Contratación laboral

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Barcelona, 10 de septiembre de 2015 Elisabet Bernat Asociada área gestión laboral. Contratación Laboral

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Barcelona, 10 de septiembre de 2015

Elisabet BernatAsociada área gestión laboral.

Contratación Laboral

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AGM Abogados es una firma de asesoría jurídica y financiera que lleva más de 30 años en el mercado español y con sedes internacionales en distintos continentes.

Está integrado por un equipo de más de 90 profesionales entre abogados, economistas y personal de apoyo.

Nuestro compromiso con el cliente no se limita a cubrir sus necesidades cuando éstas se producen, sino a prevenirlas.

Asimismo, nuestra vocación multidisciplinar permite afrontar operaciones que exijan un asesoramiento integral.

 

QUIÉNES SOMOS

“Nuestra misión es ofrecer

soluciones integradoras

prestando servicios

especializados”

En definitiva, en AGM Abogados queremos ser aquello que nuestros clientes esperan de nosotros. Tenemos vocación de ser un despacho de referencia que ofrece todos aquellos servicios, tanto a nivel nacional como internacional, que contribuyen a asegurar el éxito en las actividades de nuestros clientes.

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ÍNDICE

01. TC1 y TC202. Contratos bonificados03. Fundación tripartita04. Trabajadores autónomos jóvenes

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TC1 y TC2

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Documentos oficiales relativos a la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena que la empresa tiene afiliados.

TC1 refleja las cuotas que corresponden a la empresa.TC2 representa las relaciones nominales de éstos.

La presentación del TC1, en efecto, es obligatoria para el empresario. Ha de abonarse antes del último día del mes siguiente al que corresponden las cotizaciones, se abonan a mes vencido:

Cargo en cuentaPago electrónico

Las cuotas se liquidan por mensualidades mediante el ingreso a mes vencido en las entidades colaboradoras:

20% Recargo

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TC1 y TC2

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Sistema Creta y desaparición del modelo TC1.Se está en un periodo de transición que culminará tras la implantación generalizada del Sistema Creta:

Fin de minimizar errores.Supondrá dejar de presentar el actual modelo TC1.

TC1 es el recibo de liquidación.TC2 informa de las bases de cotización de los trabajadores.

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TC1

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TC2

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Contratos bonificadosCláusulas específicas del contrato indefinido con bonificación de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social (R.D. Ley 1/2015)

Contratos celebrados entre el 1 de marzo de 2015 y 31 de agosto de 2016.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes o por despidos colectivos que hayan sido declarados no ajustados a derecho, realizados en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho al beneficio previsto.

Celebrar contratos indefinidos que supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de la empresa.

Mantener durante un periodo de 36 meses.www.agmabogados.com

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Contratos bonificadosIncentivos

Reducción y/o bonificación de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes

Si la contratación es a tiempo completo, los primeros 500 euros de la base mensual correspondiente a contingencias comunes correspondiente a cada mes quedarán exentos de cotización empresarial.

Normativa

Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero

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Contratos bonificadosBonificaciones/Reducciones a la contratación de carácter general para jóvenes Ley 11/2013:

Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo.Contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.Contrato en prácticas.

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Bonificaciones/Reducciones a la contratación de carácter general

Víctimas de violencia de género.Trabajadores en situación de exclusión social.Personas con discapacidad.

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Fundación tripartitaLa Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, perteneciente al Sector Público Estatal, tiene carácter tripartito. Su Patronato está constituido por la Administración Pública (con representación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y las Comunidades Autónomas), las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.Artículo 34 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, son las siguientes:

Colaborar y asistir técnicamente al Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) en sus actividades de gestión de las iniciativas de formación.Apoyar al Servicio Público en el diseño e implantación de medios telemáticos para que empresas y entidades organizadoras realicen las comunicaciones de inicio y finalización de la formación.Elaboración de propuestas de resoluciones normativas relativas al subsistema de formación profesional para el empleo.Contribuir al impulso y difusión de la formación profesional para el empleo entre las empresas y los trabajadores.

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Fundación tripartitaPrestar apoyo técnico a las Administraciones Públicas y a las organizaciones empresariales y sindicales presentes en la Comisión Estatal de Formación y en el Patronato de la Fundación y a las Comisiones Paritarias estatales.Dar asistencia y asesoramiento a las pymes para facilitar su acceso a la formación profesional para el empleo.Colaborar con el SPEE en la mejora de la calidad de la formación profesional para el empleo.Colaborar con el SPEE en la elaboración de estadísticas sobre formación.Colaborar, también, en la creación y mantenimiento del Registro estatal de centros de formación.Participar en foros nacionales e internacionales relacionados con la formación profesional para el empleo.

¿Cómo acceder a la formación bonificada?La formación ayuda a las empresas a incrementar su competitividad y productividad, desarrollando las competencias y cualificaciones de sus asalariados. Para ello, disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.www.agmabogados.com

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Fundación tripartita¿Cómo Bonificarte? La Bonificación en 7 pasos

1. Calcular tu crédito:Para calcular el crédito disponible para tu empresa, debes consultar los datos que encontrarás en los Recibos de Liquidación de Cotizaciones ingresados (Base otras cotizaciones) del ejercicio anterior:

Plantilla media: sumatorio nº de trabajadores (Recibos Liquidación Cotizaciones) dividido entre 12

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2. Obtener el certificado digital, acceder y darse de alta en la aplicación telemática:

La tramitación de las ayudas para las acciones de formación en las empresas, se realiza a través de la aplicación telemática. “Acciones Formativas de las Empresas”.

3. Informar a la Representación Legal de los Trabajadores.

4. Comunicar el inicio del curso:Antelación mínima de 7 días.

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Fundación tripartita5. Realizar la formación.

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6. Comunicar la finalización del curso:Costes del curso (grupo formativo): directos (directamente relacionados con la impartición) + indirectos (limitados a un 10% del coste total de la actividad formativa) + costes de organización (solo en el caso de encomendar la organización a una entidad externa, y limitados a un 10% del coste de la actividad formativa (15% en el caso de empresas de entre 6 y 9 trabajadores, y 20% en el de empresas de hasta 5 trabajadores).

Cuantía y el mes en el que se aplicará la bonificación.

7. Aplicar la bonificación.

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Trabajadores autónomos jóvenes

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Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años que causen alta inicial o que no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores sin trabajadores por cuenta ajenaReducción y bonificación sobre la cuota de contingencias comunes durante máximo 30 meses:

Reducción del 80% durante los 6 primeros meses.

Reducción del 50% durante los 6 meses siguientes.

Reducción del 30% durante los 3 meses siguientes.

Bonificación del 30% durante los 15 últimos meses.

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Contacto

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BARCELONAPau Clarís, 139 -

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Despacho de abogados y economistas. Miembros del grupo internacional de abogados LAWROPE.