Demanda de pago de beneficios sociales de construccion civil
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Expediente Nº:
Cuaderno : Principal
Escrito Nº : 01
Sumilla : DEMANDA DE PAGO DE
BENEFICIOS SOCIALES
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO
DIEGO EDUARDO SALAZAR CASTILLO,
Identificado con DNI Nº 54852246, con dirección domiciliaria en Calle
Moquegua Nº 525 y señalando domicilio procesal en la Calle Lima Nº 539-A
interior Oficina Nº 04 de esta ciudad de Moquegua; ante Ud. con el debido
respeto me presentó y expongo:
I. DEMANDADOS
1.1. Gobierno Regional de Moquegua,
Debidamente con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad
de Moquegua.
1.2. Procurador Público Regional del
Gobierno Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Av. Simón
Bolívar Nº 634, de esta ciudad de Moquegua.
II. SITUACIÓN LABORAL DEL DEMANDANTE
III. PETITORIO
Invocando interés y legitimidad para obrar
Por derecho propio, interpongo pretensiones de:
Régimen y
Condición
Trabajador Individual – Régimen Especial de Construcción
Civil
Tiempo de Servicios
11 meses y 13 días
Cargo
desempeñado
. Oficial 09.09 al 29-09-2009
operario 01.10 al 31.12.2009; 19.07 al 31.12.2009 y 01.06
al 31.07.2010.
Última
Remuneración
S/. 1,000.00 nuevos soles
3.1. Pretensión Principal
Reintegro de derechos y beneficios
sociales de acuerdo al Régimen Especial de Construcción Civil, por concepto
de:
3.2. Pretensión Accesoria
El Pago de intereses legales
al no haberse pagado los derechos laborales en forma oportuna.
IV. FUNDAMENTOS DE HECHO
4.1. Laboré para el Gobierno Regional
de Moquegua como oficial y operario en diferentes obras (Red Agua Potable
Mejoramiento S.S. Abastecimiento A.P. Inst. Reservorio Agua Potable COGRI
OMATE, Mejoramiento Planta de Tratamiento Aguas Residuales Sistema de
Agua La Pampilla y Ampliación Electrificación de Asentamiento Humano SAN
ANTONIO), las mismas que por su propia naturaleza son consideradas como
obras de construcción civil de acuerdo al CIIU categoría F, Código 45 de la
revisión 03.
4.2. Bajo ese contexto, debió de
habérseme pagado bajo el Régimen Laboral Especial de Construcción Civil, sin
embargo se me pagó como si fuera del Régimen Laboral Común de la
Actividad Privada; siendo así, corresponde que se me reintegre los derechos y
beneficios sociales reclamados conforme éste Régimen Laboral, así como los
intereses legales generados.
Concepto Monto S/.
Salarios
Salarios Jornales Básicos 10,629.93
Bonificación por Movilidad837 837
Bonificación Única de Construcción Civil 2,771.44
Compensación por Tiempo de Servicios 1,107.65
Vacaciones 2,647.43
Gratificaciones 923.57
Total 18,917.02
V. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
1. El Decreto Supremo Nº 07-77-TR, que
Preceptúa que los trabajadores eventuales especializados en obras de
Construcción Civil, que ejecutan el estado y los particulares, deberán ser
pagados por el Régimen de Construcción Civil.
2. Las normas procesales en Materia
Laboral prevista en la Ley Nº 26636 y supletoriamente en el Código Procesal
Civil.
3. El Decreto Legislativo 650 que regula lo
Relativo a la Compensación de Tiempo de Servicios.
3. El Decreto Legislativo 713 que regula lo
Concerniente a las Vacaciones y gratificaciones
VI. MONTO DEL PETITORIO
S/. 18,917.02 nuevos soles.
VII. VÍA PROCEDIMENTAL
Proceso Ordinario Laboral de conformidad c
con el artículo 61 de la Ley 26636.
VIII. MEDIOS PROBATORIOS
1. Certificado de Trabajo en original del
período laboral comprendido entre el 09 al 30 de septiembre de 2007.
2. Certificado de Trabajo en original del
período laboral comprendido entre el 01 al 31 de diciembre de 2007.
3. Boletas de Pago en original del periodo
2007, 2008 y 2009. La Exhibición que efectuará la demandada del Expediente
Técnico de las obras en las que laboré, a fin de determinar si éstas superan las
50 U.I.T.
4. Pericia Laboral que deberá ser practicada
por la Perito Contable de la Corte Superior de Justicia de Moquegua a fin de
que determine el monto total que se me adeuda.
IX. ANEXOS
Anexo 1.A: Copia de DNI.
Anexo 1.B: Certificado de Trabajo en original
del período laboral comprendido entre el 09 al 30 de septiembre de 2007.
Anexo 1.C: Certificado de trabajo en original
del período laboral comprendido entre el 01 al 31 de diciembre de 2007.
Anexo 1.D: Boletas de Pago en original
del período 2007, 2008 y 2009.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. pido se sirva dar trámite a la demanda
Interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad,
conforme a ley.
Moquegua, 20 de junio de 2011.
………………………. …………………………………..
Abogado Diego Eduardo Salazar Castillo
DNI Nº 54852246