CRÉDITO REFACCIONARIO

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CRÉDITO REFACCIONARIO Descripción: Este tipo de crédito está enfocado a fortalecer o incrementar los activos fijos del negocio. Una parte del crédito puede destinarse para cubrir responsabilidades fiscales y otros pasivos incurridos por el acreditado por gastos de explotación, por la compra de activos fijos o ejecución de obra, siempre y cuando dichos adeudos se hayan realizado dentro del año anterior a la fecha del contrato. Características: El solicitante se obliga a invertir en: • • • Crédito

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CRDITO REFACCIONARIO Descripcin: Este tipo de crdito est enfocado a fortalecer o incrementar los activos fijos del negocio. Una parte del crdito puede destinarse para cubrir responsabilidades fiscales y otros pasivos incurridos por el acreditado por gastos de explotacin, por la compra de activos fijos o ejecucin de obra, siempre y cuando dichos adeudos se hayan realizado dentro del ao anterior a la fecha del contrato. Caractersticas: El solicitante se obliga a invertir en: Crdito que se concede a personas fsicas o morales de los sectores industrial, agrcola o ganadero. El solicitante se obliga a utilizar el crdito para la adquisicin de maquinaria y equipo, construccin o realizacin de obras necesarias para el crecimiento de la empresa. Plazo mximo de 7 aos incluyendo periodo de gracia.

Beneficios: Aumentar la capacidad de produccin. Financiamiento a cubrir de acuerdo a un calendario de amortizaciones. Fortalecer su estructura financiera.

Requisitos: Tener cuenta de cheques de Banco Santander Mexicano. Suscribir un contrato de apertura de crdito refaccionario. Constituir garanta sobre los bienes adquiridos con el prstamo y con los frutos o productos futuros que generen. Debern apegarse al resultado del Estudio de Crdito, mismo que considera la solvencia moral, situacin financiera, capacidad de pago y aspectos cualitativos del solicitante, as como de la entrega de la informacin que en cada caso aplique.

Los requisitos que se citan en cada tipo de crdito son enunciativos ms no limitativos. http://www.santander.com.mx/html/website/s55520.html

CRDITO REFACCIONARIO Qu es? Es un instrumento crediticio para Empresas Agropecuarias o Industriales, orientado a financiar a mediano y largo plazo la compra de maquinaria y equipo, construccin, ampliacin o remodelacin de las instalaciones fsicas, ganado pie de cra, realizacin de plantaciones o cultivos perenes. Cmo Funciona? Es muy sencillo! Una vez autorizado el crdito. Si la compra de la maquinaria y equipo, ya fue liquidada con recursos de su Empresa, deber enviar al ejecutivo que lo atiende, las facturas que comprueben la adquisicin. Estas debern estar endosadas ya que son garanta natural del crdito, siendo un elemento fundamental para elaborar el contrato. Una vez firmado y dado de alta el contrato de crdito, el Banco le abonara a la cuenta de cheques de la Empresa, hasta el 70% del valor de las facturas, pagndose simultneamente todos y cada uno de los gastos inherentes al crdito, tales como: pago de la comisin por estudio de crdito, inscripcin del contrato en RPP y en su caso gastos notariales si la garanta fuera hipotecaria, cualquiera que fuera su modalidad. Razones para contratarlo: Con este esquema, Usted siempre se mantendr a la vanguardia, renovando o actualizando su planta productiva. Financiamiento en pesos y en dlares Usted puede disponer el financiamiento con recursos NAFIN, FIRA, BANCOMEXT, EXINBANK Usted conserva la propiedad y posesin de los bienes financiados Usted podr disponer de su crdito con una tasa fija o variable El Plazo podr ser hasta 7 aos Con nuestro esquema de tasa fija, siempre sabr cuanto tiene que pagar durante toda la vida del plazo contratado La instrumentacin es muy sencilla, ya que es mediante la suscripcin de contrato privado de Crdito Refaccionario en forma de Apertura de Crdito Simple, ratificado ante Fedatario Pblico e Inscrito en el Registro Pblico de Comercio Requisitos Personas Morales Informacin legal: Acta constitutiva del acreditado que contenga el sello de inscripcin en el R.P.C. Poderes de la Empresa que contengan el sello de inscripcin en el R.P.C. Actas en las que se realicen cambios a los estatutos de la sociedad Cdula de Registro ante la S.H.C.P. Copia de identificacin oficial de apoderados Informacin financiera: Estados financieros auditados de los tres ltimos ejercicios Estados financieros internos con una antigedad no mayor a tres meses Proyecciones financieras (slo en caso de que el plazo sea mayor a 36 meses) Formatos requeridos: Cinco referencias bancarias, incluyendo nombre de la institucin, domicilio, telfono, nmero de cuentas de cheques y/o crdito y nombre de la persona responsable de la relacin de negocios Cotizaciones, presupuestos o facturas proforma del bien a adquirir o ya adquirido Carta solicitud de crdito

Autorizacin para consultar el bur de Crdito Relacin patrimonial de bienes http://www.bancomer.com.mx/empresa/pdf/empre_finac_refae.pdf CRDITO REFACCIONARIO Crdito sobre el dinero anticipado o el trabajo prestado para la realizacin de obras por construccin, conservacin o reparacin de un bien ajeno. El crdito refaccionario, en supuestos de concurso de acreedores, goza de un derecho preferente de cobro, si bien hay que distinguir segn recaiga sobre bienes muebles o inmuebles. En el supuesto de bienes muebles, el crdito refaccionario es preferente sobre dicho bien en la cuanta hasta donde alcance su precio en la enajenacin pblica (art. 1.922 C.c.). Si se trata de bienes inmuebles, el titular del crdito est facultado para anotarlo preventivamente en el Registro de la Propiedad mientras duren las obras objeto de la refaccin. As pues, la prelacin de los crditos refaccionarios sobre inmuebles tendr un carcter distinto segn haya o no anotacin preventiva. Si el crdito est anotado preventivamente, gozar de preferencia, por razn de la antigedad de su anotacin, sobre ese bien inmueble frente a otros de igual clase. Los no anotados, gozarn de prelacin entre s por el orden inverso a su antigedad, es decir, los ms modernos son preferentes a los anteriores (art. 1.927 C.c.). http://www.iberfinanzas.com/index.php/C/credito-refaccionario.html LOS CRDITOS REFACCIONARIOS O LOS CRDITOS DE HABILITACIN O AVO Los crditos de Habilitacin o Avo son un prstamo de corto o mediano plazo que se utilizan para dotar a la empresa de los elementos de produccin o transformacin en su actividad. Estos crditos deben quedar garantizados con los materiales adquiridos y con los frutos que se obtengan de su aplicacin. Los crditos Refaccionarios son un prstamo a mediano y largo plazo que se utilizan para fomentar la produccin y transformacin de artculos industriales, agrcolas o ganaderos. Estos crditos quedan garantizados con las fincas, construcciones o bienes adquiridos con el importe del crdito. http://html.rincondelvago.com/banca-multiple.html CRDITO REFACCIONARIO Concepto: ser aquel por el cual el acreditado se obliga, no slo a devolver el importe del crdito, sino tambin a invertirlo en los conceptos que, convenidos por las partes, se contemplan legalmente en el artculo 323, adquisicin de aperos, instrumentos, tiles de labranza, abonos, ganado, o animales de cra; en la realizacin de plantaciones o cultivos cclicos o permanentes; en la apertura de tierras para el cultivo, en la compra o instalacin de maquinarias, responsabilidades fiscales que pesen sobre la empresa, etc. Regulacin y naturaleza: se regula en el artculo 323 y siguientes de la Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito (LGTOC). Su naturaleza es absolutamente mercantil por razones iguales a las del crdito de avo o habilitacin. Los crditos de esta naturaleza quedan garantizados con las fincas, bienes a los que se destin su importe y sus frutos presentes o futuros. Los contratos de crdito refaccionarios expresarn como los de avo, el objeto de la operacin, su duracin, y los bienes que se afecten en garanta, los cuales si estn debidamente inscritos, se pagarn con preferencia a los crditos hipotecarios inscritos con posteridad pero despus del pago de los crditos de avo (art. 328 LGTOC) DERECHO MERCANTIL MEXICANO: Nociones bsicas y generales: Cristina Portals Trueba

CRDITO REFACCIONARIO. a) CONCEPTO. Es la apertura de crdito con destino a la adquisicin de maquinaria de inmuebles o a la realizacin de obras necesarias para la produccin de la empresa con garanta sobre los inmuebles adquiridos y los bienes que formen parte de sta. Este crdito est dirigido a la adquisicin de bienes de activo fijo o bienes de capital, lo que distingue del crdito de avo porque aqu hay ms permanencia en los bienes. No obstante lo anterior, hay dos casos de excepcin previstos por la Ley y son: Obtener el crdito refaccionario para crditos fiscales y, Obtener dicho crdito por adeudos que existan por adquisicin de bienes muebles o inmuebles para pagar la construccin de los mismos, siempre y cuando se hayan adquirido dentro del ao anterior a la fecha del contrato. Artculo 323 LGTOC. b) FORMALIDAD DEL CONTRATO. En cuanto a la forma del contrato, es igual que el contrato de habilitacin o avo, con la diferencia que aqu, si dentro de los bienes se incluyen inmuebles hay que inscribir dicho contrato en el Registro Pblico de la Propiedad, toda vez que el Registro de Hipotecas ya no existe. 326 LGTOC. Constar por escrito, el objeto y la forma en que el beneficiario podr disponer de dicho crdito. Fijar los bienes que se afecten en garanta, ya que son el producto de la inversin. Todo lo que implique una apertura de crdito. En la prctica se otorga ante Notario o Corredor o se ratifica ante los mismos funcionarios. Sern inscritos en el Registro Pblico de la Propiedad, si son bienes inmuebles o en el Registro Pblico del Comercio si no son muebles.

c) GARANTAS EN EL CONTRATO REFACCIONARIO. En cuanto a la garanta de los contratos refaccionarios, esta se constituye sobre el producto de la inversin, ya sea a travs de fincas, construcciones, edificios o muebles inmovilizados. La propia LGTOC establece en su artculo 332 que la garanta natural comprende: I. II. III. IV. V. El terreno. Los edificios y construcciones que ya existan o edificados con posterioridad a l. Las accesiones y mejoras permanentes. Los muebles inmovilizados y animales designados como pie de cra, si se trata de garanta de predios rsticos destinados total o parcialmente al ramo de la ganadera. Si los bienes se destruyen y el seguro paga, la indemnizacin queda en garanta. Aqu, s es sencillo perseguir y ejecutar la garanta, al igual que en la habilitacin o avo, ya que el acreditante puede pedir al acreditado suscriba pagars causales en los trminos del artculo 325 LGTOC, identificando su procedencia, de una manera que queden suficientemente identificados, si se endosa el pagar, implica la responsabilidad solidaria. Igualmente que en los crditos de habilitacin o avo, es obligacin del acreditado destinar el crdito al bien convenido, el acreditante debe vigilar el cumplimiento de esa obligacin, puede nombrar para esto a un interventor, si no lo designa, pierde la garanta natural. Artculo 327 LGTOC.

En cuanto a la prelacin del crdito, se siguen las reglas del artculo 328 LGTOC, es decir, los crditos de habilitacin o avo, se pagaran con preferencia a los refaccionarios y ambos, con preferencia a los hipotecarios inscritos con posterioridad a aquellos. No obstante el fundamento anterior, el artculo 333 LGTOC reafirma esa preferencia, al sealar que el acreedor tendr preferencia sobre todos los dems acreedores del deudor, con excepcin de los llamados de dominio y de los acreedores por crditos hipotecarios inscritos con anterioridad. Asimismo, es menester comentar que normalmente en los crditos refaccionarios ya tampoco se utiliza la garanta natural, lo que se hace es constituir hipoteca industrial, sobre la unidad industrial del acreditado en los trminos de la Ley de Instituciones de Crdito.

Es el artculo 51 LIC, el que comprende la hipoteca industrial al establecer que las hipotecas constituidas a favor de instituciones de crdito sobre la unidad completa de una empresa industrial, agrcola, ganadera o de servicios debern comprender las concesiones respectivas, en su caso. Asimismo, la hipoteca industrial abarca todos los elementos materiales, muebles o inmuebles afectos a la explotacin, considerados en su unidad. La base de la hipoteca industrial es la hipoteca civil como contrato de garanta real bienes inmuebles o bienes que por destino pueden ser hipotecados. Lo anterior, por la virtud de que los bancos no se conforman con la garanta natural y constituyen la hipoteca industrial en trminos antes sealados. http://www.docstoc.com/docs/downloaddoc.aspx/?doc_id=3173195 CRDITOS REFACCIONARIOS Este tipo de prstamos son los tpicos crditos a largo plazo. El objetivo al otorgarlos es financiar proyectos de inversin en bienes se capital, principalmente por:

Para otorgar este tipo de crditos se requiere, por lo general, de un proyecto especfico de inversin llevado a la duracin total del plazo del crdito, en donde se comparan los ingresos y egresos del proyecto; as como su flujo de efectivo, todo valore presente, para determinar el rendimiento propio de la inversin, as como la factibilidad de llevarla a cabo. Son considerados crditos a largo plazo pues financian inversiones de capital que se recuperan en varios aos, al igual que el plazo otorgado para la amortizacin total del pasivo. Independientemente del crdito autorizado por la institucin crediticia, y una vez otorgada dicha lnea de financiamiento, se puede recurrir a alguno de los cajones establecidos por Nacional Financiera para el apoyo de las empresas, fundamentalmente pequeas y medianas, para el fomento y crecimiento de las mismas, bajo condiciones de costo financiero ms favorables para el inversionista. En estos casos, NAFIN, descuenta los crditos autorizados por la institucin promotora, a tasas menores que las bancarias en donde la institucin intermediaria recibe una comisin en puntos porcentuales sobre el crdito descontado, adems del inters que recibe por la parte de los recursos propios otorgados directamente. As, el empresario calcular el costo total del financiamiento recibido, por medio de la ponderacin de las tasas de inters pactadas con la institucin intermediaria por los recursos provenientes de NAFIN y de la tesorera de la propia institucin bancaria. Una modalidad del crdito refaccionario, con un poco de amplitud, es el crdito hipotecario industrial, el cual tiene las mismas aplicaciones anteriores, adicionando la consolidacin de pasivos vigentes con otras instituciones crediticias. Como garanta, se constituye una hipoteca sobre la unidad industrial e inmuebles del deudor, lo cual incluye todos los activos de la organizacin. REESTRUCTURACIN INTEGRAL DE EMPRESAS: como base de la supervivencia; Luis Haime Levy; 2da. Edicin; Mxico 2004