Derecho Judicial Régimen Penitenciario
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I) AGRADECIMIENTO. –
Maestro, su labor muchas veces subestimada, se
enfoca en cuidar los saberes del mundo, y
permitirles a otros, expandir sus conocimientos.
Nos ayudas a vivir del sueño de superarnos y
cumplir nuestras expectativas, y de siempre ir por
la constante mejora, para ser mejores seres
humanos.
Esta ocasión no ha sido la excepción, y exalto su
trabajo, y le agrademos con creces por ayudarnos
a lograr esta nueva meta, concluir
satisfactoriamente nuestro trabajo monográfico.
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II) ÍNDICE. -
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III) RESUMEN. –
El presente trabajo busca efectuar un análisis en torno al marco
constitucional y principios básicos del Régimen penitenciario y la manera
como dicha institución se desarrolla en nuestro país con respecto a lostratamientos y reformas que estos seres humanos privados de su libertad,
reciben en la actualidad en cada caso concreto, y su ejecución en el ámbito
penitenciario. usca darle un enfoque al sistema penitenciario cuyo objeto
consiste en promover, mediante diferentes programas, la
reeducación! rehabilitación y reincorporación a la sociedad de la persona
condenada por haber cometido un delito, luego de que esta haya cumplido la
sanción determinada. "inali#a proponiendo algunas consideraciones para unaeventual reforma legislativa conforme con un plan de política de tratamiento
que se encuentre dentro del marco constitucional. $alabras clave% marco
constitucional& régimen penitenciario& institución& ejecución en el ámbito
penitenciario& sistema penitenciario& rehabilitación& reincorporación& sanción&
reforma legislativa& política de tratamiento.
'bstrac.& (his paper aims to ma)e an analysis on the constitutional frame*or)
and basic principles of the prison system and ho* that institution is developedin our country regarding treatments and reforms that these human beings
deprived of their freedom, are currently in each case, and its implementation in
prisons. +ee)s to give a focus to the prison system *hose purpose is to
promote, through different programs, reeducation rehabilitation and
reintegration into society of the person convicted of a crime, after this has
reached a certain penalty. -t concludes by proposing some considerations for a
possible legislative reform in line *ith a policy plan of treatment that is *ithinthe constitutional frame*or). ey*ords% constitutional frame*or) institution&
$enitentiary system implementation in the field $enitentiary $enitentiary
system reform legislatively rehabilitation& reincorporación& sanción& treatment
policy.
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IV) OBJETIVOS DEL TRABAJO. -El presente trabajo de investigación pretende alcan#ar los siguientes objetivos%
1. OBJETIVO GENERAL
a/ 0onocer cuál es la incidencia de aplicación del sistema penitenciario ennuestra legislación peruana.
b/ 0onocer como interviene y cuáles son las funciones del -nstituto 1acional$enitenciario en la aplicación del sistema penitenciario en el $er2.
2. OBJETIVO ESPECIFICO
a/ $recisar cuáles son funciones principales del -1$E.
b/ 0onocer cuál es el volumen de aplicación de los beneficios penitenciarios.
c/ 0onocer cómo es que el -nstituto 1acional $enitenciario controla la ejecuciónde las penas.
d/ -dentificar cual es la causa de tener mayores establecimientos penitenciariosen el $er2.
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V) MARCO TEÓRICO. -
!gimen "enitenciario
#e refiere a la forma en $ue cada interno debe cumplir su pena. Ello se
fundamenta en el hecho de $ue existen diferentes tipos de delincuentes $ue merecen
diferentes tipos de tratamiento. "odemos conceptuar el !gimen "enitenciario como el
conjunto de medidas, condiciones y modos en $ue se cumple la sanción penal.
%&scarcabrera 'abrera, ())*+
ratamiento del -nterno
El ratamiento "enitenciario en el "er tiene como objetivo la reeducación,
rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad. El tratamiento consiste en la
utili/ación de m!todos m!dicos, biológicos, psicológicos, psi$uiátricos, pedagógicos 0
o más precisamente andragógicos 0 sociales, laborales, y a$uellos $ue permitan
obtener el objetivo del tratamiento de acuerdo a las caracter1sticas propias del interno.
%2on/ales Napur1, ()3), evista actuali/ación 4ur1dica+
5eneficios penitenciarios
"ueden definirse los beneficios penitenciarios como mecanismos jur1dicos $ue
permiten el acortamiento de la condena o, al menos, el acortamiento de su reclusión
efectiva. 6un$ue algunos autores han pretendido incluir entre los beneficios
penitenciarios los permisos de salida y la prisión abierta, parece $ue el sentido de la
norma no ha tenido entre sus aspiraciones abarcar estos dos ltimos aspectos.
%Enciclopedia 4ur1dica, ()37+
-nstituto Nacional "enitenciario %-N"E+
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"ueden definirse los beneficios penitenciarios como mecanismos jur1dicos $ue
permiten el acortamiento de la condena o, al menos, el acortamiento de su reclusión
efectiva. 6un$ue algunos autores han pretendido incluir entre los beneficios
penitenciarios los permisos de salida y la prisión abierta, parece $ue el sentido de la
norma no ha tenido entre sus aspiraciones abarcar estos dos ltimos aspectos. %-N"E,
())8+
ratamiento "enitenciario
El tratamiento penitenciario es la aplicación de todas las medidas $ue
permitirán modificar las tendencias antisociales del individuo. Esta medida está con
relación a cada departamento, es decir medicina, psicolog1a, trabajo social, etc.
%Marchiori, 38*8+
"or tratamiento penitenciario o institucional debe entenderse como un conjunto
de medidas y actitudes tomadas respecto de un sentenciado privado de libertad con el
propósito de obtener su rehabilitación social o resociali/ación. 'onceder al
9tratamiento penitenciario9 un alcance diferente al $ue acabamos de señalar, ser1a
desconocer el origen y la asimilación $ue históricamente siempre ha mantenido esa
expresión. %:uertas, 388*+
#on todos a$uellos m!todos o fórmulas $ue conf1an esencialmente en el
tratamiento de los delincuentes mediante la constitución de comunidades cerradas o
parciales y sólo eventualmente de apertura a la sociedad total, independientemente de
la clasificación de establecimientos $ue se adopte. Esto es, $ue tratase de
establecimientos cerrados %seguridad máxima+, semiabierto %seguridad media+, o
abiertos %seguridad m1nima+, el hecho sociológico es $ue los individuos cumplen la
sentencia impuesta situados artificialmente en un medio formalmente homog!neo de
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condenados y respondiendo a una disciplina $ue lejos de provenir del 9cuerpo social9
como una totalidad espontánea y libremente, responde a los criterios de un grupo
directivo cuya dirección dura en cuanto dura la condena. %;illalva y 'asalda, 38
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1. MARCO CONSTITUCIONAL Y PRINCIPIOS BÁSICOS DEL
RÉGIMEN PENITENCIARIO
1.1 DEFINICION
El sistema penitenciario es una institución instrumental cuyo objeto consiste
en promover, mediante diferentes programas, la reeducación! rehabilitación y
reincorporación a la sociedad de la persona condenada por haber cometido
un delito, luego de que esta haya cumplido la sanción determinada.
3enri 0apitant en su 4ocabulario 5urídico e6presa% El Régimen $enitenciario
es el conjunto de normas dictadas por el $oder 7egislativo o las autoridadesadministrativas con el objeto de organi#ar el cumplimiento de las penas
privativas o restrictivas de la libertad y la ejecución de las medidas de
seguridad, sostiene, además, que la finalidad del régimen penitenciario es
procurar la enmienda del condenado.
El profesor 7eoncio Ramos en su obra 1ota del 8erecho $enal 8ominicano
nos dice que% El Régimen $enitenciario es el modo de cómo se deben
ejecutar las penas privativas de libertad.
$ara el 0riminólogo y 0atedrático 9niversitario, 8r. 5osé '. +ilie :atón El
sistema penitenciario, tiene más bien un sentido doctrinal, refiriéndose a las
directrices y elementos esenciales de ejecución de las penas privativas de
libertad y el Régimen $enitenciario se refiere al conjunto de normas que
regulan la vida de los reclusos en el establecimiento penal.
1.2 MARCO CONSTITUCIONAL
7a 0onstitución de ;
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se sujete a un proceso de adaptación adecuado, que garantice que,
posteriormente, pueda reinsertarse a la sociedad. 7a e6presión
reincorporación social nos remite a resultado láctico de recuperación social de
un condenado. 7a recuperación o rehabilitación e6presa más aun un resultado
jurídico, esto es un cambio en el status jurídico del ciudadano que obtiene su
libertad. En ese sentido, por rehabilitación se entiende la recuperación por
parte del ciudadano que ha cumplido su condena, de todos sus derechos en
igualdad de condiciones que los demás ciudadanos. >ientras la reeducación
nos remite a un determinado medio para alcan#ar un objetivo, la
reincorporación social alude al resultado obtenido con aquel proceso. En
primer lugar, es un efecto vinculante con respecto al legislador penitenciario y
a los poderes p2blicos.
'sí mismo, el artículo constitucional en mención%
NUMERAL 21.- El derecho de los reclusos y sentenciados de ocupar
establecimientos adecuados.
Es decir, los centros penitenciarios deben ofrecer las condiciones mínimaspara que, durante su permanencia en ellos, los internos mantengan una
calidad de vida en la que se respete su dignidad. $or otra parte, los
sentenciados deben ser ubicados en los centros que les corresponda en
función de la gravedad del delito que cometieron, en la realidad no e6iste un
tratamiento adecuado menos correctivo, debido a que las penas que se
imputa a los delincuentes eran de carácter vengativo. ? muchas veces
conllevaban a la tortura y la infamia, en los 2ltimos siglos el derecho penal hasuperado esa etapa y hoy considera que las causales deben a sus lugares de
readaptación social, y no de vengan#a contra el delincuente. 7as condiciones
físicas o ambientales de reclusión influyen sobre el tratamiento del -nterno y
de hecho las etapas del tratamiento y su progresividad. 8e cualquier manera,
un ambiente físico bien, puede estimular o desincentivar la readaptación del
recluso y puede importar su progreso o regresividad en el tratamiento. ? en
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los que puedan recibir el programa de adaptación necesario seg2n cada caso.;
7a regulación mínima sobre el tratamiento penitenciario no solo se encuentraen los artículos mencionados de -a 0onstitución de ;
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Relación con otras Ramas del Crdenamiento 5urídico. 0uello 0alón en su
obra D7a >oderna $enología, dice que el calificativo de Dpenitenciario, nació
para designar e6clusivamente ciertas penas privativas de libertad inspiradas
en un sentido de e6piación reformadora del condenado. El mismo autor
seFala que del principio básico de legalidad de la pena Anulla poena sine
lege/, se origina como consecuencia lógica el de legalidad de su ejecución.
+ignifica este que la ejecución de las penas y de las medidas de seguridad no
ha de quedar abandonadas al libre arbitrio de la autoridad penitenciaria, o de
la administración, sino que habrá de practicarse con arreglo a lo dispuesto en
las leyes u otras disposiciones legales, es decir, en la forma y con las
modalidades y circunstancias que éstas estable#can. 7a garantía penal,
asegurada por el principio de legalidad de las penas, quedaría incompleta en
gran parte sin la Dgarantía ejecutiva que protege la legalidad de la ejecución
penal.G
:arcía 4aldés seFala que, desde un punto de vista conceptual, puede
entenderse el 8erecho $enitenciario como Del conjunto de normas jurídicas
que regulan la ejecución de las penas y medidas privativas de libertad.=
1., R(/"' D(0$(!('*#(&. -
;. $rincipios generales del procedimiento disciplinario. El régimen disciplinario de las -nstituciones $enitenciarias se dirige a
garanti#ar la seguridad de los establecimientos y conseguir en los mismos
una convivencia ordenada, así lo pone de manifiesto el artículo B; de la
7C:$.El Reglamento e6tiende estos principios en su artículo G=;, al aFadir que
el régimen disciplinario estará dirigido también a garanti#ar el buen orden
regimental de los establecimientos, Dde manera que se estimule el sentido
de responsabilidad y la capacidad de autocontrol, como presupuestos
necesarios para la reali#ación de los fines de la actividad penitenciaria. El
ámbito de aplicación del régimen penitenciario afecta a todos los internos
2 a!elli Ca"arena, #or$a . “Princi!ios %undamentales del &istemaPenitenciario 's!a(ol). #osch 19*+.
+ arcía -alds, Carlos. Comentarios a la Legislaci/n Penitenciaria.)Ci0itas, 19*2
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de la -nstitución $enitenciaria, con la sola e6cepción de los internados en
las 9nidades u 3ospitales $siquiátricos $enitenciarios. ? se aplicará con
independencia de su situación procesal y penitenciaria, tanto dentro de los
0entros $enitenciarios como fuera de los mismos, durante los traslados,
conducciones o salidas autori#adas que se lleven a cabo. 7a potestad
disciplinaria de la 'dministración $enitenciaria se ejercerá por la 0omisión
8isciplinaria de los 0entros, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a
los 8irectores para la imposición de sanciones por faltas leves. $otestad
disciplinaria que se ejercerá de acuerdo con los principios establecidos en
la 0onstitución, fundamentalmente en los contenidos de su artículo
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1..-R"!*/"'& 3" O#*'(4*$(5' 6 F7'$(&'"0- I'0(7& N*$(&'*!
P"'("'$(*#(& 8ROF-INPE)
A#9$7!& 1:.- F('*!(3*3El presente Reglamento de Crgani#ación y "unciones ARC"/ establece la
naturale#a, objetivo, funciones y la estructura orgánica del -nstituto
1acional $enitenciario A-1$E/, así como sus relaciones, régimen
económico y disposiciones pertinentes. A#9$7!& 2:.- N*7#*!"4*El -nstituto 1acional $enitenciario es un Crganismo $2blico
8escentrali#ado del +ector 5usticia, rector del +istema $enitenciario
1acional, con personería jurídica de derecho p2blico y autonomía
normativa, económica, financiera y administrativa. Es un pliegopresupuestal y sus actividades se sujetan al 0ódigo de Ejecución $enal y
su Reglamento. A#9$7!& :.- Á/;(& 3" A!($*$(5'El -nstituto 1acional $enitenciario tiene como domicilio legal la ciudad de
7ima y desarrolla sus actividades en todo el territorio nacional. A#9$7!& ,:.- O;unicipalesIB. Ejercer representación del Estado ante los organismos y entidades
nacionales e internacionales o en los eventos y congresos
correspondientes sobre la prevención del delito y tratamiento del
delincuenteI
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J. $romover y gestionar la cooperación internacional en apoyo a las
actividades del +istema $enitenciario 1acional de conformidad con la
normatividad legal vigenteIK. 'probar su presupuesto y plan de inversionesI
L. 'ceptar donaciones o legados de personas o instituciones nacionales oe6tranjerasI
M. Ctorgar certificados para efectos de e6oneraciones o deducciones
tributarias, cuando sean procedentesIinisterio de 5usticia proyectos relacionados con la
legislación penal y penitenciariaI;G.0onstituir las personas jurídicas que sean necesarias para el
cumplimiento de sus finesI;=.'dquirir, por cualquier título, bienes. muebles e inmuebles para el
mejoramiento de la infraestructura penitenciariaI;B.7levar el registro de las instituciones, asociaciones y entidades p2blicas
y privadas de ayuda social y asistencia a los internos y liberadosI;J.'probar sus reglamentos internosI;K.0elebrar contratos o convenios con entidades p2blicas o privadas,
nacionales o e6tranjerasI y,;L.7as demás que establece el 0ódigo de Ejecución $enal y su
Reglamento, y la legislación vigente.
1.> E0#7$7#* O#?'($*. -
A#9$7!& >:.- 7a estructura orgánica del -nstituto 1acional $enitenciario es la
siguiente%
@;. '7(' 8-RE00-N1%
@;.; 0onsejo 1acional $enitenciario
@;.;.; $residencia
@;.G +ecretaría :eneral
@;.G.; Cficina de $rensa e -magen -nstitucional
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@=. NR:'1C+ 8E 0C1(RC7 ? 8E '+91(C+ -1(ER1C+%
@=.; Nrgano de 0ontrol -nstitucional
@=.;.; Cficina de +upervisión Regional
@=.;.G Cficina de +upervisión de +ede 0entral y 'ctividades de 0ontrol
@=.G Cficina de 'suntos -nternos
@,. NR:'1C+ 8E '+E+CR'>-E1(C%
@B.; Cficina de $laneamiento y $resupuesto
@B.;.; 9nidad de $laneamiento
@B.;.G 9nidad de $resupuesto
@B.;.= 9nidad de Crgani#ación y >étodos
@B.;.B 9nidad de Estadística.
@B.G Cficina de 'sesoría 5urídica
@ NR:'1C+ 8E '$C?C%
@J.; Cficina :eneral de 'dministración
@J.;.; 9nidad de Recursos 3umanos
@J.;.G 9nidad de 0ontabilidad y (esorería
@J.;.= 9nidad de 7ogística
@J.G Cficina de +istemas de -nformación
@J.= Cficina de -nfraestructura $enitenciaria
@J.=.; 9nidad de Estudios y $royectos
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@J.=.G 9nidad de Cbras y Equipamiento
@>. NR:'1C+ 8E 7O1E'%
@K.; 8irección de (ratamiento $enitenciario
@K.;.; +ubdirección de 'sistencia $enitenciaria
@K.;.G +ubdirección de Educación $enitenciaria
@K.;.= +ubdirección de (rabajo y 0omerciali#ación
@K.;.B +ubdirección de +alud $enitenciaria
@K.G 8irección de Registro $enitenciario
@K.= 8irección de +eguridad $enitenciaria
@K.=.; +ubdirección de +eguridad de $enales y (raslados
@K.=.G +ubdirección de -nteligencia $enitenciaria
@K.B 8irección de >edio 7ibre
@. NR:'1C+ 8E+0C10E1(R'8C+%
@L. Cficinas Regionales
@. NR:'1C+ 8E 0'$'0-('0-N1 E -14E+(-:'0-N1%
@M. 0entro 1acional de Estudios 0riminológicos y $enitenciarios&0E1E0$
@M.; 9nidad de 0apacitación y "ormación
@M.G 9nidad de -nvestigaciones 0riminológicas y $enitenciarias
2. MODELO DEL CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL
2.1. EL MODELO DEL SISTEMA
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*. E! C53(& 3" E
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El tratamiento penitenciario responde a un sistema progresivo, a través del
cual se busca la reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la
sociedad.
+iguiendo los principios del sistema progresivo, es necesario que el internosea individuali#ado y asignado a un grupo seg2n una clasificación adecuada.
$ara lograr la individuali#ación, se requiere una serie de e6ámenes
criminológicosI posteriormente, se clasifica a los internos en grupos
homogéneos. 8e esta manera, se determina el programa de tratamiento
individual y grupal adecuado.
2.2. T#**/("'& 3"! I'"#'&
*. E! I'"#'&
8e acuerdo con el fin resociali#ador al que responde el sistema penitenciario,
el interno debe ser considerado como miembro de la sociedad y no e6cluido
de ellaI por esa ra#ón, se le reconocen los mismos derechos que a cualquier
ciudadano, pero con las restricciones impuestas por la ley y la sentencia que
lo sanciona.
5ustamente, como parte del respeto a los derechos que se le reconocen a
todo interno Qlos mismos que están en función del concepto de derecho a la
dignidad como un principio inalienable propio de toda persona&, se busca
garanti#ar que el establecimiento ofre#ca condiciones mínimas, como la de
contar con un ambiente adecuado que permita la debida aplicación del
tratamiento penitenciario.
Es más, los derechos de los que go#a el interno no sólo se refieren a las
condiciones carcelarias sino también al respeto a sus derechos personales,
entre los que están el derecho a recibir un trato digno, a comunicarse con su
familia y su abogado, a participar en agrupaciones culturales y deportivas, a
proteger su salud, entre otros.
$ero el interno no sólo tiene derechos sino también obligaciones que no
puede dejar de cumplir. Estos deberes, que se seFalan en las disposiciones
sobre el régimen penitenciario, se refieren especialmente al aseo, el orden y
la disciplina.
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;. B"'"($(&0 P"'("'$(*#(&0
7os beneficios, que se inscriben en la fase de ejecución de la sentencia, están
inspirados en la necesidad de preparar al interno para la libertad y mitigar el
aislamiento que le produce la pena de prisión A$edra#a ;
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8esde ;
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caso, al 5ue# que conoce del proceso y se adoptará las medidas necesarias
de custodia bajo responsabilidad.
$oniéndonos en el caso de la autoridad penitenciaria, ésta tiene que evaluar
todos los presupuestos no sólo legales que resultan sencillos, sino aquellos
que le den seguridad a su gestión y eviten la utili#ación de estas
oportunidades, que da el código para evadir la responsabilidad penal, como
se han dado casos, en diferentes lugares y tiemposI en tal sentido
recomendamos se debe tomar en consideración la peligrosidad del interno, el
tipo de delito, el tiempo de sentencia, buena conducta y otros, sin que esto
atente contra los fundamentos e6puestos.
En cuanto al inciso primero, como bien lo plantea el profesor :'R'?0C((,
tiene que tomarse en el sentido de poner en peligro inminente la vida del
familiar, y esto es obvio por cuanto e6isten enfermedades graves que no
ponen durante su desarrollo en inminencia la vida, tal es el caso del
0áncer, el +-8', etc., salvo en etapa terminal.
El nacimiento de los hijos, acto trascendente en la vida de todas las personas,
y que como seFala +C7-T E+$-1CT' genera una situación problemática, por
cuanto la norma en sentido lato puede hacer alusión a hijos procreados en
cualquier situación conyugal, de hecho, u otra forma. 'tinando al criterio de la
autoridad concesora.
7a concesión de este beneficio de permiso de +alida, está rodeado de un
período de latenciaI es decir, tiene que ser rápido por la premura de tiempo,especialmente el caso de los dos primeros incisos, demandando de la
autoridad penitenciaria capacidad de gestión.
En la práctica se acostumbra, someter a opinión del 0onsejo (écnico
$enitenciario, especialmente para rodear a esta medida de seguridad y
garantía en cuanto a la responsabilidadI pero por lo establecido líneas arriba,
y a lo prescrito en el 0ódigo de Ejecución $enal, es potestad del 8irector del
http://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/profesor-novel/profesor-novel.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/Enfermedades/http://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/sida/sida.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/delipen/delipen.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos27/profesor-novel/profesor-novel.shtmlhttp://www.monografias.com/Salud/Enfermedades/http://www.monografias.com/trabajos12/desorgan/desorgan.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/sida/sida.shtml
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Establecimiento, quién dará cuenta a las autoridades jurisdiccionales
pertinentes.
En lo referente a los dos incisos restantes, se trata de gestiones, uno de
carácter e6traordinario y las siguientes ante la pro6imidad a egresar del
establecimiento penitenciario. 'quí habría de seFalar unas precisiones
críticas, pues salir custodiado a buscar trabajo o alojamiento, no conduce al
é6ito del cometido perseguido, teniendo en cuenta la idiosincrasia
estigmati#ante de nuestra sociedad.
G.K RE8E10-N1 8E $E1' $CR (R''5C ? E890'0-N1
BASE LEGAL.
& 8. 7eg. 1S KJB& Resolución de la $residencia del -1$E 1U =LL&
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'pelando a las raíces históricas de esta institución, en nuestro país fue
establecido por el 8.7. 1S ;LJM;, pero solamente redención por trabajo,
reglamentado por 8.+. 1S @K=.K< AGB.;@.K
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'sí tenemos% :enocidio, e6torsión, 'tentado contra la +eguridad 1acional,
rebeliónI así como los tipos penales tipificados en los artículos G
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los derechos laborales, en cierta forma se está aceptando su culpabilidad
acogiéndose a la redención anticipadamente.
2.. PROCEDIMIENTO.
El interno que ingresa a un Establecimiento $enitenciario, previa evaluación
del Nrgano (écnico de (ratamiento, puede inscribirse en trabajo o educaciónI
observando lo estipulado en el artículo LBS del 8. 7eg. 1S KJB, a efectos de
redimir pena. Este procedimiento está establecido en el (9$' del -1$E, 8. +.
1S @@;&
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5ustamente estas necesidades de la administración penitenciaria, van a ser
cubiertas por el trabajo ad honorem, por los internos en actividades que no
importen ning2n riesgo de seguridad, obteniendo a cambio que se les
compute dicho trabajo para efectos de redención, esta institución jurídico&
penitenciario se encuentra normada en la R.$.1S =LJ&
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El interno perderá tal condición, por mala conducta, no cumplir con las
disposiciones anotadas, por motivos de salud física o mental, así como por
cometer actos de indisciplina.
En resumida cuenta, esta es una alternativa tanto para el interno como para la
administración penitenciariaI para el interno porque aprende nuevas cosas,
redime su pena, y distrae el tiempo en algo productivo fuera del pabellón que
le ayuda en su salud mental, y para la administración penitenciaria, por cuanto
va a cubrir necesidades que con los recursos asignados no podría cubrirlos.
2.1@ REFLEIONES ACERCA DEL GGP Y PIEP.
8esde que una persona es privada de su libertad, los gastos que genera su
internamiento así como su tratamiento, los asume el Estado por obligación,
ofreciéndole profesionales, ambientes, maquinarias para poder regenerarse.
+in embargo, los internos inscritos en trabajo para efecto de redimir pena,
tienen que asumir 91 :'+(C V9E :E1ER' 7' 7'CR ? $ER>'1E10-'
del interno al interior del establecimiento penitenciario.
'l respecto e6iste la R.$.1S =LL&
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(rabajo y Educación en el caso de la Región 7ima y a los 8irectores de
(ratamiento para el caso de las 8irecciones Regionales de provincias.
Estos ingresos serán distribuidos de la siguiente forma%
& M@W para la creación e implementación de talleres de trabajo.
& G@W para gastos administrativos, relacionados a la implementación de los
talleres de trabajo.
+in embargo, Xestarán todos los privados de la libertad en condiciones de
asumir estos costos por ::7 y $-E$Y, haciendo un análisis concien#udo de la
realidad económica de los establecimientos penitenciarios del país la
respuesta es negativa, pues analicemos detenidamente, lo que representa
este ::7 y $-E$.
El ::7, es decir, el :asto que :enera la 7abor que desarrolla el interno en el
Establecimiento $enitenciario, supuestamente estos gastos son por la
energía, maquinaria, herramientas, etc. que utili#a el interno en el trabajo
penitenciario. 'l respecto habría que preguntarnos%
XRealmente todos los internos utili#an energía eléctrica para cumplir ciertas
actividades de trabajoY, XEl interno tiene que pagar por utili#ar tal o cual
herramientaY, X(odos los internos que trabajan utili#an la maquinaria
e6istenteY,
7a respuesta es obvia, noI para muestra, los que se dedican a construir
canastas de carri#o, que utili#an un cuchillo y nada más, sin embargo tiene
que asumir este costo que va en perjuicio de su economía bajo apercibimiento
de no ser registrado en las planillas de control para redimir su pena por
trabajo.
'hora, el $-E$, gasto que genera la permanencia del interno en elEstablecimiento $enitenciario, XEl interno tiene que pagar por permanecer en
http://www.monografias.com/trabajos4/costos/costos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/contrest/contrest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/genytran/genytran.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costos/costos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/contrest/contrest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/genytran/genytran.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtml
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un establecimiento penitenciarioY, X'caso no corre por cuenta del Estado
todos estos costosY, o XEs que acaso, es una privati#ación progresivaY 'l
respecto consideramos que estos conceptos tienen que replantearse,
partiendo de la situación económica del país y en especial de los internos a
nivel nacional.
2.11. BENEFICIO DE SEMILIBERTAD
BASE LEGAL.
- 0onstitución $olítica de ;
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educativo cada aFo son más elevados por el costo que este significa, por lo
que resultaba un obstáculo para el interno poder cumplir con este requisito.
$ara solicitar o armar el e6pediente de semi libertad, seg2n sea de oficio o a
pedido de parte, se requiere que el interno haya cumplido la (ercera parte de
la pena para los casos comunes o las dos terceras partes en casos
especiales, aquí se integra en beneficio de redención de pena por trabajo o
educación a fin de cumplir con esta e6igencia, de tiempo de reclusión efectiva
y de tiempo redimido, que en total deben alcan#ar la tercera parte de la pena
o las dos terceras partes, seg2n el caso.
TRAMITE.
8e acuerdo a lo prescrito por el artículo B
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& -nforme psicológico.
& -nforme 7egal.
& -nforme >édico Asolamente en los delitos contra la libertad se6ual 7ey
1o. GKG
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& 7os demás deberes que el 5ue# estime convenientes a la rehabilitación
social del interno, siempre que no atente contra su dignidad.
C"#(($*3& 3&/($(!(*#(&. Este requisito, es en muchas de las veces un
obstáculo para algunos internos que no son residentes en el lugar de
ubicación del establecimiento penal, o en el lugar donde se ubica el ju#gado
que va a conocer de su e6pediente de semi 7ibertad, esto se ha podido notar
en #onas del interior del país, al respecto se recomienda que el departamento
de 'sistencia +ocial con anticipación comunique al interno así como a sus
familiares para que se trate de conseguir antes de cumplirse el tiempo para
solicitar el armado de dicho beneficio.
7a norma penitenciaria establece que sería revocado el beneficio de +emi
7ibertad cuando el beneficiado comete un delito doloso, o incumple las reglas
de conducta impuestas.
'l respecto es necesario apuntar como información adicional el $leno
5urisdiccional $enal de ;
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generan controversia en las decisiones judiciales. El propósito de estas
reuniones es precisar los puntos en debate, esclarecerlos y a través de la
b2squeda de consenso, uniformar criterios jurisprudenciales.
'09ER8C (ER0ERC% $or mayoría. Vue en caso de incumplimiento de las
reglas de conducta la revocación la dicta el jue# que concedió el beneficio
penitenciario. En el supuesto de comisión de nuevo delito doloso, la
revocatoria del beneficio penitenciario la dicta el órgano jurisdiccional que
e6pide la sentencia condenatoria por el nuevo delito doloso.
2.12 PENAS RESTRICTIVAS Y LIMITATIVAS DE DERECO
ASPECTOS GENERALES
7a reali#ación de un delito trae como consecuencia jurídica la imposición de
una pena a su autor. 7a pena se manifiesta como la privación o restricción de
la libertad ambulatoria del condenado y el jue# la seFala en la sentencia. 7as
penas, por tanto, pueden restringir la libertad ambulatoria del sentenciado,
puede suspenderlo en el ejercicio de sus derechos políticos y civiles, o
pueden también afectar su economía personal o patrimonio.
El código penal vigente a incorporado un catálogo de penas de corte
moderno, y donde destacan la reducción del n2mero de penas privativas de
libertad y la inclusión de nuevas sanciones penales que tienen como
característica limitar el uso de la prisión para los delitos de mayor gravedad.
En relación pues al código penal ;
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SEGUNEL CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL
'rtículo - del (ítulo preliminar establece%
'rt. - Zmbito de aplicación
Este código de acuerdo con el artículo G=B de la constitución política del $er2
regula la ejecución de las siguientes penas dictadas por los órganos
jurisdiccionales competentes%
;.& pena privativa de liberta
G.& penas restrictivas de libertad=.& penas limitativas de derechos.
0omprende, también las medidas de seguridad.
2.1 RESTRICTIVA DE LIBERTAD
Esta denominación comprende las penas de e6patriación de los nacionales y
e6pulsión de los e6tranjeros Aart. =@ 0$/. 'mbas se aplican como penas
acumuladas a la pena privativa de libertad, teniendo una duración
determinada, en el primer caso Ahasta los ;@ aFos/, e indeterminada en el
segundo caso. Retomando, esta ve# con carácter de pena, la legislación
especial en materia de tráfico ilícito de drogas Ap. MJ/ A87 GG@
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El apuro del legislador por introducirla en el sistema de penas se pone en
evidencia en la forma cómo rectificó la e6posición de motivos del $royecto de
;
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sostenerse que una e6pulsión indeterminada satisfaga las e6igencias del
principio de legalidad, ni mucho menos del principio de proporcionalidad.
1o puede e6istir interés p2blico preferente en e6patriar a un nacional luego de
que éste haya purgado ;J o G@ aFos de privación de libertad. (ampoco puedesostenerse que la e6patriación sea una pena adecuada al fin de prevención
especial negativa. $ues si de lo que se trata es de evitar que el nacional
vuelva a coludirse con un Estado e6tranjero, no se percibe de qué manera se
aten2a o desaparece dicho riesgo e6pulsándolo del territorio nacional. 1o
e6iste, finalmente, una justificación moral para que el Estado se deshaga de
sus nacionales que han cometido un delito en su territorio. El principio de
personalidad, que hace posible la e6tradición activa de los nacionales,contradice precisamente la ra#ón de ser de esta pena
S" "'$7"'#* #"7!*3& "' "! *#9$7!& @ 3"! $53(& "'*! "0*;!"$"+
DA#9$7!& @.- P"'* #"0#($(=* 3" !* !(;"#*3
7a pena restrictiva de libertad es la de e6pulsión del país y se aplica a
e6tranjeros después de cumplida la pena privativa de libertad o la concesión
de un beneficio penitenciario, quedando prohibido su reingreso.
En el caso de e6pulsión por concesión de beneficios penitenciarios, el $er2
mantiene jurisdicción e6clusiva sobre la condena impuesta.
7as penas restrictivas de libertad son%
;. 7a e6patriación, tratándose de nacionalesI y
G. 7a e6pulsión del país, tratándose de e6tranjeros.
'mbas se aplican después de cumplida la pena privativa de
7ibertad.
7a primera tiene una duración má6ima de die# aFos.
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+on penas que restringen los derechos de libre tránsito y permanencia en el
territorio nacional de los condenados. 7a ley distingue dos modalidades% 7a
pena de e6patriación que es aplicable a los nacionales la pena de e6pulsión
del país que recae 2nicamente en los e6tranjeros.
'mbas penas se ejecutan luego de que el condenado haya cumplido la pena
privativa de libertad que también le fue impuesta en la sentencia. +e trata, por
tanto, de penas conjuntas y de cumplimiento diferido.
'hora bien, es de precisar que solamente la pena de e6patriación tiene un
límite de e6tensión y que es de ;@ aFos, lo cual permite inferir que la pena dee6pulsión del país puede tener la condición de permanente y definitiva,
aunque también puede quedar sujeta a un pla#o de cumplimiento
determinado.
2.1, DELITOS SANCIONADOS CON PENAS RESTRICTIVA DE LIBERTAD
+on pocos los delitos que poseen como sanción conminada una pena
restrictiva de libertad. Ese es el caso de los 'tentados 0ontra la +eguridad
1acional y (raición a la $atria A'rtículos =GJS y ==BS del 0ódigo $enal/ yel
(ráfico -lícito de 8rogas A'rtículos G
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principio de humanidad de las penas, por lo que en todos los sistemas
jurídicos, se han buscado reempla#arlas por estos mecanismos alternativos, ,
uno de ellos es justamente que es materia de nuestro estudio, como es el de
prestación de servicios a la comunidad.
S" "'$7"'#* #"7!*3& "' "! *#9$7!& 1 * ,@ 3"! $53(& "'*!
Estas sanciones punitivas limitan el ejercicio de determinados derechos
económicos, políticos y civiles, así como el disfrute total del tiempo libre.
SON TRES CLASES+
$restación de servicio a la
comunidad
7as penas limitativas de derechos 7imitación de días libres
+eg2n el código penal artículo =; -n habilitación
*) L* "'* 3" P#"0*$(5' 3" 0"#=($(& * !* $&/7'(3*3 "' "! $53(&
"'*! "#7*'& 11
Esta sanción consiste en el deber de prestar determinada cantidad de horas
de trabajo no remunerado y 2til para la comunidad durante el tiempo libre, en
beneficio de personas necesitadas o para fines comunitarios.
ANTECEDENTES
En nuestra legislación peruana el código penal tiene prevista a la pena de
prestación de servicio a la comunidad, como una pena autónoma en su
artículo =B, en tanto que los antecedentes de este artículo, se remontan al
código penal brasileFo de ;
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obligan a imaginar nuevas formas de sanciones para los infractores que no
amena#an significativamente la pa# social y y seguridad colectiva. ' esta
ventaja de orden financiero, se agregan otras inherentes a su ejecución no
carcelariaI manteniendo al condenado en el sistema social, Adisminución de
riesgo de pérdida de la sociali#ación/ utilidad de la prestación o actividad
desarrolladas por el condenado, disminución o neutrali#ación de las
condiciones generadoras del ilícito.
ESTA PENA TIENE LAS CARACTERISTICAS SIGUIENTES+
;. Cbligación de reali#ar trabajos gratuitos en instituciones asistenciales y
en obras publicasG. 7as jornadas se asignan teniendo en cuenta las aptitudes del
condenando=. 7as jornadas se reali#an en jornadas de die# horas semanales, por
regla general en días inhábiles y e6cepcionalmente en días hábiles.B. (ienen una duración mínima de die# y má6ima de ciento cincuentiseis
jornadas
+e dieron críticas a la pena de prestación de servicios a la comunidad, en el
sentido que constituía un trabajo no remunerado, prohibido
constitucionalmente. ' esta opinión se debe decir que los trabajos
comunitarios son una clase de pena y no trabajos sujetos a condiciones
normales.
2.1, EJECUCION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS COMUNITARIOS
Está a cargo de cada oficina de tratamiento y penas limitativas de derecho de
las direcciones Regionales del -1$E, conformado de un equipo encargado de
evaluar, controlar y supervisar la ejecución en cada caso concreto. 0abe
destacar que estas direcciones de tratamiento se encargan tanto de la
ejecución de las penas limitativas de derecho como de la asistencia post
penitenciaria.
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E! #&$"3(/("'& 3" "
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semana& arresto de fin de semana. +e debe naturalmente tratar de un arresto
provechoso.
SUS CARACTERISTICAS SON+
;. El periodo de arresto fluct2a entre un mínimo de die# y un má6imo
dieciséis horas por fin de semanaG. El lugar del arresto se estructura con propósitos resociali#adores y
educativos=. 7a pena dura entre die# A;@/ y ciento concienticéis A;JK/ jornadas.
$) I'%*;(!(*$(5'
0onsiste esta pena en la supresión de algunos derechos ciudadanos
Apolíticos sociales familiares y económicos/. +e admite modernamente que se
trata de una pena infamante lo que puede imprimirle anticonstitucionalmente
conforme l artículo JK del código penal.
LA INABILITACION PUEDE ACARREAR DE ACUERDO A VILLA STEIN+
• $rivación de la función, cargo o comisión que ejercía el condenado,
aunque provenga de elección popular • -ncapacidad para obtener mandato, cargo empleo o comisión de
carácter p2blicoI• +uspensión de los derechos políticos que seFala la sentencia• -ncapacidad para ejercer por cuenta propia o por intermedio de
terceros, profesión, comercio, arte o industria que deban especificarse
en la sentencia• -ncapacidad para el ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela• +uspensión o cancelación de la autori#ación para optar o hacer uso de
armas de fuego• +uspensión o cancelación de la autori#ación para conducir cualquier
tipo de vehículo yI• $rivación de grados militares o policiales, títulos honoríficos u otras
distinciones que corresponda al cargo, profesión u oficio del que se
hubiese servido el agente para cometer el delito
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7a pena de inhabilitación puede ser impuesta como principal accesoria.
0omo pena principal opera como una limitativa de derecho y con ello de lo
que se trata es de una pena alternativa a la de privación de libertad, lo que
es una moderna tendencia. 0omo pena accesoria ella se impone cuando
el hecho punible ha sido una de abuso de autoridad, de cargo, profesión,
oficio, poder o violación de un deber inherente a la función p2blica,
comercio, industria, patria potestad, tutela, curatela, y su duración será
igual a la de la pena principal.
2.1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 8INPE)
7a entidad encargada de dirigir el sistema penitenciario peruano, hasta antes
de la dación del 0ódigo de Ejecución $enal de ;inisterio de 5usticia de esos aFos.
En el aFo de ;
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administrativa, integrante del sector justicia y que además formaba
un presupuesto propio.
'l entrar en vigencia el nuevo 0ódigo de Ejecución $enal de ;
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correspondientes sobre la prevención del delito y tratamiento del
delincuente.
J. 0elebrar convenios de cooperación técnica a nivel nacional e
internacional
K. 'probar su presupuesto y plan de inversiones.
C7*3#& N: 1
C*/;(&0 "' !* "0#7$7#* *3/('(0#*(=* 3"! 5#*'& #"$ 3"! 0(0"/*
"'("'$(*#(&
Nrganos de la 8irección :eneral de
Establecimientos $enales y
Readaptación +ocial & ;
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Cficina de -ngeniería >ecánica,
-ndustrial y +ervicios.
Cficina de $ersonal.
Cficina de -nfraestructura $enitenciaria.-nstituto +uperior de Estudios
$enitenciarios.
>.- Ó#*'&0 T$'($&0 N/*(=&0
8irección de 'suntos 5udiciales.
8irección de +eguridad
8irección de Readaptación +ocial.
8irección de +alud $enitenciaria.
.- Ó#*'&0 3" E.- D" !&0 5#*'&0 3" A&6& T$'($&
Cficina :eneral de -nformática.
Cficina Ejecutiva
de Registro $enitenciario
Cficina Ejecutiva de -nteligencia.
.- D" !&0 Ó#*'&0 3" E
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;G. 0onstituir las personas jurídicas que sean necesarias al cumplimiento
de sus fines, se acuerdo a lo establecido en la 7ey de 'ctividad
Empresarial del Estado.
;=. 'dquirir por cualquier título, bienes muebles e inmuebles para el
mejoramiento de la infraestructura penitenciaria.
;B. 7levar el registro de las instituciones, asociaciones y entidades p2blicas
y privadas de ayuda social y asistencia a los internos
;J. 'probar sus reglamentos internos.
;K. 0elebrar contratos o convenios con entidades p2blicas o privadas,nacionales o e6tranjeras.
;L. 7as demás que establece este 0ódigo y su reglamento.
SEDE Y ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
El -nstituto 1acional $enitenciario tiene su sede en la ciudad de 7ima.
'demás, tiene órganos desconcentrados en las jurisdicciones que estableceel reglamento. A'rtículo ;=KU del 0ódigo de Ejecución $enal/.
H7 0&' !&0 "0*;!"$(/("'&0 "'("'$(*#(&0
+eg2n el artículo ;@GU de la RE+C790-C1 >-1-+(ER-'7 1U ;
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$ara el aFo G@@K en los penales del país, e6istían G, =L< mujeres privadas de
libertad, esto representaba un K..
El -nstituto 1acional $enitenciario A-1$E/ tiene la mayor parte de la
administración de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional con J=
establecimientos que representa el K=W, a diferencia de la $olicía 1acional
del $er2 A$1$/ que tiene la administración de =; establecimientos
penitenciarios que equivale al =LW.
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E' "! *& 2@@ 05!& "! @ 3" !* &;!*$(5' "' !&0 "0*;!"$(/("'&0
"'("'$(*#(&0 0" "'$&'#*;* 0"'"'$(*3*.
7a población penal a nivel nacional es de ==,@B< internos en el aFo G@@J,
pero en el transcurso de los aFos se ha ido incrementando casi en un ;@W.
Esta población se encuentra estructurada por su situación jurídica de la
siguiente manera% se tiene a
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2.1 3" !&0 0"'"'$(*3&0 3"!(&0 3" "##(0/& *#* "! 2@@ 0"
"'$&'#*;* "' !* D(#"$$(5' R"(&'*! 3" L(/*.
El gráfico nos muestra el n2mero y porcentaje de internos procesados por
delito de terrorismo, seg2n 8irecciones Regionales en todo el $er2.
7a mayor parte de los internos procesados por este delito se encuentra en la
8irección Regional de 7ima, que tiene a J=L procesados, representando el
LG.;W, y la menor parte, la tiene la 8irección Regional +ur Criente con B
internos que equivale al @.JW.
En consecuencia, esto refleja lo insuficiente que es la administración de
justicia, en cuanto a la demora de los procesos judiciales en lo concerniente a
los delitos de terrorismo y porque no decir también a otros delitos.
L*0 3(#"$$(&'"0 #"(&'*!"0 3" L(/* 82.>) 6 "! N" 82.1) 0&' !*0
7" &0""' /*6 $*'(3*3 3" &;!*$(5' "'("'$(*#(* 3"!(&0 3"
"##(0/&.
C53(& 3" E
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2.1 TRATAMIENTO PENITENCIARIO
El tratamiento penitenciario tiene como objetivo la reeducación, rehabilitación
y reincorporación del interno a la sociedad A'rtículo K@U del 0ódigo de
Ejecución $enal/.
A.- S*!73
(odo Establecimiento tiene un servicio médico básico a cargo de un
facultativo, encargado de atender el bienestar de los internos y de vigilar las
condiciones del medio ambiente del Establecimiento, con la colaboración del
personal profesional necesario. A'rtículo LLU del 0ódigo de Ejecución $enal/.
7a asistencia médica comprende dos aspectos%
;. 8e prevención. & >edidas profilácticas. E6amen médico a ser
efectuado en todo aquel que ingresa al Establecimiento, la inspección
de higiene de los locales, la inspección de la dieta alimenticia y el control
de los presos sometidos a medidas disciplinarias.
G. 8e curación. & 'sistencia médica diaria. 8iagnóstico y tratamiento de
los enfermos de la prisión o hospital psiquiátrico. 8isponen las Reglas>ínimas que el médico debe e6aminar a cada preso. (al e6amen ha de
estar dirigido a descubrir una posible dolencia física o mental y tomar las
medidas que sean necesariaI asegurar las separación de los presos que
sean sospechosos de ser portadores de dolencias infecciosas o
contagiosas, revelar las deficiencias físicas o mentales, determinar la
capacidad física de cada preso para el trabajo A1U GB/.
El 2ltimo punto es de suma relevancia puesto que no solo considera al interno
como sujeto de derecho que debe tener un estado de salud digno y óptimo,
sino que lo proyecta al trabajo, después de todo deberíamos tratar de buscar
el cómo emplear a esa gente y orientarlos debidamente porque es el papel del
Estado.
B.- E0*;!"$(/("'&0 /3($&0
http://www.monografias.com/trabajos15/medio-ambiente-venezuela/medio-ambiente-venezuela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/higie/higie.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/medio-ambiente-venezuela/medio-ambiente-venezuela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/higie/higie.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtml
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7os Establecimientos $enitenciarios están dotados de ambientes destinados
a hospital, enfermería o tópico, seg2n sus necesidades, con el equipo e
instrumental médico correspondiente.
-gualmente, cuentan con #onas específicas de aislamiento para casos de
enfermedades infecto&contagiosas, para el tratamiento psiquiátrico y para la
atención de los to6icómanos y alcohólicos. A'rtículo L
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.- RÉGIMEN PENITENCIARIO DE LA LEGISLACIÓN ANTITERRORISTA
.1 A'"$"3"'"0 3" !* L"(0!*$(5' A'("##(0*
0on la finalidad de enfrentar el fenómeno subversivo, durante las
2ltimas dos décadas el Estado peruano ha recurrido sistemáticamente a la
promulgación de una legislación penal de emergencia abiertamente reFida
con la normatividad legal nacional y con normas internacionales de protección
de los derechos humanos. Ello ha significado una traumática alteración del
modelo de legalidad que afecta sustancialmente la tipificación y sanción delos delitos, las normas de investigación preliminar y del proceso penal y las
normas de ejecución penal. $ero esta legislación de emergencia también ha
significado la imposición de un esquema perverso sobre las instituciones del
sistema penal, cuya principal característica ha sido el otorgamiento de
mayores poderes y atribuciones legales a la $olicía y las "uer#as 'rmadas y
la consiguiente restricción y disminución de atribuciones tanto de los fiscales
cuanto de los jueces.
Este modelo legislativo ha tenido su e6presión más absoluta con la
denominada legislación antiterrorista de ;
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1o cabe duda de que una de las consecuencias más dramáticas de
este nuevo modelo antiterrorista fue el fenómeno de los inocentes en prisión,
es decir, miles de personas injustamente encarceladas, procesadas y
condenadas sin haber tenido jamás responsabilidad en la comisión de delitos
de terrorismo. ; 8ecreto ley promulgado el J de mayo de ;
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que se promulgó el decreto ley GJKJinisterio $2blico y las autoridades judiciales, quienes
podrían subsumir la comisión de un mismo delito en distintos tipos penales.
En mérito de dichas ra#ones, el (ribunal estima que debe declararse
la inconstitucionalidad de los artículos ; y G del decreto ley GJKJ< y, por cone6ión, se debe e6tender los efectos a los artículos =, B, J y L del mismo
decreto. $or idéntica ra#ón, son inconstitucionales los artículos G, = y B del
decreto ley GJLBB=. 0omo consecuencia de ello, el (ribunal 0onstitucional
declara que el delito de traición a la patria previsto en el artículo =GJ del
0ódigo $enal mantiene su plena eficacia puesto que no había sido derogado,
sino que se encontraba en suspenso. +obre el ju#gamiento de civiles por
militares, el (ribunal hace suyos los pronunciamientos de la 0orte
-nteramericana de 8erechos 3umanos emitidos en las sentencias de los
casos 0astillo $etru##iB y 0antoral enavidesJ y seFala que Dla autori#ación
para que los tribunales militares ju#guen a civiles por los delitos de traición a
la patria y terrorismo, en efecto, es lesiva del derecho al jue# natural.
$ara el (0, si bien el artículo ;L= de la 0onstitución puede ser
interpretado Den el sentido que se ha venido efectuando, esta no es la 2nica
interpretación, ya que una interpretación literal supone que dicho artículo Dnoautori#a a que los civiles sean ju#gados por los tribunales militares, sino solo
a que, mediante ley, se disponga que ciertas disposiciones del 0ódigo de
5usticia >ilitar puedan ser utili#adas en el procesamiento de civiles acusados
de la comisión de los delitos de traición a la patria y terrorismo en el ámbito de
la jurisdicción ordinaria. $or tales fundamentos, el (0 considera
inconstitucionales el artículo B del decreto ley GJKJ< y el artículo G del decreto
ley GJMM@K y, por cone6ión, también los artículos G y = del decreto ley GJL@ML.
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= Este decreto estableció normas para la investigación policial, la instrucción y
el juicio por traición a la patria.
"ue promulgado el GL de setiembre de ;
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Reglamento del Régimen de visita a los -nternos del (errorismo, en el que se
dispuso que Dlos internos por delito de terrorismo tienen derecho a recibir la
visita de sus familiares directos una ve# al mes Aartículo ; /. Estas normas se
aplican tanto a sentenciados como a procesados.
(omando en cuenta las condiciones de aislamiento del mundo e6terior
y de hacinamiento dentro del penal en las que viven los internos por delito de
terrorismo, consideramos que todas estas limitaciones contravienen tanto de
la Reglas >ínimas como los $rincipios "undamentales para el (ratamiento de
los -nternos.
El (ribunal 0onstitucional, en sentencia publicada el B de enero del
G@@=, declaró inconstitucionales los decretos ley GJBLJ, GJKJ
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como el pronóstico de cumplimiento de los requisitos para obtener la
liberación condicional. $ara ello será necesario que el 0onsejo recabe de la
$olicía 1acional el certificado de domicilio e6pedido por la unidad
especiali#ada contra el terrorismo, así como los certificados de conducta de
cada uno de los establecimientos penitenciarios en los que haya estado
recluido el interno.
El liberado que se vea beneficiado por la libertad condicional será
impedido, de manera inmediata, de salir del paísI esta orden será emitida por
el jue# penal. 'sí mismo, se le impondrán reglas de conducta y condiciones,
como la prohibición de frecuentar viviendas y locales vinculados con
actividades que tengan relación tanto con organi#aciones terroristas como conórganos generados por éstas o que colaboran con las mismas, en esta línea,
la prohibición abarca también las visitas a internos por delitos de terrorismo y
el establecimiento de contacto con ellos por cualquier medio de comunicación.
El liberado por libertad condicional también se encuentra prohibido de
portar o tener a disposición armas, insumos o elementos para elaborar
e6plosivos, informaciones de instituciones, listas de personajes o funcionarios,
así como publicaciones o manifestaciones relacionadas con la actividadterrorista o con personas o grupos vinculados con esta.
El liberado no puede cometer nuevo delito doloso. +e encuentra
obligado a no ausentarse de la localidad donde reside y no variar de domicilio
sin autori#ación judicial previaI así mismo, debe comparecer de manera
personal y obligatoria ante la autoridad penitenciaria correspondiente, y en
defecto de ésta ante el jue# penal o mi6to más cercano a su domicilio. $or
2ltimo, también se encuentra obligado a someterse al cumplimiento del
programa de (ratamiento en >edio 7ibre que le imponga la autoridad
penitenciaria respectiva.
7os órganos de control, inspección y supervisión del liberado son el
representante del >inisterio $2blico de su domicilio y la autoridad
penitenciaria correspondiente ACficina de (ratamiento en >edio 7ibre/, los que
podrán efectuar constataciones o inspecciones relacionadas tanto como el
liberado como con su vivienda.
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+i el liberado incumple con las reglas de conducta o condiciones
impuestas por el jue# penal, el beneficio puede ser revocado. +i es
condenado por la comisión de un nuevo delito doloso, la revocación de la
libertad condicional es inmediata. 'l ser revocada la libertad condicional, el
interno no podrá volver a acogerse a dicho beneficio.
,.- REFORMA DE LOS MODELOS ESPECIALES DE TRATAMIENTO
PENITENCIARIO.
Este $lan, que ya está parcialmente en ejecución, busca resolver los
dos problemas más álgidos del +istema $enitenciario% hacinamiento y
corrupción. 1o obstante, el -1$E no puede enfrentar solo estos problemas,
pues la criminalidad es un tema social que requiere del concurso de otras
agencias del Estado. En esta medida, el plan de mejora requiere de la
participación de diversos actores% entidades del Estado y de la sociedad civil,
pues la cuestión se plantea como muy grave. 8e continuar con la política
actual y mantenerse la tendencia incremental, la sobrepoblación carcelaria
que hoy es de ;@@W AGM mil pla#as de reclusión para JK mil presos/, en el
G@;K será de GM@W.
7as medidas a tomar involucran acciones del propio -1$E Aconstrucción y
ampliación de penales y reducción de la tasa de reingreso/, pero también de
acciones e6ternas al -1$E% menor ingreso de internos Aque las actividades
criminales tengan alternativas a la prisión/ y mayor egreso de internos Aque
los presos puedan salir más rápido reinsertados/.
$ara tener una visión ampliada de lo que se puede entender por (ratamiento$enitenciario e6iste la definición que nos presenta >'R0 '10E7. +e puede
tener tres nociones de tratamiento% primero una concepción médica que no
incluye a internos sanosI luego, una noción 'dministrativa, en cómo desde el
punto de vista de las leyes ejecutivas se van a tratar a los reclusos y una
tercera de índole socio & criminológica orientada a actuar sobre la
personalidad del recluso para volverlo a llevar al camino del bien. 8efinición a
la que le agregaría una cuarta y que hoy está en boga y con resultados
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reali#arán en el horario establecido por el 0onsejo (écnico $enitenciario de
cada establecimiento penitenciario. En la medida en que estas normas
modifican sustancialmente los regímenes especiales contemplados en los
decretos supremos @@=&
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El -1$E presenta un serio problema de corrupción, propiciado por el
hacinamiento, falta de personal, clima laboral negativo y adverso, así como
por los magros sueldos de sus servidores.
0omo una medida de fuerte compromiso en esta tarea, estamos creando el:R9$C E+$E0-'7 '1(-0CRR9$0-C1 A:E'/, que comen#ará con
un cuerpo de ;J funcionarios de alto nivel profesional, quienes asumirán, con
toda la autonomía necesaria, la tarea de luchar contra la corrupción en el
-1$E a través de lo siguiente%
;.; -nspecciones inopinadas a los establecimientos penitenciarios del país.
;.G 'cciones de inteligencia y contrainteligencia, para detectar actos decorrupción Aagentes encubiertos y otros mecanismos de inteligencia para ser
efectivos contra la corrupción/.
;.= 'utoridad suficiente para separar inmediatamente a los funcionarios que
incurren en actos de corrupción.
;.B 0apacidad para denunciar inconductas funcionales de malos servidores
penitenciarios y preparar las pruebas para su procesamiento ante la
instancia administrativa o judicial.
2.-R"37$$(&' 3" %*$('*/("'&. -
0onstrucción de G penales por aFo en las #onas de mayor población penal%
costa centro, costa norte y sierra sur.
.- S"7#(3*3 "' !&0 "'*!"0. -
Refor#ar radicalmente la seguridad con compras de activos que se requieren
para devolver la capacidad operativa y de control en los penales, a un costo
de =G millones de soles provenientes del "ondo de +eguridad 0iudadana
para%
• G@ camionetas B6B
•
== vehículos multiusos
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• G; furgones para traslados de internos
• ;J camionetas rurales
• ;@@@ armas disuasivas de diverso alcance
• equipos de bodyscan
• ;J@ detectores manuales de metal.
• 8otación de ;; mil metros de mallas y concertinas para refor#ar la
seguridad en los muros perimétricos de los penales.
• 'poyo a iniciativas privadas para bloquear el uso de celulares dentro
del penal
• 0apacitación continua a los agentes penitenciarios.
,.- S*!73 "' !&0 $"'#&0 "'("'$(*#(&0. -
>ejorar la infraestructura de salud de los penales para erradicar las
enfermedades infectocontagiosas.
0onstruir o habilitar pabellones psiquiátricos para albergar a los internos que
sufren de enfermedades mentales.
.-M"
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dentro de los penales dando oportunidad a los lugareFos para que dejen la
actividad delictiva.
• 'mpliar la oferta de servidores del -1$E para las labores de
tratamiento. 8e los mil nuevos trabajadores que se contratarán este aFo, por lo menos =J@ serán asistentes sociales, psicólogos, médicos o abogados
>.-F*!"$(/("'& 3" !* "0(5' ('0(7$(&'*!. -
:estionar mayores recursos presupuestalesI -nvertir L@@ mil dólares
provenientes del $royecto de >ejoramiento de los +ervicios de 5usticia
A-8/, en el desarrollo de sistemas informáticos y unir la plataforma de
comunicaciones que no e6iste en el -1$E.
.- /"
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• 8efinir un programa de prevención del delito, enfocado especialmente
en los sectores juveniles.
• $rogramas de prevención de drogas.
• Establecer un programa de prevención de los delitos se6uales.
• Evaluar y modificar los criterios para la ampliación de supuestos de
condena condicional y libertades cuando la persona no represente peligro
para la sociedad y esté reinsertada laboralmente.
• >odificación de las penas estructurándolas seg2n la importancia del
bien jurídico protegido.
•
-niciar el uso de grilletes electrónicos como alternativa a la prisión.
[email protected] I/!"/"'*$(5' 3"! #&#*/* C.R.E.O. $&/& "
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implementando talleres en beneficio de los internos, orientados a
la enseFan#a de alg2n oficio y a la producción de bienes y servicios
\ltimamente el -nstituto 1acional $enitenciario, ha sido beneficiado con
un programa de apoyo proveniente del gobierno de 5apón llamado 1C1
$RC5E0(, constituido por talleres de metal mecánica, carpintería, soldadura,
etc.
+in duda, que este aporte debe ser canali#ado no solamente como talleres de
enseFan#a, sino que es la oportunidad de constituir en los establecimientos
penitenciarios beneficiados todos unos centros de producción, donde el
interno sea el protagonista y genere ingresos tanto para él como para la
institución como tal.
+eg2n nuestra norma de ejecución penal, el tratamiento penitenciario está a
cargo de siete áreas% (rabajo, Educación, +alud, asistencia psicológica,
social, legal y religiosa.
4eamos brevemente cada uno de ellos%
,.2.1 AREA DE TRABAJO.
+e asume como función primordial de la administración penitenciaria
brindar o crear condiciones laborales para los internos, que se orienten
especialmente a crear en el interno el hábito del trabajo como mediorehabilitador, y eso nadie lo duda como aspiración legal está e6celentemente
redactado en la norma de ejecución penalI sin embargo en la realidad todavía
estamos lejos de poder cumplir con tales aspiraciones, consideramos que en
estos tiempos de globali#ación económica los centros penitenciarios deben
estar dotados de técnicos especialistas que enseFen a nuestros internos
actividades rentables y especiali#adas, las mismas que tengan mercadoI así
como la otra parte administrativa, es decir a gerenciar pequeFos negocios que
http://www.monografias.com/trabajos15/metodos-ensenanza/metodos-ensenanza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/Computacion/Programacion/http://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/japoayer/japoayer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/elproces/elproces.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/elproces/elproces.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/cofi/cofi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/cofi/cofi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/anotsobre/anotsobre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/anotsobre/anotsobre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/plan-negocio/plan-negocio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/metodos-ensenanza/metodos-ensenanza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/Computacion/Programacion/http://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/japoayer/japoayer.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/elproces/elproces.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/cofi/cofi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/anotsobre/anotsobre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/plan-negocio/plan-negocio.shtml
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giren en torno a la economía familiar y así los liberados puedan constituir
micro y pequeFas empresas.
? siendo un poco más atrevidos todavía, se puede pensar en que sea el
propio -nstituto 1acional $enitenciario un productor de bienes y servicios, a
través de una 9nidad Ejecutiva de $roducción y 0omerciali#ación e incluso se
puede invitar al empresariado nacional e internacional a que pongan sus ojos
en nuestros Establecimientos $enitenciarios y puedan rentar la mano de obra
ociosa e6istente por el momento.
8e igual forma el mercado cautivo e6istente de los organismos estatales
pueden ofrecerse a los internos de los establecimientos penitenciarios de
país, ya sea% en imprenta, construcciones, servicios generales, etc.
,.2.2 AREA DE EDUCACION.
7a educación penitenciaria, está orientada a diferentes niveles% básico,
profesional y ocupacional. $ara el efecto e6isten convenios con el >inisterio
de Educación y ahora 9niversidades $rivadas.
8e igual forma se promueve la educación a distancia.
En esta parte del tratamiento, se está avan#ando a pasos agigantados en
todos los establecimientos penitenciarios del país, no solamente brindando
educación técnica, sino también artística, ética y deportiva.
,.2. AREA DE SALUD
+e establece que todo establecimiento debe tener un servicio médico
básico, de igual forma en aquellos establecimientos que se justifique lanecesidad se debe contar con centros especiali#ados.
7os establecimientos penitenciarios deben contar de conformidad al artículo
L
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'simismo, se hace referencia que aquel interno que tenga condiciones puede
solicitar a su costo los servicios médicos de profesionales ajenos al
establecimiento penitenciario.
$ara concluir, el servicio de salud está orientado a alcan#ar, mantener o
recuperar el bienestar físico y mental del interno.
,.2., ASISTENCIA PSICOLÓGICA.
Este servicio está orientado especialmente a tener una apreciación
cualitativa y cuantitativa de los rasgos psíquicos fundamental de los internos,
con una visión amplia de personalidad, dada la peculiaridad de las personas a
tratar, dirigiendo su accionar a e6plorar y tratar preferentemente aquellos
rasgos psíquicos que la criminología seFala como facilitadores del acto
criminal.
1uestro 0E$ dedica un solo artículo a este servicio, pero consideramos que el
trabajo en esta área debe ser más agresivo, empe#ando por dotar de más
especialistas dada la importancia de este servicio como apoyo para el
desarrollo de tratamiento y como protagonista del mismo.
,.2. ASISTENCIA SOCIAL
Este servicio penitenciario tiene como objetivo apoyar al interno, a la
víctima del delito y a los familiares inmediatos de ambos.
El papel de este servicio en un establecimiento penitenciario, es fundamental,
espacialmente en el apoyo al interno indigente, sabido es que el apoyo a la
víctima del delito resulta un poco vanidoso y hasta utópico, pero no por eso se
puede desmerecer el trabajo de esta área.
+i se hace un análisis concien#udo del trabajo encomendado se podrá notar que es fundamental en el proceso de Resociali#ación del interno, porque
cumple un papel de enlace, de mediador, de conciliador e incluso hasta
familiar, si valga el término, porque está pendiente de qué interno tiene visita y
quién no, está pendiente de las visitas íntimas, de canali#ar y captar ayuda de
los organismos p2blicos y privados, así como de personas de buena voluntad
y que éstos lleguen a las personas más necesitadas.
http://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIThttp://www.monografias.com/trabajos7/coad/coad.shtml#costohttp://www.monografias.com/trabajos11/metods/metods.shtml#ANALIT
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$ara el cumplimiento de tan noble objetivo, lamentablemente no e6iste un
fondo adicional que consideramos imprescindible para el cumplimiento de
sus funciones.
+i bien en nuestro +istema $enitenciario 1acional, no se ha implementado el
servicio sociológico como parte integrante del tratamiento penitenciario, pero
si se ha hecho con el servicio de asistencia social, que difieren en contenido.
'sí este servicio Q 'sistencia social está orientado a brindar asistencia al
interno y a su familia e incluso a la víctima del delito, pero no pasa de ahí, de
asistencial siendo su principal objetivo evitar el rompimiento del binomio
interno & familia, así como de conseguir apoyo social ante la liberación y
también al liberado.
+iendo conscientes que la sociología es una ciencia nueva, y que en nuestro
país recién está germinado, no es óbice para que, si e6iste la posibilidad,
pese a no estar contemplado en la norma, se utilice como parte del
tratamiento. $ues en otras realidades ya e6iste y su papel fundamental parte
de que la personalidad está influenciada por una serie de factores socio
culturales y que es a través de estos flujos como puede encontrarse una
e6plicación de las variaciones individuales dentro del campo de la conducta
desviada.
Entonces, a nuestro modo de entender las cosas, y siendo el objetivo central
del tratamiento la re& sociali#ación del interno, urge la necesidad de este
servicio que nos ayude a comprender al interno en el conte6to social de
donde proviene y también nos e6plique el marco social escolástico de los
establecimientos penitenciarios.
,.2.> ASISTENCIA LEGALEl objetivo central de este servicio es% brindar asesoría legal al interno y
asesorar técnicamente a la 'dministración de aquel. 'sume de manera
preferente la defensa del interno indigente.
7a 'sistencia legal entonces tiene tres campos de acción%
a/ El asesoramiento a la 'dministración $enitenciaria, en la materia de
su competencia, en este sentido estará dirigida tanto a la 8irección, a la
'dministración y también a seguridad.
http://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/sociol/sociol.shtml#cmarxhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/direccion/direccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/sociol/sociol.shtml#cmarxhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/compro/compro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/direccion/direccion.shtml
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b/ 'l interno en forma general, respecto a inquietudes, sobre su proceso,
formas de conseguir su libertad, notificaciones, beneficios penitenciarios, etc.
c/ 7a defensa del interno indigente. 0uando el establecimiento está ubicado
en grandes ciudades, ésta se ve reducida al mínimo pues ahora e6iste, a
cargo del >inisterio de 5usticia, la defensa de Cficio, en este sentido
solamente canali#ará estas solicitudes a dicha institución siendo opcional la
defensa, pues no e6iste prohibición alguna para no reali#arla. +iendo otra la
realidad en provincias donde la carga procesal es voluminosa y la defensa de
oficio está reducida al mínimo. 7ey GL@;< AG=.;G.inisterio $2blico y el -1$E estableciera adecuadamente las
políticas institucionales y las directivas penitenciarias pertinentes. $or esta
ra#ón se estableció la vacancia legislativa Avocatio legis/ ra#onable para la
concreción de éstas.
http://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/la-moda/la-moda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/estacon/estacon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos-pdf/credos/credos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos37/la-moda/la-moda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/estacon/estacon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/etica-axiologia/etica-axiologia.shtml
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$osteriormente, mediante el 8ecreto +upremo @=@&G@@;& 59+, se amplió
el periodo de vacancia por G;@ días, con la finalidad de garanti#ar la
adecuada difusión del reglamento, así como los de procedimientos y
mecanismos que aseguren su correcta aplicación y una efica# interrelación
entre las diferentes instituciones encargadas de ponerlo en práctica.
(ranscurrido el pla#o seFalado en el artículo ; del 8erecho +upremo @=@&
G@@;&59+, éste se prorrogó por 8ecreto +upremo @;G&G@G&59+. >ás tarde,
los decretos supremos ==&G@@G&59+ y @B;&G@@G&59+ ampliaron este pla#o
por ;G@ y ;M@ días, respectivamente, debido a estas vacancias, hasta el
momento no se encuentra vigente el Reglamento del 0ódigo de Ejecución
$enal.
(odo la normatividad legal de este sistema progresivo para la ejecución de
las penas encuentran su sustento en lo establecido en el 'rtículo ;=agna 7e6, el cual prescribe que es derecho de los reclusos y
sentenciados ocupar establecimientos penitenciarios adecuadosI asimismo
indica, en el siguiente inciso, el régimen penitenciario tiene por objeto la
reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedadI con lo
cual este canon constitucional reconoce los derechos fundamentales de los
internos, corpus legal que no se puede soslayar en lo alto de la jerarquía
jurídica que constituye la 7ey de 7eyes. +iendo plasmado en el 0ódigo de
Ejecución $enal el cual promueve el respeto de la dignidad del interno, su
reeducación, rehabilitación a fin de lograr su reinsertarlo en la sociedad.
'sí, la tutela de bienes jurídicos se desarrolla mediante las funciones de la
pena. En ella encontramos criterios de prevención general y prevenciónespecial. 7a $revención :eneral se dirige a intimidar o a motivar a los
ciudadanos para que no cometan delitos, ya que un 8erecho $enal "uncional
la pena comunica, da un mensaje, que es quién se sale del +istema o
pretende o comete un delito será sancionado por el 8erecho a través de la
pena privativa de la libertad como e6presión má6ima del control del Estado.
7os criterios de prevención general se clasifican en negativa y positiva.
$revención :eneral 1egativa, es la intimidación o el medio que el derecho
penal ejerce sobre los ciudadanos con el objeto de que eviten delitos, caso
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contrario responderán con la pena. En cambio, la prevención general positiva
entiende a motivar a los ciudadanos que no cometen delitos, a que tengan
confian#a en el derecho y, finalmente a que sean fieles al sistema normativo.
Es así como la mayor confian#a en el derecho permite que los ciudadanos no
incurran en infracción. Esta confian#a la genera el Estado mediante sus
diversas institucionesI $or ejemplo, un ciudadano tendrá confian#a en el
derecho penal cuando una ley penal no sea simbólica o cuando un jue#
imponga con justicia una pena privativa de libertad, o cuando se evite la
corrupción de los jueces entre otras medidas que afecten al sistema social, y
a los medios de infraestructura de readaptación con que cuente el Estado
para efectivi#ar la resociabili#ación del delincuente.
$or otro lado, el criterio de prevención especial se entiende, a diferencia de la
prevención general, que va dirigido al ciudadano específico, cuando éste ya
delinquió, tratando de evitar que cometas nuevos delitos o procediendo a
efectuar tratamientos de índole terapéutica. Esta función fue criticada por la
dure#a que se infligió a los reos pacientes o sujetos peligrosos con las
medidas socioeducativas o resociali#adoras. 'specto reseFado por e6celencia
en las mediadas de 7abelling 'proach Amédicas/ que fueron criticadas en la
década de ;
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uno de sus mecanismos de control social, el 2ltimo, o 2ltima ratio, el derecho
penal tanto para evitar o como para imponer una pena o medida de seguridad.
8esde esta óptica progresiva, recientemente se publicó el nuevo
Reglamento de Ejecución $enal A8ecreto +upremo 1U @;J&G@@=&59+/, queregula el sistema progresivo impulsado por la 0onstitución y el 0ódigo de
Ejecución $enal. 7a norma representa así el 2ltimo esfuer#o o ratio en la
correspondencia e6acta entre las previsiones normativas y la materiali#ación
práctica del sistema de ejecución elegido.
0on respecto al desarrollo legal del mencionado reglamento, cabe seFalar
que, en su artículo K, deja sin efecto los decretos supremos @=@&
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'sí, se regula la ejecución de la pena privativa de libertad, restrictivas de
libertad, limitativas de derechos y medidas de seguridad, lo social ha puesto
nuevamente en vigencia la eficacia de imponer o no las penas limitativas de
derechos por la comisión de Ddelitos menores. 1o obstante que la 7ey 1U
GL@=@ tiene cinco aFos, el plan de trabajos comunales contin2a
presentándose hoy como la mejor opción para lograr la resociabili#ación en
esta clase de criminalidad. E6iste también un nuevo plan de tratamiento
especial penitenciario aprobado por el $oder Ejecutivo. ste pretende la
entrega en concesión, por no más de GJ aFos, de algunos de los penales y la
construcción de otros con la supervisión y administración de empresas
privadas. 7a finalidad es que el Estado cumpla con brindar espacios
adecuados para la rehabilitación de los internos, poder lograr el objetivo
sustancial de reinsertarse en la sociedad. Entre los reconocimientos del
sistema progresivo tenemos la observación, pronóstico, clasificación y
tratamiento individuali#ado del interno claramente contemplado en el 'rtículo
JU 0omunicación en las GB horas del ingreso o traslado del internoI 'rtículo
;;U.8esignación por escrito del abogado defensor, +uspensión del derecho de
entrevista y comunicación con su 'bogadoI 'rtículo ;LU.Revisión íntima sólo
cuando e6istan indicios ra#onables de introducción de objetos prohibidosI
'rtículo G=S. 0lasificación de los internos% alcohólicos y to6icómanos de los
que no lo sonI los e6tranjeros de los nacionalesI 'rtículo BKS El trabajo es
obligatorio. 1o tendrá carácter aflictivo ni se aplicará como medida
disciplinaria ni atentará contra la dignidad del internoI 'rtículo ;@BS.+e elimina
tácitamente el porcentaje del ;@W del producto del trabajo destinado al pago
de la reparación civilI 'rtículo ;;;U.Redención de pena por el trabajo, previa
inscripción en el registroI 'rtículo ;LJS +e computa como un día de trabajo laactividad laboral durante cuatro horas. 1o se podrá computar m�