DEMANDAS POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES...

22
DEMANDAS POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES ¿ES POSIBLE DEFENDERSE? Tarragona, 26 de Junio de 2014

Transcript of DEMANDAS POR ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES...

DEMANDAS POR ACCIDENTES DE

TRABAJO Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES

¿ES POSIBLE DEFENDERSE?

Tarragona, 26 de Junio de 2014

• ADMINISTRATIVA (Empresas)– Competencia � Inspección de Trabajo– Requerimientos y/o Actas de Infracción.– Presunción de certeza– SANCIONES ECONÓMICAS (MULTAS)– Recurso Contencioso – Administrativo. – RECARGO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE S.S.

� Responsabilidades Legales

– RECARGO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE S.S.– INCREMENTO DE PRIMAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES

PROFESIONALES– LIMITACIONES PARA CONTRATAR CON EL ESTADO– SUSPENSIONES (TEMPORALES O DEFINITIVAS) DE LA ACTIVIDAD

• CIVIL (Empresas y Personas)– RESARCIMIENTO ECONÓMICO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS

(INDEMNIZACIONES)

• SOCIAL (Empresas y Personas)– Ley 36/2011 jurisdicción social (a partir del 11 de diciembre de 2012)– Unificación contencioso administrativo + civil + social

• PENAL (Personas). SANCIONES PENALES (DELITOS – FALTAS)

� Responsabilidades Legales

• Delitos de Resultado ���� ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD QUE CAUSA LESIONES O EL FALLECIMIENTO

– HOMICIDIO IMPRUDENTE (ART. 142.1 CP)

RESPONSABILIDAD PENALES

� Responsabilidades Legales

– HOMICIDIO IMPRUDENTE (ART. 142.1 CP) • REQUIERE IMPRUDENCIA GRAVE• 1 A 4 AÑOS• SI LA IMPRUDENCIA ES LEVE (FALTA 621.2 CP)

– MULTA 1 A 2 MESES

– LESIONES (ART. 152 CP) • REQUIERE IMPRUDENCIA GRAVE• SI LA IMPRUDENCIA ES LEVE (FALTA 621.3 CP)

– MULTA 15 A 30 DÍAS

STS de 25 de abril de 2005 " La jurisprudencia de esta Sala suele considerar imprudencia grave cuando….

“han infringido deberes elementales que se pueden exigir al menos diligente de los

sujetos. Es temeraria, se ha dicho reiteradamente, cuando supone "un olvido total yabsoluto de las más elementales normas de previsión y cuidado". Estas

consideraciones adquieren especial relieve cuando la situación de riesgo creado con

el comportamiento imprudente afecta a bienes de primer interés, como es la vida de

las personas, y cuando se está creando un peligro elevado para dichos bienes sin la

adopción de las necesarias medidas de cuidado y control".

La línea diferencia entre ambas imprudencias, según la jurisprudencia y doctrina se

obtiene no desde el ángulo cualitativo, ya que desde este punto de vista son idénticas,

sino desde un criterio cuantitativo ( STS 25-2 y 7-6-83 ), es decir en la intensidadde la culpa o en mayor o menor gravedad del descuido.”

• Delito de Riesgo ���� SITUACIÓN DE RIESGO QUE PUEDE DESENCADENAR EN ACCIDENTE O ENFERMEDAD

– DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES(ART. 316 y 317 CP)

RESPONSABILIDAD PENALES

� Responsabilidades Legales

(ART. 316 y 317 CP) • REQUIERE DOLO• 6 MESES A 3 AÑOS• SI LA IMPRUDENCIA ES GRAVE. PENA INFERIOR EN GRADO

• NO SE HACE ALUSIÓN A LA IMPRUDENCIA LEVE (NO FALTA)

“Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas de forma que pongan así en peligro grave su vida, su salud o su integridad física serán castigados con la pena de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses”

Se interpondrá normalmente por el ministerio fiscal a petición de la

Inspección de Trabajo o los Sindicatos

Actas de infracción comunicadas por la Inspección de Trabajo al Ministerio Fiscal

� Responsabilidades Legales

� Responsabilidades Legales

Actas de infracción comunicadas por la Inspección de Trabajo al Ministerio Fiscal

• Actas de Infracción que estén tipificadas conforme a lo dispuesto en el art. 12 del texto refundido de la ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (TRLISOS), es decir como infracciones muy graves.

• Las actas de infracción grave, siempre que se haya considerado en las mismas como

� Responsabilidades Legales

• Las actas de infracción grave, siempre que se haya considerado en las mismas como circunstancia agravante de la infracción el incumplimiento reiterado por el empresario de requerimientos previos realizados por la Inspección.

• Las actas de infracción grave por inobservancia de las propuestas realizadas por los servicios de prevención o el comité de seguridad y salud de la empresa para la corrección de las deficiencias graves existentes

• Actas de infracción extendidas como consecuencia de incumplimientos empresariales de la normativa de prevención de riesgos laborales que hayan supuesto una aplicación de la medida de paralización de los trabajos

• Accidente de trabajos mortales, salvo los accidentes de trabajo “in itinere” y las patologías no traumáticas (infartos, derrames cerebrales y otras patologías no traumáticas).

Actas de infracción comunicadas por la Inspección de Trabajo al Ministerio Fiscal

• Actas de infracción extendidas en materia de prevención de riesgos laborales como consecuencia de accidentes de trabajo con resultado de lesiones muy graves y graves

� Responsabilidades Legales

• En todo caso, se remitirán aquellas actas y expedientes que hayan sido solicitados por el Ministerio Fiscal.

• Aquellos otros supuestos en que, a juicio del inspector actuante se considere que concurren las circunstancias de indicios racionales de criminalidad que puedan dar lugar a una imputación penal de los delitos relacionados con la seguridad y salud laboral

� Responsabilidades Legales

� Responsabilidades Legales

� Responsabilidades Legales

� Responsabilidades Legales

� Responsabilidades Legales

Diligencias Previas / Proced.Abreviado

Imputado Testigo

Juzgado de Instrucción

Juzgado de lo PenalAcusación

Libre

Negociación previa con la

Esquema básico del

Proceso Judicial

info. a tener en cuenta

•Actas de infracción s/ Inst.1/2007

•Accidentes Mortales

•Declaraciones ante la Autoridad

Laboral + Policía Judicial

•Informes de la Autoridad Laboral

Informes / Sanciones (Inst.1/2007) de

la Inspección de Trabajo

Informes de la Policía Judicial

Auto de apertura de juicio oral

Audiencia Provincial

Juicio Oral

Acusado Testigo

Juzgado de lo Penal

Condenado

Delito

Falta

Inhabilitación

Absuelto

Resultado (142.1; 152 CP)

Riesgo (316 y 317 CP)

Imprudencia Leve (621.2.3. CP)

Acusación

•Ministerio Fiscal

•Familia / Herederos (Particular)

•Sindicatos (Popular)

Negociación previa con la

acusación (Fiscal,…) antes

de juicio

Otros intervinientes….

•Inspección de Trabajo

•Instituto Regional de Seguridad

•Policía Judicial

•Peritos especialistas (de parte)

+

+

Sentencia

����0 (previo a materialización)

����1 (materialización)

����2 (informe situación obra)����2 (informe situación obra)

����3 (autoridad laboral)

����4 (informe investigación)

����5 (requerimientos, sanciones)

����6 (informes de la autoridad laboral)

����7 (diligencias previas)

����8 (acusación)����8 (acusación)

����9 (sentencia_conclusiones)

����10 (gestión del conocimiento)