CONVENIO DE COLABORACION ENTR LA E FACULTAD DE ARTES … o mapudungun d,e acuerdo a la planificació...
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CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA
FACULTAD DE ARTES DE LA COMUNICACIÓN Y TECNOLOGICAS
APLICADAS DE LA UNIVERSIDAD UNIACC
Y
LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL
En Santiago, a ...14 de agosto de 2009 entre la FACULTAD DE ARTES DE
LA COMUNICACIÓN Y TECNOLOGICAS APLICADAS DE LA UNIVERSIDAD
UNIACC, representada por su Rector , don Hermann Ove Schwarz Cornils , con
domicilio en Salvador N° 1200, Santiago, y la BIBLIOTECA DEL CONGRESO
NACIONAL, representada por su Directora doña María Soledad Ferreiro Serrano,
ambos con domicilio en Huérfanos N° 1117 Of. 310, Santiago, se ha celebrado el
siguiente convenio de colaboración.
CONSIDERANDO:
a) Que la Universidad Uniacc es una corporación de Educación Superior privada,
autónoma y acreditada, que se dedica exclusivamente al fomento del desarrollo del
arte, la cultura, las tecnologías y las ciencias de la comunicación, cumpliendo una
labor educativa especializada a través de la formación del nivel superior.
b) Que la Biblioteca del Congreso Nacional es un servicio común del Senado y la
Cámara de Diputados. Constituye un espacio de conocimiento y difusión de las
leyes y la actividad legislativa, de interacción en diversos ámbitos de interés social
tales como las ciencias sociales, políticas entre otras; y está en condiciones de
realizar alianzas de cooperación con la Universidad para la realización y el
perfeccionamiento de actividades académicas, de investigación y de extensión
cultural.
c) Que tanto la Universidad como la Biblioteca tienen interés en el desarrollo del
presente convenio de cooperación interinstitucional.
ACUERDAN:
PRIMERO:
Objetivos del Convenio
El presente convenio de cooperación tiene por objeto precisar las tareas que
deberán cumplir la Biblioteca del Congreso y la Universidad UNIACC
respectivamente , para promover las actividades a realizar que sean de interés de
ambas instituciones para la difusión de las leyes, los temas legislativos y para la
realización de proyectos audiovisuales, perfeccionamiento y difusión de actividades
que les corresponden en el ámbito de sus competencias.
Este acuerdo tiende principalmente a facilitar el intercambio de conocimientos,
recursos y proyectos que representen una contribución a los fines de cada
institución.
SEGUNDO:
I.- Obligaciones de los Contratantes
Ambas partes trabajarán en conjunto para lograr el desarrollo de 15 Micro - Videos
de 2 minutos de duración cada uno, que formarán parte del producto Ley Fácil, el
cual constituye un aporte a la multiculturalidad y a la educación cívica del país.
Algunas de las temáticas de estos Micro - Videos, son:
1.- Cómo votar
2.- Juntas de Vecinos
3.- Divorcio
4.- Acceso a la Información Pública
5.- Acoso Sexual
6.- Filiación
7.- Demanda por Deuda de Arriendos
8.- Donación de Órganos
9.-Ley del Consumidor
10.- Ley del Tabaco
Como es habitual la participación y presencia de la Universidad UNIACC en las
distintas actividades que involucre este proyecto serán en su condición de Aliado
Académico , destacando la presencia de la Escuela de Comunicación Audiovisual,
Especialidad Televisión y de la Escuela de Derecho mediante el uso de sus
logotipos en todas las piezas de comunicación
Se establecen los acuerdos que se explicitan en el N° II , relacionados con las
acciones que ambas Instituciones realizarán conjuntamente
Lo anterior es sin perjuicio de las demás tareas que se requieran para dar cabal
cumplimiento al objetivo del convenio.
II .- Acciones a realizar por cada una de las instituciones:
A la Facultad de Artes de la Comunicación y Tecnologías Aplicadas le
corresponderá aportar:
- El Estudio donde se grabarán las mini capsulas en formato televisivo
- La conceptualización gráfica para los fondos de los videos
- El desarrollo de 15 Micro - Vídeos de 2 minutos de duración cada uno
- Edición de los micro videos
- Entrega en formato HDV-MOV
- Subtitulación de los micro videos
Las actividades que correspondan realizar, se harán dentro de la programación
académica de la Facultad de Artes de la Comunicación y Tecnologías Aplicadas
y la Escuela de Derecho, contando, en todo caso, con el apoyo de los alumnos
de esta Escuela en la grabación de los videos.
A la Biblioteca del Congreso Nacional le corresponderá:
- Proporcionar los contenidos legales de los guiones
- Entregar los guiones de la Ley Fácil, traducidos a la lengua rapanui, aymara
o mapudungun, de acuerdo a la planificación antes establecida.
- Proporcionar los actores idóneos para la realización audiovisual, y que
hablen las lenguas de los pueblos originarios respectivos.
- Convocar a ios actores para los ensayos y coordinar las acciones que
permitan el desarrollo de la filmación de los micro guiones.
- Ofrecer gratuitamente la suscripción al Boletín Legislativo de la BCN.
- Incorporar a la Escuela de Derecho en la Base de Datos Legal "Ley Chile"
- Capacitar en recursos informacionales a académicos y estudiantes de la
Escuela de Derecho UNIACC
TERCERO:
Contraparte Técnica
El desarrollo y el cumplimiento de las actividades que se indican en el presente
convenio, tendrá como Contraparte Técnica en la Universidad UNIACC al Decano
don Ricardo de la Fuente Puig, o a la persona que lo reemplace, y por parte de "la
Bilbioteca", a la Coordinadora de Proyectos Ciudadanos, doña Ana María Pino
Yáñez, la que podrá ser reemplazada por la persona que designe su Directora.
CUARTO:
Vigencia del Convenio
El presente convenio tendrá una duración de un año a contar de esta fecha, el que
se renovará automáticamente por periodos iguales y sucesivos si no se manifiesta
por cualquiera de las partes su voluntad de ponerle término con anterioridad al
plazo antes dicho. Esta voluntad debe manifestarse por escrito con una antelación
mínima de 90 días.
QUINTO:
Las partes fijan como domicilio la ciudad de Santiago para todos los efectos legales
de este Convenio.
SEXTO:
Personerías:
La personería de don Hermann Ove Schwarz Cornils y el Vicerrector de Finanzas,
don José Antonio Díaz Aguirre, para representar a la Universidad UNIACC,cnnsta
en el Repertorio n° 408 del 2009, realizado ante el Notario Público María Virginia
Wielandt Covarrubias, Abogado suplente del Titular de la quinta de la Quinta
Notaría de Santiago, señor Patricio Raby Benavente.
La personería de doña María Soledad Ferreiro Serrano, para representar a la
Biblioteca, consta con el Acuerdo primero de la Sesión N°2 de la Honorable
Comisión de Biblioteca del Congreso Nacional de Chile de fecha 29 de enero de
2003.
Para constancia se firma el presente convenio en dos ejemplares de igual tenor y
fecha, quedando uno en poder de cada una de las partes.
Biblioteca del Congreso Nacional Universidad UNIACC