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REPUBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Dirección: San Salvador E6-49 y Av. Eloy Alfaro Telefax: 507 397 / 555 014 / 909 457 Quito - Ecudor ACUERDO MINISTERIAL No. 468 EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ejecutivo 1786, publicado en el Registro Oficial 400, de 29 de Agosto de 2001, el Doctor Gustavo Noboa Bejarano, entonces Presidente Constitucional de la República, establece un Marco Normativo General con lineamientos administrativos y curriculares para reformar y ordenar el Bachillerato en el Ecuador; Que, es responsabilidad del Ministerio de Educación y Cultura, dirigir y orientar la aplicación del Bachillerato que regula el Decreto 1786; Que, la Educación Técnica y Profesional, constituye uno de los pilares claves del desarrollo económico y social sustentable de la República del Ecuador; Que, el Ministerio de Educación y Cultura, a través de sus respectivas instancias, ejecuta el Proyecto de Consolidación de la Reforma de la Educación Técnica en el Ecuador (Consolidación RETEC), con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI); Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 3425 de 27 de Agosto del 2004, se dispone la aplicación, en todos los establecimientos de educación media que ofertan especializaciones técnicas, de la nueva estructura del Bachillerato Técnico con veintiséis especializaciones profesionales, diseñadas a partir del estudio de la figura profesional y las competencias propias de cada perfil profesional; Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 334 de 18 de Octubre de 2005, se regulan las titulaciones ofrecidas en el Bachillerato Técnico, según lo establecido en el art. 91 del Reglamento General de la Ley de Educación; Que, dicha aplicación requiere de un modelo diferenciado de administración y organización funcional por parte de las instituciones educativas que ofertan

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ACUERDO MINISTERIAL No. 468

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ejecutivo 1786, publicado en el Registro Oficial 400, de 29 de

Agosto de 2001, el Doctor Gustavo Noboa Bejarano, entonces Presidente Constitucional de la República, establece un Marco Normativo General con lineamientos administrativos y curriculares para reformar y ordenar el Bachillerato en el Ecuador;

Que, es responsabilidad del Ministerio de Educación y Cultura, dirigir y orientar la

aplicación del Bachillerato que regula el Decreto 1786; Que, la Educación Técnica y Profesional, constituye uno de los pilares claves del

desarrollo económico y social sustentable de la República del Ecuador; Que, el Ministerio de Educación y Cultura, a través de sus respectivas instancias,

ejecuta el Proyecto de Consolidación de la Reforma de la Educación Técnica en el Ecuador (Consolidación RETEC), con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI);

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 3425 de 27 de Agosto del 2004, se dispone la

aplicación, en todos los establecimientos de educación media que ofertan especializaciones técnicas, de la nueva estructura del Bachillerato Técnico con veintiséis especializaciones profesionales, diseñadas a partir del estudio de la figura profesional y las competencias propias de cada perfil profesional;

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 334 de 18 de Octubre de 2005, se regulan las

titulaciones ofrecidas en el Bachillerato Técnico, según lo establecido en el art. 91 del Reglamento General de la Ley de Educación;

Que, dicha aplicación requiere de un modelo diferenciado de administración y

organización funcional por parte de las instituciones educativas que ofertan

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especializaciones técnicas, con el objeto de fortalecer su capacidad de investigación, cualificación, producción, intermediación en el mercado laboral y apoyo al emprendimiento productivo de sus estudiantes y egresados;

Que, el modelo de administración y organización funcional, de los Colegios de

Bachillerato Técnico, debe ser homogéneo para todos ellos y por tanto estar definido de acuerdo a un estándar de procesos y resultados que identifique la excelencia de las instituciones educativas y permita la evaluación comparada de resultados;

Que, la aplicación efectiva del modelo de organización funcional en las instituciones

educativas requiere de asesoramiento, el mismo que debe ser brindado por la Dirección Nacional de Educación Técnica, a través de sus divisiones provinciales;

Que, es objetivo de esta Cartera de Estado, definir los fundamentos socio-económicos

y la misión institucional del sistema de Educación Técnica, estableciendo metas compartidas por todas las instituciones educativas con especialidades técnica y estandarizando los procesos de gestión necesarios para alcanzar los resultados previstos;

Que, otro de los objetivos institucionales, constituye la definición de un modelo de

aprendizaje, cooperación y ayuda mutua entre las instituciones educativas, basado en la generación de redes territoriales de carácter provincial y de redes sectoriales por especializaciones técnicas; y,

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 179 numeral 6 de la Constitución Política de la República del Ecuador, Artículo 24 de la Ley Orgánica de Educación, en concordancia con el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva;

ACUERDA:

Art. 1º Aprobar el marco regulador de la administración, organización y

funcionamiento de las instituciones educativas que ofertan bachillerato

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técnico y que se encuentra constituido por los elementos que se enuncian a continuación:

a. Fundamentos sociales y económicos y misión institucional del Bachillerato

Técnico del Ecuador.

b. Estándar de gestión como referente de excelencia de las instituciones educativas.

c. Organización de comisiones técnicas provinciales de asesoramiento y asistencia técnica a las instituciones educativas, para el mejor cumplimiento de los requerimientos definidos en el estándar de gestión.

d. Aplicación de un sistema nacional de monitoreo, evaluación y calificación

de colegios técnicos.

e. Aplicación de un procedimiento normalizado para el autodiagnóstico organizativo y funcional de las instituciones educativas.

f. Implementación de un procedimiento normalizado de planificación y programación institucional en base al estándar de gestión.

g. Organización de redes territoriales y sectoriales de colegios técnicos para

la cooperación, la optimización de recursos y el aprendizaje institucional permanente.

Art. 2º Determinar los lineamientos, que constan en el anexo de este Acuerdo,

para la aplicación del marco regulador de la administración, organización y funcionamiento de las instituciones educativas que ofertan bachillerato técnico.

Art. 3º Disponer a la Dirección Nacional de Educación Técnica la elaboración,

publicación y difusión de todos los instrumentos técnicos que faciliten la aplicación del marco regulador aprobado en el presente Acuerdo.

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Art. 4º Designar a las siguientes instituciones educativas, como Centros de Referencia Territoriales y Sectoriales, para la fase inicial del proceso de Reforma, durante el periodo 2006/2009.

a. Colegios de referencia Territoriales:

Provincia de Azuay Centro de Referencia Provincial: Colegio Guillermo Mensi. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio Gualaceo. Provincia de Bolívar Centro de Referencia Provincial: Instituto Ángel Polibio Chávez. Provincia de Cañar Centro de Referencia Provincial: Instituto Calasanz. Provincia de Carchi Centro de Referencia Provincial: Colegio José Julián Andrade.

Provincia de Chimborazo Centro de Referencia Provincial: Instituto Isabel de Godín. Provincia de Cotopaxi Centro de Referencia Provincial: Colegio Luis Fernando Ruiz. Provincia de El Oro Centro de Referencia Provincial: Colegio Dr. José Ochoa León. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio Sultana de El Oro. Provincia de Esmeraldas Centro de Referencia Provincial: Instituto 5 de Agosto. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio Quinindé. Provincia de Galápagos Centro de Referencia Provincial: Colegio Ignacio Hernández. Centro de Referencia Provincial: Colegio Galápagos.

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Provincia de Guayas Centro de Referencia Provincial: Colegio 28 de Mayo. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio Balzar Subcentro de Referencia Provincial: Colegio Galo Plaza Lasso. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio Fernando Dobronsky Ojeda. Provincia de Imbabura Centro de Referencia Provincial: Colegio Carlos Ubidia Albuja. Provincia de Loja Centro de Referencia Provincial: Instituto Daniel Álvarez Burneo.

Provincia de los Ríos Centro de Referencia Provincial: Colegio Eloy Alfaro. Provincia de Manabí Centro de Referencia Provincial: Colegio Raymundo Aveiga. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio 15 de Octubre. Provincia de Morona-Santiago Centro de Referencia Provincial: Colegio Amazonas. Subcentro de Referencia Provincial: Colegio 27 de Febrero. Provincia de Napo Centro de Referencia Provincial: Colegio Monseñor Maximiliano Spiller. Provincia de Orellana Centro de Referencia Provincial: Colegio Padre Miguel Gamboa. Provincia de Pastaza Centro de Referencia Provincial: Colegio Provincia de Pastaza. Provincia de Pichincha Centro de Referencia Provincial: Colegio Benjamín Carrión. Subcentro de Referencia Provincial: Instituto Calazacón.

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Provincia de Sucumbíos Centro de Referencia Provincial: Unidad Educativa Napo. Provincia de Tungurahua Centro de Referencia Provincial: Instituto Benjamín Araujo. Subcentro de Referencia Provincial: Instituto Guayaquil.

Provincia de Zamora Chinchipe Centro de Referencia Provincial: Instituto Primero de Mayo.

b. Colegios de Referencia Sectoriales:

Cultivo de Peces, Moluscos y Crustáceos: Jambelí, provincia de El Oro Comercialización y Ventas: Colegio República de Rumania, provincia de Pichincha. Comercio Exterior: Colegio Eloy Alfaro, provincia de Los Ríos. Aplicación de Proyectos de Construcción: Colegio Capitán Edmundo Chiriboga González, provincia de Chimborazo. Instalaciones, Equipos y Máquinas Eléctricas: Colegio Primero de Mayo, provincia de Pastaza. Electrónica de Consumo: Instituto Aloasí, provincia de Pichincha. Explotaciones Agropecuarias: Colegio Quinindé, provincia de Esmeraldas. Contabilidad y Administración: Colegio Uruguay, provincia de Manabí. Organización y Gestión de la Secretaría: Colegio Uruguay, provincia de Manabí. Alojamiento: Colegio Luis Fernando Ruiz, provincia de Cotopaxi.

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Cocina: Colegio Luis Fernando Ruiz, provincia de Cotopaxi. Restaurante y Bar: Colegio Luis Fernando Ruiz, provincia de Cotopaxi. Transformados y Elaborados Lácteos: Colegio Galo Plaza Lasso, provincia de Guayas. Transformados y Elaborados Cárnicos: Instituto Benjamín Araujo, provincia de Tungurahua. Conservería: Colegio José Rodríguez Labandera, provincia de Los Ríos. Industria de la Confección: Instituto Isabel de Godín, provincia de Chimborazo. Calzado y Marroquinería: Instituto Cotacachi, provincia de Imbabura. Aplicaciones Informáticas: Colegio Eloy Alfaro, provincia de Los Ríos. Administración de Sistemas: Colegio Eloy Alfaro, provincia de Los Ríos. Fabricación y Montaje de Muebles: Colegio Luis Celleri Avilés, provincia de Guayas. Electromecánica Automotriz: Colegio Gualaceo, provincia de Azuay. Mecanizado y Construcciones Metálicas: Instituto Técnico Superior Guayaquil, provincia de Tungurahua. Información y Comercialización Turística: Colegio Provincia de Pastaza, provincia de Pastaza. Agencia de Viajes: Colegio Provincia de Pastaza, provincia de Pastaza.

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Art. 5º Disponer que la Dirección Nacional de Educación Técnica, cada tres años informe al Ministro si se procede a ratificar o designar los centros y subcentros de referencia en base a los resultados de las evaluaciones institucionales y la situación de la red de centros.

Art. 6º Encargar a la Dirección Nacional de Educación Técnica, la ejecución del

presente Acuerdo, el mismo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA

Quito, Junio de 2006

LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DEL MARCO REGULADOR DE LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS QUE OFERTAN BACHILLERATO TÉCNICO

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PRESENTACIÓN El Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección Nacional de Educación Técnica, se encuentra empeñado en impulsar el proceso de Reforma del Bachillerato Técnico Nacional, que tiene por objetivo reajustar la oferta formativa técnica a las demandas socioeconómicas y productivas del país. En el marco de esta reforma, varios son los ámbitos en los cuales se están incorporando cambios y mejoras, los mismos que para entrar en vigencia, son emitidos oficialmente a través de Acuerdos Ministeriales. En el este documento se presentan los lineamientos para la aplicación del Marco Regulador de la Administración, Organización y Funcionamiento de las Instituciones Educativas que ofertan Bachillerato Técnico, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nº 468, de fecha 29 de septiembre de 2006. El documento hace referencia al conjunto de elementos, cuya aplicación permitirá normar y regular los procesos de tipo administrativo que deben darse en las instituciones educativas que ofertan bachillerato técnico, en el marco del proceso de reforma. Por consiguiente, aquí encontraremos la concepción e importancia de cada uno de los elementos referidos y que son: a. Fundamentos sociales y económicos y misión institucional del Bachillerato Técnico

del Ecuador. b. Estándar de gestión de las instituciones educativas técnicas. c. Organización de comisiones técnicas provinciales de asesoramiento y asistencia

técnica. d. Sistema nacional de monitoreo, evaluación y calificación de colegios técnicos. e. Procedimiento normalizado para el autodiagnóstico organizativo y funcional de las

instituciones educativas. f. Procedimiento normalizado de planificación y programación institucional en base al

estándar de gestión. g. Redes territoriales y sectoriales de colegios técnicos. Para la aplicación del Marco Regulador, la Dirección Nacional de Educación Técnica emitirá y difundirá todos los instrumentos técnicos requeridos.

DINET

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1. Fundamentos sociales y económicos y la misión institucional de la Educación

Técnica del Ecuador. La sustentabilidad social y económica del Ecuador, la expectativa de una vida digna para el conjunto de la población sin distinción de etnia, sexo, credo o grupo social, el nuevo modelo económico globalizado y la evidencia de un peso, cada vez mayor, del conocimiento y la tecnología como factores de la producción y del progreso, configuran un horizonte de futuro para el Ecuador, cargado de amenazas y de retos. Dicho escenario plantea al sistema educativo en su conjunto y específicamente al subsistema de educación técnica, la exigencia de un mayor compromiso con los proyectos de vida de los jóvenes y con la realidad productiva nacional, y la necesidad de orientar su esfuerzo didáctico a la generación de ideas e iniciativas creadoras de empleo y riqueza cultural, económica y social. En virtud de lo cual, los Colegios de Bachillerato Técnico deberán contribuir al desarrollo económico y social de la República del Ecuador, a la mejora de las condiciones de vida de los habitantes de su entorno inmediato y al fortalecimiento de los sistemas locales de producción, a través de la promoción de una cultura del trabajo y el emprendimiento productivo sustentada en el conocimiento, la tecnología y la agregación de valor. Así mismo, deberán promover niveles crecientes de cualificación profesional en los trabajadores, velar por la inserción laboral de los jóvenes, tanto en empleos por cuenta ajena como en proyectos de autoemprendimiento, y hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades, garantizando la continuación de estudios superiores de aquellos egresados que dispongan de la voluntad y la capacidad necesarias. Para ello, las instituciones educativas desarrollarán los procesos de transformación institucional necesarios para garantizar su idoneidad académica, y su capacidad tecnológica y productiva.

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2. Estándar de gestión de colegios de educación técnica.

El concepto de estándar representa el nivel o cota que se toma como modelo, como norma de calidad o de cantidad, como patrón o referencia frente a la que se pueden calcular las posibles desviaciones en uno u otro sentido. Al estandarizar los procesos de gestión de instituciones de bachillerato técnico, se pretende definir un horizonte-meta concreto con capacidad para movilizar las instituciones educativas al cumplimiento de un propósito compartido, orientar los procesos de cambio y mejora y servir como referente operativo para evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos propuestos. El estándar definido, validado por profesionales del sistema, se estructura en seis áreas de gestión (procesos, productos, personas, alumnos, recursos y relaciones con el entorno), a través de treinta y cinco descriptores que representan la situación a alcanzar por las instituciones educativas en un plazo máximo de tres años. Con la aplicación del estándar de gestión se pretende:

Orientar a resultados la gestión de las instituciones educativas, Implementar procedimientos de mejora continua, Fomentar el trabajo en equipo, Desarrollar modelos de gestión de transparencia creciente para la sociedad, tanto

en los procedimientos administrativos como en los resultados obtenidos por las instituciones educativas.

GESTIÓN DE PROCESOS Administración 1. La institución educativa elabora un manual de procedimientos administrativos

eficaz y transparente

Orientación estratégica 2. La institución educativa elabora Planes de Transformación Institucional (PTI)

para ciclos de tres años comprometidos con las orientaciones del proceso de reforma y la misión institucional del sistema.

3. La institución educativa elabora Programas Operativos Anuales (POA), vinculados al mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos.

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4. La institución educativa implanta y aplica una metodología de evaluación institucional y genera un informe anual de situación, actividad y resultados.

Docencia 5. La institución educativa implanta el currículo basado en competencias laborales

como organizador de los procesos de enseñanza aprendizaje. 6. La institución educativa establece un plan de investigación educativa orientado a

la mejora permanente de los procesos técnicos y didácticos de la institución. 7. La institución educativa desarrolla y aplica en toda la institución una

metodología unificada de evaluación de aprendizajes.

GESTIÓN DE PRODUCTOS Oferta formativa 8. La institución educativa genera un plan de oferta formativa, a cinco años, de

acuerdo con las necesidades sociales y productivas del entorno. 9. La institución educativa desarrolla una oferta diferenciada de formación

ocupacional para desempleados y formación continua para trabajadores en activo y se pone en conocimiento de instituciones públicas y empresas.

10. La institución educativa establece un equipo de actualización de la oferta formativa troncal de la institución a partir de los resultados de observación sistemática del mercado de trabajo.

Ideas e innovaciones para la mejora institucional 11. La institución educativa establece un registro institucional de ideas e

innovaciones para la mejora permanente de la institución educativa.

Investigación y desarrollo de productos y patentes 12. La institución educativa genera un proyecto de I+D (innovación y desarrollo de

producto), vinculado a las especialidades formativas de referencia en la institución, que ordene las prioridades de aprendizaje técnico de los docentes y estimule la generación de ideas de aplicación a la producción, se elabora un prototipo final y se registra la patente.

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Producción y distribución comercial 13. La institución educativa desarrolla un proyecto productivo y un plan de

comercialización de la producción que refuerce el aprendizaje en la práctica de los alumnos y permita la generación de valor reinvertible en la Institución.

GESTIÓN DE PERSONAS Estructura y organización funcional 14. La institución educativa elabora un catálogo de puestos de trabajo definiendo las

funciones y tareas de cada perfil profesional y las competencias requeridas para el desempeño profesional.

Organización de equipos de trabajo 15. La institución educativa establece equipos de trabajo para la definición y

desarrollo de programas transversales de carácter anual: equipo de pensamiento estratégico, equipo de evaluación y mejora permanente, equipo de relaciones institucionales, etc.

Actualización técnica y didáctica de los equipos directivos y docentes 16. La institución educativa establece planes anuales de capacitación docente y un

sistema en red de intercambio y aprendizaje compartido entre docentes, de bajo coste.

Evaluación del desempeño 17. La institución educativa establece, de forma consensuada, un sistema de

evaluación del desempeño profesional de equipos docentes y directivos, estableciéndose criterios claros y conocidos por todo el personal del Colegio.

Sistemas de compensación 18. La institución educativa establece una tabla objetiva de compensaciones no

salariales por servicios prestados para el personal de estructura de la Institución Educativa.

GESTIÓN DE RECURSOS Convenios 19. La institución educativa establece un convenio anual con una institución de

enseñanza superior para el establecimiento de becas y el desarrollo de un programa de orientación y animación para el seguimiento de estudios superiores.

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20. La institución educativa establece un programa de cooperación y orientación vocacional con al menos tres escuelas de enseñanza primaria.

Gestión de recursos tecnológicos 21. La institución educativa establece, al menos, un convenio anual con una

empresa privada para la utilización de su tecnología, con fines educativos, fuera de las horas de producción.

Gestión de recursos financieros 22. La institución educativa desarrolla actividades generadoras de recursos para

garantizar, al menos, la satisfacción de necesidades básicas de sus alumnos.

GESTIÓN DE ALUMNOS Cobertura y resultados académicos 23. La institución educativa diseña un sistema de seguimiento de los resultados

académicos obtenidos por los estudiantes. Con esta información se elabora y divulga un informe semestral de rendimiento académico de los alumnos, con la finalidad de establecer las medidas correctoras oportunas.

Servicios Complementarios 24. La institución educativa desarrolla una investigación anual sobre las condiciones

de vida y estudio de los alumnos, mediante visitas de los tutores a los hogares. 25. La institución educativa genera y mantiene un servicio de bienestar social del

escolar que proporciona apoyo en materia de sanidad, alimentación, educación y atención psicológica.

Tutoría y apoyo personal 26. La institución educativa establece un Plan de Acción Tutorial para la

organización de los servicios de tutoría educativa y profesional, con especificación de tiempos, metodologías y responsables.

Inserción y plan de carrera 27. La institución educativa establece un sistema de seguimiento de la inserción

socio profesional de los egresados. 28. La institución educativa establece un sistema de promoción y apoyo a la

iniciativa emprendedora de los egresados.

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Vinculación ex alumnos 29. La institución educativa promueve la puesta en funcionamiento de una

Asociación de Antiguos Alumnos y la elaboración de un plan de actividades de encuentro y relación con alumnos.

GESTIÓN DE LAS RELACIONES CON EL ENTORNO Relaciones con la comunidad educativa 30. La institución educativa establece, de forma consensuada, un Plan de

Participación de la Comunidad Educativa que especifique las responsabilidades, ámbitos de cooperación y participación en el control de gestión de los diferentes actores comunitarios.

Relaciones con empresarios locales 31. La institución educativa establece un sistema de intermediación en el mercado

de trabajo para apoyar la inserción laboral de los egresados y dar servicio a las pequeñas empresas generadoras de empleo que demanden personal cualificado.

32. La institución educativa establece un convenio con Cámaras y/o organizaciones profesionales para el desarrollo de un programa de pasantías.

Relaciones con instituciones educativas nacionales e internacionales 33. La institución educativa participa, al menos, en un foro de reflexión sobre

Educación Técnica y Profesional, producción y empleo y su orientación en el Ecuador y en América Latina.

Relaciones con técnicos y profesionales 34. La institución educativa crea y mantiene actualizado un inventario de

profesionales que estén dispuestos a participar en actividades de orientación y asesoramiento laboral de los alumnos

Relaciones con entidades de cooperación 35. La institución educativa elabora al menos un proyecto anual potencialmente

financiable por instituciones internacionales de cooperación y se gestiona la búsqueda de recursos, con la colaboración del Programa Nacional de Educación Técnica.

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3. Organización de equipos provinciales de asesoramiento y asistencia técnica a las instituciones educativas. Para el mejor cumplimiento de los requerimientos definidos en el estándar de gestión, las Direcciones Provinciales de Educación, a través de la División de Educación Técnica, en cada provincia, proveerán los recursos necesarios para la organización de un equipo provincial de asesoramiento y asistencia técnica a las instituciones educativas, en las siguientes áreas:

Gestión y Estandarización de Procesos, Currículo y Tecnología, Producción y Emprendimiento, Orientación y Bienestar Social del Colegial, Innovación y Desarrollo de Productos, Recursos Institucionales

El equipo técnico contará con la colaboración de supervisores, directivos, técnicos, orientadores y docentes del sistema.

4. Sistema nacional de monitoreo, observación y calificación de colegios técnicos

El sistema nacional de observación y calificación de colegios de bachillerato técnico permitirá la recopilación de información descriptiva y valorativa sobre los procesos de gestión y resultados obtenidos por las instituciones educativas, a través de las Direcciones Provinciales de Educación. Cada año, la aplicación del sistema dará lugar a un informe de calificación de Colegios de Bachillerato Técnico, tanto a nivel provincial como nacional, de carácter público en el que se detallará de forma pormenorizada la evolución de las instituciones educativas y de los niveles promedio provinciales. Con la aplicación del sistema se pretende: a. Conocer y hacer pública, la situación de cada colegio y su posición respecto de

los requerimientos definidos en el estándar de gestión. b. Conocer las dificultades y problemas de las instituciones educativas para la

implantación del proceso de reforma.

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c. Comparar la situación de las diferentes instituciones educativas a nivel provincial y nacional y establecer la incidencia del factor humano en los resultados obtenidos.

d. Disponer de un instrumento de valoración objetivo, que permita hacer transparente para la sociedad la situación de cada Colegio de Bachillerato Técnico del sistema y el nivel de calidad de la educación distribuida.

5. Procedimiento normalizado para el auto diagnóstico organizativo y funcional

de las instituciones educativas. Se define a partir de aquí, un conjunto coherente de principios y pautas procedimentales que permitirán valorar la eficiencia de las actuaciones para la mejora que se llevan a cabo en las instituciones, a fin de extraer conclusiones útiles sobre aquellos factores condicionantes de los resultados y elaborar propuestas para subsanar las deficiencias. La metodología de autodiagnóstico institucional debe ser aplicada por la institución educativa y sus resultados deben tener una utilización interna. Su diseño permitirá establecer la posición relativa de la institución en relación con el estándar de gestión y la obtención de informes internos sobre el estado de la institución en cinco ámbitos de evaluación: transparencia institucional, orientación estratégica, empatía institucional, optimización de recursos técnicos, recursos para la administración del conocimiento y capacidad de generación de valor. La aplicación del método debe ayudar a los equipos profesionales a obtener información significativa sobre los procesos y resultados de la institución, dar pautas para el análisis de dicha información y estructurar la respuesta institucional a los problemas analizados. La institución educativa aplicará el método, una vez por año, dando lugar a un informe anual de gestión y resultados, que presentará y defenderá ante el conjunto de la comunidad educativa. La Dirección Nacional de Educación Técnica, proveerá de las herramientas e instructivos precisos a fin de garantizar la capacidad de las instituciones educativas para aplicar la metodología. A este efecto se transferirá a las instituciones educativas y a las divisiones de educación técnica provincial ejemplares de la Biblioteca de Recursos para la Transformación Institucional.

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6. Normalización de la planificación institucional.

a. Procedimiento normalizado de planificación institucional. El Plan de Transformación Institucional (PTI), representa un método sencillo de planificación estratégica de la institución, a tres años, elaborado por las comunidades educativas a partir del autodiagnóstico institucional. Dicho plan debe establecer los objetivos y actividades de cambio organizativo y funcional que permitan alcanzar la situación de excelencia descrita en el estándar de gestión y contener: los problemas fundamentales de la institución y las prioridades de gestión, los objetivos y estrategias de cambio en las seis áreas de gestión definidas en el estándar, las actividades a realizar con asignación de responsables y definición de tiempos de ejecución (fechas de inicio y finalización de las actividades), las evidencias de consecución y los indicadores de logro. La aplicación del método de planificación permitirá:

Establecer un tránsito específico (de la situación de partida a la situación deseable) para el proceso de transformación institucional de cada colegio técnico.

Reforzar la transparencia y el control social de las decisiones de gestión de la institución.

Definir la orientación estratégica de la Institución y comprometer a los diferentes actores en su cumplimiento.

Optimizar los recursos disponibles y reforzar la credibilidad de la institución para la búsqueda de nuevos recursos.

La aplicación del método debe ayudar a los equipos profesionales a desarrollar su capacidad estratégica, reforzar la capacidad de la institución para analizar y resolver problemas y estructurar la respuesta institucional de forma consensuada. La institución educativa aplicará el método, una vez cada tres años, dando lugar a un Plan de Transformación Institucional que será enviado a las divisiones de Educación Técnica de las Direcciones Provinciales, para su validación y/o propuestas de mejora.

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b. Procedimiento normalizado de programación anual de objetivos y actividades institucionales. Los Programas Operativos Anuales, contendrán la programación más detallada de las actividades a realizar cada año para alcanzar los hitos definidos para cada una de las etapas del Plan de Transformación Institucional. La aplicación del método de programación operativa permitirá:

Concretar de forma exhaustiva el plan de transformación institucional,

estableciendo las cargas anuales de actividad compatibles con la disponibilidad horaria de la institución.

Priorizar los objetivos y acciones y realizar una selección de actividades vinculadas a los descriptores del estándar de gestión, a desarrollar a lo largo del curso académico con criterios de viabilidad y pertinencia.

Asignar responsabilidades, recursos y tiempos entre los miembros de la Comunidad Educativa.

La aplicación del método debe ayudar a los equipos profesionales a optimizar los recursos disponibles, optimizar las cargas horarias de los equipos y a especializar las funciones institucionales de los equipos transversales de trabajo. La institución educativa aplicará el método, una vez al año, dando lugar a un Programa Operativo Anual de la Institución Educativa, que será enviado a las Divisiones de Educación Técnica de las Direcciones Provinciales, para su validación y/o propuestas de mejora.

La Dirección Nacional de Educación Técnica, proveerá de las herramientas e instructivos precisos para garantizar la capacidad de las instituciones educativas para aplicar la metodología. A este efecto se transferirá a las instituciones educativas y a las Áreas Técnicas de las Direcciones Provinciales de Educación, ejemplares de la Biblioteca de Recursos para la Transformación Institucional.

7. Redes territoriales y sectoriales de colegios técnicos para la cooperación, la

optimización de recursos y el aprendizaje institucional permanente. El cumplimiento de la misión institucional definida no es una tarea individual de las instituciones educativas, ni supone un proceso de competencia excluyente entre las mismas. Representa un reto colectivo que plantea como primer objetivo la

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cooperación, la ayuda mutua, la optimización de recursos y su orientación hacia un modelo organizativo que garantice la excelencia en la prestación del servicio educativo, cualquiera que sea la institución en la que el ciudadano elija cursar sus estudios. En este sentido, el modelo de organización en red, permitirá:

Fortalecer el proceso de descentralización de la gestión educativa, desarrollado por la Administración del Estado Ecuatoriano.

Fortalecer la autonomía de las instituciones educativas para la toma de decisiones que afectan a su administración y organización funcional.

Establecer metodologías de control de resultados. Desarrollar un modelo de gestión de Colegios, basado en el fortalecimiento de

redes de cooperación horizontal, capaz de promover la adaptación permanente de los Colegios de Bachillerato Técnico a las necesidades cambiantes de la sociedad y del mercado laboral.

Impulsar proyectos sistemáticos de investigación en las Colegios educativos y orientar la obtención de resultados a la actualización permanente del profesorado y la generación de una oferta formativa diferenciada en cada escuela.

Facilitar la vinculación institucional de los Colegios de Bachillerato Técnico con los sectores productivos.

El modelo de organización en red que se establece distingue dos tipos básicos de instituciones educativas: los colegios de referencia (territoriales y sectoriales) y los colegios asociados. Los primeros serán colegios especialmente designados mediante Acuerdo Ministerial que coordinarán y apoyarán la labor de los segundos. Para ello se define un marco de cooperación y ayuda mutua entre Colegios de referencia y colegios asociados del sistema y se establecerán procedimientos sistemáticos de colaboración por las Divisiones de Educación Técnica de las Direcciones Provinciales. El diseño en red del sistema se organiza por sectores de actividad productiva y territorios, con la siguiente estructura:

Un Colegio de referencia territorial por provincia. Un Colegio de referencia por especialidad técnica en el ámbito nacional. Un máximo de seis colegios asociados por cada colegio de referencia provincial.

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Serán funciones de los colegios de referencia territoriales (por provincia), en el marco de las comisiones técnicas provinciales coordinadas por la División Provincial de Educación Técnica: 1. Animar, orientar y asesorar los procesos de transformación institucional en los

Colegios de Educación Técnica. 2. Desarrollar procesos de asesoramiento, asistencia y acompañamiento técnico

profesional necesario en los ámbitos de:

Gestión y Estandarización de Procesos. Currículo y Tecnología. Producción y Emprendimiento. Orientación y Bienestar Social del Colegial. Innovación y Desarrollo de Productos. Recursos Institucionales.

Serán funciones de los colegios de referencia sectoriales (por especialidad Técnica), en el marco de redes nacionales, coordinados por la Dirección Nacional de Educación Técnica: 1, Motivar, sensibilizar a los Colegios Asociados de la especialidad Técnica de

referencia en el cumplimiento de acciones y plazos establecidos en el marco del proyecto.

2. Desarrollar asesoramiento, asistencia y acompañamiento técnico profesional

necesario, en el marco de foros virtuales específicos para cada especialidad técnica y en cuestiones referidas a:

Tecnología didáctica y productiva. Mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento. Organización de la producción Información sectorial. Relaciones con el sistema productivo. Avances tecnológicos. Investigación y desarrollo de productos.

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Criterios para el nombramiento de colegios de referencia territoriales y sectoriales. Condiciones del nombramiento: El nombramiento de la institución educativa como Centro de Referencia, se producirá por acuerdo ministerial a propuesta de la Dirección Nacional de Educación técnica. Tiene un plazo de vigencia de tres años y podrá ser revocado mediante Acuerdo Ministerial, en aquellos casos en los que la institución educativa no cumpla con las exigencias de la condición de Centros de Referencia. Igualmente, en aquellas provincias en las que por cuestiones de situación territorial de los Colegios sea aconsejable, se procederá al nombramiento de Subcentros de Referencia Criterios de selección de centros de referencia:

Optimización de recursos disponibles por parte de la Institución Educativa. Participación en el proceso de capacitación inicial de todos los perfiles

convocados. Orientación al cambio en los equipos directivos y docentes Implantación temprana del proceso de reforma. Especialidades técnicas de la institución con base tecnológica. Suficiencia técnica y tecnológica para la producción en la institución educativa. Dimensión territorial y sectorial.

Obligaciones del nombramiento:

Consensuar con la Comunidad Educativa la aceptación del nombramiento, con carácter previo al mismo.

Implementar todos los componentes del proceso de reforma contenidos en el estándar de gestión: bienestar social del alumno, currículo, producción, innovación y desarrollo de productos, intermediación laboral y apoyo al emprendimiento productivo de egresados.

Participar en las comisiones técnicas provinciales de asesoramiento y apoyo al proceso de reforma, coordinadas por el Jefe de Educación Técnica de cada Dirección Provincial de Educación.

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Dar respuesta a las necesidades de apoyo técnico de los centros asociados para la implantación integral del proceso de reforma, tanto a nivel provincial, como a nivel sectorial (colegios técnicos con la/s misma/s especialidad/es)

Beneficios institucionales del nombramiento:

Prioridad en inversiones en infraestructuras y equipamientos que se produzcan en los próximos tres años.

Asesoramiento directo de la Dirección Nacional de Educación Técnica para la implantación integral del proceso de reforma durante el curso 2006/2009.

Prioridad en la capacitación de equipos directivos y docentes durante el curso 2006/2009.

Apoyo a la búsqueda de recursos de financiamiento para la producción y el desarrollo de productos.

Participación en proyectos internacionales financiados con recursos no retornables.

Participación en proyectos nacionales sujetos a acuerdos entre ministerios de la Nación financiados con recursos presupuestarios.