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HORTALIZAS PERU-CHILE

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SOLUCION DE DIFERENCIAS:DIFERENCIA DS255

SOLUCION DE DIFERENCIAS:DIFERENCIA DS255

Per Trato fiscal aplicado a determinados productos importados

IDENTIFICACIN DE LAS PARTES

Hechos fundamentales:Materia Demandada El 22 de abril de 2002 Chile solicit la celebracin de consultas con el Per.

Esta solicitud se present en relacin con el trato fiscal aplicado a las importaciones de frutas frescas, hortalizas, pescado, leche, t y otros productos naturales al Per.

Ley 27.614

Antes de la ley: Tanto la venta en el mercado peruano como la importacin al Per de los productos en cuestin estaban exoneradas del pago de los impuestos sobre las ventas.

Despus de la promulgacin de la ley: La importacin al Per de los productos en cuestin ya no estaba exonerada de los impuestos sobre las ventas, mientras que la venta de esos productos en el mercado peruano todava estaba exonerada de esos impuestos.

Artculos del GATT y de los acuerdos de la OMC demandadoArticle III: National Treatment on Internal Taxation and Regulation (Trato Nacional en impuesto y regulaciones internas): Los productos del territorio de toda parte contratante importados en el territorio de cualquier otra parte contratante no estarn sujetos , directa o indirectamente, a impuestos interiores u otras cargas interiores, de cualquier naturaleza, superiores a los aplicados, directa o indirectamente, a los nacionales productos . Por otra parte, ninguna parte contratante aplicar de otro modo , impuestos u otras cargas interiores a los productos importados o nacionales, en forma contraria a los principios enunciados en el prrafo 1.

Etapas y pronuciacionesSolicitud de celebracin de consultas presentada por ChileSolicitud de asociacin a las consultas - Comunicacin de los Estados UnidosSolicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por ChileComunicado de Chile (26 de julio 2002)Comunicado de Chile (25 de setiembre 2002)

Solucin del caso-Retiro de Reclamo-El diario el Peruano publica la derogacin del articulo 2 de la Ley en cuestin.Deja inexistente la medida en litigioChile decide retirar su reclamo al no haberse eliminado la cuestin del problema.

Opinin del grupoNuestra opinin concluye en que la medida mencionada perjudicaba la competitividad de las exportaciones de Chile al Per de los productos indicados, as como tambin era incompatible con el artculo 19 del ACE 38 y el artculo III del GATT de 1994. Si un pas accede a ser un miembro de la OMC tiene que tener en cuenta las normas y principios por el que debe regirse para lograr un intercambio internacional justo, imparcial y honesto. Asimismo, el hecho de que Chile haya presentado una mocin de solucin de diferencias a la OMC se encontraba muy bien fundamentada; ya que, Per s incumpli con el principio de Trato Nacional al imponer barreras internas no permitidas. Por ende, si el caso hubiera proseguido; la OMC se habra decantado en favor de Chile.Opinin del grupoPor ello, la decisin del gobierno peruano de derogar la nueva ley fue una opcin muy sabia. Finalmente podemos concluir que Chile, tras el envo de comunicados hacia el rgano de Soluciones de Diferencias, tuvo lo que esperaba. Per tom conciencia al no cumplir los compromisos del trato nacional y se concluye que tanto a las importaciones como a las ventas en el pas de esos productos quedan exentas de Impuesto General a las Ventas (IGV), tal como se establece en el artculo 5. Asimismo esto permitir a las empresas exportadoras chilenas competir en el mercado peruano en igualdad de condiciones.

BibliografaOMC (2002) Per - Trato fiscal aplicado a determinados productos importados - Solicitud de celebracin de consultas presentada por Chile Recuperado de: https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/FE_S_S006.aspx?Query=(@Symbol=%20wt/ds255/*)&Language=SPANISH&Context=FomerScriptedSearch&languageUIChanged=true# (16 de mayo del 2015)OMC (2002) Per - Trato fiscal aplicado a determinados productos importados - Solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por Chile Recuperado de: https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/FE_Search/FE_S_S006.aspx?Query=(@Symbol=%20wt/ds255/*)&Language=SPANISH&Context=FomerScriptedSearch&languageUIChanged=true# (16 de mayo del 2015) El Peruano. (27 de Julio de 2002). Normas Legales: Poder Legislativo , p. 4. Ver anexo 1:https://www.wto.org/spanish/tratop_s/dispu_s/cases_s/ds255_s.htm