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1 Carta de Servicios 2014-2017 Proteja el medio ambiente. No imprima si no es imprescindible Edita: MINHAP NIPO: 630-14-025-1 Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz GOBIERNO DE ESPAÑA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN EXTREMADURA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BADAJOZ

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Carta de Servicios2014-2017

Proteja el medio ambiente. No imprima si no es imprescindible

Edita: MINHAPNIPO: 630-14-025-1

Delegación del Gobierno

en Extremadura y Subdelegación

del Gobiernoen Badajoz

GOBIERNODE ESPAÑA

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN EXTREMADURA

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BADAJOZ

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN .........................................................................................................................2DATOS IDENTIFICATIVOS Y FINES DE LA ORGANIZACIÓN U ORGANISMO ........................2I.- RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS POR LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN

EXTREMADURA Y SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BADAJOZ ...........................31º. Información y atención ciudadana y registro. – 060.es ..............................................32º. Unidad de coordinación contra la violencia sobre la mujer .........................................43º. Unidad de protección civil ...........................................................................................44º. Derechos fundamentales ...........................................................................................6

- 4.1. derechos ciudadanos y seguridad ciudadana ................................................6- 4.2 infracciones administrativas .............................................................................7

5º. Jurado provincial de expropiación forzosa de badajoz ...............................................96º. Comisión de asistencia jurídica gratuita ......................................................................9

II.- ÁREAS INTEGRADAS EN LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BADAJOZ. .........91º. Área de sanidad y politica social .................................................................................92º. Área de agricultura. ..................................................................................................113º. Área de industria y energía .......................................................................................124º. Área de alta inspección de educación .......................................................................135º. Área de fomento ........................................................................................................14

5.1 Instituto Geográfico Nacional ...........................................................................156º. Área de trabajo e inmigracion ..................................................................................15

6.1 Oficina de Extranjería de Badajoz: ...................................................................15III.- NORMATIVA REGULADORA .............................................................................................17IV.- DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS .........................................................27V.- COMPROMISOS DE CALIDAD .........................................................................................28VI.- INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD ................................................28VII.- MEDIDAS DE SUBSANACIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO ...................................29VIII.- FORMAS DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS EN LA MEJORA DE LOS SERVICIOS ...........................................................29IX.- FORMAS DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS ......................................30X.- MEDIDAS QUE ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO, QUE ATIENDAN A LA DIVERSIDAD, QUE FACILITEN EL ACCESO AL SERVICIO Y QUE MEJOREN LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN ..............................................................................30XI.- SISTEMAS NORMALIZADOS DE GESTIÓN DE CALIDAD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y RELACIONES CON LOS CIUDADANOS ..31XII.- HORARIOS OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO - REGISTRO

DE DOCUMENTOS ............................................................................................................32XIII.- DIRECCIONES POSTALES, TELEFÓNICAS Y TELEMÁTICAS .......................................32XIV.- IDENTIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA DE .

SERVICIOS ........................................................................................................................34XV.- PLANOS DE SITUACIÓN ...................................................................................................35

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

PRESENTACIÓN

Todos los ciudadanos, a la hora de dirigirse a los servicios que ofrece la Delegación del Gobierno en Extremadura deben ser conocedores de que le asisten unos derechos. De esos derechos y del compromiso por la gestión de calidad de la Administración, habla esta Carta de Servicios.

En ella, cualquier ciudadano puede conocer qué clase de servicio se pone a su disposición y cuáles son los compromisos que adopta la Administración para que esa atención cumpla unos criterios de calidad.

En la Delegación del Gobierno en Extremadura, para conseguir esa excelencia, actuamos por el principio de mejora continua de los servicios públicos en función de las demandas ciudadanas. De esta manera posibilitamos la transparencia y la información, la participación y consulta a los usuarios, así como la responsabilización de los gestores públicos.

Desde este punto de vista, queremos manifestar que todos los comentarios y sugerencias que nos hagan llegar los ciudadanos sobre los aspectos de los servicios de la Delegación, nos servi-rán de ayuda para mejorar nuestras prestaciones y ajustarlas a las expectativas.

Desde la Delegación del Gobierno en Extremadura agradecemos la atención de todos y espera-mos que este documento sea útil.

DATOS IDENTIFICATIVOS Y FINES DE LA ORGANIZACIÓN U ORGANISMO

La Delegación del Gobierno en Extremadura es un órgano periférico de la Administración General del Estado, que tiene su sede en la ciudad de Badajoz y que se encuentra adscrito or-gánicamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El diseño de las Delegaciones actuales surge como respuesta al Estado de las Autonomías, y a la búsqueda de una mayor eficacia de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas. Así, se establece una Delegación del Gobierno en cada Comunidad Autónoma, con la función de gestionar y prestar los servicios públicos competencia del Gobierno de España, en dicho territorio.

Por tanto, el ámbito espacial de la Delegación del Gobierno en Extremadura se corresponde con el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y está integrada por dos Subdelegacio-nes, con sede en la capital de cada provincia, Badajoz y Cáceres.

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La función de la Delegación del Gobierno se concreta por medio de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en tareas representativas, de direc-ción, de gestión y de cooperación, extendiéndose a todo el territorio de la C.A., donde ostenta la representación del Gobierno de España.

I.- RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS POR LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN EXTREMADURA Y SUBDELEGACIÓN DEL GO-BIERNO EN BADAJOZ

1º. INFORMACIÓN Y ATENCIÓN CIUDADANA Y REGISTRO. – 060.es

Estos servicios se prestan de manera presencial, vía telefónica, por escrito o por correo electró-nico. Concretamente, abarca los siguientes aspectos:

- Asesoramiento y búsqueda de legislación.

- Información sobre ofertas de empleo público de la AGE, Comunidades Autónomas, Admi-nistración Local y Unión Europea: información y recepción de solicitudes.

- Información general sobre servicios de las Administraciones Públicas (ubicación de ofici-nas, teléfonos, competencias,…).

- Información sobre los boletines y diarios oficiales.

- Información sobre premios, becas, ayudas y subvenciones (boletines semanales).

- Información sobre las convocatorias de cursos.

- Información y tramitación de solicitudes de termalismo y vacaciones del IMSERSO.

- Tramitación, confección y entrega de los carnés de intérpretes jurados de la provincia y realización del Registro de los mismos.

- Registro:

- Registro de Entrada de documentos (y compulsa de todos los documentos que se acompa-ñen cuando lo requiera el trámite) dirigidos a Delegación, Subdelegación y Áreas integradas.

- Registro de Art. 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común (Ventanilla Única): a través de ventanilla se recoge, compulsa, en su caso, registra y se da curso a todos los documentos que vayan dirigidos a cualquier Órgano de las Administraciones Públicas (Estado, Comunidades Autó-nomas y Entidades Locales).

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- Oficina de Registro de la FNMT: Certificados de usuarios de Firma Electrónica de la FNMT, para personas físicas.

- Recepción y tramitación de quejas y sugerencias.

2º. UNIDAD DE COORDINACIÓN CONTRA LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER

Esta Unidad depende funcionalmente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y orgánicamente del titular de la Delegación del Gobierno y está adscrita a la Secretaria General.

En el caso de Extremadura, la Unidad de Coordinación asume también las funciones de la Uni-dad de Violencia con competencia provincial en Badajoz.

A tenor de lo establecido en al Instrucción Conjunta de los Ministerios de Trabajo e Inmigración, Interior y Política Territorial y Administraciones Públicas para el Seguimiento y Coordinación de las actuaciones por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en materia de Violencia de Género, de fecha 23 de febrero de 2007, sus funciones son:

- Elaboración de informes de ámbito autonómico.

- Coordinación de la información y los recursos destinados a proteger a las mujeres en situa-ción de riesgo.

- Apoyo a la protección integral de las víctimas de la violencia de género, si bien no se trata de un servicio de atención directa a las mujeres que padecen este tipo de violencia.

- Seguimiento de las situaciones de violencia de género, especialmente de las de mayor ries-go, con el objetivo de tener constancia permanente de la situación en la que se encuentran estas mujeres y de los recursos puestos a su disposición.

- Elaboración de informes periódicos con contenidos estadísticos, recursos disponibles, ac-tividades desarrolladas, propuestas de actuación, así como los informes referidos a los casos de fallecimientos por violencia de género.

3º. UNIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL

- Información y asesoramiento ciudadano en materia de protección civil.

- Actuaciones formativas y de divulgación en materia de protección civil.

- Planificación y gestión del nivel central de respuesta de emergencias y apoyo a planes de riesgos especiales de carácter territorial.

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- Colaboración y apoyo a los órganos competenciales de la Comunidad Autónoma en la catalogación y análisis de riesgos, en la elaboración de planes de emergencia y en otras materias demandadas por comisiones técnicas, grupos de trabajo o la Comisión Regional de Protección Civil de Extremadura.

- Colaboración con otras instituciones del Estado, Autonómicas y Locales, así como con empresas públicas y privadas titulares de servicios esenciales.

- Apoyo técnico a agrupaciones de voluntarios.

- Diseño en el marco de la comisión regional de protección civil del apoyo del Estado, dentro del nivel central de respuesta, a los riesgos contemplados en el Plan Territorial de Emer-gencias y aquellos otros aprobados y homologados por la Comisión Nacional de Protección Civil.

- Planificación, gestión (tanto técnica como administrativo), supervisión y mantenimiento de redes y sistemas de comunicación inalámbricos y satelitales propios que conforman el sis-tema integrado de Gestión de emergencias (SIGE, RECOSAT, RAR, REMAN Y REMER).

- Mantenimiento y actualización del catálogo de medios y recursos movilizables del Estado ante emergencias, para su integración en el catálogo nacional.

- Gestión ordinaria y tramitación de solicitudes de ayudas económicas al amparo del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catas-trófica, y se establece el procedimiento para su concesión (BOE de 19-3-2005). Desarrolla-do por ORDEN INT/277/2008, de 31 de enero (BOE de 12-2-2008).

- Seguimiento, apoyo, colaboración y difusión de situaciones de riesgo conjuntamente con el Instituto Nacional de Meteorología contempladas en el sistema de alertas ante fenómenos meteorológicos adversos.

- Seguimiento conjunto con el órgano competente de la Comunidad Autónoma de las emer-gencias de ámbito local, comarcal y autonómico.

- Colaboración y apoyo a la Dirección General de Protección Civil en la elaboración de estu-dios, análisis de riesgo, normativa, planes estatales y otras actuaciones propias.

- Dirección de planes de emergencia, conjuntamente con la Comunidad Autónoma de Extre-madura, cuando conforme a Ley se halle presente el interés general.

- Organización y realización de ejercicios y simulacros con los servicios, medios y recursos provinciales.

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4º. DERECHOS FUNDAMENTALES

- Tramitación de las comunicaciones previstas para el ejercicio del derecho de reunión (con-centraciones y manifestaciones).

- Procedimiento para establecer las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad en caso de huelga.

- 4.1. DERECHOS CIUDADANOS Y SEGURIDAD CIUDADANA

Seguridad Ciudadana/Seguridad Privada:

- Materias relacionadas con las Fuerzas de Seguridad del Estado.

- Autorización y/o denegación de apertura en establecimientos obligados a disponer de medi-das de seguridad, exención y dispensa de medidas de seguridad, y en general, otras auto-rizaciones que impliquen desplazamiento e informe por personal de la Administración: enti-dades bancarias, cajeros automáticos, estaciones de servicio y unidades de suministros de combustibles y carburantes, oficinas de farmacia, administraciones de lotería y despachos integrales de apuestas mutuas y establecimientos de juego, joyerías y platerías, galerías de arte y tienda de antigüedades.

- Autorizaciones de servicio de vigilancia privada con armas por personal autorizado de em-presa de seguridad; servicio de seguridad en polígonos industriales o urbanizaciones; ex-hibiciones esporádicas de joyería; cambio de uniformidad del personal de empresas de seguridad.

- Expedición certificaciones relativas a la habilitación como vigilantes de seguridad.

- Servicio policial sin uniforme reglamentario.

- Tramitación reclamaciones fallos en sistemas de seguridad de establecimientos comerciales.

Armas y Explosivos:

- Denegación y revocación de licencias de armas tipo “E”.

- Informar las solicitudes de licencia de armas tipo “B”.

- Autorización o denegación para dedicar un establecimiento a armería, talleres fabricación de cartuchería o productos pirotécnicos, establecimientos de venta de artículos pirotécni-cos; depósitos comerciales de explosivos (Cáp. máx. 10.000 Kg.); polvorines auxiliares de distribución a consumidores (Cáp. Máx. 50 Kg. o 500 detonadores).

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- Autorización o denegación para utilización habitual o eventual de explosivos con ámbito provincial; voladuras especiales; espectáculos pirotécnicos de más de 50 Kg.; concursos y actividades con armas de fuego.

- Tramitación situación armas de personal del Ministerio de Defensa.

Otras materias:

- Autorización de vuelos de publicidad aérea.

- Autorización instalación videocámaras de seguridad.

- Nombramiento de Coordinador de Seguridad en acontecimientos deportivos.

- Delegado Gubernativo en los festejos taurinos, herraderos y embarque de reses bravas.

- Demoliciones de fincas urbanas y elevación de pisos.

- Ejecución Forzosa.

- Tramitación informes sobre indultos.

- Tramitación informes acogida de menores.

- Estadísticas Violencia doméstica (Ordenes de Protección).

- 4.2 INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS

Tramitación de procedimientos sancionadores en materia de:

- Tenencia o utilización de armas reglamentarias o de explosivos catalogados, así como de armas prohibidas y de explosivos no catalogados, careciendo de las autorizaciones nece-sarias o con exceso en las limitaciones que las regulan.

- Omisión o insuficiencia en la adopción o eficacia de las medidas y precauciones necesarias para garantizar la seguridad de las armas o de los explosivos.

- Celebración de reuniones en lugares públicos o de manifestaciones, incumpliendo lo pre-ceptuado en la Ley Orgánica 9/83, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión.

- Consumo en lugares públicos o tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sus-tancias psicotrópicas, así como su tolerancia por parte de los titulares de establecimientos públicos donde se produzcan tales conductas.

- Aportación de datos falsos para la obtención de Licencias o documentos administrativos regulados en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciu-dadana.

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- Carencia de registros reglamentarios en las actividades con trascendencia para la seguri-dad ciudadana, así como las irregularidades en su cumplimentación:

∙ Hospederías.

∙ Desguaces o alquiler de vehículos a motor.

∙ Control de explosivos.

∙ Reparación de objetos usados.

∙ Compraventa de joyas y metales preciosos.

- Obstrucción a la función de inspección y control de los CC. y FF. de Seguridad del Estado.

- Desordenes públicos, cuando estos no constituyan infracción penal.

- Apertura de establecimientos o su funcionamiento careciendo de las medidas de seguridad obligatorias o su funcionamiento defectuoso, en:

∙ Entidades bancarias, Cajas de Ahorro y demás entidades de crédito.

∙ Joyerías, platerías, galerías de Arte y tiendas de antigüedades.

∙ Estaciones de servicios y unidades de suministro de carburantes.

∙ Oficinas de farmacia, Administraciones de Lotería, Despachos de Apuestas Mutuas y establecimientos de juego de azar.

- Carencia de documentación personal.

- Control e inspección de todo establecimiento público y de aquellas actividades recreativas cuya celebración suponga un riesgo para la seguridad ciudadana.

- Seguridad privada, en lo que respecta a infracciones que en esta materia puedan cometer:

∙ Empresas de seguridad.

∙ Personal que preste servicios de seguridad, tanto por cuenta propia como ajena.

∙ Usuarios de servicios y sistemas de seguridad.

- Normas para la prevención de actos violentos en los espectáculos deportivos y las posibles conductas infractoras cometidas, tanto por los organizadores y propietarios de las instala-ciones, como por los asistentes a dichos espectáculos.

- Infracciones en materia de extranjería, que pudieran cometer, tanto los ciudadanos extran-jeros residentes en España respecto a las obligaciones que les impone la legislación vigen-te, como los empresarios que les contraten ilegalmente o quienes promuevan, favorezcan o faciliten la inmigración clandestina, siempre que estas conductas no sean constitutivas de delito.

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5º. JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE BADAJOZ

Se gestiona la Secretaría del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, el cual tiene encomen-dada la determinación del justiprecio de los bienes y derechos expropiados por la Administración General del Estado.

6º. COMISIÓN DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

Se gestiona la Secretaría de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que tiene atribuida la competencia de reconocer, denegar o revocar el derecho a la asistencia jurídica gratuita, con-firmando o modificando las decisiones previamente adoptadas por los Colegios profesionales y efectuando las comprobaciones y recabando la información que se estimen necesarias.

II.- ÁREAS INTEGRADAS EN LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN BADAJOZ.

En la Delegación del Gobierno en Extremadura existen las Áreas funcionales de Sanidad y Po-lítica Social, Agricultura, Industria y Energía, Alta Inspección de Educación, Fomento, y Trabajo e Inmigración. Los directores de las Áreas funcionales dependen, bajo la superior dirección del Delegado del Gobierno en Extremadura, del Subdelegado/a del Gobierno en Badajoz.

1º. ÁREA DE SANIDAD Y POLITICA SOCIAL

- Centro de Vacunación internacional.

- Expedición del salvoconducto mortuorio para el traslado internacional de cadáveres.

- Coordinación con la Subdirección General de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad y la Consejería de Sanidad y Dependencia del Gobierno de Extremadura.

- Petición de medicamentos extranjeros.

- Recepción y tramitación de datos epidemiológicos y alertas sanitarias internacionales.

- Control sanitario en la aduana de Badajoz de productos de origen no animal, en nuestro Recinto aduanero habilitado (RAH).

- Formación y tramitación de títulos oficiales sanitarios de la UE.

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- Tramitación de Certificados para la Habilitación de Médicos Generalistas.

- Información y tramitación de formación sanitaria especializada.

- Tramitación de certificados para la habilitación de médicos generalistas.

- Tramitación de convocatoria para plazas de Formación Sanitaria Especializada.

- Manejo y gestión de los diferentes programas informático del Área.

- Emisión de informes analíticos.

- Remisión de informes para su diligencia en otras unidades.

- Recepción y tramitación de partes de especial control médico.

- Recepción y tramitación de medicamentos de especial control y seguimiento (Leponex).

- Emisión de Actas de destrucción, salvoconductos mortuorios, informes, oficios y notas.

- Recepción de sustancias estupefacientes procedentes de las FF. y CC. de Seguridad del Estado, Policías Locales y Centros Penitenciarios.

- Custodia de sustancias decomisadas pendientes de analítica.

- Gestión del Laboratorio de análisis de estupefacientes.

- Coordinación con la Agencia Española del Medicamento.

- Destrucción de drogas y sustancias estupefacientes.

- Asistencia a procesos judiciales en calidad de peritos.

- Inspecciones sanitarias a fábricas de Cosméticos y productos Sanitarios.

- Inspecciones sanitarias a Laboratorios de Protésicos Dentales.

- Captación de empresas susceptibles de inscripción en el Registro delegado de sustancias químicas catalogadas.

- Tramitación de expedientes de inscripción.

- Expedición de certificados de inscripción.

- Coordinación permanente con el Registro General.

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2º. ÁREA DE AGRICULTURA.

- Inspecciones conjuntas con la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural del Gobierno de Extremadura del plan anual de verificación y seguimiento de ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes e inversiones agrarias mediante planes de mejora.

- Verificación y seguimiento de cursos formativos organizados por el sector agroalimentario dentro del programa plurianual de formación.

- Certificación cursos realizados por cooperativas agroalimentarias de Extremadura dentro del convenio MAGRAMA-CCAE.

- Inspecciones del trabajo de campo de la encuesta de superficie y rendimientos de cultivos de carácter anual.

- Información y divulgación del Sistema Nacional de seguros agrarios.

- Realización de informes y estudios en materia de seguros agrarios.

- Gestión y despacho de la Vicepresidencia y Secretaría de la Comisión Territorial de seguros agrarios.

- Información y divulgación de ayudas al sector agrario.

- Información sobre programas y actividades del MAGRAMA.

- Seguimiento, estimación de daños y elaboración de informes en el marco de situaciones catastróficas en el sector agrario.

- Seguimiento e informes sobre campañas de promoción de productos agroalimentarios fi-nanciados por el MAGRAMA.

- Participación en Comisiones y Comités Regionales (asuntos taurinos, caza y pesca).

- Participación en Comisiones de Seguimiento de Convenios de colaboración entre MAGRA-MA y la Junta de Extremadura.

- Participación en el Consejo de MERCABADAJOZ.

- Cancelación de hipotecas derivadas de contratos del antiguo IRYDA y firma de escrituras públicas.

- Representación de la Delegación del Gobierno en los organismos colegiados de las Confe-deraciones Hidrográficas del Tajo y Guadiana.

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- Emisión y evacuación de informes sobre peticiones de concesión de agua para riego que se solicitan a las Confederaciones Hidrográficas.

- Emisión y evacuación de informes solicitados por los juzgados.

- Inspección y emisión de certificados de exportación de animales, productos de origen ani-mal y productos que intervienen en la alimentación animal a terceros países.

- Inspección y emisión de certificados fitosanitarios de exportación de vegetales y productos vegetales a terceros países.

- Inspección y Expedición de certificados FEGA para el pago de restituciones a la exportación de determinados productos (canales de vacuno y vino) a terceros países.

- Seguimiento, control y evacuación de informes sobre la distribución de alimentos proce-dentes de las existencias de intervención, entre las personas más necesitadas del reino de España.

- Participación en la organización y desarrollo de las actividades a realizar en Extremadura en materia de Ferias, Mercados, Congresos y Jornadas Técnicas con participación del MA-GRAMA.

3º. ÁREA DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

- Asesoramiento, inspección e informe preceptivo para:

∙ Consumos de explosivos (habitual y eventual).

∙ Instalación de depósitos comerciales y auxiliares de explosivos.

∙ Instalación de armerías, cartucherías y venta de productos pirotécnicos.

∙ Instalación de campos de tiro, polígonos y galerías.

∙ Empresas de voladuras especiales.

∙ Talleres de pirotecnia y espectáculos de fuegos artificiales.

∙ Subvenciones del MITYC.

- Tramitación y autorización de puesta en servicio de:

∙ Refinerías, Gasoductos y oleoductos de la red nacional.

∙ Centrales, subestaciones y líneas eléctricas de alta tensión de la red nacional.

∙ Instalaciones nucleares y radioactivas de primera categoría.

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- Control y expedición de pedidos de explosivos.

- Control de uso de explosivos y “Libros Registro”.

- Examen y expedición de cartillas de artilleros.

- Seguimiento de convenios.

4º. ÁREA DE ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN

- Revisión de la normativa y disposiciones elaboradas por la Comunidad Autónoma, de cara a comprobar su adecuación con la normativa básica estatal.

- Tramitación y propuesta, en su caso, de homologaciones/ convalidaciones de estudios/títulos extranjeros no universitarios.

- Tramitación de solicitudes de homologaciones de títulos extranjeros universitarios.

- Tramitación de expedientes de reconocimiento y acreditación de títulos europeos mediante aplicación de Directivas Comunitarias.

- Anotación en el registro de títulos académicos recibidos, y entrega de los mismos a los interesados.

- Tramitación de expedientes de solicitud de titulaciones de especialidades médicas sanitarias.

- Selección del personal laboral de apoyo a las Unidades de Gestión de Becas, en la Con-sejería de Educación del Gobierno de Extremadura y en la Universidad de Extremadura, y tramitación de sus expedientes de contratación.

- Información sobre las distintas convocatorias anunciadas por el Ministerio de Educación.

- Colaboración en la celebración de exámenes a los alumnos que realizan estudios a distan-cia en nuestra Comunidad Autónoma.

- Información sobre trámites para la legalización y traducción de documentos expedidos en el extranjero.

- Información sobre direcciones postales, telefónicas y telemáticas de las representaciones Diplomáticas de otros países en España.

- Información sobre los intérpretes oficiales registrados en España.

- Elevar al Portal del Ministerio de Educación las diferentes noticias aparecidas en prensa sobre educación.

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- Elevar al Portal del Ministerio de Educación las diferentes normativas sobre educación.

- Legalización de Títulos y Documentos universitarios oficiales que han de surtir efecto en el extranjero.

5º. ÁREA DE FOMENTO

- Tramitaciones de Denuncias, Sanciones y Demoliciones.

- Elaboración de Estadísticas de edificación de viviendas de la Comunidad Autónoma, co-municación con los Ayuntamientos facilitando informes, requerimientos, así como todo lo relacionado con el tema.

- Seguimiento de las obras de construcción de la Línea de Alta Velocidad y reuniones con sus responsables.

- Información que nos soliciten los administrados referentes a la información publica sobre necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, cuya expropiación es nece-saria para la ejecución de las obras. Recibir y tramitar las alegaciones que se presenten.

- Todos los temas relacionados con las Expropiaciones.

- Informar a Delegado y Subdelegada del Gobierno cuando lo requieran, de la situación de obras y expropiaciones.

- Tramitación de expedientes sancionadores por infracción de la Ley de Ferrocarriles.

- Información que nos soliciten los administrados referente a lo expedientes de expropiación Forzosa, así como tramitar las alegaciones que se presenten.

- Vivienda: Asesoramiento directo y tramitación de expedientes sobre:

∙ Amortización anticipada de créditos hipotecarios.

∙ Cancelaciones de hipotecas.

∙ Cancelaciones de condiciones resolutorias.

∙ Provisiones de fondos.

- Transporte: Asesoramiento directo en:

∙ Licencias comunitarias.

∙ Transporte internacional.

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5.1 Instituto Geográfico Nacional

- Información sobre:

∙ Datos de las estaciones de Nivelación de Alta Precisión.

∙ Datos de las coordenadas UTM de los Vértices Geodésicos de la Red.

∙ Datos sísmicos de la localización de eventos sísmicos.

- Atención a consultas sobre:

∙ Interpretación de los bienes demaniales existentes en la cartografía de la serie MTN50 y MTN25: caminos vecinales, vías pecuarias, arroyos, regatos, etc., que están en conflicto con interese privados del consultante.

∙ Límites jurisdiccionales de los términos municipales.

∙ Datos cartográficos históricos archivados en el Servicio.

∙ Antecedentes cartográficos de las redes de Vías Pecuarias (cañadas, cordeles, vere-das) de la región.

6º. ÁREA DE TRABAJO E INMIGRACION

- Expedientes derivados de la gestión del contingente: expedientes de contratos en origen para contratación temporal; autorización de residencia y trabajo (Régimen General y Pro-cedimientos Especiales) y para titulares de visado de búsqueda de empleo. Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

- Atención a la emigración. Certificados de emigrantes retornados. Control y gestión de ayu-das a inmigrantes retornados. Certificados de pensionistas y certificados de jornadas reali-zadas en Portugal.

- Asistencia sanitaria en el exterior. Facilitar el acceso a la asistencia sanitaria a familiares de emigrantes españoles.

- Autorización de salarios de tramitación por cuenta del Estado.

- Diligencia de los libros y registros que deben llevar las Mutuas.

- Seguimiento de préstamos del Fondo Nacional de Protección al trabajo.

6.1 Oficina de Extranjería de Badajoz:

- Atención al público e información general sobre régimen de Extranjería.

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- Recepción, tramitación y resolución de expedientes de:

∙ Autorizaciones de residencia.

∙ Autorizaciones de trabajo.

∙ Autorizaciones de residencia no lucrativas.

∙ Autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales.

∙ Autorizaciones de residencia de familiares de ciudadanos de la UE.

∙ Renovación de los distintos tipos de autorizaciones.

∙ Prórroga de estancia por estudios.

∙ Prórroga de estancia.

∙ Cédulas de inscripción.

∙ Tramitación procedimientos sancionadores por infracción a la normativa en materia de extranjería y en régimen comunitario.

∙ Autorizaciones de regreso.

∙ Repatriación de menores extranjeros en situación de desamparo y Autorización de resi-dencia para aquellos que estén bajo la tutela de los servicios de protección de menores del Gobierno de Extremadura.

∙ Devolución de ciudadanos extranjeros.

∙ Tramitación y entrega de la tarjeta de identidad de extranjeros y de estudiantes.

∙ Informes gubernativos de reagrupación familiar.

∙ Informes gubernativos de estancia de menores no acompañados.

∙ Informes gubernativos de adopciones internacionales.

∙ Expedientes de regularización y arraigo.

∙ Expedición de certificados.

∙ Tramitación y resolución de recursos administrativos.

- Elaboración de estadísticas en materia de extranjería e inmigración.

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III.- NORMATIVA REGULADORA

-Normativa general – Organización y estructura:

El Derecho de Petición, recogido en el artículo 29 de la Constitución española y en la Ley Orgá-nica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición (BOE del 13).

Art. 154 de la Constitución Española de 1978, que hace referencia al Delegado del Gobierno en las CC.AA.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 de noviembre).

Ley 6/1997, de 14 de Abril (BOE del 23), de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (BOE 15 de abril).

Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE del 23), de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servi-cios Públicos.

Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto (BOE del 20), de integración de servicios periféricos y de estructura de las Delegaciones del Gobierno.

Real Decreto 1448/2000, de 28 de julio (BOE 4 de agosto), por el que se crean las áreas funcio-nales de Alta Inspección de Educación integradas en las Delegación del Gobierno.

Real Decreto 942/2010, de 23 de julio (BOE 5 de agosto), de reestructuración de diversas Áreas funcionales integradas en las Delegaciones del Gobierno.

Real Decreto 617/1997, de 25 de abril (BOE 3 de mayo), de Subdelegados del Gobierno y Direc-tores Insulares de la Administración General del Estado.

Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero (BOE 4 marzo), por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano.

Real Decreto 951/2005, de 29 de julio (BOE 3 de septiembre), por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

Ley 6/1997 de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la AGE.

Orden de 7 de noviembre de 1997 que desarrolla el RD 1330/1997 de 1 agosto (estructura de las Delegaciones del Gobierno).

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (BOE nº 103, de 30 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los ex-tranjeros en España y su integración social.

Real Decreto 429/1993 de 26 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de los procedimien-tos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial.

Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Orden de 27 de septiembre de 1999, por la que se aprueba el Manual de Imagen Institucional de la AGE.

Real Decreto 1465/1999 de 17 de septiembre por el que se establecen criterios de imagen ins-titucional.

Real Decreto 951/2005 de 29 de julio por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la AGE.

Resolución de 23 de mayo de 2007 sobre impulso del programa de mejora de reglamentación y reducción de cargas administrativas.

-Unidad de Coordinación contra la Violencia sobre la Mujer:

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre (BOE del 29), sobre medidas de protección integral contra la violencia de género.

Ley 27/2003, de 31 de julio (BOE 1 de agosto), reguladora de la Orden de Protección de las víctimas de la violencia doméstica.

Ley 35/95, de 11 de diciembre (BOE del 12), sobre ayudas y asistencias a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.

Instrucción conjunta de los Ministerios de Trabajo y Asuntos sociales, Interior y Política Territorial y Administración Pública para el seguimiento y coordinación de las actuaciones por las Dele-gaciones y Subdelegaciones del Gobierno en materia de violencia de género, de fecha 23 de febrero de 2007.

Ley 1/1996, de 10 de enero de asistencia gratuita.

RD 738/1997, de 23 de mayo por el que se aprueba el reglamento de ayudas a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

L.O. 14/1999, de 9 de junio de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Circular 6/2001 de la CGPJ sobre asistencia letrada a víctimas de violencia doméstica y Conve-nio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de la Abogacía española, para la implantación en los colegios de abogados de servicios de asistencia jurídica especializa-da a víctimas de violencia doméstica.

Ley 16/2003, de 8 de abril, de prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género.

Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de gé-nero en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno.

RD 355/2004, de 5 de marzo, por el que se regula el Registro Central para la protección de las víctimas de violencia doméstica.

RD 513/2005, de 29 de mayo, por el que se modifica el RD 355/2004, de 5 de marzo.

RD 237/2005, de 4 de marzo, por el que se establecen los rangos y funciones de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, prevista en la LO 1/2004 de 28 de di-ciembre.

Protocolo de actuación de 27 de abril de 2005, de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Se-guridad y de Coordinación con los órganos judiciales para la protección de víctimas de violencia doméstica y de género.

Circular nº 4/2005, de 18 de julio de la Fiscalía General del Estado, relativa a los criterios de apli-cación de la L.O. 1/2004 de protección integral contra la violencia de género.

RD 253/2006, de 3 de marzo, por el que se establecen las funciones, régimen de funcionamiento y composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.

L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

R.D. 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

-Protección Civil:

Ley 2/1985, de 21 de enero (BOE del 25), de Protección Civil.

Ley 3/2010, de 10 de marzo (BOE del 11), por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Real Decreto 407/1992, de 24 de abril (BOE 1 de mayo), por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto (BOE del 10), sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo (BOE del 24), por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, modificada por Real Decreto 1468/2008, de 5 de septiembre.

Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo (BOE del 19), por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión, modificado por el Real Decreto 477/2007, de 13 de abril.

-Derechos Fundamentales:

Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio (BOE del 18), reguladora del Derecho de Reunión, modifica-da por Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto y Ley Orgánica 9/1999, de 21 de abril.

-Derechos ciudadanos y seguridad ciudadana:

Ley Orgánica 11/2003, de 29 de septiembre (BOE del 30), de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros.

Ley Orgánica1/1992, de 21 de febrero (BOE del 22), sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Ley 23/1992, de 30 de julio (BOE 4 de agosto), de Seguridad Privada.

Ley 10/1990, de 15 de octubre (BOE del 17), del Deporte.

Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre (BOE 19 de enero), por el que se aprueba el Regla-mento de Seguridad Privada.

Real Decreto 137/1993, de 29 de enero (BOE 5 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero (BOE 12 de marzo), por el que se aprueba el Reglamen-to de Explosivos y Orden PRE/2426/2004, de 21 de julio (BOE del 22), por la que se determina el contenido, formato y llevanza de los Libros-Registro de movimientos y consumos de explosivos.

Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto (BOE 6 de noviembre), por el que se aprueba el Re-glamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero (BOE 9 de marzo), por el que se aprueba el Reglamen-to de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero (BOE 2 de marzo), que aprueba el Reglamento de Es-pectáculos Taurinos.

Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9), por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

RD 1778/1994 de 5 de agosto de otorgamiento, modificación y extinción de las autorizaciones administrativas.

L.O. 4/1997 de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.

RD 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

-Jurado Provincial de Expropiación Forzosa:

Ley de 16 de diciembre de 1954 (BOE del 17), sobre Expropiación Forzosa.

Decreto de 26 de abril de 1957 (BOE 20 de junio), por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

Ley 8/2007, de 28 de mayo (BOE del 29), del Suelo.

-Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita:

Ley 1/1996, de 10 de enero (BOE del 12), de Asistencia Jurídica Gratuita.

Real Decreto 996/2003, de 25 de julio (BOE 7 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.

-Sanidad y Política Social:

Ley 4/2009, de 15 de junio (BOE del 16), de control de precursores de drogas.

Ley 14/1986, de 25 de abril (BOE del 26), General de Sanidad.

Ley 29/2006, de 26 de julio (BOE del 27), de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio (BOE 10 de julio), sobre funciones del Ministerio de Sa-nidad y Consumo en materia de Sanidad Exterior.

Real Decreto 853/1993, de 4 de junio (BOE 1 de julio), sobre ejercicio de las funciones de Médi-co de Medicina General en el Sistema Nacional de la Salud (de homologación títulos Medicina General).

Decreto 2263/1974, de 20 de junio (BOE 17 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, e Instrumento Internacional de fecha 21 de octubre de 1993, sobre traslados de cadáveres al exterior.

Estatuto de la Agencia Española del Medicamento: Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo (BOE del 31).

Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre (BOE 6 de noviembre), por el que se regulan los pro-ductos sanitarios.

Orden de 20/1/94 (BOE 4 de febrero), por la que se fijan modalidades de control sanitario a productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano y los recintos aduaneros habilitados para su realización.

Convención Única de 1961, sobre estupefacientes.

Ley 17/1967, de 8 de abril, de Estupefacientes.

Convenio sobre sustancias psicotrópicas de 1971.

Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regula la fabricación, distribución, pres-cripción y dispensación de sustancias y preparados psicotropos.

Convención de las Naciones Unidas de 1988, contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustan-cias psicotrópicas.

RD 363/1995, de 10 de marzo, Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasifica-ción, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

RD 1599/1997, de 17 de octubre de Productos Cosméticos.

RD 255/2003, de 28 de febrero, Reglamento sobre clasificación envasado y etiquetado de pre-parados peligrosos.

Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

Reglamentos comunitarios 852, 853 y 854 del año 2004.

Reglamento CE 136/2004 de la Comisión de 22 de enero de 2004, de procedimientos de control veterinario en los puestos de inspección fronterizos de la comunidad de los productos importados de terceros países.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Reglamento Sanitario Internacional, de mayo de 2005.

Ley 33/2011, General de Salud Pública de 4 de octubre.

Orden SPI/2136/2011 de 19 de julio, por la que se fijan las modalidades de control sanitario en frontera por la inspección farmacéutica y se regula el sistema informático de la inspección farma-céutica de sanidad exterior.

-Agricultura:

Ley 19/1995, de 4 de julio (BOE del 5), de Modernización de las Explotaciones Agrarias.

Ley 87/1978, de 28 de diciembre (BOE 12 de enero), de Seguros Agrarios Combinados.

Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE del 25), de Sanidad Animal.

Ley 43/2002, de 20 de noviembre (BOE del 21), de Sanidad Vegetal.

Reglamento (CE) 2339/2003, de la Comisión de 30 de diciembre de 2003. El Reglamento 3730/1987 fue derogado por el Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007 (DO L 299 de 16 de noviembre).

RD 1430/1992, de 27 de noviembre, de controles veterinarios e identidad de animales a terceros países.

RD 556/1998, de 2 de abril, Normas de expedición de certificados.

RD 2353/2004, de 23 de diciembre, Regímenes de Ayuda Comunitarios a la agricultura y ganadería.

Ley 32/2007 de 7 de noviembre para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

-Industria y Energía:

Ley 21/1992, de 16 de julio (BOE del 23), de Industria.

Ley 25/1964, de 29 de abril (BOE 4 de mayo), sobre Energía Nuclear.

Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero (BOE 12 de marzo), por el se aprueba el Reglamento de Explosivos.

Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre (BOE del 31), por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radioactivas.

Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE del 8), del Sector de Hidrocarburos.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE del 27), por el que se aprueba el Reglamento de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de ins-talaciones de energía eléctrica.

Real Decreto 863/1985, de 2 de abril (BOE 12 de junio), por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (Área de Explosivos), e Instrucciones Técnicas Complementarias.

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico.

-Alta Inspección de Educación:

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación y disposiciones complementarias.

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).

Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre (BOE del 24), de Universidades.

Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE 3 de enero), por el que se establece la orde-nación general de la formación profesional del sistema educativo. (Este real decreto deroga al R.D. 777/1998, de 30 de abril, excepto sus anexos, y modifica el anexo III).

Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio (BOE del 20), de las Cualificaciones y de la Formación Pro-fesional.

Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (BOE 4 de marzo), por el que se regulan las condicio-nes de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.

R.D. 104/1988, de 29 de enero (BOE 17 de febrero), en materia de homologación y convalidación de títulos y estudios no universitarios.

Acceso a la universidad: Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre (BOE del 24). El Real De-creto 69/2000, de 21 de enero, queda derogado excepto el capítulo V. El Real Decreto 990/2000, de 2 de junio, modifica y completa el Real Decreto 1640/1999. Real Decreto 69/2000, de 21 de enero: derogado, excepto Capítulo V, por Real Decreto 1742/2003, y éste por Real Decreto 1892/2008.

Real Decreto 480/1981, de 6 de marzo (BOE del 21), sobre el funcionamiento en el País Vasco y Cataluña de la Alta Inspección del Estado en materia de enseñanza no universitaria.

Real Decreto 1448/2000, de 28 de julio (BOE 4 de agosto), por el que se crean las áreas funcio-nales de Alta Inspección de Educación integradas en las Delegaciones del Gobierno en las CC. AA, entre ellas, Extremadura.

Real Decreto 1086/2009, de 3 de julio (BOE del 7), por el que se modifica y desarrolla la estruc-tura orgánica básica del Ministerio de Educación.

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Delegación del Gobierno en Extremadura y Subdelegación del Gobierno en Badajoz

Orden ECI/3686/2004, de 3 de noviembre (BOE del 15), desarrolla la aplicación del R.D. 285/2004.

Referencia normativa de la Alta Inspección en el Estatuto de Autonomía de Extremadura: Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero (BOE del 26).

-Fomento:

Decreto de 8 de febrero de 1946 (BOE del 27), por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.

Ley 16/1987, de 30 de julio (BOE del 31), de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE 8 de octubre), por el que se aprueba el Re-glamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Ley 25/1998, de 29 de julio, de carreteras y Reglamento.

Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.

-Trabajo e Inmigración y Extranjería:

Real Decreto 924/1982, de 17 de abril (BOE 13 de mayo), sobre salarios de tramitación en juicios por despidos.

Real Decreto Ley 1/1995, de 24 de marzo (BOE del 29), del Estatuto de los Trabajadores.

Real Decreto Ley 1/1994, de 20 de junio (BOE del 29), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Real Decreto 8/2008, de 11 de enero (BOE del 24), por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.

Orden TAS/358/2005, de 14 de febrero, bases reguladoras de concesión de ayudas y subven-ciones correspondientes a los programas de actuación a favor de los españoles emigrantes retornados. Derogado en cuanto se oponga por Orden TAS/562/2006, y ésta ídem por Orden TAS/874/2007.

Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo (BOE 5 de abril), por la que se establecen las bases re-guladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados.

Ley 3/2005, de 18 de marzo (BOE del 21), de prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y Orden TAS/1967/2005, de 24 de junio, que la desarrolla.

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Orden PRE/1700/2002, de 5 de julio (BOE del 6), por la que se crean las Oficinas de Extranjeros en Cáceres y Badajoz.

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero (BOE del 12), sobre derechos y libertades de los extranje-ros en España y su integración social.

Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (BOE nº 103, de 30 de abril), por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los ex-tranjeros en España y su integración social.

Ley 12/2009, de 30 de octubre (BOE del 31), reguladora del derecho de asilo y de protección subsidiaria.

Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero (BOE del 28), sobre entrada, libre circulación y resi-dencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

- Administración electrónica:

Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.

Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

Real Decreto 589/2005 de 20 de mayo por el que se reestructuran los órganos colegiados res-ponsables de la Admon. Electrónica.

Ley 11/2007 de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Real Decreto 899/2009 de 22 de mayo por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.

Real Decreto 1671/2009 de 6 de noviembre por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007 de 22 de junio.

Orden PRE/878/2010 de 5 de abril por el que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica.

Orden TAP/953/2011 de 12 de abril por la que se aprueba la nueva imagen promocional de las actividades de la administración electrónica y se establecen los criterios para su utilización.

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IV.- DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS

Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen unos derechos, recogidos principalmente en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pú-blicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE de 23-6-2007).

Entre ellos se destacan:

- A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.

- A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

- A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los ori-ginales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento.

- A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

- A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.

- A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las dis-posiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

- Al acceso a los registros y archivos de las Administraciones Públicas en los términos pre-vistos en la Constitución y en las Leyes.

- A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

- A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.

De manera más concreta, los ciudadanos tienen derecho en sus relaciones con este Órgano a:

- Recibir información de interés general de manera presencial, telefónica, informática o tele-mática.

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- Ser atendidos directa y personalmente.

- Obtener la información administrativa de manera eficaz y rápida.

- Ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos que dirijan a las auto-ridades administrativas de la AGE conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

- Tener garantizado el ejercicio del derecho de reunión y manifestación y del sufragio activo en elecciones de ámbito nacional.

V.- COMPROMISOS DE CALIDAD

La relación de servicios prestados por la Delegación del Gobierno, según se plasman en la Carta de Servicios, así como los derechos concretos de los ciudadanos que se recogen en esta última, se prestarán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

1. La atención telefónica será inmediata, sin que en ningún caso, el tiempo de espera supere los tres minutos.

2. Consultas presenciales atendidas antes de 10 minutos.

3. La documentación presentada al amparo de la Ley de Procedimiento Administrativo Co-mún, artículo 38, se tramitará en un plazo máximo de 24 horas.

4. El plazo de contestación a los escritos de quejas y sugerencias no será superior a 18 días hábiles, desde su entrada en la Delegación/Subdelegación.

5. Tramitación y notificación de las resoluciones en materia de derechos fundamentales en el plazo máximo de 72 horas.

6. Tramitación de autorizaciones de consumo de explosivos y de fuegos artificiales en me-nos de 10 días hábiles.

7. Atención en el día, como mínimo, de todas las citas concertadas en vacunación interna-cional y, en un plazo máximo de 48 horas, las no concertadas.

VI.- INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

1. Porcentaje de llamadas telefónicas atendidas en plazo no superior a tres minutos.

2. Porcentaje de consultas presenciales atendidas antes de diez minutos.

3. Porcentaje de documentos presentados al amparo del artículo 38 de la LRJPAC, tramita-dos en el plazo máximo de 24 horas.

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4. Porcentaje de quejas y sugerencias contestadas en un plazo no superior a 18 días hábiles desde su recepción.

5. Porcentaje de tramitación y notificación de las resoluciones en materia de derechos fun-damentales en menos de 72 horas.

6. Porcentaje de tramitación de autorizaciones de consumo de explosivos y de fuegos artifi-ciales en menos de 10 días hábiles.

7. Porcentaje de citas concertadas atendidas en el día, y porcentaje de citas no concertadas atendidas antes de 48 horas.

VII.- MEDIDAS DE SUBSANACIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

En caso de que se produjese incumplimiento de alguno de los compromisos declarados en esta Carta, el ciudadano podrá plantear una reclamación por incumplimiento del compromiso. Las reclamaciones podrán dirigirse a la unidad responsable la Carta. Una vez realizado el oportuno reconocimiento de incumplimiento por parte del responsable del servicio interesado, el Delegado del Gobierno enviará al usuario un escrito de disculpa, dando cuenta de las medidas adoptadas para corregir la deficiencia del servicio prestado.

En ningún caso, el incumplimiento de los compromisos declarados en esta Carta dará lugar a reclamación patrimonial.

VIII.- FORMAS DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS CIU-DADANOS Y USUARIOS EN LA MEJORA DE LOS SERVICIOS

Los ciudadanos y los usuarios de los servicios de la Delegación y Subdelegación del Gobierno podrán colaborar y participar en la mejora de los servicios prestados a través de las siguientes vías:

1. Mediante la expresión de sus opiniones y valoraciones a través de las encuestas que periódicamente se realicen.

2. Mediante la formulación de quejas y sugerencias conforme a lo previsto en la presente Carta y en la legislación vigente.

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IX.- FORMAS DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS

Las quejas y sugerencias pueden formularse:

- A través del Buzón de Sugerencias.

- En la Oficina de Información, Atención al Ciudadano y Registro General (Oficina 060), cum-plimentando un formulario diseñado a tal efecto.

- Por correo postal a la siguiente dirección: Avda. de Europa, nº 1, C.P. 06071, de Badajoz.

- Mediante correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: [email protected]

En este último caso, las quejas y sugerencias deberán estar suscritas con la firma electrónica del interesado.

Recibidas las quejas y sugerencias en la dependencia afectada, ésta, en el plazo de veinte días y previas las aclaraciones que estime recabar del ciudadano, informará a éste de la actuaciones realizadas, y de las medidas, en su caso, adoptadas.

X.- MEDIDAS QUE ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO, QUE ATIENDAN A LA DIVERSIDAD, QUE FACILITEN EL ACCESO AL SER-VICIO Y QUE MEJOREN LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN

El personal que presta servicios en la Delegación del Gobierno en Extremadura/Subdelegación del Gobierno en Badajoz, asume como valores éticos del servicio público la integridad, la neutra-lidad, la imparcialidad, la transparencia en la gestión, la receptividad, la responsabilidad profesio-nal y el servicio a los ciudadanos. Además, en el desarrollo de su trabajo diario, velarán porque los ciudadanos sean tratados con la mayor consideración, con arreglo los principios de máxima ayuda, mínima molestia, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado.

Asimismo, el personal se compromete a facilitar a los interesados el acceso a los Archivos y Re-gistros al objeto de ofrecer información personalizada sobre cualquier asunto de su interés que sea competencia de la Delegación del Gobierno en Extremadura/Subdelegación del Gobierno en Badajoz, o bien orientarles sobre el órgano o unidad competente en cada caso, todo ello en el marco jurídico previsto en el artículo 37 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídi-co de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Delegación del Gobierno en Extremadura/Subdelegación del Gobierno en Badajoz se com-promete a adoptar medidas que aseguren la igualdad de género y corregir las actuaciones que impidan o dificulten el respeto al principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.

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XI.- SISTEMAS NORMALIZADOS DE GESTIÓN DE CALIDAD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y RELACIO-NES CON LOS CIUDADANOS

1. Gestión de calidad: mediante evaluaciones continuas con arreglo al modelo de calidad EFQM y con periodicidad anual, se irá trabajando para mejorar en un proceso permanente la calidad de la gestión pública, con especial incidencia en el observatorio de la calidad de los servicios, mediante consultas a los ciudadanos, y el establecimiento de controles internos de aquéllas, incluyéndose una actualización permanente de las bases de datos y de la información dispo-nible para mejorar la calidad de este servicio.

2. Prevención de riesgos laborales: mediante el Comité de Seguridad y Salud Laboral.

3. Medio ambiente: se han adoptado unos planes específicos para:

a. En materia de consumos, limitar o controlar el consumo de agua, energético (especialmente referido a la racionalización del uso de climatizadores, de la iluminación y ordenadores e im-presoras, elementos todos ellos que deberán estar apagados en los momentos de ausencia del trabajador).

b. En gestión de materiales:

i. Papel: 1. utilizarlo en doble cara.2. uso del papel ya escrito para borrador.

ii. Impresoras: configuración por defecto de impresoras láser-color en blanco y negro y a doble cara.

iii. Telefonía: 224 líneas de telefonía fija y restricción a 40 extensiones dotadas con sa-lidas a móviles y nacionales, y seguimiento del consumo de llamadas.

iv. Cartuchos de impresoras: una vez agotados, se reciclan en lugar de proceder a nue-vas adquisiciones.

c. Gestión de residuos: puntos limpios.

v. Instalación de contenedores de papel de deshecho y de pilas que sean recogidas por empresa especializada.

vi. Destrucción a través de máquina trituradora, de documentos que contengan “datos sensibles”.

4- Relaciones con los ciudadanos: potenciación de la comunicación de los ciudadanos con la Delegación del Gobierno en Extremadura/Subdelegación del Gobierno en Badajoz, a través de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos.

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XII.- HORARIOS OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIU-DADANO - REGISTRO DE DOCUMENTOS

- Lunes a viernes de 9 h. a 17,30 h. – Sábados: 9 h. a 14 h.

- Período estival (16 de junio a 15 de septiembre): lunes a viernes de 8 h. a 15 h.

Sábados: 9 h. a 14 h.

Oficina de Extranjería

-Horario: lunes a viernes de 9 h a 14 h.

-Cita previa: lunes a viernes de 9 h a14 h.

-Fax: 924 979 453

-Teléfono cita previa: 924 979 447

XIII.- DIRECCIONES POSTALES, TELEFÓNICAS Y TELEMÁTICAS

Provincia de Badajoz

A.- Direcciones postales:

Avda. de Huelva, nº 4, 06071 – BADAJOZ:

- Delegación del Gobierno en Extremadura.- Subdelegación del Gobierno en Badajoz.- Secretaría General.

Avda de Europa, nº 1, 06071 – BADAJOZ : Edificio Administrativo Servicios Múltiples:

- Áreas Funcionales.- Oficina de Extranjería.- Oficina 060.

C/ Díaz Brito, nº 12, 06071 BADAJOZ:

- Área de Fomento.- Instituto Geográfico Nacional.

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B.- Direcciones telefónicas y telemáticas:

Teléfono / Fax Correo Electrónico

Centralita924 97 90 00 Fax: 924 97 91 45 / 91 62 / 91 58

[email protected]

Información General Administrativa 924 97 94 64 [email protected]

Registro General 942 97 94 62 [email protected]

Información Extranjería 924 97 9447 [email protected]

[email protected]

Unidad Coordinación contra la

Violencia sobre la Mujer924 97 91 38 / 63 [email protected]

Protección Civil 924 97 91 21 / 44 [email protected]

Sección de Autorizaciones y

Derechos Ciudadanos 924 97 91 70 / 36 [email protected]

Infracciones Administrativas924 97 91 51 / 29

/ 64 / [email protected]

Área de Trabajo e Inmigración 924 97 94 13 [email protected]

Área de Industria 924 97 94 09 / 06 [email protected]

Área de Alta Inspección de Educación 924 97 94 03 [email protected]

Área de Agricultura 924 97 94 04 [email protected]

Área de Fomento 924 97 94 06 / 07 [email protected]

Instituto Geográfico Nacional 924 97 94 42 [email protected]

Área de Sanidad y Política Social 924 97 94 10 / 11 [email protected]

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C.- Formas de acceso:

- Paradas de autobús: Líneas 1-2-3-5-8 y 9 y microbuses (Plaza de la Libertad - traseras de Correos), C/Alonso de Celada y Avda. de Huelva);

- Línea 2 (Plaza Dragones Hernán Cortes);

- Líneas 3-5 y 9 (Avda. Fernando Calzadilla, Plaza de la Libertad - traseras de Correos);

- Líneas 4A y 4B;

- Líneas 2-3-4-5-6 y 9 (Avda. Fernando Calzadilla y Ronda del Pilar);

- Línea 6 (Avda. Fernando Calzadilla y C/ Alonso de Celada).

- Aparcamiento para personas con discapacidad en acera derecha (lateral al Edificio Delega-ción del Gobierno) de la Avda. de Huelva.

- Aparcamiento para personas con discapacidad frente al edificio de la Avda. de Europa.

XIV.- IDENTIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA UNIDAD RESPONSA-BLE DE LA CARTA DE SERVICIOS

La Secretaría General de la Delegación del Gobierno en Extremadura, responsable de la Carta de Servicios, será la encargada de velar por el cumplimiento de los compromisos proclamados en la Carta y de impulsar las pertinentes acciones de mejora.

La dirección de la misma es la siguiente: Avda. de Huelva, nº 4. 06071 - BADAJOZ.

Correo electrónico: [email protected]

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XV.- PLANOS DE SITUACIÓN

Delegación del Gobierno

Subdelegación del Gobierno

Área de FomentoI.G.N

BUS 4A, 4B y 6

BUS 1-2-3-4-5-6-8 y 9