Decreto Supremo 035 86 VC

1
Municipalidades de Lima Metropolitana del Callao y de Provincias remitirán anualmente al Consejo Nacional de Tasaciones los Planos Básicos de su Jurisdicción DECRETO SUPREMO Nº 035-86-VC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, entre las funciones que le han sido asignadas al Consejo Nacional de Tasaciones, Institución Pública Descentralizada del Sector Vivienda y Construcción, se consigna la relativa a la formulación y actualización de planos arancelarios de terrenos urbanos a nivel nacional; Que, para el cumplimiento de tales funciones, es necesario que, las Municipalidades de Lima Metropolitana, del Callao y de Provincias remitan al Consejo Nacional de Tasaciones, los Planos Básicos de su jurisdicción. De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Legislativos N° 6 y 63; DECRETA: Artículo Único.- Las Municipalidades de Lima Metropolitana, del Callao y de Provincias de todo el Territorio Nacional, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo remitirán anualmente al Consejo Nacional de Tasaciones los Planos Básicos de su jurisdicción incluyendo las nuevas áreas urbanas de la ciudad. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos ochentiséis. ALAN GARCIA PEREZ Presidente Constitucional de la República LUIS BEDOYA VELEZ Ministro de Vivienda y Construcción.

description

Decreto Supremo 035 86 VC

Transcript of Decreto Supremo 035 86 VC

Page 1: Decreto Supremo 035 86 VC

Municipalidades de Lima Metropolitana del Callao y de Provincias remitirán anualmente al Consejo Nacional de Tasaciones los Planos

Básicos de su Jurisdicción

DECRETO SUPREMO Nº 035-86-VC

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, entre las funciones que le han sido asignadas al Consejo Nacional de Tasaciones, Institución Pública Descentralizada del Sector Vivienda y Construcción, se consigna la relativa a la formulación y actualización de planos arancelarios de terrenos urbanos a nivel nacional;

Que, para el cumplimiento de tales funciones, es necesario que, las Municipalidades de Lima Metropolitana, del Callao y de Provincias remitan al Consejo Nacional de Tasaciones, los Planos Básicos de su jurisdicción.

De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Legislativos N° 6 y 63;

DECRETA:

Artículo Único.- Las Municipalidades de Lima Metropolitana, del Callao y de Provincias de todo el Territorio Nacional, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo remitirán anualmente al Consejo Nacional de Tasaciones los Planos Básicos de su jurisdicción incluyendo las nuevas áreas urbanas de la ciudad.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos ochentiséis.

ALAN GARCIA PEREZ

Presidente Constitucional de la República

LUIS BEDOYA VELEZ

Ministro de Vivienda y Construcción.

jbautista
Nota adhesiva
AHORA AREA DE VALORES DE LA DIRECCION GENERAL DE POLÍTICAS Y REGULACIÓN EN VIVIENDA Y URBANISMO DEL MVCS
jbautista
Rectángulo