Diapositivas constitucion
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JOSE JAIRO RODRIGUEZ MESA CODIGO: 201312121
TECNOLOGIA EN OBRAS CIVILESSEXTO SEMESTRE
La economía del Estado a la luz de la Constitución de 1991, representa un pilar fundamental para cumplir los fines sociales, además
de dar una amplia categorización al Estado social de derecho, como
Estado bienestar, en el cual todo el conglomerado social debe tener acceso a salud,
vivienda, trabajo y educación adecuada, entre otros derechos, en aras de
dar cumplimiento a lo señalado por la carta
magna.
ASPECTOS GENERALES
E L E S TAD O E S P R O P I E TA R I O D E LO S R E C U R SO S N AT U RA L E S N O R E N OVA B L E S , AD E M Á S E S D I R E C T O R G E N E RA L D E L A E C O N O M ÍA Y PARA C U M P L I R
C AB A L M E N T E E S TA GE S T I Ó N D E B E E J E RC E R F U N C I O N E S D E I N T E RV E N C I Ó N , V E AM O S LO Q U E E N E ST E S E N T I D O I N D I C A L A C O N S T I T U C I Ó N :
Existirá libertad económica e iniciativa privada, sin embargo será dentro de los
limites del bien común. Mediante ley impedirá que se restrinja y controlará
los abusos de grupos económicos dominantes
El Estado promoverá la democratización del crédito y regulará la forma de intervención del gobierno
en esta actividad financiera y en la bursátil y aseguradora; así como
también en todas aquellas actividades destinadas a la captación de recursos.
Por mandato de la ley permitirá establecer monopolios rentísticos, con
fines de interés público y social, los cuales serán administrados,
controlados y explotados según ley gubernamental, actualmente los
principales son: Los monopolios de juegos de azar, destinados a los
servicios de salud y los de licores, destinados a servicios de educación y
salud.
Establecerá normas en materia económica, para promover el desarrollo
de las zonas fronterizas, tanto marítimas como terrestres
Autorizará al Congreso, asambleas, concejos, para imponer contribuciones fiscales o parafiscales, las cuales serán fijadas por estos señalando los sujetos activos, los hechos y bases gravables,
además las tarifas de impuestos.
A PESAR DE LO ANTERIOR, EL MÉTODO PARA DEFINIR LOS COSTOS Y BENEFICIOS Y LA FORMA DE REPARTIR LOS
IMPUESTOS FIJADOS, SE DETERMINARÁ POR LA LEY.
De una manera simple se puede determinar que los objetivos que persigue el Estado, como
responsable de un grupo social, son analizados por la Hacienda Pública, tomando como base los ingresos y los gastos adoptados presupuestalmente, además del
análisis y disposición de los diferentes recursos y su
inversión.
Según, Juan Camilo Restrepo, en su obra de HACIENDA PUBLICA, es importante analizar aspectos tales como los siguientes: "Cómo
utilizar el esquema tributario para lograr una mejor
distribución del ingreso nacional? ¿Qué tipo de gastos públicos se adecuan mejor a las metas de
distribución de la riqueza? ¿Cómo pueden los instrumentos de la política fiscal contribuir a transferir recurso de las áreas geográficas más ricas hacia las
más deprimidas?".
Todos los anteriores cuestionamientos, nos muestran la realidad del manejo de las finanzas públicas, el cual es bastante complejo y para poder lograr una aproximación a esta problemática, se apreciarán los
conceptos de mayor importancia.
El gasto público juega un papel de gran relevancia en la actividad económica del país, no solo en el manejo
eficaz de este sino en la correcta asignación de los recurso públicos.
GASTO PÚBLICO
CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO
Gastos de funcionamientoComo lo indica el nombre son los que
garantizan el funcionamiento y la marcha del aparato estatal. Entre los gastos de
funcionamiento se encuentran los gastos de personal, los gastos generales,
transferencias y gastos de operación.Los gastos de personal son los necesarios
para el pago de la burocracia estatal.
Gastos de inversiónSon los gastos destinados al aumento
del patrimonio público, tales como obras de infraestructura; y también,
según ha entendido la Corte Constitucional, los gastos en inversión
social que hacen parte del llamado gasto público social, tales como agua
potable, acueducto, alcantarillado.
Gastos que cubren el servicio de la deuda
Comprende tanto el pago o abono de la deuda pública externa o
interna, como de los intereses, la financiación, las comisiones que deban pagarse por las mismas.
El gasto públ ico social puede expresarse tanto en gastos de funcionamiento como en gastos de inversión. Por ejemplo, el pago del
salario de un médico perteneciente a un hospital público constituye gasto de funcionamiento pero en tanto este profesional presta el servicio de salud y la salud hace parte del gasto públ ico social , este será un gasto
público social representado en un gasto de funcionamiento.
El art ículo 350 de la Constitución Pol ít ica de 1991 se refir ió al gasto público social en dos aspectos: de un lado, deja en manos del Legislativo, para que a través de Ley Orgánica determine qué partidas del presupuesto
hacen parte del gasto público social . El art ículo 41 del Decreto 111 de 1996 mediante el cual se compilan las leyes orgánicas del presupuesto,
establece que se entiende por gasto públ ico social aquel "cuyo objetivo es la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación,
saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, y las tendientes al bienestar general y al mejoramiento de la cal idad de vida de la población, programadas tanto en funcionamiento como en inversión". Y de otro lado
establece que la proporción de inversión respecto del gasto total no podrá disminuir comparativamente con el año anterior.
EL GASTO PÚBLICO SOCIAL
1. La proposición de los gastos públicos corresponde al Gobierno,
pues la rama del poder público que gasta es precisamente esta, el Ejecutivo (arts. 150, 154 y 200
num. 3º).
2. Los gastos propuestos por el Gobierno deben pasar por la
aprobación del Congreso, esto tiene explicación en que este órgano, el
Congreso representa al pueblo. Esta participación indirecta del pueblo en relación con el gasto público
constituye una de las aplicaciones de la democracia como principio genérico (artículo 150 num. 11).
3, Los gastos no pueden aprobarse de manera global, deben
discriminarse (artículo 345 y ss. C.P.).
4. Las modificaciones al gasto público tienen límites y
restricciones, entre ellos el principal límite deviene del
principio del equilibrio presupuestal según el cual los gastos no pueden
superar los ingresos.
5. El gasto público está sujeto a diversos controles: los principales son el control político a cargo del Congreso; control administrativo
ejercido por el Ejecutivo, concretamente por el Ministerio de
Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación; y control
fiscal y numérico legal, que corresponde a la Contraloría.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL GASTO PÚBLICO
Los ingresos obtenidos por el Estado no son
improductivos, sino que al contrario, propician el impulso y la reactivación de los diversos sectores
de la economía. Así pues, hablar hoy de ingresos públicos va más allá de los solos impuestos que
antes eran el componente principal de
los recursos públicos.
INGRESOS FISCALES
Los ingresos corrientes son aquellos que de manera corriente, ordinaria y habitual percibe la Administración
Pública, se caracterizan por la posibilidad de ser predecibles. Hacen parte de los ingresos corrientes los impuestos, las tasas, y las contribuciones parafiscales.
LOS INGRESOS SE CLASIF ICAN EN INGRESOS CORRIENTES E INGRESOS DE CAPITAL.
Principio de equidad
Principio de no confiscatoriedad
Principio de representación
Principio de legalidad
Principio de generalidad
Principio de neutralidad
Principio de claridad
PRINCIPIOS DE REGULACIÓN DE LOS IMPUESTOS
Los recursos de capital están conformados por los siguientes tipos.
1. Los recursos del balance del tesoro.
2. Los recursos de crédito
3. Los rendimientos de operaciones financieras.
4. Las Donaciones.
5. Los excedentes financieros de establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y Empresas de Economía Mixta.
LOS INGRESOS DE CAPITAL
El presupuesto público es una autorización máxima de gastos y una proyección de
ingresos. La autorización máxima de gastos está soportada en la ley de
apropiaciones, que es lo que realmente se aprueba por parte del legislativo. La proyección de ingresos
constituye simplemente un cálculo anticipado para tener en cuenta como fundamento
de los gastos en cuanto estos tienen que
corresponder a los ingresos.
PRESUPUESTO
Según el artículo 339 de la Constitución las entidades públicas deberán elaborar
planes de desarrollo para los respectivos períodos de
gobierno, los cuales estarán compuestos de una parte general que contiene los
objetivos, metas y estrategias de la acción pública en ese
período y además de un plan de inversiones el cual contiene los presupuestos plurianuales de los principales programas y
proyectos especificando los recursos financieros
requeridos para su ejecución.
PLAN DE DESARROLLO
La figura de la descentralización como se
expresa en otros apartes de este texto tiene ciertos
elementos característicos, uno de los cuales interesa resaltar en este aparte, se trata de la autonomía financiera. De la cual no gozan precisamente las entidades territoriales en
Colombia, por cuanto tal como atrás se anotaba el único aspecto para el cual los
municipios gozan de autonomía es para gravar la
propiedad inmobiliaria.
DESCENTRALIZACIÓN TERRITORIAL Y AUTONOMÍA
FINANCIERA