DECRETO 0228 de 2020 (FEBRERO 18) - normograma.info · 2020. 3. 22. · 20 Gaceta Oficial Nº4670...

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20 Gaceta Oficial Nº4670 DECRETO 0228 de 2020 (FEBRERO 18) “Por medio del cual se modifica la Planta de Empleos de la Alcaldía de Medellín” EL ALCALDE DE MEDELLÍN En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 4 del literal D) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 y 2.2.12.2 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO QUE: El Alcalde de Medellín, como Representante Legal de la Entidad, es la máxima autoridad municipal, es así como la Constitución Política en el artículo 315, numeral 7 le confiere la atribución de “Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales, y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes (…)”. Del mismo modo, el numeral 4 del literal D) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, literal d), numeral 4, reitera que los Alcaldes tienen la potestad de “Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes (…)”. El artículo 2.2.12.1 del Decreto 1083 de 2015, señala que las reformas de las plantas de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren. El artículo 2.2.12.2 ibídem, señala que la motivación para la modificación de la planta de empleos está fundada en necesidades del servicio o razones de modernización, cuando las conclusiones del estudio técnico de la misma deriven en creación o supresión de empleos, entre otras, por “6. Redistribución de funciones y cargas de trabajo” y “10. Mejoramiento de los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad de las entidades públicas”. La Subsecretaría de Desarrollo Institucional de la Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía, realizó el Estudio Técnico APE 271 del 17 de octubre de 2019, que es parte integrante de este Decreto, en el que se ha evidenciado que en la Planta Global de Empleos de la Administración Municipal de Medellín actualmente se encuentran en vacancia definitiva, cuatro (4) plazas de empleos, ubicadas en diferentes dependencias de la entidad que actualmente no requieren ser provistos, no hacen parte de la convocatoria 429 de 2016 o de procesos vigentes y por tanto pueden ser suprimidas, sin que esta modificación a la Planta de Empleos afecte la prestación del servicio ni la operación o funcionamiento de las dependencias a las cuales están asignados. Igualmente frente a los contratos laborales que aplica para los trabajadores oficiales, hay 9 registros, que deben ser eliminados puesto que se trata de contratos que ya no requieren realizarse; esto aunado a lo anterior, permiten a la vez, utilizar estos recursos en la creación de empleos, en atención a las necesidades evidenciadas en el Proyecto escaladores, contratado y ejecutado en el año 2018, para el diagnóstico de cargas laborales de los servidores públicos del Municipio de Medellín. Conforme a lo anterior, la Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía, presentó una solicitud de creación de tres empleos de Profesional Universitario, para el Equipo de Control Disciplinario Interno, con el fin de propender por el mejoramiento continuo y garantizar el debido tramite, en tiempo oportuno de los procesos disciplinarios. En virtud de lo anterior se realizó el Estudio Técnico APE 101 de Febrero de 2020, que tuvo como fin analizar dicha necesidad. El estudio técnico realizado arrojó la necesidad de crear tres (3) plazas del empleo profesional universitario, nivel profesional, código 219, grado 02, de naturaleza de carrera administrativa para la Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía, con perfil en el Núcleo Básico del conocimiento en Derecho y afines, con el fin de que apoye los procesos de Control Interno Disciplinario. La Administración Municipal debe buscar los recursos necesarios para fortalecer su planta de cargos contribuyendo a su Profesionalización y una de estas formas es mediante la supresión de empleos del nivel asistencial y creación del nivel profesional. Para la creación de estas tres (3) plazas de empleo, se cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal No. 012A Expedido mediante radicado 202020010420, emitido por la Secretaría de Hacienda. En consecuencia, DECRETA: Artículo Primero: Suprimir de la planta de empleos de la administración municipal de Medellín, las siguientes plazas de empleos: