Deshereda..[1] 21 11
-
Upload
calacademica -
Category
Documents
-
view
2.641 -
download
3
description
Transcript of Deshereda..[1] 21 11
DIPLOMADO EN DIPLOMADO EN DERECHO DE FAMILIA DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONESY SUCESIONES
Rosalía Mejía RosascoNotaria de Lima
Magister en Derecho.Octubre 2010
TEMAS A TEMAS A DESARROLLARDESARROLLARTema 13: - Desheredación. - Legados.- Derechos de Acrecer. - Albaceas. - Revocatoria, Caducidad, y Nulidad de los Testamentos.
DESIGNACION DE DESIGNACION DE HEREDEROSHEREDEROSSistema legal con designación de Herederos Forzosos:
Amor y Utilidad del legislador.
Libertad y Autonomía de la persona:
Limitada por la ley.
FUNDAMENTO DEL FUNDAMENTO DEL LEGISLADORLEGISLADORBienes corresponden a los descendientes por igual.
Hijos y nietos (en representación de los hijos).
Herencia = Bienes patrimoniales.
VOLUNTAD DEL VOLUNTAD DEL TESTADORTESTADOR
Ambito de aplicación:
Positivo: A) Otorgar mejoras a herederos
forzosos.B) Liberalidades a terceros.
Negativo:Desheredación
INHABILITACION DE INHABILITACION DE HEREDEROHEREDERODESHEREDACION: Voluntad del
testador expresada previamente a su muerte.
INDIGNIDAD: Decisión Judicial a pedido de cualquiera con actual o potencial título sucesorio que pudiera beneficiarse con la cuota del indigno.
Excepción: Que el causante hubiese perdonado la ofensa.
LEGISLACION LEGISLACION EXTRANJERAEXTRANJERA
Ni el Código Francés ni el Código italiano contemplan la Desheredación.
Si regulan las causales de indignidad.
DIFERENCIAS ENTRE DIFERENCIAS ENTRE DESHEREDACION E INDIGNIDADDESHEREDACION E INDIGNIDAD
CAUSALES:
- La desheredación puede justificarse tanto en las causales especialmente previstas para ella, como en las de indignidad.
- La indignidad tiene menos causales.
DIFERENCIAS ENTRE DIFERENCIAS ENTRE DESHEREDACION E INDIGNIDADDESHEREDACION E INDIGNIDAD
EFECTOS:
- La indignidad produce exclusión de legítima y demás derechos sucesorios.
- No toda desheredación causa privación de otros derechos sucesorios.
DIFERENCIAS ENTRE DIFERENCIAS ENTRE DESHEREDACION E INDIGNIDADDESHEREDACION E INDIGNIDAD
SUJETOS Y DERECHOS AFECTADOS POR LA INDIGNIDAD:
- Son pasibles de ser excluidos por indignidad los herederos, legitimarios o no, y los legatarios.
La exclusión determina el apartamiento completo del indigno de todo derecho sucesorio.
DIFERENCIAS ENTRE DIFERENCIAS ENTRE DESHEREDACION E INDIGNIDADDESHEREDACION E INDIGNIDAD
SUJETOS Y DERECHOS AFECTADOS POR LA DESHEREDACION:
El heredero en la cuota que le corresponde de su legítima. Se produce inmediatamente la representación sucesoria.
Permanece siendo heredero en lo que pueda recibir en adición a la legítima.
DEFINICION DE DEFINICION DE DESHEREDACIONDESHEREDACIONDeclaración de voluntad por la
cual, en un testamento, el testador niega expresamente una sucesión legitimaria invocando para elo una causa legalmente prevista.
RIVAS MARTINEZ, J.J. Derecho de Sucesiones. Común y Foral. Editorial Dyckinson. Madrid, 1992. Tomo II, pág. 435.
VALORES INVOLUCRADOSVALORES INVOLUCRADOS
Desheredación conlleva un juicio de reproche respecto al llamado a suceder.
Actos de agravio en contra de la persona del causante.
Acto ilícito con otras sanciones legales adicionales.
CAUSAL DE CAUSAL DE DESHEREDACIONDESHEREDACIONLa desheredación debe
sustentarse en causal claramente expresada en el testamento: Numerus clausus
No es válida la expresión de causa no contemplada en la ley o sujeta a condición (modal o parcial).
La fundada en causa falsa es anulable.
DESHEREDACION DESHEREDACION CONDICIONADACONDICIONADANo se permite argumentar
hechos futuros que por ende son hipotéticos, inciertos.
La decisión del testador debe sustentarse en hecho ya ocurridos.
Caso especial: Cuando al momento de testar no se puede probar el hecho o tener seguridad absoluta de él, simple SOSPECHA.
EXPRESION DE LA EXPRESION DE LA CAUSALCAUSAL
¿Qué debemos entender por
claridad?
Interpretación del Juez.
Derecho a la intimidad.
Identificación del deseheredado.
¿ES VALIDA LA ¿ES VALIDA LA DESHEREDACION DESHEREDACION PARCIAL?PARCIAL?
Doctrina no uniforme.Argumentos a favor de Lohmann
Luca de Tena:- No hay norma prohibitiva.- Quien puede lo más, puede lo
menos.- Disculpa parcial.
CAUSALES DE CAUSALES DE DESHEREDACION DE DESHEREDACION DE DESCENDIENTESDESCENDIENTESArtículo 744.- Son causales de
desheredación de descendientes:1. Haber maltratado de obra o
injuriado grave y reiteradamente al ascendiente o a su cónyuge, si éste es también ascendiente del ofensor.
2. Haberle negado sin motivo justificado los alimentos o haber abandonado al ascendiente encontrándose éste gravemente enfermo o sin poder valerse por sí mismo.
Cont…..Cont…..3. Haberle privado de su
libertad injustificadamente.
4. Llevar el descendiente una vida deshonrosa o inmoral.
DESHEREDACION DE DESHEREDACION DE ASCENDIENTESASCENDIENTES
Artículo 745.- Son causales de desheredación de los ascendientes:
1. Haber negado injustificadamente los alimentos a sus descendientes.
2. Haber incurrido el ascendiente en alguna de las causas por las que se pierde la patria potestad o haber sido privado de ella.
EXTINCION O PERDIDA DE EXTINCION O PERDIDA DE PATRIA POTESTADPATRIA POTESTAD
Artículo 77.- Extinción o pérdida de la Patria Potestad.-
La Patria Potestad se extingue o pierde:a) …c) Por declaración judicial de abandono;
d) Por haber sido condenado por delito doloso cometido en agravio de sus hijos o en perjuicio de los mismos;
e) Por reincidir en las causales señaladas en los incisos c), d), e) y f) del Artículo 75; y,
SUSPENSION DE PATRIA SUSPENSION DE PATRIA POTESTADPOTESTAD
Artículo 75.- Suspensión de la Patria Potestad.-
La Patria Potestad se suspende en los siguientes casos:
a) …
c) Por darles órdenes, consejos o ejemplos que los corrompan;
d) Por permitirles la vagancia o dedicarlos a la mendicidad;
e) Por maltratarlos física o mentalmente;
f) Por negarse a prestarles alimentos;
¿EL INCUMPLIMIENTO DE LOS ¿EL INCUMPLIMIENTO DE LOS OTROS DEBERES?OTROS DEBERES?
Artículo 74.- Deberes y derechos de los padres.-
Son deberes y derechos de los padres que ejercen la Patria Potestad:
a) Velar por su desarrollo integral;
b) Proveer su sostenimiento y educación;
c) Dirigir su proceso educativo y capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes;
d) Darles buenos ejemplos de vida y corregirlos moderadamente. Cuando su acción no bastare podrán recurrir a la autoridad competente;
e) Tenerlos en su compañía y recurrir a la autoridad si fuere necesario para recuperarlos;
LA NO TENENCIA Y EL LA NO TENENCIA Y EL INCUMPLIMIENTO DE LAS INCUMPLIMIENTO DE LAS VISITASVISITAS
¿ La ausencia de vínculo afectivo por la
no custodia, no tenencia y el
incumplimiento del régimen de visitas, no
es causal de desheredación?
DESHEREDACION DEL CONYUGEDESHEREDACION DEL CONYUGE
Artículo 333.- Causales de separación de cuerpos:
Son causas de separación de cuerpos:
1. El adulterio.2. La violencia física o psicológica,
que el Juez apreciará según las circunstacias.
3. El atentado contra la vida del cónyuge.
4. La injuria grave.
Cont…Cont…5. Abandono injustificado de la
casa conyugal por más de dos años contínuos o cuando la duración sumada de los períodos de abandono exceda a este plazo.
6. La conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en común.
CAUSAS DE SEPARACION CAUSAS DE SEPARACION EXCLUIDAS COMO CAUSAL DE EXCLUIDAS COMO CAUSAL DE DESHEREDACIONDESHEREDACION
7. El uso habitual e injustificado de drogas alucinógenas o de sustacias que puedan generar toxicomanía.
8. La enfermedad venérea contraída después de la celebración del matrimonio.
9. La homosexualidad sobreviniente al matrimonio.
Cont…Cont…10. La condena por delito doloso
a pena privativa de la libertad mayor de dos años, impuesta después de la celebración del matrimonio.
11. Separación convencional, después de transcurridos dos años de la celebración del matrimonio.
DESHEREDACION POR DESHEREDACION POR INDIGNIDADINDIGNIDADEl testador puede fundamentar la
desheredación también por las
causales de indignidad.
CAUSALES DE INDIGNIDADCAUSALES DE INDIGNIDAD
Artículo 667.- Exclusión de la sucesión por indignidad.
Son excluídos de la sucesión de determinada persona por indignidad, como herederos o legatarios:
1. Los autores y complices de homicidio doloso o de su tentativa, cometidos contra la vida del causante, de sus ascendientes, descendientes o cónyuge. Esta causal de indignidad no desaparece por el indulto ni por la prescripción de la pena.
Cont…Cont…2. Los que hubieran sido
condenados por delito doloso cometido en agravio del causante o de alguna de las personas de las que se refiere el inciso anterior.
3. Los que hbieran dennciado calumniosamente al causante por delito al que la ley sanciona con pena privativa de la libertad.
Cont….Cont….3. Los que hubieran empleado dolo
o violencia para impedir al causante que otorgue testamento, o para obligarle a hacerlo, o para que revoque total o parcialmente el otorgado.
5. Los que destruyan, oculten, falsifiquen o alteren el testamento de la persona de cuya sucesión se trata y quienes, a sabiendas, hagan uso de untestamento falsificado.
EXENTOS DE EXENTOS DE DESHEREDACIONDESHEREDACIONNo pueden ser desheredados ni
excluídos de la herencia por dignidad:
- Los incapaces menores de edad.
- Los mayores que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento.
REVOCACION DE REVOCACION DE DESHEREDACIONDESHEREDACIONNuevo testamento en el que se
designe heredero al desheredado.
Por declaración expresa en testamento o en escritura pública.
CONSECUENCIAS: Revocada la desheredación no puede ser renovada sino por hechos posteriores.
LEGADOSLEGADOS- CONCEPTO Y NATURALEZA
- Acto de liberalidad de uno o más bienes, o de una parte de ellos.
- Los bienes otorgados en legado deben encontrarse dentro de la facultad de libre disposición del testador.
REDUCCION DEL LEGADOREDUCCION DEL LEGADOCuando el valor de los legados excede la parte de libre disposición: Los legados se reducen a prorrata, a menos que el testador haya establecido el orden en que estos deben ser pagados.
El legado hecho en favor de alguno de los coherederos no está sujeto a reducción, salvo que la herencia fuere insuficiente para el pago de las deudas.
CUARTA FALSIDIACUARTA FALSIDIATestador que no tiene herederos
forzosos (libre disposición de todos sus bienes) instituye herederos voluntarios y legatarios:
La parte que corresponde a aquéllos no será menor de la cuarta parte de la herencia, con cuyo objeto serán reducidos a prorrata los legados, si fuere necesario.
BIENES OBJETO DEL BIENES OBJETO DEL LEGADOLEGADO
Bien determinado: Debe hallarse en el dominio del testador al tiempo de su muerte.
Bien mueble indeterminado: Es valido el legado aunque no lo haya en la herencia.
La elección, salvo disposición diversa del testador, corresponde al encargado de pagar el legado, quien cumplirá con dar un bien que no sea de calidad inferior ni superior a aquel, debiendo tener en consideración la parte disponible de la herencia y las necesidades del legatario.
Cont…Cont…Bien que pertenece solo en parte al testador o sobre el cual éste tiene otro derecho: Es válido en cuanto a la parte o al derecho que corresponde al testador.
Bien gravado con garantías reales: Pasarà al legatario con los gravàmenes que tuviere.
Bien afectado con usufructo, uso o habitación a favor de tercera persona: El legatario respetará estos derechos hasta que se extingan.
Cont…Cont…Predio: Si el bien legado es un
predio, los terrenos y las nuevas construcciones que el testador haya agregado después del testamento no forman parte del legado, salvo las mejoras introducidas en el inmueble, cualquiera que fuese su clase.
Dinero: Debe ser pagado en esta especie aunque no lo haya en la herencia.
CADUCIDAD DEL LEGADOCADUCIDAD DEL LEGADO
Artículo 772.- Caduca el legado:1. Si el legatario muere antes
que el testador.
2. Si el legatario se divorcia o se separa judicialmente del testador por su culpa.
3. Si el testador enajena el bien legado o éste perece sin culpa del heredero.
DERECHO DE ACRECERDERECHO DE ACRECEREntre herederos: Cuando son
instituidos varios herederos en la totalidad de los bienes sin haberse individualizado los bienes que le corresponde a cada uno de ellos no quiere o no puede recibir la suya, salvo el derecho de representación.
Entre legatarios: Cuando un mismo bien sea legado a varias personas, sin determinación de partes y ocurra lo mismo que en el anterior caso.
PREVISION DEL PREVISION DEL TESTADORTESTADORNo ocurre el derecho de acrecer
en ninguno de los casos anteriores cuando el causante ha previsto en el testamento una situación diferente.
Ejemplo: herederos sustitutos o legatarios sustitutos.
CAMBIOS EN MATERIA DE CAMBIOS EN MATERIA DE SUCESIONESSUCESIONES- Modificaciones en el orden
sucesorio de los ascendentes.
- Cambios en materia sucesoria según la edad promedio.
- Interpretación favorable a los miembros de la familia más necesitados.
Cont…Cont…- Concurrencia en la sucesión de
cónyuge con ascendientes abuelos que heredan conjuntamente con los padres.
- Protección de los hermanos con discapacidad. Incremento de legítima.
- Mayor libertad para testar, menor ingerencia del Estado.
ALBACEASALBACEASAdministrador de los bienes de la
herencia.Ejecutor de la voluntad del
testador.Nombramiento en el testamento.Puede ser una o más personas.Puede ser persona natural o
jurídica.Puede excusarse de aceptar el
cargo, pero una vez aceptado solo podrá renuncia por justa causa valorada por el juez.
Cont…Cont…No es representante judicial de la
testamentaria.El cargo es indelegable, pero
puede en casos especiales tener representantes, bajo las órdenes y responsabilidad del albacea.
Es un cargo remunerado, salvo disposición contraria del testador.
En caso ser remunerada no será mayor al 4% de la masa líquida.
OBLIGACIONES LEGALES OBLIGACIONES LEGALES DEL ALBACEADEL ALBACEA1. Atender la inhumación del
cadaver del testador o su incineración.
2. Ejercitar las acciones para la seguridad de los bienes hereditarios.
3. Hacer el inventario judicial o notarial de los bienes de la herencia.
4. Administrar los bienes.5. Pagar deudas y cargas de la
herencia.
Cont…Cont…6. Pagar o entregar los legados.7. Vndre los bienes con autorización
expesa del testador, o de los herederos, o del juez para pagar las deudas de la herencia y los legados.
8. Procurar la división y partición de la herencia.
9. Cumplir encargos del testador.10. Sostener la validez del
testamento en el juicio de impugnación que se promueva.
CESE DEL CARGO DE CESE DEL CARGO DE ALBACEAALBACEAArtículo 796.- El cargo de albacea
termina:1. Por haber transcurrido dos años
desde su aceptación, salvo el mayor plazo que señale el testdor, o que conceda el juez con acuerdo de la mayoría de los herederos.
2. Por haber concluido sus funciones.
3. Por renuncia con aprobación judicial.
4. Por incapacidad legal o física que impida el desempeño de la función.
Cont…Cont…5. Por remoción judicial, a
petición de parte debidamente fundamentada.
6. Por muerte, desaparición o declaración de ausencia.
REVOCACION DE REVOCACION DE TESTAMENTOTESTAMENTOEjercicio de autonomía de la
voluntad.
El acto del otorgamiento de testamento es voluntario.
La revocatoria obedece al mismo ejercicio de la libertad del testador.
PARTICULARIDADES DE PARTICULARIDADES DE LA REVOCATORIA DE LA REVOCATORIA DE TESTAMENTOTESTAMENTODebe ser expresa.Puede ser total o parcial.Exige el otorgamiento de otro
testamento cualquiera que sea su forma.
Si el testamento que revoca uno anterior es revocado a su vez por otro posterior, revven las disposiciones del primero, a menos que el testdor exprese su voluntad contraria.
Cont…Cont…El testamento que no es
revocado total y expresamente por otro posterior, subsiste en las disposiciones compatibles con las de este último.
REVOCATORIAS REVOCATORIAS ESPECIALESESPECIALESTestamento cerrado: Queda
revocado si el testador lo retira de la custodia del notario
En caso el testamento cerrado fuera conservado por el testadorvale como ológravo si contiene las formalidades exigidas para este testamento.
Testamento ológrafo: Queda revocado si el testador lo rompe, destruye o inutiliza de cualquier manera.
CADUCIDAD DE CADUCIDAD DE TESTAMENTOTESTAMENTOArtículo 805.- El testamento
caduca, en cuanto a la institución de heredero:
1. Si el testador deja herederos forzosos que no tenía cuando otorgó el testamento y que vivan; o que estén concebidos al momento de su muerte, a condición de que nazcan vivos.
Cont…Cont…2. Si el heredero renuncia a la
herenciao muere antes que el testador sin dejar representación sucesoria, o cuando el heredero es el cónyuge y se declara la separación judicial por culpa propia o el divorcio.
3. Si el heredero pierde la herencia por declaración de indignidad o por desheredación, sin dejar descendientes que puedan representarlo.
¿Cómo entender la
aplicación de este artículo
con las actuales técnicas
de reproducción asistida y
el reconocimiento de los
derechos del concebido a
partir de la fecundación?
NULIDAD DE NULIDAD DE TESTAMENTOTESTAMENTO
- Otorgado por incapaces menores de edad.
- Otorgado por mayores enfermos mentales cuya interdicción ha sido declarada.
- Otorgado sin cumplir con las formalidades esenciales señalas en los artículos 696, 699 y 707 del Código Civil.
- Cuando el testador es ciego o analfabeto y no se ha cumplido al momento de su otorgamiento con leérselo dos veces una por el notario y otra por el testigo designado por el testador.
Cont…Cont…- Cuando no se hace mención en
el testamento que el testador no sabe o no puede firmar y ha firmado a ruego el testigo testamentario designado por el testador.
- Los testamentos especiales cuando falta la forma escrita, la firma del testador o de la persona autorizada para recibirlos.
Cont…Cont…- El testamento otorgado por dos
o más personas es nulo.
TESTAMENTOS TESTAMENTOS ANULABLESANULABLES
Los otorgados por personas comprendidas en los artículos 43, incisos 2 y 3, y 44, incisos 2, 3, 6 y 7.
Artículo 43.- Son absolutamente incapaces:
2. Los que por cualquier causa se encuentren privados de discernimiento.
3. Los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos que no puedan expresar su voluntad de manera indubitable.
Cont…Cont…Artículo 44.- Son relativamente
incapaces incisos:2. Los retardados mentales.3. Los que adolecen de deterioro
mental que les impide expresar su libre voluntad.
6. Los ebrios habituales.7. Los toxicómanos.
Cont…Cont…El testamento obtenido por
violencia, intimidación o dolo. Las disposiciones testamentarias
debidas a error esencial de hecho o de dercho del testador, cuando el error aparece en el testamento y es el único motivo que ha determinado al testador a disponer.
- Otorgados sin cumplir con otras formalidades no esenciales señaladas para la clase de testamento empleada por el testador.