Decreto 971 del 2011 Reglamentario del Artículo 29º de la Ley 1438 de 2010.
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Decreto 971 del 2011
Reglamentario del Artículo 29º de la Ley 1438 de 2010.
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CONTENIDO
1. Objeto
2. Propuesta para la administración y giro de los recursos del Régimen Subsidiado
3. Instrumento jurídico para la administración del Régimen Subsidiado
4. Seguimiento y control-ejecución de recursos por parte de los municipios
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OBJETO
• Regular la administración manejo y flujo de los recursos que financian y cofinancian del régimen subsidiado
• Definir las reglas de administración del régimen subsidiado para las entidades territoriales (artículo 29 y parcialmente el 119 de la Ley 1438)
• Establecer los lineamientos para el reporte e intercambio de información entre los entes territoriales, las EPS y la Nación
1. Objeto y alcance del decreto
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Propuesta para la administración y giro de los recursos del Régimen Subsidiado
Mecanismo propuesto•Seguimiento y control del aseguramiento de los afiliados a través de 2 instrumentos:• Técnico: Liquidación Mensual de Afiliados•Jurídico: Actos administrativos para ejecutar el presupuesto
Mecanismo actual •Contrato de Aseguramiento como requisito para el giro de la cofinanciación de FOSYGA y ejecución de recursos en el nivel territorial.•Control municipal a través de interventorias sobre los contratos de aseguramiento
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Administración actual antes de Ley 1438/11
CONTRATO DE ASEGURAMIENTO(INSTRUMENTO
JURIDICO)
PROCESOS PRESUPUESTALES PARA
LA EJECUCIÓN DE RECURSOS DEL RS-A
TRAVES DE LA CUENTA MAESTRA MUNICIPAL
POBLACION AFILIADA CARGADA
EN A BASE DE DATOS UNICA DE AFILIADOS BDUA
PAGO A EPS Y RED PRESTADORA A TRAVES DE LA DGAS SEGÚN EL
MONTO COMPROMETIDO EN LOS CONTRATOS
INTERVENTORIA DEL REGIMEN SUBSIDIADO
IVC MUNICIPIO:•Multas•Caducidad contrato•Terminaciòn unilateral•No renovación de contrato con EPS incumplida•Giro Directo para el municipio incumplido
MUNICIPIO-EPS
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CUENTA MAESTRA RÉGIMEN
SUBSIDIADO MUN.
EPS-S -1(bimestre
anticipado)
EPS-S -1(bimestre
anticipado)
EPS-S -n(bimestre
anticipado)
EPS-S -n(bimestre
anticipado)
IPS cápita Pública o Privada (mensual)
IPS cápita Pública o Privada (mensual)
33%
11%
Municipio tarda entre 1 y seis meses para recaudar todas las fuentes y debe pagar bimestre anticipado a cada EPS-S, para que esta a su vez pague a cada IPS.
55%
NACIÓN MUN –SGP
(mes vencido)
NACIÓN MUN –SGP
(mes vencido)
NACIÓN –FOSYGA(trimestre anticipado)
NACIÓN –FOSYGA(trimestre anticipado)
DEPTO -RENTAS CEDIDAS
(define cada depto)
DEPTO -RENTAS CEDIDAS
(define cada depto)
DEPTO -REGALIAS (trimestral o semestral)
DEPTO -REGALIAS (trimestral o semestral)
ETESA(mensual)
ETESA(mensual)
(MUN-ESFUERZO PROPIO)
(define cada municipio)
(MUN-ESFUERZO PROPIO)
(define cada municipio)
CCF(SSF)CCF(SSF)1%
Flujo de recursos hasta el 31 de marzo de 2011
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Administración del RS Propuesta
INSTRUMENTO•TECNICO•JURIDICO
RECURSOS ADMINISTRADO
S POR LA NACIÓN (SGP-
FOSYGA)
IVC –SUPERSALUD -AUDITORIA REGIMEN SUBSIDIADO
NACIÓN-EPSMUNICIPIO-EPS-IPS
RECURSOS ADMINISTRADOS
POR LOS MUNICIPIOS
(ESFUERZO PROPIO MUN Y DEPTO)
ACTO ADMINISTRATIVO-EJECUCION
ACTO ADMINISTRATIVO-ASIGNACION
NACIONAL
BDUA
LIQUIDACION MENSUAL DE AFILIADOS
GIRO A EPS GIRO A IPS
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GIRA EL MUNICIPIO MENSUAL
(cuenta maestra)
31%
12%
56%
NACIÓN MUN –SGP
(mes vencido)
NACIÓN MUN –SGP
(mes vencido)
NACIÓN –FOSYGA Y PGN
(trimestre anticipado)
NACIÓN –FOSYGA Y PGN
(trimestre anticipado)
DEPTO -RENTAS CEDIDAS
(define cada depto)
DEPTO -RENTAS CEDIDAS
(define cada depto)
DEPTO -REGALIAS (trimestral o semestral)
DEPTO -REGALIAS (trimestral o semestral)
ETESA(mensual)
ETESA(mensual)
(MUN-ESFUERZO PROPIO)
(define cada municipio)
(MUN-ESFUERZO PROPIO)
(define cada municipio)
CCF(SSF)CCF(SSF)1%
Flujo Decreto 971
GIRA EL MPS MENSUAL
EPS IPSLIQUIDACION MENSUAL DE AFILIADOS
IPS(prueba piloto)
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• Acto administrativo mediante el cual las entidades territoriales realizarán el compromiso presupuestal de la totalidad de los recursos destinados al régimen subsidiado para cada vigencia fiscal
• Por lo tanto las entidades territoriales ejecutarán su presupuesto con base en la Liquidación Mensual de Afiliados para el mes correspondiente, así mismo realizarán las afectaciones presupuestales
• Incluye
La población asegurada en cada entidad territorial y los potenciales beneficiarios de subsidios en salud.
El total de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado discriminados por fuente.
3. Instrumento jurídico y técnico para la administración de recursos del Régimen Subsidiado
INSTRUMENTO JURÍDICO
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3. Instrumento jurídico y técnico para la administración de recursos del Régimen Subsidiado
LIQUIDACIÓN MENSUAL DE AFILIADOS
• Con base en información reportada por la EPS y validada por las
entidades territoriales en BDUA, mediante lo establecido en la
Resolución 4712/10 , el Ministerio liquidará el monto a pagar a cada
EPS por afiliado y periodo.
• La responsabilidad por la información es de las EPS y de la
entidad territorial, así como sus posibles errores e inconsistencias
• La liquidación mensual de afiliados permitirá el reconocimiento
retroactivo de UPC hasta por un año, en todo caso este
reconocimiento será a partir de abril de 2011.
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3. Instrumento jurídico y técnico para la administración de recursos del Régimen Subsidiado
ANEXOS DE LA LIQUIDACIÓN MENSUAL DE AFILIADOS
• La liquidación mensual de afiliados contendrá en sus anexos el
detalle de los afiliados en cada periodo, el monto de la UPC
liquidada y las fuentes de recursos aplicadas para su
reconocimiento.
• Esta información estará dispuesta para las entidades territoriales a
más tardar el tercer día hábil de cada mes, en el FTP , con el
propósito de disponer los recursos para el pago por parte de los
municipios.
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SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL RS
• Las entidades territoriales continuarán siendo responsables por el seguimiento, y vigilancia del aseguramiento, para lo cual deberán entre otras controlar que las EPS cumplan con todas sus obligaciones frente al usuario.
• Las auditorías se podrán continuar realizando a través de las firmas contratadas hasta tanto la SNS reglamente la habilitación de las firmas auditoras
• La auditorías se podrán contratar entre varias entidades territoriales de forma conjunta
4. Seguimiento y control
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Aplicación de recursos 4. Aplicación de recursos del Régimen Subsidiado
De conformidad con lo establecido en la Ley 715 de 2001, los recursos que financian el RS se aplicaran así:
1. Recursos que administran directamente las Cajas de Compensación Familiar Art. 217 Ley100/93.
2. Recursos del Sistema General de Participaciones distribuidos mediante documento CONPES (136-138), aplicados a la vigencia fiscal 2011, es decir entre abril y diciembre.
3. Recursos de esfuerzo propio municipal y departamental, para 2011 de conformidad con lo informado por el departamento con respecto a sus rentas cedidas-regalías y a la disponibilidad de recursos por parte de sus municipios.
4. FOSYGA-Subcuenta de Solidaridad, completa el monto necesario para cubrir el total de la liquidación de afiliados por UPC-S, luego de aplicar las fuentes anteriores.
Nota: El esfuerzo propio de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la Ley 1122/07 corresponde a un valor absoluto y no a un número de cupos.
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EJECUCIÓN DE RECURSOS POR PARTE DE LOS MUNICIPIOS
Las entidades territoriales con menos de 100.000 habitantes ejecutaran presupuestalmente los recursos girados por la Nación (SGP-FOSYGA) sin situación de Fondos y los recursos de esfuerzo propio (Municipal y departamental) con situación de fondos a través del pago desde sus cuentas maestras por el monto informado por el Ministerio con cargo a cada EPS.
APROPIACION(CDP – RP)
COMPROMISOGIRO
(TESORERIA)EJECUCIÓN
MONTO ESTIMADO DE RECURSOS MPS
SGP-CONPES
ACTO ADMINISTRATIVO
MUNICIPAL ANUAL CON 100% FUENTES
LIQUIDACION MENSUAL DE
AFILIADOSCSF Y SSF
ESFUERZO PROPIO MUN-DEPTO DESDE CUENTA MAESTRA
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GRACIAS
4. Seguimiento y control