Desarrollo historico de la tributacion en el pais

download Desarrollo historico de la tributacion en el pais

of 41

Transcript of Desarrollo historico de la tributacion en el pais

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    1/41

    UNIVERSIDAD NACIONAL DELALTIPLANO

    FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y

    ADMINISTRATIVAS

    ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS

    CONTABLES

    MONOGRAFA

    GLORIA RAMOS FLORES

    PUNO-PER

    2012

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    2/41

    2

    A dios.

    Por darme vida y salud.

    A mi madre, por su coraje y esfuerzo.

    A mi padre, por su incondicional apoyo.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    3/41

    3

    NDICE

    Introduccin.............................................................................................. 7

    PRIMERA PARTE

    GENERALIDADES

    CAPITULO I

    SISTEMA DE TRIBUTACIN DEL PER

    1.1. Definicin.................................................................................... 10

    1.2. Objetivos... 10

    1.3. Principios tributarios... .... 11

    1.4. Tributos......................................................................................... 12

    1.5. Tributos que conforman el Sistema Tributario del Per............... 14

    CAPITULO II

    PRINCIPALES IMPUESTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMATRIBUTARIO NACIONAL

    2.1. Impuesto a la Renta..................................................................... 17

    2.2. Impuesto General a las Ventas, Impuesto selectivo al consumo e

    Impuesto de promocin municipal.............................................. 17

    2.3. Los derechos arancelarios........................................................... 18

    CAPITULO IIIPRINCIPALES MODIFICACIONES A LOS TRIBUTOS QUE

    CONFORMAN EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL DESDE 1996

    3.1. Reorganizacin de empresas...................................................... 19

    3.2. Ley de tributacin municipal........................................................ 19

    3.3. Ley del impuesto a la renta.......................................................... 19

    3.4. Reglamento de la ley del impuesto a la renta.............................. 21

    3.5. Ley del impuesto general a las ventas........................................ 23

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    4/41

    4

    3.6. Reglamento del impuesto general a las ventas.......................... 23

    SEGUNDA PARTE

    LA TRIBUTACINY SUS INICIOS

    CAPITULO I

    PER PREHISPNICO

    1.1. Principios de reciprocidad y redistribucin................................... 28

    1.2. Niveles de reciprocidad y redistribucin...................................... 28

    CAPITULO II

    PER HISPNICO

    2.1. La encomienda............................................................................. 32

    2.2. Tributo indgena............................................................................ 342.3. Quinto real.................................................................................... 36

    2.4. Otros tributos. 36

    2.5. Arbitrios municipales.................................................................... 37

    2.6. Administracin tributaria............................................................... 38

    CAPITULO III

    SISTEMA TRIBUTARIO SIGLO XIX

    3.1. Caractersticas de la situacin econmica del Per..................... 40

    3.2. Estructura de la tributacin en el siglo XIX. 49

    3.3. Principales impuestos de esta poca.......................................... 51

    CAPITULO IV

    SISTEMA TRIBUTARIO DESDE 1900 HASTA 1990

    4.1. Situacin econmica del Per en el siglo XX...... 56

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    5/41

    5

    4.2. Poltica fiscal de las diferentes etapas de nuestra historia en el

    siglo XX....................................................................................... 57

    4.3. Estructura del sistema tributario del siglo XX (1895-1962).......... 62

    CAPITULO V

    IMPUESTOS EN EL PERIODO DE 1962 A 1990

    5.1. Estructura tributaria.. 64

    5.2. Impuesto a la renta...... 64

    5.3. Impuesto al patrimonio y transferencia patrimonial. 66

    5.4. Impuesto a las ventas, servicios, produccin y consumo... 67

    5.5. Impuesto a las importaciones 68

    5.6. Impuesto a las exportaciones 68

    TERCERA PARTE

    TRIBUTACIN EN LA ACTUALIDAD

    CAPITULO I

    CDIGO TRIBUTARIO

    1.1. Definicin..... 70

    1.2. Antecedentes del cdigo tributario.. 70

    1.3. Texto nico Ordenado del Cdigo Tributario... 72

    1.4. Importancia del T.U.O. del Cdigo Tributario... 73

    CAPITULO II

    LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIN

    TRIBUTARIA

    2.1. Definicin......... 74

    2.2. Base legal..... 74

    2.3. Finalidad....... 75

    2.4. Misin y visin.. 76

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    6/41

    6

    2.5. Valores.. 76

    2.6. Funciones. 77

    2.7. Tributos que administra..... 79

    2.8. Estructura organizacional.. 81

    2.9.Facultades de la SUNAT... 83

    CAPITULOIII

    POLITICA TRIBUTARIA

    3.1. Definicin.. 85

    3.2. Caractersticas.... 85

    3.3. Objetivos.. 86

    CONCLUSIONES.... 87

    BIBLIOGRAFIA. 90

    ANEXOS.... 92

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    7/41

    7

    INTRODUCCIN

    El sistema tributario vigente en un pas, en una poca determinada,

    difcilmente es igual al de otro pas ya que cada pas tiene sus propias

    peculiaridades que los diferencian y an cuando tengan igual nombre

    pueden referirse a distintos tributos o al contrario tienen diferente nombre

    pero la estructura tcnica bsica es igual.

    El sistema vigente privilegia las posibilidades recaudatorias a corto

    plazo y distorsiona principios y criterios de derecho, economa,

    administracin de contabilidad.

    De ah que el presente trabajo tenga como propsito desarrollar la

    manera en que se llevo la tributacin en el Per en sus diferentes etapas.

    Este trabajo est constituido de tres partes.

    En la primera parte se resaltar los aspectos ms saltantes de los

    principales tributos que conforman el sistema tributario peruano, as como

    las principales modificaciones que han sufrido tales tributos. En forma

    previa al anlisis de nuestro sistema tributario es necesario advertir que la

    relacin jurdica tributaria que se entabla entre el deudor tributario y el

    fisco respecto de cada uno de los tributos que conforman el sistema, est

    regulado por el Cdigo Tributario aprobado por el D.L. N 816, modificado

    por la Ley 26663 y D.L. N 819.

    En la segunda parte, para tener ms nocin de la historia de la

    tributacin en nuestro pas, debemos tener presente que est marcada

    por dos momentos diferentes: antes y despus de la llegada de los

    espaoles. A partir de esto debemos entender que el desarrollo del

    proceso a travs del cual el Estado recibe bienes (moneda, especie o

    trabajo), para cumplir con las funciones que le son propias (como realizar

    http://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    8/41

    8

    obras o brindarservicios para el bien comn), va a ser distinto en ambos

    periodos. Mientras que en el mundo andino ste se dio a travs de la

    reciprocidad, entendida como un intercambio de energa humana, fuerza

    de trabajo o de "favores"; en el mundo occidental, se dio un proceso que

    produjo como resultado la entrega de dinero o productos a la autoridad,

    en trminos muchas veces coercitivos. Por lo tanto, tomaremos el mundo

    andino prehispnico para conocer cmo el Estado Inca y los pueblos pre

    incas alcanzaron un alto desarrollo, siguiendo una dinmica diferente a la

    del mundo occidental, no estrictamente reconocido como tributo, sino

    como una forma precursora de ste.

    Y en la tercera parte se tomo en cuenta lo que son los elementos

    que componen el sistema tributario tales como el cdigo tributario, que es

    la norma que regula la materia tributaria en general; la administracin

    tributaria, que est compuesta por los rganos del estado y estn

    bsicamente encargados de recaudar los tributos previamente

    establecidos; como tambin se considera la poltica tributaria,lineamientos de poltica economa que orientan y dirigen el sistema

    tributario.

    En fin es difcil ser objetivo cuando se discute temas tributarios. Por

    lo tanto este trabajo est dirigido a aquellas personas que quieren

    conocer las peculiaridades de la tributacin en el Per.

    http://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    9/41

    9

    GENERALIDADES

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    10/41

    10

    CAPITULO I

    SISTEMA DE TRIBUTACIN DEL PER

    1.1. Definicin

    Se le llama sistema de tributacin al conjunto de normas y

    organismos que rigen la cobranza de impuestos dentro del pas.

    Los impuestos son el principal ingreso de todo gobierno, y para

    garantizar que el flujo de capital se mantenga, se crean leyes las

    cuales dictaminan quines y cmo se deben de realizar los pagos

    de impuestos. La tributacin que no slo no puede estar ajena,

    sino que es base fundamental de la poltica econmica (Vidaurre,

    2005).

    1.2. Objetivos

    En mrito a facultades delegadas, el Poder Ejecutivo,

    mediante Decreto Legislativo N 771 dict la Ley Marco del

    Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los

    siguientes objetivos:

    a. Debe permitir alcanzar los objetivos de la poltica fiscal

    (mxima equidad posible, menor interferencia posible en la

    asignacin de los recursos de la economa y promover la

    estabilidad y el crecimiento econmico).

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    11/41

    11

    b. Minimizar los costos del sistema, ya sean los que incurre el

    contribuyente como los de la administracin fiscal.

    c. Lograr un rendimiento fiscal adecuado, lo que implica alcanzar

    una recaudacin en funcin de los objetivos propuestos, tanto

    desde el punto de vista del financiamiento del gasto pblico

    como de incidir en la economa.

    1.3. Principios tributarios

    En el Derecho Tributario moderno no se concibe una

    Potestad Tributaria ilimitada, por ello los sistemas tributarios han

    consagrado postulados generales que limitan dicha facultad de

    crear, modificar o suprimir tributos.

    a. Principio de legalidad y reserva de la ley

    Actualmente se ha desarrollado el concepto de Reserva de

    la Ley, segn el cual no slo la creacin, modificacin o

    derogacin de los tributos debe ser establecida por Ley o

    norma de rango similar, sino que este mismo principio debe

    ser aplicado a los elementos sustanciales de la obligacin

    tributaria, tales como: el acreedor tributario, el deudor

    tributario, el hecho generador, la base imponible y la alcuota.

    b. Principio de igualdad

    Todos los ciudadanos somos iguales ante la Ley, pero en el

    mbito tributario la igualdad de los ciudadanos debe

    entenderse como igualdad frente a situaciones iguales y

    desigualdad frente a situaciones desiguales.

    http://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/legalidad-moralidad-escision-moderna/legalidad-moralidad-escision-moderna.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    12/41

    12

    c. Principio de la no Confiscatoriedad

    Este principio busca el respeto al derecho de propiedad,

    invocando que los tributos no deben exceder ciertos lmites

    que son regulados por criterios de justicia social, inters y

    necesidad pblica.

    Un tributo es considerado confiscatorio cuando su cuanta

    equivale a una parte sustancial del valor del capital, de la renta

    o de la utilidad, o cuando viola el derecho de propiedad del

    sujeto obligado.

    d. Respeto a los derechos fundamentales de la persona

    Nuestra Constitucin consagra este precepto, con la

    intencin de remarcar que dicha potestad, segn las bases de

    nuestro sistema jurdico, en ningn caso debe transgredir los

    derechos fundamentales de la persona.

    1.4. Tributos

    Se consideran los siguientes aspectos

    a. Definicin

    El trmino Tributo alude a la prestacin de dar de naturaleza

    pecuniaria, objeto de una relacin cuya fuente es la Ley, la

    cual es de cargo de aquellos sujetos que realizan lossupuestos descritos por la norma como generadores de la

    obligacin tributaria, a favor del acreedor (Estado).

    En el plano jurdico, connota una serie de significaciones,

    lo que le otorga la condicin de un vocablo polismico, en

    virtud del cual, se designa con el mismo a una serie de

    http://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#autohttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/derechos-propiedad-poder-mercado/derechos-propiedad-poder-mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos28/derechos-propiedad-poder-mercado/derechos-propiedad-poder-mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costo/costo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/biore/biore.shtml#auto
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    13/41

    13

    institutos que integran el fenmeno tributario, e inclusive,

    al fenmeno en su conjunto (Bravo, 2006, pg. 46)

    Es la obligacin de generalmente dineraria generada por un

    hecho econmico que se encuentre gravado segn Ley.

    (Valencia, 2009)

    b. Caractersticas

    Se consideran las siguientes caractersticas:

    Prestacin usualmente en dinero

    El tributo implica la obligacin de dar dinero (pagar)

    en efectivo. Se admite en algunos casos, el pago del tributo

    en especie, as como en moneda extranjera, cheques,

    documentos valorados, e incluso mediante dbito en

    cuenta bancaria. Para estas otras formas de pago del

    tributo distintas al dinero en efectivo, la legislacin peruana

    exige requisitos especficos adicionales. Excepcionalmente,

    en nuestra legislacin, se puede realizar la prestacin en

    especie. En el Per, de ser el caso, requiere de

    autorizacin por Derecho Supremo refrendado por el

    Ministerio de Economa y Finanzas.

    Establecida por Ley

    Los Estados soberanos tiene la facultad de crear

    tributos (poder tributario), la cual se ejerce,

    fundamentalmente, a travs del Poder Legislativo, donde

    existen garantas para el resguardo de los derechos e

    intereses de los contribuyentes por medio de sus

    representantes.

    http://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/finanzas-operativas/finanzas-operativas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/finanzas-operativas/finanzas-operativas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    14/41

    14

    A favor del Estado

    El Estado es la entidad a favor del cual debe

    realizarse la prestacin de dar dinero, por eso se denomina

    "acreedor tributario". Nuestro ordenamiento tributario

    peruano considera como acreedores al gobierno central, a

    los gobiernos locales y a determinadas entidades de

    derecho pblico con personera jurdica propia (ex-IPSS,

    SENCICO, ex-FONAVI), en tanto formen parte del Estado.

    No constituye una sancin

    El tributo constituye un mecanismo que permite a los

    ciudadanos brindar de recursos al estado y por lo tanto no

    representa en lo absoluto una carga econmica por la

    comisin de una infraccin.

    Considera, en principio, la capacidad contributiva del sujeto

    obligado

    En el establecimiento de un tributo, debe tenerse en

    cuenta la capacidad real del sujeto obligado de afrontar la

    carga econmica que supone el tributo lo que se expresa

    en el Principio de No Confiscatoriedad.

    Es exigible coactivamente

    En caso que el obligado a la prestacin tributaria no

    cumpla con realizarla, el Estado puede recurrir al uso

    legtimo de la fuerza pblica para afectar el patrimonio del

    deudor y hacer efectivo el pago del mismo.

    http://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eleynewt/eleynewt.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    15/41

    15

    c. Clasificacin

    En la Norma II del Ttulo Preliminar de nuestro actual Cdigo

    Tributario (TUO DS 135-99-EF y normas modificatorias), se

    asume la denominada clasificacin tripartita de los tributos:

    Impuesto

    Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una

    contraprestacin directa a favor del contribuyente por parte

    del Estado.

    Contribucin

    Tributo cuya obligacin tiene como hecho generador

    beneficios derivados de la realizacin de obras pblicas o

    de actividades estatales.

    Tasas

    Las tasas son aquellos tributos cuya obligacin tiene

    como hecho generador la prestacin efectiva por el Estado

    de un servicio pblico individualizado en el contribuyente .

    (Manual del sistema de tributacion sectorial, 2005)

    Las tasas, entre otras, pueden ser: arbitrios

    (alumbrado y limpieza pblica, conservacin de parques y

    jardines), derechos (expedicin de partidas del Registro

    Civil) y licencias (construccin, anuncios, ocupacin de las

    vas pblicas, venta de bebidas alcohlicas, etc.)

    1.5. Tributos que conforman el Sistema Tributario del Per

    Se consideran los siguientes:

    a. Tributos para el Gobierno Central

    Impuesto a la Renta.

    http://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/materiales-construccion/materiales-construccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/curclin/curclin.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/materiales-construccion/materiales-construccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/eticaplic/eticaplic.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    16/41

    16

    Impuesto General a las Ventas.

    Impuesto Selectivo al Consumo. Impuesto a la Venta del Arroz Pilado.

    Rgimen nico Simplificado.

    Derechos Arancelarios.

    Tasas por prestacin de Servicios Pblicos.

    Adems se han creado temporalmente dos impuestos

    adicionales:

    Impuesto a las Transacciones Financieras-ITF (*),

    Impuesto Temporal a los Activos Netos (*).

    (*) Mediante las Leyes N 28194 y la N 28424 se crearon el

    Impuesto a las Transacciones Financieras- denominado ITF y

    el Impuesto Temporal a los Activos Netos-llamado ITAN.

    b. Tributos para el Gobierno Local

    Impuesto de Alcabala

    Impuesto Predial

    Impuesto al Patrimonio Vehicular.

    Impuesto a los Espectculos Pblicos no Deportivos.

    Impuesto a los Juegos.

    Impuesto a las Apuestas.

    Arbitrios de Limpieza Pblica, Parques, Jardines y Relleno

    Sanitario.

    Contribucin Especial de Obras Pblicas.

    Tasas municipales.

    El Estado ha creado otros tributos a favor de las

    Municipalidades que son:

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    17/41

    17

    Impuesto de Promocin Municipal.

    Impuesto al Rodaje. Impuesto a las Embarcaciones de recreo.

    c. Tributos destinados para otros fines

    Contribuciones a la Seguridad Social.

    Contribucin al Sistema Nacional de Pensiones.

    Contribucin al Servicio Nacional de Adiestramiento

    Trabajo Industrial (SENATI). Contribucin al Servicio Nacional de Capacitacin para la

    Industria de la Construccin (SENCICO).

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    18/41

    18

    CAPITULO II

    DETALLE DE LOS PRINCIPALES IMPUESTOS QUE CONFORMAN ELSISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

    2.1. Impuesto a la Renta

    El Impuesto a la Renta peruano vigente est regulado por el

    decreto Legislativo 774, en adelante la Ley modificado por las

    Leyes 26415,26731 y 26732 y los Decretos Legislativos 797, 799,810, 852, 874, 881,882. Su reglamento fue aprobado por Decreto

    Supremo N122-94-EF. Dicho tributo grava:

    a. Las rentas provenientes del capital, del trabajo y de la

    aplicacin conjunta de ambos factores.

    b. Las ganancias y beneficios provenientes de determinadas

    operaciones sealadas en forma taxativa en la propia Ley pero

    que no comparten la naturaleza jurdica de aquellas citadas

    en el inciso anterior.

    2.2. Impuesto general a las ventas, Impuesto selectivo al consumo

    e Impuesto de promocin municipal

    El Impuesto General a las Ventas (IGV) se encuentra

    regulado por el D.L. N821, modificado por la Ley 26727 y por los

    Decretos Legislativos 825, 878, 882, 883 y 886, y el Impuesto

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    19/41

    19

    Selectivo al Consumo (ISC), por el D.L. N 775, modificado por las

    Leyes 26422, 26425, 26504, 26517, 26562, 26564, 26565 y por

    los Decretos Legislativos

    a. IGV

    El IGV grava:

    Las ventas en el pas de bienes muebles.

    La prestacin de servicios en el pas.

    La utilizacin en el pas de servicios prestados por no

    domiciliados.

    Los contratos de construccin,

    La primera venta de inmuebles que realizan los

    constructores de los mismos.

    La importacin de bienes.

    b. ISC

    El ISC grava la venta en el pas a nivel productor, as como

    la importacin y la venta en el pas por dicho importador de

    determinar bienes taxativamente sealados en los apndices

    III y IV de la ley (vehculos automotores, combustibles,

    cigarrillos y bebidas alcohlicas y gasificadas). En caso que

    exista vinculacin econmica entre el fabricante o importador y

    el adquiriente, el campo de aplicacin de impuesto se extiende

    a dicho adquiriente. El ISC grava tambin los juegos de azar y

    apuestas.

    2.3. Los derechos arancelarios

    De acuerdo con el arancel de aduanas vigente, los derechos

    arancelarios se calculan sobre la base imponible aplicando la tasa

    del 15% en la mayora de casos y del 25% para un reducido

    nmero de mercancas.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    20/41

    20

    CAPITULO III

    PRINCIPALES MODIFICACIONES A LOS TRIBUTOS QUECONFORMAN EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL DESDE 1996

    3.1. Reorganizacin de empresas

    La Ley 267733 (vigente a partir del 10 de enero de 1997)

    prorroga los beneficios previstos en la Ley 26283. Tales beneficios

    consisten en la exoneracin de todo tributo, incluido el Impuesto a

    la Renta y los otros actos, contratos o divisin de toda clase de

    personas jurdicas.

    3.2. Ley de tributacin municipal

    Mediante la ley 26725 (vigente a partir del 30 de diciembre

    de 1996) se modifica el art. 69 de la Ley de tributacin municipal,

    el cual estableca que las tasas por servicios pblicos o arbitrios se

    calculaban en funcin del costo efectivo del servicio prestado. La

    modificacin establece ciertas reglas y mecanismos que deben serseguidas por los consejos para determinas el costo del servicio y,

    en funcin a este, establece el monto de las tasas.

    3.3. Ley del Impuesto a la Renta

    Los principales cambios a la Ley del impuesto al a renta

    incorporados por el decreto legislativo 881 y la Ley 26721(vigentes

    a partir del 10 de enero de 1997) son los siguientes:

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    21/41

    21

    a. Exoneraciones

    Se ha ampliado el alcance de las exoneraciones a la

    ganancia por intereses provenientes de ttulos representativos

    de obligaciones emitidas por sociedades annimas (previstas

    hasta el 31 de diciembre del 2000) a aquellos que emita

    cualquier persona jurdica.

    Se exoneran del Impuesto a la Renta, hasta el 31 de

    diciembre del 2000, las ganancias de capital provenientes de:

    La redencin o rescate de valores, mobiliarios

    emitidos mediante oferta pblica por fondos de inversin,

    patrimonios fideicometidos y personas jurdicas.

    Redencin, rescate o cualquier otro beneficio derivado

    de los certificados de participacin de los fondos mutuos y

    patrimonios fideicometidos.

    La venta de valores inscrito en el registro pblico del

    mercado de valores.

    Esta exoneracin alcanza a los valores negociados en Bolsa

    de Valores, Bolsa de Productos y Mesa de Negociaciones. Seexoneran hasta el ao 2000 los incrementos de capital de los

    depsitos e imposiciones en moneda extranjera.

    Finalmente, se restringe la exoneracin a las

    remuneraciones que perciban por el ejercicio de su cargo en el

    pas los funcionarios y empleados considerados como tales

    dentro de la estructura organizacional de los gobiernos

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    22/41

    22

    extranjeros e instituciones oficiales extranjeras a los casos en

    que los convenios constituidos as lo establezcan.

    b. Instrumentos financieros

    Se establece el tratamiento tributario del Impuesto a la

    Renta aplicados a los instrumentos financieros recientemente

    creados por Ley del mercado de valores (aprobada mediante

    decreto legislativo 861), Ley de fondos de inversin (aprobada

    mediante decreto legislativo 862) y la Ley general del sistema

    financiero y del sistema de seguros (Ley 26702).

    Se incorporan los Fondos Mutuos de Inversin en Valores,

    los Fondos de Inversin y los Patrimonios Fideicometidos de

    Sociedades Titulizadoras como personas jurdicas para

    efectos del Impuesto a la Renta con el fin de facilitas la

    administracin del impuesto. Al efecto, deben llevar

    contabilidad independiente.

    c. Impuesto mnimo a la renta

    Estn inafectos al impuesto mnimo a la renta los Fondos

    Mutuos, Patrimonios Fideicometidos y los patrimonios de las

    Sociedades Annimas de Propsito Especial. De otro lado, se

    reduce la tasa del Impuesto Mnimo a la Renta del 2% al 1,5 %

    3.4. Reglamento de la Ley del Impuesto a la RentaConsidera:

    a. Cesin de derechos, bienes muebles o predios

    La Ley del Impuesto a la Renta establece una presuncin

    de renta cuando se realiza la cesin a perceptores de rentas

    de tercera categora de bienes muebles depreciables o

    amortizables, a ttulo gratuito y a precio no determinado o

    inferior al de las costumbres de la plaza. El monto de la renta

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    23/41

    23

    vara dependiendo de si el cedente es perceptor de rentas de

    primera o tercera categora. Las modificaciones introducidas

    en el reglamento adecuan las disposiciones establecidas en la

    Ley.

    En cuanto a las rentas de primera categora producidas por

    la localizacin o cesin temporal de derechos, el reglamento

    seala que estos no comprenden los derechos de llave,

    marcas, patentes, regalas o similares. Precisa diversos

    aspectos sobre la cesin de bienes muebles como:

    Renta Bruta.

    Renta presunta en la cesin de bienes muebles que se

    depreciaran o amortizaran en caso de estar en los activos

    de un sujeto generador de renta de tercera categora.

    Determinacin del valor de adquisiciones de los bienes

    cedidos.

    Tambin recoge la presuncin de cesin de bienes muebles

    en los casos de cesin gratuita o a precio no determinado de

    bienes muebles, cuando se encuentren en posesin de

    persona distinta al propietario, siempre que no se trate de

    arrendamiento o subarrendamiento.

    Tratndose de cesin de bienes muebles efectuada por

    empresas, el reglamento establece el mecanismo para

    determinar la renta presunta en dicha cesin, inclusive en el

    supuesto que la cesin sea por perodo menor al ejercicio

    gravable. Asimismo, el reglamento dispone que no se

    considere gravada con el Impuesto a la Renta de tercera

    categora la cesin hecha a los compradores o distribuidores

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    24/41

    24

    de productos del cedente de bienes que contengan dichos

    productos o que sirvan para expenderlos al consumidor,

    siempre que se cumpla con determinados requisitos.

    Por ltimo, se establece que no existe la obligacin de

    efectuar pagos mensuales por rentas de primera categora

    originadas en renta ficta, debindose estas declarar y pagar

    anualmente.

    b. Impuesto mnimo a la renta

    El decreto supremo N 125-96-EF (vigente desde el 28

    diciembre de 1996) establece el procedimiento segn el cual

    debe aplicarse el crdito contra el impuesto mnimo. Dicho

    crdito est constituido por la diferencia que exista entre el

    Impuesto Mnimo que abone el contribuyente y el determinado

    conforme al Rgimen General del mismo ejercicio y se aplica

    contra el pago de regularizacin del impuesto que corresponde

    al siguiente ejercicio, siempre que el impuesto sea

    determinado conforme al Rgimen General.

    Se contempla normas que regulan la forma de determinar el

    Impuesto Mnimo de los contribuyentes que se constituyan,

    establezcan o empiecen a regirse en el transcurso del ejercicio

    por las normas de dicho impuesto.

    Se precisa desde cundo debe computarse la antigedad de

    las maquinarias y equipos nuevos para que no se encuentren

    incluidos en la base imponible del Impuesto Mnimo.

    Asimismo, se seala que debe entenderse como fecha de

    adquisicin de dichas maquinarias y equipos.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    25/41

    25

    3.5. Ley del impuesto general a las ventas

    Las modificaciones incorporadas por la Ley 26727(vigente

    desde el 10 de enero de 1997) son las siguientes: se prorroga

    hasta el 31de diciembre de1997 las exoneraciones contenidas en

    los apndices II (referidos a alimentos) y II (referidos a servicios)

    de la Ley del IGV. Adicionalmente, al IGV para las empresas

    industriales ubicadas en la zona de selva y frontera y para las

    entidades del sistema financiero que se encuentren en liquidacin.

    Asimismo, se modifican los requisitos para acceder al beneficio

    establecido para las empresas ubicadas en la regin selva.

    3.6. Reglamento del Impuesto General a las Ventas

    El decreto supremo N 136-96-EF sustituye al Ttulo I del

    reglamento de la Ley del IGV aprobado por D.S. N 29-94-EF. Las

    principales modificaciones estn referidas a:

    a. mbito de aplicacin del impuesto

    Se precisa que los bienes intangibles se consideran

    ubicados en el territorio nacional cuando el titula y el

    adquiriente se encuentran domiciliados en el pas. Esto

    obedece a que a partir de la vigencia del D.L. N 821 se gravo

    la transferencia de bienes intangibles.

    En el caso de arrendamiento de naves y aeronaves y otrosmedios de transporte prestados por sujetos no domiciliados y

    que son prestados parcialmente en el pas se considera, a

    efectos de aplicar el IGV, que slo determinado porcentaje es

    realizado en el pas.

    En cuanto a la primera venta de inmuebles se precisan los

    supuestos en que se encuentran gravadas las ventas que

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    26/41

    26

    realicen las empresas vinculadas econmicamente al

    constructor. Se establece que no se constituye primera venta

    de inmuebles para efectos del impuesto la transferencia de

    alcuotas entre copropietarios constructores.

    Asimismo, se grava la venta de inmuebles en los que se

    hubieran realizado trabajos de ampliacin o remodelacin por

    el valor de los mismos. En cuanto a la importacin de bienes

    intangibles, se seala que el impuesto se aplicara de acuerdo

    con las reglas que regulan la utilizacin de servicios en el pas.

    Se desgrava una serie de operaciones considerados retiros

    para efecto del IGV, como por ejemplo: la entrega a ttulo

    gratuito de muestras mdicas que corresponden a

    medicamentos que se expenden slo bajo receta mdica y

    cuya publicidad masiva en medios de comunicacin es

    prohibida; la entrega de bienes que se efectan con la

    finalidad de promocionar una lnea de produccin,

    comercializacin o servicio, siempre que el valor de mercado

    de la totalidad de dichos bienes no exceda de cierto lmite.

    Respecto de la reorganizacin de empresas se precisa el

    momento en el cual debe entenderse producida la fusin o

    divisin.

    b. Nacimiento de la obligacin tributaria

    Se establece el momento en que nace la obligacin tributaria

    en los casos de ventas de bienes entregados en consignados,

    en el caso de pagos parciales, en los contratos de

    construccin y en la adquisicin de bienes intangibles en el

    exterior.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    27/41

    27

    c. Sujetos del impuesto

    Se define la habitualidad en los casos de primera venta de

    inmueble realizada por el constructor de los mismos.

    En cuanto a los contratos de colaboracin empresarial, el

    reglamento seala que no se considerara contrato de

    colaboracin empresarial a la asociacin en participacin y

    otros contratos similares, de otro lado, el reglamento establece

    una serie de requisitos a las adjudicaciones, asignaciones y

    adquisiciones inafectos para los contratos de colaboracin

    empresarial con contabilidad independiente, el reglamento

    seala cual ser la base imponible en:

    La asignacin al contrato de bienes, servicios o contratos

    de construccin efectuadas por las partes contratantes.

    La transferencia a las partes de los bienes adquiridos por

    el contrato.

    La adjudicacin a las partes contratantes de los bienes

    obtenidos o producidos en la ejecucin de los contratos.

    En la atribucin de los bienes a una de las partes

    contratantes.

    d. Crdito fiscal

    Se ha sustituido el sistema para calcular el crdito fiscal que

    corresponde a un contribuyente que realiza operacin

    gravadas y no gravadas con el IGV. En primer trmino el

    contribuyente debe utilizar el sistema de identificacin

    especifica por el que se permite la utilizacin como crdito

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    28/41

    28

    fiscal del integro fiscal IGV trasladado en adquisiciones

    destinadas a operaciones gravadas y utilizar

    proporcionalmente, mediante la denominada prorrata, el IGV

    trasladado en adquisiciones destinadas a operaciones

    gravadas y no gravadas.

    En caso que el contribuyente este impedido de utilizar el

    sistema antes descrito, deber utilizar el sistema prorrata.

    El reglamento dispone que a partir del 10 de enero de 1997,

    los gastos de representacin propios del giro del negocio

    otorgaran derecho a crdito fiscal hasta cierto lmite.

    El impuesto pagado por la utilizacin de servicios prestados

    por sujetos no domiciliados podr deducirse como crdito

    fiscal sujetndose a las condiciones que seala el reglamento.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    29/41

    29

    TRABAJOS CITADOS

    Bravo, J. (2006). Fundamentos de derecho tributario. Lima: Palestra.

    Manual del sistema de tributacion sectorial. (2005). Lima: El Pacifico.

    Valencia, A. (2009). Hacia la eliminacion de inequidades en el sistematributario. Quipukamayoc, 171-186.

    Vidaurre, R. (2005). Reflexiones e interrogantes acerca de la reformatributaria a partir del proceso de la descentralizacin. Lima: KonradAdenauer.

    Zuzunaga, F. (1992). El sistema tributario peruano. Revistalatinoamericana de derecho tributario, (2), 227-239. Recuperado de

    http://www.zyaabogados.com/art/014.pdf

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    30/41

    30

    LA

    TRIBUTACIN

    Y SUS INICIOS

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    31/41

    31

    Esta monografa tiene tres partes como lo pueden ver en el ndice,

    solo les envio la primera parte que les servir de gua.

    Les recuerdo que la introduccione tiene tres momentos:

    1. Contexto

    2. Referencias

    3. Objetivo del trabajo

    4. Resumen del contenido de la monografa

    Recuerden que las conclusiones son en funcin a los captulos, si tu

    monografa tiene 8 captulos, debes considerar ocho conclusiones.

    Recuerden las citas que deben incluir en el cuerpo de la monografa.

    Este trabajo les una referencia.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    32/41

    32

    CONCLUSIONES

    1. Urge un sistema tributario que ataque la informalidad y consolide un

    rgimen simple, concentrado en la aplicacin de pocos impuestos para

    facilitar la interpretacin de los mismos y evitar la evasin; un sistema

    que sea estable, eficiente y predecible como incentivo para generar

    inversin, sin exoneraciones discriminatorias, que a su vez mejore la

    recaudacin.

    2. El Per tiene una fuerte dependencia de los impuestos indirectos y un

    limitado men de impuestos al capital y a la renta, lo que eleva su

    inestabilidad y vulnerabilidad ante los ciclos econmicos y crisis

    externas.

    3. La tributacin al consumo debe ser neutral, debe mantener equidad y

    proporcionar seguridad jurdica, basada en la certeza.

    4. El poderdel inca (Estado) se sustent en una constante renovacin de

    los ritos de la reciprocidad, para lo cual debi tener en sus depsitos

    objetos suntuarios y de subsistencia en cantidad suficiente para

    cumplir con los curacas y jefes militares que se hallaban dentro del

    sistema de la reciprocidad. En la medida que creci el Tawantinsuyo,

    creci el nmero de personas por agasajar, lo que dio lugar a la

    bsqueda de nuevas formas de acceder a la mano de obra obviando

    los ritos de la reciprocidad. As aparecen los centros administrativos y

    ms adelante las yanas.

    5. El encomendero que debi ser el elemento culturizador, no cumpli

    con esta funcin; ellos usaron la mano de obra andina para trabajar las

    tierras de la encomienda, en sus minas, en la actividad ganadera y en

    http://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    33/41

    33

    los obrajes. Como vemos estos personajes expandieron su actividad a

    la minera, el comercio y las tierras, as como a la vida administrativa y

    judicial.

    6. No existe en el pas un sistema tributario estable. Constantemente se

    realiza cambios en el sistema impositivo bajo la ptica estatal y

    considerando nicamente las necesidades de caja fiscal. Lo que existe

    son regmenes tributarios con normas cortoplacistas para recaudar

    ms.

    7. Es necesario y oportuno brindarle a las regiones el marco tributario

    sobre el cual debe actuar para un desarrollo integral del pas, los

    aportes o asignaciones del poder central deben ser fiscalizados.

    8. Se requiere iniciar el dilogo con la administracin tributaria para

    redefinir la ambigua norma peruana que se refiere a los parasos

    fiscales que representan una competencia desleal; y revisar las

    normas que rigen los estatus de las empresas no domiciliadas en el

    Per.

    9. La SUNAT fundamental en la vida econmica del pas, ya que busca

    fortalecer el equilibrio entre el control fiscal y la facilitacin del

    cumplimiento tributario. Su rol se fundamenta en dos pilares: primero,

    financiar el proceso de desarrollo de recaudacin de fondos para el

    Estado, en beneficio de la poblacin, a partir de asegurar el

    cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los

    contribuyentes, ampliar la base de contribuyentes, recaudar los

    tributos de manera efectiva y eficiente y combatir y sancionar la

    evasin y el contrabando y segundo, la promocin de la

    competitividad, a partir de la facilitacin del comercio exterior, la

    reduccin de tiempos y costos de las operaciones de comercio exterior

    y la simplificacin de los procedimientos.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    34/41

    34

    10.La Poltica Tributaria es de gran importancia para el desarrollo

    econmico de cualquier pas, esta debe ser adaptada a las realidades

    de cada pas, cuidadosamente estudiada y ser aplicada con la ms

    estricta disciplina, a fin de lograr los objetivos de crecimiento

    econmico y desarrollo que persigue la Teora Econmica.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    35/41

    35

    BIBLIOGRAFA

    Arancibia, M. (2005). Facultades de la administracin tributaria. En M.

    Arancibia, Auditoria tributaria (pgs. 11-32). Lima, Per: El

    Pacifico.

    Bravo, J. (2006). Fundamentos de derecho tributario. Lima, Per:

    Palestra.

    Estela, M. (2001). Per: ocho apuntes para el crecimiento con bienestar.

    Lima, Per: Editorial del BCRP.

    Guerra, M. (1996 Fondo). La ocupacin de Lima 1881-1883 aspectos

    econmicos. Lima, Per: Fondo Editorial de la Pontificia

    Universidad Catlica del Per.

    Manual del sistema de tributacin sectorial. (2005). Lima, Per: El

    Pacifico.

    Rueda, G., & Rueda, J. (2011). T.U.O. Cdigo Tributario. Lima, Per:

    Edigraber.

    Ruelas, M., & Espillico, A. (2010). Documentacin mercantil contable.

    Puno.

    Vidaurre, R. (2005). Reflexiones e interrogantes acerca de la reforma

    tributaria a partir del proceso de la descentralizacin. Lima: Konrad

    Adenauer.

    Valencia, A. (2009). Hacia la eliminacion de inequidades en el sistema

    tributario. Quipukamayoc, 16(31),171-186.

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    36/41

    36

    Arias, L.A. (2009). La tributacin directa en Amrica Latina: equidad y

    desafos. El caso de Per. Recuperado de

    http://www.eclac.cl/publicaciones/xml/7/37317/serie_md_95.pdf

    Comisin Econmica Para Amrica Latina Y El Caribe. (2008). Sistema

    tributario peruano. Recuperado de http://

    www.cepal.org/ilpes/noticias/paginas/5/.../expo_Guatemala_Clara.p

    df

    Centro Interamericano De Administraciones Tributarias. (2007). Historia

    de la tributacin en el Per. Recuperado de

    http://www.ciat.org/index.php/es/novedades/historico-de-

    noticias/noticia/1274-historia-de-la-tributacin-el-per.html

    Instituto Peruano de Economa. (2004). Poltica tributaria en el Per.

    Recuperado de

    http://www.comexperu.org.pe/archivos%5Crevista%5CMayo05%5C

    analisis

    Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria.

    (2000). Qu es la sunat. Recuperado de

    http://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/index.html

    Zuzunaga, F. (1992). El sistema tributario peruano. Revista

    latinoamericana de derecho tributario, (2), 227-239. Recuperado de

    http://www.zyaabogados.com/art/014.pdf

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    37/41

    37

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    38/41

    38

    Anexo N01

    PRESUPUESTOS NACIONALES (en soles)

    AOS INGRESOS EGRESOS

    1869-1870

    1871-1872

    1873-1874

    1875-1876

    1877-1878

    44 723 100

    48 330 000

    61 288 542

    65 567 132

    43 978 168

    61 949 986

    70 147 000

    80 143 415

    74 377 380

    43 229 589

    ANEXO N02

    VENTA DE GUANO ( en toneladas)

    AOS CANTIDAD DE VENDIDA

    1869

    18701871

    1872

    1873

    1874

    1875

    562 110

    451 501363 200

    404 097

    342 525

    336 476

    373 698

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    39/41

    39

    Anexo N03

    INGRESOS DEL GOBIERNO ( en miles de soles)

    AOS ADUANAS GUANO PRESTAMOSOTROS

    INGRESOS

    TOTALES

    1868

    1869

    1871

    1872

    1873

    1876

    1877

    3 525

    4 659

    6 213

    7 416

    8 263

    5 542

    6 885

    21 256

    15 288

    42 716

    34 566

    50 026

    25 364

    6 545

    5 574

    17 681

    0

    21 167

    6 936

    8 306

    1 178

    2 015

    4 608

    2 252

    4 839

    2 485

    5 034

    7 892

    32 370

    42 236

    51 181

    67 987

    67 710

    44 246

    22 500

    Anexo N04

    CANTIDAD

    Productos de Aduanas 4 217 221.00

    Contribuciones 1 159 638.08

    Ferrocarriles 41 529.37

    Correos 135 318.81

    Telgrafos 21 716.40

  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    40/41

    40

    Diversos 367 518.43

    TOTAL 6 042 942.09

    Anexo N05

    RENTAS CANTIDAD

    Rentas generales 4 966 230.93

    Rentas departamentales 1 076 711.16

    TOTAL 6 042 942.09

    Anexo N06

    MINISTERIOS CANTIDAD

    Ministerio de Gobierno, Polica y

    Obras Pblicas2 231 116.57

    Ministerio de Relaciones Exteriores 193 213.21

    Ministerio de Justicia, Culto,

    Instruccin y Beneficencia648 840.12

    Ministerio de Hacienda y Comercio 1 141 914.68

    Ministerio de Guerra y de Marina 1 676 568.56

    TOTAL 5 891 653.14

    http://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/hanskelsen/hanskelsen.shtml
  • 7/30/2019 Desarrollo historico de la tributacion en el pais

    41/41

    41