CONTRATO N° 179 4f&' 0.4 X2015 - COMPRAVENTA - …...artículo 12 de la Ley 80 de 1993, de una...
Transcript of CONTRATO N° 179 4f&' 0.4 X2015 - COMPRAVENTA - …...artículo 12 de la Ley 80 de 1993, de una...
-
CONTRATO N° 179 4f& ' 0.4 X 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
Entre LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, representada por MARÍA LORENACUELLAR CRUZ, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de
ciudadanía No. 52.421.682 de Bogotá, quien actúa en calidad de Secretaria General de la
Procuraduría General de la Nación, según consta en el Decreto No. 3061 del 08 de agosto
de 2014 y Acta de Posesión No. 1522 de fecha 12 de agosto de 2014, debidamente
facultada para celebrar contratos según Resolución No. 006 del 08 de enero de 2013,
expedida por el Procurador General de la Nación con fundamento en lo establecido en el
artículo 12 de la Ley 80 de 1993, de una parte, quien en adelante se denominará como LA
PROCURADURÍA, y de la otra, la sociedad INFINIVIRT TECHNOLOGIES S.A.S,identificada con el NIT 900565822-7, representada legalmente por INGRY JOHANA
MÁRQUEZ BOLAÑOS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 32.293.806 expedidaen la ciudad de Chigorodó (Antioquia), tal como consta en el certificado de existencia y
representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia el 6 de
agosto de 2015, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará EL
CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato de COMPRAVENTA, previas
las siguientes consideraciones: 1) Que el software de virtualización es un programa que
permite ejecutar (simular) varios computadores (sistemas operativos) dentro de un mismo
hardware de manera simultánea, permitiendo así el mayor aprovechamiento de recursos. Es
así como un computador o un servidor se "convierte" en varios equipos a la vez, los cuales
quedan disponibles para el uso, por parte de los usuarios. 2) Que en términos generales, la
virtualización se puede entender como la creación, a través de" software, de una versión
virtual de algún recurso tecnológico, como por ejemplo una plataforma de hardware, un
sistema operativo, un dispositivo de almacenamiento u otros recursos de red1. 3) Que dentro
de las ventajas de la virtualización, se tienen:2 - Reducción de costos aumentando laeficiencia energética y reduciendo los requisitos de hardware por medio de la consolidación
de servidores, la cual consiste en reemplazar un gran número de pequeños y medianos
servidores, por una o dos máquinas más robustas. - Permite configurar soluciones de
continuidad del negocio, proporcionando alta disponibilidad en el Datacenter. La alta
disponibilidad se logra porque a través de la virtualización se crean ambientes paralelos que
pueden entrar en operación cuando otro ambiente falle. - Permite la optimización de los
niveles de servicios y mayor rendimiento de las plataformas, dado que los servidores quedan
preparados para responder a cambios en las cargas de trabajo, es decir responden
adecuadamente ante un aumento o disminución de requerimientos para procesar datos. Con
la virtualización, se facilita la asignación de recursos (memoria, procesamiento o
almacenamiento, entre otros), cuando éstos son requeridos, por los usuarios, a través de(tas
http://revistas.udistrital.edu.co/ois/inclex.php/REDES/article/view/6421/7958, consultado el 05 de mayo de 2015, a las
a.m.
2 http://nunsys.com/sistemas/virtualizacion-servidores/, consultado el 05 de mayo de 2015, a las 9:47 a.m.
Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
-
PROCURADURÍAGENERAL DE U\ NACIÓN
CONTRATO N° 179 $£ " ^ 4 '- 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
aplicaciones que se ejecutan en los equipos servidores; lo que optimiza el servicio y se deja
atrás las épocas en que para asignar recursos se debían apagar las máquinas o esperar a
contar con disponibilidad de los mismos; el proceso de asignación de recursos se hace en
caliente. 4) Que algunos de los fabricantes de software de virtualización, en el mercado, son:
VMware, Microsoft, Citrix, Redhat, Oracle, Paralells y Huawei; y a nivel de referencia, de
acuerdo al cuadrante de Gartner, VMware y Microsoft aparecen como los líderes en
soluciones de virtualización3. 5) Que la Procuraduría cuenta con licencias de virtualizaciónmarca VMware, las cuales tienen el respaldo del fabricante, del mismo nombre Vmware, el
cual brinda el soporte al producto y prevé las actualizaciones tendientes a cubrir las
necesidades del mercado, lo que evita la obsolescencia tecnológica de la solución. 6) Que el
software de virtualización ha permitido contar con servidores virtuales cuando se han
requerido, ya sea porque se necesita espacio para almacenamiento o la instalación de
alguna aplicación. Dado que el software de virtualización simula el comportamiento de un
servidor físico, su rendimiento es óptimo para poner en producción los sistemas de
información sin ningún inconveniente. 7) Que la Procuraduría General de la Nación, cuenta
con herramientas de software y hardware que para su adecuado funcionamiento requieren
permanecer actualizadas con el fin de evitar la obsolescencia tecnológica la cual aumentaría
el riesgo de la no disponibilidad de los servicios tecnológicos que se prestan en la Entidad.
Así mismo, el software de virtualización, como todo software que se requiera seguir
utilizando, necesita de la actualización de las licencias a fin de garantizar la disponibilidad de
los servicios y por ende el eficiente funcionamiento de los aplicativos que se encuentran
instalados. 8) Que con la adquisición de la suscripción para la actualización de las licencias,
la Entidad podrá garantizar la actualización de su plataforma de virtualización, lo que
representará un beneficio a los diferentes usuarios de los sistemas de información, dado que
sobre dicha plataforma corren los sistemas de información como es el SIAF (Sistema de
Información administrativo y financiero), el Sistema de Costos (para determinar los costos de
operación), la Página Web, la Intranet y el Sistema Strategos, entre otros, lo cual redunda en
la mejora sustancial del procesamiento de los datos y favorece directamente al usuario final,
de la aplicación, al obtener mayor rapidez en la ejecución de los aplicativos. 9) Que la
Procuraduría General de la Nación, mediante los contratos Nos. 082 de 2009 y 179-094 de
2010, suscritos con las compañías DATAPOINT S.A.S. y COLSOF S.A. respectivamente, tal
como se señala en el cuadro que se indica a continuación, compró en su orden un primer y
segundo paquete de licencias VMware para el Software vSphere 4 y vSphere 4.1, con el
respectivo soporte técnico de fábrica. Con el primer paquete se adquirieron nueve (09)
licencias de procesador y con el segundo un (1) Midsize Aceleration kit y seis (06) licencias
3 http://www.gartner.com/technology/reprints.do?¡d=1-1WR7CAC&ct=140703&st=sb, consultado el 04 de mayo de 2015, a las4:50 p.m.
Secretaría General Ext.10796 [email protected]
Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
-
PROCURADURÍA
...ni iCONTRATO N° 179 *«* '•• * "*- 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
de procesadores, para un total de dieciséis (16) licencias VMware. 10) Que posteriormente,
mediante los contratos No. 179-054 de 2013 y 179-058 de 2014, la Entidad adquirió la
suscripción para la actualización y soporte de los productos: Vmware vSphere Midsize
Acceleration kit for six processors, Vmware vSphere 5 Enterprise for 1 processor y Vmware
vSphere 5 Standard for 1 processor, las cuales a su vez, fueron objeto de renovación o
actualización en los años 2013 y 2014. 11) Que teniendo presente la importancia de las
funciones misionales preventiva, de conciliación, intervención y disciplinaria, a cargo de la
Entidad, que encuentran apoyo en sistemas de información, los cuales corren en la
plataforma del Software de virtualización, así como las actividades administrativas que
apoyan el ejercicio de las funciones misionales, relacionadas con la contratación de obras,
bienes y servicios, presupuesto, contabilidad, tesorería, nómina, almacén, sistemas y
planeación, que también se encuentran soportadas en servicios tecnológicos, se hace
imprescindible mitigar el riesgo de indisponibilidad del servicio de virtualización, debido a que
tal circunstancia podría impactar de manera directa el flujo de la información, para lo cual, es
necesario mantener actualizado el paquete de licencias de software de virtualización,
adquiridas por la Entidad, a fin de que se permita acceder al servicio de manera eficiente,
óptima y segura. 12) Que el soporte que brinde el fabricante debe contar con la característica
de 7x24 (soporte siete días a la semana, veinticuatro horas) dado que se debe garantizar la
disponibilidad de los sistemas de información SIAF y STRATEGOS, que corren bajo la
plataforma de virtualización, máxime que el primero suministra insumos al Sistema SIM
(Sistema de información Misional), y el STRATEGOS tiene una restricción legal para el
registro oportuno de los datos y la generación de indicadores. 13) Que con el fin de dar
continuidad al soporte y actualizaciones que respalda el correcto funcionamiento de la
plataforma de virtualización, se requiere que el contrato que resulte de este proceso de
selección sea suscrito por el término de al menos (1) año, con lo cual, a pesar que se supera
la presente vigencia fiscal, no resulta contrario a lo establecido por el artículo 3o del Decreto
4836 de 2011, teniendo en cuenta que se trata de la adquisición de una suscripción la cual
otorga además el derecho a recibir soporte técnico de fábrica, también se recibirían las
respectivas actualizaciones al software durante ese término. 14) Que la forma de pago de
este tipo de contratos es contra entrega de la suscripción, en atención a lo cual, la Entidad
pagará la totalidad del contrato una vez se acredite tal condición, lo que implica estar
cubierto de las actualizaciones y soporte por el término de un (1) año, contado a partir de la
fecha de inicio de la suscripción, bajo el mismo esquema contratado durante la vigencia
anterior, por el término de un año. 15) Que por las razones expuestas, la Procuraduría
General de la Nación requirió SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE ENTREGUE A LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, A TÍTULO DE COMPRAVENTA, LASUSCRIPCIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DE DIECISÉIS (16) LICENCIAS DELSOFTWARE DE VIRTUALIZACIÓN DE PROPIEDAD DE LA ENTIDAD. 16) Que con el fin
Secretaría General Ext.10796 secretariageneral(S)procuraduria.gov.co
Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
-
CONTRATO N° 1798¿* " " * -1- 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
de satisfacer la necesidad antes manifestada, la Oficina de Sistemas de la Entidad, elaboró
los estudios previos de la contratación, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082
de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.1. 17) Que en los estudios previos se definió como presupuesto
oficial la suma de CINCUENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL
QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS
($51.430.568,81), incluido el IVA, impuestos y demás deducciones a que haya lugar. 18)
Que el presupuesto se encuentra amparado en el certificado de disponibilidad presupuestal
No. 36515 del 17 de abril de 2015, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución
Presupuestal de la Procuraduría General de la Nación y previsto en el Plan de Adquisiciones
según el Certificado No. 2015 - 042 del 15 de abril de 2015, expedido por el Administrador
del Plan. 19) Que teniendo en cuenta que se trata de bienes de características técnicas
uniformes, ya que son de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de
desempeño y calidad iguales o similares, la modalidad de selección fue la de Selección
Abreviada con Subasta Inversa, de acuerdo con lo consagrado por la Ley 1150 de 2007,
artículo 2, numeral 2, literal a) y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1., y artículo
2.2.1.2.1.2.1. 20) Que de conformidad con lo estipulado por el Decreto 1082 de 2015,
artículo 2.2.1.1.2.1.4., el aviso de convocatoria, los estudios previos y el proyecto de pliego
de condiciones de la Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 06 de 2015, se
publicaron desde el 22 de julio de 2015 en el Portal Único de Contratación y en la páginaweb de la Entidad. 21) Que dentro del término de publicidad del proyecto de pliego de
condiciones de Selección Abreviada con Subasta Inversa No. 06 de 2015 se presentaron
observaciones a su contenido, frente a las cuales la Entidad emitió un documento de
respuesta, publicado en las páginas web de la entidad y del SECOP. 22) Que mediante
Resolución No. 533 del 30 de julio de 2015, la Procuraduría General de la Nación ordenó la
apertura de la selección abreviada con subasta inversa No. 06 de 2015. 23) Que en el acto
administrativo señalado con antelación se establecieron como fechas de apertura y cierre, en su
orden, el 3 y el 11 de agosto de 2015 a las 10:00 a.m.. 24) Que efectuada la diligencia de cierre
en la fecha mencionada anteriormente, se recibieron ofertas por parte de los siguientes
proponentes: COMPUREDES S.A., IXO SAS, COMWARE S.A. e INFINIVIRT
TECHNOLOGIES S.A.S. 25) Que mediante documentos fechados 11, 13 y 14 de agosto de
2015, los servidores encargados de la verificación de los requisitos habilitantes emitieron sus
conceptos, los cuales fueron publicados en las páginas web del Secop y de la entidad el 14
de agosto de 2015. 26) Que conforme a los informes de verificación de requisitos
habilitantes, el consolidado fue el siguiente:
Secretaría General Ext.10796 secretariageneral(5)procuraduria.gov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
-
IRÍAGENERAL D€ L> KAC10N
CONTRATO N° 179^* " • * - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
No.
1
2
3
4
COMPUREDES
S.A.
IXO SAS
COMWARE S.A.
INFINIVIRT
TECHNOLOGIES
SAS
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN CAPACIDAD FINANCIERAHABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
HABILITADO
VERIFICACIÓN CAPACIDADDE ORGANIZACIÓNHABILITADOHABILITADOHABILITADOHABILITADO VERIFICACIÓN CONDICIONESDE EXPERIENCIA
HABILITADO
NO
HABILITADOS
HABILITADO
HABILITADO VERIFICACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICASMÍNIMASHABILITADO
NO HABILITADO*2
HABILITADO
HABILITADO
*1EI proponente IXO S.A.S., no acreditó en su oferta la experiencia requerida en el numeral 3.4 del
pliego de condiciones, porque los objetos de los contratos a los que se refiriere no guardan similitud
que involucren la venta de licénciamiento, de la suscripción o soporte técnico para el software de
virtualización marca Vmware,
*2 El proponente IXO S.A.S no presentó en su oferta la certificación que lo acreditara como canal del
fabricante del software VMware, en la modalidad de Solution Provider en uno de los siguientes
niveles: Premier, Enterprise o Profesional, conforme lo exige el pliego de condiciones.
27) Que de conformidad con lo estipulado en el cronograma del proceso de selección, se
señaló como plazo de publicidad y para presentar observaciones a los informes de
verificación entre el 18 y 20 de agosto, término dentro del cual no se recibieron
observaciones. 28) Que con fechaJM de agosto de 2015 se expidió la adenda No. 01 por
medio de la cual se ajustaron aspectos relacionados con el cronograma del proceso y de las
causales de rechazo. 29) Que los oferentes tuvieron plazo hasta el día 25 de agosto de
2015, para subsanar requisitos habilitantes, observando que el proponente IXO SAS no
subsanó la ausencia de los mismos, caso en el cual procede la causal de rechazo estipulada
en el numeral 7.2 del pliego de condiciones, es decir, "Cuando el proponente, en forma
individual o conjunta, no acredite los requisitos habilitantes, hasta las 12 a. m. (Media noche)
del día hábil anterior a la fecha de realización de la subasta o no subsane en debida forma, en
cuanto a los aspectos que pueden subsanarse.". 30) En virtud de lo anterior, los siguientes
fueron los oferentes habilitados para participar en la subasta. El consolidado se publicó en
las páginas web del Secop y de la Entidad el día 26 de agosto de 2015
Secretaría General Ext.10796 [email protected]
Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
-
IWillllA
CONTRATO N° 179 -W1^ - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
No. 1 2 3PROPONENTE COMPUREDESS.A. COMWARES.A. INFINIVIRT TECHNOLOGIESSASVERIFICACIÓN CAPACIDADJURÍDIC
A
HABILITADO HABILITADO HABILITADOVERIFICACIÓN
CAPACIDAD
FINANCIERA
HABILITADO HABILITADO HABILITADOVERIFICACIÓN
CAPACIDAD
ORGANIZACIÓNAL
HABILITADO
VERIFICACIÓN
CONDICIONESDE
EXPERIENCIA
VERIFICACIÓN
ESPECIFICACIONES
TÉCNICASMÍNIMAS
31) Que de acuerdo con lo señalado en los numerales 2.1 y 2.15 del pliego de condiciones,
el 26 de agosto de 2015, a las 8:00 a.m., se abrieron los sobres cerrados que contienen las
propuestas iniciales de precio de los proponentes habilitados y acto seguido el Comité
evaluador procedió a su verificación, revisando su concordancia con el presupuesto oficial
estimado, observando que ninguno de los precios supera dicho presupuesto. Se determinó el
precio de arranque con el que inició la subasta inversa electrónica, así: $50.722.905,00,
presentado por el oferente INFINIVIRT TECHNOLOGIES S.A.S. 32) Que efectuada la
subasta electrónica y según el reporte del operador logístico contratado por la entidad para la
realización de las subastas inversas electrónicas Sociedad Gestión de Seguridad Electrónica
GSE el resultado de ésta fue el siguiente:Id
684
682
534
Razón Social
INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS
COMPUREDES S.A.
COMWARE S.A.
NIT
9005658227
8000424718
8600453791
Posición
1
2
3
Oferta
$44,960,015.65
$44,969,555.00
$47,750,000.00
33) Que con base en el resultado de la verificación económica y el de la subasta, el Comité
de Verificación Económica, mediante oficio OS 797 del2 6 de agosto de 2015, presentó su
informe en el que señaló que "... conforme al reporte final de la subasta, el oferente que
ocupó la primera posición fue la firma: INFINIVIRT TECHNOLOGIES S.A.S. con un valor de
puja de $44.960.015,65, por tanto se procedió a solicitar la actualización de la oferta
económica. ... Finalmente, los precios son muy cercanos a los precios promedio del mercado
descritos en el numeral 7 del documento de estudios previos, por tanto, el comité evaluador
estima que los precios ofertados no son artificialmente bajos, conforme a lo indicado en el
Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.4 y lo señalado en el pliego de condiciones, en
consecuencia no fue necesario requerirle al proponente ninguna explicación al respecto(..)".
34) Que teniendo en cuenta las ofertas presentadas, el desarrollo del proceso de selección,
los informes de verificación, el consolidado de oferentes habilitados, los resultados de la
Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
-
vsniílWli IHi In IWvfVH
tí - - O 4 ICONTRATO N° 179 - - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
subasta inversa electrónica llevada a cabo el día 26 de agosto de 2015 a partir de las 10:00
a.m., el análisis efectuado por el Comité Económico, los miembros de la Junta de
licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, recomendaron a la ordenadora del gasto. 1)
Rechazar el ofrecimiento presentado por la sociedad IXO SAS, ya que al no subsanar la
ausencia de los requisitos habilitantes, procede la causal de rechazo estipulada en el
numeral 7.2 del pliego de condiciones, es decir, "Cuando el proponente, en forma individual o
conjunta, no acredite los requisitos habilitantes, hasta las 12 a.m.(Media noche) del día hábil
anterior a la fecha de realización de la subasta o no subsane en debida forma, en cuanto a los
aspectos que pueden subsanarse.",. 2) Adjudicar el proceso de selección abreviada con
subasta inversa electrónica No. 06 de 2015 al oferente INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS,
por valor equivalente a cuarenta y cuatro millones novecientos sesenta mil quince pesos con
sesenta y cinco centavos ($44,960,015.65), cantidad que corresponde al último lance
efectuado por este proponente en la subasta. 35) Que de conformidad con lo establecido en
la Resolución No. 06 del 8 de enero de 2013, que delega en la Secretaría General la
realización de los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades y todos los
trámites y actos inherentes a los mismos, la Secretaria General de la Entidad acoge la
recomendación que por unanimidad le formulan los miembros de la Junta de Licitaciones y
Adquisiciones, decidiendo 1) Rechazar el ofrecimiento presentado por la sociedad IXO SAS,
ya que al no subsanar la ausencia de los requisitos habilitantes, procede la causal de
rechazo estipulada en el numeral 7.2 del pliego de condiciones, es decir, "Cuando el
proponente, en forma individual o conjunta, no acredite los requisitos habilitantes, hasta las
12 a.m.(Media noche) del día hábil anterior a la fecha de realización de la subasta o no subsane
en debida forma, en cuanto a los aspectos que pueden subsanarse." y 2) Adjudicar el proceso
de selección abreviada con subasta inversa electrónica No. 06 de 2015 al oferente
INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS, por valor equivalente a cuarenta y cuatro millones
novecientos sesenta mil quince pesos con sesenta y cinco centavos ($44,960,015.65),
cantidad que corresponde al último lance efectuado por este proponente en la subasta, tal
como consta en el acta de adjudicación del proceso de selección del 27 de agosto de 2015.
El presente contrato se regirá por las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, el Decreto 1082 de
2015 y las demás disposiciones que regulan la materia y las estipulaciones contenidas en las
siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: EL CONTRATISTA ENTREGARÁ A LAPROCURADURÍA A TITULO DE COMPRAVENTA LA SUSCRIPCIÓN PARA LAACTUALIZACIÓN DE DIECISÉIS (16) LICENCIAS DEL SOFTWARE DEVIRTUALIZACIÓN DE PROPIEDAD DE LA ENTIDAD, de conformidad con las condiciones,
características y especificaciones señaladas en el pliego de condiciones de la selección de
abreviada con subasta inversa No. 06 de 2015, aclaraciones, anexos, la propuesta
presentada por EL CONTRATISTA, el desarrollo de la subasta y lo adjudicado por la
Secretaria Genera! como Ordenadora del Gasto en sesión del 27 de agosto de 2015, así
Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
-
CONTRATO N° 179Í& " ^ 4 A. 20
-
PROCURADURÍAGENERAL D€ LA HACION
CONTRATO N° 179 ^ T- * O 4 •_ 2O15 _ COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
siguientes a la fecha de radicación definitiva de la factura en la oficina del Grupo de Cuentas
de. la División Financiera, con los respectivos soportes, previa revisión y aprobación de los
documentos entregados por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO PRIMERO: El proceso deaceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (03) días hábiles siguientes
a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión
realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la
misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tenedor de la factura. Este
documento debe ir acompañado de la certificación que expida la supervisión del contrato y
del cumplimiento con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, los
aportes por concepto de las contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación Familiar,
SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a
lo previsto en las Leyes 789 de 2002, artículo 50, 1150 de 2007, artículo 23, 1607 de 2012 y
1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la materia. El cumplimiento de esta
obligación, por parte del CONTRATISTA, se acredita mediante certificación suscrita por el
representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso. En el evento que EL
CONTRATISTA se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en
las leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva certificación.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En todo caso, el pago del presente contrato estará sujeto a ladisponibilidad del PAC (Programación Anual Mensualizado de Caja). PARÁGRAFO
TERCERO: Cuando LA PROCURADURÍA no cancele al CONTRATISTA la suma pactada,dentro de los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en
que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al CONTRATISTA
como intereses de mora el incremento mensual promedio del índice de Precios al
Consumidor certificado por el DAÑE entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año
anterior. QUINTA - PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo deejecución del contrato es de quince (15) días hábiles, contados a partir de la suscripción del
acta de inicio, para la entrega del documento suscrito por el fabricante, donde acredite a LA
PROCURADURÍA como beneficiaría de la suscripción de la actualización y soporte para sus
dieciséis licencias, durante un año a partir de la finalización del actual soporte con que
cuenta la Entidad. El acta de inicio deberá firmarse dentro de los tres (3) días hábiles
siguientes a la firma del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: La vigencia de lasactualizaciones y soporte técnico, por parte del fabricante, es de un (1) año contado a partir
del 06 de octubre de 2015, día siguiente a la finalización de la actual suscripción con que
cuenta la Entidad, para el software de virtualización. PARÁGRAFO SEGUNDO: El lugar deejecución del contrato será la Oficina de Sistemas de LA PROCURADURÍA, ubicada en la
carrera 5a No. 15-80 Piso 5o de la ciudad de Bogotá, D.C PARÁGRAFO TERCERO:Siempre que cualquiera de los plazos en días calendario señalados en el presente contrato,
tenga vencimiento en día no hábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil
Secretaría General Ext.10796 [email protected]
Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
-
CONTRATO N° 179 fls * 0 4 1 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
inmediatamente siguiente. PARÁGRAFO CUARTO: No se concederán prórrogas salvocausas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobadas, o cuando LA
PROCURADURÍA lo considere necesario. Las circunstancias que impidan la ejecuciónoportuna del objeto del contrato, deberán ser comunicadas por escrito y en forma inmediata
a LA PROCURADURÍA - SECRETARÍA GENERAL para que se adopte la decisión sobre elparticular. A falta de prórroga y ante el incumplimiento del objeto del contrato, LA
PROCURADURÍA procederá a hacer efectivas las sanciones establecidas en el contrato.SEXTA - VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del presente contrato comprende el plazo
de ejecución del mismo y seis (6) meses más. SÉPTIMA - OBLIGACIONES DEL
CONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga para con
LA PROCURADURÍA a: 1) Cumplir con todas las condiciones, características yespecificaciones señaladas en el pliego de condiciones de la selección de abreviada con
subasta inversa No. 06 de 2015, aclaraciones, anexos, la propuesta presentada por EL
CONTRATISTA, el desarrollo de la subasta y lo adjudicado por la Secretaria General como
Ordenadora del Gasto en sesión del 27 de agosto de 2015, así como todos los documentos
que en respuesta a las solicitudes formuladas Garantizar la preservación de la integridad y la
confidencialidad de la información y los bienes institucionales a los cuales llegare a tener
acceso directamente o por intermedio de terceros. En tal virtud, adoptará todas las medidas
que sean necesarias para impedir su duplicación, sustracción, divulgación, alteración,
ocultamiento o utilización indebida y suscribirá con la Entidad el acta correspondiente. 3)
Aceptar los procedimientos administrativos que determine LA PROCURADURÍA - Oficina de
Sistemas para la ejecución del contrato. 4) Entregar la información que solicite la supervisión
del contrato y acatará sus instrucciones. 5) Sufragar los gastos que legalmente haya lugar
para la legalización y ejecución del contrato. 6) Diligenciar al momento de la suscripción del
contrato el formato beneficiario/cuenta, en el cual indicará el número de cuenta corriente o de
ahorros y la entidad bancaria en donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que
debe figurar a nombre y con el NIT del CONTRATISTA. El número de identificación debe ser el
mismo en el contrato, en el formulario beneficiario cuenta, en la certificación del banco y en las
facturas que posteriormente se presenten. 7) Anexar una certificación de la entidad bancaria en
la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta,
tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. 8) Cumplir con las cotizaciones al Sistema General
de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales
(Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta
para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 789 de 2002, artículo 50, 1150
de 2007, artículo 23, 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la
materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del CONTRATISTA, se acredita
mediante certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la empresa,
según el caso. En el evento que EL CONTRATISTA se encuentre incurso en alguna de las
Secretaría General Ext.10796 [email protected] 10Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
-
Í0CONTRATO N° 179 - - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
causales de exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en
la respectiva certificación. 9) Las demás que se encuentren contempladas en el estudio
previo, el pliego de condiciones de la selección abreviada con subasta inversa No. 06 de
2015, aclaraciones, anexos, la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, así como las
que se deriven de la suscripción del presente contrato. OCTAVA - OBLIGACIONES DE LA
PROCURADURÍA: LA PROCURADURÍA se obliga a: 1) Efectuar el pago que se genere delcumplimiento de la ejecución del contrato, dentro del plazo establecido. 2) Ejercer los
controles necesarios para la cabal ejecución del contrato. 3) Prestarle toda la colaboración al
CONTRATISTA para que el objeto del contrato se cumpla de conformidad con los términos
del presente documento. 4) Tener en cuenta las observaciones y recomendaciones
pertinentes que EL CONTRATISTA le formule en relación con los elementos que
componente el objeto del contrato. NOVENA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder
el presente contrato a persona alguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y
escrita de LA PROCURADURÍA. DÉCIMA - RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTAmanifiesta que la ejecución del contrato la realizará por su propia cuenta, por lo que las
relaciones laborales que adquiera con el personal que emplee en la ejecución del contrato y
las obligaciones surgidas de éstas no comprometen de ningún modo a LA
PROCURADURÍA. DECIMA PRIMERA - SUBCONTRATACIÓN: en caso que elCONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades relacionadas con el
objeto del presente contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de ejecución del
contrato ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de este. LA
PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista. DÉCIMA SEGUNDA- SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La Dirección, Controly Coordinación del contrato, será del Jefe de la Oficina de Sistemas de LA
PROCURADURÍA o quien haga sus veces. La supervisión del presente contrato seráejercida por los Ingenieros CARLOS ALBERTO CELIS RESTREPO y JUAN BERNARDO
URIBE PIEDRAHITA funcionarios adscritos a la Oficina de Sistemas de LA
PROCURADURÍA, quienes tendrán a su cargo las funciones señaladas en este contrato, las
que se mencionan en Ley 1474 de 2011 y las disposiciones del Manual de contratación de la
Entidad. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de ausencia temporal o definitiva de lossupervisores nombrados, no se requerirá designar remplazo, siempre y cuando el otro titular
continúe ejerciendo sus funciones. DÉCIMA TERCERA - CLÁUSULA PENALPECUNIARIA: En caso de presentarse incumplimiento parcial y/o total del contrato por parte
del CONTRATISTA, éste pagará a título de cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente
al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato. PARÁGRAFO: La suma resultante dela cláusula penal se hará efectiva directamente por la PROCURADURÍA, pudiendo acudirpara el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, o a cualquier otro medio
para obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva. En todo caso se tendrá
Secretaría General Ext.10796 [email protected] 11Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
-
CONTRATO N° 179 ff«i.lj.,£ J; 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, y el numeral 2 del artículo
2.2.1.2.3.1.1.9. del Decreto 1082 de 2015, o la norma que los modifique, sustituya o
adicione. DÉCIMA CUARTA - MULTAS: En caso de retardo o mora por parte de ELCONTRATISTA en el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, éste
pagará a la PROCURADURÍA, una suma equivalente al uno por mil (1X1000) del valor delcontrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin que el
total de las mismas exceda el treinta por ciento (30%) del valor del contrato. PARÁGRAFO:
La suma resultante de las multas se hará efectiva directamente por la PROCURADURÍA,
pudiendo acudir para el efecto al respectivo descuento del valor o saldo del contrato, o a
cualquier otro medio para obtener el pago, incluido el proceso ante la jurisdicción coactiva.
En todo caso se tendrá en cuenta lo consagrado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y
el artículo 2.2.1.2.3.1.1.9. del Decreto 1082 de 2015,o las normas que lo modifiquen,
sustituyan o adicionen. DÉCIMA QUINTA - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Con el fin deamparar los perjuicios de naturaleza contractual derivados del incumplimiento del contrato,
EL CONTRATISTA debe presentar a la Oficina Jurídica de LA PROCURADURÍA dentro de
los dos (02) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, como garantía,
cualquiera que de conformidad con el Decreto 1082 de 2015 sea aplicable, con la siguiente
cobertura:
AMPARO
Cumplimiento
Calidad y correcto funcionamiento de
los Bienes
PORCENTAJE (%) SOBRE
EL VALOR TOTAL DEL
CONTRATO
30%
30%
VIGENCIA
Tiempo de ejecución del contrato (incluido el año de
suscripción y seis (6) meses más, contados a partir
de la firma del contrato.
Un (1) año contado a partir de la entrega de la
suscripción de la actualización.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA deberá restablecer eJ valor de la garantía
cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por LA
PROCURADURÍA. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o adicione el
valor del contrato o se prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la
garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando se
presente alguno de los eventos de incumplimiento cubiertos por la garantía, LA
PROCURADURÍA procederá a hacerla efectiva de la forma como se consagra en el Decreto
1082 de 2015 y demás normas que lo adicionen, modifiquen, o sustituyan. DÉCIMA SEXTA -
CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA INTEGRAL DE SALUD Y
PARAFISCALES: EL CONTRATISTA deberá cumplir con las cotizaciones al Sistema General
de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales
(Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta
para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y
demás normas concordantes sobre la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte
Secretaría General Ext.10796 [email protected] No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
12
-
PROCURADURÍA
CONTRATO N° 179 -* * - 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
del CONTRATISTA, se acredita, mediante certificación expedida por el representante legal o
revisor fiscal de la empresa, según el caso. En el evento que EL CONTRATISTA se encuentre
incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer
esta manifestación en la respectiva certificación. PARÁGRAFO PRIMERO: EL
CONTRATISTA debe allegar este documento para la firma del contrato y es condición
indispensable para el trámite del pago que se derive de la ejecución del contrato. Para el
efecto EL CONTRATISTA debe presentarle al supervisor del contrato, la documentación que
acredite el cumplimiento del mismo. DÉCIMA SÉPTIMA - PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO
DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LAS CLAUSULAS DECIMA QUINTA Y DECIMASEXTA: EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos señalados en la cláusula
décima quinta y décima sexta dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de
suscripción del contrato y los documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta
dentro de este plazo en la OFICINA JURÍDICA para el trámite correspondiente. DÉCIMAOCTAVA - INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA
PROCURADURÍA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y
que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes con
ocasión de la ejecución del contrato. LA PROCURADURÍA una vez tenga conocimiento de lareclamación, se la comunicará de manera oportuna al CONTRATISTA, para que éste adopte
las medidas necesarias de defensa ante el tercero de manera judicial o extrajudicial,
cumpliendo con esta obligación en los términos de Ley. DÉCIMA NOVENA - LEGALIZACIÓN:
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, se entenderá que el presente contrato se
encuentra legalizado con la suscripción por las partes contratantes y una vez la entidad
contratante efectúe el correspondiente registro presupuestal. VIGÉSIMA - EJECUCIÓN: Laejecución del contrato sólo podrá efectuarse una vez se haya legalizado y se encuentre
constituida y aprobada la garantía de cumplimiento. VIGÉSIMA PRIMERA - INHABILIDADES
E INCOMPATIBILIDADES: La Representante Legal del CONTRATISTA declara bajo la
gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni
ella, ni la sociedad que representa, ni sus socios se hallan incurso en ninguna de las causales
de inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones para contratar; al tenor de lo consagrado en la
Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia. VIGÉSIMA SEGUNDA -CIERRE DEL EXPEDIENTE: De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.4.3 del
Decreto 1082 de 2015 y los lineamientos impartidos por la Agencia Nacional de Contratación
vencidos los términos de las garantías, se procederá a suscribir el acta de cierre del
expediente del proceso contractual. VIGÉSIMA TERCERA - NOTIFICACIONES: Los avisos,
solicitudes, comunicaciones y notificaciones que las Partes deban hacer en desarrollo del
presente contrato, deben constar por escrito y se entenderán debidamente efectuadas sólo si
se entregan personalmente o por correo electrónico a la persona y direcciones indicadas a
continuación:
Secretaría General Ext.10796 [email protected] 13Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.qov.co
-
PROCURADURÍAGENERAL DE LUNACIÓN
CONTRATO N° 179 |$t * O 4 I 2015 - COMPRAVENTA - CELEBRADO ENTRE LAPROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y LA SOCIEDAD INFINIVIRTTECHNOLOGIES S.A.S.
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Nombre: María Lorena Cuellar Cruz
Cargo: Secretaria General
Dirección: Carrera 5 No. 15-80 Piso 7 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensión 10703
Correo electrónico: [email protected]
Nombre: CARLOS ALBERTO CELIS RESTREPO y
JUAN BERNARDO URIBE PIEDRAHITA
Cargo: Supervisores del contrato - Oficina de
Sistemas
Dirección. Carrera 5 No. 15-80 Piso 5 - Bogotá, D.C.
Teléfono: 5878750 extensiones 10509 y 10505
Correo electrónico: [email protected],
INFINIVIRT TECHNOLOGIES SAS
Nombre: INGRY JOHANA MÁRQUEZBOLAÑOSCargo: Representante Legal
Dirección: Carrera 43A No. 9 sur 91 Of. 608,
Edificio Av Villas Poblado, Medellín - Antioquia
Teléfono: 054) 3663454
Celular 3167405716
Correo electrónico:
VIGÉSIMA CUARTA - DOMICILIO: Para los efectos legales del presente contrato, las partes
acuerdan como domicilio la ciudad de Bogotá, D. C. Para constancia se firma el presente
documento en la ciudad de Bogotá D.C, el 0 2 SEP 2015
LA ENTIDAD CONTRATANTE,
PROCURADURÍA-GENERAL DE LA NACIÓN
MARÍA LORENA CUELLAR CRUZ
Secretaria General
EL CONTRATISTA,
(C^lnfinivirtNIT. 900.565.822-7
lOLOS+ES'S.A.S
INGRY JOHANA MÁRQUEZ BOLAÑOSRepresentante Legal
C.C. 32.2931806 de Chigorodó - Antioquia
Proyecty: Gloriajsíella Martín Contreras - Oficina JurídicaRevisó: María Cristina Figueredo Báez - Oficina Jurídica
Revisó: Ana María Silva Escobar- Jefe Oficina Jurídica
Secretaría General Ext.10796 secretariageneral(a>procuraduria.gov.coCra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co
14