Convocatoria Instituciones Académicas

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C O N V O C A T O R I A 2 0 1 2 INSTITUCIONES ACADÉMICAS Que por virtud del Decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 30 de mayo de 2011, se expide la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. Que la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal es de orden público, interés social y de observancia general en el Distrito Federal y tiene por objeto establecer las bases para la elaboración y actualización del Diagnóstico y el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, su implementación, seguimiento y evaluación, así como establecer las bases de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos en el Distrito Federal. Que el artículo 2 de la referida Ley determina que el Programa de Derechos Humanos será realizado por las instituciones públicas y la sociedad, y tiene por objeto proponer soluciones con base en los obstáculos detectados mediante un diagnóstico, estableciendo estrategias, líneas de acción, plazos y unidades responsables a partir del enfoque de derechos humanos en la legislación, las políticas públicas y el presupuesto, así como lograr el goce efectivo de los derechos humanos reconocidos en los ámbitos nacional e internacional y dar cuenta de la situación que guarda el cumplimiento de las obligaciones de las autoridades públicas de esta entidad en lo que se refiere a derechos humanos y grupos de población. Que el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal estará conformado por un Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal; por los Espacios de Participación para el seguimiento del Programa y por una Secretaría Ejecutiva. Dicho Mecanismo tendrá por objeto, entre otros, coordinar las acciones de las partes para el seguimiento y evaluación en el diseño, implementación, gestión, resultados, impacto, programación y presupuestación del Programa. Que en el artículo 18 de la Ley se especifica que el Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal será un órgano colegiado que coordinará las acciones de seguimiento y evaluación del Programa y promoverá la institucionalización del enfoque de los derechos en el quehacer público.

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Convocatoria a Instituciones académicas para la renovación del Comité de Seguimiento y Evaluación del PDHDF

Transcript of Convocatoria Instituciones Académicas

C O N V O C A T O R I A 2 0 1 2 INSTITUCIONES ACADÉMICAS

Que por virtud del Decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día

30 de mayo de 2011, se expide la Ley del Programa de Derechos Humanos del

Distrito Federal.

Que la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal es de orden

público, interés social y de observancia general en el Distrito Federal y tiene por

objeto establecer las bases para la elaboración y actualización del Diagnóstico y el

Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, su implementación,

seguimiento y evaluación, así como establecer las bases de las políticas públicas

con enfoque de derechos humanos en el Distrito Federal.

Que el artículo 2 de la referida Ley determina que el Programa de Derechos

Humanos será realizado por las instituciones públicas y la sociedad, y tiene por

objeto proponer soluciones con base en los obstáculos detectados mediante un

diagnóstico, estableciendo estrategias, líneas de acción, plazos y unidades

responsables a partir del enfoque de derechos humanos en la legislación, las

políticas públicas y el presupuesto, así como lograr el goce efectivo de los derechos

humanos reconocidos en los ámbitos nacional e internacional y dar cuenta de la

situación que guarda el cumplimiento de las obligaciones de las autoridades

públicas de esta entidad en lo que se refiere a derechos humanos y grupos de

población.

Que el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos

Humanos del Distrito Federal estará conformado por un Comité de Seguimiento y

Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal; por los

Espacios de Participación para el seguimiento del Programa y por una Secretaría

Ejecutiva. Dicho Mecanismo tendrá por objeto, entre otros, coordinar las acciones

de las partes para el seguimiento y evaluación en el diseño, implementación,

gestión, resultados, impacto, programación y presupuestación del Programa.

Que en el artículo 18 de la Ley se especifica que el Comité de Seguimiento y

Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal será un

órgano colegiado que coordinará las acciones de seguimiento y evaluación del

Programa y promoverá la institucionalización del enfoque de los derechos en el

quehacer público.

Que en el artículo 19 se especifica que el Comité estará conformado por

instituciones titulares y suplentes, invitados permanentes y un observador, que se

reunirán periódicamente en asamblea; que el cargo que desempeñen los

integrantes del Comité será honorario, y que éste se integrará por 11

representantes de las siguientes dependencias:

I. Un representante del Gobierno del Distrito Federal, designado por el Jefe de

Gobierno quien presidirá y convocará a las sesiones del Comité;

II. Un representante de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito

Federal;

III. Un representante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

IV. Un representante del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal;

V. Tres representantes de distintas instituciones académicas; y

VI. Cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil.

Así como se especifica que para la integración de las Organizaciones de la Sociedad

Civil y las Instituciones Académicas, el Comité elegirá a partir de una convocatoria

pública y abierta, a aquellas que se hayan distinguido por su compromiso en la

promoción y defensa de los derechos humanos, con el fin de conformar un espacio

plural, independiente, transparente, objetivo y participativo.

Que el artículo 7 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del

Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal además contempla que las

organizaciones de la sociedad civil y las instituciones académicas que aspiren a

formar parte del Comité deberán cumplir con los principios y criterios de

representación plural en relación a los temas y derechos respecto de los cuales son

expertos, y de independencia política de sus acciones respecto a partidos políticos

e instancias de gobierno.

El Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley, así como por el artículo 7 del Reglamento, emite la siguiente:

CONVOCATORIA PÚBLICA ABIERTA

A las instituciones académicas para postularse como integrantes del Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de

Derechos Humanos del Distrito Federal

Que cumplan con los siguientes criterios de elegibilidad:

1. Contar y acreditar trabajo docente y/o investigación en materia de derechos humanos y política pública; preferentemente en el Distrito Federal;

2. Contar y acreditar experiencia de investigación o docencia sobre estándares, instrumentos y/o mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos;

3. Que hayan participado preferentemente en el proceso de elaboración del Diagnóstico de Derechos Humanos del D.F. y/o del Programa, o que estén familiarizadas de su contenido, naturaleza, alcance, así como que suscriban sus estrategias y líneas de acción;

4. Contar y acreditar capacidad para informar, vincularse y articularse con diferentes actores; y

5. Acreditar capacidad para nombrar a una persona encargada de acudir a las actividades, sesiones y mesas relacionadas con el Mecanismo.

Que presenten:

a. Documentos probatorios de los requisitos arriba mencionados.

b. Exposición de motivos para formar parte del Comité de Evaluación y Seguimiento del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (no más de dos cuartillas).

c. Carta de solicitud para formar parte del Comité de Evaluación y

Seguimiento del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal firmada por quien detente la representación jurídica de la institución académica solicitante.

d. Especificación de la persona con quien se tendrá contacto institucional,

incluyendo dirección, teléfono y correo electrónico. La fecha de entrega de la documentación correspondiente es el día 12 de marzo de 2012 al 27 de abril de 2012.

NOMBRAMIENTO

El Comité, en el marco de sus atribuciones, deliberará y notificará oportunamente por escrito a la Institución Académica que haya sido seleccionada, y el resultado se dará a conocer durante la primera semana del mes de Mayo del presente año en la

página del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del PDHDF: www.derechoshumanosdf.org.mx

MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL

PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL Contacto: Marcia Itzel Checa Gutiérrez Secretaria Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del PDHDF Presidente Carranza 133, Col. Villa Coyoacán Del, Coyoacán C.P. 0400 México D.F. Tel. 55732399 y 55735789 Ext. 22 y 24