Derecho-Romano-Extinción de Las Obligaciones
-
Upload
julianne-medina -
Category
Documents
-
view
28 -
download
0
Transcript of Derecho-Romano-Extinción de Las Obligaciones
Derecho Romano
Extinción de las obligaciones
Una obligación se extiende por cualquier acto jurídico reconocido como valido para dar fin a la
relación obligatoria.
Cuando cesa la relación que ligaba a los sujetos con las consecuencias jurídicas que de ellas siguen.
En el Derecho Antiguo: dado que tan solo se conocían dos formas contractuales de crear una
obligación: el nexum y el espontio.
Tan solo se conocían dos modos de extinguir las obligaciones: la solutio peraes y la aceptilatio
literis.
En el Derecho de Justiniano: a fines de la república se estableció el pago como modo normal de
extinguir las obligaciones. El Derecho Justiniano contempla como modo de extinguir las
obligaciones al: pago, aceptilatio, novacion, mutuo disentio, litis contestatio.
La compensación
Es un modo de extinguir obligaciones que tiene lugar cuando dos personas son deudoras la una de
la otra y en cuya virtud ambas deudas se extinguen hasta la concurrencia de la menor.
Convencional
Esta es aquella que acuerdan libremente quienes son acreedores y deudores el uno del otro. Se
rige esta compensación en todo por la voluntad de las partes no siendo en realidad una modalidad
de mutuo disentio.
Judicial
Es aquella que el juez puede realizar al dictar sentencia cuando asi lo haya solicitado una de las
partes. Es un modo de extinguir ope exceptionis.
Legal
Es aquella que se produce por el solo ministerio de la ley, tan pronto como aparecen los créditos
compensables, los que s extinguen ipso jure, prescindiendo de la voluntad de las partes.