
dejó NATIVIDAD DE MERCEDES SÁNCHEZ MOLINA, conocida
por NATIVIDAD DE MERCEDES SÁNCHEZ, fallecida el diez de
abril del año dos mil ocho, en el Hospital Nacional Santa Teresa de esta
ciudad, su último domicilio, por parte de NUBIA LISSETTE SÁNCHEZ
MORENO y GUILLERMO ERNESTO MORENO SÁNCHEZ, en con-
cepto de hijos de la causante. Nómbranse a los aceptantes interinamente,
administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de octubre de
dos mil ocho.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-
JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047947-1
EL INFRASCRITO JUEZ, PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVA-
DOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas
con cuarenta minutos del día veintiuno de enero del año dos mil nueve,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su
último domicilio, el día cuatro de mayo de mil novecientos cuarenta
y ocho, dejó el causante JOEL MARROQUÍN PÉREZ, conocido por
JOEL MARROQUÍN, a la señora BLANCA ESTELA MARTÍNEZ
MARROQUÍN, como cesionaria de los derechos que le correspondían
a la señora MARÍA MARROQUÍN PÉREZ, conocida por MARÍA MA-
RROQUÍN, en su concepto de hermana del causante. Se ha conferido a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las doce
horas y cincuenta minutos del día dos de febrero del año dos mil nueve.-
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- POR
LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047948-1
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las quince horas de este día, se ha declarado Heredera Ab-intestato, con
Benefi cio de Inventario del señor SANTIAGO CAMPOS FLORES,
conocido registralmente por SANTIAGO CAMPOS, quien falleció a
las veinte horas del día veintiocho de Diciembre del año dos mil ocho,
en el Barrio La Parroquia, Tercera Calle Poniente de la Villa de Tecapán,
siendo la Villa de Tecapán su último domicilio, de parte de la señora
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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
ÁNGEL MARÍA RIVAS, como cesionaria de los derechos hereditarios
que le correspondían al señor WALTER SANTIAGO POLIO CAMPOS.
Confi riéndosele a la aceptante dicha la Administración y Representación
Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los tres días del mes de Marzo del año dos mil
once.- LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. FREDY FRANCISCO ORELLANA
FRANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047971-1
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las quince horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado Here-
dero Ab-intestato, con Benefi cio de Inventario de la señora DEYSI DEL
CARMEN DE PAZ BENÍTEZ, conocida por DEYSI DEL CARMEN
DE PAZ y por DAYSI DEL CARMEN BENÍTEZ, quien falleció el día
diecinueve de Agosto del año dos mil diez, en la Ciudad Fredericksburg,
Estado de Virginia, de los Estados Unidos de América, siendo Santiago
de María su último domicilio, de parte del joven CARLOS DAVID DE
PAZ JIMENEZ, en calidad de hijo de la causante y como cesionario de los
Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora MARÍA DE LA
PAZ BENÍTEZ viuda DE DE PAZ, en calidad de madre de la causante.
Confi riéndosele al aceptante dicho la Administración y Representación
Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los tres días del mes de Marzo del año dos mil
once.- LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. FREDY FRANCISCO ORELLANA
FRANCO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047979-1
HERENCIA YACENTE
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribu-
nal, a las once horas quince minutos del día catorce de febrero del año
dos mil once, a solicitud del Licenciado JORGE ALBERTO PARADA
GRANADOS, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de
las señoras MARÍA VILMA MARIN REINA y ALBA DELIA MARIN
LÓPEZ; SE DECLARO YACENTE la Herencia Testamentaria que a
su defunción dejó el señor PABLO SÁNCHEZ FLAMENCO, quien
fue de sesenta años de edad, Soltero, Comerciante, hijo de los señores
SANTOS FLAMENCO y CRISTINA SÁNCHEZ, fallecido el día veinte
de abril del año dos mil diez, siendo esta ciudad, su último domicilio; y
se nombró CURADORA de dicha Herencia para que la represente a la
Licenciada LUVY LESLYE RIVAS DE CRIOLLO, quien es mayor de
edad, Abogada, del domicilio de Santa Tecla.
Cítense a los que se crean con derecho a la referida Herencia para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días siguientes
a la última publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas veinte
minutos del día catorce de febrero del año dos mil once.- DRA. VIO-
LETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL.- LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047885-1
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
CARMEN AMINTA HERRERA DE RAMOS, de treinta y seis años de
edad, Estudiante, del domicilio de Jayaque, Departamento de La Libertad,
con Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos treinta
y nueve mil ciento treinta y uno-cuatro, solicitando Título de Propiedad de
un inmueble de su propiedad, ubicado en Cantón Las fl ores, sin número,
del Municipio de Jayaque, Departamento de La Libertad, de una exten-
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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
sión superfi cial de DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS,
el inmueble mide y linda: AL NORTE: Está formado por dos tramos,
Tramo uno: mide diecisiete punto quince metros, Tramo dos: mide ciento
sesenta y uno punto cero seis metros, linda con Asociación Cooperativa
de Producción Agropecuaria El Chagüite de Responsabilidad Limitada;
AL ORIENTE: Está formado por cinco Tramos, Tramo uno: mide veinte
punto noventa y nueve metros, Tramo dos: mide trece punto sesenta y
seis metros, Tramo tres: mide treinta y uno punto cero dos metros, Tramo
cuatro: mide veintiuno punto cincuenta y tres metros, Tramo cinco: mide
once punto sesenta y cinco metros, linda con el señor Wiliam Ernesto
Iraheta Rivera, con camino vecinal de por medio; AL SUR: En un solo
tramo, mide ochenta y siete punto setenta y cuatro metros, linda con
propiedad de Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria El
Chagüite de Responsabilidad Limitada; AL PONIENTE: Está formado
por un solo Tramo: mide ciento sesenta punto noventa metros, linda con
Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria El Chagüite de
Responsabilidad Limitada, todos los colindantes son de este domicilio,
no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena
pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, el cual adquirió a título
de compraventa que le hizo el señor Samuel Antonio Salegio, quien es
mayor de edad, motorista y del domicilio de Jayaque, mediante compra
que le hizo en el mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho, acto
del cual dicho señor no le extendió documento alguno; desde esa fecha
ha poseído dicho inmueble en forma quieta, pacífi ca y jamás interrum-
pida por nadie, ejerciendo facultades de dominio y usufructo sobre el
mismo sin pedirle permiso a nadie, posesión que unida a la de su anterior
propietario es superior a diez años. Que dicho inmueble no está Inscrito
en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de La
Libertad, y lo valora en la cantidad de Cuatro mil Trescientos Dólares de
los Estados Unidos de Norte América ($4,300.00). Alcaldía Municipal de
Jayaque, a once días del mes de febrero del año dos mil once.- PÁNFILO
SANTOS MANCÍA V.- ALCALDE MUNICIPAL.- MARINA DEL
CARMEN AQUINO DE MARTÍNEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F047962-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que en esta municipalidad, se ha presentado la
señora YESSENIA ELIZABETH NAVARRO FUENTES, de treinta y
siete años de edad, Ingeniero Agrónomo, casada, del domicilio de Dulce
Nombre de María, Departamento de Chalatenango, con Documento
Único de Identidad número cero dos millones ochocientos veintiocho
mil novecientos cuarenta y nueve guión cero, y con Número de Identi-
fi cación Tributaria cero cuatro cero ocho guión diez once setenta y tres
guión ciento uno guión cero; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD
a su favor, de una propiedad de naturaleza urbana, situado en Avenida
Comercial, Barrio Concepción, del Municipio de Dulce Nombre de
María, Departamento de Chalatenango, que consta de una área catastral
aproximada de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS y que tiene las
colindancias siguientes: ORIENTE: Mide diez metros, comienza de un
mojón de cemento, continuando hacia el norte en línea recta a llegar a
otro mojón del mismo material, divididos por cerco de alambre propio,
colinda con propiedad de Andrea Fuentes Coto de Contreras, Avenida
Comercial de por medio. NORTE: Mide veinte metros del mojón de
cemento antes mencionado, continúa hacia el poniente en línea recta,
a otro mojón de cemento, colinda con Daysi Rosa Santos de Fuentes.
PONIENTE: Mide diez metros, del mojón antes dicho, continúa en línea
recta hacia el sur hasta llegar a otro mojón del mismo material, divididos
por cerco de alambre propio del terreno que se describe, colinda con
Emelina Fuentes de Perla y Jorge Enrique Fuentes. Y al SUR: Mide
veinte metros, en línea recta, dividido por cerco de alambre propio del
inmueble que se describe, colinda con Emelina Fuentes de Perla y Jorge
Enrique Fuentes. Manifi esta que el terreno antes descrito, lo adquirió
por medio de COMPRA que le hiciere al señor JOSÉ LUIS HERNÁN-
DEZ SOLORZANO, el veintidós de noviembre del año dos mil cinco,
ante los ofi cios Notariales del Licenciado José Javier Clavel Flamenco,
Manifi esta, también, haber poseído el terreno de forma quieta, pacífi ca
e ininterrumpida, y que el terreno no es predio dominante o sirviente, y
actualmente no tiene cargas o derechos reales que lo afecten, valoran el
inmueble en la cantidad de cinco mil dólares de los Estados Unidos de
Norte América.
Lo que se le avisa al público para los efectos de Ley, previniendo
a las personas que puedan probar mejor derecho, acercarse a la munici-
palidad dentro del término de Ley.
Alcaldía Municipal: Dulce Nombre de María, uno de marzo de
dos mil once.- ELISANDRO LEÓN RIVERA, ALCALDE MUNICI-
PAL.- LIGIA SOVEIDA MUÑOZ DE SALGUERO, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F048009-1
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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
TÍTULO SUPLETORIO
EDUARDO ALFONSO GALDÁMEZ MEBIUS, Notario, de este
domicilio y del de San Salvador, con DESPACHO JURÍDICO ubicado
en Primera Calle Oriente y Avenida Paredes, Local dos, Barrio El Centro,
San Juan Opico, departamento de La Libertad,
HAGO SABER: Que antes mis ofi cios Notariales se tramitan
Diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, promovidos por el señor JOSÉ
NIEVES NOVALES FLORES, de sesenta y tres años de edad, agricultor
en pequeño, del domicilio de la Ciudad de San Juan Opico, Departamento
de La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad número
cero un millón seiscientos doce mil ochocientos sesenta y uno- dos, y
número de Identifi cación Tributaria cero quinientos quince- cero cin-
cuenta mil ochocientos cuarenta y siete- cero cero uno- ocho; el cual
es de naturaleza rústica, ubicado en Caserío Valle Nuevo, Cantón San
Nicolás La Encarnación, jurisdicción de San Juan Opico, Departamento
de La Libertad, poseído por José Nieves Novales Flores, con un área de
TRES MIL NOVECIENTOS CUATRO PUNTO OCHENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS, con los colindantes siguientes AL ORIENTE:
Con Enriqueta Orellana de Menjívar; AL SUR: Con Bersabé Maricruz
Novales Cortez y Enriqueta Orellana de Menjívar, camino vecinal de
por medio; AL PONIENTE: Con José Eulalio Ayala; AL NORTE: Con
Alicia de la Cruz Cerén Vda. De Novales, callejón de por medio. El
terreno referido no es dominante, ni sirviente y no está en proindivisión
con nadie, además no tiene cargas, ni derechos que pertenezcan a terceras
persona. Dicho terreno lo estima en CUATRO MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDO DE AMÉRICA, y lo hubo por la compra que le hizo
al señor Rodolfo Menjívar Sibrian, y la posesión del mismo sumada a
la del interesado asciende a más de quince años continuos y lo sigue
poseyendo de buena fe, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida.
Lo que avisa al público para los efectos de ley.
San salvador a los diez días del mes de marzo del año dos mil
once.-
EDUARDO ALFONSO GALDÁMEZ MEBIUS,
NOTARIO.
1 v. No. C006311
ADAN ULISES SOLÓRZANO, NOTARIO, DE ESTE DOMICILIO,
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Profesional, situada en Calle
Dolores Martell, Barrio El Calvario, Chalatenango, se han presentado los
señores ANTONIO MENJÍVAR MIRANDA, de cincuenta y tres años
de edad, Agricultor, y MARÍA DORA MARTÍNEZ DE MENJÍVAR,
de cuarenta y nueve años de edad, Ama de Casa, ambos del domicilio
de la Ciudad y departamento de Chalatenango, solicitando TÍTULO
SUPLETORIO sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el
lugar denominado "Quebrada Honda", departamento de Chalatenango,
de una Extensión Superfi cial de TRECE MIL UN METROS CUADRA-
DOS, de la descripción siguiente: AL ORIENTE, colinda con Manuel
Menjívar, Rosabel Díaz Alvarenga y Juan José Hércules Chávez; AL
NORTE, colinda con Marcos López; AL PONIENTE, colinda con An-
tonio Menjívar Miranda y María Dora Martínez de Menjívar, cerco de
alambre del inmueble que se describe de por medio; y AL SUR, colinda
con Concepción López, cerco de alambre del inmueble que se describe
de por medio, pasando por este rumbo y dentro de la propiedad que se
describe, el río denominado Quebrada Honda.
Se Previene a las personas que desean presentar oposición a las
pretensiones del peticionario, lo hagan dentro del término Legal y en la
dirección arriba citada.
Librado en la Ofi cina del suscrito Notario. Chalatenango, ocho de
marzo del año dos mil once.-
Lic. ADAN ULISES SOLÓRZANO,
NOTARIO.
1 v. No. F047874
JOSÉ DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS, Notario, del domicilio
de la ciudad de Chinameca, Departamento de San Miguel, con Ofi cina
de Abogacía y Notariado, ubicada en la Séptima Avenida Norte, número
Cuatrocientos Once, Barrio San Felipe, de la ciudad de San Miguel, al
Público,
AVISA: Que a las ocho horas y treinta minutos del día veintiuno
de febrero del año dos mil once, se presentó ante mis ofi cios el señor
JOSÉ BRAULIO ALVARADO SÁNCHEZ, de sesenta y seis años de
edad, Agricultor, del domicilio de la ciudad de Lolotique, portador de
su Documento Único de Identidad número cero cero cinco cuatro siete
cero nueve uno- siete, solicitando se le extienda Título Supletorio de
un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón “El Nancito” de
la Jurisdicción de la Villa de Lolotique, Distrito de Chinameca,
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de NOVENTA
Y UNA ÁREAS SETENTA CENTIÁREAS Y NOVENTA Y CUATRO
DECÍMETROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL ORIEN-
TE, es una línea quebrada de cinco tiros, así: el primero de Sur a Norte,
linda con terreno de Gregorio Carballo y José Trinidad Alvarado, calle
de por medio, el segundo de Oriente a Poniente, el tercero nuevamente
de Sur a Norte, el cuarto de Poniente a Oriente, linda por estos tres últi-
mos tiros con terreno de la señora Rosa Enma Sánchez, y el quinto tiro
de Sur a Norte, calle de por medio, con terreno de Gregorio Carballo y
José Trinidad Alvarado; AL NORTE, con terreno de Justiniano Rivera,
cerco de piña y alambre del colindante; AL PONIENTE, con terreno de
Francisco Sánchez, cerco de piña y alambre del vendedor; y AL SUR,
con terreno de Manuel Sánchez, cerco, de piedra de éste y de piña y
piedra del terreno que se describe; Inmueble que está cultivado de varios
Árboles frutales, entre ellos mangos, aceitunas, etcétera, etcétera y de
construcción, existiendo en dicho inmueble construida una casa paredes
de ladrillo sin repello, artesón de madera, de quince metros de largo por
doce metros de ancho. Dicho inmueble lo hubo por compra que de él
hizo al señor JOSÉ EFRAIN GODOY, mayor de edad, Jornalero, del
domicilio de la ciudad de Lolotique, Departamento de San Miguel, por
medio de Escritura Pública otorgada en esta ciudad, a las trece horas
del día dieciocho de febrero de mil novecientos ochenta y siete, ante
los Ofi cios del Notario Rogelio Humberto Rosales Barrera; quien lo ha
poseído por más de diez años consecutivos; y lo valora en la cantidad
de TRES MIL DÓLARES.- No es predio dominante, ni sirviente, no
pesan sobre él derechos o cargas reales de ajena pertenencia y no está
en proindivisión con nadie.-
Lo hago del conocimiento del público para efectos de ley.
Librado en la ciudad de San Miguel, a los veintidós días del mes
de febrero del año dos mil once.-
JOSÉ DE LA CRUZ BERRIOS GRANADOS,
NOTARIO.
1 v. No. F047952
EDDIE ADEMIR RODRÍGUEZ MEZA, NOTARIO, DE ESTE
DOMICILIO, CON OFICINA UBICADA EN FINAL SÉPTIMA
AVENIDA NORTE, URBANIZACIÓN SANTA ADELA, PASAJE
TRES, EDIFICIO VEINTICINCO, SEGUNDA PLANTA LOCAL
VEINTICINCO A, SAN SALVADOR, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que ante mis ofi cios Notariales se ha presentado el
señor JOSÉ RICARDO MIRANDA PICHINTE, quien es de cincuenta
años de edad, motorista, del domicilio de Tenancingo, Departamento
de Cuscatlán, iniciando diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un
inmueble rústico ubicado en el Cantón Corral Viejo, Jurisdicción de
Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, con una extensión superfi cial
de UN MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO PUNTO CINCUENTA
Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a DOS MIL SETE-
CIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO TRES VARAS
CUADRADAS, cuya descripción técnica es la siguiente: Iniciando esta
descripción en el vértice Nor Oriente del referido inmueble, ubicado en
el extremo norte sobre la Calle a Tenancingo, y recorriendo el perímetro
punto por punto en sentido horario. LINDERO ORIENTE, partiendo
del vértice Nor Oriente está formado un tramo con rumbos Sur cero un
grado catorce minutos dieciocho segundos Oeste con una distancia de
setenta y siete punto cero seis metros, colindando con propiedad del señor
Vidal Peña. Lindero defi nido por cerco de púas, Calle a Tenancingo,
de un ancho de doce metros de por medio. LINDERO SUR, partiendo
del vértice Sur Oriente está un tramo con rumbo Norte setenta y cuatro
grados veintidós minutos cero tres segundos Oeste con una distancia de
veintiocho punto ochenta y ocho metros; colindando con propiedad del
señor Juan Pablo Ábrego Miranda. Lindero sin materializar; LINDERO
PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un
tramo con Norte cinco grados catorce minutos cuarenta y dos segundos
Este con una distancia de setenta y tres punto diez metros; colindando
con propiedad de doña Julia Pichinte de Miranda, defi nido este lindero
por cerco de púas; LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor
Poniente está formado un tramo con rumbo Sur ochenta y uno grados
once minutos veinticinco segundos Este con una distancia de veintitrés
punto cero seis metros; colindando con propiedad de Mercedes Miranda.
Lindero defi nido por cerco de púas. Así se llega al vértice Nor Oriente,
que es el punto donde se inició esta descripción.- Inmueble que valora
en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.- Todos los colindantes son del domicilio del Cantón
Corral Viejo, Municipio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán.- El
inmueble no es dominante, ni sirviente, no posee cargas ni derechos reales
a favor de otra persona, ni está en proindivisión con nadie, lo adquirió
por compraventa realizada a su favor de parte del señor José Ricardo
Miranda, su posesión unida a la de su antecesor, data más de treinta años
consecutivos, de manera pacífi ca, quieta e ininterrumpidamente.-
Lo que avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes
de marzo del año dos mil once.-
EDDIE ADEMIR RODRÍGUEZ MEZA,
NOTARIO.
1 v. No. F047956
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
EDDIE ADEMIR RODRÍGUEZ MEZA, Notario, de este domicilio,
con ofi cina ubicada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización
Santa Adela, Pasaje Tres, Edifi cio Veinticinco, Segunda Planta Local
veinticinco A, San Salvador, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que ante mis ofi cios Notariales se ha presentado el
señor JOSÉ RICARDO MIRANDA PICHINTE, quien es de cincuenta
años de edad, del domicilio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán,
iniciando diligencias de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble
rústico ubicado en el Cantón Corral Viejo, Jurisdicción de Tenancingo,
Departamento de Cuscatlán, con una extensión superfi cial de SEIS
MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y SEIS
METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHO MIL OCHOCIEN-
TOS CUARENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y SIETE VARAS
CUADRADAS. Cuya descripción técnica es la siguiente: Iniciando esta
descripción en el vértice Nor Oriente del referido inmueble, ubicado en
el extremo norte al fi nal de Servidumbre de Paso que inicia en la Calle
a Tenancingo, y recorriendo el perímetro punto por punto en sentido
horario; LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor Oriente está
formado un tramo con rumbos Sur veinticinco grados treinta y ocho
minutos treinta y cuatro segundos Oeste con una distancia de cincuenta
punto treinta y cuatro metros, colindando con fi nal Servidumbre de
Paso y propiedad del señor Juan Pablo Ábrego Miranda. Sin lindero
materializado; LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente está
un tramo con rumbo Norte sesenta y dos grados doce minutos cero tres
segundos Oeste con una distancia de ciento doce punto ochenta y un
metros; colindando con propiedad de doña Marina Rico, lindero de
púas; LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está
formado por un tramo con rumbo Norte doce grados dieciocho minutos
cincuenta y seis segundos Este con una distancia de cincuenta y cinco
punto cincuenta y cinco metros; colindando con propiedad de doña Rosa
Alvarenga, defi nido este lindero por cerco de púas; LINDERO NORTE,
partiendo del vértice Nor Poniente está formado un tramo con rumbo
Sur sesenta grados cuarenta y tres minutos cincuenta y un segundo Este
con una distancia de ciento veinticinco punto setenta y nueve metros;
colindando con propiedad de don Juan Pablo Ábrego Miranda. Lindero
defi nido por cerco de púas. Así se llega al vértice Nor Oriente, que es
el punto donde se inició la presente descripción.- Inmueble que valora
en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.-Todos los colindantes son del domicilio del Cantón
Corral Viejo, Municipio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán.-
El inmueble no es dominante, ni sirviente, no posee cargas, ni derechos
reales a favor de otra persona, ni está en proindivisión con nadie, lo
adquirió por compraventa realizada a su favor de parte de la señora
Rita Julia Miranda Sánchez de Martínez, su posesión unida a la de su
antecesora, data más de treinta años consecutivos, de manera pacífi ca,
quieta e ininterrumpidamente.-
Lo que avisa al público para los efectos de ley.-
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes
de marzo del año dos mil once.-
EDDIE ADEMIR RODRÍGUEZ MEZA,
NOTARIO.
1 v. No. F047957
PATRICIA LEONOR BELTRAN PALOMO, NOTARIO, DEL DO-
MICILIO DE SAN SALVADOR,
HAGO CONSTAR: Que a mi ofi cina Notarial se ha presentado
el señor GUIDO ARTURO MARROQUIN GARCÍA, de cincuenta y
ocho años de edad, Avicultor, del domicilio de Santo Tomás, persona
a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de
Identidad Número cero dos cuatro uno siete cinco seis dos- tres; solici-
tando TÍTULO SUPLETORIO, a su favor de dos porciones de terreno de
naturaleza rústica, situadas en Cantón Caña Brava, jurisdicción de Santo
Tomás, Departamento de San Salvador, el primer terreno identifi cado
como parcela mil quinientos veintidós, de una extensión superfi cial de
un mil cincuenta y seis punto cincuenta metros cuadrados equivalentes
a mil quinientas once punto setenta y siete varas cuadradas. El vértice
Nor Poniente, identifi cado como mojón dieciséis, es el punto de partida
de esta descripción técnica. LINDERO NORTE: Partiendo del vértice
Nor Poniente, identifi cado como mojón dieciséis, está formado por dos
tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur sesenta
y dos grados, treinta minutos, veinticuatro segundos Este, con una dis-
tancia de veintitrés metros, cincuenta y tres centímetros; Tramo dos, Sur
cuarenta y cuatro grados, doce minutos, cero dos segundo Este, con una
distancia de dieciocho metros, once centímetros; colindando con terreno
propiedad del señor Guido Arturo Marroquín García, identifi cado como
parcela un mil quinientos veintitrés, servidumbre de paso de por medio,
llegando así al vértice Sur Oriente del terreno. LINDERO ORIENTE:
Partiendo del vértice Nororiente, está formado por cuatro tramos con
los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur veintidós grados,
cero cinco minutos, cero cinco segundos Este, con una distancia de diez
metros, cincuenta y nueve centímetros; Tramo dos Sur dieciocho grados,
veintidós minutos, treinta y cuatro segundos Este, con una distancia de
doce metros, ocho centímetros; Tramo tres Sur diecinueve grados cuarenta
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PARA
CONSU
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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
y nueve minutos, cero siete segundos Este, con una distancia de siete
metros, cuarenta y dos centímetros; Tramo cuatro Sur dieciséis grados,
veintiséis minutos, cuarenta y nueve segundos Este, con una distancia de
dos metros, noventa y cinco centímetros, lindando con porción de terreno
propiedad del señor Guido Arturo Marroquín García, identifi cado como
parcela mil quinientos veintitrés, servidumbre de paso de por medio.
LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente, está formado por un
tramo con los siguientes rumbos y distancias: Sur ochenta y nueve grados
doce minutos cero cero segundos Oeste con una distancia de dieciocho
metros, ochenta y ocho centímetros; colindando con terreno propiedad
del señor Guido Arturo Marroquín García; LINDERO PONIENTE,
partiendo del vértice Sur Poniente, formado por cuatro tramos con los
siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte veinte grados treinta y
siete minutos veintisiete segundos Oeste, con una distancia de dieciocho
metros, veinticinco centímetros; Tramos dos Norte treinta y dos grados
cuarenta y seis minutos treinta y tres segundos Oeste, con una distancia
de diecinueve metros, sesenta y siete centímetros; Tramo tres Norte
cuarenta y cinco grados cincuenta y cuatro minutos cincuenta segundos
Oeste, con una distancia de catorce metros, sesenta y nueve centímetros;
Tramo cuatro Norte cero nueve grados veinticuatro minutos veintiocho
segundos Este, con una distancia de once metros, cincuenta centímetros;
colindando con terreno propiedad del señor Guido Arturo Marroquín
García, llegando así al vértice Nor Poniente, que es el punto donde se
inició la presente descripción; y el segundo terreno, identifi cado como
parcela mil quinientos veintitrés, de una extensión superfi cial de tres mil
novecientos setenta y seis punto cincuenta metros cuadrados equivalentes
a cinco mil seiscientos ochenta y nueve punto cincuenta y ocho varas
cuadras. El vértice Sur Poniente, identifi cado como mojón uno, es el punto
de partida de esta descripción técnica y tiene las siguientes coordenadas:
Norte doscientos ochenta y un mil ciento setenta y cuatro punto noventa
y dos metros. Este cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos veintiséis
punto setenta y cinco metros; LINDERO PONIENTE, partiendo del
vértice Sur poniente, identifi cado como mojón uno, está formado por
un solo tramo con rumbo Norte treinta y cinco grados dieciséis minutos
veintiséis segundos Este con una distancia de cincuenta y cuatro punto
veintinueve metros, colindando con terreno propio del señor Guido Arturo
Marroquín García, llegando al vértice Nor Poniente; LINDERO NORTE,
partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por cinco tramos, con
los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta grados,
cero siete minutos, cincuenta y cinco segundos Este, con una distancia
de veintiuno punto sesenta y seis metros; Tramos dos, Sur cuarenta y
siete grados, veintitrés minutos, cincuenta y cinco segundos Este, con
una distancia de quince punto cincuenta y tres metros; Tramo tres, Sur
cuarenta grados, treinta y dos minutos veintiún segundos Este, con una
distancia de doce punto veintisiete metros; tramo cuatro, Sur cuarenta
grados, veintiocho minutos treinta y nueve segundos Este, con una dis-
tancia de catorce punto setenta y tres metros; Tramo cinco Sur, cincuenta
y un grados treinta y cinco minutos, cuarenta y cinco segundos Este, con
una distancia de veintiséis punto ochenta y un metros, colindando con
terreno propiedad del señor Guido Arturo Marroquín García, llegando
al vértice Nor Oriente del terreno; LINDERO ORIENTE, partiendo del
vértice Nor Oriente, está formado por dos tramos con los siguientes rum-
bos y distancias: Tramo uno, Sur quince grados, cuarenta y dos minutos
cero cero segundo Oeste, con una distancia de cuarenta y tres punto
veintisiete metros; Tramo dos, Sur cuarenta y nueve grados, cincuenta
y siete minutos doce segundos Oeste, con una distancia de once punto
sesenta y un metros, colindando con terreno propiedad del señor Guido
Arturo Marroquín García, llegando al vértice Sur Oriente del terreno;
LINDERO SUR, partiendo del vértice Sur Oriente, está formado por
siete tramos con los siguientes rumbos y distancia: Tramo uno, Norte
diecinueve grados, veintiún minutos, veintiún segundos Oeste, con una
distancia de cuatro metros treinta y un centímetros; Tramo dos Norte
diecinueve grados, diez minutos, treinta y ocho segundo Oeste, con una
distancia de siete metros, cuarenta y tres centímetros; Tramo tres Norte
dieciocho grados, veintidós minutos, treinta y cuatro segundos Oeste,
con una distancia de doce metros, doce centímetros; Tramo cuatro Norte
veintidós grados, cero cinco minutos, cero cinco segundos Oeste, con
una distancia de once metros cuatro centímetros; Tramo cinco Norte
cuarenta y cuatro grados doce minutos, cero dos segundo Oeste, con
una distancia de dieciocho metros, ochenta y dos centímetros; Tramo
seis Norte sesenta y dos grados treinta minutos, veinticuatro segundo
Oeste, con una distancia de veinticuatro metros cinco centímetros y
Tramo siete Norte setenta y tres grados cincuenta y un minutos, cero
un segundos Oeste, con una distancia de treinta y dos metros, treinta
y tres centímetros, colindando todos los tramos con terreno propiedad
del señor Guido Arturo Marroquín García, servidumbre de paso de por
medio, llegando así al vértice Sur Poniente, que es el punto donde se
inició la presente descripción. Los terrenos descritos no son dominantes,
ni sirvientes, ni están en proindivisión y no tienen carga o derecho que
pertenezcan a terceras personas. Valúa dichos terrenos en la suma de
MIL DÓLARES CADA UNO,
Lo que hago del conocimiento público para los efectos correspon-
dientes.
Librado en mi ofi cina Notarial, situada en Calle Doctor Emilio
Alvares, Edifi cio Latinoamericano, número doscientos diez, San Salvador,
a los catorce días de febrero de dos mil once.-
PATRICIA LEONOR BELTRAN PALOMO,
NOTARIO.
1 v. No. F047972
DIARI
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SOLO
PARA
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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
TÍTULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora
ADA MABEL GUZMÁN TEJADA, quien es de cuarenta y dos años
de edad, secretaria del domicilio de Soyapango, departamento de San
Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad Personal número
cero dos millones seiscientos doce mil trescientos sesenta y dos guión
dos, con número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos cinco guión
ciento un mil doscientos sesenta y ocho guión ciento uno guión, siete,
solicitando se le extienda TÍTULO DE DOMINIO, de un inmueble de
naturaleza urbano, situado en el Barrio El Calvario, Jurisdicción de El
Paisnal, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial
de: DOSCIENTOS UNO METROS CUADRADOS TREINTA Y
UN CENTIMETROS, con las medidas y colindancias siguientes: AL
ORIENTE: mide trece metros, linda con terreno de María Sofía Guzmán
de Guzmán; AL NORTE: mide diecisiete metros ochenta centímetros,
linda con terreno de María Estela Martínez Palacios, AL PONIENTE:
mide once metros sesenta centímetros, linda con terreno de Aníbal Fran-
co Maldonado calle nacional de por medio; AL SUR: mide diecisiete
metros, linda con terreno de la Alcaldía Municipal de El Paisnal. Todos
los colindantes son de este domicilio, El terreno descrito no es dominante
,ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que
pertenezcan a terceras personas desde su adquisición por compra venta
que le hizo a su madre; habiendo poseído el referido terreno en forma
quieta, pacífi ca y no interrumpida, de forma material por más de veinte
años, el inmueble lo valora en la cantidad de TRES MIL DÓLARES,
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
El Paisnal a los siete días del mes de marzo de dos mil once. JOSÉ
HÉCTOR LARA ZAMORA, ALCALDE MUNICIPAL. LUZ BAIRES
LÓPEZ, SECRETARIA MUNICIPAL INTERINA.
3 v. alt. No. F047899-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
AVISA: Que el señor RENE ALEXANDER BENITEZ BELTRAN,
solicita TÍTULO DE DOMINIO a su favor de un inmueble de naturaleza
urbana situado en Barrio Santa Lucía, entre la Primera Avenida Sur y
Final Séptima Calle Oriente, de la Jurisdicción de Alegría, Departamen-
to de Usulután, de la Capacidad Superfi cial de CUATROCIENTOS
DIECINUEVE METROS PUNTO CINCUENTA Y SIETE
CENTIMETROS CUADRADOS, y según solicitud tiene las me-
didas y colindancias siguientes: LINDERO NORTE, conformado por
seis tramos, el primero con una distancia de tres punto cuarenta y tres
metros, el segundo tramo con una distancia de seis punto setenta y tres
metros, el tercer tramo con una distancia de dos punto cincuenta y cuatro
metros, el cuarto tramo con una distancia de uno punto ochenta y tres
metros, el quinto tramo con una distancia de siete punto cincuenta y
cuatro metros, colindando en estos cinco tramos con BLANCA LIDIA
BELTRAN DE BENITEZ, y el sexto tramo con una distancia de ocho
punto ochenta y cinco metros colindando con ENIO ELIAS JIMÉNEZ
y ERICK GEOVANI MINEROS CORTES; cerco de alambre y pared
de bahareque de por medio. LINDERO ORIENTE, formado por dos
tramos, el primero con una distancia de cinco punto cuarenta y cuatro
metros, y el segundo tramo con una distancia de seis punto dieciséis
metros, colindando con TOMASA ALICIA MINAUARY DE NIETO;
cerco de alambre y pared de cemento por medio. LINDERO SUR, for-
mado por dos tramos, el primero con una distancia de doce punto cero
nueve metros y el segundo tramo, con una distancia de dieciséis punto
diez metros colindando con JUAN FRANCISCO CRUZ MAYORGA;
cerco de alambre por medio. LINDERO PONIENTE, formado por un
solo tramo con una distancia de nueve punto treinta y seis metros, co-
lindando Con NICOLAS DE JESÚS LÓPEZ, cerco de alambre y calle
de por medio. Los colindantes son todos de la jurisdicción de Alegría;
a excepto del Licenciado Juan Francisco Cruz Mayorga quien es del
vecindario de la ciudad de Usulután en la Avenida Guandique Frente
a Banco Agrícola; el inmueble se encuentra acotado por cercas que lo
circundan, no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos
reales que pertenezcan a otra persona con quien hubiere indivisión; y el
solicitante estima el inmueble en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES
de los Estados Unidos de Norteamérica, y lo obtuvo por medio de
donación verbal que le realizó su madre BLANCA LIDIA BELTRAN
DE BENITEZ, quien vive a la fecha, mayor de edad, ama de casa, del
domicilio de Alegría, y lo ha poseído de buena fe, de manera quieta,
pacífi ca e ininterrumpida por más de diez años consecutivos.
Lo que se avisa al público para efectos legales.
Dado en la Alcaldía Municipal de Alegría, a las ocho horas con
cincuenta minutos del ocho de febrero de dos mil once.- RENE SAUL
SANCHEZ FUNES, ALCALDE MUNICIPAL ALEGRÍA, USULUTÁN.-
RICARDO ANTONIO TURCIOS BATRES, SECRETARIO
MUNICIPAL, ALEGRÍA, USULUTÁN.
3 v. c. No. C006305-1
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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
JUICIO DE AUSENCIA
BAYRON ALBERTO CARBALLO. Notario, del domicilio de esta
ciudad, con Ofi cina Profesional situada en Segunda Avenida Norte
entre Cuarta y Sexta Calle Poniente, número Doce, de esta ciudad, AL
PUBLICO,
HACE SABER: Que a mi Ofi cina Jurídica se ha presentado el
Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, mayor de edad, Abo-
gado, de este domicilio, actuando como Apoderado General Judicial con
Cláusula Especial del Banco de América Central, Sociedad Anónima,
Institución Bancaria, del domicilio de San Salvador, con número de
Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero treinta y un mil
doscientos noventa y tres- ciento uno- ocho; EXPONIENDO: Que su
representada es Acreedora Hipotecaria del señor CARLOS GUILLERMO
GALVEZ GUIROLA, mayor de edad, Visitador Médico, de domicilio
ignorado; y que ya se inició en el Juzgado Segundo de lo Civil de esta
ciudad, Juicio Ejecutivo Mercantil, contra el referido señor, habiéndose
ordenado en autos notifi car el decreto de embargo y emplazamiento a
dicho demandado, no habiendo sido posible, pues se ignora su domicilio,
y no se sabe si ha dejado en el país procurador u otro representante legal
que lo represente en el Juicio; por lo que de conformidad al Artículo
Veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria
y de Otras Diligencias, en relación con el Artículo Ciento Cuarenta y
Uno del Código de Procedimientos Civiles Reformado, comparece ante
mis ofi cios Notariales a promover diligencias previas de nombramiento
de Curador Ad- Litem al Ausente no declarado, por lo que PIDE: Que
previos los trámites legales se le nombre a dicho señor un Curador Es-
pecial para que lo represente en el referido Juicio. En consecuencia se
previene que si el señor CARLOS GUILLERMO GALVEZ GUIROLA,
tuviere Procurador u otro representante legal, se presente a mi Despacho
Notarial, a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días
siguientes a la última publicación de este aviso.
Librado en la Ofi cina del Licenciado BAYRON ALBERTO
CARBALLO, Santa Ana, dieciocho de febrero del dos mil once.
Lic. BAYRON ALBERTO CARBALLO,
NOTARIO.
1 v. No. C006307
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que en este Juzgado ha iniciado el Licenciado
CARLOS ALBERTO PRIETO CUELLAR, como apoderado del
GRUPO Q EL SALVADOR, S.A. DE C.V., incidente de Declarato-
ria de Ausencia, a fi n de declarar ausente a la señora ROSA BERTA
VÁSQUEZ DE ALARCÓN, mayor de edad, Ofi cios Domésticos, ac-
tualmente del domicilio ignorado, y como dicha señora ha desaparecido
del lugar de su domicilio e ignorándose su paradero y sin saberse si ha
dejado Procurador u otro Representante Legal en el país, pide que se le
nombre un Curador Especial para que la represente en el presente Juicio.
PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr.C. que si la mencionada
señora tiene Procurador o Representante Legal en el país, se presente
dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este
aviso y compruebe tal circunstancia.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las catorce
horas y veinte de noviembre de dos mil diez. DR. DARIO VILLALTA
BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. LIC. VICTORINO
ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
1 v. No. F047943
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1999005011
No. de Presentación: 20110147427
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AMÍLCAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVA-
DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00073 del libro 00128 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en las palabras "Fany Helen" la cual está
acompañada de tres mariposas rodeando la palabra fany, una mariposa
sobre la letra "F", otra sobre la letra "y"; y la última debajo de la "a", la
segunda y tercera mariposa van dejando líneas discontinuas, fany está
escrita con letras gruesas dejando espacio en medio de ellas y helen, en
letras totalmente negras y más pequeñas; la tercera mariposa se encuentra
debajo de las letras "F" y "a" y la palabra "helen" debajo de la palabra
fany, exactamente debajo de las letras "n" e "y". Y las palabras "Fany
Helen", están escritas en letras minúsculas y solamente las letras "F"
y "H", están escritas en mayúsculas, las dos palabras están escritas en
letras de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)
Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIARI
O OFI
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NE VAL
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LEGAL
145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006285-1
No. de Expediente: 1997003394
No. de Presentación: 20110147367
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS
AMILCAR AMAYA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de PIEL Y CALZADO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PYCASA, DE
C.V, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número
00043 del Libro 00127 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra DIEGO ROSSETTI, la cual no lleva adherida ninguna
expresión adicional; que ampara productos/servicios comprendidos en
la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los siete días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006286-1
No. de Expediente: 2001013960
No. de Presentación: 20110148254
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de COSMOAGRO, S.A., del domicilio
de CIUDAD, PALMIRA VALLE, REPUBLICA DE COLOMBIA,
de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00064 del Libro 00140 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en LA PALABRA TRIADA AGUAS, ESCRITA
EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara productos
comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de
Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006299-1
No. de Expediente: 2001013961
No. de Presentación: 20110148255
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de COSMOAGRO, S.A., del domicilio
de CIUDAD PALMIRA VALLE, REPUBLICA DE COLOMBIA,
de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00065 del Libro 00140 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS TRIADA FLUX,
ESCRITAS EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006300-1
No. de Expediente: 2001013959
No. de Presentación: 20110148253
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de COSMOAGRO, SOCIEDAD ANO-
NIMA, del domicilio de CIUDAD PALMIRA VALLE, REPUBLICA
DE COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RE-
NOVACION, para la inscripción Número 00021 del Libro 00145 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA TRIADA
OIL, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006301-1
No. de Expediente: 1999006024
No. de Presentación: 20110148252
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de COSMOAGRO, SOCIEDAD ANO-
NIMA, del domicilio de CIUDAD DE PALMIRA VALLE, REPUBLI-
CA DE COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00052 del Libro 00118
de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TRIA-
DA - QUEL”, ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYUSCULAS
EN DONDE EL GUION ES PARTE ESCENCIAL DE LA MARCA;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006302-1
No. de Expediente: 2001013958
No. de Presentación: 20110148256
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN
RAMON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de COSMOAGRO, SOCIEDAD ANO-
NIMA, del domicilio de Ciudad Palmira Valle, República de Colombia,
de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00021 del Libro 00143 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras TRIADA SORB, escrita en letras
de molde mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006303-1
No. de Expediente: 2000000865
No. de Presentación: 20100141252
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado VANESSA
BEATRIZ GRANADOS CONTRERAS, mayor de edad, ABOGADO,
del domicilio de ANTIGUO CUSCATLÁN, DEPARTAMENTO DE
LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como
APODERADO ESPECIAL de PHILIP MORRIS PRODUCTS S. A.,
del domicilio de Quai Jeanrenaud 3, 2003 Neuchatel, Serrieres, Suiza,
de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción
Número 00066 del Libro 00119 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, con-
sistente en las letras "L" y "M" en color blanco, estilizadas y mayúsculas,
y entre ellas el signo "&"; todo se encuentra dentro de una esfera de
color negro; que ampara productos comprendidos en la Clase 34 de la
Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil diez.-
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F048692-1
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente : 2011107605
No. de Presentación: 20110148211
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN CARLOS
VERGARA CALVO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
CIEAURA EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: CIEAURA EL SALVADOR, S. A. DE
C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: La expresión CieAura y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CHIPS, CINTAS MAGNÉTICAS, APARATOS E
INSTRUMENTOS CIENTIFICOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinticinco de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006283-1
DIARI
O OFI
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SOLO
PARA
CONSU
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LEGAL
148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad "EL GRANJERO, SOCIEDAD ANÓ-NIMA", conforme lo establece la Ley y el Pacto Social de la misma, convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en sus ofi cinas principales situadas en Boulevard del Ejército Nacional, Kilómetro tres y medio, cincuenta y cuatro Avenida Sur, Colonia La Chacra, San Salvador, el día veintinueve de abril del año dos mil once, de las dieciséis horas en adelante, la que se desarrollará de acuerdo con la siguiente AGENDA:
1) ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM.
2) CONOCER LA MEMORIA DE LA ADMINISTRACIÓN DURANTE EL AÑO DOS MIL DIEZ.
3) CONOCER EL BALANCE GENERAL, CUADRO DE RESULTADOS, Y EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO TODO ELLO DEL EJERCICIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
4) CONOCER EL INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
5) APLICACIÓN DE UTILIDADES.
6) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y AUDI-TOR FISCAL, FIJACIÓN DE SUS EMOLUMENTOS.
7) AUTORIZACIONES A LOS ADMINISTRADORES, GERENTES Y SUS RESPECTIVOS CÓNYUGES, DE ACUERDO CON EL ARTICULO DOSCIENTOS SETEN-TA Y CINCO DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
8) CUALQUIER OTRO PUNTO QUE LA JUNTA GENERAL DECIDA TRATAR Y QUE DE ACUERDO CON LA LEY Y EL PACTO SOCIAL PUEDA SER CONOCIDO EN ESTA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
Para llevar a cabo la Junta General que ahora se convoca en la fecha y hora anteriormente indicada se necesita la asistencia o representación de la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Social.
En caso de no haber quórum en la fecha y hora señaladas por este mismo medio quedan convocados los Accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el día treinta de abril del año dos mil once, de las dieciséis horas en adelante y en el mismo local, debiendo celebrarse la Sesión con el número de Accionistas o Representantes que asistan.
San Salvador, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil once.
EL GRANJERO, S.A.
CARMEN ELENA DIAZ BAZAN VIUDA DE SOL,
PRESIDENTA.
3 v. alt. No. C006292-1
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad CORPORACIÓN ESTRELLA DO-
RADA, S.A. de C.V., conforme lo establece la Ley y el Pacto Social de
la misma, convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO-
NISTAS, que se llevará a cabo en sus ofi cinas principales situadas en
Boulevard del Ejército Nacional, Kilómetro tres y medio, cincuenta y
cuatro Avenida Sur, Colonia La Chacra, San Salvador, el día trece de
abril del año dos mil once, de las dieciséis horas en adelante, la que se
desarrollará de acuerdo con la siguiente AGENDA:
1) CONOCER LA MEMORIA DE LA ADMINISTRACIÓN,
EL BALANCE GENERAL, EL ESTADO DE PÉRDIDAS
Y GANANCIAS, EL ESTADO DE CAMBIOS EN EL
PATRIMONIO Y RECIBIR EL INFORME DEL AUDITOR
EXTERNO, TODO ELLO DEL EJERCICIO DEL AÑO
DOS MIL DIEZ.
2) APLICACIÓN DE UTILIDADES.
3) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y AUDI-
TOR FISCAL Y FIJACIÓN DE SUS HONORARIOS.
4) AUTORIZACIÓN Y/O RATIFICACIÓN DE OPERACIO-
NES, DE ACUERDO CON EL ARTICULO DOSCIENTOS
SETENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
5) CUALQUIER OTRO PUNTO QUE LA JUNTA GENERAL
DECIDA TRATAR Y QUE DE ACUERDO CON LA LEY Y
EL PACTO SOCIAL PUEDA SER CONOCIDO EN ESTA
JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.
Para llevar a cabo la Junta General que ahora se convoca en la fecha
y hora anteriormente indicada se necesita la asistencia o representación
de la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital
Social.
En caso de no haber quórum en la fecha y hora señaladas por este
mismo medio quedan convocados los Accionistas para celebrar la Junta
General Ordinaria el día catorce de abril del año dos mil once, de las
dieciséis horas en adelante y en el mismo local, debiendo celebrarse la
Sesión con el número de Accionistas o Representantes que asistan.
San Salvador, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil
once.
CORPORACIÓN ESTRELLA DORADA, S.A. de C.V.,
CARMEN ELENA DIAZ BAZAN VIUDA DE SOL,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C006293-1
DIARI
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LEGAL
149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
CONVOCATORIA
EL INFRASCRITO LIQUIDADOR DE LA SOCIEDAD SALUD
TOTAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, EN
LIQUIDACIÓN, de este domicilio,
Convoca a los accionistas de esta Sociedad a Junta General Extraor-
dinaria de Accionistas, a celebrarse a las dieciséis horas del día viernes 08
de abril de dos mil once, en el Auditorium del Hospital de Diagnóstico
de la Colonia Médica, ubicado en 23 Avenida Norte No. 1214 2°. piso de
la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, para conocer
los siguientes puntos de carácter extraordinario:
Agenda:
1. Verifi cación del Quórum.
2. Presentación y aprobación en defi nitiva del Balance Final de
Liquidación practicado al 30 de junio de 2010.
3. Ratifi cación del depositario de los documentos, Libros y
demás papeles sociales de la Sociedad.
4. Ratifi cación de la persona que fi rma la Escritura de Liquidación
de la Sociedad.
El quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha será de
las tres cuartas partes de las acciones de la Sociedad, e igual proporción
se necesitará para tomar resolución.
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
sábado 09 de abril de dos mil once, a la misma hora y mismo lugar para
celebrar asamblea en segunda convocatoria el quórum necesario será la
mitad más una de todas las acciones que componen el Capital Social y
para tomar resolución será necesario las tres cuartas partes de las acciones
presentes.
San Salvador, cuatro de marzo de dos mil once.
Dr. RODRIGO ALFONSO ANTONIO BRITO LARA,
LIQUIDADOR.
3 v. alt. No. C006294-1
CONVOCATORIA
El Infrascrito Auditor Externo de la Sociedad "DATAGRAMA COMU-
NICACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE",
que puede abreviarse "DATAGRAMA COMUNICACIONES, S.A. DE
C.V." CONVOCA: A todos los accionistas de la sociedad a una Junta
General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, la cual se llevará a
cabo en primera convocatoria a las nueve horas del día once de abril de
dos mil once, en las ofi cinas donde opera la sociedad ubicadas en Ala-
meda Manuel Enrique Araujo, Centro Comercial Loma Linda, Locales 3
y 4 B, de la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. En caso
no hubiere quórum en la fecha anteriormente señalada, se establece la
segunda convocatoria para el día doce de abril del año dos mil once, a
las diez horas, en el mismo lugar.
La agenda propuesta es la siguiente:
I. PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO
a) Verifi cación del quórum e instalación de la Junta.
b) Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente
al año dos mil diez.
c) Presentación de los Estados Financieros del ejercicio compren-
dido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre
de dos mil diez. Consistente en Balance General, Estado de
Resultados y Estado de cambios en el Patrimonio;
d) Informe del Auditor Externo;
e) Aplicación de Utilidades del ejercicio comprendido entre el
uno de enero y treinta y uno de diciembre de dos mil diez del
ejercicio comprendido entre el primero de enero y el treinta
y uno de diciembre de dos mil diez;
f) Nombramiento de la Junta Directiva, cambios en su confor-
mación.
g) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emo-
lumentos para el ejercicio del primero de enero al treinta y
uno de diciembre de dos mil once;
h) Nombramiento del Auditor Fiscal y autorización de emolu-
mentos para el ejercicio económico del primero de enero al
treinta y uno de diciembre de dos mil once;
i) Aprobación del Plan de Trabajo y Presupuesto 2011;
j) Cualquier asunto que la Junta General decida tratar de acuerdo
con la Ley y el Pacto Social.
El quórum Legal para resolver los puntos de la Junta General
Ordinaria en primera convocatoria se conformará por lo menos con la
asistencia del sesenta y cinco por ciento de las acciones presentes; y
para formar resolución se necesitará la mayoría de los votos presentes.
Y en la segunda fecha de la convocatoria será necesaria la concurrencia
de cualquiera que sea el número de las acciones representadas y para
formar resolución, se necesitará la mayoría de los votos presentes o
representados, de conformidad a los artículos 240 y 241 del Código de
Comercio y a lo estipulado en la cláusula XXI del Pacto Social.
II. PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO
a) Aumento de Capital Social en su parte variable, según bases
que establecerá la Junta;
b) Modifi cación del pacto Social para adecuar las cláusulas a
partir de la IV a la XXXVII a las reformas del Código de
Comercio.
DIARI
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CIAL
SOLO
PARA
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LEGAL
150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
c) Nombramiento de Ejecutor Especial de los acuerdos y au-
torización para que comparezca ante notario a autorizar la
modifi cación del Pacto Social en un solo instrumento social
que regirá a la Sociedad, inclusive las cláusulas no modifi -
cadas.
El quórum Legal para resolver los puntos de la Junta General
Extraordinaria en primera fecha de convocatoria, será de las tres cuartas
partes de todas las acciones de la Sociedad y para tomar resolución se
necesitará igual proporción; y en la segunda fecha de la convocatoria,
será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social.
El número de votos necesarios para formar resolución en estos casos, será
de las tres cuartas partes de las acciones presentes; de conformidad a los
artículos 243 del Código de Comercio y a lo estipulado en la cláusula
XXI del Pacto Social.
San Salvador, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil
once.
Lic. CARLOS EDGARDO RIVERA ORTIZ,
En su calidad de Auditor Externo
de Datagrama Comunicaciones, S.A. de C.V.
3 v. alt. No. C006304-1
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE
ACCIONISTAS
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Zacatecoluca, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-
plimiento a los Artículos 224 y 228 del Código de Comercio vigente
y con base en las cláusulas Vigésima Tercera y Vigésima Cuarta de la
Escritura de Modifi cación e integración en un solo texto del Pacto Social,
convoca a los Representantes de Acciones y demás Socios de la misma,
para celebrar Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará
a cabo a partir de las once horas del día de nueve de abril de dos mil
once, en los SALONES ROBLE Nos. I, II y III, DEL HOTEL QUALITY
REAL AEROPUERTO EL SALVADOR, ubicado en Km. 40 ½ carretera
al Aeropuerto El Salvador, Municipio de San Luis Talpa, departamento
de La Paz, en primera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum
legal correspondiente, se hace segunda convocatoria, para el día diez de
abril de dos mil once, a la hora y local antes señalados.
Dicha Junta General de Accionistas se constituirá con las forma-
lidades que establecen el Pacto Social y el Código de Comercio, para
conocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente:
AGENDA
1) Integración del quórum de presencia.
2) Establecimiento del quórum legal.
3) Apertura de la Sesión.
4) Aprobación de los Estatutos de la Caja de Crédito de
Zacatecoluca.
El quórum legal se integrará con veintiuno de los veintiocho Re-
presentantes de Acciones que forman la Junta General Extraordinaria en
primera convocatoria y con la mitad más uno de los Representantes de
Acciones presentes en segunda convocatoria, de conformidad al 243 del
Código de Comercio y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Séptima
del Pacto Social vigente.
Zacatecoluca, a los nueve días del mes de marzo de dos mil
once.
ANA CECILIA MENA AYALA,
DIRECTORA PRESIDENTA.
LORENZO GILBERTO HELENA CANIZALEZ,
DIRECTOR SECRETARIO.
JUAN ALBERTO FLORES GONZALEZ,
PRIMER DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C006310-1
CONVOCATORIA
LA JUNTA DIRECTIVA DE INMOBILIARIA ALDESA, S.A. DE C.V.,
CONVOCA A LOS SEÑORES ACCIONISTAS PARA CELEBRAR
JUNTA GENERAL, PARA CONOCER ASUNTOS DE CARACTER
ORDINARIO, LA CUAL SE LLEVARA A CABO EL DIA JUEVES 7
DE ABRIL DE 2011, A PARTIR DE LAS DIECISEIS HORAS, EN EL
LOCAL DE SERVICIOS GENERALES BURSATILES, S.A. DE C.V.,
UBICADO EN LA 57 AVENIDA NORTE #130 DE ESTA CIUDAD
EN PRIMERA CONVOCATORIA.
JUNTA GENERAL ORDINARIA: EL QUORUM PARA CE-
LEBRAR ESTA JUNTA GENERAL ORDINARIA EN PRIMERA
CONVOCATORIA, SERA DE DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO
MIL UNA ACCION (285,001), PRESENTES O LEGALMENTE RE-
PRESENTADAS, ES DECIR LA MITAD MAS UNA DEL TOTAL Y
LAS RESOLUCIONES SERAN VALIDAS AL SER TOMADAS POR
LA MAYORIA DE LAS ACCIONES PRESENTES O LEGALMENTE
REPRESENTADAS.
DIARI
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SOLO
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IDEZ
LEGAL
151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
LA AGENDA PARA ESTA JUNTA SERA LA SIGUIENTE:
l.) ESTABLECIMIENTO DE QUORUM.
2.) LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
3.) LECTURA Y APROBACION DE LA MEMORIA DE
LABORES 2010.
4.) LECTURA Y APROBACION DEL BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE 2010 Y ESTADOS DE RESUL-
TADOS DE 2010.
5.) INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.
6.) APLICACION DE UTILIDADES.
7.) ELECCION DE AUDITOR EXTERNO Y FIJACION DE
SUS EMOLUMENTOS.
8.) NOMBRAMIENTO DE AUDITOR FISCAL Y FIJACION
DE SUS EMOLUMENTOS.
9.) ELECCION JUNTA DIRECTIVA.
10.) VARIOS.
SEGUNDA CONVOCATORIA: EN CASO NO HUBIESE
QUORUM INDICADO PARA CELEBRAR LA JUNTA GENERAL
REFERIDA EN LA FECHA Y HORA SEÑALADA, SE CONVOCA
A LOS ACCIONISTAS PARA CELEBRARLA EN SEGUNDA CON-
VOCATORIA EL DIA OCHO DE ABRIL DE DOS MIL ONCE, A LA
MISMA HORA Y EN EL MISMO LUGAR SEÑALADO INICIAL-
MENTE.
QUORUM: LA JUNTA GENERAL ORDINARIA SE CELE-
BRARA CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE ACCIONISTAS
PRESENTES O LEGALMENTE REPRESENTADOS Y LAS RESO-
LUCIONES SERAN VALIDAS POR MAYORIA DE LOS VOTOS
PRESENTES.
SAN SALVADOR, 08 DE MARZO 2011.
JOSE ROBERTO DUARTE,
PRESIDENTE.
INMOBILIARIA ALDESA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C006312-1
CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS.
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Armenia, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-
plimiento a los Artículos 23, 224 y 228 del Código de Comercio Vigente
y de conformidad a las cláusulas vigésima tercera y vigésima cuarta de
la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones
y demás socios de la misma, para celebrar Junta General Extraordinaria
de Accionistas que se celebrará, en Primera Convocatoria, a partir de
las catorce horas del día viernes ocho de abril de dos mil once, en las
instalaciones de la Caja de Crédito de Armenia, ubicadas en 3a, Avenida
Sur y 4a, Calle Poniente No. 23, Armenia. En caso de no integrarse el
quórum legal correspondiente, se hace Segunda Convocatoria para el
día sábado nueve de abril de dos mil once, a la hora y local antes seña-
lados.
Dicha Junta General de Accionistas se constituirá con las formali-
dades que establece el Pacto Social de esta Caja de Crédito y el Código
de Comercio, para conocer y resolver los puntos que contiene la agenda
siguiente:
1- Integración del quórum de presencia.
2- Integración del quórum legal.
3- Apertura de la sesión.
4- Aprobación de los Estatutos de la Caja de Crédito de Armenia,
Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital
Variable.
El quórum legal se integrará con veintiuno de los veintiocho Re-
presentantes de Acciones que forman la Junta General Extraordinaria en
primera convocatoria y con la mitad más uno de los Representantes de
Acciones presentes en segunda convocatoria, de conformidad al 243 del
Código de Comercio y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Séptima
del Pacto Social vigente.
Armenia, 14 de marzo de 2011.
Ing. GERMAN O. LOPEZ E.,
DIRECTOR PRESIDENTE.
MARIA ROXANA CALDERON,
DIRECTORA SECRETARIA.
MARIA LIDIA MALDONADO,
DIRECTORA PROPIETARIA.
3 v. alt. No. C006378-1
DIARI
O OFI
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SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
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LEGAL
152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de USULUTÁN, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en
cumplimiento a los artículos 223, 224, 228 y siguientes del Código de
Comercio vigente y en cumplimiento a la atribución que les confi eren
las cláusulas DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSI-
MA TERCERA, VIGÉSIMA CUARTA Y TRIGÉSIMA CUARTA de
su Escritura de Modifi cación a su Escritura de Constitución, convoca
a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para
celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas a
realizarse en el auditórium de Caja de Crédito de Usulután, ubicado
en 4ta. Avenida Norte y 2da. Calle Oriente No. 9, Usulután. La Junta
General Ordinaria de Accionista se celebrará en primera convocatoria
a partir de las trece horas con treinta minutos del día sábado 16 de abril
del año dos mil once y en caso de no integrarse el quórum legal corres-
pondiente, se hace segunda convocatoria para el día domingo 17 de abril
del año 2011, a las nueve horas con treinta minutos y en el local antes
señalado. La Junta General Extraordinaria de Accionistas será celebrada
en primera y segunda convocatoria inmediatamente después de la Junta
General Ordinaria de Accionistas, siempre y cuando hubiera el quórum
legal que establece el Código de Comercio vigente y el Pacto Social de
la Caja de Crédito de Usulután.
Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establecen
las cláusulas DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA, VIGÉSIMA PRIME-
RA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA TERCERA, VIGÉSIMA
CUARTA, VIGÉSIMA QUINTA, VIGÉSIMA SEXTA, VIGÉSIMA
SÉPTIMA, VIGÉSIMA OCTAVA, de la Escritura de Modifi cación a su
Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223 y 224 del Código
de Comercio vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene
la agenda siguiente:
AGENDA
Puntos a tratar en Junta General Ordinaria:
1. Integración de quórum de presencia.
2. Reposición de Representante de Acciones que salió
electo como Director Suplente y los que faltaren por
las causas que expresan las cláusulas VIGÉSIMA, VI-
GÉSIMA PRIMERA Y TRIGÉSIMA PRIMERA de su
escritura de modifi cación a su Escritura.
3. Integración del quórum legal.
4. Exclusión de socios de acuerdo a disposiciones legales.
El quórum legal necesario para celebrar la sesión de Junta General
Ordinaria en primera convocatoria, se integrará, con Quince de los Vein-
tiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea General y
en SEGUNDA CONVOCATORIA con los Representantes de Acciones
que estuvieren presentes de conformidad a los artículos 240 y 241 del
Código de Comercio vigente y a lo estipulado en la cláusula Vigésima
Sexta del Pacto Social.
Puntos a tratar en Junta General Extraordinaria:
1. Integración del quórum legal.
2. Apertura de Sesión.
3. Aprobación de los estatutos de la Caja de Crédito de
Usulután.
El quórum legal necesario para celebrar la sesión de Junta General
Extraordinaria en primera convocatoria, se integrará con veintiún Repre-
sentantes de Acciones que forman la Asamblea General y en segunda
convocatoria con la mitad más uno de los Representantes de Acciones
que estuvieren presentes de conformidad a los artículos 243 del Código
de Comercio vigente y a lo estipulado en la cláusula Vigésima Séptima
del Pacto Social.
Usulután, nueve de marzo de dos mil once.
LUIS ALONSO ARCE MARTINEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
MAIRA MAGALI SERRANO DE CERNA,
DIRECTORA SECRETARIA.
GUSTAVO ADALBERTO GRANADOS ARAUJO,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. F047873-1
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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad TIDECA, S.A. DE C.V., por medio de
la suscrita Presidente, Zonia Annabella Pezzarossi Grünebaum, convoca
a los accionistas a fi n de celebrar Junta General Ordinaria, en primera
convocatoria, para el día jueves siete de abril del dos mil once a las 9:00
A.M., y en segunda convocatoria, para el día lunes once de abril del dos
mil once a las 9:00 A.M.; la sesión se realizará en las instalaciones de
TIDECA, S.A. DE C.V., Sucursal Guatemala, ubicadas en la 18 Ave.
1-96 Vista Hermosa II, zona 15, ciudad de Guatemala:
Agenda a desarrollar:
1. Memoria de labores de la Junta Directiva del ejercicio ter-
minado al 31 de Diciembre de 2010.
2. Presentación del Balance General, Estado de Resultados,
Estado de Cambios en el patrimonio al 31 de Diciembre de
2010 e Informe del Auditor Externo.
3. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y fi jación de
sus honorarios.
4. Aplicación de resultados del ejercicio 2010.
Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente re-
unida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o
representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan
derecho a votar, si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda
fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en
la primera, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea
el número de acciones presentes o representadas, y sus resoluciones se
tomarán por mayoría de los votos presentes.
Guatemala, 8 de Marzo 2011.
ZONIA ANNABELLA PEZZAROSSI GRÜNEBAUM,
PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA.
TIDECA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F047882-1
SUBASTAS PUBLICAS
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este tribunal por el
Licenciado JOSE ERNESTO CARRANZA MARTINEZ, y continuado
por el Licenciado JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ, en su calidad de
Apoderado de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESA-
RROLLO ECONOMICO SOCIAL, que se denomina FUSADES, en
contra de JOSE ANTONIO MORALES MOJICA, clasifi cado bajo el
número de entrada 201-2000 y otros, se venderá en pública subasta el
siguiente inmueble: de naturaleza urbano, situado en Barrio Chalchuapita,
de la ciudad de Atiquizaya, de un área de CIENTO VEINTUN METROS
CUADRADOS, CUARENTA Y CINCO CENTECIMOS DE METRO
CUADRADO, que tiene como medidas y colindancias las siguientes: AL
NORTE, veinticuatro metros, veintisiete centímetros, terreno de Alberto
Martínez Cadenas; AL SUR: veinticuatro metros treinta y dos centímetros
con la porción vendida a María Dolores Martínez; AL ORIENTE: calle
de por medio con Juan Vicente Menéndez Perdomo y Antonio Solís,
midiendo por este rumbo la porción que se desmembró de cinco metros;
y AL PONIENTE: paredes de adobe propias con Ana Castillo, midiendo
por este rumbo, cinco metros, teniendo por sus cuatro rumbos paredes
propias de ladrillo en medio. Inscrito a favor del ejecutado a la matrícula
UNO CINCO CERO CUATRO UNO NUEVE UNO DOS-CERO CERO
CERO CERO CERO, ASIENTO CINCO, que lleva el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Occidente, con
sede en la ciudad de Ahuachapán. Lo que se hace del conocimiento del
público para los fi nes de ley.
Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las doce horas diecinueve
minutos del día dieciocho de febrero del año dos mil once.- LIC. FRAN-
CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,
SECRETARIA DE ACTUACIONES.
3 v. alt. No. C006306-1
LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público en general para los efectos de ley, que
en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado
PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIÉRREZ, en su calidad de Apo-
derado THE BANK OF NOVA SCOTIA, en contra de las Sociedades
MULTIMART DE CENTROÁMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia MULTIMART, S.A. DE C.V.,
CENTURY FINANTIAL CORPORATION, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia CEFINDO, S.A. DE C.V.,
CARTOTECNICA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANO-
NIMA, que se abrevia CARTOTECNICA, S.A. e INMOBILIARIA
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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
CAMPESTRE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que se abrevia INCAM, S.A. DE C.V., reclamándole cantidad de dó-
lares y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en fecha que
oportunamente se determinará, en este Juzgado de los bienes inmuebles
embargados siguientes: PRIMER INMUEBLE: "Un solar urbano, situado
en el Barrio "El Centro", de la Ciudad de Usulután, Distrito y Depar-
tamento de Usulután, que mide y linda: AL ORIENTE: quince metros
doce centímetros, casa de Candelario Melara, hoy de la Sucesión del
Doctor David Munguía Payés; calle de por medio en la actualidad; AL
NORTE, treinta y seis metros noventa centímetros; solares de Virginia
Díaz; antes de Carmen Piche de Díaz y solar que fue de José Munguía
Flores; antes de Sebastián Portillo y hoy de Miguel Infantozzi; AL
PONIENTE, veintiséis metros ochenta y cinco centímetros, casa y solar
del Casino Usuluteco, que antes fue de Rachid Esmahan; y AL SUR,
treinta y un metros doce centímetros, casa de la señora Catalina Grana-
dos de Esmahan, que antes fue de Rachid Esmahan. En este solar hay
construida una casa de Tejas y paredes de bahareque, que ocupa toda la
extensión del rumbo Oriente del inmueble, en su interior tiene mediagua
del mismo material. El Inmueble así descrito según medidas lineales
tiene un área de SETECIENTOS TRECE METROS CUADRADOS
SESENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS NOVENTA Y
OCHO CENTIMETROS CUADRADOS CINCUENTA MILIMETROS
CUADRADOS. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor
de la Sociedad MULTIMART DE CENTROAMERICA SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia MULTIMART,
S.A. DE C.V. bajo el número CINCUENTA Y OCHO del Libro MIL
TRESCIENTOS SEIS, de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas del Departamento de Usulután, SEGUNDO INMUEBLE:
"Un solar urbano, situado en la Cuarta Avenida Norte, número siete, del
Barrio La Parroquia, de Usulután, y tiene un área de TRESCIENTOS
CATORCE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
especiales siguientes: AL ORIENTE, trece metros, Cuarta Avenida Norte
de por medio, con solares y casas de Haydee Inés de Martínez, Elvira
Munguía de Osegueda y Amanda del Pilar Osorio de Domínguez; AL
NORTE, veintiséis metros, con solar de José Infantozzi Aparicio conocido
por José Infantozzi; AL PONIENTE, once metros ochenta y siete centí-
metros, solar de José Infantozzi Aparicio, conocido por José Infantozzi,
mojones de por medio; y AL SUR, veintiséis metros, con solar y casa
de la sucesión de Juliana Osegueda de Machuca, representada por Juan
Raúl Machuca Osegueda, pared de adobe de por medio del colindante,
los colindantes son de la Jurisdicción de Usulután y de esta ciudad. El
inmueble antes descrito se encuentra Inscrito a favor de la Sociedad
MULTIMART DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que se abrevia MULTIMART, S.A. DE C.V.,
bajo el número CINCUENTA Y NUEVE del Libro MIL TRESCIENTOS
SEIS, de Propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del
Departamento de Usulután, TERCER INMUEBLE: ''Una casa de tejas
con su correspondiente solar urbano, situado en el centro de la ciudad
de Usulután, distrito y Departamento de Usulután de las dimensiones y
linderos siguientes: AL NORTE, veintinueve metros doce centímetros,
solar y casa que fue de Florencia y Rosa Sánchez, Mercedes y Refugio
Pineda hoy de Ramón Pineda Sánchez, siguiendo la línea se parte al sur,
mide en este trayecto siete metros sesenta y dos centímetros, de aquí se
parte la línea al Oriente y se mide en esta parte cinco metros setenta y
cinco centímetros, linda en estas dos últimas partes solares y casa de la
señora Virginia Díaz, antes de Carmen Piche de Díaz; AL ORIENTE,
veintiséis metros ochenta y cinco centímetros en línea recta con el resto
del terreno de donde se desmembró esta propiedad de Rachid Esmahan;
AL SUR, treinta y cuatro metros, veintitrés centímetros, en línea recta,
solares y casas que fueron del Doctor Tomás Miguel Jovel hoy de Elías
Handal y Raúl Munguía, que antes fue de Miguel Guiseppe Meardi; y
AL PONIENTE, treinta metros noventa y cinco centímetros, linda con
el parque de la ciudad de Usulután, mediando un pequeño espacio, en
él hay construidas además de la casa, una mediaguas de tejas y paredes
de adobe. El inmueble antes descrito tiene una superfi cie aproximada
de MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y TRES
METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A UN MIL SETECIEN-
TAS VARAS CUADRADAS.'' El inmueble antes descrito se encuentra
Inscrito a favor de la Sociedad MULTIMART DE CENTROAMERICA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia
MULTIMART, S.A. DE C.V., bajo el número CINCUENTA del Libro
MIL TRESCIENTOS SEIS, de Propiedad del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas del Departamento de Usulután.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta
que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad, NIT
y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,
cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento
similar.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL;
San Salvador, a las nueve horas del día veintiséis de julio de dos mil
diez.- LICDA. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. OSCAR EMILIO ZETINO
URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006309-1
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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL
DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTAN, al público para
los efectos de ley.
HACE SABER: Que por ejecución seguida por el Licenciado
Américo Giovanni Mejía Guevara en su calidad de Apoderado General
Judicial de la Caja de Crédito de Berlín, Sociedad Cooperativa de Res-
ponsabilidad Limitada de Capital Variable contra la demandada señora
Alba Margarita Argueta Flores por reclamo de cantidad de dinero; se
han señalado las ONCE HORAS del día VEINTIOCHO DE FEBRERO
del presente año para la venta en pública subasta en este Tribunal sobre
un terreno de naturaleza rústica, situado en la jurisdicción de Santia-
go de María, dentro de la Finca Montebello, y que dicho predio está
dentro de la Lotifi cación Montebello I, y que según plano respectivo
aparece marcado como LOTE NUMERO TRES DEL POLIGONO
OCHO, de la extensión superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y
TRES PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS equivalentes a
TRESCIENTAS TREINTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y SEIS
VARAS CUADRADAS tiene las medidas y colindancias especiales
siguientes: AL NORTE, diez metros, con zona verde de Lotifi cación
Montebello; AL ORIENTE, veinticuatro metros, treinta y un centímetros,
con lote número cuatro del mismo polígono ocho hoy de Ana Celia de
Iglesias; AL SUR, nueve ochenta y siete centímetros, con Lotifi cación
Gutiérrez, Segunda Calle Poniente de por medio; y AL PONIENTE,
veintidós metros, cuarenta y siete centímetros, con lote número dos del
mismo Polígono ocho, hoy de Prisila de Laínez.- En dicho predio así
descrito tiene en la actualidad una casa de sistema mixto de cincuenta y
cuatro metros cuadrados de extensión, una galera sobre horcones techo
de lámina de veintiocho metros de largo por cuatro metros de ancho;
es decir de ciento doce metros cuadrados de extensión.- El Inmueble
que aún no está Inscrito a su favor por haberse otorgado la respectiva
Escritura de Compra Venta a su favor en esta ciudad a las ocho horas
de este día ante mis Ofi cios Notariales, pero es inscribible por estar
inscrito su antecedente en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Segunda Sección de Oriente del Departamento de Usulután, bajo
el Sistema de Folio Real Automatizado en la Matrícula Número SIETE
CINCO CERO CUATRO OCHO CERO SEIS CINCO GUION CERO
CERO CERO CERO CERO ASIENTO CUATRO, y está valuado en
la cantidad de NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, y no se admitirán posturas por nada menos de las dos
terceras partes de su valúo.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Berlín, a las catorce horas y cincuenta minutos del día siete de Febrero
de dos mil once.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE
GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ANA MARGA-
RITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIO.
3 v. alt. No. F047901-1
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución proveída por este Juzgado,
a las doce horas del día uno de los corrientes, en el Juicio Ejecutivo Civil
promovido por el señor ROBERTO MONTERROZA VIDAL, en contra
del señor ANTONIO AGRIPINO GONZALEZ NOLASCO, se venderá
en PUBLICA SUBASTA y en fecha que oportunamente se señalará el
bien inmueble de las siguientes características: de naturaleza rústica,
situado en Cantón San Jerónimo de esta comprensión, desmembrado
al rumbo oriente de otro de mayor extensión, de un área superfi cial de
TRESCIENTOS SIETE PUNTO CERO DOS METROS CUADRADOS,
que mide y linda: AL ORIENTE, un tramo recto de cuarenta metros y
linda con José María Orellana; AL NORTE, un tramo recto de tres punto
cincuenta metros con propiedad que fue de Efraín Guerra Berganza, cono-
cido por Efraín Berganza, actualmente de Mariela Berganza de Martínez;
AL PONIENTE, un tramo recto de cuarenta punto catorce metros con
terreno que se reservó la señora Ana Clove Nolasco de González, hoy
viuda de González; y AL SUR, un tramo recto de doce metros, linda en
parte con terreno que fue de Reyes Gilberto Meza, conocido por Gilberto
Reyes Meza, que antes fue de María Luisa Urrutia Flores, actualmente
de Rosa Lidia Orellana, y con solar propio de Gilberto Orellana, calle
de por medio.- Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor
ANTONIO AGRIPINO GONZALEZ NOLASCO, bajo la matrícula
DOS CERO UNO UNO CINCO SIETE SIETE SIETE-CERO CERO
CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Primera Sección de Occidente.
Servirá de base para el remate de los bienes muebles e inmuebles
a subastar las dos terceras partes de su valúo y se admitirán posturas que
sean legales.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con
quince minutos del día dieciséis de febrero del dos mil once.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047911-1
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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en virtud de ejecución seguida por la Licda.
MARTA MIRNA QUEZADA ZEPEDA o MARTA MIRNA QUEZADA
DE FLORES en su carácter personal, en contra de CRUZ DEL TRAN-
SITO CABRERA ALVAREZ; Exp. No. 850-09, reclamándole suma de
dinero, intereses y costas procesales, se venderá en PUBLICA SUBASTA
en este Juzgado situado en la Catorce Avenida Sur, entre Veintisiete y
Veintinueve Calle Poniente de esta ciudad, el día y por el precio que
oportunamente se determinará el inmueble de naturaleza rústica, inculto,
desmembrado del inmueble denominado como fi nca "OLIMPIA", situado
en el Cantón Portezuelo, de esta jurisdicción, marcado en el plano de
lotifi cación respectiva como lote número cuatro del polígono “a” de una
extensión superfi cial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS
CUADRADOS, EQUIVALENTES A QUINIENTAS DOS PUNTO
VEINTIUNA VARAS CUADRADAS, con las medidas y linderos es-
peciales siguientes: AL NORTE, once metros setenta centímetros, con
lote número doce del mismo polígono “B” vendido a don José Beltrán
Hidalgo, pasaje uno de la Lotifi cación de por medio; AL SUR, once
metros setenta centímetros, con lote número cinco del Polígono “A”
vendido a Romero Obdulio Granadino Mena, AL ORIENTE, treinta
metros con terrenos de Don Rigoberto Rodríguez y con terreno de Don
José Tomás Pacas Méndez, o sea los lotes números dos y tres del mismo
polígono “A” y AL PONIENTE: treinta metros con lote número seis,
del polígono “A”, vendido a doña Blanca Azucena Ayala de Gómez.
Inscrito a favor de la ejecutada al número 20060205-00000. del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente de
este Departamento.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las nueve horas del día once de febrero del año dos mil once.-
LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE
LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS POLANCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047927-1
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-
TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL,
promovido por el Licenciado JOSÉ ANGEL GÓMEZ LARIOS, mayor
de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado General Judicial
del BANCO PROMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este domicilio,
contra la Sociedad CONSTRUCTORA URBANIZADORA A NIVEL
NACIONAL,SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que puede abreviarse COUAN, S.A. DE C.V.” del domicilio de San
Salvador, y del señor JUAN ANTONIO GAITAN CASTRO, mayor de
edad, Ingeniero Civil, de los domicilios de Antiguo Cuscatlán y de las
Ciudades de San Salvador y San Miguel, se venderá en pública subasta
en este Tribunal, en fecha que más adelante se especifi cará, CUATRO
INMUEBLES: PRIMERO: un inmueble de naturaleza urbana, situado
en el Cantón Zamora de la Ciudad y Departamento de San Miguel,
identifi cado como Lote número veinticuatro del Polígono G-Uno, de
la Urbanización Ciudad Satélite de Oriente, Primera Etapa, cuya des-
cripción es la siguiente: partiendo de la intersección de los ejes de la
Avenida Géminis y Calle Saturno, sobre el eje de está última medimos
una distancia de setenta y dos punto cincuenta metros, con rumbo Nor-
te, ochenta grados, cero cero punto cero minutos Este, luego con una
defl exión de noventa grados a la izquierda, medimos una distancia de
tres punto cincuenta metros, llegando al mojón uno del lote a describir
cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL PONIENTE, línea recta
compuesta por un solo tramo que mide quince punto cero cero metros,
con rumbo Norte diez grados cero cero punto cero minutos Oeste,
lindando con lote número veinticinco del Polígono G-Uno de la misma
Urbanización; AL NORTE, línea compuesta por un solo tramo que mide
seis punto cero cero metros con rumbo Norte ochenta grados cero cero
punto cero minutos Este, lindando con lote número once del polígono
G-Uno de la misma Urbanización; AL ORIENTE. Línea recta compuesta
por un solo tramo que mide quince punto cero cero metros, con rumbo
Sur diez grados cero cero punto cero minutos Este, lindando con lote
número veintitrés del polígono G-Uno de la misma Urbanización; AL
SUR, línea recta, compuesta por un solo tramo que mide seis punto cero
cero metros con rumbo Sur ochenta grados cero cero punto cero minutos
Este, lindando con lote número once del Polígono G-dos de la misma
Urbanización, Calle Saturno de por medio, el lote así descrito tiene un
ÁREA de noventa punto cero cero metros cuadrados, equivalentes a
ciento veintiocho punto setenta y siete Varas Cuadradas. Dicho inmue-
ble se encuentra inscrito a favor de la sociedad CONSTRUCTORA
URBANIZADORA A NIVEL NACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia COUAN, S.A. DE C.V., en
el Sistema de Folio Real computarizado Matrícula OCHO CERO CERO
CINCO NUEVE SEIS SEIS SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
de Oriente, del Departamento de San Miguel; SEGUNDO: Derecho
Proindiviso equivalente a once punto once por ciento de un inmueble
de naturaleza rústica, que forma parte de la Hacienda Santa Lucía,
situado en el Cantón Las Lomitas, de la jurisdicción, Distrito, Ciudad y
Departamento de San Miguel, de la capacidad de seis manzanas, o sean
cuatro Hectáreas Veinte Áreas, lindando: AL ORIENTE: con terreno de
Magdalena Zelaya; AL NORTE: con el mismo terreno en parte y resto de
Cipriano Gavidia; AL PONIENTE: Callejón de por medio con terreno
de Jorge Garay Guandique; y AL SUR: con terreno de Heriberto Gaitán,
Callejón de por medio, que dicho inmueble carece de cultivos. Dicho
inmueble se encuentra inscrito a favor del señor JUAN ANTONIO
GAITAN CASTRO y otros, en el sistema de folio Real Automatizado
Matrícula Número OCHO CERO CERO CINCO NUEVE SIETE UNO
SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, del Departamento
de San Miguel; TERCERO: Derecho Proindiviso equivalente al once
punto once por ciento de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el
Cantón Las Lomitas, de la Jurisdicción, Distrito, Ciudad y Departamento
de San Miguel y que forma parte de la Hacienda Santa Lucía, de treinta y
cuatro manzanas de superfi cie o sea veintitrés Hectáreas Ochenta Áreas,
lindando; AL ORIENTE: con terreno de Julián Montoya cruzado en parte
y en otra parte con terreno de María Emma Oliva; AL NORTE: con
terreno de Ildefonsa Zelaya; AL PONIENTE: con terreno de Francisco
Sánchez; y AL SUR: con terreno de Efraín López, estando cercado este
terreno con cerco de alambre por sus cuatro rumbos y contiene como
accesorios una cada con techo de teja, paredes de bahareque de ocho
metros de largo por seis metros de ancho, con corredores a los rumbos
Norte, Oriente y Sur; dicho inmueble se encuenta inscrito a favor del
señor JUAN ANTONIO GAITAN CASTRO y otros, en el sistema de
Folio Real Computarizado en la Matrícula Número OCHO CERO CERO
CINCO NUEVE SIETE CERO DOS- CERO CERO CERO CERO
CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sec-
ción de Oriente, del Departamento de San Miguel; CUARTO: Derecho
Proindiviso equivalente a Cinco Punto Cincuenta y Seis por Ciento de un
inmueble de naturaleza urbana, situado en la Urbanización Metrópolis
y diagonal Arturo Romero, del Cantón de Zacamil en el Municipio de
Mejicanos del Departamento de San Salvador, identifi cado como lote
número diez, de un Área de Doscientos diecisiete punto Cuarenta y
Cuatro metros cuadrados, el que mide: AL NORTE: nueve punto cero
cero metros; AL SUR: nueve punto cero cero metros; AL ORIENTE:
veinticuatro punto dieciséis metros; AL PONIENTE: veinticuatro pun-
to dieciséis metros. Dicho inmueble se encuentra inscrito, a favor del
señor JUAN ANTONIO GAITAN CASTRO y otros, en el sistema de
Folio Real Computarizado en la Matrícula Número SEIS CERO CERO
CINCO UNO TRES TRES CERO-CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, del Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil; San Salvador, a
las diez horas y cinco minutos del día seis de enero de dos mil once.
LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO
MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SE-
CRETARIO JUDICIAL COORDINADOR.
3 v. alt. No. F047932-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.-
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal pro-
movido inicialmente por la Licenciada Mercedes Carolina Rodríguez
Aviles y continuado por el Licenciado Rafael Ernesto Andrade Peñate
como Apoderado General Judicial de Scotiabank El Salvador, Sociedad
Anónima contra los señores Roxana Patricia Ardon de Caceres y Mauricio
Ernesto Cáceres Reyes, se venderá en este Juzgado en pública subasta
y en fecha oportuna el siguiente inmueble:""''''''De naturaleza rústica
hoy urbano, situado en jurisdicción de Sonzacate de este departamento,
desmembrado de otro mayor denominada Urbanización La Pradera y
formado por los lotes números UNO y DOS del Block "C", que forman
un solo cuerpo y sus medidas y colindancias son las siguientes: al NOR-
TE, diez metros linda con la Administración Nacional de Acueductos y
Alcantarillados; al SUR, dieciocho punto noventa y seis metros, linda
con sucesión Pasasi; al ORIENTE, treinta y cinco punto cuarenta y dos
metros, linda con lote números uno del block "A" y dos del block "B",
calle de por medio y al PONIENTE, treinta y siete punto cuarenta y tres
metros, linda con propiedad de la señora María Esperanza García.- Los
lotes descritos tienen una superfi cie de seiscientos veintiocho punto setenta
y cinco metros cuadrados, equivalentes a ochocientos noventa y nueve
punto sesenta y una varas cuadradas.- Todos los lotes colindantes forman
parte de la misma Urbanización, propiedad de la Sociedad Cooperativa
Ganadera de Sonsonate de Responsabilidad Limitada.-
Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este
Departamento bajo la matrícula número UNO CERO CERO CERO
UNO SIETE SIETE SEIS- CERO CERO CERO CERO CERO Asiento
OCHO, a favor de los referidos deudores.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas treinta minutos
del día cuatro de noviembre del dos mil diez.- DR. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047989-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO:
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por
el Licenciado Rafael Ernesto Andrade Peñate como Apoderado de
SCOTIABANK EL SALVADOR, Sociedad Anónima, antes Banco
de Comercio de El Salvador, Sociedad Anónima, éste absorbido por el
primero según escritura de fusión; contra la señora Marta Ivania Rivas,
se venderá en este Juzgado en pública subasta y en fecha oportuna, el
siguiente inmueble"""""""''''''': Un terreno de naturaleza rústica, antes,
hoy urbano, situado en la Colonia Santa Marta de la ciudad de Sonsonate,
identifi cado como segundo lote, ubicado hacia el Nor-Este que mide y
linda especialmente: NORTE: diez varas cincuenta centímetros o sea
ocho metros setecientos setenta y ocho milímetros, linda con lote que
era de Juan Ramírez, hoy de Leoncia Torres, primera calle de por medio.
AL ORIENTE: cuarenta y ocho metros, igual a cincuenta y siete Varas
cuatrocientos dieciséis milímetros, linda con lote que era de Carolina de
Herrera, hoy del Doctor José Alberto Herrera. AL SUR: mide diez varas
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cincuenta centímetros, equivalentes a ocho metros setecientos setenta y
ocho milímetros, linda con lote cuatro. AL PONIENTE: cincuenta metros
dieciséis centímetros, con el primer lote adjudicado a don Alfonso Méndez,
conocido por Alfonso Menéndez Méndez. Tiene un área según medidas
líneales de SEISCIENTAS DOS VARAS CUADRADAS OCHENTA
Y SEIS DECIMETROS OCHENTA CENTIMETROS, equivalentes a
CUATROCIENTOS TREINTA METROS OCHENTA Y DOS DECI-
METROS CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS, el
lote descrito es sirviente a los lotes tercero y cuarto para poder salir a la
Primera Calle de la Colonia de por medio. Inscrito a favor de la Ejecutada
bajo la Matrícula Número UNO CERO CERO SIETE CERO CINCO
NUEVE SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Sonsonate.-
Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de
Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día catorce
de Diciembre del año dos mil diez.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047991-1
REPOSICION DE CERTIFICADOS
AVISO
Banco HSBC Salvadoreño, S.A. al público
HACE SABER: Que se ha presentado parte interesada a notifi car
a estas ofi cinas ubicadas en Avenida Olímpica # 3550, San Salvador, el
extravío de Certifi cados de Acciones a nombre de Olga Elizabeth Saca de
Zablah, Certifi cado No. 9,969 por 14 acciones numeradas del 3,890,320
al 3,890.333 y Certifi cado No.11,905 por 5 acciones numeradas del
4,654,576 al 4,654.580 inscritas en el Libro de Accionistas que lleva la
Sociedad, por lo cual solicita su reposición.
San Salvador, a los nueve días del mes de marzo del 2011.
Ing. GERARDO JOSE SIMAN SIRI,
PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F047906-1
AVISO
La Sociedad COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que
puede abreviarse CTE, S.A. de C. V., COMUNICA: Que a sus ofi cinas
se ha presentado el señor Guadalupe Alfaro Reyes, mayor de edad de
ocupación Comerciante y del domicilio de San Miguel, departamento
de San Miguel, en su calidad de propietario del certifi cado de acciones #
24704, emitido el día 19 de enero del año 2005 por la referida sociedad,
el cual ampara un total de 250 acciones comunes y nominativas por
un monto de CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA 00/100
DÓLARES ($4,750.00), solicitando la reposición de dicho certifi cado
por habérsele extraviado.-
En consecuencia de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto
en los Arts. 311, 486 y 932 del Código de Comercio, se hace del co-
nocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos
treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición
se procederá a reponer el certifi cado de acciones en referencia.
San Salvador, a los 21 días del mes de febrero del año 2011.
ING. ENRIQUE ANTONIO LUNA ROSHARDT,
APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO,
DE CTE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F047929-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia ESCALON se ha presentado el
propietario del certifi cado No. 1819487452 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 27 de febrero de 2009, a 180 días prorrogables, solicitando
la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F047998-1
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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia AHUACHAPAN, se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 8713470911 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 06 de noviembre de 2007, a 360 días prorrogables, solicitan-do la reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048001-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL CENTRO, se ha pre-sentado el propietario del Certifi cado No. 8395472152 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 29 de octubre de 2004, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del cono-cimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048002-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia UNICENTRO, se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 1219493386 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 12 de abril de 1999, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048003-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia PLAZA MERLIOT, se ha presentado
el propietario del Certifi cado No. 18901 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 16 de marzo de 2010 a 120 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048004-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN BENITO, se ha presentado el
propietario del Certifi cado No. 585393 del Depósito a Plazo Fijo apertura
do el 24 de noviembre de 2008, a 90 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048005-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia LA UNION, se ha presentado el pro-pietario del Certifi cado No. 20910 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 07 de junio de 2010, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048006-1
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.
AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL, se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 569630 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 12 de abril de 2010, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 10 de marzo de 2011.
LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F048007-1
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2011107691
No. de Presentación: 20110148342
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTI-CIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BESUEBRUJA
Consistente en: La expresión BESUEBRUJA, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y DE CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006284-1
TÍTULO MUNICIPAL
JOSÉ VICENTE ARGUETA MÁRQUEZ, Alcalde Municipal de Joateca, Departamento de Morazán, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licencia-do HÉCTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado de la señora MARÍA ÁNGELA ARGUETA PEREIRA, de cincuenta y cinco años de edad, ama de casa, de este domicilio, solicitándome TÍTULO MUNICIPAL de una porción de terreno de naturaleza urbana, situada en Barrio El Porvenir, de este Municipio, de la extensión superfi cial de CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO UN MIL DOS-CIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide trece punto noventa metros, colinda con terreno de la señora Ilda Concepción Argueta de Ramos; AL NORTE, mide treinta punto veinte metros, colinda con terreno del
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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
señor Modesto Chicas Argueta; AL PONIENTE, mide dieciocho punto sesenta metros, colinda con terreno de la señora Amalia Argueta, Calle Pública de por medio; y AL SUR, mide veintitrés punto sesenta metros, colinda con terreno de la señora Antonia Torres. En la porción de terreno anteriormente descrita existe construida una casa. La Titulante ejerce posesión de dicho inmueble por más de DIEZ AÑOS, sumado al tiempo de sus antecesores, el predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales que pertenezca a otra persona o que deba respetarse, y no se encuentra en proindivisión con nadie, lo adquirió la Titulante por escritura pública de Compraventa de Posesión Material, otorgada a su favor, por la señora Crecencia del Carmen Pereira de Ar-gueta, en la ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a las nueve horas con treinta minutos del día diecinueve de julio del año dos mil diez, ante los ofi cios del Notario Héctor Arturo Bonilla Chicas. Inmueble que valora en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo que aviso al público para los efectos legales.
Librado en la Alcaldía Municipal de Joateca, Departamento de Morazán, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil once.- JOSÉ VICENTE ARGUETA MÁRQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. YESSICA LISSETH ARGUETA RAMOS, SECRETARIA MUNICI-PAL INTERINA.
3 v. alt. No. F047875-1
TÍTULO DE PREDIO URBANO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que el señor FABIÁN GUEVARA, de sesenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio de Sensuntepeque, y con Documento Único de Identidad número cero cero ocho cero tres seis seis seis - cinco y número de Identifi cación Tributaria cero nueve cero nueve - dos cuatro cero nueve cuatro tres - uno cero dos - cuatro; y de conformidad al Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos; solicita Título de un inmueble de naturaleza urbana situado en Quinta Avenida Sur, Colonia El Moidán, Barrio El Calvario, de la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: once punto veintidós metros, colindando con Ignacio Novoa, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe y con pasaje de por medio, con un ancho de tres punto veinte metros; AL SUR: diecisiete punto noventa y dos metros, colindando con Rosa Bárbara Ramos, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; AL PONIENTE: diez punto sesenta y cuatro metros, colindando con Roberto Lara, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe; y AL NORTE: dos tramos: tramo uno, con una distancia seis punto ochenta y dos metros; y tramo dos, con una distancia de doce punto cero cinco metros, colindando con Ventura Soriano, con pared de ladrillo propia del inmueble que se describe. Posee como accesorio construida una vivienda de tipo mixta, techo de teja y madera, piso de ladrillo de cemento y cuenta con los servicios de energía eléctrica, y agua potable. El inmueble antes descrito lo estima en DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA. Y lo obtuvo por compra que hizo a María Dilia Guevara Hidalgo. Su posesión es exclusiva y sumada con la de sus antecesores resulta ser de más de diez años, ejercida en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. No es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas, ni gravámenes de ninguna naturaleza a favor de terceros.
Se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siete de febrero de dos mil once.- ING. JESUS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006287-1
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2010106098
No. de Presentación: 20100145321
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNANDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERA-DO de MAS NATURAL SALUD Y BIENESTAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
OXI CHILDREN
Consistente en: las palabras OXI CHILDREN, la palabra CHILDREN se traduce al castellano como NIÑOS, que servirá para: AMPARAR: SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, SUPLEMENTOS DIETÉTICOS NUTRICIONALES; FIBRAS DIETÉTICAS PARA USARSE COMO ADITIVO PARA PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SUPLEMENTO ALIMENTICIO. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día siete de diciembre del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de marzo del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047939-1
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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ACEPTACION DE HERENCIA
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADO RODRIGO
ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, AL PÚBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada a las ocho horas treinta
y cinco minutos del día uno de marzo del corriente año, en las Diligencias
de Aceptación de Herencia Testamentaria promovida por la Licenciada
ANA CRISTINA ARGUETA MORAN, en calidad de Apoderada
General Judicial del señor RODIN ALFREDO ARGUETA MORAN,
clasifi cado bajo el Número Único de Expediente 00078-11-DV-2CM1,
se ha tenido por aceptada interinamente y con benefi cio de inventario
por parte del señor RODIN ALFREDO ARGUETA MORAN, de los
bienes que a su defunción dejara la causante MARTA CRISTINA
MORÁN DE AVELAR; quien al momento de fallecer era de cincuenta
y cinco años de edad, cosmetóloga, casada, habiendo fallecido a las
quince horas del día diecinueve de septiembre del año dos mil tres a
causa de un tumor cerebral, habiendo sido el barrio San Sebastián de
esta ciudad su último domicilio. Al aceptante señor RODIN ALFREDO
ARGUETA MORAN, en su calidad de heredero universal, se le confi ere
interinamente la administración y representación de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que
se crea con derecho a la sucesión, se presente a este juzgado a deducirlo
dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de
este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-
CANTIL: Santa Ana, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos día uno
de marzo de dos mil once. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE
AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA
ANA. LIC. JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006234-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.-
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
quince horas y siete minutos del día veinticinco de febrero del presente
año se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,
la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor GUSTAVO
CORNEJO, de setenta y dos años de edad, zapatero, soltero, fallecido
el día catorce de agosto de mil novecientos ochenta y nueve, siendo la
ciudad de Apopa su último domicilio de parte del señor RAFAEL AN-
TONIO HERNÁNDEZ CORNEJO, de cincuenta y seis años de edad,
empleado, del domicilio de Apopa, en calidad de hijo del causante, y
como Cesionario de los Derechos Hereditarios que les correspondían a
los señores: BERTA ALICIA CORNEJO HERNÁNDEZ y GUSTAVO
MARIO CORNEJO GONZÁLEZ, como hijos del De Cujus.-
Y se le confi rió al aceptante en el carácter indicado, la administración
y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas y
once minutos del día veinticinco de febrero del año dos mil once.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL. LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006241-2
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO DE SAN MIGUEL, al público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las trece horas con cuarenta y cinco minutos del día dos de marzo de dos mil once, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su de-función dejó el señor SANTANA IGLESIAS MEDINA, conocido por SANTANA IGLESIAS, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, y falleció a las cinco horas cuarenta y cinco minutos del día primero de septiembre de dos mil diez, siendo la ciudad de Sesori, departamento de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA ERMELINDA VILLACORTA VIUDA DE IGLESIAS, co-nocida por MARIA ERLINDA VILLACORTA DE IGLESIAS, como cónyuge del causante y cesionaria de los derechos hereditarios de los señores KARINA LISSETH, JUAN DANIEL, JORGE SANTANA y JUAN CARLOS todos de apellidos IGLESIAS VILLACORTA, hijos del causante. Confi riéndosele a la aceptante la administración y represen-tación INTERINA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Representada en estas diligencias la aceptante por el Licenciado ELISEO BENITEZ ULLOA. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL; San Miguel, a las trece horas con cuarenta y ocho minutos del día dos de marzo de dos mil once.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047534-2
LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia Suplente de este Distrito, AL PUBLICO: para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las once horas y cinco minutos del día veintidós de febrero de dos mil once; SE HA
DE SEGUNDA PUBLICACIÓN
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163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día diecinueve de julio de dos mil diez, dejó el señor SALVADOR SANCHEZ CORVERA, de parte de las señoras MARIA LUISA SANCHEZ y MARIA ISABEL SANCHEZ AGUILAR como Herederas Testamentarias por medio de su Apoderado General Judicial, abogado GILBERTO GONZALEZ SANCHEZ, confi riéndosele a las aceptantes la administración y repre-sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.-
Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a las catorce horas y cuarenta minutos del día veintidós de febrero de dos mil once.- LIC. CARLOS SANCHEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047606-2
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, al público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de Febrero de dos mil once, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ALFREDO LOPEZ MACHUCA; quien fue de cuarenta y un años de edad, fallecido el día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y nueve, siendo la ciudad de Chapeltique, departamento de San Miguel el lugar de su último domicilio, de parte de la señora GILMA ESTELA LOPEZ PARADA, en calidad de hija del causante. Confi riéndosele a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, representada en estas diligencias por el licenciado HIMMER AXEL MEMBREÑO LOPEZ. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL; San Miguel, a las once horas con cuarenta y seis minutos del día diecisiete de febrero de dos mil once.- LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047613-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-
PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS
DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a
las once horas y treinta minutos del día seis de Enero del dos mil once,
SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BE-
NEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su
defunción dejó el causante LUIS ORELLANA, de parte de los señores
LUIS BELTRAN ORELLANA AMAYA, de sesenta y cinco años de
edad, Pastor Evangélico, con Documento Unico de Identidad Número
cero dos millones ciento cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa
y cinco guión nueve; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un
mil trescientos siete guión ciento veintiún mil cuarenta y cuatro guión
cero cero uno guión tres; DIMAS ANTONIO ORELLANA AMAYA,
de sesenta y tres años de edad, artesano, con Documento Único de Iden-
tidad Número cero dos millones noventa y siete mil doscientos ochenta
y siete guión nueve; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un
mil trescientos siete guión cero setenta mil cuatrocientos cuarenta y siete
guión ciento uno guión cuatro; TRINIDAD ORELLANA VIUDA DE
ROMERO, de sesenta y ocho años de edad, de Ofi cios Domésticos, con
Documento Único de Identidad Número cero un millón setenta y ocho
mil setecientos noventa y nueve guión siete; y Tarjeta de Identifi cación
Tributaria Número un mil trescientos siete guión trescientos diez mil
quinientos cuarenta y dos guión ciento uno guión seis; ELIA DE JESUS
ORELLANA DE ALVAREZ, de setenta años de edad, ama de casa, con
Documento Único de Identidad Número cero cero trescientos noventa
y siete mil doscientos cuarenta guión cero; y Tarjeta de Identifi cación
Tributaria Número un mil trescientos siete guión cero noventa mil dos-
cientos cuarenta guión ciento uno guión tres; ANA LUZ ORELLANA
DE ROMERO, de sesenta y un años de edad, de ofi cios domésticos,
con Documento Único de Identidad Número cero cero ochocientos
treinta y cinco mil setecientos treinta y tres guión ocho; y Tarjeta de
Identifi cación Tributaria Número un mil trescientos siete doscientos
treinta mil cuatrocientos cuarenta y nueve guión cero cero uno guión
uno; PEDRO ROSARIO ORELLANA AMAYA, de cincuenta y ocho
años de edad, empleado, del domicilio de Mejicanos, Departamento de
San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero cero
novecientos cincuenta y cuatro mil cuarenta y seis guión cinco; y Tar-
jeta de Identifi cación Tributaria Número un mil trescientos siete guión
ciento treinta mil quinientos cincuenta y dos guión cero cero uno guión
dos; por Derecho Propio que les corresponde en calidad de hijos del
causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y un años
de edad, agricultor en pequeño, casado, originario de Villa El Rosario,
Morazán, hijo de AURELIANO ORELLANA y LUCIA URBINA;
falleció el día diecinueve de mayo de mil novecientos ochenta y uno,
en Villa El Rosario, Morazán siendo en este lugar su último domicilio.
Se le Confi rió a los aceptantes antes mencionados y en la forma esta-
blecida, la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, Morazán, a los diez días del mes de enero del dos mil
once.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE
1ª INSTANCIA.- LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047614-2
RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE ARMENIA,
HACE SABER: Que a las ocho horas y cincuenta minutos de este día
se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con
benefi cio de inventario la herencia testamentaria dejada por el señor JOSE
JULIO ISRRAEL LOBATO, quien fue conocido por JULIO ISRAEL
LOVATO MEJIA cuyo óbito ocurrió en Colonia "Llano Verde", Cantón
"Las Flores", jurisdicción de Jayaque, Departamento de La Libertad, el día
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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
13 de octubre del año dos mil nueve, siendo éste su último domicilio, de
parte de la señora MARIA IMELDA HERNANDEZ DE LOBATO cono-
cida por MARIA IMELDA HERNANDEZ y los menores OSCAR ODIR
LOVATO HERNANDEZ u OSCAR ODIR LOBATO HERNANDEZ,
DANIEL ERNESTO LOVATO HERNANDEZ o DANIEL ERNESTO
LOBATO HERNANDEZ y DAYSI BEATRIZ LOVATO HERNANDEZ
o DAYSI BEATRIZ LOBATO HERNANDEZ, representados legalmente
por la madre señora MARIA IMELDA HERNANDEZ DE LOBATO,
conocida por MARIA IMELDA HERNANDEZ, todos como herederos
testamentarios del causante.
SE LES CONFIRIO A LOS HEREDEROS DECLARADOS EN
EL CONCEPTO INDICADO LA ADMINISTRACION Y REPRESEN-
TACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS FACULTADES
Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA HERENCIA
YACENTE.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,
al primer día del mes de febrero del año dos mil once.- LIC. RAMON
HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-
LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047661-2
TITULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora
JOSEFINA CHOPIN HERNANDEZ, de cincuenta y cuatro años de edad,
de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Apastepeque, Departamento
de San Vicente, con Documento Único de Identidad número: cero uno
cinco cuatro cinco seis cinco nueve-uno, y con Tarjeta de Identifi cación
Tributaria Número: uno cero cero uno-dos cero cero siete cinco seis-uno
cero uno-dos, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD Y
DOMINIO de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el Barrio El
Calvario, Final Primera Avenida Norte, pasaje Santa Rita, Jurisdicción
de Apastepeque, Departamento de San Vicente de una EXTENSION
SUPERFICIAL DE DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y
SIETE PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de los
linderos siguientes: AL NORTE: está formado por dos tramos, siendo
su punto de partida del mojón uno al mojón dos con una distancia
de treinta y un metros exactos; del mojón dos al mojón tres con una
distancia de diecisiete punto setenta y tres metros, linda con terreno de
la sucesión de Ulises Rosales y otros, hoy de Teresa de Jesús Melara
Palacios y José Eugenio Barahona Pino, camino vecinal de por medio
y cerco de alambre propio; AL ORIENTE: formado por dos tramos del
mojón tres al mojón cuatro con una distancia de veintiséis punto setenta
y ocho metros; del mojón cuatro al mojón cinco con una distancia de
treinta punto dieciséis metros; linda con Emelina Hernández Viuda de
Urquía y Lucía Hernández de Romero, Gertrudis Hernández González,
Adriana Hernández de Orellana, Paula Hernández de Martínez, Elena
Emperatriz Hernández González, cerco de alambre propio; AL SUR:
formado por un tramo del mojón cinco al mojón seis, con una distancia
de treinta y nueve punto noventa y seis metros, linda con José Pilar
Guzmán Rodríguez, cerco de alambre propio; AL PONIENTE: formado
por un tramo del mojón seis al mojón uno, con una distancia de cuarenta
y nueve punto cincuenta y tres metros, linda con terreno de Julio Cesar
Melara hoy de Damián Melara Rosales, camino vecinal de por medio y
cerco de alambre propio, el terreno antes descrito no es sirviente, ni está
en proindivisión y no tiene derechos que pertenezcan a terceras personas;
dicho inmueble lo adquirió por donación de la señora Emelina Hernández
Vda. de Urquía hace más de treinta años, valorándolo en la cantidad de
TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Siendo sus colindantes de este domicilio. Lo hace del conocimiento del
público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Apastepeque, a los un días del mes de Marzo
del año dos mil once.- JUAN PABLO HERRERA RIVAS, ALCALDE
MUNICIPAL.- JACQUELINE L. MONTENEGRO, SECRETARIA
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F047596-2
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor: EDGAR
REYNALDO FLORES MANCIA, de treinta y tres años de edad, Comer-
ciante, del domicilio de La Palma, de este departamento, con Documento
Unico de Identidad número 00920849-3, en nombre y representación
en su calidad Apoderado General Judicial del señor FERNANDO
FLORES OCHOA, quien es de cuarenta y cuatro años de edad, del
domicilio de La Palma, de este departamento, con Documento Unico
de Identidad número 04410500-4; ha solicitado a favor de su mandante
Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbano, situado en
el Barrio El Centro, Calle La Ronda, de la ciudad de La Palma, de este
departamento, de una área de ciento sesenta y cinco metros cuadrados
cuarenta y nueve decímetros cuadrados; y se describe: AL ORIENTE,
mide 12.30 metros y linda con José Linares Rivera y Orlando Ortiz,
calle pública de por medio. AL NORTE, mide 14 metros y linda con
terreno de Andrés Martínez. AL PONIENTE, mide 12.40 metros y linda
con Alex Salguero; y AL SUR, mide 12.80 metros y linda con terreno
de Tito Gutiérrez Carranza. El inmueble contiene una casa de sistema
mixto y lo valúa en CINCO MIL DOLARES DE NORTE AMERICA y
lo adquirió por compra hecha a la señora María Aminta Flores Morales
de Mancía, según escritura pública de compra venta, número TREINTA
Y OCHO, otorgada en la ciudad de La Palma, de este departamento, a
las dieciséis horas del día veinticinco de abril del año mil novecientos
noventa y dos, ante los ofi cios del Notario Salvador Zepeda Carrillo.
No es predio dominante ni sirviente y no tiene cargas o derechos ajenos
algunos de respetar, y no está en proindivisión con nadie.
Publícase para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: La Palma, a los diez días de diciembre del dos
mil diez.- HECTOR ALCIDES HERNANDEZ CHACON, ALCALDE
MUNICIPAL.- TITO AVELIO PERDOMO CONTRERAS, SECRE-
TARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F047647-2
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165DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
TÍTULO DE DOMINIO
EL SUSCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA,
HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado la señora CIRSE
CONCEPCIÓN ALTUVE DE DE LEÓN, de sesenta y cuatro años de
edad, ama de casa, del domicilio de San Pedro Puxtla, departamento de
Ahuachapán, con documento único de identidad número cero dos siete
ocho nueve tres ocho cero - seis y número de identifi cación tributaria
cero uno uno cero - cero siete uno dos cuatro seis - uno cero uno - cero,
SOLICITANDO TÍTULO DE DOMINIO A SU FAVOR, sobre un predio
urbano ubicado en el Barrio El Calvario, Calle Doce Poniente, de esta
villa, de una extensión superfi cial de UN MIL QUINIENTOS TRECE
PUNTO CERO DOS METROS CUADRADOS aproximadamente, de
los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: con parcela número
treinta y uno, propiedad de Gloria Amparo Menéndez de Salguero, calle
de por medio; AL SUR: con parcela número doscientos sesenta y uno
propiedad de Cándida Escobar y con parcela número doscientos setenta
y tres propiedad de la señora Fidelina Martínez; AL ORIENTE, con
parcela número ciento treinta y uno propiedad de las señoras Margoth
Rubenia Vásquez de González y Patricia Marisol Gonzáles Vásquez,
y con parcela número ciento veintinueve propiedad de Teresa Adilia
Castro, ambas parcelas calle de por medio; y AL PONIENTE, con
parcela número doscientos cincuenta y cinco propiedad de los señores
René Arturo Arévalo Magaña y Diana María Arévalo García, calle de
por medio y con la parcela número doscientos cincuenta y tres propiedad
del señor José Luis Mata, calle de por medio. El referido inmueble carece
de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad y lo adquirió por
compraventa realizada a la señora MARCELA QUEVEDO, el día ocho
de enero de mil novecientos noventa y tres ante los ofi cios notariales
del licenciado Héctor Edmundo Castro Pineda, quien en esa fecha era
dueña y poseedora del inmueble en cuestión, siendo de sesenta y siete
años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Pedro Puxtla,
departamento de Ahuachapán, y se identifi caba con su Cédula de Iden-
tidad Personal número once - nueve - cero cero cero ochocientos ocho,
no sobreviviente. La posesión del terreno antes relacionado ha sido de
forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida, teniendo con su antecesora más
de treinta años consecutivos de poseerlo. El inmueble no es dominante, ni
sirviente, no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas,
ni está en proindivisión con nadie. Los colindantes son todos de este
domicilio, y residen en el mismo Barrio El Calvario. Valúa el inmueble
en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL, San Pedro Puxtla, departamento de
Ahuachapán, veinticuatro de enero de dos mil once. LIC. CARLOS
ARMANDO JOMA CABRERA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC.
ELÍAS BENJAMÍN CASTILLO RODRÍGUEZ, SECRETARIO MU-
NICIPAL.
3 v. alt. No. F047554-2
RENOVACION DE MARCAS
No. de Expediente: 1996001985
No. de Presentación: 20100142471
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO
ERNESTO SAMAYOA MARTINEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL
de SOCIEDAD COOPERATIVA GANADERA DE SONSONATE DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, del domicilio de Sonsonate, Depar-
tamento de Sonsonate, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00076 del Libro 00079 de
INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "SUPERJUOO";
que ampara productos comprendidos en la Clase 32 de la Clasifi cación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil diez.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006227-2
No. de Expediente: 1989001258
No. de Presentación: 20110146773
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA
JUDITH MACEDA CHICO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de IREX DE COSTA RICA, SOCIEDAD
ANONIMA, del domicilio de San José, Costa Rica, de nacionalidad
COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción
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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Número 00038 del Libro 00005 de INSCRIPCION DE MARCAS,
consistente en la palabra "ES"; que ampara productos comprendidos en
la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil once.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006240-2
MARCA DE FABRICA
No. de Expediente: 2011107679
No. de Presentación: 20110148328
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YASMIN
ELENA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de RIO
VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: RIO VERDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
CAJAMARCA UNIQUE BLEND
Consistente en: las palabras CAJAMARCA UNIQUE BLEND,
traducidas como CAJAMARCA MEZCLA UNICA, que servirá para:
AMPARAR: CHOCOLATE, CAFE, CAFE SIN TOSTAR, PRODUC-
TOS DE COCOA, BEBIDAS A BASE DE CAFE, BEBIDAS A BASE
DE COCOA, GALLETAS, MIEL, DULCES, SORBETE. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
primero de marzo del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C004858-2
No. de Expediente: 2010104583
No. de Presentación: 20100143048
CLASE: 11.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BAIRON
ENRIQUE RINCAN ALVARADO, en su calidad de APODERADO
de DA YANG, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: DA YANG, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: D y diseño, que servirá para: AMPARAR: VEN-
TILADORES. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos
mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006244-2
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167DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
CONVOCATORIA
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
La Junta Directiva de la Caja de Crédito de San Sebastián, Sociedad
Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-
plimiento al Artículos 224 y 228 del Código de Comercio vigente y de
acuerdo con la Escritura de Modifi cación a la Escritura de Constitución,
que se constituyen en sus Estatutos únicos y vigentes, convoca a los
Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar
Junta General Extraordinaria de Accionistas a partir de las nueve horas del
día diez de abril del año dos mil once, en el local de la Caja de Crédito de
San Sebastián, ubicada en Calle Andrés Molins, Barrio Guadalupe, San
Sebastián, Departamento de San Vicente, El Salvador, C.A., en primera
convocatoria, en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente,
se hace segunda convocatoria para el día diecisiete de abril a la misma
hora y local antes señalado.
Dicha Junta General de Accionistas se constituirá con las formalidades que
establecen las cláusulas DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA TERCERA,
VIGÉSIMA CUARTA VIGÉSIMA QUINTA, VIGÉSIMA SEPTIMA
de la Escritura de Modifi cación a su Escritura de Constitución ya citada
y el Artículo 224 y 228 Sección "C" Capítulo VII, Título II del libro I
del Código de Comercio Vigente, para conocer y resolver los puntos
que contiene la agenda siguiente:
AGENDA
1. Integración del Quórum de Presencia.
2. Establecimiento de Quórum Legal.
3. Apertura de la Sesión.
4. Aprobación de los Estatutos de la Caja de Crédito de San
Sebastián.
El Quórum Legal para resolver los puntos de la Agenda se integrará
de conformidad al artículo 243 del Código de Comercio Vigente y a la
cláusula VIGÉSIMA SEPTIMA de la Escritura de Modifi cación a su
Escritura de Constitución de acuerdo a su pacto social vigente.
San Sebastián, siete de marzo de dos mil once.
NARCISO FABIAN BARQUERO,
DIRECTOR PRESIDENTE.
MAURICIO ARCENIO RIVAS,
DIRECTOR SECRETARIO.
RICARDO CAMPOS MARTINEZ,
DIRECTOR PROPIETARIO.
3 v. alt. No. C006226-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la Sociedad Centro de Maquinaria y Repuestos, S.
A. de C.V., que puede abreviarse Cemar, S.A. de C.V., de este domicilio,
convoca a los señores Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria el día
veinticinco de abril del año dos mil once, a partir de las dieciocho horas
en las instalaciones de la Empresa situadas en el Boulevard Venezuela
un mil ciento treinta y dos en esta ciudad, para conocer los puntos que
se detallan en la siguiente Agenda:
1.- Comprobación del Quórum
2.- Lectura y aprobación de la agenda a desarrollar.
3.- Lectura del acta anterior.
4.- Lectura de la memoria de Labores del año dos mil diez por
el señor Presidente de la Junta Directiva.
5.- Conocimiento y discusión de los Estados Financieros: Ba-
lance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios al
Patrimonio y Flujo de Efectivo del ejercicio que fi nalizó el
treinta y uno de diciembre del año dos mil diez.
6.- Conocimiento del Informe del Auditor Externo del Ejercicio
que fi nalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil
diez.
7.- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emo-
lumentos para el período comprendido del primero de enero
del año dos mil once.
8.- Aplicación de Resultados del ejercicio dos mil diez.
9.- Varios
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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en
primera fecha de la Convocatoria deberá estar representada por lo
menos la mitad más una de las Acciones que tengan derecho a votar y
las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de
votos presentes.
Si no hubiere Quórum en la fecha y hora expresada se convoca
por segunda vez a las dieciocho horas del día veintiséis de abril del año
dos mil once, en el mismo lugar destinado para la primera Convocato-
ria. Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la
Convocatoria por falta de Quórum necesario para hacerlo en la primera,
se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de
Acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de
los votos presentes.
San Salvador, tres de marzo del dos mil once.
JOHN BUCHNER GIBSON,
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.
CENTRO DE MAQUINARIA Y REPUESTOS, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. C006231-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la sociedad AREVALO RENGIFO, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por este medio convoca a todos
sus accionistas, a celebrar Junta General Ordinaria en las ofi cinas situadas
en Setenta y Nueve Avenida Sur y Calle Cuscatlán, Edifi cio Plaza Cristal,
segunda planta, Local número dos-cinco, Colonia Escalón, de esta ciudad,
a las nueve horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil once,
para conocer en Primera Convocatoria la siguiente Agenda:
A) Verifi cación de Quórum;
B) Lectura y Aprobación Acta Anterior;
C) Nombramiento de Auditor Externo y Fijación de Honora-
rios.
Para hacer quórum en primera convocatoria, será necesaria la
presencia o representación de por lo menos la mitad más uno de las ac-
ciones en que se divide el capital social y las resoluciones serán válidas
con la mayoría de los votos presentes. En caso de no haber quórum en
primera convocatoria, se establecerá una segunda convocatoria para las
nueve horas y treinta minutos del día cinco de abril del dos mil once, y
en este caso se celebrará la Junta con cualquiera que sea el número de
acciones representadas y sus resoluciones serán tomadas por mayoría
de votos presentes.
San Salvador, 08 de marzo de 2011.
GLADYS EUGENIA RENGIFO DE AREVALO,
DIRECTORA PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C006242-2
SUBASTA PUBLICA
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en al Jui-
cio Ejecutivo Civil, promovido por los Abogados: RENE MAURICIO
CHIQUILLO CUELLAR, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria:
número cero seiscientos catorce-cero cincuenta y uno mil doscien-
tos cincuenta y ocho-cero cero cuatro-cuatro, y SILVIA YESENIA
CANDRAY ZELAYA, con Número de Identifi cación Tributaria: un
mil diez-cero sesenta mil setecientos setenta y nueve-ciento uno-ocho,
como Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad CUMULOS
INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, con Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos
catorce-doscientos mil doscientos noventa-ciento dos-dos, ésta como
Cesionaria de los Derechos Litigiosos que le correspondían a la se-
ñora INES CAMPOS, con Número de Identifi cación Tributaria: cero
seiscientos catorce-doscientos mil cuatrocientos veinticuatro-cero cero
dos-ocho; contra la Licenciada ALMA YANIRA MEZA OLIVARES,
de cuarenta y tres años de edad, Abogada, del domicilio de Ilopango,
en su calidad de Curadora de la Herencia Yacente que a su defunción
dejó el señor PEDRO DEL ROSARIO CUBIAS conocido por PEDRO
DEL ROSARIO CUBIAS SANTOS y por PEDRO CUBIAS SANTOS,
con Número de Identifi cación Tributaria: un mil diez-cero setenta y uno
mil veintiocho-cero cero uno-ocho, de sesenta y nueve años de edad a
la fecha del Contrato, Mecánico, del domicilio de Apopa; reclamándole
la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES equivalentes a DOS
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON CATORCE CENTAVOS
DE DOLAR; en concepto de capital, más los intereses pactados, hasta
su completo pago, transacción o remate y costas procesales; de la si-
guiente forma: Con respecto al primer Mutuo, la cantidad de QUINCE
MIL COLONES equivalentes a UN MIL SETECIENTOS CATORCE
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON VEIN-
TINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR en concepto de capital, más el
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169DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
interés convencional del OCHO POR CIENTO MENSUAL, contado a
partir del día dos de agosto de mil novecientos noventa y nueve; y por el
segundo Mutuo, la cantidad de DIEZ MIL COLONES equivalentes a UN
MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE
DOLAR, en concepto de capital, más el interés convencional del OCHO
POR CIENTO MENSUAL, contado a partir del día veintitrés de febrero
de mil novecientos noventa y ocho, y costas procesales; se ha ordenado
VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha
y por el precio que oportunamente se indicará, el terreno de naturaleza
urbana y construcciones de una casa de sistema mixto y con todos sus
servicios, marcado con el número VEINTISEIS, del Polígono “M”, de
la Urbanización LA PONDEROSA, situado en el Cantón San Nicolás,
jurisdicción de Apopa, Departamento de San Salvador; de una extensión
superfi cial de CIENTO DIECISEIS PUNTO CERO TRES METROS
CUADRADOS, equivalentes a ciento sesenta y seis punto cero dos
varas cuadradas.- Partiendo del punto de intersección de los ejes de la
Avenida de Circunvalación número dos y del pasaje "M", abiertos en
terrenos del inmueble general, se mide sobre el eje de la primera una
distancia de uno punto sesenta y un metros con rumbo sur treinta y siete
grados, catorce punto nueve minutos Oeste y llegamos a la estación cero
más cuatrocientos veintiséis punto ochenta y ocho en donde hacemos
una defl exión radial negativa de noventa grados con una distancia de
cuatro punto cincuenta metros y llegamos al esquinero Nor-Oeste del
lote a describir, cuyos rumbos y distancias a partir de este punto son
los siguientes: AL NORTE, línea recta con rumbo Sur cincuenta y dos
grados cuarenta y cinco punto un minutos Este y distancia de dieciséis
punto cuarenta y seis metros, lindando con lote número veinticinco del
polígono "M" de la misma Urbanización; AL ORIENTE, línea recta
con rumbo Sur treinta y cinco grados veinticinco punto tres minutos
Oeste y distancia de siete punto cero cinco metros, lindando con terreno
del Coronel José Luis Márquez; AL SUR, línea recta con rumbo Norte
cincuenta y dos grados cuarenta y cinco punto un minutos Oeste y
distancia de dieciséis punto sesenta y nueve metros, lindando con lote
número veintisiete del polígono "M" de la misma Urbanización; y AL
PONIENTE, línea recta con rumbo Norte treinta y siete grados catorce
punto nueve minutos Este, y distancia de siete metros, lindando con lote
número cuatro del polígono “P”, pasaje "M", Avenida de circunvalación
número dos de por medio, de la misma Urbanización de nueve metros
de ancho y llegamos así al punto de partida donde se inició la presente
descripción.- Los lotes colindantes por los rumbos Norte, Sur y Poniente
son o han sido propiedad del Ingeniero Octavio Orellana Solís.- Inscrito
en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
del Centro, en el Sistema de Información Registro y Catastro, Matrícula
número SESENTA MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
MIL SESENTA Y CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas
cincuenta y nueve minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil
diez.- DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,
JUEZ DE LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006232-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con
el número 382-EM-03, promovido en este Tribunal inicialmente por el
Licenciado VICTOR MANUEL DEODANES RENDEROS, continuado
actualmente por el Licenciado ALFREDO JOEL RUIZ MARTINEZ
como Apoderados del PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES
SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE, contra la señora MARIA DE LOS AN-
GELES MELGAR MENJIVAR; se venderá en Pública subasta en este
Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que a
continuación se localiza y describe así: “Municipio de San Isidro Labrador,
del Departamento de Chalatenango”. “Un bien inmueble de naturaleza
rústica, el cual es de su propiedad, mismo que tiene inscrito a su nombre
en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de
Chalatenango, y que se encuentra inscrito bajo el número OCHENTA
Y SEIS, folio CUATROCIENTOS OCHO y siguientes, del Libro QUI-
NIENTOS CUARENTA Y SIETE, Propiedad de Chalatenango, el cual
se describe de la siguiente manera así: mide una extensión superfi cial de
SEIS MANZANAS equivalente a CUARENTA Y DOS MIL METROS
CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL ORIEN-
TE, colinda con lote terreno de Petronilo Díaz, en línea recta zanjo de
por medio propio del colindante; AL NORTE, colinda con terreno de
Prudencio Tobar y Simeón López, quebrada del muerto de por medio
en línea quebradiza; AL PONIENTE, colinda con terreno de Félix Díaz,
cerco de piña de por medio, propiedad del Colindante en línea recta, y
al SUR, colinda con terreno de Félix Díaz en línea medio curva, Calle
Principal que conduce al lugar conocido como San José de La Montaña,
de por medio. También."
Se admitirán posturas siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las doce horas y diez minutos del día diecinueve de Abril
de dos mil diez.- LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ
TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA
ALMENDARES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047544-2
DIARI
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CIAL
SOLO
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CONSU
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NO TIE
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IDEZ
LEGAL
170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio
Ejecutivo Mercantil promovido por PRIMER BANCO DE LOS TRABA-
JADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse PRIMER
BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.C. DE R.L. DE C.V. contra
los señores MIRIAN LISSETH GOMEZ DE PASCACIO y OSCAR
ALBERTO SANTOS ORTEGA, reclamándoles cantidad de colones
y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal en
fecha que oportunamente se determinará, el bien mueble embargado
siguiente: ''Un vehículo Automotor ubicado en Colonia Santa Teresa
de Las Flores, Senda cinco, polígono trece, No. 18-G, jurisdicción de
Apopa, propiedad de MIRIAN LISSETH GOMEZ DE PASCACIO,
de las siguientes características: PLACAS: P CUATROCIENTOS
TREINTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, MARCA:
NISSAN; CLASE: AUTOMOVIL, MODELO: 200 SX; CAPACIDAD:
CINCO ASIENTOS, COLOR: GRIS CLARO METALICO; AÑO: MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO, dicho vehículo no posee mica,
carátula de cd player, llanta de repuesto, ni se pudo obtener físicamente
su tarjeta de circulación.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la
subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad
Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u
otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San
Salvador, a las nueve horas del día veintiséis de marzo de dos mil nue-
ve. LICDA. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO
URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047549-2
EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUAN-
TIA, LICENCIADO CARLOS ALBERTO GALAN, de este Distrito
Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido en este
Tribunal por la Licenciada TERESA DE JESUS LEON DE MELENDEZ
de cincuenta y un años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio,
en su carácter de Apoderada General Judicial del señor FRANCISCO
NERIO MENDEZ, de sesenta y nueve años de edad, albañil, de este
domicilio; contra el demandado señor CARMEN FREDY AREVALO
SALAS, de cincuenta y cinco años de edad, Licenciado en Ciencias
Jurídicas, del domicilio de Cuscatancingo, de este Departamento, se
venderá en pública subasta en este Tribunal, y en fecha que será señalada
posteriormente, el inmueble de naturaleza rústica hoy urbano, ubicado en
el Cantón San Nicolás, de la Jurisdicción de Apopa, de este Departamento,
de una extensión superfi cial de SEIS MIL CIENTO CUATRO PUNTO
OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHO
MIL SETECIENTAS TREINTA Y CUATRO PUNTO SETENTA
Y NUEVE VARAS CUADRADAS que se describe así: LINDERO
ORIENTE, partiendo del punto marcado en el plano como dos prima
y midiendo una distancia de setenta y un punto cuarenta y seis metros
con rumbo Sur diez grados treinta y uno punto un minuto Este se llega
la estación M-dos del plano, linda con terreno de Andrés Guillermo
Martínez Gómez; LINDERO SUR, de la estación M-dos, se mide una
distancia de ochenta y cinco punto cuarenta y tres metros con rumbo Sur
setenta y ocho grados treinta y ocho punto seis minutos Oeste, llegando
así a la estación marcada en el plano como M-uno esta parte del terreno
linda con propiedad de Andrés Guillermo Martínez Gómez; LINDERO
PONIENTE, de la estación M-uno se mide una distancia de setenta y uno
punto cuarenta y seis metros de longitud, con rumbo Norte diez grados
treinta y uno punto un minuto Oeste llegando a la estación marcada en
el plano como diez, linda con terrenos del señor Carlos Arriola hoy de
Marta Arévalo; LINDERO NORTE, de la diez se mide una distancia
de ochenta y uno punto sesenta y tres metros con rumbo Norte setenta
y nueve grados veintiséis punto seis minutos Este, linda con terreno de
don Carlos Arriola hoy de Marta Arévalo, llegando así al punto del cual
se inició la presente descripción. El inmueble anteriormente relacionado
así como sus mejoras, presentes y futuras pertenecen al demandado
señor CARMEN FREDY AREVALO SALAS, en el Sistema de Folio
Real Computarizado bajo la Matrícula número M 60138380-00000,
del Asiento 0001, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUAN-
TÍA: San Salvador, a las nueve horas con treinta minutos del día catorce
de agosto del dos mil nueve. LIC. CARLOS ALBERTO GALAN,
JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUANTIA. LIC. JULIO
ALBERTO CALDERON ALFARO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047578-2
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LEGAL
171DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
LIC. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
promovida por este Juzgado, por la Doctora MAURA CONCEPCION
DIAZ PORTILLO DE VALENZUELA, Apoderada del FONDO
SOCIAL PARA LA VIVENDA, que se puede abreviar "el FONDO",
contra el señor OSCAR WILFREDO NUÑEZ ESCOBAR conocido
por OSCAR WILFREDO ESCOBAR NUÑEZ, se venderá en pública
subasta, en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportuna-
mente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: "Un inmueble
de Naturaleza Urbana y construcciones que contiene, marcado con el
Número Dos del Polígono "J", Pasaje seis, de la "Urbanización San
Francisco", ubicación geográfi ca de El Limón, situado en la jurisdicción
de Soyapango, de este departamento, de una Extensión Superfi cial de
CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, cuyas
medidas perimetrales son las siguientes: AL NORTE: Cinco punto cero
cero metros; AL ORIENTE: Diez punto cero cero metros; AL SUR:
Cinco punto cero cero metros, y al PONIENTE: Diez punto cero cero
metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del
señor OSCAR WILFREDO NUÑEZ ESCOBAR conocido por OSCAR
WILFREDO ESCOBAR ÑUÑEZ, bajo la matrícula Número M CERO
UNO UNO CERO CUATRO SEIS OCHO CINCO DEL REGISTRO
SOCIAL DE INMUEBLES, y que ha sido trasladada a la Matrícula SEIS
CERO TRES NUEVE OCHO CINCO NUEVE TRES-CERO CERO
CERO CERO CERO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E
HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO."
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las diez horas del día diez de diciembre de dos mil diez.
DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047583-2
LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado
con el número 653-E-06, promovido en este Tribunal por la Licenciada
SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA como Apoderada del
FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra el señor RICARDO
NAPOLEON BRITO GONZALEZ; se venderá en Pública subasta en este
Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que a
continuación se localiza y describe así: “La Urbanización Nuevo Lourdes,
situada en Jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad"."Un
Inmueble urbano que según antecedente se describe así: Lote urbano
y construcciones que contiene marcado con el número UNO, SENDA
DIEZ-A y AVENIDA "D", BLOCK OCHO, DE LA URBANIZACION
NUEVO LOURDES situada en Jurisdicción de Colón, Departamento
de La Libertad, de una extensión superfi cial de CIENTO CINCO PUN-
TO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, cuyas medidas
perimetrales son las siguientes: AL NORTE, cinco punto treinta metros;
AL ORIENTE, línea curva de cuatro punto setenta y un metros con radio
de tres metros, y diez metros; AL SUR, ocho punto treinta metros; y,
AL PONIENTE, trece metros. El inmueble anteriormente descrito es
de propiedad del señor RICARDO NAPOLEON BRITO GONZALEZ,
según Matrícula número M CERO UNO DOS OCHO DOS OCHO OCHO
TRES (M 01282883), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad”.
Se admitirán posturas siendo legales
LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las catorce horas y diez minutos del día veintisiete de
julio de dos mil nueve. LICDA. ANA MARIA CORDON ESCOBAR,
JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. LICDA. ANA CECILIA
FIGUEROA ALMENDAREZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047584-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Licenciado FRANCISCO ESPINOSA
AGUILAR, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-
VIENDA, Institución Ofi cial, Autónoma de Derecho Público, de este
domicilio con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se abrevia
EL FONDO, contra la Señora EVELY GUADALUPE MARTINEZ
SANDOVAL, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios
legales se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble
embargado siguiente: "Un lote de terreno urbano y construcciones de
sistema mixto que contiene marcado en el plano de lotifi cación res-
pectivo como número dos del polígono uno del Proyecto de Vivienda
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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
denominado Urbanización Las Margaritas V, ubicado en el Cantón El
Limón, Departamento de San Salvador, propiedad de la Señora EVELY
GUADALUPE MARTINEZ SANDOVAL, inscrito a su favor bajo la
matrícula SEIS CERO UNO OCHO SEIS SEIS NUEVE NUEVE - CERO
CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de
San Salvador, con una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS, con un área de construcción de veintisiete
metros cuadrados; y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE cin-
co metros; AL ORIENTE nueve metros; AL SUR: cinco metros; AL
PONIENTE: nueve metros.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve
horas con treinta y dos minutos del día catorce de febrero de dos mil
once. DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047585-2
FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY:
HACE SABER; Que por ejecución promovida en este tribunal
por la Licenciada ROSA NELIS PARADA DE HERNANDEZ, como
Apoderada General Judicial de la FEDERACION DE ASOCIACIONES
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DE EL SALVADOR
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia FEDECACES,
persona jurídica del domicilio de San Salvador contra el señor ROSALIO
LEIVA MORAN, representada por su Curador Especial Licenciado
OSCAR ARMANDO DELGADO PEREZ, mayores de edad, ambos
de este domicilio, reclamándole cantidad de dinero se venderá en este
tribunal en pública Subasta un inmueble de naturaleza rústica, situado
en el Cantón Natividad, de esta jurisdicción y departamento, identifi -
cado según su antecedente como Parcela número TREINTA Y SEIS/
SESENTA Y UNO, originalmente de una extensión superfi cial de
cero hectáreas cincuenta y dos áreas ochenta y seis centiáreas, que por
desmembraciones hechas con anterioridad ahora ha quedado reducido
a CINCO MIL NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,
de las colindancias siguientes: partiendo del mojón número uno que es
esquinero Nor-Poniente, donde se interceptan los linderos de parcela
treinta y seis/sesenta y tres propiedad de FINATA, antes propiedad de
Damasco Méndez Florián, y parcela treinta y seis/sesenta y dos, propie-
dad de FINATA, se miden los rumbos y distancias de la parcela que se
describe así: AL NORTE, un tramo recto, del mojón número uno con
rumbo Noreste sesenta y dos grados cincuenta y seis minutos diecisiete
segundos y distancia de noventa y ocho metros tres centímetros, se llega
al mojón número dos, colindando por este lado con parcela treinta y seis/
sesenta y dos propiedad de FINATA; AL ORIENTE, dos tramos rectos,
del mojón número dos con rumbo Sureste diez grados cuatro minutos
cincuenta segundos y distancia de treinta y un metros noventa y nueve
centímetros, se llega al mojón número tres, del mojón número tres con
rumbo Sureste veintitrés grados cuarenta y cuatro minutos cincuenta
y ocho segundos y distancia de treinta y cinco metros, cincuenta y un
centímetros se llega al mojón número cuatro, colindando por este lado
con la parcela treinta y seis/cincuenta y siete propiedad de FINATA;
AL SUR, con propiedad de la Asociación de Desarrollo Comunal La
Fortuna Uno, que se abrevia DESCOF UNO; y AL PONIENTE, dos
tramos rectos, del mojón número seis con rumbo Noreste Veintiuno
grados cincuenta y tres minutos ocho segundos y distancia de doce me-
tros sesenta y un centímetros, se llega al mojón número siete, del mojón
número siete con rumbo Noroeste nueve grados cincuenta y tres minutos
treinta y ocho segundos y distancia de veintiséis metros diecinueve
centímetros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente
descripción, colindando por este lado con propiedad de FINATA, antes
propiedad de Damasco Méndez Florián, La parcela antes descrita goza
de una servidumbre de cuatro metros de ancho sobre parcelas tres seis/
cinco siete, tres seis / seis seis, hasta camino interno que entronca con
carretera que del Cantón Natividad Conduce a Santa Ana, inscrito a la
Matrícula DOS CERO CERO DOS UNO NUEVE UNO CUATRO -
CERO CERO CERO CERO CERO, del Centro Nacional de Registros
de este departamento, lo que se pone en conocimiento del público para
los fi nes de ley.
Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas del día
ocho de febrero del año dos mil once. LIC. FRANCISCO ALBERTO
ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CAR-
MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047587-2
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173DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.-
HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado MARTIN
SALVADOR MORALES SOMOZA, de cuarenta y un años de edad,
Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Número de
Identifi cación Tributaria: cero uno cero uno-dos cuatro cero ocho seis
seis- cero cero uno-seis; en calidad de Apoderado General Judicial del
BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA; Institución Bancaria,
del domicilio de Apopa, con Número de Identifi cación Tributaria: cero
seiscientos catorce- trescientos diez mil ciento cincuenta y cinco- cero
cero uno-seis: contra la señora MORENA ESTELA JARQUIN DE
PEREIRA, de treinta y cuatro años de edad a la fecha del Contrato,
Estudiante, del domicilio de Apopa, con Número de Identifi cación
Tributaria: cero seiscientos catorce-doscientos sesenta mil trescientos
setenta-ciento veinte-nueve; reclamándole el pago de DIECISIETE MIL
NOVENTA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de
capital, más los intereses pactados, y costas procesales; se ha ordenado
vender en PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha y
por el precio que oportunamente se indicará un lote de terreno urbano
y construcciones que contiene marcado con el NUMERO SEIS, DEL
POLIGONO NUMERO SEIS, DE LA URBANIZACION JARDINES
DEL NORTE, situado en Jurisdicción de Apopa, Departamento de San
Salvador; el cual tiene un área de CIENTO CINCO METROS CUADRA-
DOS, equivalentes a CIENTO CINCUENTA VARAS CUADRADAS.
VEINTITRES CENTESIMAS DE VARA CUADRADA, el lote es de
naturaleza urbana y en él hay construida una casa de sistema mixto, con
todos sus servicios, y tiene la localización, medidas y linderos siguientes:
LOTE SEIS, DEL POLIGONO SEIS, a partir de la intersección de la
Avenida “A” y calle dos abiertas en la Urbanización, se mide sobre el
eje de esta última cuarenta y dos metros, cincuenta centímetros, con
defl exión derecha de noventa grados y distancia de cinco metros se
llega al esquinero Sureste del lote que mide y linda: AL SUR: distancia
de siete metros y rumbo Sur setenta y un grados treinta y cinco punto
tres minutos Oeste, linda con lote quince del Polígono cinco, calle dos
de diez metros de ancho en medio, AL PONIENTE: distancia quince
metros y rumbo Norte dieciocho grados veinticuatro punto siete minutos
Oeste, linda con lote siete del Polígono seis, AL NORTE: distancia de
siete metros, rumbo Norte setenta y un grados treinta y cinco punto tres
minutos Este, linda con área de uso posterior, AL ORIENTE: distancia
quince metros y rumbo Sur dieciocho grados veinticuatro punto siete
minutos Este, linda con lote cinco del Polígono seis.- El terreno y lotes
colindantes por los rumbos Norte y Sur son o han sido de Constructora
Técnica S.A., y los colindantes por los rumbos Oriente y Poniente, son
o han sido del Fondo Social Para la Vivienda.- Inscrito a favor de la
demandada señora MORENA ESTELA JARQUIN DE PEREIRA, en
el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del
Centro, en el Sistema de Folio Real Computarizado, en la Matrícula
Número: SEIS CERO UNO DOS TRES OCHO NUEVE CINCO-CERO
CERO CERO CERO CERO.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y
cuarenta minutos del día siete de enero del año dos mil once.- Dra.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.- Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047636-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA en su
calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA
VIVIENDA; contra el demandado señor ALEX RODAS, se venderá en
pública subasta en este Tribunal en hora y fecha que serán señalados pos-
teriormente en el bien inmueble que a continuación se describe: ““APAR-
TAMENTO NÚMERO ONCE-A, EDIFICIO “B”, DEL CONDOMINIO
NÚMERO TRES DEL COMPLEJO URBANO ALTAVISTA, FASE II,
IV ETAPA, situado en jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento
de San Salvador, de una extensión superfi cial de TREINTA Y SIETE
METROS CUADRADOS equivalentes a CINCUENTA Y DOS PUNTO
NOVENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Este apartamento
consta de espacio habitable al frente y situado en la parte posterior del
terreno un pequeño jardín, determinando un volumen total de CIENTO
VEINTE PUNTO TREINTA METROS CUBICOS, de manera que la
propiedad privativa queda limitada en el interior de la vivienda, a una
altura de dos punto cuarenta metros, y en la zona de patio o jardín y que
es un espacio abierto, con un límite de CINCO PUNTO CINCUENTA
Y CINCO METROS de altura. El inmueble anteriormente descrito es
de propiedad del señor ALEX RODAS, según Matrícula número CERO
UNO TRES CERO NUEVE UNO CUATRO NUEVE del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro,
Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público
para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las quinte horas y treinta minutos del día veinticuatro de
Mayo del año dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE
LO MERCANTIL.- Licda. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F048017-2
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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
REPOSICION DE CERTIFICADOS
BANCO DE LOS TRABAJADORES SALVADOREÑOS, SOCIE-
DAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE;
AVISA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor EMIGDIO
ROBERTO ALFARO ABREGO, manifestando que ha extraviado el
certifi cado de acciones No. 9741 el cual ampara VEINTE acciones y
solicitando la reposición del mismo.
Si transcurridos treinta días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, no se recibe ninguna oposición al respecto,
se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.
San Salvador, 21 de Febrero de 2011.
GONZALO GUADRON RIVAS,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F047518-2
La Sociedad COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
que puede abreviarse CTE, S.A. de C.V.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado la señora María
Julia Reyes, mayor de edad de ocupación AMA DE CASA y del domici-
lio de Cuyultitán, departamento de La Paz, en su calidad de propietaria
del certifi cado de acciones # 19597, emitido el día 21 de Julio del año
2003 por la referida sociedad, el cual ampara un total de 82 acciones
comunes y nominativas por un monto de SETECIENTOS SETENTA
Y NUEVE 00/100 DÓLARES ($ 779.00), solicitando la reposición de
dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto
en los Arts. 311, 486 y 932 del Código de Comercio, se hace del co-
nocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos
treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición
se procederá a reponer el certifi cado de acciones en referencia.
San Salvador, a los 21 días del mes de Febrero del año 2011.
Ing. ENRIQUE ANTONIO LUNA ROSHARDT,
APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO
DE CTE, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F047620-2
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósito a plazo No. 7601230430 (689) emitido en Suc.
San Miguel el 29 de agosto de 2007, por valor original de $2,000.00 a
un plazo de 6 meses, el cual devenga el 2.500% de interés solicitando
la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil
once.
PEGGY CAROLINA GIRON,
GERENTE DE OPERACIONES.
3 v. alt. No. F047624-2
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S. A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del
certifi cado de depósito a plazo No. 53601012112 (219013) emitido en Suc.
Sonsonate el11 de diciembre de 2000, por valor original de ¢39,000.00
a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 6.000% de interés solicitando
la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público
para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de
la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer
el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil
once.
PEGGY CAROLINA GIRON,
GERENTE DE OPERACIONES.
3 v. alt. No. F047625-2
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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175DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a plazo No. 120659588 emitido en Suc. Santiago de María el 3 de febrero de 1999, por valor original de ¢4,000.00 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 1.000% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil once.
PEGGY CAROLINA GIRON,
GERENTE DE OPERACIONES.
3 v. alt. No. F047626-2
AVISO
EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A.,
COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósito a plazo No. 14601343010 (10000068137) emitido en Suc. San Francisco Gotera el 22 de abril de 2010, por valor original de $2,500.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 1.900% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo de dos mil once.
PEGGY CAROLINA GIRON,
GERENTE DE OPERACIONES.
3 v. alt. No. F047627-2
TITULO DE PREDIO URBANO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que la Licenciada Lesvia Marisela Ramírez Rivera actuando según Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial sustituido a su favor, en calidad de Apoderada General Judicial de ADA ARGENTINA FLORES DE BONILLA de cincuenta y un años de edad, empleada, del domicilio de Sensuntepeque y con Documento Único de Identidad número cero uno ocho cero cinco cinco uno ocho - dos y Número de Identifi cación Tributaria uno dos uno nueve - dos cinco cero dos cinco nueve - cero cero tres - tres; y de conformidad al Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos; solicita título de un inmueble de naturaleza Urbana situado en Tercera Calle Poniente número Setenta Barrio San Antonio de la ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA Y TRES
PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: Cinco punto setenta y cinco metros, pared de ladrillo propia, colinda con inmueble de Alfredo Guevara; AL PONIENTE treinta y uno punto setenta y ocho metros, tapial de ladrillo propio de por medio, con inmueble de Martín Bonilla; AL SUR: cinco punto setenta y ocho metros, calle pública de por medio con inmueble de Mercedes Girón viuda de Quinteros;, y AL ORIENTE: Treinta y uno punto setenta y ocho metros, en parte pared propia del que se describe y en otra parte con inmueble de propiedad de la colindante Imelda González. El inmueble posee como accesorio construida una vivienda en un área de cuarenta y cinco metros cuadrados, posee techo de teja y paredes de adobe. El inmueble antes descrito lo estima en VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo obtuvo por compra que hizo a Milagro De la Paz Flores de Monge. No es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia.
Se avisa al público para efectos de Ley.-
Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, quince de febrero de dos mil once.- Ing. JESUS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C006235-2
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2011107595
No. de Presentación: 20110148200
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO ANTONIO SVENDBLAD UMAÑA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,
Consistente en: La expresión El Faro y diseño, que servirá para: AMPARAR: AGUA ENVASADA EN BOLSA, PCT, GARRAFON. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047519-2
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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
ACEPTACIÓN DE HERENCIAS
EL INFRASCRITO JUEZ. Al Público: para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día,
se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la
herencia intestada dejada al fallecer por la señora IGNACIA MARTINEZ
MARTINEZ conocida por IGNACIA MARTINEZ, el día ocho de febrero
de dos mil uno, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de
la señora REYNA MARGARITA MARTINEZ conocida por REINA
MARGARITA MARTINEZ y por REINA MARGARITA MARTINEZ
RIVERA, en su calidad de hija de la causante.-
Confi érasele a la aceptante la Administración y Representación
Interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de
ley.-
Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los
diecisiete días del mes de febrero de dos mil once.- LIC. MANUEL
DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.
SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006142-3
ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las doce
horas del día uno de septiembre del corriente año; se tuvo por aceptada
expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que
al fallecer a las diecisiete horas del día veintinueve de mayo del año dos
mil cuatro, en el Cantón Pueblo, Jurisdicción de Anamorós, departamento
de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante
Francisco Ramírez, al heredero Wualter Rosendel Ramírez Medrano,
en concepto de hijo del causante antes mencionado, de conformidad con
lo establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia,
se le confi rió al aceptante, en el carácter dicho, la administración y
representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los seis días del mes de septiembre del año dos
mil diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-
VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006149-3
LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas y diez minutos del día diecinueve de julio del corriente año. Se declaró heredero expresamente y sin benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día veintiséis de abril de dos mil cuatro, en el Centro Médico de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la Villa de Anamorós, de este distrito, Departamento de La Unión, dejó la cau-sante ROSA AMELIA MEDRANO DE RAMIREZ, de parte del señor WUALTER ROSENDEL RAMIREZ MEDRANO, en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1º C.c. Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veintiún días del mes de julio de dos mil diez.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006150-3
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Centro Judicial Integrado de Soyapango.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas con un minuto del día catorce de enero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó la señora causante ANA GARCIA conocida por ANA MARIA GARCIA, quien fue de sesenta y nueve años de edad, de ofi cios domésticos, siendo su último domicilio en Soyapango, originario de Metapán, Departamento de Santa Ana, hija de la señora Refugio García, quien falleció el día diez de marzo de mil novecientos ochenta y cinco, de parte de la señora SONIA ANGELINA HENRÍQUEZ GARCIA conocida por SONIA ANGELINA HENRIQUES GARCIA, en su calidad de hija de la referida causante, representados por el abogado CRISTOBAL MEDRANO ANDINO.
Confi érese a la aceptante declarada la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a la que se crea con derecho a la herencia para que se pre-senten a este tribunal dentro del término de ley después de la publicación del edicto respectivo.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas y cincuenta minutos del día catorce de enero del dos mil once.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047154-3
DE TERCERA PUBLICACIÓN
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177DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PUBLICO,
HACE SABER: Que por sentencia pronunciada en este Tribunal
con fecha las diez horas y treinta minutos del día veintiuno de octubre de
dos mil diez, en el Juicio Sumario de Aceptación de Herencia Ref. Nº.
279-SA-09, en la sucesión del causante JOEL ERNESTO MARTINEZ
TORRES, conocido por JOEL ERNESTO PEREZ TORRES, se ha
pronunciado el FALLO que literalmente DICE: """" 1) Cése en sus
funciones el Curador Especial nombrado de la Herencia Yacente del
causante JOEL ERNESTO MARTINEZ TORRES, conocido por JOEL
ERNESTO PEREZ TORRES, Licenciado NAPOLEON HUMBERTO
ZAMBRANO. - Y, 2) Tiénese por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario de parte de las señoras GABINA DEL CARMEN TORRES
PEREZ y ESPERANZA ELIZABETH RODRIGUEZ RODRIGUEZ, la
sucesión intestada del causante JOEL ERNESTO MARTINEZ TORRES,
conocido por JOEL ERNESTO PEREZ TORRES, quien a su deceso
fue de treinta y siete años de edad, Mécanico, soltero, fallecido en Ciu-
dad Arce, Departamento de La Libertad, a las diecinueve horas del día
diecinueve de noviembre de dos mil tres, siendo el Cantón Portezuelo,
de está jurisdicción el lugar de su último domicilio.- Las aceptantes
señoras GABINA DEL CARMEN TORRES PEREZ y ESPERANZA
ELIZABETH RODRIGUEZ RODRIGUEZ, son: la primera madre del
referido causante, y la segunda, cesionaria del cincuenta por ciento
del derecho que le correspondería en esta sucesión a la primera de las
antes nombradas; y en ese carácter se les confi ere la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de ley. - HAGASE SABER a ambas partes. -Arts.2 y 11 Cn.””
Lo anterior se pone del conocimiento del público para que todo
aquel que se considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este
Tribunal a manifestarlo, dentro de los quince días subsiguientes a la
tercera publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las nueve horas y cuarenta minutos del día tres de febrero de dos
mil once.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047175-3
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cuarenta
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de
Inventario la Herencia INTESTADA que a su defunción dejó el señor
JOSE LEONIDAS RIVAS CABRERA, quien falleció a las veintidós
horas del día nueve de septiembre del año dos mil nueve, en el Hospital
Santa Gertrudis de San Vicente, siendo esta ciudad de San Miguel el
lugar de su último domicilio, de parte de la señora YESENIA MARILUZ
VILLATORO DE RIVAS, de treinta y tres años de edad, Bachiller,
de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad nú-
mero cero cero cinco seis seis dos cinco nueve - ocho, en concepto de
cónyugue y como representante legal de sus menores hijos EVIS ALE-
JANDRO RIVAS VILLATORO y DARIANA GUADALUPE RIVAS
VILLATORO; y la señora MARIA LUISA CABRERA DE RIVAS, de
sesenta y seis años de edad, Comerciante, de este domicilio; portadora
de su Documento Único de Identidad Número cero uno dos siete cero
dos uno ocho - nueve, en concepto de madre del causante.-
Confi érese a los aceptantes en el carácter indicado la administra-
ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Líbrese en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los catorce
días del mes de mayo de dos mil diez.- DR. JUAN RAMON MONTOYA,
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES
CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. F047193-3
ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas treinta
minutos del día veintidós de febrero del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor
VENTURA CORVERA HERNÁNDEZ, mayor de edad, jornalero, del
domicilio de Santiago Nonualco, departamento de La Paz, con Documento
Único de Identidad número cero tres uno ocho siete siete ocho uno -siete
y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil ocho-doscientos
setenta y un mil treinta y seis-ciento uno-cinco, la herencia intestada que
a su defunción dejó el señor JESUS CORVERA conocido por JESUS
CORVERA MAGARINO, quien fue de setenta años de edad, Jornalero,
casado, salvadoreño, fallecido el día dos de marzo de mil novecientos
setenta y tres, en el Hospital Santa Gertrudis de está ciudad, siendo San
Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de hijo del causante
y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintidós
días del mes de febrero del año dos mil once. DRA. ANA FELICITA
ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE
SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047198-3
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA; AL
PUBLICO,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribu-
nal con fecha las once horas y treinta minutos de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de
las señoras LUZ IVONNE GUZMAN DE VIANA, hoy, antes LUZ
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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
IVONNE GUZMAN DELGADO; ALBA MARIBEL GUZMAN DE
GARAY, hoy, antes, ALBA MARIBEL GUZMAN DE MORENO, y
antes, ALBA MARIBEL GUZMAN DELGADO; LUCIA EVELYN
GUZMAN DE CAÑENGUEZ, hoy, antes, LUCIA EVELYN GUZMAN
DELGADO; y, LIDIA ESTELA GUZMAN DELGADO DE MARIO-
NA, hoy, antes, LIDIA ESTELA GUZMAN DELGADO, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante señor MANUEL APARICIO
GUZMAN RAMIREZ, quien a su deceso fue de setenta y siete años
de edad, Empleado Público, casado, fallecido a las veintitrés horas del
día veintinueve de octubre de dos mil cinco, en el Hospital Médico
Quirúrgico del Seguro Social, en la ciudad de San Salvador, habiendo
sido esta ciudad el lugar de su último domicilio.- Las aceptantes antes
nombradas, son todas hijas del referido causante; y en ese carácter se
les confi ere la administración y representación interina de esta sucesión,
con las facultades y restricciones de ley.-
Lo que se pone en conocimiento del público para que todo aquel
que se considere con derecho a esta sucesión se apersone a este Tribunal a
deducirlo, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación
de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las once horas y cincuenta minutos del día diez de enero de dos
mil siete.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047222-3
EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-
TOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal
a las catorce horas veinte minutos de este mismo día, del presente mes y
del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio
de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el causante
CARMEN ALFREDO BARRERA BAÑOS conocido por ALFREDO
BARRERA, quien falleció a las cero horas diez minutos del día veintitrés
de septiembre del dos mil diez, en el Hospital Nacional Rosales de San
Salvador, siendo esta ciudad de Suchitoto su último domicilio; de parte
de la señora MARIA CONSUELO ESCOLASTICA HERRERA DE
BARRERA, quien actúa en su concepto de cónyuge sobreviviente de
dicho causante.
Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se
crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten
a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde
el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce
horas treinta minutos del día veintiocho de febrero del dos mil once.
LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA
COCA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047232-3
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,
AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las doce horas y treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada
expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó la causante señora CONCEPCION ROGEL VIUDA
DE HERNANDEZ, quien falleció el día once de mayor de mil novecien-
tos noventa y seis, en Candelaria, Departamento de Cuscatlán, siendo
éste su último domicilio; al señor ZACARIAS GARCIA JACINTO,
conocido por ZACARIAS GARCIA, en su carácter de cesionario de
los derechos hereditarios que le correspondían al señor GUILLERMO
ROGEL, conocido por GUILLERMO HERNANDEZ ROGEL, éste en
su calidad de hijo de la referida causante; habiéndoseles conferido al
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y
cuarenta minutos del día diez de febrero del año dos mil diez.LIC. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO
BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047256-3
DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO
CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO DE SAN MIGUEL. Al
público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con diez
minutos del día veinticinco de febrero de dos mil once, se ha tenido
por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a
su defunción dejó la señora MARIA LUISA RAMIREZ, quien fue de
noventa años de edad, y fallecida a las trece horas y veinte minutos del
día veinte de mayo de mil novecientos noventa y dos, siendo la ciudad de
San Miguel el lugar de su último domicilio. De parte de la señora LUZ
BLANCA RAMIREZ AMAYA, conocida por ESPERANZA RAMIREZ,
y también por LUZ BLANCA RAMIREZ DE RAMOS, LUZ BLANCA
ESPERANZA RAMIREZ DE RAMOS, LUZ BLANCA ESPERANZA
RAMIREZ y por ESPERANZA RAMIREZ DE RAMOS en calidad de
hija sobreviviente de la causante.
Confi riéndosele a la aceptante la administración y representación
INTERINA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente. Representada en estas diligencias la
aceptante por el Licenciado JUAN ANTONIO JUAREZ RUBIO.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-
TIL, San Miguel, a las nueve horas con doce minutos del día veinticinco
de febrero de dos mil once. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE
REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.
IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047258-3
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179DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia intestada iniciada por el Licenciado ELIAS HUMBERTO PERAZA HERNÁNDEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora JUANA DOLORES ROSALES DE HERRERA, conocida por JUANA DOLORES ROSALES, BLANCA DOLORES CHAVEZ DE HERRERA, BLANCA DOLORES CHAVEZ ROSALES y JUANA ROSALES, proceso clasifi cado bajo el número de referencia 00057-11-DV-2CM1, se ha proveído resolución por este Tribunal a las quince horas con nueve minutos del día veintidós de febrero de dos mil once, mediante la cual se ha tenido por aceptada interinamente, y con Benefi cio de Inventario, de parte de la señora JUANA DOLORES RO-SALES DE HERRERA, conocida por JUANA DOLORES ROSALES, BLANCA DOLORES CHAVEZ DE HERRERA, BLANCA DOLORES CHAVEZ ROSALES y JUANA ROSALES, de ochenta y ocho años de edad, enfermera, de este domicilio, en su calidad de madre de la causante, la herencia intestada que a su defunción dejara el causante NERY ADOLFO HERRERA ROSALES, quien fuera de treinta y dos años de edad, médico, habiendo fallecido el día treinta de abril de mil novecientos ochenta y dos, habiendo sido éste su último domicilio.
A la aceptante señora JUANA DOLORES ROSALES DE HERRERA, conocida por JUANA DOLORES ROSALES, BLANCA DOLORES CHAVEZ DE HERRERA, BLANCA DOLORES CHAVEZ ROSALES y JUANA ROSALES, en su carácter de madre de la cau-sante, se le confi ere Interinamente la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL; Santa Ana, a las quince horas con cincuenta y cinco minutos del día veintidós de febrero del años dos mil once.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BE-NÍTEZ BAÑOS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047263-3
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las catorce horas de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO la herencia intestada que a su defunción dejó el señor
SILVESTRE LEONIDAS IGLESIAS, al fallecer el día treinta y uno
de marzo del dos mil diez, en la Ciudad de San Salvador, siendo la
Ciudad de San Dionisio, Departamento de Usulután el lugar que tuvo
como último domicilio de parte de la señora ROSA ALICIA IGLESIAS
MARAVILLA, en calidad de hija del causante.
Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diez
días del mes de Febrero del año dos mil once.- LIC. JOSÉ ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047270-3
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL
PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las once horas y cuarenta y cinco
minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-
nefi cio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el
señor JUAN ANTONIO GAVIDIA, al fallecer el día siete de febrero del
año dos mil nueve en el Hospital Médico Quirúrgico de la Ciudad de San
Salvador, habiendo siendo esta Ciudad de Usulután su último domicilio,
de parte de la señora ELVIA FLORES viuda DE GAVIDIA, conocida
por ELVIA FLORES DE GAVIDIA, ELVIA FLORES Y FLORES y
ELVIRA FLORES Y FLORES en su calidad de cónyuge sobreviviente
del causante.
Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
treinta y un días del mes de enero de dos mil once.- LIC. JOSÉ AN-
TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL
SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047288-3
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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por la causante señora MARÍA ELIDA PINEDA, conocida por MARÍA ELIA PINEDA, al fallecer el día quince de septiembre del año dos mil diez, en la Clínica La Familia de esta ciudad, siendo la Ciudad de Usulután, su último domicilio; de parte de la señora MARÍA OLIMPIA PINEDA DE ROSALES, en calidad de hija de la causante. Confi érasele a la aceptante antes dicha la administración y representación interina de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil once.- LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN H., SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047290-3
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las diez horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EX-PRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de parte de la señora MARÍA NICOLASA UMAÑA ALVAREZ, de cincuenta y nueve años de edad, Empleada, del domicilio de la Villa de San Carlos Departamento de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña; con Docu-mento Único de Identidad Número cero tres millones novecientos nueve mil trescientos ochenta y siete guión ocho, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil trescientos diecisiete guión cero once mil ciento cincuenta y tres -ciento uno- cinco; de la herencia que en forma testamentaria dejó el señor FRANCISCO UMAÑA RIVERA, quien fue de noventa y seis años de edad, casado, Jornalero, originario de Corinto y del domicilio de San Carlos, Departamento de Morazán, y de nacionalidad Salvadoreña, hijo de los señores LUPARIA RIVERA y ANASTACIO UMAÑA, ya fallecidos; quien falleció a las nueve horas y diez minutos del día veintidós de diciembre del año dos mil diez, en el Barrio La Paz, de la Villa de San Carlos, Departamento de Morazán, siendo este lugar su último domicilio; en concepto de HIJA del referido causante. Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas del día once de febrero de dos mil once.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047308-3
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ ARISTIDES ARÉVALO VASQUEZ, quien falleció el día dieciséis de mayo de dos mil siete, en las riveras del Río Jiboa, en el límite del Cantón El Pedregal, de El Rosario La Paz, su último domicilio, por parte del señor JOSÉ ALE-JANDRO ARÉVALO MEJÍA, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase al aceptante interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de Ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, siete de diciembre de dos mil diez.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047335-3
TÍTULO DE PROPIEDAD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CAROLINA.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada Ana Maritza Argueta de Montano, Apoderado General Judicial de la señora PAULINA BARAHONA CASTRO, de cincuenta y dos años de edad, Ama de Casa, originaria y del domicilio de Carolina, Departamento de San Miguel, residente en el Cantón La Orilla, Municipio de Carolina, Departamento de San Miguel; solicitando a favor de su Representada se le extienda TÍTULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en los suburbios de la Villa de Carolina, Distrito de Sesori, Departamento de San Miguel, de la capacidad super-fi cial de CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes, según antecedente: AL ORIENTE: nueve metros, con solares de Graciela Contreras y Donalda Ramos, la propiedad primera ahora es de Medardo Hernández, calle pública de por medio; AL NORTE: veintidós metros, con resto de terreno que es
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de la vendedora, cerco de piedra de por medio; AL PONIENTE: nueve metros, con solar de Israel Rivera, Calle pública de por medio; y AL SUR: veintidós metros, con casa y solar de Oscar Rivera, al llegar a donde se comenzó, cerco de alambre y pared de bahareque de por medio medianera. Que el inmueble antes descrito, lo adquirió por compraventa que le hizo a la señora Ana Delmy Martínez Portillo, persona que aún vive, mayor de edad, Comerciante, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero uno ocho seis seis cuatro tres uno guión tres y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número mil doscientos uno guión cero cuarenta mil novecientos sesenta y cinco guión ciento uno guión dos; contrato que se formalizó en escritura pública otorgada ante los ofi cios de José Julián Flores Arias, Notario, en la Ciudad de San Miguel, a las ocho horas del día trece de mayo de dos mil ocho. Por lo que el poderdante tiene dos años ocho meses de posesión desde el momento de su adquisición, más los diecisiete años de posesión que tuvo la anterior poseedora, en su conjunto forman una posesión de diecinueve años ocho meses aproximados, estimando el inmueble en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Los colindantes son de este domicilio, se hace saber al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de CAROLINA, Departamento de San Miguel, a los tres días del mes de febrero de dos mil once.- JOSÉ ARMAN-DO HERNÁNDEZ CHICAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ ROLANDO MARTÍNEZ Z., SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F047295-3
TÍTULO SUPLETORIO
ULISES MENJÍVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado JULIO VIDAL ALAS RIVAS, en el carácter de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora FLORIANA VALDEZ MEJÍA, promoviendo diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el lugar conocido como “El Desmon-tón”, Jurisdicción de Dulce Nombre de María, Chalatenango; de una extensión superfi cial de MIL CIENTO VEINTE PUNTO SESENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: En treinta y seis metros, dividido por distintas clases de árboles, y alambre de púas, del colindante Rafael Martínez; AL NORTE: En diecisiete metros treinta y cinco centímetros, por ahora no hay división y colinda con Rafael Martínez; AL PONIENTE: En veintiocho metros noventa y nueve centímetros, divididos por cerco de alambre, colinda con Fernando Ortiz, calle pública de por medio; AL SUR: En cincuenta y un metros sesenta centímetros, dividido por brotones de izote, colinda con Miguel Martínez. Dicho inmueble la señora antes mencionada lo ha adquirido por Donación que le hiciera la señora María del Carmen Mejía. El inmueble descrito no se encuentra en proindivisión con otra
persona, no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas o derechos reales que deban respetarse y lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los veinticuatro días del mes de Febrero del año dos mil once.- LIC. ULISES MENJÍVAR ESCAN-LANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. OSCAR IMERY HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006151-3
SONIA NOEMY REYES, Juez de Primera Instancia Suplente de este Distrito Judicial.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el licenciado RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, de treinta y ocho años de edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado número cuatro mil ochocientos treinta y siete, Apoderado Especial Judicial de la señora VITALINA GARCÍA; solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor de la señora VITALINA GARCÍA, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Maquilishuat, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial de DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Con terreno de Eulofi o Escalante y de Mariano Ayala, de por medio, calle que conduce al Caserío El Limón, y desde un mojón de piedra hasta la quebrada Las Lajas; AL NORTE: con terreno de Agustín Rodríguez Alvarado, dividiendo una quebrada de invierno y verano Las Lajas, y desde la calle indicada hasta encontrar una quebrada seca que sólo es de invierno; AL PONIENTE: con terreno de Manuel Lozano, de por medio la quebrada seca indicada desde la quebrada Las Lajas aguas arriba a llegar a un árbol de jocote pitarrillo de donde sigue por cerca de piña propia divisoria hasta un árbol de cicahuite; y AL SUR: con terrenos de Melecío Rodríguez, y de la sucesión de Salvador Andrade, desde el árbol de cicahuite siguiendo recto por cerca de piña propia divisoria y pasando por un mojón de piedra hasta el mojón de piedra en donde comenzó la descripción; el inmueble citado no es terreno sirviente, ni dominante, y no está en proindivisión con persona alguna; dicho inmueble tiene como accesorios construida una casa paredes de bloque y techo de tejas y madera, con los servicios de agua y energía eléctrica, no tiene cultivos permanentes; y lo valúa la titulante en la cantidad de QUINCE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Inmue-ble que adquirió por compra hecha a la señora ANGELA SANTIAGA HIDALGO DE ESCOBAR.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las quince horas treinta minutos del día diecisiete de febrero de dos mil once.- LICDA. SONIA NOEMY REYES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- LICDO. OSCAR ARMANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. C006157-3
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182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
LICENCIADO JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera
Instancia de este Distrito Judicial,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, de treinta y ocho
años de edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado número
cuatro mil ochocientos treinta y siete, Apoderado Especial Judicial de la
CURIA DIOCESANA DE SAN VICENTE, representada legalmente por
su EXCELENCIA MONSEÑOR JOSE ELIAS RAUDA GUTIERREZ;
solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor de la CURIA DIOCESANA
DE SAN VICENTE, representada legalmente por su EXCELENCIA
MONSEÑOR JOSE ELIAS RAUDA GUTIERREZ, de un inmueble de
naturaleza rústica, situado en el cantón Las Huertas, caserío El Centro de la
ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial
de DOS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA Y
SEIS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL
ORIENTE: con terreno de Agustín Meléndez López, antes hoy en una
parte con terreno de Dorotea Muñóz y en otra parte con Jesús Meléndez
López, divididos por cerco de alambre propio; AL NORTE: con terreno
de Santos Meléndez López, antes hoy una parte con Jesús Meléndez
López, con calle de acceso y en otra parte con David Meléndez López;
AL PONIENTE: con terreno de Amalia Flores de López, antes hoy de
Gustavo López Flores, divididos por cerco de alambre propio; y AL SUR:
con terreno de Santos Meléndez López, antes hoy de Crecencio Meléndez
López, divididos por cerco de alambre propio; El inmueble citado no es
terreno sirviente ni dominante, y no está en proindivisión con persona
alguna; dicho inmueble tiene construida la Ermita del cantón Huertas,
caserío El Centro; sin cultivos permanentes; y lo valúa el titulante en
la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA. Inmueble que lo hubo por donación hecha a la señora
SANTOS MELENDEZ LOPEZ.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a
las quince horas treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil
once.- Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA PROPIETARIO.- Licdo. OSCAR ARMANDO LOPEZ
SANCHEZ, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. C006158-3
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,
DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
EDWIN ANTONIO MORAGA SALGADO en su calidad de Apoderado
General Judicial de la señora ANA TERESA PENADO DE CAMPOS,
conocida tributariamente por ANA TERESA PENADO, de treinta y
siete años de edad, de Ofi cios Domésticos, salvadoreña, del domicilio de
Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad
número cero un millón cuatrocientos treinta y seis mil setecientos treinta
y uno-siete y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil ciento
nueve -doscientos ochenta mil setecientos setenta y tres- ciento uno- cero,
solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de
naturaleza rústica situado en el Cantón El Jocotón, jurisdicción y Distrito
de Jucuapa, Departamento de Usulután, de una extensión superfi cial
de CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CINCUEN-
TA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL ORIENTE: nueve metros cincuenta centímetros, linda
con Leandra Díaz Portillo de Amaya; AL NORTE: diecisiete metros,
linda con José Ramón Díaz Benavides; AL PONIENTE: nueve metros
con cincuenta centímetros, linda con Jorge Zenón Saravia, calle de por
medio; Y AL SUR: diecisiete metros, linda con Leandra Díaz Portillo
de Amaya.- El inmueble antes referido lo adquirió por venta que le hizo
su padre señor José Antonio Amaya González, por medio de Escritura
Pública y lo valúa en la suma de UN MIL CUATROCIENTOS DOLA-
RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL
DIA DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE.- Lic. OSCAR
NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.
RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047301-3
TITULO DE DOMINIO
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la Sra.
BALBINA CHÁVEZ MONTES, quien es de cincuenta y cuatro años de
edad, Ama de Casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: cero tres uno dos uno tres nueve ocho - siete, y con Número de
Identifi cación Tributaria: cero seiscientos cinco - ciento cincuenta mil
trescientos cincuenta y seis - ciento dos - uno, solicitando se le extienda
TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbano, situado
en el Barrio San José Calle Los Amayas, sin número, Jurisdicción de El
Paisnal, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de:
SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: mide veinticinco punto setenta metros, lindando con
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183DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
Teresa Chávez de Navarro Calle de por medio, AL ORIENTE: mide
veinticuatro punto quince metros, lindando con Isabel Hidalgo Vda. De
Montes; AL SUR: mide treinta punto cuarenta y siete metros, lindando
con Concepción Mercedes Hidalgo de Estrada y Cristina Tejada Grande
y AL PONIENTE: Mide veintiuno punto sesenta y cinco metros, linda
con María Mélida Moreno Menjívar. Todos los colindantes son de este
domicilio. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas, desde su adquisición por COMPRAVENTA de palabra sin
formalizar escritura que le hizo al señor SANTOS MORENO MON-
TES. Habiendo poseído el referido terreno en forma quieta, pacífi ca, y
no interrumpida, de forma material por más de quince años y lo valora
en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.
El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los diecisiete días del
mes de febrero de dos mil once.- JOSE HECTOR LARA ZAMORA,
ALCALDE MUNICIPAL.- LUZ BAIRES LOPEZ, SECRETARIO
MUNICIPAL INTO.
3 v. alt. No. F047125-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el Sr.
AGUSTIN CHAVEZ, quien es de sesenta y seis años de edad, Agricul-
tor en Pequeño, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: cero cero tres tres ocho cero seis cinco - tres, y con Número de
Identifi cación Tributaria: cero seiscientos cinco -doscientos ochenta mil
doscientos cuarenta y cuatro - ciento uno - dos, solicitando se le extienda
TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbano, situado
en el Barrio San José Calle El Chagüite, sin número, Jurisdicción de El
Paisnal, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de:
TRESCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO VEINTIÚN METROS
CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:
compuesto de dos tramos, el primero de cuatro punto noventa metros,
el segundo de diez punto catorce metros, lindando con Oscar Alfredo
Tejada Regalado, AL ORIENTE: compuesto de dos tramos, el primero de
dieciocho punto cinco metros y el segundo de seis punto quince metros,
linda con Lucía Alegría Sabrián; AL SUR: compuesto de dos tramos el
primero de siete punto cuarenta y seis metros y el segundo de seis punto
quince metros, linda con Gustavo Guzmán Tejada, Calle de por medio y
AL PONIENTE: línea recta de veintisiete punto veintiséis metros, linda
con predio de Alcaldía Municipal en donde se encuentra construido el
Tanque de Agua Potable. Todos los colindantes son de este domicilio. El
terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y
no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, desde su
adquisición por COMPRAVENTA de palabra sin formalizar escritura
que le hizo la señora MARÍA ISABEL CHÁVEZ. Habiendo poseído el
referido terreno en forma quieta, pacífi ca, y no interrumpida, de forma
material por más de quince años y lo valora en la cantidad de DOS MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los diecisiete días del
mes de febrero de dos mil once.- JOSE HECTOR LARA ZAMORA,
ALCALDE MUNICIPAL.- LUZ BAIRES LOPEZ, SECRETARIO
MUNICIPAL INTO.
3 v. alt. No. F047126-3
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.
HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la Sra.
ISABEL HIDALGO VIUDA DE MONTES, quien es de setenta y un
años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con Documento Único de
Identidad número: cero cero uno seis seis seis cinco nueve guión cero, y con
Número de Identifi cación Tributaria: cero seiscientos cinco-cero setenta
y un mil treinta y nueve - ciento uno - cero, solicitando se le extienda
TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbano, situado
en el Barrio San José Calle Los Amayas, sin número, Jurisdicción de El
Paisnal, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de:
SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO CERO DOS METROS
CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:
mide dos tramos el primero de quince punto veinte metros y el segundo
de catorce punto cuarenta metros, lindando con Teresa Chávez, María
Antonia Chávez de Hernández y José Santos Chávez Rojas, Calle de
por medio. AL ORIENTE: Mide treinta y seis punto veintiún metros,
lindando con María del Carmen Brizuela de Montes, AL SUR: mide
veintiuno punto veinticuatro metros lindando con Cristina Tejada Grande,
AL PONIENTE: Mide veinticuatro punto dieciséis metros, lindando con
Balbina Montes Chávez. Todos los colindantes son de este domicilio. El
terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y
no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, desde su
adquisición por COMPRAVENTA de palabra sin formalizar escritura
que le hizo el señor SANTOS MORENO MONTES conocido por SAN-
TOS MORENO. Habiendo poseído el referido terreno en forma quieta,
pacífi ca, y no interrumpida, de forma material por más de veinte años y
lo valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA.
El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los diecisiete días del
mes de febrero de dos mil once.- JOSE HECTOR LARA ZAMORA,
ALCALDE MUNICIPAL.- LUZ BAIRES LOPEZ, SECRETARIO
MUNICIPAL INTO.
3 v. alt. No. F047127-3
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184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
MARCAS DE FABRICA
No. de Expediente: 2010106370
No. de Presentación: 20100145885
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YASMIN ELE-NA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de RIO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RIO VERDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
CAJAMARCA
Consistente en: la palabra CAJAMARCA, que servirá para: AM-PARAR: VINOS, BEBIDAS ALCOHOLICAS, EXCEPTO CERVEZA. Clase: 33.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006124-3
No. de Expediente: 2010106368
No. de Presentación: 20100145883
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YASMIN ELE-NA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de RIO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RIO VERDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
CAJAMARCA
Consistente en: la palabra CAJAMARCA, que servirá para: AM-PARAR: FLORES NATURALES, FLORES SECAS, FRUTA FRESCA, HONGOS FRESCOS. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006126-3
No. de Expediente: 2010106369
No. de Presentación: 20100145884
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YASMIN ELE-NA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de RIO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RIO VERDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,
CAJAMARCA
Consistente en: la palabra CAJAMARCA, que servirá para: AMPARAR: QUESO, CREMA, FRUTA PRESERVADA, COCIDA Y/O CONGELADA, JALEAS, MERMELADAS, PATÉS, NUECES, MANTEQUILLA DE COCOA, DE MANI, DE NUECES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006127-3
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185DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2010103263
No. de Presentación: 20100140704
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado INGRID CRISTINA AYALA MOLINA, en su calidad de APODERADO de MONTREAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MONTREAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ESENCIAL FORTE
Consistente en: las palabras ESENCIAL FORTE, en donde la palabra FORTE se traduce al castellano como fuerte, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006128-3
No. de Expediente: 2011107448
No. de Presentación: 20110148000
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR SAUL ROMERO SANCHEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de TECNOQUIMICAS S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Flunariteg y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006130-3
No. de Expediente: 2011107447
No. de Presentación: 20110147998
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR SAUL ROMERO SANCHEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de TECNOQUIMICAS S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Alendroteg y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006132-3
DIARI
O OFI
CIAL
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PARA
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LEGAL
186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107446
No. de Presentación: 20110147995
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR SAUL ROMERO SANCHEZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de TECNOQUIMICAS S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Cinariteg y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006136-3
No. de Expediente: 2011107513
No. de Presentación: 20110148103
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HUMBERTO RODRIGUEZ ARIAS, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS CONGELADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIACO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Deli Cheese Diaco
Consistente en: las palabras Deli Cheese Diaco, en donde Cheese se traduce al castellano como Queso, sobre las palabras Deli Cheese individualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS LACTEOS DE CONSUMO HUMA-NO. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006137-3
No. de Expediente: 2011107516
No. de Presentación: 20110148106
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HUMBERTO RODRIGUEZ ARIAS, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS CONGELADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIACO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Deli Meat Diaco
Consistente en: las palabras Deli Meat Diaco, en donde Meat se traduce al castellano como Carne, sobre las palabras Deli Meat indivi-dualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN ANIMAL PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006138-3
DIARI
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LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
187DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2011107515
No. de Presentación: 20110148105
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE HUMBERTO RODRIGUEZ ARIAS, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS CONGELADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DIACO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Deli Fish Diaco
Consistente en: las palabras DELI FISH DIACO, traducida la palabra FISH como Pez, sobre las palabras DELI FISH en donde FISH se traduce como PEZ no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: MARISCOS, CRUSTÁCEOS, MOLUSCOS Y PESCADO PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006139-3
No. de Expediente: 2011107090
No. de Presentación: 20110147384
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIABEPIRYL
Consistente en: la palabra DIABEPIRYL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006159-3
No. de Expediente: 2011107110
No. de Presentación: 20110147405
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ORCETAM
Consistente en: la palabra ORCETAM, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006160-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107113
No. de Presentación: 20110147408
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PLAISIR SOFT
Consistente en: las palabras PLAISIR SOFT, que se traducen al castellano como "Plaisir Suave", que servirá para: AMPARAR: PRO-DUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006161-3
No. de Expediente: 2011107099
No. de Presentación: 20110147393
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
METROPOL
Consistente en: la expresión METROPOL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006162-3
No. de Expediente: 2011107103
No. de Presentación: 20110147397
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIATIPDOS
Consistente en: la palabra DIATIPDOS, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006163-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
189DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2011107101
No. de Presentación: 20110147395
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
OBECURE
Consistente en: la palabra OBECURE, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006164-3
No. de Expediente: 2011107111
No. de Presentación: 20110147406
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ORFIL
Consistente en: la palabra ORFIL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CAN-CER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006165-3
No. de Expediente: 2011107104
No. de Presentación: 20110147398
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
DIOZINAC
Consistente en: la palabra DIOZINAC, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006166-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107108
No. de Presentación: 20110147403
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
OLIRUBICINA
Consistente en: la palabra OLIRUBICINA, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006167-3
No. de Expediente: 2011107115
No. de Presentación: 20110147410
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GLICONTROL
Consistente en: la expresión GLICONTROL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006168-3
No. de Expediente: 2008079166
No. de Presentación: 20080113716
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de Atlasbx Co., Ltd., de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras ATLAS BATTERY y diseño, que se traducen al castellano como BATERIAS ATLAS. Sobre la palabra BATTERY no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: BATERIAS PARA VEHICULOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos mil ocho.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006169-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
191DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2011107118
No. de Presentación: 20110147413
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
INIFLAM
Consistente en: la palabra INIFLAM, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006170-3
No. de Expediente: 2011107089
No. de Presentación: 20110147383
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
CORASTATIN PLUS
Consistente en: las palabras CORASTATIN PLUS, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006171-3
No. de Expediente: 2011107117
No. de Presentación: 20110147412
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
INHIPROS
Consistente en: la palabra INHIPROS, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006172-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107116
No. de Presentación: 20110147411
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
GLIMPIR
Consistente en: la palabra GLIMPIR, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006173-3
No. de Expediente: 2011107083
No. de Presentación: 20110147377
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ALERZINA
Consistente en: la palabra ALERZINA, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006174-3
No. de Expediente: 2011107092
No. de Presentación: 20110147386
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
OLIFELONATO
Consistente en: la palabra OLIFELONATO, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
193DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006175-3
No. de Expediente: 2011107095
No. de Presentación: 20110147389
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
RINANDRA
Consistente en: la expresión RINANDRA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CÁNCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006176-3
No. de Expediente: 2011107109
No. de Presentación: 20110147404
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
OLISAVIR
Consistente en: la palabra OLISAVIR, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006177-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107102
No. de Presentación: 20110147396
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
DIASULFON
Consistente en: la expresión DIASULFON, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CÁNCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006178-3
No. de Expediente: 2011107105
No. de Presentación: 20110147399
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
DISMIGRAS
Consistente en: la palabra DISMIGRAS, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006179-3
No. de Expediente: 2011107086
No. de Presentación: 20110147380
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
BONIDRATO
Consistente en: la palabra BONIDRATO, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006180-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
195DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2011107107
No. de Presentación: 20110147401
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
OLIPIVIR
Consistente en: la palabra OLIPIVIR, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006181-3
No. de Expediente: 2011107091
No. de Presentación: 20110147385
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
DIAMERYL
Consistente en: la palabra DIAMERYL, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006182-3
No. de Expediente: 2011107106
No. de Presentación: 20110147400
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
OLIFOSTINA
Consistente en: la palabra OLIFOSTINA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA El TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006183-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107097
No. de Presentación: 20110147391
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
LIGHTENING
Consistente en: la palabra LIGHTENING que se traduce al caste-
llano como "Iluminado", que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO
DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER. Clase:
05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006184-3
No. de Expediente: 2011107098
No. de Presentación: 20110147392
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
LIPINOR
Consistente en: la palabra LIPINOR, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006185-3
No. de Expediente: 2011107088
No. de Presentación: 20110147382
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
CORASTATIN
Consistente en: la palabra CORASTATIN, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
siete de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006186-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
197DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2011107082
No. de Presentación: 20110147376
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
ALECITRAM
Consistente en: la palabra ALECITRAM, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006187-3
No. de Expediente: 2011107080
No. de Presentación: 20110147374
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
GINKOLIS
Consistente en: la palabra GINKOLIS, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006188-3
No. de Expediente: 2011107077
No. de Presentación: 20110147371
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
DULOX
Consistente en: la palabra DULOX, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CAN-
CER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006189-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107094
No. de Presentación: 20110147388
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
ROUGERUS DIFFUSES
Consistente en: las palabras ROUGERUS DIFFUSES que se
traducen al castellano como Rougerus Difunde, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006190-3
No. de Expediente: 2011107079
No. de Presentación: 20110147373
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
FLAMYCOX
Consistente en: la palabra FLAMYCOX, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006191-3
No. de Expediente: 2011107100
No. de Presentación: 20110147394
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
NOALAZU
Consistente en: la palabra NOALAZU, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006192-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
199DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011. No. de Expediente: 2011107114
No. de Presentación: 20110147409
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
RENANGIO
Consistente en: la palabra RENANGIO, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006193-3
No. de Expediente: 2011107081
No. de Presentación: 20110147375
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
GLICOMINA
Consistente en: la palabra GLICOMINA, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO
DEL CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diez de febrero del año dos mil once.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006194-3
No. de Expediente: 2011107112
No. de Presentación: 20110147407
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
PLAISIR
Consistente en: la palabra PLAISIR, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL CAN-
CER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006195-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
No. de Expediente: 2011107076
No. de Presentación: 20110147370
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
DOLACET
Consistente en: la palabra DOLACET, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
ocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006196-3
No. de Expediente: 2011107085
No. de Presentación: 20110147379
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
BISOVELL
Consistente en: la palabra BISOVELL que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006197-3
No. de Expediente: 2011107078
No. de Presentación: 20110147372
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO AN-
TONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de
OLI MED GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
DULOXINE
Consistente en: la palabra DULOXINE, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTO DE TIPO VIAL PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil
once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
nueve de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006198-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
201DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
No. de Expediente: 2010106235
No. de Presentación: 20100145683
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO ANTO-
NIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO de Dr.
Ing. h. c. F. Porsche e Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO,
Consistente en: la palabra PORSCHE y diseño, que servirá para:
AMPARAR: AUTOMOVILES. Clase: 12.
La solicitud fue presentada el día catorce de diciembre del año dos
mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veinte de diciembre del año dos mil diez.
ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006200-3
CONVOCATORIAS
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetaleros
de San José de La Majada de Responsabilidad Limitada, por medio del
suscrito Director Presidente,
CONVOCA a sus Asociados a la Asamblea General Ordinaria que
se celebrará en el Salón de Sesiones "Armando Márquez Luna" de su
sede social ubicada en el Cantón San José de La Majada, jurisdicción
de Juayúa, departamento de Sonsonate, a las ocho horas del domingo
tres de abril de dos mil once. Establecido el quórum legal, la Asamblea
General conocerá y resolverá sobre la siguiente Agenda:
1. Comprobación de quórum.
2. Designación de tres asambleístas que fi rmarán el Acta de la
Asamblea General, juntamente con el Presidente y el Secretario
del Consejo de Administración.
3. Informe del Presidente.
4. Presentación de la Memoria de Labores e Informes de los
Organismos Directivos correspondientes al Ejercicio com-
prendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2010, de los
Estados Financieros correspondientes al mismo período y
del informe de los Auditores Externos, a fi n de aprobar o
no los dos primeros y adoptar las medidas que considere
oportunas.
5. Reconocimiento a los socios que cumplen veinticinco años
de pertenecer a la Cooperativa.
6. Renuncia del Dr. José Emilio Suadi Hasbún, como miembro
propietario del Consejo de Administración (período que
fue elegido 2009/2012); para la elección de su respectivo
sustituto.
7. Elección de los miembros propietarios y suplentes para el
Consejo de Administración, Comité de Vigilancia, Comité
de Crédito y Comité de Educación, que sustituirán a los que
fi nalizan su período.
8. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio econó-
mico comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre,
ambas fechas de 2011 y asignación de sus honorarios, así
como de su suplente y asignación de sus honorarios.
9. Nombramiento del Auditor Fiscal para el ejercicio económico
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, ambas
fechas de 2011, así como de su suplente y asignación de sus
honorarios.
10. Autorizar al Consejo de Administración para obtener créditos
de instituciones fi nancieras y/o comerciales, nacionales o
extranjeras, para los destinos siguientes:
a. Créditos para fi nanciar a los cooperados las labores
agrícolas, fertilización y recolección de la cosecha
2012/2013 y el proceso industrial de la misma.
b. Créditos con garantía personal y/o hipotecaria para fi nan-
ciar y/o refi nanciar cualquiera otra actividad industrial
o agrícola.
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
11. Acordar la tasa de interés de las Acciones Especiales a emitirse
en el ejercicio 2011.
12. Cualquier otro asunto de carácter informativo comprendido
en la Escritura Social que no requiera de la resolución de la
Asamblea General.
13. Exclusión de Socios, por incumplimiento de la cláusula
Décimo Segunda de la Escritura Social.
Para constituirse la Asamblea General Ordinaria en primera con-
vocatoria será necesaria la asistencia o representación de 270 socios de
un total de 538, inscritos en el Registro de Asociados de la Cooperativa,
en pleno goce de sus derechos como socio de la misma; sus resoluciones
sólo serán válidas cuando se tomen con el voto afi rmativo de la mayoría
de los asistentes.
En caso de que por falta de quórum no pudiese celebrarse la Asamblea
General en la fecha señalada, SE CONVOCA POR SEGUNDA VEZ a
los asociados para que asistan a la misma hora y en el mismo lugar, el
lunes cuatro de abril de dos mil once, la cual se constituirá válidamente
con los socios que asistan, siempre que el número de los que concurran
no sea inferior a diez.
Las resoluciones y acuerdos serán de obligatorio cumplimiento
cuando sean adoptados por la mayoría de votos requeridos por la Escritura
Social.
A el(la) asociado(a) que no asistiere a dicha Asamblea General
Ordinaria sin causa justifi cada, se le aplicará la multa aprobada en sesión
de Asamblea General Ordinaria, celebrada el día cinco de noviembre de
dos mil seis, según acta de sesión No. 66.
San José de La Majada, 03 de Marzo de 2011.
LIC. JOSÉ SALVADOR ANTONIO VILANOVA NOLTENIUS,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C006155-3
CONVOCATORIA
El infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad
BLANQUEADORES Y DESINFECTANTES, S.A. DE C.V., de confor-
midad con su pacto social, por este medio CONVOCA, a sus accionistas
para que concurran a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, el día 01 de abril del dos
mil once, a las nueve horas, en sus ofi cinas en Colonia San Antonio y
Avenida Las Delicias, número 4-B, de la Ciudad de Soyapango, con el
objeto de conocer y resolver la siguiente Agenda:
1) Verifi cación del Quórum
2) Aprobación de la Agenda
3) Lectura del Acta anterior
4) Presentación y Resolución sobre la Memoria de Labores de
la Junta Directiva y de los Estados Financieros del Ejercicio
2010.
5) Dictamen e informe del Auditor Externo Ejercicio 2010
6) Dictamen e informe del Auditor Fiscal Ejercicio 2010
7) Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio del 2011
y aprobación de sus emolumentos.
8) Nombramiento del Auditor Fiscal para el Ejercicio del 2011
y aprobación de sus emolumentos.
9) Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que
sea de la competencia de esta Junta Directiva conforme a la
Ley o Pacto Social.
El Quórum necesario para celebrar esta Junta General es las tres
cuartas partes del Capital Social.
En caso de no haber Quórum en la fecha y hora señalada se convoca
por segunda vez para las nueve horas del día dos de abril del dos mil
once, en el mismo lugar y se celebrará la Junta con cualquiera que sea el
número de acciones presentes o representadas y se tomarán resoluciones
por mayoría.
Soyapango, 07 de marzo del 2011.
MARÍA ESTELA MORENO DE VELÁSQUEZ,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C006261-3
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
203DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
KMTC, S.A. DE C.V.
La Junta Directiva de la sociedad "KMTC, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE" que se abrevia "KMTC, S.A. DE C.V.", en cumplimiento a su pacto social y a lo estipulado en el Código de Comercio vigente, convoca a los accionistas de la misma, para cele-brar Junta General Ordinaria de Accionistas en primera convocatoria a realizarse a las nueve horas del día trece de abril del año dos mil once, en las instalaciones de las ofi cinas centrales de "KMTC, S.A. DE C.V." ubicadas en la 67ª Avenida Sur Nº 230 Edifi cio RAS y Avenida Olímpica, Colonia Escalón, San Salvador.
AGENDA:
ASUNTOS ORDINARIOS:
I. Establecimiento del Quórum
II. Lectura y aprobación del Acta anterior.
III. Presentación de la Memoria de Labores del ejercicio 2010 de la Junta Directiva.
IV. Presentación del Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio para el ejercicio que fi nalizó el día treinta y uno de diciembre del año dos mil diez.
V. Aplicación de Resultados.
VI. Informe y Dictamen del Auditor Externo.
VII. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-mentos.
VIII. Venta Intangible Dermalogic.
IX. Otros puntos varios.
ASUNTOS EXTRAORDINARIOS:
I. Disminución de capital social
El quórum para celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas es de la asistencia de la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes, y en segunda convocato-ria, el quórum para celebrar sesión es cualquiera que sea el número de acciones representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes, de conformidad con la Cláusula Décima del Pacto Social de "KMTC, S.A. DE C.V.", y lo estipulado en el Código de Comercio Vigente.
En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente en primera convocatoria, se establece una segunda convocatoria para las nueve horas del día catorce de abril de dos mil once, en las instalaciones de las ofi cinas centrales de "KMTC, S.A. DE C.V." ubicadas en la 67ª Avenida Sur Nº 230 Edifi cio RAS y Avenida Olímpica, Colonia Escalón, San Salvador, el primer día de marzo de dos mil once.
KARLA BELISMELIS PARKER,
DIRECTOR PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F047206-3
SUBASTA PÚBLICA
LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO, LICEN-CIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, al público en general.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil Referencia 410-EM-09-3, promovido en este Tribunal por la Licenciada MILAGRO ELVECIA ARGUETA DE RAMOS, quien actúa en su carácter de Apoderada General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FOR-TALECIMIENTO FINANCIERO, en contra de la demandada BLANCA SONIA ALFARO DE CHÉVEZ, se venderá en pública subasta en este Tribunal, con fecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe: """"Un lote de terreno urbano y casa de sistema mixto en él construida, segregado de otro de mayor extensión, marcado como lote número catorce, polígono A de la Urbanización Metrópolis de la jurisdicción de Mejicanos, que se localiza y describe así: Partiendo de la intersección de la Avenida Bernal y Pasaje número tres, se mide sobre éste cuarenta y un metros rumbo norte cincuenta y cuatro grados veinte minutos oeste, luego defl exión derecha de noventa grados y cinco metros cincuenta centímetros, se llega a la esquina sur este del lote que mide y linda: AL SUR, tramo recto de ocho metros cincuenta centímetros norte cincuenta y cuatro grados veinte minutos oeste y tramo curvo de seis metros quince centímetros de longitud y cuatro metros cincuenta centímetros de radio, lotes treinta y treinta y uno, pasaje número tres de por medio; AL PONIENTE dieciséis metros norte veinticinco grados cuarenta minutos este, lote veintitrés, pasaje número cuatro de por medio; AL NORTE, doce metros sur sesenta y cuatro grados veinte minutos este, lote quince; AL ORIENTE, veintidós metros sur veinticinco grados cuarenta minutos oeste, lote trece. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad del señor Samuel Álvaro Guevara Baires, quien fuera propietario del inmueble general de donde se segregó éste. El Lote de terreno así descrito tiene una extensión superfi cial de doscientos cuarenta y siete metros cuadrados equivalentes a trescientas tres varas cuadradas cuarenta y un centésimos de vara cuadrada. Inmueble inscrito a favor de la hipotecante bajo el Sistema de Folio Real según Matrícula número CERO UNO - CERO CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO - CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad de este Departamento. El inmueble relacionado se encuentra inscrito a favor de los hipotecantes en el Sistema de Folio Real con matrícula número SEIS CERO CERO CUATRO CINCO CERO SIETE SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO""''''. Se admitirán posturas legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las nueve horas y veinticinco minutos del día tres de febrero del año dos mil once. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F047151-3
REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S. A.
Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 11200152455, Agencia Sonsonate emitido el día 10/01/2000 a un plazo de 180 días el cual devenga el 2.00% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
DIARI
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CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.
San Salvador, 03 de Marzo del dos mil once.
JULIO ALFONSO GARCÍA INGLES,
JEFE DE DEPARTAMENTO DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F047137-3
AVISO
EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S. A.
Comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo # 20440058467, Agencia Nueva Concepción emitido el día 14/04/2009 a un plazo de 90 días el cual devenga el 1.75% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso.
Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Salvador, 03 de Marzo del dos mil once
JULIO ALFONSO GARCÍA INGLES,
JEFE DE DEPARTAMENTO DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F047138-3
AVISO
BANCO PROCREDIT, S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Ahuachapán parte interesada manifestando que ha extraviado el certifi cado de Depósito a Plazo Fijo No. 03799 de la cuenta No. 1302-01-000315-6 extendido por nuestra institución, 19 de enero de 2006 a nombre de Senia Elizabeth Murga de Lucha por un monto de Un mil 00/100 dólares, (US $1,000.00) a 30 días plazo, a una tasa de interés del 2.50%.
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del código de comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.
San Salvador, 03 de Marzo del dos mil once.
ALICIA S. DE MOLINA.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F047142-3
CAJA DE CRÉDITO DE SANTA ROSA DE LIMA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE C.V.
COMUNICA: Que a su ofi cina, ubicada en Barrio La Esperanza, Avenida General Larios No.13, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, se ha presentado el propietario del CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DÓLARES Número 1474, emitido el 02-03-2009 a un plazo de 180 días, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
Santa Rosa de Lima, 25 de Febrero de 2011
JOSÉ OSCAR RIVERA SALAZAR,
REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. F047210-3
LA SOCIEDAD INVERSIONES MEDICAS DE ORIENTE, S.A. DE C.V.
Comunica que a sus ofi cinas principales ubicadas en Final 9ª Ave-nida Sur y Calle La Paz, se ha presentado el propietario del Certifi cado de Acciones número 307, solicitando la reposición de dicho certifi cado por haberlo extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del co-nocimiento del público en general, para los efectos legales del caso que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiese ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.
San Miguel, a un día del mes de marzo del año dos mil once.
JOSÉ ARÍSTIDES VELÁSQUEZ PERLA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F047314-3
DIARI
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PARA
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LEGAL
205DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
BALANCE DE LIQUIDACION
RAPIGRAFIK, S.A. DE C.V. EN LIQUIDACION
BALANCE DE LIQUIDACION AL 31 DE MAYO DE 2010 VALORES EXPRESADOS EN DOLARES
ACTIVO PASIVO
Circulante $ 392.07
Diferido $ 217.34 Cuentas por pagar socios $ 392.07
Pago a cuenta. Impto. S/Renta $ 217.34
CAPITAL RESERVAS Y UTILIDAD $ -174.73
Capital Social 48,414.56
Reserva Legal 2,042.97
Utilidad por Distribuir 3,625.63
(-) Défi cit Acumulado 54,257.89
TOTAL DE ACTIVO $ 217.34 TOTAL DEL PASIVO Y CAPITAL $ 217.34
LIQUIDADOR, LIQUIDADOR, LIQUIDADOR, CONTADOR,
JUAN JOSE JUAREZ BLANCO. REMBERTO PENADO CABEZAS. JUAN JOSE SIGÜENZA TORRES. OSCAR ORLANDO LOPEZ.
AUDITOR EXTERNO,
SONIA ELIZABETH CASTILLO DE CAÑAS.
3 v. alt. No. F047218-3
MARCA INDUSTRIAL
No. de Expediente: 2008079355
No. de Presentación: 20080114180
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de BAN-CO LATINOAMERICANO DE EXPORTACIONES, S.A. (BLADEX), de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
BLADEX
Consistente en: la expresión BLADEX, que servirá para: AMPA-RAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRA-FÍAS; PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA PA-
PELERÍA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBA-LAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de diciembre del año dos mil ocho.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C006229-3
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206 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
MARCA DE SERVICIOS
No. de Expediente: 2010106366
No. de Presentación: 20100145881
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YASMIN
ELENA MEJIA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de RIO
VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se
abrevia: RIO VERDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
LAS TUMBERGIAS
Consistente en: las palabras LAS TUMBERGIAS, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIO DE CAFÉ, RESTAURANTE, BAR,
HOTELES, ACOMODACIONES PARA TURISTAS. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del año
dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006123-3
No. de Expediente: 2010105806
No. de Presentación: 20100144881
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GUILLERMO
ANTONIO MORAN AQUINO, en su calidad de APODERADO GE-
NERAL JUDICIAL de RIO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RIO VERDE, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
CAJAMARCA
Consistente en: la palabra CAJAMARCA, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS EDUCACION, ENTRENAMIENTO, HACER
ARREGLOS PARA IMPARTIR SEMINARIOS, CONGRESOS O
SIMPOSIOS, TALLERES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año
dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
diecinueve de enero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006125-3
No. de Expediente: 2010099966
No. de Presentación: 20100134507
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PIERO
ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de WACKENHUT DE VALORES, SOCIEDAD ANONI-
MA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras FORZA CASH LOGISTICS y diseño,
traducida como FUERZA LOGISTICA DE EFECTIVO, que servirá
para: AMPARAR: TRANSPORTE, RESGUARDO, CUSTODIA Y
PROCESO DE VALORES. Clase: 39.
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207DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil diez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de enero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006199-3
No. de Expediente: 2008090576
No. de Presentación: 20080117677
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The Coca-Cola Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de silueta de botella en triángulo de The Coca-Cola Company, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN; SERVICIOS EDUCA-CIONALES, INCLUYENDO PROVEER CLASES, SEMINARIOS, TALLERES, E INFORMACIÓN DE EDUCACIÓN ENFOCADOS A LAS ELECCIONES DE LOS CONSUMIDORES DE BEBIDAS, SALUD, BIENESTAR FÍSICO, ACONDICIONAMIENTO FÍSICO Y ESTILOS DE VIDA, PARTICIPACIÓN CORPORATIVA EN PRO-GRAMAS E INICIATIVAS DE LA COMUNIDAD, AMBIENTALES, DE CONSERVACIÓN, DE AYUDA EN CASOS DE EMERGENCIA, SALUD Y BIENESTAR, EDUCACIÓN Y ASISTENCIA MÉDICA; FORMACIÓN; ESPARCIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; SERVICIOS DE CONSULTORÍA E INFORMACIÓN EN RELACIÓN A TODOS LOS ANTEDICHOS SERVICIOS. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de diciembre del año dos mil ocho.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C006228-3
DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en las Dili-
gencias de Muerte Presunta, promovidas por el Doctor FACUNDO DE
JESÚS RUIZ RODAS, en su carácter de Apoderado General Judicial
del señor CARLOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ, y de las se-
ñoras DORIS ELIZABETH URRUTIA MARQUEZ y CAROLINA
URRUTIA MARQUEZ conocida antes por CAROLINA MARQUEZ
URRUTIA, a fi n de que en sentencia defi nitiva se declare la Muerte
Presunta de la desaparecida señora DORA ANGELINA MARQUEZ
SALAVERRIA, conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS
MARQUEZ, se encuentra la Sentencia que literalmente DICE: JUZGA-
DO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas y quince
minutos del día trece de mayo de dos mil nueve. Las presentes Diligen-
cias de Muerte Presunta han sido promovidas por el Doctor FACUNDO
DE JESÚS RUIZ RODAS, mayor de edad, Abogado, de este domicilio
y del de Sonsonate, actuando en su carácter de Apoderado General
Judicial del señor CARLOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ, y de
las señoras DORIS ELIZABETH URRUTIA MARQUEZ y CAROLI-
NA URRUTIA MARQUEZ conocida antes por CAROLINA MARQUEZ
URRUTIA, todos mayores de edad, el primero Agente de Bienes Raíces,
la segunda Gerente de Ventas y la última supervisora de Agencia de
Trabajo, todos de este domicilio, a fi n de que en sentencia defi nitiva se
declare la muerte presunta de la desaparecida señora DORA ANGELINA
MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA ANGELINA
MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, quien fue de cincuenta y tres años
de edad, Empleada, del domicilio de esta ciudad. Han intervenido en las
presentes diligencias el Doctor FACUNDO DE JESUS RUIZ RODAS,
de las generales y en la calidad antes expresada, el Licenciado MIGUEL
ALEXANDER RUANO GUTIERREZ, mayor de edad, Abogado, de
este domicilio, en su calidad de Defensor Especial de la desaparecida
señora DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por
DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, la Licenciada
CARMEN HAYDEE PADILLA BONILLA, mayor de edad, Abogada
y Notaria, de este domicilio, y la Licenciada ANA VIRGINIA GALEAS
RODRÍGUEZ, mayor de edad, Abogada y Notaria, de este domicilio,
ambas actuando en su carácter de Agentes Auxiliares del señor Fiscal
General de la República, en forma conjunta o separada, y el Licenciado
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208 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
HERBER ERNESTO MONTOYA SALAZAR, mayor de edad, Abo-
gado, del domicilio de Ayutuxtepeque, actuando en su carácter de
Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en sustitución
de la de igual cargo Licenciada CARMEN HAYDEE PADILLA
BONILLA. LEIDOS LOS AUTOS, Y; CONSIDERANDO: I.- Que el
Doctor FACUNDO DE JESUS RUIZ RODAS, en su solicitud EXPRE-
SO: "''Que la señora DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA,
conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ,
desapareció en esta ciudad como a las siete horas y treinta minutos del
día diez de diciembre del año dos mil, ignorándose si vive; ella residía
en la casa número seis, Calle Los Bambúes, de la Residencial Villa
Florencia, Colonia San Mateo, de esta ciudad; la señora MARQUEZ
salió de su residencia más o menos a la hora antes indicada, sin avisar-
le a nadie y sin dejar ningún tipo de recado a su hijo, mi representado,
ni a ninguna persona, hasta la fecha se Ignora el paradero de la desapa-
recida; se han hecho en vano las posibles diligencias para averiguarlo y
desde la fecha de las últimas noticias que se tuvieron de su existencia
han transcurrido más de cuatro años. La señora MARQUEZ trabajaba
en la Corte de Cuentas de la República; que por los hechos antes rela-
cionados y en virtud de que mi poderdante tiene derecho en la herencia
Intestada que dejó su señora madre, con expresas Instrucciones suyas y
de conformidad a los Artículos 79, 80 y siguientes del Código Civil y
800 y siguientes del Código de Procedimientos Civiles, vengo a Iniciar
las diligencias a efecto de que se declare la presunción de muerte por
desaparecimiento de la señora DORA ANGELINA MARQUEZ
SALAVERRIA, conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS
MARQUEZ. Por auto de fs. 25 de las catorce horas con quince minutos
del día once de mayo del dos mil seis, se tuvo por parte al Doctor FA-
CUNDO DE JESUS RUIZ RODAS, en el carácter en que compareció,
se agregó la documentación presentada, se admitió la solicitud presen-
tada, y se nombró como Defensor Especial al Licenciado MIGUEL
ALEXANDER RUANO GUTIÉRREZ, para que representara a la
desaparecida señora DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA,
conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ.
II.- Por auto de fs. 30 de las diez horas con quince minutos del día
veintinueve de junio del dos mil seis, de conformidad con lo estableci-
do en el Art. 801 Pr.C., se le corrió traslado al Licenciado MIGUEL
ALEXANDER RUANO GUTIÉRREZ, en su carácter de Defensor
Especial, y al señor FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA por el
término de tres días a cada uno, haciendo uso del traslado conferido el
Licenciado Ruano Gutiérrez, MANIFESTO: '''''Que en mi carácter de
Defensor Especial de la señora MARQUEZ SALAVERRIA, vengo a
contestar la demanda en sentido afi rmativo, y que además no me opon-
go a las pretensiones de la parte actora, siempre y cuando compruebe
conforme a derecho los extremos de su demanda.'"' III.- No habiendo
evacuado el término concedido el señor FISCAL GENERAL DE LA
REPÚBLICA, se le tuvo por acusada rebeldía, por lo que por escrito
presentada a este Juzgado el día dieciocho de julio del dos mil seis, la
parte actora Doctor FACUNDO DE JESUS RUIZ RODAS, pidió el
acuso de rebeldía, y que se abriera a pruebas las presentes diligencias
por el término legal de ocho días con todos cargos, según auto de fs. 35
de las nueve horas diez minutos del día diecinueve de julio del dos mil
seis, y se abrió a pruebas las presentes diligencias por el término de ocho
días, contados a partir del día siguiente a la notifi cación de este proveí-
do. Por auto de fs. 43 de las diez horas del día once de agosto del dos
mil seis, se tuvo por parte a la Licenciada CARMEN HAYDEE PADILLA
BONILLA en su calidad de Agente Auxiliar del señor FISCAL GENE-
RAL DE LA REPÚBLICA, asimismo por interrumpida la rebeldía
decretada en contra de su Representado, y por auto de fs. 46 de las
nueve horas del día dieciséis de agosto del dos mil seis, se tuvo por
parte a la Licenciada ANA VIRGINIA GALEAS RODRÍGUEZ en su
calidad de Agente Auxiliar del señor FISCAL GENERAL DE LA
REPÚBLICA, para actuar conjunta o separadamente de la Licenciada
PADILLA BONILLA, posteriormente por auto de fs. 63 de las diez
horas con quince minutos del día veintisiete de febrero del dos mil ocho
se tuvo por parte al Licenciado HERBER ERNESTO MONTOYA
SALAZAR en su carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General
de la República en sustitución de la de igual cargo Licenciada PADILLA
BONILLA. El Doctor FACUNDO DE JESUS RUIZ RODAS, previo
señalamiento de día y hora, presentó para su examen a los testigos se-
ñores GILMA NOEMÍ RUIZ MOLINA y OSCAR ARMANDO
ESPINOZA RUIZ, quienes MANIFESTARON: EN EL JUZGADO
SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las nueve horas del día
dieciséis de agosto del dos mil seis. Siendo éstos el lugar, día y hora
señalados en el auto que antecede para la presentación de testigos ofre-
cido por la parte actora Doctor FACUNDO DE JESÚS RUIZ RODAS
se procede a ello dando el resultado siguiente: Se encuentran presentes
el Doctor antes mencionado, de generales conocidas en las presentes
diligencias, y la Licenciada ANA VIRGINIA GALEAS RODRÍGUEZ
de generales conocidas en las presentes diligencias, el Doctor Ruíz Rodas
presenta para su examen a las testigos señoras GILMA NOEMÍ RUIZ
DE MOLINA, de cuarenta y ocho años de edad, Empleada, del domi-
cilio de Antiguo Cuscatlán, quien se identifi ca por medio de su DOCU-
MENTO UNICO DE IDENTIDAD NUMERO CERO UN MILLON
OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CIN-
CUENTA Y SIETE -CERO, que se tuvo a la vista; y OSCAR ARMAN-
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209DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
DO ESPINOZA RUIZ , de veinticuatro años de edad, estudiante, del
domicilio de Antiguo Cuscatlán, quien se identifi ca con su DOCUMEN-
TO ÚNICO DE IDENTIDAD NUMERO CERO CERO QUINIENTOS
SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO
- SIETE, que se tuvo a la vista. Juramentados que fueron los testigos en
legal forma, éstos ofrecieron decir la verdad en lo que fueren pregunta-
dos, de ser de las generales antes expresadas, y no tener interés ni im-
pedimento legal para declarar como testigos en el presente juicio. IN-
TERROGADA que fue el primer testigo separado del segundo de
conformidad al cuestionario previamente presentado, CONTESTA: 1.
Que si conoce al señor CARLOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ,
de treinta y un años de edad, Agente de bienes raíces, y de este domici-
lio desde hace más de veinte años 2.- Que si conoce a la señora DORA
ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, mayor de edad, Se-
cretaria Ejecutiva, y de este domicilio, desde hace más de veinte años
3.- Que si le consta que la señora DORA ANGELINA MARQUEZ
SALAVERRIA, conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS
MARQUEZ, y su hijo CARLOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ
residían en la casa número seis, Calle Los Bambúes, de la Residencial
Villa Florencia, Colonia San Mateo, de esta ciudad. 4.- Que si le cons-
ta que la señora DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA,
conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ
desapareció de su residencia mencionada anteriormente en horas de la
mañana del día diez de diciembre del año dos mil, ignorándose si vive,
5.- Que si le consta que el día del desaparecimiento, la señora DORA
ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, no le avisó a nadie y
no le dejó algún recado a su hijo, ni a ninguna otra persona, 6.- Que si
le consta que hasta la fecha se ignora el paradero de la desaparecida,
7.- Que si le consta que se han hecho en vano las posibles diligencias
para averiguar el paradero de la señora MARQUEZ SALAVERRIA, y
que desde la fecha de las últimas noticias de su existencia han transcu-
rrido más de cuatro años, 8.- Que si le consta que la señora MARQUEZ
SALAVERRIA trabajaba en la Corte de Cuentas de la República, 9.-
Que si conocen que además de CARLOS GILBERTO URRUTIA
MARQUEZ, también son hijas de la desaparecida las señoras DORIS
ELIZABETH y CAROLINA ambas de apellidos URRUTIA
MARQUEZ, y 10.- Que le consta que todo lo preguntado es la verdad
por constarle de vistas y oídas. Interrogado que fue el SEGUNDO DE
LOS TESTIGOS, separado de la primera, CONTESTA: 1. Que si co-
noce al señor CARLOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ, de
treinta y un años de edad, Agente de bienes raíces, y de este domicilio
desde hace más de quince años. 2.- Que si conoce a la señora DORA
ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, mayor de edad, Se-
cretaria Ejecutiva, y de este domicilio, desde hace más de quince años
3.- Que sí le consta que la señora DORA ANGELINA MARQUEZ
SALAVERRIA, conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ Y
DORIS MARQUEZ, y su hijo CARLOS GILBERTO URRUTIA
MARQUEZ residían en la casa número seis, calle Los Bambúes, de la
Residencial Villa FIorencia, Colonia San Mateo, de esta ciudad, 4.- Que
si le consta que la señora DORA ANGELINA MARQUEZ
SALAVERRIA, conocida por DORA ANGELINA MARQUEZ y
DORIS MARQUEZ desapareció de su residencia mencionada anterior-
mente en horas de la mañana del día diez de diciembre del año dos mil,
ignorándose si vive, 5. Que si le consta que el día del desaparecimiento,
la señora DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida
por DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, no le
avisó a nadie y no le dejó algún recado a su hijo, ni a ninguna otra
persona, 6.- Que si le consta que hasta la fecha se ignora el paradero de
la desaparecida, 7.- Que si le consta que se han hecho en vano las posi-
bles diligencias para averiguar el paradero de la señora MARQUEZ
SALAVERRIA, y que desde la fecha de las últimas noticias de su
existencia han transcurrido más de cuatro años, 8.- Que si le consta que
la señora MARQUEZ SALAVERRIA trabajaba en la Corte de Cuentas
de la República, 9.- Que si conocen que además de CARLOS GILBERTO
URRUTIA MARQUEZ, también son hijas de la desaparecida las seño-
ras DORIS ELIZABETH y CAROLINA ambas de apellidos URRUTIA
MARQUEZ, y 10.- Que le consta que todo lo preguntado es la verdad
por constarle de vistas y oídas. No habiendo nada más que hacer constar,
damos por terminada la presente acta, la cual una vez que les fue leída
íntegramente a las comparecientes, éstos ratifi can su contenido y mani-
fi estan su conformidad con la misma, y para constancia fi rmamos. Re-
cibida que fue la prueba respectiva se citó a la desaparecida señora
DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, por medio de tres
publicaciones hechas en el Diario Ofi cial mediando cuatro meses entre
cada dos citaciones. IV.- Con la prueba vertida por la parte solicitante
se han comprobado los extremos de su pretensión es decir 1) Que la
señora DORA ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por
DORA ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, de las gene-
rales antes mencionadas, desapareció en el mes de diciembre del año
dos mil, ignorándose su paradero desde esa fecha, habiéndose hecho las
respectivas diligencias necesarias para averiguar; 2) Que a la desapare-
cida se le ha citado públicamente por medio de tres avisos publicados
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en el Diario Ofi cial con intervalos de cuatro meses entre cada dos citas,
sin que haya aparecido hasta la fecha. 3) Que a la fecha han transcurri-
do más de cuatro meses posteriores al último aviso que se publicó en el
Diario Ofi cial de fecha dos de julio del dos mil siete, sin que hasta la
fecha se tengan noticias de ella. 4) Que las Diligencias de Muerte Pre-
sunta fueron interpuestas en este Juzgado el día tres de mayo del dos
mil seis, es decir más de cuatro años después de su desaparecimiento
ocurrido en el mes de diciembre del año dos mil. 5) Que el señor CAR-
LOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ, y las señoras DORIS
ELIZABETH URRUTIA MARQUEZ y CAROLINA URRUTIA
MARQUEZ, conocida antes por CAROLINA MARQUEZ URRUTIA
son hijos de la desaparecida, comprobándose tal vínculo existente con
la documentación anexa a la solicitud con respecto al señor Carlos
Gilberto Urrutia Márquez, y con respecto a las dos restantes con el es-
crito presentado el día veintitrés de marzo del dos mil nueve a este
Juzgado, teniéndolas por parte por medio de su Apoderado General
Judicial nombrado Doctor FACUNDO DE JESÚS RUIZ RODAS. V.-
De conformidad con lo estipulado en los Arts. 79 y 80 C.C., es proce-
dente declarar la muerte presunta de la desaparecida señora DORA
ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, por haber transcurri-
do más de cuatro años desde la fecha de su desaparecimiento, y no
obstante las tres citaciones que se le hicieron por aviso publicado en el
Diario Ofi cial en el que no se tuvo noticias de la misma, asimismo es
procedente fi jar como fecha presuntiva de la muerte de la señora DORA
ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y DORIS MARQUEZ, el día nueve de di-
ciembre del dos mil dos, ignorándose su paradero desde esa fecha. POR
TANTO: De conformidad con los anteriores considerandos y con base
a lo que disponen los Arts. 417, 421, 422, 427, 429, 432, 439 Pr.C., 79,
80 y 81 C.C., a nombre de la República de El Salvador, FALLO: DE-
CLARASE LA MUERTE PRESUNTA de la desaparecida señora DORA
ANGELINA MARQUEZ SALAVERRIA, conocida por DORA
ANGELINA MARQUEZ y por DORIS MARQUEZ, y fi jase como día
presuntivo de su muerte el día nueve de diciembre del dos mil dos, en
esta ciudad, lugar de su último domicilio, y en consecuencia concédese
a los señores CARLOS GILBERTO URRUTIA MARQUEZ, DORIS
ELIZABETH URRUTIA MARQUEZ y CAROLINA URRUTIA
MARQUEZ, conocida antes por CAROLINA MARQUEZ URRUTIA,
la posesión provisoria de los bienes de la desaparecida. PUBLIQUESE
la presente sentencia en el Diario Ofi cial en tres números consecutivos.
NO HAY COSTAS PROCESALES. CANO""" ANTE MI: TVM.
CACERES DE A. """SRIA."""RUBRICADAS."""
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las nueve horas del día uno de julio de dos mil nueve.
Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. c. No. F047526-3
MARCA DE PRODUCTO
No. de Expediente: 2011107425
No. de Presentación: 20110147943
CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR
JOSE STEINER MORATAYA, en su calidad de APODERADO de
DISTRIBUIDORA HORIZONTES, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA HORIZONTES,
S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE PRODUCTO,
MI SNACKY
Consistente en: las palabras MI SNACKY, traducida como Mi
Bocadillo, que servirá para: AMPARAR: AGUAS, GASEOSAS EN-
LATADAS O EMBOTELLADAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCO-
HOLICAS. Clase: 32.
La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos
mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de
Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
dieciocho de febrero del año dos mil once.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F047318-3
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211DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
RESOLUCIÓN No. 018/2011
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA:
CONSIDERANDO:
I. Que la Ley General Marítimo Portuaria, LGMP; establecida por Decreto Legislativo número 994, de fecha 19 de septiembre de 2002, publicada en el Diario Ofi cial número 182, tomo 357, de fecha 1 de octubre del mismo año, vigente desde el 1 de noviembre de 2002, en su artículo 11 inciso segundo, señala que el Director Ejecutivo, dentro de las atribuciones que esta ley le otorga, podrá delegar en los gerentes de área, específi camente la fi rma de documentos y otros actos administrativos, todo lo cual será establecido y regulado en el reglamento interno de la AMP.
II. Que en vista del incremento de la demanda de servicios prestados por la AMP y el aumento de actividades del Director Ejecutivo, es necesario que éste haga uso de su facultad de delegación de fi rma y otros actos administrativos.
III. Que con el objetivo de mantener la calidad de los servicios prestados por la AMP, es necesario que los Gerentes de las distintas áreas, representen al Director Ejecutivo, en el uso de su fi rma y en la ejecución de otros actos administrativos determinados.
Por tanto:
El Consejo Directivo de la Autoridad Marítima Portuaria, de conformidad con las atribuciones que le confi eren el artículo 10, numeral 3 de la LGMP,
APRUEBA el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO PARA DELEGACIÓN DE FIRMA DE DOCUMENTOS Y OTROS ACTOS ADMINISTRATIVOS DEL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AMP
Objeto Art. 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para la delegación de fi rma de documentos y otros actos adminis-trativos del Director Ejecutivo de la AMP, en los Gerentes de las distintas áreas de la misma.
Responsabilidad Art. 2.- El Director Ejecutivo en su calidad de delegante conserva toda la responsabilidad de los actos que se emitan en su nombre, siempre que el Gerente delegado actúe dentro de los límites de su delegación.
Procedimiento de Delegación de Firma Art. 3.- Cuando así lo considere pertinente el Director Ejecutivo emitirá resolución en la que delegará la fi rma de documentos y otros actos administrativos, a los Gerentes de las distintas áreas de la AMP, siempre y cuando ésta cumpla con los siguientes requisitos:
1) Determinar el Gerente delegado.
2) Establecer cuál es el tipo de documento o acto administrativo que dicho Gerente podrá fi rmar o ejecutar.
3) Determinar el período o plazo de vigencia de la delegación, pudiendo otorgarse de manera indefi nida la fi rma de documentos o actos recurrentes.
Acto Indelegable Art. 4.- Los actos de decisión que otorgan o deniegan un derecho a un administrado no podrán ser delegados por el Director Ejecutivo, en consecuencia la resolución fi nal de todo procedimiento administrativo cuya competencia haya sido designada por Ley al Director Ejecutivo, deberá
ser emitida por él.
Vigencia y Derogatoria Art. 5.- La presente normativa entrará en vigencia una vez aprobada por el Consejo Directivo de la AMP.
DADO EN LAS OFICINAS DE LA AMP: San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero de dos mil once.-
NOTIFÍQUESE.-
CAPITÁN DE NAVÍO RENÉ ERNESTO HERNÁNDEZ OSEGUEDA,DIRECTOR PRESIDENTE.
(Registro No. F047982)
SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESAUTORIDAD MARÍTIMA PORTUARIA
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212 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 200/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiún días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO JOSEFINO, Municipio de Ahuachapán, Departamento de
Ahuachapán, extendido con fecha 22 de diciembre de 1999 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría, obtenido en el Centro Educativo
COLEGIO JOSEFINO, Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, a SANDRA YESENIA CASTANEDA LIMA. Para los efectos de
ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F041912)
RESOLUCION No. 201/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de febrero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR SANTOS NOVOA, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La
Libertad, extendido con fecha 10 de enero de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad
del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departa-
mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR SANTOS NOVOA, Municipio
de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a JORGE ALBERTO MOZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el
Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F043957)
RESOLUCION No. 204/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo LICEO LEONARDO AZCUNAGA, Municipio de Soyapango, Departamento
de San Salvador, extendido con fecha 15 de marzo de 1976 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
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213DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo LICEO LEONARDO
AZCUNAGA, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a YOLANDA DOLORES BENÍTEZ AMAYA. Para los efectos de ley
PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042030)
RESOLUCION No. 205/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salva-
dor, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales, obtenido en el Centro
Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a EDGARD
MAURICIO HUEZO ARIAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042006)
RESOLUCION No. 206/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiún días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha
22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática Física, obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN LUIS, Municipio de Santa
Ana, Departamento de Santa Ana, a ANA MARÍA BURGOS MEZQUITA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario
Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F041984)
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214 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 207/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO IOSEPH, Municipio de Ilopango, Departamento de San Salvador, extendido con fecha
30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha
emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO IOSEPH, Municipio de Ilopango, Departamento de San Sal-
vador, a KARLA VANESSA RAMOS GARCÍA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F041995)
RESOLUCION No. 208/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO TALES DE MILETO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departa-
mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO TALES DE MILETO, Municipio de San
Salvador, Departamento de San Salvador, a JULIO LEONEL RIVERA RIVAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el
Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042105)
RESOLUCION No. 210/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE AMATEPEC, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1995 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
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215DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
NACIONAL DE AMATEPEC, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a MELVIN ARMANDO ZOMETA DIAZ. Para los efectos
de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042108)
RESOLUCION No. 211/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO SALVADOREÑO DE SUPERACIÓN INTEGRAL ISAAC
NEWTON, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después
de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición
del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional
Comercial, Opción Computación, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO SALVADOREÑO DE SUPERACIÓN INTEGRAL ISAAC NEWTON,
Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA CECILIA LANDAVERDE NOLASCO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE
la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042025)
RESOLUCION No. 212/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DIURNO GENERAL MANUEL JOSÉ ARCE,
Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de enero de 1993 y considerando que después de verifi car la
documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR
TANTO: En uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción
Secretariado, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DIURNO GENERAL MANUEL JOSÉ ARCE, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, a ANA GLORIA RAMÍREZ ALVARADO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario
Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042027)
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216 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 213/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CIUDAD ARCE, Municipio de Ciudad
Arce, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 13 de enero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría, obtenido en
el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE CIUDAD ARCE, Municipio de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, a FRANCISCA DE
LOS ANGELES MEJÍA MÉNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042029)
RESOLUCION No. 214/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO SALVADOREÑO EN – HACORE, Municipio de San Salvador, De-
partamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CRISTIANO
SALVADOREÑO EN - HACORE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a DONNY EMILIANO RODRÍGUEZ ELÍAS. Para
los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042047)
RESOLUCION No. 216/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE 1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departa-
mento de Morazán, extendido con fecha 15 de enero de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
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217DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facultades legales este
Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL 14 DE JULIO DE
1875, Municipio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a FANNY LISSETH GARCÍA RUIZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE
la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042058)
RESOLUCION No. 217/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo,
Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría, obtenido
en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL CONGO, Municipio de El Congo, Departamento de Santa Ana, a LUIS ALEXANDER
MARTÍNEZ ESCOBAR. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042064)
RESOLUCION No. 218/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOAQUÍN ERNESTO CÁRDENAS, Municipio de San Miguel, De-
partamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con
respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: En uso de sus facul-
tades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL
JOAQUÍN ERNESTO CÁRDENAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a KAREN MARJORIE ARGUETA ARGUETA. Para
los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042062)
DIARI
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218 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 219/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE AGUILARES, Municipio de Aguilares, Departamento de San Sal-
vador, extendido con fecha 19 de enero de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE AGUILARES, Municipio de
Aguilares, Departamento de San Salvador, a MARÍA EMELINA DERAS ORTEGA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución
en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042070)
RESOLUCION No. 220/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO CONCHA VDA. DE ESCALÓN, Municipio de San Salvador, De-
partamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDU-
CATIVO CONCHA VDA. DE ESCALÓN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a VANESSA MARIELA CONTRERAS
PINEDA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042195)
RESOLUCION No. 221/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título
de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo COLEGIO JOSEFINO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ, Municipio de San Miguel,
Departamento de San Miguel, extendido con fecha 22 de noviembre de 1996 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
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219DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro
Educativo COLEGIO JOSEFINO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a LEYLI CLARIBEL
VELÁSQUEZ ALVAREZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042134)
RESOLUCION No. 222/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO MAYOR VICTOR MANUEL BAIRES CRUZ, Mu-
nicipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la
documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR
TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo
INSTITUTO NACIONAL NOCTURNO MAYOR VICTOR MANUEL BAIRES CRUZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
a ALEJANDRO NAPOLEÓN CRUZ URBINA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042293)
RESOLUCION No. 223/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, exten-
dido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LUZ DE ISRAEL, Municipio de San Salvador,
Departamento de San Salvador, a OSCAR ARTURO CARCAMO AYALA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el
Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042188)
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220 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 224/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO MARÍA AUXILIADORA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ERIKA IVANIA CASTILLO PONCE. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042120)
RESOLUCION No. 225/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE TENANCINGO, Municipio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE TENAN-CINGO, Municipio de Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, a ROXANA HAYDEÉ POLANCO ROSA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042156)
RESOLUCION No. 226/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL TRÁNSITO, Municipio de El Tránsito, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE EL TRÁNSI-TO, Municipio de El Tránsito, Departamento de San Miguel, a WALTER JEREMÍAS AYALA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042118)
DIARI
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PARA
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LEGAL
221DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
RESOLUCION No. 227/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA GEMA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, exten-dido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA GEMA, Municipio de Santiago de María, Departamento de Usulután, a MARVIN RAÚL TEJADA MEJÍA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042137)
RESOLUCION No. 228/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CANTÓN TIERRA BLANCA, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, extendido con fecha 29 de noviembre de 2002 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL CANTÓN TIERRA BLANCA, Municipio de Jiquilisco, Departamento de Usulután, a SUSANA ARACELY MARTÍNEZ PANAMEÑO. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042146)
RESOLUCION No. 229/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL MONSEÑOR TOMAS MIGUEL PINEDA Y SALDAÑA, Municipio de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL MONSEÑOR TOMAS MIGUEL PINEDA Y SALDAÑA. Municipio de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, a JOHANNA ISMARIA RIVERA DURÓN. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042151)
DIARI
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CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
222 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 230/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALARRUÉ, Municipio de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, extendido con
fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título,
se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUEL-
VE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SALARRUÉ, Municipio de Sonsonate, Departamento
de Sonsonate, a KATHERYNE ADRIANA VISCARRA MARTÍNEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario
Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042154)
RESOLUCION No. 231/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COMERCIO, Municipio de La Unión,
Departamento de La Unión, extendido con fecha 30 de noviembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada,
con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus
facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en
el Centro Educativo INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COMERCIO, Municipio de La Unión, Departamento de La Unión, a INGRID YOSSIBETH
DE LEÓN CUEVA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042180)
RESOLUCION No. 233/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once,
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER, Municipio de Cojutepeque, Departa-
mento de Cuscatlán, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto
DIARI
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PARA
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LEGAL
223DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL WALTER
THILO DEININGER, Municipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a AMY ESTELÍ ESCOBAR. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE
la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042257)
RESOLUCION No. 234/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller en Salud obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de
San Salvador, extendido con fecha 12 de diciembre de 1988 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales
este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Salud, Opción Enfermería obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADÉ-
MICO ALFRED NOBEL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARISA ELIZABETH MONTERROSA MELARA. Para
los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042197)
RESOLUCION No. 237/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de
Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO DE LA COLONIA SAN BENITO, Mu-
nicipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 08 de diciembre de 2009 y considerando que después de verifi car la
documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR
TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo
LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO DE LA COLONIA SAN BENITO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador,
a HENRY SALVADOR CHICA GARCÍA. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
Jefe del Departamento de Acreditación Institucional.
(Registro No. F042225)
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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LEGAL
224 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 241/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los ocho días del mes de febrero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, De-partamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARÍA DE LOS ANGELES MAJANO CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F043290)
RESOLUCION No. 242/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los un días del mes de febrero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1987 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática Física obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENÉNDEZ, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a JORGE ALBERTO AQUINO ANDRADE. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042297)
RESOLUCION No. 244/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO JOSÉ MARTÍ, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de enero de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Titulo de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO JOSÉ MARTÍ, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a HENRY RENÉ BOLAÑOS GUERRERO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042359)
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
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IDEZ
LEGAL
225DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
RESOLUCION No. 245/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN MIGUEL, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo LICEO SAN MIGUEL, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a JORGE ALBERTO MELGAR PARADA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042333)
RESOLUCION No. 246/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Ba-chiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo CENTRO INTERNACIONAL DE PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo CENTRO INTERNACIONAL DE PROGRAMACIÓN DE COMPUTADORAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a MARLON RUBÍ FUENTES ESPERANZA, Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042334)
RESOLUCION No. 248/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL JOSÉ SIMEÓN CAÑAS, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MARLYN IVETH PEÑA MEJÍA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042395)
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
226 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 249/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CARLOS LANIER, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, exten-dido con fecha 20 de noviembre de 2000 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO CARLOS LANIER, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a ARMIDA DEL CARMEN MAGAÑA ORTIZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042412)
RESOLUCION No. 250/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiséis días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo LICEO DAVID J. GUZMÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el Centro Educa-tivo LICEO DAVID J. GUZMÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARGARITA GUZMÁN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042421)
RESOLUCION No. 251/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de febrero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 12 de diciembre de 1975 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemáticas obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a ALICIA JAIME. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F043265)
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
227DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 16 de Marzo de 2011.
RESOLUCION No. 253/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los treinta y un días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA CRUZ, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de noviembre de 2003 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Mecánica Automotriz obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SANTA CRUZ, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a WALTER ALEXANDER PINEDA GÓMEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042812)
RESOLUCION No. 254/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintiocho días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO INDUSTRIAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de diciembre de 1995 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Industrial, Opción Electricidad obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO INDUSTRIAL, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a CARLOS ERNESTO SERVELLÓN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042488)
RESOLUCION No. 255/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO BAUTISTA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 20 de diciembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO BAUTISTA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a JACQUELINE PATRICIA CASTANEDA ZEPEDA. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042513)
DIARI
O OFI
CIAL
SOLO
PARA
CONSU
LTA
NO TIE
NE VAL
IDEZ
LEGAL
228 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 390
RESOLUCION No. 257/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero de dos mil once.
Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ULUAZAPA, Municipio de Uluazapa, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 24 de noviembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ULUAZAPA, Municipio de Uluazapa, Departamento de San Miguel, a IDIA MAELI PÉREZ LAZO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F042562)
RESOLUCION No. 417/2011
Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de febrero de dos mil once.
Vista las solicitudes presentadas a este Departamento, para efecto de emitir las Resoluciones correspondientes en cuanto a las reposiciones de los Títulos de Bachiller General, Técnico Vocacional Comercial Opción Secretariado, Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría, y Técnico Vocacional Industrial Opción Mecánica Automotriz, obtenidos en el Centro Educativo COLEGIO CORONEL FRANCISCO LINARES, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 01 de diciembre de 2010 y 09 de diciembre de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad de los citados Títulos, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposi-ción de los mismos, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase los Títulos de Bachiller General, Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría, Técnico Vocacional Comercial, Opción Secretariado, y Técnico Vocacional Industrial, Opción Mecánica Automotriz obtenidos en el Centro Educativo COLEGIO CORONEL FRANCISCO LINARES, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a los Bachilleres General: STEPHANIE YANET ALVARENGA AMAYA, BRYAN ROBERTO AVILÉS RECINOS, CLAUDIA GUADALUPE BRIZUELA SANABRIA, LISSETTE DEL CARMEN CARDOZA ALFARO, MELISSA YANETH CRUZ GARCÍA, CÉSAR ENRIQUE DELGADO PARADA, HENRY ISMAEL DORADEA HERNÁNDEZ, RONALD ALEXANDER ESCOBAR ROMERO, GABRIELA IVETTE GALLARDO RUANO, JOHANNA YAMILETH GREGORIO VENTURA, ERIKA ELIZABETH HENRÍQUEZ RIVAS, ADA ABIHAIL LARA AQUINO, MARIA ESTER MONTANO VILLALOBOS, STEVEN ADONAY NOVOA RIVAS, DIANA ISABEL FUENTES PORTILLO, MÓNICA JOSÉ PACHECO SÁNCHEZ, ORLANDO ENRIQUE PORTILLO GUADRÓN; Bachilleres Técnico Vocacional Comercial Opción Secretariado: PATRICIA ARACELY BENITEZ MONTES, DIANA KARINA GONZÁLEZ COTO, ESTELA MELANY HERNÁNDEZ PREZA, VERÓNICA DEL CARMEN HERRERA GARCÍA, LIZETH NOEMY MEJÍA LÓPEZ, GLENDA JAMILETH PÉREZ ORTIZ, INGRID ABIGAÍL SÁNCHEZ PORTILLO, FÁTIMA ESTELA VILLALOBOS SÁNCHES; Bachilleres Técnico Vocacional Comercial Opción Contaduría: IRMA RAQUEL ABREGO FIGUEROA, RENE AMILCAR CHÉVEZ GARCÍA, BARBARA EDLEMIRA ESPINOZA, BEATRÍZ ELIZABETH ESTRADA CAMPOS, SOYLA BETZABET GARCÍA SERRANO, KEVIN GREGORIO GIL ANGEL, KARLA BEATRÍZ GODOY GONZÁLEZ, LILIAN BEATRÍZ HERNÁNDEZ CORVERA, LAURA MARISELA MENDOZA ALVARADO, FRANKLIN JAVIER MONGE MARROQUIN, ELIZABETH MERARI NAVARRO FLORES, CATHERINE LISBETH PAREDES VALENCIA, MARLON EDUARDO POCASANGRE LANDAVERDE, JOSÉ GUSTAVO REPREZA GALLARDO, SILVIA STEFANY REYES ARGUETA, MAYRA STEPHANIE ROMERO CARDOZA; Bachilleres Técnico Vocacional Industrial Opción Mecánica Automotriz: VICTOR RAFAEL AGUILAR VALLEJO, DANNY ALFREDO ARIAS RECINOS, EDWIN ERNESTO CHINCHILLA BLANCO, WILLIAM ALFONSO CÓRDOVA GUARDADO, RICHARD BRANDON CORTEZ VALLE, CRISTHO-PER AMED DELGADO DAVILA, MOISES ISAIAS DOMINGUEZ DERAS, LUIS ALBERTO FLORES ALVARADO, SALVADOR DE JESÚS GARCÍA FUENTES, RAÚL ELIEZER GUEVARA ALVARADO, JOSUÉ JOEL HERNÁNDEZ GARCÍA, JUAN CARLOS HERNÁNDEZ PÉREZ, LUIS MIGUEL LEIVA MARTÍNEZ, IRVIN DANIEL LÓPEZ LÓPEZ, OSCAR OVIDIO MEJÍA GONZÁLEZ, NESTOR ALFREDO RAMÍREZ AQUINO, ERICK ANTONIO FLORES MORALES, JAIRO MELQUISEDEC GRANDE ROBLES, DANIEL ALBERTO HERRERA GONZÁLEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.
RICARDO AQUILES DIAZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F045623)
Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.
DIARI
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