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Lunes, 14 de mayo de 2007 Página 14416 BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA Número 109 Consejería de Trabajo y Política Social I.M.A.S. 6518 Resolución de 8 de mayo de 2007 del Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de actividades o actuaciones en el ámbito de los servicios sociales. La Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Conse- jería de Trabajo y Política Social, establece las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios so- ciales (BORM n.º 13, de 17 de enero de 2007), y prevé en su Disposición Adicional Segunda la aplicación de las mis- mas a las convocatorias que por el IMAS se promuevan. No obstante lo dispuesto en ella, atendiendo a la reorga- nización administrativa producida con la creación por Ley 1/2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y por su puesta en funcionamien- to efectivo el 1 de enero de 2007 por Orden de fecha 18 de diciembre de 2006, corresponde al Director Gerente de dicho Organismo la concesión de estas subvenciones. En su virtud, y en uso de las facultades que me con- fiere la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su artículo 10.1 y 17.2, en relación con el artículo 9.1 b) del De- creto 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Murciano de Acción Social, Resuelvo Aprobar la convocatoria, en los términos que a conti- nuación se detallan, de las subvenciones siguientes: 1. Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lu- cro que desarrollen actividades en materia de servicios so- ciales y dentro del Sector de Personas con Discapacidad. 2. Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro que desarrollen actividades en materia de servicios sociales y dentro del Sector de Personas Mayores. Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto y bases reguladoras. Es objeto de la presente Resolución la convocatoria de subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de actividades o actuaciones en el ámbito de los servicios sociales, todo ello conforme a la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Tra- bajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales (BORM n.º 13, de 17 de enero de 2007). No obstante, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Orden de bases, como consecuen- cia de la entrada en funcionamiento del Instituto Murciano de Acción Social, por la Orden de fecha 18 de diciembre de 2006, las remisiones que en la Orden de bases se hagan a las unidades administrativas de la Consejería de Trabajo y Política Social se entienden hechas a las correspondientes del Instituto Murciano de Acción Social. Artículo 2. Régimen jurídico. La concesión de las subvenciones se regirá por lo es- tablecido en la presente Resolución, en la citada Orden de bases reguladora de las subvenciones, en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Regla- mento, en lo que resulte de aplicación. Artículo 3. Beneficiarios y sus obligaciones. 1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro que deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. 2. Serán obligaciones de los beneficiarios, además de las establecidas en la Orden de 19 de diciembre de 2006, las siguientes: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones. b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condi- ciones, así como la realización de la actividad y el cumpli- miento de la finalidad que determinen la concesión o dis- frute de la subvención. c) Someterse a las actuaciones de comprobación, se- guimiento y evaluación a efectuar por el órgano concedente, así como a las de control financiero que puedan realizar los órganos competentes, tanto autonómicos como nacionales y comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en orden a verificar la afectación del bien a su fin, así como la correcta ejecución de los proyectos subvencionados. d) Comunicar al órgano competente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que fi- nancien las actividades subvencionadas. e) Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la jus- tificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. f) Disponer de los libros contables, registros diligen- ciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de com- probación y control. g) Conservar los documentos justificativos de la apli- cación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuacio- nes de comprobación y control. h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de no- viembre, General de Subvenciones. i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 17 de la citada

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Lunes, 14 de mayo de 2007Página 14416

BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA

Número 109

Consejería de Trabajo y Política SocialI.M.A.S.

6518 Resolución de 8 de mayo de 2007 del Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de actividades o actuaciones en el ámbito de los servicios sociales.

La Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Conse-jería de Trabajo y Política Social, establece las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios so-ciales (BORM n.º 13, de 17 de enero de 2007), y prevé en su Disposición Adicional Segunda la aplicación de las mis-mas a las convocatorias que por el IMAS se promuevan. No obstante lo dispuesto en ella, atendiendo a la reorga-nización administrativa producida con la creación por Ley 1/2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y por su puesta en funcionamien-to efectivo el 1 de enero de 2007 por Orden de fecha 18 de diciembre de 2006, corresponde al Director Gerente de dicho Organismo la concesión de estas subvenciones.

En su virtud, y en uso de las facultades que me con-fiere la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su artículo 10.1 y 17.2, en relación con el artículo 9.1 b) del De-creto 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Murciano de Acción Social,

ResuelvoAprobar la convocatoria, en los términos que a conti-

nuación se detallan, de las subvenciones siguientes:

1. Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lu-cro que desarrollen actividades en materia de servicios so-ciales y dentro del Sector de Personas con Discapacidad.

2. Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro que desarrollen actividades en materia de servicios sociales y dentro del Sector de Personas Mayores.

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto y bases reguladoras.Es objeto de la presente Resolución la convocatoria de

subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de actividades o actuaciones en el ámbito de los servicios sociales, todo ello conforme a la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Tra-bajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales (BORM n.º 13, de 17 de enero de 2007).

No obstante, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Orden de bases, como consecuen-cia de la entrada en funcionamiento del Instituto Murciano de Acción Social, por la Orden de fecha 18 de diciembre de

2006, las remisiones que en la Orden de bases se hagan a las unidades administrativas de la Consejería de Trabajo y Política Social se entienden hechas a las correspondientes del Instituto Murciano de Acción Social.

Artículo 2. Régimen jurídico.La concesión de las subvenciones se regirá por lo es-

tablecido en la presente Resolución, en la citada Orden de bases reguladora de las subvenciones, en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Regla-mento, en lo que resulte de aplicación.

Artículo 3. Beneficiarios y sus obligaciones.1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones

las entidades sin ánimo de lucro que deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

2. Serán obligaciones de los beneficiarios, además de las establecidas en la Orden de 19 de diciembre de 2006, las siguientes:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condi-ciones, así como la realización de la actividad y el cumpli-miento de la finalidad que determinen la concesión o dis-frute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, se-guimiento y evaluación a efectuar por el órgano concedente, así como a las de control financiero que puedan realizar los órganos competentes, tanto autonómicos como nacionales y comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en orden a verificar la afectación del bien a su fin, así como la correcta ejecución de los proyectos subvencionados.

d) Comunicar al órgano competente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que fi-nancien las actividades subvencionadas.

e) Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la jus-tificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

f) Disponer de los libros contables, registros diligen-ciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de com-probación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la apli-cación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuacio-nes de comprobación y control.

h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de no-viembre, General de Subvenciones.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 17 de la citada

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Orden de 19 de diciembre de 2006 de la Consejería de Trabajo y Política Social.

En todo caso, la concesión de la subvención quedará condicionada al cumplimiento por la entidad beneficiaria de la obligación de presentar, en el plazo que expresamente se le indique, cualquier documentación que se considere necesaria para completar el expediente.

3. La entidad que pretenda acceder a los beneficios económicos derivados de las subvenciones deberá com-prometerse, al formalizar la solicitud de la subvención, ante la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Ac-ción Social, al cumplimiento de los compromisos y requisi-tos generales en los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales.

Artículo 4. Distribución del importe de la subvención. La Comisión de Evaluación, prevista en el artículo

11 de la presente Resolución, emitirá informe con la dis-tribución del importe afectado por la convocatoria entre las líneas de subvención previstas en la presente Resolución, atendiendo al número o carencia de solicitudes de una misma naturaleza, y del especial interés en el desarrollo de determinadas inversiones o actividades, de su adecuación a las medidas de política social de los planes sectoriales, o de la calidad de las mismas. Dicho informe se elevará al órgano instructor para que emita propuesta a la Dirección Gerencial del IMAS, sin perjuicio del límite derivado de la consignación presupuestaria existente.

Artículo 5. Limitaciones presupuestarias.Las subvenciones que se otorguen serán concedidas

hasta el límite de las consignaciones presupuestarias de-finidas existentes, siempre y cuando se cumplan los requi-sitos legales establecidos en esta Resolución, en la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios socia-les, y de acuerdo con los principios de publicidad, concu-rrencia y objetividad.

Artículo 6. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.1. Las solicitudes de subvención se formularán en

el modelo de instancia que figura como Anexo I de esta Resolución, acompañadas de la documentación que en la misma se indica, y se presentarán en el Registro General del Instituto Murciano de Acción Social (Ronda de Levante, n.º 16, Esquina Plaza Juan XXIII -30008, Murcia), siendo válida además la utilización de cualquiera de los medios o procedimientos que al respecto se establecen en la vigen-te Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de

la presente Resolución en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Artículo 7. Contenido del proyecto.1. El proyecto, que se presentará para cualquier tipo

de subvención, deberá ir firmado por el profesional que lo haya elaborado y con el V.º B.º del presidente o responsa-ble de la entidad.

2. En los proyectos referidos a Mantenimiento y Acti-vidades, deberán observarse las siguientes obligaciones:

a) Si se prevén gastos de personal, se incluirá:

- Categoría profesional de la persona o personas adscritas al proyecto

- Tareas a realizar

- Periodo de contratación

- Porcentaje de dedicación referido a la intervención del profesional para tal proyecto, en los supuestos en que éste pueda trabajar para la entidad en otras tareas ajenas al proyecto objeto de subvención.

b) Si se prevé la participación de colaboradores, de-berá especificarse:

- N.º de colaboradores

- Tareas a realizar

- Horas de dedicación

- En su caso, contraprestación económica que se es-tablezca.

c) Si el proyecto incluye cursos de formación o reali-zación de talleres, se especificará lo siguiente:

- Categoría profesional de la persona o personas que imparten el curso.

- Horas del curso

- Calendario de ejecución

- Perfil del colectivo a formar

- N.º de alumnos previstos

- Criterios de selección de los alumnos, en su caso.

En el caso de que los alumnos, vayan a recibir algún tipo de ayuda económica individual, se establecerá:

* Documentación preceptiva para optar a la misma.

* Plazo para la presentación de solicitudes.

* Comisión de evaluación.

*Criterios y baremos para la concesión de las mis-mas, que serán visados por la unidad administrativa com-petente.

d) Si en el proyecto se contemplara la prestación de ayudas o becas, deberá especificarse:

- Concepto, que en el caso de ayudas, se tendrá en cuenta que éstas, sólo se podrán conceder para atención básica: alojamiento, manutención, transporte y vestuario.

- N.º de becas o ayudas a conceder

e) Si estuvieran previstos gastos de dietas por manu-tención, alojamiento y/o desplazamiento, deberá justificar-se la vinculación existente con el proyecto, así como los

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motivos y/o situaciones concretas en los que se producirán tales gastos.

f) Respecto a los gastos de telefonía, móvil y fija, se deberá tener en cuenta que no podrá subvencionarse una cuantía superior al 10 % de la totalidad del proyecto, salvo en casos debidamente justificados y en los que habrá que solicitarse la autorización del gasto.

g) Si se prevén gastos de reparación y conservación, se podrán incluir en el proyecto las obras de reparación simple, que son aquellas que se llevan a cabo para en-mendar un menoscabo producido en un bien inmueble por causas fortuitas o accidentales, siempre que no afecten a su estructura, y las obras de conservación y mantenimien-to, que son las que tienen por objeto enmendar un menos-cabo producido en un bien inmueble por su uso natural.

3. Excepcionalmente y previa autorización, las enti-dades podrán subcontratar la totalidad de la realización de las actividades.

Se entenderá por subcontratación el hecho de que la actividad principal objeto de la subvención, la ejecute una o varias personas jurídicas distintas de las subvencionadas.

A tales efectos, la entidad deberá presentar:

-Informe justificando la necesidad o pertinencia de la subcontratación.

- Certificación de que la entidad a la que se prevea subcontratar, está autorizada para llevar a cabo las acti-vidades objeto de subvención. Para ello la entidad debe estar registrada donde corresponda: Registro de Servicios Sociales, de Asociaciones o Fundaciones, Registro Sanita-rio, Mercantil etc.

- Documento suscrito entre la entidad subvencionada y la entidad subcontratada en el que deberán reflejarse la especificación de las actividades que se subcontraten, su duración y el importe total de la subcontratación.

Se entenderá implícita la autorización y, por lo tanto, no será precisa la aportación de la documentación citada, cuan-do la subvención se conceda para programas en cuyo conte-nido esté la realización de actividades propias de empresas de servicios de hostelería (comedores, catering, alojamiento) para la preparación de la obtención del carnet de conducir y de construcción, en el caso de reparación y conservación,

Artículo 8.- Presupuesto.1. El presupuesto para cualquier tipo de subvención

deberá presentarse desglosado por conceptos cumplimen-tando el modelo correspondiente en el Anexo II «Desglose de Costes para Mantenimiento y Actividades».

2. En los proyectos referidos a Mantenimiento de lo-cales (alquiler, luz, teléfono, etc.) habrá de determinarse el porcentaje de utilización del local para el proyecto concreto.

Asimismo, deberá especificarse el gasto previsto para teléfono, tanto fijo como móvil, y su vinculación al proyecto.

Artículo 9.- Proyecto Adaptado.1. Cuando la cantidad a conceder sea inferior a la so-

licitada, la entidad beneficiaria puede presentar un proyec-

to adaptado a la nueva cuantía. A tales efectos, por parte del órgano competente, se emitirá «Comunicación previa a la Propuesta de Concesión», que, una vez recibida por la entidad y siempre que se acepten las condiciones refe-ridas en ella, deberá presentarse debidamente cumplimen-tada, acompañando a la misma el proyecto adaptado con el nuevo presupuesto. El proyecto adaptado no podrá con-tar con conceptos nuevos, y el nuevo presupuesto deberá cumplimentarse conforme al modelo del Anexo II.

2. Si la entidad beneficiaria decidiera adaptar el proyecto, deberá justificar por el total del nuevo proyecto adaptado.

3. Si por el contrario, la entidad beneficiaria decidie-ra no adaptar el proyecto, deberá justificar por el total del presupuesto inicial presentado, excepto cuando se trate de subvenciones para proyecto de obras, en el que el proyec-to se ejecute por contrata y el importe de esta contratación sea inferior al del proyecto presentado.

Artículo 10. Procedimiento de concesión de subvenciones.1. El procedimiento de concesión de subvenciones

se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. 2. El órgano competente para la instrucción del proce-

dimiento y formulación de propuestas de resolución será: a) En las subvenciones en materia de personas ma-

yores corresponde al Servicio de Personas Mayores de la Dirección General de Personas Mayores.

b) En las subvenciones en materia de discapacidad corresponde al Servicio de Atención a Discapacitados, In-migrantes y otros Colectivos de la Dirección General de Personas con Discapacidad.

Artículo 11. Comisión de Evaluación.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes

de subvención se constituirá una Comisión de evaluación para cada una de las dos líneas de subvenciones que se convocan.

a) En materia de personas mayores la Comisión es-tará formada por:

- el Presidente que será el Director General de Per-sonas Mayores, o persona en quien delegue,

- por tres Vocales designados por el presidente de entre funcionarios que prestan servicio en esa Dirección,

- y por un Secretario, que será licenciado en derecho del cuerpo superior de administradores.

b) En materia de discapacidad la Comisión estará formada por:

- el Presidente que será el titular de la Dirección Ge-neral de Discapacidad, o persona en quien delegue,

- por tres Vocales designados por el presidente de entre funcionarios que prestan servicio en esa Dirección,

- y por un Secretario, que será licenciado en derecho del cuerpo superior de administradores.

2. La Comisión se regirá por lo dispuesto para los órganos colegiados en los artículos 23 y 24 de la Ley

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7/2.004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y tendrá por objeto la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para ser beneficiario y la evaluación y baremación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración estableci-dos en la presente Resolución.

3. La Comisión se considerará validamente constitui-da con la asistencia de los siguientes miembros: el presi-dente o persona que le sustituya, el secretario y dos de los vocales.

Artículo 12. Resolución y notificación.1. Instruidos los expedientes y examinados los in-

formes emitidos y la documentación aportada, el órgano instructor, teniendo en cuenta los Informes de la Comisión Evaluadora, elevará al Director General competente en la materia objeto de la subvención del Instituto Murciano de Acción Social la oportuna propuesta sobre la procedencia de conceder o denegar la Ayuda solicitada.

2. Si la propuesta fuera favorable a la concesión de la ayuda, el Director General competente en la materia for-mulará propuesta de resolución de concesión al Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social.

3. Si la propuesta fuera desfavorable el Director Ge-neral competente en la materia dictará resolución denega-toria de la subvención.

4. En todo caso, la resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

5. La Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, a propuesta del Director General compe-tente, y previa fiscalización favorable por la Intervención Delegada de los expedientes con propuesta de concesión, resolverá motivadamente las solicitudes formuladas.

6. La cuantía y finalidad de las subvenciones serán las que se determinen expresamente en la resolución de concesión.

Respecto al pago del importe de las subvenciones se abonarán anticipadamente por la totalidad de la misma y de una sola vez en el momento de la resolución de la con-cesión. El pago anticipado no exigirá el establecimiento de garantía alguna según lo dispuesto en el artículo 16.2 d) de la Ley 7/2005.

Artículo 13. Recursos.Contra las resoluciones que dicte la Dirección Geren-

cial o en su caso, la Dirección General competente según la materia objeto de la subvención, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta del Instituto Murciano de Acción Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de aquéllas.

Artículo 14. Plazo de ejecución y su ampliación.El plazo de ejecución de los proyectos subvencionados

se prolongará como máximo hasta el 31 de marzo de 2008.

Excepcionalmente, podrá ser ampliado el plazo de ejecución cuando concurran las circunstancias estableci-das en el artículo 13 de la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subven-ciones en materia de servicios sociales.

Artículo 15. Justificación.1. Los beneficiarios están obligados a justificar, ante

el Instituto Murciano de Acción Social, la aplicación de los fondos percibidos en el plazo de dos meses establecido en el artículo 14 de la Orden de bases de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, con la siguiente documentación:

- El Desglose de Costes agrupados por conceptos según el modelo del Anexo II reseñando que corresponden a la justificación.

- Documento contable/certificación, recogido en Anexo III para cada uno de los conceptos a justificar, ex-cepto para los conceptos de dietas y personal contratado que se cumplimentarán en: para dietas Anexo IV y V y para personal contratado Anexo VI; de tal modo que cada certi-ficación contable recoja la relación de justificantes de gas-to de un mismo concepto. Por tanto deberán existir tantos documentos contables como conceptos se hayan recogido en el modelo del Anexo II.

2. Con el fin de agilizar y optimizar los recursos, la documentación justificativa se podrá presentar en soporte electrónico.

3. Todos los documentos acreditativos de gasto (nó-minas, facturas, etc.) deberán ser originales, que quedarán en posesión del órgano responsable de la revisión, tanto en cuanto se realice el estampillado con la correspondien-te contracción del gasto en los mismos, tras lo que podrán devolverse a petición del interesado. En este caso se de-berán presentar junto con los originales, fotocopias, que serán compulsadas por la unidad instructora competente.

4. Si la entidad dispusiera de varios centros o fuese una entidad de ámbito nacional, los documentos de gasto, deberán ser emitidos con el nombre y dirección del centro concreto ubicado en la Región de Murcia al que se destina el gasto.

5. Los beneficiarios de subvenciones concedidas para Mantenimiento y Actividades deberán presentar me-moria justificativa, que deberá ir firmada por el profesio-nal que la haya elaborado y con el V.º B.º del presidente o responsable de la entidad. En esta memoria se deberá observar todos aquellos aspectos técnicos que describan el desarrollo o ejecución del proyecto.

Asimismo, se deberá especificar con el máximo deta-lle, las actividades realizadas y su relación directa con los justificantes de gasto aportados. Si por motivos excepcio-nales, existiese alguna variación de la actividad a realizar respecto al proyecto inicial o adaptado, deberá motivarse y justificarse adecuadamente. Las modificaciones sustancia-les deben ser autorizadas previamente por el órgano que concedió la subvención.

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Según los distintos tipos de gasto, se presentará la siguiente documentación:

a) Contratación de personal fijo o eventualEn los casos en los que el proyecto contemple gastos

de personal, el tipo de relación laboral que se establezca con los trabajadores o colaboradores se atendrá a la nor-mativa laboral establecida por el Estatuto de los Trabaja-dores.

Para personal contratado por cuenta ajena, los docu-mentos justificativos serán:

1. Certificación emitida por el representante de la en-tidad (Presidente o Secretario en el caso de instituciones sin fin de lucro) que contenga:

- Relación nominal de los trabajadores adscritos al proyecto.

- Categoría profesional- Tareas realizadas por cada uno de ellos.- Periodo de contratación.- Porcentaje de intervención en el proyecto subven-

cionado, en los casos en los que el profesional trabaje para la entidad en otras tareas ajenas a dicho proyecto.

- Justificación de la imputación parcial en su caso.2. Anexo VI para el total de trabajadores que inter-

vengan en el proyecto.3. Nóminas (originales y fotocopias en su caso)4. Fotocopias de los Modelos 110 y 190 del ingreso

del IRPF. En caso de empresas de más de 25 trabajadores, para el Modelo 190 se presentará el documento técnico acreditativo que corresponda.

5. Documentos TC1 y TC2, que serán originales si se quiere imputar también la cuota patronal.

b) Arrendamiento de servicios o pago a colaboradores1. Certificación emitida por el representante de la en-

tidad (Presidente o Secretario en caso de instituciones sin fin de lucro) en donde conste:

- Relación nominal de colaboradores o profesionales prestadores del servicio, así como titulación de los mismos adecuada al tipo de colaboración que se haya prestado.

- Tareas realizadas- Horas de dedicación2. Facturas por el servicio realizado o documento «RE-

CIBI» por cada uno de los colaboradores, donde constará:- Denominación del proyecto- Datos de la entidad (Nombre y CIF)- Datos del colaborador (Nombre y NIF)- Actividad o tarea realizada- Cantidad percibida- Fecha, firma y recibí del interesado y V.º B.º del re-

presentante de la entidad 3. También constará documentalmente el justificante

de ingreso del IRPF que corresponda para cualquier tipo de colaboración (monitores, limpieza, personal de apoyo etc.) .

c) Personal voluntario

En el supuesto de participación de personal voluntario en las actividades objeto de subvención, desarrollada de con-formidad con lo establecido en los artículos 3.1 y 7 d) y f), de la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia, podrá imputarse a la subvención el reembolso de los gastos derivados del desempeño de sus actividades. Ade-más, podrá justificarse con cargo a la subvención los gastos de las pólizas de seguros de accidente y enfermedad y de responsabilidad civil suscritos a favor del personal voluntario que participe en los programas subvencionados.

d) Dietas

1. Los gastos de alojamiento, manutención y despla-zamientos se justificarán mediante los documentos de li-quidación de dietas que aparecen detallados en Anexo IV y V.

2. A estos documentos se deberá acompañar los si-guientes justificantes de gasto:

- Para la justificación de dietas por alojamiento y/o manutención, se presentarán las correspondientes factu-ras y las cuantías máximas de gasto serán las establecidas para el personal funcionario según la legislación vigente.

En la actualidad las cuantías establecidas son :

- Por alojamiento /día:

* Madrid y Barcelona 60,91 €;

* resto de España: 51,19 € ,

- Por manutención /día 37,54 €; sólo comida o sólo cena 18,77€.

- Para el desplazamiento en vehículo propio se abo-nará por kilómetro la cuantía establecida también por dicha normativa. En la actualidad corresponde 0,18 € por km.

- Para el transporte público se presentará asimismo el billete correspondiente.

No podrán ser subvencionadas como dietas gastos extraordinarios de teléfono, minibar, etc.

e) Becas y ayudas

1. Certificación en donde conste

- Relación nominal de las personas beneficiarias de la beca o ayuda.

- Conceptos para los que se han concedido dichas becas o ayudas; en el caso de ayudas, se tendrá en cuen-ta que éstas, sólo se podrán conceder para atención bási-ca: alojamiento, transporte, manutención, vestuario.

2. Por cada uno de los interesados:

- Documento «RECIBI» donde conste:

- Denominación del proyecto

- Nombre y CIF de la entidad.

- Nombre y NIF o documento identificativo del per-ceptor, adjuntando fotocopia del mismo.

- Firma y recibí del interesado y V.º B.º del represen-tante de la entidad.

- Justificantes de gasto y pago en su caso.

f) Cursos y Talleres:

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Número 109

1. Titulación o acreditación del profesor o monitor que avale sus conocimientos y/o experiencia para la formación a impartir, de acuerdo con el convenio colectivo correspon-diente.

La cuantía de las indemnizaciones o retribuciones que se abonen a los profesores, monitores o ponentes por la impartición de cursos, talleres, conferencias o interven-ciones en Congresos, seminarios y actividades análogas, no podrá exceder de las establecidas por la Administración Regional, salvo que previamente se hubiera justificado y autorizado. En la actualidad, la cuantía máxima estableci-da por impartición de cursos es de 91 euros por hora.

2. Certificación emitida por el representante de la en-tidad donde conste

- Horas del curso- Calendario de ejecución- Relación de alumnos3. Justificación de los asistentes a través de partes

diarios donde constará nombre, DNI, y firma de los mismos.4. En el caso de que existiesen gastos de material

entregado a los participantes, deberán presentarse los co-rrespondientes documentos de gasto y pago y se acompa-ñará «Recibí» por cada uno de los alumnos con nombre, apellidos y DNI, en el que se relacione y cuantifique el ma-terial que le haya sido entregado.

5. En el caso de que los alumnos reciban algún tipo de ayuda económica individual, deberá presentarse rela-ción de los solicitantes, así como Actas emitidas por la Co-misión en donde se recoja la baremación y puntuación ob-tenida por cada uno de ellos y relación de los perceptores.

6. Asimismo, deberán justificarse los criterios aplica-dos para la selección de alumnos.

g) Utilización de locales.Si para la ejecución del proyecto resultó necesario

utilizar locales que no fuesen los propios de la entidad, se podrá solicitar la acreditación de que dichos locales cum-plen con la normativa vigente para el desarrollo de la acti-vidad que se haya llevado a cabo.

h) Gastos de publicidad realizados a través de infor-mación por correo (mailing).

Se deberá presentar factura formalizada del gasto.Cuando estos gastos de correo superen la cantidad

de 90 Euros, deberá asimismo presentarse copia del tipo de documento o documentos enviados así como relación de los destinatarios.

i) Gastos de mantenimiento de localEn los casos en que en el local se desarrollen otras

actividades o proyectos ajenos al proyecto subvenciona-do, deberá especificarse justificadamente, el porcentaje de gastos de mantenimiento de local que corresponda a la ejecución del proyecto.

j) TelecomunicacionesEn caso de presentar facturas de gastos de telefonía

móvil o fija, así como de comunicación vía Internet, debe-

rá inicialmente haber estado reflejado, presupuestado y justificado en el proyecto, como gastos de mantenimiento, y no podrá imputarse una cuantía superior al 10% de la totalidad del proyecto, salvo que previamente se hubiera justificado la necesidad y autorizado el gasto.

k) Gastos de Comidas y Celebraciones

La aceptación como gasto de las facturas de comi-das o celebraciones en restaurantes estará supeditada a su inexcusable relación con el programa y en caso de que este tipo de gastos no estén incluidos en el presupuesto del proyecto inicial, se deberá presentar certificación del representante de la entidad en tal sentido, indicando las fe-chas, relación de asistentes a las mismas y su vinculación al programa.

l) Actividades subcontratadas

En el supuesto de que se subcontraten determinadas actividades, deberá observarse lo recogido al respecto en el apartado 3 del artículo 7 de esta Resolución y para su justifi-cación deberá presentarse la siguiente documentación:

- La entidad subcontratada deberá emitir factura de gasto a nombre de la entidad subvencionada por el impor-te del total contraído. Esta factura se acompañará de todos los documentos justificativos de gasto que haya realizado la citada entidad subcontratada, debiéndose corresponder el total de estos documentos justificativos con la cantidad total reflejada en la factura general.

- En caso de no haberse presentado inicialmente junto a la solicitud y al proyecto deberá aportarse el docu-mento suscrito entre la entidad subvencionada y la entidad subcontratada, en el que deberá reflejarse la especifica-ción de las actividades que se subcontraten, su duración y el importe total de la subcontratación.

6. La acreditación del pago por parte de la entidad beneficiaria se realizará conforme a lo establecido en los siguientes puntos:

a) Pagos en efectivo/ facturas:

- En el supuesto de que el pago se acredite mediante recibí consignado en el mismo documento que soporta el gasto (factura), éste deberá contener firma legible indican-do la persona que lo firma, su D.N.I. y el sello del provee-dor en su caso.

- No se aceptarán pagos en efectivo por importe su-perior a 2.000 € por cada proveedor.

- Como tales facturas, no se admitirán, notas de en-trega, albaranes, facturas proforma o copia de factura.

- Respecto a las facturas emitidas por grandes com-pañías como Telefónica, Iberdrola o Aguas de Murcia, por si mismas no constituyen justificación del pago. Por tan-to deberán venir selladas por entidad bancaria o deberán acompañarse de certificación o fotocopia del extracto ban-cario correspondiente que justifique el cargo.

- Los tickets de caja, sólo se admitirán cuando ven-gan especificados los conceptos objeto de la adquisición y vayan autorizados por al menos dos miembros de la Junta directiva de la entidad.

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- Las fotocopias del extracto bancario de los cargos en cuenta no podrán sustituirse por los emitidos vía Inter-net, excepto cuando estos vengan validados por la entidad bancaria correspondiente.

b) Pagos mediante cheque o pagaré:- Se acreditará mediante la presentación de fotocopia

de cheque o pagaré nominativos, en los que se identificará claramente el documento de gasto que se salda, o bien, se presentará certificación por parte del proveedor, consig-nando nombre y D.N.I., en la que haga constar que ha re-cibido el cheque o pagaré consignando el número y fecha de emisión del mismo, así como la fecha de vencimiento en el caso de pagaré y el número y la fecha de emisión del documento justificativo del gasto que se salda.

- En todos los casos se aportará certificación o foto-copia del extracto de la entidad financiera correspondiente, que justifique el cargo.

c) Pagos mediante domiciliación bancaria:Se acreditará mediante la presentación de fotocopia

del adeudo por domiciliación o certificación expedida por la entidad financiera, en el que se identifiquen los documen-tos de gasto que se saldan.

d) Pagos mediante transferencia bancaria o ingreso en cuenta:

Se acreditará mediante la presentación de fotocopia de la orden de transferencia o ingreso en cuenta, en la que consten claramente identificados el ordenante y el benefi-ciario de la operación, así como los documentos de gasto que se saldan, siempre que en la citada orden o documen-to de ingreso esté consignado el sello de compensación de la entidad financiera o la correspondiente validación mecá-nica. Si no estuviera consignado el sello de compensación, se acompañará fotocopia del extracto de la entidad finan-ciera correspondiente.

e) Pagos mediante letra de cambio:Se acreditará mediante la presentación de fotoco-

pia compulsada de la letra de cambio. Cuando el pago de la letra se tramite a través de una entidad financiera se acompañará del extracto emitido por la misma en el que se refleje el cargo de la letra a su vencimiento. En caso contrario, se acompañará de certificación firmada y sellada por el proveedor en la que se haga constar que ha recibido el importe de la letra, consignando el número de la misma e identificación (número y fecha de emisión) de los docu-mentos de gasto que se saldan, así como nombre y D.N.I. de la persona que firma.

7. En lo que se refiere a la cofinanciación, el porcen-taje mínimo que debe aportar la entidad subvencionada puede ser cofinanciado a través de la obtención, en su caso, de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, teniendo en cuenta el límite establecido en el artículo 7.1 a), en su último inciso, de la Orden de bases. Para un mis-mo proyecto la cuantía de las diferentes subvenciones re-cibidas nunca podrá superar el coste total del proyecto.

La entidad, para su justificación deberá comunicar a esta Consejería las ayudas de otras entidades que se

concedan para el mismo proyecto que ésta haya subven-cionado.

Habrá de justificarse igualmente el 100% del coste del proyecto definitivo y deberá presentarse:

- Documento acreditativo en el que conste la conce-sión y cuantía de la subvención/es recibida/s por la/s otra/s entidad/es.

- Documentos acreditativos originales de gasto, así como sus correspondientes justificaciones de pago, que al igual que para el resto de subvenciones, se atendrán a la normativa correspondiente. Es decir, en relación a los documentos justificativos de la parte subvencionada por otra entidad, deberán también presentarse los originales, teniendo en cuenta que en la imputación correspondiente se reflejará la condición de que dicha cuantía podrá ser cofinanciada por otra entidad. Una vez imputadas estas cantidades en los documentos originales y a petición del interesado, éstos se devolverán para su correspondiente justificación ante el organismo cofinanciador.

8. En el caso de subvenciones que, bien porque su importe determine la necesidad de autorización del Con-sejo de Gobierno para su concesión o bien por su signifi-cativa repercusión económica o social a juicio del órgano concedente, además de la documentación preceptiva, po-drá exigirse un informe de auditoria elaborado por expertos independientes en el que se verifique y contraste la correc-ta aplicación de los fondos recibidos.

Capítulo II

Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro que desarrollen actividades en materia de

servicios sociales y dentro del Sector de Personas con Discapacidad

Código 2.001

Artículo 16. – Objeto de la convocatoria.Tiene por objeto regular la convocatoria de subven-

ciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro en materia de servicios sociales cuando desarrollen actividades den-tro del Sector de Personas con Discapacidad.

Artículo 17. Crédito presupuestario.Estas subvenciones se concederán con cargo a la

partida presupuestaria 51.02.00.313F.481.05, código pro-yecto 12382, por un importe de ciento sesenta y siete mil veinte tres euros con cincuenta y ocho céntimos de euro (167.023,58 €) de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007.

Artículo 18. Convocatoria de la subvención.1.- La presente convocatoria regula el apoyo Econó-

mico a las Instituciones sin fin de lucro para que puedan desarrollar actividades que no cuentan con líneas estables de financiación en materia de personas con discapacidad en el área de servicios sociales. Dichas actividades, debe-rán ir dirigidas a lograr un máximo de autonomía e inde-pendencia así como impulsar una presencia más activa y

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una mayor participación en la vida social de las personas con discapacidad de la Región de Murcia.

2.- Serán programas objeto de la subvención los si-guientes:

a) Programas de información, prevención, promoción y sensibilización dirigidos a las personas con discapacidad y/o sus familias.

b) Programas de apoyo familiar (grupos de ayuda mutua y escuelas de padres, entre otros).

c) Programas de formación a familias de personas con discapacidad gravemente afectadas para la adecuada atención domiciliaria.

d) Programas de mantenimiento de centros, servi-cios, programas y actividades dirigidas a personas con dis-capacidad y/o sus familias.

Artículo 19.- Documentación a presentar junto con la solicitud.1. Proyecto de actuación en el que deberá constar:- Denominación del proyecto.- Justificación de la necesidad de concesión de sub-

vención a tal fin.- Localización física y ámbito geográfico de aplicación.- Perfil de la población a atender. N.º de beneficiarios

previstos.- Objetivos que se pretenden conseguir.- Actividades que se plantean para su cumplimiento y

calendario de ejecución del proyecto que fijará la fecha de finalización.

- Sistema de seguimiento y evaluación.- Recursos necesarios para la realización del proyecto.- Presupuesto.2. Presupuesto desglosado de gastos por conceptos

que se cumplimentará en Anexo II « Desglose de Costes para Mantenimiento y Actividades».

3. Certificación de estar al corriente con las obligacio-nes de la Seguridad Social.

4. Declaración responsable del beneficiario en los tér-minos expresados en el Anexo V de la presente Resolución.

Artículo 20. Criterios de adjudicación.Para la adjudicación de las subvenciones sin perjuicio

de los límites derivados del importe de las consignaciones presupuestarias, se valorarán los programas atendiendo a la priorización de los criterios siguientes:

1.º) Programas sociales dirigidos a la prevención de discapacidades.

2.º) Programas encaminados a la participación de co-lectivos mediante el desarrollo del tejido asociativo en el área de personas con discapacidad.

3.º) La inexistencia de recursos o servicios análogos en el mismo ámbito territorial.

4.º) La formación, investigación y/o desarrollo de pro-yectos innovadores de intervención social en el área de discapacidad.

5.º) La evaluación existente de los resultados de los programas o servicios desarrollados en su caso en ejerci-cios anteriores y que hayan obtenido un impacto positivo.

6.º) Programas cuyo desarrollo implique la coordinación con programas desarrollados a su vez por los Centros de Servicios Sociales en relación con el sector de personas con discapacidad.

7.º) Programas encaminados a favorecer la comu-nicación y formación de la persona con discapacidad en el área de conocimientos y prácticas de la informática y/o nuevas tecnologías.

Capítulo III

Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro que desarrollen actividades en materia de

servicios sociales y dentro del Sector de Personas Mayores.

Código 2.002

Artículo 21. Objeto de la convocatoria.Tiene por objeto regular la convocatoria de subven-

ciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro en materia de servicios sociales cuando desarrollen actividades den-tro del Sector de Personas Mayores.

Artículo 22. Crédito presupuestario.Estas subvenciones se concederán con cargo a la parti-

da presupuestaria 51.03.00.313G.481.04, código de proyecto 12.381 por un importe de doscientos setenta y dos mil doscien-tos setenta y dos euros (272.272,00 €), de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2007.

Artículo 23. Programas1. Esta convocatoria tiene por objeto colaborar en la fi-

nanciación de los gastos generados por el desarrollo de actua-ciones prioritariamente dirigidas a la potenciación del asocia-cionismo y al mantenimiento de centros, servicios y actividades tendentes a la integración social de las personas mayores.

2. Serán programas objeto de la subvención los si-guientes:

a) Programas para el desarrollo de actividades cultu-rales, de ocio y tiempo libre, que favorezcan:

- El acceso de las personas mayores a las nuevas tecnologías.

- La prevención del aislamiento de la persona mayor mediante la potenciación de las relaciones grupales.

- El desarrollo de actividades intergeneracionales con personas mayores.

- La expresión cultural de la persona mayor, median-te certámenes y talleres de baile, música, poesía, manua-lidades, etc.

- La promoción de la salud, accediendo a tratamien-tos terapéuticos como el termalismo o la talasoterapia.

b) Programas de apoyo a familias y/ o cuidadores con personas mayores dependientes, al objeto de conciliar la vida laboral con la vida familiar y procurar actuaciones para el respiro familiar.

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c) Programas de formación y asesoramiento a fami-lias que atienden a personas mayores.

d) Programas para la realización de actividades ten-dentes a la consecución de la integración y participación social de las personas mayores.

e) Mantenimiento de servicios para el desarrollo de programas para personas mayores, dependientes y no de-pendientes.

f) Programas para la potenciación y creación de nue-vos recursos y/ o servicios, prestando especial atención a aquellos destinados a:

- Formas alternativas de convivencia de las personas mayores.

- Personas mayores que residan en zonas rurales o aéreas geográficas aisladas.

- Personas mayores que vivan solas y presenten al-gún tipo de limitación funcional.

g) Programas para el desarrollo de actuaciones de información, promoción y sensibilización social encamina-das a la mejora del bienestar físico, psíquico y social de las personas mayores.

h) Programas que promuevan la capacidad de las personas mayores para llevar una vida autónoma.

i) Programas para la creación de redes comunitarias de autoayuda para la atención a personas mayores, así como actuaciones encaminadas a la participación de los colectivos mediante el desarrollo de tejido asociativo en el área de personas mayores.

Artículo 24.- Documentación a presentar junto con la solicitud.1. Proyecto de actuación en el que deberá constar:

- Denominación del proyecto.

- Justificación de la necesidad de concesión de sub-vención a tal fin.

- Localización física y ámbito geográfico de aplicación.

- Perfil de la población a atender. N.º de beneficiarios previstos.

- Objetivos que se pretenden conseguir.

- Actividades que se plantean para su cumplimiento y calendario de ejecución del proyecto que fijará la fecha de finalización.

- Sistema de seguimiento y evaluación.

- Recursos necesarios para la realización del proyecto.

- Presupuesto.

2. Presupuesto desglosado de gastos por conceptos que se cumplimentará en Anexo II « Desglose de Costes para Mantenimiento y Actividades».

3. Certificación de estar al corriente con las obligacio-nes de la Seguridad Social.

4. Declaración responsable en los términos expresa-dos en el Anexo V de la presente Resolución.

Artículo 25. Criterios de adjudicación.Para la adjudicación de las subvenciones, sin perjui-

cio de los límites derivados del importe de las consignacio-nes presupuestarias, se valorarán los programas atendien-do a la priorización de los criterios siguientes:

1.º Programas, actividades y servicios no subvencio-nados a través de líneas de financiación estables ( conve-nios).

2.º Adecuación del programa a las necesidades exis-tentes en el sector.

3.º Que el programa de actuación esté debidamente justificado y documentado.

4.º Número de usuarios al que va dirigido el programa.

5.º Carácter innovador del programa o proyecto.

6.º Que la solicitud sea efectuada por una entidad que colabore en programas ejecutados por el IMAS.

Disposición FinalLa presente Resolución entrará en vigor el día si-

guiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Re-gión de Murcia”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Presidenta del Instituto Murciano de Acción Social, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

Murcia a 8 de mayo de 2007.—El Director Gerente del IMAS, Miguel Ángel Miralles González-Conde.

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C/. Alonso Espejo, 7 30007 Murcia

C j í d T b j P líti S i l

ANEXO I- A

Código destino: 541 1989 566

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN CONVOCADA POR EL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL DIRIGIDA A INSTITUCIONES SIN FIN DE LUCRO QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DENTRO DEL SECTOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Cód. 2.001)

Esta solicitud debe ser rellenada en todos sus apartados, ya que en ella figuran datos y declaraciones imprescindibles para la resolución del expediente.

1. SOLICITANTE:

N.I.F./CIF Nº Entidad Entidad/Razón social

E-

Dirección/domicilio: Municipio Localidad Cód. Postal

Teléfono Correo electrónico: Código cuenta corriente (20 dígitos)

Representante:Nombre y Apellidos: D.N.I./N.I.F

2. Código de convocatoria 2.001 Programa Presupuestario: Concepto Presupuestario:

3. Tipo de subvención que solicita: Mantenimiento y Actividades

Debe especificar:1- Nombre del proyecto y/o actividad a realizar: _______________________________________________________________________ 2- TELÉFONO DE CONTACTO DEL RESPONSABLE DEL PROYECTO: ____________________________________________ 3- Número de usuarios/beneficiarios del proyecto:______________________________________________________________________ 4- En los casos en los no sea posible la ejecución del Proyecto presentado antes del 31de marzo de 2008, deberá indicar la fecha de

finalización del mismo, de acuerdo con el calendario previsto de ejecución:_______________________________________________

4. CUANDO LA SUBVENCIÓN SE SOLICITA PARA UN CENTRO CONCRETO INDICAR:

Municipio Localidad: Dirección/domicilio:

Nombre del Centro: Correo electrónico

5. INDIQUE PARA QUÉ COLECTIVO SOLICITA (señalar con una X un único cuadro del colectivo elegido) (1)

Cód ColectivoImporte total del proyecto

Cantidad que solicita 75%

proyecto como máximo.

AportaciónEntidad 25%

proyecto como mínimo

03 Discapacitados 11 Personas con enfermedades crónicas y/o degenerativas

6. DOCUMENTACIÓN: indique la que presenta, deberá ser la requerida en la Resolución de convocatoria para la que solicita la subvención.

Relación de los documentos

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C/. Alonso Espejo, 7 30007 Murcia

7. ¿Solicita pago anticipado subvención? Si No

Motivo del pago anticipado (rellenar solo en caso de solicitar pago anticipado)

8. ¿Este proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente desde la Consejería de Trabajo y Política Social? Si No

AÑOS ÓRGANO DIRECTIVO IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

9. Este Proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente por otros organismos públicos.

Si No

AÑOS ENTIDAD IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

10. OBSERVACIONES:

Por el presente documento hago constar que tanto el solicitante como los representantes de la Entidad, así como los miembros que componen la junta directiva u órgano similar competente, conocen los términos de la Convocatoria de Subvenciones y se comprometen a cumplir la misma, así como cuanta normativa en relación a la solicitud le sea de aplicación.

Murcia, a de de

Fdo.:.................................

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

ILMO. SR. DIRECTOR-GERENTE DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL

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C/. Alonso Espejo, 7 30007 Murcia

7. ¿Solicita pago anticipado subvención? Si No

Motivo del pago anticipado (rellenar solo en caso de solicitar pago anticipado)

8. ¿Este proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente desde la Consejería de Trabajo y Política Social? Si No

AÑOS ÓRGANO DIRECTIVO IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

9. Este Proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente por otros organismos públicos.

Si No

AÑOS ENTIDAD IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

10. OBSERVACIONES:

Por el presente documento hago constar que tanto el solicitante como los representantes de la Entidad, así como los miembros que componen la junta directiva u órgano similar competente, conocen los términos de la Convocatoria de Subvenciones y se comprometen a cumplir la misma, así como cuanta normativa en relación a la solicitud le sea de aplicación.

Murcia, a de de

Fdo.:.................................

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

ILMO. SR. DIRECTOR-GERENTE DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL

Secretaría General Técnica Servicio Jurídico

C/. Alonso Espejo, 7 30007 Murcia

Código destino: 541 1988 564

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN CONVOCADA POR EL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIALDIRIGIDA A INSTITUCIONES SIN FIN DE LUCRO QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DENTRO DEL SECTOR DE PERSONAS MAYORES

(Cód. 2.002)

Esta solicitud debe ser rellenada en todos sus apartados, ya que en ella figuran datos y declaraciones imprescindibles para la resolución del expediente.

1. SOLICITANTE:

N.I.F./CIF Nº Entidad Entidad/Razón social

E-

Dirección/domicilio: Municipio Localidad Cód. Postal

Teléfono Correo electrónico: Código cuenta corriente (20 dígitos)

Representante:Nombre y Apellidos: D.N.I./N.I.F

2. Código de convocatoria 2.002 Programa Presupuestario: Concepto Presupuestario:

3. Tipo de subvención que solicita: Mantenimiento y Actividades

Debe especificar.1- Nombre del proyecto y/o actividad a realizar: _______________________________________________________________________ 2- TELÉFONO DE CONTACTO DEL RESPONSABLE DEL PROYECTO: ____________________________________________ 3- Número de usuarios/beneficiarios del proyecto:______________________________________________________________________ 4- En los casos en los no sea posible la ejecución del Proyecto presentado antes del 31de marzo de 2008, deberá indicar la fecha de

finalización del mismo, de acuerdo con el calendario previsto de ejecución:_______________________________________________

4. CUANDO LA SUBVENCIÓN SE SOLICITA PARA UN CENTRO CONCRETO INDICAR:

Municipio Localidad: Dirección/domicilio:

Nombre del Centro: Correo electrónico

5. INDIQUE PARA QUÉ COLECTIVO SOLICITA (señalar con una X un único cuadro del colectivo elegido)

Cód ColectivoImporte total del proyecto

Cantidad que solicita 75%

proyecto como máximo.

AportaciónEntidad 25%

proyecto como mínimo

04 Personas Mayores

ANEXO I- B

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6. DOCUMENTACIÓN: indique la que presenta; deberá ser la requerida en la Resolución de convocatoria para la que solicita la subvención.

Relación de los documentos

7. ¿Solicita pago anticipado subvención? Si No

Motivo del pago anticipado (rellenar solo en caso de solicitar pago anticipado)

8. ¿Este proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente desde la Consejería de Trabajo y Política Social? Si No

AÑOS ÓRGANO DIRECTIVO IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

9. Este Proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente por otros organismos públicos.

Si No

AÑOS ENTIDAD IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

10. OBSERVACIONES:

Por el presente documento hago constar que tanto el solicitante como los representantes de la Entidad, así como los miembros que componen la junta directiva u órgano similar competente, conocen los términos de la Convocatoria de Subvenciones y se comprometen a cumplir la misma, así como cuanta normativa en relación a la solicitud le sea de aplicación.

Murcia, a de de

Fdo.:.................................

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

ILMO. SR. DIRECTOR-GERENTE DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL

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6. DOCUMENTACIÓN: indique la que presenta; deberá ser la requerida en la Resolución de convocatoria para la que solicita la subvención.

Relación de los documentos

7. ¿Solicita pago anticipado subvención? Si No

Motivo del pago anticipado (rellenar solo en caso de solicitar pago anticipado)

8. ¿Este proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente desde la Consejería de Trabajo y Política Social? Si No

AÑOS ÓRGANO DIRECTIVO IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

9. Este Proyecto/actividades han sido subvencionadas anteriormente por otros organismos públicos.

Si No

AÑOS ENTIDAD IMPORTE TIPO (señálese lo que proceda) Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio Subvención Subv. Nominativa Convenio

10. OBSERVACIONES:

Por el presente documento hago constar que tanto el solicitante como los representantes de la Entidad, así como los miembros que componen la junta directiva u órgano similar competente, conocen los términos de la Convocatoria de Subvenciones y se comprometen a cumplir la misma, así como cuanta normativa en relación a la solicitud le sea de aplicación.

Murcia, a de de

Fdo.:.................................

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

ILMO. SR. DIRECTOR-GERENTE DEL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL

Secretaría General Técnica Servicio Jurídico

C/. Alonso Espejo, 7 30007 Murcia

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DESGLOSE DE COSTES PARA MANTENIMIENTO Y ACTIVIDADES

Año: Proyecto: Entidad:

Los gastos relacionados a continuación están referidos a:

PROYECTO INICIAL: PROYECTO ADAPTADO: JUSTIFICACIÓN: (Señalar con una X la finalidad de la presentación del documento, solo se podrá señalar una de las 3 propuestas).

CONCEPTO IMPORTESUBCONCEPTO

IMPORTE TOTAL CONCEPTO

1 PERSONAL

2 ALQUILERES

3 SUMINISTROS

4 VIAJES (transporte para beneficiarios)

5 CELEBRACIONES Y CERTÁMENES (comidas, actos culturales, etc)

6 DIETAS PERSONAL

7 BECAS O AYUDAS

8 MATERIAL FUNGIBLE OFICINA (folios, carpetas, fotocopias, etc.)

9 MATERIAL DIDÁCTICO (2)

10 MENAJE O LENCERÍA

11 PROFESORADO, MONITORES U OTRAS COLABORAC. TÉCNICAS

12 TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS 12.1. Limpieza 12.2. Alojamiento y manut. (albergues, campamentos) 12.3. Estudios varios

13 COMUNICACIONES Teléfono (especificar con una X: Móvil fijo ) Correo, mensajería

14 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA

15 SEGUROS (de edificio, de personal, etc.)

16 TRIBUTOS MUNICIPALES

17 GASTOS DE REPARACIÓN SIMPLE O DE MANTENIMIENTO

18 OTROS (Especificar cual: )

TOTAL OBSERVACIONES:

(1) 7.2. Atención básica:Solo para alojamiento, manutención, transporte y vestuario. Todos los gastos deberán acompañarse de justificante de gasto y pago.

(2) 9. Material didáctico: se refiere a material de manualidades, material de juegos y libros y manuales cuando estén relacionados con el programa objeto de subvención. * Cuando corresponda, los importes se reflejarán con IVA incluido.

Murcia, a de de

(Firma del representante legal de la Entidad y sello de la misma) Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

ANEXO II

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Secretaría General Técnica Servicio Jurídico

C/. Alonso Espejo, 730007 Murcia

LIQUIDACIÓN INDIVIDUAL DE DIETAS Y GASTOS DE VIAJE

ENTIDAD:

PROYECTO SUBVENCIONADO:

D/ª. ____________________________________________________________________

con categoría profesional ____________________________________________________

domicilio en _______________________________________________________________

y D.N.I. nº ________________, se ha desplazado los días__________________________,

desde_________________________ a la localidad de______________________________

con objeto de _____________________________________________________________

Los gastos realizados han sido los siguientes:

DESCRIPCIÓN DEL GASTO EFECTUADO TOTAL

Alojamiento _______________________________ días

Manutención ______________________________ días

Billete en ____________________________________

Traslado en vehículo propio km ___________________

Matrícula del vehículo ___________________________

TOTAL ........................

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En ________________, a ____ de _______________ de ______

Recibí,

Conforme con la liquidación formulada, (Firma del/la preceptor/a) (El/la representante de la Entidad subvencionada)

Observaciones: A este documento se le acompañará de los correspondientes justificantes de gasto (facturas, billetes, etc.), excepto en el caso de traslado en vehículo propio.

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

ANEXO IV

Nº Expte:Año:

(A cumplimentar sólo para la justificación)

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Número 109

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C/. Alonso Espejo, 730007 Murcia

RELACIÓN GENERAL DE LIQUIDACIÓN DE DIETAS Y GASTOS DE VIAJE

D. ___________________________________________, como representante legal de la Entidad

____________________________________________

DECLARO Y CERTIFICO que en relación a la subvención recibida para el proyecto

________________________________________________________; los datos económicos sobre dietas de personal, son los que a

continuación se consignan:

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(Firma y sello de la Entidad)

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal

.

ANEXO VNº Expte:Año:

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Lunes, 14 de mayo de 2007 Página 14433

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Secretaría General Técnica Servicio Jurídico

C/. Alonso Espejo, 730007 Murcia

RELACIÓN GENERAL DE LIQUIDACIÓN DE DIETAS Y GASTOS DE VIAJE

D. ___________________________________________, como representante legal de la Entidad

____________________________________________

DECLARO Y CERTIFICO que en relación a la subvención recibida para el proyecto

________________________________________________________; los datos económicos sobre dietas de personal, son los que a

continuación se consignan:

APELLIDOS Y NOMBRE DEL TRABAJADOR

CATEGORÍA PROFESIONAL TOTAL

Murcia, a de de

(Firma y sello de la Entidad)

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal

.

ANEXO VNº Expte:Año:

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Lunes, 14 de mayo de 2007Página 14434

BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA

Número 109

Secretaría General Técnica Servicio Jurídico

C/. Alonso Espejo, 730007 Murcia

ANEXO VII

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D.____________________________________________ como representante legal de la entidad__________________________ con NIF_____________, en virtud de lo establecido la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

DECLARA ANTE EL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL

- No estar incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Cumplir con los compromisos y requisitos generales en los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales.

Lo que firma ( y sella) a efectos de tramitación de solicitud de subvención dirigida a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de actividades o actuaciones en el ámbito de los servicios sociales.

Murcia, a de de(Firma del representante legal de la Entidad y sello de la misma)

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Nº Expte:Año:

Page 20: Consejería de Trabajo y Política Socialel ámbito de los servicios sociales, todo ello conforme a la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Tra-bajo y Política Social,

Lunes, 14 de mayo de 2007 Página 14435

BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA

Número 109

Consejería de Trabajo y Política SocialI.M.A.S.

6519 Resolución de 8 de mayo de 2007 del Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, por la que se convocan subvenciones dirigidas a Corporaciones Locales y/o Instituciones sin fin de lucro para la adquisición, construcción, remodelación, equipamiento y amortización de préstamos de Centros del Sector de Personas con Discapacidad.

La Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Conse-jería de Trabajo y Política Social, establece las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios so-ciales (BORM n.º 13, de 17 de enero de 2007), y prevé en su Disposición Adicional Segunda la aplicación de las mis-mas a las convocatorias que por el IMAS se promuevan. No obstante lo dispuesto en ella, atendiendo a la reorga-nización administrativa producida con la creación por Ley 1/2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y por su puesta en funcionamien-to efectivo el 1 de enero de 2007 por Orden de fecha 18 de diciembre de 2006, corresponde al Director Gerente de dicho Organismo la concesión de estas subvenciones.

En su virtud, y en uso de las facultades que me con-fiere la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su artículo 10.1 y 17.2, en relación con el artículo 9.1 b) del De-creto 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Murciano de Acción Social,

ResuelvoAprobar la convocatoria, en los términos que a conti-

nuación se detallan, de las subvenciones siguientes:1. Subvenciones dirigidas a Corporaciones Locales

para construcción, remodelación y equipamiento de Cen-tros de Atención a Personas con Discapacidad.

2. Subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lu-cro para adquisición, construcción, remodelación, equipa-miento y amortización de préstamos de Centros del Sector de Personas con Discapacidad.

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1.-Objeto y bases reguladoras.Es objeto de la presente Resolución la convocatoria

de subvenciones dirigidas a Corporaciones Locales y/o Ins-tituciones sin fin de lucro para la adquisición, construcción, remodelación, equipamiento y amortización de préstamos de Centros del Sector de Personas con Discapacidad, todo ello conforme a la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales (BORM n.º 13, de 17 de enero de 2007).

No obstante, en virtud de lo dispuesto en la Disposi-ción Adicional Segunda de la Orden de bases, como con-secuencia de la entrada en funcionamiento del Instituto Murciano de Acción Social, por la Orden de fecha 18 de di-ciembre de 2006, las remisiones que en la Orden de bases se hagan a las unidades administrativas de la Consejería de Trabajo y Política Social se entienden hechas a las co-rrespondientes del Instituto Murciano de Acción Social.

Artículo 2. Régimen jurídico.La concesión de las subvenciones se regirá por lo es-

tablecido en la presente Resolución, en la citada Orden de bases reguladora de las subvenciones, en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Regla-mento, en lo que resulte de aplicación.

Artículo 3. Beneficiarios y sus obligaciones.1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las

Corporaciones Locales y/o Instituciones sin ánimo de lucro que deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

2. Serán obligaciones de los beneficiarios, además de las establecidas en la Orden de 19 de diciembre de 2006, las siguientes:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condi-ciones, así como la realización de la actividad y el cumpli-miento de la finalidad que determinen la concesión o dis-frute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación a efectuar por el órgano con-cedente, así como a las de control financiero que puedan realizar los órganos competentes, tanto autonómicos como nacionales y comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en orden a verificar la afectación del bien a su fin, así como la correcta ejecución de los proyectos subvencionados.

d) Comunicar al órgano competente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que fi-nancien las actividades subvencionadas.

e) Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la jus-tificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

f) Disponer de los libros contables, registros diligen-ciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de com-probación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la apli-cación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuacio-nes de comprobación y control.

Secretaría General Técnica Servicio Jurídico

C/. Alonso Espejo, 730007 Murcia

ANEXO VII

DECLARACIÓN RESPONSABLE

D.____________________________________________ como representante legal de la entidad__________________________ con NIF_____________, en virtud de lo establecido la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

DECLARA ANTE EL INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL

- No estar incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Cumplir con los compromisos y requisitos generales en los términos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 19 de diciembre de 2006, de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones en materia de servicios sociales.

Lo que firma ( y sella) a efectos de tramitación de solicitud de subvención dirigida a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas de actividades o actuaciones en el ámbito de los servicios sociales.

Murcia, a de de(Firma del representante legal de la Entidad y sello de la misma)

Los datos consignados en este documento serán tratados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Nº Expte:Año: